EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE HACIENDA
Con
fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y
18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1)
y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración
Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y
sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de
enero de 2006 y sus reformas, la Ley N° 9514, Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2018 de 28 de
noviembre de 2017 y sus reformas, la Directriz 98H del 11 de enero del 2018 y
su reforma Directriz 26-H del 11 de octubre del 2018.
Considerando:
1º—Que
el inciso g) del artículo 5 de la Ley N° 8131, publicada en La Gaceta N°
198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, establece que el presupuesto debe
ser de conocimiento público por los medios electrónicos y físicos disponibles.
2º—Que el inciso b) del
artículo 45 de la citada Ley N° 8131, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar
las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo
artículo, según la reglamentación que se dicte para tal efecto.
3º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta N° 74 de 18 de
abril de 2006 y sus reformas, se establece la normativa técnica, referente a
las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus
dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.
4º—Que el artículo 61 del Decreto
Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN citado, autoriza para que, mediante decreto
ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de
partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de
presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se
tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa.
5º—Que se hace necesario
emitir el presente Decreto a los efectos de atender un conjunto de
modificaciones presupuestarias para las distintas instituciones del Gobierno de
la República, las cuales se requieren para cumplir con los objetivos y metas
establecidas en la Ley N° 9514 y sus reformas, publicada en los Alcances
Digitales Nº 301 A, 301 B, 301 C, 301 D, 301 E, 301 F, 301 G, 301 H, 301 I, 301
J, 301 K, 301 L, 301 M, 301 N, 301 O, 301 P, 301 Q y 301 R a La Gaceta
Nº 237 del 14 de diciembre del 2017.
6º—Que los órganos del
Gobierno de la República incluidos en el presente decreto,
han solicitado su confección, cumpliendo en todos los extremos con lo dispuesto
en la normativa técnica y legal vigente.
7º—Que según lo dispuesto
en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo N° 40540-H publicado en el Alcance
Digital N° 191 a La Gaceta N° 148 del 7 de agosto del 2017 y sus
reformas “No se realizarán modificaciones presupuestarias en el Presupuesto
Nacional, vía decreto ejecutivo, que impliquen nuevas erogaciones o nuevos
gastos”. No obstante, los ajustes incluidos en el presente decreto conforme a
las justificaciones remitidas por las instituciones del Gobierno de la
República aquí incluidas obedecen a recursos para la atención de obligaciones
que deben ser cumplidas.
8º—Que dentro de las
medidas de contención de gasto vigentes, el artículo 1 de la Directriz 98-H
publicada en el Alcance 17 a La Gaceta N° 15 del 26 de enero del 2018 y
sus reformas, contempla una restricción en el uso de los remanentes que se
produzcan en las diferentes subpartidas de la partida 0 Remuneraciones, para
incrementar otras partidas presupuestarias, con excepción de las subpartidas
6.01.03 Transferencias corrientes a instituciones descentralizadas no
empresariales (contribuciones estatales), 7.01.03 Transferencias de capital a
instituciones descentralizadas no empresariales (contribuciones estatales, para
el caso de los programas de inversión), 6.03.01 Prestaciones Legales y 6.03.99
Otras prestaciones para el pago de subsidios por incapacidad.
9º—Que
para el caso de la Dirección General de Migración y Extranjería, la más
reciente reforma sufrida por la Directriz 98-H de repetida cita expresamente
dispone que dicha institución está exceptuada de aplicar lo normado en el
artículo 1, siendo que para motivar dicha excepción, en la Directriz 26-H
publicada en el Alcance 186 a La Gaceta N° 191 del 17 de octubre del
2018, se consideró lo siguiente: “…VI. Que la Dirección General de Migración y
Extranjería requiere realizar modificaciones presupuestarias para cubrir los
pagos correspondientes a dietas, Aporte Patronal a la Asociación de Empleados
(ASEMIGRA), Quinquenio, Tiempo Extraordinario y Contribución Estatal al Seguro
de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social, a efectos de no generar
graves perjuicios ante la falta de fondos para dichos rubros. Lo anterior,
tomando en cuenta que existe suficiente contenido presupuestario en la
subpartida Disponibilidad Laboral, (Coletilla 94) y Otros Incentivos
Salariales, Riesgo Policial (Coletilla 89); para realizar los traslados
presupuestarios respectivos.”
10.—Que
conforme a lo expuesto, en los dos Considerandos que anteceden, para el caso de
la Dirección de Migración y Extranjería, la presente modificación
presupuestaria se ajusta a lo establecido en la Directriz N° 98-H y sus
reformas.
11.—Que a los efectos de
evitar la innecesaria onerosidad que representa el gasto de la publicación
total de este Decreto de modificación presupuestaria para la entidad
involucrada, habida cuenta de que las tecnologías de información disponibles en
la actualidad permiten su adecuada accesibilidad sin perjuicio de los
principios de transparencia y publicidad; su detalle se publicará en la página
electrónica del Ministerio de Hacienda, concretamente en el vínculo de la
Dirección General de Presupuesto Nacional, y su versión original impresa, se
custodiará en los archivos de dicha Dirección General. Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Modifícanse los artículos 2º y 3° de la Ley N° 9514, Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2018
y sus reformas, publicada en los Alcances Digitales Nº 301 A, 301 B, 301 C, 301
D, 301 E, 301 F, 301 G, 301 H, 301 I, 301 J, 301 K, 301 L, 301 M, 301 N, 301 O,
301 P, 301 Q y 301 R a La Gaceta Nº 237 del 14 de diciembre del 2017,
con el fin de realizar el traslado de partidas en la instituciones del Gobierno
de la República aquí incluidas.
Artículo 2º—La
modificación indicada en el artículo anterior por un monto de veintidós mil
setecientos cuatro millones ciento sesenta y cuatro mil cincuenta y siete
colones sin céntimos (¢22.704.164.057,00) y su desglose en los niveles de programa/subprograma,
partida y subpartida presupuestaria estará disponible en la página electrónica
del Ministerio Hacienda en la siguiente dirección:
http://www.hacienda.go.cr/contenido/12485-modificaciones-presupuestarias, y en
forma impresa, en los archivos que se custodian en la Dirección General de
Presupuesto Nacional.
Las rebajas en este
Decreto se muestran como sigue:
Para ver las imágenes solo en La
Gaceta en formato PDF
Artículo
3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en la Presidencia de
la República, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Hacienda, Rocío
Aguilar M.—1 vez.—O. C. N° 28016.—Solicitud N° 133412.—( D41409 - IN2018295104
).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Y LA MINISTRA DE LA CONDICIÓN
DE LA MUJER
En uso de las facultades que les confieren los
artículos 140, incisos 18) y 20) y 146 de la Constitución Política, artículos
27, 28, de la Ley General de Administración Pública, N° 6227 del 02 de mayo de
1978, artículo 21 de la Ley contra la Violencia Doméstica, N° 7586 de 10 de
abril de 1996 publicada en La Gaceta N° 83 del 2 de mayo de 1996 y sus
reformas Ley N° 8925 de 03 de febrero de 2011, publicada en La Gaceta N°
43 del 02 de marzo de 2011, Ley N° 6968 del 02 de octubre de 1984 publicada en La
Gaceta N° 8 del 11 de enero de 1985, mediante la cual se aprueba la
Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la
Mujer, Ley N°7499 del 02 de mayo de 1995 publicada en La Gaceta N° 123
del 28 de junio de 1995 mediante la cual se aprueba la Convención
Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la
mujer, conocida como “Convención Belem Do Pará” y el Decreto Ejecutivo N° 25645
del 22 de noviembre de 1996; y,
Considerando:
I.—Que el Estado costarricense reconoce que la violencia contra las
mujeres en todas sus manifestaciones, constituyen graves violaciones a los
derechos humanos.
II.—Que el
Instituto Nacional de las Mujeres es el ente Rector del Sistema Nacional para
la Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres y la Violencia
Intrafamiliar, el cual reconoce entre los sectores más afectados a las mujeres
en las diferentes etapas del ciclo de vida.
III.—Que
Costa Rica ratificó la Convención de Naciones Unidas sobre la Eliminación de
Todas las formas de Discriminación contra la Mujer, mediante Ley Nº 6968 de 02
de octubre de 1984.
IV.—Que en
el año 1995 mediante Ley Nº 7499 el Estado costarricense ratifica la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la
Mujer.
V.—Que con cada uno de esos instrumentos jurídicos Costa Rica adquiere
importantes e ineludibles compromisos internacionales.
VI.—Que
desde el año 1996 Costa Rica se sumó a la iniciativa tomada en el Primer
Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe (1981) de conmemorar el 25 de
noviembre el día Nacional e Internacional de la No Violencia contra las Mujeres.
VII.—Que en
atención a los compromisos adquiridos el Estado Costarricense promulgó el
Decreto Ejecutivo Nº 25645 del 22 de noviembre de 1996 que declara el 25 de
noviembre como Día Nacional de la No Violencia Contra las Mujeres.
VIII.—Que
el Estado Costarricense firmó el Decreto Nº 41240-MP-MCM sobre interés
prioritario a la situación actual de la violencia contra las mujeres y la
Directriz Nº 018-MP-MCM sobre priorización de acciones para la intervención, la
atención y la prevención de la violencia contra las mujeres;
IX.—Que, en
aras de darle mayor legitimidad y participación a los diversos sectores de la
sociedad nacional en la conmemoración de esta fecha, es de importancia para el
Estado declarar de interés público las actividades para conmemorar el Día
Nacional e Internacional de la No Violencia Contra las Mujeres. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO
DE LAS
ACTIVIDADES PARA CONMEMORAR EL
DÍA
NACIONAL E INTERNACIONAL DE LA
NO
VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
Artículo 1º—Declárase de Interés Público las actividades para
conmemorar el día 25 de noviembre como el Día Nacional e Internacional de la No
Violencia Contra las Mujeres, dichas actividades se llevarán a cabo el día 23
de noviembre del 2018.
Artículo
2º—Se concede autorización a todas las personas funcionarias de la
Administración Central, para que participen el día 23 de noviembre de 2018 a
partir de las ocho horas y treinta minutos y hasta las trece horas en las
actividades de conmemoración del Día Nacional e Internacional de la No
Violencia contra las Mujeres. Lo anterior, sin detrimento de la continuidad en
la prestación de servicios.
Artículo
3º—Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado dentro del marco
legal respectivo, podrán contribuir con recursos, en la medida de sus
posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para
la exitosa realización de las actividades de conmemoración de ese día.
Artículo
4º—La autorización para participar en las actividades se podrá extender hasta
las 16:00 horas, en el caso de las personas funcionarias que deban trasladarse
por más de 60 kilómetros desde sus lugares de trabajo al centro de San José,
donde se realizarán actividades conmemorativas.
Artículo
5º—Se insta a las instituciones autónomas y descentralizadas del Sector
Público, instituciones del Sistema Bancario Nacional y empresas constituidas
como sociedades anónimas cuyo capital accionario pertenece al estado, para que
participen en las actividades que se realicen.
Artículo 6º—Vigencia. Rige para el día 23 de noviembre de 2018.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los 31 días del mes de octubre del dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de la
Presidencia, Rodolfo Piza Rocafort.—La Ministra de la Condición de la Mujer,
Patricia Mora Castellanos.—1 vez.—O. C. N° 01907.—Solicitud N° 006-2018.—(
D41410 - IN2018295145 ).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
En uso de las facultades y atribuciones que les confiere los numerales
140 inciso 3), 8) y 146 de la Constitución Política, así como los artículos 25
inciso 1), 27 inciso 1), 28 acápite 1 y 2 inciso b) de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 de 02 de mayo de 1978, Ley de Pesca y
Acuicultura, Ley 8436 del 1 de marzo de 2005; y
Considerando:
1º—Que la
Ley 8436 del 01 de marzo de 2005, Ley de Pesca y Acuicultura, establece en su
artículo 5 que se declara “[…] de utilidad pública e interés social, la
actividad pesquera y se declaran de interés nacional el fomento y desarrollo de
esa actividad y de la industria afín”.
2º—Que la
citada Ley reconoce en sus artículos 2 (incisos 26 y 27) y 43 y en su Reglamento,
la importancia de la pesca artesanal y la pesca comercial de pequeña escala
como un sub-sector productivo de la pesca nacional.
3º—Que el 07 de agosto de 2015, mediante Decreto Ejecutivo 39195
MAG-MINAE-MTSS, el Gobierno de la República incorporó a su ordenamiento
jurídico las Directrices voluntarias para lograr la sostenibilidad de la
pesca en pequeña escala en el contexto de la seguridad alimentaria y la
erradicación de la pobreza de la FAO, mediante las cuales el Estado acoge
la obligación de tomar medidas que contribuyan a solventar las problemáticas
del sector de pesca artesanal o de pequeña escala, como fomentar actividades
que supongan aportes en esta dirección y buscar el desarrollo sostenible
democrático, la erradicación de la pobreza, la seguridad alimentaria y la
gobernanza compartida en relación con este sector de la pesca.
4º—Que las Directrices
voluntarias para lograr la sostenibilidad de la pesca en pequeña escala en el
contexto de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza de la
FAO, señalan el importante papel que juegan las pesquerías artesanales o de
pequeña escala en las economías locales de las zonas costeras, el empleo de las
mujeres, la alimentación mundial, las cadenas de valor, los medios de vida de
comunidades enteras, modos de vida tradicionales, la preservación de
conocimiento tradicional, entre otros elementos.
5º—Que
actualmente se tramita en la Asamblea Legislativa el proyecto de Ley 20.750, “Ley
general para la sostenibilidad del sector de pesca artesanal de pequeña escala”,
en el contexto de la seguridad alimentaria, la erradicación de la pobreza y la
gobernanza compartida, el cual busca elevar a rango de Ley las disposiciones
contenidas en las Directrices voluntarias de la FAO.
6º—Que los días 13, 14, 15 y 16 de noviembre de 2018 la Red de Áreas
Marinas de Pesca Responsable, CoopeSoliDar R.L con el apoyo financiero de FAO y
Fauna & Flora International realizarán el “1er Congreso Nacional de
Pesca Artesanal de Pequeña Escala” en la provincia de Puntarenas. Que las
actividades que se realizarán durante esta actividad,
se consideran de importancia para el país en materia de desarrollo sostenible
democrático, erradicación de la pobreza, la seguridad alimentaria y la
gobernanza compartida.
7º—Que en virtud de las anteriores consideraciones, resulta de
suma relevancia nacional declarar de interés público la celebración del “1er
Congreso Nacional de Pesca Artesanal de Pequeña Escala”, organizado por la
Red de Áreas Marinas de Pesca Responsable, CoopeSoliDar R.L con el apoyo
financiero de FAO y Fauna & Flora International, con la finalidad de que
esta actividad académica reciba la atención y apoyo necesario para su óptimo
desarrollo. Por tanto,
Decretan
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO DEL
“1er CONGRESO NACIONAL DE PESCA
ARTESANAL DE PEQUEÑA ESCALA”
Artículo 1º—Declaratoria: Se declara de interés público, la actividad
académica conocida como “1er Congreso Nacional de Pesca Artesanal de Pequeña
Escala”, organizado por la Red de Áreas Marinas de Pesca Responsable,
CoopeSoliDar R.L con el apoyo financiero de FAO y Fauna & Flora
International, a realizarse los días 13, 14, 15 y 16 de noviembre de 2018, en
la Provincia de Puntarenas.
Artículo
2º—Las dependencias del sector público y el sector privado, dentro del marco
legal respectivo, podrán contribuir con recursos humanos, materiales y
económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento
de sus propios objetivos, para la exitosa realización de la actividad indicada.
Artículo
3º—Rige a partir de la publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de
noviembre del dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de la
Presidencia, Rodolfo Piza Rocafort.—El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Renato Alvarado Rivera.—1 vez.—( D41430- IN2018294586 ).
El Ministerio de Ambiente y Energía, convoca a la asamblea para que
las organizaciones locales activas
debidamente inscritas en la subregión Aguirre-Parrita, del Área de Conservación
Pacífico Central del Sistema Nacional de Áreas de Conservación designen sus
representantes para integrar la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional
Playas de Manuel Antonio, según lo establecido en la Ley 8133 promulgada en La
Gaceta del martes nueve de octubre del dos mil uno, y su Reglamente según
Decreto Ejecutivo Nº 37838- MINAE publicado en La Gaceta Nº 170 del 05
de setiembre del 2013.
Las
organizaciones deben nombrar a los representantes propietario y suplente que
participarán en la Asamblea.
En dicha
Asamblea se designarán por votación simple a dos miembros propietarios y sus
suplentes para integrar la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional
Playas de Manuel Antonio (en adelante La Junta) por un término de dos años
correspondientes al periodo 2019-2021.
La Asamblea
se efectuará el 07 de diciembre del 2018, en el salón de la Asociación de
Desarrollo Integral de Quepos, a partir de la 1.00 p.m.
Requisitos de participación:
El día de
la elección y para efectos de acreditación, los representantes de las
organizaciones, sin distinción alguna, deberán presentarse con los siguientes
documentos:
1. Acreditación por escrito
emitida por el represente legal de la organización, indicando nombre completo
de los postulantes; número de cédula de identidad, calidades, profesión, cargo
que ocupa dentro de la organización, teléfono, correo electrónico, fax u otro
para su localización. Se debe indicar que los postulantes son miembros activos
de la organización participante, teniendo un vínculo funcional sea como
funcionario activo o como integrante de su Junta Directiva, Comité u órgano
supremo.
2. Acuerdo
original de la Junta Directiva de la organización que representan, en que se
demuestre la designación como representante de ésta para participar de la
Asamblea, la disposición para postularse y, en caso de ser electo, de formar
parte de La Junta.
3. Aportar
copia de la cédula de identidad de los postulantes.
4. Certificación
o copia certificada de la personería jurídica vigente de la organización local.
5. Certificación
o copia certificada de la cédula jurídica de la organización local
6. Copia
de la cédula de identidad vigente del representante legal de la organización.
Las acreditaciones se estarán recibiendo por el representante del
MINAE designado en el mismo sitio donde se realizará la asamblea a partir de la
12.15 p. m. y hasta la 1.00 p. m. hora de inicio de la elección, cumpliéndose
con el trámite de acreditación se procederá con la elección de los dos miembros
propietarios y sus respectivos suplentes.
Para
aclarar dudas con respecto a esta elección los interesados podrán comunicarse
con el Lic. Francisco Jiménez Quirós, al teléfono 2416-7068 ext. 125, correo
electrónico francisco.jimenez@sinac.go.cr.
Responsable designado: Fernando Bermúdez Acuña.
M.Sc Carlos Manuel Rodríguez, Ministro del
Ambiente y Energía.—1 vez.—O.C. N°
3400035298.—Solicitud N° 042.—( IN2018295169 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
Establece el “Símbolo de Sanidad” para aquellos operadores que han
demostrado apego a la normativa de inocuidad y gestión ambiental
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
DIRECCIÓN GENERAL
DIRECTRIZ SENASA-DG-D002-2018
Considerando:
I.—Que el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), conforme a lo
dispuesto por la Ley Nº 8495 del 06 de abril del 2006, es un órgano de
desconcentración mínima del Ministerio de Agricultura y Ganadería y tiene
dentro de sus competencias administrar, planificar, dirigir y tomar medidas
pertinentes en todo el país para cumplir con sus servicios, programas y
campañas en materias de prevención, control y erradicación de plagas y
enfermedades de los animales; controlar y garantizar la salud de los animales
domésticos, acuáticos, silvestres u otros de las diferentes especies, así como
la inocuidad de los productos, subproductos y derivados para consumo humano o
animal.
II.—Que
conforme a lo determinado en la referida Ley Nº 8495 antes citada, corresponde
al SENASA, garantizar la sanidad e inocuidad de los procesos de los productos y
subproductos de origen animal destinados al consumo humano o animal, así como
establecer los mecanismos de control que aseguren el cumplimiento de la
diferente normativa en esta materia y aquella relacionada, que haya sido
dictada por otras autoridades competentes.
III.—Que el
SENASA, en representación del Estado Costarricense, debe favorecer y fortalecer
a aquellos actores productivos que demuestren, no solamente cumplir con la
diferente normativa sanitaria, sino además con los requisitos adicionales y por
ello abastezcan al mercado con productos inocuos.
IV.—Que el
SENASA, ha desarrollado una capacidad institucional a nivel nacional, que le
permiten ejercer acciones de corrección y verificación en el mercado de los
productos y subproductos de origen animal.
V.—Que el
artículo 61 de la Ley Nº 8495 antes citada, establece la posibilidad que tiene
el SENASA de crear un programa voluntario para otorgar reconocimientos de
carácter público a aquellos operadores del sistema que han demostrado apego a la
normativa de inocuidad, gestión ambiental, así como interés de buscar una
mejora continua y por ello merecedores de dicha distinción, que permitirá que
el consumidor o la comunidad en general pueda diferenciar los productos así
manufacturados, con lo que a su vez se logrará incentivar para que la mayor
cantidad de actores productivos adopten procesos de respeto a las normas
emitidas y de mejora continua, hasta alcanzar los estándares que dicho
reconocimiento pretendería establecer.
VI.—Que
mediante Directriz SENASA-DG-D006-2012 del 6 de agosto del 2012 se estableció
el “Símbolo de Sanidad”, como instrumento para propiciar el reconocimiento por
parte de esta Autoridad Sanitaria, de aquellos actores involucrados en las
etapas de producción, industrialización y comercialización que se encuentran
comprometidos con el cumplimiento de la normativa general emitida en materia de
sanidad, gestión ambiental y con procesos de mejora continua y por ello
abasteciendo al mercado con productos, subproductos y derivados de origen
animal, dignos de ser diferenciados frente al consumidor.
VII.—Que la citada Directriz igualmente estableció los requisitos y
procedimientos para que aquellos actores productivos interesados en obtener ese
reconocimiento pudieran optar por el mismo.
VIII.—Que
para efectos de administrar ese Símbolo de Sanidad y los procesos inherentes al
mismo de coordinación y control la Dirección General ha determinado que los
diferentes programas o Direcciones Nacionales que tutelan la tipología por
actividad del establecimiento solicitante sean los encargados de recomendar a
esta su otorgamiento y girar las acciones de control y seguimiento.
IX.—Que se
ha sometido a revisión dicho Símbolo y se ha considerado importante delimitar
el alcance del mismo y de las actividades que, a la
fecha, cuentan con requisitos concretos y con establecimientos que utilizan ese
distintivo, en el ánimo de fortalecer las acciones de seguimiento y control,
para con ello lograr el objetivo principal de distinguir a los establecimientos
y actividades que representan un plus adicional en su actividad. Y conforme sea
solicitado por nuevos establecimientos con actividades no incluidas, ponderar
su oportunidad y conveniencia, a fin de establecer requisitos especiales, si
fuera necesario; y para lo cual se realizarán las comunicaciones pertinentes.
X.—Que por
todo lo anterior resulta necesario derogar la Directriz SENASA-DG-D006-2012 y
sus reformas; las resoluciones DG-R020-2015 y DG-R062-2016, a los efectos de
consolidar en un solo documento los requisitos para otorgar el reconocimiento
del “Símbolo de Sanidad”. Por tanto,
EL DIRECTOR GENERAL
DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERIA
Emite la siguiente Directriz:
Artículo 1º—Se establece el “Símbolo de Sanidad”, como instrumento
para propiciar el reconocimiento por parte de esta Autoridad, a aquellos
establecimientos que crían y desarrollen animales o que procesen,
industrialicen y comercialicen productos, subproductos y derivados de origen
animal producidos en Costa Rica que se encuentran comprometidos con el
cumplimiento de la normativa general emitida en materia de sanidad, gestión
ambiental y con procesos de mejora continua y que sean dignos de ser
diferenciados frente al consumidor.
Artículo
2º—Definiciones.
Buenas prácticas de manufactura: condiciones de infraestructura y procedimientos establecidos para
todos los procesos de producción y control de alimentos, bebidas y productos
afines, con el objeto de garantizar la calidad e inocuidad de dichos productos
según normas aceptadas internacionalmente.
Certificado Veterinario de Operación (CVO): Certificado que emite el SENASA, mediante el cual se hará constar la
autorización, a fin de que el establecimiento se dedique a una o varias
actividades de las enumeradas en el artículo 56 de la Ley SENASA, Nº 8495.
Derivados de origen animal: Productos comestibles elaborados mediante tratamientos tecnológicos
que modifican los caracteres organolépticos y composición, a partir de
productos o subproductos de origen animal autorizados.
Inocuidad de alimentos: Garantía de que el alimento es apto para el consumo humano, de
acuerdo con el uso al que se destina.
Productos de origen animal: Los productos de origen animal se denominarán, según su procedencia:
1) Productos ganaderos: cuando
procedan de animales mamíferos domésticos.
1.1 Carne:
parte muscular comestible de los animales de matanza sacrificados y procesados
en un matadero autorizado, se incluyen porciones de grasas, hueso, cartílago,
piel, tendones, aponeurosis, nervios, vasos sanguíneos y linfáticos, que
normalmente acompañan al tejido muscular y que no son separados de este durante
el procesamiento. Se incluye en esta categoría la carne picada o molida.
1.2 Leche:
secreción mamaria normal de animales lecheros obtenida mediante uno o más
ordeños sin ningún tipo de adición, destinada al consumo en forma de leche
líquida o a elaboración ulterior.
2) Productos
avícolas: cuando procedan de las aves domésticas.
2.1 Carne:
parte muscular comestible de los animales de matanza sacrificados y procesados
en un matadero autorizado, se incluyen porciones de grasas, hueso, cartílago,
piel, tendones, aponeurosis, nervios, vasos sanguíneos y linfáticos, que
normalmente acompañan al tejido muscular y que no son separados de este durante
el procesamiento. Se incluye en esta categoría la carne picada o molida.
2.2 Huevos
3) Productos
de la pesca: Los pescados, crustáceos, moluscos, batracios, reptiles y
mamíferos de especies comestibles ya sea de agua dulce o salada incluyendo la
acuicultura, destinados al consumo humano.
4) Productos
apícolas: miel de abeja.
Programa de prerrequisito:
Condiciones y actividades básicas que son necesarias para mantener a lo largo
de toda cadena alimentaria un ambiente higiénico apropiado para la producción,
manipulación y provisión de productos finales inocuos y alimentos inocuos para
el consumo humano.
Símbolo de Sanidad: Reconocimiento otorgado por el SENASA a los establecimientos que
críen y desarrollen animales o que procesen, industrialicen o comercialicen
productos, subproductos y derivados de origen animal producidos en Costa Rica
para consumo humano o animal y que se representará con una figura distintiva.
Sistema de Análisis de Peligros y Puntos
Críticos de Control (HACCP): Un sistema que permite
identificar, evaluar y controlar peligros significativos para la inocuidad de
los alimentos
Subproductos de origen animal: Se entiende por subproducto de origen animal aquel que procede de
animales o parte de ellos y que no está comprendido en la definición de
producto de origen animal.
Los subproductos se dividen en comestibles,
tales como grasa, albúmina de sangre, hígado, corazón, bazo, riñón entre otros
aprobados por la autoridad competente y en no comestibles como sebo, cuero,
pluma, alimento para consumo de los animales, hueso entre otros.
Artículo 3º—Abreviaturas y/o siglas
3.1. SENASA: Servicio
Nacional de Salud Animal.
3.2. DIPOA: Dirección de Inocuidad de
Productos de Origen Animal.
3.3. SIREA:
Registro de establecimientos agropecuarios
Artículo 4º—Requisitos para el otorgamiento del Símbolo de Sanidad
Los
establecimientos que de forma voluntaria deseen obtener el Símbolo de Sanidad
deberán cumplir con la regulación aplicable dependiendo de la o las actividades
a las que se dediquen. Adicionalmente deben cumplir con los requisitos
específicos que a continuación se detallan:
1. Los establecimientos
dedicados al sacrificio y procesamiento de alimentos de origen animal para
consumo humano, deberán cumplir:
a) Contar con CVO y su
respectivo registro anual actualizado en el Registro de Establecimientos
Agropecuarios (SIREA).
b) Demostrar
que las materias primas de origen animal provienen de establecimientos
aprobados por SENASA.
c) Tener
implementado los programas prerrequisitos y contar con procedimientos de
trazabilidad y retiro de producto del mercado.
d) Tener
implementado el Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control
(HACCP).
e) Demostrar
un compromiso en la implementación pronta y efectiva de las acciones
correctivas, para solventar las no conformidades.
f) Contar
y cumplir con el cronograma de análisis laboratoriales (microbiología,
toxicología, pureza, entre otros) establecidos por el SENASA, así como contar y
cumplir con el cronograma interno de análisis definido por el establecimiento y
demostrar el manejo efectivo de los resultados violatorios que se obtengan.
g) Realizar
el pago de la tarifa anual establecida en el Decreto N° 27763-MAG del 10 de
marzo de 1999 y sus reformas.
h) Demostrar
que el producto fue producido en Costa Rica, y en el caso de aquellos que se
elaboran con materias primas importadas, demostrar que el producto final cumple
con los requisitos para ser considerado nacional.
i) Independientemente de la regulación aplicable, la información de etiquetado debe contemplar como mínimo: 1) Establecimiento
elaborador, 2) Distribuidor (en caso de ser diferente al elaborador), 3) Nombre
del producto/corte/especie, 4) Identificación del lote, 5) fecha de
vencimiento. Para los derivados cárnicos además de la información anterior debe
incluir: lista de ingredientes, condiciones de conservación y modo de consumo
j) Para
aquellos establecimientos en los que la normativa contemple la regencia
veterinaria, es requisito para optar por el Símbolo de Sanidad, que dicho
médico veterinario sea oficial u oficializado.
k) En
los establecimientos de procesamiento de miel (extracción y/o envasado), se
debe demostrar la pureza de la miel mediante análisis de laboratorio y los
proveedores deben cumplir con los requisitos establecidos por el Programa
Nacional de Apicultura. Los establecimientos que se dediquen exclusivamente al
procesamiento de miel de abeja pura costarricense, no
podrán procesar en las mismas instalaciones jarabes, siropes o sucedáneos.
l) Para
los establecimientos de procesamiento (envasado) de huevo de mesa, los
proveedores de huevo deben cumplir con los requisitos establecidos por el
Programa Nacional de Salud Aviar.
m) En el caso de los productos lácteos, los proveedores de leche deben
demostrar que la leche proviene de hatos bajo monitoreo y un programa de
saneamiento. Adicionalmente, en los establecimientos dedicados a la elaboración
de productos lácteos, la leche debe someterse a un tratamiento térmico para la
reducción de patógenos (pasteurización).
2. Los apiarios sujetos a
supervisión por parte del Programa Nacional de Apicultura deberán cumplir:
a) Contar con CVO y su
respectivo registro anual actualizado en el Registro de Establecimientos
Agropecuarios (SIREA), así como haber operado con un mínimo de dieciocho meses
y haber demostrado durante ese periodo de operación, un historial sanitario de
obediencia, compromiso y pronta corrección de las no conformidades que se le
hubieran detectado durante las inspecciones que la Autoridad Sanitaria hubiese
realizado durante el funcionamiento del establecimiento.
b) Aplicar un procedimiento que permita rastrear el origen, ubicación
y destino, mínimo un paso antes y uno después, para las reinas, abejas,
colmenas. Para estos efectos deberá llevar un registro de proveedores y
compradores y de las facturas, que documenten las transacciones producidas, en
especial de miel de abeja producida.
Los proveedores de
materia prima que abastezcan a los apiarios a quienes se les haya otorgado el
Símbolo de Sanidad, deberán contar igualmente con dicho reconocimiento a los
efectos de asegurar el nivel del producto a procesar. El SENASA otorgará a los
apiarios un plazo de un año calendario a fin de que sus proveedores se ajusten
a las disposiciones del presente inciso, el cual correrá a partir de la fecha
en que se le sea reconocido el Símbolo de Sanidad.
c) Tener
implementado un Manual de Buenas Practicas Pecuarias Apícolas que
necesariamente debe contener medidas de bioseguridad y un plan de capacitación
en buenas prácticas de producción propio para el personal que labora en el
establecimiento.
d) Cumplir
con el Plan de Vigilancia Epidemiológica Oficial y el cronograma de muestreo,
según lo establecen los protocolos y control del Programa Nacional de Sanidad
Apícola, para las reinas y la producción de miel.
e) Contar
con un programa de introducción y protección de abejas nativas.
f) Además,
deben contar con registros de:
• Resultados de laboratorio de
los muestreos oficiales de abejas y miel, copias de denuncias y de atención de
no conformidades.
• Medicamentos
veterinarios utilizados en la producción, que demuestren un uso adecuado de los
mismos y el cumplimiento exacto de los períodos de retiro cunado éstos estén
indicados.
Artículo 5º—Además de lo anterior el SENASA por medio de anexos a esta
directriz, podrá establecer requisitos específicos para cada una de las
actividades sujetas a supervisión por parte de las dependencias del SENASA,
dichos requisitos deben estar fundamentados en ciencia, técnica y obedecer a un
criterio de objetividad.
Artículo
6º—La Dirección General del SENASA, mediante resolución administrativa
razonada, otorgará el correspondiente Símbolo de Sanidad.
Artículo
7º—Una vez otorgado el símbolo a un establecimiento, este podrá utilizarlo en
las rótulos, banner, fundas, empaques o cajas de los productos y subproductos
de origen animal por ellos producidos.
Artículo 8º—El SENASA a través de las diferentes dependencias
mantendrá las acciones de auditoría necesarias para garantizar el mantenimiento
de las condiciones con base en las cuales se otorgó el reconocimiento indicado.
Artículo
9º—EL SENASA suspenderá el reconocimiento al Símbolo de Sanidad cuando el
establecimiento incurra en el incumplimiento de las disposiciones emitidas por
el SENASA.
En esos
casos, y habiéndose suspendido al establecimiento el reconocimiento, este
deberá tomar las acciones necesarias para que en un término no mayor a seis
meses calendario, descontinué el uso de la figura distintiva del Símbolo de
Sanidad en sus fundas, empaques o cajas.
Aquellos
establecimientos que sin derecho alguno utilizar en el “Símbolo de Sanidad”
serán sometidos a sanciones de acuerdo a lo
establecido en la Ley Nº 8495.
Artículo 10.—El símbolo oficial autorizado tendrá el siguiente
diseño:
Para ver la imagen solo en La
Gaceta en formato PDF
Artículo 11.—Deróguese la Directriz SENASA-DG-D006-2012 del 06 de agosto de 2012 y sus reformas; las resoluciones
DG-R020-2015 del 14 de mayo de 20158 y la DG-R062-2016 del 16 de setiembre de
2016.
Artículo 12.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese igualmente en
la página Web del SENASA.
Transitorios
Transitorio
I.—A todos aquellos establecimientos que
cuenten con Símbolo de Sanidad y no cuenten con Sistema de Análisis de Peligros
y Puntos Críticos de Control (HACCP), se les dará un plazo de seis meses para
su implementación, pudiendo prorrogarse dicho plazo a solicitud de parte
debidamente justificada.
Transitorio
II.—Que las solicitudes de establecimientos, que no tengan requisitos
establecidos en la presente Directriz, deberán ser analizadas por el Programa o
Dirección Nacional, según sea la actividad específica y resolverse en relación
a si dicha actividad se incluye como una de las sujetas a otorgamiento del
Símbolo de Sanidad, lo anterior en un plazo no mayor a un mes calendario, mediante
resolución razonada emitida por dicha dependencia.
Dada en Barreal de Ulloa, a los 31 días del mes de julio del año
2018.—Federico Chaverri Suarez, Director General.—1
vez.—O.C. N° 001-2018.—Solicitud N° 130390.—( IN2018286678 ).
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS
VETERINARIOS
EDICTOS
El (la) doctor(a) Laura González Picado, con
número de cédula 3-0421-0381, vecino (a) de Cartago, en Calidad de Regente
Veterinario de la Compañía Droguería Alcames Laboratorios Químicos de
Centroamérica S. A., Costa Rica, con domicilio en San José, Solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario o producto afín del grupo 3:
Clotrimazol, Betametasona, Gentamicina y Óxido de Zinc Fabricado por: Alcames
Laboratorios Químicos de Centroamérica S. A., Costa Rica, con los siguientes
principios activos: Cada Kg contiene: Clotrimazol 10 g, betametasona valerato
0.6098 g, gentamicina base 1.83 g, óxido de zinc 50 g y las siguientes
indicaciones terapéuticas: Para uso en dermatitis, neurodermatitis, acné-
seborreico, prurito y tiñas. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8 horas del día 7
de setiembre del 2018.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(
IN2018286540 ).
La doctora Nilda Valverde Bermúdez con número de cédula 1-626-764,
vecina de Alajuela en calidad de regente veterinario de la compañía Oficina
Tramitadora de Registros Doctora Nilda Valverde Bermúdez, con domicilio en
Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario o producto
afín del grupo 4: Calgodip Green fabricado por Laboratorios Calvatis GmbH,
Alemania con los siguientes principios activos: Contiene: Digluconato de
clorhexidina < 1 %, tensoactivos noiónicos < 1 %, agua c.s.p. 100 % y las
siguientes indicaciones Para desinfección del pezón luego del ordeño en ganado
lechero. Con base en el Decreto Ejecutivo N°
28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se
cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta
Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 10 horas del día 5 de octubre del 2018.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de
Registro.—1 vez.—( IN2018286580 ).
El
doctor Mauricio Caicedo Mafia número de pasaporte 94492432, vecino de Alajuela
en calidad de representante legal de la compañía Droguería 3101462762 S.A. con
domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario o producto afín del grupo 3: Carfenicol CG 20 % fabricado por
Laboratorios Vallecilla B y Vallecilla M y CIA S.C.A Carval de Colombia, con
los siguientes principios activos: Cada 1009 contiene: Florfenicol 20 g y las
siguientes indicaciones terapéuticas: En aves como tratamiento en infecciones
por E coli, Pasteurella multocida, Avibacterium paragallinarum. En cerdos para
el control de infecciones causadas por Actinobacillus pleuropneumoniae,
Actinomyces pyogenes, Bordetella bronchiseptica, E coli, Staphylococcus aureus
y Steptococos suis. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento
de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del
término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 12 horas del día
26 de abril del 2018.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora
Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2018286617 ).
El doctor José Miguel Amaya, número de cédula
79421093, vecino de San José en calidad de regente veterinario de la compañía
Droguería Agrocentroamérica S.A., con domicilio en San José, solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario o producto afín del grupo a 3:
Vigobest AE Oral fabricado por Laboratorio Veterland Ltda. para Laboratorios
Callbest Ltda. de Colombia con los siguientes principios activos: Cada ml
contiene: Vitamina A propionato 25500 Ul, vitamina E 15 Ul y las siguientes
indicadores terapéuticas: Tratamiento de la deficiencia de vitamina A y E. Con
base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan 1 valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 10:00 horas del día 01 de octubre del 2018.—Dr. Luis Zamora Chaverri,
Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2018286677 ).
El (la) doctor(a) Nelly Ruíz Rúales cédula
8-0091-0532, vecino(a) de Heredia en calidad de regente veterinario de la
compañía Droguería Agrocampo S.A., con domicilio en Heredia, solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario o producto afín del grupo 3:
FIBAND fabricado por Laboratorios Microsules Uruguay S.A. para Cherry S.A.,
Uruguay con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Fipronil
0.9 g, abamectina 0.5 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Endectocida
pour on en bovinos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento
de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del
terminó de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10 horas del día 1
de octubre del 2018.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(
IN2018286770 ).
La doctora Nelly Ruíz Rúales, cédula
8-0091-0532, vecina de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía
Droguería Agrocampo S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario o producto afín de grupo 3: Restaderm
fabricado por Laboratorios Coaspharma S.A.S., Colombia con los siguientes
principios activos: Cada ml contiene: Gentamicina (sulfato) 3 mg, dexametasona
fosfato 0.5 mg, Ketoconazol 10 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas:
Para el tratamiento tópico de dermatitis cutánea causadas por hongos o
bacterias y que cursen con inflamación. Con base en el Decreto Ejecutivo N°
28861-MG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios” Se
cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta
Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 12:00 horas del día 05 de octubre del 2018.—Dr. Luis Zamora Chaverri,
Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2018286771
).
La doctora Nelly Ruíz Rúales, cédula
8-0091-0532, vecina de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía
Droguería Agrocampo S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario o producto afín del grupo 3: ENERVIT
fabricado por Laboratorios Coaspharma S.A.S., Colombia con los siguientes
principios activos: Cada 100 ml contiene: Vitamina A 500.000 Ul, vitamina D3
10.000 Ul, tiamina HCL (B1) 70 mg, riboflavina 5 fosfato (B2) 14 mg, piridoxina
HCL (B6) 10 mg, nicotinamida 100 mg, fosfato bicalcico (Ca: 6186 mg : P: 4780
mg) 21.000 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para el tratamiento
de las deficiencias y trastornos del metabolismo de calcio, fósforo y/o
vitaminas en terneros, potros, lechones, perros y gatos. Con base en el Decreto
Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios” Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, a las 8:00 horas del día 9 de octubre del 2018.—Dr.
Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2018286773 ).
RESOLUCIÓN DIGEPYME N° 043-2018
Simplificación
del Trámite Producción Nacional. Artículo 4 de la Ley N° 7392 “Ley Reguladora
de Todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y sus Excepciones”
Dirección
General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa.—San
José, a las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del dos
mil dieciocho.
Resultando:
I.—Que
el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) con fundamento en el
artículo 4) de la Ley Nº 7293, “Ley Reguladora de todas las Exoneraciones
Vigentes, su Derogatoria y sus Excepciones”, recomienda al Ministerio de
Hacienda, el otorgamiento de las exenciones en cada caso, según la lista de
bienes que elabora y publica el Ministerio de Salud en el Diario Oficial.
II.—Que con fundamento en
la Ley Nº 8220, su reforma y reglamento “Ley de Protección al Ciudadano del
Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos” y el Plan de Mejora
Regulatoria Institucional, en aras de simplificar el proceso regulado en el
artículo 4 de la Ley Nº 7293, se ha propuesto agilizar o reducir este trámite
de exoneraciones.
III.—Que
de conformidad con la Resolución Nº 1-99 del Ministerio de Economía, Industria
y Comercio, se define el procedimiento a seguir para recomendar las solicitudes
de exoneración amparadas en los Decretos Ejecutivos Nº 21719-H-S-MEIC “Reforma
Reglamento para la Importación de Medicamentos y para la Exoneración de Materias
Primas, Insumos y todo Producto Intermedio o Final que se Utilice en la
Elaboración de Medicamentos, así como otros Equipos Médicos”, Nº 22491-S
“Autoriza la emisión de resoluciones de exención genéricas para la importación
de equipo médico, sillas de ruedas y similares, camas especiales para
hospitales, equipo ortopédico, equipo de laboratorios químico clínicos, equipo
odontológicos, prótesis...” y el Nº 21322-H-S-MEIC “Reforma Reglamento para la
Importación de Medicamentos y para la Exoneración de Materias Primas, Insumos y
todo Producto Intermedio o Final que se Utilice en la Elaboración de
Medicamentos, así como otros Equipos Médicos”
IV.—Que el Ministerio de
Economía, Industria y Comercio al amparo de los Decretos Ejecutivos N°
21719-H-S-MEIC, N° 22491-S, y las Resoluciones (que son ampliaciones realizadas
por el Ministerio de Salud al Anexo 4 supracitado), identificadas bajo los
numerales Nº DGH-D-02, Nº DM-507-G-01, Nº DM-4940-G, Nº DM-8674, Nº
DM-EC-1619-07, Nº DM-IC-6828-09 y la Resolución Nº 1-99 del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio ha realizado las recomendaciones a efecto de
simplificar el proceso de recomendación de los bienes y materias primas que son
objeto de regulación en el artículo 4 de la Ley Nº 7293 con excepción de las Estoquineta
ortopédica (Stokinett) y el Vendaje elástico de los cuales existe producción
nacional.
Considerando:
Único.—Que en observancia de la Ley Nº 8220, “Ley de
Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos” su
reforma y reglamento, el Estado costarricense debe simplificar aquellos
trámites que restringe la competitividad del país y que suman mayores costos y
tiempos de respuesta, tanto para los Administrados como para la Administración.
En especial, la
recomendación que emite por mandato legal el Ministerio de Economía, Industria
y Comercio, para los efectos de la aplicación del artículo 4 de la Ley N° 7293.
En ese sentido esta Dirección considera que es:
a) Procedente que el MEIC, a través de la
Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (DIGEPYME), emita una
resolución indicando que la recomendación
técnica de la exoneración de tributos a los bienes, -propiamente conforme
los ítems para los cuales se permite exención al amparo de la Ley Nº7293,
artículo 4- se emitirá por el lapso de 2 años y conforme la misma.
b) En lo sucesivo por ese lapso de
esos 2 años, las solicitudes de exención a que se hace referencia el artículo 4
citado no tendrán que pasar por el MEIC (para la obtención de la recomendación
correspondiente).
c) Tres meses a antes que
finalicen los 2 años de rige que tendrá esta resolución, el MEIC en
coordinación con el Ministerio de Hacienda volverán a revisar y a emitir una
nueva resolución para simplificar el proceso de recomendación.
d) En la actualidad solamente hay
producción nacional de vendas y de estoquinetas. Cuando se trate de la exención
para este tipo de bien, la gestión de exención para las mercancías que se
ubiquen en los ítems mencionados, sí deberá contar con
la recomendación del MEIC, razón por la cual cada vez que se pretenda la
exención de dichos bienes, el interesado deberá plantear la solicitud en
relación con estos ítems a través del EXONET y por separado de los restantes
ítems. Tratándose de vendas y estoquinetas, aparte de la solicitud a través del
EXONET, el interesado debe acudir a la DIGEPYME, quien solicitará al
beneficiario presentar una muestra del bien y aportar una carta y documentos en
donde especifiquen las características del mismo;
siendo que el Departamento de Registro de la DIGEPYME realizará la
investigación correspondiente a esos artículos. En tales casos, de considerarse
procedente se emitirá documento con la recomendación de exención, para que sea
presentada ante el Departamento de Gestión de Exenciones de la Dirección
General de Hacienda.
e) En ese sentido se le solicitará
al Ministerio de Hacienda los cambios en el Sistema EXONET para que se adapte a
esta medida de simplificación del trámite y que ellos autoricen las
exoneraciones por el lapso de esos 2 años considerando la última recomendación
dada por el MEIC, sin requerir en cada caso puntual la recomendación particular
del MEIC durante el período indicado. Entendiéndose como “cada caso puntual”
los ítems del Decreto Ejecutivo N° 21322 de 02 junio de 1992 y sus reformas y
no a cada solicitud de exoneración.
f) Cuando por razón de la dinámica
de procesos productivos de la industria nacional, se determine que existen
otros bienes distintos a los mencionados expresamente en esta resolución, que
se elaboran en territorio nacional y que estarían en las listas taxativas
mencionadas en el Decreto Ejecutivo N° 21322 de 02 junio de 1992 y sus
reformas, la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa,
comunicará lo pertinente al Ministerio de Hacienda, para que se aplique el
procedimiento aquí definido sobre la Estoquineta ortopédica (Stokinett) y el
Vendaje elástico, sin necesidad de modificar esta resolución dentro del período
de dos años de vigencia. Dichos bienes se incluirán en la nueva resolución que abarcará
el siguiente período de dos años.
g) Ambas instituciones consignarán
en sus respectivas Web los listados que conforme a la regulación al día de la
publicación se ha determinado que no existe Producción Nacional, con excepción
de los bienes citados en esta resolución, a saber: vendas y estoquinetas.
Por tanto,
La
Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa determina la validez
de la recomendación técnica para las exenciones puntualizadas, según se
describen en las listas de los decretos y ampliaciones que detallan las
mercancías para las cuales se permite exención (por línea
de producto) al amparo del artículo 4 de la Ley N° 7293. Otorgándoles la
recomendación técnica por el plazo de 2 años a partir de la firma de esta
resolución. Ello, no significa que en casos de excepción a solicitud de parte o
de las instituciones involucradas en este proceso puedan valorar líneas de
solicitudes, cuando exista certeza o se determine que hay Producción Nacional
de algún otro producto contemplado en la citada norma.
Dada en San José, el 26 de
octubre del 2018, cuyo aviso se tendrá que publicar en el Diario Oficial La
Gaceta y colgar la resolución y las líneas de productos o ítems en las páginas
Web de las respectivas instituciones.
Firmada por Gabriela León Segura, Directora.—1
vez.—O. C. N° 3400035379.—Solicitud N° 29-DIAF-2018.—( IN2018292624 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA
CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 85, título
N° 598, emitido por el Centro Educativo Santa Inés en el año dos mil quince, a
nombre de Arroyo Benavides Diana Carolina, cédula 4-0237-0561. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los dos días del mes de octubre del dos mil dieciocho.—Dirección de
Gestión y Evaluación de la Calidad.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—(
IN2018286181 ).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 267, título N°
3961, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez en el año mil dos mil
quince, a nombre de Álvarez Gutiérrez Eymi Nathalia, cédula 5-0421-0853. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado
en San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil
dieciocho.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Dr. Pablo Mena
Castillo, Director.—( IN2018287403 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 107,
título N° 3093, emitido por el Liceo Nocturno Lic. Alfredo González Flores en
el año dos mil quince, a nombre de Alvarado Sarmiento Vanessa María, cédula N°
1-1655-0504. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de
setiembre del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—(
IN2018286644 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Para ver las marcas con sus respectivas imágenes solo en La Gaceta en formato PDF
Marvin
Rodríguez Solórzano, casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad
de apoderado especial de Café de Altura de San Ramón Especial Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101377316 con domicilio
en San Ramón, oficinas del Beneficio José Valenciano Madrigal; 1 kilómetro y
medio al este, de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Café Tucán
como marca de comercio en clase: 30 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30: café y sucedáneos de café. Fecha: 9 de
octubre de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de setiembre del 2018. Solicitud N° 2018-0008344. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 9 de octubre del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018287040 ).
Jessica Jiménez Sánchez, soltero, cédula de identidad 111070549 con
domicilio en Río Oro, Sta Ana / Avalom Country LA 3204, Costa Rica, solicita la
inscripción de: J.CO outfit
como marca de comercio en clases 14 y 25 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 14: Metales preciosos, artículos de
joyería, piedras preciosas, relojería; en clase 25: Prendas de vestir, calzado,
artículos de sombrería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de
octubre del 2018, solicitud Nº 2018-0009010. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de
octubre del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018287066 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Destinojet
Financial Services Sociedad Anónima, con domicilio en Calle Wilson Ferreira
Aldunate número 1.294, escritorio 405, Montevideo, Uruguay, solicita la
inscripción de: DESTINOJet.com
como marca de servicios en clase(s): 39 y 43.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 39:
Acompañamiento de viajeros, alquiler de aeronaves, alquiler de automóviles,
alquiler de barcos, alquiler de coches de ferrocarril, alquiler de vehículos,
organización de cruceros, organización de viajes turísticos, reservas de plazas
de viaje, reservas de transporte, reservas de viajes, servicios de autobuses,
servicios de barcos de recreo, servicios de chóferes, suministro de información
sobre itinerarios de viaje, transporte, transporte aéreo, transporte de
pasajeros, transporte de viajeros, visitas turísticas; en clase 43: Alquiler de
alojamiento temporal, reserva de alojamiento temporal, reserva de hoteles, reserva de pensiones,
restauración [comidas], servicios de agencias de alojamiento [hoteles,
pensiones], servicios de bar, servicios de cafés- restaurantes, servicios de
cafeterías, servicios de campamentos de vacaciones [hospedaje], servicios de
casas de huéspedes, servicios de casas de vacaciones, servicios de hotelería,
servicios de motel. Reservas: De los colores: azul y celeste. Fecha: 25 de
setiembre de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de mayo del
2018. Solicitud N° 2018-0003909. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de setiembre del
2018.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2018287081 ).
Harry Zurcher Blen, casado, cédula de
identidad N° 1041501184, en calidad de apoderado especial de Metalco S. A. con
domicilio en Colima de Tibás, 200 metros al norte de la Escuela Rafael Vargas
Quirós, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ACESCO
como marca de fábrica y comercio en clases 6 y 19 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 6: Metales comunes y sus aleaciones, minerales metalíferos, materiales de
construcción y edificación metálicos, construcciones transportables
metálicas, cables e hilos metálicos no eléctricos, pequeños artículos de ferretería metálicos, recipientes metálicos de
almacenamiento y transporte, cajas de caudales; en clase 19: Materiales de
construcción no metálicos, tubos rígidos no metálicos para la construcción,
asfalto, pez y betún, construcciones transportables no metálicas, monumentos no
metálicos. Reservas: De los colores: Azul, Blanco, Celeste y Verde. Fecha: 12
de setiembre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 05 de setiembre del 20187. Solicitud Nº 2018-0008110. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de setiembre del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018287084 ).
Vittoria Di Gioacchino Mora, soltera, cédula de identidad N°
111380167, en calidad de apoderada especial de Stefano Di Gioacchino Mora,
soltero, cédula de identidad N° 112350050 con domicilio en San Pedro, Montes de
Oca, 125 metros al norte de la Agencia de Hyundai, Costa Rica, solicita la
inscripción de: LA PULPE CERVECERA COSTA RICA
como marca de servicios en clase 35
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35; Servicios de
venta al por menor de artículos y materias primas para cerveza. Publicidad;
gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina,
todo relacionado con artículos y materias primas para cerveza. Reservas: De
colores: Anaranjado. Fecha: 06 de abril del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 e abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003580. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 06 de abril del 2018.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2018287102 ).
Lorena Monge Castro, casada una vez, cédula de identidad N°
1-1734-0985, con domicilio en Los Ángeles, Páramo, Pérez Zeledón, 300 metros
norte de la escuela del lugar, Costa Rica, solicita la inscripción de:
VIVENCIAS
como marca de fábrica en clases 30 y 32 Internacionales. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: café, sustitutos del café, pan,
pastelería, café, cacao y azúcar; en clase 32: aguas minerales, cervezas,
gaseosas, otras bebidas no alcohólicas, bebidas de frutas, jugos de frutas, y
otras preparaciones para hacer bebidas. Reservas: de los colores café, blanco y
verde Fecha: 10 de octubre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de setiembre del 2018. Solicitud Nº 2018-0007372. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de octubre del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018287137 ).
Bernal Vinicio Brenes Bonilla, soltero, cédula de identidad N°
3-0351-0106, con domicilio en Residencial La Verbena casa 170, Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: SIIC
como marca de servicios en clases 37 y 42 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 37: Mantenimiento, revisión y reparación de aparatos e instalaciones
de productos de energía eléctrica; en clase 42: Diseño de sistemas eléctricos.
Fecha: 09 de octubre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de setiembre del 2018. Solicitud Nº 2018-0008055. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 09 de octubre del 2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2018287221 ).
Diego Miranda Seevers, soltero, cédula de identidad N° 112490207 con
domicilio en Curridabat, Freses, Calle 87, Ave. 14, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ONCA SUSTAINABLE CREATIVITY
como marca de fábrica, comercio y servicios en clases 20; 25; 28 y 35
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 20:
Mobiliario; en clase 25: Zapatos; en clase 28: Juguetes; en clase 35: Servicios
de publicidad y gestión de negocios comerciales. Fecha: 17 de octubre del 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de octubre del 2018.
Solicitud Nº 2018-0009264. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de octubre el
2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018287228 ).
Adolfo José Quesada Varela, soltero, cédula de identidad N°
1-1080-0995 con domicilio en Hatillo, Avenida 52 A, Calle 36, Condominio Bambú
Ecourbano, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BIOFIT GIMNASIO
como nombre comercial en clase Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a gimnasio
deportivo, ubicado en San José, Desamparados, San Miguel, Urbanización La
Capri, de la entrada principal 100 metros al oeste, Gimnasio Biofit, edificio
de dos plantas. Fecha: 21 de setiembre del 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 13 de setiembre del 2018. Solicitud Nº 2018-0008393. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 21 de setiembre del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018287354 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 1-1143-0447, en calidad de
apoderada especial de Marketing Technology Partners UK Limited con domicilio en
C/O Cheetah Digital, Inc. 29 Broadway, Level 6 New York, New York 10006,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: POST MARKETING CLOUD
ERA como marca de servicios en clase: 42. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Software como servicio (SAAS) servicios que incluyen
software para administración de datos, análisis de datos e interacción con
clientes en el campo del marketing. Prioridad: Se otorga prioridad N°
87/701,314 de fecha 29/11/2017 de Estados Unidos de América. Fecha: 28 de
agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de mayo del
2018. Solicitud Nº 2018-0003892. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de agosto del
2018.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2018280950 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en
calidad de apoderada especial de L & J General International Corp., con
domicilio en Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase: 29
Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Croquetas
de queso y yuca, frutas y verduras en conserva, secas, enlatadas y cocinadas,
frijoles enlatadas y cocinadas, frijoles en lata, legumbres, pasta de tomate,
pasta de guayaba, palmito procesado, sardinas en lata (no vivas), aceite
vegetal, aceite de maíz, queso, plátanos fritos, pulpas de fruta, yuca. Fecha:
27 de setiembre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de setiembre del 2018. Solicitud N° 2018-0008664. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 27 de setiembre del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018286187 ).
Paola
Castro Montealegre, casada, cédula de identidad N° 111430953, en calidad de
apoderada especial de L & J General International Corp., con domicilio en
2424 N.W. 46th Street, Miami, Florida 33142, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: El Sembradore
como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Pastas, salsa para pastas.
Fecha: 04 de octubre de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007870. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 04 de octubre de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018286196 ).
Fernando Vargas Rojas, casado, cédula de
identidad N° 2-0348-0774, en calidad de apoderado especial de Papelera Internacional
Sociedad Anónima, con domicilio en kilómetro 10, carretera al Atlántico, zona
17, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: sani tisu
PROFESSIONAL
como marca de fábrica y comercio en clase 5. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Pañales desechables; toallas
sanitarias, tampones sanitarios, desinfectantes. Fecha: 04 de junio de 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo de 2018. Solicitud
Nº 2018-0004111. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de junio de 2018.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2018286322 ).
Fernando Vargas Rojas, casado, cédula de identidad 203480774, en
calidad de apoderado especial de Papelera Internacional Sociedad Anónima, con
domicilio en kilómetro 10, carretera al Atlántico, Zona 17, Ciudad de
Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: sani tisu PROFESIONAL,
como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: preparaciones para blanquear y
otras sustancias para lavar la ropa, preparaciones para limpiar, pulir,
desengrasar y raspar, jabones, productos de perfumería, aceites esenciales,
cosméticos, lociones capilares, dentífricos,
toallitas húmedas, shampoo, aromatizantes, jabón líquido antibacterial. Fecha:
19 de junio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
mayo del 2018. Solicitud Nº 2018-0004110. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2018.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2018286323 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Alejandro Pacheco Saborío, soltero, cédula de identidad N° 115180020,
en calidad de apoderado especial de China Tabacco Zhejiang Industrial Co., Ltd.
con domicilio en N° 77 Zhongshan Nan Road, Hangzhou City, Zhejiang Province,
P.R., China, solicita la inscripción de: MODERN
como marca de fábrica y comercio en clase 34 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Tabaco, tabaco de mascar, cigarros,
cigarrillos, cigarrillos incluyendo aquellos que tengan sustitutos de tabaco,
para uso no médico, hierbas para fumar, snuff o rapé, cigarrillos electrónicos.
Fecha: 06 de abril de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de marzo de 2018. Solicitud Nº 2018-0002488. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 06 de abril de 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018286976 ).
Maricela Porras Ureña, cédula de identidad N° 113730030, en calidad de
apoderado especial de Neilyn Ivannia Zarate Blanco, casada una vez, cédula de
identidad N° 303660659, con domicilio en 31 Squiret Own RD Hampton Bays, New
York, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: Neilyn’s
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir. Fecha:
22 de junio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada 14 de
junio del 2018. Solicitud Nº 2018-0004758. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de junio
del 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018287241 ).
Elizabeth Jane Mcadams Quesada, soltera, cédula de identidad N° 108430253,
en calidad de apoderado generalísimo de Casino Club Colonial S. A., cédula
jurídica N° 3-101-080900, con domicilio en av. 1 y 3 entre calles 9 y 11, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CASINO CLUB COLONIAL EL PRIMERO
EL MEJOR,
como marca de servicios en clase(s): 41 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: servicios de casino, servicios
de juegos de azar o apuestas. Fecha: 27 de septiembre del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de septiembre del 2018. Solicitud
Nº 2018-0008646. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de septiembre del 2018.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018287244 ).
Luis
Diego Mora Cortés, casado una vez, cédula de identidad 109970033, en calidad de
apoderado generalísimo de Clínica Veterinaria Integral Mc Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101767975 con domicilio en Barva, San Pedro, del Icafé 100
metros al sur, edificio esquinero a mano izquierda color anaranjado, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de: INTEGRAVET CLÍNICA VETERINARIA INTEGRAL
como
nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a la prestación de servicios veterinarios, cría y venta de
animales, inseminación artificial de animales, venta de alimento, medicamentos,
y artículos de higiene de uso animal, ubicado en Heredia, Barva, San Pedro, del Icafé 100 metros al sur, edificio
esquinero a mano izquierda color anaranjado. Reservas: De los colores:
anaranjado, gris y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1 de octubre del 2018, solicitud Nº 2018-0009005. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 16 de octubre del 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018287278 ).
Luis Diego Mora Cortes, casado una vez, cédula de identidad 109970033,
en calidad de apoderado generalísimo de Clínica Veterinaria Integral MC
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101767975 con domicilio en Barva, San Pedro,
del ICAFE; 100 metros al sur, edificio esquinero a mano izquierda color
anaranjado, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: INTEGRAVET CLÍNICA
VETERINARIA INTEGRAL
como marca de servicios en clase 44 internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 44: Servicios veterinarios y de cría de
animales. Reservas: De los colores: anaranjado, gris y blanco. Fecha: 16 de
octubre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de octubre
del 2018. Solicitud N° 2018-0009004. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de octubre
del 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018287279 ).
Irina
Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad 113790869, en calidad de apoderado
especial de Atom Ant Holding Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679572 con
domicilio en San José, Central, Carmen, barrio Amón, calle 3, avenida 13,
edificio Thrifty, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: PRIMO ENTERTAINMENT
como
marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 41: Organización y dirección de conciertos, servicios de
entretenimiento y actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 25 de setiembre del 2018, solicitud Nº
2018-0008814. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de octubre del 2018.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018287287 ).
Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de
identidad 113790869, en calidad de apoderado especial de Atom Ant Holding
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679572con domicilio en Central, Carmen,
Barrio Amón, calle 3, avenida 13, edificio Thrifty, segundo piso, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: PRIMO ENTERTAINMENT
como marca de servicios en clase 41
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Organización y
dirección de conciertos, servicios de entretenimiento y actividades deportivas
y culturales. Fecha: 4 de octubre del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de setiembre del 2018. Solicitud N° 2018-0008812. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 4 de octubre del 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2018287288 ).
Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad 113790869, en
calidad de apoderada especial de Atom Ant Holding Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101679572, con domicilio en San José, Central, Carmen, Barrio Amón,
Calle 3, Avenida 13, Edificio Thrifty, segundo piso, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: PRIMO ENTERTAINMENT
como marca de servicios en clase: 41 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 41: Organización y dirección de conciertos,
servicios de entretenimiento y actividades
deportivas y culturales. Reservas: De los colores: negro y blanco. Fecha: 4 de
octubre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de
setiembre del 2018. Solicitud N° 2018-0008813. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 4 de octubre del 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2018287290 ).
Randall Roberto Murillo Astúa, casado dos veces, cédula de identidad
107860761, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación Cámara
Costarricense de la Construcción, cédula jurídica 3-002-045440, con domicilio
en Tibás; 75 metros oeste, del puente de Llorente de Tibás, sobre la Ruta 32,
en el Edificio Corporativo de la Cámara Costarricense de la Construcción, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CCC CÁMARA COSTARRICENSE DE LA
CONSTRUCCIÓN
como marca de servicios en clase: 41 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de Educación, formación,
servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales relacionadas
con la industria de la construcción y el desarrollo de sus asociados, formación
mediante organización de congresos, charlas y asistencia para el desarrollo del
sector construcción. Reservas: De los colores: rojo y azul. Fecha: 4 de octubre
del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de agosto del 2018.
Solicitud N° 2018-0007982. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de octubre del
2018.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2018287318 ).
Sael Gómez Pianca, soltera, cédula de residencia 175600083633, en
calidad de apoderado generalísimo de Saeva Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica 3-102-762619con domicilio en Escazú, Guachipelin,
Residencial Loma Real 2; casa número 191, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Nue
como marca de comercio en clase: 25. Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir, y calzado, en
específico todo tipo de lencería. Fecha: 26 de setiembre del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2018. Solicitud N°
2018-0007285. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de setiembre del 2018.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2018287333 ).
Alexa Rodríguez Salas, casada una vez, cédula de identidad 110160357,
en calidad de apoderado especial de International Products Corporation Sociedad
Anónima, con domicilio en Zona Libre de Colón, Panamá, solicita la inscripción
de: LEMER LEGACY
como marca de fábrica en clase: 14 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 14: Metales preciosos y sus aleaciones, artículos de joyería, piedras
preciosas y semipreciosas, artículos de relojería e instrumentos cronométricos.
Fecha: 8 de octubre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1 de octubre del 2018. Solicitud N° 2018-0008989. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 8 de octubre del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018287339 ).
Alexa Rodríguez Salas, casada una vez, cédula de identidad 110160357,
en calidad de apoderada especial de International Products Corporation con
domicilio en Zona Libre Colón, Panamá, solicita la inscripción de: X BITS
como marca de fábrica en clase: 14 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 14: Metales preciosos y sus aleaciones,
artículos de joyería, piedras preciosas y semipreciosas, artículos de relojería
e instrumentos cronométricos. Fecha: 8 de octubre del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 1 de octubre del 2018. Solicitud N° 2018-0008990.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 8 de octubre del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registradora.—( IN2018287340 ).
Daniel Alonso Murillo Campos, cédula de identidad 1-0827-0893, en
calidad de apoderado generalísimo de VMG Healthcare Products Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101201700 con domicilio en Escazú, Guachepelín; 800 mts.,
noroeste, del paso a desnivel de Multiuplaza, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Prolact
como marca de comercio en clase: 5
Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5:
Preparaciones Farmacéuticas en tabletas masticables para la intolerancia a la
lactosa prevención de gases, hinchazón, diarrea, complemento alimenticio, con
sabor a vainilla, producto natural. Fecha: 11 de octubre del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de junio del 2018. Solicitud N° 2018-0005207.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 11 de octubre del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018287349 ).
German Ávila Neira, casado una vez, cédula de
identidad 801040931, en calidad de apoderado generalísimo de Escuela Americana
San Patricio Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101150452con domicilio en
Barranca; carretera a San Miguelito, de la entrada 150 Norte, Puntarenas, Costa
Rica, solicita la inscripción de: COMPLEJO EDUCATIVO SAINT PATRICK American
School
como marca de servicios en clases 35 y 41
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos
de oficina; en clase 41: Educación, formación, servicios de entretenimiento,
actividades deportivas y culturales. Reservas: De los colores: azul, verde, blanco, amarillo y negro. Fecha: 8 de octubre
del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de setiembre del
2018. Solicitud N° 2018-0008958. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de octubre del
2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018287351 ).
Catalina Villalobos Calderón, casada una vez, cédula de identidad
108650289, en calidad de apoderado especial de Medical Center MCC S. A., cédula
jurídica 3101406970con domicilio en Desamparados, San Rafael Abajo, Barrio
Valencia, entrada este de la Escuela de Valencia, última casa, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Naby
como marca de comercio en clases: 3 y 5 Internacionales para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cosméticos no medicinales; en clase 5:
Productos farmacéuticos, preparaciones y sustancias farmacéuticas. Reservas: De
los colores: azul oscuro Fecha: 12 de octubre del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 16 de julio del 2018. Solicitud N° 2018-0006387.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 12 de octubre del 2018.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2018287367 ).
Catalina Villalobos Calderón, casada una vez, cédula de identidad
108650289 con domicilio en La Unión; 250 metros al oeste de la sucursal del
Banco Nacional, Costa Rica, solicita la inscripción de: Café de la Finca Don
Mariano
como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Café ecológico, que se cultiva de forma natural, sin
añadir químicos o pesticidas. Fecha: 17 de octubre de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de setiembre del 2018. Solicitud N°
2018-0008228. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de octubre del 2018.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2018287368 ).
Leah Wigoda Kaver, casada una vez, cédula de identidad 110310124, en
calidad de apoderado generalísimo de Silvertica Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101548960, con domicilio en Escazú, San Rafael, Multicentro Paco,
segundo piso, oficina 22, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
SORALI cosmetic
como marca de comercio en clase 3 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: En clase 3: Jabones, perfumería para hombre y mujer,
aceites esenciales, cosméticos, lociones y tratamiento para el cabello,
lociones y tratamientos para la piel. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de setiembre del 2018. Solicitud N° 2018-0008177. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de octubre del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018287372 ).
José Antonio Reyes Villalobos, soltero, en calidad de apoderado
generalísimo de Jarv-Legal Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101355595, con
domicilio en Escazú San Rafael, del Restaurante La Cascada 150 metros al norte,
100 metros oeste y 150 metros al norte, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DOÜI
como marca de fábrica y comercio en clase 31 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Productos agrícolas acuícolas, hortícolas y
forestales en bruto y sin procesar, granos y semillas en bruto o sin procesar,
frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas,
plantas y flores naturales, bulbos, plántanos y semillas para plantar, animales
vivos, productos alimenticios y bebidas para animales, malta. Reservas: De los
colores: café, blanco, dorado y azul. Fecha: 14 de agosto de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio de 2018. Solicitud Nº
2018-0006488. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de agosto de 2018.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2018287463 ).
José Antonio Reyes Villalobos, soltero, cédula de identidad 602730896,
en calidad de apoderado generalísimo de Mercadeo en Salud Integral MSI Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3-101-355590, con domicilio en Atenas, Concepción
del cruce entre Río Grande de Atenas 150 metros al sur, frente al antiguo
Balneario Los Vientos casa a mano derecha con rótulo externo que dice Tiqui,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: GRUPO mersa
como marca de comercio y servicios en clase 35 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Explotación o dirección de una empresa
comercial, dirección de los negocios o actividades comerciales de una empresa
industrial o comercial, así como los servicios prestados por empresas
publicitarias cuya actividad principal consiste en publicar, en cualquier medio
de difusión, comunicaciones, declaraciones o anuncios relacionados con todo
tipo de productos o servicios. Reservas: De los colores: café, blanco, dorado,
azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de julio de 2018.
Solicitud Nº 2018-0006381. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio de
2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2018287464 ).
Juan Andrés Castro Hernández, casado una vez, cédula de identidad
204880368, con domicilio en Pozos de Santa Ana Condominio Trocadero, casa 2,
Costa Rica, solicita la inscripción de: TRIQUI TRAQUE CHIPS
como marca de comercio en clase 29 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: En clase 29: Papas, frutas y tubérculos fritos y/o
tostados, frutas deshidratadas y tostadas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de agosto del 2018. Solicitud N° 2018-0007946. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 6 de setiembre del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018287490 ).
Ricardo Villalobos León, casado una vez, cédula de identidad N°
107440346, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación Roblealto Pro Bienestar del Niño, cédula jurídica N° 3002045068 con
domicilio en del Centro Comercial del Sur, 100 metros sureste, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Rovel Carnes
como marca de fábrica y comercio en clase 29
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Carne de gallina y
carne de pollo. Reservas: De los colores: Pantone 1375 y Pantone 485. Fecha: 11
de octubre de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de
octubre de 2018. Solicitud Nº 2018-0008567. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de
octubre de 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018287504 ).
Melissa Vega Rojas, casada una vez, cédula de identidad N° 110460992,
con domicilio en Grecia, Condominio Montezuma, casa C60, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: RED CHURCH,
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a: la venta de souvenirs y textil. Fecha: 17
de octubre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de
octubre del 2018. Solicitud Nº 2018-0009275. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de
octubre del 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018287533 ).
Leyla Marisol Bukele Lucha, soltera, cédula de
residencia N° 122200070511, en calidad de apoderado especial de Creatextil,
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101698123, con domicilio en Pavas, del
Centro Comercial Plaza Mayor, 800 metros al oeste, casa con verjas café, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CREATEX,
como marca de fábrica y comercio en clases 23
y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 23:
hilos de coser e hilos elásticos; en clase 25: prendas de vestir. Fecha: 9 de
octubre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre
del 2018. Solicitud Nº 2018-0009065. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de octubre
del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018287567 ).
Carlos Alberto Saborío Legers, casado tres
veces, cédula de identidad N° 105730020, en calidad de apoderado especial de
Importaciones Legher Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en
Escazú, San Rafael, Residencial Trejos Montealegre, Avenida Jacaranda, Calle
Durazno, casa N° 7, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Go Fresh,
como marca de comercio en clase 31
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Frutas y verduras.
Reservas: de los colores: rojo, verde y negro. Fecha: 10 de octubre del 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de septiembre del 2018.
Solicitud Nº 2018-0008623. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de octubre del
2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018287700 ).
Cambio de Nombre Nº 117780
Que
Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado, cédula de identidad 102990846, en
calidad de apoderado especial de Intercontinental Great Brands Llc, solicita a
este Registro se anote la inscripción de
Cambio de Nombre de Kraft Foods Global, Brands, Llc por el de Intercontinental
Great Brands Llc, domicilio en 100 Deforest Avenue, East Hanover NJ 07936,
United States of América, presentada el día 7 de marzo de 2018 bajo expediente
117780. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2007-0016041 Registro
N° 180326 OREO en clase 29 Marca Denominativa y 2009-0009681 Registro N°
199765 NABISCO Choco QUQI en clase(s) 30 Marca Mixto. Publicar en la
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley No.
7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1
vez.—( IN2018286556 ).
Marcas de Ganado
Solicitud Nº 2018-2313.—Ref: 35/2018/4632.—Edwin Castro
Quintanilla, cédula de identidad N° 0502150511, solicita la inscripción de: KOW como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, La Cruz, La Garita, Los Andes, finca La Lucha.
Presentada el 05 de octubre del 2018. Según el expediente Nº 2018-2313. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1
vez.—( IN2018286482 ).
Solicitud N° 2018-2063. Ref.: 35/2018/4185.—Elías Abarca Fuentes, cédula de identidad N° 0112870880,
solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Pérez
Zeledón, Pejibaye, San Martin, 800 metros este de la escuela del lugar. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 10 de setiembre del 2018 Según el expediente N°
2018-2063.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—(
IN2018286500 ).
Solicitud Nº 2018-2309. Ref.: 35/2018/4647.—Darío Ruiz Ramos, cédula
de identidad N° 5-0282-0090, solicita la inscripción de: D1674 como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste,
Carrillo, Sardinal, Naciente Dulce, 4 kilómetros norte de la escuela Santa
Rita. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 05 de octubre del 2018. Según el
expediente Nº 2018-2309.—Karol Claudel Palma, Registrador.—1
vez.—( IN2018286563 ).
Solicitud Nº 2017-2468.—Ref: 35/2018/4175.—Nathaniel Grew Paul, cédula de identidad N° 1-0785-0599, en calidad de
apoderado generalísimo sin límite de suma de Ario Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-015494, solicita la inscripción de:
como marca de ganado que usará preferentemente
en Puntarenas, Puntarenas, Cóbano, Bajos de Ario, 200 metros norte del refugio
de Vida Silvestre Caletas, Ario, 500 metros norte del bar la Perla India,
frente al bar la Perla India; y 1 kilómetro este del campus de Asociación
Cirenas Bango Ario. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 24 de noviembre del
2017. Según el expediente N° 2017-2468.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1
vez.—( IN2018286618 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Re de Costa Rica, con
domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: promover la seguridad. Promover la interaccion entre
los vecinos. Promover el embellecimiento de parques, fachadas, entrada al
residencial. Promover comunicación entre los vecinos y la seguridad. Promover
seguridad por medio digitales y electrónicos. Cuyo representante, será el
presidente: Luis Mariano Ávalos Monge, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2018 Asiento: 568532 con adicional(es) Tomo: 2018 Asiento:
597225.—Registro Nacional, 01 de octubre del 2018.—Luis Gustavo Álvarez Ramírez.—1 vez.—( IN2018287465 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula de identidad 102990846,
en calidad de apoderado especial de Edwards Lifesciences Corporation, solicita
la Patente PCT denominada APARATO PARA LA ENTREGA CONTROLADA DE LA VALVULA
CARDIACA. Un conjunto de suministro de implante protésico puede incluir un
implante protésico y un catéter alargado. El implante protésico puede incluir
una porción de stent expandible que tiene un eje longitudinal que se extiende
desde una primera parte extrema del stent hasta una segunda porción extrema del
stent. El catéter puede incluir un eje longitudinal que se extiende desde una
porción del extremo proximal del catéter hasta una porción del extremo distal
del catéter y una pluralidad de brazos que se extienden axialmente desde el
extremo distal del catéter. La primera porción de extremo del stent puede estar
acoplada de forma soltable y pivotable a al menos uno de los brazos del catéter
de modo que el stent puede pivotar alrededor de al menos uno de los brazos de
modo que el eje longitudinal del stent se incline con respecto al longitudinal
eje del catéter. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24
yA61F 2/95; cuyos inventores son: Patel, Darshin, S.; (US); Metchik, Asher, L.;
(US); Desrosiers, John, J.; (US); Anderson, Amanda, K.; (US); BIALAS, Michael,
R.; (US); Madrid, Gilbert; (US); POPP, Michael, J.; (US); Nguyen, Thanh, V.;
(US) y LIU, Jun; (US). Prioridad: N° 15/351,823 del 15/11/2016 (US) y N°
62/258,973 del 23/11/2015 (US). Publicación Internacional: WO2017/091605. La solicitud
correspondiente lleva el número 2018-0000275, y fue presentada a las 12:16:39
del 14 de mayo de 2018. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 27 de setiembre del
2018.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2018286555 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
de identidad N° 106690228, en calidad de apoderado especial de Bayer
Cropscience Aktiengesellschaft, solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIONES
HERBICIDAS QUE COMPRENDEN
2-CLOR0-3-(METILSULFANIL)-N-(1-METIL-1H-TETRAZOL-5-1L)-4-(TRIFLUOROMETIL)BENZAMIDA. Se describen composiciones herbicidas que comprenden
2-cloro-3-(metilsulfani1)-N-(1-metil-1H-tetrazol-5-IL-4-(trifluoronnetipbenzamida. Estas composiciones herbicidas son
particularmente apropiadas para su uso contra plantas nocivas. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/713 y A01P 13/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Lorentz, Lothar; (DE); Trabold, Klaus; (DE); Ahrens,
Hartmut; (DE); Rosinger, Christopher Hugh; (DE); Waldraff, Christian; (DE) y
Köhn, Arnim; (DE). Prioridad: N° EP16158861.1 del 07/03/2016 (EP). Publicación Internacional: WO2017/153155. La solicitud correspondiente lleva el
número 2018-0000431, y fue presentada a las 11:28:39 del 06 de setiembre de
2018. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 11 de setiembre de 2018.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2018286581 ).
La señor(a)(ita) Mariana Vargas Roqhuett, cédula de
identidad N° 304260709, en calidad de apoderado especial de Immatics
Biotechnologies GMBH, solicita la Patente PCT denominada PÉPTIDOS Y COMBINACIÓN DE
PÉPTIDOS NOVEDOSOS PARA SU USO EN INMUNOTERAPIA CONTRA DIVERSOS TUMORES
(Dlivisional 2017-0522). La
presente invención se relaciona con péptidos, proteínas, ácidos nucleicos y
células para su uso en métodos inmunoterapéuticos. En particular, la presente
invención se relaciona con inmunoterapia para el cáncer. La presente invención
se relaciona además con epitopes de péptidos de células T asociados con
tumores, solos o en combinación con otros péptidos asociados con tumores que
pueden, por ejemplo, servir como ingredientes farmacéuticos activos de
composiciones para vacunas que estimulan la respuesta inmune antitumoral o para
estimular células T ex vivo y transferirlas a pacientes. Los péptidos unidos a
moléculas del complejo de histocompatibilidad principal (MHC) o los péptidos
como tales también pueden ser el blanco de anticuerpos, receptores de células T
solubles y otras moléculas de unión. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 39/00 y C07K 14/47; cuyos inventores son: Weinschenk, Toni
(DE); Fritsche, Jens (DE); Mahr, Andrea (DE); Schoor, Oliver (DE); Stevermann,
Lea (DE) y Singh, Harpreet (US). Prioridad: N° 1505305.1 del 27/03/2015 (GB) y
N° 62/139,189 del 27/03/2015 (US). Publicación Internacional: WO2016/156202. La
solicitud correspondiente lleva el número 2018-0000422, y fue presentada a las
12:18:50 del 31 de agosto de 2018. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 6 de
septiembre del 2018.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2018286654 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora(ita) Mariana Vargas Roqhuett, cédula
de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de Immatics
Biotechnologies GMBH, solicita la Patente PCT denominada NUEVOS PÉPTIDOS,
COMBINACIONES DE PÉPTIDOS Y SOPORTES PARA EL USO EN EL TRATAMIENTO
INMUNOTERAPÉUTICO DE VARIOS TIPOS DE CÁNCER (Divisional 2018-0174). La
presente invención se refiere a péptidos, proteínas, ácidos nucleicos y células
destinados a la utilización en métodos inmunoterapéuticos. En particular, la
presente invención se refiere a la inmunoterapia contra el cáncer. La presente
invención se refiere asimismo a epítopos peptídicos para linfocitos T asociados
a tumores, solos o en combinación con otros péptidos asociados a tumores que,
por ejemplo, pueden servir como principios activos farmacéuticos en
composiciones vacunales destinadas a estimular respuestas inmunitarias
antitumorales, o a estimular ex vivo linfocitos T que después serán
transferidos a los pacientes. Los péptidos unidos a moléculas del complejo
mayor de histocompatibilidad (MHC), o los péptidos como tales, también pueden
ser dianas de anticuerpos, de receptores de linfocitos T solubles, y de otras
moléculas de unión. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00,
A61P 35/00 y CO7K 14/47; cuyos inventores son: Mahr, Andrea (DE); Fritsche,
Jens; (DE); Weinschenk, Toni; (DE); Singh, Harpreet; (US) y Schoor, Oliver;
(DE). Prioridad: N° 1515321.6 del 28/08/2015 (GB) y N° 62/211,276 del 28/08/2015 (US). Publicación Internacional:
W02017/036936. La solicitud correspondiente lleva el número 2018-0000423, y fue
presentada a las 12:20:26 del 31 de agosto de 2018. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 6 de
setiembre del 2018.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2018286652 ).
REGISTRO NACIONAL DE DERECHO DE
AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
AVISO
Absalón Giovanni Madrigal Jiménez, mayor, casado, jefe de proveeduría,
cédula de identidad 1-825- 570, con domicilio en San José, Desamparados,
Urbanización Loto 2, casa N° 3 en calidad de cedente solicita la inscripción
del CONTRATO DE CESION DE DERECHOS PATRIMONIALES DE LA OBRA REGISTRADA HIMNO
ESCUELA DE CHILAMATE a favor de la cesionaria Meghan Patricia Casey Read,
mayor, casada, administradora, cédula de identidad 8-093-476, con domicilio en
Heredia, Puerto Viejo, Chilamate, frente a
la Escuela de Chilamate, por todo el plazo de protección legal y aplicable
internacionalmente. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La
Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la
inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta
publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor Derechos
Conexos No.6683. Expediente 9738.—Curridabat, 21 de setiembre de 2018.—Licda.
Giovanna Mora Mesén.—1 vez.—( IN2018286493 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A)
PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública estatal del NOTARIADO, por parte de: MELISSA MARÍA HERRERA
RODRÍGUEZ, con cédula de identidad número 2-0706-0769, carné número 26873.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso
Administrativo Nº 70766.—San José, 24 de octubre del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1
vez.—( IN2018295190 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A)
PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: MARÍA DEL PILAR ALPÍZAR ROJAS, con cédula de
identidad número 2-0607-0839 carné número 20550. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la)
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente Nº 70537.—San José, 29 de octubre del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—(
IN2018295272 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O) PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante
este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegataria (o) para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO,
por parte de: CAROLINA SOTO ZÚÑIGA, con cédula de identidad N°
2-0576-0699, carné N° 24535. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por
escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a
esta publicación. Proceso N°70992.—San José, 29 de octubre del 2018.—Licda.
Kíndily Vílchez Arias, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1
vez.—( IN2018295371 ).
HABILITACIÓN
DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso
HACE SABER: Que ante este Despacho se
ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NIDIA
ZUÑIGA GONZÁLEZ, con cédula de identidad número 1-0973-0064 carné
número 24323. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 71550.—San
José, 12 de noviembre del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Licda.
Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—( IN2018295374 ).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0354-2018.—Exp.
N° 18127P.—Banco IMPROSA S. A., solicita
concesión de: 10 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo CH-28 en finca de su propiedad en Los Chiles, Alajuela, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 335.069 / 464.646 Hoja Los Chiles. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 05 de noviembre de
2018.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018294510 ).
ED-UHSAN-0066-2018.—Exp.
17120.—Banco Crédito Agrícola de Cartago,
solicita concesión de: 15 litros por segundo de la Quebrada Guillermina,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos,
Alajuela, para uso turístico. Coordenadas 274.275/461.961 hoja Fortuna. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 20 de setiembre de
2018.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy Quesada Artavia.—( IN2018294669 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHTPSOZ-0079-2018.—Exp.
N° 18435.—3-101-656245 S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de
la Quebrada Cuyeo, efectuando la captación en finca de Ganadera Sánchez Chacón
B.G.J S. A., en Pejibaye (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San José, para uso
consumo humano-domestico. Coordenadas 126.246 / 583.307 hoja Coronado. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación. San Jose, 06 de setiembre de 2018.—Unidad Hidrológica
Térraba Pacífico Sur.—David Chacón Robles.—(
IN2018294782 ).
ED-UHTPSOZ-0093-2018. Exp. 18498.—Henry Roy, Elizondo Espinoza solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del
Río Platanares, efectuando la captación en finca de Omer Elizondo Villalta y Grace
Elizondo Espinoza en Platanares, Pérez Zeledón, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 133.581/577.932 hoja repunta. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 12 de octubre de
2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—David Chacón Robles.—(
IN2018294789 ).
ED-UHTPSOZ-0078-2018.—Exp.
N° 18434.—Fiduciaria Nacional FINACIO S. A., solicita
concesión de: 20 litros por segundo del Río Pacuar, efectuando la captación en
finca de Inversiones El Puente de Pacuar LYV Limitada en Daniel Flores, Pérez
Zeledón, San José, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 138.637 / 576.614
hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—Unidad
Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—San José, 05 de setiembre de 2018.—David
Chacón Robles.—( IN2018294791 ).
ED-UHTPSOZ-0083-2018.—Exp. 18447. 3-101-731623 S. A., solicita concesión de:
0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Daniel Flores, Pérez Zeledón, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 147.705 / 571.331 hoja San Isidro. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 7 de setiembre del
2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—David Chacón Robles.—(
IN2018294793 ).
ED-UHTPSOZ-0100-2018. Exp. 1004H.—Cascavita
Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: 25 litros por
segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas para fuerza hidráulica. Coordenadas
129.758/566.103 hoja Repunta. Caída bruta (metros): 37,9 y potencia teórica (kw):
5,8. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
30 de octubre de 2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—David Chacón
Robles.—( IN2018294796 ).
ED-UHTPSOZ-0098-2018.—Exp.
18525. 3101505857 S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 136.128 /
555.195 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 29 de octubre de 2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—David
Chacón Robles.—( IN2018294797 ).
ED-UHTPCOSJ-0341-2018.—Exp.
17687P.—Corrugados del Atlántico S. A., solicita
concesión de: 3.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo AZ-88 en finca de su propiedad en Aguas Zarcas, San Carlos,
Alajuela, para uso consumo humano industria – oficinas, industria fabricación
de cartón corrugado y riego zonas verdes. Coordenadas 271.136 / 498.288 hoja
Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 22 de octubre del 2018.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas.—( IN2018294833 ).
ED-0057-2018.—Exp. N° 18539P.—Bananos Doña
Dora S.A., solicita concesión de: 15 litros por segundo del Pozo GM- 62,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Jiménez, Guácimo,
Limón, para uso agroindustrial. Coordenadas 246.859 / 589.100 hoja Guácimo.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 05 de
noviembre del 2018.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018294844 ).
ED-UHTPSOZ-0097-2018.—Exp. 18524.—Walter, Delgado Vega solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de
Aventuras del Sur Limitada en Golfito, Golfito, Puntarenas, para uso consumo
humano. Coordenadas 67.119 / 632.073 hoja Golfito. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de octubre de 2018.—Unidad
Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—David Chacón Robles.—( IN2018295011 ).
ED-UHTPSOZ-0095-2018.—Exp.
18522.—Marvin, Chinchilla Sibaja solicita
concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de Aventuras del Sur Limitada en Golfito, Golfito, Puntarenas,
para uso consumo humano. Coordenadas 67.119 / 632.073 hoja Golfito. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San Jose, 29 de octubre del
2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—David Chacón Robles.—(
IN2018295012 ).
ED-UHTPSOZ-0096-2018.—Expediente Nº 18523.—Yessica Carolina
Ramírez Morales, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca de Aventuras del Sur Limitada, en
Golfito, Golfito, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas:
67.119/632.073, hoja Golfito. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 29 de octubre del 2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—David
Chacón Robles.—( IN2018295013 ).
ED-UHTPCOSJ-0361-2018. Exp. 12793P.—Diversiones
Internacionales S. A., solicita concesión de:
0.44 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo AB-2376 en finca de su propiedad en Carmen, San José, San José, para uso
consumo humano-turístico-hotel. Coordenadas 213.165/528.185 hoja Abra. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 07 de noviembre de
2018.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018295105 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPNOL-0091-2018.—Exp. 8298P.—Loma Alta
de San José S. A., solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo CZ-45 en finca de su propiedad en
Hojancha, Hojancha, Guanacaste, para uso turístico-otro. Coordenadas 206.625 /
375.910 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia,
07 de setiembre del 2018.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico
Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN2018295316 ).
Registro Civil-Departamento
Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
En resolución N° 7188-2018 dictada por el Registro Civil a las catorce
horas cincuenta y seis minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciocho,
en expediente de ocurso 24018-2018, incoado por Nickaury Altagracia Mora Cumba,
se dispuso rectificar en el asiento de naturalización de Nickaury Altagracia
Mora Cumba, que los apellidos de la madre son Cumba Rodríguez.—Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1
vez.—( IN2018286706 ).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Nesmary Antonia Baldelomar, no indica segundo apellido, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3028-2013. Registro Civil,
Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las diez horas tres
minutos del veintiuno de agosto de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 37856-2012.
Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Christopher Alejandro Meléndez Baldelomar, en el sentido que el nombre de la
madre... es “Nesmary Antonia”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2018286951 ).
En resolución N° 3871-2017 dictada por el
Registro Civil, a las nueve horas del veinte de junio del dos mil diecisiete,
en expediente de ocurso N° 10758-2017, incoado por Ledick del Carmen Chevez, se
dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Seidy Valesca Chaves Cheves,
que los apellidos de la persona inscrita son Chévez Chévez, hija de Ledick del
Carmen Chévez, en el asiento de nacimiento de Justin Jafeth Chévez Chávez, que
los apellidos de la persona inscrita son Chévez Chévez, hijo de Ledick del
Carmen Chévez y en el asiento de nacimiento de Cristel Sofia Chévez Chávez, que
los apellidos de la persona inscrita son Chévez Chévez, hija de Ledick del
Carmen Chévez.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2018287208 ).
Se hace saber que este Registro en diligencias
de ocurso incoadas por Maureen Andrea Padilla Solís, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución N° 627-09. Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas del trece de
mayo del dos mil nueve. Exp. N° 3304-09. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no
probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Innary Nicole Fernández Padilla... en el sentido que el primer apellido
del padre de la persona ahí inscrita es “Hernández”.—Licda. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2018287400 ).
En resolución N° 1067-2017 dictada por el
Registro Civil a las ocho horas veinticinco minutos del veinticuatro de enero
del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 38484-2016, incoado por
Cristian Karolina Jiron Arana, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Alex Anthony García Jirón, que el nombre de la madre es Cristian Karolina.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a.
í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2018287543 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Seneyda del
Rosario Cruz Reyes, se ha dictado la resolución N° 3451-2015, que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las doce horas veinte minutos del veintitrés de julio de
dos mil quince. Exp. N° 21836-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando:
I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Dennisi Ponce Cruz, en el
sentido que el nombre de la persona inscrita y el nombre de la madre de la
misma son Denisis y Seneyda del Rosario, respectivamente.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2018287789 ).
Registro Civil-Departamento
Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Aviso de solicitud de
naturalización
Cristóbal Eduardo Millán Gómez, venezolano, cédula de residencia
186200312110, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 5238-2018.—San José, al ser las 11:36 del 22 de octubre del
2018.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—(
IN201828807 ).
HOSPITAL DR. MAXIMILIANO PERALTA
JIMÉNEZ DE CARTAGO
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000043-2306
Materiales quirúrgicos para
cirugía bajo la modalidad
de entrega según demanda
El Hospital Dr. Maximiliano Peralta Jiménez de Cartago, invita a los
interesados a participar en el siguiente concurso:
• Número de
Licitación: 2018LA-000043-2306.
• Descripción:
Materiales quirúrgicos para cirugía bajo la modalidad de entrega según demanda.
• Fecha
máxima para el recibo de ofertas: 29 de noviembre de 2018.
• Hora de apertura:
10:00 a. m.
Los interesados en participar y conocer mayores detalles podrán
solicitar el cartel de especificaciones a partir de esta publicación a los
teléfonos 2591-1161 y 2591-8767, dicho cartel se enviará por correo
electrónico, o bien puede accesar la página web de la institución, en la
siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones y descargar el cartel.
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Carlos Coto Arias, Coordinador.—1 vez.—( IN2018295250 ).
UNIDAD ADQUISICIONES Y
CONTRATACIONES
POLICITACIÓN N° 2018LN-000001-01
Venta de 21 lotes residenciales
y 1 lote comercial
en las zonas de San José,
Cartago,
Guanacaste y Puntarenas
Se informa a los interesados que está
disponible el cartel de la Policitación N° 2018LN-000001-01, para la “Venta de
21 lotes residenciales y 1 lote comercial en las zonas de San José, Cartago,
Guanacaste y Puntarenas”, cuya fecha y hora máxima para presentar ofertas se
define para el 14 de diciembre del 2018, a las 11:00 a.m. Las condiciones para
ofertas y el detalle de los lotes se encuentran en el cartel de la
policitación, el cual puede ser descargado de la página web del INVU,
http://www.invu.go.cr., solicitarlo al correo electrónico
adquisiciones@invu.go.cr o retirarlo en la Unidad de Adquisiciones y
Contrataciones del INVU, ubicada en el tercer piso del edificio Jutsini en
Avenida 9, calles 3 bis y 5, Barrio Amón, San José.
M.Sc. Alonso Oviedo Arguedas, Encargado.—1 vez.— ( IN2018295232 ).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
Departamento
de Proveeduría
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000032-MUNIPROV
Contratación para el servicio de
seguridad, para que brinde
vigilancia y resguardo de los
terrenos e infraestructura
de la naciente Arriaz, en un
horario de 24 horas del día,
los 7 días de la semana (incluye
feriados)
El Departamento de Proveeduría avisa que recibirá ofertas para la
licitación antes indicada hasta las 10:00 horas del 28 de noviembre del 2018.
Los interesados podrán accesar el cartel de licitación en nuestra
página web www.muni-carta.go.cr.
Guisella Zúñiga Hernández, Secretaria Concejo Municipal.— 1 vez.—( IN2018295285 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO
TÉCNICO PROFESSIONAL JOSÉ ALBERTAZZI
LICITACIÓN PÚBLICA N°
CTPJAA-LP-01-2018
Contratación
de productos cárnicos, abarrotes, lácteos, frutas
y vegetales
frescos, para preparar alimentos en el comedor
estudiantil del CTP José
Albertazzi Avendaño
La Junta Administrativa del Colegio Técnico Professional José
Albertazzi. Le invita participar en la Contratación de Productos Cárnicos,
Abarrotes, Lácteos, frutas y vegetales frescos, para preparar alimentos en el
Comedor Estudiantil del CTP José Albertazzi Avendaño curso lectivo 2019.
Los interesados deben solicitar los requisitos que aplican para la
contratación, a partir de las ocho horas del día 19 y 20 noviembre del 2018, en
las instalaciones del Colegio Técnico Profesional José Albertazzi Avendaño,
ubicados 350 metros oeste de Alcohólicos Anónimos sector 6, los Guido
Desamparados.
El plazo máximo concedido para presentar las ofertas es hasta las doce
horas medio día según reloj marcador de la institución del día 4 de diciembre
del 2018. Se atenderán consultas por los siguientes medios: teléfonos 2270-2273
/ 2270-14790 al correo electrónico ctpjaajunta.albertazzi@gmail.com.
San José, 12 de noviembre de 2018.—José Ángel Guerrero, Presidente.—1 vez.—( IN2018295259 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de
contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión 98-18 del día 8 de noviembre del 2018, artículos III, V, y
VI, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000030-PROV
Contratación de Pintura y obras
varias para el Edificio
de los Tribunales de Justicia de
Pérez Zeledón
A: Constructora Arpo S. A., cédula jurídica N° 3-101-584025,
por monto de ¢92.659.665,20.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000039-PROV
Servicio médico bajo la modalidad
de hora profesional
para servidores judiciales del
Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (San
Carlos)
A: Corporación de Profesionales Médicos Copromed S. A., cédula
jurídica N° 3-101-385494, por un precio por hora profesional de ¢43.458,30.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000019-PROV
Mantenimiento Preventivo y
Correctivo del Sistema de Agua
Helada, tanto Evaporadores como
Chiller del Edificio
de los Tribunales de Justicia de
Santa Cruz
A: Tecnología e Ingeniería Verde S. A., cédula jurídica N°
3-101-163507, por un monto total de ¢1.762.000,00, por visita trimestral.
San José, 12 de noviembre de 2018.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2018295157 ).
Oficina
de Contratación y Suministros
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2017LN-000002-99999
(Resolución de adjudicación N°
24)
Compra de equipos de cómputo
La
Universidad Estatal a Distancia (Uned), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo Universitario en
sesión N° 2702-2018,
art. V, celebrada el 08 de noviembre del 2018, acordó:
Avalar la recomendación de la Comisión de Licitaciones, y adjudicar la
Licitación Pública 2017LN-000002-99999, “Compra de equipos de cómputo”, de la
siguiente manera:
I. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por PC
Notebook de Costa Rica S. A. por cuanto no atendió en tiempo y forma la
prevención de subsanación.
II. Dejar
fuera de concurso la oferta presentada por Componentes El Orbe S. A. para el
ítem 8 por cuanto ofertó un modelo de equipo de manera errónea, lo anterior de
conformidad con lo indicado por la empresa en el oficio de un equipo de manera
errónea según nota con fecha 18 de mayo del 2018 enviada por la empresa y
visible en el folio 2331-2332-2333, lo que la hace inelegible para este
proceso.
III. Adjudicar la
Licitación Pública 2017LN-000002-99999, “compra de equipo de cómputo”, con base
en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente
manera:
a. A la empresa Sistemas
Convergentes S. A, lo siguiente:
Ítem 8: Doscientas dieciséis (216) unidades de computadoras de
escritorio Kelvin, según especificaciones.
Marca Dell, modelo Optiplex 7050 SFF
Garantía 3 años.
Plazo de entrega: 39 días naturales
Precio unitario $972,02
Precio total $209.956,49
Monto total adjudicado: $209.956,49
Sabanilla, 12 de noviembre del año 2018.—Mag.
Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—( IN2018295184
).
Subárea
de Contratación Administrativa
Unidad Coordinadora del Proyecto Institucional (UCPI) y del Acuerdo de
Mejoramiento Institucional (AMI) de Universidad Estatal a Distancia UNED
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N°
SIMPLIFICADA
CR-UNED-65348-GO-RFB-PS-01-2018
Compra de Equipo para Estudio de
Radio
Resolución de Adjudicación N° 74
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados
en la presente Licitación, que el Consejo Universitario en sesión N° 2702-2018,
Art. VI, celebrada el 8 de noviembre del 2018, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Nacional Simplificada
CR-UNED-65348-GO-RFB-PS-01-2018 “Compra de Equipo para Estudio de Radio” la
cual fue promovida por la Universidad Estatal a Distancia en el marco del
Proyecto 8194-CR Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior
Costarricense y en el marco del Acuerdo de Mejoramiento Institucional (AMI)
para la “Compra de Equipo para Estudio de Radio”, equipos de la iniciativa 7 de
la siguiente manera:
Nombre del
Proyecto: Proyecto de
Mejoramiento de la Educación Superior
País: Costa Rica
Número del Proyecto: P123146
Contrato Referencia: CR-UNED-65348-GO-RFB-PS-01-2018
Alcance del Contrato: “Compra de Equipo para el
Estudio de Radio” correspondiente a la iniciativa N° 7 del AMI.
Evaluación moneda: Dólares
1. Postor
Adjudicado: Juan
Bansbach Instrumentos Musicales S. A.:
Dirección: San José,
Costa Rica
Duración del Contrato: 45 días calendario.
Lugar de entrega: Distribución según
cartel
Precio de la oferta por lote, leído en la apertura de ofertas:
Lote 1:
Línea
N° 1: 3 unidades Mezcladores digitales de audio 24 canales, modelo TF3 marca
Yamaha, incluye tres tarjetas Dante para TF, modelo NY64-D marca Yamaha
Línea
N° 2: 2 unidades Preamplificadores (culebra digital). Pream para TF3 de 16
canales 8 salidas, modelo TIO1608D marca Yamaha, incluye un rack para montar en
pared modelo NARACK
Línea
N° 3: 4 unidades Micrófonos para estudio modelo SM27LC
Línea
N° 4: 4 unidades Pedestales metálicos para los micrófonos de la línea N° 3,
modelo KM2710555
Línea
N° 5: 3 unidades Tabletas para manejo remoto de las funciones del mezclador
digital solicitado en la línea N° 1. Modelo PRO, marca Apple
Precio
total del lote N° 1: ¢10.186.052,32
Tiempo
de entrega: 45 días calendario.
Monto total adjudicado a la empresa Juan Bansbach Instrumentos
Musicales S. A.: ¢10.186.052,32
2. Postor Adjudicado: Más Música Internacional S. A.:
Dirección: Cartago,
Costa Rica
Duración del Contrato: 45 días calendario.
Lugar de entrega: Distribución según cartel
Precio de la oferta por lote,
leído en la apertura de ofertas:
Lote N° 3:
Línea
N° 1 1 unidad de Sistema de cuatro micrófonos, el cual incluye lo siguiente:
2 micrófonos TG
1000 Receiver, Beyerdynamic, receptor con Dante
4 micrófonos TG
1000 Handlend, Beyerdynamic, micrófono de mano
4 micrófonos TG
1000 Beyerdynamic, Beltpack
4 micrófonos TG
L55c Beyerdynamic, micrófono de solapa
4 micrófonos TG
H54c Beyerdynamic, micrófono de diadema
2 micrófonos
WA-ADT Beyerdynamic Antenas Direccionales UHF
Precio total del
lote N° 3: ¢7.204.750,00
Tiempo de
entrega: 45 días calendario.
Monto total
adjudicado a la empresa Más Música Internacional S. A.: ¢7.204.750,00
3. Postor Rechazado en los lotes N° 1 y N° 2: Más Música Internacional
S. A.
Dirección:
Cartago, Costa Rica
Precio de los
lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura de ofertas:
¢7.371.500,00
Motivos del
Rechazo: No cumple técnicamente con lo siguiente:
Lote N° 1
Línea
N° 2 Dos preamplificadores (culebra digital)
2.9
Se solicita: Frecuencias de muestreo: 44.1 kHz / 48 kHz.
Se
oferta: Frecuencia de muestreo: 48 kHz, 96 kHz.
Es
inaceptable. El equipo ofertado no presenta la opción solicitada de frecuencia
de muestreo de 44.1 kHz, lo cual si interviene en los procesos a realizar.
Línea N° 3 Cuatro micrófonos para estudio.
3.18
Se solicita: Sensibilidad: -37 dB aproximadamente.
Se
oferta: Sensibilidad: - 17 dB
Es
inaceptable. La diferencia en la sensibilidad del micrófono ofertado es
significativa. Por tanto, afectaría los trabajos a realizar. Por lo tanto, no
cumple.
Lote N° 2
Línea 1
1.1 Un monitor
profesional de audio para monitoreo máster (Subwoofer):
1.1.3
Se solicita: Sensibilidad de entrada: etiquetados con posiciones para MUTE,
+6dBu y -8dBu.
Se oferta: Low pass filter: continuously variable from 50 to 130 Hz
Es inaceptable. La característica de la oferta no corresponde con lo
solicitado.
1.1.6
Se solicita: Salida de potencia: 400 Watts Continuos @ 1% THD+N @ 100Hz.
Se
oferta: Salida de potencia: 250 W
Es
inaceptable. La diferencia de potencia es muy amplia. Por lo tanto, no se
acepta pues afecta la calidad del monitoreo.
1.2 Cinco
monitores de audio para monitoreo máster.
1.2.9.2 Se solicita: 10kΩ ¼” TRS y XLR
Balanceado
Se
oferta: 10 ohms (kΩ) ¼“ TRS y XLR desbalanceado
Es
inaceptable. La característica de XLR se solicitó balanceado y se ofertó
desbalanceado. Lo cual interviene en los procesos a realizar.
1.2.10.3
Se solicita: Sistema de volumen: -30dB to +6dB aproximadamente.
Se
oferta: Sistema de volumen: Plano, -2 dB, -4 dB
Es
inaceptable. Los rangos del equipo ofertado, son muy
diferentes a lo solicitado. Por lo tanto, no se acepta pues afecta la calidad
del monitoreo.
Línea N° 2
2.1 Doce
monitores de audio de 4 pulgadas.
2.1.11.3
Se solicita: Sistema de volumen: -30dB to +6dB aproximadamente
Se
oferta: Sistema de volumen: Plano, -2 dB, -4 dB
Es
inaceptable. Los rangos del equipo ofertado, son muy
diferentes a lo solicitado y no se acepta por las afectaciones a las labores
que esta diferencia ocasiona al monitoreo óptimo.
2.2.11.3
Se solicita: Sistema de volumen: -30dB to +6dB aproximadamente
Se
oferta: Sistema de volumen: Plano, -2 dB, -4 dB
Es
inaceptable. Los rangos del equipo ofertado, son muy
diferentes a lo solicitado y no se acepta por las afectaciones a las labores
que esta diferencia ocasiona al monitoreo óptimo.
4. Declarar desierto según los criterios del Banco Mundial, el lote
N° 2 para la Licitación Pública Nacional Simplificada
CR-UNED-65348-GO-RFB-PS-01-2018, “Compra de Equipo para el Estudio de Radio”:
por cuanto la única oferta recibida para este lote presenta desviaciones que la
vuelven inadmisible.
Sabanilla, 13 de noviembre del año 2018.—Oficina
de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania
Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2018295186 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN
GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000066-2101
(Infructuoso)
Barras de pectus
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael
Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso que la
compra en mención fue declarada infructuosa, ver más detalles en
http://www.ccss.sa.cr
Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—( IN2018295283 ).
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000060-2208
Fórmula enteral para pacientes
con intolerancia a la glucosa
Modalidad entrega según demanda
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de
Paúl, comunica a los proveedores participantes en la presente Licitación, su
adjudicación a la empresa:
Nutricare Sociedad Anónima, el ítem
N° 1
Monto Aproximado: $167.500,00 (ciento sesenta y siete mil quinientos
dólares exactos).
Heredia, 12 noviembre del 2018.—Msc. Oscar
Montero Sánchez, Dirección Administrativa.—1 vez.—(
IN2018295434 ).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES
Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2018LN-000017-5101
Ítem único:
venda elástica marca Albatros de 7.5 cms +-1 mm
de ancho por 4.5 mts +- 10 de
longitud estirada
La Caja Costarricense de Seguro Social comunica que de
acuerdo al Acta de Adjudicación DABS-3099-2018 del 09 de noviembre de
2018, se resuelve adjudicar el ítem único a la empresa Elástica Surquí S.A.
Por un monto unitario de USD $1,29.
Vea detalles y mayor información en la página
web http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN
San José, 12 de noviembre del 2018.—Licda. Shirley Méndez Amador,
Asistente, Subárea de Insumos Médicos.—1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº AABS-1295-18.—( IN2018295399 ).
LÍNEA DE PRODUCCIÓN DE
MEDICAMENTOS
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000074-5101
Basiliximab 20 mg. polvo para
inyección con diluente,
frasco ampolla de 6 ml. código:
1-10-41-3215
Se informa a todos los interesados que el ítem
único del concurso 20181A-000074-5101, para la adquisición del medicamento
Basiliximab 20 mg. polvo para inyección con diluente, frasco ampolla de 6 ml.
código: 1-10-41-3215, se adjudicó a la empresa 3-101-055942 Distribuidora
Farmanova S. A., por un precio unitario de $1.899,80. Resolución
DABS-3075-2018 de la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios; más
información en la dirección electrónica institucional:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LA, en formato PDF,
o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y
Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales.
San José, 13 de noviembre del 2018.—Subárea de
Medicamentos.—Licda. Shirley Méndez Amador, Jefatura
a. í.—1 vez.—O.C. N° 1142.—Solicitud N° AABS-2012-18.—( IN2018295402 ).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000042-PRI
Compra de tracto camión con low
boy
y carreta tipo remolque
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA),
cédula jurídica N° 4-000-042138 comunica que mediante Resolución de Gerencia Nº
GG-2018-989 del 06 de noviembre del 2018, se adjudica la presente licitación de
la siguiente manera:
A: Oferta N° 1:
Maquinaria y Tractores Ltda. (Matra), la posición N° 2: Dos carretas tipo remolque, marca EXA por un monto
Total DDP: $94.800,00. El precio incluye gastos de inscripción, RTV y marchamo
al día.
A: Oferta N° 3:
Autostar Vehículos S. A., la
posición N° 1: Tracto camión con Lowboy por un monto de: $203.000,00. El precio
incluye impuestos, gastos de inscripción y 4 mantenimientos.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
Licda. Iris Patricia Fernández Barrantes,
Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 6000002848.—Solicitud Nº
133527.— ( IN2018295353 ).
Proveeduría Institucional
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la adjudicación del
siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000128-01
Compra de
Insumos, herramientas, materiales para construcción
y equipo para la
producción en Asentamientos administrados
por la Oficina
de Desarrollo Territorial Guatuso
Según oficio GG-1615-2018 del 12 de noviembre del 2018 se adjudica el
proceso de referencia de la siguiente manera:
A la empresa Almacén Agro Logos S.A., cédula jurídica
3-101-060704, las líneas de la 1 a la 27, 28 a la 87, 89, 90, 95 por un monto
total de ¢33.155.313,00.
A la empresa El Colono Zona Norte, cédula jurídica
3-101-619060, las líneas 88, 91, 92, 93, por un monto total de ¢5.496.401,20.
Se declara infructuosa la línea 94, debido a que las ofertas recibidas
no cumplen con las especificaciones solicitadas en el cartel.
El control, seguimiento y fiscalización de la correcta ejecución de
esta contratación recae en el funcionario Socorro Angulo Méndez (sustituto de
la compañera Valeria Rojas Fonseca) y su Jefatura. esto con el fin de
garantizar el cumplimiento de las condiciones, especificaciones, plazos, y
demás condiciones de la contratación.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295177 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicacion del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000132-01
Reubicación de tuberías de
conducción y distribución
para el acueducto de Río Grande
de Paquera”,
de la Región de Desarrollo
Pacífico Central,
Oficina de
Desarrollo Territorial de Paquera
Adjudicar a favor de la empresa Tecnología en Uso de Aguas S.
A., cédula jurídica 3-101-456307, por un monto total de ¢78.964.000,00
(setenta y ocho millones novecientos sesenta y cuatro mil colones con 00/100),
con un plazo de ejecución de 90 días naturales, según oficio GG-1615-2018, del
12 de noviembre de 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN218295203 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000131-01
Reubicación de Tuberías de
Conducción y Distribución
para el Acueducto de Orotina
(Pital-Centeno) de la
Región de Desarrollo Pacífico
Central, Oficina
de Desarrollo Territorial de
Orotina
Adjudicar a favor de la Empresa Tecnología en
uso de Aguas S.A., cédula jurídica 3-101-456307, por un monto total de
¢87.919.000,00 (ochenta y siete millones novecientos diecinueve mil colones con
00/100), con un plazo de ejecución de 90 días naturales, según oficio
GG-1615-2018, del 12 de noviembre de 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295204 ).
El Instituto de
Desarrollo Rural, cédula jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicación del
siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000122-01
Construcción
de Puesto de salud tipo Visita Periódica en Punta
Morales, Territorio Puntarenas -
Montes de Oro
Adjudicar a favor de la Empresa Chaves Pérez Ingeniería S. A.,
cédula jurídica 3-101-337373, por un monto total de ¢76.340.334,28 (setenta
y seis millones trescientos cuarenta mil trescientos treinta y cuatro colones
con 28/100), con un plazo de ejecución de 90 días naturales, según oficio
GG-1615-2018, del 12 de noviembre de 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto, Proveeduría Institucional.—1 vez.—( IN2018295205 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000112-01
Construcción de salón de uso
múltiple, una batería
sanitaria
en el Asentamiento Wahope, Región
de Desarrollo Huetar Caribe
Adjudicar a favor de la empresa Esquivel L Constructora S. A.,
cédula jurídica 3-101-532563, por un monto total de ¢34.668.284,00 (treinta y
cuatro millones seiscientos sesenta y ocho mil doscientos ochenta y cuatro
colones con 00/100, con un plazo de ejecución de 40 días naturales, según
oficio GG-1615-2018, del 12 de noviembre de 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295206 ).
El Instituto de
Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del
siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000118-01
Contratación de mano de obra y
materiales (llave en mano)
para la
construcción de las líneas de distribución eléctrica
en el Asentamiento Nuevo
Horizonte, de la Región
de Desarrollo Huetar Caribe
Adjudicar a favor de la Empresa Compañía Constructora Corelsa S.
A., cédula jurídica N° 3-101-043404, por un monto total de
¢69,821,482.46 (sesenta y nueve millones ochocientos veintiún mil cuatrocientos
ochenta y dos con 46/100), con un plazo de ejecución de 140 días naturales,
según oficio GG-1615-2018, del 12 de noviembre del 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Proveeduría
Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295207 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000109-01
Construcción
de planta depuradora de moluscos del Territorio
Puntarenas
- Montes de Oro, Región de Desarrollo Pacífico
Central, Oficina de Desarrollo
Territorial de Orotina
Adjudicar a favor de la empresa Chaves Pérez Ingeniería S. A, cédula
jurídica 3-101-337373, por un monto total de ¢ 128.905.837,48 (ciento
veintiocho millones novecientos cinco mil ochocientos treinta y siete colones
con 48/100, con un plazo de ejecución de 180 días naturales, según oficio
GG-1615-2018, del 12 de noviembre del 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018 295208).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
Jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000110-01
Remodelación de aulas de la
Escuela del Asentamiento
Finca Diez, Región de Desarrollo
Huetar Norte,
Oficina de Desarrollo
Territorial
de Horquetas
Adjudicar a favor de la Empresa Esquivel L Constructora S. A., cédula
jurídica N° 3-101-532563, por un monto total de ¢30,620,360.00 (treinta
millones seiscientos veinte mil trescientos sesenta colones netos, con un plazo
de ejecución de 40 días naturales, según oficio GG-1615-2018, del 12 de
noviembre del 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295209 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000118-01
Contratación de mano de obra y
materiales (llave en mano)
para la construcción de las
Líneas de distribución
eléctrica en el Asentamiento
Nuevo Horizonte, de
la Región de Desarrollo Huetar
Caribe
Adjudicar a favor de la empresa Compañia Constructora Corelsa S.
A., cédula jurídica 3-101-043404, por un monto total de ¢69.821.482,46
(sesenta y nueve millones ochocientos veintiún mil cuatrocientos ochenta y dos
con 46/100), con un plazo de ejecución de 140 días naturales, según oficio
GG-1615-2018, del 12 de noviembre de 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen
Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295210 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicacion del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000108-01
Construcción de Mejoras para el
Acueducto de San Pedro
de Pérez Zeledón, San José, de
la Región de Desarrollo
Brunca,
Oficina de Desarrollo Territorial de San Isidro
Adjudicar a favor de al Consorcio conformado por las empresas Tecnología
en Uso de Aguas S. A., Cubero Ingeniería Civil S. A. y GES Latin
Americana S. A., cédulas jurídicas 3-101-456307, 3-101-686454 y
3-101-521168 respectivamente, por un monto total de ¢257.021.616,00
(doscientos cincuenta y siete millones veintiún mil seiscientos dieciséis
colones con 00/100), con un plazo de ejecución de 210 días naturales, según
oficio GG-1615-2018, del 12 de noviembre del 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295219 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000102-01
Construcción de caminos en el
Asentamiento San Isidro I,
Región de Desarrollo Central,
Oficina de Desarrollo
Territorial de Cartago
Adjudicar a favor de al Consorcio conformado por las empresas JR
Ajima de Occidente S. A. y Sistemas Constructivos de Avanzada S. A., cédulas
jurídicas 3-101-213998 y 3-101-583805 respectivamente, por un monto total
de ¢115,614,511.55 (ciento quince millones seiscientos catorce mil quinientos
once colones con 55/100), con un plazo de ejecución de 35 días naturales, según
oficio GG-1615-2018, del 12 de noviembre del 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295220 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000101-01
Construcción de caminos en el
Asentamiento El Diamante,
Región de Desarrollo Central, Oficina
de Desarrollo
Territorial de Grecia
Adjudicar a favor de la empresa Alquileres Valverde S. A., cédula
jurídica 3-101-168406, por un monto total de ¢17,448,950.00 (diecisiete
millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta colones netos
con 00/100), con un plazo de ejecución de 25 días naturales, según oficio
GG-1615-2018, del 12 de noviembre del 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Lida. Karen
Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295221 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000100-01
Construcción de caminos en el Asentamiento
El Diamante,
Región de Desarrollo Central,
Oficina de Desarrollo
Territorial de Grecia
Adjudicar a favor de la empresa Alquileres Valverde S. A., cédula
jurídica N° 3-101-168406, por un monto total de ¢53.906.946,00 (cincuenta y
tres millones novecientos seis mil novecientos cuarenta y seis colones con
00/100), con un plazo de ejecución de 35 días naturales, según oficio
GG-1615-2018, del 12 de noviembre de 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295222 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000098-01
Construcción de caminos en el
Asentamiento Los Jilgueros,
Región de Desarrollo Chorotega,
Oficina de Desarrollo
Territorial de Santa Cruz
Adjudicar a favor de la empresa Alquileres Valverde S. A., cédula
jurídica: 3-101-168406, por un monto total de ¢99.851.000,00 (noventa y
nueve millones ochocientos cincuenta y un mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución de 45 días naturales, según
oficio GG-1615-2018, del 12 de noviembre de 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295223 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000096-01
Construcción de caminos en el
Asentamiento San Ramón,
Sectores Acceso, Centro de
Población y Playitas,
de la
Región de Desarrollo Chorotega, Oficina
de Desarrollo Territorial de
Cañas”
Adjudicar a favor de la empresa Alquileres Valverde S. A., cédula
jurídica 3-101-168406, por un monto total de ¢115,316,000.00 (ciento quince
millones trescientos dieciséis mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución
de 40 días naturales, según oficio GG-1615-2018, del 12 de noviembre del 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Lida. Karen
Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295224 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica: 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000091-01
Construcción de caminos en el
Asentamiento Maná,
Región de Desarrollo Huetar
Caribe, Oficina
de Desarrollo Territorial de
Cariari
Adjudicar a favor de la empresa Alcapra ACP S. A., cédula jurídica
N° 3-101-516925, por un monto total de ¢137.339.500,00 (ciento treinta y
siete millones trescientos treinta y nueve mil quinientos colones con 00/100),
con un plazo de ejecución de 74 días naturales, según oficio GG-1615-2018, del 12
de noviembre de 2018.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018295225 ).
MUNICIPALIDAD DE UPALA
La Municipalidad de Upala informa el acto formal de adjudicación para
el siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-00004-01
Contratación de persona física o jurídica para realizar la
escarificación
de la superficie de ruedo y rehabilitación de cunetas de los
cuadrantes
de Colonia Puntarenas C2-13-149, longitud a intervenir 950 metros,
mediante el
suministro, acarreo, colocación, conformación
y compactación de una capa de base granular graduación
TM-40-B
modificada y de una carpeta
asfáltica en
caliente
Transcripción de acuerdo mediante oficio: SCMU-135-2018-0007-11;
capítulo VI, que corresponde al Artículo dos según Acta Nº 135-2018, de sesión
ordinaria celebrada por el Concejo Municipal el día martes
seis de noviembre del dos mil dieciocho, el cual contiene lo siguiente:
Acuerdo definitivamente aprobado en firme
El Concejo Municipal mediante acuerdo definitivo y en firme da su
aprobación al Acta de Adjudicación y su recomendación de N° 2018LA-00004-01,
que presenta el Alcalde Municipal, a favor de la empresa: Constructora
Herrera S. A., cedula jurídica: 3-101-125558; por un monto de hasta
¢74.857.950,00. Setenta y cuatro millones ochocientos cincuenta y siete mil
novecientos cincuenta colones netos.
Juan Acevedo Hurtado, Alcalde.—1 vez.—(
IN2018295142 ).
La Municipalidad de Upala informa el acto
formal de adjudicación para el siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-00003-01.
Contratación de persona física o jurídica para realizar la
escarificación
de la superficie de ruedo y rehabilitación de cunetas de los
cuadrantes
de canalete C2-13-037. Longitud a intervenir
1 kilometro, mediante
el suministro, acarreo, colocación, conformación y compactación
de
una capa de base granular graduación TM-40-B
modificada y de
una carpeta asfáltica en caliente
Transcripción de acuerdo mediante oficio: SCMU-135-2018-0008-11;
capítulo VI, que corresponde al artículo tres según Acta N° 135-2018, de sesión
ordinaria celebrada por el Concejo Municipal el día martes
seis de noviembre del dos mil dieciocho, el cual contiene lo siguiente:
Acuerdo definitivamente aprobado en firme
El Concejo Municipal mediante acuerdo
definitivo y en firme da su aprobación al Acta de Adjudicación y su
recomendación de N° 2018LA-00003-01, que presenta el Alcalde Municipal, a favor
de la empresa: Constructora Herrera S. A., cedula jurídica:
3-101-125558; por un monto de hasta ¢98.474.125,00. Noventa y ocho millones
cuatrocientos setenta y cuatro mil ciento veinticinco colones netos.
Juan Acevedo Hurtado, Alcalde.—1 vez.—(
IN2018295143 ).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000025-MUNIPROV
Suministro
de mano de obra, acarreo y colocación de materiales
y equipo necesario para la
confección e instalación
de señales
verticales, señalamiento y demarcación
de tránsito horizontal para carreteras
en el cantón central de Cartago
A los interesados en esta licitación se les
hace saber que el Concejo Municipal del Cantón Central de Cartago, en Acta N°
195-2018, Artículo N° XXXVIII de sesión celebrada el 06 de noviembre del 2018,
acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente manera:
Oferente: Consorcio de Empresas HSV-Señalamiento Vial-Bel
Consultorews, actuando como Empresa Líder: Horizontes de Vías y Señales
Centroamérica S. A.
Cédula Jurídica N° 3-101-304030
Proyecto N° 1:
Presupuesto: ¢30.000.000.00 (fondos propios)
Unidad Solicitante: Unidad Técnica de Gestion Vial
|
Monto
cotizado: ¢1.208.550.00 (millón
doscientos ocho mil, quinientos cincuenta colones exactos).
Proyecto N° 2:
Presupuesto: ¢14.000.000.00 Fondos Provenientes de la Ley 9078,
específicamente en su Artículo 234 Inciso D.
Unidad Solicitante: Área de Seguridad Comunitaria
|
Monto
cotizado: ¢1.208.550.00 (millón
doscientos ocho mil, quinientos cincuenta colones exactos).
Proyecto N° 3:
Presupuesto: ¢10.470.000.00 Fondos
Provenientes de la Ley 3580
Unidad Solicitante: Estacionómetros y Terminales
|
Monto Cotizado:
¢14.040.000.00 (catorce millones, cuarenta mil colones exactos),
según oficio ET-OF-101-2018, el Departamento de Estacionómetros y Terminales
indican que cuentan con el contenido presupuestario para hacerle frente a la
totalidad de este proyecto.
Monto total adjudicado para todos los proyectos: ¢58.040.000.00 (cincuenta y ocho millones,
cuarenta mil colones exactos).
Plazo de entrega: Entrega según demanda (se debe dar en un plazo de 12
meses)
Forma de pago: Acepta la indicada en el cartel.
Todo lo demás de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.
Secretaría.—Guisella Zúñiga Hernández, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(
IN2018295284 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000026-MUNIPROV
Suministro, diseño,
configuración, programación, instalación
y puesta en funcionamiento de
equipos completos de
automatización y de medición de
cloro residual
y medidores de caudal todo en el
Cantón
Central de Cartago
A los interesados en esta licitación se les hace saber que, el Concejo
Municipal del Cantón Central de Cartago, en Acta N°195-2018, Artículo N° XLI de
sesión ordinaria celebrada el 06 de noviembre del 2018, acordó adjudicar este
proceso licitatorio de la siguiente manera:
Para ver la imagen solo en La
Gaceta en formato PDF
Lugar de entrega: En el Almacén de la Municipalidad de Cartago,
ubicado en el Plantel Municipal.
Forma de pago: Se realizará el Pago del 70% una vez que sean
entregados es equipos e el Almacén Municipal para su análisis y verificación de
cumplir con lo ofertado, posteriormente se girará el 30% restante una vez que
los equipos estén debidamente instalados.
Todo lo demás de acuerdo con los términos del
cartel y la oferta.
Guisella Zúñiga Hernández, Secretaria Consejo Municipal.— 1 vez.—( IN2018295286 ).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
Dirección
Jurídica
La Dirección Jurídica de la Refinadora
Costarricense de Petróleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241
de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente
resultó imposible localizar al contratista Servicios de Ingeniería y Control
Avanzados S. A. de C.V., cédula empresa extranjera 900000000268, en la
dirección registrada en su oferta es el país de México y no teniendo dirección
registrada en Costa Rica, se procede por esta vía a comunicar la resolución
número 003 2018, de fecha 22 de agosto del 2018, que dio inició al
procedimiento administrativo y le confiere audiencia para formular conclusiones
sobre la sanción dentro de la Contratación N° 2015CD-000065-01, por el supuesto
incumplimiento en la entrega del objeto contractual durante la fase de
ejecución del contrato con base en el artículo 39 y 41 de la Constitución Política,
y el artículo 241 y 320 y siguientes de la Ley General de la Administración
Pública:
Proceso Administrativo:
Contratista Servicios de Ingeniería y Control Avanzados S. A. de C.V,
conferimiento de audiencia para formular conclusiones sobre la declaratoria de
una sanción del vínculo contractual, dentro de la Contratación N°
2015CD-000065-01, por el incumplimiento en la entrega del objeto contractual
durante la fase de ejecución del contrato. Resolución 003-2018. Gerencia
General-San José, a las ocho horas del veintidós de agosto del dos mil
dieciocho.
Resultando:
1) Que el presente
proceso de Contratación de Escasa Cuantía N° 2015CD-000065-02, se promovió la
contratación para la adquisición accesorios y repuestos para la reparación y
debido funcionamiento del motor utilizado para la determinación de numero de
octanos en naftas de alto y bajo octanaje”, la cual fue adjudicada a la
contratista Servicios de Ingeniería y Control Avanzados S. A. de C.V.
2) Que
al presente concurso, por la modalidad de la misma, se presentó una única
oferta a cotizar entre los proveedores inscritos y activos en el giro comercial
ante el registro de proveedores de la empresa, más la publicación respectiva en
la página Web de la empresa.
3) Que la oferta
técnica, legal y financieramente cumpliente fue la presentada por el
contratista Servicios de Ingeniería y Control Avanzados S. A. de C.V.
4) Que mediante oficio
CBS-EC-0741-2015-del 26 de marzo del 2015, el Departamento de Contrataciones de
Bienes y Servicio Escasa Cuantía, notificó el acto de adjudicación al oferente.
5) Que mediante, acta
de adjudicación de fecha 27 de enero del 2016, el Departamento de
Contrataciones de la Dirección de Suministro, notificó el nuevo contrato
adicional de la contratación, acto que se notificó mediante oficio
CBS-EC-087-2016 del 27 de enero del 2016 al oferente
6) Que con oficio de
fecha 06 de junio de 2016, la empresa SICA, solicita una prórroga al plazo de
entrega del pedido.
7) Que mediante
DAC-0182-2016, la Unidad Gestionante da respuesta a la solicitud de prórroga
enviada por el contratista y le advierte que la entrega tardía podría traer
consecuencias para RECOPE, por lo que solicita que se envíen los repuestos
mediante el embarque parcial propuesto.
8) Que
la fecha de inicio del plazo contractual es el día 15 de abril del 2015,
durante la fase de ejecución del contrato, el contratista incurrió para las
líneas 1, 3 a la 24, 26 a la 57, 59 a la 77, 79 a la 88 en 121 días naturales
de atraso, para las líneas 25 y 58 incurre en 128 días naturales de atraso, y
para la línea 78 incurre en 125 días naturales de atraso en el tiempo de
entrega, por un monto total de $ 41.054,61 y para el contrato adicional el
contratista incurrió para las líneas 1, 5, 7, 11, 16, 19, 26, 30, 34, 46, 49,
57, 61, 63, 65, 76, 80, 84, 87 en 133 días naturales de atraso en el tiempo de
entrega, por un monta total de $12.317,41
9) Que mediante oficio
CC-CP-0240-2016, se procedió a realizar la recepción definitiva del pedido
2016-000154, por un monto de $12.316,53. Dicha contratación sufrió un atraso en
la entrega de 113 días, por lo que solicitan que se tomen las medidas del caso.
En cuanto a las posibles sanciones: De ser acreditados los hechos que
se le endilgan al contratista Servicios de Ingeniería y Control Avanzados S. A.
de C.V., podría imponerse una sanción de apercibimiento, conforme a la
literalidad de los ordinales 99 inciso a de la Ley de Contratación
Administrativa y 223 de su Reglamento.
Considerando:
Sobre la prueba que demuestra la existencia de un incumplimiento
contractual: analizado el expediente en el presente caso se constata la
existencia de un incumplimiento contractual evidente y manifiesto, ante el
incumplimiento contractual por parte del contratista Servicios de Ingeniería y
Control Avanzados S. A., de C.V., existiendo manifestaciones de la
Administración para tener a la mayor brevedad los ítems adjudicados en su
bodega, a fin de lograr con ello la debida satisfacción del interés público, a
fin de que no se ponga en riesgo la continuidad en la prestación del servicio
público, que por mandato de Ley N° 7356, artículos 1 y 2, RECOPE está obligado
a brindar.
Sobre el proceso aplicable: conforme a lo
indicado en los resultandos de la presente resolución el procedimiento
aplicable es lo previsto 245 de la Ley General de la Administración Pública,
dado que el acto final que se llegue a dictar no causará perjuicio grave al
interesado. Actuar en contrario iría en contra de los principios de eficiencia
y eficacia, de proporcionalidad y razonabilidad. Sobre el plazo para rendir
conclusiones: En razón de lo anterior, únicamente conforme a lo establecido en
el artículo 324 de la Ley General de Administración Pública se le confiere al
contratista Servicios de Ingeniería y Control Avanzados S. A. de C. V. el plazo
de tres días hábiles para que si bien lo tiene, se
sirva formular conclusiones. Por tanto,
De confinidad con los artículos 214, 240 y 324 de la Ley General de la
Administración Pública, 99 y 223 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, y que pese a que no hay valoración de daños y perjuicios, se
acuerda sin más trámite, seguir el presente procedimiento, y de conformidad con
el artículo 324 de la Ley General de la Administración Pública, conferir un
plazo de tres días hábiles al administrado contados a partir de la notificación
de la presente resolución, a fin de que si a bien lo tiene rinda sus conclusiones.
Es todo, Notifíquese al contratista en el lugar o medio que consta en el
expediente.
Licda. Zoraida Fallas Cordero.—1 vez.—Orden Compra N° 2018000299.—Solicitud
N° 130851.—( IN2018286739 ).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES
Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA
2017LN-000011-5101
(Aviso N° 16)
Pruebas bioquímicas
automatizadas en sangre, orina, líquido
cefalorraquídeo y otros fluidos
biológicos
Se informa a todos los interesados en participar en la licitación
pública 2017LN-000011-5101, que se aclara que la fecha de apertura de ofertas
se prorroga para el día 17 de diciembre del 2018 a las 10:00 horas, y no para
el 16 de diciembre 2018, como se consignó por error en el aviso 15.
Ver detalles en el expediente físico en la recepción del Área de
Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano
Echandi de Oficinas Centrales.
San José, 13 de noviembre del 2018.—Subárea de
Reactivos y Otros.—Licda. Katherine Fallas Gamboa.—1 vez.—Orden
de Compra Nº 1142.—Solicitud Nº SAR-0046-201.—( IN2018295389 ).
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
N° 2018LN-000026-5101
Conectores estériles libres de
aguja para mantener
sistema cerrado de la vía,
código 2-94-03-1307
A todos los interesados en el presente concurso se les aclara que por
un error material se consignó la hora de apertura a las 11:00 a.m. misma que
salió publicada en el Diario Oficial La Gaceta 209 del 12 de noviembre
del 2018, por tal motivo se debe leer correctamente fecha de apertura 22 de
noviembre del 2018 a las 13:00 horas.
La fe de erratas se encuentra en la siguiente página
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN
El resto de cartel permanece invariable.
San José, 13 de noviembre del 2018.—Licda. Shirley Méndez Amador,
Asistente, Subárea de Insumos Médicos.—1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº SAIM12992018.—( IN2018295403 ).
MUNICIPALIDAD DE POÁS
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 17 DEL
REGLAMENTO
AUTÓNOMO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES
Y RECREACIÓN DE POÁS
La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, en calidad de secretaria del
Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo
Municipal del Cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria N° 126-2018 celebrada el
25 de setiembre del 2018, en forma unánime y definitivamente aprobado, tomó el
Acuerdo N° 1662-09-2018, para modificar el artículo 17 del Reglamento Autónomo
de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación
de Poás, que en aras de apegarnos a derecho tal como lo indica el artículo 168
del Código Municipal, se modifique y se lea de la siguiente manera:
“Artículo 17: Los miembros de cada comité durarán en sus cargos dos
años, podrán ser reelegidos y no devengarán dietas ni remuneración alguna.”
De acuerdo al artículo 43 del Código Municipal, siendo que se trata de un
Reglamento Interno, rige a partir de su publicación.
Poás, 10 de Octubre del 2018.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Concejo
Municipal.—1 vez.—( IN2018286689 ).
Unidad Servicios de
Apoyo Operativo
AVISOS
A las
entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades
Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del
artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento sobre la Distribución de
Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en
un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus
Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de
Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la
Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador
público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de
Pedro Reyes Hernández, cédula N° 8-0046-0096 en calidad de Ex Deudor y de Ex
Propietario. En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr
San José, 12 de octubre del 2018.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora.—1 vez.—O. C. N° 524444.—Solicitud N° 131232.—(
IN2018287493 ).
A las entidades acreedoras supervisadas por
la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo
dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05
Reglamento sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes
Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco
Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y
adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de
la obligación y el saldo adeudado de Eladio Fernández Reyes, cédula N° 1-0987-0143
en calidad de Ex Deudor y de Ex Propietario. En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr
San José, 18 de octubre del 2018.—Licda. Alejandra
Trejos Céspedes, Supervisora.—1 vez.—O. C. Nº
524444.—Solicitud Nº 1131233.—( IN2018287494 ).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
OFICINA DE
REGISTRO Y ADMINISTRACION ESTUDIANTIL
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Omar Revelino Wright Grant, costarricense, cédula de identidad
7-0097-0786, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor
en Ingeniería de Proyectos otorgado por la Universidad Tecnológica de Panamá,
Panamá. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Mercedes de Montes de Oca, 01 de octubre, 2018.—Programa de
Reconocimiento y Equiparación de Estudios de Vida Estudiantil.—Licda.
Cinthya Vega Álvarez Jefa a.í.—( IN2018286316 )
Giancarlo Luigi Lissia Carranza,
costarricense, cédula de identidad 8-0117-0893, ha solicitado el reconocimiento
y equiparación del diploma de Bachiller en Ingeniería de Sistemas, otorgado por
la Universidad de Lima, Perú. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que
ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Mercedes de Montes de Oca, 10 de octubre del
2018.—Programa de Reconocimiento y Equiparación de Estudios de Vida Estudiantil.—Licda. Cinthya Vega Álvarez, Jefa a.í.—(
IN2018286479 ).
JUNTA DIRECTIVA:
APROBACIÓN REVALORIZACIÓN N° 74 MONTOS DE
PENSIONES DEL SEGURO INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE
La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro
Social, en el artículo 22° de la sesión 8994, celebrada el 11 de octubre de
2018 aprobó la revalorización N° 74 de los montos de las pensiones del Seguro
de Invalidez, Vejez y Muerte, conforme con los siguientes términos:
Revalorizar
los montos de las pensiones en curso de pago en un 0.566%. En el caso de muerte
la revalorización se aplica al monto de la pensión del causante y corresponderá
a los beneficiarios el monto de pensión que indica el Reglamento del Seguro de
IVM.
Incrementar
el monto mínimo de pensión mensual de ¢133 414 (ciento treinta y tres mil
cuatrocientos catorce colones) a ¢134 169 (ciento treinta y cuatro mil ciento
sesenta y nueve colones).
Aumentar
el monto de pensión mensual máxima sin postergación de ¢1 572 186 (un millón
quinientos setenta y dos mil ciento ochenta y seis colones) a ¢1 581 085 (un
millón quinientos ochenta y un mil ochenta y cinco colones). En caso de
postergación, aplicar lo siguiente:
Para
las pensiones que se otorguen con los transitorios XII y XIII del Reglamento
del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, regirán los topes máximos según la
siguiente tabla:
Cuadro N° 8
Monto máximo de pensión según trimestre postergado
Trimestres Postergados Monto
0 1.581.085
1 1.604.801
2 1.628.518
3 1.652.233
4 1.675.949
5 1.707.571
6 1.739.193
7 1.770.814
Cuadro N° 8
Monto máximo de pensión según trimestre postergado
Trimestres Postergados Monto
8 1.802.436
9 1.841.964
10 1.881.490
11 1.921.018
12 1.960.545
13 2.000.072
14 2.039.599
15 2.079.126
16 2.118.653
17 2.158.181
18 2.197.707
19 o
más 2.237.234
*
Incremento por cada trimestre postergado:
En
primer año: 1,5%.
En
segundo año: 2%
En
tercer año y más: 2,5%
4) Para
las pensiones que se otorguen sin la aplicación de los transitorios XII y XIII
del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, el tope máximo de
pensión estará determinado por el tope sin postergación, asimismo, el asegurado
tendrá derecho a una pensión adicional por postergación, que consistirá en el
0.1333% por mes sobre el salario promedio calculado según el artículo 23° de
dicho Reglamento.
5) Rige
a partir del 1° de julio del año 2018.
MBA. Emily Segura Solís,
Secretaria a. í.—1 vez.—O. C. N° 2112 (INFOR).—Solicitud N° 010-2018-JD.—( IN2018287537 ).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
La
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a Audiencia Pública La
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública, con
fundamento en lo establecido en el artículo 36 de la Ley N° 7593, artículos 44
al 61 del Reglamento a la Ley 7593, Decreto Ejecutivo 29732-MP, y en el oficio
OF-2011-IT-2018, para exponer la propuesta que se detallará a continuación, y
además para recibir posiciones a favor y en contra de la
misma:
“El
valor propuesto para el sistema automatizado de conteo de pasajeros (VNSCP) por
autobús que será incorporado en los cálculos de las tarifas ordinarias* para el
servicio de transporte remunerado de personas modalidad autobús, es el
siguiente: Valor del sistema automatizado de conteo de pasajeros por (VNSCP) ¢
6 480 255.00 por autobús *Conforme con lo establecido en la “Metodología para
la Fijación Ordinaria de Tarifas para el Servicio Remunerado de Personas,
Modalidad Autobús” aprobada por la Junta Directiva de la ARESEP, mediante la
resolución RJD-035-2016 del 25 de febrero de 2016, publicada en el Alcance
Digital N° 35 a La Gaceta N° 46 del 7 de marzo de 2016.”
La Audiencia
Pública se llevará a cabo el día lunes 17 de diciembre
del 2018 a las 17 horas y 15 minutos (5:15 p.m.) de manera presencial en el
Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado en
Guachipelín de Escazú, San José, Oficentro Multipark, edificio Turrubares; por
medio del sistema de videoconferencia interconectado con los Tribunales de
Justicia ubicados en los centros de Cartago, Ciudad Quesada, Heredia, Liberia,
Limón, Pérez Zeledón y Puntarenas.
Cualquier interesado puede presentar una posición a
favor o en contra, indicando las razones que considere. Esta posición se puede
presentar de forma oral en la
audiencia pública con sólo presentar su cédula de identidad o mediante escrito firmado (con
fotocopia de la cédula), éste último, en las oficinas de la Autoridad
Reguladora en horario regular, hasta el día y hora programada de inicio de la
audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (*):
consejero@aresep.go.cr. En ambos casos indicar un medio para recibir notificaciones
(correo electrónico, número de fax o dirección exacta).
Las
personas jurídicas que presenten posiciones deben hacerlo por medio del
representante legal, en este caso debe aportarse certificación de personería
jurídica vigente. Más información en las instalaciones de la ARESEP y en
www.aresep.go.cr. consulta de expediente OT-588-2018.
Además,
se invita a participar en una exposición explicativa y evacuación de dudas de
la propuesta, que se llevará a cabo el día martes 27
de noviembre del 2018 a las 17:00 horas en el Auditorio de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos. Esta exposición será transmitida en el
perfil de Facebook y al día siguiente la grabación de ésta estará disponible en
la página www.aresep.go.cr. Las dudas o consultas por escrito se recibirán
hasta el día martes 4 de diciembre del 2018 al correo
electrónico consejero@aresep.go.cr., mismas que serán evacuadas a más tardar el
jueves 13 de diciembre del 2018.
(*) La
posición enviada por correo electrónico, debe estar suscrita mediante firma
digital o el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir los requisitos
arriba señalados, además el tamaño no puede exceder a 10,5 megabytes.
Marta
Monge Marín, Dirección General de Atención al Usuario.—1
vez.—O. C. Nº 9006-2018.—Solicitud Nº 216-2018.—( IN2018295155 ).
CONTRATO DE ACCESO E
INTERCONEXIÓN PARA
TERMINACIÓN
DE TRÁFICO INTERNACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES ENTRE
TELEFÓNICA
DE COSTA RICA TC S. A. Y
CABLETICA S. A.
La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que Telefónica de
Costa Rica TC S. A. y Cabletica S. A. han firmado un “Contrato de prestación de
servicios de terminación de tráfico internacional de telecomunicaciones”, el
cual podrá ser consultado y reproducido en el expediente
C0831-STT-INT-01718-2018 disponible en las oficinas de la Sutel ubicadas en el
Oficentro Multipark, edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de
atención es de lunes a viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con
el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de
Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de este aviso, para que presenten sus
observaciones ante la Sutel por escrito y con una copia en soporte magnético.
San José, 12 de noviembre del 2018.—Luis Alberto Cascante Alvarado,
Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº
3376-18.—Solicitud Nº 133542.—( IN2018295336 ).
CONTRATO DE ACCESO E
INTERCONEXIÓN PARA TRÁFICO TELEFÓNICO LOCAL ENTRE TELEFÓNICA
DE COSTA RICA TC S. A. Y
CABLETICA S. A.
La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que Telefónica de
Costa Rica TC S. A. y Cabletica S. A. han firmado un “Contrato de acceso e
interconexión para tráfico telefónico local entre redes de telecomunicaciones”,
el cual podrá ser consultado y reproducido en el expediente C0831-STT-INT-01572-2018
disponible en las oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark,
Edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a
viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del
Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga
a los interesados un plazo de diez días
hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, para que presenten
sus observaciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.—San
José, 12 de noviembre del 2018.—Luis Alberto Cascante Alvarado,
Secretario del Consejo.—1 vez.—O.C. N° OC-3376-18.—Solicitud N° 133540.—(
IN2018295337 ).
Registro
de Variedades Protegidas
AVISO DE SOLICITUD DE PROTECCIÓN
DE UNA VARIEDAD VEGETAL
La señora Roxana Cordero Pereira, cédula
1-1161-0034, con domicilio 75 m oeste de Multiplaza Escazú, San José, Costa
Rica, quien como representante legal del solicitante,
ha presentado ante la Oficina Nacional de Semillas, la solicitud número
RVP-003-2018, presentada a las 11 horas con 5 minutos del 27 de abril del 2018,
con la cual se pretende obtener el derecho de protección de la variedad de
arándano (Vaccinium corymbosum) denominada como Ventura. En la solicitud se
consigna como obtentor a Fall Creek Farm and Nursery Inc., con oficinas en
Oregón, Estados Unidos. El periodo para oponerse a la concesión se extiende por
dos meses a partir de la fecha de publicación (art.14 del Reglamento a la Ley
8631).
San José.—Ing.
Alberto Fallas Barrantes, Encargado.— 1 vez.—(
IN2018288474 ).
EMPRESA DE TRANSPORTES ZELEDÓN
HERMANOS
Se convoca a los socios de la Empresa de
Transportes Zeledón Hermanos S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-4409, a
la asamblea anual ordinaria y extraordinaria que se celebrará el miércoles doce
de diciembre del año dos mil dieciocho, a las nueve horas, en primera
convocatoria. De no concurrir el quorum de ley en la primera convocatoria, se
celebrará una segunda convocatoria para treinta minutos después de la hora de
la primera convocatoria. La asamblea se celebrará en las oficinas de la empresa
Elecmeza S. A., situadas en Calle Blancos de Goicoechea, de la Iglesia Católica
de Calle Blancos, doscientos metros al este. Los puntos a
tratar en la Asamblea son los siguientes: a) Conocer, aprobar o improbar
el informe sobre los resultados del ejercicio anual que presenten los
administradores. b) Conocer y decidir sobre una eventual distribución de
utilidades de la empresa. c) Conocer de la vacante de la Presidencia, así como
nombrar o revocar el nombramiento de los administradores y de los funcionarios
que ejerzan vigilancia. d) Conocer y decidir sobre el funcionamiento del área
de transporte de carga de la empresa. e) asuntos varios.—San
José, 09 de noviembre del 2018.—Lic. Óscar Emilio Zeledón Grau,
Vicepresidente.—1 vez.—( IN2018295212 ).
CONDOMINIO RESIDENCIAL IBIZA
Convocatoria asamblea general de propietarios del Condominio
Residencial Ibiza con la cédula de personería jurídica número 3-109-092623. A
celebrarse el día sábado, 01 de diciembre del 2018 en
el parqueo del condominio número 35 del condominio Residencial Ibiza, Sabana
Sur, Mata Redonda. La Primera convocatoria será a las 5:00 p.m. de no tener
quorum la segunda convocatoria a las 6:00 p.m. de no existir quorum la tercera
convocatoria a las 7:00 p.m. con los condóminos presentes. Agenda: Informe
general de la administración, cobros judiciales, reportes financieros,
aprobación de cuota mensual y Hacienda. David F Pardave Madrigal administrador
condominios Residencial Ibiza.—Joaquín Calderón
Fernández, Autorizado.—1 vez.—( IN2018295310 ).
ASOCIACIÓN DEPORTIVA DE
EMPLEADOS
DEL HOSPITAL MÉXICO
La Asociación Deportiva de Empleados del Hospital México, cédula
jurídica 3-002-136523, convoca a todos sus socios y socias a la asamblea
general ordinaria, que tendrá lugar el próximo miércoles 21 de noviembre del
2018, en la gradería del gimnasio del Hospital México, a las 15:30 horas, en
primera convocatoria y a las 16:00 horas en segunda convocatoria, en el
siguiente:
Orden del día:
Entrega de informes del Tesorero.
Entrega de informes Fiscal.
Entrega de informes presidente.
Cambio de directiva.
Firma ilegible.—Presidente.—1 vez.—(
IN2018295315 ).
INSUMED SOPORTE TÉCNICO S. A.
Se
convoca a los señores accionistas de la compañía Insumed Soporte Técnico S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-457094, a la Asamblea General Ordinaria que se
celebrará en su domicilio social, en San José, Mata Redonda, Oficentro Ejecutivo
La Sabana, edificio 6, piso 5, el día 21 de diciembre del 2018, a las 10:00
horas en primera convocatoria y de no estar presente el quórum requerido, se
sesionará válidamente una hora después en segunda convocatoria con los socios
presentes, lo anterior para conocer y tomar acuerdos con respecto a:
Aprobación
o rechazo de los Estados Financieros correspondientes al cierre fiscal de
setiembre del 2018.
Distribución
de utilidades.
Es todo.—San José, 13 de noviembre del 2018.—Jorge Javier León
Longhi, Presidente.—1 vez.—( IN2018295339 ).
UTOPÍA S. A.
A solicitud de los socios Mayra Sancho Rodríguez, cédula de identidad
N° 1-0236-0139, Pilar Cárdenas Sancho, cédula de identidad N° 1-0522-0469 y
Giovanna Cárdenas Sancho, cédula de identidad N° 1-0551-0869, se convoca a
Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la sociedad
Utopía S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-019779. La asamblea se
llevará a cabo en el domicilio social, sito en Santa Ana, Río Oro, de la aguja
de entrada a la Urbanización Río Oro 100 metros al norte y 100 metros al este,
calle 48 B, avenida 17; en primera convocatoria el día 08 de diciembre de 2018
a las trece horas, y en segunda convocatoria ese mismo día a las catorce horas,
con la siguiente agenda a tratar:
Corrección de prevenciones formuladas por el Registro Público para la
inscripción del Acta N° 34; lo cual implica remoción de los puestos de Presidente, Secretario y Tesorero, y nombramiento de nuevas
personas en estos puestos.
Santa Ana, 12 de noviembre del 2018.—Pilar
Cárdenas Sancho.—Giovanna Cárdenas Sancho,
Responsables.—1 vez.—( IN2018295383 ).
QUIRÓS COTO HERMANOS S. A.
La Junta Directiva de Quirós Coto Hermanos S. A., cédula jurídica N°
3-101-011465 convoca a los accionistas a asamblea anual general ordinaria y
extraordinaria 2017-2018 a celebrarse el día 11/12/2018 en San José,
Goicoechea, Guadalupe; 50 metros norte de la Iglesia Católica, a las 3:30 pm en
primera convocatoria, en caso de no concurrir el quórum de ley, se llevará a
cabo en segunda convocatoria a las 4:30 pm con el número de socios con derecho
a voto que se encuentren presentes. Se conocerán los siguientes asuntos:
Orden del día:
1. Conocer y aprobar
nombramiento de presidente y secretario para la asamblea
2. Conocer y aprobar
el Informe de la Presidencia
3. Conocer y aprobar
el Informe del Fiscal
4. Conocer
y aprobar los Estados Financieros al 30 de setiembre 2018
5. Conocer y aprobar
decreto de dividendos
6. Conocer y aprobar
nuevos nombramientos de los cargos de la Junta Directiva y fiscal
7. Traspaso de
acciones de persona física a persona jurídica de un núcleo
8. Conocer y aprobar,
Traspaso en derechos a cada accionista de la finca matricula de folio real
1-417186-000
9. Conocer y aprobar
reformar la cláusula Octava del pacto constitutivo a efecto de reformar y
regular lo correspondiente a las convocatorias para reuniones de Junta
Directiva
10 Conocer
y aprobar, reformar el pacto constitutivo a efecto de incluir una nueva
cláusula para regular lo correspondiente a las convocatorias para asambleas de
accionistas.
11. Conocer y aprobar,
reformar el pacto constitutivo a efecto de excluir la cláusula décima tercera
para eliminar lo correspondiente al agente residente.
12. Informar sobre
asuntos varios
13. Conocer y aprobar,
autorizar para protocolizar la respectiva acta de la asamblea.
Tendrán derecho de asistir a la asamblea todos los accionistas que se
encuentren registrados en el libro de registro de accionistas a la fecha de la
asamblea, con el fin de verificar la legalidad de la asamblea se solicita
presentar los documentos que los acrediten como accionistas: certificación de
personería jurídica y cédula de identidad, cuando un accionista, persona física
o jurídica desea hacerse representar por un tercero deberá presentar carta
poder o poder especial, original, firmado y autenticado por un abogado.—Licda.
Laura Guzmán Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2018295385 ).
CAHUMGE DEL ESTE S. A.
La Junta Directiva de Cahumge del Este S. A., cédula jurídica N°
3-101-397384 convoca a los accionistas a asamblea anual general ordinaria y
extraordinaria 2017-2018 a celebrarse el día 11/12/2018 en San José,
Goicoechea, Guadalupe 50 metros norte de la Iglesia Católica, a las 5:30 p. m.
en primera convocatoria, en caso de no concurrir el quórum de ley, se llevará a
cabo en segunda convocatoria a las 06:30 p. m. con el número de socios con
derecho a voto que se encuentren presentes. Se conocerán los siguientes
asuntos:
Orden del día:
1. Conocer y aprobar
nombramiento de Presidente y Secretario para la
asamblea
2. Conocer y aprobar
el Informe de la Presidencia
3. Conocer y aprobar
el Informe del Fiscal
4. Conocer y aprobar
los Estados Financieros al 30 de setiembre 2018
5. Conocer y aprobar
decreto de dividendos
6. Conocer y aprobar
nuevos nombramientos de los cargos de la Junta Directiva y fiscal
7. Traspaso de
acciones de persona física a persona jurídica de un núcleo
8. Conocer y aprobar
reformar la cláusula Octava del pacto constitutivo a efecto de reformar y
regular lo correspondiente a las convocatorias para reuniones de Junta
Directiva
9. Conocer y aprobar,
reformar el pacto constitutivo a efecto de incluir una nueva cláusula para
regular lo correspondiente a las convocatorias para asambleas de accionistas.
10. Conocer y aprobar,
reformar el pacto constitutivo a efecto de excluir la cláusula décima tercera
para eliminar lo correspondiente al agente residente.
11. Conocer y aprobar,
análisis y destino del dinero recibido por la venta de la finca matrícula de
folio real 1-590742-000(Vista Verde en Moravia).
12. Informar sobre
asuntos varios
13. Conocer y aprobar,
autorizar para protocolizar la respectiva acta de la asamblea.
Tendrán derecho de asistir a la asamblea todos los accionistas que se
encuentren registrados en el libro de registro de accionistas a la fecha de la
asamblea. Con el fin de verificar la legalidad de la asamblea se solicita
presentar los documentos que los acrediten como accionistas: certificación de personería
jurídica y cédula de identidad. Cuando un accionista persona física o jurídica
desea hacerse representar por un tercero deberá presentar carta poder o poder
especial, original, firmado y autenticado por un abogado.—
Laura Guzmán Quirós.—1 vez.—( IN2018295388 ).
COMERCIALIZADORA DE MATERIALES
QC S. A.
La Junta Directiva de Comercializadora de Materiales QC S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-276295 convoca a los accionista a asamblea anual general
ordinaria y extraordinaria 2017-2018 a celebrarse el día 11/12/2018 en San
José, Goicoechea, Guadalupe 50 metros norte de la iglesia católica, a las 06:30
pm en primera convocatoria, en caso de no concurrir el quórum de ley, se
llevará a cabo en segunda convocatoria a las 07:30 pm con el número de socios
con derecho a voto que se encuentren presentes. Se conocerán los siguientes
asuntos:
Orden del día:
Conocer y aprobar nombramiento de Presidente
y Secretario para la asamblea
Conocer y aprobar el Informe de la Presidencia
Conocer y aprobar el Informe del Fiscal
Conocer y aprobar los Estados Financieros al 30 de setiembre 2018
Conocer y aprobar decreto de dividendos
Conocer y aprobar nuevos nombramientos de los cargos de la Junta
Directiva y fiscal
Traspaso de acciones de persona física a persona jurídica de un núcleo
Conocer y aprobar reformar la cláusula Octava del pacto constitutivo a
efecto de reformar y regular lo correspondiente a las convocatorias para
reuniones de Junta Directiva
Conocer y aprobar, reformar el pacto constitutivo a efecto de incluir
una nueva cláusula para regular lo correspondiente a las convocatorias para
asambleas de accionistas.
Conocer y aprobar, reformar el pacto constitutivo a efecto de excluir
la cláusula décima tercera para eliminar lo correspondiente al agente
residente.
Informar sobre asuntos varios
Conocer y aprobar, autorizar para protocolizar la respectiva acta de
la asamblea.
Tendrán derecho de asistir a la asamblea todos los accionistas que se
encuentren registrados en el libro de registro de accionistas a la fecha de la
asamblea. Con el fin de verificar la legalidad de la asamblea se solicita
presentar los documentos que los acrediten como accionistas: certificación de
personería jurídica y cédula de identidad. Cuando un accionista persona física o
jurídica desea hacerse representar por un tercero deberá presentar carta poder
o poder especial, original, firmado y autenticado por un abogado.—Laura
Guzmán Quirós, Abogada.—1 vez.—( IN2018295391 ).
QUINTAS LOMAS DEL TORO S. A.
La Junta Directiva de Quintas Lomas del Toro S. A., cédula jurídica N°
3-101-248238 convoca a los accionistas a asamblea anual general ordinaria y
extraordinaria 2017-2018 a celebrarse el día 11/12/2018 en San José,
Goicoechea, Guadalupe 50 metros norte de la iglesia católica, a la 07:30 pm en
primera convocatoria, en caso de no concurrir el quórum de ley, se llevará a
cabo en segunda convocatoria a las 08:30 pm con el número de socios con derecho
a voto que se encuentren presentes. Se conocerán los siguientes asuntos:
Orden del día:
Conocer y aprobar nombramiento de Presidente
y Secretario para la asamblea
Conocer y aprobar el Informe de la Presidencia
Conocer y aprobar el Informe del Fiscal
Conocer y aprobar los Estados Financieros al 30 de setiembre 2018
Conocer y aprobar decreto de dividendos
Conocer y aprobar nuevos nombramientos de los cargos de la Junta
Directiva y fiscal
Traspaso de acciones de persona física a persona jurídica de un núcleo
Conocer y aprobar reformar la cláusula Octava del pacto constitutivo a
efecto de reformar y regular lo correspondiente a las convocatorias para
reuniones de Junta Directiva
Conocer y aprobar, reformar el pacto constitutivo a efecto de incluir
una nueva cláusula para regular lo correspondiente a las convocatorias para
asambleas de accionistas.
Conocer y aprobar, informar sobre la demanda de Quintas Lomas de Toro
contra El Estado, Minaet, Sinac y Fonafifos, costos, resultados y consecuencias
causa bajo el expediente: 16-1145-1028-CA del Juzgado Contencioso y
Administrativo.
Conocer y aprobar, reformar el pacto constitutivo a efecto de excluir
la cláusula décima tercera para eliminar lo correspondiente al agente
residente.
Informar sobre asuntos varios
Conocer y aprobar, autorizar para protocolizar la respectiva acta de
la asamblea.
Tendrán derecho de asistir a la asamblea todos los accionistas que se
encuentren registrados en el libro de registro de accionistas a la fecha de la
asamblea. Con el fin de verificar la legalidad de la asamblea se solicita
presentar los documentos que los acrediten como accionistas: certificación de
personería jurídica y cédula de identidad. Cuando un accionista, persona física
o jurídica desea hacerse representar por un tercero deberá presentar carta
poder o poder especial, original, firmado y autenticado por un abogado.—Laura Guzmán Quirós, Abogada.—1 vez.—( IN2018295394
).
INVERSIONES JUANRO S.A.
La Junta Directiva de Inversiones Juanro S.A.,
cédula jurídica N° 3-101-041618 convoca a los accionistas a asamblea anual
general ordinaria y extraordinaria 2017-2018 a celebrarse el día 12/12/2018 en
San José, Goicoechea, Guadalupe; 50 metros norte, de la Iglesia Católica, a las
6:00 p.m. en primera convocatoria, en caso de no concurrir el quórum de ley, se
llevará a cabo en segunda convocatoria a las 7:00 p.m. con el número de socios
con derecho a voto que se encuentren presentes. Se conocerán los siguientes
asuntos:
Orden del día:
1. Conocer y aprobar
nombramiento de presidente y secretario para la asamblea.
2. Conocer y aprobar
el informe de la presidencia.
3. Conocer y aprobar
el informe del fiscal.
4. Conocer y aprobar
los estados financieros al 30 de setiembre del 2018.
5. Conocer y aprobar
decreto de dividendos.
6. Conocer y aprobar
nuevos nombramientos de los cargos de la Junta Directiva y fiscal.
7. Traspaso de
acciones de persona física a persona jurídica de un núcleo.
8. Conocer y aprobar
reformar la cláusula Octava del pacto constitutivo a efecto de reformar y
regular lo correspondiente a las convocatorias para reuniones de Junta
Directiva.
9. Conocer y aprobar,
reformar el pacto constitutivo a efecto de incluir una nueva cláusula para
regular lo correspondiente a las convocatorias para asambleas de accionistas.
10. Conocer y aprobar,
reformar el pacto constitutivo a efecto de excluir la cláusula décima tercera
para eliminar lo correspondiente al agente residente.
11. Informar sobre
asuntos varios.
12. Conocer y aprobar,
autorizar para protocolizar la respectiva acta de la asamblea.
Tendrán derecho de asistir a la asamblea todos los accionistas que se
encuentren registrados en el libro de registro de accionistas a la fecha de la
asamblea. Con el fin de verificar la legalidad de la asamblea se solicita
presentar los documentos que los acrediten como accionistas: certificación de
personería jurídica y cédula de identidad. Cuando un accionista, persona física
o jurídica desea hacerse representar por un tercero deberá presentar carta
poder o poder especial, original, firmado y autenticado por un abogado.—Licda. Laura Guzmán Quirós.—1 vez.—( IN2018295397
).
INVERSIONES ROSA LINDA S. A.
La Junta Directiva de Inversiones Rosa Linda
S. A., cédula jurídica N° 3-101-106636 convoca a los accionistas a asamblea
anual general ordinaria y extraordinaria 2017-2018 a celebrarse el día
12/12/2018 en San José, Goicoechea, Guadalupe 50 metros norte de la iglesia
católica, a las 4:00 pm en primera convocatoria, en caso de no concurrir el
quórum de ley, se llevará a cabo en segunda convocatoria a las 5:00 pm con el
número de socios con derecho a voto que se encuentren presentes. Se conocerán
los siguientes asuntos:
Orden del día:
Conocer y aprobar nombramiento de Presidente
y Secretario para la asamblea.
Conocer y aprobar el Informe de la Presidencia.
Conocer y aprobar el Informe del Fiscal.
Conocer y aprobar los Estados Financieros al
30 de setiembre 2018.
Conocer y aprobar decreto de dividendos.
Conocer y aprobar nuevos nombramientos de los cargos de la Junta
Directiva y fiscal.
Traspaso de acciones de persona física a persona jurídica de un núcleo
Conocer y aprobar reformar la cláusula Octava del pacto constitutivo a
efecto de reformar y regular lo correspondiente a las convocatorias para
reuniones de Junta Directiva.
Conocer y aprobar, reformar el pacto constitutivo a efecto de incluir
una nueva cláusula para regular lo correspondiente a las convocatorias para
asambleas de accionistas.
Conocer y aprobar, Montos de dietas, reuniones de la Junta Directiva.
Conocer y aprobar, reformar el pacto constitutivo a efecto de excluir
la cláusula décima tercera para eliminar lo correspondiente al agente
residente.
Informar sobre asuntos varios
Conocer y aprobar, autorizar para protocolizar la respectiva acta de
la asamblea.
Tendrán derecho de asistir a la asamblea todos los accionistas que se
encuentren registrados en el libro de registro de accionistas a la fecha de la
asamblea. Con el fin de verificar la legalidad de la asamblea se solicita
presentar los documentos que los acrediten como accionistas: certificación de
personería jurídica y cédula de identidad. Cuando un accionista, persona física
o jurídica desea hacerse representar por un tercero deberá presentar carta
poder o poder especial, original, firmado y autenticado por un abogado.—Laura Guzmán Quirós, Abogada.—1 vez.—( IN2018295401
).
FINQUI S.A.
La Junta Directiva de Finqui S.A., cédula jurídica N° 3-101-082413
convoca a los accionistas a asamblea anual general ordinaria y extraordinaria
2017-2018 a celebrarse el día 12/12/2018 en San José, Goicoechea, Guadalupe; 50
metros norte, de la Iglesia Católica, a las 5:00 p.m. en primera convocatoria,
en caso de no concurrir el quórum de ley, se llevará a cabo en segunda
convocatoria a las 6:00 pm con el número de socios con derecho a voto que se
encuentren presentes. Se conocerán los siguientes asuntos:
Orden del día:
1. Conocer y aprobar
nombramiento de presidente y secretario para la asamblea.
2. Conocer y aprobar
el Informe de la Presidencia.
3. Conocer y aprobar el
Informe del Fiscal.
4. Conocer y aprobar
los Estados Financieros al 30 de setiembre 2018.
5. Conocer y aprobar
decreto de dividendos.
6. Conocer y aprobar
nuevos nombramientos de los cargos de la Junta Directiva y fiscal.
7. Traspaso de
acciones de persona física a persona jurídica de un núcleo.
8. Conocer y aprobar
reformar la cláusula Octava del pacto constitutivo a efecto de reformar y
regular lo correspondiente a las convocatorias para reuniones de Junta
Directiva.
9. Conocer y aprobar,
reformar el pacto constitutivo a efecto de incluir una nueva cláusula para
regular lo correspondiente a las convocatorias para asambleas de accionistas.
10. Conocer
y aprobar, Montos de dietas, reuniones de la Junta Directiva.
11. Conocer y aprobar,
reformar el pacto constitutivo a efecto de excluir la cláusula décima tercera
para eliminar lo correspondiente al agente residente.
12. Informar sobre
asuntos varios.
13. Conocer y aprobar,
autorizar para protocolizar la respectiva acta de la asamblea.
Tendrán derecho de asistir a la asamblea todos los accionistas que se
encuentren registrados en el libro de registro de accionistas a la fecha de la
asamblea. Con el fin de verificar la legalidad de la asamblea se solicita
presentar los documentos que los acrediten como accionistas: certificación de
personería jurídica y cédula de identidad. Cuando un accionista, persona física
o jurídica desea hacerse representar por un tercero deberá presentar carta
poder o poder especial, original, firmado y autenticado por un abogado.—Licda. Laura Guzmán Quirós.—1 vez.—( IN2018295405
).
COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS
DE COSTA RICA
Agenda Asamblea General
Ordinaria Nº 57-2019
Los Dres. Silvia Elena Coto Mora, Presidenta,
y Cristian Naranjo González, Secretario, convocan a Asamblea General Ordinaria
N° 57-2019 del Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica, para lo cual se
remite la siguiente Agenda:
Agenda Asamblea General
Ordinaria N° 57-2019
Fecha: viernes 18 de enero del
2018.
Lugar: Hotel Radisson.
Hora: Primera convocatoria
6:00 p.m. (mitad más uno de los colegiados activos), segunda convocatoria 6:30
p.m. (miembros presentes).
Comprobación del Quórum.
Himno Nacional.
Aprobación del Orden del Día.
Lectura y Aprobación del Acta Anterior de Sesión Ordinaria de Asamblea
General N°56-2018.
5. Informes:
5.1 Informe de
Presidencia.
5.2 Informe Depto.
Educación Continua.
5.3 Informe Dirección
Ejecutiva
5.4 Informe Fiscalía
Ejecutiva.
5.5 Informe de
Tesorería.
5.5.1 Análisis y
liquidación del Presupuesto de enero 2018 a diciembre 2018.
5.5.2 Análisis y aprobación
del Presupuesto de enero 2019 a diciembre 2019.
6. Informe de
Auditoría.
7. Ratificación del
Resultado de Elecciones del Viernes 11 de enero del 2019.
8. Nombramientos
y Juramentación de Cargos de Asamblea General:
8.1 Tribunal de Honor:
8.1.1 Nombramiento de 5
Tribunos Propietarios y 3 Tribunos Suplentes del Tribunal de Honor, para el
período comprendido de enero 2019 a enero 2021, por vencimiento de período de
los Dres. Víctor Hugo Fonseca Fonseca, Colegiado N° 588; Ericka Elizondo
Cerdas, Colegiada N° 763; José Daniel Carmona Gómez, Colegiado N° 302; Martha
Arguedas Mora, Colegiada N° 1094; Norman Roqhuett Domian, Colegiado N° 123;
Matteo Kareb Protti Víquez, Colegiada N° 1587 y Mauricio Astúa Jiménez,
Colegiado N° 710.
8.2 Tribunal Electoral:
8.2.1 Nombramiento de 1
Tribuno Propietario y 2 Tribunos Suplentes del Tribunal Electoral para el
período comprendido de enero 2019 a enero 2022, por vencimiento de período de
los Dres. Daniela Vargas Gutiérrez, Colegiada N° 1768, Juan Carlos Murillo
García, Colegiado N° 646, y Edgar Garita Sancho, Colegiado N° 822.
9. Asuntos Varios.
Lic. Maurilio Céspedes Camacho, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2018295425 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CAPCONSA CAPITALES CONTABLES
S.A.
Se hace constar que CCFC Corporación Comercial de Farmacias Chavarría
S. A., cédula jurídica número 3-101-332018 en su condición de propietaria de la
totalidad del capital social de la compañía Capconsa Capitales Contables S.A.,
cédula jurídica 3-101-487846, ha solicitado la reposición de dichas acciones.
Por el término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente
dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum 2, Edificio N,
quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a
la reposición solicitada. Tres veces.—San José, 11 de
junio de 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286055 ).
ARCO IRIS LX S. A.
Se hace constar que Xinia Carranza Bonilla, cédula
número 9-0009-0380 en su condición de propietaria de la totalidad del capital
social de la compañía Arco Iris LX S. A., cédula jurídica N° 3-101-623002, ha
solicitado la reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las
oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José,
Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas
de Pragma Legal y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza
Bonilla, Presidenta.—( IN2018286056 ).
ASBA ASIENTOS Y BALANCES S. A.
Se hace constar que CCFC Corporación Comercial
de Farmacias Chavarría S. A., cédula jurídica N° 3-101-332018 en su condición
de propietaria de la totalidad del capital social de la compañía Asba Asientos
y Balances S. A., cédula jurídica 3-101-488041, ha solicitado la reposición de
dichas acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la
sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro
Empresarial Forum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y
transcurrido el mismo se procederá la reposición solicitada.—San
José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286057
).
AZUL DE ALAJUELA S. A.
Se hace constar que Xinia Carranza Bonilla, cédula
número 9-0009-0380, en su condición de propietaria de la totalidad del capital
social de la compañía Azul de Alajuela S. A., cédula jurídica N° 3-101-25012,
ha solicitado la reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las
oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección San José,
Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas
de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza
Bonilla, Presidenta.—( IN2018286058 ).
CAMPO VERDE CV S. A.
Se hace constar que Xinia Carranza Bonilla, cédula número 9-0009-0380
en su condición de propietaria de la totalidad del capital social de la
compañía Campo Verde CV S. A., cédula jurídica 3-101-622927, ha solicitado la
reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán
dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos,
Centro Empresarial Forum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal,
y transcurrido el mismo se procederá a la
reposición solicitada.—San José, 11 de junio del
2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286059 ).
COUNTER ASESORES C I L S. A.
Se hace constar que CCFC Corporación Comercial
de Farmacias Chavarría S. A., cédula jurídica número: 3-101-332018 en su
condición de propietaria de la totalidad del capital social de la compañía
Counter Asesores C I L S. A., cédula jurídica: 3-101-316168, ha solicitado la
reposición de dichas acciones. Por el término de ley, las oposiciones podrán
dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos,
Centro Empresarial Forum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal,
y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San
José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidente.—( IN2018286060
).
CORPORACIÓN FARMACIAS CHAVARRÍA
CENTROAMÉRICANA S. A.
Se hace constar que Corporación Farmacias
Chavarría Centroamericana S. A., una sociedad constituida y organizada de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, inscrita bajo la ficha
578788 de la Sección Mercantil de Panamá, en su condición de propietaria de la
totalidad del capital social de la compañía CCFC Corporación Comercial de
Farmacias Chavarría S. A., cédula jurídica número 3-101-332018, ha solicitado
la reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán
dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos,
Centro Empresarial Forum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal y
transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San
José, 11 de junio de 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286066
).
CREDITRONIC PROPERTY BROKERS S.A.
Se hace constar que Corporación Farmacias Chavarría Centroamericana S.
A., una sociedad constituida y organizada de conformidad con las leyes de la
República de Panamá, inscrita bajo la ficha 578788 de la Sección Mercantil de
Panamá, en su condición de propietaria de la totalidad del capital social de la
compañía Creditronic Property Brokers S. A., cédula jurídica número
3-101-403226, ha solicitado la reposición de dichas acciones. Por el término de
Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección:
San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto
piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a la
reposición solicitada.—San José, 11 de junio del
2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidente.—( IN2018286067 ).
DEZEMBER S. A.
Se hace constar que Xinia Carranza Bonilla, cédula número 9-0009-0380,
en su condición de propietaria de la totalidad del capital social de la
compañía Dezember S. A., cédula jurídica N° 3-101-622483, ha solicitado la
reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán
dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos,
Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal,
y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San
José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286068
).
CCFC CORPORACIÓN COMERCIAL
DE FARMACIAS CHAVARRÍA S. A.
Se hace constar que CCFC Corporación Comercial
de Farmacias Chavarría S. A., cédula jurídica N° 3-101-332018 en su condición
de propietaria de la totalidad del capital social de la compañía Distribuidora
Farcha Comercial S. A., cédula jurídica 3-101-326342, ha solicitado la
reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán
dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos,
Centro Empresarial Forum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal,
y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada. Tres veces.—San José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza
Bonilla, Presidenta.—( IN2018286069 ).
ASSES LX S. A.
Se hace constar que Xinia Carranza Bonilla,
cédula número 9-0009-0380, en su condición de propietaria de la totalidad del
capital social de la compañía Asses LX S. A., cédula jurídica 3-101-622926, ha
solicitado la reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las
oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José,
Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas
de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza
Bonilla, Presidenta.—( IN2018286070 ).
FINCORP DE HIERRO S. A.
Se
hace constar que Fincorp Platino S. A., cédula jurídica número 3-101-240393 en
su condición de propietaria de la totalidad del capital social de la compañía
Fincorp de Hierro S. A., cédula jurídica 3-101-236620, ha solicitado la
reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán
dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos,
Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal,
y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San
José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286071
).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
REPOSICIÓN DE ACCIONES
Se hace constar que Corporación Farmacias Chavarría Centroamericana
S.A., una sociedad constituida y organizada de conformidad con las leyes de la
República de Panamá, inscrita bajo la ficha 578788 de la Sección Mercantil de
Panamá, en su condición de propietaria de la totalidad del capital social de la
compañía Fincorp Platino S.A., cédula jurídica 3-101-240393, ha solicitado la
reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán
dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos,
Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal,
y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San
José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286077
).
Se hace constar que Fincorp Platino S.A.
cédula jurídica número 3-101-240393 en su condición de propietaria de la
totalidad del capital social de la compañía Fincorp Petróleo F P S.A., cédula
jurídica 3-101-243553, ha solicitado la reposición de dichas acciones. Por el
término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente
dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, edificio N,
quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a
la reposición solicitada.—San José, 11 de junio del
2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286078 ).
Se hace constar que CCFC
Corporación Comercial de Farmacias Chavarría S.A. cédula jurídica número
3-101-332018 en su condición de propietaria de la totalidad del capital social
de la compañía Grupo Lily Pol S.A., cédula jurídica 3-101-316109, ha solicitado
la reposición de dichas acciones. Por el término de ley, las oposiciones podrán
dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos,
Centro Empresarial Fórum 2, edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal,
y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San
José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286079
).
Se hace constar que
Xinia Carranza Bonilla, cédula número 9-0009-0380 en su condición de
propietaria de la totalidad del capital social de la compañía Grupo M Y N S.A.,
cédula jurídica 3-101-622506, ha solicitado la reposición de dichas acciones.
Por el término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la
siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum 2,
edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se
procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de
junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286080 ).
Se hace constar que
Xinia Carranza Bonilla, cédula número 9-0009-0380 en su condición de
propietaria de la totalidad del capital social de la compañía Hotelera Alajuela
S.A., cédula jurídica N° 3-101-025649, ha solicitado la reposición de dichas
acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad
en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum
2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo
se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11
de junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidente.—( IN2018286081 ).
Se hace constar que
Fincorp Platino S.A. cédula jurídica número 3-101-240393 en su condición de
propietaria de la totalidad del capital social de la compañía Inversiones y
Propiedades Chavarría Carranza de Alajuela S.A., cédula jurídica N° 3-101-119134,
ha solicitado la reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las
oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José,
Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas
de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza
Bonilla, Presidente.—( IN2018286082 ).
Se hace constar que
Fincorp Platino S.A., cédula jurídica número 3-101-240393 en su condición de propietaria
de la totalidad del capital social de la compañía Lafer S.A., cédula jurídica
3-101-012064, ha solicitado la reposición de dichas acciones. Por el término de
Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección:
San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto
piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a la
reposición solicitada.—San José, 11 de junio de
2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286085 ).
Se hace constar que CCFC Corporación
Comercial de Farmacias Chavarría S.A., cédula jurídica número 3-101-332018 en
su condición de propietaria de la totalidad del capital social de la compañía
Península de Fiesta S.A., cédula jurídica 3-101-155375, ha solicitado la
reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán
dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos,
Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal,
y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San
José, 11 de junio de 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286086
).
Se hace constar que CCFC
Corporación Comercial de Farmacias Chavarría S.A., cédula jurídica número
3-101-332018 en su condición de propietaria de la totalidad del capital social
de la compañía Pharmaregentes S.A., cédula jurídica N° 3-101-485637, ha
solicitado la reposición de dichas acciones. Por el término de Ley, las
oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José,
Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas
de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza
Bonilla, Presidente.—( IN2018286087 ).
Se hace constar que
Xinia Carranza Bonilla, cédula número 9-0009-0380 en su condición de
propietaria de la totalidad del capital social de la compañía Praderas del Sol
S.A., cédula jurídica N° 3-101-554368, ha solicitado la reposición de dichas
acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad
en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum
2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo
se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11
de junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidente.—( IN2018286088 ).
Se hace constar que Fincorp Platino S.A.,
cédula jurídica número 3-101-240393 en su condición de propietaria de la
totalidad del capital social de la compañía Propiedades Calvo Rojas Hermanos
S.R.L, cédula jurídica N° 3-102-010047, ha solicitado la reposición de dichas
acciones. Por el término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad
en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum
2, Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo
se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11
de junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidente.—( IN2018286089 ).
Se hace constar que Corporación Farmacias
Chavarría Centroamericana S.A. una sociedad constituida y organizada de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, inscrita bajo la ficha
578788 de la Sección Mercantil de Panamá, en su condición de propietaria de la
totalidad del capital social de la compañía Real Tech Capital Services S.A.,
cédula jurídica 3-101-403234, ha solicitado la reposición de dichas acciones.
Por el término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la
siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2,
edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se
procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de
junio del 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidenta.—( IN2018286090 ).
Se hace constar que Cynthia Chavarría
Carranza, cédula número: 1-0751-0683, en su condición de propietaria de la
totalidad del capital social de la compañía Concept Business Tecnologies S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-343731, ha solicitado la reposición de dichas acciones.
Por el término de ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la
siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2,
Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se
procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de
junio del 2018.—Cynthia Chavarría Carranza, Presidente.—( IN2018286093 ).
Se hace constar que
Fincorp Platino S. A., cédula jurídica número: 3-101-240393, en su condición de
propietaria de la totalidad del capital social de la compañía Scarleth S. A.,
cédula jurídica: 3-101-028206, ha solicitado la reposición de dichas acciones.
Por el término de ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la
siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2,
Edificio N, quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se
procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de
junio de 2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidente.—( IN2018286094 ).
Se hace constar que CCFC
Corporación Comercial de Farmacias Chavarría S. A., cédula jurídica número:
3-101-332018, en su condición de propietaria de la totalidad del capital social
de la compañía Torre Serviconta S. A., cédula jurídica N° 3-101-485608, ha
solicitado la reposición de dichas acciones. Por el término de ley, las
oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José,
Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas
de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza
Bonilla, Presidente.—( IN2018286095 ).
Se hace constar que Xinia Carranza Bonilla,
cédula número 9-0009-0380 en su condición de propietaria de la totalidad del
capital social de la compañía Anga Wifi Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-724894, ha solicitado la reposición de dichas acciones. Por el
término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente
dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N,
quinto piso, oficinas de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a
la reposición solicitada.—San José, 30 de agosto del
2018.—Xinia Carranza Bonilla, Presidente.—( IN2018286096 ).
Se hace constar que CCFC
Corporación Comercial de Farmacias Chavarría, S. A., cédula jurídica número:
3-101-332018, en su condición de propietaria de la totalidad del capital social
de la compañía Alpha Capital Services S. A., cédula jurídica N° 3-101-394070,
ha solicitado la reposición de dichas acciones. Por el término de ley, las
oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José,
Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso, oficinas
de Pragma Legal, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de junio del 2018.—Xinia Carranza
Bonilla, Presidente.—( IN2018286097 ).
Por requerimiento del señor Siegfried
Wolfgang Brand Orantes, de nacionalidad guatemalteca, casado, ingeniero, vecino
de Guatemala, pasaporte de su país número 253354773, en su condición de
representante legal de Fanibel Investment S. A., compañía organizada y
existente según las leyes de la República de Panamá inscrita a la ficha 619180,
documento 1358623 y de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio,
solicito publicación de este aviso para lograr la reposición del certificado de
acciones 1 de 1; representativo de 10 acciones comunes y nominativas de mil
colones (¢1.000), que componen la totalidad del capital social de la compañía,
por haberse extraviado. Cualquier oposición debe ser presentada en la oficina
del notario público Ignacio Miguel Beirute Gamboa, sito en Santa Ana, de la
Cruz Roja 200 metros al norte, edificio Plazo Murano, 8 piso, oficinas de
Advice Legal Studio.—San José, Costa Rica, 08 de
octubre de 2018.—Siegfried Wolfgang Brand Orantes, Representante Legal.—(
IN2018286406 ).
La sociedad Importaciones Marzu S.A., cedula
jurídica número 3-101-379686, trasfiere marca comercial Marzu a la sociedad
Consorcio Cosmético Coral S.A., cédula jurídica número 3-101-747357, lo
anterior para los efectos del artículo 479 del Código de Comercio.—San
José, 11 de octubre del 2018.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—(
IN2018286396 ).
HOLCIM (COSTA RICA) S. A.
Eugenia Gómez Quirós, cédula de identidad 1-0321-0998; solicita la
reposición de los títulos N° 6106 Serie A por 73,594 acciones; N° 6107 Serie A
por 22,078 acciones; N° 4050 Serie B por 9,567 acciones; N° 3049 Serie C por
8,377 acciones, N° 3050 serie D por 22,723 acciones, todos de Holcim (Costa
Rica) S. A., (anteriormente denominada industria Nacional de Cemento S.A.); los
cuales fueron extraviados. Si hubiese alguna persona interesada en que no se
haga esta reposición, favor hacerlo saber en las oficinas del emisor en los
treinta días siguientes a esta.—Eugenia Gómez Quirós,
Accionista.—( IN2018286467 ).
WCC MOTOS EUROPEAS S. A.
WCC Motos Europeas S. A., una sociedad
existente de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica; e
inscrita en la sección mercantil del Registro Público bajo la cédula jurídica
número tres-ciento uno-siete cinco uno siete nueve ocho, sociedad domiciliada
en San José, de la plaza de deportes La Uruca, cien metros oeste, de
conformidad con el artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio,
en condición de vendedora del negocio denominado Husqvarna Motorcycles,
dedicado a la importación y comercialización de motocicletas, repuestos y
accesorios de las mismas, ubicado en San José, de la plaza de deportes La Uruca
cien metros oeste, hace de conocimiento público, el traspaso de dicho
establecimiento mercantil mediante contrato de compraventa de Establecimiento Mercantil, con la única
finalidad de instar a cualquier acreedor o interesado, a que se presente dentro
del término de quince días naturales a partir de la primera publicación de este
edicto, a las oficinas de CCA Abogados, ubicadas en San José, Escazú, San
Rafael, avenida Escazú, Torre Lexus, Segundo Piso, Grupo Nacascolo, con
atención a Federico Jenkins Moreno, a hacer valer cualquier derecho que
considerare que legítima y vigentemente tuviere a su favor. Es todo.—San José, Costa Rica. 10 de octubre del 2018.—Lic.
Federico Jenkins Moreno, Notario.—( IN2018286477 ).
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (ULACIT)
Por medio de la presente, el Departamento de Registro la Universidad
Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (Ulacit), certifica el extravío del
título a nombre de Fernández Silva Jean Carlo, portador de la cédula de
identidad número tres, cero quinientos ocho, cero trescientos setenta y cinco,
del Bachillerato en Ingeniería Informática, inscrito en nuestros registros de
graduados en el tomo: 7, folio: 370, asiento: 17082, con fecha del 23 de agosto
de 2018. Se publica este edicto para oír oposición a la reposición solicitada,
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial La Gaceta. Se expide la presente a solicitud del
interesado y para efectos del trámite de reposición de título, a los cinco días
del mes de octubre del año dos mil dieciocho.—Departamento
de Registro.—Laura Gutiérrez Segura.—( IN2018286485 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CONDOMINIO HORIZONTAL
RESIDENCIAL
SAN RAFAEL COUNTRY CLUB
Yo, Enrique Morua Esquivel, mayor, casado una
vez, médico cirujano, vecino de Escazú, Condominio San Rafael Country Club,
cédula de identidad número 1-449-968, en mi calidad de propietario de la casa
número 5 del Condominio Horizontal Residencial San Rafael Country Club, cédula
jurídica 3-109-150444, solicito a la Sección de Propiedad Horizontal del
Registro Público la reposición del libro de actas de Asambleas Generales, por
extravío. Se emplaza por 8 días hábiles a partir de la publicación a cualquier
interesado a fin de oír objeciones ante el Registro correspondiente.—San
José, 23 de agosto de 2018.—Enrique Morua Esquivel, Propietario.—( IN2018286597
).
CONDOMINIO HORIZONTAL COMERCIAL
PLAZA
BOULEVARD DE JACÓ
Condominio Horizontal Comercial Plaza Boulevard de Jacó, con cédula de
persona jurídica número: Tres-ciento nueve-cuatrocientos cuarenta y tres mil
cincuenta y dos, pone sobre aviso la reposición de los libros Actas de Asamblea
de Condominios, Actas de Junta Directiva, Caja. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al
contribuyente de la Administración Tributaria de competente dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Publíquese tres veces.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—(
IN2018286621 ).
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Ante la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en
Publicidad con énfasis en Creatividad y Producción, de la Universidad
Interamericana de Costa Rica, inscrito bajo el tomo I, folio 7, asiento 218 de
esta Universidad y el Código de Universidad 7 y asiento 7013 del Consejo
Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido a los
19 días del mes de marzo del año 2005, título a nombre de Karla María Chajud
Sirias, cédula de identidad número 603020849. Se solicita la reposición del
título indicado anteriormente por extravió del título. Se pública este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 16 de octubre del 2018.—Departamento de
Registro.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2018287247 ).
UNIVERSIDAD FIDELITAS
Ante el Departamento de Procesos Académicos de la Universidad
Fidélitas se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por sustracción.
Correspondiente al título de: Especialidad en Derecho Notarial y Registral,
registrado en el libro de títulos de la Universidad en el tomo: VII, folio:
242, asiento: 11875 e inscrito en el CONESUP Código de la Universidad 18,
Asiento: 120683, a nombre de Leysa Jaramillo Santamaría, número de cédula
8-0112-0721. Se pública este edicto para oír oposiciones a dicha reposición,
dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
La Gaceta.—San
José, 18 de octubre del 2018.—Departamento de Procesos Académicos.—M.Sc. Emilia
Gazel Leitón, Directora.—( IN2018287282 ).
REPOSICIÓN DE ACCIONES
Se comunica de la solicitud de duplicado por motivo de pérdida que de
conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que solicita la socia,
Vanesa Gómez Briceño, cédula de identidad N° 1-0644-0616, de la totalidad de
las acciones de las cuales es propietaria en la sociedad “Rincón de Toledo Uno
S. A.”, cédula jurídica N° 3-101-362128, acciones sobre las cuales no existe
traspaso a favor de terceros, anotación de embargo u otro gravamen en el Libro
Registro de Accionistas número uno que al efecto llevaba debidamente legalizado
y vigente la referida sociedad.—San José, 10 de octubre del 2018.—Guadalupe
Briceño García, Secretaria de la Junta Directiva.—( IN2018287302 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COSTA MONTAÑA ESTATES CORRELINOS
CIENTO CUARENTA Y DOS S. A.
Ante esta notaría, compareció Dennis(nombres) Rodríguez (apellido),
único apellido por su nacionalidad estadounidense, pasaporte 213746654,
actualmente número 506178551, presidente, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de sima, de Costa Montaña Estates Correlinos Ciento
Cuarenta y Dos S. A., cédula jurídica: 3-101449910, quien procederá a
reposición de todos los libros legales por extravió, tomos uno. Quien se
considere afectado puede manifestar oposición en Bufete Mora Zahner & Gutiérrez,
en Puntarenas, Garabito, Jacó, 100 metros este de Municipalidad, horario
oficina, en el plazo de ley.—Licda. Karla Gutiérrez
Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2018286513 ).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y
PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y
ARTES
Levantamiento
suspendidos agosto A las siguientes personas se les comunica que, según
nuestros registros, su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de
colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son colegiados activos a
partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la sociedad costarricense que
estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines
en Costa Rica.
Nombre
|
Cédula
|
Fecha Lev
|
Acuña Aguilar Elian
|
111880178
|
22/8/18
|
Aguilar Murillo Ruth María
|
105370564
|
23/8/18
|
Alfaro Gutiérrez Gabriela
María
|
113870390
|
21/8/18
|
Alpízar Vargas Catherine
Patricia
|
109780121
|
5/8/18
|
Alvarado Lizano Priscila
|
106690164
|
6/8/18
|
Álvarez Anaya Melvin Edgard
|
122200717726
|
23/8/18
|
Arguedas Mohs Sylvia
|
107130173
|
20/8/18
|
Benavides Sánchez Brynner Eddy
|
701670526
|
18/8/18
|
Calvo Porras Mariam
|
113940044
|
14/8/18
|
Carballo Arguedas Jimmy
Gerardo
|
401770432
|
6/8/18
|
Carvajal Sánchez José Pablo
|
110130409
|
20/8/18
|
Chacón Rodríguez María
Fernanda
|
206460013
|
28/8/18
|
Chacón Trejos Paola
|
303590461
|
8/8/18
|
Chanto Zúñiga Grace Eugenia
|
106850285
|
28/8/1 8
|
Corrales Rosales Sandra María
|
109210568
|
18/8/18
|
Coto Maroto María Gabriela
|
303900844
|
6/8/18
|
Cubillo Murray Marco Antonio
|
106110924
|
14/8/18
|
Delgado López María Judith
|
603710408
|
4/8/18
|
Donato Romero María Mercedes
|
105180238
|
20/8/18
|
Duarte Dorronsoro Isabella
|
801210076
|
29/8/18
|
Elizondo Madrigal Félix
|
109400132
|
21/8/18
|
Espinoza Gutiérrez Alejandra
|
110560472
|
10/8/18
|
Fagan Lowis Felicia
|
108810891
|
22/8/18
|
Fernández Boza Lilliana María
|
108210050
|
1/8/18
|
Fuentes Fallas Miguel Ángel
|
601480941
|
21/8/18
|
Gamboa Berrocal Johnnv
|
107330651
|
7/8/18
|
García Hernández Graciela
|
304500030
|
20/8/18
|
Gatgens
Cabezas María Montserrat
|
112920118
|
22/8/18
|
González Esquivel Mayra Enid
|
502040883
|
27/8/18
|
González López Joseline de los
Ángeles
|
702220636
|
16/8/18
|
González Madrigal Alejandro
Jesús
|
402140327
|
23/8/18
|
Hernández Juárez María
Nazareth
|
115360376
|
22/8/18
|
Herrera Chavarría Franklin
|
203430862
|
27/8/18
|
Jara Jara Rosa Victoria
|
121800026827
|
28/8/18
|
Jarquín Méndez Sonia María
|
112150771
|
21/8/18
|
Jiménez García Rosibeth
|
104820366
|
17/8/18
|
Jiménez Montiel Cynthia
Guiselle
|
603290351
|
14/8/18
|
Jiménez Moya María Gabriela
|
108090588
|
28/8/18
|
Leitón Guillen Marcela
|
113810946
|
3/8/18
|
Leitón Morales Nidia Cecilia
|
401370762
|
9/8/18
|
López Díaz Jennier Josué
|
503920327
|
16/8/18
|
López Freer Luis Alfredo
|
112770345
|
17/8/18
|
Loria Herrera María
Auxiliadora
|
204320934
|
23/8/18
|
Loria Madrigal Catherine
|
113870280
|
6/8/18
|
Madriz Berrios Yogathan Ali
|
503270831
|
14/8/18
|
Mairena Cruz Mayela
|
204240856
|
3/8/18
|
Marín Aguilar Grace
|
110510784
|
9/8/18
|
Martínez Rivas Andrea Isabel
|
112610824
|
28/8/18
|
Mata Acuña Alejandra
|
302490545
|
17/8/18
|
Medrano Molina José
|
109600116
|
9/8/18
|
Miranda Blanco Ericka
Alejandra
|
116030134
|
24/8/18
|
Monge Solís Sonia Guiselle
|
107400903
|
16/8/18
|
Monge Zamora Argel María
|
111510290
|
31/8/18
|
Mora Alvarado Angie
|
113130023
|
7/8/18
|
Mora Arguedas David
|
113030635
|
14/8/18
|
Mora Sánchez Amilkar
|
108800185
|
30/8/18
|
Moraga Villalobos Wendy María
|
206820504
|
8/8/18
|
Navas Obando Sofía Cecilia
|
601470422
|
29/8/18
|
Obando Santamaría Melissa
|
110770435
|
31/8/18
|
Orozco Chavarría Rocío
|
110260558
|
10/6/18
|
Ortiz Redondo Esteban Alberto
|
304240623
|
27/8/18
|
Parra Soto Marlen Patricia
|
205060174
|
24/8/18
|
Pérez Vargas Paula Johanna
|
111630658
|
14/8/18
|
Ramírez Hernández Elieth
Auxiliadora
|
109750622
|
16/8/18
|
Ramírez Rodríguez Tatiana
María
|
113770246
|
28/8/18
|
Reyes Tapia Andrea
|
205550679
|
9/8/18
|
Rivera Araya Roy
|
104430118
|
6/8/18
|
Rodríguez Calderón Abigail
Massiel
|
304360220
|
21/8/18
|
Rodríguez Chavarría María
Ivania
|
155813941622
|
16/8/18
|
Rodríguez Masís Luis Carlos
|
109770315
|
27/8/18
|
Rodríguez Vargas Ileana María
|
901010017
|
28/8/18
|
Rojas Val verde Hazel María
|
112710100
|
20/8/18
|
Rojas Zamora Marisela
|
104700691
|
27/8/18
|
Sanabria Vargas Gloria Luisa
|
302020393
|
3/8/18
|
Sánchez Chacón Danny
|
112260941
|
20/8/18
|
Santana Guido María Mercedes
|
503060025
|
6/8/18
|
Sequeira Chavarría Yamina del
Carmen
|
206640698
|
31/7/18
|
Solano Solano María Gabriela
|
304480128
|
23/8/18
|
Soto Salazar Víctor Andrés
|
114220802
|
6/8/18
|
Soto Villegas Pamela
|
207020940
|
13/8/18
|
Stecher Calvo Melissa Ann
|
114610155
|
1/8/18
|
Trejos Chacón Kristel
|
603400297
|
31/8/18
|
Ullate Agüero Freddy Steven
|
604160513
|
22/8/18
|
Ureña Céspedes Jesenia
|
112060107
|
16/8/18
|
Valverde Hernández Zaida
Lorena
|
106240926
|
6/8/18
|
Vargas Escorcia Estefhany de
los Ángeles
|
603780077
|
24/8/18
|
Vargas Jiménez Grettel
|
107410923
|
18/8/18
|
Vargas Vargas Yessica
|
701630534
|
22/8/18
|
Vargas Vásquez Karol María
|
206630508
|
16/8/18
|
Vega Castillo Osear Ricardo
|
112690706
|
10/8/18
|
Vega Matamoros María Cecilia
|
105100933
|
7/8/18
|
Venegas Marín Karla Alejandra
|
603520776
|
14/8/18
|
Villanueva Zúñiga Clementino
|
601250985
|
30/8/18
|
Villegas Ruíz Yency
|
110320136
|
29/8/18
|
Zeledón Mendoza Elvia
|
104690036
|
29/8/18
|
Zeledón Sánchez María José
|
112360760
|
20/8/18
|
Zúñiga Jiménez Luis Carlos
|
503610243
|
6/8/1 8
|
M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta Junta
Directiva.— 1 vez.—( IN2018287362 ).
FREYA VIKINGA SOCIEDAD ANÓNIMA
Freya
Vikinga Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-710260, por este medio
informa que los accionistas de la compañía han solicitado la reposición de los
libros legales que lleva esta sociedad. Cualquier persona que tenga interés o
reclamo a la reposición de estos libros deberá notificarlo a la sociedad en su
domicilio social.—San José, 18 de octubre del
2018.—Victoria van Ginkel Mourelo. Rep.—1 vez.—(
IN2018287478 ).
COMERCIALIZADORA HOLANDA S.A.
Comercializadora Holanda Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-462360, por este medio informa que los accionistas de la compañía han
solicitado la reposición de los libros legales que lleva esta sociedad.
Cualquier persona que tenga interés o reclamo a la reposición de estos libros
deberá notificarlo a la sociedad en su domicilio social.—San
José, 18 de octubre del 2018.—Charles van Ginkel Salas.—1 vez.—( IN2018287502
).
La suscrita Patricia
Montes Porras, cédula N° 1-0634-0444, hago constar que adquirí por información
posesoria el inmueble de folio real número 662039-000, que es terreno de
potrero, situado en el distrito 05 Piedades, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José, que mide dos mil ciento ochenta y ocho metros con
catorce decímetros cuadrados, Plano SJ-1269317-2008. Por haber transcurrido el
plazo de ley, se cita a todos los interesados para que en el plazo de 15 días
se apersonen a hacer sus reclamos, ante la notaría del licenciado Dagoberto
Madrigal Mesén, ubicada en Santa Ana, 300 oeste y 100 norte de panadería
Musmanni. Es todo.—Santa Ana, 10:00 horas del 03 de
agosto del 2018.—Patricia Morales Porras.—1 vez.—( IN2018287528 ).
AMAZONIA DE BELÉN S. A.
Amazonia de Belén S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-uno tres siete dos siete nueve, comunica que, por
haberse extraviado los libros de Asamblea General, Registro de Accionistas y
Junta Directiva, solicitó se proceda a asignarle el número de autorización a
fin de proceder a la emisión de libros nuevos, de conformidad con la
legislación vigente.—Belén, dieciocho de octubre del dos mil dieciocho.—Licda.
Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2018287610 ).
AJIJOG S. A.
Por escritura número: 22-5 del tomo 5 de mi protocolo, otorgada en San
José, a las 15:30 horas del 09 de octubre de 2018, se solicitó la reposición de
los libros legales de Ajijog, S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-279706.—Licda. Margarita Sandí Mora, Notaria.—1
vez.—( IN2018287802 ).
SOCIEDAD
DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL
DESGLOSE
DE LIQUIDACIONES APROBADAS
Periodo
agosto 2018
Para ver las imágenes solo en La
Gaceta en formato PDF
Licda.
Kattia Díaz Corrales.—Encargada de Liquidación y
Servicios de la Póliza Mutual.—1 vez.—( IN2018287953 ).
LOS CRIQUES CUNA DE AGUA
SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con el artículo 14 del
Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de sociedades
mercantiles se avisa que Los Criques Cuna de Agua Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-332829, procederá con la reposición, por motivo de extravío, del
tomo primero de los libros legales de Asambleas Generales de Accionistas,
Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva.—José
David Fonseca Rojas, Presidente.—1 vez.—( IN2018288452 ).
LETERAGO S.A.
La empresa Leterago S.A., con cédula jurídica N° 3-101-364297, vecina
de Pavas, San José informa a sus clientes e interesados el extravío del
talonario de “Recibos por Dinero” cuya numeración abarca desde el 133051 y
hasta el 133100 inclusive, con la finalidad de que la compañía se exime de
cualquier responsabilidad por el mal uso que se les dé.—22 de octubre del
2018.—Créditos y Cobros.—Gaudy Araya Carcache, Jefe.—1 vez.—( IN2018288502 ).
HERMANOS SEGURA ALCAZAR S. A.
Ante esta notaría, las sociedades Hermanos Segura Alcazar S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cuatro tres dos uno nueve, domiciliada en
Heredia, Flores, Llorente, doscientos metros oeste y doscientos metros sur de
la Escuela del lugar, y Águila Reciclaje y Logística S. R. L., cédula jurídica
tres-ciento dos-seis nueve siete siete seis nueve, domiciliada en Heredia,
Flores, Llorente, calle Echeverría, de la Gasolinera Total La Ribera, ciento
cincuenta metros sur, solicitan a la Sección Mercantil la reposición del libro
número uno de: registro de socios, actas de asamblea de socios y actas del
consejo de administración, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho
días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro Nacional, Sección Mercantil. Es todo.—San
José, a las ocho horas del doce de julio del dos mil dieciocho.—Licda. Mayra
Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2018294674 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Mediante escritura autorizada por mí, a las
trece horas treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil dieciocho, se
modificó la cláusula quinta del capital social del pacto social constitutivo de
la sociedad Desarrollos Jusebe.—San José, diez de octubre de dos mil
dieciocho.—Licda. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—( IN2018285706 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, a las catorce
horas del doce de octubre de dos mil dieciocho, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Mabe
Industrial Sociedad Anónima, (“la Compañía”) cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-ciento sesenta y nueve mil ciento sesenta, en la cual se
disminuye el capital social de la compañía y se reforma la cláusula quinta del
pacto social de la compañía.—San José, 12 de octubre de 2018.—Lic. Tomás Quirós
Jiménez, Notario.—( IN2018286641 ).
PULICACIÓN DE UNA VEZ
La suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago
constar que ante mi notaria se modificó la cláusula novena de la sociedad Barrameiros
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-siete cuatro siete cuatro
ocho tres.—Puntarenas, 18 de octubre del 2018.—Licda.
Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2018287735 ).
La suscrita notaria Irene Arrieta Chacón,
hago constar que ante mi notaria se modificó la cláusula octava de la sociedad Aquafood
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-siete
seis ocho cero tres nueve.—Puntarenas, 18 de octubre
del 2018.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2018287736 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas del día dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Tempate S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero
cuatro siete siete dos dos, nombramiento de nuevo presidente.—Guanacaste,
dieciséis de octubre del dos mil dieciocho.—Licda. Ismene Arroyo Marín,
Notaria.—1 vez.—( IN2018287739 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 40 minutos del día 17 de octubre de 2018, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Héctor
Investments Sociedad Anónima, en donde por acuerdo de los socios, se acordó
disolver la sociedad conforme lo establecido en el artículo 201, inciso d) del
Código de Comercio. Es todo.—San José, 18 de octubre
del 2018.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—( IN2018287740 ).
La compañía denominada Carácter Estudio
Publicitario S. A., cédula jurídica 3-101-222979, con domicilio en San José,
Montes de Oca, San Pedro, frente a la faculta de Farmacia de la Universidad de
Costa Rica, hace constar que mediante acuerdo unánime de socios en asamblea
general extraordinaria de cuotistas, celebrada en su domicilio social, al ser
las diez horas del día doce de setiembre del año dos mil dieciocho, se acuerda
modificar la cláusula primera del pacto constitutivo, para que en lo sucesivo
diga así: La sociedad se denominará Carácter Diseño, así como el aditamento
Sociedad Anónima. Pudiendo abreviarse las tres últimas palabras con el
aditamento S. A. y se acuerda modificar la cláusula de domicilio social, el
cual en adelante será, Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, La Garita, contiguo a
condominios El Sandal, Oficina Sfera Legal. Es todo.—Tamarindo,
Santa Cruz Guanacaste, al ser las once horas del dieciséis de octubre del dos
mil dieciocho.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2018287741 ).
Por escritura pública otorgada ante mi
notaría, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad tres-ciento
dos-setecientos tres mil quinientos setenta y nueve sociedad
de responsabilidad limitada, con cédula de número tres-ciento
dos-setecientos tres mil quinientos setenta y nueve, se acuerda disolver la
sociedad. Es todo.—San José, a las ocho horas con diez
minutos del día diecinueve de octubre del año dos mil dieciocho.—Lic. Mario
Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—( IN2018287743 ).
Por escritura pública otorgada ante mi
notaría, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad tres-ciento
dos-quinientos veintidós quinientos cincuenta y cinco
sociedad de responsabilidad limitada, con cédula de número
tres-ciento dos-quinientos veintidós quinientos cincuenta y cinco, se acuerda
disolver la sociedad. Es todo.—San José, a las ocho
horas del día diecinueve de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Mario Alberto
Vargas Arias, Notario.—1 vez.—( IN2018287744 ).
Por protocolización N° 15, visible al folio
50 f y v, del tomo 33, de mi protocolo, extendida en San José, a las ocho horas
del diecinueve de octubre del dos mil dieciocho, la sociedad Hermanos
Ramírez Badilla Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-uno uno cinco dos
cinco seis, modifica la cláusula de la administración y hace nuevos nombramientos.—Licda. Rosa Guillermina Aguilar Ureña,
Notario.—1 vez.—( IN2018287787 ).
Por protocolización N° 13, visible al folio
49 v y 50 f, del tomo 33, de mi protocolo, extendida en San José, a las
dieciocho horas del catorce de octubre del dos mil dieciocho, la sociedad Brisas
de Grecia Ciento Veinticinco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatro tres dos nueve dos seis, modifica la cláusula de la administración y
nombra nueva junta directiva.—Licda. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1
vez.—( IN2018287788 ).
Hoy protocolicé acta 2
de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agropecuaria Paniagua y
Arguello de Zarcero S. A., cédula jurídica N° 3-101-590489, donde se
reforman las cláusulas del pacto social números: 3° domicilio social y en la
cláusula 8° se elimina la figura del agente residente y se reemplaza con
cláusula sobre transmisión de acciones, además, se hacen nuevos
nombramientos.—Alajuela, Zarcero, 15 de octubre del 2018.—Licda. Lucila
Barrantes Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2018287790 ).
Hoy protocolicé acta 1
de asamblea general extraordinaria de accionistas de Finca El Abuelo de
Guadalupe S. A., cédula jurídica N° 3-101-667050, donde se reforman las
cláusulas del pacto social números: 3° domicilio social, 4° objeto social y en
la cláusula 8° se elimina la figura del agente residente y se reemplaza con
cláusula sobre transmisión de acciones, además, se hacen nuevos
nombramientos.—Alajuela, Zarcero, 15 de octubre del 2018.—Licda. Lucila
Barrantes Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2018287791 ).
Ante esta notaría, se disolvió la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Seis Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve Sociedad Anónima.—San
José, diecinueve de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Walter Solís Amen,
Notario.—1 vez.—( IN2018287794 ).
Por escritura número doce-diez, otorgada ante
el suscrito notario, a las siete horas del día diecinueve de octubre del dos
mil dieciocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Rainbow Lake S. A., en la cual se acuerda
modificar la cláusula octava del pacto constitutivo.—Roberto
Alonso Rímola Real, Notario.—1 vez.—( IN2018287795 ).
Ante esta notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Bomba
Panamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tresciento
uno-trescientos sesenta y cinco mil doscientos noventa, mediante la cual se
modifica la cláusula sexta del pacto social referente a la representación de la
sociedad.—San José, 19 de octubre del 2018.—Licda.
Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2018287797 ).
Ante esta notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Estación
de Servicio Panamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil doscientos veintiséis, mediante
la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social referente a la
representación de la sociedad.—San José, 19 de octubre
del 2018.—Licda. Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2018287798 ).
Ante esta notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada ESP
Gasolinera Sociedad Anonima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-setecientos diecinueve mil seiscientos noventa y tres, mediante la cual se
modifica la clausula sexta del pacto social referente a la representación de la
sociedad.—San José, 19 de octubre del 2018.—Licda.
Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2018287799 ).
Por escritura otorgada a
las quince horas del dieciocho de octubre del dos mil dieciocho, los señores
Manuel Gerardo Bolaños Bolaños y Andrés Fonseca Sánchez, constituyen la
compañía denominada Estrategia y Planeación Empresarial LPPA Limitada
domiciliada en San Pablo de Heredia, con un capital social de cien mil colones,
representado por diez cuotas nominativas de diez mil colones cada una.—San
José, dieciocho de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Henry Mora Arce,
Notario.—1 vez.—( IN2018287800 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos del día diez del mes de
setiembre del dos mil dieciocho, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bienes Raices Ayinde
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cero cuatro
dos nueve seis, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la
disolución de la sociedad. Limón, a las diez horas y cincuenta minutos del día
diez del mes de setiembre del dos mil dieciocho.—Licda.
Anita Mc Donal Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2018287806 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos del día diez del mes de
setiembre del año dos mil dieciocho, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inmobiliaria Ayodeji
Sociedad Aninoma, cédula jurídica número tres- ciento uno- cinco cero dos
uno cinco ocho, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la
disolución de la sociedad. Limón, a las diez horas y quince minutos del día
diez del mes de setiembre del año dos mil dieciocho.—Anita
Mc Donal Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2018287807 ).
Por escritura otorgada
en esta notaría, a las 11:00 horas del 18 de octubre de 2018, se reformó la
cláusula segunda del pacto social, de la suciedad denominada Impagrosa
Importaciones Agropecuarias Sociedad Anónima, sobre cambio de domicilio.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1
vez.—( IN2018287809 ).
Ante mi notaría, se
protocolizó acta número once de asamblea general extraordinaria de Inversiones
Amaprisg Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-trescientos veintitrés mil seiscientos treinta y tres, celebrada en su
domicilio social en Guanacaste, Cañas, doscientos metros norte de Alcohólicos
Anónimos, a las once horas del siete de agosto de dos mil dieciocho, donde se
modificó la cláusula sétima del acta constitutiva, que la sociedad será
administrada por una junta directiva de cuatro miembros, presidente,
vicepresidente, secretario y tesorero, quienes tendrán las facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, a las quince horas del
dieciocho de setiembre de dos mil dieciocho.—Lic. Hernán Sánchez Guevara,
Notario.—1 vez.—( IN2018287810 ).
Por escritura N° 17-193, de la sociedad Riketts
Produce en Costa Rica, cédula jurídica N° 3-101-407291, se otorga
presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma pudiendo actuar
individualmente. Nombrados presidente: Danny Ray Sparrow, pasaporte N°
473922528, secretario Patricia Leigh Ricketts, pasaporte N° 48694291.—Licda.
Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2018287811
).
Se le hace saber a las personas interesadas
que ante el suscrito Jorge Mario Piedra Arias, notario público, con oficina
abierta en Aserrí, se procedió a protocolizar el acta número uno, la cual se
encuentra en el libro de actas de asamblea de socios celebrada al ser las ocho
horas del quince de octubre del dos mil dieciocho, en donde se acordó de manera
unánime disolver la sociedad denominada Auto Repuestos 8 J Sociedad Anónima,
con cédula jurídica N° 3-101-514009, debidamente inscrita en el Registro
Nacional, Sección Mercantil, bajo el tomo: 2009, asiento: 120693. Es todo.—San José, 18 de octubre del dos mil dieciocho.—Lic.
Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—( IN2018287814 ).
Por escritura número
sesenta y tres otorgada en Alajuela, a las diecinueve horas del dieciocho de
octubre del dos mil dieciocho, se constituyó la siguiente sociedad civil A.S.A.
Mil Novecientos Treinta Sociedad Civil, cuyo aporte es la suma de treinta
mil colones.—Alajuela, diecinueve de octubre del dos
mil dieciocho.—Licda Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2018287820
).
Que mediante escritura 9-8 de las 08:00 horas
del 16 de octubre del 2018, otorgada ante esta notaria, se protocoliza acta 4 de Trebol Tropical Sociedad Anónima, con
cédula jurídica 3-101-407398, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 16 de octubre del 2018.—Licda. Paola
Arias Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2018287821 ).
Que mediante escritura 11-8 de 08:00 horas
del 19 de octubre del 2018, otorgada ante esta notaria, se protocoliza acta 4
de Brassert Properties Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-435689,
donde se modifica claúsulas 2, 9 y se nombra presidente y secretario.—San
José, 19 de octubre del 2018.—Licda. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—(
IN2018287822 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las nueve horas del dieciséis de octubre del dos mil dieciocho; se
procede a modificar la cláusula décimo segunda del pacto constitutivo, de la
sociedad anónima Gourob Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento cincuenta y siete mil quinientos noventa y tres.—Alajuela,
San Carlos, La Fortuna, 16 de octubre del 2018.—Lic. Manuel Tückler O’Connor,
Notario.—1 vez.—( IN2018287826 ).
La suscrita notaria pública Priscila Picado Murillo, hace constar que
mediante escritura pública número cincuenta y nueve otorgada con la conotaria
pública, Ana María Araya Ramírez al ser las dieciséis horas del día dieciocho
de octubre de dos mil dieciocho, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Alco Finanzas S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos seis mil novecientos treinta
y seis, en la que se acuerda reformar la cláusula décima segunda de los
estatutos y se nombran nuevos cargos de Junta Directiva.—San José, diecinueve
de octubre del dos mil dieciocho.—Licda. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1
vez.—( IN2018287831 ).
Por escritura número 54-16 de las 9:00 horas del 19 de setiembre del
2018 Boris Minero Pineda y Mayerly Carolina Peña Pedraza constituyeron Corporación
para el Bienestar y la Salud (COBISA) S. A.
Domicilio Cartago, La Unión, Tres Ríos, Sierras de La Unión, casa J-Uno.
Capital ciento veinte mil colones. Objeto comercio y servicios. Presidente
Mayerly Carolina Peña Pedraza.—Lic. Francisco Vargas
Solano, Notario.—1 vez.—( IN2018287834 ).
Por escritura número 55-16 de las 09:00 horas del
19 de setiembre del 2018 Alejandra Ochoa Palominos y Jesús Daniel Romero
Martínez constituyeron Gastromed SRL. Domicilio: San José,
Escazú, Guachipelín, Condominio Cerro Alto, N° 324. Capital cien mil colones.
Objeto comercio y servicios. Gerente Alejandra Ochoa Palominos.—Lic.
Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—( IN2018287835 ).
Por escritura número 4-16 de las 10:00 horas del
06 de junio del 2018 se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la
sociedad domiciliada en San José, denominada Inmosur de San José S.
A. reformando clausula sétima. Representación corresponde exclusivamente al
presidente, nombrándose a la señora Urania Salazar Arguedas.—Lic.
Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—( IN2018287836 ).
Se hace constar que mediante escritura 85-7 de las 16:00 horas del 18 de
octubre de 2018, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas número 1 de la compañía Finca J.J.P. Dos Mil Seis
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y siete. Se revocan nombramientos de
secretario y tesorero. Se nombra a Rudy Sibaja González, como secretario y
Priscilla Quesada Monestel, como tesorera, quienes aceptan el nombramiento. Se
reforma la cláusula de representación. Se reforma la cláusula del domicilio. Es
todo.—San José, 19 de octubre del 2018.—Licda. Magally
Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2018287844 ).
Mediante escritura número 09 visible al folio 6 frente del tomo 7,
otorgada a las 11:00 horas del 19 de octubre 2018, se protocoliza acta de
asamblea general de socios de Magulo del Norte Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-729715; en la cual se acuerda disolver la sociedad.
Presidente Eric Matarrita Gutierrez.—San José, 19 de
octubre del 2018.—Licda. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—(
IN2018287846 ).
Mediante escritura número 08 visible al folio 5
vuelto del tomo 7, otorgada a las 10:00 horas del 19 de octubre 2018, se
protocoliza acta de asamblea general de socios de Propermayra Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-733078; en la cual se acuerda
disolver la sociedad.—San José, 19 de octubre del
2018.—Licda. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2018287847 ).
El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Distribuidora Ares S. A., mediante la
cual se acuerda la disolución de la compañía.—Escazú,
17 de octubre del 2018.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—( IN2018287848
).
En mi notaría, se constituyó la sociedad ILHM Isalu Hermanas
Malavasi Sociedad Anónima, al ser las catorce horas del día primero de
octubre del dos mil dieciocho, con un capital de doscientos dólares moneda del
curso legal de los Estados Unidos de América, capital suscrito y pagado. Es todo.—San José, dieciocho de octubre del dos mil
dieciocho.—Licda. Ana Marlen Guillén Godínez, Notaria.—1 vez.—( IN2018287849 ).
El día de hoy, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Arce Soto S. A.,
mediante la cual se acuerda la disolución de la compañía.—Escazú,
17 de octubre del 2018.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—( IN2018287850
).
Los señores Ingo Neuman y Bárbara Grunwald,
constituyen Ingo Caletas Coyote S. A., capital diez mil colones.
Escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las 18:00 horas del día 17
de julio del 2018.—Lic. Frank Araya Knudsen y Lic. Wagner Chacón Castillo, Notarios.—1 vez.—( IN2018287952 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del dos de octubre de dos mil dieciocho, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bejos Miguel
Yamuni e Hijos S. A., por la que se reforma la cláusula Séptima de la Administración
y Representación. Además se acuerda revocar todos los nombramientos de junta
directiva, del fiscal y del agente residente y se hacen nuevos nombramientos.—San José, al ser diecisiete horas del día dos
de octubre del dos mil dieciocho.— Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1
vez.—( IN2018288036 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil dieciocho, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Empresas Yamuni S. A. por la que se reforma la cláusula Séptima
de la Administración y Representación. Además, se acuerda revocar todos los
nombramientos de junta directiva, del fiscal y del agente residente y se hacen
nuevos nombramientos.—San José, dieciocho de octubre
del dos mil dieciocho.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(
IN2018288037 ).
Por escritura otorgada el día de hoy, el
suscrito notario protocolicé el acta de Panduit Region Camex y
Centroamérica, Ltda., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda
del domicilio, sexta de administración y se elimina la cláusula XIV.—San José, 16 de octubre del 2018.—Lic. Alejandro
Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2018288093 ).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho se constituyo la sociedad ORIUS Biotech
Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Mario Delgado Higuera. Domicilio:
San José, San Jerónimo de Moravia. Objeto: Comercio en general. Plazo: Veinte años.—San José, diecinueve de octubre del dos mil
dieciocho.—Lic. Alejandro Madrigal Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2018288187 ).
Ante esta notaría se reforma el pacto social
de Alphaco, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos noventa y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres, en su
cláusula segunda del domicilio, se adiciona la cláusula quinta de la
administración, se nombra tesorero y fiscal. Presidente: Walter Jeffrey Chaves
Coto, cédula uno-mil cincuenta y cinco-novecientos quince.—San
José, 18 de octubre del 2018.—Licda. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1
vez.—( IN2018288188 ).
Ante la notaría, del Licenciado Douglas Mora
Umaña, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios, de Importadora
de Las Carretas S. A., en la que se acordó disolver la sociedad. Es todo.—San José, 19 de octubre del 2018.—Lic. Douglas Mora
Umaña, Notario.—1 vez.—( IN2018288194 ).
Ante esta notaría, mediante escritura
otorgada a las diez horas del diecisiete de octubre del 2018, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía RDM
Servicios Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-setecientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y siete, en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso d) del Código de Comercio.—San José, diecisiete de octubre de
2018.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2018288196 ).
Por escritura 224,
otorgada ante mi notaría, al ser las 18:00 horas del 11 de octubre de 2018, se
modificó la cláusula sétima de la representación y se reorganizó la junta
directiva de Inversiones del Pacífico Umaña Sociedad Anónima.—San José, 19 de octubre de
2018.—Lic. Gonzalo García Ferrario, Notario.—1 vez.—( IN2018288199 ).
Edicto de disolución anticipada de Granos
y Concentrados GRACO S. A., cédula de persona jurídica número: 3-101-
329894.Se hace constar en cumplimiento con el artículo 207 del Código de
Comercio, que en la asamblea general ordinaria extraordinaria de la empresa
arriba indicada, en Libro de Actas número uno, se asentó el Acta número
catorce, en la cual por el acuerdo número tres tomado en firme por unanimidad
de votos del cien por ciento del capital accionario, se indicó que: “Por haber
concurrido las causas de disolución anticipada de la empresa, de acuerdo a lo
señala el artículo doscientos uno, incisos (b) y (d), del Código de Comercio,
se ha determinado proceder al disolución anticipada de la empresa. Por tal
motivo se comisiono al efecto al Notario Público Lic. Álvaro Peralta Castillo,
para que procediera a la publicación del presente edicto en el Diario Oficial La
Gaceta, a fin de cumplir con el plazo de treinta días para que cualquier
interesado pueda oponerse judicialmente, siempre que no se base en causa legal
o pactada.—San José, 16 de octubre del 2018.—Lic.
Álvaro Peralta Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2018288200 ).
En esta notaría se protocolizó acta de la
sociedad denominada Cascada de los Lirios S. A., con cédula jurídica
número 3-101-390968, se hicieron cambios de Junta Directiva y Fiscal; y
procediendo al nuevo nombramiento de los mismos. Se
modifica la cláusula octava de administración, siendo que el presidente es
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José,
19 de octubre del 2018.—Licda. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—(
IN2018288203 ).
Por escritura pública número cuarenta y cuatro
otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día diecinueve del mes de
octubre del año dos mil dieciocho, protocolicé el Acta número uno de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Inversiones
Ticobirra.com Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil quinientos cuarenta y nueve, en
la que se acordó modificar el pacto constitutivo reformando la cláusula de
administración. Es todo.—San José, diecinueve de
octubre del dos mil dieciocho.—Licda. Paula Marcela Medrano Barquero,
Notaria.—1 vez.—( IN2018288205 ).
Por escritura pública número cuarenta y cinco otorgada ante esta notaria
a las diez horas del día diecinueve del mes de octubre del año dos mil
dieciocho, protocolicé el acta número tres de la asamblea extraordinaria de
cuotistas de la compañía Beyond Operations Business CR Limitada,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos noventa y
seis mil novecientos cuarenta y siete, en la que se acordó modificar el pacto
constitutivo reformando la cláusula de administración. Es todo.—San
José, diecinueve de octubre del dos mil dieciocho.—Licda. Paula Marcela Medrano
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2018288206 ).
Por escritura número cuarenta y cuatro-quince,
otorgada ante los notarios Sergio Aguiar Montealegre y Francisco Peralta
Montero, actuando en el protocolo del primero a las once horas quince minutos
del día dieciocho de octubre del año dos mil dieciocho, se reforma la cláusula
de representación de la sociedad, se revocan los nombramientos de los Gerentes
de la sociedad, se realizan nuevos nombramientos de Gerentes de la sociedad Inversiones
Natpar Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos ocho mil novecientos
treinta y cinco.—San José, diecinueve de setiembre del dos mil dieciocho.—Lic.
Francisco Peralta Montero, Notario.—1 vez.—( IN2018288207 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy,
protocolizo acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Gestión
en Tecnología e Información G.T.I Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinticinco mil
ochocientos noventa, mediante la cual se reforma la cláusula décimosexta del
pacto constitutivo.—San José, 19 de octubre del
2018.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario Público.—1 vez.—( IN2018288228 ).
Por escritura otorgada nate la notaría del
Licenciado José Leonardo Olivas Esquivel, ubicada en Upala, Alajuela, a las
diecisiete horas del ocho de octubre de dos mil dieciocho. Constitución de la
sociedad de responsabilidad limitada denominada Trips Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada que es nombre de fantasía, pudiendo
abreviarse Trips Costa Rica S.R.L. Capital social: diez mil
colones, distribuido en diez cuotas nominativas de mil colones cada una,
suscritas y pagadas por los socios. Gerente el socio José Alberto Moya Meoño.
Es todo.—San José, 19 de octubre del 2018.—Licda.
Gabriela Olivas Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2018288253 ).
Yo, Juan Manuel Gómez Mora, notario público con
oficina en San José, hago constar que el día diecinueve de octubre de dos mil
dieciocho, protocolicé acta de la compañía Moviltech S. A. en la
cual se modifica la cláusula de la administración y representación.—San
José, diecinueve de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora,
Notario Carné Nº 22091.—1 vez.—( IN2018288254 ).
Ante el suscrito notario Licenciado Pablo Vargas Arias se protocolizó
acta número dos de asamblea de socios accionistas de la sociedad Corporación
Tilin N S Sociedad Anónima en la cual se modifica las
cláusula sexta.—Alajuela, treinta de setiembre del dos
mil dieciocho.—Lic. Pablo Vargas Arias, Abogado y Notario Público.—1 vez.—(
IN2018288256 ).
Ante esta notaría, a las 12 horas del día de hoy„ se protocolizaron
acuerdos de asamblea de socios donde 3-101-670788 S. A., reforma las
cláusulas quinta y octava del pacto social.—San José,
18 de octubre del 2018.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1
vez.—( IN2018288259 ).
El suscrito notario Licenciado Pablo Vargas Arias comunica que ante su
notaría se constituyó la sociedad anónima Noelia Matías San Rafael Sociedad
Anónima, en la que figura como presidente Adrián Antonio Segura Hernández,
con un capital social de trescientos dólares estadounidenses debidamente cancelados.—En la ciudad de Alajuela, a las nueve horas del
diecinueve de octubre el año dos mil dieciocho.—Lic. Pablo Vargas Arias,
Notario Público.—1 vez.—( IN2018288261 ).
Acarreos y Servicios S. A., mediante asamblea extraordinaria modificó la cláusula del domicilio
y de administración. Apoderados presidente, vicepresidente, secretario y
tesorero. Mediante escritura Nº 228 otorgada a las 11:00 del 18 de octubre del
2018. En la con-notaria de William Antonio Rovira Figuero y Lizeth Vargas Vargas.—San José, 18 de octubre del 2018.—Licda. Lizeth
Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2018288264 ).
En con-notaria de William Antonio Rovira
Figueroa y Lizet Vargas Vargas, a las 16:00 horas de hoy, se constituye la
sociedad Electromecanica Solutec Sociedad Anonima. Capital suscrito y
pagado. Apoderado presidente.—San José, 12 de agosto
del 2018.—Licda. Lizet Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2018288266 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00
horas del 18 de octubre de 2018, protocolicé acta de 3-102-695000 SRL de
las 08:00 horas del 11 de setiembre del 2017, mediante la cual se acuerda
disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic.
Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2018288356 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:30
horas del 18 de octubre de 2018, protocolicé acta de Alturas Hermosas Villa
Cuarenta y Uno L.R. S. A., de las 15:00 horas del 10 de octubre del 2018,
mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas primera y cuarta de los estatutos.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(
IN2018288357 ).
Ante esta notaría, en escritura pública número
veintiocho, otorgada en Cartago, a las dieciocho horas del dieciocho de octubre
del dos mil dieciocho, se constituyó la sociedad anónima Desarrolladora DW
Campos y Ortega Sociedad Anónima. El presidente y secretaria tienen la
representación judicial y extrajudicial.—Cartago, a
las veinte horas del dieciocho de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Jorge
Luis Cordero Picado, Notario.—1 vez.—( IN2018288362 ).
Protocolización acta de asamblea N° 1 de
accionistas ordinaria y extraordinaria de la sociedad Norton y Argüello S.
A. nombramiento de presidente y corrección de numero de cédula de la
tesorera. Sección mercantil. Escritura otorgada en San José, a las 10 horas del
18 de octubre del 2018.—Lic. Danilo Mata Castro, Notario Público.—1
vez.—( IN2018288363 ).
Por escritura otorgada
por el notario, Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a las a las 10:00 horas del 20 de
octubre del dos mil dieciocho, se acordó disolver la sociedad Rojeba
Consultores Empresa Individualizada de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica número: tres-ciento cinco-cinco siete nueve nueve tres siete. Firmo en
la ciudad de Grecia, el día del 22 de octubre del dos mil dieciocho.—Lic.
Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2018288373 ).
La sociedad: Gas
Sánchez Sociedad Anónima, reforma la cláusula quinta del pacto
constitutivo. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del diecinueve
de octubre del año dos mil dieciocho.—Lic. Humberto
Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—( IN2018288379 ).
Por escritura 37-1, de
las 8:30 a. m. del 18/10/2018, se protocolizó acta extraordinaria de asamblea
de socios con modificación de la cláusula de representación, de junta directiva
y del capital accionario de Inversiones Franto Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-768538.—San José, 22 de octubre del 2018.—M.Sc.
Nichole Ivette Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—(
IN2018288388 ).
En esta notaría, se protocolizó acta de Solucmant
CR S. A. cédula jurídica 3-101-682788, modificándose el domicilio social
en: San Antonio, Alajuela, Residencial Málaga Ciruelas II, casa sesenta y seis,
pudiendo establecer agencias y sucursales o ambas en cualquier lugar del país.—San José, 19 de octubre del 2018.—Licda. Giselle
Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—( IN2018288393 ).
Por medio de escritura ochenta y nueve, otorgada a
las quince horas y treinta y cinco minutos del día dieciocho del mes de octubre
del dos mil dieciocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Inversiones Francema FCM Dos Mil Dieciocho
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos
sesenta y siete mil doscientos veintitrés y convienen en modificar la
representación y junta directiva de dicha sociedad.—Lic. José Ovidio Jiménez
Ávila, Notario.—1 vez.—( IN2018288401 ).
Que ante esta notaría pública, se acordó la disolución por acuerdo de
socios de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9428 la
sociedad denominada Bronx de Guanacaste Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos quinientos sesenta y cinco mil
quinientos dieciocho.—San José, dieciocho de octubre
del dieciocho.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario Carné N° 20276.—1 vez.—(
IN2018288403 ).
Que ante esta notaría pública, se acordó la
disolución por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el
transitorio II de la Ley 9428 la sociedad denominada Isla Baltic IV
Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta mil
quinientos noventa y cinco.—San José, dieciocho de
octubre del dieciocho.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario Carné N° 20276.—1
vez.—( IN2018288404 ).
Que ante esta notaría pública, se acordó la disolución por acuerdo de
socios de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9428 la
sociedad denominada Isla Lakewood XVIII Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y dos mil quinientos veinticinco.—San José, dieciocho de octubre del
dieciocho.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario Carné N° 20276.—1 vez.—(
IN2018288405 ).
Que ante esta notaría pública, se acordó la disolución por acuerdo de
socios de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9428 la
sociedad denominada Isla Linwood XX Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y cinco mil novecientos noventa
y cinco.—San José, dieciocho de octubre del
dieciocho.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario Carné N° 20276.—1 vez.—(
IN2018288406 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 16:00 horas del 11 de
setiembre del 2018, se procede a protocolizar acta de cuotistas de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Cincuenta y Ocho Mil Veintitrés Sociedad
de Responsabilidad Limitada, se acuerda modificar cláusula de
administración, y capital social. Es todo.—San José,
once de setiembre del dos mil dieciocho.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena,
Notario.—1 vez.—( IN2018288407 ).
Por escrituras otorgadas en mi notaria, se
reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de Mudanzas de Gicenia
y Tío Qui Qui S. A., cédula jurídica trescientos
uno-quinientos setenta y ocho mil setecientos cuarenta y cinco; y se constituyó
Trans-Wapa Sociedad Anónima.—Alajuela,
veintidós de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas,
Notario Público.—1 vez.—( IN2018288414 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiocho de
setiembre de dos mil dieciocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Reserva Catador S.
A., mediante la que se acuerda la disolución de la sociedad. Es todo.—San José, dieciocho de octubre del dos mil
dieciocho.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario Público.—1 vez.—( IN2018288418 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiocho de
setiembre de dos mil dieciocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Have
a Nice Day S. A., reformándose la cláusula del domicilio y se
nombran secretario, tesorero y fiscal. Es todo.—San
José, dieciocho de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser,
Notario.—1 vez.—( IN2018288419 ).
Por escritura número ochenta y seis otorgada ante mí, a las dieciséis
horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil dieciocho, se protocolizó
el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Irnerio Internacional Sociedad Anónima, mediante la
cual se acordó reformar la cláusula sexta de la administración.—San
José, diecinueve de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Andrés Mercado Castro,
Notario.—1 vez.—( IN2018288432 ).
Por escritura número ochenta y cinco otorgada
ante mí, a las quince horas treinta minutos del tres de octubre del año dos mil
dieciocho, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Ivano Internacional Sociedad
Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta de la administración.—San José, diecinueve de octubre del año dos
mil dieciocho.—Lic. Andrés Mercado Castro, Notario.—1 vez.—( IN2018288433 ).
Agencias Tres Mil Sociedad Anónima, otorga poder generalísimo sin límite de suma a los señores Hildegard
y Manfred, ambos de apellidos Haehner Siermann, quienes deberán actuar
conjuntamente. Escritura otorgada a las quince horas del dieciocho de octubre
de dos mil dieciocho.—Licda. Rosario Salazar Delgado,
Notario.—1 vez.—( IN2018288439 ).
Por escritura número
ciento treinta, otorgada ante mí, a las dieciséis horas con treinta minutos del
treinta de agosto del año dos mil dieciocho, se protocolizó la asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada Verba Publica Sociedad Anónima,
por medio de la cual de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda disolver la empresa a partir
del día de hoy, para lo cual se hace constar que a la fecha la empresa no tiene
ni activos ni pasivos, no teniendo, en este momento, actividad dentro o fuera
de la República de Costa Rica.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—(
IN2018288440 ).
Por escritura número ciento treinta, otorgada
ante mí, a las dieciséis horas del treinta de agosto del año dos mil dieciocho,
se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Verba
Private Sociedad Anónima, por medio de la cual de conformidad con lo
dispuesto por el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, se
acuerda disolver la empresa a partir del día de hoy, para lo cual se hace
constar que a la fecha la empresa no tiene ni activos ni pasivos, no teniendo,
en este momento, actividad dentro o fuera de la República de Costa Rica.—Lic.
Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—( IN2018288441 ).
Por escritura número
ciento veintinueve otorgada ante mí, a las quince horas con treinta minutos del
treinta de agosto del año dos mil dieciocho, se protocolizó la asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada L’Ajaccienne Sociedad Anónima,
por medio de la cual de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda disolver la empresa a partir
del día de hoy, para lo cual se hace constar que a la fecha la empresa no tiene
ni activos ni pasivos, no teniendo, en este momento, actividad dentro o fuera
de la República de Costa Rica.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—(
IN2018288442 ).
Por escritura número ciento cuarenta y seis,
otorgada ante mí a las doce horas del dieciséis de septiembre dos mil
dieciocho, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Biosenose Limitada por medio de la cual se reforma la
cláusula de la administración del pacto constitutivo.—Lic.
Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—( IN2018288443 ).
Por escritura número
ciento cuarenta y uno otorgada ante mí, a las dieciocho horas y treinta minutos
del dieciocho de octubre dos mil dieciocho, se protocolizó la asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada Ocotal Feeling Limitada, por
medio de la cual, se reforma la cláusula de la administración del pacto constitutivo.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—(
IN2018288444 ).
Edicto de junta
directiva: Por escritura número 415 de las 8:00 horas del 13 de octubre del
2018, Inversiones Cortés Jiménez S. A., cédula jurídica
3-101-322212, nombre nueva junta directiva: presidente y fiscal.—Tejar
de El Guarco, veintidós de octubre del 2018.—Lic. Danilo Cerdas Brenes,
Notario.—1 vez.—( IN2018288450 ).
Por escritura otorgada a las nueve horas
treinta minutos del doce de setiembre del dos mil dieciocho, protocolicé acta
de Inversiones Jenga S. A., mediante la cual se reformó la cláusula
quinta de los estatutos, referente al número de acciones.—Heredia,
dos de octubre del dos mil dieciocho.—Licda. Sandra Escalante Porras,
Notaria.—1 vez.—( IN2018288458 ).
A las 10:00 horas del día de hoy, constituí
en mi notaría, la compañía Playa Hermosa Leisure S. A. Se nombra junta
directiva y fiscal.—San José, 19 de octubre del
2018.—Licda. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2018288461 ).
Mediante escritura número 25 otorgada ante el notario Alberto Raven Odio,
a las 12:00 horas del 19 de octubre del 2018, se modificó el domicilio de la
sociedad Desarrollos Zelkova Sociedad Anónima.—San José, 19 de octubre del
2018.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—( IN2018288464 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se acuerda revocar los cargos
de tesorero y fiscal de la sociedad Inversiones Ramps Sociedad Anónima,
cédula jurídica: tres-ciento uno-dos dos tres cuatro uno uno, y en su lugar se
nombra a la señora Erlinda Patricia Amaya y la señora Katie Melissa Amaya respectivamente.—Alajuela, veintiséis de setiembre del dos
mil dieciocho.—Lic. Javier Elmer Turcios Velásquez, Notario.—1 vez.—(
IN2018288465 ).
Mediante escritura número 17 otorgada ante el
notario Alberto Raven Odio, a las 8:00 horas del 19 de octubre del 2018, se
modificó el domicilio de la sociedad Avenida Desarrollo Nuevo Sociedad Anónima.—San
José, 19 de octubre del 2018.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—(
IN2018288467 ).
Mediante escritura número 18, otorgada ante
el notario Alberto Raven Odio, a las 8:30 horas del 19 de octubre del 2018, se
modificó el domicilio de la sociedad Avenida Parqueos Sociedad Anónima.—San
José, 19 de octubre del 2018.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—( IN2018288468
).
Mediante escritura
número 19, otorgada ante el notario Alberto Raven Odio, a las 9:00 horas del 19
de octubre del 2018, se modificó el domicilio de la sociedad Desarrollos
Inmobiliarios Madera Solida DMS Sociedad Anónima.—San José, 19 de octubre del
2018.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—( IN2018288469 ).
Mediante escritura número 20, otorgada ante
el notario Alberto Raven Odio, a las 9.30 horas de 19 de octubre del 2018, se
modificó el domicilio de la sociedad Desarrollos Playa Prieta DPP Sociedad Anónima.—San
José, 19 de octubre del 2018.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—(
IN2018288470 ).
Por escritura número veintidós-cuarenta y dos
otorgada ante la suscrita notaria, a las nueve horas del veinticuatro de julio
del dos mil dieciocho se reformó la cláusula séptima del pacto constitutivo de Don
Eddy Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos ocho
seis uno cero.—San Isidro de Pérez Zeledón, dos
octubre dos mil dieciocho.—Licda. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—(
IN2018288477 ).
Mediante escritura número 21, otorgada ante
el notario Alberto Raven Odio, a las 10:00 horas del 19 de octubre del 2018, se
modificó el domicilio de la sociedad Desarrollos Escarlata Sociedad Anónima.—San
José, 19 de octubre del 2018.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—(
IN2018288478 ).
Por escritura número veintidós otorgada ante
el notario Edwin Chacón Bolaños, se solicita nombramiento de liquidador a
Manuel Bolaños Hidalgo, de la sociedad Socotroco de Los Yoses Sociedad Anónima,
escritura firmada en San José, a las diez horas del dieciocho de setiembre del
año dos mil dieciocho, visible al folio siete frente del tomo cuarenta y ocho.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(
IN2018288480 ).
Mediante escritura número 24, otorgada ante
el notario Alberto Raven Odio, a las 11:30 horas del 19 de octubre del año
2018, se modificó el domicilio de la sociedad Desarrollos Playa Morena
Plamosa Sociedad Anónima.—San
José, 19 de octubre del 2018.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—(
IN2018288481 ).
Mediante escritura número 22, otorgada ante
el notario Alberto Raven Odio, a las 10:30 horas del 19 de octubre del 2018, se
modificó el domicilio de la sociedad Lofts Avenida Escazú, Sociedad Anónima.—San
José, 19 de octubre del 2018.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—(
IN2018288482 ).
Mediante escritura número 23 otorgada ante el
notario Alberto Raven Odio, a las 11:00 horas del 19 de octubre del 2018, se
modificó el domicilio de la sociedad Desarrollos Playa Marfil Sociedad Anónima.—San
José, 19 de octubre del 2018.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—(
IN2018288484 ).
Se protocolizó en mi notaría, el acta de
asamblea general extraordinaria número tres de la sociedad Trezeget Inc.
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno quinientos
ochenta y ocho mil doscientos noventa y cuatro. Es todo.—San
José, ocho de octubre del dos mil dieciocho.—Licda. Yamileth Pérez, Notaria.—1
vez.—( IN2018288486 ).
Ante la suscrita notaria, VRJ Villa
Riviera John S. A., cédula jurídica: 3-101-475348, se nombra nuevo
presidente y secretario, renuncia agente residente y se revoca poder
generalísimo sin límite de suma a Iouri (nombre) Egorov (apellido), pasaporte
ruso: A29758194, mediante acta protocolizada en escritura número 41 del tomo 23
de mi protocolo.—Licda. Carla Fiorella Vincenzi
Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2018288487 ).
Hoy protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada GMS Zapallar S. A.,
titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-398949 en la que se
modificó la cláusula sexta de la administración.—San
José, veinte de octubre del dos mil dieciocho.—Licda. Eugenia Carazo Golcher,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018288490 ).
Rafael Arturo Zúñiga Ruiz, y Esteban Zúñiga
Ruiz, constituyen una sociedad anónima, que se regirá por el Código de
Comercio, la sociedad se denominará Inteligencia Electrónica Sociedad
Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviar su aditamento como S.
A. Escritura otorgada a las quince horas, del día dieciocho del mes de octubre
del año dos mil dieciocho.—San José, 22 de octubre del
2018.—Lic. Braulio Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2018288492 ).
En escrituras 147, 148,149 y 150 visibles en
folios 103 frente y 106 vuelto del tomo 9 del protocolo del notario público
Henry Gómez Pineda, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de las compañías denominadas: Agropecuaria Forestal Joga S. A.,
cédula jurídica: tres-ciento uno-cinco cuatro ocho cero ocho uno, Ferretería
y Materiales Rancho Grande Femara Sociedad Anónima, cédula jurídica:
tres-ciento uno-trescientos veintidós mil novecientos cuarenta y seis, Transportes
Femara RG S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-tres dos dos nueve cinco
cero y Vetcomer Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-ciento diez
mil novecientos cuarenta y tres, donde se acordó modificar el pacto
constitutivo sobre la administración y se nombró nueva junta directiva. Es todo.—Quepos, 19 de octubre del 2018.—Lic. Henry Gómez
Pineda, Notario Público.—1 vez.—( IN2018288493 ).
Por escritura otorgada a las diez horas del
día veintiséis de setiembre del año dos mil dieciocho, se modifica en su
totalidad la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa de esta plaza
Formulaciones Químicas Sociedad Anónima.—San José, veintidós de octubre
del año dos mil dieciocho.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—(
IN2018288500 ).
Por escritura ciento treinta y uno, del
dieciocho de octubre del dos mil dieciocho, a las trece horas con treinta
minutos, se protocolizo acta de Tres-Ciento Dos-Quinientos Setenta y Tres
Mil Setecientos Diez S.R.L., mediante la que se reformó el domicilio, la
administración, la representación, y se nombra nuevo gerente uno y gerente dos
de la empresa.—San José, dieciocho de octubre del año dos mil dieciocho.—Lic.
Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2018288501 ).
El suscrito notario hace constar que el día
de hoy protocolicé acta de asamblea de socios de la compañía Taes S. A.,
en donde se reforma las cláusulas quinta de los estatutos constitutivos.—San
José, dieciseis de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. José Ramón Chavarría
Saxe, Notario.—1 vez.—( IN2018288504 ).
En escritura 125 y 129
del I tomo nueve del protocolo del notario Henry Gómez Pineda, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada 3-102-750701
SRL, cédula jurídica: 3-102-750701 y de la sociedad Abulafia S. A.,
cédula jurídica: 3-101-216129 en la que se modificó el pacto constitutivo de
las sociedades. Es todo.—Quepos, 15 de setiembre del
2018.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario Público.—1 vez.—( IN2018288505 ).
El día 19 de octubre del
2018, compareció ante esta notaría el señor María Enid Fallas Jiménez, mayor,
soltera, comerciante, cédula de identidad número: uno-cero cinco cinco
cinco-cero cinco uno cuatro, para protocolizar el acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad MYRA Siete Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres ciento uno dos dos ocho uno nueve seis.—Licda.
Maricruz Yalena Porras Cascante, Notaria.—1 vez.—( IN2018288506 ).
M G T H Corporación
Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres - ciento uno - uno siete uno ocho siete nueve, comunica que
modificó la cláusula segunda, y sexta del acta constitutiva y nombró tesorero.
carné 3908.—Belén, veintidós de octubre del dos mil dieciocho.—Lic.
Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2018288581 ).
Tilia S. A., mediante asamblea extraordinaria, modificó la cláusula del
domicilio. Mediante escritura número dos, otorgada a las 14:00 horas del 18 de
octubre del 2018. En la notaría de Lizeth Vargas Vargas.—San
José, 18 de octubre del 2018.—Licda. Lizeth Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—(
IN2018288582 ).
Por medio de la escritura
número doce del tomo ochenta y cinco de Protocolo de la notaria pública Sylvia
Muñoz García, actuando en conotariado con Miguel Antonio Elizondo Soto,
otorgada en mi notaría en San José, a las diez horas del veintidós de octubre
de dos mil dieciocho, se protocolizo acuerdo de la sociedad Ticofrut
Sociedad Anónima, en donde se acordó modificar la cláusula segunda del
estatuto social.—San José, veintidós de octubre de dos mil dieciocho.—Lic.
Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—( IN2018288585 ).
Por medio de la escritura número trece, del
tomo ochenta y cinco del protocolo de la notaria pública Sylvia Muñoz García,
actuando en conotariado con Miguel Antonio Elizondo Soto, otorgada en mi
notaría en San José, a las diez horas treinta minutos del veintidós de octubre
de dos mil dieciocho, se protocolizó acuerdo de la sociedad Productora de
Cítricos Sociedad Anónima, en donde se acordó modificar la cláusula segunda
del estatuto social.—San José, veintidós de octubre de dos mil dieciocho.—Lic.
Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—( IN2018288586 ).
En mi notaria, se reformó la cláusula primera
del acta constitutiva de la empresa 3102729376 limitada, para que en el
futuro su denominación social sea Notaría Santa Teresa.—San José, 2 de octubre del
2018.—Lic. Mario Madrigal Ovares, Notario.—1 vez.—( IN2018288588 ).
En la protocolización de actas de la empresa Belfort
y Cerlinda Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
3-101-644190, por unanimidad se acuerda: I) Cambio de domicilio social de la
sociedad; II) Reforma de la cláusula octava de representación del pacto
constitutivo “corresponde a Presidente y Secretario”; III) Revocatoria y nuevos
nombramientos de secretario y tesorero.—Lic. Franklin Solano Venegas.—San José,
veintidós de octubre del año dos mil dieciocho.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1
vez.—( IN2018288648 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas con diez minutos del dieciocho de octubre del dos mil
dieciocho, Jannia María Corrales Ramírez, Marycruz Rojas Corrales y Melissa del
Carmen Rojas Corrales, constituyen la entidad Merylu C.R. Sociedad Anónima,
domiciliada en Alajuela, Naranjo, San Juan, doscientos metros al suroeste del
Acueducto Guarumal, casa de cemento color beige con verjas color café. Objeto:
Industria y comercio. Capital social: cuatro mil colones. Presidenta: Jannia
María Corrales Ramírez.—Ciudad Quesada, diecinueve de
octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario.—1
vez.—( IN2018288672 ).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
nueve horas del veintidós de octubre de dos mil dieciocho, se modifica la
cláusula decima de la administración de Celistics Costa Rica S. A.—San
José, veintidós de octubre de dos mil dieciocho.—Licda.
Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2018288673 ).
En esta notaría a las 10 horas del 6 de julio
del 2015, por escritura 345 protocolicé renuncia y nombramiento del Presidente
de Vidriería Central S. A.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2018288674 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas con veinte minutos del dieciocho de octubre del dos mil
dieciocho, Jannia María Corrales Ramírez, Marycruz Rojas Corrales y Melissa del
Carmen Rojas Corrales, constituyen la entidad Inversiones Alejanana Sociedad
Anónima, domiciliada en Alajuela, Naranjo, Cirrí, cien metros al suroeste
de la entrada a Bajo Los Arrieta, casa de cemento de color blanca con verjas
color terracota. Objeto: Industria y comercio. Capital social: cuatro mil
colones. Presidenta Jannia María Corrales Ramírez.—Ciudad
Quesada, diecinueve de octubre del dos mil dieciocho.—Lic. Cristian Miguel
Vargas Araya, Notario.—1 vez.—( IN2018288675 ).
Por escritura setenta y nueve de las once
horas del nueve de octubre del dos mil dieciocho se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Pura Verde Energy
LLC Limitada mediante la cual se modifica su cláusula octava.—San
José, veinticuatro de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Alfredo Gallegos
Villanea, Notario.—1 vez.—( IN2018288683 ).
Por medio de escritura número ciento treinta
y ocho, otorgada a las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil
dieciocho, se protocoliza acuerdo de socios de la Sociedad Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Noventa Y Nueve Mil Trescientos Noventa Sociedad Anónima,
donde se modifica la cláusula “segunda” del pacto constitutivo, relativa al
domicilio.—La Unión, veintidós de octubre de dos mil dieciocho.—Licda, Kattia
Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—( IN2018288891 ).
Por medio de escritura número ciento treinta
y siete, otorgada a las trece horas del diecinueve de octubre del dos mil
dieciocho, se protocoliza acuerdo de socios de la sociedad tres-ciento
uno-cuatrocientos noventa y nueve mil trescientos setenta sociedad anónima,
donde se modifica la cláusula “segunda” del pacto constitutivo, relativa al domicilio.—La Unión, veintidós de octubre de dos mil
dieciocho.—Licda. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—( IN2018288893 ).
Por escritura número ciento treinta y nueve,
otorgada ante esta notaría, al ser las once horas treinta minutos del veintidós
de octubre de dos mil dieciocho, protocolizo acta de asamblea de la sociedad Perfumería
y Cosméticos Alys Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento
uno-seiscientos noventa y tres mil novecientos veinte, donde se acuerda
modificar la cláusula octava del pacto constitutivo y se revocan los
nombramientos de la junta directiva.—La Unión, veintidós de octubre de dos mil
dieciocho.—Licda. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—( IN2018288894 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 06 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Centro Integral de Especialidades Médicas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de setiembre del
2018.—Licda. Olga María Barquero Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2018012507.—(
IN2018288948 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 20 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rosa Dei Venti Sociedad Anónima.—San
José, 13 de setiembre del 2018.—Licda. Yesenia María Arce Gómez, Notaria.—1
vez.—CE2018012508.—( IN2018288949 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Unidad de Quimioterapia
COC Sociedad Anónima.—San
José, 13 de setiembre del 2018.—Lic. Róger Mayorga López, Notario.—1
vez.—CE2018012509.—( IN2018288950 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de agosto del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Temécula Sociedad Anónima.—San José, 13 de setiembre del
2018.—Licda. Nannie Vanessa Alfaro Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2018012510.—(
IN2018288951 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año
2018, se constituyó la sociedad denominada N.G.N Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de setiembre del 2018.—Licda. Myriam
Nelly Bedoya Zarate, Notaria.—1 vez.—CE2018012511.—( IN2018288952 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Somos Pantys, Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de setiembre del 2018.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1
vez.—CE2018012512.—( IN2018288953 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Adonay Rey de los Cielos Sociedad Anónima.—San
José, 13 de setiembre del 2018.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1
vez.—CE2018012513.—( IN2018288954 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Indiscretos de Occidente
Sociedad Anónima.—San
José, 13 de setiembre del 2018.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1
vez.—CE2018012514.—( IN2018288955 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Paraíso Animal Management Group Limitada.—San
José, 13 de setiembre del 2018.—Lic. Andrés Francisco González Anglada,
Notario.—1 vez.—CE2018012515.—( IN2018288956 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Innovacorp de Centroamérica
Sociedad Anónima.—San
José, 13 de setiembre del 2018.—Lic. Nayudell Murillo Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2018012516.—( IN2018288957 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada M&A Inversiones Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de setiembre del 2018.—Licda. Elena Floribeth Argueta López,
Notaria.—1 vez.—CE2018012517.—( IN2018288958 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 35 minutos del 06 de agosto del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada DN Depósito Dental Sociedad Anónima.—San José, 13 de setiembre del
2018.—Lic. Gerardo Arturo Badilla Rumoroso, Notario.—1 vez.—CE2018012518.—(
IN2018288959 ).
Por escritura otorgada a
las nueve horas del doce de octubre del dos mil dieciocho Inmobiliaria Tubos
Verdes S. A. Modifica la cláusula segunda de los estatutos, nombra nuevo
secretario y tesorero. Es todo.—Cartago, doce de
octubre del año dos mil dieciocho.—Licda. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1
vez.—( IN2018288960 ).
Por escritura otorgada, a las ocho horas del
doce de octubre del dos mil dieciocho, Caucel & Ardilla S. A.,
modifica la cláusula segunda y novena de los estatutos. Es todo.—Cartago,
doce de octubre del año dos mil dieciocho.—Licda. Lilliana García Barrantes,
Notaria.—1 vez.—( IN2018288961 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada JAB Solutions Sociedad Anónima.—San José, 13 de setiembre del
2018.—Licda. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2018012519.—(
IN2018288962 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:00 horas 30 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ametiste Trading Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de setiembre del 2018.—Licda. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1
vez.—CE2018012520.—( IN2018288963 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 13 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Talk For All Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Juan Carlos Quesada Quesada, Notario.—1
vez.—CE2018012521.—( IN2018288964 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 30 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Uva Fresh Hydroponics Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Johnny Gerardo Calderón Rojas, Notario.—1
vez.—CE2018012522.—( IN2018288965 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 03 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Trasportes Gómez e Hijos
Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Jacqueline María Mora Chacón, Notaria.—1
vez.—CE2018012523.—( IN2018288966 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ecoinnovaciones Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. José Miguel Alfaro Gómez, Notario.—1
vez.—CE2018012524.—( IN2018288967 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20:00 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Colocaciones Bolaños BJND Limitada.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1
vez.—CE2018012525.—( IN2018288968 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ramnov Imperia Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Licda. Yesenia María Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2018012526.—(
IN2018288969 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas 00 minutos del 13 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Solo Relájate y Pura Vida
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Felipe
Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2018012527.—( IN2018288970 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14:00 horas 00 minutos del 05 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Chiva del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2018012528.—(
IN2018288971 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Transportes del Caribe Dilu Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1
vez.—CE2018012529.—( IN2018288972 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Green Target Invest Limitada.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2018012530.—(
IN2018288973 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Los Nacheros Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Licda. Giannina Arroyo Araya, Notaria.—1 vez.—CE2018012531.—(
IN2018288974 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Loviguisca Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Antonio Marín Rojas, Notario.—1
vez.—CE2018012532.—( IN2018288975 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas 50 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Entre Copas Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Licda. Giannina Arroyo Araya, Notaria.—1 vez.—CE2018012533.—(
IN2018288976 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 28 de agosto del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria El Cacique Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Paulina Bonilla Guillén, Notario.—1 vez.—CE2018012534.—(
IN2018288977 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Gastro Inversiones Sociedad Anónima.
San José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Giannina Arroyo Araya, Notario.—1 vez.—CE2018012535.—( IN2018288978 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Guanacaste Rendezvous Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Patricia Claudia Frances, Notaria.—1
vez.—CE2018012536.—( IN2018288979 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Why Not Costa Rica Real Estate and
Relocation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—CE2018012537.—(
IN2018288980 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Mulukuku Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Antonio Marín Rojas, Notario.—1
vez.—CE2018012538.—( IN2018288981 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Viveluso Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Xinia María Meléndez Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2018012539.—( IN2018288982 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Lounge Habana Club Sociedad Anónima.— San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1
vez.—CE201812540.—( IN2018288983 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Jardín del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2018012541.—(
IN2018288984 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Mil Novecientos Seis
Cartaginés Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Beatriz Paola Jiménez Araya, Notaria.—1
vez.—CE2018012542.—( IN2018288985 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Business Solutions C & A Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. José Antonio Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—CE2018012543.—( IN2018288986 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Operaciones Logísticas del
Pacífico CRC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.—CE2018012544.—( IN2018288987
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas 09 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kupov CR Limitada.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Licda. Ana Marcela Fernández Solís, Notaria.—1 vez.—CE2018012545.—(
IN2018288988 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Washburn Madrigal Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1
vez.—CE2018012546.—( IN2018288989 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 12 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Construcciones y Servicios E
M B Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Silvia Gabriela Meza Navarro, Notario.—1
vez.—CE2018012547.—( IN2018288990 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Green Life Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Annia Ross Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2018012548.—( IN2018288991 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 01 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Avilés Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Ana María Morera Castro, Notaria.—1 vez.—CE2018012549.—(
IN2018288992 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada He Ye Liu Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Licda. Alida María Cubillo Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2018012552.—(
IN2018288995 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Transporte Familiar Unido Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1
vez.—CE2018012553.—( IN2018288996 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Avvenue Cognitive
Computing Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Mayra González León, Notaria.—1
vez.—CE2018012554.—( IN2018288997 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada VS Soluciones de Nueva Vida Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1
vez.—CE2018012555.—( IN2018288998).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Moon Diecisiete Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Ingrid Magaly Sánchez Araya, Notaria.—1
vez.—CE2018012556.—( IN2018288999 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Aled de
Granadilla Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. José Bernardo Soto Calderón, Notario.—1
vez.—CE2018012557.—( IN2018289000 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 2:00 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Bobolink Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1
vez.—CE2018012558.—( IN2018289001 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 28 de agosto del año
2018, se constituyó la sociedad denominada Rejuvenese SP Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Jonatan Javier López Arias, Notario.—1
vez.—CE2018012559.—( IN2018289002 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Aristizábal Pereira Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Licda. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1 vez.—CE2018012560.—( IN2018289003
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 01 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Indicar cédula jurídica Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. Carlos Manuel Gómez Morales, Notario.—1 vez.—CE2018012561.—(
IN2018289004 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas 45 minutos del 08 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Todoferta
Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Xinia María Meléndez Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2018012562.—( IN2018289005 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Desarrolladora Montemar Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1
vez.—CE2018012563.—( IN2018289006 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 15 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Tres M Barreto Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. Edvin Antonio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2018012564.—(
IN2018289007 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 23:00 horas 30 minutos del 08 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Paradise Property Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1
vez.—CE2018012565.—( IN2018289008 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada HDO Holding Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. Gonzalo Eduardo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—CE2018012566.—(
IN2018289009 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de agosto del año
2018, se constituyó la sociedad denominada Productos El Trópico Pet
CR Limitada.—San José, 14 de setiembre
del 2018.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—CE2018012567.—(
IN2018289010 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas 38 minutos del 12 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Sant Company Holding Sociedad
Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Adolfo Manuel Pineda Morales, Notario.—1
vez.—CE2018012568.—( IN2018289011 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 07 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Diseño y Decoración
Ticozacate Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1
vez.—CE2018012569.—( IN2018289012 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 9:00 horas 00 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Coauto Safety MR Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Guillermo Echeverría Olaso, Notario.—1
vez.—CE2018012570.—( IN2018289013 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 30 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Arcoinsa Constructora Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2018012571.—( IN2018289014
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Silky Pearl Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2018012572.—( IN2018289015 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Acabados Constructivos Profesionales Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1
vez.—CE2018012573.—( IN2018289016 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Good as you
Magazine Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Tatiana María Contreras Castillo,
Notaria.—1 vez.—CE2018012574.—( IN2018289017 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 30 minutos del 06 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Vegano Latam Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Licda. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—CE2018012575.—( IN2018289018
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 30 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Cartulima Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del
2018.—Lic. Oscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—CE2018012576.—(
IN2018289019 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas 00 minutos del 13 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Jab Solutions Provider
Sociedad Anónima.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Andrea María Meléndez Corrales,
Notaria.—1 vez.—CE2018012577.—( IN2018289021 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de agosto del año
2018, se constituyó la sociedad denominada Rancho Las Cascadas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de setiembre del 2018.—Lic. Vela Marina Miles Eichhorn, Notario.—1
vez.—CE2018012578.—( IN2018289022 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada HDO Holding Foods Sociedad Anónima.—San
José, 15 de setiembre del 2018.—Lic. Gonzalo Eduardo Fajardo Lee, Notario.—1
vez.—CE2018012579.—( IN2018289023 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 01 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Representaciones Alkosto
SAC Sociedad Anónima.—San
José, 15 de setiembre del 2018.—Licda. Carmen Cecilia Polo Camacho, Notaria.—1
vez.—CE2018012580.—( IN2018289024 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 09 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Wow Chef Service Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 15 de setiembre del 2018.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1
vez.—CE2018012581.—( IN2018289025 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Integrales Patrick de
Escazú Sociedad Anónima.—San José, 16 de setiembre del 2018.—Lic. Ruhal
Román Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—CE2018012582.—( IN2018289026 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 01 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Hospitality Group Cenpac Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1
vez.—CE2018012583.—( IN2018289027 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 08 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Sycuno Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Jéssica Rodríguez Jara, Notaria.—1
vez.—CE2018012584.—( IN2018289028 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 05 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Fidelinda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2018012585.—( IN2018289029 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:00 horas 30 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Carnicería Meysa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1
vez.—CE2018012586.—( IN2018289030 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Elmeda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1
vez.—CE2018012587.—( IN2018289031 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sofilin Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1
vez.—CE2018012588.—( IN2018289032 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Café Cuatrocientos Cincuenta y Dos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2018012589.—(
IN2018289033 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Irsebe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1
vez.—CE2018012590.—( IN2018289034 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Secretspotadventure Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2018012591.—( IN2018289035 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Comidas y Surtidas Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Giannina Arroyo Araya, Notaria.—1
vez.—CE2018012592.—( IN2018289036 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Green J.W. CR Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Annia Ross Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2018012593.—( IN2018289037 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 04 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Insite Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. Grace María Quesada Cubillo, Notaria.—1 vez.—CE2018012594.—(
IN2018289038 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 28 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Comercializadora de Belén Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1
vez.—CE2018012595.—( IN2018289039 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 22:00 horas 00 minutos del 12 de abril del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Propiedades Bercaval Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Cindy Araya Montes, Notaria.—1
vez.—CE2018012596.—( IN2018289040 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada O Y D Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
17 de setiembre del 2018.—Licda. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1
vez.—CE2018012597.—( IN2018289041 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Eco Water Industry Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. Rebeca Montenegro Morales, Notaria.—1 vez.—CE2018012598.—(
IN2018289042 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Torres &
Barboza del Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—CE2018012599.—( IN2018289043 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Transportes JSA Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría,
Notaria.—1 vez.—CE2018012600.—( IN2018289044 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 12 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Rapi Food MC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Lic. Melvin Arias Pizarro, Notario.—1 vez.—CE2018012601.—( IN2018289045
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Global Packaging Solutions Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2018012602.—(
IN2018289046 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 15 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada A-Bloque CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Alonso José Fonseca Pión, Notario.—1
vez.—CE2018012603.—( IN2018289047 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Capricornio del Norte Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1
vez.—CE2018012604.—( IN2018289048 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Brekkie Foods Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. Erika María Vázquez Boza, Notaria.—1 vez.—CE2018012605.—(
IN2018289049 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 12 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Restaurante El Encuentro
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. María del Carmen Otárola Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2018012606.—(
IN2018289050 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:00 horas 30 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fekebeck Partners Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1
vez.—CE2018012607.—( IN2018289051 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 30 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Papel de la Calle Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Lic. José Francisco White Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2018012608.—(
IN2018289052 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 16 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones AMPC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Olga
Eugenia Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—CE2018012609.—( IN2018289053 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Tiquiticos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. María José Alvarado Núñez, Notaria.—1
vez.—CE2018012610.—( IN2018289054 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 44 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones S M W Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1
vez.—CE2018012611.—( IN2018289055 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas 30 minutos del 30 de enero del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada EMC Trescientos Sesenta
Constructora Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1
vez.—CE2018012612.—( IN2018289056 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Solano
Montero e Hijos Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Manuel
Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—CE2018012613.—( IN2018289057 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Mali Inversiones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Elena Floribeth Argueta López,
Notaria.—1 vez.—CE2018012614.—( IN2018289058 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas 30 minutos del 16 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Avante Costa Rica SJO Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Luis Antonio Vega Campos, Notario.—1
vez.—CE2018012615.—( IN2018289059 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Droval Sociedad Anónima.— San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. Heidy Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2018012616.—(
IN2018289060 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 20 minutos del 07 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tu Alquiler Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Lic. Rene Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2018012617.—(
IN2018289061 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Public Telephone Company
PTCOCR Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2018012618.—( IN2018289062 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17:00 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Didisa Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Lic. José Ángel Obando Silvas, Notario.—1 vez.—CE2018012619.—( IN2018289063 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 05 minutos del 15 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada QF Services & Technology Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. Marta Benavides Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2018012620.—( IN2018289064 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16:00 horas 00 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Biobío Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Kendal David Ruiz Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2018012621.—( IN2018289065 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Sucesión
Lara Ríos Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—CE2018012622.—( IN2018289066 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Multiversum Mil Ochocientos Noventa y Tres
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Einar José
Villavicencio López, Notario.—1 vez.—CE2018012623.—( IN2018289067 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 15 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Sibaja Tres Sociedad Anónima.— San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González, Notario.—1
vez.—CE2018012624.—( IN2018289068 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Mundiales
del Océano CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2018012625.—( IN2018289069
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sabor de Pollos Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Manuel Anrango Bonilla, Notario.—1
vez.—CE2018012626.—( IN2018289070 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Estudio Cuatro Trece Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Álvaro Enrique Aguilar Saborío, Notario.—1
vez.—CE2018012627.—( IN2018289071 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Apartamento Cuatro - Ocho
Ambar N.A.A. Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1
vez.—CE2018012628.—( IN2018289072 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas 40
minutos del 17 de setiembre del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Desarrolladores
de Negocios Exclusivos para Centroamérica Dexca Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero,
Notario.—1 vez.—CE2018012629.—( IN2018289073 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Seis-Seis Torre Ambar N H P J Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—CE2018012630.—( IN2018289074
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Caracola Fish Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Lic. Leonardo Antonio Madrigal Moraga, Notario.—1 vez.—CE2018012631.—(
IN2018289075 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 8:00 horas 30 minutos del 10 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada La Casa del Pixel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—CE2018012632.—( IN2018289076
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Vivienda Urbana Ocho-Cuatro
Ámbar Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1
vez.—CE2018012633.—( IN2018289077 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10:00 horas 00 minutos del 03 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada JB Talenhunter Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Lic. Eddie Granados Valverde, Notario.—1 vez.—CE2018012634.—(
IN2018289078 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Proprint Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—CE2018012635.—( IN2018289079 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 00:00 horas 00 minutos del 03 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada AYG Consultores Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Eddie Granados Valverde, Notario.—1
vez.—CE2018012636.—( IN2018289080 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18:00 horas 30 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tecnodragón Soluciones Sociedad Anónima.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Alexander González Arce, Notario.—1
vez.—CE2018012637.—( IN2018289081 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Banana Beach Club Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Gabriela Ocón Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2018012638.—( IN2018289082 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19:00 horas 00 minutos del 29 de agosto del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Cool Service Coco Limitada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de setiembre del 2018.—Licda. Lorena Marín Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2018012639.—( IN2018289083 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas 15 minutos del 08 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada F & F Consultores
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de setiembre del
2018.—Licda. Lorena Marín Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2018012640.—( IN2018289084
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rótulos Bamer Sociedad Anónima.—San José, 18 de setiembre del
2018.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2018012641.—(
IN2018289085 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fergie Shoes Centroamérica
Comercializadora de Calzado Sociedad Anónima.—San José, 18 de setiembre del
2018.—Licda. Silenia Villalobos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2018012642.—(
IN2018289086 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas 30 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Restaurantes Guapollón de Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de setiembre del
2018.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2018012643.—( IN2018289087
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 13 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Sky Uno Uno Siete Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Notario.—1
vez.—CE2018012644.—( IN2018289088 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 28 de agosto del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria El Cacique M.G.G
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Paulina Bonilla Guillén, Notaria.—1
vez.—CE2018012645.—( IN2018289089 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 18 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada La Familia Pacífica Limitada.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1
vez.—CE2018012646.—( IN2018289090 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas 00 minutos del 12 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Pizza e Company
Di Potrero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de setiembre del
2018.—Licda. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.— 1
vez.—CE2018012647.—( IN2018289091 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Soluciones &
Servicios Promec Sociedad Anónima.—San José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Shirley
Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2018012648.—( IN2018289092 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Prefabricados y Constructora Jufema del
Sur Sociedad Anónima.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. María Dolores Araya Chavarría,
Notaria.—1 vez.—CE2018012649.—( IN2018289093 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Ananda CR LLC Limitada.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Lic. Alan Garro Navarro, Notario.—1
vez.—CE2018012650.—( IN2018289094 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Red Center CR Sociedad Anónima.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1
vez.—CE2018012651.—( IN2018289095 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Elmedano Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1
vez.—CE2018012652.—( IN2018289096 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 16 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones y Asesorías PCAM
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de setiembre del
2018..—Licda. Olga Eugenia Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—CE2018012653.—(
IN2018289097 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16:00 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Four Business Sociedad Anónima.—San José, 18 de setiembre del
2018.—Licda. Alejandra Vanessa Vindas Rocha, Notaria.—1 vez.—CE2018012654.—(
IN2018289098 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada My Dentist Clínica Dental Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Lic. Geovanny José Sibaja Fallas, Notario.—1
vez.—CE2018012655.—( IN2018289099 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Evamesiac Mil Diecisiete
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Ingrid Magaly Sánchez Araya, Notaria.—1
vez.—CE2018012656.—( IN2018289100 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 05 de setiembre del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Propec S.
A. Sociedad Anónima.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1
vez.—CE2018012657.—( IN2018289101 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kermugon Sociedad Anónima.—San José, 18 de setiembre del
2018.—Lic. Rodrigo Alberto Bonilla Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2018012658.—(
IN2018289102 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas 00 minutos del 17 de setiembre
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Grupo Emid Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Mónica María Monge Solís, Notaria.—1
vez.—CE2018012660.—( IN2018289104 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 03 de julio del
año 2018, se constituyó la sociedad denominada MMXVIII CR Whips Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2018012661.—( IN2018289105 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 11 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Surtimex Sociedad Anónima.—San José, 18 de setiembre del
2018.—Licda. Giannina Arroyo Araya, Notaria.—1 vez.—CE2018012662.—(
IN2018289106 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18:00 horas 00 minutos del 12 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Rizo & Navarro Sociedad Anónima.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—CE2018012663.—( IN2018289107 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Mono de Risa Limitada.—San José, 18 de setiembre del
2018.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2018012664.—(
IN2018289108 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas 00
minutos del 17 de setiembre del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Finca
Rafael Arcángel R Y M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de setiembre del
2018.—Licda. Ana Marcela Quesada Salas,
Notaria.—1 vez.—CE2018012665.—( IN2018289109 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Acabados Constructivos Profesionales Rajam
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de setiembre del 2018.—Lic. Juan
Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—CE2018012666.—( IN2018289110 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 07 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Grecoateniense Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2018012667.—( IN2018289111 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16:00 horas 00 minutos del 14 de setiembre del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Productos de Tierra Fértil O Y D Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1
vez.—CE2018012668.—( IN2018289112 ).
Por escritura N° 173 de
las 08:00 horas del día 22 de octubre de 2018, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios, de Licencia Verde Limitada, por la
cual se declara la disolución de la compañía.—Heredia,
Mercedes, 22 de octubre del 2018.—Licda. Rita María Esquivel Villalobos,
Notaria.—1 vez.—( IN2018290397 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
EDICTO DE
NOTIFICACIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE
HEREDIA
ATH-254-2018.—Por desconocerse el domicilio
fiscal actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para
dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 192 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los
saldos deudores de los contribuyentes que a continuación indican:
Para ver las imágenes solo en La
Gaceta en formato PDF
Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de
esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la
deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a
la oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente. Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director.—Freddy Jiménez
Cubero, Gerente.—1 vez.—O. C. N° 3400035463.—Solicitud N° 130320.—(
IN2018286664 ).
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE
CARTAGO
N° RATC-777-2018.—Por desconocerse el
domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas de localización
posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 169 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por
edicto los saldos deudores del contribuyente que a continuación indican:
Para ver las imágenes solo en La
Gaceta en formato PDF
(*) Más los recargos de ley.
Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de
esta publicación, para que el contribuyente arriba indicado cancele la deuda.
De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para
el trámite correspondiente. Publíquese.—Lic. Carlos
Vargas Durán, Director General.—Licda. Antonieta Salas Araya, Gerente
Tributario a. í.—1 vez.—O. C. N° 3400035463.—Solicitud N° 129892.—(
IN2018286737 ).