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PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

LEY PARA MODIFICAR EL INCISO B), DEL ARTÍCULO 5

DE LA LEY N.º 8114:  LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y

EFICIENCIA TRIBUTARIAS

Expediente Nº 16.886

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Como todos sabemos, la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, están a cargo del Gobierno Municipal (Constitución Política: Art. 169), no obstante esa atribución constitucional, en la actualidad es muy poco lo que los gobiernos locales pueden hacer, por ejemplo, para contar con infraestructura vial de avanzada, pues carecen de recursos, tanto financieros como humanos y materiales.

Para nadie es un secreto, que en muchas ocasiones los municipios no disponen de los recursos económicos necesarios para la ejecución de sus proyectos más urgentes, lo que los obliga ha realizar las obras por partes (en obras viales a esto también se le llama bacheo), resultando, casi siempre, en obras inconclusas o que no tienen continuidad.  Con el agravante de que los escasos recursos de que disponen, se pierden, ocasionando un perjuicio no solo para las y los habitantes de la comuna, sino, también, un daño para el erario público.

A fin de evitar esa deficiencia, se ha llegado a la conclusión de que, por lo menos en lo que respecta a obras viales, existe una salida al problema.  Por eso, este Despacho propone que las municipalidades puedan comprometer hasta en un 60% y por un plazo no mayor a siete años, los recursos asignados por la Ley N.º 8114.  La idea es que los recursos proyectados a siete años, puedan servir como garantía para que las municipalidades accedan a préstamos por medio del sistema bancario nacional, a fin de que emprendan proyectos de infraestructura vial mucho más complejos que los simples bacheos.

Así, al ofrecerle a las municipalidades la posibilidad de contar con un respaldo jurídico que les garantice el giro de los recursos, y con la posibilidad de negociar con el sistema bancario nacional, también se garantice un nivel de desarrollo acorde con las necesidades, no solo a corto plazo, sino, más bien, con una visión del país a más largo plazo.

Asimismo, para dar una mayor seriedad a la propuesta de solución, en esta reforma queda establecida la ineludible obligación del Ministerio de Hacienda de girar oportunamente los recursos que de por sí, ya está obligado a girar, pero que de alguna manera, se le conmina a que eso sea en el momento oportuno y preciso y de esta forma evitar un daño a las finanzas municipales para todas aquellas que hayan contraído compromisos y obligaciones ante el Sistema Bancario Nacional.

Como habrá podido apreciarse, el desarrollo oportuno y eficiente de las obras municipales, dirigidas entre otras cosas, a buscar el bienestar general de los habitantes de los municipios, son el fundamento del presente proyecto de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA MODIFICAR EL INCISO B), DEL ARTÍCULO 5

DE LA LEY N.º 8114: LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y

EFICIENCIA TRIBUTARIAS

ARTÍCULO ÚNICO.- Refórmase el inciso b) del artículo 5 de la Ley N.º 8114:  Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, para que diga de la siguiente manera:

“Artículo 5.- Destino de los recursos

[...]

b)            El veinticinco por ciento (25%) restante se destinará exclusivamente a conservación, mantenimiento rutinario, mantenimiento periódico, mejoramiento y rehabilitación; una vez cumplidos estos objetivos, los sobrantes se usarán para construir obras viales nuevas de la red vial cantonal, que se entenderá como los caminos vecinales, los no clasificados y las calles urbanas, según las bases de datos de la Dirección de Planificación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

La suma correspondiente será girada a las municipalidades por la Tesorería Nacional, de acuerdo con los siguientes parámetros: el sesenta por ciento (60%) según la extensión de la red vial de cada cantón y un cuarenta por ciento (40%), según el índice de Desarrollo Social Cantonal (IOS) elaborado por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan); los cantones con menor IOS recibirán proporcionalmente mayores recursos.

La ejecución de estos recursos se realizará de preferencia bajo la modalidad participativa de ejecución de obras.  Conforme lo establece el Reglamento de esta Ley, el destino de los recursos lo propondrá, a cada concejo municipal, una junta vial cantonal nombrada por el mismo concejo, la cual estará integrada por representantes del gobierno local, del MOPT y de la comunidad, por medio de convocatoria pública y abierta.

Las municipalidades podrán comprometer los recursos asignados en la presente Ley hasta un setenta por ciento (70%) y en un plazo no mayor de siete años, con el Sistema Bancario Nacional para la ejecución de obras de infraestructura vial, debiendo contemplar los cargos financieros que se devengasen de sus compromisos y obligaciones.

El Ministerio de Hacienda queda obligado al giro puntual de los recursos, para no ocasionar perjuicios financieros a las municipalidades.

El Ministerio de Hacienda incorporará cada año en el proyecto de presupuesto ordinario y extraordinario de la República, una transferencia inicial de mil millones de colones (¢1.000.000.000,00), a favor de la Cruz Roja Costarricense, que será actualizada anualmente con base en el índice de precios al consumidor, calculado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). La Cruz Roja Costarricense asignará estos recursos de la siguiente manera:

i)   El ochenta y cinco por ciento (85%) a los comités auxiliares.

ii) Un cinco por ciento (5%) a la Dirección Nacional de Socorros y Operaciones.

iii)          Un diez por ciento (10%) a la Administración General.

El monto asignado a los comités auxiliares se distribuirá de acuerdo con los índices de población, el área geográfica y la cobertura de cada comité.  Se respetarán los siguientes porcentajes:

1.- El noventa por ciento (90%), a gastos de operación y a reparación, compra y mantenimiento de vehículos y equipo.

2.- Un diez por ciento (10%), a gastos administrativos.

Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.

Bienvenido Venegas Porras

DIPUTADO

NOTA:   Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios.

10 de diciembre del 2007.—1 vez.—C-63380.—(40299).

ADICIÓN DE UN NUEVO CAPÍTULO III REFERENTE

A LOS DERECHOS EN SALUD SEXUAL Y SALUD

REPRODUCTIVA, AL TÍTULO I DEL LIBRO I

DE LA LEY GENERAL DE SALUD, Nº 5395

DE 30 DE OCTUBRE DE 1973

Y SUS REFORMAS

Expediente Nº 16.887

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

1. Situación actual de la salud sexual y la salud reproductiva en el país

A pesar de los grandes logros que Costa Rica ha alcanzado en materia de salud, aún persisten graves problemas en el ámbito de la salud sexual y la salud reproductiva y no existe un marco legal adecuado para enfrentarlos.

En el año 2003, por ejemplo, se produjeron 24 muertes maternas, para una tasa de 3.29 x 100,000 nacimientos y, aunque parezca una cifra baja, el problema está en que esas muertes podían prevenirse.  Para el año 2003, las principales causas de muerte materna fueron:  complicaciones en el trabajo de parto y en el parto, trastornos hipertensivos en el embarazo parto y puerperio, infecciones puerperales y embolismo líquido amniótico.

El análisis de estos casos revela que el 85% de ellos eran prevenibles, y no se pudieron evitar por debilidades en la atención prenatal, durante el parto y el posparto, o por las condiciones de vida de las familias de las cuales provenían las mujeres.

Las mujeres jóvenes constituyen uno de los grupos más vulnerabilizados por su condición etárea y de género, conocen poco acerca de planificación familiar, tienen pocas posibilidades de negociar con sus parejas el uso de métodos de prevención y muchas tienen un reducido acceso a tecnologías de anticoncepción y prevención de las infecciones de transmisión sexual (ITS).

El embarazo no deseado en la adolescencia es una situación creciente que trae consigo altos riesgos de mortalidad infantil y materna.  Según la información suministrada por el Informe de Análisis de la Mortalidad Infantil y Materna 2004, el 20% de los nacimientos en el país correspondieron a madres adolescentes entre el 2001 y el 2003 y el 25% de las muertes infantiles fueron de hijos e hijas de madres adolescentes.1

El cáncer de mama constituye otro de los graves problemas de salud reproductiva en el país.  En el año 2000 pasó a ocupar el primer lugar de incidencia de cáncer en mujeres, con un incremento porcentual de más del 45% en diez años y el tercer lugar fue ocupado por el cáncer del cuello uterino, en el primer quinquenio de los noventa.  El cáncer de mama es el que más muertes por cáncer está produciendo en las mujeres, quedando en cuarto lugar el cáncer de cérvix.

En los hombres, es vertiginoso el crecimiento que a lo largo de los noventa ha experimentado el cáncer de próstata; de hecho presenta el mayor crecimiento en sus tasas de incidencia al pasar de 17,86 en 1990 a 45,10 en el año 2000 (un incremento porcentual de más de 150%), por lo que se ubica en el primer lugar de incidencia de cáncer en los hombres y el segundo en muertes.2

En relación con el VIH, la situación en el país se considera concentrada y de baja prevalencia.  Tiene una tendencia a la feminización y está ubicada mayoritariamente en las zonas urbanas -Gran Área Metropolitana-.  Por otra parte, su vía principal de transmisión es la sexual (84.2%), y la epidemia predomina en poblaciones en condiciones de vulnerabilidad, principalmente en hombres que tienen sexo con hombres y en trabajadores (as) comerciales del sexo.

En el año 2006, Onusida estimó la prevalencia de VIH en 0.3 en la población de 15 a 49 años; también indicó que había unas 7.300 personas viviendo con VIH, de las cuales el 33% equivalían a mujeres entre los 15 y 49 años de edad.

En el año 1992 la relación hombre-mujer era de 12.9 a 1 y para el 2005 pasó a 5.4 casos nuevos de SIDA del sexo masculino por cada nuevo caso del sexo femenino.  Hasta 1990 los casos de mujeres con SIDA sumaron 21, entre 1991 y 1995 fueron detectados 65 casos nuevos y entre 1996 y el 2000 el número fue de 153.  El número de casos de mujeres constituye el 12% del total de casos acumulados a partir de 1983.3

2. Antecedentes de los derechos en salud sexual y salud reproductiva en las conferencias, la legislación y la jurisprudencia internacionales

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud constituye un estado general de bienestar físico, mental y social y no solo la mera ausencia de enfermedad.  Además, la salud constituye un derecho humano reconocido por los principales instrumentos internacionales de derechos humanos y por ello, el Estado debe proveer las condiciones necesarias para su ejercicio efectivo y pleno por parte de todas las personas.

La salud sexual y la salud reproductiva constituyen componentes esenciales de la salud integral y para alcanzar su ejercicio pleno y efectivo, los Estados han reconocido en diversos instrumentos internacionales una variedad de derechos sexuales y derechos reproductivos.  Entre esos instrumentos se pueden mencionar:  la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (Cedaw) y el Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, conocido como Protocolo de San Salvador; todos ellos ratificados por el Estado costarricense.

Además, en diversas conferencias internacionales, los Estados han asumido compromisos en esta materia.  Desde 1968, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Teherán, se afirma por primera vez que “los padres tienen el derecho humano fundamental de determinar libremente el número de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos”, sentando así las bases para el progresivo reconocimiento y desarrollo de los derechos sexuales y reproductivos.

Posteriormente, en 1974, en la Conferencia Mundial de Población de Bucarest, se reconoció el derecho de las personas a decidir sobre la regulación de la fecundidad, enfatizando las responsabilidades del Estado de proporcionar información, educación y los medios que permitan a las personas el ejercicio de ese derecho.

En la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD) celebrada en El Cairo en 1994, se reconocen expresamente los derechos reproductivos.  El capítulo VII del Programa de Acción de El Cairo se refiere a los derechos reproductivos y la salud reproductiva definiendo a la salud reproductiva como un estado general de bienestar físico, mental y social en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y con sus funciones y procesos, lo cual lleva implícito el derecho de hombres y mujeres a información y acceso a métodos de elección seguros, eficaces, aceptables y económicamente asequibles en materia de planificación de la familia; así como el derecho de la mujer a tener acceso a servicios de salud que propicien embarazos y partos sin riesgo.  La salud reproductiva incluye la salud sexual, cuyo fin es el desarrollo de la vida y de las relaciones personales.  Se exhorta a los gobiernos a facilitar los servicios de salud reproductiva, mediante el sistema de atención primaria de salud, a todas las personas de edad apropiada, a más tardar para el año 2015.  Esta atención debe incluir, entre otras cosas:  asesoramiento, información, educación, comunicaciones y servicios en materia de planificación de la familia; educación y servicios de atención prenatal, partos sin riesgo y atención post-parto, en particular la salud materno-infantil y la promoción de la lactancia materna; prevención y tratamiento de la infertilidad, interrupción del embarazo (en las circunstancias y condiciones que no contradigan la legislación nacional), tratamiento de las infecciones del aparato reproductor, enfermedades de transmisión sexual, e información, educación y asesoramiento en materia de sexualidad humana, salud reproductiva y paternidad responsable.  Se deben diseñar programas de acuerdo con las necesidades de mujeres y adolescentes con la participación de estas, y programas para hombres adultos y adolescentes en relación con estos temas.

______________

1       Ministerio de Salud, Dirección de Servicios de Salud, Informe 2004.  Sistema Nacional de Evaluación de la Mortalidad Materna e Infantil.

2       Ortiz B. A., Vargas A. R. Muñoz L. G.  Incidencia y mortalidad del cáncer en Costa Rica, 1990-2003.  Ministerio de Salud.

3       Ministerio de Salud, Conasida, Onusida.  Plan Estratégico Nacional para la Prevención, Atención y Asistencia del VIH-SIDA, 2002-2010.

Los diversos comités de Naciones Unidas, se han ocupado también de destacar algunas responsabilidades de los Estados en relación con los derechos en salud sexual y salud reproductiva.  El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Cdesc) en la Observación General 14, destaca el deber de los Estados de ofrecer una amplia gama de servicios de salud de calidad y económicos, que incluyan servicios de salud sexual y reproductiva.  En esta misma Observación General se señala que:  “El ejercicio del derecho de la mujer a la salud requiere que se supriman todas las barreras que se oponen al acceso de la mujer a los servicios de salud, educación e información, en particular en la esfera de la salud sexual y reproductiva...”

Una resolución de la Organización Mundial de la Salud, establece que la “autonomía reproductiva no sólo incluye el derecho a decidir el número y espaciamiento de los hijos, sino que también incluye el derecho a realizar un plan de procreación con asistencia médica o de una partera reconocida, en un hospital o en un ambiente alternativo...”4

El Comité de la Cedaw ha abordado la obligación de los gobiernos en la esfera de la salud reproductiva en su Recomendación 24 sobre la mujer y la salud, declarando entre otros aspectos, que los Estados parte “ejecuten una estrategia nacional amplia para fomentar la salud de la mujer durante todo su ciclo de vida. Esto incluirá [...] “el acceso universal de todas las mujeres a una plena variedad de servicios de atención de la salud de gran calidad y asequibles, incluidos servicios de salud sexual y reproductiva”.

Particularmente para el caso de Costa Rica, el Comité de la Cedaw recomendó al Estado que “fortalezca sus programas de atención a la salud, incluyendo la salud sexual y reproductiva y que, con la mayor brevedad posible, ponga en marcha un programa nacional que proporcione a las mujeres y a los hombres información oportuna y confiable sobre los métodos anticonceptivos disponibles y los que puedan permitirles ejercer su derecho a decidir de manera libre e informada, sobre el número y espaciamiento de los hijos que quieran tener, así como las medidas que refuercen de prevención de enfermedades de transmisión sexual y el VIH/SIDA, incluyendo la disponibilidad de preservativos.

Pide también al Estado parte que continúe fortaleciendo los programas de apoyo a las adolescentes embarazadas y madres y los programas de educación sexual orientados a la prevención de embarazos entre la población adolescente”.5

Más recientemente, la Declaración el Milenio, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 2000, en donde se formulan los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), varios de ellos relacionados con salud sexual y salud reproductiva, se señala que, mejorar el acceso a la salud sexual y reproductiva contribuye a reducir los niveles de pobreza, mejorar la salud materna, reducir la mortalidad infantil, reducir la propagación y combatir las ITS, incluido el VIH/SIDA y empoderar a las mujeres y alcanzar la igualdad entre los géneros.

Posteriormente, en la Cumbre Mundial de 2005, celebrada con el fin de analizar el avance en el cumplimiento de los ODM, los Estados reafirman su compromiso con la salud sexual y la salud reproductiva, señalando que es necesario:  “Lograr el acceso universal a la salud reproductiva para 2015, según lo estipulado en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, integrar ese objetivo en las estrategias encaminadas a alcanzar los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los que figuran en la Declaración del Milenio, y orientados a reducir la mortalidad materna, mejorar la salud materna, reducir la mortalidad infantil, promover la igualdad entre los géneros, luchar contra el VIH/SIDA y erradicar la  pobreza”.  [Párrafo 57(g)].

3. ¿Por qué esta reforma y qué propone?

Los anteriores argumentos constituyen hitos fundamentales en el reconocimiento de los derechos en salud sexual y salud reproductiva de las personas y manifiestan claramente la voluntad política de la comunidad internacional en este sentido.

Esta voluntad expresada en el ámbito internacional debe ser acompañada de la voluntad política en el ámbito nacional, necesaria para que los derechos en salud sexual y salud reproductiva puedan ser efectivamente ejercidos por todas las personas, sin distinciones ni discriminaciones por razones de sexo, edad, condición socioeconómica, orientación sexual, discapacidad, religión, origen étnico, estado civil, idioma o cualquiera otra condición.

______________

4       Véase resolución de la OMS en:  Global advisory Group on Nursing and Midwifery, Report of the Sixth Meeting, Geneva 19-22 November, 2000.

5       Comité de la Cedaw:  Recomendación al Estado de Costa Rica:  2003.

Para hacer efectivos los compromisos del Estado costarricense en esta materia, se propone entonces esta reforma a la Ley General de Salud, con el fin de adicionar un capítulo sobre derechos en salud sexual y salud reproductiva, que a grandes rasgos, contiene tres partes:  en primer lugar el establecimiento de las responsabilidades del Estado en la materia; en segundo lugar el reconocimiento de los derechos en salud sexual y salud reproductiva de todas las personas y, en tercer lugar, derechos de algunos grupos de población en particular.

Reconociendo que el ejercicio de los derechos en salud sexual y salud reproductiva se encuentra estrechamente vinculado con la posibilidad de alcanzar relaciones igualitarias entre mujeres y hombres, se establece que el Estado y las políticas públicas deben procurar la modificación de los patrones estereotipados de comportamiento de uno y otro sexo y su valoración social, eliminando los prejuicios y prácticas basadas en ideas de inferioridad o superioridad de los sexos. Se faculta además al Ministerio de Salud para que pueda autorizar explícitamente la distribución de condones tanto masculinos como femeninos, los cuales constituyen uno de los métodos más eficaces para la prevención de las infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH y los embarazos no deseados.

En relación con los derechos de todas las personas, se propone que, para poder tomar y ejercer las decisiones sobre su salud sexual y su salud reproductiva, en el contexto del respeto y protección de los derechos humanos, las personas deben contar con información, educación y orientación, así como con servicios de atención integral y con los medios o métodos adecuados para ello. Particularmente, se reconoce que todas las personas tienen derecho a ser informadas y asesoradas con el fin de lograr la vivencia de su salud sexual, libre de riesgos, especialmente de infecciones de transmisión sexual, VIH y embarazos no deseados.

Se reconoce el uso de la anticoncepción de emergencia (AE) como un “… método conocido desde hace más de 30 años en el ámbito de la salud como una manera de prevenir embarazos no deseados cuando una mujer ha tenido una relación sexual coital sin protección o con protección defectuosa.  Por tanto, ha sido un medio que ha servido a las mujeres para la construcción de su propia autonomía en cuanto a tomar la decisión acerca de la práctica de una maternidad voluntaria.”6  La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la anticoncepción de emergencia como “métodos hormonales que pueden ser usados para prevenir un embarazo luego de una relación sexual sin protección”.7

En relación con algunos grupos de población en particular, es de especial interés reconocer los derechos de las y los adolescentes a ejercer en forma responsable su sexualidad y su reproducción sin discriminación, tanto en el acceso a servicios como a la información para preservar su salud sexual y su salud reproductiva.

Se presta especial atención al derecho de las mujeres con discapacidad y a las adultas mayores, a la toma de decisiones respecto de su salud sexual y su salud reproductiva, enfocado en el marco de los derechos humanos, tomando en consideración los convenios internacionales al respecto.

Particularmente, en cuanto a los hombres, se reconoce su derecho a los servicios de salud sexual y salud reproductiva y, especialmente a la prevención, el diagnóstico temprano y el tratamiento del cáncer de próstata.

Con fundamento en las consideraciones jurídicas y de salud expuestas, presentamos la siguiente propuesta de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

ADICIÓN DE UN NUEVO CAPÍTULO III REFERENTE

A LOS DERECHOS EN SALUD SEXUAL Y SALUD

REPRODUCTIVA, AL TÍTULO I DEL LIBRO I

DE LA LEY GENERAL DE SALUD, Nº 5395

DE 30 DE OCTUBRE DE 1973

Y SUS REFORMAS

ARTÍCULO ÚNICO.- Adiciónase un capítulo III al título I del Libro I de la Ley General de Salud N.º 5395, de 30 de octubre de 1973, corriéndose la numeración de los capítulos y artículos subsiguientes de esta Ley.  El texto dirá:

“CAPÍTULO III

DERECHOS EN SALUD SEXUAL Y SALUD REPRODUCTIVA

SECCIÓN I

DEFINICIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ESTADO

Artículo 37.- Se entiende por salud sexual un proceso que conduce al bienestar físico, emocional, mental, social y cultural relacionado con la sexualidad y no solamente a la ausencia de enfermedad.  La salud sexual requiere condiciones de libertad, autonomía, equidad y responsabilidad, así como un acercamiento positivo y respetuoso hacia la sexualidad, las relaciones sexuales, la posibilidad de obtener placer y las experiencias sexuales seguras, libres de coerción, discriminación y violencia.

Artículo 38.- Se entiende por salud reproductiva un proceso que conduce al bienestar físico, emocional, social y cultural, en todos los aspectos relacionados con la reproducción humana.  No se trata solamente de la ausencia de enfermedades, sino de un proceso que integra las múltiples facetas humanas comprendidas en las decisiones, comportamientos y vivencias reproductivas que incluyen, entre otras, la libertad para reproducirse o no; en caso afirmativo, cuándo, con quién y con qué frecuencia.

______________

6       Fondo de Población de Naciones Unidas:  2005 p. 5.

7       IDEM, p. 13.

Artículo 39.- Le corresponderá al Estado mediante sus instituciones promover los cambios culturales, sociales, económicos, políticos e institucionales, así como definir las políticas públicas, para hacer efectivo el pleno ejercicio de estos derechos.  Es obligación del Ministerio de Salud en coordinación con la Caja Costarricense de Seguro Social, el Ministerio de Educación Pública y otras entidades públicas con responsabilidades en la materia, dictar y ejecutar las políticas y aplicar las normas necesarias para asegurar el cumplimiento de los derechos en salud sexual y en salud reproductiva, tendientes al mejoramiento de la calidad de los respectivos servicios, así como de la educación en salud sexual y salud reproductiva. Para efectos de cumplir con lo señalado, el Ministerio de Salud deberá garantizar la participación de las organizaciones de la sociedad civil que promueven y defienden los derechos en salud sexual y en salud reproductiva.

Artículo 40.- Las políticas públicas, programas, servicios y acciones sobre sexualidad y reproducción, deberán garantizar el ejercicio de los derechos en salud sexual y salud reproductiva, promoviendo relaciones de respeto mutuo, la corresponsabilidad, el autocuidado y el cuidado mutuo, así como la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, independientemente de su identidad y su orientación sexual.  Además, promoverán la modificación de los patrones socioculturales tradicionales de feminidad y masculinidad para eliminar los prejuicios, las discriminaciones y las prácticas basadas en la concepción de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de mujeres y hombres.

Artículo 41.- El Ministerio de Salud, en su calidad de órgano rector del sector, autorizará la provisión del condón femenino y masculino, en tanto que la Caja Costarricense de Seguro Social, podrá proveerlos, de acuerdo con las necesidades de cada sector poblacional.

SECCIÓN II

DERECHOS DE TODAS LAS PERSONAS

Artículo 42.- Todas las personas tienen derecho al disfrute pleno de su salud sexual y su salud reproductiva y al ejercicio de estos derechos sin discriminación alguna.

Artículo 43.- Todas las personas tienen derecho a:

a)  Ejercer su sexualidad de manera libre, responsable y voluntaria.

b)  Decidir de manera informada acerca de los aspectos relacionados con su salud sexual y su salud reproductiva, así como de los servicios y tratamientos que desea o no recibir.

c)  Recibir una educación integral en salud sexual y en salud reproductiva.

d)  Recibir orientación sobre los derechos en salud sexual y salud reproductiva y otros aspectos relacionados.

e)  Recibir servicios de atención integral para la salud sexual y la salud reproductiva durante todo su ciclo de vida, por parte de las instituciones del Estado especializadas en la materia.

f)   Decidir libre y responsablemente si desean o no reproducirse y con quién desean hacerlo.

g)  Definir el número e intervalo de los nacimientos.

h)  Tener acceso a los métodos seguros, modernos, eficaces y aceptables de prevención del embarazo, de acuerdo con su cultura y valores éticos.

i)   A la esterilización informada y voluntaria.

j)   Disfrutar sin discriminación alguna de la visita a centros hospitalarios, cuando medie una relación afectiva, familiar o de cuido.

k)  Recibir atención integral en salud, en casos de violencia sexual o abuso sexual, garantizándole el respeto, la confidencialidad, la privacidad y el seguimiento de su caso.

Para lograr el ejercicio de los derechos contemplados en este artículo, el Estado deberá garantizar su efectivo cumplimiento.

Artículo 44.- Todas las personas tienen derecho a la prevención y atención de las infecciones de transmisión sexual (ITS), incluyendo el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida) y especialmente a:

a)  Conocer la información científica disponible en términos que pueda ser comprendida.

b)  Recibir métodos de prevención moderna, eficaz y de óptima calidad, incluyendo el condón femenino y masculino.

c)  Diagnóstico y tratamiento oportuno con medicamentos de probada calidad en caso de ser requerido.

d)  Acceder a servicios de atención integral de la salud física y emocional.

Para ello el Estado, mediante las instituciones especializadas en el servicio asegurará el acceso, disponibilidad y vigencia de la atención integral.

Artículo 45.- Todas las personas tienen derecho a la información y orientación comprensible e integral, así como al acceso a tratamientos de fertilidad con tecnologías libres de riesgo, que cumplan con la normativa nacional y los estándares internacionales de seguridad y eficacia.

Artículo 46.- Todas las personas tienen derecho a decidir si se someten o no a procedimientos, tratamientos o estudios experimentales que no atenten contra la dignidad humana, de manera libre, informada y voluntaria.  Para ello contarán con información comprensible, que incluya el objetivo del procedimiento, tratamiento o estudio, los beneficios y riesgos potenciales.

SECCIÓN III

DERECHOS DE POBLACIONES EN PARTICULAR

Artículo 47.- Todos los hombres tienen derecho a los servicios de salud sexual y salud reproductiva especializados.  El Estado deberá proveer las condiciones que faciliten su acceso a estos y, en particular la información para la prevención, el diagnóstico temprano y el tratamiento del cáncer de próstata, así como de otras patologías del aparato urogenital.

Artículo 48.- Todas las mujeres tienen derecho a la información para la prevención, diagnóstico temprano y tratamiento del cáncer cérvico-uterino y de mama o de cualquier otra enfermedad relacionada con sus órganos sexuales y reproductivos.

Artículo 49.- Todas las mujeres en edad fértil tienen derecho al uso de la anticoncepción de emergencia, con el fin de evitar embarazos no deseados o peligrosos para su salud, así como a contar con información y acceso a la anticoncepción de emergencia, de manera ágil, oportuna y eficaz.  El Ministerio de Salud deberá autorizar su uso y las instituciones encargadas de la salud deberán ofrecerlos.

Artículo 50.- Todas las mujeres sin discriminación alguna, tienen derecho a una maternidad segura, con acompañamiento médico-técnico y emocional, así como a la protección del Estado para garantizar el ejercicio de este derecho.

Artículo 51.- Todas las mujeres tienen derecho a una atención integral, humanizada y libre de riesgo antes y durante el embarazo, el parto y el posparto, contando para ello con acceso a las diferentes modalidades de atención segura, tanto intra como extra hospitalaria.

Artículo 52.- Todas las mujeres, cuyo embarazo ponga en riesgo su salud integral o su vida, tienen derecho a recibir la información pertinente sobre el riesgo que conlleva su embarazo así como su derecho a decidir sobre la interrupción terapéutica del mismo.

Artículo 53.- Todas las mujeres tienen derecho a la atención post-aborto integral y humanizada.  Las instituciones públicas y privadas que brindan servicios de salud, procurarán la atención ambulatoria o intrahospitalaria oportuna y segura.

Artículo 54.- Las personas adolescentes tienen derecho a servicios de atención integral respetuosos de sus derechos, de calidad, diferenciados, especializados en salud sexual y salud reproductiva, que garanticen la confidencialidad e incluyan entre otros, prevención y tratamiento de las infecciones de transmisión sexual y VIH, prevención de embarazo no deseado y cuidados pre y postnatales.

Artículo 55.- Todas las personas adultas mayores o que presenten alguna discapacidad, tienen el derecho a ejercer su sexualidad y contar con servicios de apoyo, accesibilidad y orientación para hacerlos efectivos.

Artículo 56.- Todas las mujeres y los hombres que presenten alguna discapacidad tienen derecho a la toma de decisiones respecto de su salud sexual y su salud reproductiva, incluyendo el derecho a dar su consentimiento informado, hasta el punto en que puedan hacerlo.  Su libertad sexual no debe restringirse sin causa y los servicios de salud reproductiva, particularmente la anticoncepción, la esterilización y el aborto, no deben ser impuestos o negados por la fuerza o por la coerción.

Artículo 57.- Todas las mujeres y los hombres que presenten alguna discapacidad tienen derecho a contar con servicios y equipos médicos accesibles y adecuados a sus necesidades individuales de salud sexual y salud reproductiva, que garanticen la información, la prevención, el diagnóstico oportuno y tratamientos relacionados con su salud sexual y su salud reproductiva.  Se entiende por accesibilidad la ausencia de restricciones para que todas las personas puedan movilizarse libremente en el entorno, hacer uso de todos los servicios requeridos y disponer de todos los recursos que garanticen su seguridad, su movilidad y su comunicación.

Artículo 58.- Todas las personas que presenten alguna discapacidad tienen derecho a decidir si desean someterse o no a una esterilización. Cuando la persona que presenta discapacidad no esté en condiciones físicas o mentales para dar su consentimiento expreso, lo hará en su nombre la persona que ejerce la tutoría, la curatela, la representación legal o en ausencia de estos, el familiar más cercano.  En estos casos quienes toman las decisiones en su nombre deben respetar sus necesidades individuales por encima de toda consideración.

Incurrirá en responsabilidad penal, civil o administrativa quien practique una esterilización a una persona con discapacidad sin su consentimiento, de conformidad con la legislación correspondiente.”

Rige a partir de su publicación.

Ana Helena Chacón Echeverría                                    José Merino del Río

Maureen Ballestero Vargas                                          Andrea Morales Díaz

Evita Arguedas Maklouf                                              Federico Tinoco Carmona

Alberto Salom Echeverría                                             Óscar Núñez Calvo

DIPUTADOS

NOTA:   Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Especial de la Mujer.

5 de diciembre del 2007.—1 vez.—C-203300.—(40300).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 34497-MICIT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

En uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 18) del artículo 140 y 146 de la Constitución Política, la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, N° 7169 del 26 de junio de 1990, publicada en La Gaceta N° 144 de 01 de agosto de 1990, el artículo 27 de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 de 2 de mayo de 1978, y

Considerando:

1º—Que el Centro de Electroquímica y Energía Química, CELEQ y la Facultad de Microbiología de la Universidad de Costa Rica, el Instituto Tecnológico de Costa Rica y la Red para el Análisis de la Calidad Ambiental en América Latina, (RACAL), está organizando el “8avo Simposio Latinoamericano de Química Analítica Ambiental y Sanitaria”, previos al Simposio se realizará el 4to Taller en Microbiología Ambiental y dos Talleres Adicionales, uno sobre muestreo ambiental y el otro sobre tópicos actuales en la evaluación de contaminantes químicos en el ambiente. Estas actividades tendrán lugar entre el 16 y 20 de febrero del año 2009.

2°—Que el mencionado Simposio, será de gran importancia, ya que los temas que se abordarán son asuntos que afectan las condiciones de vida de los costarricenses: la calidad del agua, del aire y del suelo. La aparición de contaminantes emergentes, como son residuos de antibióticos, hormonas, plaguicidas y sus metabólicos, la presencia de metales traza con propiedades cancerígenas, la evaluación del riesgo de la exposición a sustancias químicas por medio de biosensores, entre otras.

3°—Que el objetivo general es propiciar un espacio de encuentro e intercambio de experiencias y conocimientos entre académicos e investigadores comprometidos con el cuidado, evaluación y desarrollo sostenible del medio ambiente, ya que estos nos brindarán una visión actualizada de la problemática microbiológica, toxicología y química actual, por medio de conferencias, talleres, etc.

4°—Que de conformidad con el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, N° 7169, todas las actividades científicas y tecnológicas sin fines de lucro, realizadas por las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, son de interés público. Por tanto,

Decretan:

Declaratoria de interés

“8avo Simposio latinoamericano de Química

Analítica Ambiental y Sanitaria”

Artículo 1°—Con fundamento en el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, N° 7169, se declara de interés público el “8avo Simposio Latinoamericano de Química Analítica Ambiental y Sanitaria”, organizado por el Centro de Electroquímica y Energía Química, CELEQ y la Facultad de Microbiología de la Universidad de Costa Rica, el Instituto Tecnológico de Costa Rica y la Red para el Análisis de la Calidad Ambiental en América Latina, (RACAL) el cual se realizará entre el 16 y 20 de febrero del año 2009.

Artículo 2°—Se insta a las entidades públicas y privadas, para que en la medida de sus posibilidades y dentro de la normativa jurídica vigente, contribuyan con el aporte de recursos económicos, logísticos y técnicos para la exitosa realización de la actividad mencionada.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los quince días del mes de abril del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Ciencia y Tecnología, Dra. Eugenia M. Flores Vindas.—1 vez.—(Solicitud Nº 0022).—C-29060.—(D34497-42474).

ACUERDOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

N° 045-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140, inciso 1) de la Constitución Política y el artículo 26 y concordantes de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Aceptar la renuncia del señor Guillermo López Calleja París, con cédula de identidad número 1-377-698, como Subdirector de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), a partir del 8 de marzo del 2008 y darle las más expresivas gracias por sus valiosos servicios prestados.

Artículo 2º—Nombrar al señor Roberto Guillén Solano, con cédula de identidad número 3-254-474, como Subdirector de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS).

Artículo 3º—Rige a partir del diez de marzo del año dos mil ocho.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el diez de marzo del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº 30163).—C-11240.—(41731).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 065-MJ

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Tatiana Gutiérrez Delgado, cédula de identidad Nº 1-0838-0944, Procuradora destacada en la Procuraduría de la Ética, para que asista al “Seminario de formación en asistencia judicial penal y extradición” a celebrarse del 5 de mayo al 9 de mayo del 2008, en La Antigua, Guatemala.

Artículo 2º—Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán cubiertos por la Organización del Evento.

Artículo 3º—Rige del 6 de mayo al 10 de mayo del 2008.

Dado en el Ministerio de Justicia, a las diez horas del veintinueve de abril del año dos mil ocho.

Laura Chinchilla Miranda, Ministra de Justicia y Gracia.—1 vez.—(Solicitud Nº 37386).—C-9260.—(40741).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 096-2008.—San José, 5 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 de 7 de diciembre del 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 11 al 14 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Francisco Monge Ariño en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Francisco Monge Ariño, cédula Nº 1-873-100, funcionario de la Dirección de Monitoreo, Comercio e Inversión, para que participe en la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, del 11 al 14 de marzo del 2008. El señor Monge Ariño retorna a Costa Rica hasta el 15 de marzo del 2008, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Francisco Monge Ariño, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $659,44 (seiscientos cincuenta y nueve con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504, del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 11 al 15 de marzo deL 2008, el señor Francisco Monge Ariño, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 15 de marzo del 2008.

San José, a los cinco días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27700.—(38722).

Nº 097-2008.—San José, 5 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 de 7 de diciembre del 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 11 al 14 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado, cédula Nº 1-1156-0779, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, a celebrarse en Guatemala del 11 al 14 de marzo del 2008. El señor Umaña Alvarado retorna a Costa Rica hasta el 15 de marzo del 2008, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Umaña Alvarado, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $659,44 (seiscientos cincuenta y nueve con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504, del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 11 al 15 de marzo del 2008, el señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 15 de marzo del 2008.

San José, a los cinco días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38723).

Nº 106-2008.—San José, 10 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 11 al 14 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Fernando Ocampo Sánchez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Fernando Ocampo Sánchez, cédula Nº 1-791-100, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, a celebrarse en El Salvador del 13 al 14 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos del señor Fernando Ocampo Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $197,68 (ciento noventa y siete con 68/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 13 al 14 de marzo del 2008, el señor Fernando Ocampo Sánchez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 13 al 14 de marzo del 2008.

San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29720.—(38724).

Nº 107-2008.—San José, 10 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 de 7 de diciembre del 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 11 al 14 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Adolfo Solano Murillo en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Adolfo Solano Murillo, cédula Nº 5-231-895, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, a celebrarse en El Salvador del 11 al 14 de marzo del 2008. El señor Solano Murillo retorna a Costa Rica hasta el 15 de marzo del 2008, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Adolfo Solano Murillo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504, del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 11 al 15 de marzo del 2008, el señor Adolfo Solano Murillo, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 15 de marzo del 2008.

San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27720.—(38725).

Nº 108-2008.—San José, 10 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Fernando Ocampo Sánchez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Fernando Ocampo Sánchez, cédula Nº 1-791-100, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, del 26 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos del señor Fernando Ocampo Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, el señor Fernando Ocampo Sánchez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-31040.—(38726).

Nº 109-2008.—San José, 10 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Francisco Monge Ariño en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Francisco Monge Ariño, cédula Nº 1-873-100, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos del señor Francisco Monge Ariño, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, el señor Francisco Monge Ariño, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38727).

Nº 110-2008.—San José, 10 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Indiana Trejos Gallo en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Indiana Trejos Gallo, cédula Nº 1-949-533, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Indiana Trejos Gallo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $511,44 (quinientos once con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Indiana Trejos Gallo, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38728).

Nº 111-2008.—San José, 10 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Arlina Gómez Fernández en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Arlina Gómez Fernández, cédula Nº 1-761-188, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Arlina Gómez Fernández, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Arlina Gómez Fernández, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27740.—(38729).

Nº 112-2008.—San José, 10 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Silvia Miranda Gutiérrez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Silvia Miranda Gutiérrez, cédula Nº 2-516-577, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008. La señora Silvia Miranda Gutiérrez viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Silvia Miranda Gutiérrez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Silvia Miranda Gutiérrez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 24 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-30680.—(38730).

Nº 128-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a las Inversiones (CIADI), se interpuso contra la República de Costa Rica un procedimiento de arbitraje por parte de inversionistas canadienses, en el marco del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de Canadá para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, bajo el caso CIADI Nº ARB(AF)/07/3-Alasdir Ross Anderson y otros contra la República de Costa Rica.

II.—Que para efectos de atender en debida forma el procedimiento indicado, el Ministerio de Comercio Exterior procedió a contratar, en el exterior, servicios de asesoría jurídica especializada sobre disputas internacionales, resultando adjudicada la firma Sidley Austin LLP, especialistas en la materia.

III.—Que para efectos de la formalización del contrato correspondiente, resulta necesario, que los funcionarios Sergio Fernández Vargas, Director Administrativo y Oficial Mayor, y Gerardo González Morera, funcionario de la Dirección de Asesoría Legal, viajen a Washington D.C., Estados Unidos de América. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores Sergio Fernández Vargas, cédula de identidad Nº 6-142-594, Director Administrativo y Oficial Mayor, y Gerardo González Morera, cédula de identidad Nº 2-368-965, funcionario de la Dirección de Asesoría Legal, para que viajen a Washington, Estados Unidos de América del 13 al 14 de marzo del presente año, para efectos de la formalización del contrato correspondiente con la firma indicada. Los funcionarios indicados retornan a Costa Rica hasta el 15 de marzo del presente año, por efectos de itinerario y rutas de vuelo.

Artículo 2º—Los gastos de los señores Sergio Fernández Vargas y Gerardo González Morera, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, el primero por $586,24 (quinientos ochenta y seis con 24/100 dólares), y el segundo por $501,64 (quinientos uno con 64/100 dólares), los cuales serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se les autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 13 al 15 de marzo del 2008, los señores Sergio Fernández Vargas y Gerardo González Morera, devengarán el 100% de su salario, que tratándose del segundo, es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige del 13 al 15 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-36980.—(38731).

Nº 129-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, y el 28 de marzo del 2008, se realizará en Washington, Estados Unidos de América la reunión de Viceministros de Trabajo de Centroamérica con autoridades del Gobierno de Estados Unidos de América, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Esteban Agüero Guier en las reuniones, resulta necesaria, por cuanto en ellas se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Esteban Agüero Guier, cédula Nº 1-1021-316, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Defensa, del 25 al 27 de marzo del 2008, en el Salvador y el 28 de marzo del 2008, en la reunión en Washington, con autoridades del Gobierno de Estados Unidos de América. El funcionario retorna a Costa Rica hasta el 30 de marzo. Los días 29 y 30 de marzo corresponden a fin de semana y todos los gastos en que incurra serán cubiertos en forma directa por el funcionario.

Artículo 2º—Los gastos del señor Esteban Agüero Guier, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $813,24 (ochocientos trece con 24/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504, del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 30 de marzo del 2008, el señor Esteban Agüero Guier, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 30 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-33020.—(38732).

Nº 133-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Carolina Palma Vargas en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Carolina Palma Vargas, cédula Nº 1-1063-0524, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, del 25 al 28 de marzo del 2008. La señora Carolina Palma Vargas viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Carolina Palma Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Carolina Palma Vargas, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 24 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38733).

Nº 134-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Isabel Hernández Ruiz en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Isabel Hernández Ruiz, cédula Nº 5-322-276, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Aduanas y Origen, del 25 al 28 de marzo del 2008. La señora Isabel Hernández Ruiz viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Isabel Hernández Ruiz, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $600,24 (seiscientos con 24/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Isabel Hernández Ruiz, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 24 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27740.—(38734).

Nº 135-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Tatiana Varela Vargas en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Tatiana Varela Vargas, cédula Nº 1-971-832, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Aduanas y Origen, del 25 al 28 de marzo del 2008. La señora Tatiana Varela Vargas viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Tatiana Varela Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Tatiana Varela Vargas, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 24 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29720.—(38735).

Nº 136-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Leonor Obando Quesada en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Leonor Obando Quesada, cédula Nº 1-910-209, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Compras, del 25 al 26 de marzo del 2008. La señora Leonor Obando Quesada viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Leonor Obando Quesada, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $322,00 (trescientos veinte y dos con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 24 al 26 de marzo del 2008, la señora Leonor Obando Quesada, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 24 al 26 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38736).

Nº 137-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Ericka Víquez Álvarez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Ericka Víquez Álvarez, cédula Nº 2-375-827, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Servicios, del 25 al 28 de marzo del 2008. La señora Ericka Víquez Álvarez viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Ericka Víquez Álvarez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $600,24 (seiscientos con 24/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Ericka Víquez Álvarez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 24 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29060.—(38737).

Nº 138-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Reyner Brenes Chávez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Reyner Brenes Chávez, cédula Nº 1-832-447, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Servicios, del 25 al 28 de marzo del 2008. El señor Reyner Brenes Chávez viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Reyner Brenes Chávez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $600,24 (seiscientos con 24/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, el señor Reyner Brenes Chávez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 24 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29060.—(38738).

Nº 139-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Gustavo Guillén Picado en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Gustavo Guillén Picado, cédula Nº 1-1053-371, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Servicios, del 25 al 28 de marzo del 2008. El señor Gustavo Guillén Picado viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Gustavo Guillén Picado, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, el señor Gustavo Guillén Picado, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 24 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29720.—(38739).

Nº 140-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Susana Vásquez Álvarez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Susana Vásquez Álvarez, cédula Nº 1-956-295, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Propiedad Intelectual y Compras, del 26 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Susana Vásquez Álvarez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora Susana Vásquez Álvarez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38740).

Nº 141-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora María José Cordero Salas en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora María José Cordero Salas, cédula Nº 1-1073-0951, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Propiedad Intelectual, del 26 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de la señora María José Cordero Salas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora María José Cordero Salas, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27740.—(38741).

Nº 142-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Diane Robert Magnin y Falcon en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Diane Robert Magnin y Falcon, cédula Nº 1-1094-0674, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Propiedad Intelectual y Compras, del 25 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Diane Robert Magnin y Falcon, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Susana Diane Robert Magnin y Falcon, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39564).

Nº 143-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Alejandra Aguilar Schramm en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Alejandra Aguilar Schramm, cédula Nº 1-844-618, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, del 27 al 28 de marzo del 2008. La señora Aguilar Schramm viaja a partir del 26 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Alejandra Aguilar Schramm, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $304,24 (trescientos cuatro con 24/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora Alejandra Aguilar Schramm, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39565).

Nº 144-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Adriana González Saborío en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Adriana González Saborío, cédula Nº 1-873-574, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Desarrollo Sostenible, del 27 al 28 de marzo del 2008. La señora González Saborío viaja a partir del 26 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Adriana González Saborío, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $304,24 (trescientos cuatro con 24/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora Adriana González Saborío, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39566).

Nº 145-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre de 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Gabriela Castro Mora en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Gabriela Castro Mora, cédula Nº 1-916-263, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Desarrollo Sostenible, del 27 al 28 de marzo del 2008. La Castro Mora viaja a partir del 26 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Gabriela Castro Mora, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $322,00 (trescientos veinte y dos con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora Gabriela Castro Mora, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39567).

Nº 146-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Carolina Vargas Orue en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Carolina Vargas Orue, cédula Nº 1-1010-706, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Defensa, del 25 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Carolina Vargas Orue, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Carolina Vargas Orue, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-27080.—(39568).

Nº 147-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Luis Adolfo Fernández López en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Luis Adolfo Fernández López, cédula Nº 1-847-836, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Defensa, del 25 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos del señor Luis Adolfo Fernández López, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $511,44 (quinientos once con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, el señor Luis Adolfo Fernández López, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39569).

Nº 148-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Marcela Chavarría Pozuelo en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Pozuelo, cédula Nº 1-847-321, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Solución de Controversias, del 25 al 26 de marzo del 2008. La señora Marcela Chavarría Pozuelo regresa el 27 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $322,00 (trescientos veinte y dos con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 27 de marzo del 2008, la señora Marcela Chavarría Pozuelo, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 27 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39570).

Nº 149-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Manuel Tovar Rivera en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Tovar Rivera, cédula Nº 1-906-909, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Solución de Controversias, del 25 al 26 de marzo del 2008. El señor Tovar Rivera regresa el 27 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Manuel Tovar Rivera, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $322,00 (trescientos veinte y dos con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 27 de marzo del 2008, el señor Manuel Tovar Rivera, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 27 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39616).

Nº 150-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señora Adriana Campos Azofeifa en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Adriana Campos Azofeifa, cédula Nº 1-1102-199, funcionaria de la Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Adriana Campos Azofeifa, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Adriana Campos Azofeifa, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39617).

Nº 151-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Mario Brizuela Rangel en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Mario Brizuela Rangel, cédula Nº 8-043-227, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Solución de Controversias, del 25 al 27 de marzo del 2008. El señor Brizuela Rangel regresa el 28 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Mario Brizuela Rangel, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $470,00 (cuatrocientos setenta con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, el señor Mario Brizuela Rangel, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39618).

Nº 152-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Adolfo Solano Murillo en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Adolfo Solano Murillo, cédula Nº 5-231-895, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Solución de Controversias, del 25 al 27 de marzo del 2008. El señor Solano Murillo regresa el 28 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Adolfo Solano Murillo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, el señor Adolfo Solano Murillo, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39619).

Nº 153-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 11 al 14 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señorita Silvia Miranda Gutiérrez, en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señorita Silvia Miranda Gutiérrez, cédula Nº 2-516-577, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la reunión de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Acceso a Mercados, del 12 al 14 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de la señorita Silvia Miranda Gutiérrez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $322,00 (trescientos veintidós con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 12 al 14 de marzo del 2008, la señorita Silvia Miranda Gutiérrez devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 12 al 14 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-27740.—(39620).

Nº 154-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 18 al 20 de marzo del 2008, se realizará en Ginebra, Suiza, el Taller sobre buenas prácticas de Reglamentación de la Organización Mundial del Comercio (OMC), evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Édgar Tenorio Sánchez, en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Édgar Tenorio Sánchez, cédula Nº 1-814-638, funcionario de la Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en el Taller sobre buenas prácticas de Reglamentación de la Organización Mundial del Comercio (OMC), del 18 al 20 de marzo del 2008. El señor Tenorio Sánchez viaja a partir del 16 de marzo y retorna a Costa Rica el 21 de marzo del 2008, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Édgar Tenorio Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, así como el transporte aéreo, serán cubiertos por la Organización Mundial del Comercio (OMC). Los gastos de transporte terrestre e impuestos de salida de ambos países serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en España, por conexión.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 16 al 21 de marzo del 2008, el señor Édgar Tenorio Sánchez devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 16 al 21 de marzo del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29060.—(39621).

Nº 155-2008.—San José, 12 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 31 de marzo al 3 de abril del 2008, se realizará en Ginebra, Suiza la reunión del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC), evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Federico Arias López, en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Federico Arias López, cédula Nº 1-855-658, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la reunión del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC), a celebrarse en Ginebra, Suiza del 31 de marzo al 3 de abril del 2008. El señor Arias López viaja a partir del 28 de marzo, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino. Los días 5 y 6 de abril del 2008, corresponden a fin de semana y todos los gastos en que incurra en las fechas indicadas, serán cubiertos en forma directa por el funcionario.

Artículo 2º—Los gastos del señor Federico Arias López, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $1.979,96 (un mil novecientos setenta y nueve con 96/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA). Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para realizar escala en Francia, New York y Atlanta, Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 28 de marzo al 6 de abril del 2008, el señor Federico Arias López devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 28 de marzo al 6 de abril del 2008.

San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-31700.—(39622).

Nº 156-2008.—San José, 14 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Carlos Marín Castro, en la ronda, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín Castro, cédula Nº 1-1138-0362, funcionario de la Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en la II Ronda de Negociación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Obstáculos Técnicos al Comercio, del 26 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Marín Castro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, el señor Carlos Marín Castro devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39623).

Nº 157-2008.—San José, 14 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Édgar Tenorio Sánchez, en la ronda, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Édgar Tenorio Sánchez, cédula Nº 1-814-638, funcionario de la Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Obstáculos Técnicos al Comercio, del 26 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos del señor Édgar Tenorio Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, el señor Édgar Tenorio Sánchez devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29060.—(39624).

Nº 158-2008.—San José, 14 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación del señor Federico Arias López, en la ronda, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Federico Arias López, cédula Nº 1-855-658, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, del 26 al 27 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos del señor Federico Arias López, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $174,00 (ciento setenta y cuatro con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 27 de marzo del 2008, el señor Federico Arias López devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 27 de marzo del 2008.

San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-27080.—(39625).

Nº 159-2008.—San José, 14 de marzo del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que del 25 al 28 de marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

II.—Que la participación de la señorita Juliana Fernández Porras, en la ronda, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señorita Juliana Fernández Porras, cédula Nº 1-1217-0105, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Negociación en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, del 26 al 28 de marzo del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de la señorita Juliana Fernández Porras, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señorita Juliana Fernández Porras devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 28 de marzo del 2008.

San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-26400.—(39626).

Nº 163-2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 602-2003 de fecha 24 de junio del 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 130 del 8 de julio del 2003; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 154-2004 de fecha 18 de marzo del 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 86 del 4 de mayo del 2004; por el Acuerdo Ejecutivo Nº 404-2004 de fecha 9 de julio del 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 154 del 9 de agosto del 2004; por el Acuerdo Ejecutivo Nº 260-2006 de fecha 20 de octubre del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 242 del 18 de diciembre del 2006 y por el Acuerdo Ejecutivo Nº 324-2007 de fecha 22 de agosto del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 185 del 26 de setiembre del 2007; a la empresa Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-348044, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documento presentado el día 14 de marzo del 2008, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, solicitó, entre otros aspectos y en lo que atañe al Poder Ejecutivo, la modificación del monto mínimo total de inversión en virtud del incremento del área de operación, en los términos del artículo 25 ter del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER Nº 23-2008 de fecha 24 de marzo del 2008, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del acuerdo ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER, mediante oficio Nº DAL 081-2008 del 25 de marzo del 2008, en cumplimiento de lo acordado por la instancia interna de la Administración de la referida Promotora, informó a la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda, sobre los acuerdos tomados en torno a la solicitud formulada por la empresa Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, en concordancia con el artículo 25 ter del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 602-2003 de fecha 24 de junio del 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 130 del 8 de julio del 2003 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula sexta, se lea de la siguiente manera:

“6.  La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 01 trabajador, a partir del 15 de setiembre del 2003, y a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 70 trabajadores, a más tardar el 1º de abril del 2004. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 1º de noviembre del 2004, así como a realizar y mantener una inversión mínima total de US $750.000,00 (setecientos cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), de los cuales US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberán invertirse en la planta principal ubicada en el Parque Empresarial Forum, a más tardar el 1º de noviembre del 2004; US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberán invertirse en la planta adicional ubicada en el Parque Industrial Centro de Ciencia y Tecnología Ultrapark, a más tardar el 23 de noviembre del 2008; US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberán invertirse en la primera planta adicional ubicada en el Parque Industrial Los Arallanes, a más tardar el 23 de noviembre del 2008; US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberán invertirse en la segunda planta adicional ubicada en el Parque Industrial Los Arallanes, a más tardar el 31 de julio del 2009, y los restantes US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberán invertirse en la tercera planta adicional ubicada en el Parque Industrial Los Arallanes, a más tardar el 30 de abril del 2010, de conformidad con los plazos y condiciones establecidas en la solicitud presentada por la beneficiaria. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 83,37%.

       PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 602-2003 de fecha 24 de junio del 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 130 del 8 de julio del 2003 y sus reformas.

3º—La empresa deberá suscribir un Addéndum al Contrato de Operaciones.

4º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los treinta y un días del mes de marzo del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Comercio Exterior a. í., Amparo Pacheco Oreamuno.—1 vez.—(40464).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título N° 180, emitido por el Liceo San Roque, en el año dos mil cinco, a nombre de Rodríguez Molina Adrián Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 04 de abril del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(40173).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título N° 110, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Sánchez Valladares Lais Cinl. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de abril del 2008.—Departamentos de Pruebas Nacionales.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(40259).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

AVISO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Segundad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados siglas ANEP, acordada en asamblea celebrada el 8 de marzo del 2008. Expediente S-E022. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 2, 13, 35, 37 y 57 del Estatuto.—San José, 05 de mayo del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(41823).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

CIRCULAR N° DRPI-008-2008

PARA:         Funcionarios y usuarios del Registro de Propiedad Industrial

DE:               Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez

                     Director Registro de Propiedad Industrial

FECHA:       30 de abril del 2008

ASUNTO:    Ley Nº 8632 Modificación de varios artículos de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Ley Nº 7978, de la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad, Nº 6867.

Mediante Ley Nº 8622 de fecha 21 de noviembre del 2007, entra en vigencia el Tratado de Libre Comercio suscrito entre República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos de América. Para la efectiva ejecución de los contenidos de dicha ley; se entró al conocimiento, en nuestra Asamblea Legislativa, de una agenda de implementación; que incluye, reformas a las leyes que regulan la materia de Propiedad Intelectual.

Como parte de los compromisos adquiridos; mediante Ley Nº 8632 se modifican varios artículos de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Ley Nº 7978, de la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad, Nº 6867; así como de la Ley de Biodiversidad, Ley No. 7788. Esta ley fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 80 de fecha 25 de abril del 2008; siendo su vigencia a partir de su publicación.

Por tanto; a efecto de que las disposiciones y procedimientos de este Registro, resulten acordes con las reformas vigentes; en beneficio de los intereses de los usuarios y de esta forma ofrecer un servicio más eficiente por parte de la Administración, este Registro hace de conocimiento de nuestros usuarios las principales reformas contenidas en la Ley Nº 8632:

1)  Las reformas a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Ley Nº 7978, incluyen:

-    Modificación de la definición de Indicación Geográfica. (Artículo 2)

-    Exigencia del comprobante de pago total de la tasa establecida como requisito de admisibilidad. Por tanto, no se admitirán en la ventanilla del Diario, solicitudes que no adjunten el comprobante total del pago establecido. (artículo 10)

-    El registro de una licencia de uso de marca no es requisito condicionante para su validez. (artículo 35)

-    Se define la marca notoriamente conocida de acuerdo con la recomendación conjunta Nº 833 de setiembre de 1999 de la OMPI. (artículo 44).

-    Se reforman los artículos del 74 al 81 del Capítulo II del Título VIII, sobre Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas.

-    Cuando un mandatario remita a un poder que consta en el Registro, deberá indicar el número de expediente de la marca, el nombre de esta y el número de solicitud o registro en que se encuentra. En los casos en que no se indique o resulten incompletos los datos consignados por el solicitante, debe el registrador encargado requerir la información completa. (artículo 82)

-    Se adiciona el artículo 82 bis. Este artículo constituye una de las reformas más significativas, ya que permite la actuación de un mandatario para actos relacionados con la propiedad intelectual; con la simple autorización del poderdante en mandato autenticado, como formalidad mínima. Además, el mandatario se entenderá autorizado suficiente y bastante, para realizar todos los actos que las leyes autoricen al propio titular. Así las cosas, se suprimen las formalidades antes exigidas por este Registro en materia de poderes; a saber, la escritura pública en caso de nacionales con las indicaciones y daciones de fe contenidas en el Código Civil, y los trámites consulares y respectivas legalizaciones en los casos de solicitantes extranjeros. De conformidad con lo anterior se modifica el punto 1) de la Circular DRPI-017-2007 de fecha 30 de octubre del 2007 para que se lea:

“1) Toda persona que actúe en calidad de apoderado o representante de una compañía, nacional o extranjera, deberá acreditar su representación mediante mandato autenticado de conformidad con el artículo 82 bis de la Ley No. 8632; con fecha anterior a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción o de cualquier otro procedimiento, a realizarse ante el Registro de la Propiedad Industrial.”

Además, se dejan sin efecto las Circulares DRPI-007-2006, DRPI-004-2006, RPI-008-2005, RPI-001-2005, RPI-009-2004, RPI-007-2004; así como el Oficio DRPI-305-2007.

-    Los requisitos del artículo 82 bis, se aplican de forma retroactiva a todas las solicitudes de inscripción y demás movimientos aplicados que se encuentren en trámite actualmente en el Registro de la Propiedad Industrial. (Transitorio III)

-    Se modifican y se adicionan los pagos de las tasas establecidas en los siguientes casos: (artículo 94)

o Por traspaso, licencia de uso, cambio de nombre

     o la cancelación de marcas                                                 $25

o Solicitud de oposición                                                       $25

o Por cada modificación y o corrección de una solicitud     $25

o Por cada división de una solicitud                                     $50

o Solicitud de denominación de origen o

     indicación geográfica                                                         $50

o Recargo por renovación en plazo de gracia                       $25

o Solicitud de nulidad o cancelación por clase                     $25

-    Con respecto a lo adicionado en el inciso i) del artículo 94; se entenderá por modificación o corrección, aquellas permitidas por la Circular Nº 004-2007 del 23 de febrero del 2007; a saber, modificaciones en el signo solicitado que afecte únicamente elementos secundarios y las correcciones en las clases y los productos; incluso cuando sean requeridas por el Registro.

-    Otras reformas son: la adición al artículo 1 de un segundo párrafo; reforma al primer párrafo del artículo 3; reforma de los incisos a), b), c) e i) del artículo 8; se deroga el inciso h) del artículo 8; se reforman los incisos j) del artículo 9 y el párrafo siguiente a dicho inciso; se reforma el inciso e) del artículo 10; se deroga el quinto párrafo del artículo 18, y se reforma el primer párrafo del artículo 25 y su inciso a).

2)  Las reformas a la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industríales y Modelos de Utilidad, Nº 6867, incluyen:

-    Se establecen las nuevas tasas en materia de patentes: (Artículo 33).

a)  Presentación de la solicitud, que incluye la tramitación y el examen de forma: $500.00

b)  Por cada solicitud fraccionaría: $500.00

c)  Inscripción y expedición del certificado de registro de la patente: $500.00

d)  Oposición: $25.00

e)  Solicitud de extensión de la vigencia dej plazo de la patente: $150.00

f)   Tasas anuales: $500.00

g)  Sobre tasa por pago dentro del período de gracia: 30% de la tasa anual correspondiente.

-    Se adiciona el artículo 33 bis que hace referencia a las tasas anuales:

Las tasas anuales para mantener la vigencia de la patente, podrán ser pagadas por anticipado para dos o más períodos anuales.

1)  En caso de pago de la anualidad durante el plazo de gracia, la tasa debida y la respectiva sobretasa se pagarán simultáneamente.

2)  De no constar el pago de la tasa anual respectiva dentro del plazo de gracia, el Registro de la Propiedad Industrial deberá de realizar las intimaciones de pago previstas en el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública y, de no acreditarse el pago dentro del plazo previsto al efecto, el director del Registro de la Propiedad Industrial procederá a certificar lo adeudado.

3)  Los pagos de las tasas anuales serán anotados en el registro, bajo la partida correspondiente a la patente cuya tasa se haya pagado. La anotación indicará el monto pagado, el período o los períodos anuales a los cuales corresponde el pago y la fecha en que se recibió.

4)  En caso de renuncia, caducidad o declaración de nulidad, no habrá derecho a reintegro de tasas o anualidades pagadas anticipadamente.

-    Se adiciona el artículo 34 bis, el cuál modifica las formalidades de los poderes, siendo su contenido el mismo del artículo 84 bis de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, analizado supra.; por lo que aplican las mismas formalidades.

-    Los requisitos del artículo 34 bis, se aplican de forma retroactiva a todas las solicitudes de inscripción que se encuentren en trámite actualmente en el Registro de la Propiedad Industrial. (Transitorio IV)

-    Se pueden modificar las reivindicaciones, siempre y cuando no se de una ampliación de la invención divulgada ni una expansión de la divulgación contenida en la solicitud inicial. (Artículo 8)

-    Si al momento de presentar la solicitud no se cumple, por lo menos, con el nombre del solicitante, la descripción, las reivindicaciones y cualquier dibujo necesario para entender la invención, se le otorgará como fecha de presentación aquella en la que se de el cumplimiento total de prevención correspondiente, (artículo 6 inc. 10)

-    Se amplía el plazo para interponer oposiciones a tres meses a partir de la tercera publicación de la solicitud en el Diario Oficial. El plazo para presentar pruebas respecto a las oposiciones se amplia a dos meses, que corren a partir de la presentación de la oposición. (Artículo 12)

-    Se amplía el plazo respecto al informe técnico, el cual deberá concluirse en un plazo improrrogable de dos años, computado a partir de la entrega de la solicitud para estudio a la entidad correspondiente. Respecto al examen de fondo deberá concluirse en el plazo de treinta meses, que se contará a partir de la entrega de la solicitud para estudio a la entidad correspondiente. (Artículo 13)

-    Se mantiene el plazo de vigencia de las patentes en 20 años, tanto para solicitudes tramitadas bajo el Convenio de París; como las que se encuentran tramitadas bajo el Tratado de Cooperación en materia de Patentes.

En el caso de patentes de productos, si el Registro de Propiedad Industrial se demora en otorgar la Patente en más de cinco años, contados desde la fecha de presentación de la solicitud; o tres años, a partir de la solicitud del examen de fondo, el titular tendrá derecho a solicitar al Registro una compensación en la vigencia del plazo de la Patente, el cual será un día por cada día que se excedan los períodos de tiempo referido; pero esta compensación nunca podrá exceder de dieciocho meses.

Puede darse una compensación cuando se refiera a productos farmacéuticos, cuando la aprobación del permiso para la primera comercialización en el país, otorgada por el Ministerio de Salud, demore más de tres años, contados a partir de la solicitud de aprobación de comercialización. El titular tendrá derecho a solicitar al Registro una compensación en la vigencia del plazo de la Patente, el cual será un día por cada día que se excedan los períodos de tiempo referido; siempre que el plazo restante de la vigencia de la patente no exceda de doce años. (Artículo 17)

-    Para la implementación de las disposiciones incorporadas en los párrafos 2 al 5 del artículo 17, se, confiere al Poder Ejecutivo un plazo de un año. (Transitorio I)

-    Las disposiciones incorporadas en los párrafos 2 al 5 del artículo 17, se aplicarán a todas las solicitudes de patentes que se presenten a, partir de los doce meses siguientes a la publicación de la Ley 8632. (Transitorio II)

-    Se incorpora la figura del abandono de gestión con el cual las solicitudes de patentes se tendrán por abandonadas y caducarán, de pleno derecho, si no se insta su curso, dentro de un plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de la última notificación hecha a los interesados. (Artículo 32)

-    Otras reformas son: los subincisos c) y d) del inciso 4) del artículo 1º; artículo 2º; Inciso 2) y 3) del artículo 6º; artículos 9, 16; incisos 5) y 6) del artículo 18; inciso 4) del artículo 20. Además se derogan el inciso 8) del artículo 6º y los incisos 2), 4) y 11) del artículo 18.

Se recuerda que las disposiciones contenidas en esta Circular son de acatamiento obligatorio. Rige a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la Ley Nº 8632.

Dirección Propiedad Industrial.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—Dirección Administrativa.—Lic. William Astúa Meléndez, Director.—Departamento Financiero.—Lic. Irene Espinoza Alvarado, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº 49407).—C-89760.—(42476).

REGISTRO DE PATENTE DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La Universidad de Costa Rica, de Costa Rica, solicita la Patente de Invención denominada DISPENSADOR DE HERBICIDAS PARA APLICACIÓN DIRIGIDA Y CON REGULACIÓN DE CAUDAL. Un dispositivo dispensador de agroquímicos sistémicos o líquidos en general sobre plantaciones diversas útil para el sector de la agroindustria y el sector agrícola y de jardinería en especial, compuesto de un contenedor para el líquido en cuestión, una estructura tubular liviana, que permite la manipulación del dispositivo en plantaciones de configuraciones diferentes, un sistema de distribución y regulación del flujo de líquido y un dispositivo aplicador hecho de material textil el cual se mantiene humedecido por el efecto del sistema de conducción y regulación mencionado, así mismo, dicho elemento textil humedece la superficie de las plantas que hacen contacto con él, de acuerdo con la práctica de empleo que se siga. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01M 21/00, cuyo inventor es Luis Chavarría Córdoba. La solicitud correspondiente lleva el número 8400, y fue presentada a las 13:56:20 del 11 de mayo del 2006. Cualquier interesado podrá ponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de febrero del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(O. C. Nº 112287-UCR).—C-34220.—(39591).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

El señor Juan Ramón Barrios Solano, mayor, casado una vez, maestro de obra, cédula de identidad número 2-346-623, vecino de San José, Servicios de Seguridad del Norte C & M Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominada SEPARADORES DE CONCRETO.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Separadores de concreto para evitar la corroción en la varilla de construcción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 25 /01, cuyo inventor es Juan Ramón Barrios Solano. La solicitud correspondiente lleva el número 8715, y fue presentada a las 09:56:34 del 27 de octubre de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de marzo de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 30870.—(39820).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Expediente Nº 12889P.—Impresora Delta S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, para uso industrial. Coordenadas 217.800 / 513.200 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de abril de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 30525.—(39273).

Exp. 12874P.—Phillipson S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Segundo, Alajuela, Alajuela, para uso industria. Coordenadas 220.900 / 516.200 hoja Barba. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de abril de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(39764).

Exp. 12880A.—Isabel Córdoba Araya solicita concesión de: ,15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Isabel Córdoba Araya en San Antonio, Escazú, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 209.750 / 520.750 hoja San José. Predios inferiores. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de abril de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 30904.—(39828).

Exp. 12890P.—José Daniel Quesada Brenes solicita concesión de: ,058 litros por segundo del Pozo NA - 792, efectuando la captación en finca de José Daniel Quesada Brenes en Buenos Aires, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano y riego (zona verde). Coordenadas 227.636 / 488.384 hoja Palmares. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de abril de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 30989.—(39829).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 664-H.—Empresa Eléctrica Matamoros S. A., solicita concesión de fuerza hidráulica, para generar energía eléctrica, en San Roque, Ciudad Quesada, San Carlos. Se suministran los siguientes datos: lugar: San Roque, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, captación: en propiedad de la solicitante, fuentes: Río Platanar y quebrada el Palo, cuadrante cartográfico de la toma: 259-260/489-490, hoja Aguas Zarcas, cuadrante cartográfico de descarga: 261-262/489-490, hoja Aguas Zarcas, caudal: 1.500 l/s quebrada El Palo y 2.700 l/s Río Platanar, caída bruta: 63 metros, potencia teórica: 2.593 kW, capacidad del generador: 1.400 kW y 1.550 kW, destino: venta de energía al ICE, propietario de predios inferiores: El Embalse S. A., Anselmo Rodríguez Arce. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del término de un mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de mayo de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(42911).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOS

Propuesta de pago 40015 del 3 de abril del 2008

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL

SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

Cédula                                   Nombre                                                                                             Monto

103390674           Casafont Odor Juan Antonio                                                                   16.963,88

103510839           Freddy Valverde Vargas -NI-                                                                 135.752,31

103510839           Freddy Valverde Vargas -NI-                                                                 146.024,69

103510839           Freddy Valverde Vargas -NI-                                                                   30.817,14

104000729           Hernández Sandí Bernardo                                                                 7.254.408,07

112980996           Chavarría Pérez Sharon                                                                             24.431,08

203050367           Bou Valverde Zetty                                                                                     16.963,88

400560941           Rodríguez Chaverri Ovelio                                                                      33.927,75

603650069           Porras Arguedas Katherine                                                                      28.095,74

700310322           Seing Jiménez Mario                                                                                   33.927,75

900140438           Morera Cabezas José Manuel                                                             3.385.389,23

2100042005        Ministerio de Hacienda                                                                               8.980,89

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                               5.700,00

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                          154.400,00

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                            54.800,00

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                            24.000,00

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                            30.000,00

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                            65.000,00

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                               9.958,12

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                            51.000,00

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                            39.114,60

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                               3.560,00

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                            40.000,00

2400042156        Tribunal Supremo de Elecciones                                                            31.800,00

3004045117        Cooperativa de Electrificación Rural                                                    59.609,86

3004045202        Cooperativa de Electrificación Rural                                                    14.836,55

3004045202        Cooperativa de Electrificación Rural                                                    45.294,10

3004045260        Cooperativa de Electrificación Rural                                                    10.560,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                 108.300,00

3012355421        Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L-                                                 1.465.100,00

3014042058        Municipalidad del Cantón Central de                                                     8.038,80

3101000046        Compañía Nacional de Fuerza y Luz                                               7.529.482,10

3101000046        Compañía Nacional de Fuerza y Luz                                               1.550.335,50

3101003937        Hacienda Santa Anita S. A. -NI-                                                           101.250,00

3101009059        Radiográfica Costarricense S. A. -                                                    1.569.170,52

3101009059        Radiográfica Costarricense S. A. -                                                        453.339,72

3101009059        Radiográfica Costarricense S. A. -                                                          90.073,10

3101009059        Radiográfica Costarricense S. A. -                                                        232.660,57

3101009059        Radiográfica Costarricense S. A. -                                                        233.560,46

3101009059        Radiográfica Costarricense S. A. -                                                        455.093,04

3101009059        Radiográfica Costarricense S. A. -                                                          90.421,50

3101009515        Documentos y Digitales Difoto S. A.                                                    73.226,00

3101024334        Solís Gamboa E Hijos S. A. -NI-                                                          269.500,00

3101042028        Empresa Servicios Públicos de Heredia                                               97.218,00

3101042028        Empresa Servicios Públicos de Heredia                                                 9.782,00

3101042028        Empresa Servicios Públicos de Heredia                                               72.914,00

3101059552        I S Productos de Oficina Centroamer.                                                    52.586,53

3101064694        Distribuidora Santa Bárbara de Pava                                                  129.880,16

3101074898        Controles Video Técnicos de Costa                                                    200.000,00

3101076436        Mundo de Limpieza S. A.                                                                       170.000,00

3101077363        Servicio de Cuido Responsable Secur.                                               318.449,04

3101098063        Multi-Negocios Internacionales Amer.                                              157.126,38

3101110403        Sistemas Maestros de Información S.                                                   272.247,49

3101110403        Sistemas Maestros de Información S.                                                   272.247,49

3101121078        Incogua S. A. -NI-                                                                                     121.000,00

3101153618        Importaciones Ofice de Costa Rica                                                   1.814.850,41

3101156970        S P C Internacional S. A.                                                                  34.347.222,03

3101174285        Seguridad Alfa S. A. -L-                                                                      2.128.491,40

3101174285        Seguridad Alfa S. A. -L-                                                                          268.795,91

3101174285        Seguridad Alfa S. A. -L-                                                                          268.795,91

3101174285        Seguridad Alfa S. A. -L-                                                                          287.995,62

3101176412        Alavisa de Cañas S. A. L                                                                        220.000,00

3101187216        Megadata S. A.                                                                                       2.302.758,95

3101190550        Bruno Internacional S. A.                                                                   2.186.282,00

3101197288        C R Soluciones GLN S. A. -L-                                                          2.636.051,04

3101201351        Integradores de Tecnología en                                                          2.450.551,15

3101227869        Correos de Costa Rica S. A. -L-                                                            965.829,20

3101280890        Solution Network S. A. -L-                                                                3.553.787,33

3101315377        Consorcio Proveedor Alajuelense Bus                                              227.360,00

3101349248        T D M Ambiental S. A.                                                                               56.000,00

3101349248        T D M Ambiental S. A.                                                                               56.000,00

3101397585        Grupo Comercial Tectronic S. A.                                                          322.184,02

3102002511        Golfito Trading Company Ltda. -NI                                                    490.000,00

3102007626        Súper Estación de Servicio La Caste.                                                    30.770,85

3102007626        Súper Estación de Servicio La Caste.                                                    13.960,04

4000001021        Banco Nacional de Costa Rica                                                              767.830,00

4000001021        Banco Nacional de Costa Rica                                                              639.332,40

4000001021        Banco Nacional de Costa Rica                                                              639.332,40

4000001902        Instituto Nacional de Seguros -NI-                                               14.061.516,28

4000001902        Instituto Nacional de Seguros -NI-                                                       46.619,00

4000042138        Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados                8.395,00

4000042138        Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado                26.999,00

4000042138        Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado                10.026,00

4000042138        Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado                66.234,00

4000042138        Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado                18.857,00

4000042138        Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado                10.635,00

4000042138        Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado                  4.618,00

4000042138        Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado                  3.179,00

4000042139        Instituto Costarricense de Electricidad                                          1.245.342,84

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        3.178,91

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                     23.100,77

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        2.889,92

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        5.454,72

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        9.717,35

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        3.453,58

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        8.958,75

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        3.388,49

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                     14.984,95

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        2.889,92

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        3.990,55

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                     28.998,83

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        3.627,77

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        6.847,42

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                     12.198,37

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        4.335,34

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                     11.246,09

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        4.253,64

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                     18.810,90

4000042147        Caja Costarricense de Seguro Social                                                        3.627,77

4000042152        Banco Popular                                                                                                   368,93

                                                                                                                                                100.211.242,79

Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº 09-2008).—C-123220.—(39215).

Propuesta de pago 40016 del 10 de abril del 2008

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL

SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

Cédula                                   Nombre                                                                                             Monto

103510839           Freddy Valverde Vargas -NI-                                                                 146.024,69

106430524           Jorge Hidalgo Muñoz -NI-                                                                     184.000,00

202901304           Carlos A. Rodríguez Arias -NI-                                                            246.390,77

203190535           Orlando Villalobos González -NI-                                                      138.600,00

205110252           Molina Quesada Marleny                                                                       104.000,00

401110906           Jorge Villegas Paniagua -NI-                                                                   95.000,00

500460423           Walter Porras Fernández -NI-                                                               355.740,00

700400608           Alberto Guittens Walker -NI-                                                              421.890,00

800840830           Sotomonte Angulo Sandro                                                                    275.000,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                 117.480,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                    73.220,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                    69.120,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                    60.080,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                    43.620,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                      7.940,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                      7.940,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                      7.940,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                      5.960,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                 161.400,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                              1.020.000,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                    72.000,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                 280.000,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                 516.800,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                    18.850,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                      6.620,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                 469.940,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                 340.820,00

3007042032        Junta Administrativa de la Imprenta Nacional                                 201.330,00

3101004011        Almacenes Unidos S. A.                                                                         530.709,20

3101033964        Inversiones de Grecia S. A. -NI-                                                           617.400,00

3101276712        Inversiones Jaudamar S. A. -NI-                                                            598.376,05

3101397585        Grupo Comercial Tectronic S. A.                                                      3.236.616,21

                                                                                                                                                  10.430.806,92

Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº 09-2008).—C-43320.—(39216).

PROPUESTA DE PAGO 40017 DEL 17/04/2008

La Dirección Ejecutiva del Tribunal Supremo de Elecciones acuerda girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

                                                                                                           Monto

Cédula                                 Nombre                                              Líquido

110870270              VALVERDE CHAVARRÍA CARLOS MANUEL                        26.874,19

111120540              ROJAS SEGURA JAIRO                                                                    166.436,75

112130646              ARAYA CANALES JOSÉ MARÍA                                                   26.874,19

113360918              SALAZAR ARGUELLO NATALIA                                                52.526,83

303600797              ROW PÉREZ GEINER                                                                          48.862,16

600600422              VÍCTOR MANUEL GARCÍA BARQUERO                                   79.572,86

3007042032           JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA                        46.580,00

3101009515           DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S.A.                           321.440,67

3101020660           CONTROL ELECTRÓNICO S.A.                                                    247.760,33

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S.A.                                                           140.000,00

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S.A.                                                           269.500,00

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S.A.                                                           254.800,00

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S. A.                                                          145.000,00

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S.A.                                                           279.300,00

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S.A.                                                           150.000,00

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S.A.                                                           140.000,00

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S.A.                                                           145.000,00

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S.A.                                                           160.000,00

3101076436           MUNDO DE LIMPIEZA S.A.                                                           264.600,00

3101098063           MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER                 157.126,38

3101148693           DISTRIBUIDORA DE ARTÍCULOS FERRETE                     1.405.722,78

3101148693           DISTRIBUIDORA DE ARTÍCULOS FERRETE                     2.254.088,20

3101174285           SEGURIDAD ALFA S.A. -L-                                                           287.995,62

3101174285           SEGURIDAD ALFA S.A. -L-                                                           287.995,62

3101174285           SEGURIDAD ALFA S.A. -L-                                                           268.795,91

3101176412           ALAVISA DE CAÑAS S A L                                                            220.000,00

                                    CONSORCIO PROVEEDOR ALAJUELENSE

3101315377           BUS                                                                                                        1.288.587,30

3102002511           GOLFITO TRADING COMPANY LTDA. -NI                              75.000,00

3102057865           FÁBRICA NACIONAL DE TROFEOS S. F. L                               34.452,00

                                                                                                                                                     9.244.891,79

Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº 11-2008).—C-40720.—(40742).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE tercera  VEZ

Exp. Nº 3658-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del veinticinco de marzo del dos mil ocho. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Vilma Farett Delgado Vindas, hija de Fabio Delgado Marín y Vilma Vindas Morales, que lleva el número setecientos seis, folio trescientos cincuenta y tres, tomo seiscientos trece, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Vilma Fareth del Carmen Artavia Vindas, hija de Manuel Antonio Artavia Mata y Vilma Vindas Morales, en el asiento que lleva el número cero cuarenta y cuatro, folio cero veintidós, tomo setecientos cuarenta y ocho, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Fabio Delgado Marín y Vilma Vindas Morales, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a la señora Vilma Farett Delgado Vindas o Vilma Fareth del Carmen Artavia Vindas, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—(Nº 464-2008).—C-37820.—(39217).

Exp. Nº 13708-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas trece minutos del veinticinco de marzo del dos mil ocho. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Isabelito Segura Sánchez, hijo de Gerardo Segura Segura y Toribia María Sánchez Sánchez, que lleva el número cero noventa y seis, folio cero cuarenta y ocho, tomo cero ochenta y siete, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Isabelito Sánchez Sánchez, hijo de Toribia María Sánchez Sánchez, en el asiento número trescientos setenta y ocho, folio ciento ochenta y nueve, tomo ciento dos, del Partido Especial, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Gerardo Segura Segura y Toribia María Sánchez Sánchez, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Isabelito Sánchez Sánchez o Isabelito Segura Sánchez, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—(Nº 464-2008).—C-37820.—(39218).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Samaria Cecilia Simpson Jiménez conocida como Samaria Cecilia Vargas Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 755-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y trece minutos del diez de abril del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 2274-08. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Francela María Rojas Vargas... en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Simpson” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 31309.—(40358).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Kenneth José Medina Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 3821-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas quince minutos del trece de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 30697-2007. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Kenneth José Medina Hernández, en el sentido que el primer nombre y segundo apellido de la madre del mismo son “Marta” y “Berrios”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 31325.—(40359).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Celene Herrera Móvil, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 3377-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del veintisiete de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 17562-07. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Geancarlo Quesada Beggerstaff con Celene Herrera Móvil..., en el sentido que el nombre y el segundo apellido del padre y el nombre de la madre de la cónyuge son “Carlos Antonio”, “Fernández” y “Mariluz”, respectivamente y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 31367.—(40360).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lilliana Gaviria Montoya, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 0599-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cinco minutos del once de marzo del dos mil ocho. Expediente Nº 2166-08. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo...; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Lilliana Gaviria Montoya... en el sentido que el nombre de la madre... es “Ofelmina”.—Lic. Marisol Castro Doble, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 31403.—(40361).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Vilma Isabel Chávez Lobo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1621-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta y siete minutos del doce de junio del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 30637-06. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Carlos Alberto Zumbado Gamboa con Vilma Isabel Chaves Lobo... en el sentido que el número de cédula de residencia de la cónyuge es “dos siete cero-uno dos tres tres ocho ocho-seis dos ocho ocho tres” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 31408.—(40362).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Socorro Auxiliadora Maldonado Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 707-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y cuarenta y seis minutos del cuatro de abril del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 0349-08. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ana Lucía Maldonado Vargas... en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Socorro Auxiliadora” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 31454.—(40363).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

Primera Modificación del programa de adquisiciones 2008

El Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA), avisa a todos los interesados, en cumplimiento del artículo 8º de la Ley de Contratación Administrativa, y 7º de su Reglamento, que por necesidad administrativa e interés público, ha sido modificado el Programa Anual de Adquisiciones 2008, por motivo de aprobación del Primer Presupuesto Extraordinario. Dicha modificación se encuentra disponible en la página de Internet www.hacienda.go.cr/comprared.

Cartago, Tres Ríos, 7 de mayo del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vielka Cubero Moya, Proveedora a. í.—1 vez.—Nº 32512.—(42586).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

DIRECCIÓN FINANCIERA Y PROVEEDURÍA

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PROYECTADO PARA EL PERIODO DE ABRIL

A DICIEMBRE DEL 2008

                                                                                                                                                                  Monto

Partida             Tipo de bien, servicio u obra por contratar                                               estimado

01.01.02           Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario                                       4.482.524,67

01.01.99           Otros alquileres.                                                                                                 40.000,00

01.02.99           Otros servicios básicos.                                                                             5.000.000,00

01.03.03           Impresión encuadernación y otros                                                          1.150.000,00

01.04.06           Servicios generales                                                                                      1.988.357,93

01.07.02           Actividades protocolarias y sociales                                                     1.010.000,00

02.03.01           Materiales y productos metálicos                                                            3.000.000,00

02.03.02           Materiales y productos minerales y asfálticos                                   40.305.663,90

02.04.01           Herramientas e instrumento.                                                                            48.961,98

02.99.03           Productos de papel, cartón e impresos                                                           2.919,89

05.01.02           Equipo de transporte                                                                             415.135.000,00

05.02.01           Construcción plantel municipal                                                              8.356.660,05

05.02.01           Construcción aulas Escuela de La Trinidad                                         3.452.223,00

05.02.02           Base, carpeta y canalización aguas calles Los Piratas                    30.000.000,00

05.02.02           Estabilización bastiones puente Calle Barro de Olla                        7.225.000,00

05.02.02           Asfaltado costado noroeste cementerio La Trinidad                          5.640.000,00

05.02.02           Carpeta y canalización aguas pluviales Calle El Ruano                60.000.000,00

05.02.02           Carpeta asfáltica calle central Urbanización El Romeral                12.000.000,00

05.02.02           Cuneta revestida Calle La Isla                                                               14.500.000,00

05.02.02           Puente calle La Huesera La Isla de Moravia                                        3.500.000,00

05.02.02           Puente peatonal Calle La Huesera.                                                         1.996.710,01

05.02.02           Colocación base y mezcla Calle El Ruano                                            9.066.000,00

05.02.07           Instalación de aguas potables Urbanización González                        576.115,12

05.02.07           Mejoras red de agua potable Urb. González                                            789.269,90

05.02.07           Electrificación calle San Jerónimo hacia Platanares                           2.320.898,07

05.02.07           Canalización de aguas negras Los Sitios                                                    20.799,02

05.02.99           Portón y columnas calle interna y parque central                               1.200.000,00

05.02.99           Construcción vestidores cancha Los Sitios                                         1.529.153,98

Moravia, 29 de abril del 2008.—Jorge Monge Pérez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(42468).

LICITACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

GESTIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000161-05401

Compra de microcomputadoras, escáners e impresoras

Se avisa a todos los interesados en esta Licitación para la Dirección General de Migración y Extranjería, que la Gestión de Proveeduría recibirá ofertas en sobre cerrado hasta las 10:00 horas del viernes 30 de mayo del 2008, para la compra de microcomputadoras, escáners e impresoras.

El interesado tiene el pliego de condiciones a disposición en el Sistema Comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir de este día; o podrá sacar copia en la Gestión de Proveeduría de la Dirección General de Migración y Extranjería, que se encuentra ubicada en La Uruca San José, de la Fábrica Adoc 100 metros noreste, 100 metros norte y 200 metros oeste, en la puerta Nº 7, segundo piso. Las ofertas se deben presentar en esta dirección.

San José, 7 de mayo del 2008.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 18225).—C-11900.—(42860).

AMBIENTE Y ENERGÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000051-87900

Compra de equipo de cómputo para el Sistema Nacional de

Áreas de Conservación del Ministerio de Ambiente y Energía

El Ministerio del Ambiente y Energía, a través de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 9 de junio del 2008, para la Compra de equipo de cómputo.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección https:www.hacienda.go.cr/comprared; a partir del siguiente día hábil de la presente publicación, u obtener el cartel para ser fotocopiado, en la Proveeduría Institucional del Ministerio del Ambiente y Energía, ubicado en avenidas 8º y 10, calle 27, Barrio Francisco Peralta, 100 metros oeste del Restaurante Casa Italia, San José.

San José, 7 de mayo del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 20143).—C-11880.—(42882).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000173-85002

Servicios de consultoría para la implementación y adopción

del Proceso Unificado de Desarrollo de Software

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 6 de junio de este año, para la citada contratación. Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma gratuita en la página Web del Tribunal www.tse.go.cr. link “TSE en la Red de Transparencia institucional/adquisiciones”, o en www.hacienda.go.cr link Comprared; o podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: Costado oeste del Parque Nacional en San José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un disco magnético (diskette) de 3.5 nuevo, dispositivo de almacenamiento masivo (llave maya), o mediante correo electrónico, previa solicitud al fax 2256-6351, indicando los datos de la empresa, el responsable a quien contactar. (No se suministrarán ejemplares impresos).

Lic. Ronny Jiménez Padilla, Subproveedor a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 752-2008).—C-9260.—(42883).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000174-85002

Compra de equipo para embozar e indentar cédulas de identidad

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 2 de junio de este año, para la citada contratación. Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma gratuita en la página Web del Tribunal www.tse.go.cr. link “TSE en la Red de Transparencia institucional/adquisiciones”, o en www.hacienda.go.cr link Comprared; o podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: Costado oeste del Parque Nacional en San José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un disco magnético (diskette) de 3.5 nuevo, dispositivo de almacenamiento masivo (llave maya), o mediante correo electrónico, previa solicitud al fax 2256-6351, indicando los datos de la empresa, el responsable a quien contactar. (No se suministrarán ejemplares impresos).

Lic. Ronny Jiménez Padilla, Subproveedor a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 751-2008).—C-9260.—(42884).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000175-85002

Diseño e Implementación de Cableado Estructurado

(DATOS) en la Sala de Cómputo del Tribunal

Supremo de Elecciones

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 10 de junio de este año, para la citada contratación. Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma gratuita en la página Web del Tribunal www.tse.go.cr. link “TSE en la Red de Transparencia institucional/adquisiciones”, o en www.hacienda.go.cr link Comprared; o podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: Costado oeste del Parque Nacional en San José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un disco magnético (diskette) de 3.5 nuevo, dispositivo de almacenamiento masivo (llave maya), o mediante correo electrónico, previa solicitud al fax 2256-6351, indicando los datos de la empresa, el responsable a quien contactar. (No se suministrarán ejemplares impresos).

Lic. Ronny Jiménez Padilla, Subproveedor a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 753-2008).—C-9260.—(42885).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000018-01

Alquiler de 50 espacios de parqueo para los funcionarios

de Oficinas Centrales del Banco Nacional de Costa Rica

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las catorce horas (2:00 p. m.) del 28 de mayo del 2008, para el “Alquiler de 50 espacios de parqueo para los funcionarios de Oficinas Centrales del Banco Nacional de Costa Rica”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢2.000,00 (dos mil colones con 00/100).

La Uruca, 14 de mayo del 2008.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(Nº 2042).—C-7280.—(42887).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000050-PCAD

Renovación de licencias de desarrollo y

producción de herramientas QFLOW

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2008LA-000050-PCAD. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central, avenidas 2º y 4º, calle 1, a las 10:00 horas del día 30 de mayo del 2008.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nos. 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a. m., a 12:00 m. d., y de 1:00 p. m., a 7:00 p. m. Valor del cartel (¢2.000,00 dos mil colones con 00/100).

San José, 8 de mayo del 2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(42483).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-108015-UL

Conmutadores y enrutadores

El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 11 de junio 2008, para la contratación de conmutadores y enrutadores.

Los interesados pueden pasar a retirar el pliego de condiciones, sin costo alguno, en el Departamento de Proveeduría, ubicado en el octavo piso del Edificio de Oficinas Centrales.

San José, 9 de mayo del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yessenia Quirós Angulo, Subjefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18480).—C-5960.—(42937).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-108016-UL

Servicios de radiología para Centros Regionales

de Salud en varias localidades

El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, que la apertura de ofertas se tiene programada para el 6 de junio de 2008 a las 09:00 horas.

El pliego de condiciones podrá ser retirado en el mostrador del oficial de público del Departamento de Proveeduría de este Instituto ubicado en el octavo piso de sus oficinas centrales sin costo alguno.

San José, 9 de mayo del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yessenia Quirós Angulo, Subjefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18480).—C-5960.—(42938).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000008-99999

Compra de equipo de edición no lineal

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere la adquisición de un equipo de edición no lineal, para cumplir con los proyectos de expansión del Programa de Material Audiovisual.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas del jueves 5 de junio del año 2008.

Los interesados tienen el cartel a disposición vía internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos 527-2610, 253-2907 y 224-6739.

Sabanilla, 9 de mayo del 2008.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(42924).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000007-99999

Compra de sistema de duplicación de DVD/CD

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere la adquisición de un sistema de duplicación de DVD/CD, para realizar proyectos de expansión del Programa de Audiovisuales.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas del viernes 6 de junio del año 2008.

Los interesados tienen el cartel a disposición vía internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos 527-2610, 253-2907 y 224-6739.

Sabanilla, 9 de mayo del 2008.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(42925).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-99999

Adquisición de equipo de cómputo

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere adquirir el equipo de cómputo necesario para suplir las necesidades de equipamiento, actualización y renovación de computadoras de las diferentes dependencias.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas del miércoles 4 de junio del año 2008.

Los interesados tienen el Cartel a disposición vía internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita 800 metros este de la Rotonda de La Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos 527-2610, 253-2907 y 224-6739.

Sabanilla, 09 de mayo del año 2008.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefe de la Oficina de Contratación y Suministros.—1 vez.—(42926).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000009-99999

Compra de artículos de limpieza

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere la adquisición de suministros de limpieza para satisfacer las necesidades presentes.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 14:00 horas del jueves 5 de junio del año 2008.

Los interesados tienen el cartel a disposición vía internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos 527-2610, 253-2907 y 224-6739.

Sabanilla, 9 de mayo del año 2008.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(42927).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000048-1142

240 unidades mascarilla laríngea con asa

metálica introductora, tamaño 3

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000048-1142, para la adquisición del ítem único: 240 unidades mascarilla laríngea con asa metálica introductora, tamaño 3.

Apertura de ofertas: 11 de junio del 2008 a las 9:00 horas. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 7 de mayo del 2008.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(UE-1142).—C-5280.—(42914).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000049-1142

264.000 dosis limpiador y desinfectante para

limpieza de tuberías de aspiración de equipos

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000049-1142, para la adquisición del ítem único: 264.000 dosis limpiador y desinfectante para limpieza de tuberías de aspiración de equipos.

Apertura de ofertas: 11 de junio del 2008 a las 10:00 horas. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 8 de mayo del 2008.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(UE-1142).—C-5280.—(42916).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000050-1142

1.280 unidades broca quirúrgica tipo doble Lindermann

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la licitación abreviada Nº 2008LA-000050-1142, para la adquisición de: 1.280 unidades broca quirúrgica tipo doble Lindermann.

Apertura de ofertas: 11 de junio del 2008 a las 11:00 horas. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 7 de mayo del 2008.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(1142).—C-5280.—(42917).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000068-PROV

Asfaltado de caminos del Centro

de Generación ARCOSA

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 10 de junio del 2008, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Asfaltado de caminos del Centro de Generación ARCOSA.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 9 de mayo del 2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. 335364).—C-9920.—(42907).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000069-PROV

Adquisición materiales metálicos (varillas,

láminas, angulares de acero, etc.)

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 09:00 horas del día 11 de junio del 2008, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición materiales metálicos (varillas, láminas, angulares de acero, etc.).

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 9 de mayo del 2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. 335364).—C-9920.—(42908).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-500005-02

Suministro de equipo de respiración autónoma

La Dirección de Suministros de Recope, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-500005-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las oficinas centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 10:00 horas del día 4 de junio del 2008.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible, en la página Web de Recope: www.recope.com.

San José, 8 de mayo del 2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2008-5-0329).—C-7280.—(42912).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-700123-02

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales

y equipo para la construcción de la obra civil, eléctrica

y mecánica de la sustitución y relocalización de las

líneas del poliducto en la Refinería

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la licitación pública Nº 2007LN-700123-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las oficinas centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 10:00 horas del día 16 de julio del 2008.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢15.000,00, o bien, el mismo está disponible, en la página Web de Recope, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 30 de mayo del 2008 a las 10:00 horas en el edificio del Departamento de Ejecución de Proyectos en Limón.

San José, 8 de mayo del 2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2008-5-0329).—C-11220.—(42913).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000001-01

Disposición y tratamiento de los desechos sólidos ordinarios,

residenciales y comerciales del cantón de moravia

Debidamente autorizada, la Proveeduría de la Municipalidad de Moravia recibirá oferta hasta las 14:00 horas del día 4 de junio del 2008, para la disposición y tratamiento de los desechos sólidos ordinarios, residenciales y comerciales del cantón de Moravia. Mayores especificaciones generales y técnicas podrán ser retiradas gratuitamente a partir de esta publicación, en las oficinas de la Proveeduría Municipal, costado norte de la Cruz Roja, San Vicente de Moravia o en la página WEB www.municipalidad.moravia.or.cr.

Moravia, 9 de mayo del 2008.—Jorge Monge Pérez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(42471).

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000038-01

Servicios de perforación y armado de un pozo para abastecer

de agua potable a la Urbanización La Trinidad de Alajuela

La Municipalidad del Cantón Central de Alajuela, recibirá ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del día 3 de junio del 2008, para la supracitada licitación.

Las especificaciones técnicas y condiciones generales deben retirarse en la Oficina de la Proveeduría, a partir de su publicación, sita diagonal a la esquina noroeste del Parque Central de Alajuela en la planta baja, de lunes a jueves de 7:30 hasta las 16:30 y viernes de 7:30 hasta las 15:30. Se llevará a cabo visita de campo a las 8:00 horas, del día 26 de mayo del 2008.

Lic. Giovanni Robles Rojas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(42497).

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000005-01

Contratación de maquinaria por obra total para relastreo mecanizado

de 0,91 kilómetros. Colocación de un paso de alcantarilla con sus

cabezales. Construcción de cuneta revestida en el camino

código 2-09-016, Barrio Nuevo, distrito Orotina.

El Departamento de la Proveeduría Municipal, recibirá ofertas hasta las diez horas del veintisiete de mayo de 2008, para la para 1. Contratación de maquinaria por obra total para relastreo mecanizado de 0,91 kilómetros. 2. Colocación de un paso de Alcantarilla con sus cabezales. 3. Construcción de cuneta revestida en el camino código 2-09-016, Barrio Nuevo, distrito Orotina. Los interesados podrán adquirir el cartel en la oficina de la proveeduría municipal, previo pago de dos mil colones. Informes al 2427-9884.

Orotina, 7 de mayo del 2008.—Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Departamento de Proveeduría Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 17848).—C-7940.—(42870).

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LP000002-01

Adquisición de dos vehículos recolectores de basura nuevos

y un camión en chasis tipo Tandem nuevo año 2008, al cual

se le debe instalar y reparar una caja recolectora

usada que posee la Municipalidad

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz, en sesión ordinaria Nº 18-2008, artículo 7, inciso 04 del 29 de abril del 2008, acordó sacar a Licitación Pública la compra de dos vehículos recolectores de basura nuevos y un camión en chasis tipo Tandem nuevo 2008, al cual debe instalar y reparar una caja recolectora usada que posee la Municipalidad. La recepción de ofertas está fijada para el día 9 de junio del 2008, a las 10:00 a. m. El cartel con las condiciones y especificaciones podrá retirarlo en la oficina de Proveeduría de esta Municipalidad sin costo alguno. Para mayor información al telefax 2680-14-07.

Dirección Administrativa.—Lic. Alexandra Gutiérrez Angulo, Directora Administrativa.—1 vez.—(42863).

ADJUDICACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000040-PCAD

Contratación de servicios de empresas para el mantenimiento

preventivo, correctivo, el enderezado y pintura de la flotilla

vehicular del Banco Popular y de Desarrollo Comunal

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Abreviada N° 2008LA-000040-PCAD, que la Comisión de Licitaciones Públicas, mediante Acta N° 55-2008 del 8 de mayo del 2008, resolvió declarar infructuosos los ítemes Nº 1 al 9 y adjudicar el ítem Nº 10 en los siguientes términos:

Corporación Automotriz As del Este S.A., cédula jurídica

   Nº 3-101-093093

Objeto: Contratación de servicios de empresas para que brinden mantenimiento preventivo, correctivo, el enderezado y pintura de la flotilla vehicular del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Corporación Automotriz AS del Este, S. A., manifiesta que los costos de los servicios de enderezado y pintura para el ítem Nº 10 para todos los vehículos del Banco Popular, serán de acuerdo a lo que se estableció en el punto 2.6 del cartel.

Garantía de cumplimiento: Corporación Automotriz AS del Este, S.A., deberá de rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto de ¢1.000.000,00 (un millón de colones 00/100) con una vigencia mínima de catorce meses.

Demás condiciones, conforme lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa en su informe de adjudicación Nº 124-2008.

San José, 8 de mayo del 2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(42480).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000025-PCAD

Adquisición de cajeros automáticos y dispensadores

automáticos de lobbie

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Pública N° 2008LN-000025-PCAD, que la Comisión de Licitaciones Públicas, mediante Acta N° 467-2008 del 8 de mayo del 2008, resolvió adjudicar en los siguientes términos:

Consorcio D&G ATMS y Seguridad de Costa Rica

   SRL y GBM de Costa Rica S. A.

Objeto: Adquisición de dispensadores del lobbie y cajeros automáticos lobbie.

                                                                                                         Precio US$                         Precio

Cantidad       Ítem                          Descripción                               i.v.i./unidad                     total i.v.i.

30                        1                 Opteva 520 dispensador de

                                                lobby carga delantera                           $17.687,11            $530.613,30

10                        2                 Opteva 720 cajero automático

                                                de lobby carga delantera                      $21.691,80            $216.918,00

Total                                                                                                                                           $747.531,30

Setecientos cuarenta y siete mil quinientos treinta y un dólares con 30/100.

Garantía de cumplimiento: Consorcio D&G ATMS y Seguridad de Costa Rica SRL y GBM de Costa Rica, S. A., deberá de rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del 10% del total adjudicado y con una vigencia mínima de seis meses una vez recibidos a satisfacción los equipos por parte del Banco se procederá a la devolución del 70% de la garantía, el 30% restante el contratista deberá mantenerlo vigente hasta tanto no venza la garantía de los equipos.

Demás condiciones conforme lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa en su informe de adjudicación N° 118-2008.

San José, 8 de mayo del 2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(42481).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO

LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000001-01

Adaptación e Instalación de un Sistema

Integrado (Módulo Financiero)

La junta directiva de esta Institución mediante Acuerdo N° 4 Firme tomado en la sesión N° 3489, celebrada el día 6 de mayo de 2008, acordó adjudicar la licitación pública 2008LN-000001-01 por adaptación e Instalación de un Sistema integrado (Módulo Financiero) a la oferta presentada por la empresa Optec Sistemas S. A. por un monto de ¢98.056.200,00, conforme a recomendación de la Comisión de Licitaciones según acta N° 015-08 del 30 de abril del 2008, avalada por la Gerencia General en oficio G.G.C.-00673-2008 del 30 de abril del 2008 firmado por el Mba. Whitman Cruz Méndez. Acuerdo firme.

Lic. Marvin Calero Álvarez, Proveedor General.—1 vez.—(Solicitud Nº 11233).—C-8600.—(42862).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. ENRIQUE BALTODANO BRICEÑO

LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000004-2502

Mantenimiento de zonas verdes

Se informa a los interesados que por resolución Nº HEBB-DAF-320-05-2008, la Dirección Administrativa Financiera del Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño, adjudica el concurso antes mencionado: ver detalles en: http:/www.ccss.sa.cr.

Liberia, 6 de mayo de 2008.—Subárea de Contratación.—Lic. Óscar Sánchez Fuentes, Encargado.—1 vez.—(42880).

REGISTRO DE PROVEEDORES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

REGISTRO DE ELEGIBLES

El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE.), comunica a los interesados que la Dirección Técnica Gestión Comercial División Clientes, aprobó la solicitud presentada para la inscripción de frentes en el Registro de Elegibles de empresas constructoras a la siguiente firma:

Empresa                                                 Inscripción-frentes

Confort System de Costa Rica S. A.              3 frentes en obras

Cédula jurídica Nº 3-101-295908                    Obras complementarias

Todo de conformidad con los procedimientos que rigen la materia y los atestados presentados oportunamente por el interesado.

San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Gonzalo Gómez Álvarez, MBA.—1 vez.—(O.S. Nº 335364).—C-6620.—(40744).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000016-DI

Mejoramiento de las rutas nacionales 116 y 504

Sección: Los Ángeles-Santo Domingo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se corrige lo indicado en La Gaceta Nº 78 de 23 de abril de 2008, para que el texto ahí indicado sea sustituido en lo correspondiente por el siguiente contenido.

En relación con la licitación arriba indicada, se informa que en virtud de no haberse comunicado debidamente enmienda al cartel de licitación de dicho proceso, se comunica que esta contratación administrativa se esta sometiendo a un procedimiento de declaración de desierto el concurso respectivo.

San José, 8 de mayo de 2008.—Proveeduría y Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 19586).—C-9920.—(42864).

SALUD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000141-62700

(Aclaración, adición y prórroga)

Estación típica de trabajo

Ministerio de Salud-Proyecto B. I. D.

Programa de Desarrollo del Sector Salud

Se avisa a los interesados en la Licitación arriba indicada, cuyo cartel se publicó en La Gaceta Nº 86 del 6 de mayo de 2008, que al mismo se le hace la siguiente aclaración:

A. El punto a) de las CONDICIONES GENERALES del cartel se debe leer de la siguiente manera:

a)  Las ofertas que no se ajusten estrictamente a las especificaciones técnicas solicitadas no serán admitidas al concurso.

B.  A las CONDICIONES GENERALES del cartel se le adiciona el siguiente numeral:

i)   DE LA MUESTRA: Dentro de los tres días hábiles posteriores al vencimiento del plazo para la recepción de ofertas se debe presentar muestra de las estaciones típicas de trabajo ofertadas. La muestra se debe entregar en la Central de Almacenamiento el Ministerio de Salud, ubicada en Pavas, de La Silvana 400 metros al oeste y 115 metros al sur.

C.  De igual manera se comunica que el plazo para la recepción de ofertas se prorroga para las 10:00 horas del 21 de mayo de 2008.

San José, 9 de mayo de 2008.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 14925).—C-11880.—(42918).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000010-00100

Compra e instalación de un sistema de detección

temprana de incendios para el Registro

Nacional

La Proveeduría General del Registro Nacional, avisa a todos los interesados en la licitación antes mencionada, las siguientes aclaraciones:

El sistema de detección de incendios no necesariamente se deberá integrar a la plataforma o sistema existente. Su operación y funcionamiento podrá ser totalmente independiente.

La cantidad de equipo que se requiere está contemplado en los planos del proyecto, esto se les puede facilitar en Proveeduría del Registro Nacional.

Antes de la recepción final de las obras, el adjudicatario deberá dejar los cielos, paredes y zonas afectadas en estado similar o mejor que antes de realizar el trabajo.

En caso de que la instalación de los dispositivos coincida con equipos existentes tales como luminarias o salidas de aire acondicionado, los equipos se podrán ubicar de acuerdo al criterio del órgano fiscalizador.

El horario de trabajo será el mismo que el órgano fiscalizador de 7:30 a. m., a 4:00 p. m. Se podrá laborar en horarios distintos (por ejemplo fines de semana), previa coordinación con el órgano fiscalizador.

Se debe incluir el desmantelamiento de las instalaciones de los sistemas de incendio actuales, por esa razón el oferente debe incluir el costo del mismo.

Una vez adjudicado el concurso, el órgano fiscalizador asignará el profesional responsable por parte de la administración para la respectiva supervisión.

Se deben incluir el suministro de las instalaciones de energía eléctrica y de telecomunicaciones, por lo tanto para cada panel de incendio (PI), se debe de considerar una salida de potencia, tomando en cuenta una distancia promedio al tablero de emergencia más cercano de 30 metros de longitud y se cableará en 3Nº12 THHN en ducto de 19 mm EMT-U.L., además, se deberá dejar una salida de comunicaciones a cada panel con dos cables utp categoría 6 hasta el rack en cada piso en ducto de 19 mm EMT U.L. considerando una distancia promedio de 50 m.

Los conductores a utilizar en todos los dispositivos del sistema será el modelo 9575 FPLR de Belden o similar aprobado con dos cables Nº 16 trenzados y con pantalla electrostática, en donde se requieran más de dos hilos se instalarán dos cables o más.

La cantidad de paneles de incendio usados en el proyecto será 7 paneles en total.

Para la intercomunicación de los paneles el tipo de cableado deberá ser clase A estilo 7, respetando la secuencia según planos.

Para los dispositivos de notificación el tipo de cableado deberá ser clase A estilo 7, respetando la secuencia según planos.

La ruta que conectará el edificio principal con el módulo 8, debe ser por los pasillos, y se deberán incluir todos los trabajos, dejando todo en iguales o mejores condiciones.

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 2820).—C-29720.—(42888).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000012-00100

Remodelación de oficinas del Registro Nacional

La Proveeduría General del Registro Nacional, avisa a todos los interesados en la licitación antes mencionada, las siguientes aclaraciones:

Aspecto 1: Debe leerse correctamente como fecha de recepción de ofertas el 22 de mayo del 2008 (no del 2007, como está indicado).

Aspecto 2: Debe leerse correctamente como fecha de la única visita guiada el 9 de mayo del 2008 (no del 2007, como está indicado).

Modificación 1: Es aceptable para la Administración el incluir la característica de acero galvanizado como material de confección para los módulos de almacenamiento. En todo caso, el oferente deberá aportar la información técnica que permita establecer la superioridad de este material con relación al acero laminado. De igual manera, debe de aportarse certificación de instalaciones anteriores, que este órgano fiscalizador podrá visitar para comprobar lo descrito en la documentación.

Modificación 2: Es aceptable para la Administración el incluir la característica de fijación mediante troquelado tipo cremallera. En todo caso, el oferente deberá aportar la información técnica que permita establecer la superioridad de este sistema de fijación con relación al de tornillos. De igual manera, debe de aportarse certificación de instalaciones anteriores, que este órgano fiscalizador podrá visitar para comprobar lo descrito en la documentación.

Modificación 3: Es aceptable para la Administración el incluir la característica de acero galvanizado como material de confección para los módulos de almacenamiento. En todo caso, el oferente deberá aportar la información técnica que permita establecer la superioridad de este material con relación al acero laminado. De igual manera, debe de aportarse certificación de instalaciones anteriores, que este órgano fiscalizador podrá visitar para comprobar lo descrito en la documentación.

Modificación 4: Es aceptable para la Administración el solicitar a los oferentes el deber de indicar en unidades de kilogramo, la capacidad de soporte de las bandejas a instalar. Igualmente, deben de indicar el sistema de refuerzo con que se confeccionan las mismas. En todo caso, el oferente deberá aportar la información técnica que permita establecer la superioridad del sistema de refuerzo que oferta para las bandejas. De igual manera, debe de aportarse certificación de instalaciones anteriores, que este órgano fiscalizador podrá visitar para comprobar lo descrito en la documentación. No se aceptan las uniones de bandeja a los parales y/o verticales mediante soldadura.

Modificación 5 y 6: Se mantiene como preferente la característica de los tensores como elementos que consoliden los cuerpos de almacenamiento. Podrá exponerse otro sistema de consolidación, pero el oferente deberá aportar la información técnica que permita establecer la superioridad del sistema propuesta con relación al de los tensores. De igual manera, debe de aportarse certificación de instalaciones anteriores, que este órgano fiscalizador podrá visitar para comprobar lo descrito en la documentación.

Modificación 7: Es aceptable para la Administración el incluir la característica de acero galvanizado como material de confección para los vagones de rodamiento, siempre y cuando no varíe su forma de fijación al piso ni su disposición al paso de personas y elementos rodantes sobre ellos. En todo caso, el oferente deberá aportar la información técnica que permita establecer la superioridad de este material con relación al acero laminado. De igual manera, debe de aportarse certificación de instalaciones anteriores, que este órgano fiscalizador podrá visitar para comprobar lo descrito en la documentación.

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 49485).—C-39460.—(42889).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000008-3003

(Modificación al cartel)

Cassette volumétricos para bomba de infusión

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, comunica a todos los interesados en participar en el concurso supraindicado que se modifican los siguientes aspectos:

-    Se modifica el punto 20 de las características mínimas de la bomba de infusión para el ítem 1, quedando de la siguiente manera: “Debe tener una batería sellada, recargable, para instalar dentro del sistema. De fácil acceso para su reemplazo durante prácticas de campo y con conector polarizado”.

-    Se modifica el punto 15 de las características mínimas de la bomba de infusión para el ítem 2, quedando de la siguiente manera: “Con batería de larga duración para casos de emergencia cuando se interrumpe el fluido eléctrico o para usos temporales durante el transporte (4 horas A 100ml/hr)”.

-    Se modifica el punto 20 de las características mínimas de la bomba de infusión para el ítem 2, quedando de la siguiente manera: “Debe tener una batería sellada, recargable, para instalar dentro del sistema. De fácil acceso para su reemplazo durante prácticas de campo y con conector polarizado”.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

San José, 9 de mayo del 2008.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(42905).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000009-1142 (Avisos Nº 1)

Varias esponjas neuroquirúrgicas absorbentes

A los oferentes interesados en participar en esta compra, se les comunica que todas las fichas técnicas fueron modificadas en los siguientes puntos: En el Apartado Descripción del Artículo, en cuanto a las medidas, el Apartado de Especificaciones, y el Empaque Primario.

Asimismo se prorroga para el 26 de mayo 2008 a las 9:00 horas. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(Nº 1142).—C-7280.—(42919).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000012-01 (Prórroga)

Servicios de diseño de anteproyecto, proyecto e

inspección del Centro de Formación Profesional de Upala

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la licitación abreviada Nº 2008LA-000012-01 servicios de diseño de anteproyecto, proyecto e inspección del Centro de Formación Profesional de Upala, que la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 28 de mayo del 2008 a las 10:00 horas.

San José, 8 de mayo del 2008.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 16330).—C-7940.—(42922).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-900067-02 (Enmienda Nº 1)

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo

para el suministro, instalación y puesta en marcha de plantas

y bombas de agua para el sistema de aire acondicionado

Le comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al primer piso de las oficinas centrales de Recope a retirar la enmienda N° 1 al cartel, o bien, la misma está disponible en la página web www.recope.com.

San José, 8 de mayo del 2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2008-5-0329).—C-6620.—(42920).

REGLAMENTOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

R-CO-19-2008.—Despacho de la Contralora General de la República.—San José, a las quince horas del día veinticinco de abril de dos mil ocho.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en la “Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por Concepto de Transporte para todos los Funcionarios del Estado”, Nº 3462, del 26 de noviembre de 1964, le corresponde a la Contraloría General de la República regular dicha materia y, en consecuencia, realizar las modificaciones que procedan, así como revisar y ajustar periódicamente sus tarifas. Tal normativa contempla las disposiciones generales a que deben supeditarse las erogaciones que, por concepto de gastos de viaje y de transporte, realizan los funcionarios o empleados del Estado y de las instituciones y empresas públicas o estatales, cuando deben desplazarse dentro o fuera del país, en cumplimiento de sus funciones.

II.—Que la Sala Constitucional en el voto Nº 5825-97 de 19 de setiembre de 1997, refiriéndose al artículo 1º de la Ley Nº 3462, definió la competencia de la Contraloría General en esta materia.

III.—Que con base en la atribución contenida en el artículo 5º de la Ley Nº 3462, este órgano contralor procedió a publicar en el Diario Oficial La Gaceta Nº 52 de 13 de marzo del 2008, el proyecto de modificación de los artículos 18, 19, 34 y 41 del “Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos”, para oír las observaciones y objeciones presentadas por los interesados dentro del término señalado al efecto.

IV.—Que, luego de analizar las observaciones presentadas con motivo de la publicación aludida, esta Contraloría General resuelve modificar los artículos 18, 19, 34 y 41 del “Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos”, de la manera que seguidamente se detalla .

Artículo 1º—Se modifican los artículos 18, 19, 34 y 41 del “Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos” para que en lo sucesivo se lean de la siguiente forma:

“Artículo 18.—Tarifas en el interior del país. Las sumas a cobrar por los diferentes conceptos, serán las siguientes:

a)  Desayuno:                                                         ¢2.500,00

b)  Almuerzo:                                                          ¢4.000,00

c)  Cena:                                                                  ¢4.000,00

d)  Hospedaje: según la localidad de que se trate, de acuerdo con las

     siguientes disposiciones y tabla:

i.   La Administración reconocerá, en cada caso, el monto que estipula la correspondiente factura de hospedaje, hasta una suma que no sobrepase el máximo que indica la columna III de la siguiente tabla, exceptuando los funcionarios discapacitados, quienes tendrán derecho al reconocimiento del 100% de la factura, cuando deban pagar tarifas mayores que la máxima autorizada en la columna III, correspondiente a hoteles o similares que cuenten con las facilidades de acceso y alojamiento que ellos requieran, en salvaguarda del principio de igualdad de oportunidades consagrado en la Ley Nº 7600 del 2 de mayo de 1996. Para ello, los funcionarios tendrán que presentar, adjunto a la respectiva liquidación, la (s) factura (s) original (es) extendida (s) por el (los) establecimiento (s) de hospedaje.

ii.  Si mediante una sola factura se ampara el hospedaje de más de un funcionario en una misma habitación, uno de ellos presentará la factura original adjunta a su respectiva liquidación y el otro (o los otros) adjuntará(n) fotocopia de ésta con indicación del número de liquidación en que queda la factura original. Para efectos del reconocimiento del gasto, la Administración distribuirá el monto de la factura entre el número de funcionarios que ésta ampare, siempre que el monto resultante para cada uno no exceda el máximo que indica la columna III de la tabla siguiente.

iii. La (s) factura (s) referida en los incisos anteriores deberá (n) contener la información que, para efectos tributarios, exige la Dirección General de la Tributación, en el artículo 18º del D.E. Nº 14082-H del 29 de noviembre de 1982 y sus reformas.

HOSPEDAJE

I

II

III

Provincia/ Cantón

Localidad

SAN JOSÉ

San José

Área Metropolitana

22.000,00

Dota

Santa María

8.250,00

Pérez Zeledón

San Isidro del General

11.000,00

Tarrazú

San Marcos

8.250,00

ALAJUELA

Alajuela

Alajuela

15.000,00

Alfaro Ruiz

Zarcero

10.000,00

Grecia

Grecia

12.500,00

Guatuso

San Rafael

8.000,00

Los Chiles

Los Chiles

10.000,00

Orotina

Orotina

11.750,00

San Carlos

Cuidad Quesada

10.500,00

La Fortuna

13.000,00

Pital

7.600,00

Santa Rosa de Pocosol

7.000,00

San Ramón

San Ramón

9.500,00

Upala

Upala

8.250,00

Valverde Vega

Sarchí Norte

11.000,00

CARTAGO

Cartago

Cartago

15.000,00

Turrialba

Turrialba

9.600,00

HEREDIA

Heredia

Heredia

13.750,00

Sarapiquí

Puerto Viejo

12.000,00

Colonia Victoria

6.900,00

Finca 6 ( Río Frío)

5.000,00

La Virgen

6.250,00

GUANCASTE

Liberia

Liberia

17.000,00

Abangares

La Juntas

9.000,00

Bagaces

Bagaces

6.900,00

Fortuna

9.600,00

Guayabo

8.250,00

Cañas

Cañas

11.000,00

Carrillo

Filadelfia

9.000,00

Hojancha

Hojancha

5.000,00

La Cruz

La Cruz

11.000,00

Nandayure

Ciudad Carmona

7.000,00

Nicoya

Nicoya

11.000,00

Santa Cruz

Santa Cruz

11.000,00

Tilarán

Tilarán

9.600,00

PUNTARENAS

Puntarenas

Puntarenas

15.000,00

Jicaral

6.900,00

Paquera

10.000,00

Monteverde

11.000,00

Cóbano

10.000,00

Tambor

12.000,00

Aguirre

Quepos

15.500,00

Buenos Aires

Buenos Aires

8.500,00

Corredores

Cuidad Neilly

12.500,00

Canoas

10.000,00

Coto Brus

San Vito

9.600,00

Sabalito

7.000,00

Esparza

Esparza

10.000,00

Garabito

Jacó

19.000,00

Golfito

Golfito

15.000,00

Puerto Jiménez

10.000,00

Río Claro

9.000,00

Montes de Oro

Miramar

6.250,00

Osa

Puerto Cortés

5.500,00

Palmar Norte

11.400,00

Parrita

Parrita

9.500,00

LIMÓN

Limón

Limón

15.500,00

Guácimo

Guácimo

8.000,00

Matina

Batán

9.600,00

Pococí

Guápiles

11.000,00

Cariari

7.600,00

Siquirres

Siquirres

11.000,00

Talamanca

Bribrí

6.900,00

Cahuita

10.500,00

Puerto Viejo

13.750,00

Sixaola

8.250,00

Artículo 19.—Otras localidades. Para las localidades no incluidas en la tabla del inciso d) del artículo anterior, la Administración podrá reconocer por concepto de hospedaje:

a)  Una suma diaria máxima de ¢13.750,00 contra la presentación de la respectiva factura.

b)  Una suma diaria máxima de ¢3.450,00 sin la presentación de la factura.

Artículo 34.—Tarifas en el exterior del país. La suma diaria por concepto de viáticos en el exterior para sufragar gastos de hospedaje, alimentación y otros gastos menores por lavado y planchado de ropa y traslados dentro de la ciudad, se regirá por las tarifas de la siguiente tabla:

Destino

Miembros de los Supremos Poderes de la República

Funcionarios pertenecientes al nivel determinativo y de ejecución y fiscalización superior

Otros funcionarios

I

II

III

EUA $

EUA $

EUA $

Alemania

424

353

300

Algeria

478

398

338

Angola

316

263

224

Anguila

Del 15 de abril al 14 de diciembre

266

222

189

Del 15 de diciembre al 14 de abril

316

263

224

Antigua y Barbuda

355

296

252

Arabia Saudita

284

237

201

Argentina

358

298

253

Araba

Del 15 de abril al 15 de diciembre

284

237

201

Del 16 de diciembre al 14 de abril

358

298

253

Australia

376

313

266

Austria

385

321

273

Bahamas

Del 21 de abril al 19 de diciembre

329

274

233

Del 20 de diciembre al 20 de abril

367

306

260

Bahréin

304

253

215

Barbados

Del 16 de abril al 15 de diciembre

280

233

198

Del 16 de diciembre al 15 de abril

306

255

217

Benín

240

200

170

Bélgica

515

429

365

Belice

254

212

180

Bermudas

Del 15 de marzo al 30 de noviembre

258

215

183

Del 1 de diciembre al 14 de marzo

179

149

127

Bhután

155

129

110

Bolivia

144

120

102

Bonaire

Del 15 de abril al 15 de diciembre

373

311

264

Del 16 de diciembre al 14 de abril

457

381

324

Bosnia y Herzegovina

185

154

131

Botswana

215

179

152

Brasil

372

310

264

Bulgaria

218

182

155

Burkina Faso

242

202

172

Burundi

242

202

172

Cabo Verde

311

259

220

Camboya

154

128

109

Camerún

233

194

165

Canadá

390

325

276

Chad

455

379

322

Chile

211

176

150

Chipre

301

251

213

Colombia

317

264

224

Comores

202

168

143

Costa de Marfil

234

195

166

Croacia

256

213

181

Cuba

280

233

198

Curazao

Del 15 de abril al 15 de diciembre

296

247

210

Del 16 de diciembre al 14 de abril

329

274

233

Dinamarca

424

353

300

Djibouti

186

155

132

Dominica

211

176

150

Ecuador

238

198

168

Egipto

230

192

163

El Salvador

254

212

180

Emiratos Árabes Unidos

421

351

298

Eritrea

116

97

82

Eslovaquia (República Eslovaca)

389

324

275

Eslovenia

348

290

247

España

498

415

353

Estados Unidos de América

385

321

273

Estonia

320

267

227

Etiopía

162

135

115

Federación Rusa

636

530

451

Filipinas

220

183

156

Finlandia

380

317

269

Fiyi

311

259

220

Francia

446

372

316

Gabón

360

300

255

Gambia

278

232

197

Ghana

116

97

82

Granada

Del 16 de abril al 14 de diciembre

263

219

186

Del 15 de diciembre al 15 de abril

302

252

214

Grecia

433

361

307

Guadalupe

259

216

184

Guatemala

220

183

156

Guinea

193

161

137

Guinea Ecuatorial

328

273

232

Guinea Bissau

278

232

197

Guyana

224

187

159

Haití

312

260

221

Honduras

185

154

131

Hong Kong

370

308

262

Hungría

326

272

231

India

234

195

166

Indonesia

192

160

136

Irán

263

219

186

Irlanda

444

370

315

Islandia

De mayo a setiembre

421

351

298

De octubre a abril

342

285

242

Islas Caimán

Del 1 de mayo al 30 de noviembre

427

356

303

Del 1 de diciembre al 30 de abril

478

398

338

Israel

244

203

173

Italia

473

394

335

Jamaica

257

214

182

Japón

396

330

281

Jordania

287

239

203

Kenia

293

244

207

Laos

90

75

64

Lesotho

158

132

112

Letonia

238

198

168

Líbano

275

229

195

Liberia

259

216

184

Libia

228

190

162

Lituania

335

279

237

Luxemburgo

347

289

246

Madagascar

210

175

149

Malasia

222

185

157

Malawi

110

92

78

Mali

360

300

255

Malta

377

314

267

Marruecos

215

179

152

Martinica

270

225

191

Mauricio

299

249

212

Mauritania

268

223

190

México

350

292

248

Mónaco

359

299

254

Montenegro

360

300

255

Mozambique

211

176

150

Myanmar

108

90

77

Namibia

175

146

124

Nicaragua

193

161

137

Niger

196

163

139

Nigeria

182

152

129

Noruega

431

359

305

Nueva Zelanda

324

270

230

Paises Bajos

475

396

337

Pakistán

115

96

82

Panamá

274

228

194

Paraguay

138

115

98

Perú

256

213

181

Polonia

314

262

223

Portugal

420

350

298

Puerto Rico

Del 1 de mayo al 19 de diciembre

461

384

326

Del 20 de diciembre al 30 de abril

547

456

388

Qatar

370

308

262

Reino de Tonga

222

185

157

Reino Unido

505

421

358

República Centroafricana

203

169

144

República Checa

358

298

253

República de Corea

434

362

308

República de Yemen

164

137

116

República del Congo

234

195

166

República Democrática del Congo

162

135

115

República Dominicana

223

186

158

República Popular de China

253

211

179

Ruanda

202

168

143

Rumania

282

235

200

San Cristóbal y Nevis

Del 15 de abril al 14 de diciembre

245

204

173

Del 15 de diciembre al 14 de abril

266

222

189

Del 15 de abril al 14 de diciembre

313

261

222

Del 15 de diciembre al 14 de abril

389

324

275

San Martín (Saint Martin- St. Maarten)

Del 15 de abril al 15 de diciembre

334

278

236

Del 16 de diciembre al 14 de abril

418

348

296

San Vicente y Granadinas

Del 15 de abril al 14 de diciembre

271

226

192

Del 15 de de diciembre al 14 de abril

307

256

218

Del 15 de abril al 14 de diciembre

272

227

193

Del 15 de diciembre al 14 de abril

341

284

241

Santa Lucía

Del 15 de abril al 14 de diciembre

232

193

164

Del 15 de diciembre al 14 de abril

284

237

201

Del 15 de abril al 14 de diciembre

414

345

293

Del 15 de diciembre al 14 de abril

492

410

349

Santo Tomé y Príncipe

144

120

102

Senegal

308

257

218

Serbia

251

209

178

Seychelles

340

283

241

Sierra Leona

155

129

110

Singapur

448

373

317

Somalia

103

86

73

Sudáfrica

176

147

125

Sudán

199

166

141

Suecia

488

407

346

Suiza

403

336

286

Surinam

217

181

154

Swazilandia

180

150

128

Tailandia

263

219

186

Taiwan

352

293

249

Tanzania

169

141

120

Trinidad y Tobago

371

309

263

Togo

284

237

201

Túnez

215

179

152

Turquía

175

146

124

Uganda

232

193

164

Uruguay

209

174

148

Venezuela

412

343

292

Vietnam

127

106

90

Zambia

199

166

141

Zimbabwe

241

201

171

Las tarifas correspondientes a países no considerados en la tabla anterior deben ser solicitadas, para cada caso, en forma escrita, a la Contraloría General de la República, con un mínimo de cinco días hábiles de antelación a la fecha de inicio del viaje, indicándose al menos, el nombre y cargo de cada uno de los funcionarios que viajen en esa misión oficial, las fechas previstas de salida y de regreso a Costa Rica y las ciudades a visitar. Además se deberá enviar copia de la invitación al evento y documentos anexos a ésta remitidos por los organizadores.

Artículo 41.—Reconocimiento de diferencias especiales. Los miembros de los Supremos Poderes y los viceministros, cuando en razón del evento al que asistieren, deban cubrir por concepto de hospedaje una suma superior al monto destinado a ese concepto (60%), conforme con la tarifa diaria autorizada para el lugar de que se trate, tendrán derecho al reconocimiento de esa diferencia.

Asimismo, para eventos muy especiales que así lo justifiquen, los funcionarios ubicados en el nivel II de la tabla del Artículo 34, tendrán derecho a que se les reconozca el exceso en el costo de hospedaje sobre el 60% de la tarifa diaria autorizada para el lugar de que se trate, hasta por un monto máximo de E.U.A. $62,00.

Además, los funcionarios discapacitados tendrán derecho al reconocimiento del 100% de la factura de hotel, cuando deban pagar tarifas mayores que la máxima determinada de acuerdo con las disposiciones de los artículos 34 y 35 de este Reglamento, correspondiente a hoteles o similares que cuenten con las facilidades de acceso y alojamiento que ellos requieran, en salvaguarda del principio de igualdad de oportunidades consagrado en la Ley Nº 7600 del 2 de mayo de 1996.

En los casos anteriores, para el reconocimiento de las diferencias señaladas, los funcionarios tendrán que presentar la correspondiente factura del hotel, por habitación individual, sin alimentación.”

Artículo 2º—Vigencia. Rige a partir de su publicación.

Publíquese.—Rocío Aguilar Montoya, Contralora General.—1 vez.—(O. P. Nº 19446).—C-367200.—(40232).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

REGLAMENTO AUTÓNOMO DEL FONDO DE CRÉDITO RURAL

DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

A fin de que se sirva proceder a su ejecución, me permito comunicar el acuerdo tomado por la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario, en el artículo Nº 4 de la sesión extraordinaria 005-2008, celebrada el 10 de marzo del 2008.

Artículo 4º—Se presenta a consideración de la señora y señores Directores los oficios GG-267-08 y CR-158-08, suscritos por la Gerencia General y el Área de Crédito Rural, sobre algunas modificaciones al Reglamento Autónomo del Fondo de Crédito Rural.

Analizado el reglamento:

Acuerdo Nº 4. Acoger la recomendación contenida en el oficio CR-141-08, suscrito por el Área de Crédito Rural y con fundamento en ella, se acuerda aprobar el:

REGLAMENTO AUTÓNOMO DEL FONDO DE CRÉDITO RURAL

DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Con fundamento en el artículo 140 de la Ley de Tierras y Colonización número 2825, del 14 de octubre de 1961 y artículo 18, inciso g) de la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario número 6735, del 29 de marzo de 1982 y artículos 188 y 189 de la Constitución Política; se dicta el presente reglamento autónomo que regulará la administración de los fondos asignados para crédito rural en el Instituto de Desarrollo Agrario.

Artículo 2º—Para todos los efectos de este reglamento, debe entenderse por:

a)  Área: área de Crédito Rural (unidad administrativa del Instituto perteneciente al Departamento de Servicios para el Desarrollo).

b)  Asignatario (A): persona física o jurídica a la cual el Instituto le ha asignado mediante acuerdo de junta directiva un predio.

c)  Comité: Comité de Crédito.

d)  Crédito: operación mediante la cual el fondo entrega una suma de dinero al asignatario (a) y/o propietario (a), recibiendo a cambio después de un plazo, dicha suma más los respectivos intereses.

e)  Departamento: departamento de Servicios para el Desarrollo perteneciente a la dirección Formación y Desarrollo de Asentamientos.

f)   Dirección: dirección Formación y Desarrollo de Asentamientos.

g)  Dirección Regional: unidad administrativa del Instituto responsable de gerenciar la operación regional de los programas institucionales.

h)  Fondo: Fondo Crédito Rural.

i)   Garantía de crédito: es todo recaudo que toma el Instituto, de los deudores (as) o prestatarios (as) y que le da relativa seguridad de que no sufrirá quebranto en caso de incumplimiento de pago.

j)   Instituto: el Instituto de Desarrollo Agrario (I.D.A.), creado por Ley Número 6735, de 29 de marzo de 1982, la cual reformó la Ley Número 2825, de 14 de octubre de 1961.

k)  Junta Directiva: Órgano Superior del Instituto, encargado de las funciones que establece el artículo 18 de la Ley de Creación del I.D.A.

l)   POI: plan operativo institucional

m) Propietario (A): el asignatario (a) que tenga su predio debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad.

n)  Registro: Registro Público de la Propiedad.

o)  Sistema: programa de cómputo de Crédito Rural.

p)  Oficina subregional: unidad administrativa a nivel regional responsable de proveer los servicios institucionales a los asentamientos bajo su jurisdicción.

q)  TBP: Tasa básica pasiva (tasa de interés fijada por el Banco Central de Costa Rica).

CAPÍTULO II

Finalidades, recursos y organización

Artículo 3º—De las finalidades. El Fondo se utilizará únicamente para el otorgamiento de créditos, en procura del mejoramiento socioeconómico de las familias asentadas en los programas de tierras.

Artículo 4º—De los recursos. Los recursos del Fondo provendrán de las siguientes fuentes:

a)  Presupuesto ordinario institucional.

b)  Recuperación de créditos por cartera colocada.

c)  Intereses recuperados por la cartera colocada.

d)  Ingresos financieros (intereses ganados sobre inversiones, los generados por saldos en cuentas bancarias y otros).

e)  Otras instituciones públicas, privadas o de convenios nacionales o internacionales.

f)   Otras fuentes de recursos que por resolución de la Junta Directiva se pongan a disposición del Fondo.

Artículo 5º—De las inversiones. Los recursos disponibles, que no afecten la operación del Fondo, podrán invertirse en títulos valores de acuerdo a las regulaciones que sobre el particular emita el Ministerio de Hacienda.

Artículo 6º—Estructura del fondo. Para su funcionamiento el Fondo operará con la siguiente estructura:

a)  Área de Crédito Rural.

b)  Direcciones Regionales.

c)  Oficinas Subregionales.

d)  Comité de Crédito: integrado por el Director de Formación y Desarrollo de Asentamiento, el Jefe del Departamento de Servicios para el Desarrollo y el Coordinador del Área de Crédito Rural.

Artículo 7º—Funciones del área.

a)  Recomendar ante la Junta Directiva las políticas crediticias.

b)  Elaborar la proyección de los ingresos y egresos anuales.

c)  Analizar revisar el cumplimiento de los requisitos formales de las solicitudes de préstamos.

d)  Analizar, aprobar o rechazar los arreglos de pago y novaciones.

e)  Mantener actualizada la cartera de crédito mediante el Sistema.

f)   Enviar mensualmente, según corresponda, los informes financieros, de inversiones y presupuesto a la Dirección Administrativa Financiera y/o a la Auditoría; así como a otras instituciones que aporten capital, si así fuese requerido.

g)  Enviar mensualmente al Departamento, el avance de metas del POI.

h)  Participar conjuntamente con la Direcciones Regionales y el Departamento en la programación y distribución de los recursos del Fondo a nivel regional.

i)   Gestionar recursos para el fortalecimiento del Fondo.

j)   Brindar el apoyo técnico, administrativo y la asesoría necesaria sobre crédito y cobro, a las Oficinas Subregionales, las Direcciones Regionales, para el manejo eficiente de los recursos.

k)  Confeccionar los cheques, los pagarés y en caso necesario las hipotecas para los préstamos aprobados.

l)   Realizar las inversiones que sean necesarias.

m) Confeccionar los recibos de dinero provisionales, y/o definitivos con base en los pagos realizados.

n)  Podrá, cuando lo considere pertinente, tramitar ante los tribunales competentes, por medio de sus abogados o abogados designados, los cobros judiciales.

o)  Supervisar la aplicación de los lineamientos y especificaciones técnicas contenidas en este reglamento.

p)  Confeccionar y tener bajo custodia un expediente por solicitante, que contenga, al menos, requisitos técnicos y legales estipulados.

q)  Canalizar los arreglos de pago de créditos que se encuentran en cobro judicial.

r)   Velar por establecimiento de la póliza de saldos deudores, según corresponda.

Artículo 8º—Funciones de las direcciones regionales:

a)  Velar por el cumplimiento de lo establecido para la región, en el POI en lo referente al crédito.

b)  Velar por la recuperación oportuna de la cartera colocada en su región.

c)  Verificar que se cumpla con los planes de inversión de los créditos aprobados.

d)  Distribución por subregional de los recursos asignados.

e)  Elaborar proyección de la recuperación de la cartera.

f)   Recomendar ante el Área, las solicitudes de crédito, arreglos de pago y novaciones.

Artículo 9º—Funciones de las subregionales:

a)  Promover ante los (as) asignatarios (as) de los asentamientos, el uso del crédito como un instrumento de desarrollo.

b)  Elaborar la propuesta de necesidades de recursos para invertir en crédito.

c)  Formular el perfil del proyecto a financiar.

d)  Velar por el cumplimiento de los requisitos requeridos para las solicitudes de préstamos, arreglos de pago y novaciones.

e)  Tramitar y recomendar ante la Dirección Regional, las solicitudes de crédito, arreglos de pago y novaciones.

f)   Confeccionar un expediente por solicitante, que contenga, al menos, requisitos técnicos y legales estipulados en este reglamento.

g)  Seguimiento al proceso completo de la actividad crediticia.

h)  Actualizar la base de datos del Sistema.

i)   Confeccionar un expediente por solicitante, que contenga, los requisitos técnicos y legales estipulados en este reglamento.

j)   Realizar la gestión de cobro para una recuperación oportuna de créditos otorgados.

k)  Velar porque aquellas operaciones cuyas limitaciones estén próximas a vencer y la garantía no sea hipotecaria, se realice el trámite de anotación ante el registro, hasta la cancelación de las deudas con el Fondo.

l)   Solicitar ante quién corresponda los trámites de los procesos de revocatoria, nulidad de título y cobro judicial.

m) Verificar que las actividades a financiar cuenten con la asistencia técnica oportuna, así como la seguridad de mercado.

Artículo 10.—Funciones del Comité. Aprobar o improbar las solicitudes de crédito hasta por un monto de ¢5.000.000,00.

CAPÍTULO III

Solicitantes de crédito y requisitos

Artículo 11.—Sujetos de crédito: Son sujetas de crédito los (as) asignatarios (as) o propietarios (as) y que estén al día con las obligaciones con el Instituto y que se encuentre vigente el período de limitaciones establecido en el artículo número 67 de la Ley Nº 2825.

Artículo 12.—Requisitos para personas físicas con garantía fiduciaria.

a)  Llenar en forma completa el formulario de solicitud de crédito

b)  Fotocopia de la cédula de identidad, vigente y legible, por ambos lados, de los solicitantes y de los fiadores.

c)  Fotocopia o transcripción de acuerdo de asignación o folio real de los solicitantes.

d)  Fotocopia o transcripción de acuerdo de asignación o folio real de la parcela de los fiadores, cuando la fianza sea de asignatarios. En caso de ser asignatario de una granja familiar o un lote, se requiere del avalúo correspondiente realizado por un profesional debidamente autorizado por el Colegio respectivo.

e)  Si el fiador (a) es asalariado (a), constancia de salario con un máximo de un mes de emitida y fotocopia de la orden patronal al día.

f)   Carta de intención de compra-venta del producto, en caso de que el Área lo considere necesario o carné de afiliación a la feria del agricultor.

g)  Aportar el perfil del proyecto a financiar.

Artículo 13.—Requisitos para personas físicas con garantía hipotecaria.

a.   Llenar en forma completa el formulario de solicitud de crédito.

b.  Fotocopia de la cédula de identidad, vigente y legible, por ambos lados, de los solicitantes

c.   En caso de que la propiedad ofrecida en garantía no sea la parcela, granja familiar o lote para vivienda asignados, deberá aportar fotocopia o transcripción de acuerdo de asignación o folio real del inmueble de los solicitantes

d.  Estudio de registro de la propiedad ofrecida en garantía con un máximo de un mes de emitido

e.   Carta de intención de compra-venta del producto, en caso de que el Área lo considere necesario o carné de afiliación a la feria del agricultor

f.   Avalúo de la propiedad para aquellos casos en que la propiedad ofrecida en garantía no sea la parcela (hasta un monto igual o menor a los dos millones de colones). Asimismo si el monto solicitado es mayor a dos millones de colones, pero el 80 % del valor declarado ante el Registro supera el monto aprobado, no se exigirá el avalúo. Cuando se trate de granja familiar, lote asignado, o propiedad no asignada por el IDA, se exigirá avalúo siempre y cuando el 80% del valor declarado ante el Registro de la Propiedad no supere el monto aprobado.

g.   Aportar el perfil del proyecto a financiar.

Artículo 14.—Requisitos de las solicitudes de crédito para personas jurídicas.

a)  Llenar en forma completa, el formulario de solicitud de crédito por parte del representante legal de la organización.

b)  Fotocopia de la cédula jurídica, certificación de la personería jurídica (con 30 días máximo de emitida).

c)  Nombre completo, domicilio y demás calidades del (la) representante legal de la organización.

d)  Nombre completo, domicilio y demás calidades de todos los miembros de la organización, cuando se trate de garantía fiduciaria.

e)  Acta original o fotocopia certificada de acuerdo de la Asamblea General, con no más de treinta días de emitida, donde se autoriza al (la) representante legal, a la formalización del crédito, indicando la actividad, la unidad de medida y su cantidad.

f)   Carta de intención de compra-venta del producto, en caso de que el Área lo considere necesario o carné de la feria del agricultor.

g)  Aportar el perfil del proyecto de la actividad a financiar.

CAPÍTULO IV

De las obligaciones de las personas deudoras

Artículo 15.—Obligaciones. A los asignatarios (as) que el IDA les otorgue un crédito quedarán sujetas a las siguientes obligaciones:

a)  Acatar las recomendaciones que emitan técnicos del IDA, sector agropecuario ó de instituciones de apoyo, para el manejo adecuado del proyecto financiado y la administración eficiente del crédito.

b)  Informar a la oficina subregional sobre cualquier variación en las condiciones pactadas o cualquier circunstancia que desmejore o ponga en peligro la garantía del crédito otorgado.

c)  Permitir, cuando el IDA lo considere conveniente, la inspección del proyecto financiado o de los bienes dados en garantía.

d)  Utilizar los bienes y servicios que se financien con los recursos del Fondo, exclusivamente en la ejecución del respectivo plan de inversión.

e)  Si existen convenios que así lo permitan, autorizar irrevocablemente a los compradores de su producto, para que del monto resultante de la compra y venta, se retenga un porcentaje de su ingreso, el cual se acreditará a favor del Fondo, para ser aplicado a su deuda.

f)   Acogerse a la póliza de saldos deudores con el Instituto Nacional de Seguros.

Artículo 16.—El incumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas por los deudores, dará derecho al Instituto a dar por vencida la deuda y exigir en su totalidad la presente obligación.

CAPÍTULO V

Utilización de los recursos, montos, plazos e intereses

Artículo 17.—Utilización de los recursos. Los recursos del Fondo podrán ser utilizados para financiar:

a)  Actividades agropecuarias.

b)  Comercio.

c)  Artesanía.

d)  Industria o Agroindustria.

e)  Maquinaria, vehículos de carga y equipo.

f)   Proyectos agroecoturísticos.

g)  Capital de trabajo.

h)  Servicios.

i)   Certificados de aportación con empresas agroindustriales.

Artículo 18.—De los montos. El monto del préstamo que se autorizará depende del estudio técnico presentado y de la disponibilidad presupuestaria asignada a cada Subregional. Este podrá ser hasta un 100% del monto del avío de la actividad a financiar.

Artículo 19.—De los plazos. El plazo y la forma de pago para cancelar el crédito estarán determinados por el ciclo y/o por los ingresos que genere el proyecto, considerando un período prudencial para la comercialización. Sin menoscabo de poder otorgarle un plazo mayor, para desarrollar varios ciclos de la misma actividad.

Artículo 20.—De las tasas de interés. La tasa de interés corriente será fija del ocho por ciento anual (8%), por el plazo de la deuda, la cual regirá para los créditos nuevos, adecuaciones y readecuaciones.

El interés moratorio será del 2% anual adicional a la tasa de interés corriente y se cobrará una vez vencido el préstamo.

CAPÍTULO VI

De las garantías

Artículo 21.—Tipos. Los créditos que otorgue el Fondo, podrán garantizarse mediante garantía:

a)  Fiduciaria.

b)  Hipotecaria,

Artículo 22.—De la garantía fiduciaria.

a)  Se podrá usar este tipo de garantía en aquellos créditos que no superen el millón de colones (¢1.000.000,00)

b)  El fiador (a) no debe estar fiando a otro (a) Asignatario (a) ante el Fondo.

c)  Los fiadores deben estar al día con sus obligaciones con el Instituto.

d)  Cuando la fianza sea a favor de una persona jurídica, se requerirá que la misma sea otorgada por la totalidad de los socios de dicha organización.

e)  Cuando el fiador es asalariado, la cuota del crédito avalado no podrá ser superior al 40 % del salario neto.

Artículo 23.—De la garantía hipotecaria.

a)  Se exigirá este tipo de garantía para aquellos créditos cuyo monto sea superior a un millón de colones (¢1.000.000,00). Dicha garantía será preferentemente de primer grado, y solo se aceptará de grados inferiores cuando los grados anteriores lo sean a favor del mismo Instituto.

b)  Cuando se requiera avalúo, este deberá ser realizado por un profesional autorizado por el respectivo colegio profesional respectivo. El monto del crédito no podrá sobrepasar el 80% del valor tasado.

c)  Los honorarios por concepto de avalúo y de notariado por la confección de la hipoteca, serán asumidos en su totalidad por el solicitante.

d)  Para aquellos casos en que la persona adjudicataria tenga deuda con el Fondo y el Instituto le vaya a traspasar en propiedad la finca, ésta se garantizará con hipoteca de primero o segundo grado según corresponda. Para este propósito el Fondo deberá remitir a cada notario (a) ó a quien corresponda, según sea la programación de firmas de protocolo, la información requerida. Si el crédito no ha vencido, y el plazo pendiente es mayor a seis meses, se estipulará en la escritura la forma de pago que quede pendiente. Si el crédito está vencido se le darán tres meses plazo. Si por el contrario no ha vencido y le faltan menos de seis meses, se le dará un plazo de seis meses, para lo cual se enviará un estado de cuenta al plazo previsto a partir de la firma de protocolo.

Artículo 24.—Hipotecas abiertas: Con este tipo de hipoteca se aprueba un determinado monto de financiamiento, para desarrollar una o varias líneas de crédito, en un plazo determinado. Durante este plazo no se requerirá de nuevas aprobaciones por Junta, siempre y cuando se encuentre al día y el monto del principal no supere el monto máximo aprobado. La forma de pago dependerá de cada actividad financiada.

CAPÍTULO VII

Novaciones y arreglos de pago

Artículo 25.—Novación. Es el cambio de deudor de una persona física a otra física o de una jurídica a una física o viceversa. En todos los casos el nuevo deudor debe ser Asignatario (a).

Cuando exista juicio sucesorio la deuda debe ser cancelada de previo, excepto cuando sea a favor del cónyuge sobreviviente.

Artículo 26.—Arreglos de pago: Implica un acuerdo entre el deudor y el Fondo, que permite la modificación del plazo y la forma de pago del crédito, para hacerlo más adecuado a las condiciones actuales del cliente. En todos los casos es recomendable el pago de los intereses corrientes y moratorios. En caso de que existan honorarios, estos deben ser cancelados de previo.

Artículo 27.—Tipos de arreglos:

a)  Prórroga.

b)  Adecuación o readecuación.

Artículo 28.—Prórroga. La prórroga consiste en una posposición de la fecha de vencimiento. No requiere de la confección de un nuevo documento, se mantendrán las condiciones originales en cuanto a tasa de interés y tipo de garantía. Debe solicitarse antes del vencimiento.

Este tipo de arreglo de pago tendrá las siguientes condiciones:

a)  El plazo máximo será de doce meses a partir de la fecha de vencimiento.

b)  Se podrán conceder tantas prórrogas como el plazo máximo indicado el inciso anterior lo permita.

Artículo 29.—Adecuación y readecuación. Puede implicar la modificación de las condiciones originales del crédito en cuanto a plazo, tasa de Interés, tipo garantía y forma de pago. Requiere de un nuevo documento legal.

Este tipo de arreglo de pago tendrá las siguientes condiciones:

a)  El monto de la deuda estará compuesto por el principal, intereses corrientes y moratorios y el monto correspondiente a la prima de la póliza de saldos deudores.

b)  La garantía puede o no ser la misma.

c)  Se debe llenar el formulario respectivo.

d)  Si la persona deudora, al momento de realizar un arreglo de pago con el Instituto cuenta con la respectiva escritura pública sobre su parcela, granja familiar o lote, se le puede aceptar garantía hipotecaria como respaldo al arreglo solicitado.

e)  En caso de que el plazo de las limitaciones sea menor al solicitado, se podrá cambiar el mismo, exigir garantía hipotecaria o realizar el respectivo exhorto ante el Registro.

f)   La tasa de Interés corriente será fija del ocho por ciento anual (8%).

CAPÍTULO VIII

De la gestión de cobro

Son todas las acciones que se realicen, tanto a nivel de la Institución como judicial, tendientes a la recuperación de las deudas, por créditos otorgados.

Artículo 30.—Tipos. En la gestión de cobro se distinguen dos procedimientos:

a)  cobro administrativo.

b)  cobro judicial.

Artículo 31.—Cobro administrativo. Son todas las acciones y procedimientos que se realicen a nivel de la Institución, tendientes a la recuperación de los créditos otorgados, para que los mismos se atiendan en forma oportuna, evitando en primera instancia el cobro judicial. Dentro de estas acciones o procedimientos tenemos:

a)  Estado de cuenta: se entregará al cliente con 30 días naturales antes del vencimiento del crédito. De no cumplir con el pago correspondiente, se procede con lo estipulado en el inciso c) de este artículo.

b)  Recordatorio de pago: se utiliza en aquellos casos en que la operación aún no ha vencido, pero tiene cuotas atrasadas. Para tal efecto se le otorga un plazo de 15 días naturales para ponerse al día o realizar un arreglo de pago. Si hiciera caso omiso se procede con lo estipulado en el inciso c) de este artículo.

c)  Carta de cobro-amonestación: se usa para aquellas operaciones vencidas. En el mismo se le otorga un plazo de 30 días naturales, para proceder a la cancelación o realizar un arreglo de pago. De no atenderse, se inicia el proceso de revocatoria de asignación de la parcela o la nulidad del título de propiedad.

Artículo 32.—Cobro judicial. El cobro judicial es la gestión que realiza el Instituto ante las instancias judiciales, por incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Capítulo de Obligaciones de este Reglamento.

CAPÍTULO IX

Del reconocimiento y pago previo de obligaciones e incobrables

Artículo 33.—Por motivo de que algunas veces los créditos implican mejoras en la parcela y que siempre existe una gran plusvalía de por medio; así como también en la mayoría de los casos los adquirientes están dispuestos a pagar altas sumas de dinero por la compra de mejoras mediante traspasos, y que cuando existe garantía real lo que se logra en última instancia es la recuperación de la parcela, es que se consideran los siguientes motivos como reconocimiento y pago previo de deudas:

a)  Abandono de la parcela, granja o lote. Si la parcela, granja o lote son abandonados por el (a) deudor (a) original, la deuda se le cobrará al (a) nuevo (a) adquiriente, la cual la debe cancelar antes de la asignación.

b)  Por revocatoria. Si la parcela, granja o lote fueron revocados y adquiridos de nuevo por el IDA, el crédito se le cobrará al (a) nuevo (a) adquiriente, antes de la asignación.

c)  Por renuncia. Si el deudor (a) renuncia a su parcela, granja o lote, el IDA le cobrará la deuda, al (a) nuevo (a) adquiriente, previo a la asignación.

d)  Traspasos. En este caso la deuda debe ser cancelada previo a la asignación.

En los incisos anteriores de este artículo, según corresponda, se podrá hacer cualquiera de los procedimientos siguientes:

1.  Tomar en custodia por parte del Área, el dinero adeudado al Fondo, mientras se realiza el estudio de selección del nuevo adquiriente, hasta tanto no se declare Asignatario. De no calificar como beneficiario se le devolverá la suma cancelada, pero sin el reconocimiento de intereses.

2.  Si la parcela, granja o lote es de interés de la Institución, ésta pagará lo correspondiente al Fondo y se lo cargará al valor del inmueble.

3.  En caso de reconocimiento de mejoras, se le rebajará de las mismas lo correspondiente al monto adeudado al Fondo.

Artículo 34.—Incobrables.

a)  Una vez al año la Junta Directiva analizará la cartera de incobrables y procederá a pasar como gasto incobrable toda aquella operación cuyo monto a la fecha de corte sea igual o menor al 19% del salario base de un Oficial de Apoyo A del I.D.A.

CAPÍTULO X

Disposiciones finales

Artículo 35.—Modificaciones. Toda modificación a este Reglamento, deberá contar con la respectiva aprobación de la Junta Directiva.

Artículo 36.—Vigencia. El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Transitorio 1.—El Área deberá promulgar el respectivo manual de procedimientos.

Acuerdo aprobado por unanimidad.

Comuníquese. Acuerdo firme.

Junta Directiva.—Lic. Walter Ulate Calderón, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 5372).—C-271940.—(33715).

REMATES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN FINANCIERA ADMINISTRATIVA

ÁREA SOPORTE ADMINISTRATIVO - LOGÍSTICO

VENTA PÚBLICA N° VP-004-2008

La Gerencia de Pensiones, a través de la Dirección Financiera Administrativa, lleva a cabo la venta de las siguientes propiedades de la venta pública:

Tipo de inmueble                            Localización

7 casas                       5 San José, (1 Tibás, 2 Alajuelita, 1 Desamparados,

                                   1 Pavas) 2 Alajuela, (1 San Rafael, 1 La Garita)

1 lote                          1 San José, (1 Alajuelita)

Información adicional: El cartel de este concurso, está a disposición de los interesados en el Área de Soporte Administrativo - Logística, segundo piso Edificio Jorge Debravo, diagonal a la Corte Suprema de Justicia, avenida 8, calle 21, en horario de lunes a viernes de 8:00 a. m., a 12 m. d. La fecha máxima para la recepción de ofertas es el viernes 30 de mayo del 2008, a las 10:00 a. m.

Fecha y lugar de apertura de los sobres con las ofertas: El mismo se efectuará en el quinto piso del Edificio Jorge Debravo, ubicado en San José, avenida 8 y calle 21, el día viernes 30 de mayo del 2008, a las 10:15 a.m. Lo anterior en conformidad con el inciso 61.2.3 del Reglamento de Contratación Administrativa.

San José, 8 de mayo del 2008.—Área de Soporte Administrativo - Logístico.—Lic. Jorge Oviedo Cortés, Jefe.—1 vez.—Nº 32724.—(42584).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA EN CIUDAD NEILY

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica.

Cert. Nº       Monto        Plazo  Fecha de emisión      Vence           Tasa

61992929  10.000,00       180          29/10/2007        29/04/2008      4,25%

Certificado emitido a la orden de: Marjorie Esquivel Torres, cédula Nº 6-0204-0039, ha sido reportado como extraviado, por lo que se solicita al Banco de Costa Rica, su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

24 de abril de 2008.—Diego Blanco Poveda, Oficial Operativo.—Nº 30551.—(39275).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

SUCURSAL EN PUNTARENAS

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sucursal de Puntarenas, hace del conocimiento del público en general, que el señor, Mosquera Soto Eric Fernando, cédula 6-214-525, ha solicitado, por motivo de extravío, reposición del certificado de ahorro a plazo número 16100460220112481 por un monto de $35.443.00, junto con su cupón de interés numerado del 02 al 02. Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Puntarenas, 21 de abril del 2008.—Lic. Carlos Casares Odio, Asistente de Gerencia.—(39613).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

PROGRAMA DE GRADUACIÓN

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por destrucción correspondiente al Título de Bachillerato en Educación Especial con Concentración en Integración, grado académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo tomo: 16, folio: 205, asiento: 1520 a nombre de Esmeralda Galbán Loaiza, con fecha: 25 de agosto del 2000 cédula de identidad Nº 3-0351-0539. Se pública este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 18 de abril del 2008.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(41745).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL Y

SERVICIOS ACADÉMICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el Artículo N° 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en  sesión  N° 02-2008, artículo  6,  del  10  de abril  del  2008,  ante  la  solicitud  de  Francisco  José  Verdura  Casal,  cédula  de  residencia  N° 119200028224.

ACUERDA:

1.  Reconocer el título de “Ingeniero en Máquinas Computadoras” otorgado por el Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, La Habana, Cuba, al señor Francisco José Verdura Casal, cédula de residencia N° 119200028224.

2.  No reconocer el grado académico por no venir explícito en el Diploma.

3.  No equipar el título de “Ingeniero en Máquinas Computadoras” obtenido por el señor Francisco José Verdura Casal en el Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, La Habana, Cuba.

4.  Equiparar los estudios realizados por el señor Francisco José Verdura Casal, en el Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, La Habana, Cuba, al grado académico de “Licenciatura” que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Acuerdo firme.

Cartago, 23 de abril de 2008.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 14433).—C-49520.—(39240).

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el Artículo N° 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión N° 02-2008, artículo 5, del 10 de abril de 2008, ante la solicitud de Luis Fernando Beita Aguirre, cédula N° 1-0859-0379.

ACUERDA:

1.  Reconocer el título de Arquitecto, otorgado por la Universidad de Illinois, Chicago, Estados Unidos, al señor Luis Fernando Beita Aguirre, cédula costarricense N° 108590379.

2.  Reconocer el grado académico de Bachiller.

3.  No equiparar el título de Bachiller en Artes en Estudios Arquitectónicos obtenido por el señor Luis Fernando Beita Aguirre, en la Universidad de Illinois de la República de Estados Unidos de Norte América, por el de Arquitecto que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar los estudios realizados por Luis Fernando Beita Aguirre, en la Universidad de Illinois de la República de Estados Unidos de Norte América, con el grado académico de Bachillerato Universitario que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Acuerdo firme.

Cartago, 23 de abril de 2008.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 14434).—C-49520.—(39242).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A quien interese, se le comunica la resolución administrativa de las doce horas del veintitrés de abril de dos mil ocho, que Declara en Estado de Abandono Administrativo de la persona menor de Shirley María Fallas Masís, y se deposita en el hogar de la Damaris Hidalgo González. Recursos: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro del tercer día siguiente a la tercera publicación de este edicto. Expediente Administrativo: 115-00047-07.—Oficina Local de San José, Este.—Lic. Manuel Enrique Núñez Carrillo, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-4520.—(40441).

A, William Roberto Salinas Molina, se le comunica la resolución de las 14:00 horas del 25 de marzo del 2008, mediante la cual se ordena Medida de Protección de cuido de la adolescente Belkis Isabel Salinas Cruz en la señora Yelba Soto Torres. Plazo: para ofrecer recurso de apelación 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se le previene que debe señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrá por notificada la resolución. La interposición del recurso de apelación no suspende el acto administrativo.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María de los Ángeles Mora Rojas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-5410.—(40442).

Al señor Omar Bienvenido Araya Villalobos, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas con quince minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, dictada por la oficina Local de Santa Ana del Patronato Nacional de la Infancia, que resolvió medidas de protección ordenando el cuido provisional de los niños Keissell y Kimberly Ilka, ambas Porras Williams en la señora Carmen Porras Hidalgo y al niño Maickel Steve Araya Williams en el hogar de la señora Andrea Pulfer Pardo. Se ordenó la valoración posibles recursos familiares para su ubicación y se ordena a la progenitora, señora Lady Williams Guadamuz someterse a tratamiento terapéutico en el IAFA. Recursos: Apelación en las siguientes 48 horas después de conocerse de la misma ante el Superior, sea la Presidencia Ejecutiva de la Institución, indicando lugar para futuras notificaciones. Deberán presentarse en la Oficina Local de Santa Ana, quien elevará el expediente al superior para su conocimiento. Publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Exp. Nº 231-00163-98.—Oficina Local de Santa Ana, 15 de abril del 2008.—Lic. Marta L. Jiménez Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-9010.—(40443).

A Sandra Eunice Arias Castro, se les comunica la resolución de las 10:30 horas del día 24 de abril del 2008, que dispone el ingreso como abrigo temporal del joven Carlos Martín Arias Castro, en el albergue de varones de Alajuela. Recurso de Apelación. Plazo: dos días hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de protección. Expediente 731-00102-1991.—Oficina Local de Naranjo, 24 de abril del 2008.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 2602).—C-4510.—(40444).

A la señora Zoila Rosa Villarreal Villarreal y al joven Jorge Junior Delgado Villarreal, se les comunica la resolución de las diez horas del día veintinueve de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se dejó sin efecto la medida especial de protección en beneficio del joven Delgado Villarreal para su ingreso a un centro con el propósito de recibir tratamiento por su problema de adicción a las drogas. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de Apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00009-2008. Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledesma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-6760.—(40445).

Se comunica que por resolución de las ocho horas y quince minutos del veintitrés de abril del dos mil ocho, dictada por la Oficina Local de Limón del Patronato Nacional de la Infancia, en la ciudad de Puerto Limón, se dio inicio al proceso especial de protección y se dictó la Declaratoria Administrativa de Estado de Abandono de la persona menor de edad Hakeem Jamaal Joseph Archival, hijo de Hellen Joseph Archival (fallecida), quien nació el nueve de mayo del dos mil cuatro, depositándolo provisionalmente bajo el cuido de la señora Elsie Lawrence Campbell. Se otorga audiencia a los interesados por un plazo de tres días, contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que manifiesten su conformidad u oposición en contra de la resolución antes citada. Se advierte a los interesados que deberá señalar lugar conocido para recibir notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir las notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuera inexacto, o si el medio seleccionado fuera defectuoso, o por cualquier otro modo no imputable a la Institución se interrumpiera la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes con el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. La Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia en Limón, se ubica en Puerto Limón, frente al edificio viejo del Instituto Costarricense de Electricidad. (Expediente administrativo 731-0202-07).—Oficina Local de Limón.—Lic. Arnoldo Mora Sequeira, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-9010.—(40446).

Se comunica a los interesados que por resolución de la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí del Pani, de las diez horas, del veintiuno de abril del dos mil ocho, se dio inicio de un Proceso de Declaratoria de Estado de Abandono, en vía administrativa, de la niña Sharon Yoseth Obando Enríquez. Se emplaza a quienes tengan un interés legítimo o un derecho subjetivo, para que manifiesten su oposiciones o sus conformidades, y ofrezcan las pruebas que estimen pertinente, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación del presente aviso, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Proceden los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación en subsidio, los cuales podrán interponer separada o conjuntamente dentro de los tres días hábiles contados a partir del siguiente a la tercera publicación de este aviso, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí, quien resolverá el primero y el de apelación a la Presidencia Ejecutiva de esta institución y en el entendido que de presentarse cualquiera de los recursos fuera del término señalado, serán inadmisibles. Exp. 743-00016-2008.—Lic. Giovanni Herrera Alvarado, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-9460.—(40447).

A Xinia Brenes Barquero, se le comunica la resolución de las quince horas del diez de abril del dos mil ocho, dictada por la Oficina Local de Heredia norte en sustitución de la Oficina Local de Sarapiquí, que ordenó la medida de cuido provisional de su hija Innominada Brenes Barquero en el hogar de la señora Rosibel Cortés Brenes. Plazo para interponer el recurso de apelación: dos días hábiles contados a partir de la segunda publicación de este aviso. Exp. 441-00014-92.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. María Isabel Arce García, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-2400.—(40448).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Transportes del Este Montoya S. A., para ajustar la tarifa de la ruta 303 descrita como San José-San Diego de la Unión-Calle Mesén-Santiago del Monte y viceversa. La propuesta tarifaria se tramita en el expediente ET-35-2008 y que se detalla de la siguiente manera:

DESCRIPCIÓN: 303

San José-San Diego de la Unión y Extensiones

 

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Solicitadas

Regular

 Adulto Mayor

Regular

 Adulto Mayor

Absoluto

%

Extensión .San José-Calle Mesén

170

0

245

0

75

44,12

Extensión .San José-Santiago del Monte

170

0

245

0

75

44,12

San José-San Diego de la Unión

170

0

245

0

75

44,12

San José-Tres Ríos

170

0

245

0

75

44,12

Tres Ríos-Calle Mesén

100

0

145

0

45

45,00

Tres Ríos-Santiago del Monte

100

0

145

0

45

45,00

Extensión San José-Calle Mesén

170

0

245

0

75

44,12

Se solicita además ajustar las tarifas por concepto de corredor común a las siguientes rutas:

50: San José-San Pedro y ramales.

301: Tres Ríos-El Fierro extensión San José.

60:  San José-Curridabat por San Pedro (Autobuses).

301: Tres Ríos-Yerbabuena extensión San José.

60 BS: San José-Curridabat por San Pedro (Busetas).

301 A: San José-San Vicente de Tres Ríos (Regular).

62: San José-Sabanilla (Autobuses).

301 A SD: San José-San Vicente de Tres Ríos (Directo).

62 BS: San José-Sabanilla (Busetas).

306: San José-Bº El Carmen de La Unión.

56: San José-San Ramón de la Unión.

309: San José-San Miguel de La Unión.

301: San José-Tres Ríos (Servicio Regular).

346: San José-Dulce Nombre de Tres Ríos.

301 SD: San José-Tres Ríos (Servicio Directo).

 

El 19 de mayo de 2008 a las diecisiete horas (5:00 p. m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

El plazo para recibir posiciones vence el 15 de mayo de 2008 a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José.

La petición tarifaria, así como el detalle del pliego tarifario solicitado para los corredores comunes, se pueden consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado; en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.

Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 2290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez.

Dirección de Protección al Usuario.—Lic. Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(Solicitud Nº 13307).—C-49970.—(42313).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA

AJDIP/167-2008.—Puntarenas, a los veinticinco días del mes de abril del 2008

Modifíquese el acuerdo AJDIP/137-2008, artículo 1º, inciso f), para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“f) Del otorgamiento del subsidio a los pescadores durante el presente período de veda. Para efecto de otorgar este beneficio a los permisionarios y sus respectivos peones, el INCOPESCA organizará un programa de capacitación que deberá ser cumplido por los pescadores como requisito para optar al subsidio”.

Dr. Carlos Villalobos Solé, Presidente Ejecutivo.—Yahaira Chambers Vargas, Secretaria Ejecutiva.—1 vez.—(42287).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSE

ACTAS

Sorteo Nº 5333 del viernes 4 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 4 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5333 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 950 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 050 a la 999. Excepto las series 077, 078 y 079.

Primer premio: Serie 67 Nº 08 con ¢20.000.000.

Nº 08 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 686 Nº 15 con ¢7.500.000.

Nº 15 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 245 Nº 34 con ¢3.500.000.

Nº 34 de las demás series con ¢10.000

Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rodrigo Fernández Cedeño, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40757).

Sorteo Nº 5334 del martes 8 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 8 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el sorteo Nº 5334 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 992 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 008 a la 999.

Primer premio: Serie 355 Nº 50 con ¢20.000.000.

Nº 50 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 321 Nº 91 con ¢7.500.000.

Nº 91 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 459 Nº 34 con ¢3.500.000.

Nº 34 de las demás series con ¢10.000

José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Oviedo Chacón, Subgerente Financiero a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40758).

Sorteo Nº 5335 del viernes 11 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 11 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5335 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 999 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 001 a la 999.

Primer premio: Serie 463 Nº 39 con ¢20.000.000.

Nº 39 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 177 Nº 22 con ¢7.500.000.

Nº 22 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 738 Nº 59 con ¢3.500.000.

Nº 59 de las demás series con ¢10.000

José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Oviedo Chacón, Subgerente Financiero.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40759).

Sorteo Nº 5336 del martes 15 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 15 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5336 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999. Excepto la serie 053.

Primer premio: Serie 475 Nº 25 con ¢20.000.000.

Nº 25 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 229 Nº 15 con ¢7.500.000.

Nº 15 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 580 Nº 29 con ¢3.500.000.

Nº 29 de las demás series con ¢10.000

Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Subgerente Producción y Ventas a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40760).

Sorteo Nº 5337 del viernes 18 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 18 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5337 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999. Excepto la serie 053.

Primer premio: Serie 818 Nº 52 con ¢20.000.000.

Nº 52 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 78 Nº 98 con ¢7.500.000.

Nº 98 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 215 Nº 52 con ¢3.500.000.

Nº 52 de las demás series con ¢10.000

Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Subgerente Producción y Ventas a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40761).

Sorteo Nº 5338 del martes 22 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 22 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5338 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 997 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 003 a la 999. Excepto la serie 053.

Primer premio: Serie 959 Nº 80 con ¢20.000.000.

Nº 80 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 769 Nº 17 con ¢7.500.000.

Nº 17 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 262 Nº 99 con ¢3.500.000.

Nº 99 de las demás series con ¢10.000

José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Subgerente Producción y Ventas a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40762).

Sorteo Nº 5339 del viernes 25 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 25 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5339 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999. Excepto la serie 053.

Primer premio: Serie 444 Nº 31 con ¢20.000.000.

Nº 31 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 171 Nº 22 con ¢7.500.000.

Nº 22 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 395 Nº 46 con ¢3.500.000.

Nº 46 de las demás series con ¢10.000

José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Milton Vargas Mora, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40763).

Sorteo Nº 5340 del martes 29 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 29 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5340 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 998 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 002 a la 999. Excepto la serie 290.

Primer premio: Serie 891 Nº 46 con ¢20.000.000.

Nº 46 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 299 Nº 83 con ¢7.500.000.

Nº 83 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 500 Nº 44 con ¢3.500.000.

Nº 44 de las demás series con ¢10.000

Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40764).

Sorteo Nº 5341 del viernes 01 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 01 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5341 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999. Excepto la serie 290.

Primer premio: Serie 472 Nº 40 con ¢25.000.000.

Nº 40 de las demás series con ¢67.000

Segundo premio: Serie 476 Nº 08 con ¢9.000.000.

Nº 08 de las demás series con ¢22.000

Tercer premio: Serie 94 Nº 21 con ¢4.500.000.

Nº 21 de las demás series con ¢12.000

Gustavo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Rafael Oviedo Chacón, Subgerente Financiero.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40765).

Sorteo Nº 5342 del martes 5 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 5 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5342 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 998 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 002 a la 999. Excepto la serie 867.

Primer premio: Serie 317 Nº 42 con ¢20.000.000.

Nº 42 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 804 Nº 56 con ¢7.500.000.

Nº 56 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 315 Nº 48 con ¢3.500.000.

Nº 48 de las demás series con ¢10.000

Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Gerente General a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40766).

Sorteo Nº 5343 del viernes 8 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 8 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5343 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999. Excepto la serie 867.

Primer premio: Serie 20 Nº 15 con ¢20.000.000.

Nº 15 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 431 Nº 77 con ¢7.500.000.

Nº 77 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 966 Nº 90 con ¢3.500.000.

Nº 90 de las demás series con ¢10.000

Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40767).

Sorteo Nº 5344 del martes 12 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 12 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5344 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 401 Nº 14 con ¢20.000.000.

Nº 14 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 939 Nº 08 con ¢7.500.000.

Nº 08 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 754 Nº 77 con ¢3.500.000.

Nº 77 de las demás series con ¢10.000

Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40768).

Sorteo Nº 5345 del viernes 15 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 15 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5345 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 244 Nº 05 con ¢20.000.000.

Nº 05 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 495 Nº 79 con ¢7.500.000.

Nº 79 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 897 Nº 21 con ¢3.500.000.

Nº 21 de las demás series con ¢10.000

Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Gerente General a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40769).

Sorteo Nº 5346 del martes 19 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 19 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5346 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 800 Nº 80 con ¢20.000.000.

Nº 80 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 548 Nº 10 con ¢7.500.000.

Nº 10 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 705 Nº 95 con ¢3.500.000.

Nº 95 de las demás series con ¢10.000

José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Gerente General a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40770).

Sorteo Nº 5347 del viernes 22 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 22 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5347 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 97 Nº 58 con ¢20.000.000.

Nº 58 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 303 Nº 29 con ¢7.500.000.

Nº 29 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 686 Nº 28 con ¢3.500.000.

Nº 28 de las demás series con ¢10.000

José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40771).

Sorteo Nº 5348 del martes 26 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 26 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5348 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 187 Nº 61 con ¢20.000.000.

Nº 61 de las demás series con ¢53.000

Segundo premio: Serie 922 Nº 84 con ¢7.500.000.

Nº 84 de las demás series con ¢18.000

Tercer premio: Serie 113 Nº 50 con ¢3.500.000.

Nº 50 de las demás series con ¢10.000

Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathea, Dirección Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40772).

Sorteo Nº 5349 del viernes 29 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 29 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5349 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 450 Nº 44 con ¢25.000.000.

Nº 44 de las demás series con ¢67.000

Segundo premio: Serie 975 Nº 48 con ¢9.000.000.

Nº 48 de las demás series con ¢22.000

Tercer premio: Serie 474 Nº 61 con ¢4.500.000.

Nº 61 de las demás series con ¢12.000

Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Cheng Cheang, Auditora Interna.—Rafael Oviedo Chacón, Subgerente Financiero a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40773).

LOTERÍA NACIONAL

Sorteo Nº 3962 del domingo 06 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 6 de enero 2008, a las 7:00 p. m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3962 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 967 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 031 a la 997. Excepto las series Nos.510 a la 519, 688 y 900, 902 a la 909, 939, 998 y 999.

Primer premio: Serie 306 Nº 83 paga ¢70.000,000

Premios derivados del mayor

Aproximación inmediata anterior: Serie 306 Nº 82 Paga ¢550,000

Aproximación inmediata posterior: Serie 306 Nº 84 Paga ¢550,000

Todos los billetes con el número 83, excepto los de la serie 306 pagan ¢37,000

Todos los billetes con serie 306 excepto los números 82-83-84 pagan ¢28,000

Todos los billetes terminados en 3 excepto el número 83 pagan ¢8,000

PEGA 1 Sorteo Nº 394 viernes 28 de diciembre 2007.

Número Favorecido 92. Paga 62.71 veces la inversión.

PEGA 1 Sorteo Nº 607 viernes 4 de enero 2008

Número Favorecido 73. Paga 27.74 veces la inversión.

PEGA 6 Sorteo Nº 303 sábado 5 de enero 2008

Números Favorecidos 02 - 13 - 22 - 07 - 10 - 09

6 aciertos no hubo ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 46.73 veces la inversión

(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo

Serie

Número

Premio

Serie

Número

Premio

032

12

250.000,00

546

79

250.000,00

035

95

250.000,00

563

89

250.000,00

060

85

300.000,00

573

86

300.000,00

077

69

300.000,00

584

27

250.000,00

080

41

500.000,00

587

24

250.000,00

088

61

500.000,00

603

42

250.000,00

091

54

250.000,00

609

60

300.000,00

101

05

250.000,00

614

34

300.000,00

105

67

250.000,00

617

37

250.000,00

118

05

250.000,00

623

85

1.000.000,00

127

07

250.000,00

645

13

250.000,00

127

93

300.000,00

646

23

250.000,00

157

78

250.000,00

650

68

250.000,00

167

12

300.000,00

660

57

300.000,00

181

01

250.000,00

663

28

250.000,00

184

79

250.000,00

674

38

250.000,00

192

39

1.000.000,00

685

61

300.000,00

207

07

300.000,00

695

21

250.000,00

211

03

300.000,00

728

36

250.000,00

217

40

250.000,00

735

26

250.000,00

226

08

300.000,00

745

78

250.000,00

237

59

300.000,00

746

61

250.000,00

245

94

500.000,00

755

32

500.000,00

266

51

300.000,00

760

83

300.000,00

282

23

300.000,00

791

23

300.000,00

289

81

250.000,00

794

82

500.000,00

294

37

250.000,00

829

91

250.000,00

299

36

300.000,00

838

05

300.000,00

306

71

250.000,00

846

02

250.000,00

306

83

70.000.000,00

846

34

300.000,00

308

39

500.000,00

848

16

250.000,00

316

26

250.000,00

849

51

250.000,00

332

47

250.000,00

852

89

2.500.000,00

338

95

300.000,00

874

92

6.000.000,00

374

97

250.000,00

894

20

250.000,00

437

28

250.000,00

911

15

250.000,00

440

82

300.000,00

914

41

300.000,00

444

37

250.000,00

926

51

250.000,00

451

78

250.000,00

959

66

500.000,00

456

87

250.000,00

965

05

250.000,00

471

81

1.000.000,00

970

25

300.000,00

487

11

250.000,00

977

98

300.000,00

493

37

250.000,00

978

12

250.000,00

502

23

500.000,00

982

96

250.000,00

507

93

250.000,00

990

14

500.000,00

534

98

500.000,00

Gustavo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9821).—C-73865.—(40775).

Sorteo Nº 3963 del domingo 13 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 13 de enero 2008, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3963 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 744 Nº 76 Paga ¢70.000,000

Premios derivados del mayor

Aproximación inmediata anterior: Serie 744 Nº 75 Paga ¢550,000

Aproximación inmediata posterior: Serie 744 Nº 77 Paga ¢550,000

Todos los billetes con el Nº 76, excepto los de la serie 744 pagan ¢37,000

Todos los billetes con serie 744 excepto los Nos. 75-76-77 pagan ¢28,000

Todos los billetes terminados en 6 excepto el Nº 76 pagan ¢8,000

PEGA 1 Sorteo Nº 608 martes 8 de enero 2008.

Número Favorecido 13. Paga 27.34 veces la inversión.

PEGA 1 Sorteo Nº 609 viernes 11 de enero 2008.

Número Favorecido 28. Paga 14.54 veces la inversión.

PEGA 6 Sorteo Nº 304 sábado 12 de enero 2008.

Números Favorecidos 36 - 07 - 28 - 06 - 09 - 13

6 aciertos no hubo ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 75.41 veces la inversión

(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo

Serie

Número

Premio

Serie

Número

Premio

006

51

300.000,00

476

31

300.000,00

006

75

250.000,00

479

09

250.000,00

025

77

250.000,00

505

80

250.000,00

036

49

250.000,00

508

26

250.000,00

077

30

250.000,00

535

10

300.000,00

092

48

1.000.000,00

569

47

500.000,00

111

77

300.000,00

576

43

500.000,00

112

92

250.000,00

580

73

250.000,00

118

20

250.000,00

581

92

250.000,00

128

55

300.000,00

596

61

300.000,00

138

85

250.000,00

607

63

300.000,00

144

34

250.000,00

613

30

250.000,00

173

87

250.000,00

635

79

250.000,00

188

03

250.000,00

653

70

300.000,00

208

79

300.000,00

663

47

300.000,00

219

00

300.000,00

679

72

250.000,00

221

47

300.000,00

685

52

250.000,00

233

86

250.000,00

707

16

300.000,00

241

70

300.000,00

717

70

500.000,00

241

73

6.000.000,00

719

40

300.000,00

245

49

1.000.000,00

731

59

300.000,00

265

33

250.000,00

735

16

250.000,00

280

65

500.000,00

744

76

70.000.000,00

291

30

300.000,00

767

28

250.000,00

329

60

250.000,00

776

07

300.000,00

331

76

250.000,00

781

88

250.000,00

332

21

500.000,00

790

93

250.000,00

336

01

300.000,00

805

75

250.000,00

339

24

300.000,00

809

40

2.500.000,00

340

82

500.000,00

817

39

250.000,00

345

42

300.000,00

818

10

250.000,00

355

62

250.000,00

835

65

250.000,00

359

50

250.000,00

836

99

250.000,00

362

81

300.000,00

866

06

300.000,00

383

50

250.000,00

876

24

1.000.000,00

395

75

500.000,00

880

01

250.000,00

399

90

250.000,00

893

72

250.000,00

401

44

250.000,00

921

27

250.000,00

415

77

250.000,00

924

69

250.000,00

418

08

300.000,00

942

68

250.000,00

424

62

250.000,00

949

90

250.000,00

442

62

250.000,00

951

87

250.000,00

458

94

500.000,00

973

65

500.000,00

470

34

300.000,00

987

54

250.000,00

470

82

500.000,00

998

70

250.000,00

472

12

250.000,00

José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Subgerente Financiero a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9821).—C-73865.—(40776).

Sorteo Nº 3964 del domingo 20 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 20 de enero 2008, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3964 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999. Excepto la serie 275.

Primer premio: Serie 239 Nº 12 Paga ¢70.000,000

Premios derivados del mayor

Aproximación inmediata anterior: Serie 239 Nº 11 Paga ¢550,000

Aproximación inmediata posterior: Serie 239 Nº 13 Paga ¢550,000

Todos los billetes con el número 12, excepto los de la serie 239 pagan ¢37,000

Todos los billetes con serie 239 excepto los Nos. 11-12-13 pagan ¢28,000

Todos los billetes terminados en 2 excepto el Nº 12 pagan ¢8,000

PEGA 1 Sorteo Nº 610 martes 15 de enero 2008.

Número Favorecido 33. Paga 34.05 veces la inversión.

PEGA 1 Sorteo Nº 611 viernes 18 de enero 2008

Número Favorecido 96. Paga 120.52 veces la inversión.

PEGA 6 Sorteo Nº 305 sábado 19 de enero 2008

Números Favorecidos 35 - 05 - 34 - 23 - 22 - 24

6 aciertos no hubo ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 50.00 veces la inversión.

(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo

Serie

Número

Premio

Serie

Número

Premio

009

51

250.000,00

510

14

250.000,00

016

54

250.000,00

514

09

250.000,00

030

49

250.000,00

517

58

300.000,00

041

63

250.000,00

525

21

250.000,00

046

19

250.000,00

545

52

300.000,00

052

15

250.000,00

558

21

1.000.000,00

064

60

300.000,00

563

45

250.000,00

068

19

250.000,00

581

38

300.000,00

101

84

500.000,00

599

75

250.000,00

106

09

300.000,00

609

12

250.000,00

122

93

250.000,00

609

89

500.000,00

123

75

250.000,00

617

29

250.000,00

132

41

300.000,00

622

88

1.000.000,00

156

92

250.000,00

635

79

250.000,00

204

64

300.000,00

636

88

300.000,00

206

29

300.000,00

653

81

500.000,00

209

31

250.000,00

655

16

250.000,00

227

30

300.000,00

664

79

250.000,00

233

78

250.000,00

674

72

300.000,00

234

36

500.000,00

696

20

250.000,00

239

12

70.000.000,00

710

06

250.000,00

263

72

250.000,00

711

03

300.000,00

265

08

250.000,00

761

39

6.000.000,00

271

17

300.000,00

764

65

1.000.000,00

289

69

300.000,00

774

89

500.000,00

294

19

250.000,00

791

25

250.000,00

299

47

250.000,00

799

60

250.000,00

341

83

300.000,00

808

38

300.000,00

350

61

300.000,00

839

19

300.000,00

350

78

250.000,00

858

47

300.000,00

379

84

250.000,00

887

21

250.000,00

383

52

2.500.000,00

889

57

250.000,00

392

16

300.000,00

903

04

300.000,00

398

62

250.000,00

905

73

250.000,00

402

10

250.000,00

907

49

250.000,00

403

59

500.000,00

910

49

250.000,00

426

13

300.000,00

920

22

500.000,00

426

25

250.000,00

928

88

250.000,00

427

64

250.000,00

928

89

250.000,00

438

85

250.000,00

931

51

250.000,00

446

13

300.000,00

946

43

250.000,00

453

78

500.000,00

951

19

250.000,00

457

58

300.000,00

959

73

300.000,00

473

38

250.000,00

978

74

500.000,00

500

26

250.000,00

989

33

500.000,00

509

79

250.000,00

Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathiey, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9821).—C-73865.—(40777).

Sorteo Nº 3965 del domingo 27 de enero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 27 de enero 2008, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3965 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999. Excepto la serie 705.

Primer premio: Serie 048 Nº 59 Paga ¢70.000,000

Premios derivados del mayor

Aproximación inmediata anterior: Serie 048 Nº 58 Paga ¢550,000

Aproximación inmediata posterior: Serie 048 Nº 60 Paga ¢550,000

Todos los billetes con el Nº 59, excepto los de la serie 048 pagan ¢37,000

Todos los billetes con serie 048 excepto los Nos. 58-59-60 pagan ¢28,000

Todos los billetes terminados en 9 excepto el Nº 59 pagan ¢8,000

PEGA 1 Sorteo Nº 612 martes 22 de enero 2008.

Número Favorecido 71 no hubo aciertos.

PEGA 1 Sorteo Nº 613 viernes 25 de enero 2008

Número Favorecido 50 Paga 97.98 veces la inversión.

PEGA 6 Sorteo Nº 306 sábado 26 de enero 2008

Números Favorecidos 25 - 24 - 22 - 32 - 21 - 28

6 aciertos no hubo ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 162.59 veces la inversión.

(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo

Serie

Número

Premio

Serie

Número

Premio

022

50

250.000,00

574

32

300.000,00

048

59

70.000.000,00

578

56

250.000,00

052

90

250.000,00

583

20

300.000,00

053

82

250.000,00

598

61

300.000,00

067

55

1.000.000,00

606

15

250.000,00

086

91

250.000,00

614

26

250.000,00

107

33

300.000,00

614

33

300.000,00

110

71

250.000,00

651

70

250.000,00

119

11

250.000,00

654

03

300.000,00

120

36

250.000,00

662

18

250.000,00

137

73

250.000,00

672

41

500.000,00

140

76

250.000,00

673

24

500.000,00

153

16

250.000,00

673

56

300.000,00

178

64

6.000.000,00

674

22

250.000,00

185

67

250.000,00

688

40

250.000,00

186

87

300.000,00

694

44

250.000,00

210

56

500.000,00

707

91

250.000,00

218

46

500.000,00

711

97

250.000,00

218

92

250.000,00

714

04

250.000,00

220

28

250.000,00

722

38

300.000,00

222

89

1.000.000,00

751

43

250.000,00

223

33

1.000.000,00

757

11

300.000,00

247

24

250.000,00

801

37

300.000,00

263

11

300.000,00

803

55

250.000,00

276

62

250.000,00

804

01

500.000,00

333

10

250.000,00

807

01

250.000,00

352

00

250.000,00

833

87

250.000,00

354

85

300.000,00

842

35

300.000,00

392

25

300.000,00

889

24

250.000,00

398

25

300.000,00

893

19

300.000,00

406

19

250.000,00

896

55

300.000,00

419

66

250.000,00

899

18

250.000,00

492

37

250.000,00

902

17

300.000,00

499

97

250.000,00

903

68

500.000,00

501

11

250.000,00

904

40

250.000,00

502

12

300.000,00

916

94

500.000,00

502

77

300.000,00

917

26

250.000,00

504

43

500.000,00

918

96

300.000,00

523

90

250.000,00

934

87

250.000,00

526

10

250.000,00

940

83

500.000,00

528

34

300.000,00

946

17

250.000,00

534

26

250.000,00

963

91

250.000,00

536

18

2.500.000,00

979

01

250.000,00

537

60

250.000,00

988

49

300.000,00

554

94

250.000,00

991

27

500.000,00

559

09

300.000,00

José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathiey, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael A. Oviedo Chacón, Subgerente Financiero Contable.—1 vez.—(O. C. Nº 9821).—C-73865.—(40778).

Sorteo Nº 3966 del domingo 03 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 03 de febrero 2008, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3966 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999. Excepto la serie 086.

Primer premio: Serie 985 Nº 30 Paga ¢70.000,000

Premios derivados del mayor

Aproximación inmediata anterior: Serie 985 Nº 29 Paga ¢550,000

Aproximación inmediata posterior: Serie 985 Nº 31 Paga ¢550,000

Todos los billetes con el número 30, excepto los de la serie 985 pagan ¢37,000

Todos los billetes con serie 985 excepto los Nos. 29-30-31 pagan ¢28,000

Todos los billetes terminados en 0 excepto el Nº 30 pagan ¢8,000

PEGA 1  Sorteo Nº 614 martes 29 de enero 2008

Número Favorecido 50. Paga 18.44 veces la inversión.

PEGA 1 Sorteo Nº 615 viernes 1º de febrero 2008

Número Favorecido 7. Paga 50.63 veces la inversión.

PEGA 6 Sorteo Nº 307 sábado 2 de febrero 2008

Números Favorecidos 36 - 18 - 03 - 24 - 14 - 07

6 aciertos no hubo ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 32.42 veces la inversión.

(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo.

Serie

Número

Premio

Serie

Número

Premio

005

03

300.000,00

408

73

300.000,00

005

16

500.000,00

410

58

250.000,00

017

38

250.000,00

411

06

500.000,00

019

35

250.000,00

413

97

2.500.000,00

026

06

300.000,00

429

79

250.000,00

034

69

300.000,00

469

36

250.000,00

037

66

250.000,00

471

32

250.000,00

042

28

250.000,00

476

03

250.000,00

042

68

250.000,00

489

66

250.000,00

070

00

250.000,00

544

40

250.000,00

087

34

300.000,00

559

88

250.000,00

093

99

500.000,00

564

49

250.000,00

127

31

250.000,00

588

03

250.000,00

151

83

250.000,00

611

05

250.000,00

160

92

250.000,00

622

12

250.000,00

164

77

250.000,00

622

51

250.000,00

166

23

1.000.000,00

644

28

250.000,00

170

69

1.000.000,00

665

53

300.000,00

172

72

250.000,00

676

81

300.000,00

176

15

300.000,00

686

05

300.000,00

185

36

300.000,00

700

82

250.000,00

186

22

250.000,00

703

03

300.000,00

186

26

300.000,00

705

70

500.000,00

198

85

250.000,00

745

36

250.000,00

204

34

250.000,00

748

78

250.000,00

214

85

250.000,00

789

87

500.000,00

216

25

500.000,00

802

24

300.000,00

220

66

300.000,00

814

36

250.000,00

222

60

300.000,00

819

96

250.000,00

229

53

300.000,00

820

99

250.000,00

229

67

250.000,00

828

40

300.000,00

230

34

6.000.000,00

832

52

300.000,00

263

13

250.000,00

842

44

250.000,00

321

02

300.000,00

845

75

250.000,00

332

98

500.000,00

852

18

250.000,00

337

81

250.000,00

863

24

250.000,00

345

08

300.000,00

874

40

1.000.000,00

350

97

250.000,00

880

72

250.000,00

370

35

250.000,00

916

34

500.000,00

370

63

250.000,00

921

12

300.000,00

371

78

250.000,00

960

29

300.000,00

382

62

500.000,00

965

34

500.000,00

385

06

300.000,00

978

08

300.000,00

392

88

250.000,00

985

30

70.000.000,00

396

88

300.000,00

994

92

250.000,00

404

44

250.000,00

Gustavo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Sub-Gerente Financiero a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9822).—C-73865.—(40779).

Sorteo Nº 3967 del domingo 10 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 10 de febrero 2008, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3967 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 420 Nº 32 Paga ¢70.000,000

Premios derivados del mayor

Aproximación inmediata anterior: Serie 420 Nº 31 paga ¢550,000

Aproximación inmediata posterior: Serie 420 Nº 33 Paga ¢550,000

Todos los billetes con el número 32, excepto los de la serie 420 pagan ¢37,000

Todos los billetes con serie 420 excepto los Nos. 31-32-33 pagan ¢28,000

Todos los billetes terminados en 2 excepto el Nº 32 pagan ¢8,000

PEGA 1 Sorteo Nº 616 martes 5 de febrero 2008

Número Favorecido 51. Paga 36.35 veces la inversión.

PEGA 1  Sorteo Nº 617 viernes 8 de febrero 2008

Número Favorecido 80. Paga 16.40 veces la inversión.

PEGA 6 Sorteo Nº 308 sábado 09 de febrero 2008

Números Favorecidos 33 - 18 - 06 - 14 - 20 - 15

6 aciertos no hubo ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 112.56 veces la inversión.

(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo

Serie

Número

Premio

Serie

Número

Premio

002

88

250.000,00

499

04

300.000,00

010

91

250.000,00

520

48

250.000,00

016

19

250.000,00

522

15

250.000,00

054

06

300.000,00

552

68

250.000,00

054

20

6.000.000,00

561

48

250.000,00

062

58

250.000,00

580

02

250.000,00

069

83

300.000,00

580

19

250.000,00

071

90

250.000,00

584

69

300.000,00

083

20

300.000,00

589

23

250.000,00

112

97

250.000,00

590

30

250.000,00

123

72

300.000,00

601

32

300.000,00

130

01

250.000,00

616

16

2.500.000,00

161

26

250.000,00

624

34

300.000,00

167

79

250.000,00

634

55

250.000,00

168

65

250.000,00

638

44

500.000,00

174

80

250.000,00

644

80

250.000,00

192

12

250.000,00

663

81

500.000,00

214

59

250.000,00

684

44

300.000,00

215

92

250.000,00

692

30

250.000,00

217

73

250.000,00

695

31

300.000,00

221

88

500.000,00

701

27

300.000,00

236

22

500.000,00

703

38

300.000,00

251

61

250.000,00

706

19

250.000,00

253

01

250.000,00

711

46

300.000,00

261

48

250.000,00

722

18

250.000,00

289

24

250.000,00

731

51

500.000,00

310

42

250.000,00

738

21

300.000,00

315

08

500.000,00

743

35

250.000,00

333

25

250.000,00

834

43

250.000,00

337

50

300.000,00

851

07

250.000,00

343

51

250.000,00

860

33

250.000,00

344

52

250.000,00

862

98

250.000,00

344

64

300.000,00

930

25

1.000.000,00

347

99

250.000,00

930

90

500.000,00

379

64

250.000,00

945

81

500.000,00

409

48

250.000,00

947

02

250.000,00

409

98

300.000,00

949

48

1.000.000,00

411

06

300.000,00

961

44

300.000,00

420

32

70.000.000,00

963

87

300.000,00

423

14

250.000,00

965

12

250.000,00

436

69

500.000,00

967

14

250.000,00

438

33

300.000,00

973

19

1.000.000,00

439

19

500.000,00

975

20

250.000,00

451

73

300.000,00

981

02

300.000,00

452

89

300.000,00

981

81

300.000,00

459

26

250.000,00

Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9822).—C-73865.—(40780).

Sorteo Nº 3968 del domingo 17 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 17 de febrero 2008, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3968 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 321 Nº 99 Paga ¢100.000,000

Premios derivados del mayor

Aproximación inmediata anterior: Serie 321 Nº 98 Paga ¢800,000

Aproximación inmediata posterior: Serie 322 Nº 00 Paga ¢800,000

Todos los billetes con el número 99, excepto los de la serie 321 pagan ¢65,000

Todos los billetes con serie 321 excepto los Nos. 98-99- pagan ¢50,000

Todos los billetes terminados en 9 excepto el Nº 99 pagan ¢12,000

PEGA 1 Sorteo Nº 618 martes 12 de febrero 2008

Número Favorecido 23. Paga 19.95 veces la inversión.

PEGA 1 Sorteo Nº 619 viernes 15 de febrero 2008

Número Favorecido 24. Paga 79.38 veces la inversión.

PEGA 6 Sorteo Nº 309 sábado 16 de febrero 2008

Números Favorecidos 16 - 20 - 05 - 36 - 06 - 35

6 aciertos no hubo ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 145.18 veces la inversión.

(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo

Serie

Número

Premio

Serie

Número

Premio

009

25

300.000,00

479

77

250.000,00

049

56

500.000,00

528

95

500.000,00

071

77

1.000.000,00

540

71

500.000,00

074

55

250.000,00

560

46

300.000,00

080

88

500.000,00

578

85

250.000,00

090

61

500.000,00

579

53

250.000,00

128

91

250.000,00

591

43

500.000,00

144

20

300.000,00

596

88

250.000,00

148

81

300.000,00

601

06

250.000,00

160

31

500.000,00

601

63

250.000,00

172

61

250.000,00

605

55

250.000,00

179

10

500.000,00

633

88

250.000,00

180

93

250.000,00

676

21

300.000,00

199

04

250.000,00

682

96

9.000.000,00

204

32

300.000,00

684

55

300.000,00

206

40

300.000,00

717

09

250.000,00

217

29

250.000,00

719

90

300.000,00

220

55

500.000,00

747

44

250.000,00

233

40

500.000,00

757

20

250.000,00

253

83

250.000,00

763

63

250.000,00

263

02

300.000,00

765

90

300.000,00

263

86

250.000,00

774

33

300.000,00

268

02

250.000,00

775

86

250.000,00

295

28

250.000,00

778

61

250.000,00

303

96

250.000,00

784

81

300.000,00

312

47

300.000,00

808

72

500.000,00

321

99

100.000.000,00

829

02

500.000,00

332

31

250.000,00

831

42

250.000,00

338

24

300.000,00

851

96

300.000,00

343

32

300.000,00

859

16

250.000,00

346

01

4.500.000,00

863

31

250.000,00

353

29

250.000,00

863

46

250.000,00

360

79

250.000,00

873

26

250.000,00

363

99

250.000,00

874

90

250.000,00

366

94

1.000.000,00

876

83

250.000,00

369

24

1.000.000,00

878

49

300.000,00

377

85

250.000,00

893

57

250.000,00

383

95

250.000,00

898

24

250.000,00

398

67

300.000,00

907

80

300.000,00

399

40

250.000,00

908

14

300.000,00

400

98

250.000,00

914

20

250.000,00

405

14

250.000,00

920

46

250.000,00

411

62

250.000,00

921

51

250.000,00

439

36

250.000,00

934

57

300.000,00

442

43

300.000,00

940

59

250.000,00

469

55

300.000,00

959

99

250.000,00

475

21

300.000,00

Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9822).—C-73865.—(40781).

Sorteo Nº 3969 del domingo 24 de febrero 2008

Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 24 de febrero 2008, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3969 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.

Primer premio: Serie 873 Nº 83 Paga ¢70.000,000

Premios derivados del mayor

Aproximación inmediata anterior: Serie 873 Nº 82 Paga ¢550,000

Aproximación inmediata posterior: Serie 873 Nº 84 Paga ¢550,000

Todos los billetes con el número 83, excepto los de la serie 873 pagan ¢37,000

Todos los billetes con serie 873 excepto los Nos. 82-83-84 pagan ¢28,000

Todos los billetes terminados en 3 excepto el Nº 83 pagan ¢8,000

PEGA 1 Sorteo Nº 620 martes 19 de febrero 2008

Número Favorecido 74. Paga 52.47 veces la inversión.

PEGA 1 Sorteo Nº 621 viernes 22 de febrero 2008

Número Favorecido 23. Paga 29.70 veces la inversión.

PEGA 6 Sorteo Nº 310 sábado 23 de febrero 2008

Números Favorecidos 31 - 16 - 01 - 11 - 10 - 24

6 aciertos no hubo ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 195.01 veces la inversión.

(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo

Serie

Número

Premio

Serie

Número

Premio

003

86

250.000,00

524

70

300.000,00

011

19

500.000,00

533

96

300.000,00

020

35

250.000,00

545

16

250.000,00

028

76

250.000,00

545

35

250.000,00

034

87

250.000,00

545

92

250.000,00

069

41

300.000,00

555

20

250.000,00

071

19

250.000,00

557

15

300.000,00

072

76

1.000.000,00

563

13

250.000,00

098

05

1.000.000,00

571

41

250.000,00

114

73

1.000.000,00

589

53

250.000,00

140

31

250.000,00

600

30

250.000,00

150

04

250.000,00

609

79

250.000,00

150

53

250.000,00

617

41

500.000,00

178

45

2.500.000,00

618

10

250.000,00

183

61

250.000,00

628

13

500.000,00

198

40

250.000,00

632

12

300.000,00

203

20

250.000,00

658

49

300.000,00

223

77

250.000,00

672

57

500.000,00

226

40

250.000,00

684

82

250.000,00

232

74

300.000,00

687

29

250.000,00

235

65

250.000,00

687

83

250.000,00

243

45

250.000,00

710

82

300.000,00

255

68

300.000,00

728

64

500.000,00

268

34

300.000,00

729

83

250.000,00

272

75

250.000,00

754

70

250.000,00

309

94

300.000,00

767

44

250.000,00

322

03

300.000,00

769

34

300.000,00

336

09

6.000.000,00

769

35

250.000,00

342

35

250.000,00

769

81

300.000,00

346

27

250.000,00

780

58

300.000,00

363

94

250.000,00

786

33

300.000,00

378

11

500.000,00

787

15

250.000,00

381

53

250.000,00

791

89

300.000,00

387

26

250.000,00

820

90

250.000,00

387

55

250.000,00

843

96

300.000,00

388

82

300.000,00

865

13

250.000,00

418

81

250.000,00

873

83

70.000.000,00

419

55

250.000,00

887

21

250.000,00

424

76

300.000,00

888

00

500.000,00

440

05

250.000,00

912

74

250.000,00

451

90

300.000,00

935

76

300.000,00

467

87

500.000,00

938

76

300.000,00

501

46

300.000,00

939

66

500.000,00

516

85

250.000,00

985

60

250.000,00

519

86

250.000,00

990

71

500.000,00

991

16

300.000,00

José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael A. Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9822).—C-73865.—(40782).

AVISOS

CONVOCATORIAS

AGUAZUL TAMBOR BAY LAND & DEVELOPMENT

SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de la sociedad Aguazul Tambor Bay Land & Development Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-462864, para asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía que se celebrará en el domicilio social, calle 17, avenidas 2ª y 6ª, número 230. La reunión se celebrará el día viernes 20 de junio del 2008 a las 11:00 horas en primera convocatoria y en segunda convocatoria se hará una hora más tarde, a fin de discutir puntos, pertinentes a lo referido en el artículo 155 del Código de Comercio, incisos c) y d). También se procederá a modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales, de acuerdo a los acuerdos que se tomen en la asamblea. También se discutirá cualquier otro asunto de conveniencia y se podrán tomar acuerdos para la buena marcha de la compañía.—San José, 7 de mayo del 2008.—Sebastian Paguni, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—Nº 32585.—(42587).

MIRMAXSA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de Mirmaxsa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero sesenta y nueve mil setecientos dieciséis, a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, a celebrarse en la siguiente dirección 50 metros norte de la casa Italia, edificio ABP, a las diez horas de trece de junio de dos mil ocho, en primera convocatoria de no comparecer el quorum de ley, se realizará una segunda convocatoria una hora después en el mismo lugar con el capital que se encuentre presente y acreditado en ese momento. Puntos a tratar en el orden del día: A. Conocer de informe de labores e informe económico. B. Evaluar estado de la empresa con base en proceso judicial planteado en su contra. C. Determinar forma de pago de adeudos pendientes a la fecha, y su pago o garantía real. D. Definición del estado contable y financiero de la entidad.—San José, siete de mayo de dos mil ocho.—Alexander Reyes Jiménez, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—Nº 32756.—(42588).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CELESTRON SOCIEDAD ANÓNIMA

Celestron Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-212804, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Libros de Actas de Junta Directiva, Libro de Actas de Asamblea General y el Libro de Registro de Accionistas. Quien se declare afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carlos Roberto López Madrigal, Notario.—(39238).

CORPORACIÓN FORMSVA INTERNACIONAL S. A.

Ofelia Vargas Araya, cédula de identidad número 5-090-079, apoderada generalísima de la Corporación Formsva Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-201565-30, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de sus seis libros legales y contables: Libro Nº 1 de Actas de Asamblea General Ordinaria, libro Nº 1 de Actas de Junta Directiva, libro Nº 1 de Registro de Accionistas, libro Nº 1 Inventario y Balance, libro Nº 1 Diario y libro Nº 1 Mayor. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ana Rosario Hernández Solano, Notaria.—(39241).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica, certifica que, ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis en I y II Ciclos, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica, a nombre Cordero Marenco Randall, cédula Nº 6-296-372, inscrito en el libro de la Universidad en el tomo III, folio 115, asiento 10527 y la reposición del título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en I y II Ciclos, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre Cordero Marenco Randall, cédula Nº 6-296-372, inscrito en el libro de la Universidad en el tomo IV, folio 34, asiento 13489, se solicita la reposición, por motivo de que al estudiante le robaron los originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 31 de marzo del 2008.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—Nº 30760.—(39280).

AGILITAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Agilitas Sociedad Anónima, sociedad registrada en Luxemburgo, con sede en L-nueve dos cinco cinco Dierkirch, doce, Place de la Libération, inscrita en el Registro Mercantil de Dierkirch bajo el número B noventa y seis trescientos dos, de conformidad con los artículos seiscientos ochenta y nueve y seiscientos noventa del Código de Comercio, ha solicitado ante “Hacienda Roswitha Sociedad Anónima”, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil setenta y nueve, con domicilio en Santa Ana, Parque Empresarial Forum, Edificio G, cuarto piso, oficinas de BLP Abogados, la reposición del certificado de acciones denominado título número uno, que representa quinientas acciones de las que forman el capital social de la compañía, con un valor de quinientos mil dólares moneda de los Estados Unidos de América, expedido el veinticuatro de noviembre del dos mil cuatro, suscrito por Johann Albert Dähler, presidente, e Hilcia Duarte Briones, tesorera. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, notario público con oficina situada en San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, avenida diez, calle treinta y siete, número tres mil setecientos ochenta y ocho, teléfono 2524-0478, fax 2524-2797, correo electrónico fariascr@ice.co.cr, en el término de un mes que señala el artículo seiscientos ochenta y nueve de dicho código, plazo a contar a partir de la última publicación de este aviso que deberá aparecer por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta y en un periódico de circulación nacional.—Johann Albert Dähler, Presidente.—Nº 30539.—(39283).

IYALOCHA SOCIEDAD ANÓNIMA

Iyalocha Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-veintisiete mil setecientos setenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Junta Directiva, Asamblea General, Registro de Accionistas, Diario, Mayor e Inventarios y Balances de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, diez de marzo de dos mil ocho.—María Lourdes Fernández Acevedo, Apoderada.—Nº 30703.—(39284).

SALTEX S. A.

Quien suscribe, Mauricio Salmón Cruz, mayor, casado una vez, administrador de empresas, de nacionalidad colombiano, con pasaporte de esa nacionalidad número CC dieciséis millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y dos, vecino de Estados Unidos de Norteamérica, Miami tres tres uno cinco seis noventa y uno noventa SW, sesenta y uno CT, presidente y con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma de Saltex S. A., .cédula de persona jurídica 3-101-129604, manifiesto que he solicitado ante la Dirección General de Tributación, la reposición por extravió de los libros: Libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones al Área de Información y Asistencia al Contribuyente, oficina de San José, en un término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—San José, 29 de abril del 2008.—Mauricio Salmón Cruz.—Nº 30741.—(39285).

DESARROLLOS INMOBILIARIOS JUMASE S. A.

Quien suscribe, Mauricio Salmón Cruz, mayor, casado una vez, administrador de empresas, de nacionalidad colombiano, con pasaporte de esa nacionalidad número CC dieciséis millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y dos, vecino de Estados Unidos de Norteamérica, Miami tres tres uno cinco seis noventa y uno noventa SW, sesenta y uno CT, presidente y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Desarrollos Inmobiliarios Jumase S. A., cédula de persona jurídica 3-102-250817, manifiesto que he solicitado ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición por extravió de los libros: Libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones al Área de Información y Asistencia al Contribuyente, oficina de San José, en un término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—San José, 29 de abril del 2008.—Mauricio Salmón Cruz.—Nº 30742.—(39286).

EQUIPOS MECÁNICOS DE SEGURIDAD S. A.

Quien suscribe, Mauricio Salmón Cruz, mayor, casado una vez, administrador de empresas, de nacionalidad colombiano, con pasaporte de esa nacionalidad número CC dieciséis millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y dos, vecino de Estados Unidos de Norteamérica, Miami tres tres uno cinco seis noventa y uno noventa SW, sesenta y uno CT, presidente y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Equipos Mecánicos de Seguridad S. A., cédula de persona jurídica 3-101-160963, manifiesto que he solicitado ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición por extravío de los libros: libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones al Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Oficina de San José, en un término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—San José, 29 de abril del 2008.—Mauricio Salmón Cruz.—Nº 30743.—(39287).

HUIVH INTERNATIONAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Huivh International de Costa Rica Sociedad Anónima; con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil seiscientos setenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: de Registro de Socios número uno y Actas de Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—Nº 30814.—(39288).

PLASTI-EMPAKE SOCIEDAD ANÓNIMA

Plasti-Empake Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-110793, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (diario, mayor, inventario y balances, actas de junta directiva, actas de asamblea general y registro de accionistas). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Álvaro Moya Jiménez, Representante Legal.—(39601).

FLORIDA ICE & FARM CO S. A.

El señor John Edmond Brenes Taylor, cédula Nº 1-0688-0878, ha solicitado la reposición del certificado de acciones Nº R 5215 del 30 de abril del 2002, por la cantidad de 1.000 acciones de Florida Ice & Farm Co. S. A., a su nombre, por estar extraviado.—Ramón De Mendiola Sánchez, Director General.—(39602).

ASFALTOS Y MAQUINARIAS E. A. SOCIEDAD ANÓNIMA

Asfaltos y Maquinarias E. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-224540, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros número Uno de actas de Junta Directiva, actas de Asamblea de Socios y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—(39640).

RACHEL SOCIEDAD ANÓNIMA

Rachel Sociedad Anónima, según cédula jurídica N° 3-101-018538-06, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Actas de asambleas de socios y registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y asistencia al contribuyente (legalización de libros) en Administración Tributaria de San José. En el término de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación en el Diario oficial La Gaceta.—San José, 29 de abril del 2008.—Rodolfo Madrigal Ch.—(39743).

Hernández García Karol, cédula 0111260738, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro: (Registro de Compras número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Karol Hernández García.—(39744).

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA MONTERREY

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Autónoma Monterrey, se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por motivo de haberse extraviado el original correspondiente al Título de Bachillerato en Psicología, registrado en el control de emisiones de títulos al tomo VIII, folio 273, número 2374, con fecha del 17 de agosto del 2007, a nombre de Arguedas Sáenz Jenny Alejandra, cédula de identidad 1-0993-0740. Se solicita publicar este edicto para oír oposiciones a la reposición indicada, dentro de los quince días hábiles a partir de la primera publicación en La Gaceta.—San José, 15 de abril del 2008.—Lic. Jaime Barrantes Bermúdez, Rector.—(39777).

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

Nº 0592-2008-DRP.—Pérdida de cuaderno de bitácora de los contratos de consultoría que se detallan:

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-435559, propiedad del Arq. Héctor Hernández Sánchez. (A-15152)

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente a los contratos de consultoría OC-408951, OC-412545, OC-413922, OC-397583, OC-417096, OC-397717, OC-397713, propiedad del Arq. Mauricio Mussio Vargas. (A-9488)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-416056, propiedad del Arq. Roy Moya Cordero. (A-3305)

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato OC-434740, propiedad del Ing. Gonzalo Bermúdez Fallas. (IC-2244).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-399287, propiedad de la Arq. María José Trejos Vives. (A-15512).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-427781, propiedad del Ing. Freddy Valerín Masís. (ICO-5876).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-414404, propiedad del Alejandro Guerrero Brenes. (IC-10687).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-428887, propiedad del Arq. Enrique García Artavia. (A-15148).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-406727, propiedad del Ing. Héctor Anchía Garbanzo. (ICO-11343).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-422467, propiedad del Ing. Elí Chavarría Álvarez. (IC-0268).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato OC-340310, propiedad del Ing. Rodolfo Carvajal Carvajal. (IC-5597).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato OG-429108, propiedad del Arq. Raúl Hidalgo Matarrita. (A-2117).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato SC-422902-EX, propiedad del Arq. Anna Cianfanelli Pérez. (A-16607).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato OC-419142, propiedad del Arq. Manuel Antonio Vilardy Ramírez. (A-14473).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente a los contratos OC-407712 y OC-408014, propiedad del Ing. Paulo Quesada Pacheco. (ICO-6414).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato OC-411482, propiedad del Ing. José Francisco Madrigal Morales. (ICO-6660).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente a los contratos OG-417125 y OG-417123, propiedad del Ing. Mauricio Estrada Gómez. (IC-7365)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato OG-410328, propiedad del Arq. Guillermo Navarro Mairena. (A-1973).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato PZ-395974, propiedad del Ing. Nautilio Solís Elizondo. (ICO-4754).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato PZ-435129-EX, propiedad del Ing. Óscar Mata Barboza. (IA-6294/IC-6294).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato SC-5081, propiedad del Ing. Adolfo Guerrero Ramírez. (ICO-8001).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato OC-423911, propiedad del Arq. Rommel Molina Ríos. (A-6065).

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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato OC-434338, propiedad del Ing. Luis Gerardo Hernández Garita. (IC-1954).

San José, 25 de abril del 2008.—Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—Arq. Ileana Granados Poveda, Jefa.—(O. C. Nº 6191).—C-112880.—(39785).

J ADAMS INTERNACIONAL S. A:

J. Adams Internacional S. A, cédula jurídica 3-101-206122, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario N° 1, Mayor N° 1 e Inventario y Balances N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la  publicación de este aviso.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—Nº 30958.—(39844).

IMPORTACIONES CLÍO S. A.

Importaciones Clío S. A., cédula jurídica 3-101-121710; solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario N° 1, Mayor N° 1 e Inventario y Balances N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—Nº 30959.—(39845).

CONDOMINIO VOLLAS DE ORO

Condominio Vollas de Oro, cédula jurídica número tres-ciento nueve-trescientos treinta y nueve mil seiscientos ochenta y cinco, solicita ante el Registro de Bienes Inmuebles, Propiedad Horizontal del Registro Nacional, la reposición de los Libros Legales del condominio anteriormente dicho. Quien se considera afectado dirigir la oposición a Registro Nacional, Registro de Bienes Inmuebles, Propiedad Horizontal, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—Nº 30975.—(39846).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.

Para efectos de reposición yo, Rodrigo Araya Umaña con cédula de identidad Nº 4-0069-0025, en mi condición de propietario de la acción y titulo Nº 48, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S.A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 28 de abril del 2008.—Rodrigo Araya Umaña, Propietario.—(40208).

Francisco Bolaños e Hijos, S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-47050, sociedad domiciliada en Naranjo Centro, costado norte del Mercado Municipal, de la provincia de Alajuela, vende mediante escritura pública número ciento noventa y ocho, otorgada en la ciudad de Alajuela, a las catorce horas del día treinta de abril dos mil ocho, ante el notario público Guillermo Valverde Schmidt, visible al folio ciento treinta y uno frente del tomo primero del citado protocolo, vende a la sociedad Grupo Empresarial de Supermercados S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-297812, domiciliada en San José, Calle Blancos de Goicoechea, del Edificio de los Tribunales del Segundo Circuito Judicial de San José, doscientos metros al oeste, cien metros al norte y cien metros al este, el Establecimiento Mercantil denominado Supermercado Bolaños, ubicado en el cantón de Naranjo, de la provincia de Alajuela, comprendiendo las señales de propaganda, patentes de invención, el derecho de llave y cualquier otro valor relacionado, los manuales, procedimientos y documentos que respalden la logística del actual establecimiento mercantil, software, las líneas de teléfono inscritas a su nombre y demás bienes descritos en el contrato de compraventa de establecimiento mercantil. Se cita a los acreedores e interesados para los efectos del artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio, se presenten en el término de 15 días contados a partir de la primera publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta, para hacer valer sus derechos. Actúa como depositario del precio de la venta Plaza Quirinale S. A., como Fiduciaria, representante el notario público Manuel Emilio Montero Anderson. Los acreedores e interesados podrán dirigirse a la oficina del depositario en la ciudad de San José, Bufete Laclé & Gutiérrez, ubicado en avenida seis entre calles veintiuno y veinticinco.—San José, 02 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Notario.—(40247).

COOPAVEGRA R.L.

Que la información financiera de COOPAVEGRA R.L., cédula jurídica 3-004-075890, remitida al 31 del marzo del 2008 a la Superintendencia General de Entidades Financieras fue sustituida el 29 de abril del 2008 a solicitud del Superintendente General de Entidades Financieras, y puede ser consultada en nuestras oficinas centrales, en nuestro sitio en Internet www.coopavegra.fi.cr y en el sitio en Internet de la Superintendencia General de Entidades Financieraswww.sugef.fi.cr.

Palmares, 29 de abril del 2008.—Gabriela Vargas Sagot, Secretaria.—1 vez.—Nº 31516.—(40371).

LA QUEBRADITA DEL PACÍFICO SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

La Quebradita del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-182133, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Registro de Accionistas (un libro), Actas de Asamblea General (un libro), Actas de Junta Directiva (un libro). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Nº 31224.—(40372).

EISENGARD SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo Melanie Parker, con número de pasaporte JH-757288, en mi condición de presidenta, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros de Diario, Inventarios y Balances y Mayor, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios todos primer libro, de Eisengard Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil ochocientos ochenta y ocho, por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en trámite ante la Administración Tributaria de Zona Sur de Pérez Zeledón. Teléfonos de oficina: 2772-3479.—San Isidro, 10 de febrero del año dos mil siete.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—Nº 31263.—(40373).

INVERSIONES Y EXPORTACIONES CARIOCA

L & L SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones y Exportaciones Carioca L & L Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-408025, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Nº 31448.—(40374).

PYRAMID LAKE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Pyramid Lake Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y seis mil noventa, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición por extravío de tres libros de la sociedad los cuales son los siguientes: Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea de Cuotistas y Registro de Cuotistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 02 de mayo del 2008.—Michelle Peralta Odio.—Nº 31479.—(40375).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Mediante escritura otorgada ante esta notaria a las 15:00 horas del 21 de abril del 2008, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo: La Quinta: del capital social. Se disminuye el capital social quedando el mismo en la suma de 1.282.005.772,00. En la sociedad Financiera Acobo S. A.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—Nº 30954.—(39978).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura número: dos - cuatro, otorgada en San José, a las quince horas diez minutos del nueve de abril del dos mil ocho, se modificó la cláusula décimo octava referente a la representación judicial y cambio de junta directiva de Vitara Noventa y Uno S. A., efectuada ante la Notaria Hazel Villalobos Villar.—San José, 30 de abril del dos mil ocho.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—Nº 31024.—(40030).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del día de hoy, Atlas Industrial Sociedad Anónima, modificó las cláusulas sétima, octava, décima, décimaprimera, décimatercera, décimacuarta y décimasexta; incluyó las nuevas cláusulas décimasegunda, décimasétima, vigésima segunda y vigésima tercera, y modificó la numeración de las cláusulas décimasegunda, décimasétima, décimaoctava, décimanovena, vigésima y vigésima primera, todas del pacto constitutivo de la compañía.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 31025.—(40031).

Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día veintinueve de abril del año dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la firma denominada Palmeras de Tambor Dos Mil Ocho Limitada y se acuerda modificar su junta directiva. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las nueve horas del treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 31029.—(40032).

Por escritura número ciento diecinueve del tomo tercero de mi protocolo, Grant Frankenberg y Abran Herrera, constituyen una sociedad limitada denominada: Matrix Resort Costa Rica Limitada; domiciliada en Alajuela centro, ciento veinticinco metros oeste del Banco Cuscatlán. El capital social es de diez mil colones, plazo social de cien años.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 31030.—(40033).

Por escritura número ciento diecinueve del tomo tercero de mi protocolo, Grant Frankenberg y Abran Herrera, constituyen una sociedad limitada denominada: Matrix Investment Services Costa Rica Limitada; domiciliada en Alajuela centro, ciento veinticinco metros oeste del Banco Cuscatlán. El capital social es de diez mil colones, plazo social de cien años.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 31031.—(40034).

Por escritura número treinta y seis-cuatro otorgada a las 16:15 horas del día 29 de abril del 2008, protocolicé un acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Faro Argonne XIX Sociedad Anónima, se modifica la cláusula segunda del domicilio, novena de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 30 de mayo del dos mil ocho.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—Nº 31032.—(40035).

Por escritura número treinta y cinco-cuatro otorgada a las 16:00 horas del día 29 de abril del año 2008, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima BMT Investments Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sétima de la administración y se nombra nueva secretaria.—San José, 30 de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 31033.—(40036).

Ante mí, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria de socios de la sociedad Granja Porcina El Cerdito Eneraleño S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y cinco, en la cual se revoca el nombramiento del vicepresidente, el tesorero, vocal uno y fiscal y se nombre nuevo vicepresidente, nuevo tesorero, nuevo vocal uno y nuevo fiscal de la junta directiva, por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de Pérez Zeledón, a las nueve horas del siete de febrero del dos mil ocho.—San Isidro de Pérez Zeledón, treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Patricia Chanto Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 31034.—(40037).

Ante mí notaría a las 08:00 horas del 26 de abril, se constituyó la entidad denominada Danisoar S. A. Capital social: diez mil colones. Duración: 99 años. Presidente: Danilo Solano Arrieta. Objeto: el comercio.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Jorge E. Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 31035.—(40038).

Por medio de escritura de las diecisiete horas y treinta minutos del día veintinueve de abril del dos mil ocho, otorgada ante esta notaría, Heriberto Arrieta Lacayo, Jhonny Carvajal Jiménez, Cinthya Montero Ugarte y Ana Maritza Artavia Vives, constituyeron la sociedad que se denominará con el número de persona jurídica que el Registro le asigne, en conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J sociedad anónima. Capital social: veinte mil colones. Presidente y representante judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma: Heriberto Arrieta Lacayo.—Lic. Marco Antonio Ruiz Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 31038.—(40039).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 29 de abril del año 2008, los señores: Danilo Alberto Murillo Ramírez, Bernal Pacheco Herrera, y Álvaro Sancho Quesada, constituyeron Transformadores MPS Sociedad Anónima, domiciliada en el distrito Mercedes, cantón Heredia, provincia Heredia, barrio Santa Inés, casa Nº 27 D.—San José, 29 de abril del año 2008.—Lic. Lilia Coghi Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 31040.—(40040).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José a las 8:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hersh e Inglis Sociedad Anónima por los cuales se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San José, 8:00 horas del 27 de abril del 2007.—Lic. Óscar Gallegos Borbón, Notario.—1 vez.—Nº 31041.—(40041).

La suscrita notaria Natalia Molina Chinchilla, hace constar que en esta notaría, el seis de marzo del dos mil ocho, se protocolizó cambio de junta directiva de Avícola Santa Rita Sociedad Anónima y en calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma se nombró a Marcos Saborío Vega. Es todo, firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas al ser diez horas del veintinueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Natalia Molina Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 31043.—(40042).

Por escritura de las 17:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Piñales de Sarapiquí JZ Sociedad Anónima, por la cual se declara la disolución de la compañía.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1vez.—Nº 31044.—(40043).

Por escritura autorizada en esta notaría, a las 14:00 horas del 28 de abril del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria y ordinaria de socios de la sociedad Fomento de Inversiones Negocios y Arrendamientos Pelícano (FINANPESA) Sociedad Anónima, en la que se reforman las cláusulas novena y décima segunda del pacto constitutivo.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 31047.—(40044).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiuno de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Medsurgical de Costa Rica Sociedad Anónima con un capital social de doscientos mil colones, domiciliada en San José, Paseo Colón, Torre Mercedes, oficinas de Feinzaig, Scharf A van der Putten, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponderá al presidente, secretario y tesorero.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 31048.—(40045).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad Loco Amor Internacional Sociedad Anónima, capital social: totalmente suscrito y pagado, plazo cien años, domicilio: Heredia.—San José, veinticinco de abril del año dos mil ocho.—Lic. Alonso Arley Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31049.—(40046).

Mediante escritura otorgada, ante el notario público Randall Masís Ureña, número sesenta y dos del tomo ocho, otorgada a las once horas treinta minutos del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Centro Costarricense de Inglés Norteamericano CCDINSA Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Tibás, capital social: diez mil colones. Presidente: Berny Rodríguez Fernández, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Randall Masís Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 31066.—(40047).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 9:45 horas del día 25 de abril del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Nick Inversiones Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil seiscientos dieciséis, por medio de la cual se cambió la razón social de la empresa por Cap Tropicales C & F Sociedad Anónima, se reformó las cláusulas segunda, sétima, y se procedió a revocar y nombrar nuevo fiscal de la junta directiva, y agente de residente por el resto del plazo social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Catherine Delgado Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 31069.—(40048).

En la presente notaría en el día de hoy, protocolicé acta número dos de Transportes Barqui S. A., en la que renuncia vicepresidenta Luz Annet Quirós Machado y el tesorero Alcides Quirós Navarro, y se procede a nombra vicepresidente Marlon Eduardo Calvo Ramírez y tesorero Miguel Ángel Calvo Vargas.—Cartago, 29 de abril del 2008.—Lic. Jorge Rivera Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 31072.—(40049).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la Compañía Agropecuaria Oscman de Santa Ana Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula sétima de los estatutos, se revocan puestos de la junta directiva, secretario y tesorero, y se nombran nuevos.—Santa Ana de Belén de Carrillo, Guanacaste, a las catorce horas del once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Betty Marchena Marchena, Notaria.—1 vez.—Nº 31075.—(40050).

Guido Oliver Sánchez Hernández, Shirley Sánchez Hernández, Wálter Sánchez Hernández, Lauren Sánchez Hernández, Dora María Sánchez Hernández, Rocío Sánchez Hernández y Florizul Sánchez Hernández, constituyen Siembras de Moravia SIMO Sociedad Anónima, con domicilio en San Rafael de Heredia, capital setenta mil colones, y la representación judicial y extrajudicial la ejercerá el presidente.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 31077.—(40051).

Guido Oliver Sánchez Hernández, Shirley Sánchez Hernández, Walter Sánchez Hernández, Lauren Sánchez Hernández, Dora María Sánchez Hernández, Rocío Sánchez Hernández y Florizul Sánchez Hernández, constituyen Guácima Agrícola Ocho Sociedad Anónima, con domicilio en San Rafael de Heredia, capital setenta mil colones, y la representación judicial y extrajudicial la ejercerá el presidente.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 31078.—(40052).

Guido Oliver Sánchez Hernández, Shirley Sánchez Hernández, Walter Sánchez Hernández, Lauren Sánchez Hernández, Dora María Sánchez Hernández, Rocío Sánchez Hernández y Florizul Sánchez Hernández, constituyen Ganadería Parrita Paga Sociedad Anónima, con domicilio en San Isidro de Heredia, capital setenta mil colones, y la representación judicial y extrajudicial la ejercerá el presidente.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 31079.—(40053).

El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número ciento setenta y cinco, visible al folio ciento cuarenta y seis frente del tomo décimo de mi protocolo, otorgada a las siete horas veintiséis minutos del veintinueve de abril del año dos mil ocho, se constituyó la entidad denominada El Niño Hijo Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia centro, avenida cuatro calles uno y tres, propiamente en el Bufete Zumbado, contiguo al parque del Carmen frente al Bazar Alicia, su objetivo principal es la administración del capital accionario de empresas productivas las cuales pueden constituir o adquirir, a fin de hacerlas más rentables. La representación de la empresa estará en poder del presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Manuel de J. Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—Nº 31085.—(40054).

El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número ciento setenta y cuatro, visible al folio ciento cuarenta y cinco, frente del tomo décimo de mi protocolo, otorgada a las siete horas catorce minutos del veintinueve de abril del año dos mil ocho, se constituyó la entidad denominada El Niño Padre Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia centro, avenida cuatro calles uno y tres, propiamente en el Bufete Zumbado, contiguo al parque del Carmen frente al Bazar Alicia. Su objetivo principal es la administración del capital accionario de empresas productivas las cuales pueden constituir o adquirir, a fin de hacerlas más rentables. La representación de la empresa estará en poder del presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Heredia, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Manuel de J. Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—Nº 31087.—(40055).

El suscrito notario hace constar que mediante la escritura número ciento setenta y seis, visible al folio ciento cuarenta y siete vuelto, del tomo décimo de mi protocolo, otorgada a las siete horas treinta y tres minutos del veintinueve de abril del año dos mil ocho, se constituyó la entidad denominada El Niño Solitario Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia centro, avenida cuatro calles uno y tres, propiamente en el Bufete Zumbado, contiguo al parque del Carmen frente al Bazar Alicia, su objetivo principal es la administración del capital accionario de empresas productivas las cuales pueden constituir o adquirir, a fin de hacerlas más rentables. La representación de fa empresa estará en poder del presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Manuel de J. Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—Nº 31089.—(40056).

Por escritura otorgada ante este notario, a las once horas del siete de abril del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía JV Jardines Vascos Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 31090.—(40057).

Por escrituras otorgadas ante este notario, a las once horas y doce horas del veintiocho de abril de dos mil ocho, y a las nueve horas del veintinueve de abril del dos mil ocho, se protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las compañías tres-ciento dos-quinientos dieciocho mil trescientos setenta y tres sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social; tres-ciento dos-quinientos dieciocho mil trescientos ochenta y siete sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se reforma, la cláusula primera del pacto social y Ola del Pacífico Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y décima del pacto social.—San José, veintinueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 31091.—(40058).

Mediante escrituras autorizadas por mí, a las doce horas, a las doce horas treinta minutos, a las trece horas y a las dieciséis horas del veintinueve de abril del dos mil ocho, se constituyeron sociedades anónimas cuya razón social será asignada por el Registro de Personas jurídicas y Río Tucán LLC Limitada, con un capital social de treinta mil colones cada una.—San José, veintinueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 31093.—(40059).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la compañía Somerset Group SG S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quinta.—San José, veinticuatro de abril del año dos mil ocho.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Nº 31098.—(40060).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día veintinueve de abril del año dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la compañía Kaimanawa Lodge Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforma la cláusula quinta del contrato social.—San José, veintiocho de enero del dos mi ocho.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31099.—(40061).

Ante el Licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 25 de abril del 2008, se constituyen las sociedades Jardín de Oro C J Sociedad Anónima.—25 de abril del 2008.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 31100.—(40062).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veinticuatro de abril de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Inversiones Mercurio del Sol Uno Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y seis mil setecientos dieciocho, por medio de la cual se transformó el artículo sétimo del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 31101.—(40063).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada G - 2 gráfica + impresión Sociedad Anónima, plazo social 99 años, domicilio Oreamuno, Cartago, 500 m al sur de la iglesia, representación la ostentan el presidente y tesorero actuando conjunta o separadamente sin límite de suma, objeto el desarrollo de las artes gráficas desde el proceso de ideación hasta la comercialización en general, el comercio, la industria, la ganadería, transporte público y de bienes, representación de casas extranjeras, puede tener agencias y sucursales dentro y fuera de el país.—Cartago, 17 de octubre del 2007.—Lic. Gerardo Machado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 31102.—(40064).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Palms Of The Sea Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos veintiocho mil ciento cincuenta y cinco, por medio de la cual se transformó el artículo sétimo del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 31103.—(40065).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas con treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil ocho, se protocolizo acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Latín America Parkinsons Institute Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinte mil ochenta y uno, por medio de la cual se transformó el artículo sétimo del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 31104.—(40066).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veinticuatro de abril de dos mil ocho, se protocolizo acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Villa Periquito Cerca del Mar Seis Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro, por medio de la cual se transformó el artículo segundo del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 31105.—(40067).

A las 14:00 horas del día 30 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada Centro de Belleza y Spa Ángel S. A. Domicilio social: San Blas de San Rafael de Cartago, cien metros al norte y cincuenta al este del Restaurante Aquel Lugar; capital social: íntegramente suscrito y pagado; plazo social: 99 años contados a partir de la fecha de constitución. El presidente y tesorero son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de abril del año 2008.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31106.—(40068).

Por escritura número noventa y ocho, otorgada ante mí, a las quince horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Tiburón de Agua Dulce Azul Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula: sexta de la administración.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 31107.—(40069).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se reforma la cláusula sexta referente a la representación de la compañía de la sociedad Lagarto de Agua Dulce Rojo LADR Sociedad Anónima. Se nombra presidente de la junta directiva.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 31108.—(40070).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Omepete Cuatro Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas segunda y novena, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31111.—(40071).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del 23 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Il Fiore Blu Sociedad Anónima. Se modifica cláusulas segunda y octava, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 23 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31112.—(40072).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 10 de abril del 2008, se constituye Fusion And Food Sociedad Anónima. Presidente: Guillermo Hoppe Pacheco. Capital social: diez mil colones.—San José, 10 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31113.—(40073).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Calstock Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda, se otorga poder especial y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31114.—(40074).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:15 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Capital Ditzineg Sociedad Anónima. Se modifica cláusulas segunda y novena, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31115.—(40075).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Emstek Sociedad Anónima. Se modifican cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31116.—(40076).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:45 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Tecun Segundo Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31117.—(40077).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Ambleside Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31118.—(40078).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:15 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Lazos de las Américas Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31119.—(40079).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Costaser Dos Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31120.—(40080).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:45 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Tecun Cuarto Dos Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31121.—(40081).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Tecun Tercero Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31122.—(40082).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:15 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Alba Romero Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y sexta y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31123.—(40083).

Por escritura número cuatro, de las ocho horas del treinta de abril, se constituyó la sociedad Andrasidan Sociedad Anónima. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado.— San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 31127.—(40084).

Ante mí, Julio César Zárate Arias, Notario Público, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día veintinueve de abril del año dos mil ocho, al ser las nueve horas, mediante escritura cuatrocientos cinco, se procedió a protocolizar acta número uno, del libro asamblea de accionistas, de la sociedad Transportes Nacionales e Internacionales Valverde Gómez Sociedad Anónima, según la cual se acordó modificar, la cláusula octava del pacto constitutivo.—Alajuela, 29 de abril del 2008.—Lic. Julio César Zárate Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31129.—(40085).

Ante mí, Julio César Zárate Arias, Notario Público, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día veintinueve de abril del año dos mil ocho, al ser las diez horas, mediante escritura cuatrocientos seis, se procedió a constituir la sociedad denominada Excavaciones Valbre de Sarapiquí S. A., con domicilio social en la ciudad de Carrisal de Alajuela, veinticinco metros oeste, del Bar Jesis, con un capital  social de diez mil colones, representada por diez acciones comunes y nominativas, de mil colones cada una. Es todo.—Alajuela, 29 de abril del 2008.—Lic. Julio César Zárate Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31130.—(40086).

Ante el Notario Marvin Cubero Martínez, mediante escritura número ciento cincuenta y siete, de las quince horas del diecisiete de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Donklan Sociedad Anónima. Domiciliada en el distrito Espíritu Santo de Esparza, Puntarenas, setenta y cinco metros al oeste de Acueductos y Alcantarillados. Recae en el presidente de la junta directiva la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: doce mil colones. Es todo.—Puntarenas, 22 de abril del 2008.—Lic. Marvin Cubero Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 31132.—(40087).

Ante los licenciados Juan Carlos Chávez Alvarado y Juan Federico Arias Chacón, se constituyó Fare & Trixi Comercial Sociedad Anónima. Presidente Falk Rentel apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 31133.—(40088).

Ante el licenciado, Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituyó: Jardines del Cauca K.O Sociedad Anónima. Presidenta: Lucy Carina Orozco Velasco, apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31134.—(40089).

Ante el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó Rilana’s Place S. A. Presidente: Richard Newton Mathis Segundo, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—1 vez.—Nº 31135.—(40090).

Ante el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó, M Y M Store S. A. Presidente: José Enrique Méndez Hidalgo, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 31136.—(40091).

Por escritura número ciento uno-dos, otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintinueve de abril del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Panoramic of The Point S. A., por la que se reforma la cláusula sétima y se nombra presidente y secretario.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco. Notaria.—1 vez.—N° 31137.—(40092).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del dieciséis de abril del dos mil ocho, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Consultores Queco Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—Nº 31139.—(40093).

Por escritura protocolizada por mi persona, en San José, a las 15:00 horas del día 29 abril del 2008, se acuerda la disolución de la sociedad Grupo Manuel Salas y Asociados S. A., cédula: 3-101-257700.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Carlos Mauricio Vargas Caravaca, Notario.—1 vez.—Nº 31145.—(40094).

En mi motaría mediante escritura número doscientos cincuenta y cuatro-cinco, se constituyó la sociedad, Aljav Asesoría Integarada Sociedad Anónima la cual cuenta con un capital social de doce mil colones, apoderados generalísimos el presidente y secretario.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Ericka Castro Argüello y Marcela Rivas Molina, Notarias.—1 vez.—Nº 31146.—(40095).

A las diecisiete horas del veinticinco de marzo del dos mil ocho, se constituyó en mi notaría, la sociedad anónima, Mundo del Sueño Verde Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—Tilarán, 23 de marzo del 2008.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 31147.—(40096).

Ante mí, en fecha veinticuatro de marzo, por medio de la escritura número veintiséis, se modifican las cláusulas primera y segunda, de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil doscientos dos sociedad anónima.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 31148.—(40097).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 09:30 horas del 3 de marzo del 2008 y 14:00 horas del 14 de marzo de 2008, se constituyó la sociedad Moravec Castillo Sociedad Anónima. Presidente: Lawrence Joseph Moravec.—Barva, 24 de abril del 2008.—Lic. Isac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 31149.—(40098).

Por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del nueve de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad a Inmobiliaria El Castillo de Praga Sociedad Anónima.—Lic. Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 31150.—(40099).

Por escritura otorgada a las once horas del veintitrés de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad a Inversiones El Calafate Sociedad Anónima.—Lic. Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 31151.—(40100).

Por escritura otorgada a las quince horas quince minutos del nueve de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad a Inversiones El Acrópolis Sociedad Anónima.—Lic. Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 31152.—(40101).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada, Pracilex Oeste Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula cuarta del pacto social de la sociedad.—San José, 16 de abril del 2008.—Lic. Fernando Solís Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 31154.—(40102).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil seiscientos cincuenta y ocho sociedad anónima. Se acuerda reformar las cláusulas primera y sétima del pacto social de la sociedad; se acuerda revocar el nombramiento de los miembros de la junta directiva de la sociedad y fiscal y se nombran nuevos miembros. Se acuerda otorgar poder general limitado, y se acuerda nombrar agente residente de la sociedad.—San José, 08 de abril del 2008.—Lic. Fernando Solís Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 31155.—(40103).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la entidad Seguridad Arce & Castro S. A. Capital social: cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Golfito, 04 de abril del 2008.—Lic. Gerardo Madrigal Campos, Notario.—1 vez.—Nº 31156.—(40104).

Por escritura otorgada ante nosotros Gerardo Madrigal Campos y Bernal Castro Gutiérrez, constituyo la entidad Corporación Wolf & Mesquida de Golfito S. A. Capital social: cien mil colones. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Golfito, 18 de abril del 2008.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 31157.—(40105).

Que mediante escritura número trece, otorgada a las 18:30 horas del 28 de abril del 2008, visible al folio doce frente, del tomo número dos de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima, cuya denominación será asignada de oficio por el Registro Público de Personas Jurídicas, de conformidad con lo establecido en Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Domiciliada: en Urbanización Los Lagos, Heredia, casa dieciséis E.—Alajuela, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Ángel Rodríguez León, Notario.—1 vez.—Nº 31158.—(40106).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las doce horas del día de hoy, se reforman las cláusulas segunda y novena de los estatutos de la empresa Vista Azul del Pacífico V.A.P S. A.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 31159.—(40107).

Mediante escritura número ciento treinta y dos, del tomo dieciséis del protocolo de la Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, con fecha del cinco de marzo del dos mil ocho, constituyeron sociedad anónima Buscandos Árboles Escondidos Sociedad Anónima.—Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 31160.—(40108).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Montajes Técnicos e Industriales Sociedad Anónima. Domicilio social: Candelaria de Naranjo, Alajuela. Objeto: comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—Naranjo, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 31161.—(40109).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las diez horas del treinta de abril del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Campos Altamira S. A. Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Naranjo, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 31163.—(40110).

Ricardo Umaña Gómez, Patrick Clark Pocklington y Judko Rosenstock Faingenzicht, constituyen una sociedad anónima que será denominada conforme con el número de cédula jurídica que el Registro le asigne. Domiciliada: en San José. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Escritura Nº 225, otorgada a las 14:00 horas del 21 de abril del 2008, otorgada ante los notarios Luis Marino Castillo López y Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 24 de abril del 2008.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—Nº 31164.—(40111).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación será asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Plazo social: cien años. Capital social: mil doscientos colones.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 31165.—(40112).

Ante mi notaría, a las 11:00 horas del día 29 de abril del 2008, se constituyó Artes & Flores Contemporáneas S. A. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 31166.—(40113).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las once horas y treinta minutos del once abril del dos mil ocho, José Alonso Benavides Carmona y Daniel  Abraham  García,  constituyen  Constructora Tololo Alvarado S. A. Domiciliada: en San Joaquín de Barranca de Puntarenas. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢100.000,00 dividido en 20 acciones comunes y nominativas de ¢5.000,0 cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Objeto: comercio en general. Presidente: José Alonso Benavides Carmona.—Puntarenas, 11 de abril del 2008.—Lic. Francisco Rojas Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 31168.—(40114).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 30 de abril del presente año, se constituyó la sociedad denominada Era Latín América S. A. Capital social: cien mil colones.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Manuel Rey González, Notario.—1 vez.—Nº 31169.—(40115).

Por este medio, hago constar que al ser las once horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos siete mil novecientos cincuenta s. a., ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro. Escritura número sesenta y ocho, visible folio cuarenta y nueve frente del tomo nueve de su protocolo. Se modifica la cláusula “primera” El nombre: Perco & Company de Bajamar S. A., y se nombra como presidente al señor Ángel J. Pérez.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 31171.—(40116).

Por escritura otorgada ante mí, hoy se constituyó Seguridad Privada Barbagui S. A., para dedicarse por noventa y nueve años a partir de su constitución a la seguridad y vigilancia privada en especial y en general al comercio, la industria, el turismo, la agricultura y la ganadería. Capital social: totalmente suscrito y pagado. El presidente y el secretario, son los apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, veintinueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31172.—(40117).

José Malaquias Vargas Ballestero, Rebecca Herrera Vidal y Edwin Herrera Cairol, constituyen La Krea-Sol-Tec S. A. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: comercio, industria, agricultura y ganadería, en especial se dedicará al desarrollo, venta y distribución de sistemas de software. Capital social: quince mil colones. Escritura otorgada en San José, el 28 de abril del 2008.—Lic. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria.—1 vez.—Nº 31173.—(40118).

Ante esta notaría, en la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier, cincuenta metros al sur, en la oficina de la firma Pricewaterhouse Coopers, a las diecisiete horas del día veintinueve de abril del dos mil ocho, se procedió a protocolizar acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento dos-quinientos cuatro mil ochenta y tres sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se reforma el estatuto social, cláusulas primera y quinta, y se nombran gerentes.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 31174.—(40119).

El suscrito notario, hago constar que en esta notaría, a las nueve horas del día veintiocho de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Elehan Las Princesas del Sur Sociedad Anónima. Domiciliada: en Lomas de Cocorí, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, cien metros este de la Casa del Banquete. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Róger Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 31175.—(40120).

El suscrito notario, hago constar que en esta notaría, a las quince horas del día veintisiete de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones P & G de la Esperanza Sureña Sociedad Anónima. Domiciliada: en La Esperanza de San Pedro de Pérez Zeledón de San José, exactamente frente a la plaza de deportes del lugar, casa color celeste. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las nueve horas del veinticinco de febrero del dos mil ocho.—Lic. Róger Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 31176.—(40121).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 29 de abril del 2008, se constituyó la sociedad El Durmiente de Otoya E.D.O. Sociedad Anónima. Representantes: el presidente y el secretario. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintinueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Beatriz Eugenia Camacho Román, Notaria.—1 vez.—Nº 31179.—(40122).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 29 de abril del 2008, se modifica las cláusulas segunda y octava de Cinco X Cinco Motos S. A., sociedad.—San José, 16 de abril del 2008.—Lic. Ramón Rodríguez Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 31181.—(40123).

El suscrito notario, hace constar que se realizó modificación del pacto constitutivo en cuanto al nombre el cual se denominará SLT Service Line Translogistic Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 31183.—(40124).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del día de hoy, se constituyen las empresas a) Scarlett Oaks of the Valley Sociedad Anónima; b) Eastern White Pines Enterprises Sociedad Anónima; c) Russian Olives Plantation Sociedad Anónima; d) Black Walnut Trees of the Valley Sociedad Anónima; e) Eastern Red Cedar Trees Sociedad Anónima.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 31184.—(40125).

Ante esta notaría, se realizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil quinientos ochenta y nueve s. a., en su domicilio social, mediante la cual se modificó la cláusula primera de los estatutos, cuya acta fue protocolizada el día de hoy.—Pérez Zeledón, veintitrés de abril del dos mil ocho.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 31185.—(40126).

Por escritura número ochenta y seis, otorgada en esta misma notaría, a las dieciséis horas del veinticinco de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Sangophillip Jessi Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 31188.—(40127).

Carbamar Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta mil novecientos treinta y tres, solicita cambio de junta directiva y fiscal, nombra nuevo agente residente, acta protocolizada por la notaria Sara Miranda Osorio, a las quince horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho, por escritura número ochenta y uno, vista al folio noventa y uno vuelto del tomo tres de su protocolo.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 31189.—(40128).

Mediante escritura otorgada el día de hoy, a las diecisiete horas se constituyó la sociedad de esta plaza cuya denominación es Gringo Bodega One S. A. Capital social: diez mil colones, totalmente suscritos y pagos. Presidente: representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Secretario: con iguales facultades solo en ausencia definitiva del presidente. Domicilio: San José, Escazú, cuatrocientos metros al sur de Distribuidora Santa Bárbara.—San José, veintiocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 31192.—(40129).

En esta notaría, a las 11:00 horas del 18 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada Total Contract Hospitality. Presidente: Juan José Mora Fernández.—Lic. Katia Ledezma Padilla, Notaria.—1 vez.—Nº 31193.—(40130).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Smells of the Night Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos seis mil novecientos sesenta y cuatro, en la cual se modifican la cláusula primera, segunda, sexta, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero.—San José, veintitrés de abril del dos mil ocho.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—Nº 31194.—(40131).

Los señores, y Luis Arturo Solís Salazar, constituyen la sociedad anónima El Greco Investments Sociedad Anónima. Escritura número ciento treinta, otorgada en San José, ocho horas del treinta de abril del dos mil ocho, ante la notaria Giovanna Barrantes Esquivel, visible al folio ciento cincuenta y seis frente del protocolo noveno.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 31195.—(40132).

Ante mí, Denia Vázquez Pacheco, notaria pública, en escritura número cincuenta y nueve, se constituyó la sociedad Sillada de San Gerardo M&S S. A. Capital social: diez mil colones. Domicilio: La Tigra de San Carlos, Alajuela, Calle San Gerardo, dos kilómetros al sureste de la entrada principal. Se nombra junta directa. Presidente: Carlos Manuel Araya Castro.—Fortuna, San Carlos, veintidós de abril del dos mil ocho.—Lic. Denia Vázquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 31197.—(40133).

Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas de hoy Sea Mont Industries S. A. Se reforman cláusulas segunda y sexta de los estatutos, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Bernal Ulloa Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 31198.—(40134).

Por este medio el suscrito notario, hace constar que a las dieciocho horas del día veinticuatro de abril del dos mil ocho, mediante escritura número ciento veintiséis, otorgada en el tomo segundo de mi protocolo, se constituyó una sociedad denominada Woods Saunders Sociedad Anónima.—Paraíso de Cartago, veintisiete de abril del dos mil ocho.—Lic. Francisco Alfonso Castro Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 31199.—(40135).

Por escritura número trescientos tres, de las ocho horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, otorgada por la suscrita notaria, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Condominio Rey Beta Sociedad Anónima, en la cual se nombra junta directiva, fiscal, y se cambió el domicilio social.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Ivannia Zapata Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 31201.—(40136).

Por escritura de las diez horas del veintitrés de abril del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Farmacia Chirkagres A.M.C. S. A., se nombra junta directiva y fiscal, se revoca poder generalísimo sin limitación de suma, y se modifica cláusula segunda del pacto constitutivo. Presidente: Marvin Martínez Araya.—Lic. José Rafael Huertas Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 31202.—(40137).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del trece de marzo del dos mil ocho, Luis Alonso Valladares López, Julieta Chávez Garay y Luis Armando Valladares Chávez, constituyen la sociedad domiciliada en San José, Desamparados, Jardines de Cascajal, casa veinticuatro B, Grupo Valla Limitada. Objeto: fabricación y distribución de artículos para el hogar.—San José, veinticinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Fernando Montero García, Notario.—1 vez.—Nº 31203.—(40138).

En San José ante esta notaría, al ser las quince horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Jaspe Rojo J.P.R. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31204.—(40139).

En San José ante esta notaría, al ser las quince horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Piedra de la Luna P.D.L. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31205.—(40140).

En San José ante esta notaría, al ser las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad  de  esta  plaza que se denominará Corporación Ópalo O.P.L. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31206.—(40141).

En San José ante esta notaría, al ser las catorce horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Tanzanita A.Z.N. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31207.—(40142).

En San José, ante esta notaría, al ser las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Unaquita A.Q.U. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31208.—(40143).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que el día treinta y uno de enero del año en curso, en la escritura número trescientos veinticuatro-dieciséis, visible a folio ciento treinta y seis frente del tomo dieciséis de mi protocolo, al ser las quince horas treinta minutos, comparecieron los señores Fernando Ng Yip, mayor, cédula número uno-mil cincuenta y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, y Lisa Lean Chan, mayor, cédula número uno-ochocientos treinta y uno-cuatrocientos dos, para constituir la sociedad Dinaimex Internacional F & L Sociedad Anónima, nombre de fantasía.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31209.—(40144).

En San José, ante esta notaría, al ser las trece horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Zafiro R.F.T. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31210.—(40145).

En San José, ante esta notaría, al ser las trece horas quince minutos del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Azurita A.T.Z. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31211.—(40146).

En San José, ante esta notaría, al ser las trece horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Amatista L.K.J. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31212.—(40147).

En San José, ante esta notaría, al ser las veinte horas del quince de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Premium Properties C.R. Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31213.—(40148).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del día veintinueve de abril del dos mil ocho, Damaris Barrantes Soto, Yocelin Gerarda Rodríguez Barrantes y Melisa Rodríguez Barrantes, constituyen Inversiones y Proyectos Colibrí S. A. Objeto: es la compra y venta de bienes inmuebles, industria, ganadería, turismo, prestación de servicios, comercio en general, y toda clase de actividades y servicios conexos. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidenta: la socia Damaris Barrantes Soto, con todas las facultades.—Grecia, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Greivin Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 31216.—(40149).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San Ramón de Alajuela, a las 13:00 horas del 29 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Familia Chávez Vargas CHV S. A.—San Ramón, 21 de abril del 2008.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 31217.—(40150).

En escritura pública el notario Mauricio Murillo González, protocoliza el acuerdo primero del acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Alpha Superclub Veintiuno S. A., mediante el cual se modifica la cláusula primera, por lo que ahora se denomina The Rainbow Troopers S. A., así como también la cláusula cuarta del pacto social. Es todo.—San José, veintiuno de abril del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Murillo González, Notario.—1 vez.—Nº 31218.—(40151).

El suscrito notario da fe que mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del día 30 de abril del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Barlovento Dos Mil Seis A y L S. A. Se reforma pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. José Carlos Quesada Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 31219.—(40152).

Por escritura número diez-cero ocho, del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Villanea y Asociados Belén S. A. Presidente: Luis Fdo. Ramírez Villanea. Secretaria: María del Rocío González Campos. Tesorera: Edith González Campos. Fiscal: Ignacio Bogantes González.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 31220.—(40153).

Por escritura número cuarenta y seis, otorgada ante este notario a las dieciséis horas del día veintinueve de abril del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintitrés mil seiscientos treinta y cinco s. a., mediante la cual se reformó la cláusula primera de los estatutos de la sociedad.—San José, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—(40154).

Por escritura número cuarenta y siete, otorgada ante este notario a las diecisiete horas treinta minutos del día veintinueve de abril del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres- ciento uno- quinientos veintitrés mil seiscientos treinta y cuatro s. a., mediante la cual se reformó la cláusula primera de los estatutos de la sociedad.—San José, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—(40155).

Por escritura número setenta y cinco, otorgada ante esta notaría el día veintiocho de abril del año dos mil ocho, a las catorce horas con treinta minutos, se protocolizó el acta número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de Ballymoney Inc Inc S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se nombró nuevo presidente y fiscal de la junta directiva de la empresa.—San José, primero de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(40156).

Por escritura número setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría el día veintiocho de abril del año dos mil ocho, a las catorce horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de Bectronec Inc Inc S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se nombró nuevo presidente y fiscal de la junta directiva de la empresa.—San José, primero de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(40157).

Por escritura otorgada ante mi notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad anónima denominada Diego y Carol Constructora S. A. Es todo.—San José, ocho horas del dos de mayo del dos mil ocho.—Lic. Michel Salim Semaan Khachab, Notario.—1 vez.—(40158).

Por escritura otorgada ante mí a las 12 horas del día 28 de abril del 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza Ganadera Yireh MQ S.A.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(40159).

La suscrita notaria hace constar que por escritura número noventa y cinco, otorgada en Grecia, a las catorce horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima sin nombre de acuerdo al Decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno- J. Objeto: Agricultura, ganadería, comercio, con domicilio en Grecia, representada por su presidente y secretario, ambos con calidad de representantes judiciales y extrajudiciales en forma separada o conjunta.—Grecia, 28 de abril del 2008.—Lic. Rosa María Bolaños Alpízar, Notaria.—1 vez.—(40160).

La suscrita notaria hace constar que por escritura número noventa y cuatro, otorgada en Grecia, a las trece horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima sin nombre de acuerdo al Decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno- J. Objeto: Agricultura, ganadería, comercio, con domicilio en Grecia, representada por su presidente y secretario, ambos con calidad de representantes judiciales y extrajudiciales en forma separada o conjunta.—Grecia, 28 de abril del 2008.—Lic. Rosa María Bolaños Alpízar, Notaria.—1 vez.—(40161).

Por escritura número doce, otorgada ante el notario Eduardo Sancho Arce, a las diez horas con treinta minutos del día dos de mayo del año dos mil ocho, se reforman las cláusulas segunda y sexta y se nombra junta directiva y fiscal de la compañía Naturaleza de las Montañas S. A.—San José, 2 de mayo del 2008.—Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario.—1 vez.—(40175).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día treinta de abril de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Consultora Inmobiliaria Meseta de La Neblina NN S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, treinta de abril de dos mil ocho.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40200).

Por escritura número 153-2, otorgada a las 10:40 horas del 25 de abril del 2008, ante esta notaria Andrea González Rojas, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada La Casa de Reggie Ltda., en donde se modifica la cláusula del capital social y la cláusula de administración.—Puntarenas, 28 de abril del 2008.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—(40201).

Mediante escritura otorgada número treinta y cuatro de las trece horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de marzo del dos mil ocho, de esta notaria, se aceptan las renuncias y se hacen los nuevos nombramientos de secretaria señora Sandra Valenciano Acosta y tesorera Agnes Miranda Montes, de la compañía Velas de Papagayo Sociedad Anónima.—San José, a las siete horas del día veintisiete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—(40203).

Ante mí, Alonso Soto Vargas, notario público con oficina abierta en Alajuela, comparecen: Juan José Soto Víquez, cedula: dos- quinientos veintinueve- novecientos noventa, Rafael Ángel Soto Soto, cédula: siete- cero cuarenta y nueve- cero ochenta y cuatro, María Cecilia Víquez Martínez, cédula: dos- trescientos cincuenta y seis-seiscientos trece, Alejandro Soto Víquez, cédula: dos- quinientos cuarenta y ocho-quinientos cuarenta y siete; y manifiestan que han convenido en constituir una sociedad anónima denominada Solución Tecnológica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en SOLTEC S. A., y cuyo domicilio social será la ciudad de Alajuela centro, Urbanización Los Adobes, casa número veintisiete G, escritura otorgada a las trece horas del día dos de mayo del año dos mil ocho, ante esta notaría. (Juan José Soto Víquez presidente).—Alajuela, a las trece horas diez minutos del día dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Alonso Soto Vargas, Notario.—1 vez.—(40209).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Monte Alto Azul II C Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril de dos mil ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40210).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad El Bueno Pro Yecto Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril de dos mil ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40211).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Uno Valle Central Real Azul Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril de dos mil ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40212).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mi Costa de Tica Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40213).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La Magia del Pacífico Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40214).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Aragón Brenes y Castro Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40215).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Codesco Azul CR Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40216).

Jed  Alan Silver y Lorena Cantero Sevilla, constituyen Girls Rule S. A., y Onix Girls S. A. Plazo: 99 años. Corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma conjuntamente. Capital social: ¢10000. Domicilio: Guachipelín, Escazú. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 9 de abril del 2008.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—(40218).

Eric Monge Vindas y Laura Cruz Cárdenas, constituyen dos sociedades anónimas, denominadas con el número de cédula jurídica a ser asignado por el Registro Público. Plazo: 99 años. Corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando individual o conjuntamente. Capital social: ¢10000. Domicilio: Higuito de Desamparados. Escritura otorgada a las 11:15 horas del 21 de abril del 2008.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—(40219).

Inversiones Tarator S. A., reforma cláusulas de la administración de la sociedad. Corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente. Nombra nuevos miembros de junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las 11 horas del 21 de abril del 2008.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notario.—1 vez.—(40221).

Se realiza la publicación de cambio reformas al pacto social de la sociedad Administración Hipotecas Canadiense Costarricense Sociedad Anónima.—San José, 2 de mayo del 2008.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(40230).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día dos de mayo del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Montain Side Estates M.S.E Sociedad Anónima.—San José, dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40274).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día dos de mayo del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad JTB Ocean View Estates Properties Sociedad Anónima.—San José, dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40275).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día dos de mayo del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Relu Sosg to Latinoamerica R.S.T.LA. Sociedad Anónima.—San José, dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40276)

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las once horas del día treinta de abril del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Bishard Financial B.F. Sociedad Anónima.—San José, dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40277).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las ocho horas del día dos de mayo del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Costaweb Investments C.W.I Sociedad Anónima.—San José, dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40278).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas quince minutos del día treinta de abril del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Belsky Pacific Estates B.P.E Sociedad Anónima.—San José, dos de abril del año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40279).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día treinta de abril del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Punnackattu Developments P.D. Sociedad Anónima.—San José, dos de abril del año dos mil ocho.—Lic.  Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40280).

Mediante escritura número ciento noventa y dos, de las 13:00 horas del veinticinco de abril del año dos mil ocho, ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Platablanca Inversiones S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda, cuarta y sexta de los estatutos sociales y el nombramiento de nueva junta directiva.—San José, 2 de mayo del 2008.—Lic. Silvia González Castro, Notaria.—1 vez.—(40282).

Por escritura otorgada en Alajuela, a las 15:00 horas del 29 de abril del 2008 ante la notaría de la licenciada Vera Violeta González Ávila, se constituyó la sociedad Grupo Primogénito Sociedad Anónima. Presidenta: Georgina Corella, noventa y nueve años.—Lic. Vera Violeta González Ávila, Notaria.—1 vez.—(40311).

Por escritura número 305 del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del 26 de abril de 2008, se constituyó una sociedad que llevará como nombre el número que le asigne el Registro como  cédula  jurídica S. A., de conformidad con el decreto número 33171-J publicado el 14 de junio del 2006. Se nombra al presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Wálter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(40347).

Por escritura número trescientos seis del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintisiete de abril de dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada B&M Inversiones S. A. Se nombra al presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cincuenta mil colones.—Lic. Wálter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(40352).

Por escritura del día de hoy, la sociedad Inversiones Cariari C.A.D. Cuatro CRV Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres- ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cinco mil ciento treinta y siete, modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo, en la cual el presidente y secretario ostentan las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Asimismo, se nombra nueva junta directiva. Presidenta: Raquel Rodríguez Desanti. Secretario: Ricardo Pescod González.—San José, primero de mayo del dos mil ocho.—Lic. Minorth Anthony Solís Ulate, Notario.—1 vez.—(40451).

Por escritura número setenta y uno del tomo veinticinco del protocolo del notario Douglas Soto Campos, otorgada en conotariado con el notario Miguel Antonio Elizondo Soto, el día de hoy se ha constituido la sociedad Al Andaluz LLC Limitada, con un capital social de diez mil colones. Domiciliada en San José y con una duración de cien años.—San José, veintiocho de abril del año dos mil ocho.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—(40453).

Por escritura otorgada hoy 2 de mayo del 2008, a las 10:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Tallulah’s Time Out Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: Gerentes.—San José, 02 de mayo del año 2008.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(40456).

Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hipólita Villa Quinientos Diecinueve Sociedad Anónima, mediante la cual se modifico la cláusula segunda del domicilio, se conoció de revocación de cargos y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintiuno de abril del dos mil ocho.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(40466).

Por escritura número 128 otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Mau’s Funzone Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: noventa y nueve años. Al presidente y secretario le corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Presidenta: Mauren Patricia Rojas, cédula 9-111-037 y secretaria: Eva Lorena Rojas, cédula de residencia número 18400002712 cero cero cero cero cero dos siete uno dos.—Cartago, 08 de abril del 2008.—Lic. Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(40491).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Inversiones Solague Ciudad Blanca Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidenta: Flory Virginia Azofeifa Guerrero.—Barva de Heredia, treinta de abril del ánodos mil ocho.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 31221.—(40492).

Por escritura otorgada en esta notaría a las ocho horas del 1° de mayo del 2008, la sociedad Villas Torres del Campo S. A., modifica la cláusula quinta de su escritura social y por ende aumenta su capital social a diez millones de colones, monto que queda totalmente suscrito y pagado.—Lic. Maryael Obregón Báez, Notaria.—1 vez.—Nº 31225.—(40493).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad a las doce horas del cinco de noviembre del dos mil siete, Mark Allan (Nombre) Punak (Apellido) y Leonard William (Nombre) Brongo (Apellido), constituyeron mediante el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Mark Allan (Nombre) Punak (Apellido).—Pérez Zeledón, nueve de abril del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31226.—(40494).

Por escritura otorgada ante mí en esta ciudad, a diez horas treinta y seis minutos del dieciséis de abril del año dos mil ocho, se protocoliza acta número uno de asamblea general de socios de Arizona Darck Sun Glass de Costa Rica, donde se acordó nombrar como nueva presidenta a María Carmen (nombre) Brow (apellido). Presidenta: María Carmen (nombre) Brow (apellido).—Pérez Zeledón, dieciséis de abril del dos mil ocho.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31227.—(40495).

Por escritura otorgada hoy ante mí en esta ciudad, a las ocho horas diez minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (Nombre) Allebach (Apellido) y Willian Glenn (Nombre) Earnest (Apellido), constituyeron mediante el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima. Capital social: La suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (Nombre) Allebach (Apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31228.—(40496).

Por escritura otorgada hoy ante mí en esta ciudad, a las ocho horas cinco minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (Nombre) Allebach (Apellido) y Willian Glenn (Nombre) Earnest (Apellido), constituyeron mediante el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (Nombre) Allebach (Apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del dos mil ocho.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31229.—(40497).

Ante esta notaría han comparecido David Cedeño Sánchez y Mauricio Enrique Umaña Boza, a constituir la sociedad denominada Inversiones Unos y Ceros S. A. Capital social: Diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años; representación conjunta o separada del presidente y secretario. Presidente: Mauricio Umaña Boza.—28 de abril del 2008.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 31230.—(40498).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las diecisiete horas cero minutos del veintisiete de febrero del dos mil ocho, Mark (Nombre) Rugala (Apellido) y Melissa Andrea (Nombre) Loaiza Marín (Apellido), constituyeron mediante el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, Sociedad Anónima. Capital social: La suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Mark (Nombre) Rugala (Apellido).—Pérez Zeledón, veinticinco de abril del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31231.—(40499).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las catorce horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil ocho, Silvia Elena Castro Ruphuy y Beatriz Mora Salazar, constituyeron Glamour Star Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de ésta fecha. Presidenta: Silvia Elena Castro Ruphuy.—Pérez Zeledón, veintiocho de abril del año 2008.—Lic. Jenny Sandí Romero, Notaria.—1 vez.—Nº 31233.—(40500).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las dieciséis horas cincuenta y cinco minutos del veintisiete de febrero del dos mil ocho, Milena (nombre) Dizewiecki (apellido) y Melissa Andrea (nombre) Loaiza Marín (apellidos), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidenta: Milena (nombre) Dizewiecki (apellido).—Pérez Zeledón, veinticinco de abril del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31234.—(40501).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de abril del año dos mil ocho, se protocoliza acta número dos de asamblea general de socios de Diez de Mis Sueños Sociedad Anónima, donde se acordó en forma unánime nombrar nueva tesorera a la señora María Carmen Brown. Así mismo se modifica la cláusula sétima y se otorga poder generalísimo sin límite de suma a la presidenta y tesorera quienes actuarán conjunta o separadamente. Presidenta: Irene Rodríguez Viña.—Pérez Zeledón, veintiocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31235.—(40502).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las diecisiete horas quince minutos de veintisiete de febrero del dos mil ocho, Pierrette Danielle (nombre) Mangiardi (apellido) y Melissa Andrea (nombre) Loaiza Marín (apellidos), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno- J Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años partir de esta fecha. Presidente: Pierrette Danielle (nombre) Mangiardi (apellido).—Pérez Zeledón, veinticinco de abril del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31236.—(40503).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las ocho horas quince minutos del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31237.—(40504).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las ocho horas veinte minutos del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-j Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31238.—(40505).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las ocho horas veinticinco minutos del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-j Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31240.—(40506).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31241.—(40507).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las ocho horas treinta y cinco minuto del diecinueve de marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31242.—(40508).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las ocho horas cuarenta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31243.—(40509).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31244.—(40510).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las ocho horas cincuenta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31245.—(40511).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31246.—(40512)

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las nueve horas del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno- J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31247.—(40513).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las nueve horas cinco minutos de diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido) constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31248.—(40514).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las nueve horas diez minutos del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-j sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve del marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31250.—(40515).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las nueve horas quince minutos del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31251.—(40516).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las nueve horas veinte minutos del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31252.—(40517).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las nueve horas veinticinco minutos del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31253.—(40518).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31254.—(40519).

Que por escritura número 45, visible a folio 45 frente del tomo X del protocolo del notario público, Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modificó la cláusula sexta, y se nombró nuevo gerente de tres -uno cero dos- cinco cero ocho cero cero cuatro srl.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 29 de abril del año 2008.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31256.—(40520).

Por escritura de las 15:45 horas, se constituye la sociedad Jua Dos Jumalta Sociedad Anónima, y se nombra junta directiva. Presidente: Juana Umaña Altamirano conocida como Juanita Umaña Altamirano. Capital social: 10.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 28 de abril del 2008.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 31257.—(40521).

Que por escritura número 41, visible a folio 41 frente del tomo X del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modificó la cláusula sexta del pacto social y se nombró nuevo gerente, y gerente operativo de Finca Los Bástagos de Uvita SRL.—Uvita de Osa, a las 09:00 horas del 29 de abril del año 2008.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31258.—(40522).

Al ser las diez horas del día veintinueve de abril del año dos mil ocho, mediante escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza el acuerdo primero del acta número dos de asamblea general extraordinaria de California Trust Investment Company Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete, donde se modifica la cláusula décimacuarta, donde el señor Jimmy Antonio Umaña Elizondo renuncia a su cargo de secretario y a la vez se nombra al señor Jima Robert Tellers, como secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente con el presidente.—Pérez Zeledón, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 31259.—(40523).

Al ser las quince horas del día veintinueve de abril del año dos mil ocho, mediante escritura otorgada ante esta Notaría se constituye Rivas Escrow Account International Sociedad Anónima, que traducido al español es Cuentas de Garantías Internacionales Rivas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Rivas Escrow Account International S.A., que traducido al español es Cuentas de Garantías Internacionales Rivas S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 31260.—(40524).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San Isidro de El General, a las 14:00 horas del 29 de abril del 2008, se reformó la cláusula sexta de la sociedad tres-ciento uno-quinientos catorce mil novecientos cuarenta y ocho sociedad anónima, cédula jurídica Nº 3-101-514948 y se designó como presidente a Jorge Manuel Gamboa Calvo, y como secretario a Johnny Eduardo Gamboa Calvo.—San Isidro de El General, 30 de abril del 2008.—Lic. Jorge Enrique Infante Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 31261.—(40525).

Por escritura de las ocho horas del quince de abril del año dos mil ocho, se constituye la sociedad Kero R. E. Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras S. A. Se nombra junta directiva. Presidente: Ronald González Díaz. Capital social: 12.000,00 colones. Plazo: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, quince de abril del año dos mil ocho.—Lic. Carlos Castro Mora, Notario.—1 vez.—Nº 31264.—(40526).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, se constituyó la sociedad anónima domiciliada en La Uruca, San José, Alarmas Máxima, B. R. S.A. Capital social: cien mil colones.—Lic. Alex Zamora Porras, Notario.—1 vez.—Nº 31265.—(40527).

Ante mí, José Luis Herrera Zúñiga, en escritura número 85 Bis, del tomo 83 de mi protocolo, Miguel Ángel Murillo Chavarría y Alamar Murillo Jiménez, constituye una sociedad con cédula jurídica como razón social. Domicilio: San José, Puriscal, Santiago. Capital social: dos mil colones. Presidente: Miguel Ángel Murillo Chavarría.—Puriscal, 30 de abril del 2008.—Lic. José Luis Herrera Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 31267.—(40528).

Marcel Ernster, de único apellido en razón de su nacionalidad de Luxemburgo y Esmeralda Cordero Vásquez, constituyen una sociedad anónima cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el artículo número dos del decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J y son presidente y secretaria respectivamente. Escritura otorgada ante esta Notaría a las siete horas del dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—Nº 31270.—(40529).

Evelio Rafael Montero Marín y Eladio Marvin Montero Marín, constituyen una sociedad anónima, cuya denominación se asignará de acuerdo al decreto ejecutivo numero treinta y tres mil ciento setenta y uno - J, facultando al Registro Público de Personas Jurídicas a asignar su debida denominación; y cuyo capital está totalmente suscrito y pagado; escritura otorgada en Guápiles de Pococí, a las once horas y treinta y cinco minutos del primero de mayo del dos mil ocho, ante el notario Lic. David López García, carné número catorce mil novecientos diecinueve.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—Nº 31271.—(40530).

Ante mí, Miguel Ángel González Morales, notario público, se constituyó la sociedad denominada Ecodes Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, provincia de San José, doscientos metros al noroeste de la Escuela Doce de Marzo. Fabrica de Hielo Hiljo S. A., con un plazo social de noventa y nueve años a partir del día treinta de abril del año dos mil ocho, conformado por un capital social de diez mil colones exactos. Representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Esteban Ramírez Rivera.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, treinta de abril del año dos mil ocho.—Lic. Miguel Ángel González Morales, Notario.—1 vez.—Nº 31272.—(40531).

El suscrito José Luis Marín Quirós, notario publico con oficina en Heredia, da fe, que a las doce horas del día veintiséis del mes de abril del dos mil ocho, en escritura pública número ciento ochenta y dos, del tomo tercero de mi protocolo, se constituyó en mi notaría, por los señores German Andrés Víquez Vega y Pedro Joaquín Barrantes Marchena, la compañía denominada empresa Excavaciones Barrantes y Víquez B y V Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento como S. A. la que tendrá su domicilio social en Heredia, Horquetas de Sarapiquí, cien metros al este del bar Kike, figurando con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y con la representación judicial y extrajudicial, sus socios Víquez Vega y Barrantes Marchena, como presidente y secretario respectivamente.—Lic. José Luis Marín Quirós, Notario.—1 vez.—(43285).

NOTIFICACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

AUTO DE APERTURA DE PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO Y CITACIÓN A COMPARECENCIA

ORAL Y PRIVADA

Imprenta Nacional.—Órgano Director del Procedimiento.—San José, a las ocho horas con treinta minutos del día cinco de mayo del dos mil ocho. Expediente Nº 004-2008. Se les comunica a los señores: Marlen Vargas Fernández, Alejandro Moreno Alvarado e Ileana Chávez Chávez, todos funcionarios de la Imprenta Nacional, destacados los dos primeros en el Departamento Financiero, donde desempeñan el puesto de Jefe y de Tesorero respectivamente, y la tercera destacada en la Sección de Publicaciones, así como la señora Patricia Obando Meléndez, cédula de identidad Nº 1-497-387, exfuncionaria de esta institución que se inicia procedimiento administrativo ordinario en su contra, de conformidad con los artículos 211, 214, 308 y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, con el fin de investigar en esta vía la verdad real de los hechos y determinar sus eventuales responsabilidades, según solicitud expresa planteada por el Director General de la Imprenta, mediante oficios Nos. 251-2008 DG de fecha 7 de abril del 2008 y 313-2008 DG de 28 de abril del 2008, para que se determine la verdad real de los hechos sobre los presuntos hechos investigados por la Auditoría Interna de esta institución en la relación de hechos A.I. Nº 004-2008 de marzo del 2008, denominado “Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”. Se procede a intimar a los encartados de la siguiente forma: A la servidora Marlen Vargas Fernández, por los supuestos hechos contenidos en la relación de hechos de la Auditoría Interna de la institución A.I. 004-2008 de marzo del 2008, denominada “Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”, referentes a: 1) Supuesto incumplimiento de sus obligaciones concretamente en el deber de fiscalización “responsabilidad in vigilando” y “responsabilidad in diligiendo”, debido a que supuestamente la Sección de Financiero no implementó un mecanismo básico de control interno mediante el cual se pudiera comprobar que los ingresos detallados en los Comprobantes de Ingreso de la “Caja de Zapote” coincidieran con las publicaciones que ingresaban a la Sección de Publicaciones. 2) Supuesta falta de control diario o arqueo de la Caja ubicada en Zapote. 3) Que supuestamente varios de los Comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote, no tienen adjuntos el cobro del día. 4) Que supuestamente los comprobantes de Diario de Caja del 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, no se encuentran debidamente rubricados por el Jefe de Caja, como parte del mecanismo de revisión y visto bueno que debe tener la Sección de Financiero, sobre la Caja de Zapote. 5) Que en el período comprendido entre el 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, los comprobantes del Diario de Caja supuestamente tienen diferencias entre los formularios de ingresos y el monto efectivamente depositado por un monto total de ¢326.605,00 (trescientos veintiséis mil seiscientos cinco colones sin céntimos), monto correspondiente a los días 20 de noviembre, 14 de diciembre, 21 y 22 de febrero, 5, 26 y 30 de marzo, 12 y 17 de abril todos del 2007. 6) Que supuestamente la suma aproximada de dinero por publicaciones realizadas sin el respectivo comprobante de ingresos asciende a la suma de ¢2.947.100,00 (dos millones novecientos cuarenta y siete mil cien colones sin céntimos). Hechos que podría acarrear el incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 26, inciso b) del Reglamento Interior de Trabajo de la Imprenta Nacional, artículos 101, 102, incisos b) y d) y 212 de la Ley General de la Administración Pública, artículos 18, 108, 110, incisos b), o), y r) de la Ley de Administración Financiera de la República, artículo 15, inciso iv) de la Ley General de Control Interno, artículo 50, inciso b) del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, artículos 3º, 4º y 38, incisos d) y g) de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública. Al señor Alejandro Moreno Alvarado, por los supuestos hechos contenidos en la relación de hechos de la Auditoría Interna de la institución A.I.004-2008 de marzo del 2008, denominada “Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”, referentes a: 1) Supuesto incumplimiento de sus obligaciones concretamente en el deber de fiscalización “responsabilidad in vigilando” y “responsabilidad in diligiendo”, debido a que supuestamente la Sección de Financiero no implementó un mecanismo básico de control interno mediante el cual se pudiera comprobar que los ingresos detallados en los Comprobantes de Ingreso de la “Caja de Zapote” coincidieran con las publicaciones que ingresaban a la Sección de Publicaciones. 2) Supuesta falta de control diario o arqueo de la Caja ubicada en Zapote. 3) Que supuestamente varios de los Comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote, no tienen adjuntos el cobro del día. 4) Que supuestamente los comprobantes de Diario de Caja del 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, no se encuentran debidamente rubricados por el Jefe de Caja, como parte del mecanismo de revisión y visto bueno que debe tener la Sección de Financiero, sobre la Caja de Zapote. 5) Que en el período comprendido entre el 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, los comprobantes del Diario de Caja supuestamente tienen diferencias entre los formularios de ingresos y el monto efectivamente depositado por un monto total de ¢326.605,00 (trescientos veintiséis mil seiscientos cinco colones sin céntimos), monto correspondiente a los días 20 de noviembre, 14 de diciembre, 21 y 22 de febrero, 5, 26 y 30 de marzo, 12 y 17 de abril todos del 2007. 6) Que supuestamente la suma aproximada de dinero por publicaciones realizadas sin el respectivo comprobante de ingresos asciende a la suma de ¢2.947.100,00 (dos millones novecientos cuarenta y siete mil cien colones sin céntimos). Hechos que podría acarrear el incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 26, inciso b) del Reglamento Interior de Trabajo de la Imprenta Nacional, artículos 101, 102, incisos b) y d) y 212 de la Ley General de la Administración Pública, artículos 18, 108, 110, incisos b), o), y r) de la Ley de Administración Financiera de la República, artículo 15, inciso iv) de la Ley General de Control Interno, artículo 50, inciso b) del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, artículos 3º, 4º y 38, incisos d) y g) de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública. A la funcionaria Ileana Chávez Chávez, por los supuestos hechos contenidos en la relación de hechos de la Auditoría Interna de la institución A.I.004-2008 de marzo del 2008, denominada “Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”, referentes a: 1) Que supuestamente algunos de los Comprobantes de Ingreso que confeccionaban para efectuar publicaciones, no se ajustaban en su contenido con el tipo de publicación que efectivamente se realizaba. 2) Que en el período comprendido entre el 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, los comprobantes del Diario de Caja supuestamente tienen diferencias entre los formularios de ingresos y el monto efectivamente depositado por un monto total de ¢326.605,00 (trescientos veintiséis mil seiscientos cinco colones sin céntimos), monto correspondiente a los días 20 de noviembre, 14 de diciembre, 21 y 22 de febrero, 5, 26 y 30 de marzo, 12 y 17 de abril todos del 2007. 3) Que supuestamente la suma aproximada de dinero por publicaciones realizadas sin el respectivo comprobante de ingresos asciende a la suma de ¢2.947.100,00 (dos millones novecientos cuarenta y siete mil cien colones sin céntimos). Hechos que podría acarrear el incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 26, inciso b) del Reglamento Interior de Trabajo de la Imprenta Nacional, artículos 101, 102, incisos b) y d) y 212 de la Ley General de la Administración Pública, artículos 18, 108, 110, incisos b), o), y r) de la Ley de Administración Financiera de la República, artículo 15, inciso iv) de la Ley General de Control Interno, artículo 50, inciso b) del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, artículos 3º, 4º y 38, incisos d) y g) de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública. A la exfuncionaria Patricia Obando Meléndez, cédula de identidad Nº 1-497-387, por los supuestos hechos contenidos en la relación de hechos de la Auditoría Interna de la institución A.I.004-2008 de marzo del 2008, denominada “Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”, en cuanto a la responsabilidad civil y penal de los hechos referentes a: 1) Supuesto incumplimiento de sus obligaciones concretamente en el deber de fiscalización “responsabilidad in vigilando” y “responsabilidad in diligiendo”, debido a que supuestamente la Sección de Financiero no implementó un mecanismo básico de control interno mediante el cual se pudiera comprobar que los ingresos detallados en los Comprobantes de Ingreso de la “Caja de Zapote” coincidieran con las publicaciones que ingresaban a la Sección de Publicaciones. 2) Supuesta falta de control diario o arqueo de la Caja ubicada en Zapote. 3) Que supuestamente varios de los Comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote, no tienen adjuntos el cobro del día. 4) Que supuestamente los comprobantes de Diario de Caja del 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, no se encuentran debidamente rubricados por el Jefe de Caja, como parte del mecanismo de revisión y visto bueno que debe tener la Sección de Financiero, sobre la Caja de Zapote. 5) Que en el período comprendido entre el 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, los comprobantes del Diario de Caja supuestamente tienen diferencias entre los formularios de ingresos y el monto efectivamente depositado por un monto total de ¢326.605,00 (trescientos veintiséis mil seiscientos cinco colones sin céntimos), monto correspondiente a los días 20 de noviembre, 14 de diciembre, 21 y 22 de febrero, 5, 26 y 30 de marzo, 12 y 17 de abril todos del 2007. 6) Que supuestamente la suma aproximada de dinero por publicaciones realizadas sin el respectivo comprobante de ingresos asciende a la suma de ¢2.947.100,00 (dos millones novecientos cuarenta y siete mil cien colones sin céntimos). Hechos que podría acarrear el incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 26, inciso b) del Reglamento Interior de Trabajo de la Imprenta Nacional, artículos 101, 102, incisos b) y d) y 212 de la Ley General de la Administración Pública, artículos 18, 108, 110, incisos b), o), y r) de la Ley de Administración Financiera de la República, artículo 15, inciso iv) de la Ley General de Control Interno, artículo 50, inciso b) del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, artículos 3º, 4º y 38, incisos d) y g) de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública. Se les hace saber a los accionados que tienen derecho a fotocopiar el expediente administrativo, ofrecer argumentos y aportar toda la prueba de descargo que estimen conveniente, en ejercicio de su Derecho de Defensa. El expediente administrativo consta actualmente de los siguientes documentos: Oficios Nos. 251-2008 DG de fecha 7 de abril del 2008 y 313-2008 DG de 28 de abril del 2008, acuerdos firmes de Junta Administrativa Nº 5253-04-08 tomado en sesión ordinaria Nº 266 de 2 de abril del 2008 y acuerdo firme Nº 5265-04-08 tomado en sesión ordinaria Nº 268 de 23 de abril del 20087. Informe de la Auditoría Interna de la institución A.I. Nº 004-2008, de marzo del 2008, denominado “Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”. Para que se refieran a los hechos que se les imputan y aporten la prueba que consideren pertinente, en cumplimiento del debido proceso, se les cita en calidad de partes a la comparecencia oral y privada, personalmente y no por medio de apoderado, a las nueve horas del día viernes 6 de junio del 2008, en la sala de sesiones de esta Imprenta Nacional, en La Uruca, detrás del Almacén Capris. De no hacerse presente a la ordenada comparecencia se procederá a resolver el presente asunto con los elementos de juicio con que cuenta esta Administración. Se les advierte a los accionados que podrán hacerse acompañar de un profesional en Derecho. Se les previene que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de esta notificación, deberán señalar ante ese despacho lugar donde atender futuras notificaciones dentro del perímetro judicial de San José, de lo contrario se les estará notificando en la dirección con que cuenta la Administración. La presente resolución goza de los recursos ordinarios de ley, los cuales deberán interponerse dentro del plazo improrrogable de veinticuatro horas, contadas a partir de la notificación respectiva (Artículos 345, 346, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública). Se ha nombrado como Órgano Director del procedimiento administrativo a la Lic. Ana Gabriela Luna Cousin, y a la Lic. Karol Frutos Fernández, ambas abogadas de la Imprenta Nacional, quienes han sido formalmente investidos de plena autoridad para la realización de los actos administrativos del procedimiento. Notifíquese.—San José, 9 de mayo del 2008.—Miembros del Órgano Director: Lic. Ana Gabriela Luna Cousin, y Lic. Karol Frutos Fernández.—C-Exento.—(42472).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber que en las diligencias administrativas de Oficio que se tramita en este Registro, se dictó la siguiente resolución: (Exp. Nº 326-2006) Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Curridabat, a las quince horas del día dieciocho de abril del año dos mil ocho. Visto que la Oficina de Correos de Zapote, devolvió el sobre con Nº de certificado RR137797395CR, el cual contenía la resolución de audiencias dictada a las 11:00 horas del 25 de enero del año 2008, que se confería a la Licenciada Cira María Vargas Ayales, de quien no se indica número de cédula de identidad, y quien aparece como Miembro de la Comisión Liquidadora de la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito de Costa Rica R. L. siglas FEDECRÉDITO R. L., en virtud de que dicha entidad es parte actora en el mandamiento de embargo practicado, inscrito bajo citas de tomo 463, asiento 6322, el cual recae sobre la finca del Partido de Cartago, matrícula 126354, propiedad de la Cooperativa Agrícola e Industrial de Tierra Blanca de Cartago; de conformidad con lo expuesto en el Oficio DGRN-0831-2007 y la Circular Administrativa DRP-008-2007, con el propósito de no causar estado de indefensión y cumplir con el principio constitucional del debido proceso; Se resuelve: Conferir audiencia hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la tercera publicación consecutiva en el Diario Oficial La Gaceta; para que en término indicado haga valer sus derechos. Y se le previene: 1) Que dentro del término establecido para la audiencia, presente los alegatos que a su derecho convengan, también deben señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro de la Ciudad de San José en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2) Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, artículos 98 del Reglamento del Registro Publico, que es Decreto Ejecutivo 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil; así como los artículos 3 y 12 de la Ley de Notificaciones. Notifíquese”.—Curridabat, 18 de abril del 2008.—Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica Registral.—(Solicitud Nº 49320).—C-51560.—(39786).

Se hace saber a la sucesión de quien fuera en vida Ronal Roberto Naranjo Solano, cédula 1-635-574, o a sus causahabientes; en calidad de titular registral de los inmuebles número 241713 y 431880; y anterior titular de los inmuebles 364182 y 401439, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de Oficio, relativo a las fincas del partido de San José 241713, 364182, 401439 y 431880. En virtud de lo anterior esta Asesoría, mediante resolución de las 09:50 horas del 24/04/2008, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 11:25 horas del 24/04/2008, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene que dentro de dicho término deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales) y el artículo 548 del Código Civil; bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. Nº 08-170-BI).—Curridabat, 24 de abril del 2008.—Máster Marianella Solís Víquez, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 46553).—C-39680.—(39787).

Se hace saber a Asdrúbal Villalobos Ávila, cédula 2-0169-0663, en calidad de titular registral, del inmueble del Partido de Alajuela número 242210-000, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, sobre una supuesta duplicidad de plano en las fincas del Partido de Alajuela números 253431-000 y 242210-000. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 9:30 horas del 27/11/2007, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 8:00 horas del 24/01/2008, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial “La Gaceta”; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene que dentro de dicho término deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. 07-711-BI).—Curridabat, 22 de abril del 2008.—Master Marianella Solís Víquez, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 49321).—C-37640.—(39788).

AVISOS

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que se encuentran morosos, según nuestros registros al 30 de abril del 2008. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el diario oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión.

                 Nombre                                                           Cédula

Aguilar Molina Sonia                                                  104310644

Alvarado Ocampo Ana Cecilia                                    104010835

Andreoli González Victoria Eugenia                            104320104

Angulo Espinoza Lesly María                                     205640832

Arce Bazán Raquel                                                      104100423

Barrantes Alfaro Haisel                                               105930283

Barrantes López Mónica                                             108900906

Barrantes Mora Ronald Arturo                                    205360952

Barrantes Vega Carmen                                               104171170

Barrionuevo Chen Apuy Floria                                   104030685

Bejarano Hernández Flory                                          104001316

Berrocal Sánchez Alba                                                105110594

Betancourt Canales Gerardo                                        501390405

Blanco Araya Ana Sofía                                              502540617

Brenes Barquero Luis Alonso                                      302680039

Buzano Barrantes Edín Mauricio                                 502760638

Calderón Morales Francisco                                        108160691

Campos Quesada Ronald                                             107320146

Carballo Brenes Auxiliadora                                        109710531

Cárdenas Becerra Claudia                                            800560994

Carranza Cubero Elisa                                                 201770012

Casasola Orozco Adriana                                            105030580

Castillo Ramírez Osvaldo                                            106410089

Cedeño Ortega Maritza                                               107000684

Cento Muñoz Raquel                                                   315173366004596

Cerdas Montano Norma Virginia                                 204690872

Chacón Acuña María de los Ángeles                            104030955

Chacón Martínez Ileana María                                    204250081

Chacón Mora Edwin                                                   109250720

Chaves Salas Leonel                                                    602880348

Chaves Sandoval María Dolores                                  900750488

Chaves Torres Bary                                                    104710351

Cordero Pires Alex                                                     109540478

Corella Madrigal Martha Eugenia                                203060141

Curbello Morales Alicia                                               800350551

De Paz Vigal María Luz                                              106066818

Elizondo López Sandra María                                     104070086

Flores Sancho Juliana Sofía                                         110970807

Gilberstein Kukielka Rosita                                         800011046

Gómez Torres Juan Rafael                                          204480755

González Agüero Mónica                                            109430044

González Vargas Rosa María                                       105000775

Guardia Oreamuno Lilly                                              700140737

Guevara Venegas Graciela Violeta                                103680844

Hernández Viale Cynthia                                            900640618

Hidalgo González Karen Cristina                                 205410424

Jiménez Arias Gladys                                                  107270577

Jiménez Bolaños Flor de María                                   203030577

Jiménez Castro Maximiliano                                       110510697

Jiménez Dam Ricardo                                                 103120522

Jiménez Gómez Abelardo                                            501451005

Jiménez Murillo Fernando                                           106620046

Jiménez Sancho Rosa María                                        107070594

Lemistre Pujol Annie                                                  800470793

Logan Arias Jorge Manrique                                        110880816

López Montero Patricia                                             105430090

López Vargas Mario Alberto                                       105550190

Lorenzo Blanco Purificación                                      106722332692

Madrigal Sandí Inés                                                     105260044

Madriz González Johan                                               109000919

Martínez Castillo Marbet                                            502980166

Mauricio Vásquez Roxana                                           455115084

Mc.Calla Williams Lorena Elionor                              700660016

Meléndez Flores Emilio                                              27002137780115776

Méndez Pérez Henry                                                  205320527

Monge Agüero Mercedes M                                        104011497

Monge Figueroa Ana Elissa                                         602940422

Montero Salazar Guadalupe                                         104330903

Montoya Herrera Angélica                                         108930436

Mora Aguilar Ana Isabel                                             104270326

Mora Rodríguez Luis Adrián                                        110240313

Mungía Castro Cecilia                                                 103280733

Murillo Solórzano Juan Carlos                                     110160350

Murray Mackenzie Sandra                                           104160478

Núñez Canales Ana Lucrecia                                       503280796

Obando Suárez Omar                                                   600950294

Ortiz Ortiz María S.                                                    104011251

Parra Ramírez Cinthia                                                108710887

Paruas Buitrago Ramón                                               800810408

Picado Vargas María Karina                                        107750453

Picón Espinoza Jorge Arturo                                      503200474

Porras Méndez Jhonny                                               204020692

Porras Zúñiga Carmen María                                      203880182

Prendas Anchía Albin                                                 603230737

Quiel Reyes Reiner                                                      601510677

Ramos Torres Yeimer Gerardo                                    112150340

Reina Parra Gloria Beatriz                                          CC522778739

Retana Jiménez Carlos Luis                                         105240869

Reynolds Vargas Jenny                                                104080037

Rivas Bascón Marlidian                                               410173699000263

Rodríguez Bolaños Vinicio Alberto                              205130764

Rojas Barrantes Adriana                                              108410695

Rojas González Álvaro                                                603370926

Rojas Storck Gelsy Yeny                                             45501748590002374

Rojas Zúñiga Max Alfonso                                          107120025

Rosales Ruiz Verny                                                     502310637

Sánchez Aguilar Lizbeth                                              401310731

Sevilla Novoa Marvin                                                 106560660

Sibaja Torres Oliva María                                           104181318

Solera Elizondo Christian                                            109060757

Triana Cabrera Dailin                                                 315174704004777

Valdez Villegas Anastacio                                            601440399

Valenzuela Vásquez Guillermo                                     600630299

Varela Quesada María Isolina                                      202761500

Vargas Alcázar Gerardo                                               104090055

Vargas González Xinia                                                105220311

Vilas Siri Josefa                                                           111072429

Villalobos Cruz Karen Virieth                                      205550927

Villegas Ulate Cristina                                                 205950060

Víquez Mata Jose Francisco                                         900290917

Zúñiga Blanco Nidya                                                   104090054

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