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PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 38029-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; Ley Nº 8347, Creación del Centro Nacional de la Música de 19 de febrero de 2003 y su reforma; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 37595-H de 18 de marzo de 2013.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley Nº 8347, publicada en La Gaceta Nº 43 del 3 de marzo del 2003 y su reforma, se crea el Centro Nacional de la Música como un órgano con desconcentración mínima, del Ministerio de Cultura y Juventud, para contribuir al desarrollo, el fortalecimiento, la enseñanza y la difusión de las artes musicales en todas sus manifestaciones.

2º—Que mediante el oficio DM-1461-2013 de 24 de setiembre de 2013, el Ministro de Cultura y Juventud y el Director General del Centro Nacional de la Música, solicitaron incrementar el gasto presupuestario máximo para el año 2014, por un monto total de ¢1.561.114.128,08 (mil quinientos sesenta y un millones ciento catorce mil ciento veintiocho colones con ocho céntimos), con el fin de utilizar los recursos incorporados en el Presupuesto Ordinario 2014 y cubrir el pago del proyecto “Construcción y equipamiento de las nuevas instalaciones del Centro Nacional de la Música”.

3º—Que corresponde ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo, la suma de ¢1.000.000.000,00 (mil millones de colones exactos) de conformidad con lo establecido en el artículo 5° inciso b. 2) del Decreto Ejecutivo Nº 37595-H, publicado en el Alcance Digital Nº 54 a La Gaceta Nº 57 de 21 de marzo de 2013, recursos provenientes de superávit libre, toda vez que los gastos que se atenderán se vinculan con la acción estratégica del Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014 denominado “Inversión en infraestructura y equipamiento cultural”.

4º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 37595-H citado, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2014, estableciéndose en el artículo 2°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2014 resultante para el Centro Nacional de la Música, fue establecido en la suma de ¢2.885.980.000,00 (dos mil ochocientos ochenta y cinco millones novecientos ochenta mil colones exactos), el cual fue comunicado mediante el oficio STAP-0729-2013 del 16 de abril del 2013; cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.

5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

6º—Que el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.

7º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al Centro Nacional de la Música para el año 2014, incrementándolo en la suma de ¢1.000.000.000,00 (mil millones de colones exactos). Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Amplíese para el Centro Nacional de la Música, el gasto presupuestario máximo para el 2014, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 37595-H, publicado en el Alcance Digital Nº 54 a La Gaceta Nº 57 de 21 de marzo de 2013, en la suma de ¢1.000.000.000,00 (mil millones de colones exactos), para ese período.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa del Centro Nacional de la Música, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.

Artículo 3º—Para efectos de la formulación del presupuesto, rige a partir de su publicación y para su ejecución, rige a partir del 1° enero del 2014.

Dado en la Presidencia de la República, al primer día del mes de noviembre del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda, Edgar Ayales.—1 vez.—O. C. N° 021-2013.—Solicitud N° 34683.—C-66220.—(D38029-IN2013083141).

N° 38039-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 37837-MP, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de ley:

EXPEDIENTE N° 18.246 LEY DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS.

EXPEDIENTE N° 18.867 LEY DEL SERVICIO PENITENCIARIO NACIONAL Y DE ACCESO A LA JUSTICIA PARA LA EJECUCIÓN DE LA PENA.

EXPEDIENTE N° 18.975 REFORMA INTEGRAL DE LA LEY N° 8533, REGULACIÓN DE LAS FERIAS DEL AGRICULTOR.

EXPEDIENTE N° 18.365 REFORMA DEL ARTÍCULO 111 DEL CÓDIGO PROCESAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, LEY N° 8508 DE 28 DE ABRIL 2006.

EXPEDIENTE N° 17.838 TITULACIÓN EN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA (ORIGINALMENTE DENOMINADO): LEY PARA BRINDAR SEGURIDAD JURÍDICA A LOS POSEEDORES SOBRE LA FINCA INSCRITA A NOMBRE DE JAPDEVA, MATRÍCULA DE FOLIO REAL NÚMERO 96658, DERECHO 000, DE LA PROVINCIA DE LIMÓN.

EXPEDIENTE N° 18.001 PRIMERA LEY ESPECIAL PARA LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS: ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED VIAL CANTONAL.

EXPEDIENTE N° 18751 LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA.

EXPEDIENTE N° 18.051 REFORMA A LA LEY SOBRE REGISTRO, SECUESTRO Y EXAMEN DE DOCUMENTOS PRIVADOS E INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES (LEY N° 7425).

EXPEDIENTE N° 18.316 ADICIÓN AL CÓDIGO PENAL PARA TIPIFICAR LA PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO EN EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.

EXPEDIENTE N° 18.709 LEY DE GARANTÍAS MOBILIARIAS.

EXPEDIENTE N° 18.969 ADICIÓN DE UN TRANSITORIO A LA LEY NACIONAL DE EMERGENCIAS Y PREVENCIÓN DEL RIESGO, LEY N° 8488.

EXPEDIENTE N° 18.429 REFORMA AL ARTÍCULO 96 DEL CÓDIGO NOTARIAL, LEY N° 7764 DE 17 DE ABRIL DE 1998.

EXPEDIENTE N° 18.725 REFORMA DE VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI (BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA), LEY N° 7052 DEL 13 DE NOVIEMBRE DE 1986, CON EL FIN DE ASEGURAR EL ACCESO A UNA VIVIENDA DIGNA COMO DERECHO HUMANO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD SIN NÚCLEO FAMILIAR (ORIGINALMENTE DENOMINADO): REFÓRMENSEN VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI (BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA), LEY N° 7052 DEL 13 DE NOVIEMBRE DE 1986, CON EL FIN DE ASEGURAR EL ACCESO A UNA VIVIENDA DIGNA COMO DERECHO HUMANO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD SIN NÚCLEO FAMILIAR.

Artículo 2º—Rige a partir del 4 de diciembre del 2013.

Dado en la Presidencia de la República, el día cuatro de diciembre de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. N° 19547.—Solicitud N° 141.—C-31570.—(D38039- IN2013082991).

Nº 38059-C

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 20), artículo 146 de la Constitución Política, 25.1 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; la Ley N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico Arquitectónico de Costa Rica del 4 de octubre de 1995, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 20 de octubre de 1995; y el Decreto Ejecutivo Nº 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica del 14 de marzo del 2005, publicado en La Gaceta Nº 219 del 14 de noviembre del 2005.

Considerando:

I.—Que la Casa Episcopal de Limón fue construida en 1940 en la cuadra  de la Catedral de Limón, distrito Primero del cantón de Limón y posee valor de edificación patrimonial.

II.—Que la construcción se edificó en concreto armado y ladrillo, según diseño Neocolonial del Arquitecto José María Barrantes Monge, para utilizarse como sede de la Vicaria Apostólica de la provincia de Limón.

III.—Que la edificación con más de setenta y un años se constituye en el inmueble más antiguo de la Iglesia Católica en la ciudad de Limón y presenta un alto grado de autenticidad e integridad con relación a su estado actual y su diseño original.

IV.—Que el inmueble representa un símbolo religioso y de poder local, por ser la sede primero de la Vicaria Apostólica y hoy de la Diócesis.

V.—Que la edificación es parte de los hitos referenciales más relevantes del Centro Histórico Arquitectónico de la Ciudad de Limón.

VI.—Que es deber del Estado conservar, proteger y preservar el patrimonio histórico-arquitectónico y cultural de Costa Rica. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Declarar e Incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, bajo la categoría de edificación, el inmueble conocido como “Casa Episcopal de la Ciudad de Limón”, ubicado en: distrito primero Central, cantón primero Limón, de la provincia de Limón, avenida 4, calle 6, longitud 84°01`51.76” oeste y latitud: 09°59’35.15” Norte, en posesión de Temporalidades de la iglesia católica de Costa Rica, Arquidiócesis de Limón, con una medida de 1.200.86 metros cuadrados, con fundamento en el Estudio Técnico elaborado por el historiador Carlos Manuel Zamora Hernández y la arquitecta Carolina Cascante Vindas, funcionarios del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural y aprobado por la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica por acuerdo firme N° 5 tomado en sesión N° 5-2012 del 25 de abril del 2012 por la Comisión Nacional de Patrimonio  y la Opinión Favorable emitida por la citada Comisión en acuerdo firme Nº 1, tomado en sesión N° 05-2013 celebrada el día 20 de febrero del 2013, la Ley N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico Arquitectónico de Costa Rica del 4 de octubre de 1995, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 20 de octubre de 1995; y el Decreto Ejecutivo Nº 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica del 14 de marzo del 2005, publicado en La Gaceta Nº 219 del 14 de noviembre del 2005.

Artículo 2º—Informar al propietario, poseedor y/o titulares de derechos reales del inmueble, que esta declaratoria le impone las siguientes obligaciones:

a.  Conservar, preservar y mantener adecuadamente el inmueble.

b.  Informar sobre su estado y utilización al Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial, cuando éste lo requiera.

c.  Permitir el examen y el estudio del inmueble por parte de investigadores, previa solicitud razonada y avalada por el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial.

d.  Permitir la colocación de elementos señaladores de la presente declaratoria, en la estructura física del inmueble.

e.  Permitir las visitas de inspección que periódicamente realizarán los funcionarios acreditados por el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial, y colaborar con ellos, en la medida de sus posibilidades, para determinar el estado del inmueble y la forma en que se está atendiendo su protección y preservación.

f.   Cumplir con la prohibición de colocar placas y rótulos publicitarios de cualquier índole que, por su dimensión, colocación, contenido o mensaje, dificulten o perturben la contemplación del inmueble.

g.  Solicitar autorización al Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial antes de reparar, construir, restaurar, rehabilitar o ejecutar cualquier clase de obras que afecte la edificación o su aspecto.

Artículo 3º—Informar al propietario, poseedor y/o titulares de derechos reales sobre el inmueble, que esta declaratoria prohíbe su demolición, o remodelación parcial o total, sin la autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial.

Artículo 4º—Su eventual restauración se hará bajo la supervisión y dirección técnica del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural, del Ministerio de Cultura y Juventud.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. Nº 18079.—Solicitud Nº 41293.—C-90885.—(D38059-IN2013081311).

Nº 38089-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos  3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional de 28 de mayo de 1975 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo N° 37595-H de 18 de marzo de 2013.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley N° 5695, publicada en La Gaceta N° 106 de 7 de junio de 1975 y sus reformas, se establece que el Registro Nacional, es una dependencia del Ministerio de Justicia y Paz, cuyos fines son unificar criterios en materia de registro, coordinar las funciones, facilitar los trámites a los usuarios, agilizar las labores y mejorar las técnicas de inscripción; para todo lo cual se modernizarán los sistemas respectivos.

2º—Que mediante el oficio DGRN-1012-2013 de 25 de setiembre de 2013, el Director General del Registro Nacional (JARN) y la Presidenta de la Junta Administrativa, solicitaron incrementar el gasto presupuestario máximo del 2014, por un monto total de ¢12.319.556.355,07 (doce mil trescientos diecinueve millones quinientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y cinco colones con siete céntimos), para financiar gastos corrientes institucionales para labores sustantivas y operativas. Dicha solicitud fue avalada por la Junta Administrativa del Registro Nacional mediante acuerdo firme número J395 tomado en la sesión extraordinaria N° 34-2013, celebrada el 11 de setiembre de 2013.

3º—Que dicha suma correspondería ampliarla por la vía del Decreto Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° inciso b.2 del Decreto Ejecutivo N° 37595-H, publicado en el Alcance Digital N° 54 a La Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013, ya que los gastos que se atenderán son necesarios para el desarrollo de Sistemas Informáticos; comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales; otros servicios de gestión y apoyo; actividades de capacitación; equipo y programas de cómputo; edificios; equipo y mobiliario de oficina; equipo de transporte; maquinaria y equipo diverso; instalaciones; bienes intangibles y transferencias corrientes a instituciones públicas y financieras; y porque dichos gastos serían financiados con recursos provenientes de ingresos corrientes por la venta de timbres por ¢6.275.878.255,07 (seis mil doscientos setenta y cinco millones ochocientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta y cinco colones con siete céntimos); recursos provenientes de superávit específico por ¢3.761.256.451,07 (tres mil setecientos sesenta y un millones doscientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y un colones con siete céntimos) y recursos provenientes de superávit libre por ¢2.282.421.648,93 (dos mil doscientos ochenta y dos millones cuatrocientos veintiún mil seiscientos cuarenta y ocho colones con noventa y tres céntimos) para financiar bienes duraderos.

4º—Que del monto indicado deben deducirse la suma de ¢239.750.000,00 (doscientos treinta y nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos) que se desglosan así: ¢89.250.000,00 (ochenta y nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos) para la remodelación de la Proveeduría; ¢108.500.000,00 (ciento ocho millones quinientos mil colones exactos) para la remodelación de la Dirección General que incluye a la Planificación y Proyección Institucional; ¢25.000.000,00 (veinticinco millones de colones exactos) para la remodelación de la Asesoría Jurídica y Técnica, por cuanto no son gastos prioritarios y las justificaciones brindadas no reflejan la necesidad real de llevar a cabo dichas remodelaciones. Por otra parte se rebajan ¢17.000.000,00 (diecisiete millones de colones exactos) de las remodelaciones no recomendadas de la Asesoría Jurídica, Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional (UDEI) y del Departamento de Proyección Institucional; por lo que el monto restante por ¢12.079.806.355,07 (doce mil setenta y nueve millones ochocientos seis mil trescientos cincuenta y cinco colones con siete céntimos) es el que corresponde ampliar vía Decreto Ejecutivo.

5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37595-H citado, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2014, estableciéndose en el artículo 2°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2014 resultante para la JARN, fue establecido en la suma de ¢22.752.140.000,00 (veintidós mil setecientos cincuenta y dos millones ciento cuarenta mil colones exactos), el cual fue comunicado mediante el oficio STAP-0692-2013 del 15 de abril del 2013; cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.

6º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

7º—Que el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.

8º—Que el artículo 9° del referido Decreto Ejecutivo N° 32452-H, posibilita la utilización del superávit específico, para el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a tales recursos.

9º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado a la JARN para el año 2014, incrementándolo en la suma de ¢12.079.806.355,07 (doce mil setenta y nueve millones ochocientos seis mil trescientos cincuenta y cinco colones con siete céntimos). Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Amplíese para la Junta Administrativa del Registro Nacional (JARN), el gasto presupuestario máximo para el año 2014, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 37595-H, publicado en el Alcance Digital N° 54 a La Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013, en la suma de ¢12.079.806.355,07 (doce mil setenta y nueve millones ochocientos seis mil trescientos cincuenta y cinco colones con siete céntimos), para ese período.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa de la JARN, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.

Artículo 3º—Para efectos de la formulación del presupuesto, rige a partir de su publicación y para su ejecución, rige a partir del 1° enero del 2014.

Dado en la Presidencia de la República, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda a. í., José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 62966.—C-95470.—(D38089- IN2013085713).

DIRECTRIZ

N° 058-MTSS

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En uso de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3), 18) y 20) de la Constitución Política; 25.1, 27.1, 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; 2, 5 y 6 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ley N° 1860 del 21 de abril de 1955; 3 y 4 del Reglamento de Reorganización y Racionalización del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Decreto Ejecutivo N° 1508-TBS del 16 de febrero de 1971.

Considerando:

I.—Que el artículo 158 del Código de Trabajo permite el fraccionamiento del periodo de vacaciones en dos tantos, cuando se haya convenio entre las partes.

II.—Que muchos(as) funcionarios y funcionarias tienen cumplidos sus periodos de vacaciones, lo cual resulta inconveniente para ellos y para la Administración.

III.—Que con ocasión de la Navidad y fiestas de fin de año, es propicio que las personas que desempeñan puestos remunerados en la Administración Pública, dependencias descentralizadas y empresas públicas del Estado, puedan participar de las actividades propias de la época.

IV.—Que el cierre general de las oficinas públicas en todo el país con excepción de aquella que deben mantener la continuidad del servicio, presenta un ahorro significativo para el Gobierno en gastos como energía eléctrica, telecomunicaciones, agua, consumo de combustible, entre otros. Por tanto,

Se emite la siguiente

DIRECTRIZ

DIRIGIDA A TODOS LOS JERARCAS DE LOS MINISTERIOS

Y ÓRGANOS ADSCRITOS A LOS MISMOS, ASÍ COMO A INSTITUCIONES

AUTÓNOMAS, SEMIAUTÓNOMAS Y EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO

Artículo 1º—Conceder a título de vacaciones a los servidores públicos del Cantón Central de San José, los días 23, 24, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de 2013 y 2 y 3 de enero del año 2014. Lo anterior sin perjuicio de que el Ministerio de Gobernación y Policía, de conformidad con lo dispuesto por la N° Ley 6725 del 10 de marzo de 1982, disponga autorizar un día de asueto de los ya referidos, a fin de que los servidores del Cantón Central disfruten de la celebración de las fiestas de fin y principio de año.

Artículo 2º—Conceder a título de vacaciones a los servidores públicos del resto del país, los días 23, 24, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de 2013 y 2 y 3 de enero del año 2014.

Artículo 3º—En el caso de los servidores del Ministerio de Educación Pública, de la Procuraduría General de la República y del Registro Nacional, las vacaciones serán definidas por su Jerarca.

Artículo 4º—Tomar las medidas correspondientes para garantizar la apertura de aquellas oficinas que, por la naturaleza de sus funciones, requieran mantener la continuidad de sus servicios, e informar dichas medidas a los usuarios. Dentro de estas medidas debe asegurarse la disponibilidad inmediata del personal necesario para la atención oportuna de cualquier situación de emergencia.

Artículo 5º—Rige a partir de esta fecha.

Dada en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiocho días del mes de noviembre del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Olman Segura Bonilla.—1 vez.—O.C. N° 19436.—Sol. N° 2162.—C-36060.—(D058-IN2013085539).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 661-PE

EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, Ley N° 9103, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el Acuerdo 062-MP del 1 º de febrero del 2013.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Ludwig Sibaja Mora, con cédula de identidad número 1-593-723, Director de Protocolo, para que viaje a Cuba, con el fin de participar en reuniones de avanzada con el objetivo de coordinar con los organizadores del evento, la participación de la Señora Presidenta de la República, quien participará en la “II Cumbre de la Comunidad de Estadas Unidos Latinoamericanos (CELAC)” que se celebrará en ese país durante el mes de enero del 2014. La salida del señor Sibaja Mora será el 29 de noviembre y su regreso estará previsto para el 1º de diciembre del 2013.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 021-Administración Superior, Subpartida 10504- Viáticos al Exterior, 10503-Transporte al Exterior. El funcionario cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada de uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 3º—Del 29 de noviembre al 1º de diciembre del 2013, se autoriza al funcionario Sibaja Mora utilizar el servicio de roaming para llamadas oficiales del teléfono celular institucional asignado a su persona. El pago se realizará al Instituto Costarricense de Electricidad en su facturación mensual.

Artículo 4º—Se le otorga la suma adelantada de ¢191.215,08 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.

Artículo 5º—Rige a partir del 29 de noviembre y hasta el 1º de diciembre del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil trece.

Gustavo Alvarado Chaves, Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 19546.—Solicitud Nº 143.—C-39580.—(IN2013082999).

N° 664-PE

EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, Ley N° 9103, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, el artículo 47 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, y el Acuerdo 062-MP del 1 º de febrero del 2013.

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo 2 del Acuerdo de Viaje N° 646-PE, a nombre de la señora Martha Monge Marín, con cédula de identidad número 1-818-376, secretaria del Consejo de Gobierno, para que viaje a Francia e Italia, para que en su lugar se lea:

“Artículo 2: Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos, así como el servicio de transporte en tren interno de París hacía Poitiers, Francia el 4 de noviembre del 2013, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior, Subpartida 10504-Viáticos al Exterior, 10503-Transporte al Exterior. Se cancela, en la II tarifa de la tabla según artículo 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos. En caso de que el monto adelantado por concepto de hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la funcionaría contra la presentación de la respetiva factura, según el artículo 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos”.

Artículo 2º—Los artículos 1, 3, 4 y 5 no sufren modificación.

Artículo 3º—Rige a partir del 3 y hasta el 9 de noviembre del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil trece.

Gustavo Alvarado Chaves, Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 19546.—Solicitud Nº 142.—C-34870.—(IN2013083005).

Nº 665-PE

EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, Ley N° 9103, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, el artículo 47 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, y el Acuerdo 062-MP del 1º de febrero del 2013.

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo 2 del Acuerdo de Viaje N° 645-PE, a nombre de la señora Alejandra Fonseca Escalante, con cédula de identidad N° 1-958-207, asistente, para que viaje a Francia e Italia, para que en su lugar se lea:

“Artículo 2: Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos, así como el servicio de transporte en tren interno de París hacia Poitiers, Francia el 4 de noviembre del 2013, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior Subpartida 10504-Viáticos al Exterior, 10503-Transporte al Exterior. Se cancela en la II tarifa de la tabla según artículo 37 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos. En caso de que el monto adelantado por concepto de hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la funcionaría contra la presentación de la respectiva factura, según el artículo 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos”.

Artículo 2º—Los artículos 1, 3, 4 y 5 no sufren modificación.

Artículo 3º—Rige a partir del 01 y hasta el 09 de noviembre del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil trece.

Gustavo Alvarado Chaves, Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 19546.—Solicitud Nº 142.—C-34720.—(IN2013083086).

Nº 767-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 139 inciso 3) de la Constitución Política, artículo 39 de la Ley General de Policía N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y sus reformas, y artículos 97 y 21 1 del Decreto Ejecutivo N° 36366-SP: Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en La Gaceta N° 21 del 31 de enero del 2011.

Considerando:

I.—Que el artículo 139 inciso 3) de la Constitución Política establece como deber y atribución exclusiva de la Presidenta de la República, ejercer el mando supremo de la Fuerza Pública.

II.—Que el numeral 39 de la Ley General de Policía, establece que la Presidenta de la República podrá organizar y convocar, con carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario ad honorem, para atender estados de emergencia o situaciones excepcionales, así como colaborar con los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública en la vigilancia de eventos deportivos, culturales y de seguridad ciudadana en todo el territorio nacional actuando siempre bajo la subordinación en grado inmediato del Ministro de Seguridad Pública.

III.—Que de conformidad con el numeral 97 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, Decreto N° 36366-SP, la Reserva de las Fuerzas de Policía estará adscrita al Ministerio de Seguridad Pública, cuando sea convocada con carácter temporal. De igual manera, el numeral 211 del mismo cuerpo reglamentario dispone que cuando la Reserva haya sido convocada de conformidad con lo establecido en la Ley General de Policía, tendrá en esas circunstancias y dentro de ese marco de competencias, entre otras, las siguientes funciones: coordinar con la Fuerza Pública las labores de prevención, vigilancia y protección en todo el territorio nacional, para preservar la seguridad de los habitantes, sus bienes y libertades constitucionales; cooperar con la Fuerza Pública, instituciones gubernamentales y otras entidades en casos de calamidad o desastre nacional, eventos masivos, conflagraciones y conmoción civil; velar por el cumplimiento de la normativa ambiental, ejerciendo las labores de vigilancia, protección y conservación del ambiente y denunciando ante los órganos administrativos y judiciales competentes aquellos actos y omisiones que contravengan esta normativa, y aquellas otras que se deriven del ordenamiento jurídico de conformidad con su competencia.

IV.—Que el Ministro de Seguridad Pública ha solicitado a la Presidenta de la República, convocar a la Reserva de la Fuerza Pública a partir de las cero horas del primero de enero del año dos mil trece y hasta las veinticuatro horas del treinta de abril del año dos mil trece, para colaborar con los cuerpos policiales durante el desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación con los siguientes eventos: atención de las posibles inundaciones por la época lluviosa, operativos cívico-policiales; partidos de la Selección Nacional de Fútbol; festejos de Zapote, festejos de Palmares, festejos de Alajuelita, inicio del Campeonato Nacional de Fútbol Torneo Verano, festejos en otras comunidades del país, fin del período de vacaciones, inicio del Curso lectivo 2013, operativos en Semana Santa, celebración en honor a Juan Santamaría (11 de abril), atención de emergencias a nivel nacional colaborando con los cuerpos policiales, comunidades, municipalidades, comités de emergencia y organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 30494-MINAE-MOPT-SP del 5 de junio del año 2002, así como reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.

V.—Que las citadas situaciones exigen ineludiblemente el reforzamiento de las Fuerzas de Policía que ordinariamente velan por el orden y la seguridad del país. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Convocar conforme lo solicitado por el Ministro de Seguridad Pública, y con carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario, con carácter ad honorem, para atender y coordinar con las autoridades de policía, las labores de vigilancia y protección de la seguridad pública, de sus ciudadanos y sus bienes, y cooperar para el mantenimiento de la tranquilidad y el orden público y con motivo del desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación, entre otros, con los siguientes eventos: atención de las posibles inundaciones por la época lluviosa, operativos cívico-policiales; partidos de la Selección Nacional de Fútbol; festejos de Zapote, festejos de Palmares, festejos de Alajuelita, inicio del Campeonato Nacional de Fútbol Torneo Verano, festejos en otras comunidades del país, fin del período de vacaciones, inicio del Curso lectivo 2013, operativos policiales de Semana Santa, celebración en honor a Juan Santamaría (11 de abril), atención de emergencias a nivel nacional colaborando con los cuerpos policiales, comunidades, municipalidades, comités de emergencia y organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del año 2002, así como reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.

Artículo 2°—Los efectivos convocados mediante este acto quedarán subordinados al Ministro de Seguridad Pública, quien dispondrá de todo lo pertinente para tal efecto, de conformidad con la normativa jurídica vigente.

Artículo 3°—La presente convocatoria será para el período comprendido entre las cero horas del día primero de enero del año dos mil trece, hasta las veinticuatro horas del día treinta de abril del año dos mil trece.

Artículo 4°—Rige a partir del primero de enero de 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 18095.—Solicitud Nº 0353.—C-105420.—(IN2013083118).

N° 972-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 139 inciso 3) de la Constitución Política, artículo 39 de la Ley General de Policía N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y sus reformas, y artículos 98 y 211 y 212 del Decreto Ejecutivo N° 36366-SP: Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en La Gaceta N° 21 del 31 de enero del 2011.

Considerando:

1°—Que el artículo 139 inciso 3) de la Constitución Política establece como deber y atribución exclusiva de la Presidenta de la República, ejercer el mando supremo de la Fuerza Pública.

2°—Que el numeral 39 de la Ley General de Policía, establece que la Presidenta de la República podrá organizar y convocar, con carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario ad honorem, para atender estados de emergencia o situaciones excepcionales, así como colaborar con los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública en la vigilancia de eventos deportivos, culturales y de seguridad ciudadana en todo el territorio nacional actuando siempre bajo la subordinación en grado inmediato del Ministro de Seguridad Pública.

3°—Que de conformidad con el numeral 98 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, Decreto N° 36366-SP, la Reserva de las Fuerzas de Policía estará adscrita al Ministerio de Seguridad Pública, cuando sea convocada con carácter temporal. De igual manera, el numeral 212 del mismo cuerpo reglamentario dispone que cuando la Reserva haya sido convocada de conformidad con lo establecido en la Ley General de Policía, tendrá en esas circunstancias y dentro de ese marco de competencias, entre otras, las siguientes funciones: coordinar con la Fuerza Pública las labores de prevención, vigilancia y protección en todo el territorio nacional, para preservar la seguridad de los habitantes, sus bienes y libertades constitucionales; cooperar con la Fuerza Pública, instituciones gubernamentales y otras entidades en casos de calamidad o desastre nacional, eventos masivos, conflagraciones y conmoción civil; velar por el cumplimiento de la normativa ambiental, ejerciendo las labores de vigilancia, protección y conservación del ambiente y denunciando ante los órganos administrativos y judiciales competentes aquellos actos y omisiones que contravengan esta normativa, y aquellas otras que se deriven del ordenamiento jurídico de conformidad con su competencia.

4°—Que el Ministro de Seguridad Pública ha solicitado a la Presidenta de la República, convocar a la Reserva de la Fuerza Pública a partir de las cero horas del primero de setiembre del año dos mil trece y hasta las veinticuatro horas del treinta y uno de diciembre del año dos mil trece, para colaborar con los cuerpos policiales durante el desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación con los siguientes eventos: atención de inundaciones por la llegada de la época lluviosa, operativos cívicos-policiales; encuentros de la Selección Nacional de Fútbol, encuentros del Campeonato Nacional de Fútbol Torneo de Invierno; festejos en varias comunidades del país, celebraciones de la Independencia (desfile de faroles el 14 de setiembre y desfiles del 15 de setiembre); Día de Las Culturas (12 de octubre), día de brujas (31 de octubre); fin de curso lectivo del año 2013; inicio período de vacaciones de fin de año, pago de aguinaldo; TELETÓN, Festival de La Luz, Festejos Populares de San José (25 al 31 de diciembre); atención de emergencias a nivel nacional colaborando con los cuerpos policiales, comunidades, municipalidades, comités de emergencia y organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del año 2002, así como reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.

5°—Que las citadas situaciones exigen ineludiblemente el reforzamiento de las Fuerzas de Policía que ordinariamente velan por el orden y la seguridad del país. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Convocar conforme lo solicitado por el Ministro de Seguridad Pública, y con carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario, con carácter ad honorem, para atender y coordinar con las autoridades de policía, las labores de vigilancia y protección de la seguridad pública, de sus ciudadanos y sus bienes, y cooperar para el mantenimiento de la tranquilidad y el orden público y con motivo del desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación, entre otros, con los siguientes eventos: atención de inundaciones por la llegada de la época lluviosa, operativos cívicos-policiales; encuentros de la Selección Nacional de Fútbol, encuentros del Campeonato Nacional de Fútbol Torneo de Invierno; festejos en varias comunidades del país, celebraciones de la Independencia (desfile de faroles el 14 de setiembre y desfiles del 15 de setiembre); Día de Las Culturas (12 de octubre), día de brujas (31 de octubre); fin de curso lectivo del año 2013; inicio período de vacaciones de fin de año, pago de aguinaldo; Teletón, Festival de La Luz, Festejos Populares de San José (25 al 31 de diciembre); atención de emergencias a nivel nacional colaborando con los cuerpos policiales, comunidades, municipalidades, comités de emergencia y organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del año 2002, así como reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.

Artículo 2°—Los efectivos convocados mediante este acto quedarán subordinados al Ministro de Seguridad Pública, quien dispondrá de todo lo pertinente para tal efecto, de conformidad con la normativa jurídica vigente.

Artículo 3°—La presente convocatoria será para el período comprendido entre las cero horas del día primero de setiembre del año dos mil trece, hasta las veinticuatro horas del día treinta y uno de diciembre del año dos mil trece.

Artículo 4°—Rige a partir del primero de setiembre de dos mil trece.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a las doce horas treinta minutos del treinta de julio del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 18095.—Solicitud Nº 108-090-00056.—C-111860.—(IN2013083173).

N° 1058-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (N°6227 de 2 de mayo de 1978), en la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por Concepto de Transportes para Todos los Funcionarios del Estado (N° 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013 (N° 9103 de 4 de diciembre de 2012) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo de 2001).

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Roberto Gallardo Núñez, cédula de identidad número 1-549-255, Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en: a) la “III Reunión del Consejo de Ministros de Planificación de los Países del Sistema de Integración Centroamericana (CONPLAN-SICA)”, organizada por el Gobierno de la República de Panamá, a realizarse en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, el día 19 de noviembre de 2013; y b) la “XIII Conferencia de Ministros y Jefes de Planificación de América Latina y el Caribe y XIV Reunión del Consejo Regional de Planificación del Instituto Latinoamericano de Planificación Económica y Social (CRP-ILPES)”, organizada por ILPES, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Ministerio Planificación, Presupuesto y Gestión del Gobierno de la República Federativa de Brasil, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, los días 21 y 22 de noviembre de 2013.

Artículo 2º—El Gobierno de Panamá cubrirá gastos por concepto de transporte en la ruta San José-Panamá-San José y CEPAL cubrirá gastos por concepto de transporte en la ruta Panamá-Brasil-Panamá. El Gobierno de Panamá cubrirá gastos por concepto de hospedaje durante el día 19 de noviembre de 2013 y por concepto de desayuno y almuerzo el día 19 de noviembre de 2013. CEPAL cubrirá gastos por concepto de viáticos los días 21 a 23 de noviembre de 2013. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) cubrirá gastos por concepto de cenas de los días 18, 19 y 20 de noviembre de 2013 y de desayuno y almuerzo el día 20 de noviembre de 2013, así como impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte y póliza de seguro por accidente (INS: Seguro Viajeros con Asistencia), con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica), Programa 863 (Actividades Centrales), Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el Exterior), 1.05.04 (Viáticos en el Exterior) y 1.06.01 (Seguros) del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013.

Artículo 3º—Se otorga al señor Gallardo Núñez la suma adelantada de US $356.52 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.

Artículo 4º—El día 20 de noviembre de 2013 el señor Gallardo Núñez estará en ruta de traslado.

Artículo 5º—Durante la ausencia del señor Gallardo Núñez, se nombra como Ministra a. i. a la señora Silvia Hernández Sánchez, cédula de identidad número 1-954-364.

Artículo 6º— Rige de las 17:30 horas del 18 de noviembre a las 9:00 horas del 23 de noviembre de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 19801.—Solicitud Nº 127-860-130020.—C-59740.—(IN2013083179).

N° 1059-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política; artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública: y artículos 7 º párrafo final, 29 y 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo 1044-P del seis de noviembre de dos mil trece, se autorizó al señor Mario Zamora Cordero, cédula de identidad N° 2-449-150, Ministro de Gobernación, Policía y de Seguridad Pública, para asistir a la actividad denominada “Cuarta Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública de las Américas, MISPA”, por realizarse en Medellín, Colombia, del 20 al 23 de noviembre de 2013 (incluye salida y regreso).

II.—Que de conformidad con el oficio 3607-2013-DI, de fecha 13 de noviembre de 2013, suscrito por la licenciada Silvia Navarro Mora, Directora de Despacho, solicita modificar el Acuerdo 1044-P, en lo conducente a la fecha de salida, a efecto de que el señor Ministro asista a otra actividad; asimismo, se modifique lo relativo a los gastos del viaje y el nombramiento de Ministro interino. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Modifíquese los artículos 1, 3, 4 y 6 del Acuerdo 1044-P, del seis de noviembre de dos mil trece, para que se lean de la siguiente manera:

“Artículo 1º—Autorizar al señor Mario Zamora Cordero, cédula de identidad N° 2-449-150, Ministro de Gobernación, Policía y de Seguridad Pública, para que asista a la actividad denominada: ‘Taller de Acciones Nacionales, Regionales e Iniciativas Internacionales en el Marco de la Lucha Contra la Pesca Ilegal”, por realizarse en Cartagena de Indias, Colombia, a partir del día 19 de noviembre de 2013, y a la actividad denominada: “Cuarta Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública de las Américas, MISPA”, por realizarse en Medellín, Colombia, del 21 al 23 de noviembre de 2013. (Incluye salida y regreso).”

“Artículo 3º—En ausencia del señor Mario Zamora Cordero, se nombra como Ministro a. i. de los Ministerios de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, de las ocho horas del diecinueve de noviembre a las diecisiete horas del veintitrés de noviembre de dos mil trece, al Lic. Celso Gamboa Sánchez, Viceministro de Unidades Especiales de Seguridad Pública”.

“Artículo 4º—La Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia cubrirá los gastos del tiquete aéreo San José-Cartagena de Indias, la alimentación y el hospedaje del día 19 de noviembre, y el tiquete aéreo Cartagena de Indias-Medellín, Colombia. El Ministerio de Seguridad Pública mediante el Programa 089 Gestión Administrativa de los Cuerpos Policiales, en la subpartida 1.05.03 “Transporte en el Exterior”, costeará el pago del tiquete aéreo de Medellín, Colombia-San José, del día 23 de noviembre de 2013 y la subpartida 1.05.04 “Viáticos en el Exterior”, cubrirá los gastos de hospedaje y alimentación de los días 20 al 23 de noviembre; así como cualquier otro gasto imprevisto que surja durante el viaje, del 19 al 23 de noviembre de 2013”.

“Artículo 6º—Rige de las ocho horas del día diecinueve de noviembre a las diecisiete horas del veintitrés de noviembre dos mil trece”.

Artículo 2º—Todos los demás aspectos autorizados en el Acuerdo 1044-P, se mantienen incólumes.

Artículo 3º—Rige de las ocho horas del diecinueve de noviembre hasta las diecisiete horas del veintitrés de noviembre de dos mil trece.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los quince días del mes de noviembre de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 17941.—Solicitud Nº 2201.—C-62240.—(IN2013083093).

N° 1061-P

EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política; los artículos 26 inciso b) y 47 inciso 3) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9103 del 4 de diciembre de 2012, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio económico del 2013 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República y,

Considerando:

I.—Que se ha recibido formal invitación por parte del Departamento de Biomateriales Sostenibles de Virginia Tech, College of Natural Resources and Environment para que el Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones visite la ciudad de Blacksburg, Virginia, Estados Unidos de América, los días 11 al 13 de noviembre del 2013 y conozca de cerca los programas que desarrolla esta universidad.

En esta reunión se analizará la posibilidad de establecer convenios de colaboración para que estudiantes costarricenses puedan realizar estudios de postgrado en áreas de interés del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT). Asimismo, se considerará la posibilidad de desarrollar otros proyectos y programas de investigación que ayuden a fortalecer el vínculo Universidad - Empresa.

II.—Que se ha recibido cordial invitación de la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral de la Organización de Estados Americanos (OEA) para que el Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones participe en la Octava Reunión Ordinaria de la Comisión Interamericana de Ciencia y Tecnología (COMCYT), a celebrarse en la sede de la OEA en Washington DC, Estados Unidos de América los días 14 y 15 de noviembre de 2013.

En esta reunión se dará seguimiento al Plan de Acción Panamá 2012-2016, y se realizará un intercambio entre los países miembros acerca de iniciativas que apoyan la innovación, la ciencia y la tecnología, las cuales podrían ser replicadas en los otros países de la región. Asimismo, se pretende fortalecer los lazos de cooperación entre los países y la OEA. Las temáticas a tratar en dicha reunión son: Innovación y Desarrollo Tecnológico. Todas estas áreas responden a las prioridades establecidas por Costa Rica en el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología 2011-2014.

III.—Que es de especial interés del Ministerio, que el señor Ministro José Alejandro Cruz Molina asista a estas actividades dado que las temáticas que serán tratadas en ambas se relacionan con las estrategias que promueve MICITT para el fortalecimiento del Capital Humano, y apoyo a la innovación y la productividad. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor José Alejandro Cruz Molina, cédula de identidad tres-cero ciento noventa y dos-cero trescientos nueve; Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones; para que los días 11 al 13 de noviembre visite Virginia Tech, College of Natural Resources and Environment, ubicada en Blacksburg, Virginia, Estados Unidos de América, y participe en la Octava Reunión Ordinaria de la Comisión Interamericana de Ciencia y Tecnología (COMCYT), a celebrarse en la sede de la OEA en Washington DC, Estados Unidos de América los días 14 y 15 de noviembre de 2013.

Artículo 2º—Los gastos correspondientes al hospedaje, alimentación, boletos aéreos, transporte terrestre, impuestos de salida así como los seguros necesarios para este viaje, los cubrirá el Ministerio de Ciencia y Tecnología por medio del Programa 893- “Coordinación y Desarrollo Científico y Tecnológico”, sujetos a liquidación.

Artículo 3º—Que desde las 11:00 horas del 10 de noviembre del dos mil trece y hasta las 23:00 horas del 16 de noviembre de ese mismo año, se nombra Ministro a.i. de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones al señor Rowland Espinoza Howell, cédula de identidad uno-cero ochocientos treinta y seis-cero ciento setenta y siete, Viceministro de Telecomunicaciones.

Artículo 4º—Rige a partir de las 11:00 horas del 10 de noviembre del dos mil trece y hasta las 23:00 horas del 16 de noviembre de ese mismo año.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el seis de noviembre del año dos mil trece.

Publíquese.—ALFIO PIVA MESÉN.—1 vez.—O. C. Nº 17593.—Solicitud Nº 128-898-047.—C-73780.—(IN2013083184).

N° 1062-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 de la Constitución Política (inciso 1), y 47 inciso 3) de la Ley N° 6227 de fecha 2 de mayo de 1978, denominada “Ley General de la Administración Pública”, y

Considerando:

I.— Que el señor Edgar Ayales Esna, Ministro de Hacienda, por motivos de salud deberá viajar a la ciudad de Houston, Estados Unidos de América.

II.—Que en virtud de lo anterior, se encontrará incapacitado desde el 1° de diciembre y hasta el 18 de diciembre de 2013, según boleta de Incapacidad N° 0207842.

III.— Que en el período del 19 de diciembre de 2013 al 3 de enero de 2014, el señor Ayales Esna se encontrará disfrutando de vacaciones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Conocer de la incapacidad por motivos de salud del señor Edgar Ayales Esna, cédula de identidad número uno- trescientos ochenta y tres-trescientos diecisiete, Ministro de Hacienda, del 1 de diciembre al 18 de diciembre de 2013.

Artículo 2º—Conceder vacaciones al señor Edgar Ayales, Ministro de Hacienda, del 19 de diciembre de 2013 al 3 de enero de 2014, debiendo reintegrarse a sus labores el día 6 de enero de 2014, para lo cual se hace la aclaración que los días 4 y 5 de enero corresponden a días de descanso semanal.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Edgar Ayales Esna se nombra como Ministro a. i. al señor José Luis Araya Alpízar, cédula de identidad número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco, Viceministro de Egresos, a partir de las 00:01 horas del 1° de diciembre de 2013 hasta las 00:01 horas del 6 de enero del 2014.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir de las 00:01 horas del 1° de diciembre de 2013 hasta las 00:01 horas del 6 de enero de 2014.

Dado en la Presidencia de la República a los veintiuno días del mes de noviembre del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 17960.—Solicitud Nº 13103.—C-30210.—(IN2013083225).

N° 1064-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 de la Constitución Política (inciso 1), y 47 inciso 3° de la Ley N° 6227 de fecha 2 de mayo de 1978, denominada “Ley General de la Administración Pública”, y

Considerando:

I.—Que el señor Edgar Ayales Esna, Ministro de Hacienda, por motivos de salud se encontrará incapacitado el día 29 de noviembre de 2013, según Boleta de Incapacidad N° 990631 de fecha 29 de noviembre de 2013. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Conocer de la incapacidad por motivos de salud del señor Edgar Ayales Esna, cédula de identidad número uno-trescientos ochenta y tres-trescientos diecisiete, Ministro de Hacienda, a partir de las 12:00 horas hasta las 23:59 horas del día 29 de noviembre de 2013.

Artículo 2º—Durante la incapacidad del señor Edgar Ayales Esna se nombra como Ministro a. i. al señor José Luis Araya Alpízar, cédula de identidad número dos-trescientos veintiocho- ochocientos cincuenta y cinco, Viceministro de Egresos, a partir de las 12:00 horas hasta las 23:59 horas del día 29 de noviembre de 2013.

Artículo 3º—El presente acuerdo rige a partir de las 12:00 horas hasta las 23:59 horas del día 29 de noviembre de 2013.

Dado en la Presidencia de la República a los veintinueve días del mes de noviembre del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 17960.—Solicitud Nº 13104.—C-23110.—(IN2013083221).

Nº 1066-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139, inciso 1) de la Constitución Política y el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 de 2 de mayo de 1978 y los artículos 1º y 3º del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor René Castro Salazar, cédula de identidad N° 1-0518-0181, Ministro de Ambiente y Energía, para que viaje a Corea y Japón del 2 al 10 de diciembre de 2013. El propósito del viaje es representar al Gobierno de Costa Rica en diferentes reuniones: 1.-Inauguración del Fondo Climático Verde. 2.-Sesión del Subcomité de Programas del Instituto Global de Crecimiento Verde. 3.-IV Sesión del Consejo del (GGGI) Instituto Global de Crecimiento Verde. 4.-Reunión con el Ministro de Ambiente de Corea. 5.-Reunión con el Ministro de Ambiente de Japón.

Artículo 2º—Los costos de tiquete aéreo San José-Corea, Corea-Japón, Japón-San José, serán cubiertos por el (GGGI) Instituto de Crecimiento Verde. Los gastos de viáticos, del 2 al 6 de diciembre del 2013, para alimentación e imprevistos en Corea, serán cubiertos por Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO). Los gastos de viáticos del 6 al 10 de diciembre del 2013 de alimentación, hospedaje e imprevistos en Japón, serán cubiertos por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO). El seguro de viaje y algunos imprevistos como (taxi, internet, lavado de ropa, llamadas telefónicas, entre otros) serán sufragados por el Ministerio de Ambiente y Energía, Programa Presupuestario 879-Actividades Centrales, Subpartidas 1.05.04 (Viáticos en el Exterior) y 1.06.01 (Seguro Viajero). Si por fuerza mayor el rubro por concepto de imprevistos excede al 8% se presentarán las facturas, tiquetes o comprobantes de pago correspondientes junto con la liquidación de viáticos, a efectos de que sea reintegrado, según se estipula en los artículos 35, 41 y 42 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro, se nombra en el ejercicio del cargo de Ministra a. i. a la señora Ana Lorena Guevara Fernández, cédula de identidad N° 01-0538-0559, de las 13:59 horas del día 2 de diciembre del 2013 hasta las 21:05 horas del 10 de diciembre del 2013.

Artículo 4º—Rige a partir de las 13:59 horas del día 2 de diciembre del 2013, y hasta las 21:05 horas del 10 de diciembre del 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 19957.—Solicitud Nº 60621.—C-45720.—(IN2013083104).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 8, asiento N° 360, emitido en el año dos mil once y el Título de Técnico Medio en Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo II, folio 4, asiento N° 355, emitido en el año dos mil diez, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional Turrubares, a nombre de Arce Cubillo Estivin Gustavo, cédula 1-1496-0348. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a cuatro días del mes de diciembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081207).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad industrial

PUBLICACION DE UN A VEZ

N° 2013-1962.—Lourdes María Salas Barrantes, cédula de identidad 0203920183, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Siete Hermanos N & S Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-675079, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Orotina, Ceiba, Cascajal, 100 metros al oeste de la iglesia católica del lugar. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Presentada el 06 de noviembre del 2013, según solicitud Nº 2013-1962.—San José, 19 de noviembre del 2013.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2013078743).

N° 2013-1961.—Jairo Elías Ramírez Contreras, Cédula de identidad 0501440543, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, San Juan, San Juan, 500 metros sur de la plaza San Juan, Finca Pringo de Oro. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.— Presentada  el 06 de noviembre del 2013, según solicitud Nº 2013-1961.—San José, 19 de noviembre del 2013.— Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2013078961).

N° 2013-1574.—Wilfrido Salas Salas, cédula de identidad 0203880958, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Sagaces, Fortuna, Unión Ferrer, 1 kilómetro al norte del Centro Turístico El Yoko. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de setiembre del 2013, según expediente Nº 2013-1574.—San José, 30 de setiembre del 2013.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2013079119).

N° 2013-1237.—Edwin Castro Murillo, cédula de identidad 0501390244, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, Silencio, Costado norte de la plaza de deportes del Silencio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio del 2013, según expediente Nº 2013-1237.—San José, 28 de agosto del 2013.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2013079122).

Nº 2013-1796.—Ulises Ávila Castro, cédula de identidad 0501500655, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Cañal, frente a la plaza de deportes de Cañal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2013. Según el expediente Nº 2013-1796.—San José, 22 de octubre del 2013.—Viviana Segura De la O., Registradora.—1 vez.—(IN2013079274).

Nº 2013-1795.—José Rodolfo Ortega Ortega, cédula de identidad 0502420358, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Copal, Copal, de la pulpería El Trébol 150 metros este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2013. Según el expediente Nº 2013-1795.—San José, 14 de noviembre del 2013.—Viviana Segura De la O., Registradora.—1 vez.—(IN2013079276).

Luis Cecilio Valerio Sandoval, cédula de identidad N° 0203150181, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, Cote, Pejibaye, 3000 metros norte de la Escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2013. Según el expediente N° 2013-2007.—San José, 27 de noviembre del 2013.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2013080267).

Cambio de nombre N° 86994

Que Alejandra Castro Bonilla, cédula de identidad N° 108800194, en calidad de apoderada especial de Magic Home Store Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Jazmín Plateado S. A., por el de Magic Home Store Sociedad Anónima, presentada el día 10 de octubre del 2013, bajo expediente N° 86994. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2012-0009974 Registro N° 226299 MAGIC HOME STORE en clase 35 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de octubre del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013081061).

Cambio de nombre Nº 87311

Que María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Blaupunkt Europe GMBH, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de ED Enterprises GMBH por el de Blaupunkt Europe GMBH, presentada el día 31 de octubre de 2013 bajo expediente 87311. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-1495609 Registro N° 14956 BLAUPUNKT en clase 9 Marca Denominativa Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 5 de noviembre del 2013.—María Leonor Hernández B., Registradora.—1 vez.—(IN2013081223).

Cambio de nombre Nº 87311

Que María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de ED Enterprises GMBH, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de ED Enterprises AG, por el de ED Enterprises GMBH, presentada el día 31 de Octubre de 2013 bajo expediente 87311. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-1495609 Registro N° 14956 BLAUPUNKT en clase 9 Marca Denominativa Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 5 de noviembre del 2013.—María Leonor Hernández B., Registradora.—1 vez.—(IN2013081226).

Cambio de nombre Nº 87276

Que María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Parlophone Records Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Emi Records Limited domiciliada en 28 Kensington Church Street, London W8 4EP, Reino Unido, por el de Parlophone Records Limited domiciliada en 28 Kensington Church Street, London W8 4EP, Reino Unido, presentada el día 30 de Octubre de 2013 bajo expediente 87276. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2010-0001178 Registro N° 207938 PARLOPHONE en clase 9 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de noviembre del 2013.—Walter Campos Fernández, Registrador.—1 vez.—(IN2013081231).

Cambio de nombre Nº 86975

Que María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad 1-1066-601, en calidad de apoderada especial de Enterprise Holdings, Inc, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Enterprise Rent-A-Car Company por el de Enterprise Holdings Inc., presentada el día 10 de octubre del 2013 bajo expediente 86975. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0003488 Registro N° 89103 E en clase 39 Marca Mixto y 2008-0001173 Registro N° 184648 E en clase 39 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 15 de octubre del 2013.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(IN2013081238).

Cambio de nombre Nº 86099

Que Ricardo Vargas Aguilar, cédula de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de Ferreiro Sociedad Anónima de Capital Variable, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de La Hola Beto’s Sociedad Anónima de Capital Variable por el de Ferreiro Sociedad Anónima de Capital Variable, presentada el día 23 de agosto de 2013 bajo expediente 86099. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2013-0006678 BOUTIQUE HOTEL B en clase 43 Marca Mixto Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de noviembre del 2013.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(IN2013081422).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Glaxosmithkline Intellectual Property (N° 2) Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada NUEVA COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA. Se describen nuevas composiciones farmacéuticas que contienen solvato de dimetilsulfóxido de la N-{3-[3-ciclopropil-5-(2-fluoro-4 yodo-fenilamino)-6,8-dimetil-2,4,7-trioxo-3,4,6,7-tetrahidro-2H- pirido[4,3-d]pirimidin-1-il]fenil)acetamida, métodos para usar las composiciones en terapia y procedimientos para preparar las mismas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/28; A61K 31/519/A61K 9/20; A61P 35/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Demarini, Douglas, J., LE, Ngocdiep, T., Henríquez, Francisco, Wang, Lihong. La solicitud correspondiente lleva el número 20130352, y fue presentada a las 11:59:59 del 19 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de noviembre del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013079862).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de 34 Solutions, LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA Y MÉTODO PARA EFECTUAR COMPRAS ELECTRÓNICAS MÓVILES. Un sistema y método

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 para efectuar compras electrónicas por medio de un dispositivo de comunicaciones móvil habilitado para red. Una lista de contactos, que contiene direcciones de expedición y un archivo de pago que contiene información cifrada de tarjetas de crédito, esta almacenada en el dispositivo móvil. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G06Q 30/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Doherty, Thomas, Cameron, Dornbush, Carlin, Farber, David. La solicitud correspondiente lleva el número 20130221, y fue presentada a las 11:52:23 del 15 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1 de noviembre del 2013.—Lic. Randall Abarca Registrador.—(IN2013079865).

La señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula N° 1-626-794, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Fishman Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: SISTEMA Y MÉTODO PARA ACOPLAR DE FORMA SEPARABLE UN DOSIFICADOR DE FLUIDO EN UN SISTEMA DE DOSIFICACIÓN. Un sistema y método para acoplar de forma separable un dosificador de fluido a una estructura. Existe un sistema de conexión de empuje para conectar - tracción para desconectar que tiene primer y segundo conectores de acoplamiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G01F 11/00; G01F 15/18; cuyo(s) inventor(es) es(son): Beebe, W., Scott. La solicitud correspondiente lleva el número 20130436, y fue presentada a las 09:37:11 del 3 de setiembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de noviembre del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013081010).

El señor Jorge Tristán Trelles, cédula N° 1-392-470, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Onyx Therapeutics Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMACIÓN DE COMPLEJOS DE CICLODEXTRINA PARA FORMULAR INHIBIDORES DEL PROTEASOMA PEPTÍDICO. La presente divulgación proporciona procedimientos para formular composiciones que comprenden uno o más inhibidores del proteasoma peptídico y una ciclodextrina, en particular una ciclodextrina sustituida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: 3A61 31/724; C07D 307/00; cuyo(s) inventor(es) es(son): Lewis, Evan, Shwonek, Peter, Dalziel, Sean, Jumaa, Mouhannad. La solicitud correspondiente lleva el número 20120485, y fue presentada a las 09:58:00 del 26 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013081012).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228, mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Array Biopharma Inc., de E.U.A., Genentech Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada CICLOPENTA (D) PIRIMIDINAS HIDROXILADAS Y METOXILADAS COMO INHIBIDORES DE AKT PROTEÍNA QUINASA. La presente

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invención proporciona compuestos, incluyendo sus enantiómeros resueltos, diestereómeros resueltos, solvatos y sales farmacéuticamente aceptables, que comprenden la Fórmula (I). También se proporcionan métodos de uso de los compuestos de esta invención como inhibidores de AKT proteína quinasa y para el tratamiento de enfermedades hiperproliferativas tales como cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 239/70; A61K 31/517; A61P 35/00; C07D 401/12; C07D 403/04; C07D 403/12; cuyos inventores son: Mitchell, Ian, S., Blake, James, F., Xu, Rui, Kallan, Nicholas, C., Xiao, Dengming, Spencer, Keith, Lee, Bencsik, Josef, R., Liang, Jun, Safina, Brian, Zhang, Birong, Chabot, Christine, Do, Steven, Wallace, Eli, M., Banka, Anna, L., Schlachter, Stephen, T. La solicitud correspondiente lleva el número 20130590, y fue presentada a las 12:10:10 del 13 de noviembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de noviembre del 2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013081512).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228, mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Helsinn Healthcare S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada URIAS ASIMÉTRICAS Y USOS MÉDICOS DE LOS MISMOS. Se divulgan compuestos, composiciones y

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métodos para la prevención y/o tratamiento de enfermedades que son mediadas patofisiológicamente por el receptor de grelina. Los compuestos tienen la fórmula general (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A61K 31/446; A61P 1/00; A61P 1/04; A61P 1/16; A61P 11/00; A61P 21/00; A61P 25/00; A61P 25/30; cuyos inventores son: García Rubio, Silvina, Pietra, Claudio, Giuliano, Claudio, Li, Zhigang. La solicitud correspondiente lleva el número 20130478, y fue presentada a las 11:07:23 del 24 de setiembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de diciembre del 2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013081514).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228, mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Etiquetas Impresas Etipres S. A., de Costa Rica, solicita la Patente de Invención denominada ETIQUETA ADHESIVA INTELIGENTE NANOTECNOLÓGICA PARA SER UTILIZADA CON ALIMENTOS

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PERECEDEROS. Se provee una “etiqueta adhesiva inteligente” que utiliza nanotecnología para determinar el estado actual de la carne cruda, para el consumo humano inocuo. La etiqueta adhesiva indica la calidad al consumidor al proveer un indicador que cambia de color en la etiqueta adhesiva. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A22C 17/10; B32B 7/00; B41M 99/00; G01N 33/04; G01N 33/12; G09F 3/10; cuyos inventores son: Chaves Noguera, Sindy Johanna, Chaves Noguera, Juan Scott. La solicitud correspondiente lleva el número 20130562, y fue presentada a las 11:04:08 del 31 de octubre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de Noviembre del 2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013081522).

PUBLICACION DE UNA VEZ

Exp. N° 2012-0586 (Concesión Nº 688).—El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las once horas catorce minutos del veinticuatro de octubre del dos mil trece, fue inscrito el Diseño Industrial denominado DISPENSADOR Y PURIFICADOR DE AGUA, a favor de la compañía Strauss Water Ltd, domiciliada en Israel, cuyos creadores son: Haim Wilder, Michal Gur, Shavit y Rami Ronen, todos de nacionalidad israelí; se le ha otorgado el número de inscripción de modelo industrial 688, estará vigente hasta el veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés, según prioridad reivindicada de la solicitud IL 52715 del veinte de mayo de dos mil doce; la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 23-01.—San José, a las catorce horas siete minutos del diecinueve de noviembre del dos mil trece.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—1 vez.—(IN2013081517).

Asociaciones Civiles

AVISOS:

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Pequeños Agricultores de Caldera de Esparza, provincia de Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Administrar en términos generales todo lo referente a los grupos de agricultores de todos los distritos de Esparza. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Óscar Navarro Mora. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 56590).—Curridabat, 20 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080099).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: número 3-002-051265, denominación: Asociación Cultural Instituto Teológico de América Central. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 282777.—Curridabat, 5 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080165).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-045688, denominación: Asociación Nacional de Inspectores de Leyes y Reglamentos de la Caja Costarricense de Seguro Social. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 235290.—Curridabat, 17 de octubre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080208).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cuatro Paticas Protección de Animales Callejeros, con domicilio en la provincia de San José, Desamparados, San Juan de Dios, veinticinco metros al este, cincuenta al norte y trescientos al oeste de la Iglesia Católica. Cuyos fines primordiales son: Protección y bienestar de los animales en general. Albergar animales, que se encuentran en situaciones de riesgo, con el fin de rehabilitarlos y posteriormente darlos responsablemente en adopción. Su presidenta: Dora Maibeth Madrigal Valverde es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones que establece el estatuto. El vicepresidente sustituirá a la presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas N° 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; Tomo: 2013, asiento: 269200, sin adicionales.—Curridabat, 29 de octubre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080210).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva de Ciclismo Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el deporte en general, especialmente el ciclismo, en todas sus modalidades (ruta, montaña, recreativo urbano u otra modalidad, duatlón y triatlón, corresponde la representación judicial y extrajudicial y con las limitaciones establecidas en el estatuto al presidente: Marvin Francisco Céspedes Rojas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 284833).—Curridabat, 25 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080226).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Pequeños Productores Agropecuarios de Santa Fe de Guatuso, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: impulsar proyectos agrícolas y pecuarios de desarrollo productivo que sean factibles a través del tiempo y que permitan a los asociados a mejorar su nivel socio económico. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Vanessa María Villalobos Lobo. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 299424).—Curridabat, 20 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080254).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Mixta Agroindustrial del Asentamiento El Jardín de Bataan, con domicilio en la provincia de Limón; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Impulsar proyectos agroindustriales de desarrollo productivo que sean factibles a través del tiempo, y que permitan a los asociados mejorar su nivel socioeconómico. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Gabriel Chaves Jiménez. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 276957).—Curridabat, 29 de octubre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080256).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vivienda Padre Presbiterio Benjamín Núñez, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Administrar y organizar el proyecto de Vivienda Asentamiento Benjamín Núñez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Amalia Virginia Bermúdez Zúñiga. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 283982).—Curridabat, 21 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080276).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Federación Cheer And Dance (Federación de Porrismo y Baile), con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: velar por la promoción, difusión y masificación, organización, administración y vigilancia del deporte del porrismo en cualquiera de sus modalidades en el territorio de la República de Costa Rica. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Juan Carlos Araya Arce. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 285335).—Curridabat, 20 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080279).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Residencial La Geroma Tres de Rohrmoser, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Gestionar el mejoramiento social, económico, cultural, educativo, organizativo y productivo de sus miembros, corresponde la representación judicial y extrajudicial y con las limitaciones establecidas en el estatuto al presidente: Enrique Muñoz Vargas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley # 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asiento: 214929 y documento adicional tomo 2013 asiento 295016).—Curridabat, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080405).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula número 3-002-045450, denominación: Asociación Costarricense de Desarrollo. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas, Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013 asiento: 61863.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 40 minutos y 33 segundos, del 26 de agosto del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013080554).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Red de Ayuda y Esperanza, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: encaminar sus esfuerzos al mejor desarrollo y desenvolvimiento de la comunidad, mediante la adecuada atención de las personas menos favorecidas económicamente. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima con límite de suma a mil dólares estadounidenses al tipo de cambio de referencia vigente a la fecha que corresponda y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Jakqueline Hidalgo Ávila. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asientos: 190893 y 289280.—Curridabat, 11 de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080644).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva Promotora del Maxibaloncesto, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la práctica del deporte en general y del maxibaloncesto en especial por parte de sus asociados, sus familiares y sus comunidades. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Osvaldo Pandolfo Rímolo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asiento: 289324).—Curridabat, a los quince días del mes de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080791).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: número 3-002-560810, denominación: Asociación Costarricense de Profesores de Yoga. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 210823.—Dado en el Registro Nacional, a las siete horas trece minutos y veintiocho segundos del veinte de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080874).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de San Lorenzo, Siquirres, Limón, con domicilio en la provincia de Limón. Entre sus fines están: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Su presidenta y representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es: Margarita Araya Campos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 178424, adicional: 2013-206811.—Curridabat, a los veintiún días del mes de octubre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080884).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Calle Damas, La Palmera, San Carlos, Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emita el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: José Manuel Oses Delgado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 181216, adicional tomo: 2013, asiento: 255718.—Curridabat, a los siete días del mes de octubre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080988).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Renovación en la Fe Católica de Alajuelita, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines, entre otros serán los siguientes: velar por el mantenimiento y ornato de esos bienes. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Gerardo Casante Mora. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 00189565 y documento adicional tomo: 2013, asiento: 208817.—Curridabat, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013081043).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Federación Costarricense de Profesionales en Belleza, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover el desarrollo personal, profesional y económico de los y las personas que tienen su quehacer en actividades de esteticistas, maquilladores y masajistas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: José Antonio Quirós Gómez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 246660, adicionales tomo: 2013, asientos: 269741-288542.—Curridabat, al ser los ocho días del mes de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081084).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Salud de Tures, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Tener un medio organizativo, que respalde y promueva los servicios que beneficien la salud en el distrito de Tures. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Jorge Martín Chacón Oviedo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 291857).—Curridabat, 26 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2013081193).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva de Atletismo Adar, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines, entre otros serán los siguientes: Promover y desarrollar la disciplina del atletismo en cantón de San Ramón de Alajuela, cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Evaristo de Jesús Sánchez Vargas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2013, asiento 247988 y documento adicional 2013-280504).—Curridabat, 12 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2013081378).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Federación de Squash, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el deporte del Squash en todas sus modalidades y categorías, en ambos géneros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Juan José Aguilar López. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 285328).—Curridabat, 2 de diciembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2013081379).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Turrialbeña de Ciclismo y Deportes Afines, con domicilio en la provincia de Cartago, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y fomentar todo lo relacionado con el deporte del ciclismo en ambos géneros y en todas sus categorías y divisiones, de acuerdo con sus propios estatutos y reglamentos. Corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto al presidente Carlos Salazar Solórzano. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 307941).—Curridabat, 29 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2013081380).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Wak Rugby Club Asociación Deportiva, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Agrupar a las personas para la práctica y el desarrollo del Rugby como deporte y recreación. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Eugenio Masís Morales. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2013, asiento 290911).—Curridabat, 2 de diciembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2013081382).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Motociclistas Cartagineses, con domicilio en la provincia de Cartago, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: reunir un grupo de personas que tengan como fin la recreación utilizando como medio de transporte una motocicleta, corresponde la representación judicial y extrajudicial y con las limitaciones establecidas en el estatuto al presidente: José Fernando Peña Rosello. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 Asiento: 296131).—Curridabat, 27 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081502).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Edificando con Amor, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Llevar el mensaje de salvación de nuestro Señor Jesucristo a todas las personas tal y como él lo establece en su palabra. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Gisenia Molina Chacón. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, Asiento: 283444).—Curridabat, 29 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081527).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula número 3-002-287002, denominación Asociación Cámara de Agricultores de Tierra Blanca de Cartago. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2013, Asiento: 284785.—Curridabat, 28 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081569).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Bien Social El Señor es mi Provedor de Tuis Turrialba, con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Ofrecer atención integral a las personas con capacidad especial, así como capacitación, formación en valores y principios, de los miembros que la conforman. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Aracelly Pereira Montenegro. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, Asientos: 282309 y 309366.—Curridabat, 29 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081577).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Ayuda Servicio de Cirugía Reconstructiva Hospital México, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Contribuir a la salud de los costarricenses mejorando los servicios de cirugía que brinda el Hospital México. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo con límite a la suma de seis millones quinientos mil colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Pastor Pacheco. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, Asiento: 55866 adicional Tomo: 2013, Asiento: 105000).—Curridabat, 8 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081578).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HACE SABER:

Que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Lucía Yalile Barrantes Meléndez, cédula de identidad número 2-0644-0500, carné de abogada número 21018 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quiénes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente. 13-003307-0624-NO.—San José, 26 de noviembre del 2013.—Lic. Tattiana Rojas S., Abogada, Coordinación de Gestión y Fiscalización Notarial.—1 vez.—(IN2013080240).

Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para delegatario del ejercicio de la función pública estatal del notariado, por parte de Jairo Francisco Monge Argüello, con cédula de identidad número 1-0879-0851, carné de Abogado número 20491. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N° 13-003325-0624-NO.—San José, 29 de noviembre del 2013.—Coordinación de Gestión y Fiscalización Notarial.—Lic. Anaida Cambronero Anchía, Abogada de Gestión Notarial.—1 vez.—(IN2013080280).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función pública notarial por Steven González Agüero, con cédula de identidad número 1-1155-0281, carné de Abogado número 20849. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N° 13-003278-0624-NO.—San José, 28 de noviembre del 2013.—Área Gestión Notarial.—Lic. Anaida Cambronera Anchía, Abogada.—1 vez.—(IN2013080353).

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Mariana Paniagua Artavia, cédula de identidad número 4-0175-0732, carné de abogada número 19273 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quiénes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente N° 13-003188-0624-NO.—San José, 24 de octubre del 2013.—Lic. Tattiana Rojas S. Abogada, Área de Gestión y Trámite Notarial.—1 vez.—(IN2013081099).

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Yolanda Janeth Ruiz Castillo, cédula de identidad de residencia 121800013821, carné profesional N° 20744. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Exp. N° 13-003300-0624-NO).—San José, 25 de noviembre del 2013.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado, Área de Gestión y Trámite Notarial.—1 vez.—(IN2013081333).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente N° 22516-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas diecisiete minutos del treinta de agosto del dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas ante este Registro Civil, por Jorge Arturo Ángel Moreno Obregón, casado, cédula de identidad número uno-quinientos cuarenta y ocho-ochocientos ochenta y dos, vecino de Villa Esperanza, Pavas, San José, tendentes a la rectificación de su asiento de nacimiento… en el sentido que la fecha de nacimiento… es “seis de setiembre de mil novecientos cincuenta y dos”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2013080914).

PUBLICACION DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ivania Lizette García, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3318-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas seis minutos del dieciocho de setiembre de dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 19776-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Hugo Steven Mairena García...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Ivania Lizette”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1vez.—(IN2013080178).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yeymi Raquel Amador Umaña, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3638-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta y cinco minutos del veintiocho de octubre de dos mil trece. Expediente N° 50830-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Bruce Wilson Parrilla Amador, en el sentido que el nombre del padre y el nombre de la madre... son “Sergio Juan” y “Yeymi Raquel” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080179).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Zaida del Socorro Silva, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3781-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del once de noviembre de dos mil trece. Expediente N° 20160-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Josué David Balmaceda Silva y el asiento de nacimiento de Isaías Daniel Balmaceda Silva, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Zaida del Socorro Silva, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080200).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jazmina del Socorro Leiva Mendoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3524-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 34885-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Steven Josué Leiva Jarquín ...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... consecuentemente el segundo apellido del mismo son “Jazmina del Socorro”, “Mendoza” y “Mendoza”, respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080216).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Meivelyn Vargas Romero, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 122-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas quince minutos del diez de enero de dos mil trece. Expediente N° 40356-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Johnn Odir Vargas Romero, en el sentido que el nombre y la nacionalidad de la madre... son “Meivelyn” y “nicaragüense” respectivamente, el asiento de nacimiento de Yailyn Astrid Vargas Romero, en el sentido que la nacionalidad de la madre... es “nicaragüense” y el asiento de nacimiento de Eithel Smailyn Vargas Romero, en el sentido que el nombre y la nacionalidad de la madre... son “Meivelyn” y “nicaragüense” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080230).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Elemy Carranza Orias, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3337-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas dos minutos del veinte de setiembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 26813-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jimena Paola González Valverde, en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Carranza”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080235).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Nohelia Andrea Alvarado Ruiz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2679-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta y dos minutos del quince de julio del dos mil trece. Expediente N° 44646-2012. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de María Fernanda Zamora Alvarado... en el sentido que nombre de la madre... es “Nohelia Andrea”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080326).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Hermes Mora Salazar, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3814-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas treinta y siete minutos del doce de noviembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 32902-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Layna Nicole Huertas Hernández, en el sentido que los apellidos del padre... son “Mora Salazar”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080338).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Isaac Del Río Bolaños, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3742-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta y dos minutos del seis de noviembre del dos mil trece. Expediente N° 23804-2013. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:.. II.—Sobre el Fondo:.. por tanto: rectifíquense: el asiento de nacimiento de Wayner Isaac Del Río Bolaños... en el sentido que el nombre... es “Warner Isaac”; y el asiento de matrimonio de Wayner Isaac Del Río Bolaños, conocido como Warner Del Río Bolaños con Karen Elizabeth Mc Nerney no indica... en el sentido que el nombre del cónyuge es “Warner Isaac”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080339).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Erika del Carmen Mayorquín Zamora, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3485-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas seis minutos del once de octubre de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 16770-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Abigaíl Paizano Mayorquín, en el sentido que el nombre de la madre... es “Erika del Carmen”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080479).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marling del Socorro Navarro Hurtado, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1507-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dieciocho minutos del veintinueve de abril de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 48013-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yulika García Hurtado, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Marling del Socorro Navarro Hurtado” y el asiento de nacimiento de Rosa Valentina Mairena Navarro, en el sentido que el nombre de la madre... es “Marling del Socorro”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080482).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yahoska Esther Vanegas Cortez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1817-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del veintiuno de mayo del dos mil trece. Exp. N° 47721-2012. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo..; Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Starlyn Noé Vargas Venegas... y el de Sofía Alejandra Vargas Venegas... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “”Yahoska Esther Vanegas Cortez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080634).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Gloria Estela Rocha Mendoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2702-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil trece. Exp. N° 28768-2012. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Miguel Ángel Navarro Vargas con Gloia Estela Rocha Mendoza,... en el sentido que el primer nombre de la cónyuge, el nombre del padre y el apellido de la madre de la misma son “Gloria”, “Donal” y “Mendoza no indica segundo apellido” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes, Jefe.—1 vez.—(IN2013080667).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Martha del Rosario Gutiérrez, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3811-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas treinta y dos minutos del doce de noviembre de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 32101-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jennifer López Gutiérrez...; en el sentido que el apellido de la madre... es “Gutiérrez, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080697).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Guiselle Brenes Olivares, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3052-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del veintitrés de agosto del dos mil trece. Exp. N° 21393-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Alfonso Ballestero Picado con Guiselle Mayela Brenes Salas... en el sentido que el primer apellido de la madre de la cónyuge, consecuentemente el segundo apellido y el número de la cédula de identidad de la misma son “Olivares” y “tres-doscientos sesenta y cinco-doscientos setenta y siete” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080718).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Gilbert Cabalceta Morales, debidamente ratificadas por Gilbert Tomás Morales Cruz, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3123-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del dos de setiembre del dos mil trece. Exp. N° 2903-2013. Resultando: 1º—... 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gilbert Tomás Morales Cruz... en el sentido que los apellidos del padre... son “Cabalceta Morales”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas. Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080761).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Rosa García Morales, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2216-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del once de junio de dos mil trece. Exp. N° 8837-2013. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Efraín de Jesús Ortega García..., en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Rosa María” y “Morales”, respectivamente”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080768).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Cándida Patricia Donaires Rivas ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3809-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas quince minutos del veintidós de noviembre de dos mil trece. Ocurso Exp. N° 54826-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Keilor Greivin Calderón Donaires..., en el sentido que el nombre de la madre del mismo es “Cándida Patricia”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080787).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Lisbeth del Socorro Carranza Sánchez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3660-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas quince minutos del treinta de octubre del dos mil trece. Exp. N° 17782-2013. Resultando 1º—..., 2...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Kevin Stwar Ramírez Carranza..., en el sentido que el nombre de la madre... es “Lisbeth del Socorro”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080816).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Auxiliadora Valladares Valenzuela, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3226-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del once de setiembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 32134-2013. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: rectifíquese el asiento de defunción de Francisco Reyes Guerrero, en el sentido que el nombre de la persona ahí inscrita así como el apellido del padre y el nombre de la madre del mismo son “Francisco Javier”, “Reyes, no indica segundo apellido”, y “Martha Rafaela” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080830).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Umberto Bacchieri Cortessi, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3632-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta y seis minutos del veintiocho de octubre del dos mil trece. Expediente N° 46885-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: rectifíquense el asiento de nacimiento de Valentino Bacchieri Di Mare… y el asiento de nacimiento de Lucía Bacchieri Quesada… en el sentido que el apellido del padre… es “Bacchieri Cortesi, no indica segundo apellido”, y consecuentemente, el primer apellido de las mismas es “Bacchieri Cortesi”. Asimismo, rectifíquese el asiento de matrimonio de Umberto Bacchieri Cortesi con Ana Marcela Quesada Chavarría… en el sentido que el apellido del cónyuge es “Bacchieri Cortesi, no indica segundo apellido, hijo de Giovanni Bacchieri Cortesi, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080863).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Wendy Scott Gómez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3151-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del cuatro de setiembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 28130-2013. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Wande Rosalina Scott Gómez…; en el sentido que el primer nombre… es “Wendy”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080920).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Josefa Badilla Arias, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3338-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas tres minutos del veinte de setiembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 35198-2013. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Juan Carlos Zamora Núñez, en el sentido que los apellidos de la madre… son “Badilla Arias”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080944).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lena Montiel Medina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2331-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas siete minutos del dieciocho de noviembre del dos mil ocho. Expediente N° 28864-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Danicza Medina Matarrita… y el de Luis Adrián Hernández Medina…, en el sentido que los apellidos de la madre… son “Montiel Medina”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2013080955).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mara Deimis Rugama Martínez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 027-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del cuatro de enero del dos mil trece. Expediente N° 37061-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kemelyn Vanessa Gutiérrez Martínez… en el sentido que los apellidos de la madre… son “Rugama Martínez”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080958).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Orfilia del Carmen Monzón Flores, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 0896-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del primero de junio del dos mil cinco. Expediente N° 38039-04. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Brandon Steven Salazar Monzón, que lleva el número… en el sentido que el segundo nombre de la madre… es “del Carmen”. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2013080959).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Randall Sánchez González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1691-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta y ocho minutos del veintiuno de octubre del dos mil nueve. Expediente N° 24958-09. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Santiago González Ramírez…, en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Sánchez González”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013081041).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Gisselle Nayezda Ossa Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2789-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta y cinco minutos del veintidós de julio del dos mil trece. Expediente N° 793-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Alejandro David Jiménez Jiménez… en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre… son “Gisselle Nayezda Ossa Jiménez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081062).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lili Castilla Quirós, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3773-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 51137-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Nimia Lili Castilla Quirós, en el sentido que el primer nombre y el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Juana” y “Quiroz” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081069).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Gleysi del Carmen Dávila López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3725-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta y siete minutos del cinco de noviembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 297-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Triana Alondra López Dávila, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre… son “Gleysi del Carmen Dávila López”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081098).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Juana Bautista Lagos Moreno, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3797-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas tres minutos del doce de noviembre de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 32271-2013. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Óscar Danilo Miranda Lago...; en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre... son “Juana Bautista” y “Lagos” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081134).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Flor de María Vargas, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3397-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta y siete minutos del primero de octubre de dos mil trece. Ocurso. Exp N°. 15844-2013. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Víctor Andrés Vargas Vega, en el sentido que el apellido de la madre... es “Vargas, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081206).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Sayra Patricia García Martínez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3571-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas treinta y siete minutos del veintiuno de octubre de dos mil trece. Exp. N°  33649-2013. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Carlos Rosento Castrillo Lazo con Sayra Patricia García Martínez... en el sentido que el segundo nombre del cónyuge es “Rosendo”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081285).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Auxiliadora Sandino, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3540-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del diecisiete de octubre del dos mil trece. Ocurso. Exp N° 52480-2012. Resultando: 1º—..., 2º—…. Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Jennifer Blanco Sandino...; en el sentido que el apellido de la madre... es “Sandino, no indica segundo apellido.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081301).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por William Campos Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3570-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas ocho minutos del veintiuno de octubre de dos mil trece. Exp. N° 14035-2013. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: único... por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de William Gerardo Campos Rojas... en el sentido que el año de nacimiento... es “mil novecientos cuarenta y ocho”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081405).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maribel Moreno Marín, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2103-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del cinco de junio de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 9049-2013. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Bayron Irán Jiménez Marín, en el sentido que los apellidos, la nacionalidad y el número de cédula de identidad de la madre... son “Moreno Marín”, “costarricense” y “siete-doscientos ochenta y seis-doscientos cuarenta y uno” respectivamente y el asiento de nacimiento de Diego Marín Marín, en el sentido que los apellidos de la madre... son “Moreno Marín” .—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081452).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Karen Siesar Regidor, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 410-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 42572-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de April Francini Gutiérrez Williams...; en el sentido que los apellidos de la madre... son “Siesar Regidor”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081455).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marcos Antonio Solano Arroyo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3307-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 30440-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Marcos Antonio Solano Arroyo...; en el sentido que el primer nombre... es “Marco”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081475).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dominga Patricia Duarte Requenez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 4706-2012. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cuarenta y cuatro minutos del veinte de diciembre del dos mil doce. Exp. Nº 27713-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jeferson Antonio Laynes Duarte y el de José Pablo Laynes Duarte..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Dominga Patricia Duarte Requenez” y no como se consignaron, así mismo, el nacimiento de Yohanson José Laynes Duarte... en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Requenez” y no como se consignó.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081507).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Mery del Carmen Rodríguez Monge, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3208-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cuatro minutos del diez de setiembre de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 30288-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jefry Moreno Rodríguez...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Merys del Carmen”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081561).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luisa Elina Umanzor De García, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3274-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las quince horas treinta y siete minutos del trece de setiembre de dos mil trece. Exp. Nº 23851-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Mauricio Orlando García Guzmán con Luisa Elina Umanzor Rubio, en el sentido que el apellido de la cónyuge es “Umanzor, no indica segundo apellido, hija de Rosa Lucila Umanzor, no indica segundo apellido”, el asiento de nacimiento de Mónica Andrea García Umanzor y el asiento de nacimiento de Tatiana Pamela García Umanzor, en el sentido que el apellido de la madre... es “Umanzor, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081597).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Evelyn Karina Zúñiga Zúñiga, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0491-10. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas quince minutos del trece de abril del dos mil diez. Exp. N° 43662-09. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—..; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el Fondo…; por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Dylan Felipe Rivera Calderón... en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Zúñiga”.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013081610).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2014

La Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha el Plan Anual de Adquisiciones del Instituto Costarricense Sobre Drogas, correspondiente a los siguientes programas presupuestarios: Administración y Dirección, Reducción de la Oferta; Control de la Demanda se encuentran a su disposición en la dirección electrónica: www.hacienda.go.cr. en el link de Comprared.

Lic. Guido Sandoval Carrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 28-1-13.—Solicitud Nº 2111.—C-9690.—(IN2013085093).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE APROVISIONAMIENTO

PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO III-2013 (MILES DE COLONES)

De conformidad con el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y 7° del Reglamento.

Objeto de gasto

Partida

Programa 1

Administración

Programa 2

Docencia

Total

aplicaciones

 

 

 

 

 

1.0.0.0

Servicios

4.000,00

0,00

4.000,00

 

 

 

 

 

1.5.0.0

Gastos de viaje y de transporte

4.000,00

0,00

4.000,00

1.5.3.0

Transporte en el exterior

4.000,00

0,00

4.000,00

 

 

 

 

 

5.0.0.0

Bienes duraderos

2.500,00

0,00

2.500,00

 

 

 

 

 

5.1.0.0

Maquinaria, equipo y mobiliario

2.500,00

0,00

2.500,00

5.1.5.0

Equipo y programas de cómputo

2.500,00

0,00

2.500,00

 

 

 

 

 

6.0.0.0

Transferencias corrientes

150.000,00

0,00

150.000,00

 

 

 

 

 

6.2.0.0

Transferencias corrientes a personas

150.000,00

0,00

150.000,00

6.2.1.0

Becas a funcionarios

150.000,00

0,00

150.000,00

6.2.1.1

Pregrado, grado y postgrado

150.000,00

0,00

150.000,00

 

 

 

 

 

9.0.0.0

Cuentas especiales

0,00

25.013.000,00

25.013.000,00

9.1.0.0

Sumas sin asignación presupuestaria

0,00

25.013.000,00

25.013.000,00

9.1.2.0

Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria

0,00

25.013.000,00

25.013.000,00

 

 

 

 

 

 

Total aplicaciones

156.500,00

25.013.000,00

25.169.500,00

 

Departamento de Aprovisionamiento.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1 vez.—O. C. N° 20131203.—Solicitud N° 6236.—(IN2013085253).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000094-PROV

Contratación de servicios de asesoría profesional

en materia de inversiones para el Fondo de Jubilaciones

y Pensiones del  Poder Judicial

Fecha y hora de apertura: 08 de enero de 2014, a las 10:00 horas

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación.  Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm o solicitarlo al correo electrónico kpiedra@poder-judicial.go.cr.

San José, 13 de diciembre de 2013.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2013084964).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000001-BCCR

Contratación del servicio de diseño e implementación

gradual de un modelo de evaluación 360°, considerando

el ciclo de la planeación estratégica, mediante una

herramienta informática en la Nube

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 24 de enero del 2014, según reloj marcador de la Proveeduría, para la “Contratación del servicio de diseño e implementación gradual de un modelo de evaluación 360°, considerando el ciclo de la planeación estratégica, mediante una herramienta informática en la Nube”.

Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenida central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 09:15 a. m. a 04:00 p. m.

El cartel estará disponible en forma gratuita, en la siguiente dirección electrónica a partir del día hábil siguiente a la fecha de su publicación: http://www.bccr.fi.cr/contrataciones/

Quienes deseen participar y que adquieran el cartel por este medio deberán consignar la información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas y/o avisos que se puedan generar en el concurso.

San José, 16 de diciembre del 2013.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—O. C. N° 2013013271.—Solicitud N° 6531.—(IN2013085245).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000066-01

Adquisición por demanda de hasta 50 impresoras

de inyección de tinta a color y hasta 160

impresoras láser monocromáticas

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del 16 de enero del 2014, para la licitación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.

El cartel de la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 09:00 a. m. a 03:00 p. m.

Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Licitaciones.—1 vez.—O. C. N° 62703.—Solicitud N° 6246.—(IN2013085099).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL

CONCURSO N° 2013LN-000008-3110

Esterilizadores de propósito general (Autoclaves)

Se informa a todos los interesados que el cartel está disponible en la Dirección de Equipamiento Institucional, Subárea Gestión Administrativa y Logística en la siguiente dirección: Cantón San José, distrito El Carmen, calle 3, avenidas central y 1° edificio Jiménez, piso 3, altos de Panadería Trigo Miel, se entregará en formato digital con la presentación de un DVD o en la página Web http:www.ccss.sa.cr.

Fecha de apertura: 8 de abril del 2014.

Lugar: Dirección Equipamiento Institucional, Subárea de Gestión Administrativa y Logística.

Hora: 10:00 horas.

San José, 16 de diciembre del 2013.—Lic. Jorge Hidalgo Moraga, Subárea Administrativa y Logística.—1 vez.—(IN2013084998).

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA

Y URBANISMO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000012-01

Contratación de servicios de pintura externa

e interna de los edificios del INVU

El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, avisa a todos los interesados en participar en la Licitación Abreviada 2013LA-000012-01 “Contratación de servicios de pintura externa e interna de los edificios del INVU”, que recibirá ofertas hasta las once horas (11:00 a. m.) del día 14 de enero del 2014.

Los interesados deberán asistir a la visita técnica, programada para el día 8 de enero del 2014 a las 8:00 horas. Lugar de reunión: Oficina de Proveeduría.

El pliego de condiciones está a la disposición de los interesados en el tercer piso edifico Jutsini oficinas centrales INVU, Proceso de Proveeduría, previo el pago de ¢2.000,00 (dos mil colones).

San José, 16 de diciembre del 2013.—Lic. Antonio Contreras Hidalgo, Proceso de Proveeduría.—1 vez.—(IN2013084948).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000056-02

Implementación del módulo SAP en las áreas

de mantenimiento

La Dirección de Suministros de RECOPE, invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2013LA-000056-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 23 de enero del 2014.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, accesar el mismo a través de la página web de RECOPE: www.recope.com, donde estará disponible.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web: www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Departamento Contrataciones, Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 2013000220.—Solicitud N° 6472.—(IN2013085142).

ADJUDICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA

Y LA PROMOCIÓN DE LA INCLUSIÓN SOCIAL

CONVENIO DE PRÉSTAMO 2526/OC-CR

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2013PP-000056-0002

(PPIS-120-LPN-O-2013)

Construcción del Centro Cívico por la Paz

en Aguas Zarcas, San Carlos

Se avisa a los interesados que el Programa para la Prevención de la Violencia y la Promoción de la Inclusión Social, por recomendación de adjudicación del 26 de noviembre de 2013, para la Licitación Pública Nacional Nº 2013PP-000056-0002 (PPIS-120-LPN-O-2013), se adjudica de la siguiente manera:

Línea única:

Edificadora Beta S. A., cédula jurídica Nº 3-101-088201, por un monto total de ¢1.462.091.478,55 (Mil cuatrocientos sesenta y dos millones noventa y un mil cuatrocientos setenta y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos).

Plazo de entrega: cinco meses.

Garantía de cumplimiento: el 10% del monto total adjudicado.

Forma de pago: usual de la Institución especificado en el Cartel.

San José, 11 de diciembre del 2013.—Lic. Fernando Villanea Bulgarelli, Unidad de Adquisiciones UEP.—1 vez.—(IN2013085256).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 112-13 del 4 de diciembre de 2013, artículo VI, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000058-PROV

Compra de sistema integrado de comunicación

A: Tecnologística de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-182125 por un monto total de $142.472,98.

Demás características y condiciones según el cartel.

San José, 12 de diciembre de 2013.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2013084997).

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 113-13 del 10 de diciembre de 2013, artículo VIII, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000048-PROV

Contratación de servicios de alimentación para los privados de libertad que deben permanecer en las celdas del

I Circuito Judicial de San José

A: Ana Nancy Chinchilla Valverde, cédula de identidad 1-725-055 según los siguientes precios unitarios:

Desayuno ¢1114,50, almuerzo ¢1981,00 y cena ¢1981,00

Demás características y condiciones según el cartel.

San José, 13 de diciembre de 2013.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2013085017).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

PROVEEDURÍA Y LICITACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2013LN-000002-01

Contratación de un servicio de transporte

de valores para las oficinas del Banco

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, le comunica a los interesados de este evento que la adjudicación del mismo, ha recaído sobre la empresa: Grupo Proval S. A. El precio adjudicado por el servicio podrá ser verificado en el expediente respectivo, siendo el presupuesto anual estimado de ¢230.000.000,00 (doscientos treinta millones de colones exactos).

Carmen María González Brenes, Ejecutiva Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2013085107).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000036-2104

Por la adquisición de kit de medias

neumáticas antitrombóticas

Empresa adjudicada: Yire Médica H.P. S. A.

San José, 10 de diciembre del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013085057).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000064-2104

Por la adquisición de toallas para

limpieza y bolsas plásticas

Empresa adjudicada: Caisa Inc. de Costa Rica S. A.

San José, 10 de diciembre del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013085060).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000071-2104

Por la adquisición de sonda nasoyeyunal

de poliuretano, calibre 12 fr.

Empresa adjudicada: Nutricare S. A.

San José, 10 de diciembre del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013085062).

DIRECCIÓN DE SERVICOS INSTITUCIONALES

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000001-1161

Contratación de servicios de limpieza y aseo en el

Edificio Jenaro Valverde Marín

La Dirección Servicios Institucionales de la Caja Costarricense de Seguro Social al ser las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil trece, adjudicó el ítem único a favor de la empresa Multinegocios Internacionales América S. A., la Licitación Pública 2013LN-000001-1161 correspondiente a Contratación de servicios de limpieza y aseo en el edificio Jenaro Valverde Marín, por un monto total de ¢109.052.568,76 (ciento nueve millones cincuenta y dos mil quinientos sesenta y ocho colones con 76/100).

Todo de conformidad con las condiciones exigidas en el respectivo cartel de licitación y ofrecidas por la firma adjudicataria.

Dirección de Servicios Institucionales.—Lic. Aristides Guerrero Rodríguez, Director.—1 vez.—(IN2013085136).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

ÁREA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 9036 de Transformación IDA-INDER, artículo 30, inciso f) y según oficio GG-701-2013 del 13 de diciembre de 2013, se acuerda declarar desiertos los siguientes concursos:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000023-01 “Compra de semillas de frijol e insumos para los asentamientos administrados por la Oficina Subregional de Guatuso del INDER”, por acoger en todos sus extremos el recurso de revocatoria presentado por la empresa AgroLogos S. A., por quedar las ofertas desestimadas y no existir más tiempo para realizar un nuevo proceso de licitación de acuerdo con los tiempos establecidos en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000026-01 “Compra de semillas de frijol e insumos para los asentamientos administrados por la Oficina Subregional de Santa Rosa del INDER”, por razones de protección al interés público.

Lic. Karen Valverde Soto.—1 vez.—(IN2013084928).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LN-000005-01

Compra de vehículos automotores

A los interesados en la Licitación indicada, se les comunica que el día 13 de diciembre del 2013, en La Gaceta N° 241 se publicó la adjudicación que debe leerse: por resolución de la Junta Directiva, tomada en sesión extraordinaria 2073-2013, Acuerdo 4049-2013, celebrada el 10 de diciembre del 2013, dispuso:

“Se aprueba la adjudicación de la Licitación Abreviada 2013LA-000005-01 para la “Compra de vehículos automotores”, de la siguiente forma: Línea 1, Línea 2 y Línea 5 a la empresa Agencia Datsun S. A. quien obtuvo la mayor calificación, por un monto de $115.440,00 (ciento quince mil cuatrocientos cuarenta dólares). Línea 3 y Línea 4 a la empresa Purdy Motor S. A., por un monto de $118.000,00 (ciento dieciocho mil dólares exactos).

Esto de conformidad con lo presentado por las Gerencias de Operaciones y Administrativa y de acuerdo con lo expuesto en el Oficio PROV N° 0200-2013. Aprobado por unanimidad. En firme.

San José, 13 de diciembre del 2013.—Departamento de Proveeduría.—Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—O. C. Nº 11549.—Solicitud Nº 6452.—(IN2013084970).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

COMPRA DIRECTA N° 2013CD-000201-01

Construcción y equipamiento de edificaciones

para la Red de Cuido

La Municipalidad de Escazú comunica que el señor Alcalde, el Bach. Arnoldo Barahona Cortés, mediante acto de adjudicación del 10 de diciembre del dos mil trece, adjudica la Compra Directa N° 2013CD-000201-01 “Construcción y equipamiento de edificaciones para la Red de Cuido” a la persona Constructora y Consultora Gutiérrez y Asociados, cédula jurídica Nº 3-101-267099, por un total de ¢168.459.446,00.

Se declaran desiertos los renglones 42, 52, 69 y 80 por falta de contenido presupuestario, según oficios MDH-647-2013 y MDH-658-2013 emitidos por la Directora del Macroproceso de Desarrollo Humano, la MSc. Maritza Rojas Poveda, visto en folios 924 al 926 del expediente.

Se adjudica menos cantidad de los renglones 47, 50 y 78 y mayor cantidad de los renglones 93, 94, 95 y 97, según oficios MDH-647-2013 y MDH-658-2013 emitidos por la Directora del Macroproceso de Desarrollo Humano, la MSc. Maritza Rojas Poveda, visto en folios 924 al 926 del expediente.

Queda excluida la oferta de la persona Desarrollos Urbanísticos Almada S. A., según dictamen DAJ-55-2013 emitido por la abogada Mde. Giselle Ullosa Sasso del Proceso de Asuntos Jurídicos, visto en folios 794 al 799 del expediente ya que la “vigencia de la garantía de participación cubre menos de 20 días hábiles, de tal suerte, que no alcanza los 30 días hábiles adicionales, según el ítem 14.1. Por lo cual no procede la subsanación y debe excluirse de su análisis, en resguardo del ordinal 81 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.”

Queda excluida la oferta de la persona Torres e Ingenieros S. A., según dictamen DAJ-55-2013 emitido por la abogada Mde. Giselle Ullosa Sasso del Proceso de Asuntos Jurídicos, visto en folios 794 al 799 del expediente ya que la “vigencia de la garantía de participación cubre menos de 20 días hábiles, de tal suerte, que no alcanza los 30 días hábiles adicionales, según el ítem 14.1. Por lo cual no procede la subsanación y debe excluirse de su análisis, en resguardo del ordinal 81 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.”

Queda excluida la oferta de la persona Grupo Inmobiliario Azotea S. A., según dictamen DAJ-55-2013 emitido por la abogada Mde. Giselle Ullosa Sasso del Proceso de Asuntos Jurídicos, visto en folios 794 al 799 del expediente “no se realizó análisis legal por cuanto la oferente omitió presentar la garantía de participación. Partiendo de lo anterior, recomienda esta asesoría jurídica la exclusión de la oferta de mérito. Aunado a lo anterior y sin mayor abundamiento, no se presentaron los estados financieros, a tenor del ítem 15 del pliego de condiciones.”

Esta oferta queda excluida también mediante oficio MDH-562-2013 emitido por la Directora del Macroproceso de Desarrollo Humano, la MSc. Maritza Rojas Poveda, visto en folios 806 al 807 del expediente dado que “es muy alta y la cotización, y no brinda especificaciones de los productos a entregar”.

Queda excluida la oferta de la persona Constructora Contek S. A., según oficio PIO-765-13 emitido por los ingenieros Cristhiand Montero Barrantes y Roberto Fernández Brook, Jefatura y Asistente del Proceso de Infraestructura y Obras, visto en folios 920 a 922 del expediente dado que “modificaron la oferta inicial que era de ¢139.354.200,00 para los renglones de la parte de construcción, al monto de ¢139.354.280,00 al presentar la nueva tabla de pagos ya ajustada a los renglones del cartel de licitación.”

Se advierte que de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, este acto se puede recurrir dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su comunicación o su debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicho recurso se puede interponer ante el Alcalde que es el órgano competente para resolverlo.

Proceso de Proveeduría.—Lic. Cira Castro Myrie, Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 33692.—Solicitud N° 6457.—(IN2013084975).

REMATES

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

REMATE N° 2013-9-0002

Venta de propiedad ubicada en Limón

La Dirección de Suministros de RECOPE, invita a participar en el Remate N° 2013-9-0002, cuya fecha de celebración se fijó para el día 16 de enero del 2014, a las 10:00 horas, en dicha propiedad.

La finca está inscrita en el Registro Nacional de la Propiedad, partido Limón, bajo el Sistema de Folio Real con matrícula N° 47-14871-000, plano catastrado N° L-999511-2005.

Área según plano catastrado: 1049.16 m2.

Valor de la propiedad: ¢58.457.700,00

Los interesados en esta propiedad pueden presentarse el día 9 de enero del 2014, de las 09:00 a las 11:00 horas, donde personal de RECOPE le mostrará la propiedad, para que puedan observar las características y condiciones de la misma.

El cartel respectivo puede retirarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, accesar el mismo a través de la página web de RECOPE: www.recope.com, donde estará disponible.

Departamento Contrataciones, Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 2013000220.—Solicitud N° 6477.—(IN2013085129).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA

La Municipalidad del Cantón Valverde Vega, comunica que mediante el artículo VI, inciso g), de la sesión ordinaria Nº 186, celebrada el día 10 de diciembre del 2013, se aprobó por unanimidad:

De conformidad con el artículo 50 de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 101 y 102 de su reglamento, el Concejo Municipal de Valverde Vega por unanimidad acuerda: convocar a los interesados a participar en el remate del derecho de arrendamiento de un local en el Centro Comercial Municipal con un área de veinticinco metros cuadrados, destinados a comercio. El precio base del local es de ¢99.750,00 (noventa y nueve mil setecientos cincuenta colones con 00/100). El remate se realizará en la sala de sesiones del edificio municipal, el día 31 de enero de 2014, a las 10:00 horas. Los interesados tendrán la oportunidad de examinar el local objeto del remate, en el lugar señalado, previa cita con el Alcalde o con quien este designe, dentro del plazo de tres días anteriores a la realización del remate, en horario de 8 a 11 am. El adjudicatario del derecho deberá entregar a la administración una garantía de cumplimiento equivalente al 10% del valor del derecho adjudicado y dispondrá de tres hábiles para cancelar la diferencia. De no cancelar la totalidad en el plazo establecido, se adjudicará el derecho al segundo mejor postor. El valor de la adjudicación no podrá en ningún caso ser inferior al precio base establecido mediante avalúo. Para dirigir el procedimiento del remate y presidir la diligencia, se designa al funcionario Marco Antonio Zamora Soto, asistido por un secretario y un pregonero, para lo cual se designa a los funcionarios Daniela Muñoz Chaves y Albán Loría Porras, respectivamente.

Acuerdo definitivamente aprobado.

Daniela Muñoz Chaves, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2013085123).

REGISTRO DE PROVEEDORES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

AVISO A PROVEEDORES COMERCIALES

A partir del estudio realizado por esta Dirección de Proveeduría Institucional, se determinó que existen garantías sin retirar de procesos de contratación, del período enero del año 1999 hasta diciembre de 2010; por lo cual se solicita revisar listado que se visualiza en el siguiente link:

http://www.conavi.go.cr/Proveeduria/Garantias.html

Por lo cual los interesados deben tramitar mediante nota oficial, firmada por el representante legal en el caso de las sociedades y o persona física, dirigida a esta Dirección, incluyendo los siguientes datos:

a)  Nombre de la empresa o persona física y número de cédula jurídica o de identidad.

b) Número de comprobante de la garantía y número de contratación administrativa.

c)  Nombre y cédula de la persona autorizada para el retiro.

El presente trámite procede de conformidad con el Artículo 45 Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y se tienen sesenta días naturales, a partir de la fecha de esta publicación para realizar las gestiones pertinentes; vencido éste, se procederá según lo establecido en la ley 7202 “Ley del Sistema Nacional de Archivos y su reglamento” en lo que respecta a valoración, selección y eliminación.

Para obtener más información las consultas o aclaraciones se deben dirigir al Área de Registro y Control de Garantías de esta Dirección.

San José, 20 de setiembre del 2013.—Proveeduría Institucional, MSc. Yorleny Hernández Segura, Directora.—O. C. N° 2105.—Solicitud N° 0860.—C-51940.—(IN2013084623).          2 v. 1.

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

SUBÁREA REGISTRO INSTITUCIONAL DE PROVEEDORES

A todos los proveedores de la Caja Costarricense de Seguro Social, se les informa que en cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, referente a la inscripción y actualización del registro de proveedores Capítulo VIII, esta Administración:

A. Invita a todos los interesados en formar parte del Registro Institucional de Proveedores de la CCSS, que los requisitos se encuentran disponibles en la siguiente dirección: www.ccss.sa.cr - Catalogo de Trámites Institucionales-Gestión de Compra de Bienes y Servicios.

B. A los proveedores inscritos que se encuentren desactualizados; gestionar la actualización; para lo cual, los requerimientos se encuentran disponibles en la siguiente dirección: www.ccss.sa.cr - Catalogo de Trámites Institucionales-Gestión de Compra de Bienes y Servicios o nos pueden contactar al correo rp_ccss@ccss.sa.cr o los teléfonos 2539-1214, 2539-1242, 2539-1241; 2539-1240 de la Subárea Registro Institucional de Proveedores. Asimismo, el listado de los proveedores inactivos, se encuentra disponible en la siguiente dirección: www.ccss.sa.cr - Gerencia de Logística/ Normativa de Abastecimiento y Contratación Administrativa/ Registro de Proveedores.

C. A todos los proveedores que disponen de medicamentos precalificados; se les recuerda que deben mantener la inscripción como Proveedor Institucional actualizado, caso contrario se les trasladará a estado Inactivo los productos precalificados. Para este último punto, se otorga un mes natural que rige a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta para gestionar lo pertinente.

Área Planificación de Bienes y Servicios.—Ing. Cindy María Madrigal Jiménez, Jefa.—1 vez.—O. C. 1143.—Solicitud Nº 2485.—C-31320.—(IN2013080107).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

Invitación para integrar y actualizar

el Registro de Proveedores Institucional

Con el fin de ampliar y actualizar nuestro Registro de Proveedores y a la vez dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se extiende cordial invitación a aquellas personas físicas o jurídicas que deseen ser consideradas en futuras contrataciones a que se registren o actualicen su información a partir de enero del 2014.

Para tal efecto quienes deseen incorporarse deberán llenar el Formulario para la Inscripción, es gratuito, lo pueden descargar de la página web www.inder.go.cr o bien solicitarlo en el Área de Contratación y Suministros en oficinas centrales ubicadas 100 metros oeste, 100 metros sur y 250 metros oeste de la entrada principal del Centro Comercial Plaza Lincoln, también se encuentra a disposición en las Direcciones Regionales y Oficinas Subregionales ubicadas en todo el territorio nacional. Al formulario se debe adjuntar la información adicional que se indica en el mismo.

Para actualización de la información se aplicará lo dispuesto en el artículo 122 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el cual señala que la información presentada para el Registro de Proveedores tiene una vigencia de 24 meses (2 años) a partir de su inscripción si ya se encuentra inscrito puede llamar para verificar sus datos a los teléfonos 2247-7539  ó  al 2247-7545, en caso de modificación debe presentar nota firmada por el representante legal señalando los cambios respectivos, enviarla escaneada al correo jalpizac@inder.go.cr, mverguizas@inder.go.cr o al fax 2240-8584.

Lic. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2013084922).

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

GERENCIA DE LOGÍSTICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000024-05101

(Aviso N° 2)

Temozolamida 100 mg. cápsulas/Octreotida (como acetato)

20 mg de acción prolongada, polvo para suspensión

inyectable, frasco ampolla con diluente

adjunto/Temozolamida 20 mg, tableta

Se les informa a todos los interesados, en participar en el concurso antes mencionado; que se prorroga la fecha de apertura para el día 20 de enero del 2014 a las 10:00 horas. Por cuanto se ha presentado solicitud de aclaración al cartel.

Vea detalles y mayor información del concurso en la dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 16 de diciembre del 2013.—Lic. Shirley Solano Mora, Jefa de Subárea.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 63338.—C-13920.—(IN2013084966).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000020-05101

(Aviso N° 7  y  prórroga)

Contratación de profesionales en derecho para brindar

servicios de notariado externo en la Gerencia de Pensiones

A los oferentes interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que la fecha de apertura de ofertas se prorroga para el día miércoles 22 de enero del 2014 a las 11:00 horas, y a la vez comunicar que ya se encuentra disponible el nuevo cartel unificado en donde se atendieron las modificaciones expuestas en Resolución R-DCA-778-2013 de la Contraloría General de la República. Ver detalles en la plataforma electrónica Compr@Red en la dirección

https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?titutram=2120&tramiden=2013LN-000020-05101 y en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 16 de diciembre del 2013.—Subárea de Reactivos y Otros.—Lic. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 63299.—C-18320.—(IN2013084972).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2013LN-000031-PRI

(Circular Nº 1)

Compra de maderas

(Modalidad: entrega según demanda)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación podrán hacer retiro de la Circular Nº.1, en la Dirección de Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas.

Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 3900003511.—Solicitud Nº 6476.—(IN2013084980).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000114-PRI

(Circular Nº 1)

Construcción del sistema de abastecimiento de agua potable

para la comunidad de Concepción de Pilas de Buenos

Aires de Puntarenas (planta de tratamiento)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación podrán hacer retiro de la Circular Nº.1, en la Dirección de Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas.

Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 3900003511.—Solicitud Nº 6478.—(IN2013084987).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000101-PRI

Adquisición y renovación de licencias de Software

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante resolución de rectificación de Gerencia N° SGG-2013-1007 del 12 de diciembre del 2013, se ha modificado la resolución de adjudicación N° SGG-2013-921 del 22 de noviembre del 2013, de la licitación en referencia, de la siguiente forma:

1.  El monto total adjudicado en la posición N° 10 de la oferta de Consulting Group Chami Centroamericana S. A., debe leerse: $942.98.

2.  El monto total adjudicado a Consulting Group Chami Centroamericana S. A., debe leerse: Monto total adjudicado anual: $127.223,24 (ciento veintisiete mil doscientos veintitrés dólares con 24/100). I.V.I

3.  El monto total adjudicado a Segacorp de Costa Rica S. A., debe leerse: Monto total adjudicado anual: $101.460.00 (ciento un mil cuatrocientos sesenta dólares con 00/100). I.V.I.

En todo lo demás permanece invariable en la resolución de adjudicación N° SGG-2013-921 de fecha 22 de noviembre del 2013.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Iris Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. N° 3900003511.—Solicitud N° 6500.—(IN2013085091).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000051-02

(Prórroga1)

Construcción de cuarto hermético para Sand

Blasting en Refinería

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 13 de enero del 2014 a las 13:00 horas.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Departamento Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 2013000220.—Solicitud Nº 6471.—(IN2013084978).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-4181-2013.—Gutiérrez Gutiérrez Carlos Raúl, R-6634-C, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 1-0503-0955, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Economista Diplomado, Universidad de Hamburgo, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de octubre del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(IN2013080116).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Eunicia María Murillo Arias, de nacionalidad costarricense, N° de identificación: 2-0245-0754, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Doctorado en Educación, obtenido en la Universidad Nacional de Educación a Distancia en España. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 29 de noviembre, 2013.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(IN2013080373).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Patronato Nacional de la Infancia. Presidencia Ejecutiva.—San José, a las nueve horas del primero de noviembre del dos mil trece.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo dieciocho de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, número siete mil seiscientos cuarenta y ocho y el artículo ochenta y nueve y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, número seis mil doscientos veintisiete, y

Vistos:

1º—Que el artículo 211 de la Ley General de la Administración Pública, dispone que los servidores públicos estarán sujetos a responsabilidad disciplinaria por sus acciones, actos o contratos opuestos al ordenamiento jurídico, cuando hayan actuado con dolo o culpa grave, sin perjuicio del régimen disciplinario más grave previsto por otras leyes.

2º—Que de conformidad con el Artículo 63 del Reglamento Autónomo de Trabajo, los servidores del Patronato Nacional de la Infancia serán sancionados disciplinariamente por las faltas en que incurren, de conformidad con lo establecido en dicho Reglamento, en el Código de Trabajo y en las leyes conexas y supletorias.

3º—Que el Artículo 68 del citado reglamento Autónomo establece que, una vez enterado el Presidente Ejecutivo de la posible comisión de una falta dispondrá de inmediato, mediante providencia una investigación sumaria y de resultados para determinar si da lugar a establecer un procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en dicho reglamento.

Considerando:

Que a fin de ejercer la potestad sancionatoria que compete a esta Presidencia Ejecutiva, se hace necesario designar a un profesional en Derecho de la institución, para que lleve a cabo las funciones de instrucción de las investigaciones preliminares tendientes a la determinación de la procedencia o no de la apertura de los procedimientos disciplinarios, así como, la instrucción de los procedimientos administrativos de carácter ordinario o sumario, tendientes a la determinación de la verdad real de los hechos y la imposición de las sanciones disciplinarias que correspondan. Por tanto,

Se resuelve: Nombrar a la Licenciada Olga Marta Cabalceta Pérez, mayor, casada, abogada, vecina de San José, cédula de identidad número cinco-doscientos cincuenta y siete-cero veintidós, funcionaria de la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, como Órgano Director del Procedimiento Administrativo Disciplinario, compeliéndole la instrucción de las investigaciones administrativas establecidas en los ordinales 68 y 66, párrafo tercero del Reglamento Autónomo de Trabajo del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 308 y siguientes 320 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública. Comuníquese y publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Presidencia Ejecutiva.—Iris Arias Angulo, Presidenta Ejecutiva.—O. C. Nº 36560.—Solicitud Nº 13000049.—C-37040.—(IN2013081921).

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Al señor Leybin Ricardo Reyes García, se le notifica que mediante resolución de las once horas del día diecisiete de octubre del dos mil trece, se ordena el cuido provisional de la persona menor de edad Steven Daniel Reyes Guerrero, bajo responsabilidad del señor Ricado Simeon Navarrete, y mediante resolución de las trece horas del día veintidós de octubre del dos mil trece se modificó la resolución y se ingresó a la persona menor de edad Steven Daniel Reyes Guerrero, en uno de los albergues institucionales. Lo anterior por un plazo máximo de seis meses. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación.  Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. 115-00199-13.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 36560.—Solicitud Nº 13000047.—C-17520.—(IN2013081923).

Al señor Victor Manuel Cuadra, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas del trece de mayo del dos mil trece, que dicta medida de protección de cuido provisional, en beneficio de la persona menor de edad Brandon Guillermo Richmond Robles y Dana Francella Cuadra Robles, bajo responsabilidad de los señores Guillermo Robles Camacho y su esposa María Cecilia Moraga Araya. Asimismo se comunica la resolución de las nueve horas del trece de setiembre del dos mil trece, mediante el cual se modifica el cuido de los niños, bajo responsabilidad de la señora Iris Robles Camacho. Medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI: 115-0237-12.—Oficina Local de Alajuelita, octubre del 2013.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 36560.—Solicitud Nº 13000047.—C-16620.—(IN2013081926).

A quien interese, se le avisa a la señora, Patricia Morales Mora, número de cédula 1-111-0261, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se tramita el expediente Administrativo número 141-00081-2003, correspondiente a la Medida de Cuido Provisional de las trece horas del dieciséis de octubre del dos mil trece a favor de la persona menor de edad Didier Damián Barrantes Morales en el Hogar de su abuela paterna la señora Araminta Zúñiga Navarro. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Lujan antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. 141-00081-2003.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 36560.—Solicitud Nº 13000047.—C-29060.—(IN2013081927).

A quien interese,se le avisa al señor, Alexander Barrantes Zúñiga, número de cédula 602670358, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se tramita el expediente Administrativo número 141-00081-2003, correspondiente a la Medida de Cuido Provisional de las trece horas del dieciséis de octubre del dos mil trece a favor de la persona menor de edad Didier Damián Barrantes Morales en el Hogar de su abuela paterna la señora Araminta Zúñiga Navarro. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Luján antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. 141-00081-2003.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 36560.—Solicitud Nº 13000047.—C-29080.—(IN2013081928).

A Natalia Ruiz Soto, se le comunica las resoluciones de las 10:00 horas del día 14 de mayo del año 2013, que dispone denegar el recurso de reubicación de sus hijos en su hogar y la resolución de las 9:00 horas del día 20 de agosto del año 2013, que arroga la competencia de la Oficina Local de Naranjo para seguir atendiendo la situación de sus hijos. Recurso de Apelación. Plazo: dos días hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de protección. Expediente 243-00035-2010.—Naranjo, 21 de mayo de 2013.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 36560.—Solicitud 13000047.—C-11180.—(IN2013081934).

Expediente administrativo número 118-000124-2010, por desconocerse su residencia y ubicación habitual, se le comunica al señor Evelio Jhoel Jarquín García que en esta oficina local se ha dictado la resolución de las diez horas con treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil diez que ordenó medidas de protección a favor de la persona menor de edad Andy Jarquín Azofeifa, en garantía a su derecho a la salud. Se le informa que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, mismo que podrá ser expuesto cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación del presente edicto, debiendo señalar, para recibir notificaciones dirección exacta dentro del perímetro judicial de la oficina local de Santa Ana, fax o medio electrónico donde atender notificaciones, con la advertencia de que si el medio señalado no existiere, fuere impreciso o inexacto las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de haber sido dictadas.—Oficina Local de Santa Ana, 31 de octubre del 2013.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O. C. 36560.—Solicitud 13000047.—C-19680.—(IN2013081935).

Se les comunica a Iris Eliede Ceciliano Piedra y Yoel García Masís que por resolución de esta representación legal de las diez horas del veintiocho de octubre del dos mil trece, se inició proceso de protección en sede administrativa a favor de Innda García Ceciliano, en la cual se ordena el Abrigo Temporal en la Organización No Gubernamental Casa Viva. Asimismo se dispuso el seguimiento de la situación. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 116-00072-2010.—Oficina Local de San José Oeste.—MSc. Randall Alberto Durán Ortega, Representante Legal.—O. C. 36560.—Solicitud 13000047.—C-28320.—(IN2013081936).

A quien interese: se le avisa al señor, German Pérez Valenciano, número de cédula 105540308, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se tramita el expediente Administrativo número: OLPZ-00195-2013, correspondiente a la Medida de Protección de Cuido Provisional de las catorce horas del seis de noviembre del dos mil trece a favor de la persona menor de edad María Fernanda Pérez Arguedas en el hogar sustituto del señor Javier Laguna Ramírez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Lujan antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. OLPZ-00195-2013.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-29060.—(IN2013081938).

A quien interese: se le avisa al señor, German Pérez Valenciano, número de cédula 105540308, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se tramita el expediente Administrativo número: OLPZ-00195-2013, correspondiente a la Medida de Protección de Cuido Provisional de las trece horas del seis de noviembre del dos mil trece a favor de las personas menores de edad Taylor y Damián ambos Pérez Arguedas en el hogar sustituto de la señora Yorleny Gamboa Blanco. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Lujan antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. OLPZ-00195-2013.—Oficina Local Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-29060.—(IN2013081939).

A quien interese, se le avisa a la señora Kimberly Tatiana Vargas Segura, número de cédula 114040821, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se tramita el expediente Administrativo número: OLPZ-00183-2013, correspondiente a la Medida de Protección de Cuido Provisional de las once horas del seis de noviembre del dos mil trece a favor de la persona menor de edad Kimberly Daniela Vargas Segura en el hogar sustituto de los señores Isabel Jiménez Segura y Gerardo Martínez Arias. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Luján antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. OLPZ-00183-2013.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-29560.—(IN2013081941).

Oficina Local de Corredores, a las nueve horas treinta minutos del día veintiuno de octubre del año dos mil trece, se le comunica al señor Juan José Granera, no registra segundo apellido, de nacionalidad nicaragüense, la resolución de las quince horas cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de julio del año dos mil trece, mediante en la cual se ordenó iniciar El Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa y la resolución de las once horas cincuenta minutos del día diecisiete de octubre del año dos mil trece, en la cual se ordenó Medida de Protección y Cuido Provisional en favor del niño Farid Orlando Granera Espinoza, por motivos de que los progenitores incumplen con sus deberes parentales, delegando dicha responsabilidad en terceras personas, específicamente en los señores Marvin Espinoza Varela y Nancy Melania Chavarría Rosales, los cuales actualmente son los que se encarga de velar por el bienestar y todos las atenciones del niño de marras.  Notifíquese, la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-35780.—(IN2013081944).

Oficina Local de Corredores, a las once horas quince minutos del día siete de octubre del año dos mil trece, se le comunica a los señores Gerardo Badilla Robles y Grettel Vega Chaves, la resolución de las diez horas veinticinco minutos del día siete de noviembre del año dos mil trece, que ordenó Resolución Administrativa de Suspensión de Guarda, Crianza y Educación, a favor de la persona menor de edad Ashley Adriana Badilla Vega y se ordena conceder dicha responsabilidad de guarda, crianza y educación en los señores Greivin Vega Chaves y su esposa Tania Delgado González, estos señores son los que se encargan de velar por el bienestar y todas las atenciones de la niña de marras. Notifíquese, la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-32080.—(IN2013081948).

Oficina Local Heredia Norte, al señor Luis Alonso Delgado Ramírez, calidades desconocidas por esta oficina local, se le comunica la resolución de las catorce horas del cuatro de noviembre de dos mil trece que ordenó la inclusión del joven Jean Pool Delgado Campos en Hogar Crea Niños Adolescentes de Birrisito de Cartago. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente número OLHN-00509-2013.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-25200.— (IN2013081949).

Oficina Local de Upala, Guatuso, al ser las quince horas del día diez de octubre del año dos mil trece, a los señores Ana Rivas y Ugenio Reyes se les comunica la resolución de las trece horas con cuarenta y cinco minutos del día diez de octubre del año dos mil trece, la cual ordenó que la joven Ángela Sandra Reyes Rivas, permanezca bajo la figura de abrigo temporal por seis meses en la ONG Hogar Mariano Juvenil. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLU 00071-2013.—Lic. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-26380.—(IN2013081950).

Se les comunica a Marisol Morales Aguilar y Sergio Alvarado Cuadra, que por resolución de la Representación Legal de esta Oficina Local, de las 9:30 horas del 12 de noviembre del 2013, y dentro del proceso de protección especial en vía administrativa, se dicta declaratoria de adoptabilidad administrativa a favor de la persona menor de edad Kristen Daniela Alvarado Morales. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 111-00474-2011.—Oficina Local de San José Oeste.—Randall Alberto Durán Ortega, Representante Legal.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-27880.—(IN2013081952).

Se le comunica a Manolín Santana Feliz que por resolución de la representación legal de esta Oficina Local, a las 08:15 horas del 11 de noviembre del 2013, se inició proceso de protección en sede administrativa a favor de su hija Ashly María Santana Madrigal, asimismo se dispuso el seguimiento de la situación y se ordenó el cuido provisional de la persona menor de edad señora Jackeline Castillo Lanzoni. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 111-00232-2012.—Oficina Local de San José Oeste.—MSc. Randall Alberto Durán Ortega, Representante Legal.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-28340.—(IN2013081953).

Se les comunica a Carlos Luis González Alvarado y Lilliam Montiel Bello que por resolución de esta representación legal de las diez horas del cuatro de noviembre del dos mil trece, se inició proceso de protección en sede administrativa a favor de Marcos Andrés González Montiel, en la cual se ordena el abrigo temporal de la persona menor de edad en albergue institucional. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 111-000787-2010.—Oficina Local de San José Oeste.—MSc. Randall Alberto Durán Ortega, Representante Legal.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-27895.—(IN2013081955).

A la señora Yency Díaz Quirós y al señor Héctor Alberto Sedeño Cisnero, se les comunica la resolución dictada por esta Entidad, de las 11 horas del día 04 de noviembre del 2013, que Ordenó el Cuido Provisional del niño Roy Isaac Sedeño Díaz, al lado del señor Roy Segura Fernández, con seguimiento institucional. Se traslada la situación al Equipo B para su seguimiento. Plazo: Para ofrecer recurso de apelación, 48 horas a partir de la tercera publicación de este edicto, y ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, sita en San José, Barrio Luján antiguo Edificio Dos Pinos, con horario de 7:00 horas a. m. a 15 horas de lunes a viernes. Se le previene además, señalar lugar para oír notificaciones, en el entendido de no hacerlo, las mismas quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas. Expediente 116-00089-2007.—Oficina Local de Desamparados, 18 de noviembre del 2013.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—O. C. 36721.—Solicitud 13000054.—C-17880.— (IN2013081956).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA DE PALMIRA

Se hace conocimiento que la Junta de Educación Escuela de Palmira (situada: en Palmira, distrito 2°, cantón 5° Carrillo, provincia 5° Guanacaste), cédula jurídica N° 3-008-071731, ha solicitado a la Procuraduría General de la República, la inscripción registral del bien inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de Guanacaste, terreno donde se localiza el Centro Educativo Escuela Palmira, el cual colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Sandra Vargas Vargas; al este, con calle pública y Odon Camareno Vargas, cuenta con plano catastrado N° G-1409254-2010, con un área de 1985 m2, dicha inscripción se realiza según el artículo 301 de la Ley N° 5060 Ley General de Caminos Públicos. La Junta de Educación ha mantenido la posesión en dicho inmueble por más de diez años, en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, de buena fe y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública o bien a la Procuraduría General de la República, Notaría del Estado en la cual se están realizando las presentes diligencias.

San José, 2 de diciembre del 2013.—Karolina Chaves Pizarro, Presidenta.—1 vez.—(IN2013080860).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

La presente es para hacer de su conocimiento que el Concejo Municipal en su sesión ordinaria N° 184 celebrada el lunes 11 de noviembre del 2013, en el artículo VI, acuerdo N° 25439, se acordó lo siguiente:

1.-Presidente Castillo Valverde: Presidente indica que se debe tomar un acuerdo para el cambio de fechas en el mes de diciembre de las sesiones del Concejo Municipal, esto por motivo de las celebraciones de la época navideña.

Acuerdo N° 25439-11-11-2013: Sometido a votación por unanimidad el honorable Concejo Municipal de Siquirres acuerda cambiar las fechas de las siguientes sesiones ordinarias y extraordinarias del mes de diciembre 2013, con motivo a las celebraciones de la época navideña, quedando de la siguiente manera a partir del lunes 16 de diciembre 2013, se pasa para el día miércoles 11 de diciembre 2013, lunes 23 de diciembre se pasa para el día lunes 16 de diciembre, y el día lunes 30 de diciembre 2013, para el día viernes 20 de diciembre 2013. Las dos sesiones extraordinarias de Ley según el Código Municipal se realizarán los días miércoles 4 de diciembre 2013 y miércoles 18 de diciembre todas del presente año.

Acuerdo definitivamente aprobado. Publíquese.—Juan M. Mora Cruz, Proveedor.—1 vez.—(IN2013080185).

AVISOS

CONVOCATORIAS

TARJETA LÁSER DE COSTA RICA S. A.

Yo, Alvise Barnabo, en mi calidad como Tesorero de la sociedad Tarjeta Láser de Costa Rica S. A., convoco a la asamblea general ordinaria de accionistas a celebrarse en el domicilio social situado en San José, Escazú, apartamento uno del Condominio Escazú Colonial, ochocientos metros sur del cruce de San Rafael de Escazú, a las ocho horas en primera convocatoria y en segunda convocatoria a las nueve horas, ambas del tres de febrero del año dos mil catorce, para conocer de los siguientes puntos: a) Discutir y aprobar o improbar el informe sobre resultados del ejercicio anual que presenten los administradores y tomar sobre él las medidas que juzgue oportunas, b) Acordar distribución de utilidades conforme lo dispone la escritura social, c) En su caso revocar el nombramiento de administradores y proceder al nombramiento de nuevos directivos y d) los demás de carácter ordinario que se consideren oportunos.—San José, 12 diciembre de 2013.—Alvise Barnabo, Tesorero.—1 vez.—(IN2013084357).

COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 29 y 47, inciso b) de la Ley Nº 7221, convoca a los miembros del Colegio a la asamblea general ordinaria que se realizará en nuestra sede central el sábado 25 de enero del 2014, a las 9:00 a.m. En caso de no haber quórum a la hora indicada, la asamblea general se reunirá una hora después (10:00 a.m.) con un mínimo de 50 miembros presentes. El orden del día fijado para esta asamblea es el siguiente:

1.  Himno Nacional.

2.  Homenaje póstumo a colegiados.

3.  Dedicada de la asamblea: Dra. Floribeth Mora Umaña

4.  Lectura y aprobación de las actas Nos. 145 y 146

5.  Seguimiento de acuerdos de asamblea.

6.  Memoria anual:

-    Informe de la Presidencia.

-    Informe de la Tesorería.

-    Informe de la Fiscalía.

7.  Elección de miembros de Junta Directiva:

-    Vicepresidente

-    Tesorero

-    Secretario

-    Segundo Vocal

-    Cuarto Vocal

8.  Aval a la Filial Brunca para que trámite solicitud de préstamo al Fondo de Mutualidad y Subsidios por diez millones de colones.

9.  Juramentación y toma de posesión de nuevos miembros de Junta Directiva.

10.  Asuntos varios

Los documentos para esta asamblea (memoria), versión digital, estarán disponibles en la página Web del Colegio www.ing-agronomos.or.cr a partir del lunes 20 de enero de 2014. En cumplimiento del acuerdo N° 6 de la asamblea 136 del 31 de enero del 2009, no se imprimirán los documentos. Los colegiados que deseen presentar asuntos varios en esta Asamblea, deberán enviarlos a la Junta Directiva a más tardar al medio día del 10 de enero del 2014, al correo electrónico mzuniga@ingagr.or.cr. Además, se informa que el día de la asamblea las instalaciones sociales, recreativas y deportivas permanecerán cerradas.—San José, 12 de diciembre del 2013.—Ing. Agr. Eugenio A. Porras Vargas, Presidente.—Ing Agr. Óscar Valladares Araya, Secretario.—1 vez.—(IN2013084666).

ASOCIACIÓN ISKCON MOVIMIENTO HARE KRISHNA

DE COSTA RICA (AMOHK)

Cédula jurídica N° 3-002-558126

La Junta Directiva en cumplimiento con los artículos 14 y 15 de su Ley Constitutiva, convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse el domingo 12 de enero del 2014, en la Finca Hare Krishna “Radha Govinda Dham” en Dulce Nombre de Cartago. La primera convocatoria para las asambleas será a las 5:30 p.m. En caso de no contar con el quórum de Ley, la segunda convocatoria será a las 6:00 p. m. La acreditación de los asambleístas será a partir de las 5:00 p. m., en el mismo lugar.

Orden del día:

Aprobación de la agenda

Presentación de informes del presidente, de la tesorería y del fiscal.

Elección de cargos en la junta directiva: presidente, fiscal, tesorero y primer vocal.

Y   Discusión de desarrollo de condominio en la Finca Hare Krishna “Radha Govinda Dham.

Modificación del acta constitutiva.

Asuntos varios.

Invitada especial: Blanca Cecilia Briceño Bustos, Asesora Legal de la Asociación.—Cartago, 13 de diciembre del 2013.—Huberth Monge Quesada, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—(IN2013084743).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

BAC SAN JOSÉ S. A.

Se comunica que los siguientes Títulos Valores emitidos por el BAC San José S. A., a la orden de Carlos Eduardo Zúñiga Leitón, han sido extraviados:

Número

certificado

Monto

Fecha

emisión

Fecha

vencimiento

100359951

5.200.000,00

21/12/2007

22/12/2008

Número

de cupones

Monto neto

Fecha

emisión

Fecha

vencimiento

N/A

N/A

N/A

N/A

 

Por lo tanto solicitamos proceder de inmediato con los trámites de publicación para el paro de pago y restitución de estos títulos.—San José, 3 de diciembre del 2013.—Sucursal de Cartago.—Lic. Martín Gómez Gutiérrez, Gerente.—(IN2013081000).

CLUB Y HOTEL CONDOVAC LA COSTA S. A.

Club y Hotel Condovac La Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común y título de capital N° 741, correspondiente a la semana N° 5, documentos registrados a nombre: Rodríguez Estrada Luis, cédula 1-0436-0164, Carazo Rojas Elizabeth, cédula 1-0411-1085, se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo. San José.—Departamento Crédito y Cobro.—Melvin Mora Gamboa, Jefe.—(IN2013081318).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN DE HERMANAS DE LA ASUNCIÓN

Yo, María Molina Rojas, religiosa, cédula de identidad número 6-218-391, en mi calidad de Presidenta y representante legal de la Asociación de Hermanas de la Asunción, cédula jurídica 3-002-116746, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de todos los libros, los cuales fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Puntarenas, 28 de noviembre del 2013.—María Molina Rojas, Presidenta.—1 vez.—(IN2013080197).

CABLEVISIÓN DE COSTA RICA

Por este medio se hace saber a nuestros clientes y al público en general que los siguientes documentos han sido extraviados de Cablevisión de Costa Rica, y por lo tanto no nos haremos responsables por el mal uso que se les pueda dar. Adjunto números de contrato y recibo para el debido proceso:

Contratos CV

·   111416 / 111417 / 111418

Contratos de RACSA

·   260053 / 260054

3 de diciembre del 2013.—Frank Caldart Marine, Representante Legal.—1 vez.—(IN2013080821).

SERVICIOS ASAHI SOCIEDAD ANÓNIMA

Servicios Asahi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-068844, solicita, la reposición de los siguientes libros legales: Libro de Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva y Libro de Actas de Asamblea de Socios, de acuerdo con el Reglamento del Registro Nacional para la legalización de libros de sociedades mercantiles.—San José, tres de diciembre del dos mil trece.—Lic. Dennia María Barboza Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2013080962).

ARTE BRUJO SOCIEDAD ANÓNIMA

Arte Brujo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-184799, solicita, la reposición de los siguientes libros legales: Libro de Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva y Libro de Actas de Asamblea de Socios, de acuerdo con el Reglamento del Registro Nacional para la legalización de libros de sociedades mercantiles.—San José, tres de diciembre del dos mil trece.—Lic. Dennia María Barboza Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2013080963).

SWITCH & WIRE CABLE A B, SOCIEDAD ANÓNIMA

Switch & Wire Cable A B, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-360942, representada por su apoderada generalísima sin límite de suma la señora Ana Isabel Jara Mora, solicita ante el Registro Público, la reposición por extravió de los libros actas de Consejo de Administración, Acta de Asambleas de Socios y Registro de Socios.—Lic. Ana Isabel Mora Jara, Apoderada Generalísima.—1 vez.—(IN2013081203).

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Abogados de Costa Rica avisa que mediante resolución de las diez horas veintidós minutos del ocho de noviembre del dos mil trece, resolución N° 2410-2013, del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, dictada en el expediente N° 13-004240-1027-CA, que es proceso de conocimiento, interpuesto por Ligia Rodríguez Pacheco contra el Colegio de Abogados de Costa Rica, se ordenó la suspensión inmediata de los efectos del acto final adoptado mediante acuerdo N° 2011-35-069, mismo mediante en el cual se declara sanción disciplinaria de nueve meses de suspensión en el ejercicio de la profesión a la licenciada Ligia Rodríguez Pacheco, carné 10694, y que fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 82 del 30 de abril del 2013, correspondiente a la O.C. 9089, Solicitud 982-00054 (IN2013023917). Por lo anterior, se suspenden los efectos de dicha sanción a partir del diecinueve de noviembre del dos mil trece, quedando la licenciada Ligia Rodríguez Pacheco habilitada para el ejercicio de la profesión a partir de esa fecha. (Expediente judicial N° 13-004240-1027-CA. Expediente administrativo N° 518-09). Publíquese en lo conducente.—Lic. Cindy Solórzano Núñez, Fiscal.—1 vez.—(IN2013081322).

COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA

El Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica informa que por acuerdo de Asamblea General Ordinaria N° 64 celebrada el 01 de diciembre del 2013, la Junta Directiva para el período 2014 quedó constituida de la siguiente manera:

Dr. Alexis Campos Núñez                   Presidente

Dra. Madeline Howard Mora              Vicepresidenta

Dra. Selena Cubero Guardiola            Secretaria

Dr. Rafael Porras Madrigal                  Fiscal

Dra. Sofía Castro Jiménez                   Tesorera

Dr. José Ml. Fernández Chaves          Vocal I

Dra. Mariela Barzuna Pacheco           Vocal II

Dr. Tomás Franceschi Alba, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2013081691).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Suco Citro S.R.L. mediante la cual se disminuyó el capital social reformándose la cláusula del capital social.—San José, 13 de noviembre del 2013.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—(IN2013079887).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura número doscientos setenta otorgada ante la notaria Georgina Rojas D’Avanzo, a las ocho horas del veintinueve de agosto del dos mil trece, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Komestic Dos Mil Doce Sociedad Anónima.San José, 3 de diciembre del 2013.—Lic. Georgina Rojas D’Avanzo, Notaria.—(IN2013081097).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil trece, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Tree of Life Limitada, cédula de persona jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos treinta y ocho mil setecientos nueve, de las once horas del veintinueve de noviembre de dos mil trece, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2013080158).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas cuarenta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general de cuotistas de la sociedad Centro Médico Ruta Veintisiete Limitada, con número de cédula de persona jurídica tres-ciento dos-seiscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y nueve, de las diez horas del quince de noviembre de dos mil trece, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo y en adelante se denominará Centro de Negocios Árbol Azul Guachipelín Limitada.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2013080159).

Por escritura número ciento tres-tres otorgada ante el suscrito notario el día veintinueve de noviembre del dos mil trece, he protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Referti Mali Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cinco cinco tres seis siete en la cual se revocan los nombramientos de presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se nombra nuevos miembros, se reforman las cláusulas segunda, sexta, octava, décimo tercera y décimo cuarta del pacto constitutivo.—Heredia, veintinueve de noviembre del dos mil trece.—Lic. Erick Cordero Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2013080161).

Mediante escritura N° 77, de las 19:30 horas del 12 de marzo de 2013, iniciada al folio 47 frente, del tomo 18 de mi protocolo, compareció la totalidad de los socios de La Aurora de Boston S.A., con cédula jurídica N° 3-101-388228, y acordaron por unanimidad la disolución de la sociedad.—San José, 26 de noviembre del 2013.—Lic. Sergio Gustavo Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2013080163).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las siete horas treinta minutos del día dos de diciembre del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-600507 s. a. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2013080175).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las siete horas quince minutos del día dos de diciembre del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-600502 s. a. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2013080176).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las siete horas del día dos de diciembre del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-600493 S. A. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2013080177).

El día 24 de octubre del 2013, los socios de la sociedad Colapso Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-244540, procedió a reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo, con relación a la representación. Dicha reforma fue protocolizada mediante escritura 451-26, visible al folio 144 vuelto del tomo 26 del protocolo, con fecha 11:00 horas del día 12 de noviembre del 2013, por el notario Gerardo Quesada Monge.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—(IN2013080183).

El día 24 de octubre del 2013, los socios de la sociedad Arranque Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-105734, procedió a reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo, con relación a la representación. Dicha reforma fue protocolizada mediante escritura 451-26, visible al folio 144 vuelto del tomo 26 del protocolo, con fecha 11:00 horas del día 12 de noviembre del 2013. Por el notario Gerardo Quesada Monge.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—(IN2013080184).

El día 24 de octubre del 2013, los socios de la sociedad Corporación de Inversiones Fénix A & A Limitada, cédula jurídica 3-102-528871, procedió a reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo, con relación a la representación. Dicha reforma fue protocolizada mediante escritura 457-26, visible al folio 147 vuelto del tomo 26 del protocolo, con fecha 17:00 horas del día 13 de noviembre del 2013. Por el notario Gerardo Quesada Monge.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—(IN2013080187).

Comparecieron a esta notaría Erick Saldaña Carranza, cédula uno-mil doscientos sesenta y ocho-setecientos ochenta y tres, y Elsa Carranza Altamirano, cédula seis-cero sesenta y dos-seiscientos veintiséis, para constituir la fundación: Fundación Macaw Ong. Dicha fundación fue constituida a las 15:30 horas del día 27 de junio del 2013 por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 1-26 del tomo 26 de su protocolo.—San José, 28 de noviembre del 2013. Por el notario Gerardo Quesada Monge.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—(IN2013080190).

Por escritura número trescientos veintisiete, iniciada al folio ciento cincuenta y cinco frente del tomo número cinco de mi protocolo, otorgada a las once horas del veintiocho de noviembre de dos mil trece, se disuelve la sociedad denominada Soluciones Logísticas Empresariales S.L.E. S. A.—Lic. Wálter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2013080198).

Mediante escritura número ciento sesenta tomo I, otorgada ante el suscrito notario, en Barrio Escalante, del parque de Francia ciento setenta y cinco sur, San José, a las quince horas del quince de noviembre de dos mil trece, se constituye la sociedad denominada Propiedades Soceli San Isidro de San Ramón S. A. Cecilia Badilla Rojas, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad dos-ciento ochenta y cinco-novecientos noventa y cinco, vecina de San Ramón de Alajuela, distrito primero, cien metros este y setenta y cinco sur del Banco Nacional, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años. Capital: cien mil colones, debidamente suscrito y pago. Objeto: el comercio en general.—Barrio Escalante, San José, dos de diciembre de dos mil trece.—Lic. Emilio Arias Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2013080201).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en fecha veintinueve de noviembre del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Hechizo Automotriz Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis cinco cuatro nueve cuatro siete, en la cual se acuerda la disolución de la misma conforme al artículo 201 inciso d). San José, 29 de noviembre del 2013.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—(IN2013080203).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del treinta de noviembre del dos mil trece, protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Citrocar S. A., en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Se revoca nombramiento de vocal y se nombran dos vocales.—San José, treinta de noviembre del arto dos mil trece.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—(IN2013080205).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil trece. Protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad La Barrela S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, treinta de noviembre del dos mil trece.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—(IN2013080206).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría a las 11:00 horas del 29 de noviembre del 2013 se acordó la disolución y liquidación de Compañía de Inversiones y Desarrollos Arpas de Coral S. A.—San José, 29 de noviembre del 2013.—Lic. Mario Arturo Pacheco Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2013080207).

Ante esta notaría se modificó la cláusula segunda y quinta del pacto constitutivo, y se llevó a cabo el cambio de los cargos de junta directiva del presidente y tesorero de la compañía C.A.S.H Mil Novecientos Setenta y Cuatro S. A. capital social: 500.000 colones. Representante: Zakir Mursakulov.—San José, noviembre del 2013.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—(IN2013080212).

Dartec Dimensiones Arquitectónicas Tecnológicas Sociedad Anónima, acuerda modificar el nombre y domicilio de la sociedad, siendo el nuevo nombre A.P.S. Agencia Promotora de Servicios Sociedad Anónima. El nuevo domicilio social, es el siguiente: provincia de Limón, distrito y cantón primero Limón, exactamente 25 metros oeste de los Tribunales de Justicia, bajos del antiguo hotel Paraíso, oficina número tres. Se acuerda modificar el objeto de la sociedad, ampliándose también para gestionar empleos ya sean temporales o permanentes, tanto a / o con personas físicas como jurídicas. Se realizaron los siguientes nombramientos en la junta directiva. Secretaria Blensy Roena Picon Scott. presidente: Dioney Barrett Bryan. El tesorero Lawrence Alberto Wilson Harris.—Limón, veintinueve de noviembre del dos mil trece.—Lic. Randy Gordon Cruickshank, Notario.—1 vez.—(IN2013080213).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Terminales Santa María Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar la cláusula octava de los estatutos. Asimismo se nombra nueva fiscal y nuevo agente residente.—San José, 29 de noviembre del 2013.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2013080215).

Por escritura número cuarenta-diecisiete, otorgada ante mí a las diez horas del veinticinco de noviembre de dos mil trece, se disuelve la sociedad Laboratorio Computacional Labcom S. A.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2013080220).

Debidamente facultado al efecto protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de SAP Costa Rica S. A. mediante la cual se nombra presidente, tesorero y secretario de la junta directiva y se confiere poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 horas del 1° de diciembre del 2013.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2013080221).

Por escritura número uno otorgada ante esta notaría a las once horas diez minutos del veintiocho de octubre del dos mil trece se protocolizó acta de la sociedad Costa Rica’s Craft Brewing Company Limitada. Se reforma la cláusula sexta de los estatutos en cuanto a la administración.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2013080222).

Ante esta notaría al ser las 10:00 horas del 11 de noviembre del año dos mil trece comparecen los señores José Avendaño Salas, Adriana Chaves Vega, María Isabel Vega Víquez, Juan Chaves Oreamuno, para constituir la sociedad anónima Mariale Dos con domicilio en Santo Domingo de Heredia dos kilómetros al este del Más por Menos condominio Arcadia.—Lic. Francisco Javier Arias Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2013080227).

Por otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las ocho horas del día veintiséis de noviembre del año dos ml trece. Corrugadora de Costa Rica S. A. (Cocorisa S. A.) nombra nuevo presidente, vicepresidente y vocal.—San José, veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2013080238).

Por otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las nueve horas del día veintiséis de noviembre del dos mil trece, Jofer S. A. nombra muevo vicepresidente, y vocal.—San José, veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2013080239).

Por otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las ocho horas y treinta minutos del día veintiséis de noviembre del dos mil trece. Sol y Flor S. A. nombra nuevo vicepresidente, y vocal.—San José, veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2013080242).

Por otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las ocho horas y quince minutos del día veintiséis  de noviembre del dos mil trece. Fotolit S. A. reforma la cláusula tercera nombra nuevo presidente, vicepresidente y vocal.—San José, veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2013080245).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas con treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil trece, se constituyó la sociedad Stivargi Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. capital social: la suma de once mil colones, representado por once acciones comunes y nominativas con un valor de mil colones cada una.—San José, 2 de diciembre del dos mil trece.—Lic. Ana Karina Somarribas Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2013080246).

Que por escritura otorgada ante esta notaría se constituye la sociedad de responsabilidad limitada Comercializadora de Frutos Marinos Estrada y Medina Limitada, donde el gerente y subgerente son los representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente, y con domicilio social en Puntarenas, Puntarenas, del parque Mora y Cañas cien metros norte.—Puntarenas, 30 de noviembre de 2013.—Lic. Julián Elizondo Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2013080249).

Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad compañía Three Birds in Paradise DMB Sociedad Anónima, celebrada al ser las trece horas del día veintisiete de noviembre del dos mil trece, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2013080257).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social según Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción, su plazo social es de cien años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, presidente y secretario serán los representantes legales, actuando conjunta o separadamente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2013080259).

Roberto Gourzong Cerdas, abogado y notario público, hace constar que mediante escritura número ciento setenta y uno, otorgada en el tomo veintiséis de mi protocolo, a las nueve horas del día de hoy, por votación unánime de socios se acordó disolver y liquidar Mebri S. A.—San José, veintisiete de noviembre del dos rail trece.—Lic. Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2013080260).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las nueve horas del once de noviembre de dos mil trece, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Grupo La Península de Guanacaste Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil ochocientos veinticinco, celebrada a partir de las ocho horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil trece en su domicilio social, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Cartago, 2 de diciembre de 2013.—Lic. Jorge Isaac Solano Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2013080263).

Ante el suscrito notario se otorgó la escritura pública número ciento veintisiete de las diecisiete horas del veintiocho de noviembre de dos mil trece, donde se constituyó la sociedad denominada T T E G The Ten Executive Group Sociedad Anónima, con domicilio en Guanacaste, Carrillo, Finca Punta Gorda, con un capital social de cien mil colones.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2013080264).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:00 del 2 de diciembre del 2013, la sociedad Negocios Internacionales Bayarque SRL, otorga poder generalísimo sin límite de suma a favor de (i) Luis Alberto Giovannelli, (ii) Ernesto Allaria, (iii) Juan Francisco Politi, (iv) María Bernarda Santos.—San José, dos de diciembre del 2013.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2013080269).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 13 otorgada a las catorce horas del veintinueve de Noviembre del 2013, se constituye la sociedad denominada Tecao Ethical Dos Mil Trece Sociedad Anónima.—San José, ocho horas del dos de diciembre de 2013.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2013080273).

La suscrita notaria da fe que mediante la escritura número cincuenta y ocho del tomo segundo fue modificada la cláusula novena del pacto constitutivo de 3-101-543643 S. A. Nombrando nuevos miembros en la junta directiva. Presidente: Sonia Cecilia Arango Salazar. Es todo.—Lic. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2013080275).

Por escritura número cincuenta y seis-nueve otorgada ante esta notaría en San José, a las diecisiete horas del veintiséis de noviembre de dos mil trece, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será Tecniazúcar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de noviembre del 2013.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—(IN2013080277).

Fundación Casa Abierta, cédula jurídica tres-cero cero seis-seis cero cero nueve cero dos, en asamblea general, celebrada en su domicilio social, diecisiete horas del veintisiete noviembre dos mil trece; encontrándose presentes: fundadora, miembros fundadores y representantes de Municipalidad de San José y Poder Ejecutivo; declararon y acordaron: a) Cambio de nombramiento de directores de junta administradora. Se nombra: presidente: Laura Arroyo Cubillo, cédula uno cero ocho cinco nueve cero cinco siete tres; tesorera: Xinia Sánchez Mesen cédula uno cero ocho cero seis cero dos seis seis; secretaria: Lucía Cortes Cantillo cédula tres cero dos ocho cero cero cuatro dos seis. Se comisionó a notario Ingread Fournier Cruz para protocolización e inscripción. Fundadora: Hilda Yolanda Hurtado Jiménez.—San José, dieciocho horas del veintisiete noviembre del dos mil trece.—Lic. Ingread Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2013080278).

Hercubillo Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos nueve cinco uno dos nueve, en asamblea general ordinaria y extraordinaria, celebrada en su domicilio social, ocho horas del veintidós noviembre dos mil trece; encontrándose presente totalidad de capital social; los socios declararon y acordaron: a) disolución de la sociedad conforme al artículo doscientos uno del Código Comercio, b) que la sociedad no tiene actualmente activos de ningún tipo a su nombre ni pasivos u obligaciones pendientes de cancelación frente a terceros, c) que no existen demandas a favor o en contra de la sociedad, d) que la sociedad nunca tuvo empleados por lo tanto no tiene deudas pendientes por concepto de prestaciones laborales e) que el aporte de capital social hecho por los socios para la constitución de la sociedad fue distribuido proporcionalmente entre cada uno de ellos. Se comisionó a la notaria pública Ingread Fournier Cruz para la protocolización e inscripción respectiva. Presidente: Juan Pablo Hernández Aguilar.—San José, diez horas del veintidós de noviembre del dos mil trece.—Lic. Ingread Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2013080281).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta número cinco, de asamblea general extraordinaria de accionistas, otorgada a las 8:00 horas del 01-12-2013, se nombran nueva junta directiva y fiscal de la empresa denominada Aqua Fauna A. F. Sociedad Anónima, 3-101-549795, presidente: Joham Cedeño Salazar.—2 de diciembre del 2013.—Lic. Martha E. Castro Carranza, Notaria.—1 vez.—(IN2013080282).

Por escritura otorgada hoy a las diez horas ante mí, Innova Trescientos Sesenta S. A. modifica el pacto social y nombra nuevo presidente.—San José, 1° de diciembre de 2013.—Lic. Gabriel Zamora Márquez, Notario.—1 vez.—(IN2013080283).

Por escritura otorgada a las 8:30 horas del 29 de noviembre del 2013, ante esta notaría se protocolizaron: (a) acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hesaujo S. A., en virtud de la cual se acordó fusionar la compañía con la empresa denominada Merida S. A.; y (b) acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Merida S. A., en virtud de la cual se acordó fusionar la compañía con Hesaujo S. A., la cual deja de existir como persona jurídica en virtud de la fusión, para formar una sola entidad con Merida S. A., que es la compañía prevaleciente. En consecuencia, Merida S. A., asume asimismo todos los derechos y obligaciones de Hesaujo S. A. y reforma la cláusula quinta de su pacto social.—28 de noviembre del 2013.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2013080285).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día 15 de noviembre de 2013, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Trixie S. A., capital social totalmente suscrito y pagado. Presidente: Natalia Mendiola Gurdián.—San José, 15 de noviembre de 2013.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2013080286).

Mediante escritura número 60-3, otorgada a las 9:00 horas del 29 de noviembre del 2013 se constituyó sociedad denominada Vapores Aromáticos S.A., plazo 99 años, capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San José, Escazú.—San José, 29 de noviembre de 2013.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2013080291).

Mediante escritura número 61 del tomo 3 de mi protocolo se constituyó la sociedad, cuya denominación social será el número de cédula jurídica, según Decreto 33171-J, capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio social San José.—Goicoechea, 29 de noviembre de 2013.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2013080293).

Mediante escritura número 57-3 otorgada a las 16:00 horas del 27 de noviembre de 2013 se acordó: protocolización de disolución de la sociedad denominada Sune Gutiérrez Rodríguez S. A, domicilio: San José.—San José, 29 de noviembre de 2013.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2013080296).

Mediante escritura número 59-3 otorgada a las 10:00 horas del 28 de noviembre de 2013 se acordó: protocolización de disolución de la sociedad denominada Local Mil Veinticuatro S. A., domicilio: San José.—San José, 29 de noviembre de 2013.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2013080300).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las catorce horas del día veintinueve de noviembre de dos mil tres se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Inmobiliaria Tres Amigos Los Laureles Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, veintinueve de noviembre de dos mil tres.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2013080302).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las quince horas del día veintinueve de noviembre de dos mil tres se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Inversubs Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, veintinueve de noviembre de dos mil tres.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2013080304).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las dieciséis horas del día veintinueve de noviembre de dos mil tres se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Local del Lago Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, veintinueve de noviembre de dos mil tres.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2013080305).

Mediante la escritura número 36-8, autorizada en mi notaría  at ser las 8:00 horas del día 2 de diciembre del 2013, protocolicé las actas de asamblea de socios de la fusión por absorción de las sociedades Cárnicos de Monteverde Sociedad Anónima y Productores de Monteverde Sociedad Anónima, prevaleciendo la segunda, a la cual se le aumentó el capital social en la suma de ¢5.742.142.300,00.—San José, 2 de diciembre del 2013.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—(IN2013080315).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría se disolvió la entidad jurídica Easy Plateau Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinte mil trescientos treinta y cinco.—Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, a las quince horas del veintiséis de noviembre de dos mil trece.—Lic. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1 vez.—(IN2013080317).

Fusión de sociedades, Bastelica en Condocristal Ltda., cédula jurídica 3-102-227374, absorve a 1) Casarano de Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227662, 2) Catania en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227356, 3) Sorrento en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227442, 4) Soverato en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227480, 5) Termoli en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227881, 6) Teulada en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227395, 7) Villacidro en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227657, 8) Dorgalis en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227437, 9) Empoli en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227372, 10) Fano en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227375, 11) Fidenza en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227357, 12) Frosinone en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227482, 13) Galatina en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227879, protocolizada mediante escritura Nº 3, a la 8 horas del 2 de diciembre de 2013, en el protocolo IV, de la notaria Marianela Fonseca Rivera.—San José, 2 de diciembre de 2013.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2013080318).

Cambio de junta directiva de la sociedad Calzacomer S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-368019, protocolizada mediante escritura número 2 en la notaría de Marianela Fonseca Rivera, en San José, a las 8 horas del 30 noviembre del 2013, en el protocolo IV.—San José, 2 de diciembre de 2013.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2013080319).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría se protocolizó acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Digitall Soluciones Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y cuatro mil setecientos diecinueve, se nombran secretaria y fiscal, se reforman las cláusulas sexta y sétima.—Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, a las veintidós horas del día veintinueve de noviembre de dos mil trece.—Lic. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1 vez.—(IN2013080320).

En esta notaría a las 11 horas 5 minutos del día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Corporación Bailey Limitada. Se modifica cláusula primera del pacto constitutivo para que el nombre sea Grupo Urbeco Limitada.—Alajuela, 28 de noviembre del 2013.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—(IN201080323).

Por escritura otorgada ante mí: Condominio Valle de Eucaliptos O.N.C.E.C. Sociedad Anónima. Modificó estatutos.—Escritura otorgada en Heredia, a las catorce horas del noviembre de noviembre del dos mil trece.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(IN2013080325).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día dos de diciembre del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Transportes y Acarreos Polares S. A. donde se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2013080330).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 215 del tomo 15, de las 20 horas del día 28 del mes de noviembre del 2013, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Costa Rica Laundry S. A. donde se acuerda su disolución.—San José, 28 de noviembre del 2013.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—(IN2013080331).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día dos de diciembre del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-600494 S. A. donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2013080332).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día dos de diciembre del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-639850 S. A. donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2013080333).

En mi notaría, se constituyeron: 1- Global Elite Sociedad Anónima, capital: diez mil colones, domicilio: Goicoechea, presidente: Erick Siles Leandro. 2- Force Blue Moon de C.A. S. A. y 3- Se protocolizó cambio de representante legal de Viva Estética y Salud de Centroamérica Sociedad Anónima.—29 noviembre de 2013.—Lic. Manuel Núñez Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2013080335).

Por escritura número 259-2, otorgada a las 14:00 horas del 6 de octubre del 2013, donde se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Global Suministros Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula octava del pacto social, es todo.—San José, a las ocho horas del veintinueve de noviembre del 2013.—Lic. Analive Azofeifa Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2013080340).

Por escritura de las 8:00 horas del 2 de diciembre de 2013 se disolvió la sociedad Auto Repuestos Figueroa e Hijos S. A., cédula 3-101-528714.—Lic. Rolando Castro Córdoba, Notario.—1 vez.—(IN2013080346).

Por escritura número ciento ochenta y dos-uno, otorgada en mi notaría a las veinte horas y nueve minutos del día veinticuatro de setiembre del año dos mil trece, se constituye sociedad anónima denominada Madrigal y Barquero ETM Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, suscrito y pagado por Eyeri Madrigal Ramírez, y Cinthya Isabel Barquero Marín.—Heredia, 26 de noviembre de 2013.—Lic. Lauren Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2013080351).

Por escritura en Heredia a las dieciocho horas del veintiocho de noviembre del año dos mil trece. Se constituyó Aidil de las Cumbres S. A. Capital suscrito y pagado. Domicilio San Pedro de Barva de Heredia. Objeto industria, comercio, agricultura y ganadería.—Heredia, veintiocho de marzo del dos mil trece.—Lic. Gabriela María Miranda Chavarría, Notaria.—1 vez.—(IN2013080398).

Mediante escritura número sesenta y seis-cinco, visible al folio cuarenta y tres vuelto, del tomo cinco del protocolo del notario Andrés González Anglada, se constituyó la sociedad denominada El Gato de Playa Nosara Ltda., capital social diez mil colones, representación social a cargo de un gerente. Es todo.—Nosara Nicoya Guanacaste, veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic. Andrés González Anglada, Notario.—1 vez.—(IN2013080404).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Armacon Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y tesorero.—San José, diez horas del 19 de noviembre del 2013.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2013080406).

Por escritura número dieciséis-tomo siete, se protocolizó el acta número uno de la compañía Tekaforesta del Valle Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-546974; se modificó la cláusula sétima pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 29 de noviembre de dos mil trece.—Lic. Arturo Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2013080417).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución Nº 046-2013 DFCA Ministerio de Seguridad Pública. Dirección Financiera. Departamento de Cobros Administrativos. San José a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del siete de febrero del dos mil trece. Acorde con lo ordenado por los artículos 214 y 320 siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo N° 36366 SP, artículo 71. Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el Procedimiento Sumario Administrativo de Cobro contra Santos Gerardo Palacios Villanueva cédula de identidad número 3-341-673 por “adeudar a este ministerio la suma total de ¢836.126,96 (ochocientos treinta y seis mil ciento veintiséis colones con noventa y seis céntimos), desglosados en ¢793.104,25 por incapacidades no deducidas del salario del 31 de agosto al 30 de septiembre, del 01 al 31 de octubre, del 01 de al 15 de noviembre, todas de 2011, y ¢43.022,71 por ausencias del 5,6 y 7 de enero de 2011”. Lo anterior con fundamento en el oficio N° 3732-2012 DRH-SRC-AR del 10 de abril del 2012 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones de la Dirección de Recursos Humanos. El debido proceso será instruido por la Asistente Legal Fresia Kayem Pérez, teléfono 2586-43-44 ó 2586-4284, fax 2227-7828. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado (a) que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita frente al Liceo Castro Madriz, Barrio Córdoba en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente o bien presentar un arreglo de pago. Además puede cancelar la suma adeudada mediante depósito bancario a las cuentas N° 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la N° 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda o mediante Entero a Favor del Gobierno, debiendo presentar el documento de depósito original a este Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se hace de su conocimiento que la presente resolución no tiene recurso a tenor de lo dispuesto en el artículo 344 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas de manera automática, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas conforme a la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í. Órgano Director.—O. C. Nº 3400017941.—Solicitud Nº 5409.—(IN2013081165).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Principal, provincia de San José, avisa a las siguientes personas que tienen pendiente completar el proceso de actualización de datos personales conforme lo demanda la Ley Nº 8204 Sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo: a partir de esta notificación se le conceden 15 (quince) días hábiles para realizar dicho trámite. El proceso debe realizarse de manera personal en las Oficinas Centrales, Unidad de Custodia y Administración de Valores;  de no presentarse se procederá con la cancelación de sus inversiones  y cierre de las respectivas custodias:

Nombre

Identificación

Custodia

Ferrarri Fontana María E.

300000000374078

247

Vélez de Silva Meter

6055

372

Núñez Meléndez Esteban

300000021863468

2050

Gerard Scglapp Aurelia

300001000152463

2137

Cone Robert Roy

300000005442712

2497

Hsien-Cheng Tsung

300000000650717

2722

Fu Sen Lin

726906

2860

Huang Kuang Si

300000000616455

2879

Sziu Chen Li

695098

2890

Wei Shang Chen Cheng

300000000695097

2891

Shu Chuan  Ho Wu

300000000657276

2899

Chen Nan Tsai Yu

300000000387392

2938

Hong Chian Chuan

300000000727326

2942

Kang Peng Yin

300001000126858

2956

Chu Han Kung

300001000126948

2968

Ching Yuan Lee

0000548881

2970

In Shii Chou

0000387404

2972

Tai Mr Bao

300001000126955

2973

Tang Chen Song Chang

300001000127618

2977

Chu Chen Pao

300000000366832

2999

Feng Chiao Yu

300000000706291

3000

Huylar Wells Lee Jr

300000002677722

3137

Hsing Lain Chen Yu

855812

3230

Na Min Chung

100000108340122

3255

Capra Galvagno Marino

300000010628511

3283

Chen You Fu

300001000150157

3293

Lee Kai Po

300000000732184

3309

Cheung De Wong Yuen Fun

1011553014

3314

Chen Yu- Hsien

909490

3336

Kou Chu Chien

300000000946275

3414

Bin Mfa Ji Yu

300000000944803

3415

Yun Fu Kao

300001000131796

3473

Tsang Tao Yang

300001000132013

3498

Chen Chung- Hou

MFA829116

3499

Lin Han Wang

100260377

3513

Ya Fu Chen

300001000132235

3534

Mei Chiao Chen Lee

300001000132234

3535

Vanderstock Michel

300000000359784

3603

Clayton Lardinois Clifford

300002000505823

3862

Wan Chien Liao

300000001382286

3902

Liu Ling Li

300000001176987

4012

Lin Suh Duann

300000001423391

4016

Reissenberger Gunter Rudolf

300000007766199

4131

Nejdeh Aslanian Avanessian

300000002018623

4150

Kuk Drevici Ursula María

300000121212122

4355

Drevici Erol

300000000180365

4356

Lien Lien Liu

300000000197790

4378

Sia Zean Zong

300000001044388

4383

Mu Yeh Chen

300000001410954

4459

Ching Chih Liu

808172629171076

4578

Chen Jung Fa

300000000692323

4644

Hsiu Chun Cheng Chen

FA0760823

4801

Blandon Alvarado Rene Idelfonso

267138

4802

Piao Jung Mo

300000001318905

4830

Reyes Morales Rómulo

300000000048893

4875

Tsung Liang Chang

687892733

5078

Parazian Zakarian Vincent

646433510281

5081

Kwan Wong Poh Leng

300001000146046

5103

Yu Hung Yeh

300001000146097

5120

Chien Bao Tsuen

683402585

5122

Bruzzichini  Sergio

032718

5145

Hsu Chin Hsien

100060732

5153

Wai Lap Michael Pau

417779

5234

Yuen Ling Elsa Pau

C567911C

5235

Slodownick Vense Ruth

300000752161466

5355

Ming Cheng Chen

300000000666144

5368

Wan Cheng Yu

300000001119350

5462

Zang Tang

300000000090337

5466

Yung Jung Tang

300000000895002

5467

Yu Lu Wen Chun

300000001285181

5504

Yu Chen Kun

300000000941617

5576

Durckheim Ketelhodt Francesca

300000000624409

5647

López Gutiérrez Juan Francisco

300001000157643

6095

Gunter Luz

612661266

6126

Sullivan Eugene I.

31396596

6183

Dunn Denis Joseph

032396905

6222

Chang Lin Yu Chan

300000003264744

6768

Barrett Cook Richard

014872182

6812

Marconi Mario

300000003221401

6815

Gloria Fallick

809072

6948

Navarez Amador Nereyda del Socorro

300000000469614

7355

Mora María Luisa

300000157600832

7520

Ben Moshe Daniel

300000009026436

7546

Collard III Willian Russell

045677822

7791

 

Para mayor información puede comunicarse a los teléfonos Nos. 2212-2630 ó 2212-3226, Custodia de Valores, Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica.

La Uruca, 22 de noviembre del 2013.—Jefatura, Custodia y Administración de Valores OP.—Marvin Hernández Ramos.—Ing. Douglas Noguera Porras, Proveeduría General.—O. C. N° 514942.—Solicitud N° 5310.—(IN2013079835).

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En La Gaceta número 126 del dos de julio de dos mil trece, se publicó el Acuerdo 59-MJP del ocho de mayo de dos mil trece, que es el nombramiento como representante del Poder Ejecutivo de la señorita Laura Sileny Guerrero Salazar, cédula de identidad número 1-1168-0003, ante la Fundación Bandera Blanca FBB de Costa Rica, cédula jurídica 3-006-656338.

Dado que el Artículo 1° de dicho acuerdo, se indica nombrar nuevamente a la señorita Laura Sileny Guerrero Salazar y el número de cédula jurídica de la Fundación Bandera Blanca FBB de Costa Rica, se indicó erróneamente, se corrige para que donde dice: nombrar nuevamente, se diga “nombrar” y la cédula jurídica 3-006-542174, se lea correctamente: “cédula jurídica 3-006-656338” y no como por error se indicó.

San José, cinco de agosto del dos mil trece.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Solicitud N° 119-780-173.—C-16150.—(IN2013084583).

En La Gaceta N° 162 del lunes 26 de agosto de 2013, se publicó el acuerdo ejecutivo N° 107-JP, en el cual se nombra representante del Poder Ejecutivo de la Fundación para Pacientes de Nefrología Hospital San Juan de Dios, cédula jurídica número 3-006-666063, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Dado que en el artículo 1° de dicho acuerdo, el segundo apellido de la señora Heilyn Vargas Suárez, cédula de identidad N° 1-1071-0586, se indicó erróneamente, el mismo debe corregirse, para que en su lugar se lea correctamente: Heilyn Vargas Saurez, cédula de identidad N° 1-1071-0586.

Dada en la Presidencia de la República, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Sol. N° 119-780-174.—C-15170.—(IN2013084594).

 

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