LEY PARA MODIFICAR EL
INCISO B), DEL ARTÍCULO 5
DE LA LEY N.º 8114: LEY DE
SIMPLIFICACIÓN Y
EFICIENCIA TRIBUTARIAS
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Como todos sabemos, la
administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, están a
cargo del Gobierno Municipal (Constitución Política: Art. 169), no obstante esa
atribución constitucional, en la actualidad es muy poco lo que los gobiernos
locales pueden hacer, por ejemplo, para contar con infraestructura vial de
avanzada, pues carecen de recursos, tanto financieros como humanos y
materiales.
Para nadie es un secreto, que
en muchas ocasiones los municipios no disponen de los recursos económicos
necesarios para la ejecución de sus proyectos más urgentes, lo que los obliga
ha realizar las obras por partes (en obras viales a esto también se le llama
bacheo), resultando, casi siempre, en obras inconclusas o que no tienen
continuidad. Con el agravante de que los escasos recursos de que
disponen, se pierden, ocasionando un perjuicio no solo para las y los
habitantes de la comuna, sino, también, un daño para el erario público.
A fin de evitar esa
deficiencia, se ha llegado a la conclusión de que, por lo menos en lo que respecta
a obras viales, existe una salida al problema. Por eso, este Despacho
propone que las municipalidades puedan comprometer hasta en un 60% y por un
plazo no mayor a siete años, los recursos asignados por la Ley N.º 8114. La
idea es que los recursos proyectados a siete años, puedan servir como garantía
para que las municipalidades accedan a préstamos por medio del sistema bancario
nacional, a fin de que emprendan proyectos de infraestructura vial mucho más
complejos que los simples bacheos.
Así, al ofrecerle a las
municipalidades la posibilidad de contar con un respaldo jurídico que les
garantice el giro de los recursos, y con la posibilidad de negociar con el
sistema bancario nacional, también se garantice un nivel de desarrollo acorde
con las necesidades, no solo a corto plazo, sino, más bien, con una visión del
país a más largo plazo.
Asimismo, para dar una mayor
seriedad a la propuesta de solución, en esta reforma queda establecida la
ineludible obligación del Ministerio de Hacienda de girar oportunamente los
recursos que de por sí, ya está obligado a girar, pero que de alguna manera, se
le conmina a que eso sea en el momento oportuno y preciso y de esta forma
evitar un daño a las finanzas municipales para todas aquellas que hayan
contraído compromisos y obligaciones ante el Sistema Bancario Nacional.
Como habrá podido apreciarse,
el desarrollo oportuno y eficiente de las obras municipales, dirigidas entre
otras cosas, a buscar el bienestar general de los habitantes de los municipios,
son el fundamento del presente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA
RICA
DECRETA:
LEY PARA MODIFICAR EL
INCISO B), DEL ARTÍCULO 5
DE LA LEY N.º 8114: LEY DE
SIMPLIFICACIÓN Y
EFICIENCIA TRIBUTARIAS
ARTÍCULO ÚNICO.- Refórmase el inciso b) del artículo 5 de la Ley N.º 8114: Ley de
Simplificación y Eficiencia Tributarias, para que diga de la siguiente manera:
“Artículo 5.- Destino de los recursos
[...]
b)
El veinticinco por ciento (25%)
restante se destinará exclusivamente a conservación, mantenimiento rutinario,
mantenimiento periódico, mejoramiento y rehabilitación; una vez cumplidos estos
objetivos, los sobrantes se usarán para construir obras viales nuevas de la red
vial cantonal, que se entenderá como los caminos vecinales, los no clasificados
y las calles urbanas, según las bases de datos de la Dirección de
Planificación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
La suma correspondiente
será girada a las municipalidades por la Tesorería Nacional,
de acuerdo con los siguientes parámetros: el sesenta por ciento (60%) según la
extensión de la red vial de cada cantón y un cuarenta por ciento (40%), según
el índice de Desarrollo Social Cantonal (IOS) elaborado por el Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan); los cantones con menor
IOS recibirán proporcionalmente mayores recursos.
La ejecución de estos
recursos se realizará de preferencia bajo la modalidad participativa de
ejecución de obras. Conforme lo establece el Reglamento de esta Ley, el
destino de los recursos lo propondrá, a cada concejo municipal, una junta vial
cantonal nombrada por el mismo concejo, la cual estará integrada por
representantes del gobierno local, del MOPT y de la comunidad, por medio de
convocatoria pública y abierta.
Las municipalidades
podrán comprometer los recursos asignados en la presente Ley hasta un setenta
por ciento (70%) y en un plazo no mayor de siete años, con el Sistema Bancario
Nacional para la ejecución de obras de infraestructura vial, debiendo contemplar
los cargos financieros que se devengasen de sus compromisos y obligaciones.
El Ministerio de
Hacienda queda obligado al giro puntual de los recursos, para no ocasionar
perjuicios financieros a las municipalidades.
El Ministerio de
Hacienda incorporará cada año en el proyecto de presupuesto ordinario y
extraordinario de la
República, una transferencia inicial de mil millones de
colones (¢1.000.000.000,00), a favor de la Cruz Roja Costarricense, que será actualizada
anualmente con base en el índice de precios al consumidor, calculado por el
Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). La Cruz Roja Costarricense
asignará estos recursos de la siguiente manera:
i) El ochenta y cinco por ciento (85%) a los
comités auxiliares.
ii) Un cinco por ciento (5%) a la Dirección Nacional
de Socorros y Operaciones.
iii)
Un diez por ciento (10%) a la Administración General.
El monto asignado a los
comités auxiliares se distribuirá de acuerdo con los índices de población, el área
geográfica y la cobertura de cada comité. Se respetarán los siguientes
porcentajes:
1.- El noventa por ciento (90%), a gastos de operación y
a reparación, compra y mantenimiento de vehículos y equipo.
2.- Un diez por ciento (10%), a gastos administrativos.
Rige a partir de su
publicación en el diario oficial La
Gaceta.
Bienvenido Venegas Porras
DIPUTADO
NOTA:
Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente
de Asuntos Hacendarios.
10 de diciembre del 2007.—1
vez.—C-63380.—(40299).
ADICIÓN DE UN NUEVO
CAPÍTULO III REFERENTE
A LOS DERECHOS EN SALUD SEXUAL Y SALUD
REPRODUCTIVA, AL TÍTULO I DEL LIBRO I
DE LA LEY GENERAL DE SALUD,
Nº 5395
DE 30 DE OCTUBRE DE 1973
Y SUS REFORMAS
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
1. Situación actual de la salud sexual
y la salud reproductiva en el país
A pesar de los grandes
logros que Costa Rica ha alcanzado en materia de salud, aún persisten graves
problemas en el ámbito de la salud sexual y la salud reproductiva y no existe
un marco legal adecuado para enfrentarlos.
En el año 2003, por ejemplo,
se produjeron 24 muertes maternas, para una tasa de 3.29 x 100,000 nacimientos
y, aunque parezca una cifra baja, el problema está en que esas muertes podían
prevenirse. Para el año 2003, las principales causas de muerte materna
fueron: complicaciones en el trabajo de parto y en el parto, trastornos
hipertensivos en el embarazo parto y puerperio, infecciones puerperales y
embolismo líquido amniótico.
El análisis de estos casos
revela que el 85% de ellos eran prevenibles, y no se pudieron evitar por
debilidades en la atención prenatal, durante el parto y el posparto, o por las
condiciones de vida de las familias de las cuales provenían las mujeres.
Las mujeres jóvenes
constituyen uno de los grupos más vulnerabilizados por su condición etárea y de
género, conocen poco acerca de planificación familiar, tienen pocas
posibilidades de negociar con sus parejas el uso de métodos de prevención y
muchas tienen un reducido acceso a tecnologías de anticoncepción y prevención
de las infecciones de transmisión sexual (ITS).
El embarazo no deseado en la
adolescencia es una situación creciente que trae consigo altos riesgos de
mortalidad infantil y materna. Según la información suministrada por el
Informe de Análisis de la Mortalidad Infantil y Materna 2004, el 20% de los
nacimientos en el país correspondieron a madres adolescentes entre el 2001 y el
2003 y el 25% de las muertes infantiles fueron de hijos e hijas de madres
adolescentes.
El cáncer de mama constituye
otro de los graves problemas de salud reproductiva en el país. En el año
2000 pasó a ocupar el primer lugar de incidencia de cáncer en mujeres, con un
incremento porcentual de más del 45% en diez años y el tercer lugar fue ocupado
por el cáncer del cuello uterino, en el primer quinquenio de los noventa.
El cáncer de mama es el que más muertes por cáncer está produciendo en las
mujeres, quedando en cuarto lugar el cáncer de cérvix.
En los hombres, es
vertiginoso el crecimiento que a lo largo de los noventa ha experimentado el
cáncer de próstata; de hecho presenta el mayor crecimiento en sus tasas de
incidencia al pasar de 17,86 en 1990 a 45,10 en el año 2000 (un incremento
porcentual de más de 150%), por lo que se ubica en el primer lugar de incidencia
de cáncer en los hombres y el segundo en muertes.
En relación con el VIH, la
situación en el país se considera concentrada y de baja prevalencia.
Tiene una tendencia a la feminización y está ubicada mayoritariamente en las
zonas urbanas -Gran Área Metropolitana-. Por otra parte, su vía principal
de transmisión es la sexual (84.2%), y la epidemia predomina en poblaciones en
condiciones de vulnerabilidad, principalmente en hombres que tienen sexo con
hombres y en trabajadores (as) comerciales del sexo.
En el año 2006, Onusida
estimó la prevalencia de VIH en 0.3 en la población de 15 a 49 años; también
indicó que había unas 7.300 personas viviendo con VIH, de las cuales el 33%
equivalían a mujeres entre los 15 y 49 años de edad.
En el año 1992 la relación
hombre-mujer era de 12.9 a 1 y para el 2005 pasó a 5.4 casos nuevos de SIDA del
sexo masculino por cada nuevo caso del sexo femenino. Hasta 1990 los
casos de mujeres con SIDA sumaron 21, entre 1991 y 1995 fueron detectados 65
casos nuevos y entre 1996 y el 2000 el número fue de 153. El número de
casos de mujeres constituye el 12% del total de casos acumulados a partir de
1983.
2. Antecedentes de los derechos en
salud sexual y salud reproductiva en las conferencias, la legislación y la
jurisprudencia internacionales
De acuerdo con la Organización Mundial
de la Salud
(OMS), la salud constituye un estado general de bienestar físico, mental y
social y no solo la mera ausencia de enfermedad. Además, la salud
constituye un derecho humano reconocido por los principales instrumentos
internacionales de derechos humanos y por ello, el Estado debe proveer las
condiciones necesarias para su ejercicio efectivo y pleno por parte de todas
las personas.
La salud sexual y la salud
reproductiva constituyen componentes esenciales de la salud integral y para
alcanzar su ejercicio pleno y efectivo, los Estados han reconocido en diversos
instrumentos internacionales una variedad de derechos sexuales y derechos
reproductivos. Entre esos instrumentos se pueden mencionar: la Declaración Universal
de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, la Convención
para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
(Cedaw) y el Protocolo Adicional a la Convención Americana
de Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
conocido como Protocolo de San Salvador; todos ellos ratificados por el Estado
costarricense.
Además, en diversas
conferencias internacionales, los Estados han asumido compromisos en esta
materia. Desde 1968, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada
en Teherán, se afirma por primera vez que “los padres tienen el derecho humano
fundamental de determinar libremente el número de sus hijos y los intervalos
entre los nacimientos”, sentando así las bases para el progresivo
reconocimiento y desarrollo de los derechos sexuales y reproductivos.
Posteriormente, en 1974, en la Conferencia Mundial
de Población de Bucarest, se reconoció el derecho de las personas a decidir sobre
la regulación de la fecundidad, enfatizando las responsabilidades del Estado de
proporcionar información, educación y los medios que permitan a las personas el
ejercicio de ese derecho.
En la Conferencia Internacional
sobre Población y Desarrollo (CIPD) celebrada en El Cairo en 1994, se reconocen
expresamente los derechos reproductivos. El capítulo VII del Programa de
Acción de El Cairo se refiere a los derechos reproductivos y la salud
reproductiva definiendo a la salud reproductiva como un estado general de
bienestar físico, mental y social en todos los aspectos relacionados con el
sistema reproductivo y con sus funciones y procesos, lo cual lleva implícito el
derecho de hombres y mujeres a información y acceso a métodos de elección
seguros, eficaces, aceptables y económicamente asequibles en materia de
planificación de la familia; así como el derecho de la mujer a tener acceso a
servicios de salud que propicien embarazos y partos sin riesgo. La salud
reproductiva incluye la salud sexual, cuyo fin es el desarrollo de la vida y de
las relaciones personales. Se exhorta a los gobiernos a facilitar los
servicios de salud reproductiva, mediante el sistema de atención primaria de
salud, a todas las personas de edad apropiada, a más tardar para el año 2015.
Esta atención debe incluir, entre otras cosas: asesoramiento,
información, educación, comunicaciones y servicios en materia de planificación
de la familia; educación y servicios de atención prenatal, partos sin riesgo y
atención post-parto, en particular la salud materno-infantil y la promoción de
la lactancia materna; prevención y tratamiento de la infertilidad, interrupción
del embarazo (en las circunstancias y condiciones que no contradigan la
legislación nacional), tratamiento de las infecciones del aparato reproductor,
enfermedades de transmisión sexual, e información, educación y asesoramiento en
materia de sexualidad humana, salud reproductiva y paternidad
responsable. Se deben diseñar programas de acuerdo con las necesidades de
mujeres y adolescentes con la participación de estas, y programas para hombres
adultos y adolescentes en relación con estos temas.
______________
Ministerio de Salud, Dirección de Servicios de
Salud, Informe 2004. Sistema Nacional de Evaluación de la Mortalidad Materna
e Infantil.
Ortiz B. A., Vargas A. R. Muñoz L. G. Incidencia
y mortalidad del cáncer en Costa Rica, 1990-2003. Ministerio de
Salud.
Ministerio de Salud, Conasida, Onusida. Plan
Estratégico Nacional para la
Prevención, Atención y Asistencia del VIH-SIDA,
2002-2010.
Los diversos comités de
Naciones Unidas, se han ocupado también de destacar algunas responsabilidades
de los Estados en relación con los derechos en salud sexual y salud
reproductiva. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(Cdesc) en la
Observación General 14, destaca el deber de los Estados de
ofrecer una amplia gama de servicios de salud de calidad y económicos, que
incluyan servicios de salud sexual y reproductiva. En esta misma
Observación General se señala que: “El ejercicio del derecho de la mujer
a la salud requiere que se supriman todas las barreras que se oponen al acceso
de la mujer a los servicios de salud, educación e información, en particular en
la esfera de la salud sexual y reproductiva...”
Una resolución de la Organización Mundial
de la Salud,
establece que la “autonomía reproductiva no sólo incluye el derecho a decidir
el número y espaciamiento de los hijos, sino que también incluye el derecho a
realizar un plan de procreación con asistencia médica o de una partera
reconocida, en un hospital o en un ambiente alternativo...”
El Comité de la Cedaw ha abordado la
obligación de los gobiernos en la esfera de la salud reproductiva en su
Recomendación 24 sobre la mujer y la salud, declarando entre otros aspectos,
que los Estados parte “ejecuten una estrategia nacional amplia para fomentar la
salud de la mujer durante todo su ciclo de vida. Esto incluirá [...] “el acceso
universal de todas las mujeres a una plena variedad de servicios de atención de
la salud de gran calidad y asequibles, incluidos servicios de salud sexual y
reproductiva”.
Particularmente para el caso
de Costa Rica, el Comité de la
Cedaw recomendó al Estado que “fortalezca sus programas de
atención a la salud, incluyendo la salud sexual y reproductiva y que, con la
mayor brevedad posible, ponga en marcha un programa nacional que proporcione a
las mujeres y a los hombres información oportuna y confiable sobre los métodos
anticonceptivos disponibles y los que puedan permitirles ejercer su derecho a
decidir de manera libre e informada, sobre el número y espaciamiento de los
hijos que quieran tener, así como las medidas que refuercen de prevención de
enfermedades de transmisión sexual y el VIH/SIDA, incluyendo la disponibilidad
de preservativos.
Pide también al Estado parte
que continúe fortaleciendo los programas de apoyo a las adolescentes
embarazadas y madres y los programas de educación sexual orientados a la
prevención de embarazos entre la población adolescente”.
Más recientemente, la Declaración el
Milenio, adoptada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 2000, en
donde se formulan los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), varios de
ellos relacionados con salud sexual y salud reproductiva, se señala que,
mejorar el acceso a la salud sexual y reproductiva contribuye a reducir los
niveles de pobreza, mejorar la salud materna, reducir la mortalidad infantil,
reducir la propagación y combatir las ITS, incluido el VIH/SIDA y empoderar a
las mujeres y alcanzar la igualdad entre los géneros.
Posteriormente, en la Cumbre Mundial de
2005, celebrada con el fin de analizar el avance en el cumplimiento de los ODM,
los Estados reafirman su compromiso con la salud sexual y la salud
reproductiva, señalando que es necesario: “Lograr el acceso universal a
la salud reproductiva para 2015, según lo estipulado en la Conferencia Internacional
sobre la Población
y el Desarrollo, integrar ese objetivo en las estrategias encaminadas a
alcanzar los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos
los que figuran en la
Declaración del Milenio, y orientados a reducir la mortalidad
materna, mejorar la salud materna, reducir la mortalidad infantil, promover la
igualdad entre los géneros, luchar contra el VIH/SIDA y erradicar la
pobreza”. [Párrafo 57(g)].
3. ¿Por qué esta reforma y qué
propone?
Los anteriores
argumentos constituyen hitos fundamentales en el reconocimiento de los derechos
en salud sexual y salud reproductiva de las personas y manifiestan claramente
la voluntad política de la comunidad internacional en este sentido.
Esta voluntad expresada en el
ámbito internacional debe ser acompañada de la voluntad política en el ámbito
nacional, necesaria para que los derechos en salud sexual y salud reproductiva
puedan ser efectivamente ejercidos por todas las personas, sin distinciones ni
discriminaciones por razones de sexo, edad, condición socioeconómica,
orientación sexual, discapacidad, religión, origen étnico, estado civil, idioma
o cualquiera otra condición.
______________
Véase resolución de la OMS en: Global advisory
Group on Nursing and Midwifery, Report of the Sixth Meeting, Geneva 19-22 November, 2000.
Comité de la Cedaw: Recomendación al Estado de Costa
Rica: 2003.
Para hacer efectivos
los compromisos del Estado costarricense en esta materia, se propone entonces
esta reforma a la Ley
General de Salud, con el fin de adicionar un capítulo sobre
derechos en salud sexual y salud reproductiva, que a grandes rasgos, contiene
tres partes: en primer lugar el establecimiento de las responsabilidades
del Estado en la materia; en segundo lugar el reconocimiento de los derechos en
salud sexual y salud reproductiva de todas las personas y, en tercer lugar,
derechos de algunos grupos de población en particular.
Reconociendo que el ejercicio
de los derechos en salud sexual y salud reproductiva se encuentra estrechamente
vinculado con la posibilidad de alcanzar relaciones igualitarias entre mujeres
y hombres, se establece que el Estado y las políticas públicas deben procurar
la modificación de los patrones estereotipados de comportamiento de uno y otro
sexo y su valoración social, eliminando los prejuicios y prácticas basadas en
ideas de inferioridad o superioridad de los sexos. Se faculta además al
Ministerio de Salud para que pueda autorizar explícitamente la distribución de
condones tanto masculinos como femeninos, los cuales constituyen uno de los
métodos más eficaces para la prevención de las infecciones de transmisión
sexual, incluido el VIH y los embarazos no deseados.
En relación con los derechos
de todas las personas, se propone que, para poder tomar y ejercer las
decisiones sobre su salud sexual y su salud reproductiva, en el contexto del
respeto y protección de los derechos humanos, las personas deben contar con
información, educación y orientación, así como con servicios de atención
integral y con los medios o métodos adecuados para ello. Particularmente, se
reconoce que todas las personas tienen derecho a ser informadas y asesoradas
con el fin de lograr la vivencia de su salud sexual, libre de riesgos,
especialmente de infecciones de transmisión sexual, VIH y embarazos no
deseados.
Se reconoce el uso de la
anticoncepción de emergencia (AE) como un “… método conocido desde hace más de
30 años en el ámbito de la salud como una manera de prevenir embarazos no
deseados cuando una mujer ha tenido una relación sexual coital sin protección o
con protección defectuosa. Por tanto, ha sido un medio que ha servido a
las mujeres para la construcción de su propia autonomía en cuanto a tomar la
decisión acerca de la práctica de una maternidad voluntaria.” La Organización Mundial
de la Salud
(OMS) define la anticoncepción de emergencia como “métodos hormonales que
pueden ser usados para prevenir un embarazo luego de una relación sexual sin
protección”.
En relación con algunos
grupos de población en particular, es de especial interés reconocer los
derechos de las y los adolescentes a ejercer en forma responsable su sexualidad
y su reproducción sin discriminación, tanto en el acceso a servicios como a la
información para preservar su salud sexual y su salud reproductiva.
Se presta especial atención
al derecho de las mujeres con discapacidad y a las adultas mayores, a la toma
de decisiones respecto de su salud sexual y su salud reproductiva, enfocado en
el marco de los derechos humanos, tomando en consideración los convenios
internacionales al respecto.
Particularmente, en cuanto a los
hombres, se reconoce su derecho a los servicios de salud sexual y salud
reproductiva y, especialmente a la prevención, el diagnóstico temprano y el
tratamiento del cáncer de próstata.
Con fundamento en las
consideraciones jurídicas y de salud expuestas, presentamos la siguiente
propuesta de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA
RICA
DECRETA:
ADICIÓN DE UN NUEVO
CAPÍTULO III REFERENTE
A LOS DERECHOS EN SALUD SEXUAL Y SALUD
REPRODUCTIVA, AL TÍTULO I DEL LIBRO I
DE LA LEY GENERAL DE SALUD,
Nº 5395
DE 30 DE OCTUBRE DE 1973
Y SUS REFORMAS
ARTÍCULO ÚNICO.- Adiciónase un capítulo III al título I del Libro I de la Ley General de Salud
N.º 5395, de 30 de octubre de 1973, corriéndose la numeración de los capítulos
y artículos subsiguientes de esta Ley. El texto dirá:
“CAPÍTULO III
DERECHOS EN SALUD SEXUAL Y
SALUD REPRODUCTIVA
SECCIÓN I
DEFINICIONES Y
RESPONSABILIDADES DEL ESTADO
Artículo 37.- Se entiende por salud sexual un proceso que conduce al
bienestar físico, emocional, mental, social y cultural relacionado con la
sexualidad y no solamente a la ausencia de enfermedad. La salud sexual
requiere condiciones de libertad, autonomía, equidad y responsabilidad, así
como un acercamiento positivo y respetuoso hacia la sexualidad, las relaciones
sexuales, la posibilidad de obtener placer y las experiencias sexuales seguras,
libres de coerción, discriminación y violencia.
Artículo
38.- Se entiende por salud
reproductiva un proceso que conduce al bienestar físico, emocional, social y
cultural, en todos los aspectos relacionados con la reproducción humana.
No se trata solamente de la ausencia de enfermedades, sino de un proceso que
integra las múltiples facetas humanas comprendidas en las decisiones,
comportamientos y vivencias reproductivas que incluyen, entre otras, la
libertad para reproducirse o no; en caso afirmativo, cuándo, con quién y con
qué frecuencia.
______________
Fondo de Población de
Naciones Unidas: 2005 p. 5.
IDEM, p. 13.
Artículo 39.- Le corresponderá al Estado mediante sus instituciones
promover los cambios culturales, sociales, económicos, políticos e
institucionales, así como definir las políticas públicas, para hacer efectivo
el pleno ejercicio de estos derechos. Es obligación del Ministerio de
Salud en coordinación con la Caja Costarricense de Seguro Social, el
Ministerio de Educación Pública y otras entidades públicas con
responsabilidades en la materia, dictar y ejecutar las políticas y aplicar las
normas necesarias para asegurar el cumplimiento de los derechos en salud sexual
y en salud reproductiva, tendientes al mejoramiento de la calidad de los
respectivos servicios, así como de la educación en salud sexual y salud
reproductiva. Para efectos de cumplir con lo señalado, el Ministerio de Salud
deberá garantizar la participación de las organizaciones de la sociedad civil
que promueven y defienden los derechos en salud sexual y en salud reproductiva.
Artículo
40.- Las políticas públicas,
programas, servicios y acciones sobre sexualidad y reproducción, deberán
garantizar el ejercicio de los derechos en salud sexual y salud reproductiva,
promoviendo relaciones de respeto mutuo, la corresponsabilidad, el autocuidado
y el cuidado mutuo, así como la igualdad de derechos y oportunidades entre
mujeres y hombres, independientemente de su identidad y su orientación
sexual. Además, promoverán la modificación de los patrones
socioculturales tradicionales de feminidad y masculinidad para eliminar los
prejuicios, las discriminaciones y las prácticas basadas en la concepción de
inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones
estereotipadas de mujeres y hombres.
Artículo
41.- El Ministerio de Salud, en su
calidad de órgano rector del sector, autorizará la provisión del condón femenino
y masculino, en tanto que la Caja Costarricense de Seguro Social, podrá
proveerlos, de acuerdo con las necesidades de cada sector poblacional.
SECCIÓN II
DERECHOS DE TODAS LAS
PERSONAS
Artículo 42.- Todas las personas tienen derecho al disfrute pleno de
su salud sexual y su salud reproductiva y al ejercicio de estos derechos sin
discriminación alguna.
Artículo
43.- Todas las personas tienen
derecho a:
a) Ejercer su sexualidad de manera libre, responsable y
voluntaria.
b)
Decidir de manera informada acerca de
los aspectos relacionados con su salud sexual y su salud reproductiva, así como
de los servicios y tratamientos que desea o no recibir.
c)
Recibir una educación integral en
salud sexual y en salud reproductiva.
d)
Recibir orientación sobre los derechos
en salud sexual y salud reproductiva y otros aspectos relacionados.
e)
Recibir servicios de atención integral
para la salud sexual y la salud reproductiva durante todo su ciclo de vida, por
parte de las instituciones del Estado especializadas en la materia.
f)
Decidir libre y responsablemente si
desean o no reproducirse y con quién desean hacerlo.
g)
Definir el número e intervalo de los
nacimientos.
h)
Tener acceso a los métodos seguros,
modernos, eficaces y aceptables de prevención del embarazo, de acuerdo con su
cultura y valores éticos.
i)
A la esterilización informada y
voluntaria.
j)
Disfrutar sin discriminación alguna de
la visita a centros hospitalarios, cuando medie una relación afectiva, familiar
o de cuido.
k)
Recibir atención integral en salud, en
casos de violencia sexual o abuso sexual, garantizándole el respeto, la
confidencialidad, la privacidad y el seguimiento de su caso.
Para lograr el
ejercicio de los derechos contemplados en este artículo, el Estado deberá
garantizar su efectivo cumplimiento.
Artículo 44.- Todas las personas tienen derecho a la prevención y
atención de las infecciones de transmisión sexual (ITS), incluyendo el virus de
inmunodeficiencia humana (VIH) y síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida)
y especialmente a:
a) Conocer la información científica disponible en
términos que pueda ser comprendida.
b)
Recibir métodos de prevención moderna,
eficaz y de óptima calidad, incluyendo el condón femenino y masculino.
c)
Diagnóstico y tratamiento oportuno con
medicamentos de probada calidad en caso de ser requerido.
d)
Acceder a servicios de atención
integral de la salud física y emocional.
Para ello el Estado,
mediante las instituciones especializadas en el servicio asegurará el acceso,
disponibilidad y vigencia de la atención integral.
Artículo 45.- Todas las personas tienen derecho a la información y
orientación comprensible e integral, así como al acceso a tratamientos de
fertilidad con tecnologías libres de riesgo, que cumplan con la normativa
nacional y los estándares internacionales de seguridad y eficacia.
Artículo
46.- Todas las personas tienen
derecho a decidir si se someten o no a procedimientos, tratamientos o estudios
experimentales que no atenten contra la dignidad humana, de manera libre,
informada y voluntaria. Para ello contarán con información comprensible,
que incluya el objetivo del procedimiento, tratamiento o estudio, los
beneficios y riesgos potenciales.
SECCIÓN III
DERECHOS DE POBLACIONES EN
PARTICULAR
Artículo 47.- Todos los
hombres tienen derecho a los servicios de salud sexual y salud reproductiva
especializados. El Estado deberá proveer las condiciones que
faciliten su acceso a estos y, en particular la información para la prevención,
el diagnóstico temprano y el tratamiento del cáncer de próstata, así como de
otras patologías del aparato urogenital.
Artículo
48.- Todas las mujeres tienen
derecho a la información para la prevención, diagnóstico temprano y tratamiento
del cáncer cérvico-uterino y de mama o de cualquier otra enfermedad relacionada
con sus órganos sexuales y reproductivos.
Artículo
49.- Todas las mujeres en edad
fértil tienen derecho al uso de la anticoncepción de emergencia, con el fin de
evitar embarazos no deseados o peligrosos para su salud, así como a contar con
información y acceso a la anticoncepción de emergencia, de manera ágil,
oportuna y eficaz. El Ministerio de Salud deberá autorizar su uso
y las instituciones encargadas de la salud deberán ofrecerlos.
Artículo
50.- Todas las mujeres sin discriminación
alguna, tienen derecho a una maternidad segura, con acompañamiento
médico-técnico y emocional, así como a la protección del Estado para garantizar
el ejercicio de este derecho.
Artículo
51.- Todas las mujeres tienen
derecho a una atención integral, humanizada y libre de riesgo antes y durante
el embarazo, el parto y el posparto, contando para ello con acceso a las
diferentes modalidades de atención segura, tanto intra como extra
hospitalaria.
Artículo
52.- Todas las mujeres, cuyo
embarazo ponga en riesgo su salud integral o su vida, tienen derecho a recibir
la información pertinente sobre el riesgo que conlleva su embarazo así como su
derecho a decidir sobre la interrupción terapéutica del mismo.
Artículo
53.- Todas las mujeres tienen
derecho a la atención post-aborto integral y humanizada. Las
instituciones públicas y privadas que brindan servicios de salud, procurarán la
atención ambulatoria o intrahospitalaria oportuna y segura.
Artículo
54.- Las personas adolescentes tienen
derecho a servicios de atención integral respetuosos de sus derechos, de
calidad, diferenciados, especializados en salud sexual y salud reproductiva,
que garanticen la confidencialidad e incluyan entre otros, prevención y
tratamiento de las infecciones de transmisión sexual y VIH, prevención de
embarazo no deseado y cuidados pre y postnatales.
Artículo
55.- Todas las personas adultas
mayores o que presenten alguna discapacidad, tienen el derecho a ejercer su
sexualidad y contar con servicios de apoyo, accesibilidad y orientación
para hacerlos efectivos.
Artículo
56.- Todas las mujeres y los
hombres que presenten alguna discapacidad tienen derecho a la toma de
decisiones respecto de su salud sexual y su salud reproductiva, incluyendo el
derecho a dar su consentimiento informado, hasta el punto en que puedan
hacerlo. Su libertad sexual no debe restringirse sin causa y los
servicios de salud reproductiva, particularmente la anticoncepción, la
esterilización y el aborto, no deben ser impuestos o negados por la fuerza o
por la coerción.
Artículo
57.- Todas las mujeres y los
hombres que presenten alguna discapacidad tienen derecho a contar con servicios
y equipos médicos accesibles y adecuados a sus necesidades individuales de
salud sexual y salud reproductiva, que garanticen la información, la
prevención, el diagnóstico oportuno y tratamientos relacionados con su salud
sexual y su salud reproductiva. Se entiende por accesibilidad la ausencia
de restricciones para que todas las personas puedan movilizarse libremente en
el entorno, hacer uso de todos los servicios requeridos y disponer de todos los
recursos que garanticen su seguridad, su movilidad y su comunicación.
Artículo
58.- Todas las personas que
presenten alguna discapacidad tienen derecho a decidir si desean someterse o no
a una esterilización. Cuando la persona que presenta discapacidad no esté en
condiciones físicas o mentales para dar su consentimiento expreso, lo hará en
su nombre la persona que ejerce la tutoría, la curatela, la representación legal
o en ausencia de estos, el familiar más cercano. En estos casos quienes
toman las decisiones en su nombre deben respetar sus necesidades individuales
por encima de toda consideración.
Incurrirá
en responsabilidad penal, civil o administrativa quien practique una
esterilización a una persona con discapacidad sin su consentimiento, de
conformidad con la legislación correspondiente.”
Rige a partir de su
publicación.
Ana Helena Chacón
Echeverría
José Merino del Río
Maureen Ballestero
Vargas
Andrea Morales Díaz
Evita Arguedas
Maklouf
Federico Tinoco Carmona
Alberto Salom
Echeverría
Óscar Núñez Calvo
DIPUTADOS
NOTA:
Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente
Especial de la Mujer.
5 de diciembre del
2007.—1 vez.—C-203300.—(40300).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
En uso de las
facultades conferidas por los incisos 3) y 18) del artículo 140 y 146 de la Constitución Política,
la Ley de
Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, N° 7169 del 26 de junio de
1990, publicada en La
Gaceta N° 144 de 01 de agosto de 1990, el artículo 27 de la Ley General de la Administración Pública,
N° 6227 de 2 de mayo de 1978, y
Considerando:
1º—Que el Centro de
Electroquímica y Energía Química, CELEQ y la Facultad de Microbiología
de la Universidad
de Costa Rica, el Instituto Tecnológico de Costa Rica y la Red para el Análisis de la Calidad Ambiental
en América Latina, (RACAL), está organizando el “8avo Simposio
Latinoamericano de Química Analítica Ambiental y Sanitaria”, previos al Simposio
se realizará el 4to Taller en Microbiología Ambiental y dos Talleres
Adicionales, uno sobre muestreo ambiental y el otro sobre tópicos actuales en
la evaluación de contaminantes químicos en el ambiente. Estas actividades
tendrán lugar entre el 16 y 20 de febrero del año 2009.
2°—Que el mencionado
Simposio, será de gran importancia, ya que los temas que se abordarán son
asuntos que afectan las condiciones de vida de los costarricenses: la calidad
del agua, del aire y del suelo. La aparición de contaminantes emergentes, como
son residuos de antibióticos, hormonas, plaguicidas y sus metabólicos, la
presencia de metales traza con propiedades cancerígenas, la evaluación del
riesgo de la exposición a sustancias químicas por medio de biosensores, entre
otras.
3°—Que el objetivo general es
propiciar un espacio de encuentro e intercambio de experiencias y conocimientos
entre académicos e investigadores comprometidos con el cuidado, evaluación y
desarrollo sostenible del medio ambiente, ya que estos nos brindarán una visión
actualizada de la problemática microbiológica, toxicología y química actual,
por medio de conferencias, talleres, etc.
4°—Que de conformidad con el
artículo 8 de la Ley
de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, N° 7169, todas las actividades
científicas y tecnológicas sin fines de lucro, realizadas por las entidades que
forman parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, son de interés
público. Por tanto,
Decretan:
Declaratoria de interés
“8avo Simposio
latinoamericano de Química
Analítica Ambiental y Sanitaria”
Artículo 1°—Con
fundamento en el artículo 8 de la
Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, N°
7169, se declara de interés público el “8avo Simposio
Latinoamericano de Química Analítica Ambiental y Sanitaria”, organizado por el
Centro de Electroquímica y Energía Química, CELEQ y la Facultad de Microbiología
de la Universidad
de Costa Rica, el Instituto Tecnológico de Costa Rica y la Red para el Análisis de la Calidad Ambiental
en América Latina, (RACAL) el cual se realizará entre el 16 y 20 de febrero del
año 2009.
Artículo 2°—Se insta a las
entidades públicas y privadas, para que en la medida de sus posibilidades y
dentro de la normativa jurídica vigente, contribuyan con el aporte de recursos
económicos, logísticos y técnicos para la exitosa realización de la actividad
mencionada.
Artículo 3°—Rige a
partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los quince
días del mes de abril del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Ciencia y
Tecnología, Dra. Eugenia M. Flores Vindas.—1 vez.—(Solicitud Nº
0022).—C-29060.—(D34497-42474).
N° 045-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 140, inciso 1) de la Constitución Política
y el artículo 26 y concordantes de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aceptar la
renuncia del señor Guillermo López Calleja París, con cédula de identidad
número 1-377-698, como Subdirector de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional
(DIS), a partir del 8 de marzo del 2008 y darle las más expresivas gracias por
sus valiosos servicios prestados.
Artículo 2º—Nombrar al señor
Roberto Guillén Solano, con cédula de identidad número 3-254-474, como
Subdirector de la Dirección
de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS).
Artículo 3º—Rige a partir del
diez de marzo del año dos mil ocho.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, el diez de marzo del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de la Presidencia,
Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº 30163).—C-11240.—(41731).
Nº 065-MJ
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General
de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
la señora Tatiana Gutiérrez Delgado, cédula de identidad Nº 1-0838-0944,
Procuradora destacada en la
Procuraduría de la Ética, para que asista al “Seminario de
formación en asistencia judicial penal y extradición” a celebrarse del 5 de
mayo al 9 de mayo del 2008, en La
Antigua, Guatemala.
Artículo 2º—Los gastos de
transporte, alojamiento y alimentación serán cubiertos por la Organización del
Evento.
Artículo 3º—Rige del 6 de
mayo al 10 de mayo del 2008.
Dado en el Ministerio
de Justicia, a las diez horas del veintinueve de abril del año dos mil ocho.
Laura Chinchilla Miranda,
Ministra de Justicia y Gracia.—1 vez.—(Solicitud Nº 37386).—C-9260.—(40741).
Nº 096-2008.—San José, 5 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 de 7 de
diciembre del 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2007, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 11 al 14 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados evento de alto interés para el Ministerio de Comercio
Exterior.
II.—Que la participación del
señor Francisco Monge Ariño en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Francisco Monge Ariño, cédula Nº 1-873-100, funcionario de la Dirección de Monitoreo,
Comercio e Inversión, para que participe en la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, del 11 al 14 de marzo del 2008. El señor Monge Ariño
retorna a Costa Rica hasta el 15 de marzo del 2008, por efectos de itinerario y
rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Francisco Monge Ariño, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $659,44 (seiscientos cincuenta y nueve con 44/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504, del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 11 al 15 de marzo deL 2008, el señor Francisco Monge Ariño,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
11 al 15 de marzo del 2008.
San José, a los cinco
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27700.—(38722).
Nº 097-2008.—San José, 5 de marzo
del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 de 7 de
diciembre del 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2007, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 11 al 14 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados evento de alto interés para el Ministerio de Comercio
Exterior.
II.—Que la participación del
señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado en la reunión, resulta necesaria, por
cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado, cédula Nº 1-1156-0779, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, a celebrarse en Guatemala del 11 al 14 de marzo del 2008.
El señor Umaña Alvarado retorna a Costa Rica hasta el 15 de marzo del 2008, por
efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Carlos Umaña Alvarado, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $659,44 (seiscientos cincuenta y nueve con 44/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504, del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 11 al 15 de marzo del 2008, el señor Carlos Eduardo Umaña
Alvarado, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
11 al 15 de marzo del 2008.
San José, a los cinco
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38723).
Nº 106-2008.—San José, 10 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 11 al 14 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio
Exterior.
II.—Que la participación del
señor Fernando Ocampo Sánchez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Fernando Ocampo Sánchez, cédula Nº 1-791-100, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, a celebrarse en El Salvador del 13 al 14 de marzo del
2008.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Fernando Ocampo Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $197,68 (ciento noventa y siete con 68/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 13 al 14 de marzo del 2008, el señor Fernando Ocampo
Sánchez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
13 al 14 de marzo del 2008.
San José, a los diez
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29720.—(38724).
Nº 107-2008.—San José, 10 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 de 7 de
diciembre del 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2007, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 11 al 14 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados evento de alto interés para el Ministerio de Comercio
Exterior.
II.—Que la participación del
señor Adolfo Solano Murillo en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Adolfo Solano Murillo, cédula Nº 5-231-895, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, a celebrarse en El Salvador del 11 al 14 de marzo del
2008. El señor Solano Murillo retorna a Costa Rica hasta el 15 de marzo del
2008, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de
destino.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Adolfo Solano Murillo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán cubiertos con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504, del
programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 11 al 15 de marzo del 2008, el señor Adolfo Solano Murillo,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
11 al 15 de marzo del 2008.
San José, a los diez
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27720.—(38725).
Nº 108-2008.—San José, 10 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Fernando Ocampo Sánchez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Fernando Ocampo Sánchez, cédula Nº 1-791-100, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, del 26 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Fernando Ocampo Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares),
serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa
792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, el señor Fernando Ocampo
Sánchez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los diez
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-31040.—(38726).
Nº 109-2008.—San José, 10 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Francisco Monge Ariño en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Francisco Monge Ariño, cédula Nº 1-873-100, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Francisco Monge Ariño, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, el señor Francisco Monge Ariño,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los diez
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38727).
Nº 110-2008.—San José, 10 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Indiana Trejos Gallo en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Indiana Trejos Gallo, cédula Nº 1-949-533, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Indiana Trejos Gallo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $511,44 (quinientos once con 44/100 dólares), serán cubiertos con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del
programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Indiana Trejos Gallo,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los diez
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38728).
Nº 111-2008.—San José, 10 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Arlina Gómez Fernández en la reunión, resulta necesaria, por cuanto
en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Arlina Gómez Fernández, cédula Nº 1-761-188, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Arlina Gómez Fernández, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares),
serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa
792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Arlina Gómez
Fernández, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los diez
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27740.—(38729).
Nº 112-2008.—San José, 10 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Silvia Miranda Gutiérrez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto
en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Silvia Miranda Gutiérrez, cédula Nº 2-516-577, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008. La señora Silvia Miranda
Gutiérrez viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de
vuelo desde y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Silvia Miranda Gutiérrez, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Silvia Miranda
Gutiérrez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
24 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los diez
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-30680.—(38730).
Nº 128-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que ante el Centro
Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a las Inversiones (CIADI), se
interpuso contra la
República de Costa Rica un procedimiento de arbitraje por
parte de inversionistas canadienses, en el marco del Acuerdo entre el Gobierno
de la República
de Costa Rica y el Gobierno de Canadá para la Promoción y Protección
Recíproca de Inversiones, bajo el caso CIADI Nº ARB(AF)/07/3-Alasdir Ross
Anderson y otros contra la
República de Costa Rica.
II.—Que para efectos de
atender en debida forma el procedimiento indicado, el Ministerio de Comercio
Exterior procedió a contratar, en el exterior, servicios de asesoría jurídica
especializada sobre disputas internacionales, resultando adjudicada la firma
Sidley Austin LLP, especialistas en la materia.
III.—Que para efectos de la
formalización del contrato correspondiente, resulta necesario, que los
funcionarios Sergio Fernández Vargas, Director Administrativo y Oficial Mayor,
y Gerardo González Morera, funcionario de la Dirección de Asesoría
Legal, viajen a Washington D.C., Estados Unidos de América. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
los señores Sergio Fernández Vargas, cédula de identidad Nº 6-142-594, Director
Administrativo y Oficial Mayor, y Gerardo González Morera, cédula de identidad
Nº 2-368-965, funcionario de la
Dirección de Asesoría Legal, para que viajen a Washington,
Estados Unidos de América del 13 al 14 de marzo del presente año, para efectos
de la formalización del contrato correspondiente con la firma indicada. Los
funcionarios indicados retornan a Costa Rica hasta el 15 de marzo del presente
año, por efectos de itinerario y rutas de vuelo.
Artículo 2º—Los gastos de los
señores Sergio Fernández Vargas y Gerardo González Morera, por concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, el primero por $586,24 (quinientos
ochenta y seis con 24/100 dólares), y el segundo por $501,64 (quinientos uno
con 64/100 dólares), los cuales serán cubiertos con recursos de COMEX de las
subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del
mismo programa. Se les autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado
y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 13 al 15 de marzo del 2008, los señores Sergio Fernández
Vargas y Gerardo González Morera, devengarán el 100% de su salario, que
tratándose del segundo, es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige del 13 al 15
de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-36980.—(38731).
Nº 129-2008.—San José, 12 de marzo
del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, y el
28 de marzo del 2008, se realizará en Washington, Estados Unidos de América la
reunión de Viceministros de Trabajo de Centroamérica con autoridades del
Gobierno de Estados Unidos de América, evento de alto interés para el Ministerio
de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Esteban Agüero Guier en las reuniones, resulta necesaria, por cuanto en
ellas se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Esteban Agüero Guier, cédula Nº 1-1021-316, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Defensa, del 25 al 27 de marzo del 2008, en el Salvador y el 28 de marzo del
2008, en la reunión en Washington, con autoridades del Gobierno de Estados
Unidos de América. El funcionario retorna a Costa Rica hasta el 30 de marzo.
Los días 29 y 30 de marzo corresponden a fin de semana y todos los gastos en
que incurra serán cubiertos en forma directa por el funcionario.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Esteban Agüero Guier, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $813,24 (ochocientos trece con 24/100 dólares), serán cubiertos con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504, del
programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 30 de marzo del 2008, el señor Esteban Agüero Guier,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 30 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-33020.—(38732).
Nº 133-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Carolina Palma Vargas en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Carolina Palma Vargas, cédula Nº 1-1063-0524, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, del
25 al 28 de marzo del 2008. La señora Carolina Palma Vargas viaja a partir del
24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar
de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Carolina Palma Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán cubiertos con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del
programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período
que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Carolina Palma Vargas,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
24 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38733).
Nº 134-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Isabel Hernández Ruiz en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Isabel Hernández Ruiz, cédula Nº 5-322-276, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Aduanas y Origen, del 25 al 28 de marzo del 2008. La señora Isabel Hernández
Ruiz viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo
desde y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Isabel Hernández Ruiz, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $600,24 (seiscientos con 24/100 dólares), serán cubiertos con recursos de
COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa
796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Isabel Hernández Ruiz,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
24 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27740.—(38734).
Nº 135-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Tatiana Varela Vargas en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Tatiana Varela Vargas, cédula Nº 1-971-832, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Aduanas y Origen, del 25 al 28 de marzo del 2008. La señora Tatiana Varela
Vargas viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de
vuelo desde y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Tatiana Varela Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán cubiertos con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del
programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Tatiana Varela Vargas,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
24 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29720.—(38735).
Nº 136-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Leonor Obando Quesada en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Leonor Obando Quesada, cédula Nº 1-910-209, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Compras, del 25 al 26 de marzo del 2008. La señora Leonor Obando Quesada
viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde
y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Leonor Obando Quesada, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $322,00 (trescientos veinte y dos con 00/100 dólares), serán cubiertos
con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504
del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos
de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio
de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 24 al 26 de marzo del 2008, la señora Leonor Obando Quesada,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
24 al 26 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38736).
Nº 137-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Ericka Víquez Álvarez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Ericka Víquez Álvarez, cédula Nº 2-375-827, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Servicios, del 25 al 28 de marzo del 2008. La señora Ericka Víquez Álvarez
viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde
y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Ericka Víquez Álvarez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $600,24 (seiscientos con 24/100 dólares), serán cubiertos con recursos de
COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa
796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, la señora Ericka Víquez Álvarez,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
24 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29060.—(38737).
Nº 138-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Reyner Brenes Chávez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella
se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Reyner Brenes Chávez, cédula Nº 1-832-447, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Servicios, del 25 al 28 de marzo del 2008. El señor Reyner Brenes Chávez
viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde
y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Reyner Brenes Chávez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $600,24 (seiscientos con 24/100 dólares), serán cubiertos con recursos de
COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa
796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, el señor Reyner Brenes Chávez,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
24 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29060.—(38738).
Nº 139-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Gustavo Guillén Picado en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Gustavo Guillén Picado, cédula Nº 1-1053-371, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Servicios, del 25 al 28 de marzo del 2008. El señor Gustavo Guillén Picado
viaja a partir del 24 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde
y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Gustavo Guillén Picado, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $618,00 (seiscientos dieciocho con 00/100 dólares), serán cubiertos con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del
programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio
Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 24 al 28 de marzo del 2008, el señor Gustavo Guillén Picado,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
24 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-29720.—(38739).
Nº 140-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Susana Vásquez Álvarez en la reunión, resulta necesaria, por cuanto
en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Susana Vásquez Álvarez, cédula Nº 1-956-295, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Propiedad Intelectual y Compras, del 26 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Susana Vásquez Álvarez, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares),
serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa
792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora Susana Vásquez
Álvarez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce días
del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-28400.—(38740).
Nº 141-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora María José Cordero Salas en la reunión, resulta necesaria, por cuanto
en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora María José Cordero Salas, cédula Nº 1-1073-0951, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Propiedad Intelectual, del 26 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora María José Cordero Salas, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares),
serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa
792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza
para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía
Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora María José Cordero
Salas, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12441).—C-27740.—(38741).
Nº 142-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Diane Robert Magnin y Falcon en la reunión, resulta necesaria, por
cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Diane Robert Magnin y Falcon, cédula Nº 1-1094-0674, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Propiedad Intelectual y Compras, del 25 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Diane Robert Magnin y Falcon, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares),
serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa
792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Susana Diane Robert
Magnin y Falcon, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39564).
Nº 143-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Alejandra Aguilar Schramm en la reunión, resulta necesaria, por
cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Alejandra Aguilar Schramm, cédula Nº 1-844-618, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, del 27 al 28 de marzo del 2008. La
señora Aguilar Schramm viaja a partir del 26 de marzo por efectos de itinerario
y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Alejandra Aguilar Schramm, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $304,24 (trescientos cuatro con 24/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora Alejandra Aguilar
Schramm, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39565).
Nº 144-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Adriana González Saborío en la reunión, resulta necesaria, por cuanto
en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Adriana González Saborío, cédula Nº 1-873-574, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Desarrollo Sostenible, del 27 al 28 de marzo del 2008. La señora González
Saborío viaja a partir del 26 de marzo por efectos de itinerario y rutas de
vuelo desde y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Adriana González Saborío, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $304,24 (trescientos cuatro con 24/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora Adriana González
Saborío, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39566).
Nº 145-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre de 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Gabriela Castro Mora en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Gabriela Castro Mora, cédula Nº 1-916-263, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Desarrollo Sostenible, del 27 al 28 de marzo del 2008. La Castro Mora viaja a
partir del 26 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia
el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Gabriela Castro Mora, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $322,00 (trescientos veinte y dos con 00/100 dólares), serán cubiertos
con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504
del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos
de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al
Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señora Gabriela Castro Mora,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39567).
Nº 146-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento
de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Carolina Vargas Orue en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Carolina Vargas Orue, cédula Nº 1-1010-706, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Defensa, del 25 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Carolina Vargas Orue, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Carolina Vargas Orue,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los diez
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-27080.—(39568).
Nº 147-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Luis Adolfo Fernández López en la reunión, resulta necesaria, por cuanto
en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Luis Adolfo Fernández López, cédula Nº 1-847-836, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Defensa, del 25 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Luis Adolfo Fernández López, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $511,44 (quinientos once con 44/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, el señor Luis Adolfo Fernández
López, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39569).
Nº 148-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de diciembre
del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Marcela Chavarría Pozuelo en la reunión, resulta necesaria, por
cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Marcela Chavarría Pozuelo, cédula Nº 1-847-321, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Solución de Controversias, del 25 al 26 de marzo del 2008. La señora Marcela
Chavarría Pozuelo regresa el 27 de marzo por efectos de itinerario y rutas de
vuelo desde y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $322,00 (trescientos veinte y dos con 00/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 27 de marzo del 2008, la señora Marcela Chavarría
Pozuelo, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 27 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39570).
Nº 149-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Manuel Tovar Rivera en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella
se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Manuel Tovar Rivera, cédula Nº 1-906-909, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Solución de Controversias, del 25 al 26 de marzo del 2008. El señor Tovar
Rivera regresa el 27 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde
y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Manuel Tovar Rivera, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $322,00 (trescientos veinte y dos con 00/100 dólares), serán cubiertos
con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504
del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos
de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al
Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 27 de marzo del 2008, el señor Manuel Tovar Rivera,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 27 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39616).
Nº 150-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señora Adriana Campos Azofeifa en la reunión, resulta necesaria, por cuanto
en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Adriana Campos Azofeifa, cédula Nº 1-1102-199, funcionaria de la Dirección de Aplicación
de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, del 25 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Adriana Campos Azofeifa, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares),
serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa
792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, la señora Adriana Campos
Azofeifa, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39617).
Nº 151-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, evento
de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Mario Brizuela Rangel en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Mario Brizuela Rangel, cédula Nº 8-043-227, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Solución de Controversias, del 25 al 27 de marzo del 2008. El señor Brizuela
Rangel regresa el 28 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde
y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Mario Brizuela Rangel, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $470,00 (cuatrocientos setenta con 00/100 dólares), serán cubiertos con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del
programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio
Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, el señor Mario Brizuela Rangel,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39618).
Nº 152-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Adolfo Solano Murillo en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella
se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Adolfo Solano Murillo, cédula Nº 5-231-895, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Solución de Controversias, del 25 al 27 de marzo del 2008. El señor Solano
Murillo regresa el 28 de marzo por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde
y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Adolfo Solano Murillo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $493,68 (cuatrocientos noventa y tres con 68/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al
Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 25 al 28 de marzo del 2008, el señor Adolfo Solano Murillo,
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
25 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29720.—(39619).
Nº 153-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 11 al 14 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio
Exterior.
II.—Que la participación de
la señorita Silvia Miranda Gutiérrez, en la reunión, resulta necesaria, por
cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señorita Silvia Miranda Gutiérrez, cédula Nº 2-516-577, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la reunión de Coordinación en el
marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Acceso a Mercados, del 12 al 14 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la
señorita Silvia Miranda Gutiérrez, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $322,00 (trescientos veintidós con 00/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet
al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 12 al 14 de marzo del 2008, la señorita Silvia Miranda
Gutiérrez devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
12 al 14 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-27740.—(39620).
Nº 154-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 18 al 20 de
marzo del 2008, se realizará en Ginebra, Suiza, el Taller sobre buenas
prácticas de Reglamentación de la Organización Mundial
del Comercio (OMC), evento de alto interés para el Ministerio de Comercio
Exterior.
II.—Que la participación del
señor Édgar Tenorio Sánchez, en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Édgar Tenorio Sánchez, cédula Nº 1-814-638, funcionario de la Dirección de Aplicación
de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en el Taller sobre
buenas prácticas de Reglamentación de la Organización Mundial
del Comercio (OMC), del 18 al 20 de marzo del 2008. El señor Tenorio Sánchez
viaja a partir del 16 de marzo y retorna a Costa Rica el 21 de marzo del 2008,
por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Édgar Tenorio Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje,
así como el transporte aéreo, serán cubiertos por la Organización Mundial
del Comercio (OMC). Los gastos de transporte terrestre e impuestos de salida de
ambos países serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio
Exterior; así como también para hacer escala en España, por conexión.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 16 al 21 de marzo del 2008, el señor Édgar Tenorio Sánchez devengará
el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
16 al 21 de marzo del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29060.—(39621).
Nº 155-2008.—San José, 12 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 31 de marzo
al 3 de abril del 2008, se realizará en Ginebra, Suiza la reunión del Comité de
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial
del Comercio (OMC), evento de alto interés para el Ministerio de Comercio
Exterior.
II.—Que la participación del
señor Federico Arias López, en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en
ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Federico Arias López, cédula Nº 1-855-658, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la reunión del Comité de Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial
del Comercio (OMC), a celebrarse en Ginebra, Suiza del 31 de marzo al 3 de
abril del 2008. El señor Arias López viaja a partir del 28 de marzo, por
efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino. Los
días 5 y 6 de abril del 2008, corresponden a fin de semana y todos los gastos
en que incurra en las fechas indicadas, serán cubiertos en forma directa por el
funcionario.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Federico Arias López, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $1.979,96 (un mil novecientos setenta y nueve con 96/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792,
10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA). Se
le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también
para realizar escala en Francia, New York y Atlanta, Estados Unidos de América.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 28 de marzo al 6 de abril del 2008, el señor Federico Arias
López devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
28 de marzo al 6 de abril del 2008.
San José, a los doce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-31700.—(39622).
Nº 156-2008.—San José, 14 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Carlos Marín Castro, en la ronda, resulta necesaria, por cuanto en ella
se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Carlos Marín Castro, cédula Nº 1-1138-0362, funcionario de la Dirección de Aplicación
de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en la II Ronda de Negociación
en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Obstáculos Técnicos al Comercio, del 26 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Carlos Marín Castro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares), serán cubiertos
con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504
del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos
de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, el señor Carlos Marín Castro
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los catorce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-28400.—(39623).
Nº 157-2008.—San José, 14 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Édgar Tenorio Sánchez, en la ronda, resulta necesaria, por cuanto en ella
se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Édgar Tenorio Sánchez, cédula Nº 1-814-638, funcionario de la Dirección de Aplicación
de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Obstáculos Técnicos al Comercio, del 26 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Édgar Tenorio Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares), serán cubiertos
con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504
del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos
de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al
Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, el señor Édgar Tenorio Sánchez
devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los catorce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-29060.—(39624).
Nº 158-2008.—San José, 14 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del
señor Federico Arias López, en la ronda, resulta necesaria, por cuanto en ella
se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Federico Arias López, cédula Nº 1-855-658, funcionario de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, del 26 al 27 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Federico Arias López, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $174,00 (ciento setenta y cuatro con 00/100 dólares), serán cubiertos con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del
programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 27 de marzo del 2008, el señor Federico Arias López
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 27 de marzo del 2008.
San José, a los catorce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-27080.—(39625).
Nº 159-2008.—San José, 14 de
marzo del 2008
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 de 31 de
diciembre del 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2008, y en los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que del 25 al 28 de
marzo del 2008, se realizará en El Salvador, la X Ronda de Coordinación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de
la señorita Juliana Fernández Porras, en la ronda, resulta necesaria, por cuanto
en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señorita Juliana Fernández Porras, cédula Nº 1-1217-0105, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior, para que participe en la X Ronda de Negociación en
el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, grupo
de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, del 26 al 28 de marzo del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la
señorita Juliana Fernández Porras, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $363,44 (trescientos sesenta y tres con 44/100 dólares),
serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del programa
792, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el
período que va del 26 al 28 de marzo del 2008, la señorita Juliana Fernández
Porras devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
26 al 28 de marzo del 2008.
San José, a los catorce
días del mes de marzo del dos mil ocho.
Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,
Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12442).—C-26400.—(39626).
Nº 163-2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en los
artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política;
28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública;
la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Nº 7638 del 30
de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX del 18 de junio del
2001, denominado Reglamento a la
Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 602-2003 de fecha 24 de junio del 2003, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta Nº
130 del 8 de julio del 2003; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 154-2004 de
fecha 18 de marzo del 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 86 del 4
de mayo del 2004; por el Acuerdo Ejecutivo Nº 404-2004 de fecha 9 de julio del
2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 154 del 9 de agosto del 2004;
por el Acuerdo Ejecutivo Nº 260-2006 de fecha 20 de octubre del 2006, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 242 del 18 de diciembre del 2006 y por el
Acuerdo Ejecutivo Nº 324-2007 de fecha 22 de agosto del 2007, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta
Nº 185 del 26 de setiembre del 2007; a la empresa
Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-348044, se le
otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas
Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.
II.—Que mediante documento
presentado el día 14 de marzo del 2008, en la Gerencia de Operaciones
de la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa
Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, solicitó, entre otros aspectos y en lo que
atañe al Poder Ejecutivo, la modificación del monto mínimo total de inversión
en virtud del incremento del área de operación, en los términos del artículo 25
ter del Reglamento a la Ley
de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.
III.—Que la instancia interna
de la Administración
de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de
la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006,
conoció la solicitud de la empresa Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, y con
fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe
de la Gerencia
de Operaciones de PROCOMER Nº 23-2008 de fecha 24 de marzo del 2008, acordó
recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del acuerdo ejecutivo,
al tenor de lo dispuesto por la
Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.
IV.—Que la Dirección de Asesoría
Legal de PROCOMER, mediante oficio Nº DAL 081-2008 del 25 de marzo del 2008, en
cumplimiento de lo acordado por la instancia interna de la Administración de
la referida Promotora, informó a la Dirección General
de Aduanas del Ministerio de Hacienda, sobre los acuerdos tomados en torno a la
solicitud formulada por la empresa Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, en
concordancia con el artículo 25 ter del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas
Francas y sus reformas.
V.—Que se han observado los
procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo
Ejecutivo Nº 602-2003 de fecha 24 de junio del 2003, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta Nº
130 del 8 de julio del 2003 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula
sexta, se lea de la siguiente manera:
“6. La
beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 01
trabajador, a partir del 15 de setiembre del 2003, y a realizar y mantener un
nivel mínimo total de empleo de 70 trabajadores, a más tardar el 1º de abril
del 2004. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos
fijos de al menos US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 1º de noviembre del
2004, así como a realizar y mantener una inversión mínima total de US
$750.000,00 (setecientos cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América), de los cuales US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares,
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberán invertirse en
la planta principal ubicada en el Parque Empresarial Forum, a más tardar el 1º
de noviembre del 2004; US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de
curso legal de los Estados Unidos de América), deberán invertirse en la planta
adicional ubicada en el Parque Industrial Centro de Ciencia y Tecnología
Ultrapark, a más tardar el 23 de noviembre del 2008; US $150.000,00 (ciento
cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),
deberán invertirse en la primera planta adicional ubicada en el Parque
Industrial Los Arallanes, a más tardar el 23 de noviembre del 2008; US
$150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América), deberán invertirse en la segunda planta adicional ubicada
en el Parque Industrial Los Arallanes, a más tardar el 31 de julio del 2009, y
los restantes US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América), deberán invertirse en la tercera
planta adicional ubicada en el Parque Industrial Los Arallanes, a más tardar el
30 de abril del 2010, de conformidad con los plazos y condiciones establecidas
en la solicitud presentada por la beneficiaria. Finalmente, la empresa
beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado
nacional del 83,37%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en
activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los
criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas
Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de
Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de
ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha
empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla
con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”
2º—En todo lo que no ha
sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo
Nº 602-2003 de fecha 24 de junio del 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 130 del
8 de julio del 2003 y sus reformas.
3º—La empresa deberá
suscribir un Addéndum al Contrato de Operaciones.
4º—Rige a partir de su
comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los treinta y un días del mes de marzo del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Comercio
Exterior a. í., Amparo Pacheco Oreamuno.—1 vez.—(40464).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE segunda
VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título N° 180, emitido por el Liceo San
Roque, en el año dos mil cinco, a nombre de Rodríguez Molina Adrián Antonio. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San
José, 04 de abril del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora
Nacional.—(40173).
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título N° 110, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a
nombre de Sánchez Valladares Lais Cinl. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 29 de abril del 2008.—Departamentos de Pruebas Nacionales.—Lucyna
Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(40259).
REGISTRO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera
VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Segundad Social, este
registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su
Estatuto Social de la organización social denominada Asociación Nacional de
Empleados Públicos y Privados siglas ANEP, acordada en asamblea celebrada el 8
de marzo del 2008. Expediente S-E022. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo
344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en
el Diario Oficial La
Gaceta. La reforma afecta los artículos 2, 13, 35, 37 y
57 del Estatuto.—San José, 05 de mayo del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—(41823).
REGISTRO NACIONAL
CIRCULAR N° DRPI-008-2008
PARA:
Funcionarios y usuarios del Registro de Propiedad Industrial
DE:
Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez
Director Registro de Propiedad Industrial
FECHA:
30 de abril del 2008
ASUNTO: Ley Nº 8632 Modificación de varios artículos de la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos, Ley Nº 7978, de la
Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales
y Modelos de Utilidad, Nº 6867.
Mediante Ley Nº
8622 de fecha 21 de noviembre del 2007, entra en vigencia el Tratado de Libre
Comercio suscrito entre República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos
de América. Para la efectiva ejecución de los contenidos de dicha ley; se entró
al conocimiento, en nuestra Asamblea Legislativa, de una agenda de
implementación; que incluye, reformas a las leyes que regulan la materia de
Propiedad Intelectual.
Como parte de los compromisos
adquiridos; mediante Ley Nº 8632 se modifican varios artículos de la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos, Ley Nº 7978, de la
Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales
y Modelos de Utilidad, Nº 6867; así como de la Ley de Biodiversidad, Ley No. 7788. Esta ley fue
publicada en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 80 de fecha 25 de abril del 2008; siendo su
vigencia a partir de su publicación.
Por tanto; a efecto de que las
disposiciones y procedimientos de este Registro, resulten acordes con las
reformas vigentes; en beneficio de los intereses de los usuarios y de esta
forma ofrecer un servicio más eficiente por parte de la Administración, este
Registro hace de conocimiento de nuestros usuarios las principales reformas
contenidas en la Ley Nº
8632:
1)
Las reformas a la Ley
de Marcas y Otros Signos Distintivos, Ley Nº 7978, incluyen:
-
Modificación de la definición de Indicación Geográfica. (Artículo 2)
- Exigencia del comprobante de pago total de la tasa
establecida como requisito de admisibilidad. Por tanto, no se admitirán en la
ventanilla del Diario, solicitudes que no adjunten el comprobante total del
pago establecido. (artículo 10)
- El registro de una licencia de uso de marca no es
requisito condicionante para su validez. (artículo 35)
- Se define la marca notoriamente conocida de acuerdo
con la recomendación conjunta Nº 833 de setiembre de 1999 de la OMPI. (artículo 44).
- Se reforman los artículos del 74 al 81 del Capítulo
II del Título VIII, sobre Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas.
- Cuando un mandatario remita a un poder que consta
en el Registro, deberá indicar el número de expediente de la marca, el nombre
de esta y el número de solicitud o registro en que se encuentra. En los casos
en que no se indique o resulten incompletos los datos consignados por el
solicitante, debe el registrador encargado requerir la información completa.
(artículo 82)
- Se adiciona el artículo 82 bis. Este artículo
constituye una de las reformas más significativas, ya que permite la actuación
de un mandatario para actos relacionados con la propiedad intelectual; con la
simple autorización del poderdante en mandato autenticado, como formalidad
mínima. Además, el mandatario se entenderá autorizado suficiente y bastante,
para realizar todos los actos que las leyes autoricen al propio titular. Así
las cosas, se suprimen las formalidades antes exigidas por este Registro en
materia de poderes; a saber, la escritura pública en caso de nacionales con las
indicaciones y daciones de fe contenidas en el Código Civil, y los trámites
consulares y respectivas legalizaciones en los casos de solicitantes
extranjeros. De conformidad con lo anterior se modifica el punto 1) de la Circular DRPI-017-2007
de fecha 30 de octubre del 2007 para que se lea:
“1)
Toda persona que actúe en calidad de apoderado o representante de una compañía,
nacional o extranjera, deberá acreditar su representación mediante mandato
autenticado de conformidad con el artículo 82 bis de la Ley No. 8632; con fecha
anterior a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción o de
cualquier otro procedimiento, a realizarse ante el Registro de la Propiedad Industrial.”
Además,
se dejan sin efecto las Circulares DRPI-007-2006, DRPI-004-2006, RPI-008-2005,
RPI-001-2005, RPI-009-2004, RPI-007-2004; así como el Oficio DRPI-305-2007.
-
Los requisitos del artículo 82 bis, se aplican de forma retroactiva a todas las
solicitudes de inscripción y demás movimientos aplicados que se encuentren en
trámite actualmente en el Registro de la Propiedad Industrial.
(Transitorio III)
-
Se modifican y se adicionan los pagos de las tasas establecidas en los
siguientes casos: (artículo 94)
o Por traspaso, licencia de uso,
cambio de nombre
o la cancelación de
marcas
$25
o Solicitud de
oposición
$25
o Por cada modificación
y o corrección de una solicitud $25
o Por cada división de
una
solicitud
$50
o Solicitud de
denominación de origen o
indicación
geográfica
$50
o Recargo por renovación
en plazo de
gracia
$25
o Solicitud de nulidad o
cancelación por
clase
$25
-
Con respecto a lo adicionado en el inciso i) del artículo 94; se entenderá por modificación
o corrección, aquellas permitidas por la Circular Nº 004-2007 del 23 de febrero del 2007;
a saber, modificaciones en el signo solicitado que afecte únicamente elementos
secundarios y las correcciones en las clases y los productos; incluso cuando
sean requeridas por el Registro.
- Otras reformas son: la adición al artículo 1 de un
segundo párrafo; reforma al primer párrafo del artículo 3; reforma de los
incisos a), b), c) e i) del artículo 8; se deroga el inciso h) del artículo 8;
se reforman los incisos j) del artículo 9 y el párrafo siguiente a dicho
inciso; se reforma el inciso e) del artículo 10; se deroga el quinto párrafo
del artículo 18, y se reforma el primer párrafo del artículo 25 y su inciso a).
2)
Las reformas a la Ley
de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industríales y Modelos de Utilidad,
Nº 6867, incluyen:
-
Se establecen las nuevas tasas en materia de patentes: (Artículo 33).
a)
Presentación de la solicitud, que incluye la tramitación y el examen de forma:
$500.00
b) Por cada solicitud fraccionaría: $500.00
c) Inscripción y expedición del certificado de registro de la
patente: $500.00
d) Oposición: $25.00
e) Solicitud de extensión de la vigencia dej plazo de la patente:
$150.00
f) Tasas anuales: $500.00
g) Sobre tasa por pago dentro del período de gracia: 30% de la
tasa anual correspondiente.
-
Se adiciona el artículo 33 bis que hace referencia a las tasas anuales:
Las
tasas anuales para mantener la vigencia de la patente, podrán ser pagadas por
anticipado para dos o más períodos anuales.
1)
En caso de pago de la anualidad durante el plazo de gracia, la tasa debida y la
respectiva sobretasa se pagarán simultáneamente.
2) De no constar el pago de la tasa anual respectiva dentro del
plazo de gracia, el Registro de la Propiedad Industrial
deberá de realizar las intimaciones de pago previstas en el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública
y, de no acreditarse el pago dentro del plazo previsto al efecto, el director
del Registro de la
Propiedad Industrial procederá a certificar lo adeudado.
3) Los pagos de las tasas anuales serán anotados en el registro,
bajo la partida correspondiente a la patente cuya tasa se haya pagado. La
anotación indicará el monto pagado, el período o los períodos anuales a los
cuales corresponde el pago y la fecha en que se recibió.
4) En caso de renuncia, caducidad o declaración de nulidad, no
habrá derecho a reintegro de tasas o anualidades pagadas anticipadamente.
-
Se adiciona el artículo 34 bis, el cuál modifica las formalidades de los
poderes, siendo su contenido el mismo del artículo 84 bis de la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos, analizado supra.; por lo que aplican las mismas formalidades.
- Los requisitos del artículo 34 bis, se aplican de
forma retroactiva a todas las solicitudes de inscripción que se encuentren en
trámite actualmente en el Registro de la Propiedad Industrial.
(Transitorio IV)
- Se pueden modificar las reivindicaciones, siempre y
cuando no se de una ampliación de la invención divulgada ni una expansión de la
divulgación contenida en la solicitud inicial. (Artículo 8)
- Si al momento de presentar la solicitud no se
cumple, por lo menos, con el nombre del solicitante, la descripción, las
reivindicaciones y cualquier dibujo necesario para entender la invención, se le
otorgará como fecha de presentación aquella en la que se de el cumplimiento
total de prevención correspondiente, (artículo 6 inc. 10)
- Se amplía el plazo para interponer oposiciones a
tres meses a partir de la tercera publicación de la solicitud en el Diario
Oficial. El plazo para presentar pruebas respecto a las oposiciones se amplia a
dos meses, que corren a partir de la presentación de la oposición. (Artículo
12)
- Se amplía el plazo respecto al informe técnico, el
cual deberá concluirse en un plazo improrrogable de dos años, computado a
partir de la entrega de la solicitud para estudio a la entidad correspondiente.
Respecto al examen de fondo deberá concluirse en el plazo de treinta meses, que
se contará a partir de la entrega de la solicitud para estudio a la entidad
correspondiente. (Artículo 13)
- Se mantiene el plazo de vigencia de las patentes en
20 años, tanto para solicitudes tramitadas bajo el Convenio de París; como las
que se encuentran tramitadas bajo el Tratado de Cooperación en materia de
Patentes.
En
el caso de patentes de productos, si el Registro de Propiedad Industrial se
demora en otorgar la Patente
en más de cinco años, contados desde la fecha de presentación de la solicitud;
o tres años, a partir de la solicitud del examen de fondo, el titular tendrá
derecho a solicitar al Registro una compensación en la vigencia del plazo de la Patente, el cual será un
día por cada día que se excedan los períodos de tiempo referido; pero esta
compensación nunca podrá exceder de dieciocho meses.
Puede
darse una compensación cuando se refiera a productos farmacéuticos, cuando la
aprobación del permiso para la primera comercialización en el país, otorgada por
el Ministerio de Salud, demore más de tres años, contados a partir de la
solicitud de aprobación de comercialización. El titular tendrá derecho a
solicitar al Registro una compensación en la vigencia del plazo de la Patente, el cual será un
día por cada día que se excedan los períodos de tiempo referido; siempre que el
plazo restante de la vigencia de la patente no exceda de doce años. (Artículo
17)
-
Para la implementación de las disposiciones incorporadas en los párrafos 2 al 5
del artículo 17, se, confiere al Poder Ejecutivo un plazo de un año.
(Transitorio I)
- Las disposiciones incorporadas en los párrafos 2 al
5 del artículo 17, se aplicarán a todas las solicitudes de patentes que se
presenten a, partir de los doce meses siguientes a la publicación de la Ley 8632. (Transitorio II)
- Se incorpora la figura del abandono de gestión con
el cual las solicitudes de patentes se tendrán por abandonadas y caducarán, de
pleno derecho, si no se insta su curso, dentro de un plazo de tres meses,
contados a partir de la fecha de la última notificación hecha a los
interesados. (Artículo 32)
- Otras reformas son: los subincisos c) y d) del
inciso 4) del artículo 1º; artículo 2º; Inciso 2) y 3) del artículo 6º;
artículos 9, 16; incisos 5) y 6) del artículo 18; inciso 4) del artículo 20.
Además se derogan el inciso 8) del artículo 6º y los incisos 2), 4) y 11) del
artículo 18.
Se recuerda que
las disposiciones contenidas en esta Circular son de acatamiento obligatorio.
Rige a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la Ley Nº 8632.
Dirección
Propiedad Industrial.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—Dirección
Administrativa.—Lic. William Astúa Meléndez, Director.—Departamento
Financiero.—Lic. Irene Espinoza Alvarado, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº
49407).—C-89760.—(42476).
REGISTRO DE PATENTE DE
INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
La Universidad de Costa
Rica, de Costa Rica, solicita la
Patente de Invención denominada DISPENSADOR DE HERBICIDAS PARA APLICACIÓN DIRIGIDA Y CON REGULACIÓN DE
CAUDAL. Un dispositivo dispensador de agroquímicos sistémicos o
líquidos en general sobre plantaciones diversas útil para el sector de la
agroindustria y el sector agrícola y de jardinería en especial, compuesto de un
contenedor para el líquido en cuestión, una estructura tubular liviana, que
permite la manipulación del dispositivo en plantaciones de configuraciones
diferentes, un sistema de distribución y regulación del flujo de líquido y un
dispositivo aplicador hecho de material textil el cual se mantiene humedecido
por el efecto del sistema de conducción y regulación mencionado, así mismo,
dicho elemento textil humedece la superficie de las plantas que hacen contacto
con él, de acuerdo con la práctica de empleo que se siga. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Sexta Edición es A01M 21/00, cuyo
inventor es Luis Chavarría Córdoba. La solicitud correspondiente lleva el
número 8400, y fue presentada a las 13:56:20 del 11 de mayo del 2006. Cualquier
interesado podrá ponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de febrero del 2008.—Lic.
Melissa Solís Zamora, Registradora.—(O. C. Nº 112287-UCR).—C-34220.—(39591).
PUBLICACIÓN DE segunda
VEZ
El señor Juan Ramón
Barrios Solano, mayor, casado una vez, maestro de obra, cédula de identidad
número 2-346-623, vecino de San José, Servicios de Seguridad del Norte C &
M Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominada SEPARADORES
DE CONCRETO.
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
Separadores
de concreto para evitar la corroción en la varilla de construcción. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima
Edición es 25 /01, cuyo inventor es Juan Ramón Barrios Solano. La solicitud correspondiente
lleva el número 8715, y fue presentada a las 09:56:34 del 27 de octubre de
2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de marzo de
2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 30870.—(39820).
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera
VEZ
Expediente Nº 12889P.—Impresora
Delta S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo sin número,
efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, para
uso industrial. Coordenadas 217.800 / 513.200 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 28 de abril de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M.
Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 30525.—(39273).
Exp. 12874P.—Phillipson S. A.,
solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo sin número, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Río Segundo, Alajuela, Alajuela, para uso
industria. Coordenadas 220.900 / 516.200 hoja Barba. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 21 de abril de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M.
Zeledón Calderón, Jefe.—(39764).
Exp. 12880A.—Isabel Córdoba
Araya solicita concesión de: ,15 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de Isabel Córdoba Araya en San Antonio,
Escazú, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 209.750 / 520.750 hoja
San José. Predios inferiores. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 23 de abril de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón,
Jefe.—Nº 30904.—(39828).
Exp. 12890P.—José Daniel
Quesada Brenes solicita concesión de: ,058 litros por segundo del Pozo NA -
792, efectuando la captación en finca de José Daniel Quesada Brenes en Buenos
Aires, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano y riego (zona verde).
Coordenadas 227.636 / 488.384 hoja Palmares. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 28 de abril de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M.
Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 30989.—(39829).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Expediente Nº 664-H.—Empresa
Eléctrica Matamoros S. A., solicita concesión de fuerza hidráulica, para
generar energía eléctrica, en San Roque, Ciudad Quesada, San Carlos. Se
suministran los siguientes datos: lugar: San Roque, Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela, captación: en propiedad de la solicitante, fuentes: Río Platanar y
quebrada el Palo, cuadrante cartográfico de la toma: 259-260/489-490, hoja
Aguas Zarcas, cuadrante cartográfico de descarga: 261-262/489-490, hoja Aguas
Zarcas, caudal: 1.500 l/s quebrada El Palo y 2.700 l/s Río Platanar, caída bruta: 63 metros,
potencia teórica: 2.593 kW, capacidad del
generador: 1.400 kW y 1.550 kW, destino: venta de energía al ICE, propietario de predios
inferiores: El Embalse S. A., Anselmo Rodríguez Arce. Quienes se consideren
lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del término de un mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de mayo de
2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(42911).
Propuesta de pago 40015
del 3 de abril del 2008
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los
interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas
correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula
Nombre
Monto
103390674
Casafont Odor Juan
Antonio
16.963,88
103510839
Freddy Valverde Vargas
-NI-
135.752,31
103510839
Freddy Valverde Vargas
-NI-
146.024,69
103510839
Freddy Valverde Vargas
-NI-
30.817,14
104000729
Hernández Sandí
Bernardo
7.254.408,07
112980996
Chavarría Pérez
Sharon
24.431,08
203050367
Bou Valverde
Zetty
16.963,88
400560941
Rodríguez Chaverri
Ovelio
33.927,75
603650069
Porras Arguedas
Katherine
28.095,74
700310322
Seing Jiménez
Mario
33.927,75
900140438
Morera Cabezas José
Manuel
3.385.389,23
2100042005
Ministerio de
Hacienda
8.980,89
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
5.700,00
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
154.400,00
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
54.800,00
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
24.000,00
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
30.000,00
2400042156
Tribunal Supremo de Elecciones
65.000,00
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
9.958,12
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
51.000,00
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
39.114,60
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
3.560,00
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
40.000,00
2400042156
Tribunal Supremo de
Elecciones
31.800,00
3004045117
Cooperativa de Electrificación
Rural
59.609,86
3004045202
Cooperativa de Electrificación
Rural
14.836,55
3004045202
Cooperativa de Electrificación
Rural
45.294,10
3004045260
Cooperativa de Electrificación
Rural
10.560,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
108.300,00
3012355421
Thyssenkrupp Elevadores S. A.
-L-
1.465.100,00
3014042058
Municipalidad del Cantón Central
de
8.038,80
3101000046
Compañía Nacional de Fuerza y
Luz
7.529.482,10
3101000046
Compañía Nacional de Fuerza y
Luz
1.550.335,50
3101003937
Hacienda Santa Anita S. A.
-NI-
101.250,00
3101009059
Radiográfica Costarricense S. A.
-
1.569.170,52
3101009059
Radiográfica Costarricense S. A.
-
453.339,72
3101009059
Radiográfica Costarricense S. A.
-
90.073,10
3101009059
Radiográfica Costarricense S. A.
-
232.660,57
3101009059
Radiográfica Costarricense S. A.
-
233.560,46
3101009059
Radiográfica Costarricense S. A.
-
455.093,04
3101009059
Radiográfica Costarricense S. A.
-
90.421,50
3101009515
Documentos y Digitales Difoto S. A.
73.226,00
3101024334
Solís Gamboa E Hijos S. A.
-NI-
269.500,00
3101042028
Empresa Servicios Públicos de
Heredia
97.218,00
3101042028
Empresa Servicios Públicos de
Heredia
9.782,00
3101042028
Empresa Servicios Públicos de
Heredia
72.914,00
3101059552 I
S Productos de Oficina
Centroamer.
52.586,53
3101064694
Distribuidora Santa Bárbara de
Pava
129.880,16
3101074898 Controles
Video Técnicos de
Costa
200.000,00
3101076436
Mundo de Limpieza S.
A.
170.000,00
3101077363
Servicio de Cuido Responsable
Secur.
318.449,04
3101098063
Multi-Negocios Internacionales
Amer.
157.126,38
3101110403
Sistemas Maestros de Información
S.
272.247,49
3101110403
Sistemas Maestros de Información
S.
272.247,49
3101121078
Incogua S. A.
-NI-
121.000,00
3101153618
Importaciones Ofice de Costa
Rica
1.814.850,41
3101156970 S
P C Internacional S.
A.
34.347.222,03
3101174285
Seguridad Alfa S. A.
-L-
2.128.491,40
3101174285
Seguridad Alfa S. A.
-L-
268.795,91
3101174285
Seguridad Alfa S. A.
-L-
268.795,91
3101174285
Seguridad Alfa S. A.
-L-
287.995,62
3101176412
Alavisa de Cañas S. A.
L
220.000,00
3101187216
Megadata S.
A.
2.302.758,95
3101190550
Bruno Internacional S.
A.
2.186.282,00
3101197288 C
R Soluciones GLN S. A.
-L-
2.636.051,04
3101201351
Integradores de Tecnología
en
2.450.551,15
3101227869
Correos de Costa Rica S. A.
-L-
965.829,20
3101280890 Solution
Network S. A.
-L-
3.553.787,33
3101315377
Consorcio Proveedor Alajuelense
Bus
227.360,00
3101349248 T
D M Ambiental S. A.
56.000,00
3101349248 T
D M Ambiental S.
A.
56.000,00
3101397585
Grupo Comercial Tectronic S.
A.
322.184,02
3102002511
Golfito Trading Company Ltda.
-NI
490.000,00
3102007626
Súper Estación de Servicio La
Caste.
30.770,85
3102007626
Súper Estación de Servicio La
Caste.
13.960,04
4000001021
Banco Nacional de Costa
Rica
767.830,00
4000001021
Banco Nacional de Costa
Rica
639.332,40
4000001021
Banco Nacional de Costa
Rica
639.332,40
4000001902
Instituto Nacional de Seguros
-NI-
14.061.516,28
4000001902
Instituto Nacional de Seguros
-NI-
46.619,00
4000042138
Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados
8.395,00
4000042138
Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillado
26.999,00
4000042138
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado
10.026,00
4000042138
Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillado
66.234,00
4000042138
Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillado
18.857,00
4000042138
Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillado
10.635,00
4000042138
Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillado
4.618,00
4000042138
Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillado
3.179,00
4000042139
Instituto Costarricense de
Electricidad
1.245.342,84
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
3.178,91
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
23.100,77
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
2.889,92
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
5.454,72
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
9.717,35
4000042147 Caja
Costarricense de Seguro
Social
3.453,58
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
8.958,75
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
3.388,49
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
14.984,95
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
2.889,92
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
3.990,55
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
28.998,83
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
3.627,77
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
6.847,42
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
12.198,37
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
4.335,34
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
11.246,09
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
4.253,64
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
18.810,90
4000042147
Caja Costarricense de Seguro
Social
3.627,77
4000042152
Banco
Popular
368,93
100.211.242,79
Fernando Víquez Jiménez,
Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº
09-2008).—C-123220.—(39215).
Propuesta de pago 40016
del 10 de abril del 2008
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los
interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas
correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula
Nombre
Monto
103510839
Freddy Valverde Vargas
-NI-
146.024,69
106430524
Jorge Hidalgo Muñoz
-NI-
184.000,00
202901304
Carlos A. Rodríguez Arias
-NI-
246.390,77
203190535
Orlando Villalobos González
-NI-
138.600,00
205110252
Molina Quesada
Marleny
104.000,00
401110906
Jorge Villegas Paniagua
-NI-
95.000,00
500460423
Walter Porras Fernández
-NI-
355.740,00
700400608
Alberto Guittens Walker
-NI-
421.890,00
800840830
Sotomonte Angulo
Sandro
275.000,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
117.480,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
73.220,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
69.120,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
60.080,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
43.620,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
7.940,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
7.940,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
7.940,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
5.960,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
161.400,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
1.020.000,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
72.000,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
280.000,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
516.800,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
18.850,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
6.620,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
469.940,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
340.820,00
3007042032
Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional
201.330,00
3101004011
Almacenes Unidos S.
A.
530.709,20
3101033964
Inversiones de Grecia S. A.
-NI-
617.400,00
3101276712
Inversiones Jaudamar S. A.
-NI-
598.376,05
3101397585
Grupo Comercial Tectronic S.
A.
3.236.616,21
10.430.806,92
Fernando Víquez Jiménez,
Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº
09-2008).—C-43320.—(39216).
PROPUESTA DE PAGO 40017 DEL
17/04/2008
La Dirección Ejecutiva del Tribunal Supremo de Elecciones acuerda girar a la
orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las
cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Monto
Cédula
Nombre
Líquido
110870270
VALVERDE CHAVARRÍA CARLOS
MANUEL
26.874,19
111120540
ROJAS SEGURA
JAIRO
166.436,75
112130646
ARAYA CANALES JOSÉ
MARÍA
26.874,19
113360918
SALAZAR ARGUELLO
NATALIA
52.526,83
303600797
ROW PÉREZ
GEINER
48.862,16
600600422
VÍCTOR MANUEL GARCÍA
BARQUERO
79.572,86
3007042032
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA
46.580,00
3101009515
DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO
S.A.
321.440,67
3101020660
CONTROL ELECTRÓNICO
S.A.
247.760,33
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA
S.A.
140.000,00
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA
S.A.
269.500,00
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA
S.A.
254.800,00
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA S.
A.
145.000,00
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA
S.A.
279.300,00
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA
S.A.
150.000,00
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA
S.A.
140.000,00
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA
S.A.
145.000,00
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA
S.A.
160.000,00
3101076436
MUNDO DE LIMPIEZA
S.A.
264.600,00
3101098063
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES
AMER
157.126,38
3101148693
DISTRIBUIDORA DE ARTÍCULOS
FERRETE
1.405.722,78
3101148693
DISTRIBUIDORA DE ARTÍCULOS
FERRETE
2.254.088,20
3101174285
SEGURIDAD ALFA S.A.
-L-
287.995,62
3101174285
SEGURIDAD ALFA S.A.
-L-
287.995,62
3101174285
SEGURIDAD ALFA S.A.
-L-
268.795,91
3101176412
ALAVISA DE CAÑAS S A
L
220.000,00
CONSORCIO PROVEEDOR ALAJUELENSE
3101315377
BUS
1.288.587,30
3102002511
GOLFITO TRADING COMPANY LTDA.
-NI
75.000,00
3102057865
FÁBRICA NACIONAL DE TROFEOS S. F.
L
34.452,00
9.244.891,79
Fernando Víquez Jiménez,
Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº
11-2008).—C-40720.—(40742).
Registro Civil-Departamento
Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE
tercera VEZ
Exp. Nº 3658-07.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas diez minutos del veinticinco de marzo del dos mil ocho. Procedimiento administrativo
de cancelación del asiento de nacimiento de Vilma Farett Delgado Vindas, hija
de Fabio Delgado Marín y Vilma Vindas Morales, que lleva el número setecientos
seis, folio trescientos cincuenta y tres, tomo seiscientos trece, de la
provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Vilma
Fareth del Carmen Artavia Vindas, hija de Manuel Antonio Artavia Mata y Vilma
Vindas Morales, en el asiento que lleva el número cero cuarenta y cuatro, folio
cero veintidós, tomo setecientos cuarenta y ocho, de la provincia de San José,
Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento, en
el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Fabio Delgado Marín y Vilma
Vindas Morales, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por
tres veces en el Diario Oficial La
Gaceta y se confiere audiencia por ocho días a partir de
la primera publicación a la señora Vilma Farett Delgado Vindas o Vilma Fareth
del Carmen Artavia Vindas, con el propósito que se pronuncie con relación a la
presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus
derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director
General a. í.—Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—(Nº
464-2008).—C-37820.—(39217).
Exp. Nº 13708-07.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez
horas trece minutos del veinticinco de marzo del dos mil ocho. Procedimiento
administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Isabelito Segura
Sánchez, hijo de Gerardo Segura Segura y Toribia María Sánchez Sánchez, que
lleva el número cero noventa y seis, folio cero cuarenta y ocho, tomo cero
ochenta y siete, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, por aparecer
inscrito como Isabelito Sánchez Sánchez, hijo de Toribia María Sánchez Sánchez,
en el asiento número trescientos setenta y ocho, folio ciento ochenta y nueve,
tomo ciento dos, del Partido Especial, Sección de Nacimientos y rectificación
del precitado asiento en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de
“Gerardo Segura Segura y Toribia María Sánchez Sánchez, costarricenses” y no
como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por
tres veces en el Diario Oficial La
Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de
la primera publicación al señor Isabelito Sánchez Sánchez o Isabelito Segura
Sánchez, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión.
Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro
del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Hugo
Montero Hernández, Jefe a. í.—(Nº 464-2008).—C-37820.—(39218).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Samaria Cecilia Simpson Jiménez
conocida como Samaria Cecilia Vargas Jiménez, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: resolución Nº 755-08.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y trece minutos del
diez de abril del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 2274-08. Resultando:
1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no
probados..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Francela María Rojas Vargas... en el sentido que el primer
apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Simpson” y no como se
consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 31309.—(40358).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Kenneth José Medina Hernández,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº
3821-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las diez horas quince minutos del trece de diciembre del dos mil siete.
Ocurso. Expediente Nº 30697-2007. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...,
Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Kenneth José Medina
Hernández, en el sentido que el primer nombre y segundo apellido de la madre
del mismo son “Marta” y “Berrios”, respectivamente y no como se
consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María
González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 31325.—(40359).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Celene Herrera Móvil, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 3377-07.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas
del veintisiete de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 17562-07.
Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no
probados..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
matrimonio de Geancarlo Quesada Beggerstaff con Celene Herrera Móvil..., en el
sentido que el nombre y el segundo apellido del padre y el nombre de la madre
de la cónyuge son “Carlos Antonio”, “Fernández” y “Mariluz”, respectivamente y
no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc.
Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 31367.—(40360).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Lilliana Gaviria Montoya, este Registro ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº
0599-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las trece horas cinco minutos del once de marzo del dos mil ocho.
Expediente Nº 2166-08. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos
probados..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo...; Por tanto:
procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Lilliana Gaviria Montoya...
en el sentido que el nombre de la madre... es “Ofelmina”.—Lic. Marisol Castro
Doble, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº
31403.—(40361).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Vilma Isabel Chávez Lobo, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº
1621-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las doce horas cuarenta y siete minutos del doce de junio del dos mil
siete. Ocurso. Expediente Nº 30637-06. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por
tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Carlos Alberto Zumbado Gamboa
con Vilma Isabel Chaves Lobo... en el sentido que el número de cédula de
residencia de la cónyuge es “dos siete cero-uno dos tres tres ocho ocho-seis
dos ocho ocho tres” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1
vez.—Nº 31408.—(40362).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Socorro Auxiliadora Maldonado
Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº
707-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José,
a las ocho horas y cuarenta y seis minutos del cuatro de abril del dos mil
ocho. Ocurso. Expediente Nº 0349-08. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ana Lucía
Maldonado Vargas... en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí
inscrita es “Socorro Auxiliadora” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº
31454.—(40363).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
INVESTIGACIÓN
Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD
Primera Modificación del
programa de adquisiciones 2008
El Instituto
Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA),
avisa a todos los interesados, en cumplimiento del artículo 8º de la Ley de Contratación
Administrativa, y 7º de su Reglamento, que por necesidad administrativa e
interés público, ha sido modificado el Programa Anual de Adquisiciones 2008,
por motivo de aprobación del Primer Presupuesto Extraordinario. Dicha
modificación se encuentra disponible en la página de Internet
www.hacienda.go.cr/comprared.
Cartago, Tres Ríos, 7 de mayo
del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vielka Cubero Moya, Proveedora a.
í.—1 vez.—Nº 32512.—(42586).
MUNICIPALIDAD DE MORAVIA
DIRECCIÓN FINANCIERA Y
PROVEEDURÍA
MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE
ADQUISICIONES
PROYECTADO PARA EL PERIODO DE ABRIL
A DICIEMBRE DEL 2008
Monto
Partida
Tipo de bien, servicio u obra por
contratar
estimado
01.01.02
Alquiler de maquinaria, equipo y
mobiliario
4.482.524,67
01.01.99
Otros
alquileres.
40.000,00
01.02.99
Otros servicios
básicos.
5.000.000,00
01.03.03
Impresión encuadernación y
otros
1.150.000,00
01.04.06
Servicios
generales
1.988.357,93
01.07.02
Actividades protocolarias y
sociales
1.010.000,00
02.03.01
Materiales y productos
metálicos
3.000.000,00
02.03.02
Materiales y productos minerales y
asfálticos
40.305.663,90
02.04.01
Herramientas e
instrumento.
48.961,98
02.99.03
Productos de papel, cartón e
impresos
2.919,89
05.01.02
Equipo de
transporte
415.135.000,00
05.02.01
Construcción plantel
municipal
8.356.660,05
05.02.01
Construcción aulas Escuela de La
Trinidad
3.452.223,00
05.02.02
Base, carpeta y canalización aguas calles Los
Piratas
30.000.000,00
05.02.02
Estabilización bastiones puente Calle Barro de
Olla
7.225.000,00
05.02.02
Asfaltado costado noroeste cementerio La Trinidad
5.640.000,00
05.02.02
Carpeta y canalización aguas pluviales Calle El
Ruano
60.000.000,00
05.02.02
Carpeta asfáltica calle central Urbanización El
Romeral
12.000.000,00
05.02.02
Cuneta revestida Calle La Isla
14.500.000,00
05.02.02
Puente calle La Huesera La
Isla de
Moravia
3.500.000,00
05.02.02
Puente peatonal Calle La
Huesera.
1.996.710,01
05.02.02
Colocación base y mezcla Calle El
Ruano
9.066.000,00
05.02.07
Instalación de aguas potables Urbanización
González
576.115,12
05.02.07
Mejoras red de agua potable Urb.
González
789.269,90
05.02.07
Electrificación calle San Jerónimo hacia
Platanares
2.320.898,07
05.02.07
Canalización de aguas negras Los
Sitios
20.799,02
05.02.99
Portón y columnas calle interna y parque
central
1.200.000,00
05.02.99
Construcción vestidores cancha Los
Sitios
1.529.153,98
Moravia, 29 de abril del
2008.—Jorge Monge Pérez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(42468).
DIRECCIÓN GENERAL DE
MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
GESTIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000161-05401
Compra de
microcomputadoras, escáners e impresoras
Se avisa a todos los
interesados en esta Licitación para la Dirección General
de Migración y Extranjería, que la
Gestión de Proveeduría recibirá ofertas en sobre cerrado
hasta las 10:00 horas del viernes 30 de mayo del 2008, para la compra de
microcomputadoras, escáners e impresoras.
El interesado tiene el pliego
de condiciones a disposición en el Sistema
Comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de
Internet, a partir de este día; o podrá sacar copia en la Gestión de Proveeduría de la Dirección General
de Migración y Extranjería, que se encuentra ubicada en La Uruca San José, de la Fábrica Adoc 100
metros noreste, 100 metros norte y 200 metros oeste, en la puerta Nº 7, segundo
piso. Las ofertas se deben presentar en esta dirección.
San José, 7 de mayo del
2008.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº
18225).—C-11900.—(42860).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2008LN-000051-87900
Compra de equipo de
cómputo para el Sistema Nacional de
Áreas de Conservación del Ministerio
de Ambiente y Energía
El Ministerio del
Ambiente y Energía, a través de la Proveeduría Institucional,
recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 9 de junio del 2008, para la Compra de equipo de
cómputo.
El interesado tiene el cartel
a disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección
https:www.hacienda.go.cr/comprared; a partir del siguiente día hábil de la
presente publicación, u obtener el cartel para ser fotocopiado, en la Proveeduría Institucional
del Ministerio del Ambiente y Energía, ubicado en avenidas 8º y 10, calle 27,
Barrio Francisco Peralta, 100 metros oeste del Restaurante Casa Italia, San
José.
San José, 7 de mayo del
2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor.—1
vez.—(Solicitud Nº 20143).—C-11880.—(42882).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000173-85002
Servicios de consultoría
para la implementación y adopción
del Proceso Unificado de Desarrollo de
Software
La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas
hasta las 10:00 horas del 6 de junio de este año, para la citada contratación.
Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma
gratuita en la página Web del Tribunal www.tse.go.cr. link “TSE en la Red de Transparencia
institucional/adquisiciones”, o en www.hacienda.go.cr link Comprared; o podrán
obtenerlo en la
Proveeduría, sita: Costado oeste del Parque Nacional en San
José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un disco
magnético (diskette) de 3.5 nuevo, dispositivo de almacenamiento masivo (llave
maya), o mediante correo electrónico, previa solicitud al fax 2256-6351,
indicando los datos de la empresa, el responsable a quien contactar. (No se
suministrarán ejemplares impresos).
Lic. Ronny Jiménez Padilla, Subproveedor
a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 752-2008).—C-9260.—(42883).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000174-85002
Compra de equipo para
embozar e indentar cédulas de identidad
La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas
hasta las 10:00 horas del 2 de junio de este año, para la citada contratación.
Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma
gratuita en la página Web del Tribunal www.tse.go.cr. link “TSE en la Red de Transparencia
institucional/adquisiciones”, o en www.hacienda.go.cr link Comprared; o podrán
obtenerlo en la
Proveeduría, sita: Costado oeste del Parque Nacional en San
José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un disco
magnético (diskette) de 3.5 nuevo, dispositivo de almacenamiento masivo (llave
maya), o mediante correo electrónico, previa solicitud al fax 2256-6351,
indicando los datos de la empresa, el responsable a quien contactar. (No se
suministrarán ejemplares impresos).
Lic. Ronny Jiménez Padilla,
Subproveedor a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 751-2008).—C-9260.—(42884).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000175-85002
Diseño e Implementación de
Cableado Estructurado
(DATOS) en la Sala de Cómputo del Tribunal
Supremo de Elecciones
La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones recibirá ofertas
hasta las 10:00 horas del 10 de junio de este año, para la citada contratación.
Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma
gratuita en la página Web del Tribunal www.tse.go.cr. link “TSE en la Red de Transparencia
institucional/adquisiciones”, o en www.hacienda.go.cr link Comprared; o podrán
obtenerlo en la
Proveeduría, sita: Costado oeste del Parque Nacional en San
José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un disco
magnético (diskette) de 3.5 nuevo, dispositivo de almacenamiento masivo (llave
maya), o mediante correo electrónico, previa solicitud al fax 2256-6351,
indicando los datos de la empresa, el responsable a quien contactar. (No se
suministrarán ejemplares impresos).
Lic. Ronny Jiménez Padilla,
Subproveedor a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 753-2008).—C-9260.—(42885).
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2008LA-000018-01
Alquiler de 50 espacios de
parqueo para los funcionarios
de Oficinas Centrales del Banco
Nacional de Costa Rica
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por
escrito, a las catorce horas (2:00 p. m.) del 28 de mayo del 2008, para el
“Alquiler de 50 espacios de parqueo para los funcionarios de Oficinas Centrales
del Banco Nacional de Costa Rica”.
El cartel puede ser retirado
en la Oficina
de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del
Banco Nacional de Costa Rica en La
Uruca, previo pago de la suma de ¢2.000,00 (dos mil colones
con 00/100).
La Uruca, 14 de mayo del
2008.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1
vez.—(Nº 2042).—C-7280.—(42887).
PROCESO DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2008LA-000050-PCAD
Renovación de licencias de
desarrollo y
producción de herramientas QFLOW
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los
invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2008LA-000050-PCAD. La
apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la Sede Central,
avenidas 2º y 4º, calle 1, a las 10:00 horas del día 30 de mayo del 2008.
Las especificaciones,
condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas,
previa cancelación del cartel en las cajas Nos. 12 y 13, ubicadas en el primer
piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a.
m., a 12:00 m. d., y de 1:00 p. m., a 7:00 p. m. Valor del cartel (¢2.000,00
dos mil colones con 00/100).
San José, 8 de mayo del
2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Coordinador.—1 vez.—(42483).
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2008LN-108015-UL
Conmutadores y enrutadores
El Instituto Nacional
de Seguros recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 11 de junio
2008, para la contratación de conmutadores y enrutadores.
Los interesados pueden pasar
a retirar el pliego de condiciones, sin costo alguno, en el Departamento de
Proveeduría, ubicado en el octavo piso del Edificio de Oficinas Centrales.
San José, 9 de mayo del
2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yessenia Quirós Angulo, Subjefa.—1
vez.—(O. C. Nº 18480).—C-5960.—(42937).
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2008LN-108016-UL
Servicios de radiología
para Centros Regionales
de Salud en varias localidades
El Instituto Nacional
de Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, que la
apertura de ofertas se tiene programada para el 6 de junio de 2008 a las 09:00
horas.
El pliego de condiciones
podrá ser retirado en el mostrador del oficial de público del Departamento de
Proveeduría de este Instituto ubicado en el octavo piso de sus oficinas
centrales sin costo alguno.
San José, 9 de mayo del
2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yessenia Quirós Angulo, Subjefa.—1
vez.—(O. C. Nº 18480).—C-5960.—(42938).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000008-99999
Compra de equipo de
edición no lineal
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere la adquisición de un equipo de edición no
lineal, para cumplir con los proyectos de expansión del Programa de Material
Audiovisual.
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas
del jueves 5 de junio del año 2008.
Los interesados tienen el cartel
a disposición vía internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en
la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha.
También pueden obtenerlo en la
Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de
¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede
Central de la UNED, sita, 800 metros este de
la Rotonda de
la Bandera,
carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos
527-2610, 253-2907 y 224-6739.
Sabanilla, 9 de mayo del
2008.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche,
Jefa.—1 vez.—(42924).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000007-99999
Compra de sistema de
duplicación de DVD/CD
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere la adquisición de un sistema de duplicación
de DVD/CD, para realizar proyectos de expansión del Programa de Audiovisuales.
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas
del viernes 6 de junio del año 2008.
Los interesados tienen el
cartel a disposición vía internet, en forma gratuita, en el sistema de
Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha.
También pueden obtenerlo en la
Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de
¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede
Central de la UNED, sita, 800 metros este de
la Rotonda de
la Bandera,
carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos
527-2610, 253-2907 y 224-6739.
Sabanilla, 9 de mayo del
2008.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche,
Jefa.—1 vez.—(42925).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2008LN-000002-99999
Adquisición de equipo de
cómputo
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere adquirir el equipo de cómputo necesario para
suplir las necesidades de equipamiento, actualización y renovación de
computadoras de las diferentes dependencias.
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas
del miércoles 4 de junio del año 2008.
Los interesados tienen el
Cartel a disposición vía internet, en forma gratuita, en el sistema de
Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha.
También pueden obtenerlo en la
Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de
¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede
Central de la UNED, sita 800 metros este de la Rotonda de La Bandera, carretera a
Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos 527-2610,
253-2907 y 224-6739.
Sabanilla, 09 de mayo del año
2008.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefe de la Oficina de Contratación y
Suministros.—1 vez.—(42926).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000009-99999
Compra de artículos de
limpieza
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere la adquisición de suministros de limpieza
para satisfacer las necesidades presentes.
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 14:00 horas
del jueves 5 de junio del año 2008.
Los interesados tienen el
cartel a disposición vía internet, en forma gratuita, en el sistema de
Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha.
También pueden obtenerlo en la
Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de
¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede
Central de la UNED, sita, 800 metros este de
la Rotonda de
la Bandera,
carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos
527-2610, 253-2907 y 224-6739.
Sabanilla, 9 de mayo del año
2008.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche,
Jefa.—1 vez.—(42927).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE
BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000048-1142
240 unidades mascarilla
laríngea con asa
metálica introductora, tamaño 3
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada
Nº 2008LA-000048-1142, para la adquisición del ítem único: 240 unidades
mascarilla laríngea con asa metálica introductora, tamaño 3.
Apertura de ofertas: 11 de
junio del 2008 a las 9:00 horas. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 7 de mayo del 2008.—Subárea
de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1
vez.—(UE-1142).—C-5280.—(42914).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000049-1142
264.000 dosis limpiador y
desinfectante para
limpieza de tuberías de aspiración de
equipos
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada
Nº 2008LA-000049-1142, para la adquisición del ítem único: 264.000 dosis
limpiador y desinfectante para limpieza de tuberías de aspiración de equipos.
Apertura de ofertas: 11 de
junio del 2008 a las 10:00 horas. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 8 de mayo del
2008.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1
vez.—(UE-1142).—C-5280.—(42916).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000050-1142
1.280 unidades broca
quirúrgica tipo doble Lindermann
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de la licitación abreviada Nº
2008LA-000050-1142, para la adquisición de: 1.280 unidades broca quirúrgica
tipo doble Lindermann.
Apertura de ofertas: 11 de
junio del 2008 a las 11:00 horas. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 7 de mayo del
2008.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1
vez.—(1142).—C-5280.—(42917).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000068-PROV
Asfaltado de caminos del
Centro
de Generación ARCOSA
El Instituto
Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes
mencionada, que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 10 de junio del
2008, en la Proveeduría
de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio
central, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento:
Asfaltado de caminos
del Centro de Generación ARCOSA.
Mayores especificaciones,
condiciones generales y especiales podrán adquirirse por medio de fotocopia
cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando
nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.
San José, 9 de mayo del
2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S.
335364).—C-9920.—(42907).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000069-PROV
Adquisición materiales
metálicos (varillas,
láminas, angulares de acero, etc.)
El Instituto Costarricense
de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que
recibirá ofertas hasta las 09:00 horas del día 11 de junio del 2008, en la Proveeduría de este
Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para
el suministro de lo siguiente:
Requerimiento:
Adquisición materiales
metálicos (varillas, láminas, angulares de acero, etc.).
Mayores
especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse por medio
de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este
Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica:
https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.
San José, 9 de mayo del
2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S.
335364).—C-9920.—(42908).
REFINADORA COSTARRICENSE
DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-500005-02
Suministro de equipo de
respiración autónoma
La Dirección de Suministros de Recope, invita a participar en la Licitación Abreviada
Nº 2008LA-500005-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el
primer piso de las oficinas centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón
Norte, hasta las 10:00 horas del día 4 de junio del 2008.
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo
está disponible, en la página Web de Recope: www.recope.com.
San José, 8 de mayo del
2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—(O. C. Nº 2008-5-0329).—C-7280.—(42912).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2007LN-700123-02
Contratación de los
servicios de mano de obra, materiales
y equipo para la construcción de la
obra civil, eléctrica
y mecánica de la sustitución y
relocalización de las
líneas del poliducto en la Refinería
La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la
licitación pública Nº 2007LN-700123-02, para lo cual las propuestas deberán
presentarse en el primer piso de las oficinas centrales de Recope, sita en
Urbanización Tournón Norte, hasta las 10:00 horas del día 16 de julio del 2008.
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢15.000,00, o bien, el mismo
está disponible, en la página Web de Recope, www.recope.com.
La visita al sitio para
explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se
llevará a cabo el día 30 de mayo del 2008 a las 10:00 horas en el edificio del
Departamento de Ejecución de Proyectos en Limón.
San José, 8 de mayo del
2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—(O. C. Nº 2008-5-0329).—C-11220.—(42913).
MUNICIPALIDAD DE MORAVIA
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2008LN-000001-01
Disposición y tratamiento
de los desechos sólidos ordinarios,
residenciales y comerciales del cantón
de moravia
Debidamente autorizada,
la Proveeduría
de la Municipalidad
de Moravia recibirá oferta hasta las 14:00 horas del día 4 de junio del 2008,
para la disposición y tratamiento de los desechos sólidos ordinarios,
residenciales y comerciales del cantón de Moravia. Mayores especificaciones
generales y técnicas podrán ser retiradas gratuitamente a partir de esta
publicación, en las oficinas de la Proveeduría Municipal,
costado norte de la Cruz
Roja, San Vicente de Moravia o en la página WEB
www.municipalidad.moravia.or.cr.
Moravia, 9 de mayo del
2008.—Jorge Monge Pérez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(42471).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN ABREVIADA
2007LA-000038-01
Servicios de perforación y
armado de un pozo para abastecer
de agua potable a la Urbanización La
Trinidad de Alajuela
La Municipalidad del Cantón Central de Alajuela, recibirá ofertas por
escrito hasta las 11:00 horas del día 3 de junio del 2008, para la supracitada
licitación.
Las especificaciones técnicas
y condiciones generales deben retirarse en la Oficina de la Proveeduría, a partir
de su publicación, sita diagonal a la esquina noroeste del Parque Central de
Alajuela en la planta baja, de lunes a jueves de 7:30 hasta las 16:30 y viernes
de 7:30 hasta las 15:30. Se llevará a cabo visita de campo a las 8:00 horas,
del día 26 de mayo del 2008.
Lic. Giovanni Robles Rojas,
Proveedor Municipal.—1 vez.—(42497).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2008LA-000005-01
Contratación de maquinaria
por obra total para relastreo mecanizado
de 0,91 kilómetros. Colocación de un
paso de alcantarilla con sus
cabezales. Construcción de cuneta
revestida en el camino
código 2-09-016, Barrio Nuevo,
distrito Orotina.
El Departamento de la Proveeduría Municipal,
recibirá ofertas hasta las diez horas del veintisiete de mayo de 2008, para la
para 1. Contratación de maquinaria por obra total para relastreo mecanizado de
0,91 kilómetros. 2. Colocación de un paso de Alcantarilla con sus cabezales. 3.
Construcción de cuneta revestida en el camino código 2-09-016, Barrio Nuevo,
distrito Orotina. Los interesados podrán adquirir el cartel en la oficina de la
proveeduría municipal, previo pago de dos mil colones. Informes al 2427-9884.
Orotina, 7 de mayo del
2008.—Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Departamento de Proveeduría Municipal.—1
vez.—(O. C. Nº 17848).—C-7940.—(42870).
MUNICIPALIDAD DE SANTA
CRUZ
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2008LP000002-01
Adquisición de dos
vehículos recolectores de basura nuevos
y un camión en chasis tipo Tandem
nuevo año 2008, al cual
se le debe instalar y reparar una caja
recolectora
usada que posee la Municipalidad
El Concejo Municipal de
la Municipalidad
de Santa Cruz, en sesión ordinaria Nº 18-2008, artículo 7, inciso 04 del 29 de
abril del 2008, acordó sacar a Licitación Pública la compra de dos vehículos
recolectores de basura nuevos y un camión en chasis tipo Tandem nuevo 2008, al
cual debe instalar y reparar una caja recolectora usada que posee la Municipalidad. La
recepción de ofertas está fijada para el día 9 de junio del 2008, a las 10:00
a. m. El cartel con las condiciones y especificaciones podrá retirarlo en la
oficina de Proveeduría de esta Municipalidad sin costo alguno. Para mayor
información al telefax 2680-14-07.
Dirección Administrativa.—Lic.
Alexandra Gutiérrez Angulo, Directora Administrativa.—1 vez.—(42863).
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2008LA-000040-PCAD
Contratación de servicios
de empresas para el mantenimiento
preventivo, correctivo, el enderezado
y pintura de la flotilla
vehicular del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento
de los interesados en la Licitación Abreviada N° 2008LA-000040-PCAD, que la Comisión de Licitaciones
Públicas, mediante Acta N° 55-2008 del 8 de mayo del 2008, resolvió declarar
infructuosos los ítemes Nº 1 al 9 y adjudicar el ítem Nº 10 en los siguientes
términos:
Corporación Automotriz As del Este
S.A., cédula jurídica
Nº 3-101-093093
Objeto: Contratación de
servicios de empresas para que brinden mantenimiento preventivo, correctivo, el
enderezado y pintura de la flotilla vehicular del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal. Corporación Automotriz AS del Este, S. A., manifiesta que los costos
de los servicios de enderezado y pintura para el ítem Nº 10 para todos los
vehículos del Banco Popular, serán de acuerdo a lo que se estableció en el
punto 2.6 del cartel.
Garantía de
cumplimiento: Corporación Automotriz AS del Este, S.A., deberá de rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la
firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto de ¢1.000.000,00 (un
millón de colones 00/100) con una vigencia mínima de catorce meses.
Demás condiciones, conforme
lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa en su informe de
adjudicación Nº 124-2008.
San José, 8 de mayo del
2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Coordinador.—1 vez.—(42480).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000025-PCAD
Adquisición de cajeros
automáticos y dispensadores
automáticos de lobbie
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del
conocimiento de los interesados en la Licitación Pública
N° 2008LN-000025-PCAD, que la
Comisión de Licitaciones Públicas, mediante Acta N° 467-2008
del 8 de mayo del 2008, resolvió adjudicar en los siguientes términos:
Consorcio D&G ATMS y Seguridad de
Costa Rica
SRL y GBM de Costa Rica S. A.
Objeto: Adquisición de
dispensadores del lobbie y cajeros automáticos lobbie.
Precio
US$
Precio
Cantidad
Ítem
Descripción
i.v.i./unidad
total i.v.i.
30
1
Opteva 520 dispensador de
lobby carga
delantera
$17.687,11
$530.613,30
10
2
Opteva 720 cajero automático
de lobby carga
delantera
$21.691,80
$216.918,00
Total
$747.531,30
Setecientos cuarenta y siete
mil quinientos treinta y un dólares con 30/100.
Garantía de
cumplimiento: Consorcio D&G ATMS y Seguridad de Costa Rica SRL y GBM de
Costa Rica, S. A., deberá de rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la
adjudicación del concurso, por un monto del 10% del total adjudicado y con una
vigencia mínima de seis meses una vez recibidos a satisfacción los equipos por
parte del Banco se procederá a la devolución del 70% de la garantía, el 30%
restante el contratista deberá mantenerlo vigente hasta tanto no venza la
garantía de los equipos.
Demás condiciones
conforme lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa en su informe de
adjudicación N° 118-2008.
San José, 8 de mayo del
2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Coordinador.—1 vez.—(42481).
LICITACIÓN PÚBLICA
2008LN-000001-01
Adaptación e Instalación
de un Sistema
Integrado (Módulo Financiero)
La junta directiva de
esta Institución mediante Acuerdo N° 4 Firme tomado en la sesión N° 3489,
celebrada el día 6 de mayo de 2008, acordó adjudicar la licitación pública
2008LN-000001-01 por adaptación e Instalación de un Sistema integrado (Módulo
Financiero) a la oferta presentada por la empresa Optec Sistemas S. A.
por un monto de ¢98.056.200,00, conforme a recomendación de la Comisión de Licitaciones
según acta N° 015-08 del 30 de abril del 2008, avalada por la Gerencia General
en oficio G.G.C.-00673-2008 del 30 de abril del 2008 firmado por el Mba.
Whitman Cruz Méndez. Acuerdo firme.
Lic. Marvin Calero Álvarez,
Proveedor General.—1 vez.—(Solicitud Nº 11233).—C-8600.—(42862).
HOSPITAL DR. ENRIQUE
BALTODANO BRICEÑO
LICITACIÓN ABREVIADA
2008LA-000004-2502
Mantenimiento de zonas
verdes
Se informa a los
interesados que por resolución Nº HEBB-DAF-320-05-2008, la Dirección Administrativa
Financiera del Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño, adjudica el concurso
antes mencionado: ver detalles en: http:/www.ccss.sa.cr.
Liberia, 6 de mayo de
2008.—Subárea de Contratación.—Lic. Óscar Sánchez Fuentes, Encargado.—1
vez.—(42880).
REGISTRO DE ELEGIBLES
El Instituto
Costarricense de Electricidad (ICE.), comunica a los interesados que la Dirección Técnica
Gestión Comercial División Clientes, aprobó la solicitud presentada para la
inscripción de frentes en el Registro de Elegibles de empresas constructoras a
la siguiente firma:
Empresa
Inscripción-frentes
Confort System de Costa Rica S.
A.
3 frentes en obras
Cédula jurídica Nº
3-101-295908
Obras complementarias
Todo de conformidad con
los procedimientos que rigen la materia y los atestados presentados
oportunamente por el interesado.
San José, 5 de mayo del
2008.—Lic. Gonzalo Gómez Álvarez, MBA.—1 vez.—(O.S. Nº
335364).—C-6620.—(40744).
CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA
2008LN-000016-DI
Mejoramiento de las rutas
nacionales 116 y 504
Sección: Los Ángeles-Santo Domingo
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública
y lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, se corrige lo indicado en La Gaceta Nº 78 de 23
de abril de 2008, para que el texto ahí indicado sea sustituido en lo
correspondiente por el siguiente contenido.
En relación con la licitación
arriba indicada, se informa que en virtud de no haberse comunicado debidamente
enmienda al cartel de licitación de dicho proceso, se comunica que esta
contratación administrativa se esta sometiendo a un procedimiento de
declaración de desierto el concurso respectivo.
San José, 8 de mayo de
2008.—Proveeduría y Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1
vez.—(Solicitud Nº 19586).—C-9920.—(42864).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000141-62700
(Aclaración, adición y prórroga)
Estación típica de trabajo
Ministerio de Salud-Proyecto B. I. D.
Programa de Desarrollo del Sector
Salud
Se avisa a los interesados
en la Licitación
arriba indicada, cuyo cartel se publicó en La Gaceta Nº 86 del 6
de mayo de 2008, que al mismo se le hace la siguiente aclaración:
A. El punto a) de las
CONDICIONES GENERALES del cartel se debe leer de la siguiente manera:
a) Las ofertas
que no se ajusten estrictamente a las especificaciones técnicas solicitadas no
serán admitidas al concurso.
B. A las
CONDICIONES GENERALES del cartel se le adiciona el siguiente numeral:
i) DE LA MUESTRA: Dentro de los
tres días hábiles posteriores al vencimiento del plazo para la recepción de
ofertas se debe presentar muestra de las estaciones típicas de trabajo
ofertadas. La muestra se debe entregar en la Central de Almacenamiento el Ministerio de Salud,
ubicada en Pavas, de La
Silvana 400 metros al oeste y 115 metros al sur.
C. De igual
manera se comunica que el plazo para la recepción de ofertas se prorroga para
las 10:00 horas del 21 de mayo de 2008.
San José, 9 de mayo de
2008.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1
vez.—(Solicitud Nº 14925).—C-11880.—(42918).
REGISTRO NACIONAL
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2008LN-000010-00100
Compra e instalación de un
sistema de detección
temprana de incendios para el Registro
Nacional
La Proveeduría General del Registro Nacional, avisa a todos los interesados
en la licitación antes mencionada, las siguientes aclaraciones:
El sistema de detección de
incendios no necesariamente se deberá integrar a la plataforma o sistema
existente. Su operación y funcionamiento podrá ser totalmente independiente.
La cantidad de equipo que se
requiere está contemplado en los planos del proyecto, esto se les puede
facilitar en Proveeduría del Registro Nacional.
Antes de la recepción final
de las obras, el adjudicatario deberá dejar los cielos, paredes y zonas
afectadas en estado similar o mejor que antes de realizar el trabajo.
En caso de que la instalación
de los dispositivos coincida con equipos existentes tales como luminarias o
salidas de aire acondicionado, los equipos se podrán ubicar de acuerdo al
criterio del órgano fiscalizador.
El horario de trabajo será el
mismo que el órgano fiscalizador de 7:30 a. m., a 4:00 p. m. Se podrá laborar
en horarios distintos (por ejemplo fines de semana), previa coordinación con el
órgano fiscalizador.
Se debe incluir el
desmantelamiento de las instalaciones de los sistemas de incendio actuales, por
esa razón el oferente debe incluir el costo del mismo.
Una vez adjudicado el concurso,
el órgano fiscalizador asignará el profesional responsable por parte de la
administración para la respectiva supervisión.
Se deben incluir el
suministro de las instalaciones de energía eléctrica y de telecomunicaciones,
por lo tanto para cada panel de incendio (PI), se debe de considerar una salida
de potencia, tomando en cuenta una distancia promedio al tablero de emergencia
más cercano de 30 metros de longitud y se cableará en 3Nº12 THHN en ducto de 19
mm EMT-U.L., además, se deberá dejar una salida de comunicaciones a cada panel
con dos cables utp categoría 6 hasta el rack en cada piso en ducto de 19 mm EMT
U.L. considerando una distancia promedio de 50 m.
Los conductores a utilizar en
todos los dispositivos del sistema será el modelo 9575 FPLR de Belden o similar
aprobado con dos cables Nº 16 trenzados y con pantalla electrostática, en donde
se requieran más de dos hilos se instalarán dos cables o más.
La cantidad de paneles de
incendio usados en el proyecto será 7 paneles en total.
Para la intercomunicación de
los paneles el tipo de cableado deberá ser clase A estilo 7, respetando la
secuencia según planos.
Para los dispositivos de
notificación el tipo de cableado deberá ser clase A estilo 7, respetando la
secuencia según planos.
La ruta que conectará el
edificio principal con el módulo 8, debe ser por los pasillos, y se deberán
incluir todos los trabajos, dejando todo en iguales o mejores condiciones.
Las demás condiciones
permanecen invariables.
San José, 8 de mayo del
2008.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº
2820).—C-29720.—(42888).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2008LN-000012-00100
Remodelación de oficinas
del Registro Nacional
La Proveeduría General del Registro Nacional, avisa a todos los interesados
en la licitación antes mencionada, las siguientes aclaraciones:
Aspecto 1: Debe leerse correctamente como fecha de
recepción de ofertas el 22 de mayo del 2008 (no del 2007, como está indicado).
Aspecto 2: Debe leerse correctamente como fecha de la
única visita guiada el 9 de mayo del 2008 (no del 2007, como está indicado).
Modificación 1: Es aceptable para la Administración el
incluir la característica de acero galvanizado como material de confección para
los módulos de almacenamiento. En todo caso, el oferente deberá aportar la
información técnica que permita establecer la superioridad de este material con
relación al acero laminado. De igual manera, debe de aportarse certificación de
instalaciones anteriores, que este órgano fiscalizador podrá visitar para
comprobar lo descrito en la documentación.
Modificación 2: Es aceptable para la Administración el
incluir la característica de fijación mediante troquelado tipo cremallera. En
todo caso, el oferente deberá aportar la información técnica que permita
establecer la superioridad de este sistema de fijación con relación al de
tornillos. De igual manera, debe de aportarse certificación de instalaciones
anteriores, que este órgano fiscalizador podrá visitar para comprobar lo descrito
en la documentación.
Modificación 3: Es aceptable para la Administración el
incluir la característica de acero galvanizado como material de confección para
los módulos de almacenamiento. En todo caso, el oferente deberá aportar la
información técnica que permita establecer la superioridad de este material con
relación al acero laminado. De igual manera, debe de aportarse certificación de
instalaciones anteriores, que este órgano fiscalizador podrá visitar para
comprobar lo descrito en la documentación.
Modificación 4: Es aceptable para la Administración el
solicitar a los oferentes el deber de indicar en unidades de kilogramo, la
capacidad de soporte de las bandejas a instalar. Igualmente, deben de indicar
el sistema de refuerzo con que se confeccionan las mismas. En todo caso, el
oferente deberá aportar la información técnica que permita establecer la
superioridad del sistema de refuerzo que oferta para las bandejas. De igual
manera, debe de aportarse certificación de instalaciones anteriores, que este
órgano fiscalizador podrá visitar para comprobar lo descrito en la
documentación. No se aceptan las uniones de bandeja a los parales y/o
verticales mediante soldadura.
Modificación 5 y 6: Se mantiene como preferente la característica de los
tensores como elementos que consoliden los cuerpos de almacenamiento. Podrá
exponerse otro sistema de consolidación, pero el oferente deberá aportar la
información técnica que permita establecer la superioridad del sistema
propuesta con relación al de los tensores. De igual manera, debe de aportarse
certificación de instalaciones anteriores, que este órgano fiscalizador podrá
visitar para comprobar lo descrito en la documentación.
Modificación 7: Es aceptable para la Administración el
incluir la característica de acero galvanizado como material de confección para
los vagones de rodamiento, siempre y cuando no varíe su forma de fijación al
piso ni su disposición al paso de personas y elementos rodantes sobre ellos. En
todo caso, el oferente deberá aportar la información técnica que permita
establecer la superioridad de este material con relación al acero laminado. De
igual manera, debe de aportarse certificación de instalaciones anteriores, que
este órgano fiscalizador podrá visitar para comprobar lo descrito en la
documentación.
Las demás condiciones
permanecen invariables.
San José, 8 de mayo del
2008.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº
49485).—C-39460.—(42889).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN
GUARDIA
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº 2008LN-000008-3003
(Modificación al cartel)
Cassette volumétricos para
bomba de infusión
El Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, comunica a todos los interesados en participar en el concurso
supraindicado que se modifican los siguientes aspectos:
- Se
modifica el punto 20 de las características mínimas de la bomba de infusión
para el ítem 1, quedando de la siguiente manera: “Debe tener una batería
sellada, recargable, para instalar dentro del sistema. De fácil acceso para su
reemplazo durante prácticas de campo y con conector polarizado”.
-
Se modifica el punto 15 de las características mínimas de la bomba de infusión
para el ítem 2, quedando de la siguiente manera: “Con batería de larga duración
para casos de emergencia cuando se interrumpe el fluido eléctrico o para usos
temporales durante el transporte (4 horas A 100ml/hr)”.
-
Se modifica el punto 20 de las características mínimas de la bomba de infusión
para el ítem 2, quedando de la siguiente manera: “Debe tener una batería
sellada, recargable, para instalar dentro del sistema. De fácil acceso para su
reemplazo durante prácticas de campo y con conector polarizado”.
Las demás condiciones
del cartel permanecen invariables.
San José, 9 de mayo del
2008.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(42905).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE
BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2008LN-000009-1142 (Avisos Nº 1)
Varias esponjas
neuroquirúrgicas absorbentes
A los oferentes
interesados en participar en esta compra, se les comunica que todas las fichas
técnicas fueron modificadas en los siguientes puntos: En el Apartado
Descripción del Artículo, en cuanto a las medidas, el Apartado de
Especificaciones, y el Empaque Primario.
Asimismo se prorroga para el
26 de mayo 2008 a las 9:00 horas. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
Subárea de Carteles.—Lic.
Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(Nº 1142).—C-7280.—(42919).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000012-01 (Prórroga)
Servicios de diseño de
anteproyecto, proyecto e
inspección del Centro de Formación
Profesional de Upala
El Proceso de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores
interesados en participar en la licitación abreviada Nº 2008LA-000012-01
servicios de diseño de anteproyecto, proyecto e inspección del Centro de
Formación Profesional de Upala, que la fecha de apertura de esta licitación se
prorroga para el próximo 28 de mayo del 2008 a las 10:00 horas.
San José, 8 de mayo del
2008.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—(Solicitud Nº 16330).—C-7940.—(42922).
REFINADORA COSTARRICENSE
DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-900067-02 (Enmienda Nº 1)
Contratación de los
servicios de mano de obra, materiales y equipo
para el suministro, instalación y
puesta en marcha de plantas
y bombas de agua para el sistema de
aire acondicionado
Le comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al
primer piso de las oficinas centrales de Recope a retirar la enmienda N° 1 al
cartel, o bien, la misma está disponible en la página web www.recope.com.
San José, 8 de mayo del
2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—(O. C. Nº 2008-5-0329).—C-6620.—(42920).
R-CO-19-2008.—Despacho
de la Contralora
General de la República.—San José, a las quince horas del día
veinticinco de abril de dos mil ocho.
Considerando:
I.—Que de conformidad
con lo dispuesto en la “Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por
Concepto de Transporte para todos los Funcionarios del Estado”, Nº 3462, del 26
de noviembre de 1964, le corresponde a la Contraloría General
de la República
regular dicha materia y, en consecuencia, realizar las modificaciones que
procedan, así como revisar y ajustar periódicamente sus tarifas. Tal normativa
contempla las disposiciones generales a que deben supeditarse las erogaciones
que, por concepto de gastos de viaje y de transporte, realizan los funcionarios
o empleados del Estado y de las instituciones y empresas públicas o estatales,
cuando deben desplazarse dentro o fuera del país, en cumplimiento de sus
funciones.
II.—Que la Sala Constitucional
en el voto Nº 5825-97 de 19 de setiembre de 1997, refiriéndose al artículo 1º
de la Ley Nº
3462, definió la competencia de la Contraloría General
en esta materia.
III.—Que con base en la
atribución contenida en el artículo 5º de la Ley Nº 3462, este órgano contralor procedió a
publicar en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 52 de 13 de marzo del 2008, el proyecto de
modificación de los artículos 18, 19, 34 y 41 del “Reglamento de gastos de
viaje y de transporte para funcionarios públicos”, para oír las observaciones y
objeciones presentadas por los interesados dentro del término señalado al
efecto.
IV.—Que, luego de analizar
las observaciones presentadas con motivo de la publicación aludida, esta
Contraloría General resuelve modificar los artículos 18, 19, 34 y 41 del
“Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos”, de
la manera que seguidamente se detalla .
Artículo 1º—Se
modifican los artículos 18, 19, 34 y 41 del “Reglamento de gastos de viaje y de
transporte para funcionarios públicos” para que en lo sucesivo se lean de la
siguiente forma:
“Artículo 18.—Tarifas
en el interior del país. Las sumas a cobrar por los diferentes conceptos,
serán las siguientes:
a)
Desayuno:
¢2.500,00
b)
Almuerzo:
¢4.000,00
c)
Cena:
¢4.000,00
d) Hospedaje: según la localidad
de que se trate, de acuerdo con las
siguientes disposiciones y tabla:
i. La Administración
reconocerá, en cada caso, el monto que estipula la correspondiente factura de
hospedaje, hasta una suma que no sobrepase el máximo que indica la columna III
de la siguiente tabla, exceptuando los funcionarios discapacitados, quienes
tendrán derecho al reconocimiento del 100% de la factura, cuando deban pagar
tarifas mayores que la máxima autorizada en la columna III, correspondiente a
hoteles o similares que cuenten con las facilidades de acceso y alojamiento que
ellos requieran, en salvaguarda del principio de igualdad de oportunidades
consagrado en la Ley Nº
7600 del 2 de mayo de 1996. Para ello, los funcionarios tendrán que presentar,
adjunto a la respectiva liquidación, la (s) factura (s) original (es) extendida
(s) por el (los) establecimiento (s) de hospedaje.
ii.
Si mediante una sola factura se ampara el hospedaje de más de un funcionario en
una misma habitación, uno de ellos presentará la factura original adjunta a su
respectiva liquidación y el otro (o los otros) adjuntará(n) fotocopia de ésta
con indicación del número de liquidación en que queda la factura original. Para
efectos del reconocimiento del gasto, la Administración
distribuirá el monto de la factura entre el número de funcionarios que ésta
ampare, siempre que el monto resultante para cada uno no exceda el máximo que
indica la columna III de la tabla siguiente.
iii. La
(s) factura (s) referida en los incisos anteriores deberá (n) contener la
información que, para efectos tributarios, exige la Dirección General
de la Tributación,
en el artículo 18º del D.E. Nº 14082-H del 29 de noviembre de 1982 y sus
reformas.
HOSPEDAJE
I
|
II
|
III
|
Provincia/ Cantón
|
Localidad
|
|
SAN JOSÉ
|
|
|
San José
|
Área Metropolitana
|
22.000,00
|
Dota
|
Santa María
|
8.250,00
|
Pérez Zeledón
|
San Isidro del General
|
11.000,00
|
Tarrazú
|
San Marcos
|
8.250,00
|
ALAJUELA
|
|
|
Alajuela
|
Alajuela
|
15.000,00
|
Alfaro Ruiz
|
Zarcero
|
10.000,00
|
Grecia
|
Grecia
|
12.500,00
|
Guatuso
|
San Rafael
|
8.000,00
|
Los Chiles
|
Los Chiles
|
10.000,00
|
Orotina
|
Orotina
|
11.750,00
|
San Carlos
|
Cuidad Quesada
|
10.500,00
|
|
La Fortuna
|
13.000,00
|
|
Pital
|
7.600,00
|
|
Santa Rosa de Pocosol
|
7.000,00
|
San Ramón
|
San Ramón
|
9.500,00
|
Upala
|
Upala
|
8.250,00
|
Valverde Vega
|
Sarchí Norte
|
11.000,00
|
CARTAGO
|
|
|
Cartago
|
Cartago
|
15.000,00
|
Turrialba
|
Turrialba
|
9.600,00
|
HEREDIA
|
|
|
Heredia
|
Heredia
|
13.750,00
|
Sarapiquí
|
Puerto Viejo
|
12.000,00
|
|
Colonia Victoria
|
6.900,00
|
|
Finca 6 ( Río Frío)
|
5.000,00
|
|
La Virgen
|
6.250,00
|
GUANCASTE
|
|
|
Liberia
|
Liberia
|
17.000,00
|
Abangares
|
La Juntas
|
9.000,00
|
Bagaces
|
Bagaces
|
6.900,00
|
|
Fortuna
|
9.600,00
|
|
Guayabo
|
8.250,00
|
Cañas
|
Cañas
|
11.000,00
|
Carrillo
|
Filadelfia
|
9.000,00
|
Hojancha
|
Hojancha
|
5.000,00
|
La Cruz
|
La Cruz
|
11.000,00
|
Nandayure
|
Ciudad Carmona
|
7.000,00
|
Nicoya
|
Nicoya
|
11.000,00
|
Santa Cruz
|
Santa Cruz
|
11.000,00
|
Tilarán
|
Tilarán
|
9.600,00
|
PUNTARENAS
|
|
|
Puntarenas
|
Puntarenas
|
15.000,00
|
|
Jicaral
|
6.900,00
|
|
Paquera
|
10.000,00
|
|
Monteverde
|
11.000,00
|
|
Cóbano
|
10.000,00
|
|
Tambor
|
12.000,00
|
Aguirre
|
Quepos
|
15.500,00
|
Buenos Aires
|
Buenos Aires
|
8.500,00
|
Corredores
|
Cuidad Neilly
|
12.500,00
|
|
Canoas
|
10.000,00
|
Coto Brus
|
San Vito
|
9.600,00
|
|
Sabalito
|
7.000,00
|
Esparza
|
Esparza
|
10.000,00
|
Garabito
|
Jacó
|
19.000,00
|
Golfito
|
Golfito
|
15.000,00
|
|
Puerto Jiménez
|
10.000,00
|
|
Río Claro
|
9.000,00
|
Montes de Oro
|
Miramar
|
6.250,00
|
Osa
|
Puerto Cortés
|
5.500,00
|
|
Palmar Norte
|
11.400,00
|
Parrita
|
Parrita
|
9.500,00
|
LIMÓN
|
|
|
Limón
|
Limón
|
15.500,00
|
Guácimo
|
Guácimo
|
8.000,00
|
Matina
|
Batán
|
9.600,00
|
Pococí
|
Guápiles
|
11.000,00
|
|
Cariari
|
7.600,00
|
Siquirres
|
Siquirres
|
11.000,00
|
Talamanca
|
Bribrí
|
6.900,00
|
|
Cahuita
|
10.500,00
|
|
Puerto Viejo
|
13.750,00
|
|
Sixaola
|
8.250,00
|
Artículo 19.—Otras
localidades. Para las localidades no incluidas en la tabla del inciso d)
del artículo anterior, la
Administración podrá reconocer por concepto de hospedaje:
a) Una suma
diaria máxima de ¢13.750,00 contra la presentación de la respectiva factura.
b)
Una suma diaria máxima de ¢3.450,00 sin la presentación de la factura.
Artículo 34.—Tarifas
en el exterior del país. La suma diaria por concepto de viáticos en el exterior
para sufragar gastos de hospedaje, alimentación y otros gastos menores por
lavado y planchado de ropa y traslados dentro de la ciudad, se regirá por las
tarifas de la siguiente tabla:
Destino
|
Miembros de los Supremos Poderes de
la República
|
Funcionarios pertenecientes al nivel
determinativo y de ejecución y fiscalización superior
|
Otros funcionarios
|
|
I
|
II
|
III
|
|
EUA $
|
EUA $
|
EUA $
|
Alemania
|
424
|
353
|
300
|
Algeria
|
478
|
398
|
338
|
Angola
|
316
|
263
|
224
|
Anguila
|
|
|
|
Del 15 de abril al 14 de diciembre
|
266
|
222
|
189
|
Del 15 de diciembre al 14 de abril
|
316
|
263
|
224
|
Antigua y Barbuda
|
355
|
296
|
252
|
Arabia Saudita
|
284
|
237
|
201
|
Argentina
|
358
|
298
|
253
|
Araba
|
|
|
|
Del 15 de abril al 15 de diciembre
|
284
|
237
|
201
|
Del 16 de diciembre al 14 de abril
|
358
|
298
|
253
|
Australia
|
376
|
313
|
266
|
Austria
|
385
|
321
|
273
|
Bahamas
|
|
|
|
Del 21 de abril al 19 de diciembre
|
329
|
274
|
233
|
Del 20 de diciembre al 20 de abril
|
367
|
306
|
260
|
Bahréin
|
304
|
253
|
215
|
Barbados
|
|
|
|
Del 16 de abril al 15 de diciembre
|
280
|
233
|
198
|
Del 16 de diciembre al 15 de abril
|
306
|
255
|
217
|
Benín
|
240
|
200
|
170
|
Bélgica
|
515
|
429
|
365
|
Belice
|
254
|
212
|
180
|
Bermudas
|
|
|
|
Del 15 de marzo al 30 de noviembre
|
258
|
215
|
183
|
Del 1 de diciembre al 14 de marzo
|
179
|
149
|
127
|
Bhután
|
155
|
129
|
110
|
Bolivia
|
144
|
120
|
102
|
Bonaire
|
|
|
|
Del 15 de abril al 15 de diciembre
|
373
|
311
|
264
|
Del 16 de diciembre al 14 de abril
|
457
|
381
|
324
|
Bosnia y Herzegovina
|
185
|
154
|
131
|
Botswana
|
215
|
179
|
152
|
Brasil
|
372
|
310
|
264
|
Bulgaria
|
218
|
182
|
155
|
Burkina Faso
|
242
|
202
|
172
|
Burundi
|
242
|
202
|
172
|
Cabo Verde
|
311
|
259
|
220
|
Camboya
|
154
|
128
|
109
|
Camerún
|
233
|
194
|
165
|
Canadá
|
390
|
325
|
276
|
Chad
|
455
|
379
|
322
|
Chile
|
211
|
176
|
150
|
Chipre
|
301
|
251
|
213
|
Colombia
|
317
|
264
|
224
|
Comores
|
202
|
168
|
143
|
Costa de Marfil
|
234
|
195
|
166
|
Croacia
|
256
|
213
|
181
|
Cuba
|
280
|
233
|
198
|
Curazao
|
|
|
|
Del 15 de abril al 15 de diciembre
|
296
|
247
|
210
|
Del 16 de diciembre al 14 de abril
|
329
|
274
|
233
|
Dinamarca
|
424
|
353
|
300
|
Djibouti
|
186
|
155
|
132
|
Dominica
|
211
|
176
|
150
|
Ecuador
|
238
|
198
|
168
|
Egipto
|
230
|
192
|
163
|
El Salvador
|
254
|
212
|
180
|
Emiratos Árabes Unidos
|
421
|
351
|
298
|
Eritrea
|
116
|
97
|
82
|
Eslovaquia (República Eslovaca)
|
389
|
324
|
275
|
Eslovenia
|
348
|
290
|
247
|
España
|
498
|
415
|
353
|
Estados Unidos de América
|
385
|
321
|
273
|
Estonia
|
320
|
267
|
227
|
Etiopía
|
162
|
135
|
115
|
Federación Rusa
|
636
|
530
|
451
|
Filipinas
|
220
|
183
|
156
|
Finlandia
|
380
|
317
|
269
|
Fiyi
|
311
|
259
|
220
|
Francia
|
446
|
372
|
316
|
Gabón
|
360
|
300
|
255
|
Gambia
|
278
|
232
|
197
|
Ghana
|
116
|
97
|
82
|
Granada
|
|
|
|
Del 16 de abril al 14 de diciembre
|
263
|
219
|
186
|
Del 15 de diciembre al 15 de abril
|
302
|
252
|
214
|
Grecia
|
433
|
361
|
307
|
Guadalupe
|
259
|
216
|
184
|
Guatemala
|
220
|
183
|
156
|
Guinea
|
193
|
161
|
137
|
Guinea Ecuatorial
|
328
|
273
|
232
|
Guinea Bissau
|
278
|
232
|
197
|
Guyana
|
224
|
187
|
159
|
Haití
|
312
|
260
|
221
|
Honduras
|
185
|
154
|
131
|
Hong Kong
|
370
|
308
|
262
|
Hungría
|
326
|
272
|
231
|
India
|
234
|
195
|
166
|
Indonesia
|
192
|
160
|
136
|
Irán
|
263
|
219
|
186
|
Irlanda
|
444
|
370
|
315
|
Islandia
|
|
|
|
De mayo a setiembre
|
421
|
351
|
298
|
De octubre a abril
|
342
|
285
|
242
|
Islas Caimán
|
|
|
|
Del 1 de mayo al 30 de noviembre
|
427
|
356
|
303
|
Del 1 de diciembre al 30 de abril
|
478
|
398
|
338
|
Israel
|
244
|
203
|
173
|
Italia
|
473
|
394
|
335
|
Jamaica
|
257
|
214
|
182
|
Japón
|
396
|
330
|
281
|
Jordania
|
287
|
239
|
203
|
Kenia
|
293
|
244
|
207
|
Laos
|
90
|
75
|
64
|
Lesotho
|
158
|
132
|
112
|
Letonia
|
238
|
198
|
168
|
Líbano
|
275
|
229
|
195
|
Liberia
|
259
|
216
|
184
|
Libia
|
228
|
190
|
162
|
Lituania
|
335
|
279
|
237
|
Luxemburgo
|
347
|
289
|
246
|
Madagascar
|
210
|
175
|
149
|
Malasia
|
222
|
185
|
157
|
Malawi
|
110
|
92
|
78
|
Mali
|
360
|
300
|
255
|
Malta
|
377
|
314
|
267
|
Marruecos
|
215
|
179
|
152
|
Martinica
|
270
|
225
|
191
|
Mauricio
|
299
|
249
|
212
|
Mauritania
|
268
|
223
|
190
|
México
|
350
|
292
|
248
|
Mónaco
|
359
|
299
|
254
|
Montenegro
|
360
|
300
|
255
|
Mozambique
|
211
|
176
|
150
|
Myanmar
|
108
|
90
|
77
|
Namibia
|
175
|
146
|
124
|
Nicaragua
|
193
|
161
|
137
|
Niger
|
196
|
163
|
139
|
Nigeria
|
182
|
152
|
129
|
Noruega
|
431
|
359
|
305
|
Nueva Zelanda
|
324
|
270
|
230
|
Paises Bajos
|
475
|
396
|
337
|
Pakistán
|
115
|
96
|
82
|
Panamá
|
274
|
228
|
194
|
Paraguay
|
138
|
115
|
98
|
Perú
|
256
|
213
|
181
|
Polonia
|
314
|
262
|
223
|
Portugal
|
420
|
350
|
298
|
Puerto Rico
|
|
|
|
Del 1 de mayo al 19 de diciembre
|
461
|
384
|
326
|
Del 20 de diciembre al 30 de abril
|
547
|
456
|
388
|
Qatar
|
370
|
308
|
262
|
Reino de Tonga
|
222
|
185
|
157
|
Reino Unido
|
505
|
421
|
358
|
República Centroafricana
|
203
|
169
|
144
|
República Checa
|
358
|
298
|
253
|
República de Corea
|
434
|
362
|
308
|
República de Yemen
|
164
|
137
|
116
|
República del Congo
|
234
|
195
|
166
|
República Democrática del Congo
|
162
|
135
|
115
|
República Dominicana
|
223
|
186
|
158
|
República Popular de China
|
253
|
211
|
179
|
Ruanda
|
202
|
168
|
143
|
Rumania
|
282
|
235
|
200
|
San Cristóbal y Nevis
|
|
|
|
Del 15 de abril al 14 de diciembre
|
245
|
204
|
173
|
Del 15 de diciembre al 14 de abril
|
266
|
222
|
189
|
Del 15 de abril al 14 de diciembre
|
313
|
261
|
222
|
Del 15 de diciembre al 14 de abril
|
389
|
324
|
275
|
San
Martín (Saint Martin- St. Maarten)
|
|
|
|
Del 15 de abril al 15 de diciembre
|
334
|
278
|
236
|
Del 16 de diciembre al 14 de abril
|
418
|
348
|
296
|
San Vicente y Granadinas
|
|
|
|
Del 15 de abril al 14 de diciembre
|
271
|
226
|
192
|
Del 15 de de diciembre al 14 de abril
|
307
|
256
|
218
|
Del 15 de abril al 14 de diciembre
|
272
|
227
|
193
|
Del 15 de diciembre al 14 de abril
|
341
|
284
|
241
|
Santa Lucía
|
|
|
|
Del 15 de abril al 14 de diciembre
|
232
|
193
|
164
|
Del 15 de diciembre al 14 de abril
|
284
|
237
|
201
|
Del 15 de abril al 14 de diciembre
|
414
|
345
|
293
|
Del 15 de diciembre al 14 de abril
|
492
|
410
|
349
|
Santo Tomé y Príncipe
|
144
|
120
|
102
|
Senegal
|
308
|
257
|
218
|
Serbia
|
251
|
209
|
178
|
Seychelles
|
340
|
283
|
241
|
Sierra Leona
|
155
|
129
|
110
|
Singapur
|
448
|
373
|
317
|
Somalia
|
103
|
86
|
73
|
Sudáfrica
|
176
|
147
|
125
|
Sudán
|
199
|
166
|
141
|
Suecia
|
488
|
407
|
346
|
Suiza
|
403
|
336
|
286
|
Surinam
|
217
|
181
|
154
|
Swazilandia
|
180
|
150
|
128
|
Tailandia
|
263
|
219
|
186
|
Taiwan
|
352
|
293
|
249
|
Tanzania
|
169
|
141
|
120
|
Trinidad y Tobago
|
371
|
309
|
263
|
Togo
|
284
|
237
|
201
|
Túnez
|
215
|
179
|
152
|
Turquía
|
175
|
146
|
124
|
Uganda
|
232
|
193
|
164
|
Uruguay
|
209
|
174
|
148
|
Venezuela
|
412
|
343
|
292
|
Vietnam
|
127
|
106
|
90
|
Zambia
|
199
|
166
|
141
|
Zimbabwe
|
241
|
201
|
171
|
Las tarifas
correspondientes a países no considerados en la tabla anterior deben ser
solicitadas, para cada caso, en forma escrita, a la Contraloría General
de la República,
con un mínimo de cinco días hábiles de antelación a la fecha de inicio del
viaje, indicándose al menos, el nombre y cargo de cada uno de los funcionarios
que viajen en esa misión oficial, las fechas previstas de salida y de regreso a
Costa Rica y las ciudades a visitar. Además se deberá enviar copia de la
invitación al evento y documentos anexos a ésta remitidos por los
organizadores.
Artículo 41.—Reconocimiento
de diferencias especiales. Los miembros de los Supremos Poderes y los
viceministros, cuando en razón del evento al que asistieren, deban cubrir por
concepto de hospedaje una suma superior al monto destinado a ese concepto
(60%), conforme con la tarifa diaria autorizada para el lugar de que se trate,
tendrán derecho al reconocimiento de esa diferencia.
Asimismo, para eventos
muy especiales que así lo justifiquen, los funcionarios ubicados en el nivel II
de la tabla del Artículo 34, tendrán derecho a que se les reconozca el exceso en
el costo de hospedaje sobre el 60% de la tarifa diaria autorizada para el lugar
de que se trate, hasta por un monto máximo de E.U.A. $62,00.
Además, los
funcionarios discapacitados tendrán derecho al reconocimiento del 100% de la
factura de hotel, cuando deban pagar tarifas mayores que la máxima determinada
de acuerdo con las disposiciones de los artículos 34 y 35 de este Reglamento,
correspondiente a hoteles o similares que cuenten con las facilidades de acceso
y alojamiento que ellos requieran, en salvaguarda del principio de igualdad de
oportunidades consagrado en la
Ley Nº 7600 del 2 de mayo de 1996.
En los casos
anteriores, para el reconocimiento de las diferencias señaladas, los
funcionarios tendrán que presentar la correspondiente factura del hotel, por
habitación individual, sin alimentación.”
Artículo 2º—Vigencia.
Rige a partir de su publicación.
Publíquese.—Rocío
Aguilar Montoya, Contralora General.—1 vez.—(O. P. Nº
19446).—C-367200.—(40232).
REGLAMENTO AUTÓNOMO DEL FONDO
DE CRÉDITO RURAL
DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
A fin de que se sirva
proceder a su ejecución, me permito comunicar el acuerdo tomado por la Junta Directiva
del Instituto de Desarrollo Agrario, en el artículo Nº 4 de la sesión
extraordinaria 005-2008, celebrada el 10 de marzo del 2008.
Artículo 4º—Se presenta
a consideración de la señora y señores Directores los oficios GG-267-08 y
CR-158-08, suscritos por la
Gerencia General y el Área de Crédito Rural, sobre algunas
modificaciones al Reglamento Autónomo del Fondo de Crédito Rural.
Analizado el
reglamento:
Acuerdo Nº 4. Acoger la
recomendación contenida en el oficio CR-141-08, suscrito por el Área de Crédito
Rural y con fundamento en ella, se acuerda aprobar el:
REGLAMENTO AUTÓNOMO DEL FONDO
DE CRÉDITO RURAL
DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Con
fundamento en el artículo 140 de la
Ley de Tierras y Colonización número 2825, del 14 de octubre
de 1961 y artículo 18, inciso g) de la
Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario número
6735, del 29 de marzo de 1982 y artículos 188 y 189 de la Constitución Política;
se dicta el presente reglamento autónomo que regulará la administración de los
fondos asignados para crédito rural en el Instituto de Desarrollo Agrario.
Artículo 2º—Para todos los
efectos de este reglamento, debe entenderse por:
a) Área: área de
Crédito Rural (unidad administrativa del Instituto perteneciente al
Departamento de Servicios para el Desarrollo).
b)
Asignatario (A): persona física o jurídica a la cual el Instituto le ha
asignado mediante acuerdo de junta directiva un predio.
c)
Comité: Comité de Crédito.
d)
Crédito: operación mediante la cual el fondo entrega una suma de dinero al
asignatario (a) y/o propietario (a), recibiendo a cambio después de un plazo,
dicha suma más los respectivos intereses.
e)
Departamento: departamento de Servicios para el Desarrollo perteneciente a la
dirección Formación y Desarrollo de Asentamientos.
f)
Dirección: dirección Formación y Desarrollo de Asentamientos.
g)
Dirección Regional: unidad administrativa del Instituto responsable de
gerenciar la operación regional de los programas institucionales.
h)
Fondo: Fondo Crédito Rural.
i)
Garantía de crédito: es todo recaudo que toma el Instituto, de los deudores
(as) o prestatarios (as) y que le da relativa seguridad de que no sufrirá
quebranto en caso de incumplimiento de pago.
j)
Instituto: el Instituto de Desarrollo Agrario (I.D.A.), creado por Ley Número
6735, de 29 de marzo de 1982, la cual reformó la Ley Número 2825, de 14
de octubre de 1961.
k)
Junta Directiva: Órgano Superior del Instituto, encargado de las funciones que
establece el artículo 18 de la Ley
de Creación del I.D.A.
l)
POI: plan operativo institucional
m)
Propietario (A): el asignatario (a) que tenga su predio debidamente inscrito en
el Registro Público de la
Propiedad.
n)
Registro: Registro Público de la
Propiedad.
o)
Sistema: programa de cómputo de Crédito Rural.
p)
Oficina subregional: unidad administrativa a nivel regional responsable de
proveer los servicios institucionales a los asentamientos bajo su jurisdicción.
q)
TBP: Tasa básica pasiva (tasa de interés fijada por el Banco Central de Costa
Rica).
CAPÍTULO II
Finalidades, recursos y
organización
Artículo 3º—De las
finalidades. El Fondo se utilizará únicamente para el otorgamiento de créditos,
en procura del mejoramiento socioeconómico de las familias asentadas en los
programas de tierras.
Artículo 4º—De los recursos.
Los recursos del Fondo provendrán de las siguientes fuentes:
a) Presupuesto
ordinario institucional.
b)
Recuperación de créditos por cartera colocada.
c)
Intereses recuperados por la cartera colocada.
d)
Ingresos financieros (intereses ganados sobre inversiones, los generados por
saldos en cuentas bancarias y otros).
e)
Otras instituciones públicas, privadas o de convenios nacionales o
internacionales.
f)
Otras fuentes de recursos que por resolución de la Junta Directiva se
pongan a disposición del Fondo.
Artículo 5º—De las
inversiones. Los recursos disponibles, que no afecten la operación del Fondo,
podrán invertirse en títulos valores de acuerdo a las regulaciones que sobre el
particular emita el Ministerio de Hacienda.
Artículo 6º—Estructura del
fondo. Para su funcionamiento el Fondo operará con la siguiente estructura:
a) Área de
Crédito Rural.
b)
Direcciones Regionales.
c)
Oficinas Subregionales.
d)
Comité de Crédito: integrado por el Director de Formación y Desarrollo de
Asentamiento, el Jefe del Departamento de Servicios para el Desarrollo y el
Coordinador del Área de Crédito Rural.
Artículo 7º—Funciones
del área.
a) Recomendar
ante la Junta
Directiva las políticas crediticias.
b)
Elaborar la proyección de los ingresos y egresos anuales.
c)
Analizar revisar el cumplimiento de los requisitos formales de las solicitudes
de préstamos.
d)
Analizar, aprobar o rechazar los arreglos de pago y novaciones.
e)
Mantener actualizada la cartera de crédito mediante el Sistema.
f)
Enviar mensualmente, según corresponda, los informes financieros, de
inversiones y presupuesto a la Dirección Administrativa
Financiera y/o a la
Auditoría; así como a otras instituciones que aporten
capital, si así fuese requerido.
g) Enviar
mensualmente al Departamento, el avance de metas del POI.
h)
Participar conjuntamente con la Direcciones Regionales
y el Departamento en la programación y distribución de los recursos del Fondo a
nivel regional.
i)
Gestionar recursos para el fortalecimiento del Fondo.
j)
Brindar el apoyo técnico, administrativo y la asesoría necesaria sobre crédito
y cobro, a las Oficinas Subregionales, las Direcciones Regionales, para el
manejo eficiente de los recursos.
k)
Confeccionar los cheques, los pagarés y en caso necesario las hipotecas para
los préstamos aprobados.
l)
Realizar las inversiones que sean necesarias.
m)
Confeccionar los recibos de dinero provisionales, y/o definitivos con base en
los pagos realizados.
n)
Podrá, cuando lo considere pertinente, tramitar ante los tribunales
competentes, por medio de sus abogados o abogados designados, los cobros
judiciales.
o)
Supervisar la aplicación de los lineamientos y especificaciones técnicas
contenidas en este reglamento.
p)
Confeccionar y tener bajo custodia un expediente por solicitante, que contenga,
al menos, requisitos técnicos y legales estipulados.
q)
Canalizar los arreglos de pago de créditos que se encuentran en cobro judicial.
r)
Velar por establecimiento de la póliza de saldos deudores, según corresponda.
Artículo 8º—Funciones
de las direcciones regionales:
a) Velar por el
cumplimiento de lo establecido para la región, en el POI en lo referente al
crédito.
b)
Velar por la recuperación oportuna de la cartera colocada en su región.
c)
Verificar que se cumpla con los planes de inversión de los créditos aprobados.
d)
Distribución por subregional de los recursos asignados.
e)
Elaborar proyección de la recuperación de la cartera.
f)
Recomendar ante el Área, las solicitudes de crédito, arreglos de pago y
novaciones.
Artículo 9º—Funciones
de las subregionales:
a) Promover ante
los (as) asignatarios (as) de los asentamientos, el uso del crédito como un
instrumento de desarrollo.
b)
Elaborar la propuesta de necesidades de recursos para invertir en crédito.
c)
Formular el perfil del proyecto a financiar.
d)
Velar por el cumplimiento de los requisitos requeridos para las solicitudes de
préstamos, arreglos de pago y novaciones.
e)
Tramitar y recomendar ante la Dirección Regional, las solicitudes de crédito,
arreglos de pago y novaciones.
f)
Confeccionar un expediente por solicitante, que contenga, al menos, requisitos
técnicos y legales estipulados en este reglamento.
g)
Seguimiento al proceso completo de la actividad crediticia.
h)
Actualizar la base de datos del Sistema.
i)
Confeccionar un expediente por solicitante, que contenga, los requisitos
técnicos y legales estipulados en este reglamento.
j)
Realizar la gestión de cobro para una recuperación oportuna de créditos
otorgados.
k)
Velar porque aquellas operaciones cuyas limitaciones estén próximas a vencer y
la garantía no sea hipotecaria, se realice el trámite de anotación ante el
registro, hasta la cancelación de las deudas con el Fondo.
l)
Solicitar ante quién corresponda los trámites de los procesos de revocatoria,
nulidad de título y cobro judicial.
m)
Verificar que las actividades a financiar cuenten con la asistencia técnica
oportuna, así como la seguridad de mercado.
Artículo 10.—Funciones
del Comité. Aprobar o improbar las solicitudes de crédito hasta por un monto de
¢5.000.000,00.
CAPÍTULO III
Solicitantes de crédito y
requisitos
Artículo 11.—Sujetos de
crédito: Son sujetas de crédito los (as) asignatarios (as) o propietarios (as)
y que estén al día con las obligaciones con el Instituto y que se encuentre
vigente el período de limitaciones establecido en el artículo número 67 de la Ley Nº 2825.
Artículo 12.—Requisitos para
personas físicas con garantía fiduciaria.
a) Llenar en
forma completa el formulario de solicitud de crédito
b)
Fotocopia de la cédula de identidad, vigente y legible, por ambos lados, de los
solicitantes y de los fiadores.
c)
Fotocopia o transcripción de acuerdo de asignación o folio real de los
solicitantes.
d)
Fotocopia o transcripción de acuerdo de asignación o folio real de la parcela
de los fiadores, cuando la fianza sea de asignatarios. En caso de ser
asignatario de una granja familiar o un lote, se requiere del avalúo correspondiente
realizado por un profesional debidamente autorizado por el Colegio respectivo.
e)
Si el fiador (a) es asalariado (a), constancia de salario con un máximo de un
mes de emitida y fotocopia de la orden patronal al día.
f)
Carta de intención de compra-venta del producto, en caso de que el Área lo
considere necesario o carné de afiliación a la feria del agricultor.
g)
Aportar el perfil del proyecto a financiar.
Artículo 13.—Requisitos
para personas físicas con garantía hipotecaria.
a. Llenar
en forma completa el formulario de solicitud de crédito.
b.
Fotocopia de la cédula de identidad, vigente y legible, por ambos lados, de los
solicitantes
c.
En caso de que la propiedad ofrecida en garantía no sea la parcela, granja
familiar o lote para vivienda asignados, deberá aportar fotocopia o
transcripción de acuerdo de asignación o folio real del inmueble de los
solicitantes
d.
Estudio de registro de la propiedad ofrecida en garantía con un máximo de un
mes de emitido
e.
Carta de intención de compra-venta del producto, en caso de que el Área lo
considere necesario o carné de afiliación a la feria del agricultor
f.
Avalúo de la propiedad para aquellos casos en que la propiedad ofrecida en
garantía no sea la parcela (hasta un monto igual o menor a los dos millones de
colones). Asimismo si el monto solicitado es mayor a dos millones de colones,
pero el 80 % del valor declarado ante el Registro supera el monto aprobado, no
se exigirá el avalúo. Cuando se trate de granja familiar, lote asignado, o
propiedad no asignada por el IDA, se exigirá avalúo siempre y cuando el 80% del
valor declarado ante el Registro de la Propiedad no supere el monto aprobado.
g.
Aportar el perfil del proyecto a financiar.
Artículo 14.—Requisitos
de las solicitudes de crédito para personas jurídicas.
a) Llenar en
forma completa, el formulario de solicitud de crédito por parte del
representante legal de la organización.
b)
Fotocopia de la cédula jurídica, certificación de la personería jurídica (con
30 días máximo de emitida).
c)
Nombre completo, domicilio y demás calidades del (la) representante legal de la
organización.
d)
Nombre completo, domicilio y demás calidades de todos los miembros de la
organización, cuando se trate de garantía fiduciaria.
e) Acta
original o fotocopia certificada de acuerdo de la Asamblea General,
con no más de treinta días de emitida, donde se autoriza al (la) representante
legal, a la formalización del crédito, indicando la actividad, la unidad de
medida y su cantidad.
f)
Carta de intención de compra-venta del producto, en caso de que el Área lo
considere necesario o carné de la feria del agricultor.
g)
Aportar el perfil del proyecto de la actividad a financiar.
CAPÍTULO IV
De las obligaciones de las
personas deudoras
Artículo
15.—Obligaciones. A los asignatarios (as) que el IDA les otorgue un crédito
quedarán sujetas a las siguientes obligaciones:
a) Acatar las
recomendaciones que emitan técnicos del IDA, sector agropecuario ó de
instituciones de apoyo, para el manejo adecuado del proyecto financiado y la
administración eficiente del crédito.
b)
Informar a la oficina subregional sobre cualquier variación en las condiciones
pactadas o cualquier circunstancia que desmejore o ponga en peligro la garantía
del crédito otorgado.
c)
Permitir, cuando el IDA lo considere conveniente, la inspección del proyecto
financiado o de los bienes dados en garantía.
d)
Utilizar los bienes y servicios que se financien con los recursos del Fondo,
exclusivamente en la ejecución del respectivo plan de inversión.
e)
Si existen convenios que así lo permitan, autorizar irrevocablemente a los
compradores de su producto, para que del monto resultante de la compra y venta,
se retenga un porcentaje de su ingreso, el cual se acreditará a favor del Fondo,
para ser aplicado a su deuda.
f)
Acogerse a la póliza de saldos deudores con el Instituto Nacional de Seguros.
Artículo 16.—El
incumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas por los deudores, dará
derecho al Instituto a dar por vencida la deuda y exigir en su totalidad la
presente obligación.
CAPÍTULO V
Utilización de los
recursos, montos, plazos e intereses
Artículo
17.—Utilización de los recursos. Los recursos del Fondo podrán ser utilizados
para financiar:
a) Actividades
agropecuarias.
b)
Comercio.
c)
Artesanía.
d)
Industria o Agroindustria.
e)
Maquinaria, vehículos de carga y equipo.
f)
Proyectos agroecoturísticos.
g)
Capital de trabajo.
h)
Servicios.
i)
Certificados de aportación con empresas agroindustriales.
Artículo 18.—De los
montos. El monto del préstamo que se autorizará depende del estudio técnico
presentado y de la disponibilidad presupuestaria asignada a cada Subregional.
Este podrá ser hasta un 100% del monto del avío de la actividad a financiar.
Artículo 19.—De los plazos.
El plazo y la forma de pago para cancelar el crédito estarán determinados por
el ciclo y/o por los ingresos que genere el proyecto, considerando un período
prudencial para la comercialización. Sin menoscabo de poder otorgarle un plazo
mayor, para desarrollar varios ciclos de la misma actividad.
Artículo 20.—De las tasas de
interés. La tasa de interés corriente será fija del ocho por ciento anual (8%),
por el plazo de la deuda, la cual regirá para los créditos nuevos, adecuaciones
y readecuaciones.
El interés moratorio será del
2% anual adicional a la tasa de interés corriente y se cobrará una vez vencido
el préstamo.
CAPÍTULO VI
De las garantías
Artículo 21.—Tipos. Los
créditos que otorgue el Fondo, podrán garantizarse mediante garantía:
a) Fiduciaria.
b)
Hipotecaria,
Artículo 22.—De la
garantía fiduciaria.
a) Se podrá usar
este tipo de garantía en aquellos créditos que no superen el millón de colones
(¢1.000.000,00)
b)
El fiador (a) no debe estar fiando a otro (a) Asignatario (a) ante el Fondo.
c)
Los fiadores deben estar al día con sus obligaciones con el Instituto.
d)
Cuando la fianza sea a favor de una persona jurídica, se requerirá que la misma
sea otorgada por la totalidad de los socios de dicha organización.
e)
Cuando el fiador es asalariado, la cuota del crédito avalado no podrá ser
superior al 40 % del salario neto.
Artículo 23.—De la
garantía hipotecaria.
a) Se exigirá
este tipo de garantía para aquellos créditos cuyo monto sea superior a un
millón de colones (¢1.000.000,00). Dicha garantía será preferentemente de
primer grado, y solo se aceptará de grados inferiores cuando los grados
anteriores lo sean a favor del mismo Instituto.
b)
Cuando se requiera avalúo, este deberá ser realizado por un profesional
autorizado por el respectivo colegio profesional respectivo. El monto del
crédito no podrá sobrepasar el 80% del valor tasado.
c)
Los honorarios por concepto de avalúo y de notariado por la confección de la
hipoteca, serán asumidos en su totalidad por el solicitante.
d)
Para aquellos casos en que la persona adjudicataria tenga deuda con el Fondo y
el Instituto le vaya a traspasar en propiedad la finca, ésta se garantizará con
hipoteca de primero o segundo grado según corresponda. Para este propósito el
Fondo deberá remitir a cada notario (a) ó a quien corresponda, según sea la
programación de firmas de protocolo, la información requerida. Si el crédito no
ha vencido, y el plazo pendiente es mayor a seis meses, se estipulará en la
escritura la forma de pago que quede pendiente. Si el crédito está vencido se
le darán tres meses plazo. Si por el contrario no ha vencido y le faltan menos
de seis meses, se le dará un plazo de seis meses, para lo cual se enviará un
estado de cuenta al plazo previsto a partir de la firma de protocolo.
Artículo 24.—Hipotecas
abiertas: Con este tipo de hipoteca se aprueba un determinado monto de
financiamiento, para desarrollar una o varias líneas de crédito, en un plazo
determinado. Durante este plazo no se requerirá de nuevas aprobaciones por
Junta, siempre y cuando se encuentre al día y el monto del principal no supere
el monto máximo aprobado. La forma de pago dependerá de cada actividad
financiada.
CAPÍTULO VII
Novaciones y arreglos de
pago
Artículo 25.—Novación.
Es el cambio de deudor de una persona física a otra física o de una jurídica a
una física o viceversa. En todos los casos el nuevo deudor debe ser Asignatario
(a).
Cuando exista juicio
sucesorio la deuda debe ser cancelada de previo, excepto cuando sea a favor del
cónyuge sobreviviente.
Artículo 26.—Arreglos de
pago: Implica un acuerdo entre el deudor y el Fondo, que permite la
modificación del plazo y la forma de pago del crédito, para hacerlo más
adecuado a las condiciones actuales del cliente. En todos los casos es
recomendable el pago de los intereses corrientes y moratorios. En caso de que
existan honorarios, estos deben ser cancelados de previo.
Artículo 27.—Tipos de
arreglos:
a) Prórroga.
b)
Adecuación o readecuación.
Artículo 28.—Prórroga. La
prórroga consiste en una posposición de la fecha de vencimiento. No requiere de
la confección de un nuevo documento, se mantendrán las condiciones originales
en cuanto a tasa de interés y tipo de garantía. Debe solicitarse antes del
vencimiento.
Este tipo de arreglo de
pago tendrá las siguientes condiciones:
a) El plazo
máximo será de doce meses a partir de la fecha de vencimiento.
b)
Se podrán conceder tantas prórrogas como el plazo máximo indicado el inciso
anterior lo permita.
Artículo 29.—Adecuación
y readecuación. Puede implicar la modificación de las condiciones originales
del crédito en cuanto a plazo, tasa de Interés, tipo garantía y forma de pago.
Requiere de un nuevo documento legal.
Este tipo de arreglo de
pago tendrá las siguientes condiciones:
a) El monto de
la deuda estará compuesto por el principal, intereses corrientes y moratorios y
el monto correspondiente a la prima de la póliza de saldos deudores.
b)
La garantía puede o no ser la misma.
c)
Se debe llenar el formulario respectivo.
d)
Si la persona deudora, al momento de realizar un arreglo de pago con el
Instituto cuenta con la respectiva escritura pública sobre su parcela, granja
familiar o lote, se le puede aceptar garantía hipotecaria como respaldo al
arreglo solicitado.
e)
En caso de que el plazo de las limitaciones sea menor al solicitado, se podrá
cambiar el mismo, exigir garantía hipotecaria o realizar el respectivo exhorto
ante el Registro.
f)
La tasa de Interés corriente será fija del ocho por ciento anual (8%).
CAPÍTULO VIII
De la gestión de cobro
Son todas las acciones
que se realicen, tanto a nivel de la Institución como judicial, tendientes a la
recuperación de las deudas, por créditos otorgados.
Artículo 30.—Tipos. En la
gestión de cobro se distinguen dos procedimientos:
a) cobro
administrativo.
b)
cobro judicial.
Artículo 31.—Cobro
administrativo. Son todas las acciones y procedimientos que se realicen a nivel
de la Institución,
tendientes a la recuperación de los créditos otorgados, para que los mismos se
atiendan en forma oportuna, evitando en primera instancia el cobro judicial.
Dentro de estas acciones o procedimientos tenemos:
a) Estado de
cuenta: se entregará al cliente con 30 días naturales antes del vencimiento del
crédito. De no cumplir con el pago correspondiente, se procede con lo
estipulado en el inciso c) de este artículo.
b)
Recordatorio de pago: se utiliza en aquellos casos en que la operación aún no
ha vencido, pero tiene cuotas atrasadas. Para tal efecto se le otorga un plazo
de 15 días naturales para ponerse al día o realizar un arreglo de pago. Si
hiciera caso omiso se procede con lo estipulado en el inciso c) de este
artículo.
c)
Carta de cobro-amonestación: se usa para aquellas operaciones vencidas. En el
mismo se le otorga un plazo de 30 días naturales, para proceder a la
cancelación o realizar un arreglo de pago. De no atenderse, se inicia el
proceso de revocatoria de asignación de la parcela o la nulidad del título de
propiedad.
Artículo 32.—Cobro
judicial. El cobro judicial es la gestión que realiza el Instituto ante las
instancias judiciales, por incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el
Capítulo de Obligaciones de este Reglamento.
CAPÍTULO IX
Del reconocimiento y pago
previo de obligaciones e incobrables
Artículo 33.—Por motivo
de que algunas veces los créditos implican mejoras en la parcela y que siempre
existe una gran plusvalía de por medio; así como también en la mayoría de los
casos los adquirientes están dispuestos a pagar altas sumas de dinero por la
compra de mejoras mediante traspasos, y que cuando existe garantía real lo que
se logra en última instancia es la recuperación de la parcela, es que se
consideran los siguientes motivos como reconocimiento y pago previo de deudas:
a) Abandono de
la parcela, granja o lote. Si la parcela, granja o lote son abandonados por el
(a) deudor (a) original, la deuda se le cobrará al (a) nuevo (a) adquiriente,
la cual la debe cancelar antes de la asignación.
b)
Por revocatoria. Si la parcela, granja o lote fueron revocados y adquiridos de
nuevo por el IDA, el crédito se le cobrará al (a) nuevo (a) adquiriente, antes
de la asignación.
c)
Por renuncia. Si el deudor (a) renuncia a su parcela, granja o lote, el IDA le
cobrará la deuda, al (a) nuevo (a) adquiriente, previo a la asignación.
d)
Traspasos. En este caso la deuda debe ser cancelada previo a la asignación.
En los incisos
anteriores de este artículo, según corresponda, se podrá hacer cualquiera de
los procedimientos siguientes:
1. Tomar en
custodia por parte del Área, el dinero adeudado al Fondo, mientras se realiza
el estudio de selección del nuevo adquiriente, hasta tanto no se declare
Asignatario. De no calificar como beneficiario se le devolverá la suma
cancelada, pero sin el reconocimiento de intereses.
2.
Si la parcela, granja o lote es de interés de la Institución, ésta
pagará lo correspondiente al Fondo y se lo cargará al valor del inmueble.
3.
En caso de reconocimiento de mejoras, se le rebajará de las mismas lo
correspondiente al monto adeudado al Fondo.
Artículo
34.—Incobrables.
a) Una vez al
año la Junta Directiva
analizará la cartera de incobrables y procederá a pasar como gasto incobrable
toda aquella operación cuyo monto a la fecha de corte sea igual o menor al 19%
del salario base de un Oficial de Apoyo A del I.D.A.
CAPÍTULO X
Disposiciones finales
Artículo
35.—Modificaciones. Toda modificación a este Reglamento, deberá contar con la
respectiva aprobación de la
Junta Directiva.
Artículo 36.—Vigencia.
El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
Transitorio 1.—El Área deberá
promulgar el respectivo manual de procedimientos.
Acuerdo aprobado por
unanimidad.
Comuníquese. Acuerdo
firme.
Junta Directiva.—Lic.
Walter Ulate Calderón, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº
5372).—C-271940.—(33715).
DIRECCIÓN FINANCIERA
ADMINISTRATIVA
ÁREA SOPORTE ADMINISTRATIVO -
LOGÍSTICO
VENTA PÚBLICA N° VP-004-2008
La Gerencia de Pensiones, a través de la Dirección Financiera
Administrativa, lleva a cabo la venta de las siguientes propiedades de la venta
pública:
Tipo de
inmueble
Localización
7
casas
5 San José, (1 Tibás, 2 Alajuelita, 1 Desamparados,
1 Pavas) 2 Alajuela, (1 San Rafael, 1 La Garita)
1
lote
1 San José, (1 Alajuelita)
Información adicional:
El cartel de este concurso, está a disposición de los interesados en el Área de
Soporte Administrativo - Logística, segundo piso Edificio Jorge Debravo,
diagonal a la Corte
Suprema de Justicia, avenida 8, calle 21, en horario de lunes
a viernes de 8:00 a. m., a 12 m. d. La fecha máxima para la recepción de
ofertas es el viernes 30 de mayo del 2008, a las 10:00 a. m.
Fecha y lugar de apertura de
los sobres con las ofertas: El mismo se efectuará en el quinto piso del
Edificio Jorge Debravo, ubicado en San José, avenida 8 y calle 21, el día
viernes 30 de mayo del 2008, a las 10:15 a.m. Lo anterior en conformidad con el
inciso 61.2.3 del Reglamento de Contratación Administrativa.
San José, 8 de mayo del
2008.—Área de Soporte Administrativo - Logístico.—Lic. Jorge Oviedo Cortés,
Jefe.—1 vez.—Nº 32724.—(42584).
OFICINA EN CIUDAD NEILY
AVISO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
A quien interese, hago
constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica.
Cert. Nº
Monto Plazo Fecha de
emisión
Vence Tasa
61992929
10.000,00
180
29/10/2007
29/04/2008 4,25%
Certificado emitido a
la orden de: Marjorie Esquivel Torres, cédula Nº 6-0204-0039, ha sido reportado
como extraviado, por lo que se solicita al Banco de Costa Rica, su reposición
de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de
Comercio.
24 de abril de
2008.—Diego Blanco Poveda, Oficial Operativo.—Nº 30551.—(39275).
SUCURSAL EN PUNTARENAS
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal Sucursal de Puntarenas, hace del conocimiento del público en
general, que el señor, Mosquera Soto Eric Fernando, cédula 6-214-525, ha solicitado,
por motivo de extravío, reposición del certificado de ahorro a plazo número
16100460220112481 por un monto de $35.443.00, junto con su cupón de interés
numerado del 02 al 02. Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del
Código de Comercio.
Puntarenas, 21 de abril
del 2008.—Lic. Carlos Casares Odio, Asistente de Gerencia.—(39613).
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
PROGRAMA DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante el Departamento de
Registro de la
Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición
de diploma, por destrucción correspondiente al Título de Bachillerato en
Educación Especial con Concentración en Integración, grado académico:
Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo tomo: 16, folio: 205,
asiento: 1520 a nombre de Esmeralda Galbán Loaiza, con fecha: 25 de agosto del
2000 cédula de identidad Nº 3-0351-0539. Se pública este edicto para oír
oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia,
18 de abril del 2008.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez
Hernández, Director.—(41745).
VICERRECTORÍA VIDA
ESTUDIANTIL Y
SERVICIOS ACADÉMICOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El Comité Institucional
para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus
facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación
de Grados y Títulos y el Artículo N° 6 de la Ley Orgánica, del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, en sesión N° 02-2008, artículo
6, del 10 de abril del 2008, ante
la solicitud de Francisco José Verdura
Casal, cédula de residencia N° 119200028224.
ACUERDA:
1. Reconocer el
título de “Ingeniero en Máquinas Computadoras” otorgado por el Instituto
Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, La Habana, Cuba, al señor
Francisco José Verdura Casal, cédula de residencia N° 119200028224.
2.
No reconocer el grado académico por no venir explícito en el Diploma.
3.
No equipar el título de “Ingeniero en Máquinas Computadoras” obtenido por el
señor Francisco José Verdura Casal en el Instituto Superior Politécnico “José
Antonio Echeverría”, La Habana,
Cuba.
4.
Equiparar los estudios realizados por el señor Francisco José Verdura Casal, en
el Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, La Habana, Cuba, al grado
académico de “Licenciatura” que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
Acuerdo firme.
Cartago, 23 de abril de
2008.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes,
Director.—(Solicitud Nº 14433).—C-49520.—(39240).
El Comité Institucional para el
Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus
facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación
de Grados y Títulos y el Artículo N° 6 de la Ley Orgánica, del
Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión N° 02-2008, artículo 5, del 10
de abril de 2008, ante la solicitud de Luis Fernando Beita Aguirre, cédula N°
1-0859-0379.
ACUERDA:
1. Reconocer el
título de Arquitecto, otorgado por la Universidad de Illinois, Chicago, Estados Unidos,
al señor Luis Fernando Beita Aguirre, cédula costarricense N° 108590379.
2.
Reconocer el grado académico de Bachiller.
3.
No equiparar el título de Bachiller en Artes en Estudios Arquitectónicos
obtenido por el señor Luis Fernando Beita Aguirre, en la Universidad de
Illinois de la República
de Estados Unidos de Norte América, por el de Arquitecto que otorga el
Instituto Tecnológico de Costa Rica.
4.
Equiparar los estudios realizados por Luis Fernando Beita Aguirre, en la Universidad de
Illinois de la República
de Estados Unidos de Norte América, con el grado académico de Bachillerato
Universitario que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
Acuerdo firme.
Cartago, 23 de abril de
2008.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes,
Director.—(Solicitud Nº 14434).—C-49520.—(39242).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
A quien interese, se le
comunica la resolución administrativa de las doce horas del veintitrés de abril
de dos mil ocho, que Declara en Estado de Abandono Administrativo de la persona
menor de Shirley María Fallas Masís, y se deposita en el hogar de la Damaris Hidalgo
González. Recursos: Procede apelación, si se interpone ante este despacho,
dentro del tercer día siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Expediente Administrativo: 115-00047-07.—Oficina Local de San José, Este.—Lic.
Manuel Enrique Núñez Carrillo, Representante Legal.—(Solicitud Nº
2602).—C-4520.—(40441).
A, William Roberto Salinas Molina,
se le comunica la resolución de las 14:00 horas del 25 de marzo del 2008,
mediante la cual se ordena Medida de Protección de cuido de la adolescente
Belkis Isabel Salinas Cruz en la señora Yelba Soto Torres. Plazo: para ofrecer
recurso de apelación 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de
este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se le previene que debe
señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual debe ser viable pues
se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado,
desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y
se tendrá por notificada la resolución. La interposición del recurso de
apelación no suspende el acto administrativo.—Oficina Local de
Desamparados.—Lic. María de los Ángeles Mora Rojas, Representante
Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-5410.—(40442).
Al señor Omar Bienvenido Araya
Villalobos, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas con
quince minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, dictada por la
oficina Local de Santa Ana del Patronato Nacional de la Infancia, que resolvió
medidas de protección ordenando el cuido provisional de los niños Keissell y
Kimberly Ilka, ambas Porras Williams en la señora Carmen Porras Hidalgo y al
niño Maickel Steve Araya Williams en el hogar de la señora Andrea Pulfer Pardo.
Se ordenó la valoración posibles recursos familiares para su ubicación y se
ordena a la progenitora, señora Lady Williams Guadamuz someterse a tratamiento
terapéutico en el IAFA. Recursos: Apelación en las siguientes 48 horas después
de conocerse de la misma ante el Superior, sea la Presidencia Ejecutiva
de la Institución,
indicando lugar para futuras notificaciones. Deberán presentarse en la Oficina Local de
Santa Ana, quien elevará el expediente al superior para su conocimiento.
Publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Exp.
Nº 231-00163-98.—Oficina Local de Santa Ana, 15 de abril del 2008.—Lic. Marta
L. Jiménez Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-9010.—(40443).
A Sandra Eunice Arias Castro, se
les comunica la resolución de las 10:30 horas del día 24 de abril del 2008, que
dispone el ingreso como abrigo temporal del joven Carlos Martín Arias Castro,
en el albergue de varones de Alajuela. Recurso de Apelación. Plazo: dos días
hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo
elevará ante Presidencia Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes
señalar lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no
suspende la medida de protección. Expediente 731-00102-1991.—Oficina Local de
Naranjo, 24 de abril del 2008.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del
Procedimiento.—(Solicitud Nº 2602).—C-4510.—(40444).
A la señora Zoila Rosa Villarreal
Villarreal y al joven Jorge Junior Delgado Villarreal, se les comunica la
resolución de las diez horas del día veintinueve de febrero del dos mil ocho,
mediante la cual se dejó sin efecto la medida especial de protección en
beneficio del joven Delgado Villarreal para su ingreso a un centro con el
propósito de recibir tratamiento por su problema de adicción a las drogas.
Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al
estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe
en la Oficina Local.
Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el
recurso de Apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutiva
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este
edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para
atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten
se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes.
Expediente Nº 631-00009-2008. Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia
Xatruch Ledesma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 2602).—C-6760.—(40445).
Se comunica que por resolución de
las ocho horas y quince minutos del veintitrés de abril del dos mil ocho,
dictada por la Oficina
Local de Limón del Patronato Nacional de la Infancia, en la ciudad de
Puerto Limón, se dio inicio al proceso especial de protección y se dictó la Declaratoria
Administrativa de Estado de Abandono de la persona menor de
edad Hakeem Jamaal Joseph Archival, hijo de Hellen Joseph Archival (fallecida),
quien nació el nueve de mayo del dos mil cuatro, depositándolo provisionalmente
bajo el cuido de la señora Elsie Lawrence Campbell. Se otorga audiencia a los
interesados por un plazo de tres días, contados a partir del día hábil
siguiente de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que
manifiesten su conformidad u oposición en contra de la resolución antes citada.
Se advierte a los interesados que deberá señalar lugar conocido para recibir
notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir las
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuera
inexacto, o si el medio seleccionado fuera defectuoso, o por cualquier otro
modo no imputable a la
Institución se interrumpiera la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes con el transcurso de veinticuatro horas
después de ser dictadas. La
Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia en Limón, se
ubica en Puerto Limón, frente al edificio viejo del Instituto Costarricense de
Electricidad. (Expediente administrativo 731-0202-07).—Oficina Local de
Limón.—Lic. Arnoldo Mora Sequeira, Representante Legal.—(Solicitud Nº
2602).—C-9010.—(40446).
Se comunica a los interesados que por
resolución de la
Representación Legal de la Oficina Local de
Pococí del Pani, de las diez horas, del veintiuno de abril del dos mil ocho, se
dio inicio de un Proceso de Declaratoria de Estado de Abandono, en vía
administrativa, de la niña Sharon Yoseth Obando Enríquez. Se emplaza a quienes
tengan un interés legítimo o un derecho subjetivo, para que manifiesten su
oposiciones o sus conformidades, y ofrezcan las pruebas que estimen pertinente,
dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera
publicación del presente aviso, a quienes se les advierte que deberán señalar
lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no
hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a
desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Proceden los recursos ordinarios de revocatoria y de
apelación en subsidio, los cuales podrán interponer separada o conjuntamente
dentro de los tres días hábiles contados a partir del siguiente a la tercera
publicación de este aviso, ante la Representación Legal
de la Oficina Local
de Pococí, quien resolverá el primero y el de apelación a la Presidencia Ejecutiva
de esta institución y en el entendido que de presentarse cualquiera de los
recursos fuera del término señalado, serán inadmisibles. Exp.
743-00016-2008.—Lic. Giovanni Herrera Alvarado, Representante Legal.—(Solicitud
Nº 2602).—C-9460.—(40447).
A Xinia Brenes Barquero, se le
comunica la resolución de las quince horas del diez de abril del dos mil ocho,
dictada por la Oficina
Local de Heredia norte en sustitución de la Oficina Local de
Sarapiquí, que ordenó la medida de cuido provisional de su hija Innominada
Brenes Barquero en el hogar de la señora Rosibel Cortés Brenes. Plazo para
interponer el recurso de apelación: dos días hábiles contados a partir de la
segunda publicación de este aviso. Exp. 441-00014-92.—Oficina Local de
Sarapiquí.—Lic. María Isabel Arce García, Representante Legal.—(Solicitud Nº
2602).—C-2400.—(40448).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos,
económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Transportes
del Este Montoya S. A., para ajustar la tarifa de la ruta 303 descrita como San
José-San Diego de la Unión-Calle Mesén-Santiago del Monte y viceversa.
La propuesta tarifaria se tramita en el expediente ET-35-2008 y que se detalla
de la siguiente manera:
DESCRIPCIÓN: 303
San José-San Diego de la Unión y Extensiones
|
Tarifas (en colones)
|
Incremento Regular
|
Vigentes
|
|
Solicitadas
|
|
Regular
|
Adulto Mayor
|
Regular
|
Adulto Mayor
|
Absoluto
|
%
|
Extensión .San José-Calle Mesén
|
170
|
0
|
245
|
0
|
75
|
44,12
|
Extensión .San José-Santiago del Monte
|
170
|
0
|
245
|
0
|
75
|
44,12
|
San José-San Diego de la Unión
|
170
|
0
|
245
|
0
|
75
|
44,12
|
San José-Tres Ríos
|
170
|
0
|
245
|
0
|
75
|
44,12
|
Tres Ríos-Calle Mesén
|
100
|
0
|
145
|
0
|
45
|
45,00
|
Tres Ríos-Santiago del Monte
|
100
|
0
|
145
|
0
|
45
|
45,00
|
Extensión San José-Calle Mesén
170
0
245
0
75
44,12
|
Se solicita además ajustar las tarifas por concepto
de corredor común a las siguientes rutas:
|
|
50: San José-San
Pedro y ramales.
|
301: Tres
Ríos-El Fierro extensión San José.
|
60:
San José-Curridabat por San Pedro (Autobuses).
|
301: Tres
Ríos-Yerbabuena extensión San José.
|
60 BS: San
José-Curridabat por San Pedro (Busetas).
|
301 A: San José-San
Vicente de Tres Ríos (Regular).
|
62: San
José-Sabanilla (Autobuses).
|
301 A SD:
San José-San Vicente de Tres Ríos (Directo).
|
62 BS: San
José-Sabanilla (Busetas).
|
306: San
José-Bº El Carmen de La Unión.
|
56: San José-San
Ramón de la Unión.
|
309: San
José-San Miguel de La Unión.
|
301: San
José-Tres Ríos (Servicio Regular).
|
346: San
José-Dulce Nombre de Tres Ríos.
|
301 SD: San
José-Tres Ríos (Servicio Directo).
|
|
|
|
|
|
|
|
El 19 de mayo de
2008 a las diecisiete horas (5:00 p. m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública
en el Auditorio de la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
El plazo para recibir posiciones vence
el 15 de mayo de 2008 a las dieciséis horas.
Se hace saber a los interesados
que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección
al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General
de la República,
San José.
La petición tarifaria, así como
el detalle del pliego tarifario solicitado para los corredores comunes, se
pueden consultar además en la siguiente dirección electrónica:
www.aresep.go.cr.
Cualquier interesado, con interés
legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee
hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición
ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que
sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de
San José o número de fax donde ser notificado; en el caso de una persona física
deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas
la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y
aportar certificación de personería vigente.
Dentro del plazo legal otorgado
se recibirán posiciones mediante el facsímile 2290-2010, mismas que deberán
estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la
celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas
solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez.
Dirección de
Protección al Usuario.—Lic. Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(Solicitud Nº
13307).—C-49970.—(42313).
AJDIP/167-2008.—Puntarenas,
a los veinticinco días del mes de abril del 2008
Modifíquese el acuerdo
AJDIP/137-2008, artículo 1º, inciso f), para que en lo sucesivo se lea de la
siguiente manera:
“f) Del otorgamiento
del subsidio a los pescadores durante el presente período de veda. Para efecto
de otorgar este beneficio a los permisionarios y sus respectivos peones, el
INCOPESCA organizará un programa de capacitación que deberá ser cumplido por
los pescadores como requisito para optar al subsidio”.
Dr. Carlos Villalobos
Solé, Presidente Ejecutivo.—Yahaira Chambers Vargas, Secretaria Ejecutiva.—1
vez.—(42287).
ACTAS
Sorteo Nº 5333 del viernes
4 de enero 2008
Los que firmamos hacemos
constar que hoy viernes 4 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el Auditorio
de la Lotería
Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a
revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a
depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5333 de
Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 950 series de 100
billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 050 a la 999.
Excepto las series 077, 078 y 079.
Primer premio: Serie 67 Nº 08 con ¢20.000.000.
Nº 08 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 686 Nº 15 con ¢7.500.000.
Nº 15 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 245 Nº 34 con ¢3.500.000.
Nº 34 de las demás series con
¢10.000
Gustavo Adolfo
Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección
Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rodrigo Fernández
Cedeño, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40757).
Sorteo Nº 5334 del martes
8 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 8 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el sorteo Nº
5334 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 992 series de
100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 008 a la 999.
Primer premio: Serie 355 Nº 50 con ¢20.000.000.
Nº 50 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 321 Nº 91 con ¢7.500.000.
Nº 91 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 459 Nº 34 con ¢3.500.000.
Nº 34 de las demás series con
¢10.000
José Bernal Rodríguez
Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Oviedo Chacón, Subgerente
Financiero a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40758).
Sorteo Nº 5335 del viernes
11 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 11 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5335 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 999 series de
100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 001 a la 999.
Primer premio: Serie 463 Nº 39 con ¢20.000.000.
Nº 39 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 177 Nº 22 con ¢7.500.000.
Nº 22 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 738 Nº 59 con ¢3.500.000.
Nº 59 de las demás series con
¢10.000
José Bernal Rodríguez
Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Oviedo Chacón, Subgerente
Financiero.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40759).
Sorteo Nº 5336 del martes
15 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 15 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5336 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999. Excepto la serie 053.
Primer premio: Serie 475 Nº 25 con ¢20.000.000.
Nº 25 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 229 Nº 15 con ¢7.500.000.
Nº 15 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 580 Nº 29 con ¢3.500.000.
Nº 29 de las demás series con
¢10.000
Rodrigo Zúñiga Soto,
Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y
Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Jorge Gómez Mc. Carthy,
Subgerente Producción y Ventas a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40760).
Sorteo Nº 5337 del viernes
18 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 18 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos
a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a
depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5337 de
Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100
billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.
Excepto la serie 053.
Primer premio: Serie 818 Nº 52 con ¢20.000.000.
Nº 52 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 78 Nº 98 con ¢7.500.000.
Nº 98 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 215 Nº 52 con ¢3.500.000.
Nº 52 de las demás series con
¢10.000
Rodrigo Zúñiga Soto,
Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y
Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Subgerente
Producción y Ventas a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40761).
Sorteo Nº 5338 del martes
22 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 22 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5338 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 997 series de
100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 003 a la 999.
Excepto la serie 053.
Primer premio: Serie 959 Nº 80 con ¢20.000.000.
Nº 80 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 769 Nº 17 con ¢7.500.000.
Nº 17 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 262 Nº 99 con ¢3.500.000.
Nº 99 de las demás series con
¢10.000
José Bernal Rodríguez
Marín, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y
Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Jorge Gómez Mc. Carthy,
Subgerente Producción y Ventas a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40762).
Sorteo Nº 5339 del viernes
25 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 25 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5339 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999. Excepto la serie 053.
Primer premio: Serie 444 Nº 31 con ¢20.000.000.
Nº 31 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 171 Nº 22 con ¢7.500.000.
Nº 22 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 395 Nº 46 con ¢3.500.000.
Nº 46 de las demás series con
¢10.000
José Bernal Rodríguez Marín,
Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y
Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Milton Vargas Mora,
Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40763).
Sorteo Nº 5340 del martes
29 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 29 de enero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5340 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 998 series de
100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 002 a la 999.
Excepto la serie 290.
Primer premio: Serie 891 Nº 46 con ¢20.000.000.
Nº 46 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 299 Nº 83 con ¢7.500.000.
Nº 83 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 500 Nº 44 con ¢3.500.000.
Nº 44 de las demás series con
¢10.000
Gustavo Adolfo
Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección
Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora,
Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9826).—C-12670.—(40764).
Sorteo Nº 5341 del viernes
01 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 01 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5341 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.
Excepto la serie 290.
Primer premio: Serie 472 Nº 40 con ¢25.000.000.
Nº 40 de las demás series con
¢67.000
Segundo premio: Serie 476 Nº 08 con ¢9.000.000.
Nº 08 de las demás series con
¢22.000
Tercer premio: Serie 94 Nº 21 con ¢4.500.000.
Nº 21 de las demás series con
¢12.000
Gustavo Barrantes
Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Rafael Oviedo Chacón,
Subgerente Financiero.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40765).
Sorteo Nº 5342 del martes
5 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 5 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5342 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 998 series de
100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 002 a la 999.
Excepto la serie 867.
Primer premio: Serie 317 Nº 42 con ¢20.000.000.
Nº 42 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 804 Nº 56 con ¢7.500.000.
Nº 56 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 315 Nº 48 con ¢3.500.000.
Nº 48 de las demás series con
¢10.000
Rodrigo Zúñiga Soto,
Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Gerente
General a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40766).
Sorteo Nº 5343 del viernes
8 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 8 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos
a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a
depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5343 de
Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100
billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.
Excepto la serie 867.
Primer premio: Serie 20 Nº 15 con ¢20.000.000.
Nº 15 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 431 Nº 77 con ¢7.500.000.
Nº 77 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 966 Nº 90 con ¢3.500.000.
Nº 90 de las demás series con
¢10.000
Rodrigo Zúñiga Soto,
Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante
de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40767).
Sorteo Nº 5344 del martes
12 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 12 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5344 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999.
Primer premio: Serie 401 Nº 14 con ¢20.000.000.
Nº 14 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 939 Nº 08 con ¢7.500.000.
Nº 08 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 754 Nº 77 con ¢3.500.000.
Nº 77 de las demás series con
¢10.000
Gustavo Adolfo
Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección
Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc.
Carthy, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40768).
Sorteo Nº 5345 del viernes
15 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 15 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5345 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999.
Primer premio: Serie 244 Nº 05 con ¢20.000.000.
Nº 05 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 495 Nº 79 con ¢7.500.000.
Nº 79 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 897 Nº 21 con ¢3.500.000.
Nº 21 de las demás series con
¢10.000
Gustavo Adolfo
Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección
Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc. Carthy,
Gerente General a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40769).
Sorteo Nº 5346 del martes
19 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 19 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5346 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999.
Primer premio: Serie 800 Nº 80 con ¢20.000.000.
Nº 80 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 548 Nº 10 con ¢7.500.000.
Nº 10 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 705 Nº 95 con ¢3.500.000.
Nº 95 de las demás series con
¢10.000
José Bernal Rodríguez
Marín, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Matheau, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc. Carthy, Gerente
General a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40770).
Sorteo Nº 5347 del viernes
22 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 22 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5347 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de
100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999.
Primer premio: Serie 97 Nº 58 con ¢20.000.000.
Nº 58 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 303 Nº 29 con ¢7.500.000.
Nº 29 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 686 Nº 28 con ¢3.500.000.
Nº 28 de las demás series con
¢10.000
José Bernal Rodríguez
Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante
de la Gerencia.—1
vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40771).
Sorteo Nº 5348 del martes
26 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 26 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5348 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999.
Primer premio: Serie 187 Nº 61 con ¢20.000.000.
Nº 61 de las demás series con
¢53.000
Segundo premio: Serie 922 Nº 84 con ¢7.500.000.
Nº 84 de las demás series con
¢18.000
Tercer premio: Serie 113 Nº 50 con ¢3.500.000.
Nº 50 de las demás series con
¢10.000
Rodrigo Zúñiga Soto,
Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathea, Dirección Producción y
Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor Interno.—Milton Vargas Mora, Representante
de la Gerencia.—1
vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40772).
Sorteo Nº 5349 del viernes
29 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 29 de febrero del 2008, a las 07:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
5349 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999.
Primer premio: Serie 450 Nº 44 con ¢25.000.000.
Nº 44 de las demás series con
¢67.000
Segundo premio: Serie 975 Nº 48 con ¢9.000.000.
Nº 48 de las demás series con
¢22.000
Tercer premio: Serie 474 Nº 61 con ¢4.500.000.
Nº 61 de las demás series con
¢12.000
Rodrigo Zúñiga Soto,
Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Cheng Cheang, Auditora Interna.—Rafael Oviedo Chacón, Subgerente
Financiero a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9827).—C-12670.—(40773).
LOTERÍA
NACIONAL
Sorteo Nº 3962 del domingo
06 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy domingo 6 de enero 2008, a las 7:00 p. m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
3962 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 967 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 031 a la
997. Excepto las series Nos.510 a la 519, 688 y 900, 902 a la 909, 939, 998 y
999.
Primer premio: Serie 306 Nº 83 paga ¢70.000,000
Premios derivados del
mayor
Aproximación inmediata
anterior: Serie 306 Nº 82 Paga ¢550,000
Aproximación inmediata
posterior: Serie 306 Nº 84 Paga ¢550,000
Todos los billetes con el
número 83, excepto los de la serie 306 pagan ¢37,000
Todos los billetes con serie 306
excepto los números 82-83-84 pagan ¢28,000
Todos los billetes terminados
en 3 excepto el número 83 pagan ¢8,000
PEGA 1 Sorteo Nº 394
viernes 28 de diciembre 2007.
Número Favorecido 92. Paga
62.71 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 607 viernes
4 de enero 2008
Número Favorecido 73. Paga
27.74 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 303 sábado 5
de enero 2008
Números Favorecidos 02 - 13 -
22 - 07 - 10 - 09
6 aciertos no hubo
ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 46.73 veces la
inversión
(**) El
monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie
|
Número
|
Premio
|
Serie
|
Número
|
Premio
|
032
|
12
|
250.000,00
|
546
|
79
|
250.000,00
|
035
|
95
|
250.000,00
|
563
|
89
|
250.000,00
|
060
|
85
|
300.000,00
|
573
|
86
|
300.000,00
|
077
|
69
|
300.000,00
|
584
|
27
|
250.000,00
|
080
|
41
|
500.000,00
|
587
|
24
|
250.000,00
|
088
|
61
|
500.000,00
|
603
|
42
|
250.000,00
|
091
|
54
|
250.000,00
|
609
|
60
|
300.000,00
|
101
|
05
|
250.000,00
|
614
|
34
|
300.000,00
|
105
|
67
|
250.000,00
|
617
|
37
|
250.000,00
|
118
|
05
|
250.000,00
|
623
|
85
|
1.000.000,00
|
127
|
07
|
250.000,00
|
645
|
13
|
250.000,00
|
127
|
93
|
300.000,00
|
646
|
23
|
250.000,00
|
157
|
78
|
250.000,00
|
650
|
68
|
250.000,00
|
167
|
12
|
300.000,00
|
660
|
57
|
300.000,00
|
181
|
01
|
250.000,00
|
663
|
28
|
250.000,00
|
184
|
79
|
250.000,00
|
674
|
38
|
250.000,00
|
192
|
39
|
1.000.000,00
|
685
|
61
|
300.000,00
|
207
|
07
|
300.000,00
|
695
|
21
|
250.000,00
|
211
|
03
|
300.000,00
|
728
|
36
|
250.000,00
|
217
|
40
|
250.000,00
|
735
|
26
|
250.000,00
|
226
|
08
|
300.000,00
|
745
|
78
|
250.000,00
|
237
|
59
|
300.000,00
|
746
|
61
|
250.000,00
|
245
|
94
|
500.000,00
|
755
|
32
|
500.000,00
|
266
|
51
|
300.000,00
|
760
|
83
|
300.000,00
|
282
|
23
|
300.000,00
|
791
|
23
|
300.000,00
|
289
|
81
|
250.000,00
|
794
|
82
|
500.000,00
|
294
|
37
|
250.000,00
|
829
|
91
|
250.000,00
|
299
|
36
|
300.000,00
|
838
|
05
|
300.000,00
|
306
|
71
|
250.000,00
|
846
|
02
|
250.000,00
|
306
|
83
|
70.000.000,00
|
846
|
34
|
300.000,00
|
308
|
39
|
500.000,00
|
848
|
16
|
250.000,00
|
316
|
26
|
250.000,00
|
849
|
51
|
250.000,00
|
332
|
47
|
250.000,00
|
852
|
89
|
2.500.000,00
|
338
|
95
|
300.000,00
|
874
|
92
|
6.000.000,00
|
374
|
97
|
250.000,00
|
894
|
20
|
250.000,00
|
437
|
28
|
250.000,00
|
911
|
15
|
250.000,00
|
440
|
82
|
300.000,00
|
914
|
41
|
300.000,00
|
444
|
37
|
250.000,00
|
926
|
51
|
250.000,00
|
451
|
78
|
250.000,00
|
959
|
66
|
500.000,00
|
456
|
87
|
250.000,00
|
965
|
05
|
250.000,00
|
471
|
81
|
1.000.000,00
|
970
|
25
|
300.000,00
|
487
|
11
|
250.000,00
|
977
|
98
|
300.000,00
|
493
|
37
|
250.000,00
|
978
|
12
|
250.000,00
|
502
|
23
|
500.000,00
|
982
|
96
|
250.000,00
|
507
|
93
|
250.000,00
|
990
|
14
|
500.000,00
|
534
|
98
|
500.000,00
|
|
|
|
Gustavo Barrantes
Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón,
Representante de la
Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9821).—C-73865.—(40775).
Sorteo Nº 3963 del domingo
13 de enero 2008
Los que firmamos hacemos
constar que hoy domingo 13 de enero 2008, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional
y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los
números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas
esferas para efectuar el Sorteo Nº 3963 de Lotería Nacional. Participan en este
sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su
totalidad, numeradas de la 000 a la 999.
Primer premio: Serie 744 Nº 76 Paga ¢70.000,000
Premios derivados del
mayor
Aproximación inmediata
anterior: Serie 744 Nº 75 Paga ¢550,000
Aproximación inmediata
posterior: Serie 744 Nº 77 Paga ¢550,000
Todos los billetes con el Nº
76, excepto los de la serie 744 pagan ¢37,000
Todos los billetes con serie
744 excepto los Nos. 75-76-77 pagan ¢28,000
Todos los billetes terminados
en 6 excepto el Nº 76 pagan ¢8,000
PEGA 1 Sorteo Nº 608
martes 8 de enero 2008.
Número Favorecido 13. Paga
27.34 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 609 viernes
11 de enero 2008.
Número Favorecido 28. Paga
14.54 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 304 sábado
12 de enero 2008.
Números Favorecidos 36 - 07 -
28 - 06 - 09 - 13
6 aciertos no hubo
ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 75.41 veces la
inversión
(**) El
monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie
|
Número
|
Premio
|
Serie
|
Número
|
Premio
|
006
|
51
|
300.000,00
|
476
|
31
|
300.000,00
|
006
|
75
|
250.000,00
|
479
|
09
|
250.000,00
|
025
|
77
|
250.000,00
|
505
|
80
|
250.000,00
|
036
|
49
|
250.000,00
|
508
|
26
|
250.000,00
|
077
|
30
|
250.000,00
|
535
|
10
|
300.000,00
|
092
|
48
|
1.000.000,00
|
569
|
47
|
500.000,00
|
111
|
77
|
300.000,00
|
576
|
43
|
500.000,00
|
112
|
92
|
250.000,00
|
580
|
73
|
250.000,00
|
118
|
20
|
250.000,00
|
581
|
92
|
250.000,00
|
128
|
55
|
300.000,00
|
596
|
61
|
300.000,00
|
138
|
85
|
250.000,00
|
607
|
63
|
300.000,00
|
144
|
34
|
250.000,00
|
613
|
30
|
250.000,00
|
173
|
87
|
250.000,00
|
635
|
79
|
250.000,00
|
188
|
03
|
250.000,00
|
653
|
70
|
300.000,00
|
208
|
79
|
300.000,00
|
663
|
47
|
300.000,00
|
219
|
00
|
300.000,00
|
679
|
72
|
250.000,00
|
221
|
47
|
300.000,00
|
685
|
52
|
250.000,00
|
233
|
86
|
250.000,00
|
707
|
16
|
300.000,00
|
241
|
70
|
300.000,00
|
717
|
70
|
500.000,00
|
241
|
73
|
6.000.000,00
|
719
|
40
|
300.000,00
|
245
|
49
|
1.000.000,00
|
731
|
59
|
300.000,00
|
265
|
33
|
250.000,00
|
735
|
16
|
250.000,00
|
280
|
65
|
500.000,00
|
744
|
76
|
70.000.000,00
|
291
|
30
|
300.000,00
|
767
|
28
|
250.000,00
|
329
|
60
|
250.000,00
|
776
|
07
|
300.000,00
|
331
|
76
|
250.000,00
|
781
|
88
|
250.000,00
|
332
|
21
|
500.000,00
|
790
|
93
|
250.000,00
|
336
|
01
|
300.000,00
|
805
|
75
|
250.000,00
|
339
|
24
|
300.000,00
|
809
|
40
|
2.500.000,00
|
340
|
82
|
500.000,00
|
817
|
39
|
250.000,00
|
345
|
42
|
300.000,00
|
818
|
10
|
250.000,00
|
355
|
62
|
250.000,00
|
835
|
65
|
250.000,00
|
359
|
50
|
250.000,00
|
836
|
99
|
250.000,00
|
362
|
81
|
300.000,00
|
866
|
06
|
300.000,00
|
383
|
50
|
250.000,00
|
876
|
24
|
1.000.000,00
|
395
|
75
|
500.000,00
|
880
|
01
|
250.000,00
|
399
|
90
|
250.000,00
|
893
|
72
|
250.000,00
|
401
|
44
|
250.000,00
|
921
|
27
|
250.000,00
|
415
|
77
|
250.000,00
|
924
|
69
|
250.000,00
|
418
|
08
|
300.000,00
|
942
|
68
|
250.000,00
|
424
|
62
|
250.000,00
|
949
|
90
|
250.000,00
|
442
|
62
|
250.000,00
|
951
|
87
|
250.000,00
|
458
|
94
|
500.000,00
|
973
|
65
|
500.000,00
|
470
|
34
|
300.000,00
|
987
|
54
|
250.000,00
|
470
|
82
|
500.000,00
|
998
|
70
|
250.000,00
|
472
|
12
|
250.000,00
|
|
|
|
José Bernal Rodríguez
Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris
Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Subgerente
Financiero a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9821).—C-73865.—(40776).
Sorteo Nº 3964 del domingo
20 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy domingo 20 de enero 2008, a las 7:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
3964 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999. Excepto la serie 275.
Primer premio: Serie 239 Nº 12 Paga ¢70.000,000
Premios derivados del
mayor
Aproximación inmediata
anterior: Serie 239 Nº 11 Paga ¢550,000
Aproximación inmediata
posterior: Serie 239 Nº 13 Paga ¢550,000
Todos los billetes con el
número 12, excepto los de la serie 239 pagan ¢37,000
Todos los billetes con serie
239 excepto los Nos. 11-12-13 pagan ¢28,000
Todos los billetes terminados
en 2 excepto el Nº 12 pagan ¢8,000
PEGA 1 Sorteo Nº 610
martes 15 de enero 2008.
Número Favorecido 33. Paga
34.05 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 611 viernes
18 de enero 2008
Número Favorecido 96. Paga
120.52 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 305 sábado
19 de enero 2008
Números Favorecidos 35 - 05 -
34 - 23 - 22 - 24
6 aciertos no hubo
ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 50.00 veces la
inversión.
(**) El
monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie
|
Número
|
Premio
|
Serie
|
Número
|
Premio
|
009
|
51
|
250.000,00
|
510
|
14
|
250.000,00
|
016
|
54
|
250.000,00
|
514
|
09
|
250.000,00
|
030
|
49
|
250.000,00
|
517
|
58
|
300.000,00
|
041
|
63
|
250.000,00
|
525
|
21
|
250.000,00
|
046
|
19
|
250.000,00
|
545
|
52
|
300.000,00
|
052
|
15
|
250.000,00
|
558
|
21
|
1.000.000,00
|
064
|
60
|
300.000,00
|
563
|
45
|
250.000,00
|
068
|
19
|
250.000,00
|
581
|
38
|
300.000,00
|
101
|
84
|
500.000,00
|
599
|
75
|
250.000,00
|
106
|
09
|
300.000,00
|
609
|
12
|
250.000,00
|
122
|
93
|
250.000,00
|
609
|
89
|
500.000,00
|
123
|
75
|
250.000,00
|
617
|
29
|
250.000,00
|
132
|
41
|
300.000,00
|
622
|
88
|
1.000.000,00
|
156
|
92
|
250.000,00
|
635
|
79
|
250.000,00
|
204
|
64
|
300.000,00
|
636
|
88
|
300.000,00
|
206
|
29
|
300.000,00
|
653
|
81
|
500.000,00
|
209
|
31
|
250.000,00
|
655
|
16
|
250.000,00
|
227
|
30
|
300.000,00
|
664
|
79
|
250.000,00
|
233
|
78
|
250.000,00
|
674
|
72
|
300.000,00
|
234
|
36
|
500.000,00
|
696
|
20
|
250.000,00
|
239
|
12
|
70.000.000,00
|
710
|
06
|
250.000,00
|
263
|
72
|
250.000,00
|
711
|
03
|
300.000,00
|
265
|
08
|
250.000,00
|
761
|
39
|
6.000.000,00
|
271
|
17
|
300.000,00
|
764
|
65
|
1.000.000,00
|
289
|
69
|
300.000,00
|
774
|
89
|
500.000,00
|
294
|
19
|
250.000,00
|
791
|
25
|
250.000,00
|
299
|
47
|
250.000,00
|
799
|
60
|
250.000,00
|
341
|
83
|
300.000,00
|
808
|
38
|
300.000,00
|
350
|
61
|
300.000,00
|
839
|
19
|
300.000,00
|
350
|
78
|
250.000,00
|
858
|
47
|
300.000,00
|
379
|
84
|
250.000,00
|
887
|
21
|
250.000,00
|
383
|
52
|
2.500.000,00
|
889
|
57
|
250.000,00
|
392
|
16
|
300.000,00
|
903
|
04
|
300.000,00
|
398
|
62
|
250.000,00
|
905
|
73
|
250.000,00
|
402
|
10
|
250.000,00
|
907
|
49
|
250.000,00
|
403
|
59
|
500.000,00
|
910
|
49
|
250.000,00
|
426
|
13
|
300.000,00
|
920
|
22
|
500.000,00
|
426
|
25
|
250.000,00
|
928
|
88
|
250.000,00
|
427
|
64
|
250.000,00
|
928
|
89
|
250.000,00
|
438
|
85
|
250.000,00
|
931
|
51
|
250.000,00
|
446
|
13
|
300.000,00
|
946
|
43
|
250.000,00
|
453
|
78
|
500.000,00
|
951
|
19
|
250.000,00
|
457
|
58
|
300.000,00
|
959
|
73
|
300.000,00
|
473
|
38
|
250.000,00
|
978
|
74
|
500.000,00
|
500
|
26
|
250.000,00
|
989
|
33
|
500.000,00
|
509
|
79
|
250.000,00
|
|
|
|
Rodrigo Zúñiga Soto,
Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathiey, Dirección Producción y Ventas.—Doris
Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O. C.
Nº 9821).—C-73865.—(40777).
Sorteo Nº 3965 del domingo
27 de enero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy domingo 27 de enero 2008, a las 7:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
3965 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999. Excepto la serie 705.
Primer premio: Serie 048 Nº 59 Paga ¢70.000,000
Premios derivados del
mayor
Aproximación inmediata
anterior: Serie 048 Nº 58 Paga ¢550,000
Aproximación inmediata
posterior: Serie 048 Nº 60 Paga ¢550,000
Todos los billetes con el Nº
59, excepto los de la serie 048 pagan ¢37,000
Todos los billetes con serie
048 excepto los Nos. 58-59-60 pagan ¢28,000
Todos los billetes terminados
en 9 excepto el Nº 59 pagan ¢8,000
PEGA 1 Sorteo Nº 612
martes 22 de enero 2008.
Número Favorecido 71 no hubo
aciertos.
PEGA 1 Sorteo Nº 613 viernes
25 de enero 2008
Número Favorecido 50 Paga
97.98 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 306 sábado
26 de enero 2008
Números Favorecidos 25 - 24 -
22 - 32 - 21 - 28
6 aciertos no hubo
ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 162.59 veces la
inversión.
(**) El
monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie
|
Número
|
Premio
|
Serie
|
Número
|
Premio
|
022
|
50
|
250.000,00
|
574
|
32
|
300.000,00
|
048
|
59
|
70.000.000,00
|
578
|
56
|
250.000,00
|
052
|
90
|
250.000,00
|
583
|
20
|
300.000,00
|
053
|
82
|
250.000,00
|
598
|
61
|
300.000,00
|
067
|
55
|
1.000.000,00
|
606
|
15
|
250.000,00
|
086
|
91
|
250.000,00
|
614
|
26
|
250.000,00
|
107
|
33
|
300.000,00
|
614
|
33
|
300.000,00
|
110
|
71
|
250.000,00
|
651
|
70
|
250.000,00
|
119
|
11
|
250.000,00
|
654
|
03
|
300.000,00
|
120
|
36
|
250.000,00
|
662
|
18
|
250.000,00
|
137
|
73
|
250.000,00
|
672
|
41
|
500.000,00
|
140
|
76
|
250.000,00
|
673
|
24
|
500.000,00
|
153
|
16
|
250.000,00
|
673
|
56
|
300.000,00
|
178
|
64
|
6.000.000,00
|
674
|
22
|
250.000,00
|
185
|
67
|
250.000,00
|
688
|
40
|
250.000,00
|
186
|
87
|
300.000,00
|
694
|
44
|
250.000,00
|
210
|
56
|
500.000,00
|
707
|
91
|
250.000,00
|
218
|
46
|
500.000,00
|
711
|
97
|
250.000,00
|
218
|
92
|
250.000,00
|
714
|
04
|
250.000,00
|
220
|
28
|
250.000,00
|
722
|
38
|
300.000,00
|
222
|
89
|
1.000.000,00
|
751
|
43
|
250.000,00
|
223
|
33
|
1.000.000,00
|
757
|
11
|
300.000,00
|
247
|
24
|
250.000,00
|
801
|
37
|
300.000,00
|
263
|
11
|
300.000,00
|
803
|
55
|
250.000,00
|
276
|
62
|
250.000,00
|
804
|
01
|
500.000,00
|
333
|
10
|
250.000,00
|
807
|
01
|
250.000,00
|
352
|
00
|
250.000,00
|
833
|
87
|
250.000,00
|
354
|
85
|
300.000,00
|
842
|
35
|
300.000,00
|
392
|
25
|
300.000,00
|
889
|
24
|
250.000,00
|
398
|
25
|
300.000,00
|
893
|
19
|
300.000,00
|
406
|
19
|
250.000,00
|
896
|
55
|
300.000,00
|
419
|
66
|
250.000,00
|
899
|
18
|
250.000,00
|
492
|
37
|
250.000,00
|
902
|
17
|
300.000,00
|
499
|
97
|
250.000,00
|
903
|
68
|
500.000,00
|
501
|
11
|
250.000,00
|
904
|
40
|
250.000,00
|
502
|
12
|
300.000,00
|
916
|
94
|
500.000,00
|
502
|
77
|
300.000,00
|
917
|
26
|
250.000,00
|
504
|
43
|
500.000,00
|
918
|
96
|
300.000,00
|
523
|
90
|
250.000,00
|
934
|
87
|
250.000,00
|
526
|
10
|
250.000,00
|
940
|
83
|
500.000,00
|
528
|
34
|
300.000,00
|
946
|
17
|
250.000,00
|
534
|
26
|
250.000,00
|
963
|
91
|
250.000,00
|
536
|
18
|
2.500.000,00
|
979
|
01
|
250.000,00
|
537
|
60
|
250.000,00
|
988
|
49
|
300.000,00
|
554
|
94
|
250.000,00
|
991
|
27
|
500.000,00
|
559
|
09
|
300.000,00
|
|
|
|
José Bernal Rodríguez
Marín, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathiey, Dirección Producción y Ventas.—Doris
Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael A. Oviedo Chacón, Subgerente Financiero
Contable.—1 vez.—(O. C. Nº 9821).—C-73865.—(40778).
Sorteo Nº 3966 del domingo
03 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy domingo 03 de febrero 2008, a las 7:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
3966 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999. Excepto la serie 086.
Primer premio: Serie 985 Nº 30 Paga ¢70.000,000
Premios derivados del
mayor
Aproximación inmediata
anterior: Serie 985 Nº 29 Paga ¢550,000
Aproximación inmediata
posterior: Serie 985 Nº 31 Paga ¢550,000
Todos los billetes con el
número 30, excepto los de la serie 985 pagan ¢37,000
Todos los billetes con serie 985
excepto los Nos. 29-30-31 pagan ¢28,000
Todos los billetes terminados
en 0 excepto el Nº 30 pagan ¢8,000
PEGA 1 Sorteo Nº
614 martes 29 de enero 2008
Número Favorecido 50. Paga
18.44 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 615 viernes
1º de febrero 2008
Número Favorecido 7. Paga
50.63 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 307 sábado 2
de febrero 2008
Números Favorecidos 36 - 18 -
03 - 24 - 14 - 07
6 aciertos no hubo
ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 32.42 veces la
inversión.
(**) El
monto del premio se acumula para el próximo sorteo.
Serie
|
Número
|
Premio
|
Serie
|
Número
|
Premio
|
005
|
03
|
300.000,00
|
408
|
73
|
300.000,00
|
005
|
16
|
500.000,00
|
410
|
58
|
250.000,00
|
017
|
38
|
250.000,00
|
411
|
06
|
500.000,00
|
019
|
35
|
250.000,00
|
413
|
97
|
2.500.000,00
|
026
|
06
|
300.000,00
|
429
|
79
|
250.000,00
|
034
|
69
|
300.000,00
|
469
|
36
|
250.000,00
|
037
|
66
|
250.000,00
|
471
|
32
|
250.000,00
|
042
|
28
|
250.000,00
|
476
|
03
|
250.000,00
|
042
|
68
|
250.000,00
|
489
|
66
|
250.000,00
|
070
|
00
|
250.000,00
|
544
|
40
|
250.000,00
|
087
|
34
|
300.000,00
|
559
|
88
|
250.000,00
|
093
|
99
|
500.000,00
|
564
|
49
|
250.000,00
|
127
|
31
|
250.000,00
|
588
|
03
|
250.000,00
|
151
|
83
|
250.000,00
|
611
|
05
|
250.000,00
|
160
|
92
|
250.000,00
|
622
|
12
|
250.000,00
|
164
|
77
|
250.000,00
|
622
|
51
|
250.000,00
|
166
|
23
|
1.000.000,00
|
644
|
28
|
250.000,00
|
170
|
69
|
1.000.000,00
|
665
|
53
|
300.000,00
|
172
|
72
|
250.000,00
|
676
|
81
|
300.000,00
|
176
|
15
|
300.000,00
|
686
|
05
|
300.000,00
|
185
|
36
|
300.000,00
|
700
|
82
|
250.000,00
|
186
|
22
|
250.000,00
|
703
|
03
|
300.000,00
|
186
|
26
|
300.000,00
|
705
|
70
|
500.000,00
|
198
|
85
|
250.000,00
|
745
|
36
|
250.000,00
|
204
|
34
|
250.000,00
|
748
|
78
|
250.000,00
|
214
|
85
|
250.000,00
|
789
|
87
|
500.000,00
|
216
|
25
|
500.000,00
|
802
|
24
|
300.000,00
|
220
|
66
|
300.000,00
|
814
|
36
|
250.000,00
|
222
|
60
|
300.000,00
|
819
|
96
|
250.000,00
|
229
|
53
|
300.000,00
|
820
|
99
|
250.000,00
|
229
|
67
|
250.000,00
|
828
|
40
|
300.000,00
|
230
|
34
|
6.000.000,00
|
832
|
52
|
300.000,00
|
263
|
13
|
250.000,00
|
842
|
44
|
250.000,00
|
321
|
02
|
300.000,00
|
845
|
75
|
250.000,00
|
332
|
98
|
500.000,00
|
852
|
18
|
250.000,00
|
337
|
81
|
250.000,00
|
863
|
24
|
250.000,00
|
345
|
08
|
300.000,00
|
874
|
40
|
1.000.000,00
|
350
|
97
|
250.000,00
|
880
|
72
|
250.000,00
|
370
|
35
|
250.000,00
|
916
|
34
|
500.000,00
|
370
|
63
|
250.000,00
|
921
|
12
|
300.000,00
|
371
|
78
|
250.000,00
|
960
|
29
|
300.000,00
|
382
|
62
|
500.000,00
|
965
|
34
|
500.000,00
|
385
|
06
|
300.000,00
|
978
|
08
|
300.000,00
|
392
|
88
|
250.000,00
|
985
|
30
|
70.000.000,00
|
396
|
88
|
300.000,00
|
994
|
92
|
250.000,00
|
404
|
44
|
250.000,00
|
|
|
|
Gustavo Barrantes
Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón,
Sub-Gerente Financiero a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 9822).—C-73865.—(40779).
Sorteo Nº 3967 del domingo
10 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy domingo 10 de febrero 2008, a las 7:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
3967 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999.
Primer premio: Serie 420 Nº 32 Paga ¢70.000,000
Premios derivados del
mayor
Aproximación inmediata
anterior: Serie 420 Nº 31 paga ¢550,000
Aproximación inmediata
posterior: Serie 420 Nº 33 Paga ¢550,000
Todos los billetes con el
número 32, excepto los de la serie 420 pagan ¢37,000
Todos los billetes con serie
420 excepto los Nos. 31-32-33 pagan ¢28,000
Todos los billetes terminados
en 2 excepto el Nº 32 pagan ¢8,000
PEGA 1 Sorteo Nº 616
martes 5 de febrero 2008
Número Favorecido 51. Paga
36.35 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 617
viernes 8 de febrero 2008
Número Favorecido 80. Paga
16.40 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 308 sábado
09 de febrero 2008
Números Favorecidos 33 - 18 -
06 - 14 - 20 - 15
6 aciertos no hubo
ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 112.56 veces la
inversión.
(**) El
monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie
|
Número
|
Premio
|
Serie
|
Número
|
Premio
|
002
|
88
|
250.000,00
|
499
|
04
|
300.000,00
|
010
|
91
|
250.000,00
|
520
|
48
|
250.000,00
|
016
|
19
|
250.000,00
|
522
|
15
|
250.000,00
|
054
|
06
|
300.000,00
|
552
|
68
|
250.000,00
|
054
|
20
|
6.000.000,00
|
561
|
48
|
250.000,00
|
062
|
58
|
250.000,00
|
580
|
02
|
250.000,00
|
069
|
83
|
300.000,00
|
580
|
19
|
250.000,00
|
071
|
90
|
250.000,00
|
584
|
69
|
300.000,00
|
083
|
20
|
300.000,00
|
589
|
23
|
250.000,00
|
112
|
97
|
250.000,00
|
590
|
30
|
250.000,00
|
123
|
72
|
300.000,00
|
601
|
32
|
300.000,00
|
130
|
01
|
250.000,00
|
616
|
16
|
2.500.000,00
|
161
|
26
|
250.000,00
|
624
|
34
|
300.000,00
|
167
|
79
|
250.000,00
|
634
|
55
|
250.000,00
|
168
|
65
|
250.000,00
|
638
|
44
|
500.000,00
|
174
|
80
|
250.000,00
|
644
|
80
|
250.000,00
|
192
|
12
|
250.000,00
|
663
|
81
|
500.000,00
|
214
|
59
|
250.000,00
|
684
|
44
|
300.000,00
|
215
|
92
|
250.000,00
|
692
|
30
|
250.000,00
|
217
|
73
|
250.000,00
|
695
|
31
|
300.000,00
|
221
|
88
|
500.000,00
|
701
|
27
|
300.000,00
|
236
|
22
|
500.000,00
|
703
|
38
|
300.000,00
|
251
|
61
|
250.000,00
|
706
|
19
|
250.000,00
|
253
|
01
|
250.000,00
|
711
|
46
|
300.000,00
|
261
|
48
|
250.000,00
|
722
|
18
|
250.000,00
|
289
|
24
|
250.000,00
|
731
|
51
|
500.000,00
|
310
|
42
|
250.000,00
|
738
|
21
|
300.000,00
|
315
|
08
|
500.000,00
|
743
|
35
|
250.000,00
|
333
|
25
|
250.000,00
|
834
|
43
|
250.000,00
|
337
|
50
|
300.000,00
|
851
|
07
|
250.000,00
|
343
|
51
|
250.000,00
|
860
|
33
|
250.000,00
|
344
|
52
|
250.000,00
|
862
|
98
|
250.000,00
|
344
|
64
|
300.000,00
|
930
|
25
|
1.000.000,00
|
347
|
99
|
250.000,00
|
930
|
90
|
500.000,00
|
379
|
64
|
250.000,00
|
945
|
81
|
500.000,00
|
409
|
48
|
250.000,00
|
947
|
02
|
250.000,00
|
409
|
98
|
300.000,00
|
949
|
48
|
1.000.000,00
|
411
|
06
|
300.000,00
|
961
|
44
|
300.000,00
|
420
|
32
|
70.000.000,00
|
963
|
87
|
300.000,00
|
423
|
14
|
250.000,00
|
965
|
12
|
250.000,00
|
436
|
69
|
500.000,00
|
967
|
14
|
250.000,00
|
438
|
33
|
300.000,00
|
973
|
19
|
1.000.000,00
|
439
|
19
|
500.000,00
|
975
|
20
|
250.000,00
|
451
|
73
|
300.000,00
|
981
|
02
|
300.000,00
|
452
|
89
|
300.000,00
|
981
|
81
|
300.000,00
|
459
|
26
|
250.000,00
|
|
|
|
Rodrigo Zúñiga Soto, Juez
Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris
Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O. C.
Nº 9822).—C-73865.—(40780).
Sorteo Nº 3968 del domingo
17 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy domingo 17 de febrero 2008, a las 7:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
3968 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999.
Primer premio: Serie 321 Nº 99 Paga ¢100.000,000
Premios derivados del
mayor
Aproximación inmediata
anterior: Serie 321 Nº 98 Paga ¢800,000
Aproximación inmediata
posterior: Serie 322 Nº 00 Paga ¢800,000
Todos los billetes con el
número 99, excepto los de la serie 321 pagan ¢65,000
Todos los billetes con serie
321 excepto los Nos. 98-99- pagan ¢50,000
Todos los billetes terminados
en 9 excepto el Nº 99 pagan ¢12,000
PEGA 1 Sorteo Nº 618
martes 12 de febrero 2008
Número Favorecido 23. Paga
19.95 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 619 viernes
15 de febrero 2008
Número Favorecido 24. Paga
79.38 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 309 sábado
16 de febrero 2008
Números Favorecidos 16 - 20 -
05 - 36 - 06 - 35
6 aciertos no hubo
ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 145.18 veces la
inversión.
(**) El
monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie
|
Número
|
Premio
|
Serie
|
Número
|
Premio
|
009
|
25
|
300.000,00
|
479
|
77
|
250.000,00
|
049
|
56
|
500.000,00
|
528
|
95
|
500.000,00
|
071
|
77
|
1.000.000,00
|
540
|
71
|
500.000,00
|
074
|
55
|
250.000,00
|
560
|
46
|
300.000,00
|
080
|
88
|
500.000,00
|
578
|
85
|
250.000,00
|
090
|
61
|
500.000,00
|
579
|
53
|
250.000,00
|
128
|
91
|
250.000,00
|
591
|
43
|
500.000,00
|
144
|
20
|
300.000,00
|
596
|
88
|
250.000,00
|
148
|
81
|
300.000,00
|
601
|
06
|
250.000,00
|
160
|
31
|
500.000,00
|
601
|
63
|
250.000,00
|
172
|
61
|
250.000,00
|
605
|
55
|
250.000,00
|
179
|
10
|
500.000,00
|
633
|
88
|
250.000,00
|
180
|
93
|
250.000,00
|
676
|
21
|
300.000,00
|
199
|
04
|
250.000,00
|
682
|
96
|
9.000.000,00
|
204
|
32
|
300.000,00
|
684
|
55
|
300.000,00
|
206
|
40
|
300.000,00
|
717
|
09
|
250.000,00
|
217
|
29
|
250.000,00
|
719
|
90
|
300.000,00
|
220
|
55
|
500.000,00
|
747
|
44
|
250.000,00
|
233
|
40
|
500.000,00
|
757
|
20
|
250.000,00
|
253
|
83
|
250.000,00
|
763
|
63
|
250.000,00
|
263
|
02
|
300.000,00
|
765
|
90
|
300.000,00
|
263
|
86
|
250.000,00
|
774
|
33
|
300.000,00
|
268
|
02
|
250.000,00
|
775
|
86
|
250.000,00
|
295
|
28
|
250.000,00
|
778
|
61
|
250.000,00
|
303
|
96
|
250.000,00
|
784
|
81
|
300.000,00
|
312
|
47
|
300.000,00
|
808
|
72
|
500.000,00
|
321
|
99
|
100.000.000,00
|
829
|
02
|
500.000,00
|
332
|
31
|
250.000,00
|
831
|
42
|
250.000,00
|
338
|
24
|
300.000,00
|
851
|
96
|
300.000,00
|
343
|
32
|
300.000,00
|
859
|
16
|
250.000,00
|
346
|
01
|
4.500.000,00
|
863
|
31
|
250.000,00
|
353
|
29
|
250.000,00
|
863
|
46
|
250.000,00
|
360
|
79
|
250.000,00
|
873
|
26
|
250.000,00
|
363
|
99
|
250.000,00
|
874
|
90
|
250.000,00
|
366
|
94
|
1.000.000,00
|
876
|
83
|
250.000,00
|
369
|
24
|
1.000.000,00
|
878
|
49
|
300.000,00
|
377
|
85
|
250.000,00
|
893
|
57
|
250.000,00
|
383
|
95
|
250.000,00
|
898
|
24
|
250.000,00
|
398
|
67
|
300.000,00
|
907
|
80
|
300.000,00
|
399
|
40
|
250.000,00
|
908
|
14
|
300.000,00
|
400
|
98
|
250.000,00
|
914
|
20
|
250.000,00
|
405
|
14
|
250.000,00
|
920
|
46
|
250.000,00
|
411
|
62
|
250.000,00
|
921
|
51
|
250.000,00
|
439
|
36
|
250.000,00
|
934
|
57
|
300.000,00
|
442
|
43
|
300.000,00
|
940
|
59
|
250.000,00
|
469
|
55
|
300.000,00
|
959
|
99
|
250.000,00
|
475
|
21
|
300.000,00
|
|
|
|
Gustavo Adolfo Barrantes
Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante
de la Gerencia.—1
vez.—(O. C. Nº 9822).—C-73865.—(40781).
Sorteo Nº 3969 del domingo
24 de febrero 2008
Los que firmamos
hacemos constar que hoy domingo 24 de febrero 2008, a las 7:00 p.m., en el
Auditorio de la
Lotería Nacional y en presencia de público asistente,
procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y
premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº
3969 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series
de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la
999.
Primer premio: Serie 873 Nº 83 Paga ¢70.000,000
Premios derivados del
mayor
Aproximación inmediata
anterior: Serie 873 Nº 82 Paga ¢550,000
Aproximación inmediata
posterior: Serie 873 Nº 84 Paga ¢550,000
Todos los billetes con el
número 83, excepto los de la serie 873 pagan ¢37,000
Todos los billetes con serie
873 excepto los Nos. 82-83-84 pagan ¢28,000
Todos los billetes terminados
en 3 excepto el Nº 83 pagan ¢8,000
PEGA 1 Sorteo Nº 620
martes 19 de febrero 2008
Número Favorecido 74. Paga
52.47 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 621 viernes
22 de febrero 2008
Número Favorecido 23. Paga
29.70 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 310 sábado
23 de febrero 2008
Números Favorecidos 31 - 16 -
01 - 11 - 10 - 24
6 aciertos no hubo
ganador(**), 5 aciertos no hubo ganador(**), 4 aciertos pagan 195.01 veces la
inversión.
(**) El
monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie
|
Número
|
Premio
|
Serie
|
Número
|
Premio
|
003
|
86
|
250.000,00
|
524
|
70
|
300.000,00
|
011
|
19
|
500.000,00
|
533
|
96
|
300.000,00
|
020
|
35
|
250.000,00
|
545
|
16
|
250.000,00
|
028
|
76
|
250.000,00
|
545
|
35
|
250.000,00
|
034
|
87
|
250.000,00
|
545
|
92
|
250.000,00
|
069
|
41
|
300.000,00
|
555
|
20
|
250.000,00
|
071
|
19
|
250.000,00
|
557
|
15
|
300.000,00
|
072
|
76
|
1.000.000,00
|
563
|
13
|
250.000,00
|
098
|
05
|
1.000.000,00
|
571
|
41
|
250.000,00
|
114
|
73
|
1.000.000,00
|
589
|
53
|
250.000,00
|
140
|
31
|
250.000,00
|
600
|
30
|
250.000,00
|
150
|
04
|
250.000,00
|
609
|
79
|
250.000,00
|
150
|
53
|
250.000,00
|
617
|
41
|
500.000,00
|
178
|
45
|
2.500.000,00
|
618
|
10
|
250.000,00
|
183
|
61
|
250.000,00
|
628
|
13
|
500.000,00
|
198
|
40
|
250.000,00
|
632
|
12
|
300.000,00
|
203
|
20
|
250.000,00
|
658
|
49
|
300.000,00
|
223
|
77
|
250.000,00
|
672
|
57
|
500.000,00
|
226
|
40
|
250.000,00
|
684
|
82
|
250.000,00
|
232
|
74
|
300.000,00
|
687
|
29
|
250.000,00
|
235
|
65
|
250.000,00
|
687
|
83
|
250.000,00
|
243
|
45
|
250.000,00
|
710
|
82
|
300.000,00
|
255
|
68
|
300.000,00
|
728
|
64
|
500.000,00
|
268
|
34
|
300.000,00
|
729
|
83
|
250.000,00
|
272
|
75
|
250.000,00
|
754
|
70
|
250.000,00
|
309
|
94
|
300.000,00
|
767
|
44
|
250.000,00
|
322
|
03
|
300.000,00
|
769
|
34
|
300.000,00
|
336
|
09
|
6.000.000,00
|
769
|
35
|
250.000,00
|
342
|
35
|
250.000,00
|
769
|
81
|
300.000,00
|
346
|
27
|
250.000,00
|
780
|
58
|
300.000,00
|
363
|
94
|
250.000,00
|
786
|
33
|
300.000,00
|
378
|
11
|
500.000,00
|
787
|
15
|
250.000,00
|
381
|
53
|
250.000,00
|
791
|
89
|
300.000,00
|
387
|
26
|
250.000,00
|
820
|
90
|
250.000,00
|
387
|
55
|
250.000,00
|
843
|
96
|
300.000,00
|
388
|
82
|
300.000,00
|
865
|
13
|
250.000,00
|
418
|
81
|
250.000,00
|
873
|
83
|
70.000.000,00
|
419
|
55
|
250.000,00
|
887
|
21
|
250.000,00
|
424
|
76
|
300.000,00
|
888
|
00
|
500.000,00
|
440
|
05
|
250.000,00
|
912
|
74
|
250.000,00
|
451
|
90
|
300.000,00
|
935
|
76
|
300.000,00
|
467
|
87
|
500.000,00
|
938
|
76
|
300.000,00
|
501
|
46
|
300.000,00
|
939
|
66
|
500.000,00
|
516
|
85
|
250.000,00
|
985
|
60
|
250.000,00
|
519
|
86
|
250.000,00
|
990
|
71
|
500.000,00
|
|
|
|
991
|
16
|
300.000,00
|
José Bernal Rodríguez
Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y
Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael A. Oviedo Chacón,
Representante de la
Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 9822).—C-73865.—(40782).
AGUAZUL TAMBOR BAY LAND &
DEVELOPMENT
SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los socios
de la sociedad Aguazul Tambor Bay Land & Development Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-462864, para asamblea ordinaria y extraordinaria de
socios de la compañía que se celebrará en el domicilio social, calle 17,
avenidas 2ª y 6ª, número 230. La reunión se celebrará el día viernes 20 de
junio del 2008 a las 11:00 horas en primera convocatoria y en segunda
convocatoria se hará una hora más tarde, a fin de discutir puntos, pertinentes
a lo referido en el artículo 155 del Código de Comercio, incisos c) y d).
También se procederá a modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales,
de acuerdo a los acuerdos que se tomen en la asamblea. También se discutirá
cualquier otro asunto de conveniencia y se podrán tomar acuerdos para la buena
marcha de la compañía.—San José, 7 de mayo del 2008.—Sebastian Paguni,
Presidente Junta Directiva.—1 vez.—Nº 32585.—(42587).
MIRMAXSA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los socios
de Mirmaxsa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero sesenta y
nueve mil setecientos dieciséis, a una asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas, a celebrarse en la siguiente dirección 50 metros
norte de la casa Italia, edificio ABP, a las diez horas de trece de junio de
dos mil ocho, en primera convocatoria de no comparecer el quorum de ley, se
realizará una segunda convocatoria una hora después en el mismo lugar con el
capital que se encuentre presente y acreditado en ese momento. Puntos a tratar
en el orden del día: A. Conocer de informe de labores e informe económico. B.
Evaluar estado de la empresa con base en proceso judicial planteado en su
contra. C. Determinar forma de pago de adeudos pendientes a la fecha, y su pago
o garantía real. D. Definición del estado contable y financiero de la
entidad.—San José, siete de mayo de dos mil ocho.—Alexander Reyes Jiménez,
Presidente Junta Directiva.—1 vez.—Nº 32756.—(42588).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
CELESTRON SOCIEDAD ANÓNIMA
Celestron Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-212804, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los libros número uno de Diario, Mayor,
Inventarios y Balances, Libros de Actas de Junta Directiva, Libro de Actas de
Asamblea General y el Libro de Registro de Accionistas. Quien se declare
afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria
de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación
de este aviso.—Lic. Carlos Roberto López Madrigal, Notario.—(39238).
CORPORACIÓN FORMSVA INTERNACIONAL S. A.
Ofelia Vargas Araya,
cédula de identidad número 5-090-079, apoderada generalísima de la Corporación Formsva
Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-201565-30, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de sus seis libros legales y contables: Libro Nº
1 de Actas de Asamblea General Ordinaria, libro Nº 1 de Actas de Junta
Directiva, libro Nº 1 de Registro de Accionistas, libro Nº 1 Inventario y
Balance, libro Nº 1 Diario y libro Nº 1 Mayor. Quien se considere afectado,
puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente (Legalización de Libros), Administración de Puntarenas, en el
término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Lic.
Ana Rosario Hernández Solano, Notaria.—(39241).
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la
presente la
Universidad Latina de Costa Rica, certifica que, ante este
Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de bachillerato en
Ciencias de la Educación
con énfasis en I y II Ciclos, emitido por la Universidad Latina
de Costa Rica, a nombre Cordero Marenco Randall, cédula Nº 6-296-372, inscrito
en el libro de la
Universidad en el tomo III, folio 115, asiento 10527 y la
reposición del título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en
I y II Ciclos, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre Cordero
Marenco Randall, cédula Nº 6-296-372, inscrito en el libro de la Universidad en el tomo
IV, folio 34, asiento 13489, se solicita la reposición, por motivo de que al
estudiante le robaron los originales. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles, a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente
a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 31 de marzo
del 2008.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—Nº 30760.—(39280).
AGILITAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Agilitas Sociedad
Anónima, sociedad registrada en Luxemburgo, con sede en L-nueve dos cinco cinco
Dierkirch, doce, Place de la
Libération, inscrita en el Registro Mercantil de Dierkirch
bajo el número B noventa y seis trescientos dos, de conformidad con los
artículos seiscientos ochenta y nueve y seiscientos noventa del Código de
Comercio, ha solicitado ante “Hacienda Roswitha Sociedad Anónima”, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil
setenta y nueve, con domicilio en Santa Ana, Parque Empresarial Forum, Edificio
G, cuarto piso, oficinas de BLP Abogados, la reposición del certificado de
acciones denominado título número uno, que representa quinientas acciones de las
que forman el capital social de la compañía, con un valor de quinientos mil
dólares moneda de los Estados Unidos de América, expedido el veinticuatro de
noviembre del dos mil cuatro, suscrito por Johann Albert Dähler, presidente, e
Hilcia Duarte Briones, tesorera. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante el Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, notario público con
oficina situada en San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, avenida diez,
calle treinta y siete, número tres mil setecientos ochenta y ocho, teléfono
2524-0478, fax 2524-2797, correo electrónico fariascr@ice.co.cr, en el término
de un mes que señala el artículo seiscientos ochenta y nueve de dicho código,
plazo a contar a partir de la última publicación de este aviso que deberá
aparecer por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta y en un
periódico de circulación nacional.—Johann Albert Dähler, Presidente.—Nº
30539.—(39283).
IYALOCHA SOCIEDAD ANÓNIMA
Iyalocha Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-veintisiete mil setecientos setenta y
dos, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros Junta Directiva, Asamblea General, Registro de Accionistas,
Diario, Mayor e Inventarios y Balances de dicha sociedad. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este
aviso.—San José, diez de marzo de dos mil ocho.—María Lourdes Fernández
Acevedo, Apoderada.—Nº 30703.—(39284).
SALTEX S. A.
Quien suscribe,
Mauricio Salmón Cruz, mayor, casado una vez, administrador de empresas, de
nacionalidad colombiano, con pasaporte de esa nacionalidad número CC dieciséis
millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y dos, vecino de
Estados Unidos de Norteamérica, Miami tres tres uno cinco seis noventa y uno
noventa SW, sesenta y uno CT, presidente y con facultades de apoderado
generalísimo sin limite de suma de Saltex S. A., .cédula de persona jurídica
3-101-129604, manifiesto que he solicitado ante la Dirección General
de Tributación, la reposición por extravió de los libros: Libros de Diario,
Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de
Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado dirigir
las oposiciones al Área de Información y Asistencia al Contribuyente, oficina
de San José, en un término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—San
José, 29 de abril del 2008.—Mauricio Salmón Cruz.—Nº 30741.—(39285).
DESARROLLOS INMOBILIARIOS JUMASE S. A.
Quien suscribe, Mauricio
Salmón Cruz, mayor, casado una vez, administrador de empresas, de nacionalidad
colombiano, con pasaporte de esa nacionalidad número CC dieciséis millones
setecientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y dos, vecino de Estados
Unidos de Norteamérica, Miami tres tres uno cinco seis noventa y uno noventa
SW, sesenta y uno CT, presidente y con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma de Desarrollos Inmobiliarios Jumase S. A., cédula de persona
jurídica 3-102-250817, manifiesto que he solicitado ante la Dirección General
de Tributación Directa, la reposición por extravió de los libros: Libros de
Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración,
Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado
dirigir las oposiciones al Área de Información y Asistencia al Contribuyente,
oficina de San José, en un término de ocho días hábiles a partir de la última
publicación.—San José, 29 de abril del 2008.—Mauricio Salmón Cruz.—Nº
30742.—(39286).
EQUIPOS MECÁNICOS DE SEGURIDAD S. A.
Quien suscribe,
Mauricio Salmón Cruz, mayor, casado una vez, administrador de empresas, de
nacionalidad colombiano, con pasaporte de esa nacionalidad número CC dieciséis
millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y dos, vecino de
Estados Unidos de Norteamérica, Miami tres tres uno cinco seis noventa y uno
noventa SW, sesenta y uno CT, presidente y con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Equipos Mecánicos de Seguridad S. A., cédula
de persona jurídica 3-101-160963, manifiesto que he solicitado ante la Dirección General
de Tributación Directa, la reposición por extravío de los libros: libros de
Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración,
Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado
dirigir las oposiciones al Área de Información y Asistencia al Contribuyente,
Oficina de San José, en un término de ocho días hábiles a partir de la última
publicación.—San José, 29 de abril del 2008.—Mauricio Salmón Cruz.—Nº
30743.—(39287).
HUIVH INTERNATIONAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Huivh International de
Costa Rica Sociedad Anónima; con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos
setenta y dos mil seiscientos setenta y siete, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros: de Registro de Socios
número uno y Actas de Asamblea de Socios número uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—Nº 30814.—(39288).
PLASTI-EMPAKE SOCIEDAD ANÓNIMA
Plasti-Empake Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-110793, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (diario, mayor,
inventario y balances, actas de junta directiva, actas de asamblea general y
registro de accionistas). Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria
de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última
publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Álvaro Moya Jiménez, Representante
Legal.—(39601).
FLORIDA
ICE & FARM CO S. A.
El señor John Edmond
Brenes Taylor, cédula Nº 1-0688-0878, ha solicitado la reposición del
certificado de acciones Nº R 5215 del 30 de abril del 2002, por la cantidad de
1.000 acciones de Florida Ice & Farm Co. S. A., a su nombre, por estar
extraviado.—Ramón De Mendiola Sánchez, Director General.—(39602).
ASFALTOS Y MAQUINARIAS E. A. SOCIEDAD ANÓNIMA
Asfaltos y Maquinarias
E. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-224540, solicita ante la Dirección General
de la Tributación
Directa, la reposición de los libros número Uno de actas de
Junta Directiva, actas de Asamblea de Socios y Registro de Accionistas. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información
y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional
de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Mario Saborío Rocafort,
Notario.—(39640).
RACHEL SOCIEDAD ANÓNIMA
Rachel Sociedad
Anónima, según cédula jurídica N° 3-101-018538-06, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los libros: Actas de asambleas de socios y
registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Área de información y asistencia al contribuyente (legalización de
libros) en Administración Tributaria de San José. En el término de ocho días
hábiles contados a partir de la ultima publicación en el Diario oficial La Gaceta.—San
José, 29 de abril del 2008.—Rodolfo Madrigal Ch.—(39743).
Hernández García Karol, cédula
0111260738, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
del libro: (Registro de Compras número 1). Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
contribuyente de Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de 8
días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Karol Hernández
García.—(39744).
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA MONTERREY
Ante el Departamento de
Registro de la
Universidad Autónoma Monterrey, se ha presentado solicitud de
reposición de diploma, por motivo de haberse extraviado el original
correspondiente al Título de Bachillerato en Psicología, registrado en el
control de emisiones de títulos al tomo VIII, folio 273, número 2374, con fecha
del 17 de agosto del 2007, a nombre de Arguedas Sáenz Jenny Alejandra, cédula
de identidad 1-0993-0740. Se solicita publicar este edicto para oír oposiciones
a la reposición indicada, dentro de los quince días hábiles a partir de la
primera publicación en La
Gaceta.—San José, 15 de abril del 2008.—Lic. Jaime
Barrantes Bermúdez, Rector.—(39777).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
Nº
0592-2008-DRP.—Pérdida de cuaderno de bitácora de los contratos de consultoría
que se detallan:
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-435559, propiedad del
Arq. Héctor Hernández Sánchez. (A-15152)
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente a los contratos de consultoría OC-408951, OC-412545,
OC-413922, OC-397583, OC-417096, OC-397717, OC-397713, propiedad del Arq.
Mauricio Mussio Vargas. (A-9488)
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-416056, propiedad del
Arq. Roy Moya Cordero. (A-3305)
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato OC-434740, propiedad del Ing. Gonzalo
Bermúdez Fallas. (IC-2244).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-399287, propiedad de la Arq. María José Trejos
Vives. (A-15512).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-427781, propiedad del
Ing. Freddy Valerín Masís. (ICO-5876).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-414404, propiedad del
Alejandro Guerrero Brenes. (IC-10687).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-428887, propiedad del Arq.
Enrique García Artavia. (A-15148).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-406727, propiedad del
Ing. Héctor Anchía Garbanzo. (ICO-11343).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-422467, propiedad del
Ing. Elí Chavarría Álvarez. (IC-0268).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato OC-340310, propiedad del Ing. Rodolfo
Carvajal Carvajal. (IC-5597).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato OG-429108, propiedad del Arq. Raúl
Hidalgo Matarrita. (A-2117).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato SC-422902-EX, propiedad del Arq. Anna
Cianfanelli Pérez. (A-16607).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato OC-419142, propiedad del Arq. Manuel
Antonio Vilardy Ramírez. (A-14473).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente a los contratos OC-407712 y OC-408014, propiedad del
Ing. Paulo Quesada Pacheco. (ICO-6414).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato OC-411482, propiedad del Ing. José
Francisco Madrigal Morales. (ICO-6660).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente a los contratos OG-417125 y OG-417123, propiedad del
Ing. Mauricio Estrada Gómez. (IC-7365)
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato OG-410328, propiedad del Arq. Guillermo
Navarro Mairena. (A-1973).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato PZ-395974, propiedad del Ing. Nautilio
Solís Elizondo. (ICO-4754).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato PZ-435129-EX, propiedad del Ing. Óscar
Mata Barboza. (IA-6294/IC-6294).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato SC-5081, propiedad del Ing. Adolfo
Guerrero Ramírez. (ICO-8001).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato OC-423911, propiedad del Arq. Rommel Molina
Ríos. (A-6065).
————
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de
Bitácora, correspondiente al contrato OC-434338, propiedad del Ing. Luis
Gerardo Hernández Garita. (IC-1954).
San José, 25 de abril
del 2008.—Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—Arq. Ileana
Granados Poveda, Jefa.—(O. C. Nº 6191).—C-112880.—(39785).
J ADAMS INTERNACIONAL S. A:
J. Adams Internacional
S. A, cédula jurídica 3-101-206122, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario N° 1, Mayor N° 1
e Inventario y Balances N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria
de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de
la publicación de este aviso.—San José, siete de marzo del dos mil
ocho.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—Nº 30958.—(39844).
IMPORTACIONES CLÍO S. A.
Importaciones Clío S.
A., cédula jurídica 3-101-121710; solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario N° 1, Mayor N° 1
e Inventario y Balances N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria
de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la
publicación de este aviso.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic.
Jessica Brenes Camacho, Notaria.—Nº 30959.—(39845).
CONDOMINIO VOLLAS DE ORO
Condominio Vollas de
Oro, cédula jurídica número tres-ciento nueve-trescientos treinta y nueve mil
seiscientos ochenta y cinco, solicita ante el Registro de Bienes Inmuebles,
Propiedad Horizontal del Registro Nacional, la reposición de los Libros Legales
del condominio anteriormente dicho. Quien se considera afectado dirigir la
oposición a Registro Nacional, Registro de Bienes Inmuebles, Propiedad
Horizontal, en el término de ocho días contados a partir de la última
publicación.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—Nº 30975.—(39846).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
INMOBILIARIA LOS JARDINES S.
A.
Para efectos de
reposición yo, Rodrigo Araya Umaña con cédula de identidad Nº 4-0069-0025, en
mi condición de propietario de la acción y titulo Nº 48, hago constar que he
solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S.A., la reposición de los mismos por
haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el
Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San
Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición
solicitada.—San José, 28 de abril del 2008.—Rodrigo Araya Umaña,
Propietario.—(40208).
Francisco Bolaños e Hijos, S. A.,
con cédula de persona jurídica número 3-101-47050, sociedad domiciliada en
Naranjo Centro, costado norte del Mercado Municipal, de la provincia de
Alajuela, vende mediante escritura pública número ciento noventa y ocho,
otorgada en la ciudad de Alajuela, a las catorce horas del día treinta de abril
dos mil ocho, ante el notario público Guillermo Valverde Schmidt, visible al
folio ciento treinta y uno frente del tomo primero del citado protocolo, vende
a la sociedad Grupo Empresarial de Supermercados S. A., con cédula de persona jurídica
número 3-101-297812, domiciliada en San José, Calle Blancos de Goicoechea, del
Edificio de los Tribunales del Segundo Circuito Judicial de San José,
doscientos metros al oeste, cien metros al norte y cien metros al este, el
Establecimiento Mercantil denominado Supermercado Bolaños, ubicado en el cantón
de Naranjo, de la provincia de Alajuela, comprendiendo las señales de
propaganda, patentes de invención, el derecho de llave y cualquier otro valor
relacionado, los manuales, procedimientos y documentos que respalden la
logística del actual establecimiento mercantil, software, las líneas de
teléfono inscritas a su nombre y demás bienes descritos en el contrato de
compraventa de establecimiento mercantil. Se cita a los acreedores e
interesados para los efectos del artículo cuatrocientos setenta y nueve del
Código de Comercio, se presenten en el término de 15 días contados a partir de
la primera publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta, para hacer
valer sus derechos. Actúa como depositario del precio de la venta Plaza
Quirinale S. A., como Fiduciaria, representante el notario público Manuel
Emilio Montero Anderson. Los acreedores e interesados podrán dirigirse a la
oficina del depositario en la ciudad de San José, Bufete Laclé & Gutiérrez,
ubicado en avenida seis entre calles veintiuno y veinticinco.—San José, 02 de
abril del 2008.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Notario.—(40247).
COOPAVEGRA R.L.
Que la información
financiera de COOPAVEGRA R.L., cédula jurídica 3-004-075890, remitida al 31 del
marzo del 2008 a la
Superintendencia General de Entidades Financieras fue
sustituida el 29 de abril del 2008 a solicitud del Superintendente General de
Entidades Financieras, y puede ser consultada en nuestras oficinas centrales,
en nuestro sitio en Internet www.coopavegra.fi.cr y en el sitio en Internet de la Superintendencia General
de Entidades Financieraswww.sugef.fi.cr.
Palmares,
29 de abril del 2008.—Gabriela Vargas Sagot, Secretaria.—1 vez.—Nº
31516.—(40371).
LA
QUEBRADITA DEL PACÍFICO SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
La Quebradita del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica Nº 3-102-182133, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Registro de Accionistas
(un libro), Actas de Asamblea General (un libro), Actas de Junta Directiva (un
libro). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área
de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros)
Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles
contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Nº
31224.—(40372).
EISENGARD SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo Melanie Parker, con
número de pasaporte JH-757288, en mi condición de presidenta, hago constar que
hemos iniciado la reposición de los libros de Diario, Inventarios y Balances y
Mayor, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios,
Registro de Socios todos primer libro, de Eisengard Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil ochocientos
ochenta y ocho, por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en
trámite ante la
Administración Tributaria de Zona Sur de Pérez Zeledón.
Teléfonos de oficina: 2772-3479.—San Isidro, 10 de febrero del año dos mil
siete.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—Nº 31263.—(40373).
INVERSIONES Y EXPORTACIONES CARIOCA
L & L SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones y
Exportaciones Carioca L & L Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-408025, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la
reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances,
Actas Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de
Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria
de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación
de este aviso.—Nº 31448.—(40374).
PYRAMID LAKE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Pyramid Lake Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos noventa y seis mil noventa, solicita ante la Dirección General
de Tributación Directa, la reposición por extravío de tres libros de la
sociedad los cuales son los siguientes: Actas de Junta Directiva, Actas de
Asamblea de Cuotistas y Registro de Cuotistas. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José,
en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación
del Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 02 de mayo del 2008.—Michelle Peralta
Odio.—Nº 31479.—(40375).
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
Mediante escritura
otorgada ante esta notaria a las 15:00 horas del 21 de abril del 2008, se
modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo: La Quinta: del capital social.
Se disminuye el capital social quedando el mismo en la suma de
1.282.005.772,00. En la sociedad Financiera Acobo S. A.—San José, 25 de
abril del 2008.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—Nº 30954.—(39978).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número: dos -
cuatro, otorgada en San José, a las quince horas diez minutos del nueve de
abril del dos mil ocho, se modificó la cláusula décimo octava referente a la
representación judicial y cambio de junta directiva de Vitara Noventa y Uno
S. A., efectuada ante la
Notaria Hazel Villalobos Villar.—San José, 30 de abril del
dos mil ocho.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—Nº 31024.—(40030).
Por escritura otorgada ante mí a
las dieciséis horas del día de hoy, Atlas Industrial Sociedad Anónima,
modificó las cláusulas sétima, octava, décima, décimaprimera, décimatercera,
décimacuarta y décimasexta; incluyó las nuevas cláusulas décimasegunda,
décimasétima, vigésima segunda y vigésima tercera, y modificó la numeración de
las cláusulas décimasegunda, décimasétima, décimaoctava, décimanovena, vigésima
y vigésima primera, todas del pacto constitutivo de la compañía.—San José,
siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1
vez.—Nº 31025.—(40031).
Por escritura otorgada en San José,
a las nueve horas del día veintinueve de abril del año dos mil ocho, se
protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la firma denominada Palmeras
de Tambor Dos Mil Ocho Limitada y se acuerda modificar su junta directiva.
Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las nueve horas del
treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº
31029.—(40032).
Por escritura número ciento
diecinueve del tomo tercero de mi protocolo, Grant Frankenberg y Abran Herrera,
constituyen una sociedad limitada denominada: Matrix Resort Costa Rica
Limitada; domiciliada en Alajuela centro, ciento veinticinco metros oeste
del Banco Cuscatlán. El capital social es de diez mil colones, plazo social de
cien años.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Óscar Noé Ávila
Molina, Notario.—1 vez.—Nº 31030.—(40033).
Por escritura número ciento
diecinueve del tomo tercero de mi protocolo, Grant Frankenberg y Abran Herrera,
constituyen una sociedad limitada denominada: Matrix Investment Services
Costa Rica Limitada; domiciliada en Alajuela centro, ciento veinticinco
metros oeste del Banco Cuscatlán. El capital social es de diez mil colones,
plazo social de cien años.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic.
Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 31031.—(40034).
Por escritura número treinta y
seis-cuatro otorgada a las 16:15 horas del día 29 de abril del 2008,
protocolicé un acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad
anónima: Faro Argonne XIX Sociedad Anónima, se modifica la cláusula
segunda del domicilio, novena de la administración y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 30 de mayo del dos mil ocho.—Lic. Olga Castillo Barahona,
Notaria.—Nº 31032.—(40035).
Por escritura número treinta y cinco-cuatro
otorgada a las 16:00 horas del día 29 de abril del año 2008, protocolicé acta
de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima BMT Investments
Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sétima de la administración y se
nombra nueva secretaria.—San José, 30 de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Olga
Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 31033.—(40036).
Ante mí, se protocolizó el acta de
asamblea ordinaria de socios de la sociedad Granja Porcina El Cerdito
Eneraleño S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y cinco, en la cual se revoca el
nombramiento del vicepresidente, el tesorero, vocal uno y fiscal y se nombre
nuevo vicepresidente, nuevo tesorero, nuevo vocal uno y nuevo fiscal de la
junta directiva, por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad
de Pérez Zeledón, a las nueve horas del siete de febrero del dos mil ocho.—San
Isidro de Pérez Zeledón, treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.—Lic.
Patricia Chanto Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 31034.—(40037).
Ante mí notaría a las 08:00 horas
del 26 de abril, se constituyó la entidad denominada Danisoar S. A.
Capital social: diez mil colones. Duración: 99 años. Presidente: Danilo Solano
Arrieta. Objeto: el comercio.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Jorge E.
Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 31035.—(40038).
Por medio de escritura de las
diecisiete horas y treinta minutos del día veintinueve de abril del dos mil
ocho, otorgada ante esta notaría, Heriberto Arrieta Lacayo, Jhonny Carvajal
Jiménez, Cinthya Montero Ugarte y Ana Maritza Artavia Vives, constituyeron la
sociedad que se denominará con el número de persona jurídica que el Registro le
asigne, en conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo treinta y tres
mil ciento setenta y uno-J sociedad anónima. Capital social: veinte mil
colones. Presidente y representante judicial y extrajudicial con poder
generalísimo sin límite de suma: Heriberto Arrieta Lacayo.—Lic. Marco Antonio
Ruiz Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 31038.—(40039).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas del día 29 de abril del año 2008, los señores:
Danilo Alberto Murillo Ramírez, Bernal Pacheco Herrera, y Álvaro Sancho
Quesada, constituyeron Transformadores MPS Sociedad Anónima, domiciliada
en el distrito Mercedes, cantón Heredia, provincia Heredia, barrio Santa Inés,
casa Nº 27 D.—San José, 29 de abril del año 2008.—Lic. Lilia Coghi Corrales,
Notaria.—1 vez.—Nº 31040.—(40040).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario en la ciudad de San José a las 8:00 horas del día de hoy,
protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hersh
e Inglis Sociedad Anónima por los cuales se acuerda disolver y liquidar la
sociedad.—San José, 8:00 horas del 27 de abril del 2007.—Lic. Óscar Gallegos
Borbón, Notario.—1 vez.—Nº 31041.—(40041).
La suscrita notaria Natalia Molina
Chinchilla, hace constar que en esta notaría, el seis de marzo del dos mil
ocho, se protocolizó cambio de junta directiva de Avícola Santa Rita Sociedad
Anónima y en calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma se nombró a Marcos Saborío Vega. Es todo, firmo en Palmar
Norte, Osa, Puntarenas al ser diez horas del veintinueve de abril del dos mil
ocho.—Lic. Natalia Molina Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 31043.—(40042).
Por escritura de las 17:00 horas de
hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Piñales
de Sarapiquí JZ Sociedad Anónima, por la cual se declara la disolución de
la compañía.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba,
Notario.—1vez.—Nº 31044.—(40043).
Por escritura autorizada en esta
notaría, a las 14:00 horas del 28 de abril del 2008, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria y ordinaria de socios de la sociedad Fomento de
Inversiones Negocios y Arrendamientos Pelícano (FINANPESA)
Sociedad Anónima, en la que se reforman las cláusulas novena y décima
segunda del pacto constitutivo.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Ana Elena
Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 31047.—(40044).
Por escritura otorgada ante mí, a
las once horas del veintiuno de abril del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad Medsurgical de Costa Rica Sociedad Anónima
con un capital social de doscientos mil colones, domiciliada en San José, Paseo
Colón, Torre Mercedes, oficinas de Feinzaig, Scharf A van der Putten, y cuya
representación judicial y extrajudicial corresponderá al presidente, secretario
y tesorero.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Jorge Arturo
Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 31048.—(40045).
Por escritura otorgada, ante esta
notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad Loco Amor Internacional
Sociedad Anónima, capital social: totalmente suscrito y pagado, plazo cien
años, domicilio: Heredia.—San José, veinticinco de abril del año dos mil
ocho.—Lic. Alonso Arley Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31049.—(40046).
Mediante escritura otorgada, ante
el notario público Randall Masís Ureña, número sesenta y dos del tomo ocho,
otorgada a las once horas treinta minutos del 12 de marzo del 2008, se
constituyó la sociedad anónima denominada Centro Costarricense de Inglés
Norteamericano CCDINSA Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Tibás,
capital social: diez mil colones. Presidente: Berny Rodríguez Fernández, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de marzo
del 2008.—Lic. Randall Masís Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 31066.—(40047).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 9:45 horas del día 25 de abril del 2008, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Nick Inversiones
Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos sesenta y seis mil seiscientos dieciséis, por medio de la cual
se cambió la razón social de la empresa por Cap Tropicales C & F
Sociedad Anónima, se reformó las cláusulas segunda, sétima, y se procedió a
revocar y nombrar nuevo fiscal de la junta directiva, y agente de residente por
el resto del plazo social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Catherine
Delgado Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 31069.—(40048).
En la presente notaría en el día de
hoy, protocolicé acta número dos de Transportes Barqui S. A., en la que
renuncia vicepresidenta Luz Annet Quirós Machado y el tesorero Alcides Quirós
Navarro, y se procede a nombra vicepresidente Marlon Eduardo Calvo Ramírez y
tesorero Miguel Ángel Calvo Vargas.—Cartago, 29 de abril del 2008.—Lic. Jorge
Rivera Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 31072.—(40049).
Hoy protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la Compañía Agropecuaria
Oscman de Santa Ana Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula
sétima de los estatutos, se revocan puestos de la junta directiva, secretario y
tesorero, y se nombran nuevos.—Santa Ana de Belén de Carrillo, Guanacaste, a
las catorce horas del once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Betty Marchena
Marchena, Notaria.—1 vez.—Nº 31075.—(40050).
Guido Oliver Sánchez Hernández,
Shirley Sánchez Hernández, Wálter Sánchez Hernández, Lauren Sánchez Hernández,
Dora María Sánchez Hernández, Rocío Sánchez Hernández y Florizul Sánchez
Hernández, constituyen Siembras de Moravia SIMO Sociedad Anónima, con
domicilio en San Rafael de Heredia, capital setenta mil colones, y la
representación judicial y extrajudicial la ejercerá el presidente.—San José,
treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº
31077.—(40051).
Guido Oliver Sánchez Hernández, Shirley
Sánchez Hernández, Walter Sánchez Hernández, Lauren Sánchez Hernández, Dora
María Sánchez Hernández, Rocío Sánchez Hernández y Florizul Sánchez Hernández,
constituyen Guácima Agrícola Ocho Sociedad Anónima, con domicilio en San
Rafael de Heredia, capital setenta mil colones, y la representación judicial y
extrajudicial la ejercerá el presidente.—San José, treinta de abril del dos mil
ocho.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 31078.—(40052).
Guido Oliver Sánchez Hernández,
Shirley Sánchez Hernández, Walter Sánchez Hernández, Lauren Sánchez Hernández,
Dora María Sánchez Hernández, Rocío Sánchez Hernández y Florizul Sánchez
Hernández, constituyen Ganadería Parrita Paga Sociedad Anónima, con
domicilio en San Isidro de Heredia, capital setenta mil colones, y la
representación judicial y extrajudicial la ejercerá el presidente.—San José,
treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº
31079.—(40053).
El suscrito notario, hace constar
que mediante la escritura número ciento setenta y cinco, visible al folio
ciento cuarenta y seis frente del tomo décimo de mi protocolo, otorgada a las
siete horas veintiséis minutos del veintinueve de abril del año dos mil ocho,
se constituyó la entidad denominada El Niño Hijo Sociedad Anónima,
domiciliada en Heredia centro, avenida cuatro calles uno y tres, propiamente en
el Bufete Zumbado, contiguo al parque del Carmen frente al Bazar Alicia, su
objetivo principal es la administración del capital accionario de empresas
productivas las cuales pueden constituir o adquirir, a fin de hacerlas más
rentables. La representación de la empresa estará en poder del presidente de la
junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Heredia, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Manuel de J.
Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—Nº 31085.—(40054).
El suscrito notario, hace constar
que mediante la escritura número ciento setenta y cuatro, visible al folio
ciento cuarenta y cinco, frente del tomo décimo de mi protocolo, otorgada a las
siete horas catorce minutos del veintinueve de abril del año dos mil ocho, se
constituyó la entidad denominada El Niño Padre Sociedad Anónima,
domiciliada en Heredia centro, avenida cuatro calles uno y tres, propiamente en
el Bufete Zumbado, contiguo al parque del Carmen frente al Bazar Alicia. Su
objetivo principal es la administración del capital accionario de empresas
productivas las cuales pueden constituir o adquirir, a fin de hacerlas más
rentables. La representación de la empresa estará en poder del presidente de la
junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
Heredia, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Manuel de J. Zumbado
Araya, Notario.—1 vez.—Nº 31087.—(40055).
El suscrito notario hace constar que
mediante la escritura número ciento setenta y seis, visible al folio ciento
cuarenta y siete vuelto, del tomo décimo de mi protocolo, otorgada a las siete
horas treinta y tres minutos del veintinueve de abril del año dos mil ocho, se
constituyó la entidad denominada El Niño Solitario Sociedad Anónima,
domiciliada en Heredia centro, avenida cuatro calles uno y tres, propiamente en
el Bufete Zumbado, contiguo al parque del Carmen frente al Bazar Alicia, su
objetivo principal es la administración del capital accionario de empresas
productivas las cuales pueden constituir o adquirir, a fin de hacerlas más
rentables. La representación de fa empresa estará en poder del presidente de la
junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia,
veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Manuel de J. Zumbado Araya,
Notario.—1 vez.—Nº 31089.—(40056).
Por escritura otorgada ante este
notario, a las once horas del siete de abril del dos mil ocho, se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía JV
Jardines Vascos Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula
segunda del pacto social.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic.
Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 31090.—(40057).
Por escrituras otorgadas ante este
notario, a las once horas y doce horas del veintiocho de abril de dos mil ocho,
y a las nueve horas del veintinueve de abril del dos mil ocho, se
protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de las compañías tres-ciento dos-quinientos dieciocho mil trescientos
setenta y tres sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se
reforma la cláusula primera del pacto social; tres-ciento dos-quinientos
dieciocho mil trescientos ochenta y siete sociedad de responsabilidad limitada,
mediante la cual se reforma, la cláusula primera del pacto social y Ola del
Pacífico Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas
segunda y décima del pacto social.—San José, veintinueve de abril del dos mil
ocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 31091.—(40058).
Mediante escrituras autorizadas por
mí, a las doce horas, a las doce horas treinta minutos, a las trece horas y a
las dieciséis horas del veintinueve de abril del dos mil ocho, se constituyeron
sociedades anónimas cuya razón social será asignada por el Registro de Personas
jurídicas y Río Tucán LLC Limitada, con un capital social de treinta mil
colones cada una.—San José, veintinueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Sergio
Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 31093.—(40059).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de
asamblea de accionistas de la compañía Somerset Group SG S. A., mediante
la cual se reforma la cláusula quinta.—San José, veinticuatro de abril del año
dos mil ocho.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Nº
31098.—(40060).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diecisiete horas del día veintinueve de abril del año dos mil
ocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la compañía Kaimanawa
Lodge Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforma la cláusula quinta
del contrato social.—San José, veintiocho de enero del dos mi ocho.—Lic.
Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 31099.—(40061).
Ante el Licenciado Marvin Ramírez
Víquez, el día 25 de abril del 2008, se constituyen las sociedades Jardín de
Oro C J Sociedad Anónima.—25 de abril del 2008.—Lic. Marvin Ramírez Víquez,
Notario.—1 vez.—Nº 31100.—(40062).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veinticuatro de abril de dos mil
ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la
sociedad Inversiones Mercurio del Sol Uno Limitada, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y seis mil
setecientos dieciocho, por medio de la cual se transformó el artículo sétimo
del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre,
Notario.—1 vez.—Nº 31101.—(40063).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
se constituyó la sociedad anónima denominada G - 2 gráfica + impresión
Sociedad Anónima, plazo social 99 años, domicilio Oreamuno, Cartago, 500 m
al sur de la iglesia, representación la ostentan el presidente y tesorero
actuando conjunta o separadamente sin límite de suma, objeto el desarrollo de
las artes gráficas desde el proceso de ideación hasta la comercialización en
general, el comercio, la industria, la ganadería, transporte público y de
bienes, representación de casas extranjeras, puede tener agencias y sucursales
dentro y fuera de el país.—Cartago, 17 de octubre del 2007.—Lic. Gerardo
Machado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 31102.—(40064).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada ante mí, a las dieciséis horas con treinta minutos del veinticuatro de
abril de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de
cuotistas de la sociedad Palms Of The Sea Limitada, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos veintiocho mil ciento
cincuenta y cinco, por medio de la cual se transformó el artículo sétimo del
pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—Nº 31103.—(40065).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada ante mí a las dieciséis horas con treinta minutos del veinticuatro de
abril de dos mil ocho, se protocolizo acta de asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad Latín America Parkinsons Institute Sociedad
Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinte
mil ochenta y uno, por medio de la cual se transformó el artículo sétimo del
pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—Nº 31104.—(40066).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veinticuatro de abril de dos mil
ocho, se protocolizo acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la
sociedad Villa Periquito Cerca del Mar Seis Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres - ciento uno - trescientos cincuenta y cuatro
mil cuatrocientos setenta y cuatro, por medio de la cual se transformó el
artículo segundo del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Sergio Aguiar
Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 31105.—(40067).
A las 14:00 horas del día 30 de
abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada Centro de Belleza y Spa
Ángel S. A. Domicilio social: San Blas de San Rafael de Cartago, cien
metros al norte y cincuenta al este del Restaurante Aquel Lugar; capital
social: íntegramente suscrito y pagado; plazo social: 99 años contados a partir
de la fecha de constitución. El presidente y tesorero son apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de abril del año 2008.—Lic.
Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31106.—(40068).
Por escritura número noventa y
ocho, otorgada ante mí, a las quince horas del veinticuatro de abril del dos
mil ocho, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
sociedad Tiburón de Agua Dulce Azul Sociedad Anónima, por medio de la
cual se reforma la cláusula: sexta de la administración.—Lic. Sergio Aguiar
Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 31107.—(40069).
Por escritura otorgada ante mí, a
las catorce horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se reforma la
cláusula sexta referente a la representación de la compañía de la sociedad Lagarto
de Agua Dulce Rojo LADR Sociedad Anónima. Se nombra presidente de la junta
directiva.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº
31108.—(40070).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Omepete Cuatro
Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas segunda y novena, y se nombra
nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo
D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31111.—(40071).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:30 horas del 23 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Il Fiore Blu Sociedad
Anónima. Se modifica cláusulas segunda y octava, y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 23 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 31112.—(40072).
Por escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15:30 horas del 10 de abril del 2008, se constituye Fusion And Food
Sociedad Anónima. Presidente: Guillermo Hoppe Pacheco. Capital social: diez
mil colones.—San José, 10 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 31113.—(40073).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:30 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Calstock Sociedad Anónima.
Se modifica cláusula segunda, se otorga poder especial y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 31114.—(40074).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:15 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Capital Ditzineg Sociedad
Anónima. Se modifica cláusulas segunda y novena, y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 31115.—(40075).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 11:00 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Emstek Sociedad Anónima.
Se modifican cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta directiva.—San
José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1
vez.—Nº 31116.—(40076).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:45 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Tecun Segundo Sociedad
Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 31117.—(40077).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:30 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Ambleside Sociedad Anónima.
Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 31118.—(40078).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:15 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Lazos de las Américas
Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra
nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo
D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31119.—(40079).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Costaser Dos
Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra
nueva junta directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo
D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 31120.—(40080).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:45 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Tecun Cuarto Dos Sociedad
Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 31121.—(40081).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:30 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Tecun Tercero Sociedad
Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 31122.—(40082).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:15 horas del 29 de abril del dos mil ocho, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Alba Romero Sociedad
Anónima. Se modifica las cláusulas segunda y sexta y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 31123.—(40083).
Por escritura número cuatro, de las
ocho horas del treinta de abril, se constituyó la sociedad Andrasidan
Sociedad Anónima. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.
Capital: suscrito y pagado.— San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Jenny
Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 31127.—(40084).
Ante mí, Julio César Zárate Arias,
Notario Público, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día
veintinueve de abril del año dos mil ocho, al ser las nueve horas, mediante
escritura cuatrocientos cinco, se procedió a protocolizar acta número uno, del
libro asamblea de accionistas, de la sociedad Transportes Nacionales e
Internacionales Valverde Gómez Sociedad Anónima, según la cual se acordó
modificar, la cláusula octava del pacto constitutivo.—Alajuela, 29 de abril del
2008.—Lic. Julio César Zárate Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31129.—(40085).
Ante mí, Julio César Zárate Arias,
Notario Público, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día
veintinueve de abril del año dos mil ocho, al ser las diez horas, mediante
escritura cuatrocientos seis, se procedió a constituir la sociedad denominada Excavaciones
Valbre de Sarapiquí S. A., con domicilio social en la ciudad de Carrisal de
Alajuela, veinticinco metros oeste, del Bar Jesis, con un capital social
de diez mil colones, representada por diez acciones comunes y nominativas, de
mil colones cada una. Es todo.—Alajuela, 29 de abril del 2008.—Lic. Julio César
Zárate Arias, Notario.—1 vez.—Nº 31130.—(40086).
Ante el Notario Marvin Cubero
Martínez, mediante escritura número ciento cincuenta y siete, de las quince
horas del diecisiete de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad
anónima denominada Donklan Sociedad Anónima. Domiciliada en el distrito
Espíritu Santo de Esparza, Puntarenas, setenta y cinco metros al oeste de
Acueductos y Alcantarillados. Recae en el presidente de la junta directiva la
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Capital social: doce mil colones. Es
todo.—Puntarenas, 22 de abril del 2008.—Lic. Marvin Cubero Martínez, Notario.—1
vez.—Nº 31132.—(40087).
Ante los licenciados Juan Carlos
Chávez Alvarado y Juan Federico Arias Chacón, se constituyó Fare & Trixi
Comercial Sociedad Anónima. Presidente Falk Rentel apoderado generalísimo
sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social:
noventa y nueve años.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº
31133.—(40088).
Ante el licenciado, Juan Carlos
Chávez Alvarado, se constituyó: Jardines del Cauca K.O Sociedad Anónima.
Presidenta: Lucy Carina Orozco Velasco, apoderada generalísima sin límite de
suma. Capital social: seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve
años.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31134.—(40089).
Ante el licenciado Juan Federico
Arias Chacón, se constituyó Rilana’s Place S. A. Presidente: Richard
Newton Mathis Segundo, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital
social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—1 vez.—Nº
31135.—(40090).
Ante el licenciado Juan Federico
Arias Chacón, se constituyó, M Y M Store S. A. Presidente: José Enrique
Méndez Hidalgo, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: seis
mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón,
Notario.—1 vez.—Nº 31136.—(40091).
Por escritura número ciento
uno-dos, otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintinueve de abril del
dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Panoramic of The Point S. A., por
la que se reforma la cláusula sétima y se nombra presidente y secretario.—San
José, 29 de abril del 2008.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco. Notaria.—1 vez.—N°
31137.—(40092).
Por escritura otorgada a las
dieciocho horas del dieciséis de abril del dos mil ocho, se constituye la
sociedad de esta plaza denominada Consultores Queco Sociedad Anónima.
Capital: suscrito y pagado.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1
vez.—Nº 31139.—(40093).
Por escritura protocolizada por mi
persona, en San José, a las 15:00 horas del día 29 abril del 2008, se acuerda
la disolución de la sociedad Grupo Manuel Salas y Asociados S. A.,
cédula: 3-101-257700.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Carlos Mauricio
Vargas Caravaca, Notario.—1 vez.—Nº 31145.—(40094).
En mi motaría mediante escritura
número doscientos cincuenta y cuatro-cinco, se constituyó la sociedad, Aljav
Asesoría Integarada Sociedad Anónima la cual cuenta con un capital social
de doce mil colones, apoderados generalísimos el presidente y secretario.—San
José, 25 de abril del 2008.—Lic. Ericka Castro Argüello y Marcela Rivas Molina,
Notarias.—1 vez.—Nº 31146.—(40095).
A las diecisiete horas del
veinticinco de marzo del dos mil ocho, se constituyó en mi notaría, la sociedad
anónima, Mundo del Sueño Verde Sociedad Anónima, se nombra junta
directiva y fiscal.—Tilarán, 23 de marzo del 2008.—Lic. Ingrid Solano Álvarez,
Notaria.—1 vez.—Nº 31147.—(40096).
Ante mí, en fecha veinticuatro de
marzo, por medio de la escritura número veintiséis, se modifican las cláusulas
primera y segunda, de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veinticuatro
mil doscientos dos sociedad anónima.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic.
Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 31148.—(40097).
Por escrituras otorgadas ante esta
notaría, a las 09:30 horas del 3 de marzo del 2008 y 14:00 horas del 14 de
marzo de 2008, se constituyó la sociedad Moravec Castillo Sociedad Anónima.
Presidente: Lawrence Joseph Moravec.—Barva, 24 de abril del 2008.—Lic. Isac
Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 31149.—(40098).
Por escritura otorgada a las quince
horas treinta minutos del nueve de abril del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad a Inmobiliaria El Castillo de Praga Sociedad Anónima.—Lic.
Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 31150.—(40099).
Por escritura otorgada a las once
horas del veintitrés de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad a Inversiones
El Calafate Sociedad Anónima.—Lic. Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1
vez.—Nº 31151.—(40100).
Por escritura otorgada a las quince
horas quince minutos del nueve de abril del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad a Inversiones El Acrópolis Sociedad Anónima.—Lic. Leslie
Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 31152.—(40101).
Protocolización de acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad denominada, Pracilex Oeste
Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula cuarta del pacto social
de la sociedad.—San José, 16 de abril del 2008.—Lic. Fernando Solís Agüero,
Notario.—1 vez.—Nº 31154.—(40102).
Protocolización de acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: tres-ciento
uno-quinientos diecisiete mil seiscientos cincuenta y ocho sociedad anónima.
Se acuerda reformar las cláusulas primera y sétima del pacto social de la
sociedad; se acuerda revocar el nombramiento de los miembros de la junta
directiva de la sociedad y fiscal y se nombran nuevos miembros. Se acuerda
otorgar poder general limitado, y se acuerda nombrar agente residente de la
sociedad.—San José, 08 de abril del 2008.—Lic. Fernando Solís Agüero,
Notario.—1 vez.—Nº 31155.—(40103).
Por escritura otorgada ante mí, se
constituyó la entidad Seguridad Arce & Castro S. A. Capital social:
cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Golfito, 04 de abril del 2008.—Lic. Gerardo Madrigal Campos,
Notario.—1 vez.—Nº 31156.—(40104).
Por escritura otorgada ante
nosotros Gerardo Madrigal Campos y Bernal Castro Gutiérrez, constituyo la
entidad Corporación Wolf & Mesquida de Golfito S. A. Capital social:
cien mil colones. Presidente y tesorera con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Golfito, 18 de abril del 2008.—Lic. Bernal
Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 31157.—(40105).
Que mediante escritura número
trece, otorgada a las 18:30 horas del 28 de abril del 2008, visible al folio
doce frente, del tomo número dos de mi protocolo, se constituyó la sociedad
anónima, cuya denominación será asignada de oficio por el Registro Público de
Personas Jurídicas, de conformidad con lo establecido en Decreto Ejecutivo
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento
catorce del catorce de junio del dos mil seis. Domiciliada: en Urbanización Los
Lagos, Heredia, casa dieciséis E.—Alajuela, treinta de abril del dos mil
ocho.—Lic. Luis Ángel Rodríguez León, Notario.—1 vez.—Nº 31158.—(40106).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las doce horas del día de hoy, se reforman las cláusulas segunda y
novena de los estatutos de la empresa Vista Azul del Pacífico V.A.P S. A.—San
José, 29 de abril del 2008.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº
31159.—(40107).
Mediante escritura número ciento
treinta y dos, del tomo dieciséis del protocolo de la Lic. Carmen Lidia
Elizondo Vásquez, con fecha del cinco de marzo del dos mil ocho, constituyeron
sociedad anónima Buscandos Árboles Escondidos Sociedad Anónima.—Lic.
Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 31160.—(40108).
Ante esta notaría, se constituyó la
sociedad denominada Montajes Técnicos e Industriales Sociedad Anónima.
Domicilio social: Candelaria de Naranjo, Alajuela. Objeto: comercio en general.
Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones.
Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—Naranjo,
treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1
vez.—Nº 31161.—(40109).
Por escritura pública otorgada en
esta notaría, a las diez horas del treinta de abril del dos mil ocho,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
entidad Campos Altamira S. A. Se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—Naranjo, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Kattia Vanessa
Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 31163.—(40110).
Ricardo Umaña Gómez, Patrick Clark
Pocklington y Judko Rosenstock Faingenzicht, constituyen una sociedad anónima que
será denominada conforme con el número de cédula jurídica que el Registro le
asigne. Domiciliada: en San José. Capital social: totalmente suscrito y pagado.
Plazo social: noventa y nueve años. Escritura Nº 225, otorgada a las 14:00
horas del 21 de abril del 2008, otorgada ante los notarios Luis Marino Castillo
López y Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 24 de abril del 2008.—Lic. Yasmín
Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—Nº 31164.—(40111).
Por escritura otorgada ante mí, a
las catorce horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, se constituyó una
sociedad anónima, cuya denominación será asignada de oficio por el Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional. Plazo social: cien años. Capital
social: mil doscientos colones.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Deborah
Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 31165.—(40112).
Ante mi notaría, a las 11:00 horas
del día 29 de abril del 2008, se constituyó Artes & Flores
Contemporáneas S. A. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 30 de
abril del 2008.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº
31166.—(40113).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
a las once horas y treinta minutos del once abril del dos mil ocho, José Alonso
Benavides Carmona y Daniel Abraham García, constituyen Constructora
Tololo Alvarado S. A. Domiciliada: en San Joaquín de Barranca de
Puntarenas. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢100.000,00 dividido en 20
acciones comunes y nominativas de ¢5.000,0 cada una, íntegramente suscritas y
pagadas. Objeto: comercio en general. Presidente: José Alonso Benavides
Carmona.—Puntarenas, 11 de abril del 2008.—Lic. Francisco Rojas Carranza,
Notario.—1 vez.—Nº 31168.—(40114).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08:00 horas del 30 de abril del presente año, se constituyó la
sociedad denominada Era Latín América S. A. Capital social: cien mil
colones.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Manuel Rey González, Notario.—1
vez.—Nº 31169.—(40115).
Por este medio, hago constar que al
ser las once horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos
siete mil novecientos cincuenta s. a., ante la notaria Kattia Bermúdez
Montenegro. Escritura número sesenta y ocho, visible folio cuarenta y nueve
frente del tomo nueve de su protocolo. Se modifica la cláusula “primera” El
nombre: Perco & Company de Bajamar S. A., y se nombra como
presidente al señor Ángel J. Pérez.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Kattia
Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 31171.—(40116).
Por escritura otorgada ante mí, hoy
se constituyó Seguridad Privada Barbagui S. A., para dedicarse por
noventa y nueve años a partir de su constitución a la seguridad y vigilancia
privada en especial y en general al comercio, la industria, el turismo, la
agricultura y la ganadería. Capital social: totalmente suscrito y pagado. El
presidente y el secretario, son los apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Alajuela, veintinueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Marco Tulio Araya
Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31172.—(40117).
José Malaquias Vargas Ballestero,
Rebecca Herrera Vidal y Edwin Herrera Cairol, constituyen La Krea-Sol-Tec S.
A. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: comercio, industria,
agricultura y ganadería, en especial se dedicará al desarrollo, venta y
distribución de sistemas de software. Capital social: quince mil colones.
Escritura otorgada en San José, el 28 de abril del 2008.—Lic. Ivannia Zúñiga
Vidal, Notaria.—1 vez.—Nº 31173.—(40118).
Ante esta notaría, en la ciudad de
San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del Restaurante Le
Chandelier, cincuenta metros al sur, en la oficina de la firma Pricewaterhouse
Coopers, a las diecisiete horas del día veintinueve de abril del dos mil ocho,
se procedió a protocolizar acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de
cuotistas de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento dos-quinientos
cuatro mil ochenta y tres sociedad de responsabilidad limitada, mediante la
cual se reforma el estatuto social, cláusulas primera y quinta, y se nombran
gerentes.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 31174.—(40119).
El suscrito notario, hago constar
que en esta notaría, a las nueve horas del día veintiocho de febrero del dos
mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Elehan Las
Princesas del Sur Sociedad Anónima. Domiciliada: en Lomas de Cocorí, San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, cien metros este de la Casa del Banquete. Capital
social: totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las
nueve horas del veintiocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Róger Valverde
Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 31175.—(40120).
El suscrito notario, hago constar
que en esta notaría, a las quince horas del día veintisiete de febrero del dos
mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones P & G de la Esperanza Sureña
Sociedad Anónima. Domiciliada: en La Esperanza de San Pedro de Pérez Zeledón de San
José, exactamente frente a la plaza de deportes del lugar, casa color celeste.
Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de Pérez Zeledón, al
ser las nueve horas del veinticinco de febrero del dos mil ocho.—Lic. Róger
Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 31176.—(40121).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14:00 horas del 29 de abril del 2008, se constituyó la sociedad El
Durmiente de Otoya E.D.O. Sociedad Anónima. Representantes: el presidente y
el secretario. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintinueve
de abril del dos mil ocho.—Lic. Beatriz Eugenia Camacho Román, Notaria.—1
vez.—Nº 31179.—(40122).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09:00 horas del 29 de abril del 2008, se modifica las cláusulas
segunda y octava de Cinco X Cinco Motos S. A., sociedad.—San José, 16 de
abril del 2008.—Lic. Ramón Rodríguez Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 31181.—(40123).
El suscrito notario, hace constar
que se realizó modificación del pacto constitutivo en cuanto al nombre el cual
se denominará SLT Service Line Translogistic Sociedad Anónima.—San José,
veintiocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—Nº 31183.—(40124).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diecinueve horas del día de hoy, se constituyen las empresas a) Scarlett
Oaks of the Valley Sociedad Anónima; b) Eastern White Pines Enterprises
Sociedad Anónima; c) Russian Olives Plantation Sociedad Anónima; d) Black
Walnut Trees of the Valley Sociedad Anónima; e) Eastern Red Cedar Trees
Sociedad Anónima.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Adriana Cordero
Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 31184.—(40125).
Ante esta notaría, se realizó la
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento
uno-cuatrocientos noventa y seis mil quinientos ochenta y nueve s. a., en
su domicilio social, mediante la cual se modificó la cláusula primera de los
estatutos, cuya acta fue protocolizada el día de hoy.—Pérez Zeledón, veintitrés
de abril del dos mil ocho.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº
31185.—(40126).
Por escritura número ochenta y
seis, otorgada en esta misma notaría, a las dieciséis horas del veinticinco de
abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Sangophillip
Jessi Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 30
de abril del 2008.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 31188.—(40127).
Carbamar Sociedad Anónima,
cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta mil
novecientos treinta y tres, solicita cambio de junta directiva y fiscal, nombra
nuevo agente residente, acta protocolizada por la notaria Sara Miranda Osorio,
a las quince horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho, por escritura
número ochenta y uno, vista al folio noventa y uno vuelto del tomo tres de su
protocolo.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 31189.—(40128).
Mediante escritura otorgada el día
de hoy, a las diecisiete horas se constituyó la sociedad de esta plaza cuya
denominación es Gringo Bodega One S. A. Capital social: diez mil colones,
totalmente suscritos y pagos. Presidente: representante judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
Secretario: con iguales facultades solo en ausencia definitiva del presidente.
Domicilio: San José, Escazú, cuatrocientos metros al sur de Distribuidora Santa
Bárbara.—San José, veintiocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Agnes Fajardo
Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 31192.—(40129).
En esta notaría, a las 11:00 horas
del 18 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada Total
Contract Hospitality. Presidente: Juan José Mora Fernández.—Lic. Katia
Ledezma Padilla, Notaria.—1 vez.—Nº 31193.—(40130).
Hoy día he protocolizado acta de la
sociedad de esta plaza cuya razón social es Smells of the Night Sociedad
Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
seis mil novecientos sesenta y cuatro, en la cual se modifican la cláusula
primera, segunda, sexta, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero.—San
José, veintitrés de abril del dos mil ocho.—Lic. Christian Díaz Barcia,
Notario.—1 vez.—Nº 31194.—(40131).
Los señores, y Luis Arturo Solís
Salazar, constituyen la sociedad anónima El Greco Investments Sociedad
Anónima. Escritura número ciento treinta, otorgada en San José, ocho horas
del treinta de abril del dos mil ocho, ante la notaria Giovanna Barrantes
Esquivel, visible al folio ciento cincuenta y seis frente del protocolo
noveno.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 31195.—(40132).
Ante mí, Denia Vázquez Pacheco,
notaria pública, en escritura número cincuenta y nueve, se constituyó la
sociedad Sillada de San Gerardo M&S S. A. Capital social: diez mil
colones. Domicilio: La Tigra
de San Carlos, Alajuela, Calle San Gerardo, dos kilómetros al sureste de la
entrada principal. Se nombra junta directa. Presidente: Carlos Manuel Araya
Castro.—Fortuna, San Carlos, veintidós de abril del dos mil ocho.—Lic. Denia
Vázquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 31197.—(40133).
Por escritura otorgada ante mí, a
las 09:00 horas de hoy Sea Mont Industries S. A. Se reforman cláusulas
segunda y sexta de los estatutos, se nombra junta directiva, fiscal y agente
residente.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Bernal Ulloa Álvarez,
Notario.—1 vez.—Nº 31198.—(40134).
Por este medio el suscrito notario,
hace constar que a las dieciocho horas del día veinticuatro de abril del dos
mil ocho, mediante escritura número ciento veintiséis, otorgada en el tomo
segundo de mi protocolo, se constituyó una sociedad denominada Woods
Saunders Sociedad Anónima.—Paraíso de Cartago, veintisiete de abril del dos
mil ocho.—Lic. Francisco Alfonso Castro Murillo, Notario.—1 vez.—Nº
31199.—(40135).
Por escritura número trescientos
tres, de las ocho horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, otorgada por
la suscrita notaria, se protocolizó el acta número uno de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Condominio Rey Beta Sociedad Anónima, en
la cual se nombra junta directiva, fiscal, y se cambió el domicilio social.—San
José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Ivannia Zapata Miranda,
Notaria.—1 vez.—Nº 31201.—(40136).
Por escritura de las diez horas del
veintitrés de abril del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Farmacia
Chirkagres A.M.C. S. A., se nombra junta directiva y fiscal, se revoca
poder generalísimo sin limitación de suma, y se modifica cláusula segunda del
pacto constitutivo. Presidente: Marvin Martínez Araya.—Lic. José Rafael Huertas
Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 31202.—(40137).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las diez horas del trece de marzo del dos mil ocho, Luis Alonso
Valladares López, Julieta Chávez Garay y Luis Armando Valladares Chávez,
constituyen la sociedad domiciliada en San José, Desamparados, Jardines de
Cascajal, casa veinticuatro B, Grupo Valla Limitada. Objeto: fabricación
y distribución de artículos para el hogar.—San José, veinticinco de abril del
dos mil ocho.—Lic. Fernando Montero García, Notario.—1 vez.—Nº 31203.—(40138).
En San José ante esta notaría, al
ser las quince horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil
ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación
Jaspe Rojo J.P.R. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones
exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero,
Notario.—1 vez.—Nº 31204.—(40139).
En San José ante esta notaría, al
ser las quince horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó
la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Piedra de la Luna P.D.L. S. A.
Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de
abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº
31205.—(40140).
En San José ante esta notaría, al
ser las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil
ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se
denominará Corporación Ópalo O.P.L. S. A. Capital social: suscrito y
pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan
Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 31206.—(40141).
En San José ante esta notaría, al
ser las catorce horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó
la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Tanzanita A.Z.N. S.
A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José,
28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº
31207.—(40142).
En San José, ante esta notaría, al
ser las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril del dos
mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación
Unaquita A.Q.U. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones
exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero,
Notario.—1 vez.—Nº 31208.—(40143).
A efecto de publicación del edicto
correspondiente, informo que el día treinta y uno de enero del año en curso, en
la escritura número trescientos veinticuatro-dieciséis, visible a folio ciento
treinta y seis frente del tomo dieciséis de mi protocolo, al ser las quince
horas treinta minutos, comparecieron los señores Fernando Ng Yip, mayor, cédula
número uno-mil cincuenta y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, y Lisa Lean Chan,
mayor, cédula número uno-ochocientos treinta y uno-cuatrocientos dos, para
constituir la sociedad Dinaimex Internacional F & L Sociedad Anónima,
nombre de fantasía.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Miguel Chacón
Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 31209.—(40144).
En San José, ante esta notaría, al
ser las trece horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil ocho,
se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Zafiro
R.F.T. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones
exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero,
Notario.—1 vez.—Nº 31210.—(40145).
En San José, ante esta notaría, al
ser las trece horas quince minutos del veinticuatro de abril del dos mil ocho,
se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación
Azurita A.T.Z. S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones
exactos.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero,
Notario.—1 vez.—Nº 31211.—(40146).
En San José, ante esta notaría, al
ser las trece horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó
la sociedad de esta plaza que se denominará Corporación Amatista L.K.J. S.
A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José,
28 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº
31212.—(40147).
En San José, ante esta notaría, al
ser las veinte horas del quince de abril del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad de esta plaza denominada Premium Properties C.R. Sociedad Anónima.
Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 25 de
abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº
31213.—(40148).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las diecisiete horas del día veintinueve de abril del dos mil ocho,
Damaris Barrantes Soto, Yocelin Gerarda Rodríguez Barrantes y Melisa Rodríguez
Barrantes, constituyen Inversiones y Proyectos Colibrí S. A. Objeto: es
la compra y venta de bienes inmuebles, industria, ganadería, turismo,
prestación de servicios, comercio en general, y toda clase de actividades y
servicios conexos. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidenta: la
socia Damaris Barrantes Soto, con todas las facultades.—Grecia, treinta de
abril del dos mil ocho.—Lic. Greivin Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº
31216.—(40149).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en San Ramón de Alajuela, a las 13:00 horas del 29 de febrero del
2008, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Familia Chávez Vargas
CHV S. A.—San Ramón, 21 de abril del 2008.—Lic. Mario Alexis González
Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 31217.—(40150).
En escritura pública el notario
Mauricio Murillo González, protocoliza el acuerdo primero del acta número uno
de asamblea general extraordinaria de accionistas de Alpha Superclub
Veintiuno S. A., mediante el cual se modifica la cláusula primera, por lo
que ahora se denomina The Rainbow Troopers S. A., así como también la
cláusula cuarta del pacto social. Es todo.—San José, veintiuno de abril del dos
mil ocho.—Lic. Mauricio Murillo González, Notario.—1 vez.—Nº 31218.—(40151).
El suscrito notario da fe que
mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del día 30 de abril del 2008,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Barlovento
Dos Mil Seis A y L S. A. Se reforma pacto social y se nombra junta
directiva y fiscal.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. José Carlos Quesada
Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 31219.—(40152).
Por escritura número diez-cero
ocho, del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Villanea
y Asociados Belén S. A. Presidente: Luis Fdo. Ramírez Villanea. Secretaria:
María del Rocío González Campos. Tesorera: Edith González Campos. Fiscal:
Ignacio Bogantes González.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº
31220.—(40153).
Por escritura número cuarenta y
seis, otorgada ante este notario a las dieciséis horas del día veintinueve de
abril del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-quinientos
veintitrés mil seiscientos treinta y cinco s. a., mediante la cual se
reformó la cláusula primera de los estatutos de la sociedad.—San José,
veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1
vez.—(40154).
Por escritura número cuarenta y
siete, otorgada ante este notario a las diecisiete horas treinta minutos del
día veintinueve de abril del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad tres- ciento uno- quinientos
veintitrés mil seiscientos treinta y cuatro s. a., mediante la cual se
reformó la cláusula primera de los estatutos de la sociedad.—San José,
veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1
vez.—(40155).
Por escritura número setenta y
cinco, otorgada ante esta notaría el día veintiocho de abril del año dos mil
ocho, a las catorce horas con treinta minutos, se protocolizó el acta número
uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de Ballymoney Inc
Inc S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos
sociales y se nombró nuevo presidente y fiscal de la junta directiva de la
empresa.—San José, primero de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Marco Rodríguez
Vargas, Notario.—1 vez.—(40156).
Por escritura número setenta y
cuatro, otorgada ante esta notaría el día veintiocho de abril del año dos mil
ocho, a las catorce horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de
asamblea general extraordinaria de socios de Bectronec Inc Inc S. A.,
mediante la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se
nombró nuevo presidente y fiscal de la junta directiva de la empresa.—San José,
primero de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—(40157).
Por escritura otorgada ante mi
notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad anónima denominada Diego y
Carol Constructora S. A. Es todo.—San José, ocho horas del dos de mayo del
dos mil ocho.—Lic. Michel Salim Semaan Khachab, Notario.—1 vez.—(40158).
Por escritura otorgada ante mí a
las 12 horas del día 28 de abril del 2008, se constituyó la sociedad de esta
plaza Ganadera Yireh MQ S.A.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic.
Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(40159).
La suscrita notaria hace constar
que por escritura número noventa y cinco, otorgada en Grecia, a las catorce
horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad
anónima sin nombre de acuerdo al Decreto ejecutivo número treinta y tres mil
ciento setenta y uno- J. Objeto: Agricultura, ganadería, comercio, con
domicilio en Grecia, representada por su presidente y secretario, ambos con
calidad de representantes judiciales y extrajudiciales en forma separada o
conjunta.—Grecia, 28 de abril del 2008.—Lic. Rosa María Bolaños Alpízar,
Notaria.—1 vez.—(40160).
La suscrita notaria hace constar
que por escritura número noventa y cuatro, otorgada en Grecia, a las trece
horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad
anónima sin nombre de acuerdo al Decreto ejecutivo número treinta y tres mil
ciento setenta y uno- J. Objeto: Agricultura, ganadería, comercio, con
domicilio en Grecia, representada por su presidente y secretario, ambos con
calidad de representantes judiciales y extrajudiciales en forma separada o
conjunta.—Grecia, 28 de abril del 2008.—Lic. Rosa María Bolaños Alpízar,
Notaria.—1 vez.—(40161).
Por escritura número doce, otorgada
ante el notario Eduardo Sancho Arce, a las diez horas con treinta minutos del
día dos de mayo del año dos mil ocho, se reforman las cláusulas segunda y sexta
y se nombra junta directiva y fiscal de la compañía Naturaleza de las
Montañas S. A.—San José, 2 de mayo del 2008.—Lic. Eduardo Sancho Arce,
Notario.—1 vez.—(40175).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las catorce horas treinta minutos del día treinta de abril de dos
mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de
cuotistas de la sociedad denominada Consultora Inmobiliaria Meseta de La Neblina NN S. A. Donde
se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, treinta
de abril de dos mil ocho.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40200).
Por escritura número 153-2,
otorgada a las 10:40 horas del 25 de abril del 2008, ante esta notaria Andrea
González Rojas, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada La Casa de Reggie
Ltda., en donde se modifica la cláusula del capital social y la cláusula de
administración.—Puntarenas, 28 de abril del 2008.—Lic. Andrea González Rojas,
Notaria.—1 vez.—(40201).
Mediante escritura otorgada número
treinta y cuatro de las trece horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis
de marzo del dos mil ocho, de esta notaria, se aceptan las renuncias y se hacen
los nuevos nombramientos de secretaria señora Sandra Valenciano Acosta y
tesorera Agnes Miranda Montes, de la compañía Velas de Papagayo Sociedad
Anónima.—San José, a las siete horas del día veintisiete de marzo del dos
mil ocho.—Lic. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—(40203).
Ante mí, Alonso Soto Vargas,
notario público con oficina abierta en Alajuela, comparecen: Juan José Soto
Víquez, cedula: dos- quinientos veintinueve- novecientos noventa, Rafael Ángel
Soto Soto, cédula: siete- cero cuarenta y nueve- cero ochenta y cuatro, María
Cecilia Víquez Martínez, cédula: dos- trescientos cincuenta y seis-seiscientos
trece, Alejandro Soto Víquez, cédula: dos- quinientos cuarenta y
ocho-quinientos cuarenta y siete; y manifiestan que han convenido en constituir
una sociedad anónima denominada Solución Tecnológica Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse en SOLTEC S. A., y cuyo domicilio social será la
ciudad de Alajuela centro, Urbanización Los Adobes, casa número veintisiete G,
escritura otorgada a las trece horas del día dos de mayo del año dos mil ocho,
ante esta notaría. (Juan José Soto Víquez presidente).—Alajuela, a las trece
horas diez minutos del día dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Alonso Soto
Vargas, Notario.—1 vez.—(40209).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Monte Alto Azul II C Sociedad Anónima, por la cual se reforma
la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril de dos mil ocho.—Lic.
Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40210).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad El Bueno Pro Yecto Sociedad Anónima, por la cual se reforma la
cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril de dos mil ocho.—Lic.
Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40211).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Uno Valle Central Real Azul Sociedad Anónima, por la cual se
reforma la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril de dos mil
ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40212).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Mi Costa de Tica Sociedad Anónima, por la cual se reforma la
cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril del dos mil
ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40213).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad La Magia
del Pacífico Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula del
domicilio social.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis
Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40214).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Aragón Brenes y Castro Sociedad Anónima, por la cual se reforma
la cláusula del domicilio social.—San José, treinta de abril del dos mil
ocho.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40215).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Codesco Azul CR Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula
del domicilio social.—San José, treinta de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis
Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(40216).
Jed Alan Silver y Lorena
Cantero Sevilla, constituyen Girls Rule S. A., y Onix Girls S. A.
Plazo: 99 años. Corresponde al presidente y al secretario la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma conjuntamente. Capital social: ¢10000.
Domicilio: Guachipelín, Escazú. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 9 de abril
del 2008.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—(40218).
Eric Monge Vindas y Laura Cruz
Cárdenas, constituyen dos sociedades anónimas, denominadas con el número de
cédula jurídica a ser asignado por el Registro Público. Plazo: 99 años.
Corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma actuando individual o conjuntamente. Capital social: ¢10000.
Domicilio: Higuito de Desamparados. Escritura otorgada a las 11:15 horas del 21
de abril del 2008.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1
vez.—(40219).
Inversiones Tarator S. A.,
reforma cláusulas de la administración de la sociedad. Corresponde al
presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando
conjuntamente. Nombra nuevos miembros de junta directiva y fiscal. Escritura
otorgada a las 11 horas del 21 de abril del 2008.—Lic. Vivian Rose Troper
Maguillansky, Notario.—1 vez.—(40221).
Se realiza la publicación de cambio
reformas al pacto social de la sociedad Administración Hipotecas Canadiense
Costarricense Sociedad Anónima.—San José, 2 de mayo del 2008.—Lic. Laura
Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(40230).
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día dos de mayo del año
dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la
sociedad Montain Side Estates M.S.E Sociedad Anónima.—San José,
dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1
vez.—(40274).
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día dos de mayo del
año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la
sociedad JTB Ocean View Estates Properties Sociedad Anónima.—San
José, dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1
vez.—(40275).
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día dos de mayo del año
dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la
sociedad Relu Sosg to Latinoamerica R.S.T.LA. Sociedad Anónima.—San
José, dos de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1
vez.—(40276)
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada a las once horas del día treinta de abril del año dos mil
ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Bishard
Financial B.F. Sociedad Anónima.—San José, dos de mayo del año dos mil
ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40277).
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada a las ocho horas del día dos de mayo del año dos mil ocho,
se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Costaweb
Investments C.W.I Sociedad Anónima.—San José, dos de mayo del año
dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40278).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las trece horas quince minutos del día treinta de abril del año dos
mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Belsky
Pacific Estates B.P.E Sociedad Anónima.—San José, dos de abril del
año dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40279).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las ocho horas del día treinta de abril del año dos mil ocho, se
modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Punnackattu
Developments P.D. Sociedad Anónima.—San José, dos de abril del año
dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(40280).
Mediante escritura número ciento
noventa y dos, de las 13:00 horas del veinticinco de abril del año dos mil
ocho, ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Platablanca Inversiones S.
A., en la cual se reforma la cláusula segunda, cuarta y sexta de los
estatutos sociales y el nombramiento de nueva junta directiva.—San José, 2 de
mayo del 2008.—Lic. Silvia González Castro, Notaria.—1 vez.—(40282).
Por escritura otorgada en Alajuela,
a las 15:00 horas del 29 de abril del 2008 ante la notaría de la licenciada
Vera Violeta González Ávila, se constituyó la sociedad Grupo Primogénito
Sociedad Anónima. Presidenta: Georgina Corella, noventa y nueve años.—Lic.
Vera Violeta González Ávila, Notaria.—1 vez.—(40311).
Por escritura número 305 del tomo
primero, otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del 26 de abril de 2008,
se constituyó una sociedad que llevará como nombre el número que le asigne el
Registro como cédula jurídica S. A., de conformidad con el decreto
número 33171-J publicado el 14 de junio del 2006. Se nombra al presidente
apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.
Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Wálter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—(40347).
Por escritura número trescientos
seis del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del
veintisiete de abril de dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada B&M
Inversiones S. A. Se nombra al presidente y secretario apoderados
generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Plazo
social: noventa y nueve años. Capital social: cincuenta mil colones.—Lic.
Wálter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(40352).
Por escritura del día de hoy, la
sociedad Inversiones Cariari C.A.D. Cuatro CRV Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres- ciento uno-cuatrocientos cuarenta
y cinco mil ciento treinta y siete, modifica la cláusula sétima del pacto
constitutivo, en la cual el presidente y secretario ostentan las facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o
separadamente. Asimismo, se nombra nueva junta directiva. Presidenta: Raquel
Rodríguez Desanti. Secretario: Ricardo Pescod González.—San José, primero de
mayo del dos mil ocho.—Lic. Minorth Anthony Solís Ulate, Notario.—1
vez.—(40451).
Por escritura número setenta y uno
del tomo veinticinco del protocolo del notario Douglas Soto Campos, otorgada en
conotariado con el notario Miguel Antonio Elizondo Soto, el día de hoy se ha
constituido la sociedad Al Andaluz LLC Limitada, con un capital social
de diez mil colones. Domiciliada en San José y con una duración de cien
años.—San José, veintiocho de abril del año dos mil ocho.—Lic. Miguel Antonio
Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—(40453).
Por escritura otorgada hoy 2 de
mayo del 2008, a las 10:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Tallulah’s
Time Out Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo
social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, íntegramente
suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: Gerentes.—San José,
02 de mayo del año 2008.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1
vez.—(40456).
Ante mí, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hipólita Villa
Quinientos Diecinueve Sociedad Anónima, mediante la cual se modifico la
cláusula segunda del domicilio, se conoció de revocación de cargos y se
realizaron nuevos nombramientos. Escritura otorgada en San José, a las ocho
horas del veintiuno de abril del dos mil ocho.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(40466).
Por escritura número 128 otorgada
ante esta notaría, se constituyó la sociedad Mau’s Funzone Sociedad
Anónima. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: noventa y
nueve años. Al presidente y secretario le corresponde la representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin
limitación de suma. Presidenta: Mauren Patricia Rojas, cédula 9-111-037 y
secretaria: Eva Lorena Rojas, cédula de residencia número 18400002712 cero cero
cero cero cero dos siete uno dos.—Cartago, 08 de abril del 2008.—Lic. Lic.
Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(40491).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca
notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Inversiones
Solague Ciudad Blanca Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.
Presidenta: Flory Virginia Azofeifa Guerrero.—Barva de Heredia, treinta de
abril del ánodos mil ocho.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº
31221.—(40492).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las ocho horas del 1° de mayo del 2008, la sociedad Villas Torres
del Campo S. A., modifica la cláusula quinta de su escritura social y por
ende aumenta su capital social a diez millones de colones, monto que queda
totalmente suscrito y pagado.—Lic. Maryael Obregón Báez, Notaria.—1 vez.—Nº
31225.—(40493).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad a las doce horas del cinco de noviembre del dos mil siete, Mark
Allan (Nombre) Punak (Apellido) y Leonard William (Nombre) Brongo (Apellido),
constituyeron mediante el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres
uno siete uno-J Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones
íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir
de esta fecha. Presidente: Mark Allan (Nombre) Punak (Apellido).—Pérez Zeledón,
nueve de abril del año 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº
31226.—(40494).
Por escritura otorgada ante mí en
esta ciudad, a diez horas treinta y seis minutos del dieciséis de abril del año
dos mil ocho, se protocoliza acta número uno de asamblea general de socios de Arizona
Darck Sun Glass de Costa Rica, donde se acordó nombrar como
nueva presidenta a María Carmen (nombre) Brow (apellido). Presidenta: María
Carmen (nombre) Brow (apellido).—Pérez Zeledón, dieciséis de abril del dos mil
ocho.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31227.—(40495).
Por escritura otorgada hoy ante mí
en esta ciudad, a las ocho horas diez minutos del diecinueve de marzo del dos
mil siete, Gordon Matthew (Nombre) Allebach (Apellido) y Willian Glenn (Nombre)
Earnest (Apellido), constituyeron mediante el artículo dos del Decreto
Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima. Capital social: La
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(Nombre) Allebach (Apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic.
Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31228.—(40496).
Por escritura otorgada hoy ante mí
en esta ciudad, a las ocho horas cinco minutos del diecinueve de marzo del dos
mil siete, Gordon Matthew (Nombre) Allebach (Apellido) y Willian Glenn (Nombre)
Earnest (Apellido), constituyeron mediante el artículo dos del Decreto
Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima. Capital social: la
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(Nombre) Allebach (Apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del dos mil
ocho.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31229.—(40497).
Ante esta notaría han comparecido
David Cedeño Sánchez y Mauricio Enrique Umaña Boza, a constituir la sociedad
denominada Inversiones Unos y Ceros S. A. Capital social:
Diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años; representación conjunta o
separada del presidente y secretario. Presidente: Mauricio Umaña Boza.—28 de abril
del 2008.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 31230.—(40498).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las diecisiete horas cero minutos del veintisiete de febrero
del dos mil ocho, Mark (Nombre) Rugala (Apellido) y Melissa Andrea (Nombre)
Loaiza Marín (Apellido), constituyeron mediante el artículo dos del Decreto
Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, Sociedad Anónima. Capital social:
La suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Mark (Nombre) Rugala
(Apellido).—Pérez Zeledón, veinticinco de abril del año 2008.—Lic. Federico
Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31231.—(40499).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las catorce horas treinta minutos del ocho de abril del dos
mil ocho, Silvia Elena Castro Ruphuy y Beatriz Mora Salazar, constituyeron Glamour
Star Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones
íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir
de ésta fecha. Presidenta: Silvia Elena Castro Ruphuy.—Pérez Zeledón,
veintiocho de abril del año 2008.—Lic. Jenny Sandí Romero, Notaria.—1 vez.—Nº
31233.—(40500).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las dieciséis horas cincuenta y cinco minutos del veintisiete
de febrero del dos mil ocho, Milena (nombre) Dizewiecki (apellido) y Melissa
Andrea (nombre) Loaiza Marín (apellidos), constituyeron mediante el artículo
dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima.
Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados.
Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidenta: Milena
(nombre) Dizewiecki (apellido).—Pérez Zeledón, veinticinco de abril del año 2008.—Lic.
Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31234.—(40501).
Por escritura otorgada ante mí, en
esta ciudad, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
abril del año dos mil ocho, se protocoliza acta número dos de asamblea general
de socios de Diez de Mis Sueños Sociedad Anónima, donde se acordó
en forma unánime nombrar nueva tesorera a la señora María Carmen Brown. Así
mismo se modifica la cláusula sétima y se otorga poder generalísimo sin límite
de suma a la presidenta y tesorera quienes actuarán conjunta o separadamente.
Presidenta: Irene Rodríguez Viña.—Pérez Zeledón, veintiocho de abril del dos
mil ocho.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31235.—(40502).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las diecisiete horas quince minutos de veintisiete de febrero
del dos mil ocho, Pierrette Danielle (nombre) Mangiardi (apellido) y Melissa
Andrea (nombre) Loaiza Marín (apellidos), constituyeron mediante el artículo
dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno- J Sociedad Anónima.
Capital social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados.
Plazo social: noventa y nueve años partir de esta fecha. Presidente: Pierrette
Danielle (nombre) Mangiardi (apellido).—Pérez Zeledón, veinticinco de abril del
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31236.—(40503).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las ocho horas quince minutos del diecinueve de marzo del dos
mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre)
Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima. Capital social: la
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31237.—(40504).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las ocho horas veinte minutos del diecinueve de marzo del dos
mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre)
Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-j Sociedad Anónima. Capital social: la
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31238.—(40505).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las ocho horas veinticinco minutos del diecinueve de marzo
del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn
(nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-j Sociedad Anónima. Capital social: la
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31240.—(40506).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de marzo del
dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn
(nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31241.—(40507).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las ocho horas treinta y cinco minuto del diecinueve de marzo
del dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn
(nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31242.—(40508).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las ocho horas cuarenta minutos del diecinueve de marzo del
dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn
(nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31243.—(40509).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian
Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del
decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital
social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo
social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31244.—(40510).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las ocho horas cincuenta minutos del diecinueve de marzo del
dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn
(nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital social: la
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31245.—(40511).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del diecinueve de
marzo del dos mil siete, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian
Glenn (nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del
decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital
social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo
social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31246.—(40512)
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las nueve horas del diecinueve de marzo del dos mil ocho,
Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre) Earnest
(apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo número
tres tres uno siete uno- J sociedad anónima. Capital social: la suma de cien mil
colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a
partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach
(apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del 2008.—Lic. Federico Núñez
Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31247.—(40513).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las nueve horas cinco minutos de diecinueve de marzo del dos
mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre)
Earnest (apellido) constituyeron mediante el artículo dos del decreto ejecutivo
número tres tres uno siete uno J sociedad anónima. Capital social: la suma de
cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y
nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew (nombre) Allebach
(apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año 2008.—Lic. Federico
Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31248.—(40514).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las nueve horas diez minutos del diecinueve de marzo del dos
mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn (nombre)
Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-j sociedad anónima. Capital social: la
suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve del marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31250.—(40515).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las nueve horas quince minutos del diecinueve de marzo del
dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn
(nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital
social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo
social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31251.—(40516).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las nueve horas veinte minutos del diecinueve de marzo del
dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn
(nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital
social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo
social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31252.—(40517).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las nueve horas veinticinco minutos del diecinueve de marzo
del dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn
(nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital
social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo
social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31253.—(40518).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
en esta ciudad, a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de marzo del
dos mil ocho, Gordon Matthew (nombre) Allebach (apellido) y Willian Glenn
(nombre) Earnest (apellido), constituyeron mediante el artículo dos del decreto
ejecutivo número tres tres uno siete uno-J sociedad anónima. Capital
social: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo
social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gordon Matthew
(nombre) Allebach (apellido).—Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año
2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 31254.—(40519).
Que por escritura número 45,
visible a folio 45 frente del tomo X del protocolo del notario público, Lic.
Eduardo Abarca Vargas, se modificó la cláusula sexta, y se nombró nuevo gerente
de tres -uno cero dos- cinco cero ocho cero cero cuatro srl.—Uvita de
Osa, a las 9:00 horas del 29 de abril del año 2008.—Lic. Eduardo Abarca Vargas,
Notario.—1 vez.—Nº 31256.—(40520).
Por escritura de las 15:45 horas,
se constituye la sociedad Jua Dos Jumalta Sociedad Anónima, y se nombra
junta directiva. Presidente: Juana Umaña Altamirano conocida como Juanita Umaña
Altamirano. Capital social: 10.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San
Isidro de Pérez Zeledón, 28 de abril del 2008.—Lic. Miguel Salazar Gamboa,
Notario.—1 vez.—Nº 31257.—(40521).
Que por escritura número 41,
visible a folio 41 frente del tomo X del protocolo del notario público Lic.
Eduardo Abarca Vargas, se modificó la cláusula sexta del pacto social y se
nombró nuevo gerente, y gerente operativo de Finca Los Bástagos de Uvita SRL.—Uvita
de Osa, a las 09:00 horas del 29 de abril del año 2008.—Lic. Eduardo Abarca
Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 31258.—(40522).
Al ser las diez horas del día
veintinueve de abril del año dos mil ocho, mediante escritura otorgada ante
esta notaría, se protocoliza el acuerdo primero del acta número dos de asamblea
general extraordinaria de California Trust Investment Company Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y
siete, donde se modifica la cláusula décimacuarta, donde el señor Jimmy Antonio
Umaña Elizondo renuncia a su cargo de secretario y a la vez se nombra al señor
Jima Robert Tellers, como secretario con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente con el
presidente.—Pérez Zeledón, veintinueve de abril del año dos mil ocho.—Lic.
Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 31259.—(40523).
Al ser las quince horas del día
veintinueve de abril del año dos mil ocho, mediante escritura otorgada ante
esta Notaría se constituye Rivas Escrow Account International Sociedad
Anónima, que traducido al español es Cuentas de Garantías
Internacionales Rivas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Rivas Escrow
Account International S.A., que traducido al español es Cuentas de
Garantías Internacionales Rivas S. A.—Pérez Zeledón, veintinueve de abril
del año dos mil ocho.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº
31260.—(40524).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, en San Isidro de El General, a las 14:00 horas del 29 de
abril del 2008, se reformó la cláusula sexta de la sociedad tres-ciento
uno-quinientos catorce mil novecientos cuarenta y ocho sociedad anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-514948 y se designó como presidente a Jorge Manuel
Gamboa Calvo, y como secretario a Johnny Eduardo Gamboa Calvo.—San Isidro de El
General, 30 de abril del 2008.—Lic. Jorge Enrique Infante Rojas, Notario.—1
vez.—Nº 31261.—(40525).
Por escritura de las ocho horas del
quince de abril del año dos mil ocho, se constituye la sociedad Kero R. E.
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras S. A. Se
nombra junta directiva. Presidente: Ronald González Díaz. Capital social:
12.000,00 colones. Plazo: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, quince de abril
del año dos mil ocho.—Lic. Carlos Castro Mora, Notario.—1 vez.—Nº
31264.—(40526).
Por escritura otorgada ante mi
Notaría, se constituyó la sociedad anónima domiciliada en La Uruca, San José, Alarmas
Máxima, B. R. S.A. Capital social: cien mil colones.—Lic. Alex Zamora
Porras, Notario.—1 vez.—Nº 31265.—(40527).
Ante mí, José Luis Herrera Zúñiga,
en escritura número 85 Bis, del tomo 83 de mi protocolo, Miguel Ángel Murillo
Chavarría y Alamar Murillo Jiménez, constituye una sociedad con cédula jurídica
como razón social. Domicilio: San José, Puriscal, Santiago. Capital social: dos
mil colones. Presidente: Miguel Ángel Murillo Chavarría.—Puriscal, 30 de abril
del 2008.—Lic. José Luis Herrera Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 31267.—(40528).
Marcel Ernster, de único apellido
en razón de su nacionalidad de Luxemburgo y Esmeralda Cordero Vásquez,
constituyen una sociedad anónima cuya denominación social se ajusta a lo
dispuesto en el artículo número dos del decreto ejecutivo treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J y son presidente y secretaria respectivamente. Escritura
otorgada ante esta Notaría a las siete horas del dos de mayo del año dos mil
ocho.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—Nº 31270.—(40529).
Evelio Rafael Montero Marín y
Eladio Marvin Montero Marín, constituyen una sociedad anónima, cuya
denominación se asignará de acuerdo al decreto ejecutivo numero treinta y tres
mil ciento setenta y uno - J, facultando al Registro Público de Personas
Jurídicas a asignar su debida denominación; y cuyo capital está totalmente
suscrito y pagado; escritura otorgada en Guápiles de Pococí, a las once horas y
treinta y cinco minutos del primero de mayo del dos mil ocho, ante el notario
Lic. David López García, carné número catorce mil novecientos diecinueve.—Lic.
David López García, Notario.—1 vez.—Nº 31271.—(40530).
Ante mí, Miguel Ángel González
Morales, notario público, se constituyó la sociedad denominada Ecodes
Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
provincia de San José, doscientos metros al noroeste de la Escuela Doce de
Marzo. Fabrica de Hielo Hiljo S. A., con un plazo social de noventa y nueve
años a partir del día treinta de abril del año dos mil ocho, conformado por un
capital social de diez mil colones exactos. Representado por diez acciones
comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Esteban Ramírez
Rivera.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, treinta de abril del año dos
mil ocho.—Lic. Miguel Ángel González Morales, Notario.—1 vez.—Nº
31272.—(40531).
El suscrito José Luis Marín Quirós,
notario publico con oficina en Heredia, da fe, que a las doce horas del día
veintiséis del mes de abril del dos mil ocho, en escritura pública número
ciento ochenta y dos, del tomo tercero de mi protocolo, se constituyó en mi
notaría, por los señores German Andrés Víquez Vega y Pedro Joaquín Barrantes
Marchena, la compañía denominada empresa Excavaciones Barrantes y Víquez B y
V Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento como S. A. la que
tendrá su domicilio social en Heredia, Horquetas de Sarapiquí, cien metros al
este del bar Kike, figurando con las facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma y con la representación judicial y extrajudicial, sus socios
Víquez Vega y Barrantes Marchena, como presidente y secretario
respectivamente.—Lic. José Luis Marín Quirós, Notario.—1 vez.—(43285).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
AUTO DE APERTURA DE
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO Y CITACIÓN A COMPARECENCIA
ORAL Y PRIVADA
Imprenta Nacional.—Órgano
Director del Procedimiento.—San José, a las ocho horas con treinta minutos del
día cinco de mayo del dos mil ocho. Expediente Nº 004-2008. Se les comunica a
los señores: Marlen Vargas Fernández, Alejandro Moreno Alvarado e Ileana
Chávez Chávez, todos funcionarios de la Imprenta Nacional,
destacados los dos primeros en el Departamento Financiero, donde desempeñan el
puesto de Jefe y de Tesorero respectivamente, y la tercera destacada en la Sección de Publicaciones,
así como la señora Patricia Obando Meléndez, cédula de identidad Nº
1-497-387, exfuncionaria de esta institución que se inicia procedimiento
administrativo ordinario en su contra, de conformidad con los artículos 211,
214, 308 y concordantes de la
Ley General de la Administración Pública,
con el fin de investigar en esta vía la verdad real de los hechos y determinar
sus eventuales responsabilidades, según solicitud expresa planteada por el
Director General de la
Imprenta, mediante oficios Nos. 251-2008 DG de fecha 7 de
abril del 2008 y 313-2008 DG de 28 de abril del 2008, para que se determine la
verdad real de los hechos sobre los presuntos hechos investigados por la Auditoría Interna
de esta institución en la relación de hechos A.I. Nº 004-2008 de marzo del
2008, denominado “Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”. Se
procede a intimar a los encartados de la siguiente forma: A la servidora
Marlen Vargas Fernández, por los supuestos hechos contenidos en la relación
de hechos de la
Auditoría Interna de la institución A.I. 004-2008 de marzo
del 2008, denominada “Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”, referentes
a: 1) Supuesto incumplimiento de sus obligaciones concretamente en el deber de
fiscalización “responsabilidad in vigilando” y “responsabilidad in
diligiendo”, debido a que supuestamente la Sección de Financiero no
implementó un mecanismo básico de control interno mediante el cual se pudiera
comprobar que los ingresos detallados en los Comprobantes de Ingreso de la
“Caja de Zapote” coincidieran con las publicaciones que ingresaban a la Sección de Publicaciones.
2) Supuesta falta de control diario o arqueo de la Caja ubicada en Zapote. 3)
Que supuestamente varios de los Comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote, no tienen adjuntos
el cobro del día. 4) Que supuestamente los comprobantes de Diario de Caja del
1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, no se encuentran
debidamente rubricados por el Jefe de Caja, como parte del mecanismo de
revisión y visto bueno que debe tener la Sección de Financiero, sobre la Caja de Zapote. 5) Que en el
período comprendido entre el 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del
2007, los comprobantes del Diario de Caja supuestamente tienen diferencias
entre los formularios de ingresos y el monto efectivamente depositado por un
monto total de ¢326.605,00 (trescientos veintiséis mil seiscientos cinco
colones sin céntimos), monto correspondiente a los días 20 de noviembre, 14 de
diciembre, 21 y 22 de febrero, 5, 26 y 30 de marzo, 12 y 17 de abril todos del
2007. 6) Que supuestamente la suma aproximada de dinero por publicaciones
realizadas sin el respectivo comprobante de ingresos asciende a la suma de
¢2.947.100,00 (dos millones novecientos cuarenta y siete mil cien colones sin céntimos).
Hechos que podría acarrear el incumplimiento de las obligaciones previstas en
el artículo 26, inciso b) del Reglamento Interior de Trabajo de la Imprenta Nacional,
artículos 101, 102, incisos b) y d) y 212 de la Ley General de la Administración Pública,
artículos 18, 108, 110, incisos b), o), y r) de la Ley de Administración
Financiera de la República,
artículo 15, inciso iv) de la
Ley General de Control Interno, artículo 50, inciso b) del
Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, artículos 3º, 4º y 38, incisos d) y
g) de la Ley
contra la Corrupción
y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública. Al señor Alejandro Moreno
Alvarado, por los supuestos hechos contenidos en la relación de hechos de la Auditoría Interna
de la institución A.I.004-2008 de marzo del 2008, denominada “Investigación
de los comprobantes de Ingresos de la
Caja de Zapote”, referentes a: 1) Supuesto incumplimiento
de sus obligaciones concretamente en el deber de fiscalización “responsabilidad
in vigilando” y “responsabilidad in diligiendo”, debido a que
supuestamente la Sección
de Financiero no implementó un mecanismo básico de control interno mediante el
cual se pudiera comprobar que los ingresos detallados en los Comprobantes de
Ingreso de la “Caja de Zapote” coincidieran con las publicaciones que
ingresaban a la Sección
de Publicaciones. 2) Supuesta falta de control diario o arqueo de la Caja ubicada en Zapote. 3)
Que supuestamente varios de los Comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote, no tienen
adjuntos el cobro del día. 4) Que supuestamente los comprobantes de Diario de
Caja del 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, no se
encuentran debidamente rubricados por el Jefe de Caja, como parte del mecanismo
de revisión y visto bueno que debe tener la Sección de Financiero, sobre la Caja de Zapote. 5) Que en el
período comprendido entre el 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del
2007, los comprobantes del Diario de Caja supuestamente tienen diferencias
entre los formularios de ingresos y el monto efectivamente depositado por un
monto total de ¢326.605,00 (trescientos veintiséis mil seiscientos cinco
colones sin céntimos), monto correspondiente a los días 20 de noviembre, 14 de
diciembre, 21 y 22 de febrero, 5, 26 y 30 de marzo, 12 y 17 de abril todos del
2007. 6) Que supuestamente la suma aproximada de dinero por publicaciones
realizadas sin el respectivo comprobante de ingresos asciende a la suma de
¢2.947.100,00 (dos millones novecientos cuarenta y siete mil cien colones sin
céntimos). Hechos que podría acarrear el incumplimiento de las obligaciones
previstas en el artículo 26, inciso b) del Reglamento Interior de Trabajo de la Imprenta Nacional,
artículos 101, 102, incisos b) y d) y 212 de la Ley General de la Administración Pública,
artículos 18, 108, 110, incisos b), o), y r) de la Ley de Administración
Financiera de la República,
artículo 15, inciso iv) de la
Ley General de Control Interno, artículo 50, inciso b) del
Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, artículos 3º, 4º y 38, incisos d) y
g) de la Ley
contra la Corrupción
y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública. A la funcionaria Ileana
Chávez Chávez, por los supuestos hechos contenidos en la relación de hechos
de la Auditoría
Interna de la institución A.I.004-2008 de marzo del 2008,
denominada “Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”,
referentes a: 1) Que supuestamente algunos de los Comprobantes de Ingreso que
confeccionaban para efectuar publicaciones, no se ajustaban en su contenido con
el tipo de publicación que efectivamente se realizaba. 2) Que en el período
comprendido entre el 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007,
los comprobantes del Diario de Caja supuestamente tienen diferencias entre los
formularios de ingresos y el monto efectivamente depositado por un monto total
de ¢326.605,00 (trescientos veintiséis mil seiscientos cinco colones sin
céntimos), monto correspondiente a los días 20 de noviembre, 14 de diciembre,
21 y 22 de febrero, 5, 26 y 30 de marzo, 12 y 17 de abril todos del 2007. 3)
Que supuestamente la suma aproximada de dinero por publicaciones realizadas sin
el respectivo comprobante de ingresos asciende a la suma de ¢2.947.100,00 (dos
millones novecientos cuarenta y siete mil cien colones sin céntimos). Hechos
que podría acarrear el incumplimiento de las obligaciones previstas en el
artículo 26, inciso b) del Reglamento Interior de Trabajo de la Imprenta Nacional,
artículos 101, 102, incisos b) y d) y 212 de la Ley General de la Administración Pública,
artículos 18, 108, 110, incisos b), o), y r) de la Ley de Administración
Financiera de la República,
artículo 15, inciso iv) de la
Ley General de Control Interno, artículo 50, inciso b) del
Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, artículos 3º, 4º y 38, incisos d) y
g) de la Ley
contra la Corrupción
y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública. A la exfuncionaria Patricia
Obando Meléndez, cédula de identidad Nº 1-497-387, por los supuestos hechos
contenidos en la relación de hechos de la Auditoría Interna
de la institución A.I.004-2008 de marzo del 2008, denominada “Investigación de
los comprobantes de Ingresos de la
Caja de Zapote”, en cuanto a la responsabilidad civil y penal
de los hechos referentes a: 1) Supuesto incumplimiento de sus obligaciones
concretamente en el deber de fiscalización “responsabilidad in vigilando”
y “responsabilidad in diligiendo”, debido a que supuestamente la Sección de Financiero no
implementó un mecanismo básico de control interno mediante el cual se pudiera
comprobar que los ingresos detallados en los Comprobantes de Ingreso de la
“Caja de Zapote” coincidieran con las publicaciones que ingresaban a la Sección de Publicaciones.
2) Supuesta falta de control diario o arqueo de la Caja ubicada en Zapote. 3)
Que supuestamente varios de los Comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote, no tienen
adjuntos el cobro del día. 4) Que supuestamente los comprobantes de Diario de
Caja del 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del 2007, no se
encuentran debidamente rubricados por el Jefe de Caja, como parte del mecanismo
de revisión y visto bueno que debe tener la Sección de Financiero, sobre la Caja de Zapote. 5) Que en el
período comprendido entre el 1º de noviembre del 2006 hasta el 30 de abril del
2007, los comprobantes del Diario de Caja supuestamente tienen diferencias
entre los formularios de ingresos y el monto efectivamente depositado por un
monto total de ¢326.605,00 (trescientos veintiséis mil seiscientos cinco
colones sin céntimos), monto correspondiente a los días 20 de noviembre, 14 de
diciembre, 21 y 22 de febrero, 5, 26 y 30 de marzo, 12 y 17 de abril todos del
2007. 6) Que supuestamente la suma aproximada de dinero por publicaciones
realizadas sin el respectivo comprobante de ingresos asciende a la suma de
¢2.947.100,00 (dos millones novecientos cuarenta y siete mil cien colones sin
céntimos). Hechos que podría acarrear el incumplimiento de las obligaciones
previstas en el artículo 26, inciso b) del Reglamento Interior de Trabajo de la Imprenta Nacional,
artículos 101, 102, incisos b) y d) y 212 de la Ley General de la Administración Pública,
artículos 18, 108, 110, incisos b), o), y r) de la Ley de Administración
Financiera de la República,
artículo 15, inciso iv) de la
Ley General de Control Interno, artículo 50, inciso b) del
Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, artículos 3º, 4º y 38, incisos d) y
g) de la Ley
contra la Corrupción
y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública. Se les hace saber a los
accionados que tienen derecho a fotocopiar el expediente administrativo,
ofrecer argumentos y aportar toda la prueba de descargo que estimen
conveniente, en ejercicio de su Derecho de Defensa. El expediente
administrativo consta actualmente de los siguientes documentos: Oficios Nos.
251-2008 DG de fecha 7 de abril del 2008 y 313-2008 DG de 28 de abril del 2008,
acuerdos firmes de Junta Administrativa Nº 5253-04-08 tomado en sesión
ordinaria Nº 266 de 2 de abril del 2008 y acuerdo firme Nº 5265-04-08 tomado en
sesión ordinaria Nº 268 de 23 de abril del 20087. Informe de la Auditoría Interna
de la institución A.I. Nº 004-2008, de marzo del 2008, denominado
“Investigación de los comprobantes de Ingresos de la Caja de Zapote”. Para que
se refieran a los hechos que se les imputan y aporten la prueba que consideren
pertinente, en cumplimiento del debido proceso, se les cita en calidad de
partes a la comparecencia oral y privada, personalmente y no por medio de
apoderado, a las nueve horas del día viernes 6 de junio del 2008, en la
sala de sesiones de esta Imprenta Nacional, en La Uruca, detrás del Almacén
Capris. De no hacerse presente a la ordenada comparecencia se procederá a
resolver el presente asunto con los elementos de juicio con que cuenta esta
Administración. Se les advierte a los accionados que podrán hacerse acompañar de
un profesional en Derecho. Se les previene que dentro del término de tres días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de esta notificación, deberán
señalar ante ese despacho lugar donde atender futuras notificaciones dentro del
perímetro judicial de San José, de lo contrario se les estará notificando en la
dirección con que cuenta la Administración. La presente resolución goza de
los recursos ordinarios de ley, los cuales deberán interponerse dentro del
plazo improrrogable de veinticuatro horas, contadas a partir de la notificación
respectiva (Artículos 345, 346, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública).
Se ha nombrado como Órgano Director del procedimiento administrativo a la Lic. Ana Gabriela Luna
Cousin, y a la Lic. Karol
Frutos Fernández, ambas abogadas de la Imprenta Nacional,
quienes han sido formalmente investidos de plena autoridad para la realización
de los actos administrativos del procedimiento. Notifíquese.—San José, 9 de
mayo del 2008.—Miembros del Órgano Director: Lic. Ana Gabriela Luna Cousin, y
Lic. Karol Frutos Fernández.—C-Exento.—(42472).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
Se hace saber que en las
diligencias administrativas de Oficio que se tramita en este Registro, se dictó
la siguiente resolución: (Exp. Nº 326-2006) Registro Público de la Propiedad de Bienes
Inmuebles. Curridabat, a las quince horas del día dieciocho de abril del año
dos mil ocho. Visto que la
Oficina de Correos de Zapote, devolvió el sobre con Nº de
certificado RR137797395CR, el cual contenía la resolución de audiencias dictada
a las 11:00 horas del 25 de enero del año 2008, que se confería a la Licenciada Cira
María Vargas Ayales, de quien no se indica número de cédula de identidad, y
quien aparece como Miembro de la Comisión Liquidadora
de la Federación
Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito de Costa Rica R.
L. siglas FEDECRÉDITO R. L., en virtud de que dicha entidad es parte actora en
el mandamiento de embargo practicado, inscrito bajo citas de tomo 463, asiento
6322, el cual recae sobre la finca del Partido de Cartago, matrícula 126354,
propiedad de la
Cooperativa Agrícola e Industrial de Tierra Blanca de
Cartago; de conformidad con lo expuesto en el Oficio DGRN-0831-2007 y la Circular Administrativa
DRP-008-2007, con el propósito de no causar estado de indefensión y cumplir con
el principio constitucional del debido proceso; Se resuelve: Conferir audiencia
hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil
siguiente a la tercera publicación consecutiva en el Diario Oficial La Gaceta; para que en
término indicado haga valer sus derechos. Y se le previene: 1) Que dentro del
término establecido para la audiencia, presente los alegatos que a su derecho
convengan, también deben señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina
dentro del perímetro de la
Ciudad de San José en donde oír futuras notificaciones de
este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las
resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas.
2) Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o
incierto o si ya no existiere, artículos 98 del Reglamento del Registro
Publico, que es Decreto Ejecutivo 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus
reformas, 185 del Código Procesal Civil; así como los artículos 3 y 12 de la Ley de Notificaciones.
Notifíquese”.—Curridabat, 18 de abril del 2008.—Lic. Leticia Acuña Salazar,
Asesora Jurídica Registral.—(Solicitud Nº 49320).—C-51560.—(39786).
Se hace saber a la sucesión de
quien fuera en vida Ronal Roberto Naranjo Solano, cédula 1-635-574, o a sus
causahabientes; en calidad de titular registral de los inmuebles número 241713
y 431880; y anterior titular de los inmuebles 364182 y 401439, que en este
Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de Oficio, relativo a las
fincas del partido de San José 241713, 364182, 401439 y 431880. En virtud de lo
anterior esta Asesoría, mediante resolución de las 09:50 horas del 24/04/2008,
ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto
de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución
de las 11:25 horas del 24/04/2008, se autorizó la publicación por 3 veces
consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas,
por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última
publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de
que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga.
Se les previene que dentro de dicho término deben señalar apartado postal, casa
u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír
futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos
93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el numeral
3 de la Ley Nº
7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones
Judiciales) y el artículo 548 del Código Civil; bajo apercibimiento que de no
cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los
artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley, en correlación
con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. Nº
08-170-BI).—Curridabat, 24 de abril del 2008.—Máster Marianella Solís Víquez, Asesora
Jurídica.—(Solicitud Nº 46553).—C-39680.—(39787).
Se hace saber a Asdrúbal Villalobos
Ávila, cédula 2-0169-0663, en calidad de titular registral, del inmueble del
Partido de Alajuela número 242210-000, que en este Registro se iniciaron
Diligencias Administrativas de oficio, sobre una supuesta duplicidad de plano
en las fincas del Partido de Alajuela números 253431-000 y 242210-000. En
virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 9:30 horas
del 27/11/2007, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre dichas
fincas. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido
proceso, por resolución de las 8:00 horas del 24/01/2008, se autorizó la
publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a
la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día
siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial “La Gaceta”; a efecto de
que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga.
Se les previene que dentro de dicho término deben señalar apartado postal, casa
u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír
futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos
93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el numeral
3 de la Ley Nº
7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones
Judiciales); bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las
resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso,
incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la
materia y 12 de la citada ley, en correlación con el artículo 185 del Código
Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. 07-711-BI).—Curridabat, 22 de
abril del 2008.—Master Marianella Solís Víquez, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº
49321).—C-37640.—(39788).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y
PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes
personas se les comunica que se encuentran morosos, según nuestros registros al
30 de abril del 2008. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la
fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el diario oficial La Gaceta, de no
cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso
administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda
que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal
de la profesión.
Nombre
Cédula
Aguilar Molina
Sonia
104310644
Alvarado Ocampo Ana
Cecilia
104010835
Andreoli González Victoria
Eugenia
104320104
Angulo Espinoza Lesly
María
205640832
Arce Bazán
Raquel
104100423
Barrantes Alfaro Haisel
105930283
Barrantes López
Mónica
108900906
Barrantes Mora Ronald
Arturo
205360952
Barrantes Vega
Carmen
104171170
Barrionuevo Chen Apuy
Floria
104030685
Bejarano Hernández
Flory
104001316
Berrocal Sánchez
Alba
105110594
Betancourt Canales
Gerardo
501390405
Blanco Araya Ana
Sofía
502540617
Brenes Barquero Luis
Alonso
302680039
Buzano Barrantes Edín
Mauricio
502760638
Calderón Morales
Francisco
108160691
Campos Quesada
Ronald
107320146
Carballo Brenes
Auxiliadora
109710531
Cárdenas Becerra
Claudia
800560994
Carranza Cubero
Elisa
201770012
Casasola Orozco
Adriana
105030580
Castillo Ramírez
Osvaldo
106410089
Cedeño Ortega
Maritza
107000684
Cento Muñoz
Raquel
315173366004596
Cerdas Montano Norma
Virginia
204690872
Chacón Acuña María de los
Ángeles
104030955
Chacón Martínez Ileana María
204250081
Chacón Mora
Edwin
109250720
Chaves Salas
Leonel
602880348
Chaves Sandoval María
Dolores
900750488
Chaves Torres
Bary
104710351
Cordero Pires
Alex
109540478
Corella Madrigal Martha
Eugenia
203060141
Curbello Morales
Alicia
800350551
De Paz Vigal María
Luz
106066818
Elizondo López Sandra
María
104070086
Flores Sancho Juliana
Sofía
110970807
Gilberstein Kukielka
Rosita
800011046
Gómez Torres Juan
Rafael
204480755
González Agüero
Mónica
109430044
González Vargas Rosa
María
105000775
Guardia Oreamuno
Lilly
700140737
Guevara Venegas Graciela
Violeta
103680844
Hernández Viale
Cynthia
900640618
Hidalgo González Karen
Cristina
205410424
Jiménez Arias
Gladys
107270577
Jiménez Bolaños Flor de
María
203030577
Jiménez Castro
Maximiliano
110510697
Jiménez Dam
Ricardo
103120522
Jiménez Gómez
Abelardo
501451005
Jiménez Murillo
Fernando
106620046
Jiménez Sancho Rosa
María
107070594
Lemistre Pujol
Annie
800470793
Logan Arias Jorge
Manrique
110880816
López Montero
Patricia
105430090
López Vargas Mario
Alberto
105550190
Lorenzo Blanco
Purificación
106722332692
Madrigal Sandí
Inés
105260044
Madriz González
Johan
109000919
Martínez Castillo
Marbet
502980166
Mauricio Vásquez
Roxana
455115084
Mc.Calla Williams Lorena
Elionor
700660016
Meléndez Flores
Emilio
27002137780115776
Méndez Pérez
Henry
205320527
Monge Agüero Mercedes
M
104011497
Monge Figueroa Ana
Elissa
602940422
Montero Salazar
Guadalupe
104330903
Montoya Herrera
Angélica
108930436
Mora Aguilar Ana
Isabel
104270326
Mora Rodríguez Luis
Adrián
110240313
Mungía Castro
Cecilia
103280733
Murillo Solórzano Juan
Carlos
110160350
Murray Mackenzie
Sandra
104160478
Núñez Canales Ana
Lucrecia
503280796
Obando Suárez
Omar
600950294
Ortiz Ortiz María
S.
104011251
Parra Ramírez
Cinthia
108710887
Paruas Buitrago
Ramón
800810408
Picado Vargas María
Karina
107750453
Picón Espinoza Jorge
Arturo
503200474
Porras Méndez
Jhonny
204020692
Porras Zúñiga Carmen
María
203880182
Prendas Anchía
Albin
603230737
Quiel Reyes
Reiner
601510677
Ramos Torres Yeimer
Gerardo
112150340
Reina Parra Gloria
Beatriz
CC522778739
Retana Jiménez Carlos
Luis
105240869
Reynolds Vargas
Jenny
104080037
Rivas Bascón Marlidian
410173699000263
Rodríguez Bolaños Vinicio
Alberto
205130764
Rojas Barrantes
Adriana
108410695
Rojas González
Álvaro
603370926
Rojas Storck Gelsy
Yeny
45501748590002374
Rojas Zúñiga Max
Alfonso
107120025
Rosales Ruiz Verny
502310637
Sánchez Aguilar
Lizbeth
401310731
Sevilla Novoa
Marvin
106560660
Sibaja Torres Oliva
María
104181318
Solera Elizondo
Christian
109060757
Triana Cabrera
Dailin
315174704004777
Valdez Villegas
Anastacio
601440399
Valenzuela Vásquez
Guillermo
600630299
Varela Quesada María
Isolina
202761500
Vargas Alcázar
Gerardo
104090055
Vargas González
Xinia
105220311
Vilas Siri
Josefa
111072429
Villalobos Cruz Karen
Virieth
205550927
Villegas Ulate
Cristina
205950060
Víquez Mata Jose
Francisco
900290917
Zúñiga Blanco
Nidya
104090054
Lic. Yolanda Hernández Ramírez,
Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(40310).