LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO
DE HACIENDA
Con fundamento en
las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso
2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2
de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y
sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de
enero de 2006 y sus reformas; Ley Nº 8347, Creación del Centro Nacional de la
Música de 19 de febrero de 2003 y su reforma; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de
29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 37595-H de 18 de
marzo de 2013.
Considerando:
1º—Que mediante
la Ley Nº 8347, publicada en La Gaceta Nº 43 del 3 de marzo del 2003 y
su reforma, se crea el Centro Nacional de la Música como un órgano con
desconcentración mínima, del Ministerio de Cultura y Juventud, para contribuir
al desarrollo, el fortalecimiento, la enseñanza y la difusión de las artes
musicales en todas sus manifestaciones.
2º—Que mediante el oficio
DM-1461-2013 de 24 de setiembre de 2013, el Ministro de Cultura y Juventud y el
Director General del Centro Nacional de la Música, solicitaron incrementar el
gasto presupuestario máximo para el año 2014, por un monto total de
¢1.561.114.128,08 (mil quinientos sesenta y un millones ciento catorce mil
ciento veintiocho colones con ocho céntimos), con el fin de utilizar los
recursos incorporados en el Presupuesto Ordinario 2014 y cubrir el pago del
proyecto “Construcción y equipamiento de las nuevas instalaciones del Centro
Nacional de la Música”.
3º—Que corresponde ampliar por
la vía del Decreto Ejecutivo, la suma de ¢1.000.000.000,00 (mil millones de
colones exactos) de conformidad con lo establecido en el artículo 5° inciso b.
2) del Decreto Ejecutivo Nº 37595-H, publicado en el Alcance Digital Nº 54 a La
Gaceta Nº 57 de 21 de marzo de 2013, recursos provenientes de superávit
libre, toda vez que los gastos que se atenderán se vinculan con la acción
estratégica del Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014 denominado “Inversión en
infraestructura y equipamiento cultural”.
4º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 37595-H citado, se emitieron las Directrices Generales de Política
Presupuestaria para el año 2014, estableciéndose en el artículo 2°, el
porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las
entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año
precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto
presupuestario máximo para el año 2014 resultante para el Centro Nacional de la
Música, fue establecido en la suma de ¢2.885.980.000,00 (dos mil ochocientos
ochenta y cinco millones novecientos ochenta mil colones exactos), el cual fue
comunicado mediante el oficio STAP-0729-2013 del 16 de abril del 2013; cifra
que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.
5º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de
2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6
de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector
Público denominada Financiamiento”.
6º—Que el artículo 7° del
Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los recursos de
financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son
parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en
períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad
ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el
servicio público y los fines institucionales siempre que no tengan el carácter
permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del
tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro
compromiso de la misma naturaleza.
7º—Que por lo anterior, resulta
necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al Centro Nacional de
la Música para el año 2014, incrementándolo en la suma de ¢1.000.000.000,00
(mil millones de colones exactos). Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Amplíese para el Centro Nacional de la Música, el gasto presupuestario
máximo para el 2014, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº
37595-H, publicado en el Alcance Digital Nº 54 a La Gaceta Nº 57 de 21
de marzo de 2013, en la suma de ¢1.000.000.000,00 (mil millones de colones
exactos), para ese período.
Artículo 2º—Es responsabilidad
de la administración activa del Centro Nacional de la Música, el cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta
Nº 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto
Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de
2005 y sus reformas.
Artículo 3º—Para efectos de la
formulación del presupuesto, rige a partir de su publicación y para su
ejecución, rige a partir del 1° enero del 2014.
Dado en la
Presidencia de la República, al primer día del mes de noviembre del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Hacienda, Edgar Ayales.—1
vez.—O. C. N° 021-2013.—Solicitud N° 34683.—C-66220.—(D38029-IN2013083141).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución
Política.
Decretan:
Artículo
1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea
Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 37837-MP, a fin de que se conozcan
los siguientes proyectos de ley:
EXPEDIENTE N° 18.246 LEY DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS
HUMANOS.
EXPEDIENTE N° 18.867 LEY DEL SERVICIO PENITENCIARIO NACIONAL Y DE
ACCESO A LA JUSTICIA PARA LA EJECUCIÓN DE LA PENA.
EXPEDIENTE N° 18.975 REFORMA INTEGRAL DE LA LEY N° 8533, REGULACIÓN DE
LAS FERIAS DEL AGRICULTOR.
EXPEDIENTE N° 18.365 REFORMA DEL ARTÍCULO 111 DEL CÓDIGO PROCESAL
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, LEY N° 8508 DE 28 DE ABRIL 2006.
EXPEDIENTE N° 17.838 TITULACIÓN EN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA JUNTA DE
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
(ORIGINALMENTE DENOMINADO): LEY PARA BRINDAR SEGURIDAD JURÍDICA A LOS POSEEDORES
SOBRE LA FINCA INSCRITA A NOMBRE DE JAPDEVA, MATRÍCULA DE FOLIO REAL NÚMERO
96658, DERECHO 000, DE LA PROVINCIA DE LIMÓN.
EXPEDIENTE N° 18.001 PRIMERA LEY ESPECIAL PARA LA TRANSFERENCIA DE
COMPETENCIAS: ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED VIAL CANTONAL.
EXPEDIENTE N° 18751 LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA.
EXPEDIENTE N° 18.051 REFORMA A LA LEY SOBRE REGISTRO, SECUESTRO Y
EXAMEN DE DOCUMENTOS PRIVADOS E INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES (LEY N°
7425).
EXPEDIENTE N° 18.316 ADICIÓN AL CÓDIGO PENAL PARA TIPIFICAR LA
PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO EN EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.
EXPEDIENTE N° 18.709 LEY DE GARANTÍAS MOBILIARIAS.
EXPEDIENTE N° 18.969 ADICIÓN DE UN TRANSITORIO A LA LEY NACIONAL DE
EMERGENCIAS Y PREVENCIÓN DEL RIESGO, LEY N° 8488.
EXPEDIENTE N° 18.429 REFORMA AL ARTÍCULO 96 DEL CÓDIGO NOTARIAL, LEY
N° 7764 DE 17 DE ABRIL DE 1998.
EXPEDIENTE N° 18.725 REFORMA DE VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY DEL SISTEMA
FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI (BANCO HIPOTECARIO
DE LA VIVIENDA), LEY N° 7052 DEL 13 DE NOVIEMBRE DE 1986, CON EL FIN DE
ASEGURAR EL ACCESO A UNA VIVIENDA DIGNA COMO DERECHO HUMANO A LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD SIN NÚCLEO FAMILIAR (ORIGINALMENTE DENOMINADO): REFÓRMENSEN VARIOS
ARTÍCULOS DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN
DEL BANHVI (BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA), LEY N° 7052 DEL 13 DE NOVIEMBRE
DE 1986, CON EL FIN DE ASEGURAR EL ACCESO A UNA VIVIENDA DIGNA COMO DERECHO
HUMANO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD SIN NÚCLEO FAMILIAR.
Artículo 2º—Rige
a partir del 4 de diciembre del 2013.
Dado en la
Presidencia de la República, el día cuatro de diciembre de dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo
Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. N° 19547.—Solicitud N° 141.—C-31570.—(D38039-
IN2013082991).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en los artículos
140 incisos 3) y 20), artículo 146 de la Constitución Política, 25.1 de la Ley
N° 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; la Ley
N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico Arquitectónico de Costa Rica del 4 de
octubre de 1995, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 20
de octubre de 1995; y el Decreto Ejecutivo Nº 32749-C, Reglamento a la Ley de
Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica del 14 de marzo del 2005,
publicado en La Gaceta Nº 219 del 14 de noviembre del 2005.
Considerando:
I.—Que la Casa Episcopal de Limón
fue construida en 1940 en la cuadra de
la Catedral de Limón, distrito Primero del cantón de Limón y posee valor de
edificación patrimonial.
II.—Que la construcción se
edificó en concreto armado y ladrillo, según diseño Neocolonial del Arquitecto
José María Barrantes Monge, para utilizarse como sede de la Vicaria Apostólica
de la provincia de Limón.
III.—Que la edificación con
más de setenta y un años se constituye en el inmueble más antiguo de la Iglesia
Católica en la ciudad de Limón y presenta un alto grado de autenticidad e
integridad con relación a su estado actual y su diseño original.
IV.—Que el inmueble
representa un símbolo religioso y de poder local, por ser la sede primero de la
Vicaria Apostólica y hoy de la Diócesis.
V.—Que la edificación es parte de
los hitos referenciales más relevantes del Centro Histórico Arquitectónico de
la Ciudad de Limón.
VI.—Que es deber del Estado
conservar, proteger y preservar el patrimonio histórico-arquitectónico y
cultural de Costa Rica. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Declarar e Incorporar
al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, bajo la categoría de
edificación, el inmueble conocido como “Casa Episcopal de la Ciudad de Limón”,
ubicado en: distrito primero Central, cantón primero Limón, de la provincia de
Limón, avenida 4, calle 6, longitud 84°01`51.76” oeste y latitud: 09°59’35.15”
Norte, en posesión de Temporalidades de la iglesia católica de Costa Rica,
Arquidiócesis de Limón, con una medida de 1.200.86 metros cuadrados, con
fundamento en el Estudio Técnico elaborado por el historiador Carlos Manuel
Zamora Hernández y la arquitecta Carolina Cascante Vindas, funcionarios del
Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural y aprobado por
la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica por
acuerdo firme N° 5 tomado en sesión N° 5-2012 del 25 de abril del 2012 por la
Comisión Nacional de Patrimonio y la
Opinión Favorable emitida por la citada Comisión en acuerdo firme Nº 1, tomado
en sesión N° 05-2013 celebrada el día 20 de febrero del 2013, la Ley N° 7555,
Ley de Patrimonio Histórico Arquitectónico de Costa Rica del 4 de octubre de
1995, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 20 de octubre
de 1995; y el Decreto Ejecutivo Nº 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio
Histórico-Arquitectónico de Costa Rica del 14 de marzo del 2005, publicado en La
Gaceta Nº 219 del 14 de noviembre del 2005.
Artículo 2º—Informar al propietario, poseedor y/o
titulares de derechos reales del inmueble, que esta declaratoria le impone las
siguientes obligaciones:
a. Conservar, preservar y mantener adecuadamente el inmueble.
b. Informar sobre su estado y utilización al
Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera
Ministerial, cuando éste lo requiera.
c. Permitir el examen y el estudio del inmueble
por parte de investigadores, previa solicitud razonada y avalada por el Centro
de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera
Ministerial.
d. Permitir la colocación de elementos
señaladores de la presente declaratoria, en la estructura física del inmueble.
e. Permitir las visitas de inspección que
periódicamente realizarán los funcionarios acreditados por el Centro de
Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial,
y colaborar con ellos, en la medida de sus posibilidades, para determinar el
estado del inmueble y la forma en que se está atendiendo su protección y
preservación.
f. Cumplir con la prohibición de colocar placas
y rótulos publicitarios de cualquier índole que, por su dimensión, colocación,
contenido o mensaje, dificulten o perturben la contemplación del inmueble.
g. Solicitar autorización al Centro de
Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera
Ministerial antes de reparar, construir, restaurar, rehabilitar o ejecutar
cualquier clase de obras que afecte la edificación o su aspecto.
Artículo 3º—Informar al
propietario, poseedor y/o titulares de derechos reales sobre el inmueble, que
esta declaratoria prohíbe su demolición, o remodelación parcial o total, sin la
autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio
Cultural de esta Cartera Ministerial.
Artículo 4º—Su eventual restauración se hará bajo la
supervisión y dirección técnica del Centro de Investigación y Conservación del
Patrimonio Cultural, del Ministerio de Cultura y Juventud.
Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los dieciocho días del mes de
setiembre del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1
vez.—O. C. Nº 18079.—Solicitud Nº 41293.—C-90885.—(D38059-IN2013081311).
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146
de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28
inciso 2) acápite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración
Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de
setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N°
32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley N° 5695, Ley de
Creación del Registro Nacional de 28 de mayo de 1975 y sus reformas; el Decreto
Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto
Ejecutivo N° 37595-H de 18 de marzo de 2013.
Considerando:
1º—Que mediante la Ley N° 5695, publicada en La
Gaceta N° 106 de 7 de junio de 1975 y sus reformas, se establece que el
Registro Nacional, es una dependencia del Ministerio de Justicia y Paz, cuyos
fines son unificar criterios en materia de registro, coordinar las funciones,
facilitar los trámites a los usuarios, agilizar las labores y mejorar las
técnicas de inscripción; para todo lo cual se modernizarán los sistemas
respectivos.
2º—Que
mediante el oficio DGRN-1012-2013 de 25 de setiembre de 2013, el Director
General del Registro Nacional (JARN) y la Presidenta de la Junta
Administrativa, solicitaron incrementar el gasto presupuestario máximo del
2014, por un monto total de ¢12.319.556.355,07 (doce mil trescientos diecinueve
millones quinientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y cinco colones
con siete céntimos), para financiar gastos corrientes institucionales para
labores sustantivas y operativas. Dicha solicitud fue avalada por la Junta
Administrativa del Registro Nacional mediante acuerdo firme número J395 tomado
en la sesión extraordinaria N° 34-2013, celebrada el 11 de setiembre de 2013.
3º—Que
dicha suma correspondería ampliarla por la vía del Decreto Ejecutivo, de
conformidad con lo establecido en el artículo 5° inciso b.2 del Decreto
Ejecutivo N° 37595-H, publicado en el Alcance Digital N° 54 a La Gaceta
N° 57 de 21 de marzo de 2013, ya que los gastos que se atenderán son necesarios
para el desarrollo de Sistemas Informáticos; comisiones y gastos por servicios
financieros y comerciales; otros servicios de gestión y apoyo; actividades de
capacitación; equipo y programas de cómputo; edificios; equipo y mobiliario de
oficina; equipo de transporte; maquinaria y equipo diverso; instalaciones;
bienes intangibles y transferencias corrientes a instituciones públicas y
financieras; y porque dichos gastos serían financiados con recursos
provenientes de ingresos corrientes por la venta de timbres por
¢6.275.878.255,07 (seis mil doscientos setenta y cinco millones ochocientos
setenta y ocho mil doscientos cincuenta y cinco colones con siete céntimos);
recursos provenientes de superávit específico por ¢3.761.256.451,07 (tres mil
setecientos sesenta y un millones doscientos cincuenta y seis mil cuatrocientos
cincuenta y un colones con siete céntimos) y recursos provenientes de superávit
libre por ¢2.282.421.648,93 (dos mil doscientos ochenta y dos millones
cuatrocientos veintiún mil seiscientos cuarenta y ocho colones con noventa y
tres céntimos) para financiar bienes duraderos.
4º—Que
del monto indicado deben deducirse la suma de ¢239.750.000,00 (doscientos
treinta y nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos) que se
desglosan así: ¢89.250.000,00 (ochenta y nueve millones doscientos cincuenta
mil colones exactos) para la remodelación de la Proveeduría; ¢108.500.000,00
(ciento ocho millones quinientos mil colones exactos) para la remodelación de
la Dirección General que incluye a la Planificación y Proyección Institucional;
¢25.000.000,00 (veinticinco millones de colones exactos) para la remodelación
de la Asesoría Jurídica y Técnica, por cuanto no son gastos prioritarios y las
justificaciones brindadas no reflejan la necesidad real de llevar a cabo dichas
remodelaciones. Por otra parte se rebajan ¢17.000.000,00 (diecisiete millones
de colones exactos) de las remodelaciones no recomendadas de la Asesoría
Jurídica, Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional (UDEI) y del
Departamento de Proyección Institucional; por lo que el monto restante por
¢12.079.806.355,07 (doce mil setenta y nueve millones ochocientos seis mil
trescientos cincuenta y cinco colones con siete céntimos) es el que corresponde
ampliar vía Decreto Ejecutivo.
5º—Que
mediante el Decreto Ejecutivo N° 37595-H citado, se emitieron las Directrices
Generales de Política Presupuestaria para el año 2014, estableciéndose en el
artículo 2°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto
presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con
respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el
monto de gasto presupuestario máximo para el año 2014 resultante para la JARN,
fue establecido en la suma de ¢22.752.140.000,00 (veintidós mil setecientos
cincuenta y dos millones ciento cuarenta mil colones exactos), el cual fue
comunicado mediante el oficio STAP-0692-2013 del 15 de abril del 2013; cifra
que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.
6º—Que
mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130
de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la
aplicación del artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase
de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.
7º—Que
el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los
recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit
libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden
utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a
la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la
colectividad, el servicio público y los fines institucionales siempre que no
tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse
a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier
otro compromiso de la misma naturaleza.
8º—Que
el artículo 9° del referido Decreto Ejecutivo N° 32452-H, posibilita la
utilización del superávit específico, para el pago de gastos definidos en los
fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a tales
recursos.
9º—Que
por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo
fijado a la JARN para el año 2014, incrementándolo en la suma de ¢12.079.806.355,07
(doce mil setenta y nueve millones ochocientos seis mil trescientos cincuenta y
cinco colones con siete céntimos). Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Amplíese para la Junta Administrativa del
Registro Nacional (JARN), el gasto presupuestario máximo para el año 2014,
establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 37595-H, publicado en el
Alcance Digital N° 54 a La Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013, en la
suma de ¢12.079.806.355,07 (doce mil setenta y nueve millones ochocientos seis
mil trescientos cincuenta y cinco colones con siete céntimos), para ese
período.
Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración
activa de la JARN, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley
N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos, publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus
reformas, así como en el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La
Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.
Artículo 3º—Para efectos de la formulación del
presupuesto, rige a partir de su publicación y para su ejecución, rige a partir
del 1° enero del 2014.
Dado en la
Presidencia de la República, a los cinco días del mes de diciembre del año dos
mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda a. í., José Luis Araya Alpízar.—1
vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 62966.—C-95470.—(D38089- IN2013085713).
N° 058-MTSS
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
En uso de las
facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3), 18) y 20) de la
Constitución Política; 25.1, 27.1, 99 y 100 de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; 2, 5 y 6 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ley N° 1860 del 21 de
abril de 1955; 3 y 4 del Reglamento de Reorganización y Racionalización del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Decreto Ejecutivo N° 1508-TBS del 16
de febrero de 1971.
Considerando:
I.—Que el artículo 158 del Código de Trabajo permite el
fraccionamiento del periodo de vacaciones en dos tantos, cuando se haya
convenio entre las partes.
II.—Que
muchos(as) funcionarios y funcionarias tienen cumplidos sus periodos de
vacaciones, lo cual resulta inconveniente para ellos y para la Administración.
III.—Que
con ocasión de la Navidad y fiestas de fin de año, es propicio que las personas
que desempeñan puestos remunerados en la Administración Pública, dependencias
descentralizadas y empresas públicas del Estado, puedan participar de las
actividades propias de la época.
IV.—Que
el cierre general de las oficinas públicas en todo el país con excepción de
aquella que deben mantener la continuidad del servicio, presenta un ahorro
significativo para el Gobierno en gastos como energía eléctrica,
telecomunicaciones, agua, consumo de combustible, entre otros. Por tanto,
Se emite la
siguiente
DIRECTRIZ
DIRIGIDA A TODOS LOS JERARCAS
DE LOS MINISTERIOS
Y ÓRGANOS ADSCRITOS A LOS MISMOS, ASÍ COMO A
INSTITUCIONES
AUTÓNOMAS, SEMIAUTÓNOMAS Y EMPRESAS PÚBLICAS DEL
ESTADO
Artículo
1º—Conceder a título de vacaciones a los servidores públicos del Cantón Central
de San José, los días 23, 24, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de 2013 y 2 y 3 de
enero del año 2014. Lo anterior sin perjuicio de que el Ministerio de
Gobernación y Policía, de conformidad con lo dispuesto por la N° Ley 6725 del
10 de marzo de 1982, disponga autorizar un día de asueto de los ya referidos, a
fin de que los servidores del Cantón Central disfruten de la celebración de las
fiestas de fin y principio de año.
Artículo 2º—Conceder a título
de vacaciones a los servidores públicos del resto del país, los días 23, 24,
26, 27, 30 y 31 de diciembre de 2013 y 2 y 3 de enero del año 2014.
Artículo 3º—En el caso de los
servidores del Ministerio de Educación Pública, de la Procuraduría General de
la República y del Registro Nacional, las vacaciones serán definidas por su
Jerarca.
Artículo 4º—Tomar las medidas
correspondientes para garantizar la apertura de aquellas oficinas que, por la
naturaleza de sus funciones, requieran mantener la continuidad de sus
servicios, e informar dichas medidas a los usuarios. Dentro de estas medidas
debe asegurarse la disponibilidad inmediata del personal necesario para la
atención oportuna de cualquier situación de emergencia.
Artículo 5º—Rige a partir de
esta fecha.
Dada en la
Presidencia de la República.—San José, a los
veintiocho días del mes de noviembre del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Olman Segura Bonilla.—1 vez.—O.C. N° 19436.—Sol. N° 2162.—C-36060.—(D058-IN2013085539).
N° 661-PE
EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en
el artículo 47 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, en la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del año 2013, Ley N° 9103, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y el Acuerdo 062-MP del 1 º de febrero del 2013.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Ludwig Sibaja Mora, con cédula de identidad número 1-593-723, Director de
Protocolo, para que viaje a Cuba, con el fin de participar en reuniones de
avanzada con el objetivo de coordinar con los organizadores del evento, la
participación de la Señora Presidenta de la República, quien participará en la
“II Cumbre de la Comunidad de Estadas Unidos Latinoamericanos (CELAC)” que se
celebrará en ese país durante el mes de enero del 2014. La salida del señor
Sibaja Mora será el 29 de noviembre y su regreso estará previsto para el 1º de
diciembre del 2013.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos,
transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el
país visitado, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias,
impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título
201-Presidencia de la República, Programa 021-Administración Superior,
Subpartida 10504- Viáticos al Exterior, 10503-Transporte al Exterior. El
funcionario cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada
de uno de los viajes realizados al exterior.
Artículo 3º—Del 29 de noviembre al 1º de diciembre del
2013, se autoriza al funcionario Sibaja Mora utilizar el servicio de roaming
para llamadas oficiales del teléfono celular institucional asignado a su
persona. El pago se realizará al Instituto Costarricense de Electricidad en su
facturación mensual.
Artículo 4º—Se le otorga la suma adelantada de
¢191.215,08 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.
Artículo 5º—Rige a partir del 29 de noviembre y hasta
el 1º de diciembre del 2013.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos
mil trece.
Gustavo Alvarado Chaves, Viceministro de la
Presidencia.—1 vez.—O.
C. Nº 19546.—Solicitud Nº 143.—C-39580.—(IN2013082999).
N° 664-PE
EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en
la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del año 2013, Ley N° 9103, el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República, el artículo 47 de la Ley 6227, Ley General
de la Administración Pública, y el Acuerdo 062-MP del 1 º de febrero del 2013.
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el artículo
2 del Acuerdo de Viaje N° 646-PE, a nombre de la señora Martha Monge Marín, con
cédula de identidad número 1-818-376, secretaria del Consejo de Gobierno, para
que viaje a Francia e Italia, para que en su lugar se lea:
“Artículo 2: Los gastos por
concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel
y viceversa en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax,
fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos, así como el
servicio de transporte en tren interno de París hacía Poitiers, Francia el 4 de
noviembre del 2013, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la
República, Programa 02100-Administración Superior, Subpartida 10504-Viáticos al
Exterior, 10503-Transporte al Exterior. Se cancela, en la II tarifa de la tabla
según artículo 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos. En caso de que el monto adelantado por concepto de
hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la
funcionaría contra la presentación de la respetiva factura, según el artículo
35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos”.
Artículo 2º—Los artículos 1, 3, 4
y 5 no sufren modificación.
Artículo 3º—Rige a partir del 3 y hasta el 9 de
noviembre del 2013.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a
los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil trece.
Gustavo Alvarado Chaves,
Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 19546.—Solicitud Nº
142.—C-34870.—(IN2013083005).
Nº 665-PE
EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en
la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del año 2013, Ley N° 9103, el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República, el artículo 47 de la Ley 6227, Ley General
de la Administración Pública, y el Acuerdo 062-MP del 1º de febrero del 2013.
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el artículo
2 del Acuerdo de Viaje N° 645-PE, a nombre de la señora Alejandra Fonseca
Escalante, con cédula de identidad N° 1-958-207, asistente, para que viaje a
Francia e Italia, para que en su lugar se lea:
“Artículo 2: Los gastos por
concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel
y viceversa en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax,
fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos, así como el
servicio de transporte en tren interno de París hacia Poitiers, Francia el 4 de
noviembre del 2013, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la
República, Programa 02100-Administración Superior Subpartida 10504-Viáticos al
Exterior, 10503-Transporte al Exterior. Se cancela en la II tarifa de la tabla
según artículo 37 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos. En caso de que el monto adelantado por concepto de
hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la
funcionaría contra la presentación de la respectiva factura, según el artículo
35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos”.
Artículo 2º—Los artículos 1, 3, 4
y 5 no sufren modificación.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 y hasta el 09 de
noviembre del 2013.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos
mil trece.
Gustavo Alvarado Chaves,
Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 19546.—Solicitud Nº
142.—C-34720.—(IN2013083086).
Nº 767-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
En uso de las facultades que le
confieren los artículos 139 inciso 3) de la Constitución Política, artículo 39
de la Ley General de Policía N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y sus reformas, y
artículos 97 y 21 1 del Decreto Ejecutivo N° 36366-SP: Reglamento de
Organización del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en La Gaceta
N° 21 del 31 de enero del 2011.
Considerando:
I.—Que el artículo 139 inciso 3) de
la Constitución Política establece como deber y atribución exclusiva de la
Presidenta de la República, ejercer el mando supremo de la Fuerza Pública.
II.—Que el numeral 39 de la Ley General de Policía,
establece que la Presidenta de la República podrá organizar y convocar, con
carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo
auxiliar extraordinario ad honorem, para atender estados de emergencia o
situaciones excepcionales, así como colaborar con los Cuerpos Policiales
Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública en la vigilancia de eventos
deportivos, culturales y de seguridad ciudadana en todo el territorio nacional
actuando siempre bajo la subordinación en grado inmediato del Ministro de
Seguridad Pública.
III.—Que de conformidad con el numeral 97 del
Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, Decreto N°
36366-SP, la Reserva de las Fuerzas de Policía estará adscrita al Ministerio de
Seguridad Pública, cuando sea convocada con carácter temporal. De igual manera,
el numeral 211 del mismo cuerpo reglamentario dispone que cuando la Reserva
haya sido convocada de conformidad con lo establecido en la Ley General de
Policía, tendrá en esas circunstancias y dentro de ese marco de competencias,
entre otras, las siguientes funciones: coordinar con la Fuerza Pública las
labores de prevención, vigilancia y protección en todo el territorio nacional,
para preservar la seguridad de los habitantes, sus bienes y libertades constitucionales;
cooperar con la Fuerza Pública, instituciones gubernamentales y otras entidades
en casos de calamidad o desastre nacional, eventos masivos, conflagraciones y
conmoción civil; velar por el cumplimiento de la normativa ambiental,
ejerciendo las labores de vigilancia, protección y conservación del ambiente y
denunciando ante los órganos administrativos y judiciales competentes aquellos
actos y omisiones que contravengan esta normativa, y aquellas otras que se
deriven del ordenamiento jurídico de conformidad con su competencia.
IV.—Que el Ministro de Seguridad Pública ha solicitado
a la Presidenta de la República, convocar a la Reserva de la Fuerza Pública a
partir de las cero horas del primero de enero del año dos mil trece y hasta las
veinticuatro horas del treinta de abril del año dos mil trece, para colaborar
con los cuerpos policiales durante el desarrollo de actividades propias de su
competencia, en relación con los siguientes eventos: atención de las posibles
inundaciones por la época lluviosa, operativos cívico-policiales; partidos de
la Selección Nacional de Fútbol; festejos de Zapote, festejos de Palmares,
festejos de Alajuelita, inicio del Campeonato Nacional de Fútbol Torneo Verano,
festejos en otras comunidades del país, fin del período de vacaciones, inicio
del Curso lectivo 2013, operativos en Semana Santa, celebración en honor a Juan
Santamaría (11 de abril), atención de emergencias a nivel nacional colaborando
con los cuerpos policiales, comunidades, municipalidades, comités de emergencia
y organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos;
resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto
en el Decreto Ejecutivo N° 30494-MINAE-MOPT-SP del 5 de junio del año 2002, así
como reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el
territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.
V.—Que las citadas situaciones
exigen ineludiblemente el reforzamiento de las Fuerzas de Policía que
ordinariamente velan por el orden y la seguridad del país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Convocar conforme lo
solicitado por el Ministro de Seguridad Pública, y con carácter transitorio a
la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario, con
carácter ad honorem, para atender y coordinar con las autoridades de policía,
las labores de vigilancia y protección de la seguridad pública, de sus
ciudadanos y sus bienes, y cooperar para el mantenimiento de la tranquilidad y
el orden público y con motivo del desarrollo de actividades propias de su
competencia, en relación, entre otros, con los siguientes eventos: atención de
las posibles inundaciones por la época lluviosa, operativos cívico-policiales;
partidos de la Selección Nacional de Fútbol; festejos de Zapote, festejos de
Palmares, festejos de Alajuelita, inicio del Campeonato Nacional de Fútbol
Torneo Verano, festejos en otras comunidades del país, fin del período de
vacaciones, inicio del Curso lectivo 2013, operativos policiales de Semana
Santa, celebración en honor a Juan Santamaría (11 de abril), atención de
emergencias a nivel nacional colaborando con los cuerpos policiales,
comunidades, municipalidades, comités de emergencia y organizaciones de
servicio público para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos
forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N°
30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del año 2002, así como reforzar las labores
de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a
la labor que realiza la Fuerza Pública.
Artículo 2°—Los efectivos convocados mediante este
acto quedarán subordinados al Ministro de Seguridad Pública, quien dispondrá de
todo lo pertinente para tal efecto, de conformidad con la normativa jurídica
vigente.
Artículo 3°—La presente convocatoria será para el
período comprendido entre las cero horas del día primero de enero del año dos
mil trece, hasta las veinticuatro horas del día treinta de abril del año dos
mil trece.
Artículo 4°—Rige a partir del primero de enero de
2013.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de
noviembre del año dos mil doce.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C.
Nº 18095.—Solicitud Nº 0353.—C-105420.—(IN2013083118).
N° 972-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
En uso de las facultades que le
confieren los artículos 139 inciso 3) de la Constitución Política, artículo 39
de la Ley General de Policía N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y sus reformas, y
artículos 98 y 211 y 212 del Decreto Ejecutivo N° 36366-SP: Reglamento de
Organización del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en La Gaceta
N° 21 del 31 de enero del 2011.
Considerando:
1°—Que el artículo 139 inciso 3)
de la Constitución Política establece como deber y atribución exclusiva de la
Presidenta de la República, ejercer el mando supremo de la Fuerza Pública.
2°—Que el numeral 39 de la Ley General de Policía,
establece que la Presidenta de la República podrá organizar y convocar, con
carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo
auxiliar extraordinario ad honorem, para atender estados de emergencia o
situaciones excepcionales, así como colaborar con los Cuerpos Policiales
Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública en la vigilancia de eventos
deportivos, culturales y de seguridad ciudadana en todo el territorio nacional
actuando siempre bajo la subordinación en grado inmediato del Ministro de
Seguridad Pública.
3°—Que de conformidad con el numeral 98 del Reglamento
de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, Decreto N° 36366-SP, la
Reserva de las Fuerzas de Policía estará adscrita al Ministerio de Seguridad
Pública, cuando sea convocada con carácter temporal. De igual manera, el
numeral 212 del mismo cuerpo reglamentario dispone que cuando la Reserva haya
sido convocada de conformidad con lo establecido en la Ley General de Policía,
tendrá en esas circunstancias y dentro de ese marco de competencias, entre
otras, las siguientes funciones: coordinar con la Fuerza Pública las labores de
prevención, vigilancia y protección en todo el territorio nacional, para
preservar la seguridad de los habitantes, sus bienes y libertades
constitucionales; cooperar con la Fuerza Pública, instituciones gubernamentales
y otras entidades en casos de calamidad o desastre nacional, eventos masivos,
conflagraciones y conmoción civil; velar por el cumplimiento de la normativa
ambiental, ejerciendo las labores de vigilancia, protección y conservación del
ambiente y denunciando ante los órganos administrativos y judiciales competentes
aquellos actos y omisiones que contravengan esta normativa, y aquellas otras
que se deriven del ordenamiento jurídico de conformidad con su competencia.
4°—Que el Ministro de Seguridad Pública ha solicitado
a la Presidenta de la República, convocar a la Reserva de la Fuerza Pública a
partir de las cero horas del primero de setiembre del año dos mil trece y hasta
las veinticuatro horas del treinta y uno de diciembre del año dos mil trece,
para colaborar con los cuerpos policiales durante el desarrollo de actividades
propias de su competencia, en relación con los siguientes eventos: atención de
inundaciones por la llegada de la época lluviosa, operativos
cívicos-policiales; encuentros de la Selección Nacional de Fútbol, encuentros
del Campeonato Nacional de Fútbol Torneo de Invierno; festejos en varias
comunidades del país, celebraciones de la Independencia (desfile de faroles el
14 de setiembre y desfiles del 15 de setiembre); Día de Las Culturas (12 de
octubre), día de brujas (31 de octubre); fin de curso lectivo del año 2013;
inicio período de vacaciones de fin de año, pago de aguinaldo; TELETÓN,
Festival de La Luz, Festejos Populares de San José (25 al 31 de diciembre);
atención de emergencias a nivel nacional colaborando con los cuerpos policiales,
comunidades, municipalidades, comités de emergencia y organizaciones de
servicio público para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos
forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N°
30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del año 2002, así como reforzar las labores
de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a
la labor que realiza la Fuerza Pública.
5°—Que las citadas situaciones exigen ineludiblemente
el reforzamiento de las Fuerzas de Policía que ordinariamente velan por el
orden y la seguridad del país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Convocar conforme lo
solicitado por el Ministro de Seguridad Pública, y con carácter transitorio a
la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario, con
carácter ad honorem, para atender y coordinar con las autoridades de policía,
las labores de vigilancia y protección de la seguridad pública, de sus
ciudadanos y sus bienes, y cooperar para el mantenimiento de la tranquilidad y
el orden público y con motivo del desarrollo de actividades propias de su
competencia, en relación, entre otros, con los siguientes eventos: atención de
inundaciones por la llegada de la época lluviosa, operativos
cívicos-policiales; encuentros de la Selección Nacional de Fútbol, encuentros
del Campeonato Nacional de Fútbol Torneo de Invierno; festejos en varias
comunidades del país, celebraciones de la Independencia (desfile de faroles el
14 de setiembre y desfiles del 15 de setiembre); Día de Las Culturas (12 de
octubre), día de brujas (31 de octubre); fin de curso lectivo del año 2013;
inicio período de vacaciones de fin de año, pago de aguinaldo; Teletón,
Festival de La Luz, Festejos Populares de San José (25 al 31 de diciembre);
atención de emergencias a nivel nacional colaborando con los cuerpos
policiales, comunidades, municipalidades, comités de emergencia y
organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos;
resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto
en el Decreto Ejecutivo N° 30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del año 2002,
así como reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el
territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.
Artículo 2°—Los efectivos convocados mediante este
acto quedarán subordinados al Ministro de Seguridad Pública, quien dispondrá de
todo lo pertinente para tal efecto, de conformidad con la normativa jurídica
vigente.
Artículo 3°—La presente convocatoria será para el
período comprendido entre las cero horas del día primero de setiembre del año
dos mil trece, hasta las veinticuatro horas del día treinta y uno de diciembre
del año dos mil trece.
Artículo 4°—Rige a partir del primero de setiembre de
dos mil trece.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a las doce horas treinta minutos del treinta de julio del
año dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C.
Nº 18095.—Solicitud Nº 108-090-00056.—C-111860.—(IN2013083173).
N° 1058-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en
los artículos 139 inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 47 inciso 3) de
la Ley General de la Administración Pública (N°6227 de 2 de mayo de 1978), en
la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por Concepto de Transportes
para Todos los Funcionarios del Estado (N° 3462 de 26 de noviembre de 1964), en
la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2013 (N° 9103 de 4 de diciembre de 2012) y en el
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de
mayo de 2001).
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
Roberto Gallardo Núñez, cédula de identidad número 1-549-255, Ministro de
Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en: a)
la “III Reunión del Consejo de Ministros de Planificación de los Países del
Sistema de Integración Centroamericana (CONPLAN-SICA)”, organizada por el
Gobierno de la República de Panamá, a realizarse en la Ciudad de Panamá,
República de Panamá, el día 19 de noviembre de 2013; y b) la “XIII Conferencia
de Ministros y Jefes de Planificación de América Latina y el Caribe y XIV
Reunión del Consejo Regional de Planificación del Instituto Latinoamericano de
Planificación Económica y Social (CRP-ILPES)”, organizada por ILPES, la
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Ministerio
Planificación, Presupuesto y Gestión del Gobierno de la República Federativa de
Brasil, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil,
los días 21 y 22 de noviembre de 2013.
Artículo 2º—El Gobierno de Panamá cubrirá gastos por
concepto de transporte en la ruta San José-Panamá-San José y CEPAL cubrirá
gastos por concepto de transporte en la ruta Panamá-Brasil-Panamá. El Gobierno
de Panamá cubrirá gastos por concepto de hospedaje durante el día 19 de
noviembre de 2013 y por concepto de desayuno y almuerzo el día 19 de noviembre
de 2013. CEPAL cubrirá gastos por concepto de viáticos los días 21 a 23 de
noviembre de 2013. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN) cubrirá gastos por concepto de cenas de los días 18, 19 y 20 de
noviembre de 2013 y de desayuno y almuerzo el día 20 de noviembre de 2013, así
como impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban
pagar en terminales de transporte y póliza de seguro por accidente (INS: Seguro
Viajeros con Asistencia), con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica), Programa 863 (Actividades Centrales),
Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el Exterior), 1.05.04 (Viáticos en el
Exterior) y 1.06.01 (Seguros) del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2013.
Artículo 3º—Se otorga al señor Gallardo Núñez la suma
adelantada de US $356.52 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.
Artículo 4º—El día 20 de noviembre de 2013 el señor
Gallardo Núñez estará en ruta de traslado.
Artículo 5º—Durante la ausencia del señor Gallardo
Núñez, se nombra como Ministra a. i. a la señora Silvia Hernández Sánchez,
cédula de identidad número 1-954-364.
Artículo 6º— Rige de las 17:30 horas del 18 de
noviembre a las 9:00 horas del 23 de noviembre de 2013.
Dado en la Presidencia de la
República, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece.
Publíquese.—LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº
19801.—Solicitud Nº 127-860-130020.—C-59740.—(IN2013083179).
N° 1059-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política;
artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública: y
artículos 7 º párrafo final, 29 y 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo 1044-P del
seis de noviembre de dos mil trece, se autorizó al señor Mario Zamora Cordero,
cédula de identidad N° 2-449-150, Ministro de Gobernación, Policía y de
Seguridad Pública, para asistir a la actividad denominada “Cuarta Reunión de
Ministros en Materia de Seguridad Pública de las Américas, MISPA”, por
realizarse en Medellín, Colombia, del 20 al 23 de noviembre de 2013 (incluye
salida y regreso).
II.—Que de conformidad con el
oficio 3607-2013-DI, de fecha 13 de noviembre de 2013, suscrito por la
licenciada Silvia Navarro Mora, Directora de Despacho, solicita modificar el
Acuerdo 1044-P, en lo conducente a la fecha de salida, a efecto de que el señor
Ministro asista a otra actividad; asimismo, se modifique lo relativo a los
gastos del viaje y el nombramiento de Ministro interino. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Modifíquese los
artículos 1, 3, 4 y 6 del Acuerdo 1044-P, del seis de noviembre de dos mil
trece, para que se lean de la siguiente manera:
“Artículo 1º—Autorizar al señor
Mario Zamora Cordero, cédula de identidad N° 2-449-150, Ministro de
Gobernación, Policía y de Seguridad Pública, para que asista a la actividad
denominada: ‘Taller de Acciones Nacionales, Regionales e Iniciativas
Internacionales en el Marco de la Lucha Contra la Pesca Ilegal”, por realizarse
en Cartagena de Indias, Colombia, a partir del día 19 de noviembre de 2013, y a
la actividad denominada: “Cuarta Reunión de Ministros en Materia de Seguridad
Pública de las Américas, MISPA”, por realizarse en Medellín, Colombia, del 21
al 23 de noviembre de 2013. (Incluye salida y regreso).”
“Artículo 3º—En ausencia del
señor Mario Zamora Cordero, se nombra como Ministro a. i. de los Ministerios de
Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, de las ocho horas del diecinueve
de noviembre a las diecisiete horas del veintitrés de noviembre de dos mil
trece, al Lic. Celso Gamboa Sánchez, Viceministro de Unidades Especiales de
Seguridad Pública”.
“Artículo 4º—La Agencia
Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia cubrirá los gastos del
tiquete aéreo San José-Cartagena de Indias, la alimentación y el hospedaje del
día 19 de noviembre, y el tiquete aéreo Cartagena de Indias-Medellín, Colombia.
El Ministerio de Seguridad Pública mediante el Programa 089 Gestión
Administrativa de los Cuerpos Policiales, en la subpartida 1.05.03 “Transporte
en el Exterior”, costeará el pago del tiquete aéreo de Medellín, Colombia-San
José, del día 23 de noviembre de 2013 y la subpartida 1.05.04 “Viáticos en el
Exterior”, cubrirá los gastos de hospedaje y alimentación de los días 20 al 23
de noviembre; así como cualquier otro gasto imprevisto que surja durante el
viaje, del 19 al 23 de noviembre de 2013”.
“Artículo 6º—Rige de las ocho horas
del día diecinueve de noviembre a las diecisiete horas del veintitrés de
noviembre dos mil trece”.
Artículo 2º—Todos los demás
aspectos autorizados en el Acuerdo 1044-P, se mantienen incólumes.
Artículo 3º—Rige de las ocho horas del diecinueve de
noviembre hasta las diecisiete horas del veintitrés de noviembre de dos mil
trece.
Dado en la Presidencia de la
República, San José, a los quince días del mes de noviembre de dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C.
Nº 17941.—Solicitud Nº
2201.—C-62240.—(IN2013083093).
N° 1061-P
EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en
el artículo 139 de la Constitución Política; los artículos 26 inciso b) y 47
inciso 3) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de
mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9103 del 4 de diciembre de
2012, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio económico del 2013 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República y,
Considerando:
I.—Que se ha recibido formal
invitación por parte del Departamento de Biomateriales Sostenibles de Virginia
Tech, College of Natural Resources and Environment para que el Ministro de
Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones visite la ciudad de Blacksburg,
Virginia, Estados Unidos de América, los días 11 al 13 de noviembre del 2013 y
conozca de cerca los programas que desarrolla esta universidad.
En esta reunión se analizará la posibilidad de
establecer convenios de colaboración para que estudiantes costarricenses puedan
realizar estudios de postgrado en áreas de interés del Ministerio de Ciencia,
Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT). Asimismo, se considerará la
posibilidad de desarrollar otros proyectos y programas de investigación que
ayuden a fortalecer el vínculo Universidad - Empresa.
II.—Que se ha recibido
cordial invitación de la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral de la
Organización de Estados Americanos (OEA) para que el Ministro de Ciencia,
Tecnología y Telecomunicaciones participe en la Octava Reunión Ordinaria de la
Comisión Interamericana de Ciencia y Tecnología (COMCYT), a celebrarse en la
sede de la OEA en Washington DC, Estados Unidos de América los días 14 y 15 de
noviembre de 2013.
En esta reunión se dará seguimiento al Plan de Acción
Panamá 2012-2016, y se realizará un intercambio entre los países miembros
acerca de iniciativas que apoyan la innovación, la ciencia y la tecnología, las
cuales podrían ser replicadas en los otros países de la región. Asimismo, se
pretende fortalecer los lazos de cooperación entre los países y la OEA. Las
temáticas a tratar en dicha reunión son: Innovación y Desarrollo Tecnológico. Todas
estas áreas responden a las prioridades establecidas por Costa Rica en el Plan
Nacional de Ciencia y Tecnología 2011-2014.
III.—Que es de especial interés del Ministerio, que el
señor Ministro José Alejandro Cruz Molina asista a estas actividades dado que
las temáticas que serán tratadas en ambas se relacionan con las estrategias que
promueve MICITT para el fortalecimiento del Capital Humano, y apoyo a la
innovación y la productividad. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
José Alejandro Cruz Molina, cédula de identidad tres-cero ciento noventa y
dos-cero trescientos nueve; Ministro de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones; para que los días 11 al 13 de noviembre visite Virginia
Tech, College of Natural Resources and Environment, ubicada en Blacksburg,
Virginia, Estados Unidos de América, y participe en la Octava Reunión Ordinaria
de la Comisión Interamericana de Ciencia y Tecnología (COMCYT), a celebrarse en
la sede de la OEA en Washington DC, Estados Unidos de América los días 14 y 15
de noviembre de 2013.
Artículo 2º—Los gastos correspondientes al hospedaje,
alimentación, boletos aéreos, transporte terrestre, impuestos de salida así
como los seguros necesarios para este viaje, los cubrirá el Ministerio de
Ciencia y Tecnología por medio del Programa 893- “Coordinación y Desarrollo
Científico y Tecnológico”, sujetos a liquidación.
Artículo 3º—Que desde las 11:00 horas del 10 de
noviembre del dos mil trece y hasta las 23:00 horas del 16 de noviembre de ese
mismo año, se nombra Ministro a.i. de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
al señor Rowland Espinoza Howell, cédula de identidad uno-cero ochocientos treinta y seis-cero
ciento setenta y siete, Viceministro de Telecomunicaciones.
Artículo 4º—Rige a partir de las 11:00 horas del 10 de noviembre del dos mil
trece y hasta las 23:00 horas del 16 de noviembre de ese mismo año.
Dado en la Presidencia de la
República, San José, el seis de noviembre del año dos mil trece.
Publíquese.—ALFIO
PIVA MESÉN.—1 vez.—O. C.
Nº 17593.—Solicitud Nº
128-898-047.—C-73780.—(IN2013083184).
N° 1062-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en
los artículos 139 de la Constitución Política (inciso 1), y 47 inciso 3) de la
Ley N° 6227 de fecha 2 de mayo de 1978, denominada “Ley General de la
Administración Pública”, y
Considerando:
I.— Que el señor Edgar Ayales Esna,
Ministro de Hacienda, por motivos de salud deberá viajar a la ciudad de
Houston, Estados Unidos de América.
II.—Que en virtud de lo
anterior, se encontrará incapacitado desde el 1° de diciembre y hasta el 18 de
diciembre de 2013, según boleta de Incapacidad N° 0207842.
III.— Que en el período del
19 de diciembre de 2013 al 3 de enero de 2014, el señor Ayales Esna se
encontrará disfrutando de vacaciones. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Conocer de la
incapacidad por motivos de salud del señor Edgar Ayales Esna, cédula de
identidad número uno- trescientos ochenta y tres-trescientos diecisiete,
Ministro de Hacienda, del 1 de diciembre al 18 de diciembre de 2013.
Artículo 2º—Conceder vacaciones al señor Edgar Ayales,
Ministro de Hacienda, del 19 de diciembre de 2013 al 3 de enero de 2014,
debiendo reintegrarse a sus labores el día 6 de enero de 2014, para lo cual se
hace la aclaración que los días 4 y 5 de enero corresponden a días de descanso
semanal.
Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Edgar Ayales
Esna se nombra como Ministro a. i. al señor José Luis Araya Alpízar, cédula de
identidad número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco,
Viceministro de Egresos, a partir de las 00:01 horas del 1° de diciembre de
2013 hasta las 00:01 horas del 6 de enero del 2014.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir de las
00:01 horas del 1° de diciembre de 2013 hasta las 00:01 horas del 6 de enero de
2014.
Dado en la Presidencia de la
República a los veintiuno días del mes de noviembre del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C.
Nº 17960.—Solicitud Nº
13103.—C-30210.—(IN2013083225).
N° 1064-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en
los artículos 139 de la Constitución Política (inciso 1), y 47 inciso 3° de la
Ley N° 6227 de fecha 2 de mayo de 1978, denominada “Ley General de la
Administración Pública”, y
Considerando:
I.—Que el señor Edgar Ayales Esna,
Ministro de Hacienda, por motivos de salud se encontrará incapacitado el día 29
de noviembre de 2013, según Boleta de Incapacidad N° 990631 de fecha 29 de
noviembre de 2013. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Conocer de la
incapacidad por motivos de salud del señor Edgar Ayales Esna, cédula de
identidad número uno-trescientos ochenta y tres-trescientos diecisiete,
Ministro de Hacienda, a partir de las 12:00 horas hasta las 23:59 horas del día
29 de noviembre de 2013.
Artículo 2º—Durante la incapacidad del señor Edgar
Ayales Esna se nombra como Ministro a. i. al señor José Luis Araya Alpízar,
cédula de identidad número dos-trescientos veintiocho- ochocientos cincuenta y
cinco, Viceministro de Egresos, a partir de las 12:00 horas hasta las 23:59
horas del día 29 de noviembre de 2013.
Artículo 3º—El presente acuerdo rige a partir de las
12:00 horas hasta las 23:59 horas del día 29 de noviembre de 2013.
Dado en la Presidencia de la
República a los veintinueve días del mes de noviembre del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C.
Nº 17960.—Solicitud Nº 13104.—C-23110.—(IN2013083221).
Nº 1066-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en el artículo
139, inciso 1) de la Constitución Política y el artículo 47, inciso 3) de la
Ley General de la Administración Pública, N° 6227 de 2 de mayo de 1978 y los
artículos 1º y 3º del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
Funcionarios Públicos.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
René Castro Salazar, cédula de identidad N° 1-0518-0181, Ministro de Ambiente y
Energía, para que viaje a Corea y Japón del 2 al 10 de diciembre de 2013. El
propósito del viaje es representar al Gobierno de Costa Rica en diferentes
reuniones: 1.-Inauguración del Fondo Climático Verde. 2.-Sesión del Subcomité
de Programas del Instituto Global de Crecimiento Verde. 3.-IV Sesión del
Consejo del (GGGI) Instituto Global de Crecimiento Verde. 4.-Reunión con el
Ministro de Ambiente de Corea. 5.-Reunión con el Ministro de Ambiente de Japón.
Artículo 2º—Los costos de tiquete aéreo San
José-Corea, Corea-Japón, Japón-San José, serán cubiertos por el (GGGI)
Instituto de Crecimiento Verde. Los gastos de viáticos, del 2 al 6 de diciembre
del 2013, para alimentación e imprevistos en Corea, serán cubiertos por Fondo
Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO). Los gastos de viáticos del 6 al
10 de diciembre del 2013 de alimentación, hospedaje e imprevistos en Japón,
serán cubiertos por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO). El
seguro de viaje y algunos imprevistos como (taxi, internet, lavado de ropa,
llamadas telefónicas, entre otros) serán sufragados por el Ministerio de
Ambiente y Energía, Programa Presupuestario 879-Actividades Centrales,
Subpartidas 1.05.04 (Viáticos en el Exterior) y 1.06.01 (Seguro Viajero). Si
por fuerza mayor el rubro por concepto de imprevistos excede al 8% se
presentarán las facturas, tiquetes o comprobantes de pago correspondientes
junto con la liquidación de viáticos, a efectos de que sea reintegrado, según
se estipula en los artículos 35, 41 y 42 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la
República.
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor
Ministro, se nombra en el ejercicio del cargo de Ministra a. i. a la señora Ana
Lorena Guevara Fernández, cédula de identidad N° 01-0538-0559, de las 13:59
horas del día 2 de diciembre del 2013 hasta las 21:05 horas del 10 de diciembre
del 2013.
Artículo 4º—Rige a partir de las 13:59 horas del día 2
de diciembre del 2013,
y hasta las 21:05 horas del 10 de diciembre del 2013.
Dado en la Presidencia de la
República, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C.
Nº 19957.—Solicitud Nº
60621.—C-45720.—(IN2013083104).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo II, folio 8, asiento N° 360, emitido en el año dos
mil once y el Título de Técnico Medio en Contabilidad y Finanzas, inscrito en
el tomo II, folio 4, asiento N° 355, emitido en el año dos mil diez, ambos
títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional Turrubares, a
nombre de Arce Cubillo Estivin Gustavo, cédula 1-1496-0348. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a cuatro días del
mes de diciembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081207).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad
industrial
PUBLICACION
DE UN A VEZ
N° 2013-1962.—Lourdes María
Salas Barrantes, cédula de identidad 0203920183, en calidad de apoderada
generalísima sin límite de suma de Siete Hermanos N & S Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-675079, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Alajuela, Orotina, Ceiba, Cascajal, 100 metros al oeste de la iglesia católica
del lugar. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante
esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto.—Presentada el 06 de noviembre del 2013,
según solicitud Nº 2013-1962.—San José, 19 de noviembre del 2013.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—(IN2013078743).
N° 2013-1961.—Jairo Elías
Ramírez Contreras, Cédula de identidad 0501440543, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Santa Cruz, San Juan, San Juan, 500 metros sur de la plaza San Juan,
Finca Pringo de Oro. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos
valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de
la publicación de este edicto.— Presentada el 06 de noviembre del 2013, según solicitud
Nº 2013-1961.—San José, 19 de noviembre del 2013.— Luz Vega, Registradora.—1
vez.—(IN2013078961).
N° 2013-1574.—Wilfrido Salas
Salas, cédula de identidad 0203880958, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Sagaces, Fortuna, Unión Ferrer, 1 kilómetro al norte del Centro
Turístico El Yoko. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de setiembre del
2013, según expediente Nº 2013-1574.—San José, 30 de
setiembre del 2013.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1
vez.—(IN2013079119).
N° 2013-1237.—Edwin Castro
Murillo, cédula de identidad 0501390244, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Alajuela, Guatuso, San Rafael, Silencio, Costado norte de la plaza de deportes
del Silencio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio del 2013,
según expediente Nº 2013-1237.—San José, 28 de agosto
del 2013.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2013079122).
Nº 2013-1796.—Ulises Ávila
Castro, cédula de identidad 0501500655, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Nicoya, Cañal, frente a la plaza de deportes de Cañal. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2013. Según el expediente Nº
2013-1796.—San José, 22 de octubre del 2013.—Viviana
Segura De la O., Registradora.—1 vez.—(IN2013079274).
Nº 2013-1795.—José Rodolfo
Ortega Ortega, cédula de identidad 0502420358, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Nicoya, Copal, Copal, de la pulpería El Trébol 150 metros este. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2013. Según el
expediente Nº 2013-1795.—San José, 14 de noviembre del
2013.—Viviana Segura De la O., Registradora.—1 vez.—(IN2013079276).
Luis Cecilio Valerio Sandoval, cédula
de identidad N° 0203150181, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado que usará
preferentemente en Alajuela, Guatuso, Cote, Pejibaye, 3000 metros norte de la
Escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de
la publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2013. Según el
expediente N° 2013-2007.—San José, 27 de noviembre del
2013.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2013080267).
Cambio
de nombre N° 86994
Que Alejandra Castro Bonilla, cédula
de identidad N° 108800194, en calidad de apoderada especial de Magic Home Store
Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Jazmín Plateado S. A., por el de Magic Home Store Sociedad Anónima,
presentada el día 10 de octubre del 2013, bajo expediente N° 86994. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 2012-0009974 Registro N° 226299 MAGIC
HOME STORE en clase 35 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial
por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 14 de octubre del 2013.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—1 vez.—(IN2013081061).
Cambio
de nombre Nº 87311
Que María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad
110660601, en calidad de apoderada especial de Blaupunkt Europe GMBH, solicita
a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de ED Enterprises
GMBH por el de Blaupunkt Europe GMBH, presentada el día 31 de octubre de 2013
bajo expediente 87311. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-1495609 Registro N° 14956 BLAUPUNKT en clase 9 Marca Denominativa
Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 5 de noviembre del
2013.—María Leonor Hernández B., Registradora.—1 vez.—(IN2013081223).
Cambio de nombre
Nº 87311
Que
María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad 1-1066-0601, en calidad de
apoderada especial de ED Enterprises GMBH, solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de ED Enterprises AG, por el de ED Enterprises
GMBH, presentada el día 31 de Octubre de 2013 bajo expediente 87311. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-1495609 Registro N° 14956 BLAUPUNKT
en clase 9 Marca Denominativa Publicar en La Gaceta oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978 A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 5 de noviembre del 2013.—María Leonor Hernández
B., Registradora.—1 vez.—(IN2013081226).
Cambio
de nombre Nº 87276
Que María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad
1-1066-0601, en calidad de apoderada especial
de Parlophone Records Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción
de cambio de nombre de Emi Records Limited domiciliada en 28 Kensington Church
Street, London W8 4EP, Reino Unido, por el de Parlophone Records Limited
domiciliada en 28 Kensington Church Street, London W8 4EP, Reino Unido,
presentada el día 30 de Octubre de 2013 bajo expediente 87276. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2010-0001178 Registro N° 207938 PARLOPHONE
en clase 9 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978 A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de noviembre del 2013.—Walter Campos Fernández,
Registrador.—1 vez.—(IN2013081231).
Cambio
de nombre Nº 86975
Que María Del Pilar
López Quirós, cédula de identidad 1-1066-601, en calidad de apoderada especial
de Enterprise Holdings, Inc, solicita a este Registro se anote la inscripción
de cambio de nombre de Enterprise Rent-A-Car Company por el de Enterprise
Holdings Inc., presentada el día 10 de octubre del 2013 bajo expediente 86975.
El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0003488 Registro N° 89103 E
en clase 39 Marca Mixto y 2008-0001173 Registro N° 184648 E en clase 39
Marca Mixto. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 15 de
octubre del 2013.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(IN2013081238).
Cambio
de nombre Nº 86099
Que Ricardo Vargas Aguilar, cédula de identidad
303040085, en calidad de apoderado especial de Ferreiro Sociedad Anónima de
Capital Variable, solicita a este Registro se
anote la inscripción de cambio de nombre de La Hola Beto’s Sociedad Anónima de
Capital Variable por el de Ferreiro Sociedad Anónima de Capital Variable,
presentada el día 23 de agosto de 2013 bajo expediente 86099. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2013-0006678 BOUTIQUE HOTEL B en clase
43 Marca Mixto Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978 A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de noviembre del 2013.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—1 vez.—(IN2013081422).
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor Cristian Calderón Cartín,
cédula 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado
especial de Glaxosmithkline Intellectual Property (N° 2) Limited, de Reino
Unido, solicita la Patente de Invención denominada NUEVA COMPOSICIÓN
FARMACÉUTICA. Se describen nuevas composiciones farmacéuticas que contienen
solvato de dimetilsulfóxido de la N-{3-[3-ciclopropil-5-(2-fluoro-4
yodo-fenilamino)-6,8-dimetil-2,4,7-trioxo-3,4,6,7-tetrahidro-2H-
pirido[4,3-d]pirimidin-1-il]fenil)acetamida, métodos para usar las
composiciones en terapia y procedimientos para preparar las mismas. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/28; A61K 31/519/A61K 9/20;
A61P 35/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Demarini, Douglas, J., LE, Ngocdiep,
T., Henríquez, Francisco, Wang, Lihong. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130352, y fue presentada a las 11:59:59 del 19 de julio del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 5 de noviembre del 2013.—Lic. Randall
Abarca, Registrador.—(IN2013079862).
El señor Cristian Calderón Cartín,
cédula 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado
especial de 34 Solutions, LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada SISTEMA Y MÉTODO PARA EFECTUAR COMPRAS ELECTRÓNICAS MÓVILES.
Un sistema y método
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
para efectuar compras
electrónicas por medio de un dispositivo de comunicaciones móvil habilitado
para red. Una lista de contactos, que contiene direcciones de expedición y un
archivo de pago que contiene información cifrada de tarjetas de crédito, esta
almacenada en el dispositivo móvil. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes
es: G06Q 30/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Doherty, Thomas, Cameron,
Dornbush, Carlin, Farber, David. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130221, y fue presentada a las 11:52:23 del
15 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 1 de noviembre del
2013.—Lic. Randall Abarca Registrador.—(IN2013079865).
La señora María del Milagro Chaves
Desanti, cédula N° 1-626-794, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de
apoderada especial de Fishman Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de
Invención denominada: SISTEMA Y MÉTODO PARA ACOPLAR DE FORMA SEPARABLE UN
DOSIFICADOR DE FLUIDO EN UN SISTEMA DE DOSIFICACIÓN. Un sistema y método
para acoplar de forma separable un dosificador de fluido a una estructura.
Existe un sistema de conexión de empuje para conectar - tracción para desconectar
que tiene primer y segundo conectores de acoplamiento. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: G01F 11/00; G01F 15/18; cuyo(s) inventor(es) es(son): Beebe, W., Scott. La solicitud correspondiente
lleva el número 20130436, y fue presentada a las 09:37:11 del 3 de setiembre
del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos
en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 21 de noviembre del 2013.—Lic.
Randall Abarca, Registrador.—(IN2013081010).
El señor Jorge Tristán Trelles, cédula
N° 1-392-470, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Onyx
Therapeutics Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: PROCEDIMIENTOS
PARA LA FORMACIÓN DE COMPLEJOS DE CICLODEXTRINA PARA FORMULAR INHIBIDORES DEL
PROTEASOMA PEPTÍDICO. La presente divulgación proporciona procedimientos
para formular composiciones que comprenden uno o más inhibidores del proteasoma
peptídico y una ciclodextrina, en particular una ciclodextrina sustituida. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: 3A61 31/724; C07D 307/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son): Lewis, Evan, Shwonek, Peter,
Dalziel, Sean, Jumaa, Mouhannad. La solicitud correspondiente lleva el número
20120485, y fue presentada a las 09:58:00 del 26 de setiembre del 2012.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 22 de noviembre del 2013.—Lic.
Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013081012).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228,
mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de
Array Biopharma Inc., de E.U.A., Genentech Inc., de E.U.A., solicita la Patente
de Invención denominada CICLOPENTA
(D) PIRIMIDINAS HIDROXILADAS Y METOXILADAS COMO INHIBIDORES DE AKT PROTEÍNA
QUINASA. La presente
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
invención proporciona compuestos, incluyendo sus enantiómeros
resueltos, diestereómeros resueltos, solvatos y sales farmacéuticamente
aceptables, que comprenden la Fórmula (I). También se proporcionan métodos de
uso de los compuestos de esta invención como inhibidores de AKT proteína
quinasa y para el tratamiento de enfermedades hiperproliferativas tales como
cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 239/70; A61K
31/517; A61P 35/00; C07D 401/12; C07D 403/04; C07D 403/12; cuyos inventores
son: Mitchell, Ian, S., Blake, James, F., Xu, Rui, Kallan, Nicholas, C., Xiao,
Dengming, Spencer, Keith, Lee, Bencsik,
Josef, R., Liang, Jun, Safina, Brian, Zhang, Birong, Chabot, Christine, Do,
Steven, Wallace, Eli, M., Banka, Anna, L., Schlachter, Stephen, T. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130590, y fue presentada a las 12:10:10 del
13 de noviembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 14 de
noviembre del 2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013081512).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228,
mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Helsinn Healthcare S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada
URIAS ASIMÉTRICAS
Y USOS MÉDICOS DE LOS MISMOS.
Se divulgan compuestos, composiciones y
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
métodos para la prevención y/o tratamiento de enfermedades
que son mediadas patofisiológicamente por el receptor de grelina. Los
compuestos tienen la fórmula general (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de
patentes es: A61K 31/446; A61P 1/00; A61P 1/04; A61P 1/16; A61P 11/00; A61P
21/00; A61P 25/00; A61P 25/30; cuyos inventores son: García Rubio, Silvina, Pietra, Claudio, Giuliano, Claudio, Li, Zhigang. La
solicitud correspondiente lleva el número 20130478, y fue presentada a las
11:07:23 del 24 de setiembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 3 de
diciembre del 2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013081514).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228,
mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Etiquetas Impresas Etipres S. A., de Costa Rica, solicita la Patente de
Invención denominada ETIQUETA
ADHESIVA INTELIGENTE NANOTECNOLÓGICA PARA SER UTILIZADA CON ALIMENTOS
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
PERECEDEROS. Se provee una “etiqueta adhesiva inteligente” que
utiliza nanotecnología para determinar el estado actual de la carne cruda, para
el consumo humano inocuo. La etiqueta adhesiva indica la calidad al consumidor
al proveer un indicador que cambia de color en la etiqueta adhesiva. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A22C 17/10; B32B 7/00; B41M 99/00;
G01N 33/04; G01N 33/12; G09F 3/10; cuyos inventores son: Chaves Noguera, Sindy
Johanna, Chaves Noguera, Juan Scott. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130562, y fue presentada a las 11:04:08 del 31 de octubre del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 12 de Noviembre del 2013.—Lic.
Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013081522).
PUBLICACION
DE UNA VEZ
Exp. N° 2012-0586 (Concesión Nº 688).—El Registro de
la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de
las once horas catorce minutos del veinticuatro de octubre del dos mil trece,
fue inscrito el Diseño Industrial denominado DISPENSADOR Y PURIFICADOR DE AGUA, a favor de la compañía Strauss Water Ltd,
domiciliada en Israel, cuyos creadores son: Haim Wilder, Michal Gur, Shavit y
Rami Ronen, todos de nacionalidad israelí; se le ha otorgado el número de
inscripción de modelo industrial 688, estará vigente hasta el veinticuatro de
octubre de dos mil veintitrés, según prioridad
reivindicada de la solicitud IL 52715 del veinte de mayo de dos mil doce; la
Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es
23-01.—San José, a las catorce horas siete minutos del diecinueve de noviembre
del dos mil trece.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—1
vez.—(IN2013081517).
Asociaciones Civiles
AVISOS:
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación de Pequeños Agricultores de Caldera de Esparza,
provincia de Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos
fines entre otros serán los siguientes: Administrar en términos generales todo
lo referente a los grupos de agricultores de todos los distritos de Esparza.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente Óscar Navarro Mora. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 56590).—Curridabat,
20 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080099).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: número 3-002-051265, denominación: Asociación Cultural Instituto
Teológico de América Central. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido
por la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento:
282777.—Curridabat, 5 de noviembre del 2013.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013080165).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-045688, denominación: Asociación Nacional de Inspectores de Leyes
y Reglamentos de la Caja Costarricense de Seguro Social. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2013, asiento: 235290.—Curridabat, 17
de octubre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080208).
El Registro de
Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción,
el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cuatro Paticas Protección de
Animales Callejeros, con domicilio en la provincia de San José, Desamparados,
San Juan de Dios, veinticinco metros al este, cincuenta al norte y trescientos
al oeste de la Iglesia Católica. Cuyos fines primordiales son: Protección y
bienestar de los animales en general. Albergar animales, que se encuentran en
situaciones de riesgo, con el fin de rehabilitarlos y posteriormente darlos
responsablemente en adopción. Su presidenta: Dora Maibeth Madrigal Valverde es
la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones que establece el
estatuto. El vicepresidente sustituirá a la presidente en sus ausencias
temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha
organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones
y sus Reformas N° 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite; Tomo: 2013, asiento: 269200, sin adicionales.—Curridabat,
29 de octubre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080210).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Deportiva de Ciclismo Alajuela, con domicilio en
la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: Promover el deporte en general, especialmente el ciclismo, en todas
sus modalidades (ruta, montaña, recreativo urbano u otra modalidad, duatlón y
triatlón, corresponde la representación judicial y extrajudicial y con las
limitaciones establecidas en el estatuto al presidente: Marvin Francisco
Céspedes Rojas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 284833).—Curridabat, 25 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080226).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación de Pequeños Productores Agropecuarios de Santa Fe
de Guatuso, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: impulsar proyectos agrícolas y pecuarios de
desarrollo productivo que sean factibles a través del tiempo y que permitan a
los asociados a mejorar su nivel socio económico. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es
la presidenta: Vanessa María Villalobos Lobo. Al encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de
1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 299424).—Curridabat,
20 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080254).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Mixta Agroindustrial del Asentamiento El Jardín
de Bataan, con domicilio en la provincia de Limón; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: Impulsar proyectos agroindustriales de
desarrollo productivo que sean factibles a través del tiempo, y que permitan a
los asociados mejorar su nivel socioeconómico. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es
el presidente: Gabriel Chaves Jiménez. Al encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley
de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos
legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
(Tomo: 2013, asiento: 276957).—Curridabat, 29 de
octubre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013080256).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación de Vivienda Padre Presbiterio Benjamín Núñez, con
domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Administrar y organizar el proyecto de Vivienda Asentamiento
Benjamín Núñez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y
con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Amalia
Virginia Bermúdez Zúñiga. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento:
283982).—Curridabat, 21 de noviembre del 2013.—Lic.
Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013080276).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Federación Cheer And Dance (Federación de Porrismo y Baile),
con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: velar por la promoción, difusión y masificación,
organización, administración y vigilancia del deporte del porrismo en
cualquiera de sus modalidades en el territorio de la República de Costa Rica.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Juan Carlos Araya Arce. Al
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 285335).—Curridabat,
20 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080279).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Residencial La Geroma Tres de Rohrmoser, con
domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Gestionar el mejoramiento social, económico, cultural,
educativo, organizativo y productivo de sus miembros, corresponde la
representación judicial y extrajudicial y con las limitaciones establecidas en
el estatuto al presidente: Enrique Muñoz Vargas. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la ley # 218 del 8 de agosto de
1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013 asiento: 214929 y documento adicional tomo 2013 asiento
295016).—Curridabat, a los veintiocho días del mes de
noviembre del año dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080405).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula número 3-002-045450, denominación: Asociación Costarricense de
Desarrollo. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218
del 08/08/1939, y sus reformas, Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2013 asiento: 61863.—Dado en
el Registro Nacional, a las 9 horas 40 minutos y 33 segundos, del 26 de agosto
del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—(IN2013080554).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Red de Ayuda y Esperanza, con domicilio en la
provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
encaminar sus esfuerzos al mejor desarrollo y desenvolvimiento de la comunidad,
mediante la adecuada atención de las personas menos favorecidas económicamente.
Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderada generalísima con límite de suma a mil dólares estadounidenses al tipo
de cambio de referencia vigente a la fecha que corresponda y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Jakqueline
Hidalgo Ávila. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asientos: 190893 y
289280.—Curridabat, 11 de noviembre del dos mil
trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013080644).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Deportiva Promotora del Maxibaloncesto, con
domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Promover la práctica del deporte en general y del
maxibaloncesto en especial por parte de sus asociados, sus familiares y sus
comunidades. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Osvaldo Pandolfo Rímolo. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asiento: 289324).—Curridabat,
a los quince días del mes de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080791).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: número 3-002-560810, denominación: Asociación Costarricense de
Profesores de Yoga. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días
hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 210823.—Dado en el Registro Nacional, a las siete horas trece
minutos y veintiocho segundos del veinte de noviembre del dos mil trece.—Lic.
Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013080874).
El Registro de Personas Jurídicas,
Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado
Sanitario de San Lorenzo, Siquirres, Limón, con domicilio en la provincia de
Limón. Entre sus fines están: administrar, operar, dar mantenimiento,
desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Su presidenta y
representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es:
Margarita Araya Campos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 Ley de
Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se
emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013,
asiento: 178424, adicional: 2013-206811.—Curridabat, a
los veintiún días del mes de octubre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013080884).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de
la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado
Sanitario de Calle Damas, La Palmera, San Carlos, Alajuela, con domicilio en la
provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas
condiciones el acueducto de conformidad con las disposiciones y reglamentos que
al respecto emita el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente: José Manuel Oses Delgado. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 2013, asiento: 181216, adicional tomo: 2013, asiento: 255718.—Curridabat, a los siete días del mes de octubre del dos
mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013080988).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Pro Renovación en la Fe Católica de Alajuelita, con
domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines, entre otros serán los
siguientes: velar por el mantenimiento y ornato de esos bienes. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente: Gerardo Casante Mora. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación,
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Tomo: 2013, asiento: 00189565 y documento adicional tomo: 2013, asiento: 208817.—Curridabat, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Lic.
Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—(IN2013081043).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de
la entidad denominada: Federación Costarricense de Profesionales en Belleza,
con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: promover el desarrollo personal, profesional y económico de
los y las personas que tienen su quehacer en actividades de esteticistas,
maquilladores y masajistas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con
las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: José Antonio
Quirós Gómez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas,
y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días
hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 246660, adicionales
tomo: 2013, asientos: 269741-288542.—Curridabat, al
ser los ocho días del mes de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081084).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación Pro Salud de Tures, con domicilio en la provincia de
Heredia, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Tener un medio
organizativo, que respalde y promueva los servicios que beneficien la salud en
el distrito de Tures. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Jorge Martín
Chacón Oviedo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 291857).—Curridabat, 26 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2013081193).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación Deportiva de Atletismo Adar, con domicilio en la
provincia de Alajuela, cuyos fines, entre otros serán los siguientes: Promover
y desarrollar la disciplina del atletismo en cantón de San Ramón de Alajuela,
cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente: Evaristo de Jesús Sánchez Vargas. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo 2013, asiento 247988 y documento adicional
2013-280504).—Curridabat, 12 de noviembre del
2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez—(IN2013081378).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Federación de Squash, con domicilio en la provincia de San José,
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el deporte del
Squash en todas sus modalidades y categorías, en ambos géneros. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Juan José Aguilar López. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 285328).—Curridabat,
2 de diciembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2013081379).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación Turrialbeña de Ciclismo y Deportes Afines, con domicilio
en la provincia de Cartago, cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: Dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y
fomentar todo lo relacionado con el deporte del ciclismo en ambos géneros y en
todas sus categorías y divisiones, de acuerdo con sus propios estatutos y
reglamentos. Corresponde la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto al presidente Carlos Salazar Solórzano. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 307941).—Curridabat,
29 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2013081380).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Wak Rugby Club Asociación Deportiva, con domicilio en la provincia
de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Agrupar a
las personas para la práctica y el desarrollo del Rugby como deporte y
recreación. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Eugenio Masís
Morales. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2013, asiento 290911).—Curridabat, 2 de diciembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2013081382).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación de Motociclistas Cartagineses, con domicilio en la provincia
de Cartago, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: reunir un
grupo de personas que tengan como fin la recreación utilizando como medio de
transporte una motocicleta, corresponde la representación judicial y
extrajudicial y con las limitaciones establecidas en el estatuto al presidente:
José Fernando Peña Rosello. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013
Asiento: 296131).—Curridabat, 27 de noviembre del
2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013081502).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación Edificando con Amor, con domicilio en la provincia de
Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Llevar el
mensaje de salvación de nuestro Señor Jesucristo a todas las personas tal y
como él lo establece en su palabra. Cuya representante judicial y extrajudicial
de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y
con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Gisenia
Molina Chacón. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, Asiento: 283444).—Curridabat, 29 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081527).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula número
3-002-287002, denominación Asociación Cámara de Agricultores de Tierra Blanca
de Cartago. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2013, Asiento: 284785.—Curridabat,
28 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081569).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación de Bien Social El Señor es mi Provedor de Tuis Turrialba,
con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: Ofrecer atención integral a las personas con capacidad
especial, así como capacitación, formación en valores y principios, de los
miembros que la conforman. Cuya representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con
las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta:
Aracelly Pereira Montenegro. Al encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013,
Asientos: 282309 y 309366.—Curridabat, 29 de noviembre
del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013081577).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación Pro Ayuda Servicio de Cirugía Reconstructiva Hospital
México, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: Contribuir a la salud de los costarricenses
mejorando los servicios de cirugía que brinda el Hospital México. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo con límite a la suma de seis millones quinientos mil
colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente:
Luis Pastor Pacheco. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, Asiento: 55866
adicional Tomo: 2013, Asiento: 105000).—Curridabat, 8
de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013081578).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HACE
SABER:
Que ante este despacho se ha recibido
solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función
notarial de la licenciada Lucía Yalile Barrantes Meléndez, cédula de identidad
número 2-0644-0500, carné de abogada número 21018 De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quiénes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que
los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta
publicación. Expediente. 13-003307-0624-NO.—San José,
26 de noviembre del 2013.—Lic. Tattiana Rojas S., Abogada, Coordinación de
Gestión y Fiscalización Notarial.—1
vez.—(IN2013080240).
Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de inscripción y habilitación para delegatario del ejercicio de la
función pública estatal del notariado, por parte de Jairo Francisco Monge
Argüello, con cédula de identidad número 1-0879-0851, carné de Abogado número
20491. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial,
se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los
quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N° 13-003325-0624-NO.—San José, 29 de noviembre del 2013.—Coordinación de
Gestión y Fiscalización Notarial.—Lic. Anaida Cambronero Anchía, Abogada de
Gestión Notarial.—1 vez.—(IN2013080280).
La Dirección Nacional de Notariado
hace saber: que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y
habilitación para el ejercicio de la función pública notarial por Steven
González Agüero, con cédula de identidad número 1-1155-0281, carné de Abogado
número 20849. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la
conducta de la solicitante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección
dentro de los quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N°
13-003278-0624-NO.—San José, 28 de noviembre del
2013.—Área Gestión Notarial.—Lic. Anaida Cambronera Anchía, Abogada.—1 vez.—(IN2013080353).
La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que
ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para
el ejercicio de la función notarial de la licenciada Mariana Paniagua Artavia,
cédula de identidad número 4-0175-0732, carné de abogada número 19273 De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quiénes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los
quince días siguientes a esta publicación. Expediente N° 13-003188-0624-NO.—San José, 24 de octubre del 2013.—Lic. Tattiana Rojas S.
Abogada, Área de Gestión y Trámite Notarial.—1
vez.—(IN2013081099).
La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que
ante este despacho se ha recibido solicitud
de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la
licenciada Yolanda Janeth Ruiz Castillo, cédula de identidad de residencia
121800013821, carné profesional N° 20744. De conformidad con lo dispuesto por
el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto que los
comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta
publicación. (Exp. N° 13-003300-0624-NO).—San José, 25
de noviembre del 2013.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado, Área
de Gestión y Trámite Notarial.—1 vez.—(IN2013081333).
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Expediente N° 22516-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas diecisiete minutos del treinta de
agosto del dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas ante este Registro
Civil, por Jorge Arturo Ángel Moreno Obregón, casado, cédula de identidad
número uno-quinientos cuarenta y ocho-ochocientos ochenta y dos, vecino de
Villa Esperanza, Pavas, San José, tendentes a la rectificación de su asiento de
nacimiento… en el sentido que la fecha de nacimiento… es “seis de setiembre de
mil novecientos cincuenta y dos”, y no como se consignó. Conforme lo señala el
artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del
Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La
Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus
derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2013080914).
PUBLICACION
DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Ivania Lizette García, no indica segundo
apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
3318-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas seis minutos del dieciocho de setiembre de dos mil
trece. Ocurso. Expediente N° 19776-2013. Resultando 1º—..., 2º—...,
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el
Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Hugo Steven
Mairena García...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Ivania
Lizette”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1vez.—(IN2013080178).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Yeymi Raquel Amador Umaña, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3638-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas
treinta y cinco minutos del veintiocho de octubre de dos mil trece. Expediente
N° 50830-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Bruce Wilson Parrilla Amador, en el sentido que el nombre del
padre y el nombre de la madre... son “Sergio Juan” y “Yeymi Raquel”
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos
Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080179).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Zaida del Socorro Silva, no indica segundo
apellido, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución N° 3781-2013.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del once
de noviembre de dos mil trece. Expediente N° 20160-2013. Resultando 1º—...,
2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de
Josué David Balmaceda Silva y el asiento de nacimiento de Isaías Daniel
Balmaceda Silva, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son
“Zaida del Socorro Silva, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—(IN2013080200).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Jazmina del Socorro Leiva Mendoza, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3524-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del quince de octubre del
dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 34885-2013. Resultando 1º—..., 2º—...,
3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Steven Josué Leiva Jarquín ...; en el
sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... consecuentemente el
segundo apellido del mismo son “Jazmina del Socorro”, “Mendoza” y “Mendoza”,
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos
Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080216).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Meivelyn Vargas Romero, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 122-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas
quince minutos del diez de enero de dos mil trece. Expediente N° 40356-2012.
Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Johnn Odir Vargas Romero, en el sentido que el nombre y la nacionalidad de la
madre... son “Meivelyn” y “nicaragüense” respectivamente, el asiento de
nacimiento de Yailyn Astrid Vargas Romero, en el sentido que la nacionalidad de
la madre... es “nicaragüense” y el asiento de nacimiento de Eithel Smailyn
Vargas Romero, en el sentido que el nombre y la nacionalidad de la madre... son
“Meivelyn” y “nicaragüense” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial
Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe
Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013080230).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Elemy Carranza Orias, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3337-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas
dos minutos del veinte de setiembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N°
26813-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jimena Paola González Valverde, en el
sentido que el primer apellido de la madre... es “Carranza”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—(IN2013080235).
Se hace saber que este Registro Civil
en diligencias de ocurso incoadas por Nohelia Andrea Alvarado Ruiz, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2679-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta y dos minutos del quince de
julio del dos mil trece. Expediente N° 44646-2012. Resultando 1º—... 2º—...
Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de María Fernanda Zamora Alvarado... en el sentido que nombre de la
madre... es “Nohelia Andrea”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—(IN2013080326).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Hermes Mora Salazar, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3814-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas
treinta y siete minutos del doce de noviembre del dos mil trece. Ocurso.
Expediente N° 32902-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Layna Nicole Huertas Hernández, en el
sentido que los apellidos del padre... son “Mora Salazar”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—(IN2013080338).
Se hace saber que este Registro Civil
en diligencias de ocurso incoadas por Isaac Del Río Bolaños, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3742-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta y dos minutos del seis de
noviembre del dos mil trece. Expediente N° 23804-2013. Resultando 1º—... 2º—...
Considerando: I.—Hechos Probados:.. II.—Sobre el Fondo:.. por tanto: rectifíquense: el asiento de
nacimiento de Wayner Isaac Del Río Bolaños... en el sentido que el nombre... es
“Warner Isaac”; y el asiento de matrimonio de Wayner Isaac Del Río Bolaños,
conocido como Warner Del Río Bolaños con Karen Elizabeth Mc Nerney no indica...
en el sentido que el nombre del cónyuge es “Warner Isaac”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—(IN2013080339).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Erika del Carmen Mayorquín Zamora, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3485-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas seis minutos del once de octubre de dos
mil trece. Ocurso. Exp N° 16770-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Abigaíl Paizano Mayorquín, en
el sentido que el nombre de la madre... es “Erika del Carmen”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080479).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Marling del Socorro Navarro Hurtado, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1507-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas dieciocho minutos del veintinueve de
abril de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 48013-2012. Resultando 1º—..., 2º—...,
3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yulika García Hurtado, en el
sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Marling del Socorro
Navarro Hurtado” y el asiento de nacimiento de Rosa Valentina Mairena Navarro,
en el sentido que el nombre de la madre... es “Marling del Socorro”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013080482).
Se hace saber que en diligencias de
ocurso incoadas por Yahoska Esther Vanegas
Cortez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 1817-2013.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos
del veintiuno de mayo del dos mil trece. Exp. N° 47721-2012. Resultando:
1º—...; 2º—...; 3º—...; Considerando: I.—Hechos
probados... II.—Sobre el fondo..; Por tanto:
rectifíquense los asientos de nacimiento de Starlyn Noé Vargas Venegas... y el
de Sofía Alejandra Vargas Venegas... en el sentido que el nombre y los
apellidos de la madre... son “”Yahoska Esther Vanegas Cortez”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080634).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Gloria Estela Rocha
Mendoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
2702-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta minutos del dieciséis
de julio del dos mil trece. Exp. N° 28768-2012. Resultando 1º—..., 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
rectifíquese el asiento de matrimonio de Miguel Ángel Navarro Vargas con Gloia
Estela Rocha Mendoza,... en el sentido que el primer nombre de la cónyuge, el
nombre del padre y el apellido de la madre de la misma son “Gloria”, “Donal” y
“Mendoza no indica segundo apellido” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes,
Jefe.—1 vez.—(IN2013080667).
Se hace saber que
este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Martha del Rosario Gutiérrez, no indica
segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 3811-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las once horas treinta y dos minutos del doce de
noviembre de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 32101-2013. Resultando 1º—...,
2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Jennifer López Gutiérrez...; en el sentido que el apellido de la madre... es
“Gutiérrez, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial
Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080697).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Guiselle Brenes Olivares,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3052-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas del veintitrés de agosto del dos mil
trece. Exp. N° 21393-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Alfonso Ballestero Picado con
Guiselle Mayela Brenes Salas... en el sentido que el primer apellido de la
madre de la cónyuge, consecuentemente el segundo apellido y el número de la
cédula de identidad de la misma son “Olivares” y “tres-doscientos sesenta y
cinco-doscientos setenta y siete” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2013080718).
Se hace saber que en diligencias de
ocurso incoadas por Gilbert Cabalceta Morales, debidamente ratificadas por
Gilbert Tomás Morales Cruz, este Registro ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución N° 3123-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas cinco minutos del dos de setiembre del dos mil trece. Exp. N° 2903-2013.
Resultando: 1º—... 2º—...; Considerando: I.—Hechos
probados... II.—Sobre el fondo; Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gilbert Tomás Morales Cruz... en el
sentido que los apellidos del padre... son “Cabalceta Morales”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas. Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080761).
Se hace saber que este Registro Civil
en diligencias de ocurso incoadas por Rosa García Morales, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2216-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas cinco minutos del once de junio de dos mil trece. Exp. N° 8837-2013.
Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Efraín de Jesús Ortega García..., en el sentido que el nombre y
el segundo apellido de la madre... son “Rosa María” y “Morales”,
respectivamente”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013080768).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Cándida Patricia Donaires Rivas ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3809-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las doce horas quince minutos del veintidós de noviembre
de dos mil trece. Ocurso Exp. N° 54826-2012. Resultando 1º—..., 2º—...,
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el
fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Keilor Greivin
Calderón Donaires..., en el sentido que el nombre de la madre del mismo es
“Cándida Patricia”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013080787).
Se hace saber que este Registro Civil
en diligencias de ocurso incoadas por Lisbeth del Socorro Carranza Sánchez, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3660-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas quince minutos del treinta de octubre
del dos mil trece. Exp. N° 17782-2013. Resultando 1º—..., 2...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Kevin Stwar Ramírez Carranza..., en el
sentido que el nombre de la madre... es “Lisbeth del Socorro”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080816).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por María Auxiliadora Valladares Valenzuela, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3226-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del once de setiembre del
dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 32134-2013. Resultando: 1º—…, 2º—…;
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto:
rectifíquese el asiento de defunción de Francisco Reyes Guerrero, en el sentido
que el nombre de la persona ahí inscrita así como el apellido del padre y el
nombre de la madre del mismo son “Francisco Javier”, “Reyes, no indica segundo
apellido”, y “Martha Rafaela” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2013080830).
Se hace saber que este Registro Civil
en diligencias de ocurso incoadas por Umberto Bacchieri Cortessi, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3632-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta y seis minutos del veintiocho de
octubre del dos mil trece. Expediente N° 46885-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…,
3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el
fondo:…; Por tanto: rectifíquense el asiento
de nacimiento de Valentino Bacchieri Di Mare… y el asiento de nacimiento de
Lucía Bacchieri Quesada… en el sentido que el apellido del padre… es “Bacchieri
Cortesi, no indica segundo apellido”, y consecuentemente, el primer apellido de
las mismas es “Bacchieri Cortesi”. Asimismo, rectifíquese el asiento de
matrimonio de Umberto Bacchieri Cortesi con Ana Marcela Quesada Chavarría… en
el sentido que el apellido del cónyuge es “Bacchieri Cortesi, no indica segundo
apellido, hijo de Giovanni Bacchieri Cortesi, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013080863).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Wendy Scott Gómez, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución N° 3151-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas dos minutos del cuatro de setiembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente
N° 28130-2013. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Wande Rosalina Scott Gómez…; en el sentido que el primer nombre…
es “Wendy”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013080920).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Josefa
Badilla Arias, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
N° 3338-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas tres minutos del veinte de
setiembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 35198-2013. Resultando:
1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…,
II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Juan
Carlos Zamora Núñez, en el sentido que los apellidos de la madre… son “Badilla
Arias”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013080944).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Lena Montiel Medina, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2331-08.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete
horas siete minutos del dieciocho de noviembre del dos mil ocho. Expediente N°
28864-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento de Danicza Medina Matarrita… y el de
Luis Adrián Hernández Medina…, en el sentido que los apellidos de la madre… son
“Montiel Medina”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1
vez.—(IN2013080955).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Mara Deimis Rugama Martínez, este Registro ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 027-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve
horas treinta minutos del cuatro de enero del dos mil trece. Expediente N°
37061-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Kemelyn Vanessa Gutiérrez Martínez… en el sentido que los apellidos
de la madre… son “Rugama Martínez”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial
Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013080958).
Se hace saber que en diligencias de
ocurso incoadas por Orfilia del Carmen Monzón Flores, este Registro ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: N° 0896-05.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece
horas quince minutos del primero de junio del dos mil cinco. Expediente N°
38039-04. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…,
II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a
rectificar el asiento de nacimiento de Brandon Steven Salazar Monzón, que lleva
el número… en el sentido que el segundo nombre de la madre… es “del Carmen”.
Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director
General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2013080959).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Randall Sánchez González,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1691-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta y ocho minutos del veintiuno de
octubre del dos mil nueve. Expediente N° 24958-09. Resultando: 1º—…, 2º—…,
3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos
no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Santiago González Ramírez…, en el sentido que los apellidos del
padre de la persona ahí inscrita son “Sánchez González”.—Lic. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013081041).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Gisselle Nayezda Ossa
Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
2789-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta y cinco minutos del
veintidós de julio del dos mil trece. Expediente N° 793-2012. Resultando: 1º—…,
2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…,
II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Alejandro David Jiménez Jiménez… en el sentido que el nombre y los apellidos de
la madre… son “Gisselle Nayezda Ossa Jiménez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2013081062).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lili Castilla Quirós, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3773-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las once horas cinco minutos del ocho de noviembre del
dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 51137-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…;
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el
fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Nimia Lili
Castilla Quirós, en el sentido que el primer nombre y el primer apellido de la
madre de la persona ahí inscrita son “Juana” y “Quiroz” respectivamente.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013081069).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Gleysi del Carmen Dávila
López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
3725-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta y siete minutos del
cinco de noviembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 297-2011.
Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Triana Alondra López Dávila, en el sentido que el nombre y los
apellidos de la madre… son “Gleysi del Carmen Dávila López”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081098).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Juana Bautista Lagos Moreno, ha dictado una resolución que
en lo conducente dice: Resolución N° 3797-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
tres minutos del doce de noviembre de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 32271-2013.
Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de
nacimiento de Óscar Danilo Miranda Lago...; en el sentido que el nombre y el
primer apellido de la madre... son “Juana Bautista” y “Lagos”
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013081134).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Flor de María Vargas, no indica segundo apellido, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3397-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta y siete minutos del primero de
octubre de dos mil trece. Ocurso. Exp N°. 15844-2013. Resultando: 1º—...,
2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de
Víctor Andrés Vargas Vega, en el sentido que el apellido de la madre... es
“Vargas, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081206).
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias
de ocurso incoadas por Sayra Patricia García Martínez, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3571-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve
horas treinta y siete minutos del veintiuno de octubre de dos mil trece. Exp.
N° 33649-2013. Resultando: 1º—...,
2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por
tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Carlos Rosento Castrillo Lazo
con Sayra Patricia García Martínez... en el sentido que el segundo nombre del
cónyuge es “Rosendo”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013081285).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por María Auxiliadora Sandino, no indica segundo apellido, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
3540-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas del diecisiete de octubre del dos mil trece. Ocurso. Exp
N° 52480-2012. Resultando: 1º—..., 2º—…. Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de
nacimiento de Jennifer Blanco Sandino...; en el sentido que el apellido de la
madre... es “Sandino, no indica segundo apellido.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2013081301).
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias
de ocurso incoadas por William Campos Rojas, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución N° 3570-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve
horas ocho minutos del veintiuno de octubre de dos mil trece. Exp. N°
14035-2013. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: único... por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de William Gerardo Campos Rojas... en el
sentido que el año de nacimiento... es “mil novecientos cuarenta y ocho”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013081405).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Maribel Moreno Marín, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución N° 2103-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
diez minutos del cinco de junio de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 9049-2013.
Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el
fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Bayron Irán
Jiménez Marín, en el sentido que los apellidos, la nacionalidad y el número de
cédula de identidad de la madre... son “Moreno Marín”, “costarricense” y
“siete-doscientos ochenta y seis-doscientos cuarenta y uno” respectivamente y
el asiento de nacimiento de Diego Marín Marín, en el sentido que los apellidos
de la madre... son “Moreno Marín” .—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081452).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Karen Siesar Regidor, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 410-2013. Registro Civil, Departamento Civil,
Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas treinta minutos del
veinticuatro de enero de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 42572-2012. Resultando
1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de April Francini Gutiérrez Williams...; en el sentido que los
apellidos de la madre... son “Siesar Regidor”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Sección Actos Jurídicos.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013081455).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Marcos Antonio Solano Arroyo, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3307-2013. Registro
Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil trece. Ocurso. Exp. N°
30440-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Marcos Antonio Solano Arroyo...; en el sentido que el primer
nombre... es “Marco”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2013081475).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Dominga Patricia Duarte Requenez, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 4706-2012. Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas
cuarenta y cuatro minutos del veinte de diciembre del dos mil doce. Exp. Nº
27713-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Jeferson Antonio Laynes Duarte y el de José Pablo Laynes
Duarte..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son
“Dominga Patricia Duarte Requenez” y no como se consignaron, así mismo, el
nacimiento de Yohanson José Laynes Duarte... en el sentido que el segundo
apellido de la madre... es “Requenez” y no como se consignó.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Sección
Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013081507).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Mery del Carmen Rodríguez Monge, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 3208-2013. Registro Civil,
Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cuatro
minutos del diez de setiembre de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 30288-2013.
Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Jefry Moreno Rodríguez...; en el sentido que el nombre de la
madre... es “Merys del Carmen”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2013081561).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Luisa Elina Umanzor De García, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 3274-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a
las quince horas treinta y siete minutos del trece de setiembre de dos mil
trece. Exp. Nº 23851-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., por tanto: rectifíquese el asiento de
matrimonio de Mauricio Orlando García Guzmán con Luisa Elina Umanzor Rubio, en
el sentido que el apellido de la cónyuge es “Umanzor, no indica segundo
apellido, hija de Rosa Lucila Umanzor, no indica segundo apellido”, el asiento
de nacimiento de Mónica Andrea García Umanzor y el asiento de nacimiento de
Tatiana Pamela García Umanzor, en el sentido que el apellido de la madre... es
“Umanzor, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial
Mayor Civil.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013081597).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Evelyn Karina Zúñiga Zúñiga, este Registro ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución Nº 0491-10. Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas quince minutos del trece
de abril del dos mil diez. Exp. N° 43662-09. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—..; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Hechos
no Probados... III.—Sobre el Fondo…; por tanto:
procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Dylan Felipe Rivera
Calderón... en el sentido que el primer apellido de la madre... es
“Zúñiga”.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General
a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013081610).
INSTITUTO
COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
PLAN
ANUAL DE ADQUISICIONES 2014
La Proveeduría Institucional les informa a todos los
interesados que a partir de esta fecha el Plan Anual de Adquisiciones del
Instituto Costarricense Sobre Drogas, correspondiente a los siguientes
programas presupuestarios: Administración y Dirección, Reducción de la Oferta;
Control de la Demanda se encuentran a su disposición en la dirección
electrónica: www.hacienda.go.cr. en el link de
Comprared.
Lic. Guido Sandoval Carrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 28-1-13.—Solicitud Nº 2111.—C-9690.—(IN2013085093).
DEPARTAMENTO
DE APROVISIONAMIENTO
PRESUPUESTO
EXTRAORDINARIO III-2013 (MILES DE COLONES)
De
conformidad con el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y 7°
del Reglamento.
Objeto de gasto
|
Partida
|
Programa 1
Administración
|
Programa 2
Docencia
|
Total
aplicaciones
|
|
|
|
|
|
1.0.0.0
|
Servicios
|
4.000,00
|
0,00
|
4.000,00
|
|
|
|
|
|
1.5.0.0
|
Gastos de viaje y de transporte
|
4.000,00
|
0,00
|
4.000,00
|
1.5.3.0
|
Transporte en el exterior
|
4.000,00
|
0,00
|
4.000,00
|
|
|
|
|
|
5.0.0.0
|
Bienes duraderos
|
2.500,00
|
0,00
|
2.500,00
|
|
|
|
|
|
5.1.0.0
|
Maquinaria, equipo y mobiliario
|
2.500,00
|
0,00
|
2.500,00
|
5.1.5.0
|
Equipo y programas de cómputo
|
2.500,00
|
0,00
|
2.500,00
|
|
|
|
|
|
6.0.0.0
|
Transferencias corrientes
|
150.000,00
|
0,00
|
150.000,00
|
|
|
|
|
|
6.2.0.0
|
Transferencias corrientes a personas
|
150.000,00
|
0,00
|
150.000,00
|
6.2.1.0
|
Becas a funcionarios
|
150.000,00
|
0,00
|
150.000,00
|
6.2.1.1
|
Pregrado, grado y postgrado
|
150.000,00
|
0,00
|
150.000,00
|
|
|
|
|
|
9.0.0.0
|
Cuentas especiales
|
0,00
|
25.013.000,00
|
25.013.000,00
|
9.1.0.0
|
Sumas sin asignación presupuestaria
|
0,00
|
25.013.000,00
|
25.013.000,00
|
9.1.2.0
|
Sumas con destino específico sin
asignación presupuestaria
|
0,00
|
25.013.000,00
|
25.013.000,00
|
|
|
|
|
|
|
Total aplicaciones
|
156.500,00
|
25.013.000,00
|
25.169.500,00
|
Departamento de Aprovisionamiento.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1
vez.—O. C. N° 20131203.—Solicitud N° 6236.—(IN2013085253).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a participar en
el siguiente procedimiento de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000094-PROV
Contratación de servicios de asesoría profesional
en materia de inversiones para el Fondo de Jubilaciones
y Pensiones del
Poder Judicial
Fecha y hora de apertura: 08 de enero de 2014, a las
10:00 horas
El
respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente
publicación. Para ello, los interesados
podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm
o solicitarlo al correo electrónico kpiedra@poder-judicial.go.cr.
San José, 13 de diciembre de 2013.—MBA.
Yurly Argüello Araya, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1
vez.—(IN2013084964).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000001-BCCR
Contratación
del servicio de diseño e implementación
gradual de un modelo de evaluación 360°, considerando
el ciclo de la planeación estratégica, mediante una
herramienta informática en la Nube
El Departamento de Proveeduría del
Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00
horas del día 24 de enero del 2014, según reloj marcador de la Proveeduría,
para la “Contratación del servicio de diseño e implementación gradual de un
modelo de evaluación 360°, considerando el ciclo de la planeación estratégica,
mediante una herramienta informática en la Nube”.
Los interesados pueden retirar el cartel en el
Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenida central
y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 09:15
a. m. a 04:00 p. m.
El cartel estará disponible en forma gratuita, en la
siguiente dirección electrónica a partir del día hábil siguiente a la fecha de
su publicación: http://www.bccr.fi.cr/contrataciones/
Quienes deseen
participar y que adquieran el cartel por este medio deberán consignar la
información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este
requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas y/o
avisos que se puedan generar en el concurso.
San José, 16 de
diciembre del 2013.—Departamento de
Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—O. C. N° 2013013271.—Solicitud
N° 6531.—(IN2013085245).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000066-01
Adquisición por demanda de hasta 50 impresoras
de inyección de
tinta a color y hasta 160
impresoras láser
monocromáticas
El Banco de Costa
Rica, informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos
(10:30 a. m.) del 16 de enero del 2014, para la licitación en referencia, las
cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos,
ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.
El cartel de la contratación
que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden
retirar en la misma oficina con un horario de 09:00 a. m. a 03:00 p. m.
Oficina de
Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge,
Licitaciones.—1 vez.—O. C. N° 62703.—Solicitud N° 6246.—(IN2013085099).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL
CONCURSO N° 2013LN-000008-3110
Esterilizadores de propósito general (Autoclaves)
Se informa a todos los
interesados que el cartel está disponible en la Dirección de Equipamiento
Institucional, Subárea Gestión Administrativa y Logística en la siguiente
dirección: Cantón San José, distrito El Carmen, calle 3, avenidas central y 1°
edificio Jiménez, piso 3, altos de Panadería Trigo Miel, se entregará en formato
digital con la presentación de un DVD o en la página Web http:www.ccss.sa.cr.
Fecha de apertura: 8 de abril del 2014.
Lugar: Dirección Equipamiento Institucional, Subárea
de Gestión Administrativa y Logística.
Hora: 10:00 horas.
San José, 16 de diciembre del 2013.—Lic.
Jorge Hidalgo Moraga, Subárea Administrativa y Logística.—1
vez.—(IN2013084998).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000012-01
Contratación de servicios de pintura externa
e interna de los edificios del INVU
El Instituto Nacional de Vivienda
y Urbanismo, avisa a todos los interesados en participar en la Licitación
Abreviada 2013LA-000012-01 “Contratación de servicios de pintura externa e
interna de los edificios del INVU”, que recibirá ofertas hasta las once horas
(11:00 a. m.) del día 14 de enero del 2014.
Los interesados deberán asistir a
la visita técnica, programada para el día 8 de enero del 2014 a las 8:00 horas.
Lugar de reunión: Oficina de Proveeduría.
El pliego de condiciones está a la
disposición de los interesados en el tercer piso edifico Jutsini oficinas
centrales INVU, Proceso de Proveeduría, previo el pago de ¢2.000,00 (dos mil
colones).
San José, 16 de diciembre del
2013.—Lic. Antonio Contreras Hidalgo, Proceso de
Proveeduría.—1 vez.—(IN2013084948).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000056-02
Implementación del módulo SAP en las áreas
de mantenimiento
La Dirección de
Suministros de RECOPE, invita a participar en la Licitación Abreviada N°
2013LA-000056-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo
piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en
Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del
periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 23 de enero del 2014.
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, accesar el
mismo a través de la página web de RECOPE: www.recope.com, donde estará
disponible.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio web: www.recope.com, se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Departamento
Contrataciones, Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa
Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 2013000220.—Solicitud N° 6472.—(IN2013085142).
PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA
Y LA PROMOCIÓN DE LA INCLUSIÓN SOCIAL
CONVENIO DE PRÉSTAMO 2526/OC-CR
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2013PP-000056-0002
(PPIS-120-LPN-O-2013)
Construcción del Centro Cívico por la Paz
en Aguas Zarcas,
San Carlos
Se avisa a los
interesados que el Programa para la Prevención de la Violencia y la Promoción
de la Inclusión Social, por recomendación de adjudicación del 26 de noviembre
de 2013, para la Licitación Pública Nacional Nº 2013PP-000056-0002
(PPIS-120-LPN-O-2013), se adjudica de la siguiente manera:
Línea única:
Edificadora Beta
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-088201, por un monto total de
¢1.462.091.478,55 (Mil cuatrocientos sesenta y dos millones noventa y un mil
cuatrocientos setenta y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos).
Plazo de entrega:
cinco meses.
Garantía de cumplimiento: el
10% del monto total adjudicado.
Forma de pago: usual de la Institución
especificado en el Cartel.
San José, 11 de diciembre del 2013.—Lic. Fernando Villanea Bulgarelli, Unidad de Adquisiciones
UEP.—1 vez.—(IN2013085256).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en el
procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior
del Poder Judicial en sesión 112-13 del 4 de diciembre de 2013, artículo VI, se
dispuso adjudicar de la forma siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA 2013LA-000058-PROV
Compra
de sistema integrado de comunicación
A: Tecnologística de Costa Rica S. A., cédula
jurídica 3-101-182125 por un monto total de $142.472,98.
Demás características y condiciones según el cartel.
San José, 12 de diciembre de 2013.—MBA.
Yurli Argüello Araya, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1
vez.—(IN2013084997).
Se comunica a todos los interesados en el
procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior
del Poder Judicial en sesión 113-13 del 10 de diciembre de 2013, artículo VIII,
se dispuso adjudicar de la forma siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA 2013LA-000048-PROV
Contratación
de servicios de alimentación para los privados de libertad que deben permanecer
en las celdas del
I Circuito
Judicial de San José
A: Ana Nancy Chinchilla Valverde, cédula de
identidad 1-725-055 según los siguientes precios unitarios:
Desayuno ¢1114,50, almuerzo ¢1981,00 y cena ¢1981,00
Demás características y condiciones
según el cartel.
San José, 13 de diciembre de 2013.—MBA.
Yurli Argüello Araya, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1
vez.—(IN2013085017).
PROVEEDURÍA
Y LICITACIONES
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL N° 2013LN-000002-01
Contratación
de un servicio de transporte
de valores para las oficinas del Banco
La Oficina de Proveeduría y
Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, le comunica a los
interesados de este evento que la adjudicación del mismo, ha recaído sobre la
empresa: Grupo Proval S. A. El precio adjudicado por el servicio podrá
ser verificado en el expediente respectivo, siendo el presupuesto anual
estimado de ¢230.000.000,00 (doscientos treinta millones de colones exactos).
Carmen María González Brenes,
Ejecutiva Contratación Administrativa.—1
vez.—(IN2013085107).
HOSPITAL
MÉXICO
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000036-2104
Por
la adquisición de kit de medias
neumáticas antitrombóticas
Empresa adjudicada: Yire Médica H.P. S. A.
San José, 10 de diciembre del 2013.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013085057).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000064-2104
Por
la adquisición de toallas para
limpieza y bolsas plásticas
Empresa adjudicada: Caisa Inc. de Costa Rica S. A.
San José, 10 de diciembre del 2013.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013085060).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000071-2104
Por
la adquisición de sonda nasoyeyunal
de poliuretano, calibre 12 fr.
Empresa adjudicada: Nutricare S. A.
San José, 10 de diciembre del 2013.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013085062).
DIRECCIÓN
DE SERVICOS INSTITUCIONALES
LICITACIÓN
PÚBLICA 2013LN-000001-1161
Contratación de servicios de limpieza y aseo en el
Edificio Jenaro
Valverde Marín
La Dirección Servicios Institucionales de la Caja
Costarricense de Seguro Social al ser las nueve horas del dieciséis de
diciembre del dos mil trece, adjudicó el ítem único a favor de la empresa Multinegocios
Internacionales América S. A., la Licitación Pública 2013LN-000001-1161
correspondiente a Contratación de servicios de limpieza y aseo en el edificio
Jenaro Valverde Marín, por un monto total de ¢109.052.568,76 (ciento nueve
millones cincuenta y dos mil quinientos sesenta y ocho colones con 76/100).
Todo
de conformidad con las condiciones exigidas en el respectivo cartel de
licitación y ofrecidas por la firma adjudicataria.
Dirección de Servicios Institucionales.—Lic. Aristides Guerrero Rodríguez, Director.—1 vez.—(IN2013085136).
ÁREA
DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 9036 de
Transformación IDA-INDER, artículo 30, inciso f) y según oficio GG-701-2013 del
13 de diciembre de 2013, se acuerda declarar desiertos los siguientes
concursos:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000023-01 “Compra de
semillas de frijol e insumos para los asentamientos administrados por la
Oficina Subregional de Guatuso del INDER”, por acoger en todos sus extremos el
recurso de revocatoria presentado por la empresa AgroLogos S. A., por quedar
las ofertas desestimadas y no existir más tiempo para realizar un nuevo proceso
de licitación de acuerdo con los tiempos establecidos en la Ley de Contratación
Administrativa y su Reglamento.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000026-01 “Compra de
semillas de frijol e insumos para los asentamientos administrados por la
Oficina Subregional de Santa Rosa del INDER”, por razones de protección al
interés público.
Lic. Karen Valverde Soto.—1
vez.—(IN2013084928).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2013LN-000005-01
Compra de vehículos automotores
A los interesados en la Licitación indicada, se les
comunica que el día 13 de diciembre del 2013, en La Gaceta N° 241 se
publicó la adjudicación que debe leerse: por resolución de la Junta
Directiva, tomada en sesión extraordinaria 2073-2013, Acuerdo 4049-2013,
celebrada el 10 de diciembre del 2013, dispuso:
“Se aprueba la adjudicación de la Licitación Abreviada
2013LA-000005-01 para la “Compra de vehículos automotores”, de la siguiente
forma: Línea 1, Línea 2 y Línea 5 a la empresa Agencia Datsun S. A.
quien obtuvo la mayor calificación, por un monto de $115.440,00 (ciento quince
mil cuatrocientos cuarenta dólares). Línea 3 y Línea 4 a la empresa Purdy
Motor S. A., por un monto de $118.000,00 (ciento dieciocho mil dólares
exactos).
Esto
de conformidad con lo presentado por las Gerencias de Operaciones y
Administrativa y de acuerdo con lo expuesto en el Oficio PROV N° 0200-2013.
Aprobado por unanimidad. En firme.
San José, 13 de diciembre del 2013.—Departamento
de Proveeduría.—Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—O. C. Nº 11549.—Solicitud Nº
6452.—(IN2013084970).
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
COMPRA
DIRECTA N° 2013CD-000201-01
Construcción y equipamiento de edificaciones
para la Red de Cuido
La Municipalidad de Escazú comunica que el señor
Alcalde, el Bach. Arnoldo Barahona Cortés, mediante acto de adjudicación del 10
de diciembre del dos mil trece, adjudica la Compra Directa N° 2013CD-000201-01
“Construcción y equipamiento de edificaciones para la Red de Cuido” a la
persona Constructora y Consultora Gutiérrez y Asociados, cédula jurídica
Nº 3-101-267099, por un total de ¢168.459.446,00.
Se
declaran desiertos los renglones 42, 52, 69 y 80 por falta de contenido
presupuestario, según oficios MDH-647-2013 y MDH-658-2013 emitidos por la
Directora del Macroproceso de Desarrollo Humano, la MSc. Maritza Rojas Poveda,
visto en folios 924 al 926 del expediente.
Se
adjudica menos cantidad de los renglones 47, 50 y 78 y mayor cantidad de los
renglones 93, 94, 95 y 97, según oficios MDH-647-2013 y MDH-658-2013 emitidos
por la Directora del Macroproceso de Desarrollo Humano, la MSc. Maritza Rojas
Poveda, visto en folios 924 al 926 del expediente.
Queda
excluida la oferta de la persona Desarrollos Urbanísticos Almada S. A., según
dictamen DAJ-55-2013 emitido por la abogada Mde. Giselle Ullosa Sasso del
Proceso de Asuntos Jurídicos, visto en folios 794 al 799 del expediente ya que
la “vigencia de la garantía de participación cubre menos de 20 días hábiles, de
tal suerte, que no alcanza los 30 días hábiles adicionales, según el ítem 14.1.
Por lo cual no procede la subsanación y debe excluirse de su análisis, en
resguardo del ordinal 81 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa.”
Queda
excluida la oferta de la persona Torres e Ingenieros S. A., según dictamen
DAJ-55-2013 emitido por la abogada Mde. Giselle Ullosa Sasso del Proceso de
Asuntos Jurídicos, visto en folios 794 al 799 del expediente ya que la
“vigencia de la garantía de participación cubre menos de 20 días hábiles, de
tal suerte, que no alcanza los 30 días hábiles adicionales, según el ítem 14.1.
Por lo cual no procede la subsanación y debe excluirse de su análisis, en
resguardo del ordinal 81 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa.”
Queda
excluida la oferta de la persona Grupo Inmobiliario Azotea S. A., según
dictamen DAJ-55-2013 emitido por la abogada Mde. Giselle Ullosa Sasso del
Proceso de Asuntos Jurídicos, visto en folios 794 al 799 del expediente “no se
realizó análisis legal por cuanto la oferente omitió presentar la garantía de
participación. Partiendo de lo anterior, recomienda esta asesoría jurídica la
exclusión de la oferta de mérito. Aunado a lo anterior y sin mayor
abundamiento, no se presentaron los estados financieros, a tenor del ítem 15
del pliego de condiciones.”
Esta
oferta queda excluida también mediante oficio MDH-562-2013 emitido por la
Directora del Macroproceso de Desarrollo Humano, la MSc. Maritza Rojas Poveda,
visto en folios 806 al 807 del expediente dado que “es muy alta y la
cotización, y no brinda especificaciones de los productos a entregar”.
Queda
excluida la oferta de la persona Constructora Contek S. A., según oficio
PIO-765-13 emitido por los ingenieros Cristhiand Montero Barrantes y Roberto
Fernández Brook, Jefatura y Asistente del Proceso de Infraestructura y Obras,
visto en folios 920 a 922 del expediente dado que “modificaron la oferta
inicial que era de ¢139.354.200,00 para los renglones de la parte de
construcción, al monto de ¢139.354.280,00 al presentar la nueva tabla de pagos
ya ajustada a los renglones del cartel de licitación.”
Se
advierte que de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación
Administrativa y su Reglamento, este acto se puede recurrir dentro del plazo de
dos (2) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su
comunicación o su debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dicho recurso se puede interponer ante el Alcalde que es el órgano competente
para resolverlo.
Proceso de Proveeduría.—Lic. Cira Castro Myrie, Proveedora.—1
vez.—O. C. N° 33692.—Solicitud N° 6457.—(IN2013084975).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
REMATE N° 2013-9-0002
Venta de propiedad ubicada en Limón
La Dirección de
Suministros de RECOPE, invita a participar en el Remate N° 2013-9-0002, cuya
fecha de celebración se fijó para el día 16 de enero del 2014, a las 10:00
horas, en dicha propiedad.
La finca está inscrita en el
Registro Nacional de la Propiedad, partido Limón, bajo el Sistema de Folio Real
con matrícula N° 47-14871-000, plano catastrado N° L-999511-2005.
Área según plano catastrado:
1049.16 m2.
Valor de la propiedad:
¢58.457.700,00
Los interesados en esta
propiedad pueden presentarse el día 9 de enero del 2014, de las 09:00 a las
11:00 horas, donde personal de RECOPE le mostrará la propiedad, para que puedan
observar las características y condiciones de la misma.
El cartel respectivo puede
retirarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, Edificio
Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe,
50 metros al este del periódico La República, previo pago en la caja de
Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o
bien, accesar el mismo a través de la página web de RECOPE: www.recope.com,
donde estará disponible.
Departamento
Contrataciones, Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa
Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 2013000220.—Solicitud N° 6477.—(IN2013085129).
MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA
La Municipalidad del Cantón
Valverde Vega, comunica que mediante el artículo VI, inciso g), de la sesión
ordinaria Nº 186, celebrada el día 10 de diciembre del 2013, se aprobó por
unanimidad:
De conformidad con el artículo 50 de la
Ley de Contratación Administrativa y los artículos 101 y 102 de su reglamento,
el Concejo Municipal de Valverde Vega por unanimidad acuerda: convocar a los
interesados a participar en el remate del derecho de arrendamiento de un local
en el Centro Comercial Municipal con un área de veinticinco metros cuadrados,
destinados a comercio. El precio base del local es de ¢99.750,00 (noventa y
nueve mil setecientos cincuenta colones con 00/100). El remate se realizará en
la sala de sesiones del edificio municipal, el día 31 de enero de 2014, a las
10:00 horas. Los interesados tendrán la oportunidad de examinar el local objeto
del remate, en el lugar señalado, previa cita con el Alcalde o con quien este
designe, dentro del plazo de tres días anteriores a la realización del remate,
en horario de 8 a 11 am. El adjudicatario del derecho deberá entregar a la
administración una garantía de cumplimiento equivalente al 10% del valor del
derecho adjudicado y dispondrá de tres hábiles para cancelar la diferencia. De
no cancelar la totalidad en el plazo establecido, se adjudicará el derecho al
segundo mejor postor. El valor de la adjudicación no podrá en ningún caso ser
inferior al precio base establecido mediante avalúo. Para dirigir el
procedimiento del remate y presidir la diligencia, se designa al funcionario
Marco Antonio Zamora Soto, asistido por un secretario y un pregonero, para lo
cual se designa a los funcionarios Daniela Muñoz Chaves y Albán Loría Porras,
respectivamente.
Acuerdo definitivamente aprobado.
Daniela Muñoz Chaves, Secretaria
Municipal.—1 vez.—(IN2013085123).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
AVISO A PROVEEDORES COMERCIALES
A partir del estudio realizado por
esta Dirección de Proveeduría Institucional, se determinó que existen garantías
sin retirar de procesos de contratación, del período enero del año 1999 hasta
diciembre de 2010; por lo cual se solicita revisar listado que se visualiza en
el siguiente link:
http://www.conavi.go.cr/Proveeduria/Garantias.html
Por lo cual los
interesados deben tramitar mediante nota oficial, firmada por el representante
legal en el caso de las sociedades y o persona física, dirigida a esta
Dirección, incluyendo los siguientes datos:
a) Nombre de la empresa o persona física y número
de cédula jurídica o de identidad.
b) Número de comprobante de la
garantía y número de contratación administrativa.
c) Nombre y cédula de la persona
autorizada para el retiro.
El presente
trámite procede de conformidad con el Artículo 45 Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa y se tienen sesenta días naturales, a partir de la
fecha de esta publicación para realizar las gestiones pertinentes; vencido
éste, se procederá según lo establecido en la ley 7202 “Ley del Sistema
Nacional de Archivos y su reglamento” en lo que respecta a valoración,
selección y eliminación.
Para obtener más información
las consultas o aclaraciones se deben dirigir al Área de Registro y Control de
Garantías de esta Dirección.
San José, 20 de setiembre del 2013.—Proveeduría
Institucional, MSc. Yorleny Hernández Segura, Directora.—O. C. N°
2105.—Solicitud N° 0860.—C-51940.—(IN2013084623). 2 v. 1.
GERENCIA DE LOGÍSTICA
SUBÁREA REGISTRO INSTITUCIONAL DE PROVEEDORES
A todos los
proveedores de la Caja Costarricense de Seguro Social, se les informa que en cumplimiento
a lo dispuesto en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa,
referente a la inscripción y actualización del registro de proveedores Capítulo
VIII, esta Administración:
A. Invita a todos los interesados en formar parte
del Registro Institucional de Proveedores de la CCSS, que los requisitos se
encuentran disponibles en la siguiente dirección: www.ccss.sa.cr - Catalogo de
Trámites Institucionales-Gestión de Compra de Bienes y Servicios.
B. A los proveedores inscritos que se encuentren desactualizados;
gestionar la actualización; para lo cual, los requerimientos se encuentran
disponibles en la siguiente dirección: www.ccss.sa.cr - Catalogo de Trámites
Institucionales-Gestión de Compra de Bienes y Servicios o nos pueden contactar
al correo rp_ccss@ccss.sa.cr o los teléfonos 2539-1214, 2539-1242, 2539-1241;
2539-1240 de la Subárea Registro Institucional de Proveedores. Asimismo, el
listado de los proveedores inactivos, se encuentra disponible en la siguiente
dirección: www.ccss.sa.cr - Gerencia de Logística/ Normativa de Abastecimiento
y Contratación Administrativa/ Registro de Proveedores.
C. A todos los proveedores que disponen de
medicamentos precalificados; se les recuerda que deben mantener la inscripción
como Proveedor Institucional actualizado, caso contrario se les trasladará a
estado Inactivo los productos precalificados. Para este último punto, se otorga
un mes natural que rige a partir de la publicación en el Diario Oficial La
Gaceta para gestionar lo pertinente.
Área Planificación de Bienes y Servicios.—Ing.
Cindy María Madrigal Jiménez, Jefa.—1 vez.—O. C. 1143.—Solicitud Nº 2485.—C-31320.—(IN2013080107).
Invitación para integrar y actualizar
el Registro de Proveedores Institucional
Con el fin de ampliar y
actualizar nuestro Registro de Proveedores y a la vez dar cumplimiento a lo
dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se extiende
cordial invitación a aquellas personas físicas o jurídicas que deseen ser consideradas en futuras contrataciones a
que se registren o actualicen su información a partir de enero del 2014.
Para tal efecto quienes deseen incorporarse deberán
llenar el Formulario para la Inscripción, es gratuito, lo pueden descargar de
la página web www.inder.go.cr o bien solicitarlo en el Área de Contratación y
Suministros en oficinas centrales ubicadas 100 metros oeste, 100 metros sur y
250 metros oeste de la entrada principal del Centro Comercial Plaza Lincoln,
también se encuentra a disposición en las Direcciones Regionales y Oficinas
Subregionales ubicadas en todo el territorio nacional. Al formulario se debe
adjuntar la información adicional que se indica en el mismo.
Para actualización de la información se aplicará lo
dispuesto en el artículo 122 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, el cual señala que la información presentada para el Registro
de Proveedores tiene una vigencia de 24 meses (2 años) a partir de su
inscripción si ya se encuentra inscrito puede llamar para verificar sus datos a
los teléfonos 2247-7539 ó al 2247-7545, en caso de modificación debe
presentar nota firmada por el representante legal señalando los cambios
respectivos, enviarla escaneada al correo jalpizac@inder.go.cr,
mverguizas@inder.go.cr o al fax 2240-8584.
Lic. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2013084922).
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2013LN-000024-05101
(Aviso
N° 2)
Temozolamida
100 mg. cápsulas/Octreotida (como acetato)
20 mg de acción
prolongada, polvo para suspensión
inyectable, frasco ampolla con diluente
adjunto/Temozolamida 20 mg, tableta
Se les informa a todos los interesados, en participar
en el concurso antes mencionado; que se prorroga la fecha de apertura para el
día 20 de enero del 2014 a las 10:00 horas. Por cuanto se ha presentado
solicitud de aclaración al cartel.
Vea detalles y mayor información del concurso en la
dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 16 de diciembre del 2013.—Lic.
Shirley Solano Mora, Jefa de Subárea.—1 vez.—O. C. Nº
2112.—Solicitud Nº 63338.—C-13920.—(IN2013084966).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2013LN-000020-05101
(Aviso N° 7 y
prórroga)
Contratación
de profesionales en derecho para brindar
servicios de notariado externo en la Gerencia de Pensiones
A los oferentes interesados en participar en el
concurso antes mencionado, se les comunica que la fecha de apertura de ofertas
se prorroga para el día miércoles 22 de enero del 2014 a las 11:00 horas, y a
la vez comunicar que ya se encuentra disponible el nuevo cartel unificado en
donde se atendieron las modificaciones expuestas en Resolución R-DCA-778-2013
de la Contraloría General de la República. Ver detalles en la plataforma
electrónica Compr@Red en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?titutram=2120&tramiden=2013LN-000020-05101 y en la página Web http://www.ccss.sa.cr.
San José, 16 de diciembre del 2013.—Subárea
de Reactivos y Otros.—Lic. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 63299.—C-18320.—(IN2013084972).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2013LN-000031-PRI
(Circular Nº 1)
Compra de maderas
(Modalidad:
entrega según demanda)
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº4-000-042138, comunica a todos los
interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación podrán hacer retiro de
la Circular Nº.1, en la Dirección de Proveeduría del AyA sita en el módulo C,
piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas.
Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 3900003511.—Solicitud Nº 6476.—(IN2013084980).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000114-PRI
(Circular Nº 1)
Construcción del sistema de abastecimiento de agua potable
para la comunidad de Concepción de Pilas de
Buenos
Aires de Puntarenas (planta de tratamiento)
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a
todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a
partir de la presente publicación podrán hacer retiro de la Circular Nº.1, en
la Dirección de Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio
Sede del AyA, ubicado en Pavas.
Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº
3900003511.—Solicitud Nº 6478.—(IN2013084987).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000101-PRI
Adquisición y renovación de licencias de Software
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N°
4-000-042138, comunica que mediante resolución de rectificación de Gerencia N°
SGG-2013-1007 del 12 de diciembre del 2013, se ha modificado la resolución de
adjudicación N° SGG-2013-921 del 22 de noviembre del 2013, de la licitación en
referencia, de la siguiente forma:
1. El monto total adjudicado en
la posición N° 10 de la oferta de Consulting Group Chami Centroamericana S.
A., debe leerse: $942.98.
2. El monto total adjudicado a Consulting
Group Chami Centroamericana S. A., debe leerse: Monto total adjudicado
anual: $127.223,24 (ciento veintisiete mil doscientos veintitrés dólares con
24/100). I.V.I
3. El monto total adjudicado a Segacorp
de Costa Rica S. A., debe leerse: Monto total adjudicado anual:
$101.460.00 (ciento un mil cuatrocientos sesenta dólares con 00/100). I.V.I.
En todo lo demás
permanece invariable en la resolución de adjudicación N° SGG-2013-921 de fecha
22 de noviembre del 2013.
Dirección de Proveeduría.—Lic. Iris Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. N° 3900003511.—Solicitud N°
6500.—(IN2013085091).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000051-02
(Prórroga N° 1)
Construcción de cuarto hermético para Sand
Blasting en Refinería
Les comunicamos a los interesados
en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y
recepción de ofertas se prorrogó para el día 13 de enero del 2014 a las 13:00
horas.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados que
a través del sitio Web www.recope.com, se encuentran publicadas las
licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Departamento Contrataciones Bienes
y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 2013000220.—Solicitud Nº 6471.—(IN2013084978).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-4181-2013.—Gutiérrez Gutiérrez Carlos Raúl, R-6634-C, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad: 1-0503-0955, ha solicitado reconocimiento y
equiparación del diploma de Economista Diplomado, Universidad de Hamburgo,
Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres
del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante
esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de octubre del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(IN2013080116).
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
PROGRAMA
DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS
AVISO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Eunicia María Murillo Arias, de
nacionalidad costarricense, N° de identificación: 2-0245-0754, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del título de Doctorado en Educación, obtenido en
la Universidad Nacional de Educación a Distancia en España. Cualquier persona
interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro,
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 29 de noviembre, 2013.—Oficina de Registro y
Administración Estudiantil.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(IN2013080373).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Patronato
Nacional de la Infancia. Presidencia Ejecutiva.—San
José, a las nueve horas del primero de noviembre del dos mil trece.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
dieciocho de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, número
siete mil seiscientos cuarenta y ocho y el artículo ochenta y nueve y
siguientes de la Ley General de la Administración Pública, número seis mil
doscientos veintisiete, y
Vistos:
1º—Que el artículo 211 de la Ley
General de la Administración Pública, dispone que los servidores públicos
estarán sujetos a responsabilidad disciplinaria por sus acciones, actos o
contratos opuestos al ordenamiento jurídico, cuando hayan actuado con dolo o
culpa grave, sin perjuicio del régimen disciplinario más grave previsto por
otras leyes.
2º—Que de conformidad con el Artículo 63 del
Reglamento Autónomo de Trabajo, los servidores del Patronato Nacional de la
Infancia serán sancionados disciplinariamente por las faltas en que incurren,
de conformidad con lo establecido en dicho Reglamento, en el Código de Trabajo
y en las leyes conexas y supletorias.
3º—Que el Artículo 68 del citado reglamento Autónomo
establece que, una vez enterado el Presidente Ejecutivo de la posible comisión
de una falta dispondrá de inmediato, mediante providencia una investigación
sumaria y de resultados para determinar si da lugar a establecer un
procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en dicho
reglamento.
Considerando:
Que a fin de
ejercer la potestad sancionatoria que compete a esta Presidencia Ejecutiva, se
hace necesario designar a un profesional en Derecho de la institución, para que
lleve a cabo las funciones de instrucción de las investigaciones preliminares
tendientes a la determinación de la procedencia o no de la apertura de los
procedimientos disciplinarios, así como, la instrucción de los procedimientos
administrativos de carácter ordinario o sumario, tendientes a la determinación
de la verdad real de los hechos y la imposición de las sanciones disciplinarias
que correspondan. Por tanto,
Se resuelve: Nombrar a la Licenciada
Olga Marta Cabalceta Pérez, mayor, casada, abogada, vecina de San José, cédula
de identidad número cinco-doscientos cincuenta y siete-cero veintidós,
funcionaria de la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia,
como Órgano Director del Procedimiento Administrativo Disciplinario,
compeliéndole la instrucción de las investigaciones administrativas
establecidas en los ordinales 68 y 66, párrafo tercero del Reglamento Autónomo
de Trabajo del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 308 y siguientes
320 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública. Comuníquese y
publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Presidencia Ejecutiva.—Iris Arias Angulo, Presidenta
Ejecutiva.—O. C. Nº 36560.—Solicitud Nº 13000049.—C-37040.—(IN2013081921).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Al señor Leybin Ricardo Reyes García,
se le notifica que mediante resolución de las once horas del día diecisiete de
octubre del dos mil trece, se ordena el cuido provisional de la persona menor
de edad Steven Daniel Reyes Guerrero, bajo responsabilidad del señor Ricado
Simeon Navarrete, y mediante resolución de las trece horas del día veintidós de
octubre del dos mil trece se modificó la resolución y se ingresó a la persona
menor de edad Steven Daniel Reyes Guerrero, en uno de los albergues
institucionales. Lo anterior por un plazo máximo de seis meses. Contra la
presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina
Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución.
Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar
lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta
Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones
posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas. 115-00199-13.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic.
Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C.
Nº 36560.—Solicitud Nº 13000047.—C-17520.—(IN2013081923).
Al señor Victor Manuel Cuadra, se le comunica la
resolución administrativa de las nueve horas del trece de mayo del dos mil
trece, que dicta medida de protección de cuido provisional, en beneficio de la
persona menor de edad Brandon Guillermo Richmond Robles y Dana Francella Cuadra
Robles, bajo responsabilidad de los señores Guillermo Robles Camacho y su
esposa María Cecilia Moraga Araya. Asimismo se comunica la resolución de las
nueve horas del trece de setiembre del dos mil trece, mediante el cual se
modifica el cuido de los niños, bajo responsabilidad de la señora Iris Robles
Camacho. Medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le
hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un
profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local.
Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las
48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI:
115-0237-12.—Oficina Local de Alajuelita, octubre del
2013.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O.
C. Nº 36560.—Solicitud Nº 13000047.—C-16620.—(IN2013081926).
A quien interese, se le avisa a la señora, Patricia
Morales Mora, número de cédula 1-111-0261, mayor, demás calidades desconocidas,
domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se tramita el expediente
Administrativo número 141-00081-2003, correspondiente a la Medida de Cuido
Provisional de las trece horas del dieciséis de octubre del dos mil trece a
favor de la persona menor de edad Didier Damián Barrantes Morales en el Hogar
de su abuela paterna la señora Araminta Zúñiga Navarro. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte
interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de
Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se
le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del
perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en
donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito
dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién
lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José
Barrio Lujan antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las
dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender
notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia
Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que
si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no
existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas
con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La
presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección
indicada. Notifíquese. Exp. 141-00081-2003.—Oficina
Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del
Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº
36560.—Solicitud Nº 13000047.—C-29060.—(IN2013081927).
A quien interese,se le avisa
al señor, Alexander Barrantes Zúñiga, número de cédula 602670358, mayor, demás
calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se
tramita el expediente Administrativo número 141-00081-2003, correspondiente a
la Medida de Cuido Provisional de las trece horas del dieciséis de octubre del
dos mil trece a favor de la persona menor de edad Didier Damián Barrantes
Morales en el Hogar de su abuela paterna la señora Araminta Zúñiga Navarro. Se
le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad
o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se
previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante
la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las
dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír
notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente
pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo
contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso
de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma
verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en
esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la
Institución, ubicada en San José Barrio Luján antigua Dos Pinos, entre las
siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de
señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro
judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda,
bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere
impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se
dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas
después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la
medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. 141-00081-2003.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales
Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.
C. Nº 36560.—Solicitud Nº 13000047.—C-29080.—(IN2013081928).
A Natalia Ruiz Soto, se le comunica
las resoluciones de las 10:00 horas del día 14 de mayo del año 2013, que
dispone denegar el recurso de reubicación de sus hijos en su hogar y la
resolución de las 9:00 horas del día 20 de agosto del año 2013, que arroga la
competencia de la Oficina Local de Naranjo para seguir atendiendo la situación
de sus hijos. Recurso de Apelación. Plazo: dos días hábiles, siguientes a la
segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia
Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender
notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de
protección. Expediente 243-00035-2010.—Naranjo, 21 de
mayo de 2013.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. 36560.—Solicitud 13000047.—C-11180.—(IN2013081934).
Expediente administrativo número
118-000124-2010, por desconocerse su residencia y ubicación habitual, se le
comunica al señor Evelio Jhoel Jarquín García que en esta oficina local se ha
dictado la resolución de las diez horas con treinta minutos del catorce de
diciembre del dos mil diez que ordenó medidas de protección a favor de la
persona menor de edad Andy Jarquín Azofeifa, en garantía a su derecho a la
salud. Se le informa que contra dicha resolución procede el recurso de apelación,
mismo que podrá ser expuesto cuarenta y ocho horas después de la tercera
publicación del presente edicto, debiendo señalar, para recibir notificaciones
dirección exacta dentro del perímetro judicial de la oficina local de Santa
Ana, fax o medio electrónico donde atender notificaciones, con la advertencia
de que si el medio señalado no existiere, fuere impreciso o inexacto las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después
de haber sido dictadas.—Oficina Local de Santa Ana, 31 de octubre del
2013.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O.
C. 36560.—Solicitud 13000047.—C-19680.—(IN2013081935).
Se les comunica a Iris Eliede
Ceciliano Piedra y Yoel García Masís que por resolución de esta representación
legal de las diez horas del veintiocho de octubre del dos mil trece, se inició
proceso de protección en sede administrativa a favor de Innda García Ceciliano,
en la cual se ordena el Abrigo Temporal en la Organización No Gubernamental
Casa Viva. Asimismo se dispuso el seguimiento de la situación. Se les confiere
audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés,
y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen
derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección,
así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su
disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San
José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del
costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber,
además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante
esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir
del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en
el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° 116-00072-2010.—Oficina
Local de San José Oeste.—MSc. Randall Alberto Durán Ortega, Representante
Legal.—O. C. 36560.—Solicitud 13000047.—C-28320.—(IN2013081936).
A quien interese: se le avisa al
señor, German Pérez Valenciano, número de cédula 105540308, mayor, demás
calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se
tramita el expediente Administrativo número: OLPZ-00195-2013, correspondiente a
la Medida de Protección de Cuido Provisional de las catorce horas del seis de
noviembre del dos mil trece a favor de la persona menor de edad María Fernanda
Pérez Arguedas en el hogar sustituto del señor Javier Laguna Ramírez. Se le
concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o
se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene
a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina
Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis
horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro
del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax
en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por
escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina
local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en
San José Barrio Lujan antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta
minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde
atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia
Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que
si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no
existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas
con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La
presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección
indicada. Notifíquese. Exp. OLPZ-00195-2013.—Lic.
Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-29060.—(IN2013081938).
A quien interese: se le avisa al
señor, German Pérez Valenciano, número de cédula 105540308, mayor, demás
calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se
tramita el expediente Administrativo número: OLPZ-00195-2013, correspondiente a
la Medida de Protección de Cuido Provisional de las trece horas del seis de
noviembre del dos mil trece a favor de las personas menores de edad Taylor y
Damián ambos Pérez Arguedas en el hogar sustituto de la señora Yorleny Gamboa
Blanco. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su
conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra de lo
ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de
Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y
treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar
lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina
local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas
notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso
se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho
horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la
Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Lujan
antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis
horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones
futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José
un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si
el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las
resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del
recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada.
Notifíquese. Exp. OLPZ-00195-2013.—Oficina Local Pérez
Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. 36721.—Solicitud
13000053.—C-29060.—(IN2013081939).
A quien interese, se le avisa a la
señora Kimberly Tatiana Vargas Segura, número de cédula 114040821, mayor, demás
calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se
tramita el expediente Administrativo número: OLPZ-00183-2013, correspondiente a
la Medida de Protección de Cuido Provisional de las once horas del seis de
noviembre del dos mil trece a favor de la persona menor de edad Kimberly
Daniela Vargas Segura en el hogar sustituto de los señores Isabel Jiménez
Segura y Gerardo Martínez Arias. Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos:
En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer
Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete
horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes
señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta
oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse
estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso
se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho
horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la
Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Luján
antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis
horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones
futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José
un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si
el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las
resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del
recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada.
Notifíquese. Exp. OLPZ-00183-2013.—Lic. Mildred
Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-29560.—(IN2013081941).
Oficina Local de
Corredores, a las nueve horas treinta minutos del día veintiuno de octubre del
año dos mil trece, se le comunica al señor Juan José Granera, no registra
segundo apellido, de nacionalidad nicaragüense, la resolución de las quince
horas cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de julio del año dos mil
trece, mediante en la cual se ordenó iniciar El Proceso Especial de Protección
en Sede Administrativa y la resolución de las once horas cincuenta minutos del
día diecisiete de octubre del año dos mil trece, en la cual se ordenó Medida de
Protección y Cuido Provisional en favor del niño Farid Orlando Granera
Espinoza, por motivos de que los progenitores incumplen con sus deberes
parentales, delegando dicha responsabilidad en terceras personas,
específicamente en los señores Marvin Espinoza Varela y Nancy Melania Chavarría
Rosales, los cuales actualmente son los que se encarga de velar por el bienestar
y todos las atenciones del niño de marras.
Notifíquese, la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de tres días hábiles siguientes
a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento
de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo
fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Lic.
Dinia Vallejos Badilla, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-35780.—(IN2013081944).
Oficina Local de
Corredores, a las once horas quince minutos del día siete de octubre del año
dos mil trece, se le comunica a los señores Gerardo Badilla Robles y Grettel
Vega Chaves, la resolución de las diez horas veinticinco minutos del día siete
de noviembre del año dos mil trece, que ordenó Resolución Administrativa de
Suspensión de Guarda, Crianza y Educación, a favor de la persona menor de edad
Ashley Adriana Badilla Vega y se ordena conceder dicha responsabilidad de
guarda, crianza y educación en los señores Greivin Vega Chaves y su esposa
Tania Delgado González, estos señores son los que se encargan de velar por el
bienestar y todas las atenciones de la niña de marras. Notifíquese, la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible.—Lic. Dinia
Vallejos Badilla, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-32080.—(IN2013081948).
Oficina Local Heredia Norte, al señor
Luis Alonso Delgado Ramírez, calidades desconocidas por esta oficina local, se
le comunica la resolución de las catorce horas del cuatro de noviembre de dos
mil trece que ordenó la inclusión del joven Jean Pool Delgado Campos en Hogar
Crea Niños Adolescentes de Birrisito de Cartago. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable
a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo
fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente
número OLHN-00509-2013.—Lic. Ana Julieta Hernández
Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-25200.— (IN2013081949).
Oficina Local de Upala,
Guatuso, al ser las quince horas del día diez de octubre del año dos mil trece,
a los señores Ana Rivas y Ugenio Reyes se les comunica la resolución de las
trece horas con cuarenta y cinco minutos del día diez de octubre del año dos
mil trece, la cual ordenó que la joven Ángela Sandra Reyes Rivas, permanezca
bajo la figura de abrigo temporal por seis meses en la ONG Hogar Mariano
Juvenil. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente OLU 00071-2013.—Lic. Katia Corrales
Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C.
36721.—Solicitud 13000053.—C-26380.—(IN2013081950).
Se les comunica a
Marisol Morales Aguilar y Sergio Alvarado Cuadra, que por resolución de la
Representación Legal de esta Oficina Local, de las 9:30 horas del 12 de
noviembre del 2013, y dentro del proceso de protección especial en vía
administrativa, se dicta declaratoria de adoptabilidad administrativa a favor
de la persona menor de edad Kristen Daniela Alvarado Morales. Se les confiere
audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés,
y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen
derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección,
así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su
disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San
José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del
costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber,
además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° 111-00474-2011.—Oficina
Local de San José Oeste.—Randall Alberto Durán Ortega, Representante Legal.—O.
C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-27880.—(IN2013081952).
Se le comunica a Manolín Santana Feliz
que por resolución de la representación legal de esta Oficina Local, a las
08:15 horas del 11 de noviembre del 2013, se inició proceso de protección en
sede administrativa a favor de su hija Ashly María Santana Madrigal, asimismo
se dispuso el seguimiento de la situación y se ordenó el cuido provisional de
la persona menor de edad señora Jackeline Castillo Lanzoni. Se le confiere
audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés,
y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen
derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección,
así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su
disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San
José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del
costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber,
además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° 111-00232-2012.—Oficina
Local de San José Oeste.—MSc. Randall Alberto Durán Ortega, Representante Legal.—O.
C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-28340.—(IN2013081953).
Se les comunica a
Carlos Luis González Alvarado y Lilliam Montiel Bello que por resolución de
esta representación legal de las diez horas del cuatro de noviembre del dos mil
trece, se inició proceso de protección en sede administrativa a favor de Marcos
Andrés González Montiel, en la cual se ordena el abrigo temporal de la persona
menor de edad en albergue institucional. Se les confiere audiencia por tres
días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las
pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse
asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como
consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su
disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San
José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del
costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber,
además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° 111-000787-2010.—Oficina Local
de San José Oeste.—MSc. Randall Alberto Durán Ortega, Representante Legal.—O.
C. 36721.—Solicitud 13000053.—C-27895.—(IN2013081955).
A la señora Yency Díaz Quirós y al
señor Héctor Alberto Sedeño Cisnero, se les comunica la resolución dictada por
esta Entidad, de las 11 horas del día 04 de noviembre del 2013, que Ordenó el
Cuido Provisional del niño Roy Isaac Sedeño Díaz, al lado del señor Roy Segura
Fernández, con seguimiento institucional. Se traslada la situación al Equipo B
para su seguimiento. Plazo: Para ofrecer recurso de apelación, 48 horas a
partir de la tercera publicación de este edicto, y ante la Presidencia
Ejecutiva de la Institución, sita en San José, Barrio Luján antiguo Edificio
Dos Pinos, con horario de 7:00 horas a. m. a 15 horas de lunes a viernes. Se le
previene además, señalar lugar para oír notificaciones, en el entendido de no
hacerlo, las mismas quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas.
Expediente 116-00089-2007.—Oficina Local de
Desamparados, 18 de noviembre del 2013.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio,
Representante Legal.—O. C. 36721.—Solicitud
13000054.—C-17880.— (IN2013081956).
JUNTA
DE EDUCACIÓN ESCUELA DE PALMIRA
Se hace conocimiento que la Junta de
Educación Escuela de Palmira (situada: en Palmira, distrito 2°, cantón 5°
Carrillo, provincia 5° Guanacaste), cédula jurídica N° 3-008-071731, ha
solicitado a la Procuraduría General de la República, la inscripción registral
del bien inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de Guanacaste, terreno
donde se localiza el Centro Educativo Escuela Palmira, el cual colinda: al
norte, con calle pública; al sur, con Sandra Vargas Vargas; al este, con calle
pública y Odon Camareno Vargas, cuenta con plano catastrado N° G-1409254-2010,
con un área de 1985 m2, dicha inscripción se realiza según el
artículo 301 de la Ley N° 5060 Ley General de Caminos Públicos. La Junta de
Educación ha mantenido la posesión en dicho inmueble por más de diez años, en
forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, de buena fe y a título de
dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir,
deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la publicación del
presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo
del Ministerio de Educación Pública o bien a la Procuraduría General de la
República, Notaría del Estado en la cual se están realizando las presentes
diligencias.
San José, 2 de diciembre del 2013.—Karolina Chaves Pizarro, Presidenta.—1
vez.—(IN2013080860).
La presente es para hacer de su
conocimiento que el Concejo Municipal en su sesión ordinaria N° 184 celebrada
el lunes 11 de noviembre del 2013, en el artículo VI, acuerdo N° 25439, se
acordó lo siguiente:
1.-Presidente Castillo Valverde:
Presidente indica que se debe tomar un acuerdo para el cambio de fechas en el
mes de diciembre de las sesiones del Concejo Municipal, esto por motivo de las
celebraciones de la época navideña.
Acuerdo N°
25439-11-11-2013: Sometido a votación por unanimidad el honorable Concejo
Municipal de Siquirres acuerda cambiar las fechas de las siguientes sesiones
ordinarias y extraordinarias del mes de diciembre 2013, con motivo a las
celebraciones de la época navideña, quedando de la siguiente manera a partir
del lunes 16 de diciembre 2013, se pasa para el día miércoles 11 de diciembre
2013, lunes 23 de diciembre se pasa para el día lunes 16 de diciembre, y el día
lunes 30 de diciembre 2013, para el día viernes 20 de diciembre 2013. Las dos
sesiones extraordinarias de Ley según el Código Municipal se realizarán los
días miércoles 4 de diciembre 2013 y miércoles 18 de diciembre todas del
presente año.
Acuerdo definitivamente aprobado.
Publíquese.—Juan M. Mora Cruz, Proveedor.—1
vez.—(IN2013080185).
TARJETA
LÁSER DE COSTA RICA S. A.
Yo, Alvise Barnabo, en mi calidad
como Tesorero de la sociedad Tarjeta Láser de Costa Rica S. A., convoco a la
asamblea general ordinaria de accionistas a celebrarse en el domicilio social
situado en San José, Escazú, apartamento uno del Condominio Escazú Colonial,
ochocientos metros sur del cruce de San Rafael de Escazú, a las ocho horas en
primera convocatoria y en segunda convocatoria a las nueve horas, ambas del
tres de febrero del año dos mil catorce, para conocer de los siguientes puntos:
a) Discutir y aprobar o improbar el informe sobre resultados del ejercicio
anual que presenten los administradores y tomar sobre él las medidas que juzgue
oportunas, b) Acordar distribución de utilidades conforme lo dispone la
escritura social, c) En su caso revocar el nombramiento de administradores y
proceder al nombramiento de nuevos directivos y d) los demás de carácter
ordinario que se consideren oportunos.—San José, 12 diciembre de 2013.—Alvise
Barnabo, Tesorero.—1 vez.—(IN2013084357).
COLEGIO
DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos
de Costa Rica, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 29 y 47, inciso
b) de la Ley Nº 7221, convoca a los miembros del Colegio a la asamblea general
ordinaria que se realizará en nuestra sede central el sábado 25 de enero del
2014, a las 9:00 a.m. En caso de no haber quórum a la hora indicada, la
asamblea general se reunirá una hora después (10:00 a.m.) con un mínimo de 50
miembros presentes. El orden del día fijado para esta asamblea es el siguiente:
1. Himno
Nacional.
2. Homenaje
póstumo a colegiados.
3. Dedicada
de la asamblea: Dra. Floribeth Mora Umaña
4. Lectura
y aprobación de las actas Nos. 145 y 146
5. Seguimiento
de acuerdos de asamblea.
6. Memoria
anual:
- Informe de
la Presidencia.
- Informe de la Tesorería.
- Informe de la Fiscalía.
7. Elección de
miembros de Junta Directiva:
- Vicepresidente
- Tesorero
- Secretario
- Segundo Vocal
- Cuarto
Vocal
8. Aval a la Filial Brunca para que trámite
solicitud de préstamo al Fondo de Mutualidad y Subsidios por diez millones de
colones.
9. Juramentación
y toma de posesión de nuevos miembros de Junta Directiva.
10. Asuntos
varios
Los documentos para esta asamblea (memoria), versión
digital, estarán disponibles en la página Web del Colegio
www.ing-agronomos.or.cr a partir del lunes 20 de enero de 2014. En cumplimiento
del acuerdo N° 6 de la asamblea 136 del 31 de enero del 2009, no se imprimirán
los documentos. Los colegiados que deseen presentar asuntos varios en esta
Asamblea, deberán enviarlos a la Junta Directiva a más tardar al medio día del
10 de enero del 2014, al correo electrónico mzuniga@ingagr.or.cr. Además, se
informa que el día de la asamblea las instalaciones sociales, recreativas y
deportivas permanecerán cerradas.—San José, 12 de
diciembre del 2013.—Ing. Agr. Eugenio A. Porras Vargas, Presidente.—Ing Agr. Óscar Valladares Araya, Secretario.—1 vez.—(IN2013084666).
ASOCIACIÓN
ISKCON MOVIMIENTO HARE KRISHNA
DE COSTA RICA
(AMOHK)
Cédula
jurídica N° 3-002-558126
La Junta Directiva en cumplimiento con los artículos
14 y 15 de su Ley Constitutiva, convoca a la asamblea general ordinaria y
extraordinaria a celebrarse el domingo 12 de enero del 2014, en la Finca Hare
Krishna “Radha Govinda Dham” en Dulce Nombre de Cartago. La primera
convocatoria para las asambleas será a las 5:30 p.m. En caso de no contar con
el quórum de Ley, la segunda convocatoria será a las 6:00 p. m. La acreditación
de los asambleístas será a partir de las 5:00 p. m., en el mismo lugar.
Orden del día:
Aprobación de la agenda
Presentación de
informes del presidente, de la tesorería y del fiscal.
Elección de cargos en la junta
directiva: presidente, fiscal, tesorero y primer vocal.
Y Discusión de desarrollo de condominio en la Finca Hare
Krishna “Radha Govinda Dham.
Modificación del acta constitutiva.
Asuntos varios.
Invitada especial: Blanca Cecilia
Briceño Bustos, Asesora Legal de la Asociación.—Cartago,
13 de diciembre del 2013.—Huberth Monge Quesada,
Presidente Junta Directiva.—1 vez.—(IN2013084743).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
BAC
SAN JOSÉ S. A.
Se
comunica que los siguientes Títulos Valores emitidos por el BAC San José S. A.,
a la orden de Carlos Eduardo Zúñiga Leitón, han sido extraviados:
Número
certificado
|
Monto
|
Fecha
emisión
|
Fecha
vencimiento
|
100359951
|
5.200.000,00
|
21/12/2007
|
22/12/2008
|
Número
de cupones
|
Monto neto
|
Fecha
emisión
|
Fecha
vencimiento
|
N/A
|
N/A
|
N/A
|
N/A
|
Por lo tanto solicitamos proceder de
inmediato con los trámites de publicación para el paro de pago y restitución de
estos títulos.—San José, 3 de diciembre del
2013.—Sucursal de Cartago.—Lic. Martín Gómez Gutiérrez, Gerente.—(IN2013081000).
CLUB
Y HOTEL CONDOVAC LA COSTA S. A.
Club y Hotel Condovac La Costa S. A., comunica a los
interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común y
título de capital N° 741, correspondiente a la semana N° 5, documentos
registrados a nombre: Rodríguez Estrada Luis, cédula 1-0436-0164, Carazo Rojas
Elizabeth, cédula 1-0411-1085, se procederá a su reposición dentro del término
de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este
plazo. San José.—Departamento Crédito y Cobro.—Melvin
Mora Gamboa, Jefe.—(IN2013081318).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN DE
HERMANAS DE LA ASUNCIÓN
Yo, María Molina Rojas, religiosa, cédula de
identidad número 6-218-391, en mi calidad de
Presidenta y representante legal de la Asociación de Hermanas de la Asunción,
cédula jurídica 3-002-116746, solicito al Departamento de Asociaciones del
Registro de Personas Jurídicas la reposición de todos los libros, los cuales
fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación
a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—Puntarenas, 28 de noviembre del 2013.—María Molina Rojas,
Presidenta.—1 vez.—(IN2013080197).
CABLEVISIÓN
DE COSTA RICA
Por este medio se hace saber a
nuestros clientes y al público en general que los siguientes documentos han
sido extraviados de Cablevisión de Costa Rica, y por lo tanto no nos haremos
responsables por el mal uso que se les pueda dar. Adjunto números de contrato y
recibo para el debido proceso:
Contratos CV
· 111416 / 111417 / 111418
Contratos de RACSA
· 260053 / 260054
3 de diciembre
del 2013.—Frank Caldart Marine, Representante Legal.—1 vez.—(IN2013080821).
SERVICIOS
ASAHI SOCIEDAD ANÓNIMA
Servicios Asahi Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica 3-101-068844, solicita, la reposición de los
siguientes libros legales: Libro de Registro de Accionistas, Actas de Junta
Directiva y Libro de Actas de Asamblea de Socios, de acuerdo con el Reglamento
del Registro Nacional para la legalización de libros de sociedades
mercantiles.—San José, tres de diciembre del dos mil trece.—Lic. Dennia María
Barboza Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2013080962).
ARTE
BRUJO SOCIEDAD ANÓNIMA
Arte Brujo Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica 3-101-184799, solicita, la reposición de los siguientes libros
legales: Libro de Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva y Libro de
Actas de Asamblea de Socios, de acuerdo con el Reglamento del Registro Nacional
para la legalización de libros de sociedades mercantiles.—San José, tres de
diciembre del dos mil trece.—Lic. Dennia María Barboza Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2013080963).
SWITCH &
WIRE CABLE A B, SOCIEDAD ANÓNIMA
Switch & Wire Cable A B, Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-360942, representada por su apoderada
generalísima sin límite de suma la señora Ana Isabel Jara Mora, solicita ante
el Registro Público, la reposición por extravió de los libros actas de Consejo
de Administración, Acta de Asambleas de Socios y Registro de Socios.—Lic. Ana Isabel Mora Jara, Apoderada Generalísima.—1 vez.—(IN2013081203).
COLEGIO
DE ABOGADOS DE COSTA RICA
El Colegio de Abogados de Costa Rica
avisa que mediante resolución de las diez horas veintidós minutos del ocho de
noviembre del dos mil trece, resolución N° 2410-2013, del Tribunal Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José,
dictada en el expediente N° 13-004240-1027-CA, que es proceso de conocimiento,
interpuesto por Ligia Rodríguez Pacheco contra el Colegio de Abogados de Costa
Rica, se ordenó la suspensión inmediata de los efectos del acto final adoptado
mediante acuerdo N° 2011-35-069, mismo mediante en el cual se declara sanción
disciplinaria de nueve meses de suspensión en el ejercicio de la profesión a la
licenciada Ligia Rodríguez Pacheco, carné 10694, y que fue publicada en el
Diario Oficial La Gaceta N° 82 del 30 de abril del 2013, correspondiente
a la O.C. 9089, Solicitud 982-00054 (IN2013023917). Por lo anterior, se
suspenden los efectos de dicha sanción a partir del diecinueve de noviembre del
dos mil trece, quedando la licenciada Ligia Rodríguez Pacheco habilitada para
el ejercicio de la profesión a partir de esa fecha. (Expediente judicial N°
13-004240-1027-CA. Expediente administrativo N° 518-09). Publíquese en lo
conducente.—Lic. Cindy Solórzano Núñez, Fiscal.—1 vez.—(IN2013081322).
COLEGIO
DE CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA
El Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica
informa que por acuerdo de Asamblea General Ordinaria N° 64 celebrada el 01 de
diciembre del 2013, la Junta Directiva para el período 2014 quedó constituida
de la siguiente manera:
Dr. Alexis Campos Núñez Presidente
Dra. Madeline Howard Mora Vicepresidenta
Dra. Selena Cubero Guardiola Secretaria
Dr. Rafael Porras Madrigal Fiscal
Dra. Sofía Castro Jiménez Tesorera
Dr. José Ml. Fernández Chaves Vocal I
Dra. Mariela Barzuna Pacheco Vocal II
Dr. Tomás Franceschi Alba, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2013081691).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Por escritura
otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de Suco Citro S.R.L.
mediante la cual se disminuyó el capital social reformándose la cláusula del
capital social.—San José, 13 de noviembre del
2013.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—(IN2013079887).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Por escritura número doscientos
setenta otorgada ante la notaria Georgina Rojas D’Avanzo, a las ocho horas del
veintinueve de agosto del dos mil trece, se modificó la cláusula quinta del
pacto constitutivo de la sociedad Komestic Dos Mil Doce Sociedad Anónima.—San José, 3 de
diciembre del 2013.—Lic. Georgina Rojas D’Avanzo, Notaria.—(IN2013081097).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas
treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil trece, protocolicé
acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Tree
of Life Limitada, cédula de persona jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos
treinta y ocho mil setecientos nueve, de las once horas del veintinueve de
noviembre de dos mil trece, mediante la cual se acuerda la disolución de la
sociedad.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—(IN2013080158).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas
cuarenta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil trece, protocolicé
acta de asamblea general de cuotistas de la sociedad Centro Médico Ruta
Veintisiete Limitada, con número de cédula de persona jurídica tres-ciento
dos-seiscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y nueve, de las
diez horas del quince de noviembre de dos mil trece, mediante la cual se
reforma la cláusula primera del pacto constitutivo y en adelante se denominará Centro
de Negocios Árbol Azul Guachipelín Limitada.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—(IN2013080159).
Por escritura número ciento tres-tres otorgada ante el
suscrito notario el día veintinueve de noviembre del dos mil trece, he
protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Referti Mali Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatro cinco cinco tres seis siete en la cual
se revocan los nombramientos de presidente, secretario y tesorero de la junta
directiva y se nombra nuevos miembros, se reforman las cláusulas segunda,
sexta, octava, décimo tercera y décimo cuarta del pacto constitutivo.—Heredia,
veintinueve de noviembre del dos mil trece.—Lic. Erick Cordero Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2013080161).
Mediante escritura N° 77, de las
19:30 horas del 12 de marzo de 2013, iniciada al folio 47 frente, del tomo 18
de mi protocolo, compareció la totalidad de los socios de La Aurora de
Boston S.A., con cédula jurídica N° 3-101-388228, y acordaron por
unanimidad la disolución de la sociedad.—San José, 26 de noviembre del
2013.—Lic. Sergio Gustavo Rivera Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2013080163).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las siete horas treinta minutos del día dos de diciembre del dos mil
trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-600507 s. a.
Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—(IN2013080175).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las siete horas quince minutos del día dos de diciembre del dos mil
trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-600502 s. a.
Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—(IN2013080176).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las siete horas del día dos de diciembre del dos mil trece, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada 3-101-600493 S. A. Donde se
acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2013080177).
El día 24 de octubre del 2013, los
socios de la sociedad Colapso Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-244540, procedió a reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo, con
relación a la representación. Dicha reforma fue protocolizada mediante
escritura 451-26, visible al folio 144 vuelto del tomo 26 del protocolo, con
fecha 11:00 horas del día 12 de noviembre del 2013, por el notario Gerardo
Quesada Monge.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—(IN2013080183).
El día 24 de octubre del 2013, los
socios de la sociedad Arranque Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-105734, procedió a reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo, con
relación a la representación. Dicha reforma fue protocolizada mediante
escritura 451-26, visible al folio 144 vuelto del tomo 26 del protocolo, con
fecha 11:00 horas del día 12 de noviembre del 2013. Por el notario Gerardo
Quesada Monge.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—(IN2013080184).
El día 24 de octubre del 2013, los
socios de la sociedad Corporación de Inversiones Fénix A & A Limitada,
cédula jurídica 3-102-528871, procedió a reformar la cláusula sexta del pacto
constitutivo, con relación a la representación. Dicha reforma fue protocolizada
mediante escritura 457-26, visible al folio 147 vuelto del tomo 26 del
protocolo, con fecha 17:00 horas del día 13 de noviembre del 2013. Por el
notario Gerardo Quesada Monge.—Lic. Gerardo Quesada
Monge, Notario.—1 vez.—(IN2013080187).
Comparecieron a esta notaría Erick
Saldaña Carranza, cédula uno-mil doscientos sesenta y ocho-setecientos ochenta
y tres, y Elsa Carranza Altamirano, cédula seis-cero sesenta y dos-seiscientos
veintiséis, para constituir la fundación: Fundación Macaw Ong. Dicha
fundación fue constituida a las 15:30 horas del día 27 de junio del 2013 por el
notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 1-26 del tomo 26 de su
protocolo.—San José, 28 de noviembre del 2013. Por el
notario Gerardo Quesada Monge.—Lic. Gerardo Quesada
Monge, Notario.—1 vez.—(IN2013080190).
Por escritura número trescientos
veintisiete, iniciada al folio ciento cincuenta y cinco frente del tomo número
cinco de mi protocolo, otorgada a las once horas del veintiocho de noviembre de
dos mil trece, se disuelve la sociedad denominada Soluciones Logísticas
Empresariales S.L.E. S. A.—Lic. Wálter Rodríguez
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2013080198).
Mediante escritura número ciento
sesenta tomo I, otorgada ante el suscrito notario, en Barrio Escalante, del
parque de Francia ciento setenta y cinco sur, San José, a las quince horas del
quince de noviembre de dos mil trece, se constituye la sociedad denominada Propiedades
Soceli San Isidro de San Ramón S. A. Cecilia Badilla Rojas, mayor, soltera,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad dos-ciento ochenta y
cinco-novecientos noventa y cinco, vecina de San Ramón de Alajuela, distrito
primero, cien metros este y setenta y cinco sur del Banco Nacional, con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve
años. Capital: cien mil colones, debidamente suscrito y pago. Objeto: el
comercio en general.—Barrio Escalante, San José, dos
de diciembre de dos mil trece.—Lic. Emilio Arias Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2013080201).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en fecha veintinueve de noviembre del dos mil trece, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Hechizo
Automotriz Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis
cinco cuatro nueve cuatro siete, en la cual se acuerda la disolución de la
misma conforme al artículo 201 inciso d). San José, 29 de noviembre del 2013.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1
vez.—(IN2013080203).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del treinta de noviembre del dos mil trece,
protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Citrocar
S. A., en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Se
revoca nombramiento de vocal y se nombran dos vocales.—San
José, treinta de noviembre del arto dos mil trece.—Lic. Cristina Montero
González, Notaria.—1 vez.—(IN2013080205).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil trece.
Protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad La
Barrela S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo.—San José, treinta de noviembre del dos
mil trece.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1
vez.—(IN2013080206).
Mediante escrituras otorgadas ante
esta notaría a las 11:00 horas del 29 de noviembre del 2013 se acordó la
disolución y liquidación de Compañía de Inversiones y Desarrollos Arpas de
Coral S. A.—San José, 29 de noviembre del
2013.—Lic. Mario Arturo Pacheco Coronado, Notario.—1
vez.—(IN2013080207).
Ante esta notaría
se modificó la cláusula segunda y quinta del pacto constitutivo, y se llevó a
cabo el cambio de los cargos de junta directiva del presidente y tesorero de la
compañía C.A.S.H Mil Novecientos Setenta y Cuatro S. A. capital social:
500.000 colones. Representante: Zakir Mursakulov.—San
José, noviembre del 2013.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—(IN2013080212).
Dartec Dimensiones
Arquitectónicas Tecnológicas Sociedad
Anónima, acuerda modificar
el nombre y domicilio de la sociedad, siendo el nuevo nombre A.P.S. Agencia
Promotora de Servicios Sociedad Anónima. El nuevo domicilio social, es el
siguiente: provincia de Limón, distrito y cantón primero Limón, exactamente 25
metros oeste de los Tribunales de Justicia, bajos del antiguo hotel Paraíso,
oficina número tres. Se acuerda modificar el objeto de la sociedad, ampliándose
también para gestionar empleos ya sean temporales o permanentes, tanto a / o
con personas físicas como jurídicas. Se realizaron los siguientes nombramientos
en la junta directiva. Secretaria Blensy Roena Picon Scott. presidente:
Dioney Barrett Bryan. El tesorero Lawrence Alberto Wilson Harris.—Limón, veintinueve de noviembre del dos mil trece.—Lic.
Randy Gordon Cruickshank, Notario.—1
vez.—(IN2013080213).
Por escritura
otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Terminales Santa María Sociedad
Anónima, en que se acuerda reformar la cláusula octava de los estatutos.
Asimismo se nombra nueva fiscal y nuevo agente residente.—San
José, 29 de noviembre del 2013.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2013080215).
Por escritura número
cuarenta-diecisiete, otorgada ante mí a las diez horas del veinticinco de
noviembre de dos mil trece, se disuelve la sociedad Laboratorio
Computacional Labcom S. A.—Lic. Carolina Soto
Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2013080220).
Debidamente facultado al efecto
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de SAP Costa
Rica S. A. mediante la cual se nombra presidente, tesorero y secretario de
la junta directiva y se confiere poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 horas del 1° de diciembre del 2013.—Lic.
Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2013080221).
Por escritura
número uno otorgada ante esta notaría a las once horas diez minutos del
veintiocho de octubre del dos mil trece se protocolizó acta de la sociedad Costa
Rica’s Craft Brewing Company Limitada. Se reforma la cláusula sexta de los
estatutos en cuanto a la administración.—San José, dos
de diciembre del dos mil trece.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2013080222).
Ante esta notaría al ser las 10:00
horas del 11 de noviembre del año dos mil trece comparecen los señores José
Avendaño Salas, Adriana Chaves Vega, María Isabel Vega Víquez, Juan Chaves
Oreamuno, para constituir la sociedad anónima Mariale Dos con domicilio
en Santo Domingo de Heredia dos kilómetros al este del Más por Menos condominio
Arcadia.—Lic. Francisco Javier Arias Fernández,
Notario.—1 vez.—(IN2013080227).
Por otorgada ante
esta notaría y en esta ciudad a las ocho horas del día veintiséis de noviembre
del año dos ml trece. Corrugadora de Costa Rica S. A. (Cocorisa S.
A.) nombra nuevo presidente, vicepresidente y vocal.—San
José, veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2013080238).
Por otorgada ante esta notaría y en
esta ciudad a las nueve horas del día veintiséis de noviembre del dos mil
trece, Jofer S. A. nombra muevo vicepresidente, y vocal.—San José, veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic.
Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1
vez.—(IN2013080239).
Por otorgada ante esta notaría y en
esta ciudad a las ocho horas y treinta minutos del día veintiséis de noviembre
del dos mil trece. Sol y Flor S. A. nombra nuevo vicepresidente, y vocal.—San José, veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic.
Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1
vez.—(IN2013080242).
Por otorgada ante
esta notaría y en esta ciudad a las ocho horas y quince minutos del día
veintiséis de noviembre del dos mil
trece. Fotolit S. A. reforma la cláusula tercera nombra nuevo
presidente, vicepresidente y vocal.—San José,
veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena,
Notario.—1 vez.—(IN2013080245).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas con treinta minutos del veintiocho de noviembre del
dos mil trece, se constituyó la sociedad Stivargi Sociedad Anónima.
Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. capital social: la suma de once mil colones, representado
por once acciones comunes y nominativas con un valor de mil colones cada
una.—San José, 2 de diciembre del dos mil trece.—Lic. Ana Karina Somarribas
Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2013080246).
Que por escritura
otorgada ante esta notaría se constituye la sociedad de responsabilidad
limitada Comercializadora de Frutos Marinos Estrada y Medina Limitada,
donde el gerente y subgerente son los representantes judiciales y
extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
actuando conjunta o separadamente, y con domicilio social en Puntarenas,
Puntarenas, del parque Mora y Cañas cien metros norte.—Puntarenas,
30 de noviembre de 2013.—Lic. Julián Elizondo Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2013080249).
Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez
Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad compañía Three Birds in Paradise DMB Sociedad Anónima,
celebrada al ser las trece horas del día veintisiete de noviembre del dos mil
trece, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San
José, veintisiete de noviembre del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez
Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2013080257).
Por escritura
otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social según
Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza
expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación
social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución
de oficio le asigne en el momento de su inscripción, su plazo social es de cien
años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, presidente y
secretario serán los representantes legales, actuando conjunta o separadamente,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dos de
diciembre del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2013080259).
Roberto Gourzong
Cerdas, abogado y notario público, hace constar que mediante escritura número
ciento setenta y uno, otorgada en el tomo veintiséis de mi protocolo, a las
nueve horas del día de hoy, por votación unánime de socios se acordó disolver y
liquidar Mebri S. A.—San José, veintisiete de noviembre del dos rail trece.—Lic.
Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1
vez.—(IN2013080260).
Por escritura
otorgada ante esta notaría al ser las nueve horas del once de noviembre de dos
mil trece, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios
de Grupo La Península de Guanacaste Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil ochocientos veinticinco,
celebrada a partir de las ocho horas treinta minutos del veintisiete de
setiembre de dos mil trece en su domicilio social, mediante la cual se acordó
la disolución de la sociedad.—Cartago, 2 de diciembre de 2013.—Lic. Jorge Isaac
Solano Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2013080263).
Ante el suscrito
notario se otorgó la escritura pública número ciento veintisiete de las
diecisiete horas del veintiocho de noviembre de dos mil trece, donde se
constituyó la sociedad denominada T T E G The Ten Executive Group Sociedad
Anónima, con domicilio en Guanacaste, Carrillo, Finca Punta Gorda, con un
capital social de cien mil colones.—Lic. Jorge Antonio
Fournier Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2013080264).
Por escritura otorgada ante esta
notaría al ser las 10:00 del 2 de diciembre del 2013, la sociedad Negocios
Internacionales Bayarque SRL, otorga poder generalísimo sin límite de suma
a favor de (i) Luis Alberto Giovannelli, (ii) Ernesto Allaria, (iii) Juan
Francisco Politi, (iv) María Bernarda Santos.—San José, dos de diciembre del
2013.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1
vez.—(IN2013080269).
Que la notaria
Marianella Mora Barrantes, en escritura número 13 otorgada a las catorce horas
del veintinueve de Noviembre del 2013, se constituye la sociedad denominada Tecao
Ethical Dos Mil Trece Sociedad Anónima.—San José, ocho horas del dos de
diciembre de 2013.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2013080273).
La suscrita
notaria da fe que mediante la escritura número cincuenta y ocho del tomo
segundo fue modificada la cláusula novena del pacto constitutivo de 3-101-543643
S. A. Nombrando nuevos miembros en la junta directiva. Presidente: Sonia
Cecilia Arango Salazar. Es
todo.—Lic. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2013080275).
Por escritura
número cincuenta y seis-nueve otorgada ante esta notaría en San José, a las
diecisiete horas del veintiséis de noviembre de dos mil trece, se constituyó
una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será Tecniazúcar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de noviembre del
2013.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1
vez.—(IN2013080277).
Fundación Casa Abierta, cédula jurídica tres-cero cero
seis-seis cero cero nueve cero dos, en asamblea general, celebrada en su
domicilio social, diecisiete horas del veintisiete noviembre dos mil trece;
encontrándose presentes: fundadora, miembros fundadores y representantes de
Municipalidad de San José y Poder Ejecutivo; declararon y acordaron: a) Cambio
de nombramiento de directores de junta administradora. Se nombra: presidente:
Laura Arroyo Cubillo, cédula uno cero ocho cinco nueve cero cinco siete tres;
tesorera: Xinia Sánchez Mesen cédula uno cero ocho cero seis cero dos seis
seis; secretaria: Lucía Cortes Cantillo cédula tres cero dos ocho cero cero
cuatro dos seis. Se comisionó a notario Ingread Fournier Cruz para protocolización
e inscripción. Fundadora: Hilda Yolanda Hurtado Jiménez.—San
José, dieciocho horas del veintisiete noviembre del dos mil trece.—Lic. Ingread
Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2013080278).
Hercubillo Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos
nueve cinco uno dos nueve, en asamblea general ordinaria y extraordinaria,
celebrada en su domicilio social, ocho horas del veintidós noviembre dos mil
trece; encontrándose presente totalidad de capital social; los socios
declararon y acordaron: a) disolución de la sociedad conforme al artículo
doscientos uno del Código Comercio, b) que la sociedad no tiene actualmente
activos de ningún tipo a su nombre ni pasivos u obligaciones pendientes de
cancelación frente a terceros, c) que no existen demandas a favor o en contra
de la sociedad, d) que la sociedad nunca tuvo empleados por lo tanto no tiene
deudas pendientes por concepto de prestaciones laborales e) que el aporte de
capital social hecho por los socios para la constitución de la sociedad fue
distribuido proporcionalmente entre cada uno de ellos. Se comisionó a la
notaria pública Ingread Fournier Cruz para la protocolización e inscripción
respectiva. Presidente: Juan Pablo Hernández Aguilar.—San
José, diez horas del veintidós de noviembre del dos mil trece.—Lic. Ingread
Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2013080281).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocolizó el acta número cinco, de asamblea general
extraordinaria de accionistas, otorgada a las 8:00 horas del 01-12-2013, se
nombran nueva junta directiva y fiscal de la empresa denominada Aqua Fauna
A. F. Sociedad Anónima, 3-101-549795, presidente: Joham Cedeño Salazar.—2
de diciembre del 2013.—Lic. Martha E. Castro Carranza, Notaria.—1 vez.—(IN2013080282).
Por escritura otorgada hoy a las diez
horas ante mí, Innova Trescientos Sesenta S. A. modifica el pacto social
y nombra nuevo presidente.—San José, 1° de diciembre
de 2013.—Lic. Gabriel Zamora Márquez, Notario.—1
vez.—(IN2013080283).
Por escritura
otorgada a las 8:30 horas del 29 de noviembre del 2013, ante esta notaría se
protocolizaron: (a) acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hesaujo
S. A., en virtud de la cual se acordó fusionar la compañía con la empresa
denominada Merida S. A.; y (b) acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Merida S. A., en virtud de la cual se acordó fusionar
la compañía con Hesaujo S. A., la cual deja de existir como persona
jurídica en virtud de la fusión, para formar una sola entidad con Merida S.
A., que es la compañía prevaleciente. En consecuencia, Merida S. A.,
asume asimismo todos los derechos y obligaciones de Hesaujo S. A. y
reforma la cláusula quinta de su pacto social.—28 de
noviembre del 2013.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1
vez.—(IN2013080285).
Por escritura otorgada a las 15:00
horas del día 15 de noviembre de 2013, ante esta notaría se constituyó la
sociedad denominada Trixie S. A., capital social totalmente suscrito y
pagado. Presidente: Natalia Mendiola Gurdián.—San
José, 15 de noviembre de 2013.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2013080286).
Mediante escritura número 60-3,
otorgada a las 9:00 horas del 29 de noviembre del 2013 se constituyó sociedad
denominada Vapores Aromáticos S.A., plazo 99 años, capital social: diez
mil colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San José, Escazú.—San José, 29 de noviembre de 2013.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2013080291).
Mediante escritura número 61 del tomo
3 de mi protocolo se constituyó la sociedad, cuya denominación social será el
número de cédula jurídica, según Decreto 33171-J, capital social: diez mil
colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio social San José.—Goicoechea, 29 de noviembre de 2013.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2013080293).
Mediante escritura número 57-3
otorgada a las 16:00 horas del 27 de noviembre de 2013 se acordó:
protocolización de disolución de la sociedad denominada Sune Gutiérrez
Rodríguez S. A, domicilio: San José.—San José, 29
de noviembre de 2013.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—(IN2013080296).
Mediante escritura número 59-3
otorgada a las 10:00 horas del 28 de noviembre de 2013 se acordó:
protocolización de disolución de la sociedad denominada Local Mil
Veinticuatro S. A., domicilio: San José.—San José,
29 de noviembre de 2013.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—(IN2013080300).
En escritura autorizada por el
suscrito notario a las catorce horas del día veintinueve de noviembre de dos
mil tres se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de
cuotistas de la sociedad Inmobiliaria Tres Amigos Los Laureles Sociedad de
Responsabilidad Limitada, mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, veintinueve de noviembre de dos mil tres.—Lic.
Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2013080302).
En escritura autorizada por el
suscrito notario a las quince horas del día veintinueve de noviembre de dos mil
tres se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de
la sociedad Inversubs Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la
cual se acordó disolver la sociedad.—San José,
veintinueve de noviembre de dos mil tres.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2013080304).
En escritura autorizada por el
suscrito notario a las dieciséis horas del día veintinueve de noviembre de dos
mil tres se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de
cuotistas de la sociedad Local del Lago Sociedad de Responsabilidad Limitada,
mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San
José, veintinueve de noviembre de dos mil tres.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo,
Notario.—1 vez.—(IN2013080305).
Mediante la escritura número 36-8,
autorizada en mi notaría at ser las 8:00
horas del día 2 de diciembre del 2013, protocolicé las actas de asamblea de
socios de la fusión por absorción de las sociedades Cárnicos de Monteverde
Sociedad Anónima y Productores de Monteverde Sociedad Anónima,
prevaleciendo la segunda, a la cual se le aumentó el capital social en la suma
de ¢5.742.142.300,00.—San José, 2 de diciembre del
2013.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1
vez.—(IN2013080315).
Por escritura otorgada el día de hoy
ante esta notaría se disolvió la entidad jurídica Easy Plateau Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinte mil
trescientos treinta y cinco.—Tamarindo, Santa Cruz,
Guanacaste, a las quince horas del veintiséis de noviembre de dos mil
trece.—Lic. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1
vez.—(IN2013080317).
Fusión de sociedades, Bastelica en
Condocristal Ltda., cédula jurídica 3-102-227374, absorve a 1) Casarano de
Condocristal LTDA.,
cédula jurídica 3-102-227662, 2) Catania en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227356, 3) Sorrento en
Condocristal LTDA.,
cédula jurídica 3-102-227442, 4) Soverato en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227480, 5) Termoli en
Condocristal LTDA.,
cédula jurídica 3-102-227881, 6) Teulada en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227395, 7) Villacidro en
Condocristal LTDA.,
cédula jurídica 3-102-227657, 8) Dorgalis en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227437, 9) Empoli en
Condocristal LTDA.,
cédula jurídica 3-102-227372, 10) Fano en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227375, 11) Fidenza en
Condocristal LTDA.,
cédula jurídica 3-102-227357, 12) Frosinone en Condocristal LTDA., cédula jurídica 3-102-227482, 13) Galatina en
Condocristal LTDA.,
cédula jurídica 3-102-227879, protocolizada mediante escritura Nº 3, a la 8
horas del 2 de diciembre de 2013, en el protocolo IV, de la notaria Marianela
Fonseca Rivera.—San José, 2 de diciembre de 2013.—Lic. Marianela Fonseca
Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2013080318).
Cambio de junta directiva de la
sociedad Calzacomer S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-368019, protocolizada mediante escritura número 2 en la notaría de
Marianela Fonseca Rivera, en San José, a las 8 horas del 30 noviembre del 2013,
en el protocolo IV.—San José, 2 de diciembre de 2013.—Lic. Marianela Fonseca
Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2013080319).
Por escritura otorgada el día de hoy
ante esta notaría se protocolizó acta número uno de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de la sociedad Digitall Soluciones Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y
cuatro mil setecientos diecinueve, se nombran secretaria y fiscal, se reforman
las cláusulas sexta y sétima.—Guanacaste, Santa Cruz,
Tamarindo, a las veintidós horas del día veintinueve de noviembre de dos mil
trece.—Lic. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1
vez.—(IN2013080320).
En esta notaría a las 11 horas 5
minutos del día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de Corporación Bailey Limitada. Se modifica cláusula primera del pacto
constitutivo para que el nombre sea Grupo Urbeco Limitada.—Alajuela, 28 de noviembre del 2013.—Lic. Marjorie Arroyo
Ocampo, Notaria.—1 vez.—(IN201080323).
Por escritura otorgada ante mí: Condominio
Valle de Eucaliptos O.N.C.E.C. Sociedad Anónima. Modificó estatutos.—Escritura otorgada en Heredia, a las catorce horas del
noviembre de noviembre del dos mil trece.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(IN2013080325).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las ocho horas del día dos de diciembre del dos mil trece, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Transportes y Acarreos Polares S. A.
donde se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2013080330).
Por escritura otorgada ante el notario
público Óscar Luis Trejos Antillón, número 215 del tomo 15, de las 20 horas del
día 28 del mes de noviembre del 2013, se protocoliza la asamblea de socios de
la sociedad denominada Costa Rica Laundry S. A. donde se acuerda su disolución.—San
José, 28 de noviembre del 2013.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—(IN2013080331).
Ante esta
notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día dos de
diciembre del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-600494
S. A. donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo.—San José, dos de diciembre del dos
mil.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—(IN2013080332).
Ante esta
notaría, por escritura otorgada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del
día dos de diciembre del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada 3-101-639850 S. A. donde se acuerda modificar las cláusulas
segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dos
de diciembre del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2013080333).
En mi notaría, se
constituyeron: 1- Global Elite Sociedad Anónima, capital: diez mil
colones, domicilio: Goicoechea, presidente: Erick Siles Leandro. 2- Force
Blue Moon de C.A. S. A. y 3- Se protocolizó cambio de representante legal
de Viva Estética y Salud de Centroamérica Sociedad Anónima.—29 noviembre de 2013.—Lic. Manuel Núñez Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2013080335).
Por escritura número 259-2, otorgada a
las 14:00 horas del 6 de octubre del 2013, donde se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Global
Suministros Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula octava del
pacto social, es todo.—San José, a las ocho horas del veintinueve de noviembre
del 2013.—Lic. Analive Azofeifa Monge, Notaria.—1
vez.—(IN2013080340).
Por escritura de las 8:00 horas del 2
de diciembre de 2013 se disolvió la sociedad Auto Repuestos Figueroa e Hijos
S. A., cédula 3-101-528714.—Lic. Rolando Castro
Córdoba, Notario.—1 vez.—(IN2013080346).
Por escritura número
ciento ochenta y dos-uno, otorgada en mi notaría a las veinte horas y nueve
minutos del día veinticuatro de setiembre del año dos mil trece, se constituye
sociedad anónima denominada Madrigal y Barquero ETM Sociedad Anónima,
con un capital social de diez mil colones, suscrito y pagado por Eyeri Madrigal
Ramírez, y Cinthya Isabel Barquero Marín.—Heredia, 26
de noviembre de 2013.—Lic. Lauren Leandro Castillo, Notaria.—1
vez.—(IN2013080351).
Por escritura en
Heredia a las dieciocho horas del veintiocho de noviembre del año dos mil
trece. Se constituyó Aidil de las Cumbres S. A. Capital suscrito y
pagado. Domicilio San Pedro de Barva de Heredia. Objeto industria, comercio,
agricultura y ganadería.—Heredia, veintiocho de marzo
del dos mil trece.—Lic. Gabriela María Miranda Chavarría, Notaria.—1 vez.—(IN2013080398).
Mediante escritura número sesenta y
seis-cinco, visible al folio cuarenta y tres vuelto, del tomo cinco del
protocolo del notario Andrés González Anglada, se constituyó la sociedad
denominada El Gato de Playa Nosara Ltda., capital social diez mil
colones, representación social a cargo de un gerente. Es todo.—Nosara
Nicoya Guanacaste, veintiséis de noviembre del dos mil trece.—Lic. Andrés
González Anglada, Notario.—1 vez.—(IN2013080404).
Por escritura
otorgada hoy ante esta notaría protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Armacon
Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y tesorero.—San José, diez horas del 19 de noviembre del 2013.—Lic.
Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2013080406).
Por escritura número dieciséis-tomo
siete, se protocolizó el acta número uno de la compañía Tekaforesta del
Valle Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-546974; se
modificó la cláusula sétima pacto constitutivo y se nombró nueva junta
directiva.—San José, 29 de noviembre de dos mil
trece.—Lic. Arturo Pacheco Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2013080417).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio
conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos
por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución Nº
046-2013 DFCA Ministerio de Seguridad Pública. Dirección Financiera. Departamento
de Cobros Administrativos. San José a las ocho horas cincuenta y cinco minutos
del siete de febrero del dos mil trece. Acorde con lo ordenado por los
artículos 214 y 320 siguientes de la Ley General de Administración Pública, y
los alcances del Decreto Ejecutivo N° 36366 SP, artículo 71. Procede este
Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el Procedimiento Sumario
Administrativo de Cobro contra Santos Gerardo Palacios Villanueva cédula de
identidad número 3-341-673 por “adeudar a este ministerio la suma total de
¢836.126,96 (ochocientos treinta y seis mil ciento veintiséis colones con
noventa y seis céntimos), desglosados en ¢793.104,25 por incapacidades no
deducidas del salario del 31 de agosto al 30 de septiembre, del 01 al 31 de octubre,
del 01 de al 15 de noviembre, todas de 2011, y ¢43.022,71 por ausencias del 5,6
y 7 de enero de 2011”. Lo anterior con fundamento en el oficio N° 3732-2012
DRH-SRC-AR del 10 de abril del 2012 del Departamento de Remuneraciones y
Compensaciones de la Dirección de Recursos Humanos. El debido proceso será
instruido por la Asistente Legal Fresia Kayem Pérez, teléfono 2586-43-44 ó
2586-4284, fax 2227-7828. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace
saber al encausado (a) que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a
partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar
en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del
Ministerio de Seguridad Pública, sita frente al Liceo Castro Madriz, Barrio
Córdoba en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente o bien
presentar un arreglo de pago. Además puede
cancelar la suma adeudada mediante depósito bancario a las cuentas N°
001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la N° 100-01-000-215933-3 del Banco
Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda o mediante Entero a Favor
del Gobierno, debiendo presentar el documento de depósito original a este
Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo
puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a
costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39
y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública,
se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus
representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el
Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad
civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no
autorizado de la información que aquí se consigne. Se hace de su conocimiento
que la presente resolución no tiene recurso a tenor de lo dispuesto en el
artículo 344 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera,
se le hace saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un
abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina
donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones
posteriores se tendrán por debidamente notificadas de manera automática, con el
solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas conforme a la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López
González, Jefa a. í. Órgano Director.—O. C. Nº
3400017941.—Solicitud Nº 5409.—(IN2013081165).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El
Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Principal, provincia de San José, avisa a
las siguientes personas que tienen pendiente completar el proceso de
actualización de datos personales conforme lo demanda la Ley Nº 8204 Sobre
estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado,
actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo:
a partir de esta notificación se le conceden 15 (quince) días hábiles para
realizar dicho trámite. El proceso debe realizarse de manera personal en las
Oficinas Centrales, Unidad de Custodia y Administración de Valores; de no presentarse se procederá con la
cancelación de sus inversiones y cierre
de las respectivas custodias:
Nombre
|
Identificación
|
Custodia
|
Ferrarri Fontana María E.
|
300000000374078
|
247
|
Vélez de Silva Meter
|
6055
|
372
|
Núñez Meléndez Esteban
|
300000021863468
|
2050
|
Gerard Scglapp Aurelia
|
300001000152463
|
2137
|
Cone Robert Roy
|
300000005442712
|
2497
|
Hsien-Cheng Tsung
|
300000000650717
|
2722
|
Fu Sen Lin
|
726906
|
2860
|
Huang Kuang Si
|
300000000616455
|
2879
|
Sziu Chen Li
|
695098
|
2890
|
Wei Shang Chen Cheng
|
300000000695097
|
2891
|
Shu Chuan Ho Wu
|
300000000657276
|
2899
|
Chen Nan Tsai Yu
|
300000000387392
|
2938
|
Hong Chian Chuan
|
300000000727326
|
2942
|
Kang Peng Yin
|
300001000126858
|
2956
|
Chu Han Kung
|
300001000126948
|
2968
|
Ching Yuan Lee
|
0000548881
|
2970
|
In Shii Chou
|
0000387404
|
2972
|
Tai Mr Bao
|
300001000126955
|
2973
|
Tang Chen Song Chang
|
300001000127618
|
2977
|
Chu Chen Pao
|
300000000366832
|
2999
|
Feng Chiao Yu
|
300000000706291
|
3000
|
Huylar Wells Lee Jr
|
300000002677722
|
3137
|
Hsing Lain Chen Yu
|
855812
|
3230
|
Na Min Chung
|
100000108340122
|
3255
|
Capra Galvagno Marino
|
300000010628511
|
3283
|
Chen You Fu
|
300001000150157
|
3293
|
Lee Kai Po
|
300000000732184
|
3309
|
Cheung De Wong Yuen Fun
|
1011553014
|
3314
|
Chen Yu- Hsien
|
909490
|
3336
|
Kou Chu Chien
|
300000000946275
|
3414
|
Bin Mfa Ji Yu
|
300000000944803
|
3415
|
Yun Fu Kao
|
300001000131796
|
3473
|
Tsang Tao Yang
|
300001000132013
|
3498
|
Chen Chung- Hou
|
MFA829116
|
3499
|
Lin Han Wang
|
100260377
|
3513
|
Ya Fu Chen
|
300001000132235
|
3534
|
Mei Chiao Chen Lee
|
300001000132234
|
3535
|
Vanderstock Michel
|
300000000359784
|
3603
|
Clayton Lardinois Clifford
|
300002000505823
|
3862
|
Wan Chien Liao
|
300000001382286
|
3902
|
Liu Ling Li
|
300000001176987
|
4012
|
Lin Suh Duann
|
300000001423391
|
4016
|
Reissenberger Gunter Rudolf
|
300000007766199
|
4131
|
Nejdeh Aslanian Avanessian
|
300000002018623
|
4150
|
Kuk Drevici Ursula María
|
300000121212122
|
4355
|
Drevici Erol
|
300000000180365
|
4356
|
Lien Lien Liu
|
300000000197790
|
4378
|
Sia Zean Zong
|
300000001044388
|
4383
|
Mu Yeh Chen
|
300000001410954
|
4459
|
Ching Chih Liu
|
808172629171076
|
4578
|
Chen Jung Fa
|
300000000692323
|
4644
|
Hsiu Chun Cheng Chen
|
FA0760823
|
4801
|
Blandon Alvarado Rene Idelfonso
|
267138
|
4802
|
Piao Jung Mo
|
300000001318905
|
4830
|
Reyes Morales Rómulo
|
300000000048893
|
4875
|
Tsung Liang Chang
|
687892733
|
5078
|
Parazian Zakarian Vincent
|
646433510281
|
5081
|
Kwan Wong Poh Leng
|
300001000146046
|
5103
|
Yu Hung Yeh
|
300001000146097
|
5120
|
Chien Bao Tsuen
|
683402585
|
5122
|
Bruzzichini
Sergio
|
032718
|
5145
|
Hsu Chin Hsien
|
100060732
|
5153
|
Wai Lap Michael Pau
|
417779
|
5234
|
Yuen Ling Elsa Pau
|
C567911C
|
5235
|
Slodownick Vense Ruth
|
300000752161466
|
5355
|
Ming Cheng Chen
|
300000000666144
|
5368
|
Wan Cheng Yu
|
300000001119350
|
5462
|
Zang Tang
|
300000000090337
|
5466
|
Yung Jung Tang
|
300000000895002
|
5467
|
Yu Lu Wen Chun
|
300000001285181
|
5504
|
Yu Chen Kun
|
300000000941617
|
5576
|
Durckheim Ketelhodt Francesca
|
300000000624409
|
5647
|
López Gutiérrez Juan Francisco
|
300001000157643
|
6095
|
Gunter Luz
|
612661266
|
6126
|
Sullivan Eugene I.
|
31396596
|
6183
|
Dunn Denis Joseph
|
032396905
|
6222
|
Chang Lin Yu Chan
|
300000003264744
|
6768
|
Barrett Cook Richard
|
014872182
|
6812
|
Marconi Mario
|
300000003221401
|
6815
|
Gloria Fallick
|
809072
|
6948
|
Navarez Amador Nereyda del Socorro
|
300000000469614
|
7355
|
Mora María Luisa
|
300000157600832
|
7520
|
Ben Moshe Daniel
|
300000009026436
|
7546
|
Collard III Willian Russell
|
045677822
|
7791
|
Para mayor información puede
comunicarse a los teléfonos Nos. 2212-2630 ó 2212-3226, Custodia de Valores,
Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica.
La Uruca, 22 de noviembre del 2013.—Jefatura, Custodia y Administración de Valores OP.—Marvin
Hernández Ramos.—Ing. Douglas Noguera Porras, Proveeduría General.—O. C. N°
514942.—Solicitud N° 5310.—(IN2013079835).
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE
JUSTICIA Y PAZ
En La Gaceta número 126 del dos de julio de dos
mil trece, se publicó el Acuerdo 59-MJP del ocho de mayo de dos mil trece, que
es el nombramiento como representante del Poder Ejecutivo de la señorita Laura
Sileny Guerrero Salazar, cédula de identidad número 1-1168-0003, ante la
Fundación Bandera Blanca FBB de Costa Rica, cédula jurídica 3-006-656338.
Dado
que el Artículo 1° de dicho acuerdo, se indica nombrar nuevamente a la señorita
Laura Sileny Guerrero Salazar y el número de cédula jurídica de la Fundación
Bandera Blanca FBB de Costa Rica, se indicó erróneamente, se corrige para que donde
dice: nombrar nuevamente, se diga “nombrar” y la cédula jurídica
3-006-542174, se lea correctamente: “cédula jurídica 3-006-656338” y no como
por error se indicó.
San José, cinco de agosto del dos mil trece.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra
de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Solicitud
N° 119-780-173.—C-16150.—(IN2013084583).
En La Gaceta N° 162 del lunes 26 de agosto de
2013, se publicó el acuerdo ejecutivo N° 107-JP, en el cual se nombra
representante del Poder Ejecutivo de la Fundación para Pacientes de Nefrología
Hospital San Juan de Dios, cédula jurídica número 3-006-666063, inscrita en la
Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro
Nacional.
Dado
que en el artículo 1° de dicho acuerdo, el segundo apellido de la señora Heilyn
Vargas Suárez, cédula de identidad N° 1-1071-0586, se indicó erróneamente, el
mismo debe corregirse, para que en su lugar se lea correctamente: Heilyn
Vargas Saurez, cédula de identidad N° 1-1071-0586.
Dada en la Presidencia de la República, a los
veintisiete días del mes de agosto de dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita
Vílchez.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Sol. N° 119-780-174.—C-15170.—(IN2013084594).