PORTADA

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

N° 101-MAG

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

Único—Que resulta de interés ministerial que la señora Ana Gómez De Miguel, cédula 1-0470-0642, Directora Ejecutiva de SEPSA, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en “XXXI Reunión del Comité Técnico Regional” que se realizará en San Pedro Sula, Honduras, del 21 al 23 de junio del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a Ana Gómez De Miguel, Directora Ejecutiva de SEPSA, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en “XXXI Reunión del Comité Técnico Regional” que se realizará en San Pedro Sula, Honduras, del 21 al 23 de junio del 2017.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo, terrestre, viáticos y seguro, durante su viaje serán sufragados por VECO Mesoamérica (VECO MA).

Artículo 3°—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 4°—Rige a partir del 21 al 23 de junio del 2017.

Dado en San José, en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, a los diecisiete días del mes de mayo del dos mil diecisiete.

Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra N° 34112.—Solicitud N° 4514.—( IN2017167763 ).

Nº 116-MAG

LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.

Considerando:

Único: que resulta de interés para el Ministerio de Agricultura y Ganadería que la señora Ghiselle Cecilia Rodríguez Muñoz, cédula Nº 104760497 participe en Taller Internacional “Buenas Prácticas en Evaluación de Políticas Públicas para la Agricultura” que se realizará en, Montevideo, Uruguay el 13 y 14 de junio del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Ghiselle Cecilia Rodríguez Muñoz, para que participe en Taller Internacional “Buenas Prácticas en Evaluación de Políticas Públicas para la Agricultura” que se realizará en Montevideo, Uruguay el 13 y 14 de junio del 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte terrestre, aéreo, hospedaje, alimentación y seguros de viaje serán cubiertos por el IICA y CAS.

Artículo 3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 4º—Rige a partir del 11 de junio del 2017 hasta el 15 de junio del 2017.

Dado en el Ministerio de Agricultura y Ganadería.—San José a los cinco días del mes de junio del dos mil diecisiete.

Ivannia Quesada Villalobos, Ministra de Agricultura y Ganadería a. í.—1 vez.—Orden de compra Nº 34112.—Solicitud Nº 4514.—( IN2017167764 ).

Nº 122-MAG

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta N° 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.

Considerando:

Único: Que resulta de interés para SEPSA del Ministerio de Agricultura y Ganadería que la señora Ana Lorena Jiménez Carvajal, cédula 107110110, participe en el “Reuniones Técnicas de funcionarios de SEPSA —Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica con Instituciones Mexicanas en materia de Sistemas de Información sobre Cambio Climático y Gestión de Riesgos en el Sector Agropecuario” que se realizará en México, del 19 al 23 de junio del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Ana Lorena Jiménez Carvajal, para que participe en “Reuniones Técnicas de funcionarios de SEPSA —Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica con Instituciones Mexicanas en materia de Sistemas de Información sobre Cambio Climático y Gestión de Riesgos en el Sector Agropecuario” que se realizará en, México, del 19 al 23 de junio del 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte terrestre, aéreo, hospedaje, alimentación, viáticos, y seguro de viaje, serán cubiertos por CEPAL.

Artículo 3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 4º—Rige a partir del 18 de junio del 2017 hasta el 23 junio del 2017.

Dado en San José, Ministerio de Agricultura y Ganadería a los nueve días del mes de junio del dos mil diecisiete.

Luis Felipe Arauz Cavallini Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra N° 34112.—Solicitud N° 4514.—( IN2017167765 ).

124-MAG

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta N° 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.

Considerando:

Único.—Que resulta de interés para SEPSA del Ministerio de Agricultura y Ganadería que la señora Yetty Violeta Quiros Ballestero, cédula 1492-041 participe en el “Reuniones Técnicas de funcionarios de SEPSA -Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica con Instituciones Mexicanas en materia de Sistemas de Información sobre Cambio Climático y Gestión de Riesgos en el Sector Agropecuario” que se realizará en ,México, del 19 al 23 de junio del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a 1 señora Yetty Violeta Quirós Ballestero, para que participe en “Reuniones Técnicas de funcionarios de SEPSA -Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica con Instituciones Mexicanas en materia de Sistemas de Información sobre Cambio Climático y Gestión de Riesgos en el Sector Agropecuario” que se realizará en México, del 19 al 23 de junio del 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte terrestre, aéreo, hospedaje, alimentación, viáticos, y seguro de viaje, serán cubiertos por CEPAL.

Artículo 3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 4º—Rige a partir del 18 de junio del 2017 hasta el 23 junio del 2017.

Dado en San José, Ministerio de Agricultura y Ganadería a los nueve días del mes de junio del dos mil diecisiete.

Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra N° 34112.—Solicitud N° 4514.—( IN2017167766 ).

125-MAG

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

Único—Que resulta de interés ministerial que el señor Guillermo González Perera, cédula de identidad 1-0502-0372, Jefe de la Unidad de Asuntos Internacionales del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en el “Taller Sectorial-EUROCLLEVIA-Sector Producción Resiliente de Alimentos” que se realizará en Quito, Ecuador, del 14 de al 16 de junio del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al funcionario Guillermo González Perera, para que participe en el “Taller Sectorial- EUROCLLIMA-Sector Producción Resiliente de Alimentos” que se realizará en Quito, Ecuador, del 14 de al 16 de junio del 2017.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte terrestre, aéreo, hospedaje, alimentación, viáticos y seguro de viaje serán cubiertos por el IICA y JRC.

Artículo 3°—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país. Asimismo, queda obligado a realizar el efecto multiplicador de los conocimientos adquiridos.

Artículo 4°—Rige a partir del 13 de junio hasta el 17 de junio del 2017.

Dado en San José, Ministerio de Agricultura y Ganadería, a los nueve días del mes de junio del dos mil diecisiete.

Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra N° 33711.—Solicitud N° 5218.—( IN2017167786 ).

Nº 136-MAG

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta N° 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.

Considerando:

Único: Que resulta de interés del Ministerio de Agricultura y Ganadería que la señora Ivannia Quesada Villalobos, cédula 2-0500-0237, Viceministra del Ministerio de Agricultura y Ganadería participe en el “40 Período de Sesiones de la Conferencia en la seda de la FAO” que se realizará en Italia, Roma del 3 al 08 de julio del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Ivannia Quesada Villalobos, para que participe en el “40 Período de Sesiones de la Conferencia en la seda de la FAO” que se realizará en Italia, Roma del 03 al 08 de julio del 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquetes aéreos, hospedaje y alimentación de los días lunes 03 de julio y martes 04 de julio serán cubiertos por la FAO, el hospedaje y alimentación del miércoles 05 de julio al domingo 09 de julio serán cubiertos por el MAG, subpartida 1.05.04, asimismo el transporte terrestre durante su estadía en el país visitado será cubierto por el MAG, subpartida 1.05.03.

Artículo 3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 4º—Rige a partir del 02 de julio del 2017 hasta el 09 julio del 2017.

Dado en San José, Ministerio de Agricultura y Ganadería a los veintisiete días del mes de junio del dos mil diecisiete.

Luis Felipe Arauz Cavallini Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra N° 33711.—Solicitud N° 5217.—( IN2017167790 ).

N° 146-MAG

El MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

Único: Que resulta de interés ministerial que la señora Ana Lorena Jiménez Carvajal cédula 1-0711-0110, de SEPSA, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en la “Reunión Lanzamiento del Sistema de Vigilancia de la Sequía Agrícola en Centroamérica” que se realizará en Managua, Nicaragua del 20 al 22 julio del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a Ana Lorena Jiménez Carvajal, para que participe en la “Reunión Lanzamiento del Sistema de Vigilancia de la Sequía Agrícola en Centroamérica” que se realizará en Managua, Nicaragua del 20 al 22 julio del 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, terrestre, Hospedaje, alimentación viáticos durante su viaje serán sufragados por la FAO.

Artículo 3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 4º—Rige a partir del 20 de julio al 22 de julio del 2017.

Dado en San José, en el Ministerio de Agricultura y Ganadería a los catorce días del mes de julio del dos mil diecisiete.

Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra N° 34112.—Solicitud N° 4514.—( IN2017167768 ).

147-MAG

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

Único.—Que resulta de interés ministerial que el señor Roberto Flores Verdejo, cédula N° 8-0083-0697, de SEPSA, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en la “Reunión Lanzamiento del Sistema de Vigilancia de la Sequía Agrícola en Centroamérica” que se realizará en Managua, Nicaragua del 20 al 22 julio del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a Roberto Flores Verdejo, para que participe en la “Reunión Lanzamiento del Sistema de Vigilancia de la Sequía Agrícola en Centroamérica” que se realizará en Managua, Nicaragua del 20 al 22 julio del 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, terrestre, Hospedaje, alimentación viáticos durante su viaje serán sufragados por la FAO.

Artículo 3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 4º—Rige a partir del 20 de julio al 22 de julio del 2017.

Dado en San José, en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, a los catorce días del mes de julio del dos mil diecisiete.

Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra Nº 34112.—Solicitud Nº 4514.—( IN2017167769 ).

N° 180-MAG

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

Único.—Que resulta de interés ministerial que la señora Ivannia Quesada Villalobos cédula N° 2-500-237, Viceministra del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe como “VII Encuentro Internacional de Pastoreo Voisin”, que se realizará en Maceio-Brasil del 23 al 25 de agosto del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Ivannia Quesada Villalobos, para que participe como “VII Encuentro Internacional de Pastoreo Voisin”, que se realizará en Maceio-Brasil del 23 al 25 de agosto del 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, durante su viaje serán sufragados por la Federación de Agricultura y Ganadería del Estado Alagoas.

Artículo 3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 4º—Rige a partir del 21 al 27 agosto del 2017.

Dado en San José, en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, a los ocho días del mes de agosto del dos mil diecisiete.

Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra Nº 33711.—Solicitud Nº 5219.—( IN2017167784 ).

N° 189-MAG

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

Único.—Que resulta de interés ministerial que el señor Felipe Arguedas Gamboa, cédula N° 1-0507-0778, Viceministro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en el Simposio Regional “Sistemas Alimentarios Sostenibles para una Alimentación Saludable” que se realizará en San Salvador, El Salvador, del 05 al 7 de setiembre del 2017.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Felipe Arguedas Gamboa, para que participe en el Simposio Regional “Sistemas Alimentarios Sostenibles para una Alimentación Saludable” que se realizará en San Salvador, El Salvador, del 05 al 07 de setiembre del 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación, viáticos y seguro durante su viaje serán sufragados por la FAO.

Artículo 3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 4º—Rige a partir del 05 al 08 de setiembre del 2017.

Dado en San José, en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, a los veintiún días del mes de agosto del dos mil diecisiete.

Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra Nº 33473.—Solicitud Nº 5179.—( IN2017167797 ).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

N° SENASA-DG-R091-2017.—Dirección General del Servicio Nacional de Salud Animal, a las quince horas veinticinco minutos del cinco de setiembre del dos mil diecisiete.

Considerando:

I.—Que al amparo de lo establecido en el Reglamento para laboratorio oferentes, de referencia y con ensayos oficializados por Senasa, N° 34493, mediante Resolución SENASA-DG-R022-2015 de las ocho horas del primero de junio del dos mil quince, el SENASA declaró como oficializado en el Laboratorio AGQ USA una serie de ensayos de laboratorio.

II.—Que mediante nota de fecha 09 de agosto de 2017, el Laboratorio AGQ USA solicitó con carácter voluntario la exclusión de la lista de laboratorios oficializados por el LANASEVE.

III.—Que la oficialización de ensayos corresponde a solicitudes por parte del laboratorio interesado, por lo que solicitar el retiro de la oficialización corresponde a un acto de igual naturaleza y por ello lo procedente es aceptar el requerimiento del Laboratorio AGQ USA. Por tanto,

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL

DE SALUD ANIMAL DEL MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,

RESUELVE:

1º—Dejar sin efecto la oficialización del Laboratorio AGQ USA establecida mediante Resolución SENASA-DG-R022-2015 de las ocho horas del primero de junio del dos mil quince publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 139 del 20 de julio de 2015.

2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese igualmente en la página web del SENASA. Expídase la certificación de estilo para el laboratorio al cual se le ha oficializado el ensayo de laboratorio.

Bernardo Jaén Hernández, Director General.—1 vez.—Orden de compra N° 504-17.—Solicitud N° 94288.—( IN2017167910 ).

N° SENASA-DG-R092-2017.—Dirección General del Servicio Nacional de Salud Animal, a las ocho horas veinte minutos del seis de setiembre del año dos mil diecisiete.

Resultando:

I.—Que el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), conforme a lo dispuesto por la Ley N° 8495 del 6 de abril del 2006, es un órgano de desconcentración mínima del Ministerio de Agricultura y Ganadería, el cual dentro de sus competencias: administrar, planificar, dirigir y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el control de la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal, en las etapas de captura, producción, industrialización y comercialización, considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y otros contaminantes químicos, biológicos o de origen biotecnológico; establecer, planificar, ejecutar y evaluar las medidas necesarias para llevar a cabo el control veterinario de las zoonosis; establecer criterios de autorización de personas físicas y jurídicas para cada actividad específica, las responsabilidades asumidas y sus limitaciones; establecer procedimientos de control de calidad y auditoría técnica, tanto para el propio SENASA como para las personas físicas y jurídicas oficializadas o autorizadas; asimismo respaldar con resultados de pruebas del laboratorio oficial, la eficacia de los programas, las campañas y del sistema de inspección, control y evaluación, siendo que el laboratorio oficial para esos efectos podrá utilizar laboratorios oferentes, de referencia y debidamente oficializados.

II.—Que el Decreto Ejecutivo N° 34493-MAG del 10 de enero del 2008 publicado en La Gaceta N° 88 del 27 de febrero del 2008, “Reglamento para Laboratorios Oferentes, de Referencia y con Ensayos Oficializados por SENASA”, es el marco regulador de los laboratorios que ofrezcan pruebas o ensayos oficializados, sean estos públicos o privados, nacionales o extranjeros, en las modalidades de oferentes, de referencia, y que respaldan los programas, las campañas y el sistema de inspección, control y evaluación del SENASA.

III.—Que el Laboratorio Inspectorate del Ecuador S.A. con número de identificación (RUC) 1791822080001, ubicado en Guayas, Ecuador, específicamente en Guayaquil, Tercer Callejón 14, Solar 4, Emilio Soro Lorente, manzana 8; representado por la señora María Gabriela Mármol Loyola, con número de identidad 091722717-5, ha solicitado, mediante el formulario SENASA-PE-003-RE-002 la oficialización formal de siete ensayos de laboratorio, los cuales el SENASA ha verificado cumple satisfactoriamente los requisitos que establece el Decreto Ejecutivo N° 34493-MAG, antes citado y con los que establece la Resolución SENASA N° DG-0001-2008 publicada en La Gaceta N° 91 del 13 de mayo del 2008, e igualmente, desde el punto de vista técnico, ha verificado su equivalencia y cumplimiento de los requerimientos establecidos para estas pruebas de laboratorio. Por tanto,

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL

DE SALUD ANIMAL, RESUELVE:

1º—Declarar como oficializados siete ensayos realizados en el Laboratorio Inspectorate del Ecuador S. A., con número de identificación (RUC) 1791822080001, que se describen a continuación:

Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Bernardo Jaén Hernández, Director General.—1 vez.—Orden de compra Nº 504-17.—Solicitud Nº 94285.—( IN2017167908 ).

SENASA-DG-R093-2017.—Servicio Nacional de Salud Animal.—Barreal de Ulloa, Heredia, a las quince horas del siete de setiembre del dos mil diecisiete.

Considerando:

I.—Que mediante Resolución Nº SENASA-DG-R079-2017 de las nueve horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, se dictó como medida sanitaria de carácter general y obligatoria, la prohibición de realizar nuevas derribas de plantaciones de piña por al menos 90 días en todas las fincas piñeras ubicadas en el Distrito de Pital del Cantón de San Carlos de Alajuela.

II.—Que dicha medida sanitaria entró en vigor a partir del 24 de julio del 2017, fecha en la cual fue publicada en el Alcance Nº 180 a La Gaceta Nº 140.

III.—Que mediante Resolución Nº SENASA-DG-R080-2017 de las nueve horas del primero de agosto del dos mil diecisiete se adicionó la Resolución Nº SENASA DG-R079-2017 antes citada, a los efectos aclarar que debe entenderse como derriba todo proceso de fraccionamiento de tallos de las plantas de piña que involucre la utilización de equipo mecánico tipo trituradora, rastra o chapiadora o cualquier otro que produzca heridas en los tallos (ñongas) de las plantas, sean estas verdes o desecadas.

IV.—Que se ha tenido reportes de que en la Comunidad del Sahíno del Distrito de Pital del Cantón de San Carlos de Alajuela, incluida en la prohibición de derribas establecida, no se han presentado brotes de Stomoxys Calcitrans y por lo que productores de piña ubicados en establecimientos localizados en dicha comunidad han planteado la solicitud de que se levante para esa comunidad la prohibición impuesta.

V.—Que este Servicio Nacional atendiendo a dicha solicitud ha procedido a verificar dicha situación con personeros del Servicio Fitosanitario del Estado, (SFE), la Dirección Regional Huetar Norte de la Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria (DNEA), el Programa Nacional de Piña y el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria (INTA), órganos ministeriales involucrados en las acciones de control de la Stomoxys Calcitrans, logrando establecer la certeza de la información suministrada y por lo que es procedente acoger y por ello establecer la excepción solicitada pero condicionada al cumplimiento efectivo de ciertas prácticas agropecuarias, tales como aviso y programación de derribas para los próximos noventa días, misma que deberá presentarse al Servicio Fitosanitario del Estado a los efectos de que dicho Servicio planifique las visitas de inspección a los terrenos derribados; reforzamiento de trampeo de moscas en las áreas derribadas colocando trampas y bolsas con pega de previo a la derriba, a los efectos de monitorear la presencia de la mosca; aplicaciones de nebulizaciones de insecticidas en las fincas ganaderas aledañas en donde pastorea el ganado, a cargo y cuenta de los productores Piñeros, mismas que se realizarán en anillos perimetrales con prioridad en los primeros tres a cinco kilómetros. Por tanto,

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL

DE SALUD ANIMAL DEL MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y GANADERIA

RESUELVE:

1º—Permitir, como excepción a lo establecido en la Resolución Nº SENASA-DG-R079-2017 de las nueve horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, la derriba en las plantaciones de piña ubicadas en la comunidad del Sahíno del Distrito de Pital del Cantón de San Carlos de Alajuela, condicionado al cumplimiento efectivo de las siguientes practicas agropecuarias: aviso obligatorio de la programación de derribas para los próximos noventa días, la cual deberá presentarse al Servicio Fitosanitario del Estado a los efectos de que dicho Servicio planifique las visitas de inspección a los terrenos derribados; reforzamiento de trampeo de moscas en las áreas derribadas colocando trampas y bolsas con pega de previo a la derriba a los efectos de monitorear la presencia de la mosca; aplicaciones de nebulizaciones de insecticidas en las fincas ganaderas aledañas en donde pastorea el ganado, a cargo y cuenta de los productores piñeros, mismas que se realizarán en anillos perimetrales con prioridad en los primeros tres a cinco kilómetros.

2º—La presente resolución rige a partir de la fecha de su adopción. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Comuníquese para su conocimiento al señor Ministro y Viceministros de Agricultura y Ganadería, al Ministro de Salud y a las Direcciones Generales del Servicio Fitosanitario del Estado, (SFE), la Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria (DNEA), el Programa Nacional de Piña y al Instituto Nacional de Innovación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria (INTA).—Bernardo Jaen Hernández, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 504-17.—Solicitud Nº 94360.—( IN2017167918 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Para ver marcas solo en La Gaceta con formato PDF

Mariana Alfaro Salas, casada una vez, cédula de identidad Nº 112690988, en calidad de apoderada especial de Nomade Taller de Cocina Limitada, cédula jurídica Nº 3102741800, con domicilio en: distrito San Francisco Condominio San Francisco casa número dos E., Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: NOMADE TALLER DE COCINA

como marca de servicios en clases 41 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en clase 41: servicios educativos relacionados con la cocina y en clase 42: consultas profesionales relativas al diseño de cocinas a medida, diseño de cocinas, planificación y diseño de cocinas, y todo lo relacionado con servicios de diseño de cocinas. Reservas: no se reserva las palabras Taller de Cocina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007991. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 25 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167008 ).

Rocío Fonseca Chinchilla, soltera, cédula de identidad 112190104, con domicilio en Desamparados, Calle Fallas, de la Panadería Damaris; 50 metros al sur, Urbanización Monte Claro, casa H-13, de una planta con tapia color naranja y portón café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HIERBABUENA Juice Bar & Store

como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la actividad de venta de batidos naturales, energéticos y ensaladas de frutas, ubicado en Ciudad de San José, San Francisco de Dos Ríos, exactamente de la Bomba Total, 50 metros al norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0007760. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de setiembre del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167011 ).

Martha Lucía Santacruz Ospina, casada, cédula de identidad Nº 801170608, con domicilio en: Coronado, San Isidro, Barrio San Francisco, Urbanización Mapache, casa N° 8, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOLSOS WAYUU como marca de comercio en clase 18 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: bolsos de mano, de viaje, de playa; carteras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006793. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 27 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167013 ).

Jeremy Vargas Castro, casado una vez, cédula de identidad 112620004, en calidad de apoderada especial de Asociación Pinta Una Sonrisa, cédula jurídica 3002736365, con domicilio en Pérez Zeledón Barrio Cooperativa, 250 metros oeste de abastecedor San Rafael, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Pinta una Sonrisa

como marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio destinado al bienestar social y ayuda a terceros sin fines de lucro. Reservas: De colores: Celeste y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0007803. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 04 de setiembre de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017167015 ).

Federico Carlos Alvarado Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 900600982, en calidad de apoderado especial de Repuestos Usados Avenida Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101058511 con domicilio en Paso Ancho, contiguo a la Rotonda de Paso Ancho, 75 metros oeste del ICE, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: La Guacamaya como marca de fábrica y servicios en clases: 12 y 37. Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 12 Vehículos automotores livianos y pesados, nuevos y usados, repuestos y accesorios, nuevos y usados, para motocicletas y vehículos automotores livianos y pesados. y 37 Servicios de asesoría en reparación e instalación de repuestos nuevos y usados y accesorios, de motocicletas y vehículos automotores livianos y pesados. Reservas: De los colores: blanco, rojo, azul y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0007402. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167037 ).

Emilio Bruce Jiménez, casado una vez, cédula de identidad N° 104060286, en calidad de apoderado generalísimo de Reproducción Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101009903 con domicilio en Rohrmoser, de Plaza Mayor, 200 metros oeste, 200 metros norte, casa esquinera de dos plantas, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA DOLOROSA ESTACIONAMIENTO PUBLICO, como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a estacionamiento o aparcamiento público de vehículos automotores y motocicletas. Ubicado en avenida 10, entre calles central y calle 2, edificación que pertenece a la propia Reproducción S. A. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2017. Solicitud 2017-0007825. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de setiembre de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167108 ).

Jorge Antonio Marchena Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad 105610143, en calidad de apoderado generalísimo de IT Servicios de Infocomunicación S. A., cédula jurídica 3101216432 con domicilio en Pozos de Santa Ana, 125 m al oeste del Centro Comercial Momentum Lindora, Centro Corporativo Lindora, Pignataro Abogados, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ITS InfoCom

como marca de servicios, en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios científicos y tecnológicos, diseño y desarrollo de ordenadores y software, prestación de servicios de soporte técnico de redes y datos, mantenimiento de infraestructuras de redes de telecomunicación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004985. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167115 ).

Jorge Antonio Marchena Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad N° 105610143, en calidad de apoderado generalísimo de It Servicios de Infocomunicación S. A., cédula jurídica N° 3101216432, con domicilio en Pozos de Santa Ana, 125 metros al oeste del Centro Comercial Momentum Lindora, Centro Corporativo Lindora, Pignataro Abogados, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ITS InfoCom,

como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004986. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167116 ).

Jorge Antonio Marchena Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad 105610143, en calidad de apoderado generalísimo de IT Servicios de Infocomunicación S. A., cédula jurídica 3101216432, con domicilio en Pozos de Santa Ana, 125 m., al oeste del Centro Comercial Momentum Lindora, Centro Corporativo Lindora, Pignataro Abogados, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ITS InfoCom,

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de capacitación y enseñanza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004987. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 07 de agosto de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167117 ).

Ana Yadith Acuña Montero, casada una vez, cédula de identidad N° 109330721, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación de Vida Internacional Divina Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102721034, con domicilio en Centro Comercial de Guadalupe, Goicoechea, Local Nº 15, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: VIDA DIVINA, como marca de comercio en clase(s): 3; 5; 31; 32 y 35. internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 3 preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos, (Productos orgánicos incluyendo champú, acondicionadores, sprays para el estilizado del cabello, gels y pomadas; cremas, lociones, gels, leches, mascarillas, exfoliantes, tonificadores y sprays para la cara, lociones, cremas, gels y limpiadores para las manos; cremas, lociones, limpiadores, gels, exfoliantes y sprays para el cuerpo; artículos de tocador para rasurar para hombre; fragancias; paños abrasivos o exfoliantes; tratamientos para el cuerpo y el cabello; cosméticos; artículos para el cuidado de la piel); clase 5 productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, (Suplementos alimenticios alimentos y suplementos nutricionales; suplementos vitamínicos y minerales en forma de tableta, polvo o capsula); clase 31 productos agrícolas, hortícolas y forestales; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; plantas y flores naturales; animales vivos; alimentos para Animales; malta, (productos orgánicos); clase 32 cervezas; aguas minerales y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas (bebidas con electrolitos bebidas de suero de leche; bebidas hipotónicas, isotónicas e hipertónicas); y clase 35 publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Servicios de comercialización de preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares, dentífricos, champues, acondicionadores, sprays para el estilizado del cabello gels y pomadas; cremas, lociones, gels, leches, mascarillas, exfoliantes, tonificadores y sprays para la cara, lociones, cremas, gels y limpiadores para las manos, cremas , lociones limpiadores, gels, exfoliantes y sprays para el cuerpo; artículos de tocador para rasurar para hombre; fragancias; paños abrasivos o exfoliantes; tratamientos para el cuerpo y el cabello; cosméticos; artículos para el cuidado de la piel; productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario: productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario; alimentos para bebes; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, alimentos y suplementos nutricionales: suplementos vitamínicos y minerales en forma de tableta, polvo o capsula, productos agrícolas, hortícolas y forestales; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; plantas y flores naturales; animales vivos; alimentos para animales; malta, alimentos y botanas que contienen hierbas, plantas marinas, fungos, corteza de árbol, plantas y flores naturales, semillas, raíces y bulbos, cervezas, agua minerales y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de fruta y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas incluyendo bebidas no alcohólicas listas para beber, concentradas o en forma de polvo, bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002554. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167157 ).

Marianella Arias Chacón, casada, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Hilton Honors Worldwide LLC., con domicilio en 7930 Jones Branch Drive, Suite 1100, Mclean, Virginia 22102, Delaware, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HILTON HONORS, como marca de servicios en clase: 43 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 43 Servicios de hotel que incluyen un programa de recompensas para los huéspedes, él le permite a los participantes a ganar servicios de alojamiento y servicios de hotel gratis o a precios de descuento, así como otros beneficios y servicios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2017, según Solicitud N° 2017-0000857. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167196 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111830447, en calidad de apoderada especial de Grupo Posadas S.A.B. de C.V., con domicilio en Avenida Prolongación Paseo de La Reforma N° 1015, Torre A, Piso 9, Col. Santa Fe, Cuajimalpa, del Cuajimalpa de Morelos, C.P. 05348 México D.F., México, solicita la inscripción de: LIVE AQUA

como marca de servicios en clase: 43 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios para proveer alimentos y bebidas; hospedaje temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del 2016, según Solicitud N° 2016-0007115. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de marzo del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017167197 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 100430447, en calidad de apoderada especial de Grupo Posadas S.A.B. DE C.V., con domicilio en avenida prolongación Paseo de La Reforma N° 1015, torre A, piso 9, Col. Santa Fe Cuajimalpa, Del Cuajimalpa de Morelos, C.P. 05348 México D.F., México, solicita la inscripción de: LIVE AQUA como marca de servicios en clase: 39. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Transporte; embajaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio de 2016. Solicitud Nº 2016-0007117. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de marzo de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017167198 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 100430447, en calidad de apoderada especial de Grupo Posadas S.A.B. de C.V., con domicilio en Avenida Prolongación Paseo de la Reforma N° 1015, Torre A, piso 9, Col Santa Fe Cuajimalpa, del Cuajimalpa de Morelos C.P., 05348, México D.F., México, solicita la inscripción de: LIVE AGUA

como marca de servicios en clase 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Transporte; embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio de 2016. Solicitud N° 2016-0007119. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de marzo del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017167199 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 100430447, en calidad de apoderado especial de Grupo Posadas S.A.B. DE C.V., con domicilio en Avenida Prolongación Paseo de La Reforma N° 1015, Torre A, Piso 9, Col. Santa Fe Cuajimalpa, DEL. Cuajimalpa de Morelos C.P, 01210, México D.F., México, solicita la inscripción de: LIVE AQUA

como marca de servicios en clase: 43 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios para proveer alimentos y bebidas; hospedaje temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del 2016, según Solicitud N° 2016,0007120. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de marzo del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017167200 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 111430447, en calidad de apoderado especial de Industrias Alen S. A. de C.V., con domicilio en Blvd. Díaz Ordaz N° 1000, Col. Los Treviños, Santa Catarina, Nuevo León C.P. 66350, México, solicita la inscripción de: GREENER GOOD, como marca de comercio en clase(s): 3, internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear, y otras sustancias para la lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003664. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de mayo de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167201 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Green Cross Corporation, con domicilio en 107, Ihyeon-Ro 30Beon-Gil, Giheung-Gu, Yongin-Si, Gyeonggi-Do, Korea 16924, República de Corea, solicita la inscripción de: GCFLU como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5: Preparaciones para vacunas humanas; vacunas contra la gripe o la influenza; agentes farmacéuticos que afectan órganos sensoriales; agentes farmacéuticos que afectan al metabolismo; preparaciones veterinarias; agentes farmacéuticos que afectan al sistema nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas para el ajuste de inmunidad; preparaciones farmacéuticas para órganos urogenitales; preparaciones vitamínicas; preparaciones de oligoelementos para uso humano y animal; medicamentos crudos; preparaciones antiinflamatorias; agentes farmacéuticos que afectan a los órganos digestivos; preparaciones farmacéuticas cardiovasculares; esteroides; medicamentos para alergias; suplementos nutricionales, a saber, tónicos y alterativos para uso médico; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de tumores; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del nervio central; preparaciones farmacéuticas para el diagnóstico; preparaciones farmacéuticas para el ano; preparaciones antibióticas; agentes hipoglucémicos; preparaciones farmacéuticas para a sangre; plasma sanguíneo; sueros; medicamentos seroterapéuticos; preparaciones farmacéuticas para órganos respiratorios; preparaciones biológicas para uso médico o veterinario; microorganismos para uso médico, excepto para levaduras; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento; preparación farmacéutica para el cuidado de la piel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003493. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de mayo de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167202 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de  KT Intellectual Property Holding Company LLC, con domicilio en 3 Ada Parkway, Irvine, California 92618, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PENDRY, como marca de servicios en clases: 36 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 36: compra/adquisición de inmuebles para terceros; servicios de agencia inmobiliaria; servicios de corretaje y gestión inmobiliaria; administración, operación, mantenimiento, venta, arrendamiento y alquiler de propiedades residenciales, condominios y apartamentos y 43: hoteles; hoteles de centro turístico/resort; servicios de restaurante y bar; servicios de banquetería/catering; provisión de instalaciones para convenciones y servicios generales para reuniones, exposiciones y conferencias; provisión de instalaciones para banquetes y funciones sociales para ocasiones especiales; servicios de reservación y  reservas de hoteles y restaurantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003492. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de mayo de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167204 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad número 106790960, en calidad de Apoderada Especial de Tyco Fire & Security GMBH, con domicilio en Víctor Von Bruns-Strasse 21, 8212 Neuhausen Am Rheinfall, Suiza, solicita la inscripción de: GLOBAL PARTNER EDGE como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Consultoría de negocios, a saber, consultoría/asesoramiento estratégico en ventas y mercadeo y administración de un programa de alianzas de negocios para incluir incentivos para máxima productividad y rentabilidad en la promoción y venta de bienes y servicios. Prioridad: Se otorga prioridad N° 60088/2016 de fecha 25/08/2016 de Suiza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000983. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Sabrina Loaíciga Pérez Registradora.—( IN2017167206 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Palsgaard A/S, con domicilio en Palsgaardvej 10, DK-7130 Juelsminde, Dinamarca, solicita la inscripción de: EMULPALS como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 30 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: Productos químicos utilizados en la industria, incluidos los aditivos alimentarios, incluidos también productos químicos en forma de emulsionantes, estabilizadores, espesantes y texturizadores destinados a la fabricación de alimentos, confitería, productos de panadería; productos químicos utilizados en la industria, incluidas las sustancias y preparados químicos para la fabricación y conservación de productos alimenticios; mejoradores químicos para pan y mejoradores de tortas en forma de conservantes y estabilizantes; emulsionantes; aditivos químicos para la fabricación de alimentos, incluidos los potenciadores químicos del sabor para la industria alimentaria; aditivos químicos para uso como agentes aglutinantes para la industria alimentaria;  preparaciones químicas en forma de edulcorantes artificiales, excepto la sacarina; emulsionantes vegetales y animales para uso en la fabricación de productos alimenticios y clase 30: Harinas y preparaciones a base de cereales, incluidos los cereales procesados y las mezclas de pan; pan, galletas, pasteles, productos de panadería, pastelería y confitería; preparaciones trituradas o trituradas de cereales; incluyendo mezclas que contengan emulsionantes, texturizadores y estabilizantes para hacer pan, pasteles y confitería de azúcar; productos de desayuno hechos de cereales; mejoradores del pan que sean preparaciones a base de cereales con fines culinarios; productos de confitería no medicinales hechos de azúcar; bebidas a base de cacao y chocolate; chocolate y confitería a base de chocolate de azúcar; pastas para untar a base de chocolate; pastas para untar a base de cacao; helados comestibles, helados, helados naturales y artificiales, sorbetes y helados de sorbete; batidos de leche, natillas y crema/natilla artificial; salsas, incluyendo aderezos para ensaladas, mayonesa, kétchup de tomate; polvos y preparaciones premezciadas para propósitos culinarios que contengan emulsionantes, texturizadores y estabilizantes para la fabricación de todos los productos antes mencionados; aglutinantes a base de almidón para helados comestibles; espesantes vegetales en forma de almidones para los productos mencionados; esencias como jarabes de frutas para productos alimenticios, excepto esencias etéreas y aceites esenciales; esencias y aromas para productos alimenticios excepto esencias etéreas y aceites esenciales; almidón modificado y natural para la alimentación; aditivos para el uso de los productos mencionados para uso doméstico, incluidos los potenciadores del sabor distintos de los aceites esenciales; agentes aglutinantes a base de almidón; agentes aglutinantes de salchichas y carne en forma de almidones; edulcorantes naturales; emulsionantes, texturizadores, estabilizantes y conservantes del tipo de cereales procesados para uso culinario en helados comestibles y para pastas para untar a base de chocolate y cacao; postres de leche, incluyendo helados, yogures congelados y leche/crema helada. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005247. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167211 ).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 900120480, en calidad de apoderado especial de Novozymes A/S, con domicilio en Krogshoejvej 36, DK-2880 Bagsvaerd, Dinamarca, solicita la inscripción de: TAEGRO como marca de fábrica en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 1: Fungicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003326. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de junio de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017167216 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderado especial de Industrias Alimenticias Kern’s y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, con domicilio en Kilómetro 6.5 Carretera al Atlántico, Zona 18, Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: Kern’s Total, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29. internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 29 carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbre en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2017. Solicitud Nº 2012-0005275. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167219 ).

Denía Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con domicilio en San José, distrito El Carmen Barrio Escalante, avenidas 9 y 10, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUNLIN MULTISÍNTOMAS como marca de comercio en clase 5 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Medicamento para el resfrío y la gripe, combinación de analgésicos, antihistamínico, descongestionante y antitusígeno, para el tratamiento de síntomas tales como tos, congestión nasal, fiebre, dolor de cabeza, alergia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0007875. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de agosto del 2017.—Ivonne Mora Ortega Registradora.—( IN20171167221 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con domicilio en San José, distrito El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUNLIN PM, como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: medicamento para el resfrío y la gripe, combinación de analgésico, antihistamínico, descongestionante y antitusígeno, para uso durante la noche. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto de 2017. Solicitud N° 2017-0007873. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de agosto de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167222 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Papa John´s International, Inc. con domicilio en 2002 Papa John´s Boulevard, Louisville, KY 40299, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PIZZA PAPA JOHN´S como marca de servicios en clase: 39. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de entrega de pizza; servicios de entrega de alimentos fríos y calientes que estén hechos a base de pizza y servicios de entrega de alimentos hechos a base de pizza por restaurantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005545. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de junio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167223 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con domicilio en San José, distrito El Carmen Barrio Escalante, Avenidas 9 y 10, Calle 35, Edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUNLIN GRIPE Y TOS como Marca de Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Medicamento para el resfrío y la gripe, combinación de analgésico, antihistamínico, descongestionante y antitusigeno, para el tratamiento de la gripe y de la tos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0007869. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167224 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad N° 111420317, en calidad de apoderada generalísima de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101679174, con domicilio en San José, distrito El Carmen Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUNLIN AM, como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: medicamento para el resfrío y la gripe, que consiste en una combinación de antalgésico, antihistamínico, descongestionante y antitusigeno, para uso durante el día. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0007870. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez.—( IN2017167225 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Beiersdorf AG, con domicilio en Unnastrasse 48, 20253 Hamburg, Alemania, solicita la inscripción de: HYALURON CELLULAR FILLER, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005549. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de junio de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167226 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Merial con domicilio en 29, Avenue Tony Garnier, 69007 Lyon, Francia, solicita la inscripción de: FRONTLINE PET CARE como marca de fábrica y comercio en clases: 3; 5; 10 y 31. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Jabones, champús, lociones, dentífricos, artículos de tocador y productos cosméticos para el cuidado de animales; hisopos de algodón para uso cosmético para animales; preparaciones para el cuidado de la piel de los animales. Clase 5: Preparaciones y productos higiénicos para fines veterinarios; sustancias dietéticas adaptadas para uso veterinario; emplastos y materiales para apósitos para uso veterinario; desinfectantes para uso veterinario; preparaciones para destruir alimañas; parasiticidas, fungicidas; productos farmacéuticos, medicinas y vacunas para uso veterinario; productos farmacéuticos para el cuidado de la piel para animales; hisopos de algodón para uso veterinario; suplementos nutricionales medicinales para animales. Clase 10: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios; ganchos universales para garrapatas; miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura, todos los anteriores para uso de animales y Clase 31: Alimentos para animales, alimento para mascotas; alimentos secos para animales; galletas para perros; huesos comestibles y palillos para masticar para animales; golosinas comestibles para animales. Prioridad:  Se otorga prioridad N° 154209844 de fecha 15/09/2015 de Francia y N° 154220026 de fecha 23/10/2015 de Francia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero de 2016. Solicitud Nº 2016-0000571. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017167228 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 1-0679-0960, en calidad de apoderado especial de Japan Tobacco Inc., con domicilio en 2-2-1, Toranomon, Minato-Ku, Tokyo, Japón, solicita la inscripción de: WINSTON como marca de fábrica y comercio en clase: 34. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Tabaco; ya sea manufacturado o sin transformar; tabaco para fumar, tabaco para pipa, tabaco para enrollar a mano, tabaco para mascar, tabaco snus; cigarrillos, cigarrillos electrónicos, puros, puritos; rapé; artículos para fumadores incluidos en la clase 34; papel para cigarrillos, tubos de cigarrillos y fósforos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005745. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017167232 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderado especial de Chubb INA Holdings INC. con domicilio en 436 Walnut Street, Philadelphia, PA 19106, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MASTERPIECE, como marca de servicios en clase(s): 36, internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 36 servicios de seguros; servicios de reaseguro; servicios de corretaje; servicios de suscripción de seguros; asesoramiento y consultoría relacionados con los servicios antes mencionados prestados en sitios web y en Internet; suscripción de seguros de accidente; tasaciones de reclamaciones de seguros de propiedad personal; tasaciones para reclamaciones de seguros de inmuebles; evaluación de reclamaciones de seguros; ajuste de reclamaciones en el campo de seguros; consultoría e información sobre seguros; procesamiento electrónico de reclamaciones de seguros y datos de pago; consultoría financiera y consultoría de seguros; evaluación financiera para fines de seguros; servicios financieros, a saber, proporcionar una opción de inversión disponible para productos de anualidad variable y seguro de vida variable; suscripción de seguros contra incendios; servicios actuariales de seguros; administración de seguros; agencia de seguros y corretaje; administración de reclamaciones de seguros; procesamiento de reclamaciones de seguros; consultoría de seguros; información de seguros; cómputo de tasas de primas de seguros; servicios de seguros, a saber, suscripción, emisión y administración de seguros de vida; suscripción de seguros marítimos; suscripción de seguro médico; servicios de seguros, a saber, suscripción de líneas de seguros de propiedad y accidente, salud, vehículo, residenciales y personales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002101. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167235 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderado Especial de Fresenius Medical Care Deutschland GmbH, con domicilio en Else-Krõner-Strasse 1, 61352 Bad Homburg, Alemania, solicita la inscripción de:  HomeBridge como marca de fábrica y comercio en clases: 9; 10; 42 y 44 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 9 Aparatos e instrumentos de medición, de señalización y de control (inspección); equipo de procesamiento de datos, computadoras; software informático; conectores eléctricos y electrónicos, todos los productos antes mencionados utilizados en el campo médico; software informático para monitorear, recolectar y transmitir datos médicos y de salud, software informático que permite a profesionales médicos prescribir y actualizar prescripciones; software informático que permite a los pacientes acceder y ver sus datos médicos, tratamientos e historial y ordenar medicamentos prescritos y productos, 10 Aparatos e instrumentos médicos para uso en la diálisis, 42 Provisión de una red de computación en la nube que destaca software para uso en el monitoreo, recolección y transmisión de datos de pacientes; provisión de una red de computación en la nube que destaca software que permite a los profesionales médicos acceder a datos para el monitoreo, análisis y diagnóstico de condiciones médicas y de tratamiento; provisión de una red de computación en la nube que destaca software que permite a los profesionales médicos prescribir y actualizar prescripciones, y que permite a los pacientes acceder y ver sus datos médicos, tratamientos e historial y ordenar medicamentos prescritos y productos; provisión de uso temporal de software operativo en línea no descargable para acceder y utilizar una red de computación en la nube; consultoría en el campo de redes y aplicaciones de computación en la nube; diseño y desarrollo de software utilizado en el campo médico, diseño y desarrollo de software operativo para acceder y utilizar una red de computación en la nube; servicios de soporte técnico de software informático, a saber, servicios para monitorear, administrar, actualizar y gestionar software, incluyendo software de aplicación de dispositivo médico remoto residente y firmware y 44 Proveer información médica para profesionales médicos y para pacientes médicos, preparación de prescripciones por profesionales médicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2017, Solicitud N° 2017-0005747. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167236 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Johnson Controls Technology Company, con domicilio en 49200 Halyard Drive, Plymouth, MI 48170, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FACILITY EXPLORER como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase Controles eléctricos y electrónicos y dispositivos, aparatos y sistemas de control, automatización y optimización para edificios, instalaciones y plantas; controles electrónicos y dispositivos, aparatos y sistemas para control, automatización y optimización para instalaciones de construcción, instalaciones y plantas, seguridad, incendio, rociadores, flujo de agua, vigilancia, seguimiento, emergencia, energía, iluminación, sonido, visualización, detección de amenazas, acceso y gestión de activos; controles eléctricos y electrónicos para el monitoreo, control, operación, automatización, optimización e interacción in situ y remota de dispositivos, aparatos y sistemas para calefacción, aire acondicionado, ventilación, refrigeración, consumo de energía, asignación, mantenimiento, eficiencia y estabilización, iluminación, sonido, comunicación, visualización luminiscente, emisión de audio y vídeo, carga eléctrica de baterías y celdas acumuladoras, medición y pago, detección de incendios y humo, alarma, supresión, contención y control, flujo de agua, evacuación de emergencia, acceso de seguridad y alarmas, televisión de circuito cerrado, vigilancia, seguimiento/rastreo de activos y personal, detección de luz y movimiento, detección de humedad, detección de amenazas ambientales, detección y seguridad de amenazas, detección de gases, alarma y contención, gestión/administración de activos, fabricación y detección de fallas de equipos y sistemas; hardware para sitio o externo; software, sensores, monitores, controles, sistemas de control y aparatos para el monitoreo, control, operación, automatización y optimización de sistemas individuales e integrados de monitoreo, control, operación y automatización, así como interacción con dispositivos de edificios, instalaciones y plantas, aparatos y sistemas de calefacción, aire acondicionado, ventilación, refrigeración, uso de energía, asignación, mantenimiento, eficiencia y estabilización, iluminación, sonido, comunicación, visualización luminiscente, transmisión de audio y vídeo, carga eléctrica de baterías y celdas acumuladoras, medición y pago, detección de fuego y humo, alarma, supresión, contención y control, flujo de agua, evacuación de emergencia, acceso y alarmas de seguridad, televisión de circuito cerrado, vigilancia, seguimiento de activos y personal, detección de luz y movimiento, detección de humedad, detección de amenazas ambientales, detección de amenazas y seguridad, detección de gas, alarma y contención, gestión de activos, fabricación y detección de fallas de equipos y sistemas; hardware, software y sistemas informáticos para recolectar, recopilar, agregar, almacenar, clasificar, analizar y presentar datos; hardware, software y sistemas para recolectar, agregar, almacenar, clasificar, analizar y reportar datos para sistemas, aparatos y dispositivos para edificios, instalaciones y sistemas de control, medio ambiente, seguridad, fuego, rociadores, flujo de agua, vigilancia, seguimiento, emergencia, energía, aparatos de iluminación, sonido, detección de amenazas, acceso, gestión de activos, automatización y optimización; hardware, software y sistemas para recolectar, recopilar, agrupar, almacenar, clasificar, analizar e informar datos de dispositivos de edificios, instalaciones y plantas, monitores, sistemas de monitoreo, sensores, controles, sistemas de control y aparatos para calefacción, aire acondicionado, ventilación, iluminación, sonido, comunicación, visualización luminiscente, transmisión de audio y vídeo, carga eléctrica de baterías y celdas acumuladoras, medición y pago, detección de incendios y humo, alarma, supresión, contención y control, flujo de agua, evacuación de emergencia, acceso de seguridad y alarmas, televisión de circuito cerrado, vigilancia, rastreo de activos y personal, detección de luz y movimiento, detección de humedad, detección de amenazas ambientales, detección y seguridad de amenazas, detección de gases, alarma y contención, gestión de activos, fabricación, y detección de fallas de equipos y sistemas; hardware y software para redes inalámbricas y cableadas para dispositivos, aparatos y sistemas de control de edificios, instalaciones y plantas, medio ambiente, seguridad, fuego, rociadores, flujo de agua, vigilancia, seguimiento, emergencia, energía, iluminación, sonido, pantalla, detección de amenazas, acceso, gestión de activos y sistemas de gestión, automatización y optimización; software para configuración de sistemas e interfaces de usuario; software para uso en la creación, configuración, ingeniería, instalación y operación de dispositivos, aparatos y sistemas para control de edificios, instalaciones y plantas, medio ambiente, seguridad, fuego, rociadores, flujo de agua, vigilancia, seguimiento, emergencia, energía, iluminación, sonido, detección de amenazas, dispositivos de acceso, gestión de activos, automatización y optimización; software para registrar, rastrear, auditar y reportar el desempeño y cumplimiento de los sistemas de control ambiental; software de aplicación para permitir el monitoreo, control y operación de y la interacción con dispositivos, aparatos y sistemas para edificios, instalaciones y plantas, aparatos y sistemas para calefacción, aire acondicionado, ventilación, refrigeración, uso de energía, asignación, mantenimiento, eficiencia y estabilización, iluminación, alarma, contención y control, flujo de agua, evacuación de emergencia, acceso de seguridad y alarmas, televisión de circuito cerrado, vigilancia, seguimiento de activos y personal, detección de luz y movimiento, detección de humedad, detección de amenazas ambientales, detección y seguridad de amenazas, detección de gases, alarma y contención, gestión de activos, fabricación y detección de fallas de equipos y sistemas utilizando una computadora remota, teléfono inteligente u otros dispositivos móviles. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87/292,094 de fecha 06/01/2017 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004082. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167238 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Envasadora Comercial S. A., con domicilio en calle Harry Eno, Urbanización Industrial, Los Ángeles, Edificio de Agencias Motta, Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: nine S PROFESSIONAL HAIR CARE,

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 3 producto para el cabello, que consiste en un tratamiento alaciador. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010155. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167240 ).

Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085; en calidad de apoderado especial de Alimentos Saludables S. A., cédula jurídica N° 3101333576, con domicilio en Curridabat, Granadilla Norte, 1 km este del Taller Wabe, casa Tipo Chalet, mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FILLIBOO,

como marca de fábrica en clases 29 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en clase 29: relleno para pastelería y panadería de sabor fresa, limón, piña, mora, manzana, manzana con canela, mandarina, naranja, chiverre, maracuyá, carambola, mango, melón con naranja y guayaba; y en clase 30 Glazes de fresa y guayaba y brillo para panes dulces. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003442. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de agosto del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167247 ).

Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de Signa Grain S.A.S., con domicilio en CRA. 68A N° 19-68, Bogotá, Colombia, solicita la inscripción de: Miller’s now como marca de fábrica en clase: 29 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 29 Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y hortalizas en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005836. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Randall Abarca Aguilar Registrador.—( IN2017167248 ).

Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de Farmhannong Co., Ltd, con domicilio en 6F, FKI Tower, 24, Yeoui-Daero, Yeongdeungpo-Gu, Seoul 07320, República de Corea, solicita la inscripción de: FarmHannong, como marca de fábrica y comercio en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: semillas para la agricultura; semillas de frutas; semillas para la horticultura; semillas de cereales, sin procesar, Granos (cereales); frutas sin procesar, arbolitos; frutas y verduras frescas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de agosto de 2017. Solicitud N° 2017-0007983. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167249 ).

Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de Farmhannong CO., LTD, con domicilio en 6F, FKI Tower, 24, Yeoui-Daero, Yeongdeungpo-Gu, SEOUL 07320, República de Corea, solicita la inscripción de: FarmHannong como marca de fábrica y comercio en clase: 1 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: Fertilizantes; fertilizantes mixtos; ácido nítrico; ácido sulfúrico; ácido fosfórico; ácidos minerales; productos químicos utilizados en la industria, ciencia y fotografía, así como en la agricultura, horticultura y silvicultura; preparaciones para el crecimiento de las plantas; preparaciones para regular el crecimiento de las plantas; productos químicos agrícolas, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; productos químicos para la horticultura, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; productos químicos para la silvicultura, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0007985. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167250 ).

Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de Farmhannong CO. Ltd., con domicilio en 6F, Fki Tower, 24, Yeoui- Daero, Yeongdeungpo-Gu, Seoul, 07320, REPÚBLICA DE COREA, solicita la inscripción de: FarnnHannong como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 5: Insecticidas; herbicidas; fungicidas; repelentes contra insectos; productos para esterilizar suelos; acaricidas; alguicidas; incienso repelente de mosquitos; virucidas; fumigantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0007984. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167251 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada especial de Whirlpool Properties, Inc. con domicilio en 500 Renaissance Drive, Suite 101, Saint Joseph, Michigan 49085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ADC,

como marca de fábrica y servicios en clase(s): 7; 11 y 37 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 7 lavadoras de ropa para uso residencial comercial e industrial; 11 secadores de ropa para uso residencial, comercial e industrial, y 37 instalación, mantenimiento y reparación de lavadoras y secadoras de ropa para uso residencial, comercial e industrial. Prioridad: se otorga prioridad N° 87237250 de fecha 15/11/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001101. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167276 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Shimano Inc., con domicilio en 3-77 Oimatsu-Cho, Sakai-Ku, Sakai City, Osaka, Japón, solicita la inscripción de: SHIMANO

como marca de fábrica y comercio en clase: 18 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bolsos/bolsas; bolsos de viaje, bolsas para compras, bolsas de ciclismo, bolsas para bicicletas, bolsas de ruedas para bicicletas, bolsas de silla de bicicleta, bolsas para transportar bicicletas, bolsas para acampar/ camping, mochilas/salveques, mochilas de bicicleta, bolsas de ropa para viajar, portafolios, bolsos con ruedas, bolsos de cintura, bolsos deportivos, paraguas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017, Solicitud N° 2017-0005879. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167279 ).

Marvin Rojas Barrantes, casado una vez, cédula de identidad N° 204060628, con domicilio en Naranjo, distrito San Juan, caserío San Antonio de La Cueva 800 metros noroeste de la plaza de deportes, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONCENTRADOS DE OCCIDENTE

como marca de fábrica en clase(s): 31, internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31 Alimentos para animales de granja, caballos, vacas, gallinas de postura, pollos de engorde, cerdos, cabras, ovejas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008132. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167289 ).

Karen Melissa Ucles Estrada, casada una vez, cédula de residencia 1340003331903, con domicilio en Tegucigalpa, Honduras, solicita la inscripción de: GRAHAM & BROWN EST. 1946

como marca de comercio en clase: 27 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel tapiz. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0007884. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167296 ).

Juan José Pacheco Araya, casado una vez, cédula de identidad 108010840, en calidad de apoderado generalísimo de Tropicana Fruits TLA Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101419527 con domicilio en calle 17, avenidas 8 y 10, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BATSÚ como marca de fábrica y comercio en clase: 29 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 29 Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0008181. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de agosto del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167303 ).

María Monserrat Soto Roig, soltera, cédula de identidad N° 112920641, en calidad de apoderado especial de Consultores Constructores Estructurales y Servicios Asociados Concresa Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101327297, con domicilio en del Palacio de Los Deportes 200 metros al norte y 75 metros al este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GEOHISPANA,

como marca de servicios en clase(s): 36; 37 y 42 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 36 servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios, especialmente valuación y peritaje de bienes inmuebles y administración inmobiliaria; 37 servicios de construcción, especialmente servicios de consultoría diseño, administración de proyectos y construcción y alquiler de equipo; y 42 servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software, especialmente asesoría técnica en geotecnia y mecánica de suelos. Reservas: de los colores: azul y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008287. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de septiembre del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167306 ).

Daniel Gerardo Anchía Torrente, soltero, cédula de identidad N° 205110434, con domicilio en San Carlos, La Fortuna, de La Fuerza Pública 100 metros al norte, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ARENAL RAFTING THE ADVENTURE OF YOUR VACATION

como marca de servicios en clase(s): 41 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Servicios de recreo, diversión y entretenimientos de las personas, específicamente de aspecto turístico realizando guías exclusivas del deporte de Rafting. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0000243. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167331 ).

Juan Cáceres Ferraro, soltero, pasaporte C893402, en calidad de apoderado generalísimo de LBC Business Solutions Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101717367 con domicilio en Santa Ana, Pozos; 400 metros hacia el norte, de la iglesia católica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como emblema, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la administración, venta o alquiler de locales comerciales ubicados en centro comercial. Ubicado en San José, Santa Ana, Lindora, de Momentum Plaza, 150 metros hacia el oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017, Solicitud N° 2017-0007241. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017167345 ).

Nir Naor, soltero, pasaporte 6455616, en calidad de apoderado generalísimo de Brisas de Marbella S. A., cédula jurídica N° 3101368853, con domicilio en San José avenida 10 bis, calles 21 y 23, casa N° 2161, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GREEN PAPAYA,

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a bar y restaurante de comida mejicana fusión. Ubicado en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, cien metros oeste y cincuenta metros del Banco Nacional de Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007248. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167352 ).

Fernando Murillo Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad 202740875, con domicilio en 400 mts. sur, 50 oeste, del Banco Nacional Grecia Centro. Costa Rica, solicita la inscripción de: Agro Ind Nando

como marca de fábrica y comercio en clase 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase Arena. Reservas: De los colores: Blanco, Verde, Café, Azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2017, según Solicitud N° 2017-0007340. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de agosto del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017167366 ).

Carlos Oconitrillo Conejo, soltero, cédula de identidad Nº 103980810, en calidad de apoderado generalísimo de Ocopa Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3101167242, con domicilio en: San Francisco de Goicoechea de la Bomba Tournón 100 metros norte, 25 metros este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BLACK LIGHT

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa de toda clase, pantalones, gabachas, camisas, blusas, camisetas, delantales, uniformes deportivos, uniformes hospitalarios, shorts, enaguas, gorras, corbatas, pijama. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006497. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167369 ).

Carlos Oconitrillo Conejo, soltero, cédula de identidad 103980810, en calidad de apoderado generalísimo de Ocopa Internacional S. A., cédula jurídica 3101167242, con domicilio en San Francisco de Goicoechea de la Bomba Tournón 100 metros norte, 25 metros este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: STEVEORENO como marca de fábrica y comercio en clase: 25. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 25: Ropa de toda clase, pantalones, gabachas, camisas, blusas, camisetas, delantales, uniformes deportivos, uniformes hospitalarios, shorts, enaguas, gorras, corbatas, pijama. Reservas: De los colores: amarillo, rojo, verde y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006496. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de agosto de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167370 ).

Carlos Oconitrillo Conejo, soltero, cédula de identidad Nº 103980810, en calidad de apoderado generalísimo de Ocopa Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3101167242, con domicilio en: San Francisco de Goicoechea de la Bomba Tournón 100 metros norte, 25 metros este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: STAR NIGHT S

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa de toda clase, pantalones, gabachas, camisas, blusas, camisetas, delantales, uniformes deportivos, uniformes hospitalarios, short, enaguas, gorras, corbatas, pijama. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006495. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167371 ).

Eduardo Antonio Bolaños Vargas, casado una vez, cédula de identidad N° 204720470, con domicilio en Coronado, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SOBREVUELO  como marca de servicios en clase: 16. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 16: Productos de imprenta, material impreso, material de instrucción y material didáctico, libros, libretas, folletos, revistas, periódicos, representaciones y reproducciones gráficas, fotográficas impresas, ilustraciones, formularios impresos, impresos gráficos, litografías, mapas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006005. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de agosto de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017167416 ).

Minor Esteban Santillan Badilla, soltero, cédula de identidad 113590181, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Alimenticias Santiba S. A., cédula jurídica 3101736793, con domicilio en San Francisco, Urbanización Monte Rosa, casa 244, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: CoffeeHolic Coffee Shop Since 2017

como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a venta de bebidas calientes como café, chocolate, té, bebidas frías, bebidas a base de frutas, jaleas, repostería dulce y salada. Comercialización de artículos como tazas, prensas francesas, bolsas de café, reempaquetadas con el logo, camisetas, gorras y demás artículos promocionales. Ubicado en Heredia centro; 100 mts. oeste, de la esquina norte de la Universidad Nacional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de junio del 2017, Solicitud N° 2017-0005349. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017167536 ).

Marco Antonio Fernández López, casado una vez, cédula de identidad 109120931, en calidad de Apoderado Especial de Stefany Moda Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102740153, con domicilio en La Valencia, Zona Industrial, Oficinas y Bodegas La Valencia, Local número tres, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Chocolate

como marca de servicios en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Vestidos, calzado, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007209. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167571 ).

Marco Antonio Fernández López, casado una vez, cédula de identidad N° 109120931, en calidad de apoderado especial de Stefany Moda Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102740153, con domicilio en La Valencia, Zona Industrial, Oficinas y Bodegas La Valencia, Local N° 3, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Stefany, como marca de servicios en clase(s): 25 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: vestidos, calzado, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007208. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167572 ).

Marco Antonio Fernández López, casado una vez, cédula de identidad N° 109120931, en calidad de apoderado especial de Stefany Moda de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102740153, con domicilio en La Valencia, Zona Industrial, Oficinas y Bodegas La Valencia, Local Nº 3, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: STF BY STEFANY, como marca de servicios en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Vestidos, calzado, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007210. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167573 ).

Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, casada, cédula de identidad Nº 109710905, en calidad de gestora oficiosa de Paragon Polymer Products PVT. Ltd., con domicilio en: P. B. Nº 61, Paragon Buildings, Sreenivasa Lyer Road, Chalukunnu, Kottayam - 686001 Kerala, India, solicita la inscripción de: Paragon P

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: calzado de todo tipo incluido en clase 25. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006494. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registradora.—( IN2017167587 ).

Ainhoa Pallarés Alier, viuda, cédula de residencia 172400024706, en calidad de Apoderada Especial de Genomma Lab Internacional S. A. B. de C.V., con domicilio en Durango, número 332, Oficina 102, Colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700, Distrito Federal, México, solicita la inscripción de: CICATRICURE POLLUTION CARE COMPLEX como marca de fábrica y comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para limpiar la piel; jabones no medicinales, cosméticos no medicinales, aceites esenciales para la elaboración de cosméticos; cremas cosméticas; maquillaje mineral, todos ellos, para refrescar, hidratar y/o cuidar (no medicado) la piel en contacto con la contaminación existente en el medio ambiente. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006804. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017167589 ).

Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de residencia Nº 172400024706, en calidad de apoderado especial de Truck-Lite Co., LLC., con domicilio en: 310 East Elmwood Avenue, Falconer, New York 14733, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ROAD READY como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: dispositivos electrónicos para detectar, controlar y comunicar la condición, función, ubicación y el funcionamiento de un vehículo, remolque, contenedor intermodal, vagón de ferrocarril y vehículos similares, incluyendo la carga contenida en él, y/o sus componentes y/o sistemas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004517. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de mayo del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167594 ).

Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de residencia 172400024706, en calidad de apoderada especial de Truck-Lite Co. LLC., con domicilio en 310 East Elmwood Avenue, Falconer, New York 14733, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ROAD READY

como marca de servicios en clase: 38 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Transmisión de datos relativos a la condición, función, ubicación y funcionamiento de un vehículo, remolque, contenedor intermodal, vagón y vehículos similares incluida la carga contenida en él, y sus componentes y sistemas, a un servidor, como parte de un ordenador de red global. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017, Solicitud N° 2017-0004516. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de mayo del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167595 ).

Antonio Eduardo Afonso Alemany, casado una vez, pasaporte 123536501, en calidad de apoderado generalísimo de Cemaire Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-696230, con domicilio en Alajuela, del Mall Internacional; 200 norte, Oficinas de TP, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Cemaire COSTA RICA S. A.

como marca de servicios en clase: 37 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 37 Servicios de reparación y mantenimiento de aires acondicionados. Reservas: No se hace reserva de la denominación Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2017, Solicitud N° 2017-0007909. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167599 ).

María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de identidad N° 111480307, en calidad de apoderada especial de White Ocean Investments Limitada, cédula jurídica N° 3102458634, con domicilio en Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum, Edificio C, Oficina 1C1, San José, Costa de Marfil, solicita la inscripción de: SANTA ELENA BAY ECO-TOURS, como marca de servicios en clase(s): 39 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Organización de viajes turísticos. Organización de tours. Organización de paquetes turísticos. Servicios de reserva de viajes turísticos. Reserva de viajes a través de oficinas de turismo. Suministro de información por internet sobre viajes turísticos. Servicios de guías de turismo. Servicios de acompañamiento turístico. Todos los anteriores servicios son brindados de manera amigable con el ambiente, como turismo ecológico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004899. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017167601 ).

María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de identidad 111480307, en calidad de apoderada especial de Power Projects Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101672956 con domicilio en Escazú, San Rafael, Edificio Spazio Ejecutivo, tercer piso, oficina catorce, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: POWER PROJECTS

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Promoción de ventas y servicios de venta al por mayor y al por menor, prestación de productos en cualquier medio de comunicación por si venta al por mayor o a por menor, gestión empresarial de puntos de venta y suministro de información sobre ventas comerciales, para equipos electrónicos utilizados para mejorar la eficacia energética. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006546. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 05 de setiembre del 2017.—Bernard Mana Alvarado, Registrador.—( IN2017167602 ).

María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de identidad N° 111480307, en calidad de apoderada especial de Power Projects Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101672956, con domicilio en Escazú, San Rafael, Edificio Spazio Ejecutivo, tercer piso, oficina catorce, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: POWER PROJECTS,

como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: investigación, análisis tecnológico, auditoría, certificación, consultoría y asesoramiento técnico en materia de ahorro energético. Desarrollo de sistemas de gestión de energía y electricidad. Programación de software de gestión energética. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006547. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de setiembre del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167603 ).

Robert C. Van Der Putten Reyes, divorciado, cédula de identidad Nº 800790378, en calidad de apoderado especial de Lumo Led Corporation Corp, con domicilio en: Oliaji Trade Centre, First Floor, Victoria, Mahé, Seychelles, solicita la inscripción de: light-tec

como marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos de iluminación en general e iluminación LED. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005581. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017167604 ).

Robert C. Van Der Putten1 Reyes, divorciado, cédula de identidad número 800790378, en calidad de apoderado especial de Lumo Led Corporation Corp, con domicilio en Oliaji Trade Centre, First Floor, Victoria, Mané, Seychelles, solicita la inscripción de: light-tec

como marca de servicios en clase 35 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Venta y comercialización de aparatos de iluminación en general e iluminación LED. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2017167605 ).

Pablo González Solano, casado una vez, cédula de identidad N° 110540827, en calidad de apoderado generalísimo de Avances Publicitarios GYS S. A., cédula jurídica N° 3101496560 con domicilio en Coronado, Antiguos Bomberos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GyS, como marca de servicios en clase(s): 16 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: 16 productos de imprenta, artículos de papelería. Reservas: de colores: gris y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008205. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017167608 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: arabela Mommy

como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: jabones de uso cosmético, productos de perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la piel, lociones capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002897. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de abril del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167609 ).

Pablo Andrey Azofeifa Fallas, soltero, cédula de identidad 112110244, en calidad de apoderado generalísimo de Prestaciones Estrato Marqués Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101739367, con domicilio en San Rafael de Escazú, Centro Comercial La Paco, segundo piso, oficina número 22, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: InterCapital como marca de servicios en clase 36 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio de seguros, operaciones financieras y operaciones monetarias y negocios inmobiliarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0008039. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del 2015.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167611 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderada especial de Empresas Melo S.A., con domicilio en Vía España, Río Abajo, edificio 2313, Panamá, solicita la inscripción de: melo pet & garden

como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos veterinarios, agroquímicos, plantas, animales domésticos y servicios veterinarios, ubicado en San José, Escazú, Trejos Montealegre, del Restaurante Tony Roma´s; 600 metros al suroeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005235. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167630 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de apoderada especial de Empresas Melo S. A., con domicilio en: Vía España, Río Abajo, edificio 2313, Panamá, solicita la inscripción de: MELO Pet’s Market

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos veterinarios, agroquímicos, plantas, animales domésticos y servicios veterinarios, ubicado en San José, Escazú, Trejos Montealegre, del restaurante Tony Roma’s 600 metros al suroeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005232. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167657 ).

Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de identidad 113310307,  en  calidad  de  apoderada  especial de Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017, Solicitud N° 2017-0003453. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del 2017.—Mauricio Granados Morales Registrador.—( IN2017167668 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela S. A. de C.V, con domicilio en calle 3 norte, N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: SEXY HAIR como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Jabones de uso cosmético para el cabello, productos de perfumería, aceites esenciales y productos cosméticos para el cuidado del cabello. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de abril del 2017, Solicitud N° 2017-0003060. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de mayo del 2015.—César Alfonso Rojas Zuñiga, Registrador.—( IN2017167686 ).

Manuel Ernesto Travisany Bazan, cédula de residencia 115200025110, en calidad de apoderado generalísimo de IFFC Lab Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101705084 con domicilio en Escazú, Comercial Paco; 800 metros al sur, 100 metros al oeste, 100 metros al sur y 100 metros al oeste, Condominio La Galvia, casa N° 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FROM THE PV COUNTRY

como marca de servicios en clase 35 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0008426. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 05 de setiembre del 2017.— Randall Abarca Aguilar Registrador.—( IN2017167688 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Can Technologies Inc., con domicilio en: 9350 Excelsior Boulevard, Hopkins, Estado de Minnesota 55343, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NOVA GALLOS SUPER BREED, como marca de fábrica y comercio en clase: 31. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: alimento para aves de corral, a saber gallos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de diciembre del 2015. Solicitud N° 2015-0011666. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 06 de marzo del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017167691 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de Arabela, S. A. DE C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ALESSANDRA PINK, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Jabones de uso cosmético, productos de perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la piel, lociones capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002893. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de abril de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167694 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en calle 3, norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA LUNA MIDNIGHT, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Jabones de uso cosmético, productos de perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la piel, lociones capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de marzo del 2017, según Solicitud N° 2017-0002900. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de abril del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167695 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de Arabela, S. A. DE C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. De Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: SEXY STAR BY ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Jabones de uso cosmético, productos de perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la piel, lociones capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002898. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de abril del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167699 ).

Jéssica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112100610, en calidad de Apoderada Especial de Laboratorios Fórmulas Farmacéuticas Sociedad Anónima (LAFOFA) con domicilio en Kilómetro Dieciséis Punto Cinco carretera a San Juan Sacatepéquez, Fraccionamiento Industrial Mixco Norte lote catorce B, Guatemala, solicita la inscripción de: MESOXAL como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 5 Productos farmacéuticos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007834. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167707 ).

Jéssica Salas Venegas, casada, cédula de identidad Nº 112100610, en calidad de apoderada especial de Laboratorios Fórmulas Farmacéuticas Sociedad Anónima (LAFOFA), con domicilio en: kilómetro dieciséis punto cinco carretera a San Juan Sacatepéquez, Fraccionamiento Industrial Mixco Norte lote catorce B, Guatemala, solicita la inscripción de: OFTICEL, como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007831. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167709 ).

Jéssica Salas Venegas, casada, cédula de identidad N° 11210610, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Formulas Farmacéuticas Sociedad Anónima (LAFOFA), con domicilio en Kilómetro Dieciséis Punto Cinco Carretera a San Juan Sacatepéquez, Fraccionamiento Industrial Mixco Norte lote catorce B , Guatemala, solicita la inscripción de: MOXIDROP, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5 Productos farmacéuticos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007833. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167711 ).

Wilber Flores Barboza, cédula de identidad 109460769, en calidad de Apoderado Generalísimo de Prados de Esperanza Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101717454 con domicilio en Pococí, Guápiles, 350 metros sur del Aeropuerto de Guápiles, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción de: Camposanto Prados de Esperanza

como marca de servicios, en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Camposanto e inhumación de restos humanos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0003840. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167719 ).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 106260794, en calidad de apoderada especial de Grupo Comercial Delfín S. A. de C.V, con domicilio en: calle Neptuno Nº 47, Col. Nueva Industrial Vallejo, Del Gustavo A. Madero, C.P. 07700, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aditivos para aceite, aditivos para gasolina, aditivos para diesel, fluidos para dirección hidráulica, fluido para sistemas hidráulicos, fluidos para transmisiones, líquido para frenos, fluido para baterías, aditivo químico para arrancar el motor (aditivo de carburación), anticongelantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006033. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de agosto del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017167720 ).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad N° 106260794, en calidad de apoderada especial de Great Dane LLC, con domicilio en 222 North Lasalle Street, Suite 920, Chicago, Illinois 60601, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FREEDOM, como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Semirremolques de plataforma. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87158552 de fecha 01/09/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0001834. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio del 2017.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2017167723 ).

Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de Apoderado Especial de Tupy S. A., con domicilio en Rúa Albano Schmidt Street N° 3400, Boa Vista, Joinville-Santa Catarina, Brasil, solicita la inscripción de: T

como marca de fábrica y comercio, en clase 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 6 Hierro fundido, en bruto o semielaborado; hierro, en bruto o semiforjado, conexiones de hierro fundido, accesorios de acero forjado y válvulas industriales de metal para uso industrial y doméstico, arena de acero para la alimentación de las máquinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004530. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de mayo del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017167724 ).

José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez, cédula de identidad N° 104610803, en calidad de apoderado especial de Biomedical Development Corporation, con domicilio en 620 E. Dewey Place, San Antonio, Texas 78212, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SKINCERITY, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 3 cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de abril de 2015. Solicitud Nº 2015-0003323. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167726 ).

Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de identidad N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S.A.B DE C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, distrito Federal, México, solicita la inscripción de: WOOPIS, como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: todo tipo de confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007609. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de agosto de 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017167730 ).

Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de identidad N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Adium Pharma S. A., con domicilio en Ruta 8 km 17500 s/n Zonamérica, local 320, Montevideo, Uruguay, solicita la inscripción de: ADIUM PHARMA, como marca de fábrica y comercio en clase: 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 42 servicios de análisis e investigación científica, tecnológica, química y biológica, servicios de investigación y análisis en materia de medicamentos y productos farmacéuticos, servicios de investigación para fines médicos, servicios de control de calidad, servicios de estudio de proyectos técnicos, servicios de prueba de materiales y medicamentos, todos los anteriores para la industria farmacéutica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007298. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017167731 ).

Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de identidad N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Kellogg Company, con domicilio en One Kellogg Square, Battle Creek, Michigan, USA, 49016-3599, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KELLOGG’S KRISPIS, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30, internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: clase 30: café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007673. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de agosto del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017167732 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S. A.B DE C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, distrito Federal, Costa Rica, solicita la inscripción de: BIMBO MADRE TIERRA, como marca de fábrica y comercio en clases: 29 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 29 frutas y vegetales en conserva, congeladas, secas y cocidas, mermeladas, papas fritas, cacahuates procesados; cacahuates salados; almendras procesadas; frutas deshidratadas; semillas preparadas; nueces de india procesadas; chicharrón de cerdo; y 30 preparaciones hechas de cereales, pan, pasteles y galletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007299. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017167733 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S. A.B. DE C.V. con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, distrito Federal, México, solicita la inscripción de: BIMBO CHOCOTOST, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Pan, pasteles y galletas con sabor a chocolate. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006598. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167734 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 1-1161-0034, en calidad de apoderada especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de La Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México Distrito Federal, México, solicita la inscripción de: VERO SODA POP como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 30: Todo tipo de confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0007611. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017167735 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderada especial de Mundirama S. A., cédula jurídica 3-101-064062, con domicilio en Mata Redonda, Oficentro Ejecutivo la Sabana, edificio 4, primer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Mundirama TRAVEL AGENCY,

como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 49: un establecimiento dedicado a ofrecer servicios de agencia de viajes, se emiten cotizaciones, ofertas, tiquetes aéreos, paquetes de viajes, se reciben pagos por los conceptos antes referidos. Se atiende al público en vías electrónicas y presenciales, ubicado en San José, Mata Redonda, Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio 4, primer piso. Reservas: del color azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0007094. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de agosto de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167736 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Marcela Corrales Murillo, soltera, cédula de identidad Nº 113150564, en calidad de apoderada especial de C.A.R.O. Producciones Sello Único Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3101585383, con domicilio en: cantón primero, San José, distrito primero, El Carmen o sea Barrio Escalante, calles 35 y 37, avenida 11, casa 3581, segunda planta, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SELLO ÚNICO PRODUCCIONES

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: organización de eventos, exhibiciones, ferias y espectáculos con fines comerciales, promocionales y publicitarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007762. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de setiembre del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167484 ).

Francisco Gutiérrez Solano, soltero, cédula de identidad 11565509 con domicilio en Santo Domingo, Paracito; de la iglesia católica; 50 metros al norte, 100 metros al oeste y 25 metros al norte, Costa Rica, solicita la inscripción de: Del Este Eventos

como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Organización de Eventos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0008188. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de setiembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017167508 ).

Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº 108120604, en calidad de apoderada especial de Compañía Agrícola Industrial Propica S. A., con domicilio en: San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio, tercer piso, oficina número uno y oficinas en Sabana Oeste, de Pop’s 300 oeste y 25 sur, edificio Nexia, segundo piso, mano izquierda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PROPICA PIPER & CAPSICUM PROCESSORS

como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Chile y pimienta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007995. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167516 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderada especial de Seminarium Ejecutivos de Centro América Sociedad Anónima, con domicilio en Paseo Colón, del KFC, 50 metros norte, Edificio La Carmelita, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase: 41 Servicios relacionados con la organización y dirección de seminarios, talleres de capacitación y formación de profesionales, planificación de seminarios con fines educacionales, organización y realización de seminarios de formación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de agosto de 2017. Solicitud N° 2017-0007615. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017167737 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderada especial de Belleza Express S. A., con domicilio en calle 36, N° 134-201 km. 6 Vía Jamundi Cali Valle, Colombia, solicita la inscripción de: Arrurú Naturals

como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 3: Colonias para bebés y niños, perfumes para bebés y niños, champú para bebés y niños, baño líquido para bebés y niños, cremas para la pañalitis del bebé, toallitas y pañitos húmedos, estuchería para bebés y niños, jabones líquidos para bebés y niños, acondicionadores para bebés y niños, tratamientos desenrredantes para bebes y niños, jabones en barra para bebes y niños, repelentes para bebes y niños, bloqueadores solares para bebes y niños. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de diciembre de 2015. Solicitud Nº 2015-0011690. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de agosto de 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017167738 ).

Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de identidad número de identidad N° 113310307, en calidad de apoderado especial de Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003450. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1° de agosto del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017167739 ).

Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de identidad N° 111610034, en  calidad  de  apoderado  especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, distrito Federal, México, solicita la inscripción de: Karameladas POP

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Palomitas de maíz con sabor a caramelo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0009909. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de agosto del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167741 ).

Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de identidad 113310307, en calidad de apoderada especial de Rigo Trading S.A., con domicilio en 6, Route De Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003454. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto de 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017167745 ).

Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de identidad N° 113310307, en calidad de apoderado especial de Rigo Trading S. A. con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003455. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de agosto del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167751 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003474. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de agosto del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167753 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003475. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de agosto de 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167755 ).

Renate Doerry, casada, pasaporte 489124801, en calidad de apoderado generalísimo de AR SPA Diecisiete Limitada, cédula jurídica 3102734696, con domicilio en Santa Cruz, Tamarindo, oficina p&d abogados, centro comercial Tamarindo Business Center, local número 2, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: WAKE

como marca de comercio y servicios en clases: 3 y 44. internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos, y clase 44 Servicios médicos; servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de agosto 2017. Expediente N° 2017-0008215. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167771 ).

Renate Doerry, casada, en calidad de apoderada generalísima de AR SPA Diecisiete Limitada, cédula jurídica Nº 3102734696, con domicilio en: Santa Cruz, Tamarindo, oficina P&d Abogados, Centro Comercial Tamarindo Business Center, local Nº 2, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: WAKE SPA, como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios de Spa, que incluye, pero no se limitan a tratamientos, terapias o sistemas de relajación utilizando como base principal el agua, masajes corporales y tratamientos de belleza para personas. Asimismo, se ofrecen a la venta artículos personales de belleza. Ubicado en Guanacaste, Santa Cruz, Tempate, 4 kilómetros al norte de Potrero, carretera a playa Danta, residencial Las Catalinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008216. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167773 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad N° 103920470, en calidad de apoderado especial de Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003478. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de agosto del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167785 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad número 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003479. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1° de agosto del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017167787 ).

Chik Yin Fung Fung, casado una vez, cédula de identidad 800560224, en calidad de apoderado generalísimo de ACF Family S.A., cédula jurídica 3101568287, con domicilio en, de Acueductos y Alcantarillados cien metros este y cincuenta metros sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: confitería. Reservas: de los colores negro, blanco, rojo y azul, no se hace reserva de elementos denominativos con significado en el idioma chino. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0007029. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de agosto de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167798 ).

Chik Yin Fung Fung, casado una vez, cédula de identidad N° 800560224, en calidad de apoderado generalísimo de ACF Family S. A., cédula jurídica N° 3101568287, con domicilio en de Acueductos y Alcantarillados cien metros este y cincuenta metros sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: WHITE RABBIT,

como marca de comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 confitería. Reservas: de los colores blanco y rojo, no se hace reserva de elementos denominativos con significado en el idioma chino. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007030. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de agosto del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167799 ).

María del Milagro Jiménez Cerdas, soltera, cédula de identidad 503940807, en calidad de apoderado generalísimo de GDG Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101738989, con domicilio en Santo Domingo, distrito de Santo Tomás, del salón comunal 400 metros sur y 75 oeste, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ÁNGELES DE LUZ CAMPOSANTO Y FUNERARIA “Un lugar de paz para recordar”

como marca de servicios en clase: 45 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Los servicios prestados a personas en relación con acontecimiento sociales ( camposanto, ferretros, cremación servicios, salas de velación, carrozas funebres, entierros, exhumación); servicios funerarios. Reservas: No se reserva los términos: “CAMPOSANTO Y FUNERARIA” y “UN LUGAR DE PAZ PARA RECORDAR”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio 2017. Expediente N° 2017-0007111. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de agosto 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017167806 ).

Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de identidad N° 113310307, en calidad de apoderado especial de Gabana Gastro Club SRL, cédula jurídica N° 3102723657, con domicilio en Montes de Oca, Barrio Dent, Oficentro Latitud Dent, Oficina Número O-trescientos Doc, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GABANNA gastroclub,

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicios de restauración (alimentación), un restaurante, bar, y club de eventos socioculturales, ubicado en Escazú, de la plaza Atlantis 500 metros sur, San Rafael. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007223. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167817 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril 2017. Expediente N° 2017-0003476. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de agosto 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167818 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad número 103920470, en calidad de apoderado especial de Rigo Trading S.A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003477. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de agosto del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017167821 ).

Mario Alberto Alfaro Rodríguez, soltero, cédula de identidad 111070280, en calidad de Apoderado Generalísimo de Sistema Nacional de Radio y Televisión S. A. (SINART S. A.,) con domicilio en la Uruca, 1 kilómetro al oeste del Parque Nacional de Diversiones, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SINART COSTA RICA MEDIOS como marca de servicios en clase 38 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Servicios de telecomunicaciones, y difusión en todas las plataformas de comunicación, contenidos y programas radiofónicos y televisivos, tanto en televisión abierta, análoga y digital, como en televisión pagada, y televisión por medio de plataformas digitales, en línea y/o por descarga. Reservas: De los colores: celeste, cian, verde, amarillo, anaranjado, rojo; fusia y morado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007579. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167824 ).

Mario Alberto Alfaro Rodríguez, soltero, cédula de identidad 111070280, en calidad de apoderado generalísimo de Sistema Nacional de Radio y Televisión S. A. (SINART S. A.), cédula jurídica 3101347117, con domicilio en La Uruca, un kilómetro al oeste, del Parque de Diversiones, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SINART COSTA RICA INTERACTIVA

como marca de servicios en clase: 38 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Servicios de telecomunicaciones. difusión en todas las plataformas de comunicación, contenido y programas radiofónicos, televisivos, y digitales. Reservas: De los colores: anaranjado claro; anaranjado medio y anaranjado oscuro con matiz rojizo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de agosto del 2017, Solicitud N° 2017-0007580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167825 ).

Mario Alberto Alfaro Rodríguez, soltero, cédula de identidad 111070280, en calidad de apoderado generalísimo de Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART), cédula jurídica 3101347117, con domicilio en La Uruca, 1 km oeste del parque de Diversiones, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SINART COSTA RICA NOTICIAS

como marca de servicios en clase(s): 38. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Servicios de telecomunicaciones, y difusión en todas las plataformas de comunicación, contenidos y programas radiofónicos, televisivos. Reservas: Se reservan los colores: celeste, azul y cian. No se hace reserva de los términos Costa Rica y Noticias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio 2017. Expediente N° 2017-0006337. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de julio 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167826 ).

Mario Alberto Alfaro Rodríguez, soltero, cédula de identidad 111070280, en calidad de apoderado generalísimo de Sistema Nacional de Radio y Televisión S. A. (SINART S. A.), cédula jurídica 3101347117, con domicilio en La Uruca, un kilómetro al oeste del Parque de Diversiones, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SINART COSTA RICA RADIO

como marca de servicios en clase: 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase: 38 Servicios de telecomunicaciones y difusión en todas las plataformas de comunicación, contenidos y programas radiofónicos. Reservas: de los colores: morado, anaranjado, anaranjado oscuro, amarillo claro, amarillo oscuro y verde. No hace reserva de los términos Costa Rica y Radio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0006336. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de agosto de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167827 ).

Gabriel Gurdián Castro, soltero, cédula de identidad N° 113360663, en calidad de apoderado generalísimo de Comrelint Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101741056 con domicilio en Escazú, frente a la antigua pastelería Giacomin (camino a Bello Horizonte) portón de bambú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: COMRELINT, como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: 35 mercadeo digital, administración de cuentas digitales, social media, gestiones de prensa, gestión de imagen, estudios de mercado, mercadeo, publicidad benchmark (evaluación comparativa) (evaluación de prácticas de organización de negocios). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006777. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017167828 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de S.C. Johnson & Son, Inc., con domicilio en 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SHEER VANILLA EMBRACE como marca de fábrica y comercio en clases 3; 4 y 5. Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Aromatizantes de cuartos o atmósfera; aceites esenciales para la atmósfera; preparaciones de fragancias de aires; preparaciones de perfumes; potpourri, incienso, todos los anteriores con aroma a vainilla. Clase 4: Candelas, candelas perfumadas, todos los anteriores con aroma a vainilla. Y Clase 5: Preparaciones purificadoras de aire, preparaciones sanitarias de aire, preparaciones para neutralizar olores, desodorizantes para cuartos o atmósfera, desodorizantes de alfombras, desodorizantes para textiles, todos los anteriores con aroma a vainilla. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004850. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167829 ).

Yanny Alejandra Paniagua Murillo, soltera, cédula de identidad 206540128, en calidad de apoderada especial de Greivi Murillo Sánchez, casado una vez, cédula de identidad 205260446 y Marta Agüero Aguilar, casada una vez, cédula de identidad 401360189con domicilio en Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Arcoiris, segunda entrada casa número 3, Alajuela, Costa Rica y Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Arcoiris, segunda entrada casa número 3, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Latna pizza

como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de comida (restaurante de comida italiana). Ubicado en Alajuela; San Carlos, Ciudad Quesada, frente a la Yamaha. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006084. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de setiembre.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017167831 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Turtle Wax Inc., con domicilio en 2250 West Pinehurst Boulevard, Suite 150, Addison, IL, 60101, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ODOR-X

como marca de fábrica y comercio en clases: 3 y 5. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: preparaciones de limpieza, incluyendo preparaciones de limpieza para uso doméstico, y para la limpieza de alfombras de automóviles, tapicería automotriz e interior de vehículos, y en clase 5: preparaciones de desodorización incluyendo preparaciones de desodorización para uso doméstico, y para desodorización alfombras de automóviles, tapicería automotriz e interior de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007892. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017167847 ).

Gerardo Enrique Rojas Arroyo, casado una vez, cédula de identidad 103660419, en calidad de Apoderado Generalísimo de Manpalider, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101228346 con domicilio en Guachipelín de Escazú, contiguo a Construplaza, en el centro de oficinas Multipark, edificio Tapantí piso dos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FAST CARS como marca de fábrica en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 16 Papel, cartón y artículos de estas materias; productos de imprenta, material de encuadernación, cuadernos, artículos de papelería, adhesivos (pamentos) de papelería o uso doméstico, material para artistas, pinceles, artículos de oficina (excepto muebles), material de instrucción o didáctico, materias plásticas para embalar, caracteres de imprenta y clichés. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007110. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017167870 ).

Pamela Varela Jiménez, divorciada una vez, cédula de identidad 109640824 con domicilio en Zapote, 200 sur antigua Merayo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: - + ÷ x  EN MODO Matemático

como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41: Servicio de educación enfocado en las matemáticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007337. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017167904 ).

Cristina María Gálvez Pacheco, soltera, cédula de identidad 114530191, en calidad de Apoderado Generalísimo de 3-102-735547 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102735547, con domicilio en La Unión de Ríos, Colinas de Montealegre, Condominio Guayacán, casa número 3, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: S spatula

como marca de comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 30: Todo tipo de repostería dulce y salada. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto Presentada el 5 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006480. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de setiembre del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167940 ).

Guiselle Ortega Elizondo, divorciada una vez, cédula de identidad 104010355, con domicilio en Curridabat, Granadilla Norte, Urbanización Alta Monte, casa 181 T, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: STUDIO D’ARTE DA VINCI,

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a escuela de arte y a la venta de arte, ubicado en San José, San Pedro de Montes de Oca, del Mas x Menos, 100 metros al este y 100 al sur, mano derecha, local color amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0004744. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de setiembre de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167994 ).

Luis Manuel Gutiérrez Chacón, casado una vez, cédula de identidad 107960788, en calidad de Apoderado Especial de Establishment Labs S. A., cédula jurídica 3101366337 con domicilio en La Garita, Zona Franca Coyol, edificio B-15, Oficinas de Establishment Labs, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: IMPLANTES MOTIVA como marca de fábrica y comercio, en clases 3; 5 y 10 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 3: Cosméticos, cremas y lociones (vinculados directamente a implantes mamarios, específicamente a productos para el cuidado de la piel después de una cirugía de aumento, reducción o elevación del pecho, los mismos contribuyen a mejorar los resultados de la cirugía, y a evitar que la piel se descame, seque o cicatrice de forma indebida); 5: Geles cicatrizantes post operatorios para el cuidado de la piel después de la cirugía de aumento, reducción o elevación del pecho, y productos higiénicos para la desinfección del implante mamario y 10: Implantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005949. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—1 vez.—( IN2017168025 ).

Luis Andrés Vargas Garro, casado una vez, cédula de identidad N° 107900992, en calidad de apoderado generalísimo de Centro Global de Negocios Corporativos Costa Rica CNC, Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101483172, con domicilio en La Unión, Concepción de Tres Ríos, Condominio Barlovento, casa N° 70, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Delicias del norte,

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008271. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de septiembre del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017168029 ).

Jonathan Soto Morales, soltero, cédula de identidad Nº 113030607, con domicilio en: Liberia, Barrio Felipe Pérez, segunda etapa, primera entrada, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: OUTDOOR EXPLORER

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35 Publicidad. Reservas: de los colores: verde, naranja y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008431. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 06 de setiembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017168065 ).

Ana Yhansey Fernández Corrales, divorciada una vez, cédula de identidad 107010747, en calidad de apoderada especial de Cooperativa Agrícola e Industrial de Caficultores y de Servicios Múltiples de La Zona Norte de Montes de Oro y Puntarenas R. L., (COOPEMIRAMONTES R. L.), cédula jurídica 3002708797 con domicilio en Montes de Oro, Miramar; diagonal a la policía de proximidad, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MIRAMONTES CAFÉ como marca de fábrica en clase: 30 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Bebidas a base de café, específicamente café industrializado. Reservas: Del color negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006205. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017168070 ).

Ana Yhansey Fernandez Corrales, divorciada una vez, cédula de identidad 107010747, en calidad de apoderado especial de Cooperativa Agrícola e Industrial de Caficultores y de Servicios Múltiples de la Zona Norte de Montes de Oro y Puntarenas R. L. (COOPEMIRAMONTES R. L.), cédula jurídica 3002708797, con domicilio en Montes de Oro, Miramar, diagonal a la policía de proximidad, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ SOMBRERO NETAMENTE CRIOLLO como marca de fábrica en clase(s): 30. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Bebidas a base de café, específicamente café industrializado. Reservas: Del color: negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio 2017. Expediente N° 2017-0006206. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017168071 ).

Ana Lucía González Ugalde, soltera, cédula de identidad Nº 401860346, con domicilio en: 600 metros norte de la Delegación Policial Vara Blanca, Costa Rica, solicita la inscripción de: DON SEBAS Vara Blanca

como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos derivados de la leche como queso, natilla y yogurt. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0004325. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de setiembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017168072 ).

Marcas de ganado

Solicitud N° 2017-1897.—Ref.: 35/2017/3940.—Ginette Leal Gutiérrez, cédula de identidad 0501411420, solicita la inscripción de: F 1 L, como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Veintisete de Abril, La Florida, Bar Los Canelos, frente a costado sur de la plaza de deportes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2017, según el expediente N° 2017-1897.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017168026 ).

Solicitud N° 2017-1910.—Ref: 35/2017/3968.—Javier Rosales Villalobos, cédula de identidad 0602670705, solicita la inscripción de:

4    L

L

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Lepanto, Cuajiniquil, 500 metros norte de la escuela de Cuajiniquil. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 07 de setiembre del 2017. Según el expediente N° 2017-1910.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017168030 ).

Solicitud Nº 2017-1810.—Ref: 35/2017/3872.—Carlos Luis Serrano Acuña, cédula de identidad Nº 3-0129-0962, solicita la inscripción de: SGA, como marca de ganado, que usará preferentemente en Cartago, Alvarado, Pacayas, San Rafael de Irazú, 500 este y 500 metros sur de la Escuela de San Rafael. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 28 de agosto del 2017. Según el expediente N° 2017-1810.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017168051 ).

Solicitud Nº 2017-1751.—Ref: 35/2017/3669.—Rafael Meza Arguedas, cédula de identidad Nº 1-0560-0334, solicita la inscripción de:

W   Y

8

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Colinas, Moyal, 150 metros norte de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 21 de agosto del 2017. Según el expediente N° 2017-1751.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017168059 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-504198, denominación: Asociación Cristiana Comunidades de Fe Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 433855.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 41 minutos y 13 segundos, del 30 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017168012 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señor(a)(ita) María Gabriela Miranda Urbina, cédula de identidad Nº 111390272, en calidad de apoderada especial de Omya International AG, solicita la Patente PCT denominada CARBONATO DE CALCIO PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PLANTAS. La presente invención se refiere al uso del carbonato de calcio como producto fitosanitario para la aplicación tópica antes de la cosecha, donde el producto fitosanitario controla una plaga durante el crecimiento de las plantas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/24, A01N 43/22, A01N 43/36, A01N 43/40, A01N 43/54, A01N 47/16, A01N 53/00, A01N 59/06, A01P 3/00 y A01P 7/00; cuyos inventores son Stürm, Christoph (CH) y Hansen, Wulff (CH). Prioridad: N° 14198305.6 del 16/12/2014 (EP) y N° 62/095,863 del 23/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/096907. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000254, y fue presentada a las 12:45:32 del 15 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de agosto de 2017.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2017167156 ).

La señor(a) (ita) Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de Genoscience Pharma, solicita la Patente PCT denominada DIAMINO-QUINOLEÍNA 2,4 SUSTITUIDA COMO NUEVOS AGENTES ANTICANCERÍGENOS. El presente invento se relaciona a derivados novedosos de amino-quinoleína 2-primario amino-4-secundario, su manufactura, composiciones farmacéuticas que los comprendan y su uso como medicamentos. Los compuestos activos de la presente invención son útiles para el tratamiento y prevención de enfermedades proliferativas neoplásicas y no neoplásicas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/47, A61P 35/00 y C07D 401/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Bassissi, Firas (FR); Beret, Antoine (FR); Brun, Sonia (FR); Courcambeck, Jérome (FR); Dubray, Clarisse (FR); Nicolas, Gregory (FR) y Halfon, Philippe (FR). Prioridad: N° 62/073,325 del 31/10/2014 (US). Publicación Internacional: WO/2016/067112. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000177, y fue presentada a las 08:44:10 del 28 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de agosto de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017167245 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señor(a)(ita) Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de Dow Agrosciences LLC, solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIÓN HERBICIDA SINÉRGICA QUE CONTIENE PENOXSULAM, TRICLOPIR Y BISPIRIBAC. Se describe una composición sinérgica que contiene penoxsulam, triclopir y bispiribac para el control de las malezas en los cultivos, especialmente el arroz, la caña de azúcar, los cultivos de cereales y granos, pastizales, tierras de pastoreo, manejo de vegetación industrial (IVM), vegetación acuática y césped. Estas composiciones proporcionan un mejor control herbicida de las malezas pos-brote y reducen los daños que produce el herbicida mediante la aplicación concomitante de la mezcla. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: AO1N 43/40, AO1N 43/54, AO1N 43/647, AO1N 43/90 y A61P 13/00; cuyo(s) inventores son: Mann, Richard K.; (US); Carranza Garzon, Nelson M.; (CO) y Pacheco, Ruby A.; (CO). Prioridad: N° 62/092,633 del 16/12/2014 (US). Publicación Internacional: W02016/099802. La solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000303, y fue presentada a las 09:39:12 del 4 de julio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017167477 ).

El señor José Antonio Gamboa Vázquez, cédula de identidad Nº 1046100803, en calidad de apoderado especial de Honda Motor Co., Ltd, solicita el Diseño Industrial denominado UN COBERTOR DE MANUBRIO PARA UNA MOTOCICLETA SCOOTER.

Se reivindica el diseño para un nuevo modelo industrial de un Manubrio para una motocicleta Scooter. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12-11; cuyos inventores son Tanaka, Jun (JP) y Meena, Lov (IN). Prioridad: N° 2017-001924 del 03/02/2017 (JP). Publicación Internacional: La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000349, y fue presentada a las 13:58:06 del 28 de julio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de agosto de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017167725 ).

El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Edwards Lifesciences Corporation, solicita la Diseño Industrial denominado REGULADOR DE VÁLVULA CARDIACA.

El diseño ornamental para un calibrador de válvula cardíaca. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 24-01; cuyo(s) inventor(es) es(son) Pintor, Rafael (US). Prioridad: N° 29/588016 del 16/12/2016 (US). La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000253, y fue presentada a las 11:21:32 del 15 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de setiembre de 2017.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2017167742 ).

El señor Andrey Dorado Arias, cédula de identidad 2-0565-0345, en calidad de apoderado especial de Astrazeneca AB, solicita la Patente PCT denominada 112-(AMINOMETIL)BENCILI-2-TIOXO-1,2,3,5-TETRAHIDRO-4H-PIRROLO[3,2-D] PIRIMIDIN-4-0NAS COMO INHIBIDORES DE MIELOPEROXIDASA.

Se dan a conocer determinados compuestos de 1-[2-(aminometil)bencil]-2-tioxo-1,2,3,5-tetrahidro-4H-pirrolo[3,2-d]pirimidin-4-ona de fórmula (I), y sales farmacéuticamente aceptable de los mismos, junto con composiciones que los contienen y su uso en terapia. Los compuestos son inhibidores de la enzima MPO y de este modo son particularmente útiles en el tratamiento o profilaxis de trastornos cardiovasculares tales como insuficiencia cardíaca y estados relacionados con arteriopatía coronaria. NHNNHOSR2NHR3R1(I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/519, A61P 9/10 y CO7D 487/04; cuyos inventores son: Inghardt, Tord, Bertil (SE); Tomkinson, Nicholas (GB); Can, Li-Ming (SE); Stonehouse, Jefrey, Paul (US); Johannesson, Petra (SE); Jurva, Ulrik (SE); Michaelsson, Erik (SE) y Lindstedt-Alstermark, Eva-Lotte (SE). Prioridad: N° 62/085,722 del 01/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO/2016/087338. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000229, y fue presentada a las 10:58:16 del 31 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de julio de 2017.—Viviana Segura De la O, Registradora.—( IN2017167810 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ADRIANA GIRALT FALLAS, con cédula de identidad número 1-1479-0639, carné número 25635. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-001219-0624-NO.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Anaida Cambronero Anchía, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017169227 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MIGUEL ANTONIO MAKLOUF LOBO, con cédula de identidad número 1-1388-0466 carné número 24961. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE Nº 17-001169-0624-NO.—San José, 08 de setiembre del 2017.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017169470 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-UHSAN-0014-2017.—Expediente Nº 17543A.—María Julia González Rodríguez, solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Sociedad de Usuarios de Agua Agropecuaria Lajas en Zapote (Alfaro Ruiz), Zarcero, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y riego. Coordenadas 246.676 / 491.373 hoja Quesada. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de abril de 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy Quesada Artavia.—( IN2017168698 ).

ED-0198-2017.—Exp. 12640P.—Compañía de Agua Mineral Chilamate S. A., solicita concesión de: 2,3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-153 en finca de su propiedad en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso industria - otro. Coordenadas 273.070 / 402.249 hoja Cañas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de agosto del 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Marilyn Mora Vega.—( IN2017168843 ).

ED-UHTPCOSJ-0117-2017.—Exp. N° 12115A.—Cloza de Alajuela S. A., solicita concesión de: 8.6 litros por segundo de la Quebrada Arley, efectuando la captación en finca de su propiedad en Rosario, Naranjo, Alajuela, para uso agropecuario riego café. Coordenadas 225.450/495.700 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de setiembre de 2017.—Marilyn Mora Vega, Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—( IN2017169031 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHTPCOSJ-0109-2017.—Expediente 17760A.—Mirgia Soto Sibaja, solicita concesión de: 0.05 litro por segundo de la Quebrada El Bosque, efectuando la captación en finca de José Antonio Soler en Dulce Nombre Jesús, Vázquez de Coronado, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 538.900 /222.950 hoja Carrillo. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de setiembre de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Marilyn Mora Vega.—( IN2017169258 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Elieth Patricia Pérez Areas, se ha dictado la resolución N° 5897-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cincuenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis. Expediente N° 33975-2016. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ferguie Sharliz Vargas Pérez, en el sentido que el nombre de la madre es Elieth Patricia.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017165623 ).

En resolución N° 3130-2017 dictada por el Registro Civil a las dieciséis horas cincuenta y ocho minutos del veinte de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 55511-2016, incoado por Venazir Julieth Ramírez Martínez, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Keneth Romero Ramírez, que el nombre de la madre es Venazir Julieth.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017168016 ).

En resolución N° 2745-2017 dictada por el Registro Civil a las doce horas del ocho de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 45086-2016, incoado por María Elena García Romero, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Leticia del Carmen García Rivas y Yesennia Liseth García Rivas, que el segundo apellido de la madre es Romero.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017168077 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Yina Paola Pérez Romero, colombiana, cédula de residencia 117000541205, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 4382-2017.—San José, al ser las 2:02 del 07 de setiembre de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017167947 ).

Luz Angela Duque Valle, colombiana, cédula de residencia 117000389602, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4380-2017.—San José, al ser las 1:52 del 07 de setiembre de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017167977 ).

Norvin Joel Zambrana Ponce, nicaragüense, cédula de residencia N° 155805506800, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4333-2017.—Guanacaste, Liberia, al ser las 10:15 horas del 06 de setiembre del 2017.—Lic. Edgar Alguera Ramírez.—1 vez.—( IN2017167996 ).

Vidal Antonio Rodríguez García, nicaragüense, cédula de residencia 155803496213, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 4354-2017.—San José, al ser las 2:57 del 8 de setiembre de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017168024 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000018-01

Implementación de la solución a los puntos únicos

de falla del centro principal de procesamiento

de datos del Banco de Costa Rica

El Banco de Costa Rica (BCR), recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del día 11 de octubre del 2017, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de Contratación Administrativa, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales.

La visita al sitio: Se realizará el día 22/09/17 a las 10:00 a. m., en compañía de Javier Umaña Muñoz y Diego Solano Sánchez, teléfono 2527-5300, extensiones 75334 y 75305, funcionarios de la Gerencia de Telecomunicaciones y Redes, favor de coordinar la cita al correo unidadcentrodatos@bancobcr.com.

Los interesados pueden obtener el cartel y las condiciones técnicas, en la página electrónica bancobcr.com, en la siguiente dirección:

Acerca del BCR/proveedores/carteles

Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—Orden de compra Nº 66348.—Solicitud Nº 95115.—( IN2017169282 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. MAXIMILIANO PERALTA JIMÉNEZ

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000046-2306

Kit de manejo de heces y bolsa recolectora de heces

bajo la modalidad de entrega según demanda

El Hospital Dr. Maximiliano Peralta Jiménez de Cartago, invita a los interesados a participar en el siguiente concurso:

    Número de Licitación: 2017LA-000046-2306.

    Descripción: Kit de manejo de heces (sonda rectal) y bolsa recolectora de heces

    Fecha máxima para el recibo de ofertas: 29 de setiembre de 2017.

    Hora de apertura: 10:00 a. m.

Los interesados en participar y conocer mayores detalles podrán solicitar el cartel de especificaciones a partir de esta publicación a los teléfonos 2591-1161 y 2591-8767, dicho cartel se enviará por correo electrónico, o bien puede accesar la página web de la institución, en la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones y descargar el cartel.

Subárea de Contratación Administrativa.—Jimmy Salazar Robles.—1 vez.—( IN2017169300 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000112-07

Materiales o accesorios de seguridad para el trabajo

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 25 de setiembre del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones,  sita  Barranca Puntarenas, 200 metros al norte de entrada principal de INOLASA, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra Nº 25344.—Solicitud Nº 94795—( IN2017168779).

ADJUDICACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA000006-DCADM

Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo al equipo

de captura de datos y digitalización de imágenes del servicio

de cámara de compensación (lectoclasificadora y lectoras

de cheques)” (consumo según demanda)

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000006-DCADM, que la Comisión de Licitaciones Abreviada mediante Acta N°417 del 13 de septiembre de 2017 resolvió Adjudicar la presente licitación en los siguientes términos:

Adjudicatario: Corporación Fintec D.F.C.R. S. A., cédula jurídica 3-101-113924

Oferta Económica:

Ítem 1: Mantenimiento Lectoclasificadora de Cheques: Costo mensual fijo por máquina $1.850,00 (un mil ochocientos cincuenta dólares exactos).

Ítem 2: Mantenimiento preventivo a las lectoras de cheques: Costo unitario por visita semestral Dentro del GAM $110,00 (ciento diez dólares exactos) Fuera del GAM $220,00 (doscientos veinte dólares exactos)

Ítem 3: Mantenimiento correctivo equipo digitalización de imágenes y captura de datos: Costo por visita: Dentro del GAM $121.00 (ciento veintiún dólares exactos) Fuera del GAM $242,00 (doscientos cuarenta y dos dólares exactos)

Garantía de cumplimiento: El adjudicatario deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto de ¢8.400.000,00, con una vigencia mínima de catorce meses.

Demás condiciones y requisitos de conformidad con el cartel definitivo, la oferta del adjudicatario, el informe de adjudicación N° 098-2017 y el documento contractual que se suscribirá entre las partes.

Área Gestión y Análisis de Compra.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017169469 ).

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000038-5101

Multivitaminas IV Formula Pediátrica Polvo Liofilizado

para Inyección. Código institucional 1-10-42-4851

Se informa a todos los interesados que el Ítem único de este Concurso N° 2017LA-000038-5101 se declaró infructuoso. Información disponible en la dirección electrónica institucional: http://www.ccss.sa.cr//licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LA, en formato PDF, o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales.

San José, 14 de setiembre 2017.—Línea de Producción de Medicamentos.—Licda. Joanna Quirós Alvarado, Asistente.—   1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 19464.—( IN2017169248 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

UNIDAD REGIONAL HUETAR NORTE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000001-06

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física

y electrónica para las instalaciones del Centro

de Formación Profesional de Sarapiquí

La Comisión Local Regional de Adquisiciones, de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su Acta Nº 03-2017, del día 05 de setiembre del 2017, artículo único, tomó el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y administrativo, según detalle:

Adjudicar la Línea N° 1 al proveedor Consorcio de Información y Seguridad S. A., por un monto anual de ¢60.618.888,00, (Sesenta millones  colones netos) con un plazo de entrega de 01 día hábil del concurso de la Licitación Abreviada  2017LA-000001-06, para la “Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física y electrónica para las instalaciones del Centro de Formación Profesional de Sarapiquí”; por cumplir técnicamente con lo solicitado en el cartel y obtener el mayor puntaje de acuerdo a los elementos de adjudicación y metodología de comparación de ofertas.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra N° 25344.—Solicitud N° 95164.—( IN2017169434 ).

AVISOS

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000006-01

Servicio de procesamiento y generación de información

para clientes de la Operadora de Planes de Pensiones

Complementarias del Banco Popular y de

Desarrollo Comunal S. A.

La Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., comunica que en sesión N° 350 del 7 de setiembre del 2017, la Comisión de Licitaciones resolvió adjudicar la Licitación Abreviada N° 2017LA-000006-01, “Servicio de procesamiento y generación de información para clientes de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias  del  Banco  Popular y de  Desarrollo Comunal S. A.”, a la única oferta en cumplir con todo lo solicitado (oferta N° 1 - Consorcio Standard & Data Printing), con los siguientes precios: formato hoja y sobre ventanilla N° 10: ¢50,85 (cincuenta colones con 85/100), formato autosobre: ¢27,12 (veintisiete colones con 12/100), insertos: ¢18.08 (dieciocho colones con 08/100) y hojas adicionales: ¢21.47 (veintiún colones con 47/100).

Licda. Cinthia Solano Fernández, Gerente de Administración y Finanzas.—Lic. Verny Rodríguez Martínez, Jefe Sección Administrativa.—1 vez.—( IN2017168644 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000016-01

Contratación de servicio de suministro y colocación

de concreto premezclado, modalidad

de entrega según demanda

La Municipalidad de Escazú comunica que en Sesión Ordinaria N° 70, Acta N° 78 del 28 de agosto del dos mil diecisiete, Acuerdo N° AC-201-17 se adjudica la Licitación Pública Nº 2017LN-000016-01 modalidad de entrega según demanda por “Contratación de servicio de suministro y colocación de concreto premezclado” a la empresa Constructora Meco S. A., cédula jurídica es Nº 3-101-035078 por un monto unitario de ¢65.000,00 por m3 (Sesenta y cinco mil colones exactos por metro cúblico) por cuanto cumple con los requerimientos del pliego de condiciones y obtiene la mejor calificación.

De acuerdo a lo establecido por el área técnica en oficio COP-358-2017, suscrito por el Ing. Carlos Fonseca Castro, Coordinador de Obra Pública, queda inelegible la oferta presentada por la persona jurídica Cemex Costa Rica S. A. en virtud de que según el criterio técnico no cumple con lo indicado en el punto N° 4.2 del capítulo segundo del pliego de condiciones, además, la oferta indica un precio adicional por carga vacía, lo que genera que no se oferte un precio firme y definitivo, por lo que se violenta lo indicado en el artículo N° 25 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, al presentar una cantidad mínima del producto a entregar y requerir el pago por la carga vacía, no se ajusta a lo estipulado a lo referente a la integridad de la oferta presentada. La empresa Agregados H&M S. A. se excluye de análisis por haberse presentado de manera extemporánea.

Se advierte que, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, este acto se puede apelar dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicho recurso se puede interponer ante la Contraloría General de la República conforme a los artículos 84 de la Ley de Contratación Administrativa; 182 y 183 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa. Declarado definitivamente aprobado.

Queda a disposición de las personas interesadas el expediente de dicho procedimiento, el cual puede ser revisado en la oficina de la Proveeduría de la Municipalidad de Escazú, de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 11:00 ó de 1:00 p. m. a 3:30 p. m.

Licda. Laura Cordero Méndez, Proveedora Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 34863.—Solicitud Nº 94241.—( IN2017169296 ).

FE DE ERRATAS

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000024-01

Contratación de equipo

para gobierno digital

El Banco de Costa Rica, informa a los interesados en la licitación en referencia, que la fecha de apertura se traslada para las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del día 12 de octubre del 2017.

Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 95148.—( IN2017169421 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS

ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA

N° 2017LA-000009-2308

(Aviso N° 2)

Insumos varios para uso

del servicio de emergencias

(Agrupamiento de 25 ítems)

Debido a modificación al cartel se les comunica a los interesados a participar en el presente concurso, que la última versión del cartel (Aviso N° 2), se encuentra a disposición en el Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Max Terán Valls, Puerto Quepos, situada de la esquina noreste del parqueo para vehículos de funcionarios 50 metros al norte, parte posterior de las instalaciones del Hospital.

El pliego cartelario con las especificaciones técnicas y formularios respectivos pueden ser retirados en forma digital por el oferente interesado en participar, a través de los siguientes medios:

1.  A través de nuestra página web http://portal.ccss.sa. cr/portal/page/portal/Portal/Licitaciones/UP-2308.

2.  En nuestras oficinas administrativas de la Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Área de Gestión de Bienes y Servicios, cita en el Centro Hospitalario Hospital Dr. Max Terán Valls / Caja Costarricense de Seguro Social, ubicado 300 metros de la Pista de Aterrizaje de la Managua, Distrito Quepas, Cantón Quepos, Provincia Puntarenas.

La última versión al Cartel está constituida por las Condiciones y Especificaciones Técnicas y su Sistema de Evaluación.

Es responsabilidad de quien adquiere el cartel, mediante fotocopiado del mismo, en nuestras oficinas administrativas, verificar que el mismo se le entrega completo. El costo por hoja es de ¢20.00 (veinte colones con 00/100).

Es importante indicar que se mantiene la fecha y hora máxima de apertura de ofertas, para el jueves 21 de setiembre del 2017 al ser las 13 horas con 00 minutos.

Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Ana Lisette Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—( IN2017169245 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000009-10 (Aclaración)

Caldera Pirotubular para generación de vapor

de al menos 20 BHP, tipo horizontal

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2017LA000009-10 Caldera Pirotubular para generación de vapor de al menos 20 BHP, tipo horizontal, se hace la siguiente aclaración al cartel:

3.7. Personal Técnico

Se debe consignar en este apartado:

El oferente deberá contar con al menos dos (2) técnicos que cuente con el siguiente perfil:

    Certificado por fábrica en la marca del equipo ofertado.

    Con al menos tres años de experiencia laboral en funciones o servicios iguales o similares al solicitado en esta contratación, los cuales deberán demostrar mediante referencias de las empresas donde trabajo, indicando que labores ha realizado.

Es importante indicar que el personal técnico aportado por la empresa que resulte adjudicada debe prestar el servicio plenamente identificado mediante un gafete, contar con uniforme que identifique a la empresa y utilizar el equipo de seguridad personal tales como, lentes, chaleco reflectivo y guantes en el caso de ser estrictamente necesario.

El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de inspeccionar dichas condiciones, cuando lo considera oportuno o conveniente en el momento en que se dé la prestación del servicio.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra N° 25344.—Solicitud N° 95165.—( IN2017169437 ).

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000008-01 (Prórroga)

Compra de unidades móviles para el núcleo sector comercio

y servicio y núcleo hotelería y turismo

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública 2017LN-000008-01, “Compra de unidades móviles para el núcleo sector comercio y servicio y núcleo hotelería y turismo, que el plazo máximo para presentar ofertas de esta licitación se prorroga para el próximo 17 de octubre del 2017, a las 08:00 horas.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra N° 25344.—Solicitud N° 95166.—( IN2017169438 ).

UNIDAD REGIONAL CARTAGO

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000011-10 (Prórroga)

Equipos de respaldo para sistemas de cómputo masivos

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000011-10, que la apertura de las ofertas se prorroga para el día 6 de octubre del 2017 a las 10:00 a.m., en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago, sita costado norte del Centro Comercial Metrocentro.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra N° 25344.—Solicitud N° 95167.—( IN2017169466 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO DE PROVEEDURÍA

MODIFICACIÓN

Se comunica a los potenciales oferentes, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta N° 125, del lunes tres de julio de dos mil diecisiete, que en acatamiento de lo dispuesto en el Artículo N° 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se prorroga el plazo para dictar el acto de adjudicación del siguiente procedimiento de contratación administrativa:

LICITACIÓN PÚBLICA MODALIDAD

DE ENTREGA SEGÚN DEMANDA

N° 2017LN-000015-01

Pruebas de Laboratorio

El plazo se amplía hasta el miércoles veinticinco de octubre de dos mil diecisiete.

Licda. Laura Cordero Méndez, Proveedora Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 34863.—Solicitud Nº 94243.—( IN2017169297 ).

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000009-PM

Compra camión cisterna para riego de caminos de la UTGV

La Municipalidad de Naranjo les comunica a todos los interesados en el proceso de licitación arriba indicada las siguientes correcciones que se realizan al cartel:

1)  Capítulo I, Condiciones Generales, punto 1.1, descripción: Se aceptarán camión 4x2 6 6x4 nuevos, siempre y cuando cumplan con la legislación vigente de pesos y dimensiones de Costa Rica

2)  Capítulo I, Condiciones Generales, punto 3 se adiciona el siguiente texto: De conformidad con lo establecido en el artículo 25 del RLCA los oferentes podrán cotizar en cualquier moneda sin embargo para efectos comparación y pago se realizará la conversión a colones de acuerdo al tipo de cambio del dólar calculado por el Banco Central de Costa Rica vigente al momento de la apertura de ofertas.

3)  Capítulo I, Condiciones Generales, se adiciona el siguiente apartado: Artículo 8 Reajuste de Precios: Los reajustes de precios se aplicarán de conformidad con lo indicado en el artículo 31 del RLCA.

4)  Capítulo III, Especificaciones Técnicas:

Punto 2: Rendimiento máximo: 270 CV (196 Kw) +-10% KW a 2200 rpm.

Punto 3: Condiciones técnicas solicitadas preferiblemente.

Punto 4: Condiciones técnicas solicitadas preferiblemente.

Puntos 7: Condiciones técnicas solicitadas preferiblemente.

Se aclaro que las capacidades de carga de los ejes se encuentran en el apartado 16 del cartel “peso en kgs”.

Punto 8: Condiciones técnicas solicitadas preferiblemente.

Punto 12: Se entenderán de cumplimiento preferiblemente las especificaciones de la cabina solicitada, permitiendo la participación con cabina convencional con torpedo.

Punto 13: Se solicita un camión con un sistema eléctrico Interno de 24V preferiblemente pudiendo las empresas cotizar sistemas eléctricos de 12v.

Punto 16: Se aceptará un rango de tolerancia en la capacidad de carga del eje delantero de +-10% kg.

La demás información permanece invariable.

Proveeduría Institucional.—Ólger Alpízar Villalobos.—1 vez.—( IN2017169263 ).

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000128-OPMZ

Contratación profesional en ingeniería eléctrica, para diseño

eléctrico del nuevo edificio municipal de tres plantas,

con área aproximada de 455 m2

Se suspende el plazo de apertura de la Contratación Directa Nº 2017CD-000128-OPMZ “Contratación profesional en ingeniería eléctrica, para diseño eléctrico del nuevo edificio municipal de tres plantas, con área aproximada de 455 m2”. Debido a la necesidad de ampliar y modificar la información técnica del cartel.

Zarcero, 14 setiembre del 2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2017169458 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-3882-2017.—Guevara Amador Hellen Gabriela, cédula Nº 6 0286 0900, ha solicitado reposición de los títulos de grado académico de Licenciada en Farmacia y Título Profesional de Doctora en Farmacia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los dieciséis días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2017167670 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-3881-2017.—Solano Arias Godofredo, R-320-2017, cédula Nº 5-0279-0563, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Filosofía Química, University of Aberdeen, Escocia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de agosto del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 92864.—( IN2017168031 ).

ORI-3849-2017.—Moya Cisneros Carlos Alberto, R-319-2017, pasaporte 159100603721, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciado en Sociología, Universidad de Panamá, Panamá. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de agosto del 2017.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 205177.—Solicitud N° 92863.—( IN2017168035 ).

ORI-4020-2017.—Rodríguez Quirós Melania Irene, R-239-2007-B, cédula Nº 2-0530-0727, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Especialista en Medicina General Integral, Escuela Latinomericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de agosto del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 205177.—Solicitud Nº 93582.—( IN2017168037 ).

ORI-3947-2014.—Molina Coto Róger Eduardo, R-321-2017, cédula 3-0381-0544, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ciencias de Animales, Ms, University of Missouri-Columbia, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de agosto del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 93584.—( IN2017168039 ).

ORI-4086-2017.—Páez González Byron Gerardo, R-322-2017, estudiante 132000272623, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Civil, Universidad de San Carlos de Guatemala, Guatemala. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de agosto de 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 93585.—( IN2017168050 ).

ORI-4023-2017.—Rojas Zúñiga Melissa Andrea, R-324-2017, cédula: 1-1258-0307, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Especialista en Estomatología Pediátrica y Ortopedia Maxilar, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de agosto del 2017.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director..—O.C. N° 205177.—Solicitud N° 93587.—( IN2017168053 ).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

PROGRAMA DE GRADUACIÓN

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por extravío, correspondiente al Título de Licenciatura en Administración con énfasis en Gestión Financiera, grado académico: Licenciatura, registrado en el libro de títulos bajo el tomo: 20, folio: 310, asiento: 3194, a nombre de Enol Alberto Rosales Marchena, con fecha 26 de noviembre del 2004, cédula de identidad Nº 5-0178-0886. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 05 de setiembre del 2017.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.— ( IN2017167597 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante la Oficina de Registro y Administración Estudiantil de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición de diplomas correspondientes a:

    Diplomado en Educación General Básica en I y II Ciclos, registrado con el Tomo X, Folio 1662, Asiento 17

    Bachillerato en Educación General Básica en 1 y II Ciclos, registrado con el Tomo X, Folio 1668, Asiento 23

    Licenciatura en Educación General Básica en 1 y II Ciclos, registrado con el Tomo XI, Folio 1884, Asiento 28

Extendidos a nombre de Calderón Fuentes Grettel de los Ángeles, cédula de identidad 3-340-534.

Se solicita la publicación de los edictos para oír oposiciones a dichas reposiciones, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Dado a solicitud del interesado en San José, a los diecinueve días del mes de enero del dos mil diecisiete, por la Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa de la Oficina de Registro y Administración Estudiantil.

Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(IN2017167035).

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO

Y EQUIPARACIÓN DE ESTUDIOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Evelyn Agüero Calvo, costarricense, cédula 1-1049-0442, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctorado en Intervención Educativa, de la Universidad de Valencia, España. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 30 de agosto del 2017.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—( IN2017167515 ).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CENTRO EDUCATIVO LICEO RURAL EL PORVENIR

Se hace conocimiento que la Junta Administrativa del Centro Educativo Liceo Rural El Porvenir, situado en El Porvenir, cédula jurídica tres-cero cero ocho-doscientos noventa y nueve mil ochocientos sesenta y nueve. Ha solicitado a la Procuraduría General de la República, la inscripción Registral del bien inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de Alaiuela, cantón Upala, distrito Aguas Claras; situado en El Porvenir, escuela 150 metros sur, terreno donde se localiza el Centro Educativo Liceo Rural El Porvenir, código 5177, del circuito 03 de la Dirección Regional Zona Norte Norte, el cual colinda al norte, hoy día con Francisco Paulino Contreras Zúñiga y Evadma Durán Sánchez, sur y este, hoy día Isla Bosques de Costa Rica Tercera Compañía Sociedad Anónima, oeste, calle pública con un frente a calle pública de ciento veintiún metros con treinta centímetros lineales. Cuenta con un plano catastrado número A-uno nueve tres ocho nueve tres uno-dos mil dieciséis, con un área de una hectárea mil setenta y ocho metros cuadrados. dicha inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060, Ley General de Caminos Públicos. La Junta Administrativa ha mantenido la Posesión en dicho inmueble por más de diez años, en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, de buena fe y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes, a partir de la publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación Pública (MEP) o bien a la Procuraduría General de la República, Notaría del Estado en la cual se están realizando las presentes diligencias. Nombre presidenta Junta Administrativa: Flor Elena Chavarría Acuña, portadora de la cédula número cinco-cero doscientos veintidós-cero doscientos noventa cinco, nombre de la directora: MSc. Sonia Arana González, portadora de la cédula de identidad número ocho-cero cero cincuenta y cinco cero-trescientos cuarenta y ocho.

San José, 25 de agosto del 2017.—Flor Elena Chavarría Acuña, Presidenta.—Msc. Sonia Arana González, Directora.— 1 vez.—( IN2017167756 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

Convocatoria a audiencia pública para conocer proyecto de ampliación y modificación del plan regulador del cantón de Curridabat

El Concejo Municipal de Curridabat convoca a los ciudadanos de Curridabat a una audiencia pública para conocer el proyecto para la ampliación y modificación del Plan Regulador del Cantón de Curridabat, así como las observaciones verbales o escritas que tengan a bien formular los vecinos o interesados, para el miércoles 25 de octubre del 2017 a las 19:00 horas en el Salón de Sesiones de la Municipalidad, sita en el Palacio Municipal. Se indica que la documentación respectiva, estará a disposición de cualquier interesado, a partir del día 10 de octubre del 2017, tanto en la página web de esta municipalidad www.curridabat.go.cr, como en la plataforma de Servicios sita en el primer piso del Palacio Municipal. El proyecto del Plan Regulador podrá ser consultado en formato físico y digital. Posterior a la audiencia, se concederá un plazo de 8 días hábiles para recibir observaciones por escrito debidamente fundamentadas, las cuales deben ser entregadas en la Secretaría Municipal. La audiencia será dirigida por el presidente del Concejo Municipal y dado el innegable interés público asegurará el orden y la mayor participación.

Procédase a la Publicación de este acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta y la divulgación adicional necesaria”.

Curridabat, 6 de setiembre de 2017.—Allan de Jesús Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—( IN2017167907 ).

MUNICIPALIDAD DE FLORES

Traslado de las cuentas de basura comercial

a los propietarios inmobiliaros

El suscrito Lic. Gerardo Rojas Barrantes, portador de la cédula de identidad número 5-0166-0396, en calidad de Alcalde de la Municipalidad de Flores, de conformidad con los artículos 11, tanto de la Constitución Política de Costa Rica, como de la Ley General de la Administración Pública, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a comunicar: Que a partir del IV trimestre del 2017 y lo pendiente de períodos atrasados de las basuras comerciales a nombre de patentados activos, serán trasladadas a nombre de los propietarios registrales del inmueble, en cumplimiento de los artículos 4, 6, 7, 12, 13, 15, 16, 18 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, y los artículos 74 y 75 del Código Municipal, y la directriz N° 04-2017. Es todo. Publíquese.

Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde.—1 vez.— ( IN2017167851 ).

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

AUDIENCIA PÚBLICA

La Municipalidad de Esparza por acuerdo del Honorable Concejo Municipal de Esparza, según acta N° 72-2017, celebrada el once de setiembre de 2017, artículo III, inciso 7, convoca a Audiencia Pública para celebrarse el día 10 de octubre de 2017, a las dieciocho horas, en la sala de sesiones del Palacio Municipal de Esparza, para someter a conocimiento de la población los Estudios Tarifarios de los servicios municipales para el año 2018.

Esparza, 13 de setiembre de 2017.—Lic. Roy Ferreto Salazar, Administrador Tributario.—1 vez.—( IN2017169087 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLUMBUS HEIGHTS NUMBER TWO HUNDRED

AND ONE NAHUEL LIMITADA

Convocatoria de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Columbus Heights Number Two Hundred and One Nahuel Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatro tres uno nueve dos seis, que se celebrará el veinte de noviembre del dos mil diecisiete, en primera convocatoria a las 9:00 horas y en segunda convocatoria a las 10:00 horas, en su domicilio social en la ciudad de San José, Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Forum II, Edificio N, quinto piso, para discutir los siguientes asuntos: Orden del día: 1) Otorgar poder especial para autorizar y firmar la escritura de traspaso y cualquier documento relacionado con la misma, de la finca inscrita bajo el número de matrícula 6-148965-000, propiedad de la compañía, que será traspasada a favor de la señora Marjorie Haberman, en su condición personal. 2) Tras autorizar la compraventa de la finca antes mencionada, acordar disolver la compañía, de conformidad con el artículo 201 inciso d del Código de Comercio. 3) Cualquier otro asunto que los cuotistas consideren conveniente. En primera convocatoria se debe contar con quienes legalmente representen al menos tres cuartas partes de las cuotas con derecho a voto. Si no se logra reunir el quórum en la primera convocatoria, en segunda convocatoria, sea una hora después, habrá quórum con cualquiera que sea el número de cuotas representadas.—San José, diez de agosto de dos mil diecisiete.—Marjorie J. Haberman, Gerente.—1 vez.—( IN2017169204 ).

COLUMBUS HEIGHTS NUMBER ONE HUNDRED

AND NINETY SIX CHODIL LIMITADA

Convocatoria de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Columbus Heights Number One Hundred and Ninety Six Chodil Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatro tres seis siete cinco cero, que se celebrará el veinte de noviembre del dos mil diecisiete, en primera convocatoria a las 9:00 horas y en segunda convocatoria a las 10:00 horas, en su domicilio social en la ciudad de San José, Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Fórum II, Edificio N, quinto piso, para discutir los siguientes asuntos: Orden del día: 1) Otorgar poder especial para autorizar y firmar la escritura de traspaso y cualquier documento relacionado con la misma, de la finca inscrita bajo el número de matrícula 6-148960-000, propiedad de la compañía, que será traspasada a favor de la señora Marjorie Haberman. 2) Tras autorizar la venta del inmueble antes señalado, acordar disolver la compañía, de conformidad con el artículo 201 inciso d del Código de Comercio. 3) Cualquier otro asunto que los cuotistas consideren conveniente. En primera convocatoria se debe contar con quienes legalmente representen al menos tres cuartas partes de las cuotas con derecho a voto. Si no se logra reunir el quórum en la primera convocatoria, en segunda convocatoria, sea una hora después, habrá quórum con cualquiera que sea el número de cuotas representadas.—San José, diez de agosto de dos mil diecisiete.—Marjorie J. Haberman, Gerente.—1 vez.—( IN2017169205 ).

CORPORACIÓN TRECE-SETENTA SOCIEDAD ANÓNIMA

Convocatoria de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Trece-Setenta Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-579134, con domicilio en San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum II, Edificio N, quinto piso, la cual será celebrada el 18 de octubre del 2017, en primera convocatoria a las 17:00 horas y en segunda convocatoria a las 18:00 horas, en el domicilio social de la compañía, para discutir los siguientes asuntos: Orden del día: 1) Ante el fallecimiento del director Antonio José Guzmán Pares, realizar su reemplazo en el cargo de Secretario y designar en su lugar a la señora Andreina Russo Sivira. 2) Solicitar la devolución de aportes adicionales de capital, mediante el establecimiento de montos fijos que serán definidos por los asambleístas. 3) Decretar las políticas de pago de dividendos de la compañía, a partir de montos fijos que se sustentarán en los ingresos derivados de los contratos vigentes. 4) Autorizar que el pago fijo de los dividendos que le corresponderían al señor Antonio José Guzmán Pares, se depositen en el Muro una cuenta que será designada en la asamblea, cuya administración estará a cargo del Albacea de la sucesión del socio Guzmán Pares. 5) Reformar la cláusula décima del pacto social de la compañía, con el fin de permitir la convocatoria de las asambleas de accionistas mediante publicación en un diario de circulación nacional. 6) Cualquier otro que sea propuesto por los accionistas. En primera convocatoria se debe contar con quienes legalmente representen al menos tres cuartas partes de acciones con derecho a voto. Si no se logra reunir el quórum en la primera convocatoria, en segunda convocatoria, sea una hora después, habrá quórum con cualquiera que sea el número de accionistas presentes.—San José, 13 de setiembre del 2017.—José Alberto Guzmán Guzmán, Presidente.—1 vez.—( IN2017169207 ).

GRUPO ECO RUBBER SOCIEDAD ANÓNIMA

Grupo Eco Rubber Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-699667, convocatoria asamblea general. Humberto André Bogantes López, mayor, comerciante, vecino de San Ramón de Alajuela, cédula N° 205170653, en condición de presidente de la sociedad Grupo Eco Rubber S. A., convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas a realizarse en Alajuela-Alajuela San Antonio, El Roble, del Supermercado Pali, ciento cincuenta metros al este. Complejo de Bodegas WWC, bodega número ocho. La asamblea tendrá lugar el 05 de octubre del 2017 y en primera convocatoria a las 09:00 horas y segunda convocatoria a las 10:00 horas. El orden del día será revisar, corroborar y aprobar actas anteriores, informe del presidente, cambios en junta directiva y temas varios.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Humberto André Bogantes López, Presidente.—1 vez.—( IN2017169273 ).

GRANELES Y CONCENTRADOS DEL PACÍFICO S. A.

CONVOCA

A los señores socios, a la asamblea extraordinaria, lo anterior de conformidad con el asunto que se conozca, que se llevará a cabo el día 15 de octubre del 2017, a las 9:00 a. m., en las instalaciones de GRACOPA S. A., ubicadas en Puntarenas, Barranca, San Joaquín, veinticinco metros sureste de la entrada principal de las instalaciones de RECOPE, de no llegarse a quorum legal requerido en la primera convocatoria, se sesionará válidamente una hora después en segunda convocatoria con los socios presentes.

Se advierte que los asistentes deberán acreditar su condición de socios.

La agenda que se seguirá será la siguiente:

AGENDA

1.  Primera convocatoria 9:00 a. m. Comprobación de quorum.

2.  Segunda convocatoria 10:00 a. m. Comprobación de quorum.

3.  Bienvenida a los socios.

4.  Modificación de la cláusula tercera, del Domicilio Social.

5-  Nombramiento de puestos de la Junta Directiva:

1-  Tesorero.

2-  Vocal I.

6.  Revocar poder del actual Gerente y otorgar poder General al Gerente de Operaciones.

7.  Mociones y comentarios.

8.  Asuntos varios.

9.  Despedida.

Alajuela, 8 de setiembre del 2017.—Luis Gonzaga Vásquez Sancho, cédula N° 2-378-028.—1 vez.—( IN2017169277 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNIVERSIDAD CENTRAL

La Universidad Central certifica que, ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de título de Licenciatura en Administración de Empresas con énfasis en Banca y Finanzas a nombre de Jefté Alvarado Mares, cédula Nº 113840762, inscrito en la universidad en el Tomo 2, Folio 199, Asiento 5870 y en el CONESUP en el Asiento 50980. Se pide la reposición por extravío del original, se publica este edicto para oír oposición a esta reposición dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en este Diario Oficial.—San José, 06 de setiembre del 2017.—Departamento de Registro.—Diana Herrera.—( IN2017167036 ).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción N° 0262 a nombre de Enrique Herrera Husband, cédula de identidad N° 1-0467-0801 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—04 de setiembre del 2017.—Jesús Ulloa Montoya, Coordinador Administrativo.—( IN2017167040 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío de las bitácoras relacionadas con los siguientes números de contratos y profesional a cargo:

Arq. Francisco Mora Protti, A-2387, OC-679883; Arq. Luis Castro Mora, A-12016, OC-722912 y OC-698250; Arq. Gian Luca Panzeri, A-18080, P0062917; Arq. Franklin Rivas Li, A-25056, OC-750396, P0314908; Ing. Sergio Fonseca, IC-10947, OC-747904; Arq. Ricardo Molina, A-8767, OC-768266; Ing. Aaron Morales Black, IC-24493, OC-700803; Arq. Kenneth Aguilar Bonilla, A-19719, OC-768424, P0307407; Arq. Douglas Agüero P., A-6171, OC-743590; Arq. Hernán Cordero Paniagua, A-16980, OC-750465; Ing. Mario Mora Cubero, IC-4841, OC-742205, P0283951; Arq. José Israel Ávila Segura, A-17353, OC-757098; Ing. Oscar Paolo Villalta Araya, IC-23211, OC-756881; Ing. Luis Diego Villalobos Jiménez, IC-26866, P0239896; Arq. José Manuel Álvarez C., A-16401, OC-731768; Arq. Félix Cabezas Chavarría, A-10720 , OC-764689, P0301355; Ing. Roberto Arguedas Benavides, ICO-17248, OC-728189, P0251369; Ing. Gustavo Alpízar Quirós, IC-18477, OC-669382, M0315565; Ing. Pablo Vieto, IC-26660, P0218215, OC-749902; Ing. Erick Camacho A. , IC-27038, OC-756382, P0292117 y OC-768065, P0309823; Arq. Alfredo Murillo Ortega, A-28445, P0287551, OC-752368; Arq. Iván Delgado Salazar, A-11331, OC-740503, P0276042; Ing. Carlos Roberto Sánchez Padilla, IC-10995, OC-757693; Arq. Mauricio Ureña Méndez, A-22072, OC-732648; Arq. Fabricio Castro Villegas, A-28619, OC-745249, P0264907; Ing. José Luis Rojas Juárez, IC-20608, OC-750872, P0292776; José A. Ulate Solís, OC-760340; Arq. José Manuel Álvarez Cruz, A-16401, OC-676000; Ing. Alfonso Salas Gamboa, ICO-3204, P0267890, OC-764394; Ing. Luis Mariano Campos Garita, IC-19902, OC-699467, P0295534; Arq. José Israel Ávila Segura, A-17353, OC-757098; Ing. Carlos Roberto Sánchez Padilla, IC-10995, OC-757693; Ing. Héctor Anchía Garbanzo, ICO-11343, OC-765058, M0034666; Arq. Hebel Mesén Cano, A-15485, OC-662179; Ing. Héctor Anchía Garbanzo, ICO-11343, OC-768755, M0034667; Ing. Daniel Coen Riba, IC-2958, OC-766869, M0003694; Ing. Javier E. Carriño R., IC-20162, OC-756803, P0200508; Ing. Edwin Molina Rivera, IC-3141, OC-771277; Ing. Elena Solano Siles, ICO-9509, OC-749339, P0217526; Arq. Oscar Amador Brenes, A-5396, OC-759789, p0295301; Ing. Gilberto Chacón Sarmiento, IC-21353, OC-747616, P0287223; Arq. Roberto Álvarez Brenes, A-15227, M0023872, OC- 700815; Arq. Ramón Rappaccioli Navas, A-7792, OC-752005; Ing. Alepido Pérez Díaz, ICO-16866, OC-768415; Ing. José Suarez Acosta, IC-2098, OC-777103; Arq. Robert Guevara Guevara, A-20930, OC-764469, P0323944; Ing. Cinthya Madriz Barquero, ICO-14951, OC-758449, P0299564; Arq. Leonardo Muñoz Recalde, A-17607, P0291610, A-750849; Arq. Mariana Vaglio U, A-17024, OC-773212, M0025988; Arq. Oscar Amador Brenes, A-5396, OC-783839, M0014363; Ing. Oscar Umaña, IC-21392, OC-725452; Arq. Jorge Isaac Matamoros Hernández, A-9788, OC-774813, P034648; Ing. Claudia Murillo Chaves, IC-18500, OC-762179, P029660; Ing. Cristian Solano Orozco, ICO-9711, OC-754780, P0378794; Ing. Jeffrey Carmona Loría, OC-765606, P0254230; Ing. Álvaro Vindas Peñaranda, IC-5989, OC-408340; Ing. Víctor Delgado Vílchez, ICO-7902, OC-783025, P0316896; Gustavo Bogantes Morera, TA 10822, Protocolo 19869; Ing. Rafael Rojas Escalante, IC-2124, OC-765921, P0134277; Ing. Eduardo Delgado Brenes, IC-3004, OC-769746; Arq. Andrés M. Santamaría Alí, A-26606, P0227516, OC-705701; Arq. Guillermo Navarro Mairena, A-1973, OC-778236, P0316128; Ing. Sergio Antonio Monge Herrera, ICO-3287, OC-768061, P0287185 y OC-768081, P0287186; Ing. Sergio Gairaud Bonilla, ICO-5878, OC-775829, P0302527 y OC-78748, P0315477; Arq. Eduardo Arguedas Benavides, A-23136, OC-771261; Ing. Olman Vargas Mora, IC-16135, OC-775172, P02590343; Arq. Álvaro Quirós Rossi, A-5633, OC-751187; Ing. Jorge Isaac Matamoros Hernández, OC-779244, P0278999, OC-773429, P0292790; Arq. Allan Guevara Dinarte, A-28685, OC-770164, P0312816; Arq. Alfredo Murillo, A-28445, OC-758337, P0299360.—31 de agosto de 2017.—Departamento de Trámite de Proyectos.—Arq. Débora Picado Campos, Jefa.—O. C. Nº 508-2017.—Solicitud Nº 94130.—( IN2017167906 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

LESKING SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Miguel Elicio Silva King, portador de la cédula de identidad número: 8-0099-0030, conocido como Leonardo, en mí calidad de presidente y representante legal de la empresa Lesking Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-052479, solicito la reposición de los libros legales de la sociedad, los cuales fueron extraviados.—San José, 02 de junio del 2017.—Miguel Elicio Silva King.—1 vez.—( IN2017167807 ).

ASOCIACIÓN DE TAXIS DE JACÓ

Yo, Walter Sandi Porras, cédula de identidad número 9-0095-572 en mí calidad de presidente y representante legal de la Asociación de Taxis de Jaco, cédula jurídica 3-002-197684, solicito al departamento de asociaciones del registro de personas jurídicas la reposición de los libros de actas de junta directiva, y de registro de asociados, ambos tomo segundo, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el registro de asociaciones. Fecha 31 agosto 2017.—Walter Sandi Porras, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—( IN2017167820 ).

GANADERA SOLÍS Y JIMÉNEZ ZONA NORTE S. A.

Ganadera Solís y Jiménez Zona Norte S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cinco mil noventa y cuatro, en virtud del extravío de los libros de Registro de accionistas y actas de asamblea de socios, hace la solicitud de reposición de los mismos ante el Registro Nacional, exonerando a este último de cualquier responsabilidad. Escritura otorgada ante el suscrito notario, visible a folio dieciséis frente del tomo catorce de mi protocolo.—Ciudad Quesada, ocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rolando Miranda Zumbado, Notario.—1 vez.—( IN2017167823 ).

DISTRIBUIDORA ARPER SOCIEDAD ANÓNIMA

Distribuidora Arper Sociedad Anónima, solicita la reposición de los libros siguientes: un libro de actas asamblea general por extravío. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Notaria Rosario Salazar Delgado con domicilio en San José, Avenida diez, calles diecisiete y diecinueve Edificio mil setecientos dieciocho quién atenderá objeciones, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Licda. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017168580 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del día 07 de setiembre del año 2017, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Comercializadora Americana Coamesa Sociedad Anónima, en la cual se aumenta el capital social de la compañía y a la vez se disminuye el capital social, por lo tanto se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 08 de setiembre del año 2017.—Licda. Maribel Chavarría Vega, Abogada y Notaria Pública.—( IN2017168022 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante esta notaría, se otorga escritura a las dieciséis horas del cinco de setiembre de dos mil diecisiete, donde la totalidad de los socios acuerdan disolver y liquidar la compañía Tito Camareno y Asociados Sociedad Anónima.—Liberia, ocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Daniela Elizondo Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2017168002 ).

Por escritura número Ciento uno- dos otorgada ante la Licda. Roxana Rodríguez Artavia se procede a realizar nuevo nombramiento de fiscal de la sociedad Bruckmonios Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos ochenta y ocho mil cero cero ocho.—Nueve de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Roxana Rodríguez Artavia, Notaria.—1 vez.—( IN2017168356 ).

3-101-512963 S.A., cédula jurídica número 3-101-512963, para los efectos de los artículos 207 y 216 del Código de Comercio, hace saber que por haberse disuelto esta sociedad por estar morosa en el pago de impuestos de conformidad con la ley 9024, se procedió a su liquidación, se distribuyeron los activos y el capital entre los socios en proporción a su participación accionaria.—San José, 24 de agosto del 2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—( IN2017168357 ).

En escritura otorgada ante mi notaría, se protocolizó de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa de esta plaza denominada Flor de Acero S.A. en la cual se reforma la cláusula novena de los estatutos, se nombra presidente y secretario.— San José, siete de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Antonio Vílchez Hurtado, Notario.—1 vez.—( IN2017168363 ).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 20:00 horas del 30 de enero del año 2017, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada Caodi Sociedad Anónima se reforman las cláusulas primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, y novena, y se adiciona o agrega la cláusula décima, reformándose el pacto constitutivo de manera integral.—San José, 06 de setiembre del año 2017.—Lic. Oscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017168365 ).

Mediante escritura número ciento noventa y cuatro, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Etrusco de Roma, S. A.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017168372 ).

Por escritura número ciento cuarenta y cinco- dieciocho, de las catorce horas del veinticinco de agosto de dos mil diecisiete, de mi protocolo, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo, de la sociedad Inversiones Tobren ITB S.A. cédula jurídica número 3-101-490284. Es todo.—San José, once de setiembre de dos mil diecisiete.— Licda. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017168377 ).

Disolución de la sociedad denominada Triunfos Ramlui S. A., cedula jurídica tres-ciento uno- uno ocho seis uno dos cinco, según acuerdo protocolizado en escritura otorgada en Alajuela a las catorce horas del veinte de agosto del dos mil diecisiete, protocolo veintidós, escritura número docientos dieciocho, notaria Rosemary Morales Camacho, carne 5695.—Alajuela Costa Rica.—Licda. Rosemary Morales Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2017168379 ).

Disolución de la sociedad denominada Super Fresas Orfre S. A., cedula jurídica tres-ciento uno- dos tres cuatro dos siete siete, según acuerdo protocolizado en escritura otorgada en Alajuela a las diez horas del nueve de abril del dos mil dieciséis, protocolo veintidós, escritura número nueve, de la notaria Rosemary Morales Camacho. Carne 5695.—Alajuela Costa Rica.—Licda. Rosemary Morales Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2017168380 ).

Por escritura otorgada a las 17:30 horas hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de krismy, S. A., disolviendo la compañía por acuerdo de los accionistas.—San José, 4 de setiembre de 2017.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017168382 ). 

Por escritura número noventa y ocho, otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 01 de setiembre del 2017, se reforma la cláusula octava de la sociedad Vicday Family S.A, cédula jurídica 3-101-602089. Presidente: Victor Manuel Benavides Arguello.—Mercedes Sur de Heredia, primero de setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda.  Karen Cristina Ramos González, Notaria.—1 vez.—( IN2017168389 ).

Ante esta notaria, en la escritura número sesenta y tres otorgada al ser las catorce horas cinco minutos del once de setiembre del dos mil diecisiete, se hizo el cambio de nombre de la Sociedad a Kiuvo de Costa Rica S.A., del domicilio, de la representación. Es todo.—San José, once de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017168394 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día doce de setiembre del dos mil diecisiete se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Insumos Cerrajeros Zejes Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—Cartago, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos Quesada Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2017168396 ).

Bufete Zúñiga Saavedra. Por escritura número noventa del tomo octavo otorgada ante esta notaria, a las 15:00 horas del ocho setiembre del dos mil diecisiete se constituye la sociedad anónima Intersafe C.R S. A.—Heredia ocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Edwin Gerardo Zúñiga Saavedra, Notario.—1 vez.—( IN2017168407 ).

Por escritura número catorce, del tomo tercero del protocolo de la Licenciada Ligia Rodríguez Moreno, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima Cool Service MS Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil ciento noventa y ocho. Donde se acuerda modificar la cláusula novena del pacto constitutivo. Lo anterior por acuerdo de socios.—Licenciada Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.—( IN2017168414 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del treinta de agosto de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de El Aura de Morita Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica cláusula del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, 11 de setiembre de 2017.—Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017168418 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las ocho horas del once de setiembre del dos mil diecisiete se protocoliza acta de asamblea general ordinaria de socios de Médica Sixa del Caribe Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración del acta constitutiva y se acepta renuncia y se nombra junta directiva.—Limón, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Nydia Elena Fonseca Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2017168419 ).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del día de hoy se constituyó la sociedad Consultoría D Y L Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en Venecia de San Carlos, Alajuela, objeto el desarrollo del comercio, en su forma más amplia, la agricultura, la ganadería, la industria, la prestación de servicios, y cualquier fin permitido por la ley; dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado mediante aporte de bienes. Es todo.—Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, a las diecisiete horas del veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.—Lic. Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017168422 ).

En mi notaría a las nueve horas treinta minutos del once de setiembre del año dos mil diecisiete, Monte Lucerna Sociedad Anónima cédula jurídica tres- ciento uno- ciento treinta y ocho mil trescientos treinta y dos, se reforma la cláusula correspondiente a la administración y representación, se revocan nombramientos y se hacen nuevos en su junta directiva además se modifica el domicilio social.—Pérez Zeledón, doce de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017168423 ).

En mi notaría a las nueve horas del seis de setiembre del año dos mil diecisiete, Unión Familiar Campos y López Sociedad Anónima cédula jurídica tres- ciento uno- quinientos veintiséis mil cuatrocientos treinta y uno, se reforma la cláusula correspondiente a la administración y representación, se revocan nombramientos y se hacen nuevos en su junta directiva.—Pérez Zeledón, doce de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017168426 ).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las doce horas del día veintiséis de julio del dos mil diecisiete se protocolizó acta de la asociación amantes de lo orgánico, cedula jurídica tres - cero cero dos- cinco seis ocho cinco seis cuatro, por medio de la cual se reforma el artículo décimo tercero del pacto constitutivo.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—( IN2017168431 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las diecisiete horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Macizo Amarillo, Sociedad Anónima mediante la cual se acuerda reformar la cláusula tercera, del objeto de la sociedad, se revoca el nombramiento del tesorero y fiscal, y se nombran nuevos. —San José, once de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2017168434 ).

Ante esta notaria se reformó cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Roro LTDA, cédula jurídica 3-102-058544. Es todo.—San José 12 de setiembre de 2017.—Licda. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017168435 ).

Mediante escritura número veintiséis-treinta y ocho, de las ocho horas del once de setiembre, dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria número cuatro de Transmedic S.A. cédula jurídica número 3-101-171135 y se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo, para aumentar el capital social a cien millones de colones.—Goicoechea 11 de setiembre, 2017.—Lic. Juan Luis Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017168437 ).

Por escritura otorgada ante ésta notaría a las doce horas del día siete de septiembre del año dos mil diecisiete, la sociedad de esta plaza Bugambilias Tres Ríos Sociedad Anónima, reforma las cláusulas sexta y nombra nueva junta directiva.—Cartago, dieciocho horas del siete de septiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—( IN2017168445 ).

En mi notaría mediante escritura trescientos diecinueve de las diez horas del once de setiembre del dos mil diecisiete, se constituyó Fundación Armonía Colectiva.—San José doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Douglas Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2017168460 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la disolución de la sociedad denominada Cuatro Hijos S. A., cédula jurídica 3-101- 35530, la cual se encuentra inscrita en el Registro Mercantil. Siendo su presidenta con facultades de apoderada generalísima Nuria Matarrita Martínez; con cédula número 5-205-356 para que dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Notario José Alberto Delgado Bolaños, Notario Público. Tel-2250-7097.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017168471 ).

En mi notaria, a las 20 horas del día: 30 de agosto del 2017, se constituyó la empresa: Los Hermanitos Sasa Sociedad Anónima domiciliada en provincia Cartago, cantón El Guarco, distrito El Tejar, del Costado oeste de la Iglesia Católica, quinientos metros al norte y cien metros al oeste, Residencial Sendas del Sol casa C- dos. Capital social 100.000 colones, plazo social: 100 años.—San José 10 de setiembre del 2017.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—( IN2017168473 )

En mi notaría, a las 18:00 horas del día 29 de agosto del 2017, se constituyó la empresa: Babe EJML y Compañía Sociedad Anónima domiciliada en provincia San José, cantón Central, distrito San Sebastián, Paso ancho, El Carmen de la Iglesia Católica de San Cayetano trescientos metros al sur noventa metros al este. Capital social 100.000 colones, plazo social: 100 años.—San José 10 de setiembre del 2017.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—( IN2017168474 ).

Por escritura pública número ciento veintitrés diez otorgada a las catorce horas del viernes ocho de setiembre del año dos mil diecisiete los señores Purl Annie Taylor Martínez, Peter John Stember, Carlos Rodrigo Chan Ko y Erick Chacón Quirós, constituyen la sociedad denominada CEPP Consultants LLC Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: doscientos dólares. Domicilio: En San José, Los Yoses Avenida 10. Presidente: Peter John Stember.—Lic. Juan José Lao Martin, Notario.—1 vez.—( IN2017168481 ).

Por Escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, Mgdiel Jafet Hidalgo Páez y Erick Raúl Millón Palacios, constituyen la sociedad de esta plaza Servicios Universales Millón e Hidalgo S.A. Presidente: Erick Raúl Millón Palacios.—San José, 11 de setiembre del 2.017.—Licda. Giséis Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—( IN2017168482 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las quince horas del siete setiembre del dos mil diecisiete, se nombra liquidador de la sociedad Gerberas Loriana, Sociedad Anónima.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—( IN2017168485 ).

Ante esta notaría, por escritura número 122-11, otorgada a las 14:30 horas del 01 de setiembre del 2017, se disuelve la sociedad Prados de Genoveva S. A.—Licda. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2017168489 ).

Por escritura número 126-11, de las 9:00 horas del 12 de septiembre del 2017, se protocoliza acuerdo que reforma la cláusula 6ª de los estatutos de Ducado del Valle S.A. y se nombran vicepresidente, tesorero y secretario.—Licda. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2017168492 ).

Por escritura número 126-11, de las 9:00 horas del 12 de setiembre del 2017, se protocoliza acuerdo que reforma la cláusula 6ª de los estatutos de Ducado del Valle S. A. y se nombran vicepresidente, tesorero y secretario.— Licda. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2017168494 ).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad de esta plaza Transporticos VH Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017168495 ).

Se acuerda la modificación clausula novena de la sociedad Transunion S. A., otorgándosele poderes al presidente, secretario y tesorero, la actuación del secretario y tesorero serán conjuntas y la del presidente Individual. El secretario y tesorero limitadas a un millón de dólares, presidente sin límite e suma” notario Rodrigo Meza Vallejos. Teléfono 2285-6767.—San José, cinco Setiembre 2017.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—( IN2017168497 ).

Que por escritura otorgada ante mi notaría, se constituye la sociedad anónima denominada Grupo Proynova Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra suscrito y pagado en su totalidad, con plazo social de noventa y nueve años.—Domiciliada en la ciudad de Cartago.—Lic: Carlos Manuel Guzmán Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2017168499 ).

Yo, Sebastián David Vargas Roldán, hago constar que el día de hoy he protocolizado en mi notaría, acta de asamblea de accionistas de la sociedad Tres- Ciento Uno- Cuatrocientos Setenta Y Cuatro Mil Seiscientos Veintiuno S.A. donde se modifica el pacto social. Es Todo.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2017168500 ).

Tres- Ciento Uno- Quinientos Veintisiete Mil Seiscientos Dos, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos veintisiete mil seiscientos dos. Acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Liberia veintiocho de agosto de dos mil diecisiete.—Licda. María José Núñez Palma, Notaria.—1 vez.—( IN2017168503 ).

Jesibal CR Sociedad Anónima, modifica pacto social constitutivo en sus cláusulas tercera y sétima, y nombra nueva junta directiva. San Pedro de Poás, Alajuela a las trece horas treinta minutos del once de setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Elena Isabel Aguilar Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2017168504 ).

Mediante escritura ciento ochenta-diez, se protocoliza asamblea general de sociedad Anak Perempuan Bibir Merah S.A., cédula tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscientos cuatro; se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo: actuando conjunta o separadamente, corresponde al presidente y/o al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma; además podrán sin perder su representación otorgar nuevos poderes, sustituir y delegar sus poderes total o parcialmente.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017168516 ).

Mediante escritura ciento ochenta y uno-diez, se protocoliza asamblea general de sociedad Amante del Enduro IM S. A., cédula tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil ochocientos siete, se modifica la cláusula primera de su denominación social para que se lea: Caribbean Rentas CR PB Sociedad Anónima; se modifica cláusula segunda del domicilio: Limón, Talamanca, Cahuita, Playa Chiquita de Puerto Viejo, contiguo al Hotel Shawandha.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017168518 ).

Mediante escritura número ciento ochenta y seis-cuatro, otorgada en Alajuela, a las ocho horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, visible al folio ciento sesenta y seis vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se protocolizó el acta número tres de Managed Security Agency Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos diez mil setecientos ochenta y dos, en la que se acuerda reformar el pacto constitutivo de la sociedad.—Alajuela, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017168524 ).

Ante esta notaría, se protocolizó de acta de asamblea de Newmet MCR Ltda, cédula de persona jurídica 3-102-712516.. Notaría de Alfredo Andreoli González.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2017168525 ).

Mediante, asamblea general extraordinaria de las 13:30 del 19/08/2017, de Nueva Marmolería y Galería Artística S. A., cédula de persona jurídica número: 3-101-74982, se reforma cláusula cuarta plazo social y se tendrá por establecido un plazo social de 31 años y 7 meses, venciendo el 05/10/2017.—Lic. Marvin Araya Molina, Notario.—1 vez.—( IN2017168528 ).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 10:30 horas del 8 de setiembre de 2017, se protocoliza acta de Hoepker & Herdocia S. A., según la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombran nuevos presidente y secretario.—San José, 8 de setiembre de 2017.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—( IN2017168530 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 8 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Aventura Business Development Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-102-733185, se modifica la cláusula novena de la junta directiva.—San José, 8 de setiembre del 2017.—Licda. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017168533 ).

El suscrito Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el siete de setiembre del dos mil diecisiete, se otorgaron las siguientes escrituras: a) protocolización de acta de la empresa Koln Holding INC S. A., en la cual se aumenta el capital social, b) disolución de la empresa Import & Mercadex Ltda, c) protocolización de acuerdos tomados en asamblea general de socios de las empresas Desarrolladora Inmobiliaria Arcobaleno D I A S. A. y la empresa Sétima Vista Deliciosa de San Isidro S. A., por los cuales se acuerda la fusión de dichas compañías prevaleciendo la empresa Sétima Vista Deliciosa de San Isidro S. A.—San José, ocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017168534 ).

Por escritura 112-5 otorgada ante esta notaría al ser las 13:00 horas del 12 de setiembre del 2017, se protocoliza acta de asamblea de Refugio de las Mariposas Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda, se revoca el poder generalísimo otorgado a Jonathan Elizondo Reyes y el agente residente y se nombra a Andrea Ovares López.—San José, 11 de setiembre del 2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—( IN2017168535 ).

Por escritura número ciento tres, otorgada ante mí a las diez horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se reformó la cláusula segunda del pacto social de Sistemas y Soluciones Corporativas de Latinoamérica SYSCORPLA Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-720314, para que el domicilio social sea en adelante: San José, Pavas, Urbanización La Favorita Norte, setecientos metros al oeste del Centro Comercial Plaza Mayor, sobre el Boulevard de Rohrmoser.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—1 vez.—( IN2017168537 ).

Por asamblea extraordinaria de accionistas de Colinas de Piedra CR S. A., de las diez horas del 11 de febrero del 2011, se modificó la cláusula de representación, protocolizada por la Licda. Roxana María Villalobos Chaves, en San José, a las once horas del 12 de setiembre de 2017.—San José, 12 de setiembre de 2017.—Licda. Roxana María Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017168542 ).

Por escritura número ciento cincuenta y dos de las diez horas del cuatro de julio del dos mil diecisiete, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de Corporación Bonanza Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número, tres-uno cero uno-cinco dos uno uno ocho cero, en las cuales se reforma el artículo sétimo de los estatutos, (en cuanto a la administración y representación de la sociedad) del pacto constitutivo.—MGTR. Tonis Vianey Jiménez Moya, Notario.—1 vez.—( IN2017168545 ).

La suscrita notaria pública hago constar que por medio de la escritura ciento veintisiete-tres de las ocho horas del 8 de setiembre de 2017, se protocolizó acta de la sociedad EJM Coffee Vending Services S.RL., por medio de la cual se acuerda su disolución.—San José, 8 de setiembre de 2017.—Licda. Karla Corrales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—( IN2017168546 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San Rafael de Alajuela, a las dieciocho horas del once de abril del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Jusher Marketing, Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San Rafael de Alajuela, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—( IN2017168550 ).

Por escritura número 29, otorgada a las 17:00 horas del 08 de setiembre del 2017, se constituyó la sociedad Vientos de Esperanza Sociedad Anónima. Presidente: Roberto Mendoza Ruiz. Secretaria: Lesbia Montoya Arguello. Plazo social: 99 años.—Alajuela, 8 de setiembre del 2017.—Licda. Xinia María Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2017168567 ).

Por escritura de las 20:00 horas del 11 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad: Tecnología y Asesoría Chavarría e Hijos Tachi S. A., con cédula: 3-101-533446, mediante la cual se disuelve la sociedad.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017168568 ).

Por escritura número 249-03, otorgada ante la notaria pública Lillyana Guevara Sáenz, a las 11:00 horas del 06 de setiembre de 2017, se protocoliza el acta número dos, de la Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bendiciones Karmanfred de Alajuela, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-519686, en donde se conoce la renuncia del presidente, secretario, secretario y fiscal; para nombrar en esos puestos a Luis Antonio Sánchez Jiménez, cédula de identidad 2-569-381; como secretaria a Graciela Vanessa Gómez Jiménez, cédula de identidad 2-701-450; como tesorera: Jennifer María Gómez Jiménez, cédula de identidad 2-685-542 y como fiscal a Jorge Torres Marín, cédula de identidad 1-1248-746. Se acuerda además el cambio de razón social, siendo que la nueva será Lugra S&G de Alajuela Sociedad Anónima, así como el domicilio social que de ahora en adelante será: en Alajuela, Guadalupe, 500 metros al este de la Iglesia Virgen de Guadalupe. Es todo.—San José 08 de setiembre del 2017.—Licda. Lillyana Guevara Sáenz, Notaria.—1 vez.—( IN2017168569 ).

Mediante escritura 193 del protocolo 19 a las 8 horas del 12 de setiembre del 2017, se constituyó la sociedad Barmo Ltda.—Cartago, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017168570 ).

Mediante escritura 194 del protocolo 19 a las 8 horas 30 minutos del 12 de setiembre del 2017, se constituyó la sociedad Mascotas Barmo Ltda.—Cartago, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017168571 ).

Mediante escritura número doscientos ochenta y cinco- cuatro, otorgada en mí notaría, a las nueve horas del doce de setiembre de dos mil diecisiete, JCB Constructora y Alquiler S. A., modifica su domicilio social.—San José, doce de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—( IN2017168573 ).

Mediante escritura número doscientos ochenta y seis - cuatro, otorgada en mi notaria, a las diez horas del doce de setiembre de dos mil diecisiete, Viajes Especiales Aéreos S. A., Revoca el nombramiento del fiscal y realiza nuevo nombramiento del puesto revocado.—San José, doce de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—( IN2017168575 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas treinta y siete minutos del día ocho de setiembre del año dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad, Tres - Uno Cero Dos - Siete Cuatro Cuatro Dos Cero Tres, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—Heredia, doce de setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2017168576 ).

El suscrito notario público Eric Vizcaíno Dávila, da fe de que mediante escritura pública número trescientos veinte, visible al folio ciento ochenta y siete, del tomo once de mi protocolo se procedió a protocolizar la constitución de la empresa denominada Grupo Phyto Verde S. A., en la que se nombra nuevo presidente, y cambia el domicilio social. Es todo.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Eric Vizcaino Dávila, Notario.—1 vez.—( IN2017168581 ).

Ante la notaria de la Licenciada Niriana Muñoz Matamoros, se procedió en escritura cincuenta y nueve del tomo dos a protocolizar al ser las diez horas del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete, el acta número dos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la entidad Artes Culinarias TBC Sociedad Anónima, en donde se procedió a disolver la sociedad.—Licda. Niriana Muñoz Matamoros, Notaria.—1 vez.—( IN2017168592 ).

El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número: treinta y cinco, iniciada al folio: veintisiete frente del Tomo segundo de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las catorce horas del ocho de setiembre de dos mil diecisiete, se revocó el nombramiento del secretario y agente residente y se confirió poder generalísimo al Secretario nombrado en la sociedad anónima denominada: Tres - ciento uno- setecientos doce mil trescientos sesenta y ocho, cédula jurídica número: tres- ciento uno- setecientos doce mil trescientos sesenta y ocho.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017168594 ).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario público con oficina en Atenas hago constar que el día veintitrés de agosto del dos mil diecisiete a las dieciséis horas en la ciudad de Atenas, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Guaiacum Sanctum Sociedad Anónima, cedula jurídica numero: tres - ciento uno - quinientos ocho mil seiscientos ochenta y uno. En la cual se revoca el nombramiento del secretario y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintitrés de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2017168595 ).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, compareció la totalidad de los cuotistas que conforman el capital social de la sociedad Lomas de Paraíso de Atenas I H Tigre Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres - ciento uno -cuatro tres seis ocho cinco cinco y en forma unánime mediante escritura número doscientos treinta y siete, otorgada en la ciudad de Atenas las trece horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil diecisiete, escritura visible al folio ciento cincuenta y cuatro frente del tomo treinta y cuatro del protocolo del suscrito notario y por acuerdo unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, ocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic.  Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2017168596 ).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, compareció la totalidad de los cuotistas que conforman el capital social de la sociedad de Ángelo Vehicle Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número: tres - ciento dos -siete cero siete cinco cinco uno y en forma unánime mediante escritura número doscientos veintisiete, otorgada en la ciudad de Atenas las catorce horas del seis de setiembre del dos mil diecisiete, escritura visible al folio ciento siete vuelto del tomo treinta y cuatro del protocolo del suscrito notario y por acuerdo unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, ocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2017168597 ).

Ante mí, se disolvió la empresa Monte Awari M.A. Sociedad Anónima, notaria Eugenia María Rojas Rodríguez.—San José, 11 de setiembre del 2017.—Licda. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017168599 ).

Óscar Umaña Núñez y otra, han constituido una sociedad anónima denominada Nuevo Horizonte Baby Care Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones y por un plazo social de noventa y nueve años, escritura número noventa y uno, del tomo sétimo, otorgada ante el notario público Gina Martínez Saborío. Corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretaria en su orden Óscar Umaña Núñez y Mónica Rojas Palacios.—Licda. Gina Martínez Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017168602 ).

Mediante escritura pública número ciento ochenta y seis, otorgada ante Dahianna María Piedra León en conotariado con Geraldine Poder Laitano, a las diecisiete horas del día dos de setiembre del dos mil diecisiete, se constituyó Cuachara Rumana S. A. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente, secretario, tesorero y fiscal, representación judicial y extrajudicial.—Licda. Geraldine Porter Laitano, Conotario.—1 vez.—( IN2017168636 ).

Ante esta notaría, se ha protocolizado acta número cuatro de la sociedad cuya denominación social es Campos Montes Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- seiscientos treinta y dos mil ciento cuarenta y dos, mediante la cual los socios que representan la totalidad del capital social, acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso D del Código de Comercio.—Alajuela, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Lorena Méndez Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017168637 ).

Por escritura 077-61 del tomo 61 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 18:00 horas del 05 de setiembre del 2017, se protocoliza acta que modifica los estatutos de Domini Vista Limtada, cedula jurídica N° 3-102-708385.—San Isidro de El General, 5 de setiembre del 2017.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017168638 ).

Por escritura otorgada ante el notario licenciado Francisco José Rivera Gómez, en San José, a las catorce horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se constituye sociedad Jacques ST Sociedad Anónima. Es todo.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017168639 ).

Por escritura otorgada ante el notario licenciado Francisco José Rivera Gómez, en San José, a las once horas del once de setiembre del dos mil diecisiete, se constituye sociedad Grupo Veinticuatro H Sociedad Anónima. Es todo.—San José, once de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017168640 ).

Ante esta notaría se da la disolución de la sociedad Internacional Pipeline Cyber Security Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos siete mil doscientos ochenta. Copia fiel del original.—San José, 08 de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2017168643 ).

Por escritura 42-9 otorgada ante esta notaría, a las 9:05 horas del 12 de setiembre del 2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Paris Romance Bodas S. A., cédula jurídica N° 3-101-656504, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017168646 ).

Hoy he protocolizado acuerdos de la sociedad: Control Electrónico, cédula N° 3-101-20660. Se modifica capital Social.—San José, 16:00, 11 setiembre del 2017.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—( IN2017168648 ).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Asesoría y Consultoría de Negocios Laguisan S. A., mediante los cuales se reforma domicilio y administración.—San José, 06 de septiembre del 2017.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168688 ).

Por escritura número sesenta y seis-doce otorgada ante el suscrito notario público, en tomo décimo segundo, otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las 07:00 horas del día 13 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Plasma CUT S. A., cédula jurídica N° 3-101-593854, mediante la cual se modifica la cláusula sétima de la escritura constitutiva de la administración y se nombra nuevo secretario de junta directiva.—Santo Domingo de Heredia, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Oscar Gerardo Pereira Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017168689 ).

Por escritura otorgada ante mí, número noventa y tres, de las catorce horas treinta minutos del día doce de setiembre del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada Los Centauros del Bosque Sociedad Anónima, domiciliada en San Rafael de Heredia. Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura, y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Emelson Pacheco Venencia. Capital social: un millón de colones representado por diez acciones, comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Licda. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017168692 ).

Edicto de aumento de capital y junta directiva, mediante escritura N° 290 del 1 de abril del 2014, Agro comercial Flores de Caballo Blanco S.A., cédula jurídica N° 3-101-74167, aumenta su capital, a la suma de ciento cincuenta mil colones. Y nombra nueva junta directiva.—Tejar del Guarco, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Danilo Cerdas Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2017168693 ).

Mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Rawlings de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y seis mil ciento diez, celebrada en San José, Santa Ana, City Place, Edificio B, Tercer Piso, Oficina Cuarenta Bufete Arias, a las diez horas del ocho de setiembre de dos mil diecisiete, protocolizada ante el notario público Rolando García Moya, mediante escritura pública número ochenta y uno, se procedió a modificar el artículo segundo del pacto constitutivo, correspondiente al domicilio social de la empresa, siendo su nuevo domicilio en San José, Escazú, San Rafael, Avenida Escazú, Torre Lexus, Cuarto Piso, Oficina doscientos nueve.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rolando José García Moya, Notario.—1 vez.—( IN2017168696 ).

El socio de la sociedad Rapicontas Caribe Rapcar Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-365743 acuerda liquidar y disolver dicha sociedad, dejando constando que la misma es inactiva y que no tiene ninguna obligación con ningún acreedor y que no existen pasivos ni activos.—Cartago, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Minor Álvarez López, Notario.—1 vez.—( IN2017168724 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:30 horas del día 12 de setiembre del 2017, se constituyó la sociedad anónima denominada Punto Pyme S.A.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Mariela Mora Morales. Msc., Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017168726 ).

Por escritura 217, de las 9:00 horas del 7/9/2017 se reforman las cláusulas 14 y 15 del pacto constitutivo de Electrónica Siglo XXI S. A.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Mario Rojas Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2017168734 ).

Por escritura otorgada a las once horas de este día protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Automotriz (CR/CA) Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2017168736 ).

A las 8:00 horas del día 7 de setiembre del año dos mil diecisiete, protocolicé el acta de Servicios Sanper Blasting S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticuatro mil doscientos setenta y siete, donde se acuerda realizar modificaciones a la representación legal.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017168739 ).

Ante mí, en escritura 24-2, Ledezma Alfaro S. A., 3-101-557981, reformó la cláusula de la representación.—San José, 26 de agosto del 2017.—Lic. Laureano Castro Sancho, Notario.—1 vez.—( IN2017168748 ).

Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Zona Este Número Doscientos Cuatro Verde Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y ocho mil seiscientos noventa y uno, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, y sétima de la administración y representación. Escritura otorgada a las diecisiete horas del once de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017168749 ).

Se realiza la | del cambio de domicilio y nombramientos en la junta directiva de la sociedad Diemar de Alajuela Sociedad Anónima.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Daniela Vargas Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017168753 ).

María Maritza Badilla Cordero y Jorge Andrés Hernández Badilla solicitan la disolución de la sociedad Servicios Telemáticos Mado S. A. cédula 3-101-595927. Esc. 341, 14:00 horas del 12-09-2017. Tomo: 32.—Licda. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017168776 ).

Ante esta notaría el día 12 de septiembre del 2017, mediante escritura Nº 180-2, se protocolizó el acta de la sociedad Cervecería Gambrivius de Centroamérica Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar la cláusula del domicilio, de administración y se nombraron nuevos miembros de junta directiva. Es todo.—San José, 12 de septiembre del 2017.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168778 ).

Ante esta notaría, protocolicé acta mediante la cual la sociedad Cumbres de Oro S. A. modificó su cláusula octava de la administración.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—( IN2017168785 ).

Por escritura de las 14:00 horas del 12 de setiembre del año 2017, se acordó por unanimidad del capital social, disolver la sociedad Graphics BPO CR Sociedad Anónima Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica Nº 3-101-602206.—San José, 13 de setiembre 2017.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168788 ).

Por escritura número cuatrocientos seis, protocolizada por el suscrito notario a las trece horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se designa liquidador de la sociedad Tapicería Jiménez Jebage S. A. al señor Rafael Jiménez Molina, mayor, casado, empresario, vecino de Alajuela, con cédula de identidad número dos-doscientos setenta y cinco-ciento treinta.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017168789 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del día 12 de setiembre de 2017, la sociedad denominada Inversiones de Salud Carto S. A., cambia domicilio. Notario: Fernando Berrocal Soto.—San José, 12 de setiembre de 2017.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017168795 ).

Por escritura número cuarenta y seis otorgada en mi notaria a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil diecisiete, se protocolizó la acta de asamblea de socios número tres; en donde se reforman las cláusulas: primera, segunda, cuarta, sexta, octava del pacto constitutivo de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Veintiséis Mil Trescientos Setenta y Cinco Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-526375. Y a la vez se nombra nuevo presidente y tesorero.—Nicoya, 06 de septiembre de 2017.—Licda. Kenia Pereira López,  y Notaria.—1 vez.—( IN2017168796 ).

Por escritura hoy otorgada ante mí, Nexi María Pizarro Ortiz, los señores José Enrique Salazar Aragón y Dulce María Aragón Solera, constituyen empresa Joche S Food Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: José Enrique Salazar Aragón.—Liberia, a las diecisiete horas del veintiséis de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Nexi María Pizarro Ortiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017168799 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaria, a las quince horas del once de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta que aprueba la disolución de Inversiones Baltodano Mora de la Ciudad Blanca Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres cuatro dos siete dos seis, por acuerdo tomado entre los socios, de lo cual esta notaría da fe.—Liberia, once de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Daly Mariel González Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2017168802 ).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, Adrián Lizano Pacheco, a las 20:00 horas del día 12 de setiembre del 2017, se protocolizó el acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Laboratorios de la Doctora Scholler S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-177263, por el medio de la cual se acordó reformar el capital social de la compañía.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2017168804 ).

Por escritura de las catorce horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación Piel de Oro Sociedad Anónima, reforma cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. José Alberto Fioli Ávila, Notario.—1 vez.—( IN2017168808 ).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del doce de setiembre de dos mil diecisiete, se procede a la disolución voluntaria de la compañía Fauser Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-046043.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017168812 ).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas quince minutos del día doce de setiembre de dos mil diecisiete, se procede a la disolución voluntaria de la compañía Euroconfort Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-021081.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017168813 ).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del catorce de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación Arenas Skate & Surf Sociedad Anónima S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula segunda.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017168822 ).

Por escritura número ciento veintiuno-tres otorgada a las quince horas ante esta notaría el doce de setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de la sociedad Joe Barucci, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintinueve mil ciento noventa y seis, donde; i) se reforman los artículos segundo y sexto del pacto constitutivo referentes al domicilio social y a la representación de la sociedad, ii) se elimina el artículo décimo cuarto del pacto constitutivo referente a la figura del agente residente y iii) se realizan nuevos nombramientos en la junta directiva.—San José, trece de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Roldán Morales Novoa, Notario.—1 vez.—( IN2017168825 ).

Por acta de asamblea general extraordinaria de Eurotiendas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil ochocientos tres, se acuerda reformar la cláusula sexta y décimo quinta del pacto constitutivo, debidamente protocolizada mediante escritura número sesenta y uno-cinco, otorgada a las ocho horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017168831 ).

Ante esta notario se ha protocolizado acta de reforma de estatutos de la sociedad SRB Sapo Rojo del Bosque Sociedad Anónima.—Nicoya, 25 de agosto del 2017.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2017168833 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del once de setiembre del dos mil diecisiete, se modifica cláusula octava del pacto social de Duwest Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintitrés mil quinientos siete.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2017168834 ).

Ante este notario, se ha protocolizado acta de reforma de estatutos de la sociedad Habitantes del Parque Sociedad Anónima.—Nicoya, veinticinco de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2017168835 ).

Ante esta notaría, a las 14:20 horas del 29 de agosto del 2017, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada C&G Exports S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-584596, donde se acuerda disolver la sociedad, mediante la escritura número 83-08 del tomo 08 del protocolo de la Licda. Laura Daniela Fernández Mora.—Cartago, 01 de setiembre del 2017.—Licda. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017168837 ).

Ante esta notario, se ha protocolizado acta de reforma de estatutos de la sociedad Habitantes del Parque Sociedad Anónima.—Nicoya, veinticinco de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2017168838 ).

Ante esta notaría, a las 14:30 horas del 29 de agosto del 2017, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Trans Atlantic Freight Costa Rica S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-584050, donde se acuerda disolver la sociedad, mediante la escritura número 84-08 del tomo 08 del protocolo de la Licda. Laura Daniela Fernández Mora.—Cartago, 01 de setiembre del 2017.—Licda. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017168840 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del día 12 de setiembre del 2017, la empresa Nyesa Costa Rica Sociedad Anónima, protocolizó acuerdo en donde se reforma la cláusula segunda, del domicilio social.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—( IN2017168842 ).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 12 de setiembre del año 2017, se reforman las cláusulas sexta en cuanto a la representación y la novena en cuanto a las convocatorias, ambas del pacto constitutivo de la sociedad denominada Autotransportes Sabana Cementario S. A. Notario: Pablo  Fernando Ramos Vargas. Teléfono: 2280-6900 o 2280-5139. —San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017168847 ).

Ante mi notaría, la sociedad Reserva Poliedros Sociedad Anónima, protocoliza acta, se realiza nombramiento de presidente. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 12 de setiembre del 2017.—Lic. Rafael Enrique Monestel González, Notario.—1 vez.—( IN2017168850 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día trece de setiembre del dos mil diecisiete, se modifica el pacto social de la sociedad TEC Tecnología en Calzado Sociedad Anónima.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—( IN2017168853 ).

En mi notaría, en Alajuelita, San José, a las ocho horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó un acta de la sociedad denominada Centro Automotriz Innovacar S.A. donde se cambia la cláusula número octava, sobre cambio de forma de actuar de la junta directiva.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. William Castro Badilla, Notario.—1 vez.—( IN2017168854 ).

Mediante acta N° 145 de la asamblea general ordinaria de la asociación Costarricense de Oncología, de esta plaza, cédula jurídica tres-cero cero dos-cero sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y tres, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—( IN2017168855 ).

Ante esta notaria mediante escritura N° 297 celebrada a las 14:30 del 12 de setiembre del 2017, se aumenta el capital social, en la sociedad de esta plaza denominada Wings & More OFCR Limitada. Con cedula jurídica N° 3-102-457215.—Liberia, 12 de setiembre del 2017.—Lic. José Francisco White Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017168859 ).

Por escritura número ciento once, visible al folio cincuenta frente del tomo dieciocho otorgada hoy ante mí, en la ciudad de Guápiles, Pococí, Limón, a las 10:00 horas del 29 de agosto del 2017, la sociedad denominada Tecnisem Tecnología de Semillas Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-334552, en la cual se acuerda disolver la presente sociedad.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017168863 ).

Por escritura número ciento doce, visible al folio cincuenta vuelto del tomo dieciocho otorgada hoy ante mí, en la ciudad de Guápiles, Pococí, Limón, a las 14:00 horas del 29 de agosto del 2017, la sociedad denominada Piñera los Tres Amigos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-58477, en la cual se acuerda disolver la presente sociedad.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017168864 ).

La notaria que suscribe hace constar que en escritura 48 del tomo 1° de mi protocolo, otorgada a las 13:00 horas del 12 de setiembre del 2017, se protocolizó acuerdo de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios donde la empresa Espinach Artavia y Compañía S.A., cédula jurídica N° 3-101-147234, modificó la cláusula primera y elige nuevo secretario, fiscal y agente residente.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Guadalupe Calvo González, Notaria.—1 vez.—( IN2017168868 ).

En mi notaria procedo a protocolizar el acta número dos, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Unique Whips Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil ciento cincuenta y dos, en la cual se acordó disolver la presente sociedad por acuerdo unánime de socios.—Doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Adrián Prado Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017168869 ).

Ante esta notaría, al ser las diez horas del doce de septiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada M C Filial Número Seis Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-trescientos doce mil quinientos treinta y tres donde se acordó modificar la cláusula, quinta del capital, sexta de la administración y se hacen nuevos nombramientos de la junta directiva. Es todo.—San José, doce de septiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Marco Montero González, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168873 ).

Mediante escritura número cincuenta y siete-doce, otorgada ante mí, a las catorce horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas en donde por acuerdo unánime de socios se acordó la disolución de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Veinticuatro Mil Quinientos Setenta y Cuatro, S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil quinientos setenta y cuatro.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—( IN2017168874 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas diez minutos del día cinco de setiembre de dos mil diecisiete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Costa Montaña Estates Gaviotas Cero Ochenta y Cuatro S. A.—M.Sc. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2017168881 ).

Ante esta notaría se otorgó escritura de disolución de la sociedad denominada: Lelojopris Sociedad Anónima, empresa domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, San José, cincuenta metros al norte de la entrada al Polideportivo, en la rotonda, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil ciento cincuenta y cuatro. En la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón.—San José, a las diez horas del once de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Mercedes Vásquez Agüero, Notaria.—1 vez.—( IN2017168886 ).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios número cinco de la entidad: Villa un Toque de Alegría con Mi Potro Sociedad Anónima, personería jurídica número: tres-ciento uno-quinientos cincuenta y dos mil trece, celebrada el día doce de setiembre de dos mil diecisiete a las quince horas, en su domicilio social en San José, Pérez Zeledón, San Isidro, veinticinco metros al norte de restaurante Pollos Jenifer en Hospital Clínica Labrador, mediante la cual se acuerda: A) sustituir a los miembros de la junta directiva: secretaria y tesorera. Se procede hacer nuevo nombramiento de secretaria y tesorero. B) Sustituir al fiscal y se procede hacer nuevo nombramiento de fiscal. C) modificar la cláusula segunda del pacto social, para que en lo sucesivo se lea así: “Segunda: La sociedad tendrá su domicilio social en San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, trescientos metros norte de los Tribunales de Justicia en el Hospital Labrador”.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas del día doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Mercedes Vásquez Agüero, Notaria.—1 vez.—( IN2017168887 ).

Por escritura otorgada número ciento noventa y siete de las diez horas del ocho de setiembre del dos mil diecisiete, se constituyó: Danyaser, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Abreviada Danuaser E.I.R.L., su domicilio social será: La Puebla de San Pablo de Heredia, Residencial ET-Voila, apartamento tres. Capital aportado diez mil colones.—San José, 10 de setiembre del 2017.—Lic. Óscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017168888 ).

Se comunica a los interesados que según acta número 1 celebrada el 20 de enero del 2017 de LGC Autopartes y Multiservicios S. A., cédula jurídica 3-101-707668, se reformó la cláusula 10 de los estatutos en cuanto a la representación.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—( IN2017168890 ).

El suscrito notario da fe que a las ocho horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se consignó el acta número cuatro de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de P.L.P Suministros y Construcción S. A., cédula jurídica tres ciento uno ciento cuarenta y siete mil quinientos sesenta, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017168891 ).

Por medio de asamblea general extraordinaria, la sociedad Violetas del Alma S. A., cédula jurídica 3-101-199835 modifica junta directiva y domicilio, en lo restante se mantiene incólume. Teléfono 88786470.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Seanny Jiménez Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017168894 ).

Jhon Edinson González Ariza y María Francella González Madrigal constituyen la empresa Inversiones Nafan Sociedad Anónima. Domiciliada en San José centro Avenida tres, Calle doce. Con un capital social de seis millones de colones. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las nueve horas del doce de setiembre dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—( IN2017168897 ).

La suscrita sociedad IP Consultores Group Me Sociedad Anónima, con cedula jurídica tres-ciento uno-cuatro nueve ocho cero dos cuatro, tomo quinientos setenta y uno, asiento ochenta y dos mil noventa y tres, representada por Pedro Matarrita Cubillo, con cédula cinco-ciento veinticuatro-ciento doce, Eddy Cabezas Murillo con cédula uno-mil diecinueve-quinientos setenta y nueve, Mario Matarrita Dondi con cédula uno-novecientos noventa y dos-quinientos ocho se dispone a cambiar el nombre de la sociedad, el cual es el siguiente Citi Holding Sociedad Anónima.—Puntarenas, seis de junio del dos mil diecisiete.—Lic. Guillermo Emilio Carballo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017168898 ).

Por escritura otorgada ante mí, al ser las doce horas treinta minutos del veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete, los señores Omer Shimon Ben Omri y Erez Yatzcan, constituyen Santa Casitas Sociedad Anónima. El domicilio será en el distrito once Cóbano, cantón primero Puntarenas Santa Teresa, Cóbano, Puntarenas, contiguo a la sucursal del Banco de Costa Rica, oficina de Mora Asociados. El capital social es la suma de cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, suscrito y pagado de la siguiente manera: El socio Omer Shimon Ben Omri, suscribe y paga cincuenta acciones, el socio Erez Yatzcan, suscribe y paga cincuenta acciones. El socio Omer Shimon Ben Omri, de calidades indicadas aporta una máquina de posicionamiento global GPS, valorada en cincuenta mil colones. El socio Erez Yatzcan, de calidades también indicadas aporta una computadora marca Toshiba Dual Core, valorado en cincuenta mil colones. Corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticinco de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—( IN2017168900 ).

Mediante escritura número 95-9 de la notaria Reyna Liz Mairena Castillo se protocolizo acta número uno, de la sociedad Constru Dream Home S. A., se modifica el plazo social.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017168901 ).

Por medio de asamblea general extraordinaria, la sociedad Rivel y Asociados S. A., cédula jurídica 3-101-317477, modifica junta directiva y domicilio en lo restante se mantiene incólume.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017168914 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:30 horas del 28 de agosto del 2017, mediante la escritura número 112-2, los señores María Dilia de los Ángeles Moraga Canales y Felipe Saborío Carrillo, constituyen la sociedad Cena Festiva RSLM LLC S.R.L., por un plazo social de 100 años.—San José, 7 de setiembre del 2017.—Licda. Ana María Araya Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017168915 ).

Por escritura de las 11:00 horas de hoy, se protocolizó acta de la sociedad 3-102-596903 S. A., en la que se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2017168917 ).

Según escritura número veintiocho realizada en el tomo dos del protocolo del notario público Lic. Édgar Eduardo Ulloa Calderón, se solicita modificar la cláusula de la administración de la sociedad Multiservicios La Pista Zapote Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos nueve tres cinco uno nueve.—Lic. Édgar Eduardo Ulloa Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168924 ).

Según escritura número treinta realizada en el tomo dos del protocolo del notario público Lic. Édgar Eduardo Ulloa Calderón, se solicita modificar la cláusula de la administración de la sociedad Impordiesel CR Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos siete seis cuatro cinco uno.—Lic. Édgar Eduardo Ulloa Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168925 ).

Según escritura número veintinueve realizada en el tomo dos del protocolo del notario público Lic. Édgar Eduardo Ulloa Calderón, se solicita modificar la cláusula de la administración de la sociedad Servicios y Multiservicios La Circunvalación Zapote Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cuatro uno cuatro tres cinco.—Lic. Édgar Eduardo Ulloa Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168926 ).

Ante esta notaría se disuelve la sociedad Bufete Pizarro Matarrita S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos uno cuatro nueve siete tres, con domicilio en: Guanacaste. Notaria: Noilly Vargas Vásquez.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete a las doce horas.—Licda. Noilly Vargas Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2017168935 ).

Ante esta notaría se disuelve la sociedad innominada Tres-Ciento Uno-Cinco Nueve Cero Ocho Ocho Dos, con domicilio en Guanacaste. Notaria: Noilly Vargas Vásquez.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete a las doce horas.—Licda. Noilly Vargas Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2017168936 ).

Ante esta notaría se protocolizó acta de la sociedad denominada Inversiones Damaroha del Oeste Sociedad Anónima de las ocho horas del veintidós de marzo del dos mil quince, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2017168947 ).

Mediante escritura número 10, otorgada ante el notario Roberto Acuña Bermúdez, a las 16:00 horas del 7 de setiembre del 2017, se acordó la disolución de la sociedad Sancela de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-147278, dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 8 de setiembre del 2017.—Lic. Roberto Acuña Bermúdez, Notario.—1 vez.—( IN2017168972 ).

Por escritura otorgada ante mí Pablo Peña Ortega, a las ocho horas del trece de setiembre de dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de coutistas de la sociedad denominada UST Global Costa Rica S.R.L., en la cual se modifica la cláusula segunda que corresponde a la cláusula del domicilio. Es todo.—San José, trece de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168974 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas con treinta minutos del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo referente a la administración de la sociedad El Abanico de Peñas Blancas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ocho mil trescientos veinte.—Ciudad Quesada, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017168978 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del siete de setiembre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, mediante la cual se procede a reforma las cláusulas segunda y novena del pacto social de la empresa Activos Platino Sociedad J & A Sociedad Anónima.—Heredia, 13 de setiembre de 2017.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2017168986 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del seis de setiembre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, mediante la cual se procede a reformar la cláusula tercera del pacto social de la empresa Agro Industrial Georyana Sociedad Anónima.—Heredia, 13 de setiembre de 2017.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168987 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del cinco de setiembre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, mediante la cual se procede a nombrar liquidador y se asientan las bases de la liquidación de la empresa Procesadora de Carnes La Cañada Sociedad Anónima.—Heredia, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168988 ).

Ante mi notaria mediante escritura número 358 de las 15:00 horas del día 12 de setiembre del 2017. Se constituye Transportes 3 A SR Ltda. Domicilio: San José, Coronado, Lotes Méndez, de la pulpería nuevo amanecer 75 metros sur. Gerente: Dennis A. Romero Díaz.—Santo Domingo Heredia, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Grethel Sánchez Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017168989 ).

Por escritura 128 de 13:00 horas del 30 de agosto 2017, Certified Pineapple of Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-715354 se fusionó por absorción con Polute GJT S. A., cédula jurídica 3-101-202695. Prevalece Certified Pineapple of Costa Rica S. A., capital social cuatrocientos setenta y ocho millones de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de cuarenta y siete millones ochocientos mil colones.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017168992 ).

Por escritura 127 de 12:00 horas del 30 de agosto 2017, Evotea S. A., cédula jurídica 3-101-246230, se fusionó por absorción con Corporación San José del Este S. A., cédula jurídica 3-101-325444. Prevalece Evotea S. A., capital social mil novecientos cincuenta millones de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de ciento noventa y cinco millones de colones.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017168993 ).

Se hace saber: que por escritura número ciento sesenta y uno otorgada por el suscrito notario público, a las catorce horas del día dieciséis de junio de dos mil diecisiete se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente de la empresa denominada Indira Azul S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y seis mil cuatrocientos noventa y tres.—San José, 16 de junio de 2017.—Lic. Gonzalo Alberto Garzona Meseguer, Notario.—1 vez.—( IN2017168996 ).

El suscrito notario, pone en conocimiento que en mi notaría, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad de responsabilidad limitada Palacio Natural en Coronado, cédula 3-102-336065, en donde se modificó la cláusula en cuanto a la administración y domicilio, según escritura número setenta y nueve de las nueve horas del dieciséis de abril del año dos mil trece.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Gonzalo Alberto Garzona Meseguer, Notario.—1 vez.—( IN2017168997 ).

Mediante escritura pública número sesenta y uno-catorce otorgada a las trece horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete, protocolizo los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agrológico Sistemas Tecnológicos Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos cincuenta y seis mil noventa y ocho, procediendo a modificar el capital social.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017169000 ).

Ante esta notaría, por escritura número 78-7, otorgada a las 11:00 horas del 13 de setiembre del 2017, se disuelve la sociedad Whitecircle S. A.—Licda. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169002 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del doce de setiembre de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Club del Cielo Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda su disolución y liquidación.—San José, doce de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Marco Fernández López, Notario.—1 vez.—( IN2017169004 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad de Escazú, San José, denominada Inversiones Toscanas de Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco, reformándose el pacto constitutivo, la cláusula segunda en cuanto al domicilio social y la quinta en cuanto al capital social el cual se aumentó.—Licda. Lilliana Fernández Urpí, Notaria.—1 vez.—( IN2017169016 ).

El suscrito notario público, hago constar que por medio de la escritura 34-5 de las 12:00 horas del 13 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de la sociedad Aromas y Eventos G&G Producciones S. A., por medio de la cual se disuelve la sociedad por acuerdo de los socios.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—( IN2017169036 ).

Reforma de la cláusula segunda y cambio de junta la sociedad Hao Niam S. A., cédula jurídica 3101445719, celebrada a las 17 horas del 2 de setiembre del dos mil diecisiete, en su domicilio social, protocolizada bajo escritura 282-8, iniciada al folio 98v del tomo VIII del protocolo de la notaria Evelin Sandoval Sandoval.—San José, 13 de septiembre 2017.—Licda. Evelin Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2017169037 ).

Por escritura 46 del tomo 30 otorgada ante esta notaría, a las 15 horas del 13 de setiembre del 2017, se protocolizó el acta veintiuno de asamblea general extraordinaria de la Asociación Casa Hogar San José de la Pastoral Social de la Arquidiócesis, cédula jurídica N° 3-002-321407, en la que se reforman estatutos.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Christian Hugo Barrero Godínez, Notario.—1 vez.—( IN2017169061).

Mediante escritura otorgada en Alajuela, a las quince horas del once de setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de Asamblea de la sociedad denominada Global Exoticfruits Sociedad Anónima, mediante la cual se efectúa nuevo nombramiento de fiscal.—Alajuela, quince horas treinta minutos del once de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Julieta Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017169065 ).

Hoy en esta notaría, se constituyó Sociedad Anónima, cuya denominación se asignará según Decreto Ejecutivo 30171-J del ocho de junio del dos mil seis. Capital social: diez dólares suscrito y pagado por los socios domicilio San José, Pavas.—San José, cinco de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017169068 ).

Por escritura otorgada ante mí, Manuel Antonio Sanabria Elizondo, en la ciudad de San Isidro de El General, Pérez Zeledón a las once horas del día veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la entidad denominada Comercializadora de Carne Los Naranjo Limitada.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, cuatro de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Manuel Antonio Sanabria Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2017169069 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, David Heriberto Torres Soto, a las dieciséis horas y treinta minutos del cuatro de agosto, se constituyó la sociedad, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, San Juan, Calle Lapas; trescientos, norte, del supermercado. Capital social: un millón de colones. Objeto: Comercio en general. Plazo: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Representación: Manuel Antonio Araya Moya, cédula número dos-trescientos siete-doscientos cincuenta.—Ciudad Quesada, 04 de agosto del 2017.—Lic. David Heriberto Torres Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017169071 ).

Por escritura en mi notaría, en Heredia a las ocho horas del día doce de setiembre del año dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la sociedad ARZ EL RAB-Sociedad Anónima, se modifica cláusula sexta- de la administración y se nombra directiva.—Heredia, trece de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—( IN2017169073 ).

Por escritura en mi notaría en Heredia, a doce horas del día doce de setiembre del año dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la sociedad Importaciones Libanesas S. A., se modifica cláusula F- de la administración y se nombra directiva.—Heredia, trece de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—( IN2017169074 ).

En asamblea extraordinaria de Madisa Manejo de Desechos Industriales S. A., cédula jurídica: 3-101-388233, celebrada a las 14:00 del 28 de agosto de 2017. Se modifican las cláusulas: segunda, en cuanto al domicilio. Tercera, del capital social. Se revocó y se nombró el nuevo presidente.—San José, 12 de setiembre de 2017.—Lic. Harold Rafael Ureña Agüero, Notario.—1 vez.—( IN2017169076 ).

Mediante escritura pública número 243-2 de las 9:00 horas del 21 de julio del 2017, se protocolizó el asiento número uno del libro de actas de asamblea de socios de Discoteca La Dinastia S. A., que reformó las cláusulas uno al nueve, y creó la cláusula décima y décima primera del pacto social.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Erika Vanessa Chaverri Palma, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017169078 ).

Mediante escritura pública número 243-2 de las 9:00 horas del 21 de julio del 2017, se protocolizó el asiento número uno del libro de actas de asamblea de socios de Hotel Montana S. A., que reformó las cláusulas uno al nueve, y creó la cláusula décima y décima primera del pacto social.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Erika Vanessa Chaverri Palma, Notaria.—1 vez.—( IN2017169079 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta minutos, del once de setiembre del 2017, se acuerda la disolución de la sociedad Catorce de Febrero de Mil Novecientos Noventa y Ocho L & B S. A.—Ciudad Quesada, once de setiembre del 2017.—Licda. Mauren Marcela Rojas Bejarano, Notaria.—1 vez.—( IN2017169082 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas veinte minutos del veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Forestal Rio Segundo Limitada.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—( IN2017169083 ).

Mediante escritura otorgada en San Rafael de Montes de Oca, a las siete horas del doce de setiembre del año dos mil diecisiete, Agustín Atmetlla Cruz, protocoliza acta de asamblea de socios de Laboratorio de Diagnóstico Clínico San Pedro Sociedad Anónima”, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio, la sexta de las acciones, y la octava de la administración, se nombra junta directiva y fiscal.—San Rafael de Montes de Oca, a siete horas del doce de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Agustín Atmetlla Cruz, Notario.—1 vez.—( IN2017169084 ).

Mediante escritura otorgada en San Rafael de Montes de Oca, a las catorce horas del doce de setiembre del año dos mil diecisiete, Agustín Atmetlla Herrera, protocoliza acta de asamblea de socios de Playa Delfín Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio, y tercera del objeto, se nombra fiscal y agente residente, y se actualizan datos de presidente y tesorera.—San Rafael de Montes de Oca, a las catorce horas del doce de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Agustín Atmetlla Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2017169085 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del día de hoy, se acuerda por parte de los socios de la compañía Llantas Cargab Sociedad Anónima, su disolución y se aprueba su liquidación.—San José, 11 de setiembre del 2017.—Lic. Navil Campos Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017169086 ).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 28 de agosto de 2017, se fusionaron por absorción las sociedades Gestionadora Empresarial Alorique Gea Sociedad Anónima, tres-ciento uno-setecientos cinco mil trescientos treinta y siete, Grupo Comercial Yorusti GCY Sociedad Anónima, tres-ciento uno-setecientos cinco mil doscientos noventa y ocho Jardín Botánico del Cusco Sociedad Anónima, tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil quinientos noventa y cuatro, y Inversiones de Negocios Zapandi INZ Sociedad Anónima, tres-ciento uno-setecientos cinco mil doscientos noventa y siete, prevaleciendo la última de estas. Se hace valer a terceros interesados para que comparezca ante esta notaría, a hacer valer sus derechos.—San José, 28 de agosto de 2017.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017169096 ).

Por escritura otorgada a las de las 09:30 horas del 28 de agosto de 2017, se reformó la cláusula cuarta del capital social de la compañía Los Patriarcas de Hierro Sociedad Anónim, 3-101-538674.—San José, 28 de agosto de 2017.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017169097 ).

Por escritura doscientos cuarenta y dos, otorgada ante mí, Roy Faustino Jiménez Rodríguez, en Ciudad Neily, al ser doce horas del treinta y uno de mayo del dos mil diecisiete, se constituyó Cuatro Sols de Altamira Sociedad Anónima, domiciliada en Ciudad Neily; cincuenta metros al este, del Banco Popular, Corredores, Puntarenas.—Ciudad Neily, veintinueve de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017169100 ).

Mediante escritura otorgada en esta notaría a las 13:00 horas del 13 de setiembre del 2017, se constituyó Forsecure S. A.—Licda. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2017169102 ).

Por escritura número ochocientos cuarenta y cinco-tres-otorgada por la notaria, Yamilette Calderón Cerdas, notaría pública con oficina abierta en San Isidro de Vásquez de Coronado, de la municipalidad; doscientos setenta y cinco metros al oeste, debidamente autorizada al efecto, procedo a protocolizar el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Quebrador San Luis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil ochocientos cuarenta y seis, celebrada en las oficinas en San José, la finca cien metros al este y cien metros al sur, calle La Máquina; a las once horas del miércoles doce de julio del año dos mil diecisiete y se toman los siguientes acuerdos: primero: a) El capital social inscrito es la suma de mil colones, representado por dos acciones comunes y nominativas de quinientos colones cada una, b) En virtud de capitalizar las utilidades retenidos de quebrador san luis sociedad anónima de los periodos fiscales comprendidos entre los años dos mil diez y dos mil dieciséis, la asamblea aprueba por unanimidad aumentar el capital social en el monto de doce millones de colones con cero céntimos por lo que se acuerda modificar la cláusula del pacto constitutivo para que diga así: “cláusula quinta”, del capital social; el capital social de la compañía es la suma de doce millones de colones representadas por doce acciones comunes y nominativas de los socios representadas por medio de letras de cambios enumeradas del uno al doce por el valor de un millón cada una, que se encuentran depositadas en la oficina de la suscrita notaria en el archivo de referencia.—San Isidro de Vásquez de Coronado, 05 de setiembre 2017.—Licda. Yamilette Calderón Cerdas, Notaria.—1 vez.—( IN2017169103 ).

Por escritura 197 de 09:00 horas del 9 de agosto 2017, se disolvió y liquidó CBP BP Ferretería Buen Precio S. A., cédula jurídica 3-101-284688.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017169106 ).

Ante esta notaría por escritura cincuenta y uno-tres, otorgada a las trece horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Metro Grupo Publicidad Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil seiscientos sesenta, Menta Filmes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil ochocientos diecinueve, mediante la cual las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Metro Grupo Publicidad Sociedad Anónima. Es todo.—(Lugar), catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Óscar Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017169107 ).

Mediante escritura autorizada a las 8:00 horas del día de hoy protocolicé acta de Terrafly T.F. Sociedad Anónima, en la que es acordada su disolución.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Rafael Ángel Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017169108 ).

Por escritura 196 de 08:00 horas del 09 de agosto 2017, se disolvió y liquidó Adminiservicios S.A., cédula jurídica 3-101-473988.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017169109 ).

En mi notaría, por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 09:00 horas del 13 de setiembre del 2017, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Kudamm S. A., se disuelve y liquida sociedad.—Santa Ana, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—( IN2017169113 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las 14:51 horas del día 21 de agosto del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Electroautomatizacion Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-setecientos treinta y ocho mil quinientos ochenta y cuatro se nombra nuevo gerente.—Heredia, 21 de agosto del 2017.—Licda. Ana Patricia Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169115 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las a las 11:00 horas del día 8 de setiembre del 2017, en el protocolo de la suscrita notaria, Carolina Barrantes Jiménez, escritura número 176 del protocolo 93, se reforma la cláusula novena, se revocan los nombramientos del presidente, secretario, tesorero, vocal uno, vocal dos, vocal tres y órgano fiscal de la sociedad Cadena Comercial Sancarleña S. A., cedula jurídica tres-ciento uno-cero once mil cuatrocientos cuarenta y seis.—Santa Rosa, Pocosol, 8 de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Barrantes Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169117 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 8 de setiembre del 2017, en el protocolo de la suscrita notaria, Carolina Barrantes Jiménez, escritura número 175 del protocolo 93, se reforma la cláusula sétima, se revocan los nombramientos del vicepresidente, secretario y órgano fiscal de la sociedad G.M.G Transportes de Frontera a Frontera S. A., cedula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y cuatro setenta y seis.—Santa Rosa. Pocosol, 8 de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Barrantes Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169118 ).

En esta notaría, pública, por medio de la escritura número trescientos noventa-uno del tomo uno de mi protocolo, la sociedad se denomina: Nican Graidis Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Carlos Anotnio Chacón Wong, con cédula: uno-cero seiscientos noventa-cero quinientos treinta y uno. El domicilio de la sociedad será en: San José, Curridabat, Cipreses, del Bar Copemar; cincuenta metros al sur, casa de color celeste, de dos plantas.—San José, seis de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Raúl Ugalde Xatruch, Notario.—1 vez.—( IN2017169143 ).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las catorce horas del día trece de setiembre del dos mil diecisiete se protocolizó acta de la empresa Satcomla Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-setecientos cuarenta y dos mil quinientos ochenta y nueve, por medio de la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—( IN2017169163 ).

Ante mí, Rosa Puello Suazo, notaria con oficina abierta en San José, compareció, el señor Wagner Méndez Miranda, portador de la cédula de identidad número uno-mil ciento veintiocho-trescientos sesenta y ocho, para constituir la sociedad Camiwa Repuestos EIRL. Es todo.—San José, al ser las diez horas del trece de setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Rosa Puello Suazo, Notaria.—1 vez.—( IN2017169164 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 14 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Las Brisas y Tu de Responsabilidad Limitada; con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos doce mil seiscientos noventa y cinco, según la cual reforma la cláusula sexta y sétima del pacto constitutivo se acepta la renuncia del gerente y se realiza un nuevo nombramiento de gerente y subgerente.—Licda. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169176 ).

Por escritura treinta y nueve otorgada en esta notaría, publica, se modifica la cláusula sétima de los estatutos en cuanto a la administración de la entidad denominada “Comercializadora Los Ángeles Sociedad Anónima” domiciliada en Cartago, Pacayas de Alvarado; diagonal a la plaza de deportes.—Veintiocho de agosto del año dos mil diecisiete.—Licda. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169177 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Konta Gestion Integral S. A. donde se modifica la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 14 de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—( IN2017169179 ).

Ante esta notaría y mediante escritura pública número 214 de las 08:00 horas del 08 de setiembre de 2017 se ha reformado la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad “Eride Sociedad Anónima”.—Orotina, ocho de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Douglas Mauricio Marín Orozco, Notario.—1 vez.—( IN2017169188 ).

Mediante escritura número 122 del protocolo segundo de esta notaría, se reformó el domicilio social de la sociedad Fashion Couture Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula 3-102-729592. Es todo.—San José, 14 de setiembre de 2017.—Lic. Roberto Enrique Cordero Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2017169189 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada “Fila de Mogote D C R S.R.L.”, donde se acuerda modificar la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017169196 ).

Por escritura pública N° 234 otorgada en co-notariado ante los notarios José Antonio Jiménez Mora y Leydi Maria Alfaro Calvo, actuando en el protocolo de la segunda, de las 17:00 horas del 25 de agosto del 2017, se protocolizó el acta número tres de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Translogistic Cargo S. A., con cédula jurídica: N° 3-101-601012 y en virtud de la cual se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo, aumentando el capital social a veinte millones de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas, de dos millones de colones cada una, de las cuales cinco acciones le corresponden a la socia Marinella Monge Salas, cédula N° 1-843-812 y cinco acciones al socio Gustavo Salas Hernández, cédula 6-252-467.—San Joaquín de Flores, Heredia, 14 de setiembre del 2017.—Lic. José Antonio Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017169201 ).

En mi notaria, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Centro Infantil San Bernardo Sociedad Anónima, en la cual se modifica clausula sétima de la representación de su pacto constitutivo. Es todo.—San José, siete de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—( IN2017169208 ).

Ante esta notaría y por escritura número cincuenta, se constituyó la sociedad Moyo Comunicaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada, y se nombró como gerente general a la señora Erika Nahrgang Rodríguez el día trece de setiembre del dos mil diecisiete. Licenciado Cristian M. Arguedas Arguedas, Abogado y Notario 9974.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Lic. Cristian M Arguedas Arguedas, Notario.—1 vez.—( IN2017169210 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de One Black Car Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil doscientos uno, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017169215 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de One Red Car Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ocho mil quinientos sesenta y nueve, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de setiembre dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017169216 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Select Costa Rica LLC Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y siete mil seiscientos veinte, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017169217 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de One Purple Car Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta mil ochocientos sesenta, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017169218 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Barranco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veintiocho mil novecientos noventa y dos, por la cual se modificaron las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: segundo del domicilio social y la sexta de la representación, además se nombraron nuevos presidente, secretario y tesorero en la junta directiva.—San José, trece de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017169219 ).

Mediante escritura número cincuenta y cinco otorgada ante esta notaría al ser las doce horas del ocho de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones y Propiedades Villablanco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y ocho mil setecientos cuarenta y nueve, mediante los cuales se modifica la cláusula novena, modificándose de la siguiente manera: Novena: corresponde al presidente, al secretario y al tesorero de la junta directiva la representación judicial y extrajudicial de la empresa, quienes actuarán en forma conjunta o separada, tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con las atribuciones que determina el artículo mil doscientos cincuenta y tres de Código Civil, además podrán sustituir sus poderes en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, reservándose o no el ejercicio de las facultades sustituidas. Al ocurrir una vacante temporal en la Junta Directiva, los miembros restantes harán un nombramiento provisional, las vacantes definitivas se llenarán del mismo modo, pero inmediatamente se convocará a la Asamblea de Socios para que esta haga un nombramiento definitivo”; además se cambia el tesorero y el secretario de la sociedad.—San José, 8 de setiembre del 2017.—Licda. Raquel Mayers Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2017169220 ).

En asamblea general extraordinaria de la sociedad Pesaro Brandivino Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ocho, celebrada en su domicilio social, San José, Curridabat centro, distrito primero, cantón dieciocho, cien metros oeste, cien metros norte y cien metros este del correo, residencial Los Tulipanes, casa número diecinueve, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil quince, acta número dos, por unanimidad de la totalidad en el capital social, se acordó modificar la cláusula de la presentación, que en adelante será ejercida por el presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Modificar el domicilio social para en adelante sea San José, Curridabat centro, distrito primero, cantón dieciocho, cien metros oeste, cien metros norte y cien metros este del correo, residencial Los Tulipanes, casa número diecinueve, por todo el plazo social.—San José, 11 de setiembre del 2017.—Licda. Jenny Ramírez Robles, Notaria.—1 vez.—( IN2017169221 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Amavilohe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres siete siete cero cuatro uno, en donde se modifica la cláusula sexta: De la Administración y la cláusula segunda: Del domicilio, de esta sociedad.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—( IN2017169226 ).

Mediante acuerdo de socios de fecha cuatro de septiembre del año dos mil diecisiete, protocolizada por la notaria Erika Wattson López el día cuatro de setiembre del año dos mil diecisiete, mediante escritura pública número treinta y cinco-dos, se acordó la disolución de la empresa Condominio Hacienda Gregal Lote Setenta y Ocho AJS Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y un mil doscientos ochenta y cinco. Se emplaza por treinta días a partir de la publicación a todos los interesados a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos.—Cartago, cuatro de setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Erika Wattson López, Notaria.—1 vez.—( IN2017169230 ).

Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad “Corporación Rosti Pollos Sociedad Anónima”, cédula jurídica número tres- ciento uno - ciento setenta y ocho mil cuatrocientos noventa y cuatro, mediante la cual se reforma la cláusula de la administración y representación escritura otorgada a las diez horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2017169231 ).

Carolina Mata Alvarado, notaría pública hace constar que por la escritura número ciento noventa y uno, visible al folio ciento siete vuelto, del tomo veinticinco del protocolo de la suscrita notaria, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios accionistas y en la cual se modificó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad P C Taller Los Koreanos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y dos mil setecientos cincuenta y uno, para notificaciones se señala el domicilio social de la sociedad sea Cartago, Paraíso Orosi, cien metros al este y ciento cincuenta metros al sur de la Escuela.—Cartago, catorce de setiembre el dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Mata Alvarado, Notaría Pública.—1 vez.—( IN2017169232 ).

La sociedad Inversiones Norframar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa mil-quinientos setenta y cuatro, por acuerdo de asamblea general extraordinaria, estando presente la totalidad de accionistas se acuerda modificar la cláusula quinta del acta constitutiva del capital social, el cual pasará ser de diez millones de colones.—Licda. Ana Lorena Rojas Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017169234 ).

El suscrito notario José Manuel Venegas Rojas, cédula de identidad dos-trescientos noventa-seiscientos seis, carné ocho mil cuatrocientos sesenta y uno, hace constar que en esta notaría, se confeccionó la escritura número dieciséis-cinco, de las catorce horas del nueve de setiembre de dos mil diecisiete, donde se realizó el acta constitutiva de la sociedad denominada Villasaenz Inversiones de San Carlos Sociedad Anónima.—Alajuela, catorce de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Manuel Venegas Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017169236 ).

Ante esta notaria, licenciada Carla Mercedes Rigioni, soltero, bajo escritura ciento treinta y nueve, tomo: veinticuatro, de fecha trece de setiembre del dos mil diecisiete, se modificó la capsula séptima, de la administración del pacto constitutivo de Agrícola Calderón y Rojas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cinco mil cuatrocientos treinta y seis, la suscrita notaria da fe que es copia exacta a su original. Es todo.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carla Mercedes Rigioni, Notario.—1 vez.—( IN2017169239 ).

Ante esta notaría, protocolicé hoy acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de La Zancada Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-285999, en la cual se modificó la cláusula sexta del pacto social y se nombró nueva junta directiva por el resto del plazo. En lo demás la sociedad se mantiene sin más reformas.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Lic. Hugo A. Chavarría Soto, Notario Público.—1 vez.—( IN2017169241 ).

Por escritura ciento sesenta y siete-siete, otorgada en San José, a las nueve horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos Cuatro Amigos de Enero de Cero Nueve S. A., cédula tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil trescientos cuarenta y dos, se cambia junta directiva y se reforma cláusula de administración, efectuada ante la Notaria: Hazel Villalobos Villar.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—( IN2017169242 ).

En escritura otorgada ante el notario, Jorge Ross Araya, a las 10: 00 horas del 14 de setiembre del 2017, se modifica la cláusula 4ta del plazo del pacto social de Consorcio de Electrificación S. A., cédula jurídica 3-101-018769.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017169261 ).

Bocalco Sociedad Anónima, modifica la cláusula de la administración. Escritura otorgada en la ciudad de Cartago, a las nueve horas del treinta de agosto del dos mil diecisiete, ante el Notario Daniel Valverde Schmidt.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—( IN2017169262 ).

Se comunica a todos los interesado ante la notaria de Marlene Brenes Corrales se constituyó la sociedad Ediciones Educativas M y M Sociedad Anónima.— A las ocho horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017169264 ).

Por escritura pública de las once horas quince minutos del trece de setiembre del año dos mil diecisiete, se acuerda disolver de la empresa Vatterri, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos vente mil-cero ochenta y seis.—Cartago, catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magaly Hidalgo Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017169265 ).

Por escritura pública de las once horas treinta minutos del trece de setiembre del año dos mil diecisiete, se acuerda disolver de la empresa Maxamarca, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos siete mil quinientos treinta y siete.—Cartago, catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magaly Hidalgo Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017169266 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día treinta de agosto del dos mil diecisiete, se otorga escritura de disolución de la sociedad Sweet Memories Boutique S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos ochenta y dos mil ochocientos sesenta y nueve.—Alajuela, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—( IN2017169267 ).

Ante mí, Carmen Martínez Ramírez, Notaria Pública, mediante escritura número ciento cincuenta y seis del tomo dos de mi protocolo, se constituyó por parte de, Beatriz Brenes Obando la Fundación Monchito Perros Ayudando a Perros, a las once horas treinta minutos del siete de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Carmen Martínez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169268 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 47, de las 11:00 horas del ll de setiembre del 2017, se protocolizó acta 3 de asamblea general extraordinaria de socios Helena Primera Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-644942; por medio de la cual se acuerda modificar la cláusula cuatro se disminuye el plazo social.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. Lilliam Ma. Arguedas Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017169269 ).

Ante mí Ana Cristina Hidalgo García, notaria pública con oficina en Cartago Oreamuno Cot diagonal a la Estación de Servicio Corazón de Jesús, a las 15:10 horas del 22 de Julio de 2017, se constituyó Grupo Profesional de Consultores Tames y Robles Sociedad Anónima, con domicilio en Cartago El Guarco Tejar, cuyo objeto es Consultoría en Sistemas de Información e Infraestructura tecnológica, Presidente representante judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Nombre: Ana Cristina Hidalgo García.—Licda. Ana Cristina Hidalgo García, Notaria.—1 vez.—( IN2017169271 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 11:00 horas del 13 de setiembre del 2017, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad CR Mansiones Escazú, Ltda. Mediante la cual se reforma el artículo sétimo del pacto social y se nombran nuevos gerentes.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017169272 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria, la sociedad Pantera Negra Global Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y dos mil quinientos veintisiete, modifica el pacto constitutivo en las cláusulas segunda del domicilio social y sétima de la forma de convocatoria a las asambleas.—Firmo en San José a las nueve horas del once de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Blanca Isabel Umaña Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2017169274 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se solicita el cambio de domicilio y junta directiva de la sociedad: Grupo Caspan Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres- ciento uno - setecientos veinte mil setenta y nueve, su nuevo domicilio será: Heredia, Santo Domingo, Calle cinco Avenida siete y ocho, del colegio Santa María de Guadalupe cien metros Oeste y veinticinco sur casa mano derecha.—San José, a las once horas del catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Gerardo Ureña Barrios, Notario.—1 vez.—( IN2017169275 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas treinta minutos del trece de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Margafino, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, mediante la cual se reforman las cláusulas sexta, sétima y segunda del pacto constitutivo.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017169276 ).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de Socios de la Sociedad denominada Torres y Pineda Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y dos mil trescientos cuarenta, inscrita al tomo trescientos veintidós, asiento diez mil seiscientos veintiocho, todos los socios toman el acuerdo principal de reformar las cláusulas segunda y sétima de la sociedad.—Liberia, once de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017169278 ).

En mi notaria he protocolizado fa Asamblea General extraordinaria de socios de la sociedad denominada Theponig de Liberia Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, con cédula de persona Jurídica número tres- ciento uno- setecientos cuarenta y cuatro mil cero sesenta y cinco, inscrita al tomo dos mil diecisiete, asiento quinientos treinta y cuatro mil doscientos doce. Todos los socios toman el acuerdo principal de reformar la cláusula primera de la sociedad.—Liberia, once de setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017169280 ).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se constituyó la compañía Rica Tica Frutas de mi Tierra, Sociedad Anónima. Domicilio social en San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Rotonda de la Y Griega carretera a San Francisco de Dos Ríos, quinientos metros al este, la Representación Judicial y Extrajudicial de la Compañía será ejercida por el presidente, secretario y/o tesorero actuando conjunta o separadamente. Capital social doscientos dólares.—San José, veintinueve de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Diego Moya Meza, Notario.—1 vez.—( IN2017169288 ).

Mediante la escritura número sesenta y cinco-dos, de la notaria Eida Patricia Sáenz Zumbado, otorgada a las ocho horas treinta minutos del catorce setiembre del dos mil diecisiete, se constituye la sociedad Comercializadora Valle Monteverde G.A.R. Sociedad Anónima.—Curridabat, catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Eida Patricia Sáenz Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2017169289 ).

Mediante la escritura número sesenta y siete-dos, otorgada ante la notaria Eida Patricia Sáenz Zumbado, a las diez horas treinta minutos del catorce setiembre del dos mil diecisiete, se constituye la sociedad Comercializadora El Tubú G.R.A. Sociedad Anónima.—Curridabat, catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Eida Patricia Sáenz Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2017169291 ).

Por escritura tramitada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de Inversiones Ramcam, cédula jurídica tres ciento uno seiscientos cuarenta y siete mil novecientos cincuenta y dos, en la cual se modificó cláusula primera y segunda de pacto social constitutivo.—Heredia, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Bautista Moya Fernández, Notario Público.—1 vez.—( IN2017169298 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del diecinueve de setiembre de dos mil diecisiete, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos Inmobiliarios del Oeste D I 0 S. A., en la que se acordó modificar la cláusula quinta del pacto social.—San José, diecinueve de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—( IN2017169328 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 12 de setiembre del 2017, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de Compañía Frutera la Paz S. A., con cédula jurídica N° 3-101-568900, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas decima primera y decima sexta de los estatutos sociales de dicha compañía.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2017169329 ).

Los señores Carlos Enrique y Fernando ambos González Pinto, como dueños de la totalidad del capital social de la sociedad Pineapple Tours S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil seiscientos noventa, solicitan la disolución de la sociedad por medio de escritura número trescientos cuatro del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169330 ).

A las quince horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Melones de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y cinco mil ochocientos cincuenta y dos, en la que se reforman la cláusula vigésima primera, del pacto constitutivo, referente a la representación.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169331 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de One Scarlet Car Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y tres mil quinientos veinticinco, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017169333 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 11 de set de 2017 se protocolizó acta de Hernández y Ramos S. A., se modifica domicilio social.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2017169338 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas del veintinueve de agosto del dos mil diecisiete, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria, de Inversiones Franco Costarricenses S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y seis mil trescientos ochenta se modifica la cláusula décimo séptima y se nombra nuevo secretario.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. María Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169339 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas del trece de julio del dos mil diecisiete, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria, de Feroli Rio S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y un mil doscientos noventa y nueve se modifica la cláusula octava, junta directiva y poderes.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. María Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169340 ).

Por escritura otorgada en esta notaria, a las quince horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil diecisiete, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria, de Risaralda S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trece mil doscientos cincuenta se modifica la cláusula séptima.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. María Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169341 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del veintinueve de agosto del dos mil diecisiete, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria, de Gama S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- nueve mil setecientos treinta y se modifican las cláusulas segunda, sexta, vigésimo cuarta, vigésimo tercera, vigésimo quinta y vigésimo sexta.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. María Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169342 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas con treinta minutos del veintiuno de agosto del dos mil diecisiete, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria, de Servicios Logísticos Centroamericanos Proyecta Rocal S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos veintitrés setecientos cincuenta y seis, se reforma junta directiva y poderes.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. María Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169343 ).

Registro de la Propiedad. Sección Mercantil. Camarada Arenanegra GOG S. A., protocoliza acta donde se recibe la renuncia del secretario y se hace nuevo nombramiento. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 29 de mayo del 2017, ante la Licenciada, Mónica Lleras Barrantes.—San José, 8:00 horas del 14 de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—1 vez.—( IN2017169362 ).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Documento Admitido Traslado al Titular

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ref.: 30/2016/44381.—Inversiones y Consultoría Pamen S.A., cédula jurídica 3-101-214085.—Documento: cancelación por falta de uso.—N° y fecha: Anotación/2-106948 de 08/11/2016.—Expediente: 2006-0007894 Registro N° 165627 ALESTE en clase 49 Marca Mixto.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:07:08 del 10 de noviembre de 2016.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por Edgar Zurcher Gurdián apoderado especial de Portafolio Inmobiliario S. A., contra el nombre comercial “ALESTE” diseño, registro 165627, inscrita el 21 de enero de 2007 la cual protege “Un establecimiento dedicado a una tienda de ropa y vestuario en general. Ubicado en Cartago, Concepción de Tres Ríos entrada al Residencial Monserrat”, propiedad de Inversiones y Consultoría Pamen S. A., cédula jurídica 3-101-214385, domiciliada en La Unión de Tres Ríos, Residencial Veredas del este casa 9-E. Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, tomar en cuenta que es el titular del signo a quien le corresponde demostrar con prueba contundente el uso del signo, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro, asimismo en el expediente constan las copias de ley de la acción para el titular del signo. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la ley de notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se le señala al titular del signo, que las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Tomás Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2017167026 ).

Resolución acoge cancelación

Ref: 30/2016/11609.—Denise Garnier Acuña, cédula de identidad 1-487-992, en calidad de Representante Legal de Liza, S. A. DE CM.—Documento: Cancelación por falta de uso (Presentada por Francisco Guzma).—N° y fecha: Anotación/2-97920 de 20/07/2015.—Expediente: 2002-0001381 Registro N° 134893 Regional en clase 33 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 12:08:14 del 28 de marzo de 2016.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el Francisco Guzmán Ortiz, soltero, cédula de identidad 104340495, en calidad de apoderado especial de C. A. Cervecería Regional contra el registro del signo distintivo Regional, Registro N° 134893, el cual protege y distingue: Bebidas alcohólicas (con excepción de las cervezas), en clase 33 internacional, propiedad de Liza S. A. DE C.V

Resultando:

I.—Que por memorial recibido el 20 de julio del 2015, Francisco Guzmán Ortiz, soltero, cédula de identidad 104340495, en calidad de apoderado especial de C.A. Cervecería Regional presenta solicitud de cancelación por falta de uso contra el registro de la marca Regional, Registro N° 134893, el cual protege y distingue: Bebidas alcohólicas (con excepción de las cervezas), en clase 33 internacional, propiedad de Liza S. A. DE C.V (Folio 1 a 4)

II.—Que por resolución de las 09:41:40 horas del 24 de julio del 2015 el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado al titular del distintivo marcarlo a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 10) Dicha resolución fue notificada al solicitante de la cancelación el 04 de agosto del 2015. (Folio 10 vuelto)

V.—Que por resolución de las 11:31:29 del 05 de octubre del 2015, el Registro de la Propiedad Industrial procede a prevenir al solicitante que vista la imposibilidad material de notificar conforme a Derecho al titular del signo, tal y como consta a folio 10 vuelto proceda a aportar nueva dirección en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de esta prevención y de no conocer otra dirección exprese y solicite que se le notifique al mismo por medio de edicto. (Folio 11) Dicha resolución fue debidamente notificada el 07 de octubre del 2015. (Folio 11)

VI.—Que por memorial de fecha 14 de octubre del 2015 el solicitante de la cancelación cumple con la prevención requerida y solicita notificar por medio de edicto. (Folio 12)

VII.—Que por resolución de las 15:02:27 horas del 12 de noviembre del 2015, el Registro de Propiedad Industrial, vista la imposibilidad material de notificar al titular marcario ordena publicar el traslado de la cancelación en La Gaceta por tres veces consecutivas quedando el edicto correspondiente a disposición de las partes. (Folio 13). Dicha resolución fue debidamente notificada el 02 de diciembre del 2015. (Folio 13 vuelto)

VIII.—Que por memorial de fecha 24 de febrero del 2016 el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La Gaceta números 22, 23 y 24 de fecha 2,3 y4 de febrero del 2016. (Folio 14 a 18)

IX.—Que no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.

X.—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados: Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca Regional, Registro N° 134893, el cual protege y distingue: Bebidas alcohólicas (con excepción de las cervezas), en clase 33 internacional, propiedad de Liza S. A. DE C.V, inscrita desde el 29 de agosto del 2002 y vigente hasta el 29 de agosto del 2022.

Que en este Registro de Propiedad Industrial se encuentran las solicitudes de inscripción 2015-2881, 2015-2883 y 2015-2880, de las marcas Regional Light, Regional Pilsen Sabor y Tradición Cervecería Regional y Malta Regional respectivamente en clase 32 internacional, solicitadas por C.A Cervecería Regional y cuyo estado administrativo es “Con suspensión de oficio (en examen)”.

II.—Sobre los hechos no probados: Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Representación: Analizado el poder especial administrativo, documento referido por el interesado en su escrito de fecha 20 de julio del 2015, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso del Lic. Francisco Guzmán Ortiz como Apoderado Especial de C.A. Cervecería Regional. (Folio 9)

IV.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación: El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas por Francisco Guzmán Ortiz, representante de C.A Cervecería Regional, se notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta números 22, 23 y 24 de fecha 2, 3 y 4 de febrero del 2016 (Folio 15) y hasta la fecha no se ha presentado respuesta alguna a dicho traslado.

VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. A. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta por Francisco Guzmán Ortiz, representante de C.A Cervecería Regional, se desprenden los siguientes alegatos: I) Que su representada intentó registrar las marcas indicadas pero fueron objetadas en virtud del registro 134893. II) Que Liza S. A. de C.V no ha utilizado la marca y parece que no tiene intenciones de hacerlo según se pudo constatar en el mercado nacional en un estudio recientemente efectuado. III) Que su representada tiene interés en la protección y comercialización en el territorio nacional de los productos identificados con las marcas que se pretenden inscribir.

VIII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto N° 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

“En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin, todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.”

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso Liza S. A. DE C.V, que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la marca Regional para distinguir productos en clase 33.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la empresa C.A Cervecería Regional demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud de cancelación de marca se desprende que existen solicitudes de inscripción en suspenso en virtud de la resolución de este expediente.

En cuanto al uso, es importante resalta que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

“Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.

Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca”

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcarlo ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca “Regional” al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro N° 134893, marca “Regional” en clase 33 internacional propiedad de Liza S. A. DE C.V. Por tanto,

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, 1) Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por Francisco Guzmán Ortiz, soltero, cédula de identidad 104340495, en calidad de apoderado especial de C.A. Cervecería Regional contra el registro del signo distintivo Regional, Registro N° 134893, el cual protege y distingue: Bebidas alcohólicas (con excepción de las cervezas), en clase 33 internacional, propiedad de Liza S. A. DE C.V. Se ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifíquese.—Lic. Cristian Mena Chinchilla, Director.—( IN2017167077 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse domicilio actual del  patrono  Vidrios  y  Aluminios Cristal S.A., número patronal 2-3101611288-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Desamparados de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que interesa indica: Determinación de los montos exigibles. Conforme a la prueba disponible en el expediente administrativo se resuelve iniciar procedimiento, en el cual se le imputa al patrono indicado, no haber reportado ante la Caja, la totalidad de los salarios devengados por el trabajador Christopher Segura Castro, cédula 1-1306-0928 en el período de Junio 2010 y hasta mayo 2014 inclusive por un monto de salarios omitidos de Diez millones novecientos noventa y ocho doscientos colones netos (¢10.998.200,00) sobre el cual deberá cancelar ante la Caja Costarricense de Seguro Social, las cuotas obrero patronales de ¢3.089.450,00, de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte y las cuotas de la Ley de Protección al Trabajador. Consulta expediente: en esta oficina, Sucursal Desamparados, Centro Comercial Multicentro, 6to piso, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 04 de julio de 2017.—Sucursal Desamparados de la Dirección Regional Central de Sucursales de la Caja Costarricense de Seguro Social.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017168041 ).

SUCURSAL DE DESAMPARADOS

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Seguridad y Vigilancia Privada M y M de Costa Rica S. A. número patronal 2-03101368580-001-001 la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2017-01032 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢36,078.00 en cuotas obrero patronales y LPT. Consulta expediente en Desamparados, Mall Multicentro sexto piso. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 06 de setiembre del 2017.—Lic. Johel Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017168042 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE FLORES

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

COBRO ADMINISTRATIVO POR MOROSIDAD

El suscrito Lic. Gerardo Rojas Barrantes, portador de la cédula de identidad número 5-0166-0396, en calidad de Alcalde de la Municipalidad de Flores, de conformidad con los artículos 11, tanto de la Constitución Política de Costa Rica, como de la Ley General de la Administración Pública, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 52 y 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a comunicar: Que dado que son lotes baldíos y por desconocerse el domicilio fiscal actual, así como del (los) Representante(s) Legal (es) habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos adeudados de (los) contribuyente (s) que a continuación se indican:

Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

Se concede un plazo de quince días hábiles a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el (los) contribuyente (s) arriba indicado (s) cancele (n) la (s) deuda (s). Nota: Los intereses varían día a día.

Para los efectos de pago correspondiente, el mismo se podrá tramitar por medio del Banco de Costa Rica, Banco Nacional, y en la Municipalidad de Flores en horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a viernes. Es todo.—Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde.—1 vez.—( IN2017167868 ).

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Sucursal la Uruca:

De la bomba Uno

contiguo a Capris

100 m. sur y 100 m. oeste

Sucursal Curridabat:

Ubicada dentro del

Registro Nacional de la Propiedad

Horario de atención:

Sucursal la Uruca:

Lunes a viernes de

8:00 a.m. a 3:30 p.m., jornada continua

Sucursal Curridabat:

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.

y de 1:00 p.m. a 3:30 p.m.

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