N° 101-MAG
EL MINISTRO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos
27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2
de mayo de 1978.
Considerando:
Único—Que resulta de interés ministerial que la señora Ana Gómez De
Miguel, cédula 1-0470-0642, Directora Ejecutiva de SEPSA, del Ministerio de
Agricultura y Ganadería, participe en “XXXI Reunión del Comité Técnico
Regional” que se realizará en San Pedro Sula, Honduras, del 21 al 23 de junio
del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a Ana Gómez De Miguel, Directora Ejecutiva de SEPSA,
del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en “XXXI Reunión del
Comité Técnico Regional” que se realizará en San Pedro Sula, Honduras, del 21
al 23 de junio del 2017.
Artículo 2°—Los gastos
por concepto de transporte aéreo, terrestre, viáticos y seguro, durante su
viaje serán sufragados por VECO Mesoamérica (VECO MA).
Artículo 3°—El
funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir
de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo 4°—Rige a
partir del 21 al 23 de junio del 2017.
Dado en San José, en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, a los
diecisiete días del mes de mayo del dos mil diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1
vez.—Orden de compra N° 34112.—Solicitud N° 4514.—( IN2017167763 ).
Nº 116-MAG
LA MINISTRA DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos
27, 28, 103 de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2
de mayo de 1978 y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.
Considerando:
Único: que resulta de interés para el Ministerio de Agricultura y
Ganadería que la señora Ghiselle Cecilia Rodríguez Muñoz, cédula Nº 104760497
participe en Taller Internacional “Buenas Prácticas en Evaluación de Políticas
Públicas para la Agricultura” que se realizará en, Montevideo, Uruguay el 13 y
14 de junio del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Ghiselle Cecilia Rodríguez Muñoz, para
que participe en Taller Internacional “Buenas Prácticas en Evaluación de
Políticas Públicas para la Agricultura” que se realizará en Montevideo, Uruguay
el 13 y 14 de junio del 2017.
Artículo 2º—Los gastos
por concepto de transporte terrestre, aéreo, hospedaje, alimentación y seguros
de viaje serán cubiertos por el IICA y CAS.
Artículo 3º—El
funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a partir
de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo 4º—Rige a
partir del 11 de junio del 2017 hasta el 15 de junio del 2017.
Dado en el Ministerio de Agricultura y Ganadería.—San José a los cinco
días del mes de junio del dos mil diecisiete.
Ivannia Quesada Villalobos, Ministra de Agricultura y Ganadería a. í.—1
vez.—Orden de compra Nº 34112.—Solicitud Nº 4514.—( IN2017167764 ).
Nº
122-MAG
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la
Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de
la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta
N° 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.
Considerando:
Único: Que resulta de interés para SEPSA del
Ministerio de Agricultura y Ganadería que la señora Ana Lorena Jiménez
Carvajal, cédula 107110110, participe en el “Reuniones Técnicas de funcionarios
de SEPSA —Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica con Instituciones
Mexicanas en materia de Sistemas de Información sobre Cambio Climático y
Gestión de Riesgos en el Sector Agropecuario” que se realizará en México, del
19 al 23 de junio del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Ana Lorena
Jiménez Carvajal, para que participe en “Reuniones Técnicas de funcionarios de
SEPSA —Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica con Instituciones
Mexicanas en materia de Sistemas de Información sobre Cambio Climático y
Gestión de Riesgos en el Sector Agropecuario” que se realizará en, México, del
19 al 23 de junio del 2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte terrestre, aéreo, hospedaje,
alimentación, viáticos, y seguro de viaje, serán cubiertos por CEPAL.
Artículo
3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a
partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el
que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo
4º—Rige a partir del 18 de junio del 2017 hasta el 23 junio del 2017.
Dado en San José, Ministerio de Agricultura y
Ganadería a los nueve días del mes de junio del dos mil diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini Ministro de
Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden
de compra N°
34112.—Solicitud N° 4514.—( IN2017167765 ).
124-MAG
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la
Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de
la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta
N° 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.
Considerando:
Único.—Que resulta de interés para
SEPSA del Ministerio de Agricultura y Ganadería que la señora Yetty Violeta
Quiros Ballestero, cédula 1492-041 participe en el “Reuniones Técnicas de
funcionarios de SEPSA -Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica con
Instituciones Mexicanas en materia de Sistemas de Información sobre Cambio
Climático y Gestión de Riesgos en el Sector Agropecuario” que se realizará en
,México, del 19 al 23 de junio del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a 1 señora Yetty
Violeta Quirós Ballestero, para que participe en “Reuniones Técnicas de
funcionarios de SEPSA -Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica con
Instituciones Mexicanas en materia de Sistemas de Información sobre Cambio
Climático y Gestión de Riesgos en el Sector Agropecuario” que se realizará en
México, del 19 al 23 de junio del 2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte terrestre, aéreo, hospedaje,
alimentación, viáticos, y seguro de viaje, serán cubiertos por CEPAL.
Artículo
3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a
partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el
que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo
4º—Rige a partir del 18 de junio del 2017 hasta el 23 junio del 2017.
Dado en San José, Ministerio de Agricultura y
Ganadería a los nueve días del mes de junio del dos mil diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de
Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden
de compra N°
34112.—Solicitud N° 4514.—( IN2017167766 ).
N° 125-MAG
EL MINISTRO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículos
27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2
de mayo de 1978.
Considerando:
Único—Que resulta de interés ministerial que el señor Guillermo González
Perera, cédula de identidad 1-0502-0372, Jefe de la Unidad de Asuntos
Internacionales del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en el
“Taller Sectorial-EUROCLLEVIA-Sector Producción Resiliente de Alimentos” que se
realizará en Quito, Ecuador, del 14 de al 16 de junio del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar
al funcionario Guillermo González Perera, para que participe en el “Taller Sectorial-
EUROCLLIMA-Sector Producción Resiliente de Alimentos” que se realizará en
Quito, Ecuador, del 14 de al 16 de junio del 2017.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de
transporte terrestre, aéreo, hospedaje, alimentación, viáticos y seguro de
viaje serán cubiertos por el IICA y JRC.
Artículo 3°—El funcionario queda obligado en
un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un
informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades
desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la
Institución y para el país. Asimismo, queda obligado a realizar el efecto
multiplicador de los conocimientos adquiridos.
Artículo 4°—Rige a partir del 13 de junio
hasta el 17 de junio del 2017.
Dado en San José,
Ministerio de Agricultura y Ganadería, a los nueve días del mes de junio del
dos mil diecisiete.
Luis Felipe Arauz
Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra N°
33711.—Solicitud N° 5218.—( IN2017167786 ).
Nº
136-MAG
EL MINISTRO
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la
Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de
la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta
N° 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.
Considerando:
Único: Que resulta de interés del
Ministerio de Agricultura y Ganadería que la señora Ivannia Quesada Villalobos,
cédula 2-0500-0237, Viceministra del Ministerio de Agricultura y Ganadería
participe en el “40 Período de Sesiones de la Conferencia en la seda
de la FAO” que
se realizará en Italia, Roma del 3 al 08 de julio del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Ivannia
Quesada Villalobos, para que participe en el “40
Período de Sesiones de la Conferencia en la seda de la FAO” que se realizará en Italia,
Roma del 03 al 08 de julio del 2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de tiquetes aéreos, hospedaje y alimentación de los
días lunes 03 de julio y martes 04 de julio serán cubiertos por la FAO, el
hospedaje y alimentación del miércoles 05 de julio al domingo 09 de julio serán
cubiertos por el MAG, subpartida 1.05.04, asimismo el transporte terrestre
durante su estadía en el país visitado será cubierto por el MAG, subpartida
1.05.03.
Artículo
3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a
partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el
que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo
4º—Rige a partir del 02 de julio del 2017 hasta el 09 julio del 2017.
Dado en San José, Ministerio de Agricultura y
Ganadería a los veintisiete días del mes de junio del dos mil diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini Ministro de
Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra N° 33711.—Solicitud N° 5217.—(
IN2017167790 ).
N°
146-MAG
El
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la
Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de
la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.
Considerando:
Único: Que resulta de interés ministerial que
la señora Ana Lorena Jiménez Carvajal cédula 1-0711-0110, de SEPSA, del
Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en la “Reunión Lanzamiento del Sistema de Vigilancia de la Sequía Agrícola
en Centroamérica”
que se realizará en Managua, Nicaragua del 20 al 22 julio del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a Ana Lorena Jiménez
Carvajal, para que participe en la “Reunión
Lanzamiento del Sistema de Vigilancia de la Sequía Agrícola en Centroamérica” que se realizará en Managua,
Nicaragua del 20 al 22 julio del 2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, terrestre, Hospedaje,
alimentación viáticos durante su viaje serán sufragados por la FAO.
Artículo
3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a
partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el
que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo
4º—Rige a partir del 20 de julio al 22 de julio del 2017.
Dado en San José, en el Ministerio de
Agricultura y Ganadería a los catorce días del mes de julio del dos mil
diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de
Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra N° 34112.—Solicitud N° 4514.—(
IN2017167768 ).
N° 147-MAG
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la
Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de
la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.
Considerando:
Único.—Que resulta de interés ministerial que
el señor Roberto Flores Verdejo, cédula N° 8-0083-0697, de SEPSA, del
Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en la “Reunión Lanzamiento del
Sistema de Vigilancia de la Sequía Agrícola en Centroamérica” que se realizará
en Managua, Nicaragua del 20 al 22 julio del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a Roberto Flores
Verdejo, para que participe en la “Reunión Lanzamiento del Sistema de
Vigilancia de la Sequía Agrícola en Centroamérica” que se realizará en Managua,
Nicaragua del 20 al 22 julio del 2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, terrestre, Hospedaje,
alimentación viáticos durante su viaje serán sufragados por la FAO.
Artículo
3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a
partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el
que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo
4º—Rige a partir del 20 de julio al 22 de julio del 2017.
Dado en San José, en el Ministerio de
Agricultura y Ganadería, a los catorce días del mes de julio del dos mil
diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de
Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra Nº 34112.—Solicitud Nº 4514.—(
IN2017167769 ).
N°
180-MAG
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la
Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de
la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.
Considerando:
Único.—Que resulta de interés ministerial que
la señora Ivannia Quesada Villalobos cédula N° 2-500-237, Viceministra del
Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe como “VII Encuentro
Internacional de Pastoreo Voisin”, que se realizará en Maceio-Brasil del 23 al
25 de agosto del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Ivannia
Quesada Villalobos, para que participe como “VII Encuentro Internacional de
Pastoreo Voisin”, que se realizará en Maceio-Brasil del 23 al 25 de agosto del
2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación,
durante su viaje serán sufragados por la Federación de Agricultura y Ganadería
del Estado Alagoas.
Artículo
3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a
partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el
que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo
4º—Rige a partir del 21 al 27 agosto del 2017.
Dado en San José, en el Ministerio de
Agricultura y Ganadería, a los ocho días del mes de agosto del dos mil
diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de
Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra Nº 33711.—Solicitud Nº 5219.—( IN2017167784 ).
N°
189-MAG
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la
Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de
la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.
Considerando:
Único.—Que resulta de interés ministerial que
el señor Felipe Arguedas Gamboa, cédula N° 1-0507-0778, Viceministro del
Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe en el Simposio Regional
“Sistemas Alimentarios Sostenibles para una Alimentación Saludable” que se
realizará en San Salvador, El Salvador, del 05 al 7 de setiembre del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Felipe
Arguedas Gamboa, para que participe en el Simposio Regional “Sistemas
Alimentarios Sostenibles para una Alimentación Saludable” que se realizará en
San Salvador, El Salvador, del 05 al 07 de setiembre del 2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación,
viáticos y seguro durante su viaje serán sufragados por la FAO.
Artículo
3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a
partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el
que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo
4º—Rige a partir del 05 al 08 de setiembre del 2017.
Dado en San José, en el Ministerio de
Agricultura y Ganadería, a los veintiún días del mes de agosto del dos mil
diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de
Agricultura y Ganadería.—1 vez.—Orden de compra Nº 33473.—Solicitud Nº 5179.—( IN2017167797 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
N° SENASA-DG-R091-2017.—Dirección General del
Servicio Nacional de Salud Animal, a las quince horas veinticinco minutos del
cinco de setiembre del dos mil diecisiete.
Considerando:
I.—Que al amparo de lo establecido en el
Reglamento para laboratorio oferentes, de referencia y con ensayos
oficializados por Senasa, N° 34493, mediante Resolución SENASA-DG-R022-2015 de
las ocho horas del primero de junio del dos mil quince, el SENASA declaró como
oficializado en el Laboratorio AGQ USA una serie de ensayos de laboratorio.
II.—Que
mediante nota de fecha 09 de agosto de 2017, el Laboratorio AGQ USA solicitó
con carácter voluntario la exclusión de la lista de laboratorios oficializados
por el LANASEVE.
III.—Que
la oficialización de ensayos corresponde a solicitudes por parte del
laboratorio interesado, por lo que solicitar el retiro de la oficialización
corresponde a un acto de igual naturaleza y por ello lo procedente es aceptar
el requerimiento del Laboratorio AGQ USA. Por
tanto,
EL
DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL
DE SALUD ANIMAL DEL MINISTERIO
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,
RESUELVE:
1º—Dejar sin efecto la oficialización del
Laboratorio AGQ USA establecida mediante Resolución SENASA-DG-R022-2015 de las
ocho horas del primero de junio del dos mil quince publicada en el Diario
Oficial La Gaceta N° 139 del 20 de julio de 2015.
2º—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Publíquese igualmente en la página web del SENASA. Expídase la certificación de
estilo para el laboratorio al cual se le ha oficializado el ensayo de
laboratorio.
Bernardo Jaén Hernández, Director General.—1
vez.—Orden de compra N° 504-17.—Solicitud N° 94288.—(
IN2017167910 ).
N° SENASA-DG-R092-2017.—Dirección General del
Servicio Nacional de Salud Animal, a las ocho horas veinte minutos del seis de
setiembre del año dos mil diecisiete.
Resultando:
I.—Que el Servicio Nacional de Salud Animal
(SENASA), conforme a lo dispuesto por la Ley N° 8495 del 6 de abril del 2006,
es un órgano de desconcentración mínima del Ministerio de Agricultura y
Ganadería, el cual dentro de sus competencias: administrar, planificar, dirigir
y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el control de
la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal, en
las etapas de captura, producción, industrialización y comercialización,
considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios,
plaguicidas y otros contaminantes químicos, biológicos o de origen
biotecnológico; establecer, planificar, ejecutar y evaluar las medidas
necesarias para llevar a cabo el control veterinario de las zoonosis;
establecer criterios de autorización de personas físicas y jurídicas para cada
actividad específica, las responsabilidades asumidas y sus limitaciones;
establecer procedimientos de control de calidad y auditoría técnica, tanto para
el propio SENASA como para las personas físicas y jurídicas oficializadas o
autorizadas; asimismo respaldar con resultados de pruebas del laboratorio
oficial, la eficacia de los programas, las campañas y del sistema de
inspección, control y evaluación, siendo que el laboratorio oficial para esos
efectos podrá utilizar laboratorios oferentes, de referencia y debidamente
oficializados.
II.—Que
el Decreto Ejecutivo N° 34493-MAG del 10 de enero del 2008 publicado en La Gaceta
N° 88 del 27 de febrero del 2008, “Reglamento para Laboratorios Oferentes, de
Referencia y con Ensayos Oficializados por SENASA”, es el marco regulador de
los laboratorios que ofrezcan pruebas o ensayos oficializados, sean estos
públicos o privados, nacionales o extranjeros, en las modalidades de oferentes,
de referencia, y que respaldan los programas, las campañas y el sistema de
inspección, control y evaluación del SENASA.
III.—Que el Laboratorio
Inspectorate del Ecuador S.A. con número de identificación (RUC) 1791822080001,
ubicado en Guayas, Ecuador, específicamente en Guayaquil, Tercer Callejón 14,
Solar 4, Emilio Soro Lorente, manzana 8; representado por la señora María
Gabriela Mármol Loyola, con número de identidad 091722717-5, ha solicitado,
mediante el formulario SENASA-PE-003-RE-002 la oficialización formal de siete
ensayos de laboratorio, los cuales el SENASA ha verificado cumple
satisfactoriamente los requisitos que establece el Decreto Ejecutivo N°
34493-MAG, antes citado y con los que establece la Resolución SENASA N°
DG-0001-2008 publicada en La Gaceta N° 91 del 13 de mayo del 2008, e
igualmente, desde el punto de vista técnico, ha verificado su equivalencia y
cumplimiento de los requerimientos establecidos para estas pruebas de
laboratorio. Por tanto,
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO
NACIONAL
DE SALUD ANIMAL, RESUELVE:
1º—Declarar como oficializados siete ensayos
realizados en el Laboratorio Inspectorate del Ecuador S. A., con número de
identificación (RUC) 1791822080001, que se describen a continuación:
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
2º—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Bernardo Jaén Hernández, Director General.—1
vez.—Orden de compra Nº 504-17.—Solicitud Nº 94285.—(
IN2017167908 ).
SENASA-DG-R093-2017.—Servicio Nacional de
Salud Animal.—Barreal de Ulloa, Heredia, a las quince horas del siete de
setiembre del dos mil diecisiete.
Considerando:
I.—Que mediante Resolución Nº
SENASA-DG-R079-2017 de las nueve horas y treinta minutos del veinte de julio
del dos mil diecisiete, se dictó como medida sanitaria de carácter general y
obligatoria, la prohibición de realizar nuevas derribas de plantaciones de piña
por al menos 90 días en todas las fincas piñeras ubicadas en el Distrito de
Pital del Cantón de San Carlos de Alajuela.
II.—Que
dicha medida sanitaria entró en vigor a partir del 24 de julio del 2017, fecha
en la cual fue publicada en el Alcance Nº 180 a La
Gaceta Nº 140.
III.—Que
mediante Resolución Nº SENASA-DG-R080-2017 de las nueve horas del primero de
agosto del dos mil diecisiete se adicionó la Resolución Nº SENASA DG-R079-2017
antes citada, a los efectos aclarar que debe entenderse como derriba todo
proceso de fraccionamiento de tallos de las plantas de piña que involucre la
utilización de equipo mecánico tipo trituradora, rastra o chapiadora o
cualquier otro que produzca heridas en los tallos (ñongas) de las plantas, sean
estas verdes o desecadas.
IV.—Que
se ha tenido reportes de que en la Comunidad del Sahíno del Distrito de Pital
del Cantón de San Carlos de Alajuela, incluida en la prohibición de derribas
establecida, no se han presentado brotes de Stomoxys Calcitrans y por lo que
productores de piña ubicados en establecimientos localizados en dicha comunidad
han planteado la solicitud de que se levante para esa comunidad la prohibición
impuesta.
V.—Que
este Servicio Nacional atendiendo a dicha solicitud ha procedido a verificar
dicha situación con personeros del Servicio Fitosanitario del Estado, (SFE), la
Dirección Regional Huetar Norte de la Dirección Nacional de Extensión
Agropecuaria (DNEA), el Programa Nacional de Piña y el Instituto Nacional de
Innovación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria (INTA), órganos ministeriales
involucrados en las acciones de control de la Stomoxys Calcitrans, logrando
establecer la certeza de la información suministrada y por lo que es procedente
acoger y por ello establecer la excepción solicitada pero condicionada al
cumplimiento efectivo de ciertas prácticas agropecuarias, tales como aviso y
programación de derribas para los próximos noventa días, misma que deberá
presentarse al Servicio Fitosanitario del Estado a los efectos de que dicho
Servicio planifique las visitas de inspección a los terrenos derribados;
reforzamiento de trampeo de moscas en las áreas derribadas colocando trampas y
bolsas con pega de previo a la derriba, a los efectos de monitorear la
presencia de la mosca; aplicaciones de nebulizaciones de insecticidas en las
fincas ganaderas aledañas en donde pastorea el ganado, a cargo y cuenta de los
productores Piñeros, mismas que se realizarán en anillos perimetrales con
prioridad en los primeros tres a cinco kilómetros. Por tanto,
EL
DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL
DE SALUD ANIMAL DEL MINISTERIO
DE AGRICULTURA Y GANADERIA
RESUELVE:
1º—Permitir,
como excepción a lo establecido en la Resolución Nº SENASA-DG-R079-2017 de las
nueve horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, la
derriba en las plantaciones de piña ubicadas en la comunidad del Sahíno del
Distrito de Pital del Cantón de San Carlos de Alajuela, condicionado al
cumplimiento efectivo de las siguientes practicas agropecuarias: aviso
obligatorio de la programación de derribas para los próximos noventa días, la
cual deberá presentarse al Servicio Fitosanitario del Estado a los efectos de
que dicho Servicio planifique las visitas de inspección a los terrenos
derribados; reforzamiento de trampeo de moscas en las áreas derribadas colocando
trampas y bolsas con pega de previo a la derriba a los efectos de monitorear la
presencia de la mosca; aplicaciones de nebulizaciones de insecticidas en las
fincas ganaderas aledañas en donde pastorea el ganado, a cargo y cuenta de los
productores piñeros, mismas que se realizarán en anillos perimetrales con
prioridad en los primeros tres a cinco kilómetros.
2º—La
presente resolución rige a partir de la fecha de su adopción. Publíquese en el
Diario Oficial La Gaceta. Comuníquese para su conocimiento al señor
Ministro y Viceministros de Agricultura y Ganadería, al Ministro de Salud y a
las Direcciones Generales del Servicio Fitosanitario del Estado, (SFE), la
Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria (DNEA), el Programa Nacional de
Piña y al Instituto Nacional de Innovación y Transferencia de Tecnología
Agropecuaria (INTA).—Bernardo Jaen Hernández, Director General.—1 vez.—O. C. Nº
504-17.—Solicitud Nº 94360.—( IN2017167918 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
Para ver marcas solo en La Gaceta con formato PDF
Mariana
Alfaro Salas, casada una vez, cédula de identidad Nº 112690988, en calidad de
apoderada especial de Nomade Taller de Cocina Limitada, cédula jurídica Nº
3102741800, con domicilio en: distrito San Francisco Condominio San Francisco
casa número dos E., Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: NOMADE
TALLER DE COCINA
como marca de servicios en clases 41 y 42 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente en clase 41: servicios educativos
relacionados con la cocina y en clase 42: consultas profesionales relativas al
diseño de cocinas a medida, diseño de cocinas, planificación y diseño de
cocinas, y todo lo relacionado con servicios de diseño de cocinas. Reservas: no
se reserva las palabras Taller de Cocina. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007991. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 25 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017167008 ).
Rocío Fonseca Chinchilla, soltera, cédula de
identidad 112190104, con domicilio en Desamparados, Calle Fallas, de la
Panadería Damaris; 50 metros al sur, Urbanización Monte Claro, casa H-13, de
una planta con tapia color naranja y portón café, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: HIERBABUENA Juice Bar & Store
como nombre comercial en clase 49
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a la actividad de venta de batidos naturales, energéticos y
ensaladas de frutas, ubicado en Ciudad de San José, San Francisco de Dos Ríos,
exactamente de la Bomba Total, 50 metros al norte. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2017, según Solicitud N°
2017-0007760. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de setiembre del 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167011 ).
Martha Lucía Santacruz Ospina, casada, cédula
de identidad Nº 801170608, con domicilio en: Coronado, San Isidro, Barrio San
Francisco, Urbanización Mapache, casa N° 8, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BOLSOS WAYUU como marca de comercio en clase 18 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: bolsos de mano, de viaje, de
playa; carteras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio
del 2017. Solicitud N° 2017-0006793. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 27 de julio
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167013 ).
Jeremy Vargas Castro, casado una vez, cédula
de identidad 112620004, en calidad de apoderada especial de Asociación Pinta
Una Sonrisa, cédula jurídica 3002736365, con domicilio en Pérez Zeledón Barrio
Cooperativa, 250 metros oeste de abastecedor San Rafael, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Pinta una Sonrisa
como marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicio destinado al bienestar social y ayuda a
terceros sin fines de lucro. Reservas: De colores: Celeste y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto de 2017. Solicitud Nº
2017-0007803. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 04 de setiembre de 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017167015 ).
Federico Carlos Alvarado Aguilar, casado una
vez, cédula de identidad 900600982, en calidad de apoderado especial de
Repuestos Usados Avenida Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101058511 con
domicilio en Paso Ancho, contiguo a la Rotonda de Paso Ancho, 75 metros oeste
del ICE, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: La Guacamaya como
marca de fábrica y servicios en clases: 12 y 37. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 12
Vehículos automotores livianos y pesados, nuevos y usados, repuestos y accesorios,
nuevos y usados, para motocicletas y vehículos automotores livianos y pesados.
y 37 Servicios de asesoría en reparación e instalación de repuestos nuevos y
usados y accesorios, de motocicletas y vehículos automotores livianos y
pesados. Reservas: De los colores: blanco, rojo, azul y amarillo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio de 2017. Solicitud Nº
2017-0007402. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017167037 ).
Emilio Bruce Jiménez, casado una vez, cédula
de identidad N° 104060286, en calidad de apoderado generalísimo de Reproducción
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101009903 con domicilio en Rohrmoser, de
Plaza Mayor, 200 metros oeste, 200 metros norte, casa esquinera de dos plantas,
Costa Rica, solicita la inscripción de: LA
DOLOROSA ESTACIONAMIENTO PUBLICO, como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
estacionamiento o aparcamiento público de vehículos automotores y motocicletas.
Ubicado en avenida 10, entre calles central y calle 2, edificación que
pertenece a la propia Reproducción S. A. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de agosto del 2017. Solicitud 2017-0007825. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 04 de setiembre de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017167108 ).
Jorge Antonio
Marchena Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad 105610143, en calidad
de apoderado generalísimo de IT Servicios de Infocomunicación S. A., cédula
jurídica 3101216432 con domicilio en Pozos de Santa Ana, 125 m al oeste del
Centro Comercial Momentum Lindora, Centro Corporativo Lindora, Pignataro
Abogados, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ITS
InfoCom
como marca de
servicios, en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios científicos y tecnológicos, diseño y desarrollo de ordenadores y
software, prestación de servicios de soporte técnico de redes y datos, mantenimiento
de infraestructuras de redes de telecomunicación. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004985. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 30 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017167115 ).
Jorge Antonio Marchena Rodríguez, casado una
vez, cédula de identidad N° 105610143, en calidad de apoderado generalísimo de
It Servicios de Infocomunicación S. A., cédula jurídica N° 3101216432, con
domicilio en Pozos de Santa Ana, 125 metros al oeste del Centro Comercial Momentum
Lindora, Centro Corporativo Lindora, Pignataro Abogados, tercer piso, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ITS
InfoCom,
como marca de servicios en clase 38
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004986. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167116 ).
Jorge Antonio Marchena
Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad 105610143, en calidad de
apoderado generalísimo de IT Servicios de Infocomunicación S. A., cédula
jurídica 3101216432, con domicilio en Pozos de Santa Ana, 125 m., al oeste del
Centro Comercial Momentum Lindora, Centro Corporativo Lindora, Pignataro
Abogados, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ITS
InfoCom,
como marca de
servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios de capacitación y enseñanza. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004987. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 07 de agosto de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017167117 ).
Ana Yadith Acuña Montero, casada una vez,
cédula de identidad N° 109330721, en calidad de apoderado generalísimo de
Corporación de Vida Internacional Divina Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica N° 3102721034, con domicilio en Centro Comercial de Guadalupe,
Goicoechea, Local Nº 15, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: VIDA
DIVINA, como marca de comercio en clase(s): 3; 5; 31; 32 y 35.
internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente:
clase 3 preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de
perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos,
(Productos orgánicos incluyendo champú, acondicionadores, sprays para el
estilizado del cabello, gels y pomadas; cremas, lociones, gels, leches,
mascarillas, exfoliantes, tonificadores y sprays para la cara, lociones,
cremas, gels y limpiadores para las manos; cremas, lociones, limpiadores, gels,
exfoliantes y sprays para el cuerpo; artículos de tocador para rasurar para
hombre; fragancias; paños abrasivos o exfoliantes; tratamientos para el cuerpo
y el cabello; cosméticos; artículos para el cuidado de la piel); clase 5
productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos
higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para
personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas, (Suplementos alimenticios alimentos y suplementos
nutricionales; suplementos vitamínicos y minerales en forma de tableta, polvo o
capsula); clase 31 productos agrícolas, hortícolas y forestales; granos y
semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres
frescas; plantas y flores naturales; animales vivos; alimentos para Animales;
malta, (productos orgánicos); clase 32 cervezas; aguas minerales y otras
bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y
otras preparaciones para elaborar bebidas (bebidas con electrolitos bebidas de
suero de leche; bebidas hipotónicas, isotónicas e hipertónicas); y clase 35
publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos
de oficina. Servicios de comercialización de preparaciones para blanquear y
otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir,
desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales,
cosméticos, lociones capilares, dentífricos, champues, acondicionadores, sprays
para el estilizado del cabello gels y pomadas; cremas, lociones, gels, leches,
mascarillas, exfoliantes, tonificadores y sprays para la cara, lociones,
cremas, gels y limpiadores para las manos, cremas , lociones limpiadores, gels,
exfoliantes y sprays para el cuerpo; artículos de tocador para rasurar para
hombre; fragancias; paños abrasivos o exfoliantes; tratamientos para el cuerpo
y el cabello; cosméticos; artículos para el cuidado de la piel; productos
farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario: productos
higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario; alimentos para bebes; complementos alimenticios para
personas o animales; emplastos, material para apósitos, material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas, alimentos y suplementos nutricionales: suplementos
vitamínicos y minerales en forma de tableta, polvo o capsula, productos
agrícolas, hortícolas y forestales; granos y semillas en bruto o sin procesar;
frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; plantas y flores naturales;
animales vivos; alimentos para animales; malta, alimentos y botanas que
contienen hierbas, plantas marinas, fungos, corteza de árbol, plantas y flores
naturales, semillas, raíces y bulbos, cervezas, agua minerales y otras bebidas
sin alcohol; bebidas a base de fruta y zumos de frutas; siropes y otras
preparaciones para elaborar bebidas incluyendo bebidas no alcohólicas listas para
beber, concentradas o en forma de polvo, bebidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002554.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2017167157 ).
Marianella Arias Chacón, casada, cédula de
identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Hilton Honors
Worldwide LLC., con domicilio en 7930 Jones Branch Drive, Suite 1100, Mclean,
Virginia 22102, Delaware, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: HILTON HONORS, como marca de servicios en
clase: 43 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 43 Servicios
de hotel que incluyen un programa de recompensas para los huéspedes, él le
permite a los participantes a ganar servicios de alojamiento y servicios de
hotel gratis o a precios de descuento, así como otros beneficios y servicios.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2017, según
Solicitud N° 2017-0000857. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de mayo del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167196 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad
111830447, en calidad de apoderada especial de Grupo Posadas S.A.B. de C.V.,
con domicilio en Avenida Prolongación Paseo de La Reforma N° 1015, Torre A,
Piso 9, Col. Santa Fe, Cuajimalpa, del Cuajimalpa de Morelos, C.P. 05348 México
D.F., México, solicita la inscripción de: LIVE AQUA
como marca de servicios en clase: 43 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios para proveer alimentos y bebidas; hospedaje
temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del 2016,
según Solicitud N° 2016-0007115. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de marzo del
2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017167197 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad
100430447, en calidad de apoderada especial de Grupo Posadas S.A.B. DE C.V.,
con domicilio en avenida prolongación Paseo de La Reforma N° 1015, torre A,
piso 9, Col. Santa Fe Cuajimalpa, Del Cuajimalpa de Morelos, C.P. 05348 México
D.F., México, solicita la inscripción de: LIVE AQUA como marca de servicios en
clase: 39. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
Transporte; embajaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio de 2016. Solicitud
Nº 2016-0007117. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de marzo de 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017167198 ).
Kristel Faith
Neurohr, cédula de identidad 100430447, en calidad de apoderada especial de
Grupo Posadas S.A.B. de C.V., con domicilio en Avenida Prolongación Paseo de la
Reforma N° 1015, Torre A, piso 9, Col Santa Fe Cuajimalpa, del Cuajimalpa de
Morelos C.P., 05348, México D.F., México, solicita la inscripción de: LIVE AGUA
como marca de
servicios en clase 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Transporte; embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio de 2016. Solicitud N°
2016-0007119. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de marzo del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017167199 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad
100430447, en calidad de apoderado especial de Grupo Posadas S.A.B. DE C.V.,
con domicilio en Avenida Prolongación Paseo de La Reforma N° 1015, Torre A,
Piso 9, Col. Santa Fe Cuajimalpa, DEL. Cuajimalpa de Morelos C.P, 01210, México
D.F., México, solicita la inscripción de: LIVE AQUA
como marca de servicios en clase: 43
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios para proveer
alimentos y bebidas; hospedaje temporal. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de julio del 2016, según Solicitud N° 2016,0007120. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 2 de marzo del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2017167200 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N°
111430447, en calidad de apoderado especial de Industrias Alen S. A. de C.V., con
domicilio en Blvd. Díaz Ordaz N° 1000, Col. Los Treviños, Santa Catarina, Nuevo
León C.P. 66350, México, solicita la inscripción de: GREENER GOOD, como marca de comercio en clase(s): 3, internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear, y otras
sustancias para la lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir,
desengrasar y raspar, jabones, productos de perfumería, aceites esenciales,
cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003664. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 2 de mayo de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017167201 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de apoderado especial de Green Cross Corporation, con
domicilio en 107, Ihyeon-Ro 30Beon-Gil, Giheung-Gu, Yongin-Si, Gyeonggi-Do,
Korea 16924, República de Corea, solicita la inscripción de: GCFLU
como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 5: Preparaciones para vacunas humanas; vacunas contra
la gripe o la influenza; agentes farmacéuticos que afectan órganos sensoriales;
agentes farmacéuticos que afectan al metabolismo; preparaciones veterinarias;
agentes farmacéuticos que afectan al sistema nervioso periférico; preparaciones
farmacéuticas para el ajuste de inmunidad; preparaciones farmacéuticas para
órganos urogenitales; preparaciones vitamínicas; preparaciones de
oligoelementos para uso humano y animal; medicamentos crudos; preparaciones
antiinflamatorias; agentes farmacéuticos que afectan a los órganos digestivos;
preparaciones farmacéuticas cardiovasculares; esteroides; medicamentos para
alergias; suplementos nutricionales, a saber, tónicos y alterativos para uso
médico; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de tumores;
preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central;
preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del nervio central;
preparaciones farmacéuticas para el diagnóstico; preparaciones farmacéuticas
para el ano; preparaciones antibióticas; agentes hipoglucémicos; preparaciones
farmacéuticas para a sangre; plasma sanguíneo; sueros; medicamentos
seroterapéuticos; preparaciones farmacéuticas para órganos respiratorios;
preparaciones biológicas para uso médico o veterinario; microorganismos para
uso médico, excepto para levaduras; preparaciones farmacéuticas para el
tratamiento; preparación farmacéutica para el cuidado de la piel. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº
2017-0003493. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de mayo de 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017167202 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de KT Intellectual Property Holding Company LLC,
con domicilio en 3 Ada Parkway, Irvine, California 92618, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: PENDRY, como marca de
servicios en clases: 36 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: 36: compra/adquisición de inmuebles para terceros; servicios de
agencia inmobiliaria; servicios de corretaje y gestión inmobiliaria;
administración, operación, mantenimiento, venta, arrendamiento y alquiler de
propiedades residenciales, condominios y apartamentos y 43: hoteles; hoteles de
centro turístico/resort; servicios de restaurante y bar; servicios de
banquetería/catering; provisión de instalaciones para convenciones y servicios
generales para reuniones, exposiciones y conferencias; provisión de
instalaciones para banquetes y funciones sociales para ocasiones especiales;
servicios de reservación y reservas de
hoteles y restaurantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003492. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de mayo de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167204 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad número 106790960, en calidad de Apoderada Especial
de Tyco Fire & Security GMBH, con domicilio en Víctor Von Bruns-Strasse 21,
8212 Neuhausen Am Rheinfall, Suiza, solicita la inscripción de: GLOBAL PARTNER EDGE como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Consultoría de negocios, a saber, consultoría/asesoramiento
estratégico en ventas y mercadeo y administración de un programa de alianzas de
negocios para incluir incentivos para máxima productividad y rentabilidad en la
promoción y venta de bienes y servicios. Prioridad: Se otorga prioridad N°
60088/2016 de fecha 25/08/2016 de Suiza. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 3 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000983. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Sabrina Loaíciga Pérez Registradora.—(
IN2017167206 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Palsgaard A/S, con domicilio
en Palsgaardvej 10, DK-7130 Juelsminde, Dinamarca, solicita la inscripción de: EMULPALS como marca de fábrica y comercio en clases:
1 y 30 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1:
Productos químicos utilizados en la industria, incluidos los aditivos
alimentarios, incluidos también productos químicos en forma de emulsionantes,
estabilizadores, espesantes y texturizadores destinados a la fabricación de
alimentos, confitería, productos de panadería; productos químicos utilizados en
la industria, incluidas las sustancias y preparados químicos para la
fabricación y conservación de productos alimenticios; mejoradores químicos para
pan y mejoradores de tortas en forma de conservantes y estabilizantes;
emulsionantes; aditivos químicos para la fabricación de alimentos, incluidos
los potenciadores químicos del sabor para la industria alimentaria; aditivos
químicos para uso como agentes aglutinantes para la industria alimentaria; preparaciones químicas en forma de
edulcorantes artificiales, excepto la sacarina; emulsionantes vegetales y
animales para uso en la fabricación de productos alimenticios y clase 30:
Harinas y preparaciones a base de cereales, incluidos los cereales procesados y
las mezclas de pan; pan, galletas, pasteles, productos de panadería, pastelería
y confitería; preparaciones trituradas o trituradas de cereales; incluyendo
mezclas que contengan emulsionantes, texturizadores y estabilizantes para hacer
pan, pasteles y confitería de azúcar; productos de desayuno hechos de cereales;
mejoradores del pan que sean preparaciones a base de cereales con fines
culinarios; productos de confitería no medicinales hechos de azúcar; bebidas a
base de cacao y chocolate; chocolate y confitería a base de chocolate de
azúcar; pastas para untar a base de chocolate; pastas para untar a base de
cacao; helados comestibles, helados, helados naturales y artificiales, sorbetes
y helados de sorbete; batidos de leche, natillas y crema/natilla artificial;
salsas, incluyendo aderezos para ensaladas, mayonesa, kétchup de tomate; polvos
y preparaciones premezciadas para propósitos culinarios que contengan
emulsionantes, texturizadores y estabilizantes para la fabricación de todos los
productos antes mencionados; aglutinantes a base de almidón para helados
comestibles; espesantes vegetales en forma de almidones para los productos
mencionados; esencias como jarabes de frutas para productos alimenticios,
excepto esencias etéreas y aceites esenciales; esencias y aromas para productos
alimenticios excepto esencias etéreas y aceites esenciales; almidón modificado
y natural para la alimentación; aditivos para el uso de los productos
mencionados para uso doméstico, incluidos los potenciadores del sabor distintos
de los aceites esenciales; agentes aglutinantes a base de almidón; agentes
aglutinantes de salchichas y carne en forma de almidones; edulcorantes
naturales; emulsionantes, texturizadores, estabilizantes y conservantes del tipo
de cereales procesados para uso culinario en helados comestibles y para pastas
para untar a base de chocolate y cacao; postres de leche, incluyendo helados,
yogures congelados y leche/crema helada. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 02 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005247. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de junio del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017167211 ).
Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad
900120480, en calidad de apoderado especial de Novozymes A/S, con domicilio en
Krogshoejvej 36, DK-2880 Bagsvaerd, Dinamarca, solicita la inscripción de: TAEGRO
como marca de fábrica en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 1: Fungicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003326. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 19 de junio de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017167216 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
N° 106790960, en calidad de apoderado especial de Industrias Alimenticias
Kern’s y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, con domicilio en
Kilómetro 6.5 Carretera al Atlántico, Zona 18, Guatemala, Guatemala, solicita
la inscripción de: Kern’s Total, como marca de fábrica y
comercio en clase(s): 29. internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: 29 carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne;
frutas y verduras, hortalizas y legumbre en conserva, congeladas, secas y
cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos;
aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de junio de 2017. Solicitud Nº 2012-0005275. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017167219 ).
Denía Jiménez Acuña, casada una vez, cédula
de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con domicilio en San José,
distrito El Carmen Barrio Escalante, avenidas 9 y 10, calle 35, edificio
Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUNLIN MULTISÍNTOMAS como marca de comercio en clase 5
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Medicamento para el
resfrío y la gripe, combinación de analgésicos, antihistamínico, descongestionante
y antitusígeno, para el tratamiento de síntomas tales como tos, congestión
nasal, fiebre, dolor de cabeza, alergia. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0007875. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 22 de agosto del 2017.—Ivonne Mora Ortega Registradora.—(
IN20171167221 ).
Denia Jiménez Acuña,
casada una vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general
de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con
domicilio en San José, distrito El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11,
calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: SUNLIN
PM, como marca de comercio en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: medicamento para el resfrío y la
gripe, combinación de analgésico, antihistamínico, descongestionante y
antitusígeno, para uso durante la noche. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de agosto de 2017. Solicitud N° 2017-0007873. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 22 de agosto de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017167222 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de apoderada especial de Papa John´s International, Inc.
con domicilio en 2002 Papa John´s Boulevard, Louisville, KY 40299, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: PIZZA PAPA JOHN´S como marca de
servicios en clase: 39. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios de entrega de pizza; servicios de entrega de alimentos fríos y
calientes que estén hechos a base de pizza y servicios de entrega de alimentos
hechos a base de pizza por restaurantes. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005545. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de junio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017167223 ).
Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula
de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con domicilio en San José,
distrito El Carmen Barrio Escalante, Avenidas 9 y 10, Calle 35, Edificio
Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUNLIN GRIPE Y TOS como Marca de Comercio en clase(s): 5.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Medicamento para el
resfrío y la gripe, combinación de analgésico, antihistamínico,
descongestionante y antitusigeno, para el tratamiento de la gripe y de la tos.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2017, según
Solicitud N° 2017-0007869. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de agosto del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167224 ).
Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula
de identidad N° 111420317, en calidad de apoderada generalísima de Caplin Point
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101679174, con domicilio en
San José, distrito El Carmen Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35,
edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUNLIN AM,
como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: medicamento para el resfrío y la gripe, que consiste en una
combinación de antalgésico, antihistamínico, descongestionante y antitusigeno,
para uso durante el día. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0007870. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de agosto
del 2017.—Alex Villegas Méndez.—( IN2017167225 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de
Beiersdorf AG, con domicilio en Unnastrasse 48, 20253 Hamburg, Alemania,
solicita la inscripción de: HYALURON CELLULAR FILLER, como marca de fábrica y
comercio en clase: 3 internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2017.
Solicitud N° 2017-0005549. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de junio de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167226 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de apoderado especial de Merial con domicilio en 29,
Avenue Tony Garnier, 69007 Lyon, Francia, solicita la inscripción de: FRONTLINE PET CARE como marca de fábrica y comercio en clases: 3; 5; 10 y 31.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Jabones,
champús, lociones, dentífricos, artículos de tocador y productos cosméticos
para el cuidado de animales; hisopos de algodón para uso cosmético para
animales; preparaciones para el cuidado de la piel de los animales. Clase 5:
Preparaciones y productos higiénicos para fines veterinarios; sustancias
dietéticas adaptadas para uso veterinario; emplastos y materiales para apósitos
para uso veterinario; desinfectantes para uso veterinario; preparaciones para
destruir alimañas; parasiticidas, fungicidas; productos farmacéuticos,
medicinas y vacunas para uso veterinario; productos farmacéuticos para el
cuidado de la piel para animales; hisopos de algodón para uso veterinario;
suplementos nutricionales medicinales para animales. Clase 10: Aparatos e
instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios; ganchos
universales para garrapatas; miembros, ojos y dientes artificiales; artículos
ortopédicos; material de sutura, todos los anteriores para uso de animales y
Clase 31: Alimentos para animales, alimento para mascotas; alimentos secos para
animales; galletas para perros; huesos comestibles y palillos para masticar
para animales; golosinas comestibles para animales. Prioridad: Se otorga prioridad N° 154209844 de fecha
15/09/2015 de Francia y N° 154220026 de fecha 23/10/2015 de Francia. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero de 2016. Solicitud Nº
2016-0000571. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto de 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017167228 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
N° 1-0679-0960, en calidad de apoderado especial de Japan Tobacco Inc., con
domicilio en 2-2-1, Toranomon, Minato-Ku, Tokyo, Japón, solicita la inscripción
de: WINSTON como marca de fábrica y comercio en clase:
34. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Tabaco; ya sea
manufacturado o sin transformar; tabaco para fumar, tabaco para pipa, tabaco
para enrollar a mano, tabaco para mascar, tabaco snus; cigarrillos, cigarrillos
electrónicos, puros, puritos; rapé; artículos para fumadores incluidos en la
clase 34; papel para cigarrillos, tubos de cigarrillos y fósforos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2017. Solicitud Nº
2017-0005745. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017167232 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
N° 106790960, en calidad de apoderado especial de Chubb INA Holdings INC. con
domicilio en 436 Walnut Street, Philadelphia, PA 19106, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: MASTERPIECE, como marca de servicios en
clase(s): 36, internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 36
servicios de seguros; servicios de reaseguro; servicios de corretaje; servicios
de suscripción de seguros; asesoramiento y consultoría relacionados con los
servicios antes mencionados prestados en sitios web y en Internet; suscripción
de seguros de accidente; tasaciones de reclamaciones de seguros de propiedad
personal; tasaciones para reclamaciones de seguros de inmuebles; evaluación de
reclamaciones de seguros; ajuste de reclamaciones en el campo de seguros;
consultoría e información sobre seguros; procesamiento electrónico de
reclamaciones de seguros y datos de pago; consultoría financiera y consultoría
de seguros; evaluación financiera para fines de seguros; servicios financieros,
a saber, proporcionar una opción de inversión disponible para productos de
anualidad variable y seguro de vida variable; suscripción de seguros contra
incendios; servicios actuariales de seguros; administración de seguros; agencia
de seguros y corretaje; administración de reclamaciones de seguros;
procesamiento de reclamaciones de seguros; consultoría de seguros; información
de seguros; cómputo de tasas de primas de seguros; servicios de seguros, a saber,
suscripción, emisión y administración de seguros de vida; suscripción de
seguros marítimos; suscripción de seguro médico; servicios de seguros, a saber,
suscripción de líneas de seguros de propiedad y accidente, salud, vehículo,
residenciales y personales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002101. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017167235 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de Apoderado Especial de Fresenius Medical Care
Deutschland GmbH, con domicilio en Else-Krõner-Strasse 1, 61352 Bad Homburg,
Alemania, solicita la inscripción de: HomeBridge
como marca de fábrica y comercio en clases: 9; 10; 42 y 44 Internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: 9 Aparatos e instrumentos de medición,
de señalización y de control (inspección); equipo de procesamiento de datos,
computadoras; software informático; conectores eléctricos y electrónicos, todos
los productos antes mencionados utilizados en el campo médico; software
informático para monitorear, recolectar y transmitir datos médicos y de salud,
software informático que permite a profesionales médicos prescribir y
actualizar prescripciones; software informático que permite a los pacientes
acceder y ver sus datos médicos, tratamientos e historial y ordenar
medicamentos prescritos y productos, 10 Aparatos e instrumentos médicos para
uso en la diálisis, 42 Provisión de una red de computación en la nube que
destaca software para uso en el monitoreo, recolección y transmisión de datos
de pacientes; provisión de una red de computación en la nube que destaca
software que permite a los profesionales médicos acceder a datos para el
monitoreo, análisis y diagnóstico de condiciones médicas y de tratamiento;
provisión de una red de computación en la nube que destaca software que permite
a los profesionales médicos prescribir y actualizar prescripciones, y que
permite a los pacientes acceder y ver sus datos médicos, tratamientos e
historial y ordenar medicamentos prescritos y productos; provisión de uso
temporal de software operativo en línea no descargable para acceder y utilizar
una red de computación en la nube; consultoría en el campo de redes y
aplicaciones de computación en la nube; diseño y desarrollo de software
utilizado en el campo médico, diseño y desarrollo de software operativo para
acceder y utilizar una red de computación en la nube; servicios de soporte
técnico de software informático, a saber, servicios para monitorear,
administrar, actualizar y gestionar software, incluyendo software de aplicación
de dispositivo médico remoto residente y firmware y 44 Proveer información
médica para profesionales médicos y para pacientes médicos, preparación de
prescripciones por profesionales médicos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de junio del 2017, Solicitud N° 2017-0005747. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017167236 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de apoderada especial de Johnson Controls Technology
Company, con domicilio en 49200 Halyard Drive, Plymouth, MI 48170, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: FACILITY
EXPLORER como
marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase Controles eléctricos y electrónicos y
dispositivos, aparatos y sistemas de control, automatización y optimización
para edificios, instalaciones y plantas; controles electrónicos y dispositivos,
aparatos y sistemas para control, automatización y optimización para
instalaciones de construcción, instalaciones y plantas, seguridad, incendio,
rociadores, flujo de agua, vigilancia, seguimiento, emergencia, energía,
iluminación, sonido, visualización, detección de amenazas, acceso y gestión de
activos; controles eléctricos y electrónicos para el monitoreo, control,
operación, automatización, optimización e interacción in situ y remota de
dispositivos, aparatos y sistemas para calefacción, aire acondicionado, ventilación,
refrigeración, consumo de energía, asignación, mantenimiento, eficiencia y
estabilización, iluminación, sonido, comunicación, visualización luminiscente,
emisión de audio y vídeo, carga eléctrica de baterías y celdas acumuladoras,
medición y pago, detección de incendios y humo, alarma, supresión, contención y
control, flujo de agua, evacuación de emergencia, acceso de seguridad y
alarmas, televisión de circuito cerrado, vigilancia, seguimiento/rastreo de
activos y personal, detección de luz y movimiento, detección de humedad,
detección de amenazas ambientales, detección y seguridad de amenazas, detección
de gases, alarma y contención, gestión/administración de activos, fabricación y
detección de fallas de equipos y sistemas; hardware para sitio o externo;
software, sensores, monitores, controles, sistemas de control y aparatos para
el monitoreo, control, operación, automatización y optimización de sistemas
individuales e integrados de monitoreo, control, operación y automatización,
así como interacción con dispositivos de edificios, instalaciones y plantas,
aparatos y sistemas de calefacción, aire acondicionado, ventilación,
refrigeración, uso de energía, asignación, mantenimiento, eficiencia y
estabilización, iluminación, sonido, comunicación, visualización luminiscente,
transmisión de audio y vídeo, carga eléctrica de baterías y celdas
acumuladoras, medición y pago, detección de fuego y humo, alarma, supresión,
contención y control, flujo de agua, evacuación de emergencia, acceso y alarmas
de seguridad, televisión de circuito cerrado, vigilancia, seguimiento de
activos y personal, detección de luz y movimiento, detección de humedad,
detección de amenazas ambientales, detección de amenazas y seguridad, detección
de gas, alarma y contención, gestión de activos, fabricación y detección de
fallas de equipos y sistemas; hardware, software y sistemas informáticos para
recolectar, recopilar, agregar, almacenar, clasificar, analizar y presentar
datos; hardware, software y sistemas para recolectar, agregar, almacenar,
clasificar, analizar y reportar datos para sistemas, aparatos y dispositivos
para edificios, instalaciones y sistemas de control, medio ambiente, seguridad,
fuego, rociadores, flujo de agua, vigilancia, seguimiento, emergencia, energía,
aparatos de iluminación, sonido, detección de amenazas, acceso, gestión de
activos, automatización y optimización; hardware, software y sistemas para
recolectar, recopilar, agrupar, almacenar, clasificar, analizar e informar
datos de dispositivos de edificios, instalaciones y plantas, monitores,
sistemas de monitoreo, sensores, controles, sistemas de control y aparatos para
calefacción, aire acondicionado, ventilación, iluminación, sonido,
comunicación, visualización luminiscente, transmisión de audio y vídeo, carga eléctrica
de baterías y celdas acumuladoras, medición y pago, detección de incendios y
humo, alarma, supresión, contención y control, flujo de agua, evacuación de
emergencia, acceso de seguridad y alarmas, televisión de circuito cerrado,
vigilancia, rastreo de activos y personal, detección de luz y movimiento,
detección de humedad, detección de amenazas ambientales, detección y seguridad
de amenazas, detección de gases, alarma y contención, gestión de activos,
fabricación, y detección de fallas de equipos y sistemas; hardware y software
para redes inalámbricas y cableadas para dispositivos, aparatos y sistemas de
control de edificios, instalaciones y plantas, medio ambiente, seguridad,
fuego, rociadores, flujo de agua, vigilancia, seguimiento, emergencia, energía,
iluminación, sonido, pantalla, detección de amenazas, acceso, gestión de
activos y sistemas de gestión, automatización y optimización; software para
configuración de sistemas e interfaces de usuario; software para uso en la
creación, configuración, ingeniería, instalación y operación de dispositivos,
aparatos y sistemas para control de edificios, instalaciones y plantas, medio
ambiente, seguridad, fuego, rociadores, flujo de agua, vigilancia, seguimiento,
emergencia, energía, iluminación, sonido, detección de amenazas, dispositivos
de acceso, gestión de activos, automatización y optimización; software para
registrar, rastrear, auditar y reportar el desempeño y cumplimiento de los
sistemas de control ambiental; software de aplicación para permitir el monitoreo,
control y operación de y la interacción con dispositivos, aparatos y sistemas
para edificios, instalaciones y plantas, aparatos y sistemas para calefacción,
aire acondicionado, ventilación, refrigeración, uso de energía, asignación,
mantenimiento, eficiencia y estabilización, iluminación, alarma, contención y
control, flujo de agua, evacuación de emergencia, acceso de seguridad y
alarmas, televisión de circuito cerrado, vigilancia, seguimiento de activos y
personal, detección de luz y movimiento, detección de humedad, detección de
amenazas ambientales, detección y seguridad de amenazas, detección de gases,
alarma y contención, gestión de activos, fabricación y detección de fallas de
equipos y sistemas utilizando una computadora remota, teléfono inteligente u
otros dispositivos móviles. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87/292,094 de
fecha 06/01/2017 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 04 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004082. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017167238 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
N° 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Envasadora Comercial S. A.,
con domicilio en calle Harry Eno, Urbanización Industrial, Los Ángeles, Edificio
de Agencias Motta, Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: nine S
PROFESSIONAL HAIR CARE,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: 3 producto para el cabello, que
consiste en un tratamiento alaciador. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010155. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167240
).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez,
cédula de identidad 303040085; en calidad de apoderado especial de Alimentos
Saludables S. A., cédula jurídica N° 3101333576, con domicilio en Curridabat,
Granadilla Norte, 1 km este del Taller Wabe, casa Tipo Chalet, mano derecha,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FILLIBOO,
como marca de fábrica en clases 29 y 30
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en clase 29: relleno
para pastelería y panadería de sabor fresa, limón, piña, mora, manzana, manzana
con canela, mandarina, naranja, chiverre, maracuyá, carambola, mango, melón con
naranja y guayaba; y en clase 30 Glazes de fresa y guayaba y brillo para panes dulces.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de abril de 2017.
Solicitud Nº 2017-0003442. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de agosto del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167247 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez,
cédula de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de Signa Grain
S.A.S., con domicilio en CRA. 68A N° 19-68, Bogotá, Colombia, solicita la
inscripción de: Miller’s now como marca de fábrica en clase: 29 Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 29
Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y hortalizas en
conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos;
leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005836.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Randall Abarca Aguilar
Registrador.—( IN2017167248 ).
Ricardo Vargas
Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085, en calidad de apoderado
especial de Farmhannong Co., Ltd, con domicilio en 6F, FKI Tower, 24,
Yeoui-Daero, Yeongdeungpo-Gu, Seoul 07320, República de Corea, solicita la
inscripción de: FarmHannong, como marca de fábrica y comercio en clase: 31 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: semillas para la agricultura; semillas de
frutas; semillas para la horticultura; semillas de cereales, sin procesar,
Granos (cereales); frutas sin procesar, arbolitos; frutas y verduras frescas.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de agosto de 2017.
Solicitud N° 2017-0007983. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto de
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167249 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez,
cédula de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de Farmhannong
CO., LTD, con domicilio en 6F, FKI Tower, 24, Yeoui-Daero, Yeongdeungpo-Gu,
SEOUL 07320, República de Corea, solicita la inscripción de: FarmHannong como marca de fábrica y comercio en clase: 1 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: Fertilizantes; fertilizantes
mixtos; ácido nítrico; ácido sulfúrico; ácido fosfórico; ácidos minerales;
productos químicos utilizados en la industria, ciencia y fotografía, así como
en la agricultura, horticultura y silvicultura; preparaciones para el
crecimiento de las plantas; preparaciones para regular el crecimiento de las
plantas; productos químicos agrícolas, excepto fungicidas, herbicidas,
insecticidas y parasiticidas; productos químicos para la horticultura, excepto
fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; productos químicos para
la silvicultura, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de agosto del 2017, según
Solicitud N° 2017-0007985. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167250 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez,
cédula de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de Farmhannong
CO. Ltd., con domicilio en 6F, Fki Tower, 24, Yeoui- Daero, Yeongdeungpo-Gu,
Seoul, 07320, REPÚBLICA DE COREA, solicita la inscripción de: FarnnHannong como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, Para
proteger y distinguir lo siguiente: Clase 5: Insecticidas; herbicidas;
fungicidas; repelentes contra insectos; productos para esterilizar suelos;
acaricidas; alguicidas; incienso repelente de mosquitos; virucidas; fumigantes.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de agosto del 2017, según
Solicitud N° 2017-0007984. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167251 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
N° 106790960, en calidad de apoderada especial de Whirlpool Properties, Inc.
con domicilio en 500 Renaissance Drive, Suite 101, Saint Joseph, Michigan
49085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ADC,
como marca de fábrica y servicios en
clase(s): 7; 11 y 37 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente:
7 lavadoras de ropa para uso residencial comercial e industrial; 11 secadores
de ropa para uso residencial, comercial e industrial, y 37 instalación,
mantenimiento y reparación de lavadoras y secadoras de ropa para uso
residencial, comercial e industrial. Prioridad: se otorga prioridad N° 87237250
de fecha 15/11/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 8 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001101.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017167276 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de apoderado especial de Shimano Inc., con domicilio en
3-77 Oimatsu-Cho, Sakai-Ku, Sakai City, Osaka, Japón, solicita la inscripción
de: SHIMANO
como marca de fábrica y comercio en clase: 18
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bolsos/bolsas; bolsos
de viaje, bolsas para compras, bolsas de ciclismo, bolsas para bicicletas,
bolsas de ruedas para bicicletas, bolsas de silla de bicicleta, bolsas para
transportar bicicletas, bolsas para acampar/ camping, mochilas/salveques,
mochilas de bicicleta, bolsas de ropa para viajar, portafolios, bolsos con
ruedas, bolsos de cintura, bolsos deportivos, paraguas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017, Solicitud N° 2017-0005879.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017167279 ).
Marvin Rojas Barrantes, casado una vez,
cédula de identidad N° 204060628, con domicilio en Naranjo, distrito San Juan,
caserío San Antonio de La Cueva 800 metros noroeste de la plaza de deportes,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONCENTRADOS DE OCCIDENTE
como marca de fábrica en clase(s): 31,
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31
Alimentos para animales de granja, caballos, vacas, gallinas de postura, pollos
de engorde, cerdos, cabras, ovejas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 21 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008132. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
29 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167289 ).
Karen Melissa Ucles Estrada, casada una vez,
cédula de residencia 1340003331903, con domicilio en Tegucigalpa, Honduras,
solicita la inscripción de: GRAHAM & BROWN EST. 1946
como marca de comercio en clase: 27 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: papel tapiz. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0007884. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017167296 ).
Juan José Pacheco Araya, casado una vez,
cédula de identidad 108010840, en calidad de apoderado generalísimo de
Tropicana Fruits TLA Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101419527 con domicilio
en calle 17, avenidas 8 y 10, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
BATSÚ como marca de fábrica y comercio en clase: 29 Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 29
Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y
verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas secas y cocidas;
jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y
grasas comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de
agosto del 2017, según Solicitud N° 2017-0008181. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30
de agosto del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167303 ).
María Monserrat Soto Roig, soltera, cédula de
identidad N° 112920641, en calidad de apoderado especial de Consultores
Constructores Estructurales y Servicios Asociados Concresa Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101327297, con domicilio en del Palacio de Los Deportes 200
metros al norte y 75 metros al este, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GEOHISPANA,
como marca de servicios en clase(s): 36; 37 y
42 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 36 servicios de
seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios,
especialmente valuación y peritaje de bienes inmuebles y administración
inmobiliaria; 37 servicios de construcción, especialmente servicios de
consultoría diseño, administración de proyectos y construcción y alquiler de
equipo; y 42 servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de
investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación
industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software,
especialmente asesoría técnica en geotecnia y mecánica de suelos. Reservas: de
los colores: azul y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008287. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 4 de septiembre del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017167306 ).
Daniel Gerardo Anchía Torrente, soltero,
cédula de identidad N° 205110434, con domicilio en San Carlos, La Fortuna, de
La Fuerza Pública 100 metros al norte, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ARENAL RAFTING THE ADVENTURE OF YOUR VACATION
como marca de servicios en clase(s): 41
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Servicios de
recreo, diversión y entretenimientos de las personas, específicamente de
aspecto turístico realizando guías exclusivas del deporte de Rafting. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0000243. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017167331 ).
Juan Cáceres Ferraro, soltero, pasaporte
C893402, en calidad de apoderado generalísimo de LBC Business Solutions
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101717367 con domicilio en Santa Ana, Pozos;
400 metros hacia el norte, de la iglesia católica, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de:
como emblema, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la administración, venta o
alquiler de locales comerciales ubicados en centro comercial. Ubicado en San
José, Santa Ana, Lindora, de Momentum Plaza, 150 metros hacia el oeste. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017, Solicitud N°
2017-0007241. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017167345 ).
Nir Naor, soltero, pasaporte 6455616, en
calidad de apoderado generalísimo de Brisas de Marbella S. A., cédula jurídica
N° 3101368853, con domicilio en San José avenida 10 bis, calles 21 y 23, casa
N° 2161, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GREEN PAPAYA,
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a bar y restaurante de comida mejicana
fusión. Ubicado en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, cien metros oeste y
cincuenta metros del Banco Nacional de Costa Rica. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007248.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017167352 ).
Fernando Murillo Rodríguez, casado una vez,
cédula de identidad 202740875, con domicilio en 400 mts. sur, 50 oeste, del
Banco Nacional Grecia Centro. Costa Rica, solicita la inscripción de: Agro Ind
Nando
como marca de fábrica y comercio en clase 19 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Clase Arena. Reservas: De los colores:
Blanco, Verde, Café, Azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de
julio del 2017, según Solicitud N° 2017-0007340. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08
de agosto del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017167366 ).
Carlos Oconitrillo Conejo, soltero, cédula de
identidad Nº 103980810, en calidad de apoderado generalísimo de Ocopa
Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3101167242, con domicilio en: San
Francisco de Goicoechea de la Bomba Tournón 100 metros norte, 25 metros este,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BLACK LIGHT
como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: ropa de toda clase, pantalones, gabachas,
camisas, blusas, camisetas, delantales, uniformes deportivos, uniformes hospitalarios,
shorts, enaguas, gorras, corbatas, pijama. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 05 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006497. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 08 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017167369 ).
Carlos Oconitrillo Conejo, soltero, cédula de
identidad 103980810, en calidad de apoderado generalísimo de Ocopa
Internacional S. A., cédula jurídica 3101167242, con domicilio en San Francisco
de Goicoechea de la Bomba Tournón 100 metros norte, 25 metros este, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: STEVEORENO como marca de fábrica y comercio
en clase: 25. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 25: Ropa de toda clase,
pantalones, gabachas, camisas, blusas, camisetas, delantales, uniformes
deportivos, uniformes hospitalarios, shorts, enaguas, gorras, corbatas, pijama.
Reservas: De los colores: amarillo, rojo, verde y negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 05 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006496. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 08 de agosto de 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017167370 ).
Carlos Oconitrillo Conejo, soltero, cédula de
identidad Nº 103980810, en calidad de apoderado generalísimo de Ocopa
Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3101167242, con domicilio en: San
Francisco de Goicoechea de la Bomba Tournón 100 metros norte, 25 metros este,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: STAR NIGHT S
como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: ropa de toda clase, pantalones, gabachas,
camisas, blusas, camisetas, delantales, uniformes deportivos, uniformes
hospitalarios, short, enaguas, gorras, corbatas, pijama. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006495.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 08 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017167371 ).
Eduardo Antonio Bolaños Vargas, casado una
vez, cédula de identidad N° 204720470, con domicilio en Coronado, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: SOBREVUELO como marca de servicios en clase: 16.
Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 16: Productos de imprenta,
material impreso, material de instrucción y material didáctico, libros,
libretas, folletos, revistas, periódicos, representaciones y reproducciones
gráficas, fotográficas impresas, ilustraciones, formularios impresos, impresos
gráficos, litografías, mapas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006005. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 28 de agosto de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017167416 ).
Minor Esteban Santillan Badilla, soltero,
cédula de identidad 113590181, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Alimenticias Santiba S. A., cédula jurídica 3101736793, con
domicilio en San Francisco, Urbanización Monte Rosa, casa 244, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: CoffeeHolic Coffee Shop Since 2017
como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a venta de
bebidas calientes como café, chocolate, té, bebidas frías, bebidas a base de
frutas, jaleas, repostería dulce y salada. Comercialización de artículos como
tazas, prensas francesas, bolsas de café, reempaquetadas con el logo,
camisetas, gorras y demás artículos promocionales. Ubicado en Heredia centro;
100 mts. oeste, de la esquina norte de la Universidad Nacional. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 6 de junio del 2017, Solicitud N°
2017-0005349. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Mauricio Granados
Morales, Registrador.—( IN2017167536 ).
Marco Antonio
Fernández López, casado una vez, cédula de identidad 109120931, en calidad de
Apoderado Especial de Stefany Moda Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica 3102740153, con domicilio en La Valencia, Zona
Industrial, Oficinas y Bodegas La Valencia, Local número tres, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Chocolate
como marca de
servicios en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Vestidos, calzado, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007209. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017167571 ).
Marco Antonio Fernández López, casado una
vez, cédula de identidad N° 109120931, en calidad de apoderado especial de
Stefany Moda Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
N° 3102740153, con domicilio en La Valencia, Zona Industrial, Oficinas y
Bodegas La Valencia, Local N° 3, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Stefany, como marca de servicios en clase(s): 25 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente:
vestidos, calzado, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007208. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167572
).
Marco Antonio Fernández López, casado una
vez, cédula de identidad N° 109120931, en calidad de apoderado especial de
Stefany Moda de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica N° 3102740153, con domicilio en La Valencia, Zona Industrial, Oficinas
y Bodegas La Valencia, Local Nº 3, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: STF BY STEFANY, como marca de servicios en clase(s): 25
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Vestidos, calzado,
sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0007210. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167573 ).
Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, casada,
cédula de identidad Nº 109710905, en calidad de gestora oficiosa de Paragon
Polymer Products PVT. Ltd., con domicilio en: P. B. Nº 61, Paragon Buildings,
Sreenivasa Lyer Road, Chalukunnu, Kottayam - 686001 Kerala, India, solicita la
inscripción de: Paragon P
como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: calzado de todo tipo incluido en clase 25.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006494. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de agosto del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registradora.—( IN2017167587 ).
Ainhoa Pallarés
Alier, viuda, cédula de residencia 172400024706, en calidad de Apoderada
Especial de Genomma Lab Internacional S. A. B. de C.V., con domicilio en
Durango, número 332, Oficina 102, Colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, C.P.
06700, Distrito Federal, México, solicita la inscripción de: CICATRICURE
POLLUTION CARE COMPLEX como marca de fábrica y comercio,
en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3
Preparaciones para limpiar la piel; jabones no medicinales, cosméticos no
medicinales, aceites esenciales para la elaboración de cosméticos; cremas
cosméticas; maquillaje mineral, todos ellos, para refrescar, hidratar y/o
cuidar (no medicado) la piel en contacto con la contaminación existente en el
medio ambiente. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0006804. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de agosto
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017167589 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de
residencia Nº 172400024706, en calidad de apoderado especial de Truck-Lite Co.,
LLC., con domicilio en: 310 East Elmwood Avenue, Falconer, New York 14733, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: ROAD READY como marca de fábrica
y comercio en clase 9 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: dispositivos electrónicos
para detectar, controlar y comunicar la condición, función, ubicación y el
funcionamiento de un vehículo, remolque, contenedor intermodal, vagón de
ferrocarril y vehículos similares, incluyendo la carga contenida en él, y/o sus
componentes y/o sistemas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004517. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 24 de mayo del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017167594 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de
residencia 172400024706, en calidad de apoderada especial de Truck-Lite Co.
LLC., con domicilio en 310 East Elmwood Avenue, Falconer, New York 14733,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ROAD READY
como marca de servicios en clase: 38 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 38 Transmisión de datos relativos a la condición,
función, ubicación y funcionamiento de un vehículo, remolque, contenedor
intermodal, vagón y vehículos similares incluida la carga contenida en él, y
sus componentes y sistemas, a un servidor, como parte de un ordenador de red
global. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017,
Solicitud N° 2017-0004516. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de mayo del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167595 ).
Antonio Eduardo Afonso Alemany, casado una
vez, pasaporte 123536501, en calidad de apoderado generalísimo de Cemaire Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-696230, con domicilio en Alajuela,
del Mall Internacional; 200 norte, Oficinas de TP, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Cemaire COSTA RICA S. A.
como marca de servicios en clase: 37 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 37 Servicios de reparación y mantenimiento de aires
acondicionados. Reservas: No se hace reserva de la denominación Costa Rica. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2017,
Solicitud N° 2017-0007909. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de setiembre del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017167599 ).
María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula
de identidad N° 111480307, en calidad de apoderada especial de White Ocean
Investments Limitada, cédula jurídica N° 3102458634, con domicilio en Santa
Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum, Edificio C, Oficina 1C1, San José, Costa
de Marfil, solicita la inscripción de: SANTA
ELENA BAY ECO-TOURS,
como marca de servicios en clase(s): 39 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: Organización de viajes turísticos. Organización de
tours. Organización de paquetes turísticos. Servicios de reserva de viajes
turísticos. Reserva de viajes a través de oficinas de turismo. Suministro de
información por internet sobre viajes turísticos. Servicios de guías de
turismo. Servicios de acompañamiento turístico. Todos los anteriores servicios
son brindados de manera amigable con el ambiente, como turismo ecológico. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004899. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de agosto del
2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017167601 ).
María Laura Vargas
Cabezas, soltera, cédula de identidad 111480307, en calidad de apoderada
especial de Power Projects Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101672956 con
domicilio en Escazú, San Rafael, Edificio Spazio Ejecutivo, tercer piso,
oficina catorce, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: POWER
PROJECTS
como marca de servicios
en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Promoción
de ventas y servicios de venta al por mayor y al por menor, prestación de
productos en cualquier medio de comunicación por si venta al por mayor o a por
menor, gestión empresarial de puntos de venta y suministro de información sobre
ventas comerciales, para equipos electrónicos utilizados para mejorar la
eficacia energética. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de
julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006546. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 05 de setiembre
del 2017.—Bernard Mana Alvarado, Registrador.—( IN2017167602 ).
María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula
de identidad N° 111480307, en calidad de apoderada especial de Power Projects
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101672956, con domicilio en Escazú, San
Rafael, Edificio Spazio Ejecutivo, tercer piso, oficina catorce, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: POWER PROJECTS,
como marca de servicios en clase 42
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: investigación, análisis
tecnológico, auditoría, certificación, consultoría y asesoramiento técnico en
materia de ahorro energético. Desarrollo de sistemas de gestión de energía y
electricidad. Programación de software de gestión energética. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 06 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0006547. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de setiembre del 2017.—Bernard
Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167603 ).
Robert C. Van Der Putten Reyes, divorciado,
cédula de identidad Nº 800790378, en calidad de apoderado especial de Lumo Led
Corporation Corp, con domicilio en: Oliaji Trade Centre, First Floor, Victoria,
Mahé, Seychelles, solicita la inscripción de: light-tec
como marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: aparatos de iluminación en general e
iluminación LED. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0005581. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de agosto
del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017167604 ).
Robert C. Van Der Putten1 Reyes, divorciado,
cédula de identidad número 800790378, en calidad de apoderado especial de Lumo
Led Corporation Corp, con domicilio en Oliaji Trade Centre, First Floor,
Victoria, Mané, Seychelles, solicita la inscripción de: light-tec
como marca de servicios en clase 35 internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: Venta y comercialización de aparatos de iluminación en
general e iluminación LED. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005580. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—(
IN2017167605 ).
Pablo González Solano, casado una vez, cédula
de identidad N° 110540827, en calidad de apoderado generalísimo de Avances
Publicitarios GYS S. A., cédula jurídica N° 3101496560 con domicilio en
Coronado, Antiguos Bomberos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
GyS, como marca de servicios en clase(s): 16 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: 16
productos de imprenta, artículos de papelería. Reservas: de colores: gris y
naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de agosto de 2017.
Solicitud Nº 2017-0008205. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de agosto del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017167608 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de
identidad Nº 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela S. A. de
C.V., con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD.
de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de:
arabela Mommy
como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: jabones de uso cosmético, productos de perfumería,
aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la piel, lociones
capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de marzo
del 2017. Solicitud N° 2017-0002897. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de abril
del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167609 ).
Pablo Andrey Azofeifa Fallas, soltero, cédula
de identidad 112110244, en calidad de apoderado generalísimo de Prestaciones
Estrato Marqués Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101739367, con domicilio en
San Rafael de Escazú, Centro Comercial La Paco, segundo piso, oficina número
22, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: InterCapital como marca de servicios en clase 36
internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio de seguros,
operaciones financieras y operaciones monetarias y negocios inmobiliarios. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de agosto del 2017, según
Solicitud N° 2017-0008039. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del
2015.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167611 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de
identidad 109530774, en calidad de apoderada especial de Empresas Melo S.A.,
con domicilio en Vía España, Río Abajo, edificio 2313, Panamá, solicita la
inscripción de: melo pet & garden
como nombre comercial en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a la venta de productos veterinarios, agroquímicos, plantas,
animales domésticos y servicios veterinarios, ubicado en San José, Escazú,
Trejos Montealegre, del Restaurante Tony Roma´s; 600 metros al suroeste. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0005235. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de julio del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167630 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de
identidad Nº 109530774, en calidad de apoderada especial de Empresas Melo S.
A., con domicilio en: Vía España, Río Abajo, edificio 2313, Panamá, solicita la
inscripción de: MELO Pet’s Market
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de
productos veterinarios, agroquímicos, plantas, animales domésticos y servicios
veterinarios, ubicado en San José, Escazú, Trejos Montealegre, del restaurante
Tony Roma’s 600 metros al suroeste. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 02 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005232. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017167657 ).
Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de
identidad 113310307, en calidad
de apoderada especial de Rigo Trading S. A., con domicilio
en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo,
solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase: 30
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Golosinas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017, Solicitud N°
2017-0003453. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del 2017.—Mauricio Granados
Morales Registrador.—( IN2017167668 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de
identidad 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela S. A. de C.V,
con domicilio en calle 3 norte, N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de
Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: SEXY HAIR como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional para
proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Jabones de uso cosmético para el
cabello, productos de perfumería, aceites esenciales y productos cosméticos
para el cuidado del cabello. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de
abril del 2017, Solicitud N° 2017-0003060. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de mayo del
2015.—César Alfonso Rojas Zuñiga, Registrador.—( IN2017167686 ).
Manuel Ernesto Travisany Bazan, cédula de
residencia 115200025110, en calidad de apoderado generalísimo de IFFC Lab
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101705084 con domicilio en Escazú, Comercial
Paco; 800 metros al sur, 100 metros al oeste, 100 metros al sur y 100 metros al
oeste, Condominio La Galvia, casa N° 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: FROM THE PV COUNTRY
como marca de servicios en clase 35 internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de publicidad; gestión de negocios
comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 28 de agosto del 2017, según Solicitud N°
2017-0008426. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 05 de setiembre del 2017.— Randall Abarca
Aguilar Registrador.—( IN2017167688 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Can Technologies
Inc., con domicilio en: 9350 Excelsior Boulevard, Hopkins, Estado de Minnesota
55343, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NOVA GALLOS SUPER BREED, como marca de fábrica y comercio en clase: 31. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: alimento para aves de corral, a saber
gallos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de diciembre del
2015. Solicitud N° 2015-0011666. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 06 de marzo del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017167691 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de
identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de Arabela, S. A. DE
C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD.
de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ALESSANDRA PINK, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Jabones de uso cosmético, productos de
perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la
piel, lociones capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002893. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 28 de abril de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017167694 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de
identidad 109530774, en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V.,
con domicilio en calle 3, norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de
Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA LUNA MIDNIGHT, como marca de fábrica y comercio en clase 3
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Jabones de uso
cosmético, productos de perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos
para el cuidado de la piel, lociones capilares. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 29 de marzo del 2017, según Solicitud N° 2017-0002900. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 28 de abril del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017167695 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de
identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de Arabela, S. A. DE
C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD.
De Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: SEXY STAR BY ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Jabones de uso cosmético, productos de
perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la
piel, lociones capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002898. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 28 de abril del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017167699 ).
Jéssica Salas
Venegas, casada, cédula de identidad 112100610, en calidad de Apoderada
Especial de Laboratorios Fórmulas Farmacéuticas Sociedad Anónima (LAFOFA) con
domicilio en Kilómetro Dieciséis Punto Cinco carretera a San Juan Sacatepéquez,
Fraccionamiento Industrial Mixco Norte lote catorce B, Guatemala, solicita la
inscripción de: MESOXAL como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: En clase 5 Productos farmacéuticos
oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto
del 2017. Solicitud N° 2017-0007834. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167707 ).
Jéssica Salas Venegas, casada, cédula de
identidad Nº 112100610, en calidad de apoderada especial de Laboratorios
Fórmulas Farmacéuticas Sociedad Anónima (LAFOFA), con domicilio en: kilómetro
dieciséis punto cinco carretera a San Juan Sacatepéquez, Fraccionamiento
Industrial Mixco Norte lote catorce B, Guatemala, solicita la inscripción de: OFTICEL,
como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos oftálmicos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007831.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017167709 ).
Jéssica Salas Venegas, casada, cédula de
identidad N° 11210610, en calidad de apoderado especial de Laboratorios
Formulas Farmacéuticas Sociedad Anónima (LAFOFA), con domicilio en Kilómetro
Dieciséis Punto Cinco Carretera a San Juan Sacatepéquez, Fraccionamiento Industrial
Mixco Norte lote catorce B , Guatemala, solicita la inscripción de: MOXIDROP,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5 Productos farmacéuticos
oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto
del 2017. Solicitud Nº 2017-0007833. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017167711 ).
Wilber Flores
Barboza, cédula de identidad 109460769, en calidad de Apoderado Generalísimo de
Prados de Esperanza Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101717454 con domicilio
en Pococí, Guápiles, 350 metros sur del Aeropuerto de Guápiles, Limón, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Camposanto Prados de Esperanza
como marca de
servicios, en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Camposanto e inhumación de restos humanos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0003840. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 28 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017167719 ).
María del Milagro Chaves Desanti, cédula de
identidad Nº 106260794, en calidad de apoderada especial de Grupo Comercial
Delfín S. A. de C.V, con domicilio en: calle Neptuno Nº 47, Col. Nueva
Industrial Vallejo, Del Gustavo A. Madero, C.P. 07700, México, solicita la
inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase 1 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: aditivos para aceite, aditivos para
gasolina, aditivos para diesel, fluidos para dirección hidráulica, fluido para
sistemas hidráulicos, fluidos para transmisiones, líquido para frenos, fluido
para baterías, aditivo químico para arrancar el motor (aditivo de carburación),
anticongelantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0006033. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de agosto
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017167720 ).
María del Milagro Chaves Desanti, cédula de
identidad N° 106260794, en calidad de apoderada especial de Great Dane LLC, con
domicilio en 222 North Lasalle Street, Suite 920, Chicago, Illinois 60601,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FREEDOM,
como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Semirremolques de plataforma. Prioridad: Se otorga
prioridad N° 87158552 de fecha 01/09/2016 de Estados Unidos de América. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del 2017. Solicitud Nº
2017-0001834. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio del 2017.—Sabrina Loaiciga
Pérez, Registradora.—( IN2017167723 ).
Álvaro Enrique Dengo
Solera, divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de Apoderado
Especial de Tupy S. A., con domicilio en Rúa Albano Schmidt Street N° 3400, Boa
Vista, Joinville-Santa Catarina, Brasil, solicita la inscripción de: T
como marca de fábrica
y comercio, en clase 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
6 Hierro fundido, en bruto o semielaborado; hierro, en bruto o semiforjado,
conexiones de hierro fundido, accesorios de acero forjado y válvulas industriales
de metal para uso industrial y doméstico, arena de acero para la alimentación
de las máquinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004530. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de mayo del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017167724 ).
José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez,
cédula de identidad N° 104610803, en calidad de apoderado especial de
Biomedical Development Corporation, con domicilio en 620 E. Dewey Place, San
Antonio, Texas 78212, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SKINCERITY,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: 3 cosméticos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 9 de abril de 2015. Solicitud Nº 2015-0003323. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio de 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017167726 ).
Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de
identidad N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S.A.B
DE C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia
Peña Blanca, Santa Fe, 01210, distrito Federal, México, solicita la inscripción
de: WOOPIS, como marca de fábrica y comercio en clase:
30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: todo tipo de
confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de agosto
del 2017. Solicitud Nº 2017-0007609. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de agosto
de 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017167730 ).
Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de
identidad N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Adium Pharma S. A.,
con domicilio en Ruta 8 km 17500 s/n Zonamérica, local 320, Montevideo,
Uruguay, solicita la inscripción de: ADIUM
PHARMA, como
marca de fábrica y comercio en clase: 42 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 42 servicios de análisis e investigación científica,
tecnológica, química y biológica, servicios de investigación y análisis en
materia de medicamentos y productos farmacéuticos, servicios de investigación
para fines médicos, servicios de control de calidad, servicios de estudio de
proyectos técnicos, servicios de prueba de materiales y medicamentos, todos los
anteriores para la industria farmacéutica. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007298. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 21 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017167731 ).
Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de
identidad N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Kellogg Company,
con domicilio en One Kellogg Square, Battle Creek, Michigan, USA, 49016-3599,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KELLOGG’S KRISPIS, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30, internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: clase 30: café, té, cacao y sucedáneos
del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales;
pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de
melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas
(condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 8 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007673. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 21 de agosto del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017167732 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad
N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S. A.B DE C.V.,
con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca,
Santa Fe, 01210, distrito Federal, Costa Rica, solicita la inscripción de: BIMBO MADRE TIERRA, como marca de fábrica y comercio en clases: 29 y 30 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: 29 frutas y vegetales en conserva,
congeladas, secas y cocidas, mermeladas, papas fritas, cacahuates procesados;
cacahuates salados; almendras procesadas; frutas deshidratadas; semillas
preparadas; nueces de india procesadas; chicharrón de cerdo; y 30 preparaciones
hechas de cereales, pan, pasteles y galletas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007299. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 21 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017167733 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad
N° 111610034, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S. A.B. DE C.V.
con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca,
Santa Fe, 01210, distrito Federal, México, solicita la inscripción de: BIMBO CHOCOTOST, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: Pan, pasteles y galletas con sabor a
chocolate. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del
2017. Solicitud Nº 2017-0006598. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167734 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad
1-1161-0034, en calidad de apoderada especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V.,
con domicilio en Prolongación Paseo de La Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca,
Santa Fe, 01210, México Distrito Federal, México, solicita la inscripción de: VERO SODA POP como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: 30: Todo tipo de confitería. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0007611. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 17 de agosto de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017167735 ).
Roxana Cordero
Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderada especial de
Mundirama S. A., cédula jurídica 3-101-064062, con domicilio en Mata Redonda,
Oficentro Ejecutivo la Sabana, edificio 4, primer piso, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Mundirama TRAVEL AGENCY,
como nombre comercial
en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 49: un
establecimiento dedicado a ofrecer servicios de agencia de viajes, se emiten
cotizaciones, ofertas, tiquetes aéreos, paquetes de viajes, se reciben pagos
por los conceptos antes referidos. Se atiende al público en vías electrónicas y
presenciales, ubicado en San José, Mata Redonda, Oficentro Ejecutivo La Sabana,
edificio 4, primer piso. Reservas: del color azul. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0007094. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 3 de agosto de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017167736 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Marcela
Corrales Murillo, soltera, cédula de identidad Nº 113150564, en calidad de
apoderada especial de C.A.R.O. Producciones Sello Único Costa Rica S. A.,
cédula jurídica Nº 3101585383, con domicilio en: cantón primero, San José,
distrito primero, El Carmen o sea Barrio Escalante, calles 35 y 37, avenida 11,
casa 3581, segunda planta, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
SELLO ÚNICO PRODUCCIONES
como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: organización de eventos, exhibiciones, ferias y
espectáculos con fines comerciales, promocionales y publicitarios. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2017. Solicitud N°
2017-0007762. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de setiembre del 2017.—César
Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167484 ).
Francisco Gutiérrez Solano, soltero, cédula
de identidad 11565509 con domicilio en Santo Domingo, Paracito; de la iglesia
católica; 50 metros al norte, 100 metros al oeste y 25 metros al norte, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Del Este Eventos
como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Organización de Eventos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de agosto del 2017, según Solicitud N°
2017-0008188. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de setiembre del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017167508 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos
veces, cédula de identidad Nº 108120604, en calidad de apoderada especial de
Compañía Agrícola Industrial Propica S. A., con domicilio en: San Rafael de
Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio, tercer piso, oficina
número uno y oficinas en Sabana Oeste, de Pop’s 300 oeste y 25 sur, edificio
Nexia, segundo piso, mano izquierda, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: PROPICA PIPER & CAPSICUM PROCESSORS
como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Chile y pimienta. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2017.
Solicitud N° 2017-0007995. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de setiembre del 2017.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—( IN2017167516 ).
Roxana Cordero
Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderada especial de
Seminarium Ejecutivos de Centro América Sociedad Anónima, con domicilio en
Paseo Colón, del KFC, 50 metros norte, Edificio La Carmelita, segundo piso, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de
fábrica y comercio en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase: 41 Servicios relacionados con la organización y dirección
de seminarios, talleres de capacitación y formación de profesionales,
planificación de seminarios con fines educacionales, organización y realización
de seminarios de formación. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de agosto de 2017. Solicitud N° 2017-0007615. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 17 de agosto de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017167737 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad
111610034, en calidad de apoderada especial de Belleza Express S. A., con
domicilio en calle 36, N° 134-201 km. 6 Vía Jamundi Cali Valle, Colombia,
solicita la inscripción de: Arrurú Naturals
como marca de fábrica y comercio en clase: 3.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 3: Colonias para bebés
y niños, perfumes para bebés y niños, champú para bebés y niños, baño líquido
para bebés y niños, cremas para la pañalitis del bebé, toallitas y pañitos
húmedos, estuchería para bebés y niños, jabones líquidos para bebés y niños,
acondicionadores para bebés y niños, tratamientos desenrredantes para bebes y
niños, jabones en barra para bebes y niños, repelentes para bebes y niños,
bloqueadores solares para bebes y niños. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de diciembre de 2015. Solicitud Nº 2015-0011690. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 22 de agosto de 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2017167738 ).
Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de
identidad número de identidad N° 113310307, en calidad de apoderado especial de
Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633
Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Golosinas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003450.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 1° de agosto del 2017.—Mauricio Granados Morales,
Registrador.—( IN2017167739 ).
Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de
identidad N° 111610034, en calidad de
apoderado especial de Grupo Bimbo
S.A.B. de C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000,
Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, distrito Federal, México,
solicita la inscripción de: Karameladas POP
como marca de fábrica y comercio en clase(s):
30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Palomitas de
maíz con sabor a caramelo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 14 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0009909. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
24 de agosto del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167741 ).
Laura Valverde
Cordero, soltera, cédula de identidad 113310307, en calidad de apoderada
especial de Rigo Trading S.A., con domicilio en 6, Route De Trèves, EBBC
Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de
fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003454. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto de
2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017167745 ).
Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de
identidad N° 113310307, en calidad de apoderado especial de Rigo Trading S. A.
con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg,
Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003455.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 3 de agosto del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2017167751 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Rigo Trading
S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633
Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Golosinas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº
2017-0003474. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978.—San José, 3 de agosto del 2017.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2017167753 ).
Jorge Tristán
Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de
apoderado especial de Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves,
EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de
fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003475. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de agosto de
2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167755 ).
Renate Doerry,
casada, pasaporte 489124801, en calidad de apoderado generalísimo de AR SPA
Diecisiete Limitada, cédula jurídica 3102734696, con domicilio en Santa Cruz,
Tamarindo, oficina p&d abogados, centro comercial Tamarindo Business
Center, local número 2, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: WAKE
como marca de comercio
y servicios en clases: 3 y 44. internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: clase 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar
la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones;
productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares;
dentífricos, y clase 44 Servicios médicos; servicios veterinarios; tratamientos
de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura,
horticultura y silvicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de agosto 2017. Expediente N° 2017-0008215. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de agosto 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017167771 ).
Renate Doerry, casada, en calidad de
apoderada generalísima de AR SPA Diecisiete Limitada, cédula jurídica Nº
3102734696, con domicilio en: Santa Cruz, Tamarindo, oficina P&d Abogados,
Centro Comercial Tamarindo Business Center, local Nº 2, Guanacaste, Costa Rica,
solicita la inscripción de: WAKE SPA, como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a brindar servicios de Spa, que incluye, pero no se limitan
a tratamientos, terapias o sistemas de relajación utilizando como base
principal el agua, masajes corporales y tratamientos de belleza para personas.
Asimismo, se ofrecen a la venta artículos personales de belleza. Ubicado en
Guanacaste, Santa Cruz, Tempate, 4 kilómetros al norte de Potrero, carretera a
playa Danta, residencial Las Catalinas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 23 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008216. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
31 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017167773 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad N° 103920470, en calidad de apoderado especial de Rigo
Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633
Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase(s):
30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003478. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de agosto del
2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167785 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad número 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Rigo
Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633
Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio, en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Golosinas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 19 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003479. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 1° de agosto del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez,
Registradora.—( IN2017167787 ).
Chik Yin Fung Fung, casado una vez, cédula de
identidad 800560224, en calidad de apoderado generalísimo de ACF Family S.A.,
cédula jurídica 3101568287, con domicilio en, de Acueductos y Alcantarillados
cien metros este y cincuenta metros sur, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de:
como marca de comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: confitería. Reservas: de los colores negro, blanco,
rojo y azul, no se hace reserva de elementos denominativos con significado en
el idioma chino. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio de
2017. Solicitud Nº 2017-0007029. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de agosto de
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167798 ).
Chik Yin Fung Fung, casado una vez, cédula de
identidad N° 800560224, en calidad de apoderado generalísimo de ACF Family S.
A., cédula jurídica N° 3101568287, con domicilio en de Acueductos y
Alcantarillados cien metros este y cincuenta metros sur, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: WHITE RABBIT,
como marca de comercio en clase: 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 30 confitería. Reservas: de los colores blanco y rojo,
no se hace reserva de elementos denominativos con significado en el idioma
chino. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0007030. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de agosto del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017167799 ).
María del Milagro
Jiménez Cerdas, soltera, cédula de identidad 503940807, en calidad de apoderado
generalísimo de GDG Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101738989, con domicilio
en Santo Domingo, distrito de Santo Tomás, del salón comunal 400 metros sur y
75 oeste, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ÁNGELES DE LUZ
CAMPOSANTO Y FUNERARIA “Un lugar de paz para recordar”
como marca de
servicios en clase: 45 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Los servicios prestados a personas en relación con acontecimiento sociales (
camposanto, ferretros, cremación servicios, salas de velación, carrozas
funebres, entierros, exhumación); servicios funerarios. Reservas: No se reserva
los términos: “CAMPOSANTO Y FUNERARIA” y “UN LUGAR DE PAZ PARA RECORDAR”. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio 2017. Expediente
N° 2017-0007111. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de agosto 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017167806 ).
Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de
identidad N° 113310307, en calidad de apoderado especial de Gabana Gastro Club
SRL, cédula jurídica N° 3102723657, con domicilio en Montes de Oca, Barrio
Dent, Oficentro Latitud Dent, Oficina Número O-trescientos Doc, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: GABANNA gastroclub,
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a servicios de restauración (alimentación),
un restaurante, bar, y club de eventos socioculturales, ubicado en Escazú, de
la plaza Atlantis 500 metros sur, San Rafael. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007223. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 4 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017167817 ).
Jorge Tristán
Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de
apoderado especial de Rigo Trading S. A., con domicilio en 6, Route de Trèves,
EBBC Building E, 2633 Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 Internacional(es).
Para proteger y
distinguir lo siguiente: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de abril 2017. Expediente N° 2017-0003476. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de
agosto 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017167818 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad número 103920470, en calidad de apoderado especial de Rigo
Trading S.A., con domicilio en 6, Route de Trèves, EBBC Building E, 2633
Senningerberg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase:
30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2017. Solicitud N°
2017-0003477. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de agosto del 2017.—Sabrina Loáiciga
Pérez, Registradora.—( IN2017167821 ).
Mario Alberto Alfaro Rodríguez, soltero,
cédula de identidad 111070280, en calidad de Apoderado Generalísimo de Sistema
Nacional de Radio y Televisión S. A. (SINART S. A.,) con domicilio en la Uruca,
1 kilómetro al oeste del Parque Nacional de Diversiones, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: SINART COSTA RICA MEDIOS como marca de servicios en
clase 38 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 38
Servicios de telecomunicaciones, y difusión en todas las plataformas de
comunicación, contenidos y programas radiofónicos y televisivos, tanto en
televisión abierta, análoga y digital, como en televisión pagada, y televisión
por medio de plataformas digitales, en línea y/o por descarga. Reservas: De los
colores: celeste, cian, verde, amarillo, anaranjado, rojo; fusia y morado. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de agosto del 2017.
Solicitud Nº 2017-0007579. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167824 ).
Mario Alberto Alfaro Rodríguez, soltero,
cédula de identidad 111070280, en calidad de apoderado generalísimo de Sistema
Nacional de Radio y Televisión S. A. (SINART S. A.), cédula jurídica
3101347117, con domicilio en La Uruca, un kilómetro al oeste, del Parque de
Diversiones, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SINART COSTA
RICA INTERACTIVA
como marca de servicios en clase: 38
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Servicios de
telecomunicaciones. difusión en todas las plataformas de comunicación,
contenido y programas radiofónicos, televisivos, y digitales. Reservas: De los
colores: anaranjado claro; anaranjado medio y anaranjado oscuro con matiz
rojizo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de agosto del 2017,
Solicitud N° 2017-0007580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017167825 ).
Mario Alberto Alfaro
Rodríguez, soltero, cédula de identidad 111070280, en calidad de apoderado
generalísimo de Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART),
cédula jurídica 3101347117, con domicilio en La Uruca, 1 km oeste del parque de
Diversiones, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SINART COSTA RICA
NOTICIAS
como marca de
servicios en clase(s): 38. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: 38 Servicios de telecomunicaciones, y difusión en todas las
plataformas de comunicación, contenidos y programas radiofónicos, televisivos.
Reservas: Se reservan los colores: celeste, azul y cian. No se hace reserva de
los términos Costa Rica y Noticias. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de junio 2017. Expediente N° 2017-0006337. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 24 de julio 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017167826 ).
Mario Alberto Alfaro
Rodríguez, soltero, cédula de identidad 111070280, en calidad de apoderado
generalísimo de Sistema Nacional de Radio y Televisión S. A. (SINART S. A.),
cédula jurídica 3101347117, con domicilio en La Uruca, un kilómetro al oeste
del Parque de Diversiones, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
SINART COSTA RICA RADIO
como marca de
servicios en clase: 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase: 38 Servicios de telecomunicaciones y difusión en todas las
plataformas de comunicación, contenidos y programas radiofónicos. Reservas: de
los colores: morado, anaranjado, anaranjado oscuro, amarillo claro, amarillo
oscuro y verde. No hace reserva de los términos Costa Rica y Radio. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio de 2017. Solicitud N°
2017-0006336. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de agosto de 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017167827 ).
Gabriel Gurdián Castro, soltero, cédula de
identidad N° 113360663, en calidad de apoderado generalísimo de Comrelint
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101741056 con domicilio en Escazú, frente
a la antigua pastelería Giacomin (camino a Bello Horizonte) portón de bambú,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: COMRELINT, como marca de
servicios en clase(s): 35 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: 35
mercadeo digital, administración de cuentas digitales, social media, gestiones
de prensa, gestión de imagen, estudios de mercado, mercadeo, publicidad
benchmark (evaluación comparativa) (evaluación de prácticas de organización de
negocios). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio de
2017. Solicitud Nº 2017-0006777. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de julio del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017167828 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado Especial de S.C. Johnson
& Son, Inc., con domicilio en 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin
53403-2236, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SHEER VANILLA EMBRACE como marca de fábrica y comercio en clases 3; 4 y 5. Internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Aromatizantes de cuartos o
atmósfera; aceites esenciales para la atmósfera; preparaciones de fragancias de
aires; preparaciones de perfumes; potpourri, incienso, todos los anteriores con
aroma a vainilla. Clase 4: Candelas, candelas perfumadas, todos los anteriores
con aroma a vainilla. Y Clase 5: Preparaciones purificadoras de aire,
preparaciones sanitarias de aire, preparaciones para neutralizar olores,
desodorizantes para cuartos o atmósfera, desodorizantes de alfombras,
desodorizantes para textiles, todos los anteriores con aroma a vainilla. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004850. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017167829 ).
Yanny Alejandra Paniagua Murillo, soltera,
cédula de identidad 206540128, en calidad de apoderada especial de Greivi
Murillo Sánchez, casado una vez, cédula de identidad 205260446 y Marta Agüero
Aguilar, casada una vez, cédula de identidad 401360189con domicilio en Ciudad
Quesada, San Carlos, Barrio Arcoiris, segunda entrada casa número 3, Alajuela,
Costa Rica y Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Arcoiris, segunda entrada casa
número 3, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Latna pizza
como nombre comercial en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento
comercial dedicado a la venta de comida (restaurante de comida italiana).
Ubicado en Alajuela; San Carlos, Ciudad Quesada, frente a la Yamaha. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio de 2017. Solicitud Nº
2017-0006084. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de setiembre.—Mauricio Granados
Morales, Registrador.—( IN2017167831 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Turtle Wax
Inc., con domicilio en 2250 West Pinehurst Boulevard, Suite 150, Addison, IL,
60101, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ODOR-X
como marca de fábrica y comercio en clases: 3
y 5. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3:
preparaciones de limpieza, incluyendo preparaciones de limpieza para uso
doméstico, y para la limpieza de alfombras de automóviles, tapicería automotriz
e interior de vehículos, y en clase 5: preparaciones de desodorización
incluyendo preparaciones de desodorización para uso doméstico, y para
desodorización alfombras de automóviles, tapicería automotriz e interior de
vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto
del 2017. Solicitud N° 2017-0007892. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto
del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017167847 ).
Gerardo Enrique Rojas Arroyo, casado una vez,
cédula de identidad 103660419, en calidad de Apoderado Generalísimo de
Manpalider, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101228346 con domicilio en
Guachipelín de Escazú, contiguo a Construplaza, en el centro de oficinas
Multipark, edificio Tapantí piso dos, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: FAST CARS como marca de fábrica en clase 16
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 16 Papel, cartón y
artículos de estas materias; productos de imprenta, material de encuadernación,
cuadernos, artículos de papelería, adhesivos (pamentos) de papelería o uso
doméstico, material para artistas, pinceles, artículos de oficina (excepto
muebles), material de instrucción o didáctico, materias plásticas para embalar,
caracteres de imprenta y clichés. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007110. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 1 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017167870 ).
Pamela Varela Jiménez, divorciada una vez,
cédula de identidad 109640824 con domicilio en Zapote, 200 sur antigua Merayo,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: - + ÷ x EN MODO Matemático
como marca de servicios, en clase 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41: Servicio de
educación enfocado en las matemáticas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007337. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017167904 ).
Cristina María Gálvez Pacheco, soltera,
cédula de identidad 114530191, en calidad de Apoderado Generalísimo de
3-102-735547 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102735547,
con domicilio en La Unión de Ríos, Colinas de Montealegre, Condominio Guayacán,
casa número 3, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: S spatula
como marca de comercio, en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 30: Todo tipo de
repostería dulce y salada. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto
Presentada el 5 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006480. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 7 de setiembre del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017167940 ).
Guiselle Ortega
Elizondo, divorciada una vez, cédula de identidad 104010355, con domicilio en
Curridabat, Granadilla Norte, Urbanización Alta Monte, casa 181 T, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: STUDIO D’ARTE DA VINCI,
como nombre comercial,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a escuela de arte y a la venta de arte, ubicado en San José, San Pedro de
Montes de Oca, del Mas x Menos, 100 metros al este y 100 al sur, mano derecha,
local color amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
junio de 2017. Solicitud N° 2017-0004744. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de setiembre
de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017167994 ).
Luis Manuel Gutiérrez Chacón, casado una vez,
cédula de identidad 107960788, en calidad de Apoderado Especial de
Establishment Labs S. A., cédula jurídica 3101366337 con domicilio en La
Garita, Zona Franca Coyol, edificio B-15, Oficinas de Establishment Labs,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: IMPLANTES
MOTIVA como
marca de fábrica y comercio, en clases 3; 5 y 10 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: 3: Cosméticos, cremas y lociones (vinculados
directamente a implantes mamarios, específicamente a productos para el cuidado
de la piel después de una cirugía de aumento, reducción o elevación del pecho,
los mismos contribuyen a mejorar los resultados de la cirugía, y a evitar que
la piel se descame, seque o cicatrice de forma indebida); 5: Geles
cicatrizantes post operatorios para el cuidado de la piel después de la cirugía
de aumento, reducción o elevación del pecho, y productos higiénicos para la
desinfección del implante mamario y 10: Implantes. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005949.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Mauricio Granados Morales,
Registrador.—1 vez.—( IN2017168025 ).
Luis Andrés Vargas Garro, casado una vez,
cédula de identidad N° 107900992, en calidad de apoderado generalísimo de
Centro Global de Negocios Corporativos Costa Rica CNC, Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3101483172, con domicilio en La Unión, Concepción de Tres Ríos,
Condominio Barlovento, casa N° 70, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Delicias del norte,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, sucedáneos del café;
arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan,
productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza;
levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos);
especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto
del 2017. Solicitud Nº 2017-0008271. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de
septiembre del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017168029 ).
Jonathan Soto Morales, soltero, cédula de
identidad Nº 113030607, con domicilio en: Liberia, Barrio Felipe Pérez, segunda
etapa, primera entrada, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:
OUTDOOR EXPLORER
como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 35 Publicidad. Reservas: de los colores:
verde, naranja y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de
agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008431. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 06 de
setiembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017168065 ).
Ana Yhansey Fernández Corrales, divorciada
una vez, cédula de identidad 107010747, en calidad de apoderada especial de
Cooperativa Agrícola e Industrial de Caficultores y de Servicios Múltiples de
La Zona Norte de Montes de Oro y Puntarenas R. L., (COOPEMIRAMONTES R. L.),
cédula jurídica 3002708797 con domicilio en Montes de Oro, Miramar; diagonal a
la policía de proximidad, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MIRAMONTES CAFÉ como marca de fábrica en clase: 30
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Bebidas a base de
café, específicamente café industrializado. Reservas: Del color negro. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017, según Solicitud
N° 2017-0006205. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017168070 ).
Ana Yhansey
Fernandez Corrales, divorciada una vez, cédula de identidad 107010747, en
calidad de apoderado especial de Cooperativa Agrícola e Industrial de
Caficultores y de Servicios Múltiples de la Zona Norte de Montes de Oro y
Puntarenas R. L. (COOPEMIRAMONTES R. L.), cédula jurídica 3002708797, con
domicilio en Montes de Oro, Miramar, diagonal a la policía de proximidad,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ SOMBRERO NETAMENTE
CRIOLLO como marca de fábrica en clase(s): 30.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Bebidas a base
de café, específicamente café industrializado. Reservas: Del color: negro. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio 2017. Expediente
N° 2017-0006206. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de agosto 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017168071 ).
Ana Lucía González Ugalde, soltera, cédula de
identidad Nº 401860346, con domicilio en: 600 metros norte de la Delegación
Policial Vara Blanca, Costa Rica, solicita la inscripción de: DON SEBAS Vara
Blanca
como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: productos derivados de la leche como queso,
natilla y yogurt. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del
2017. Solicitud N° 2017-0004325. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de setiembre del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017168072 ).
Marcas de ganado
Solicitud N° 2017-1897.—Ref.:
35/2017/3940.—Ginette Leal Gutiérrez, cédula de identidad 0501411420, solicita
la inscripción de: F
1 L, como marca de ganado, que usará preferentemente
en Guanacaste, Santa Cruz, Veintisete de Abril, La Florida, Bar Los Canelos,
frente a costado sur de la plaza de deportes. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
6 de setiembre del 2017, según el expediente N° 2017-1897.—Elda Cerdas Badilla,
Registradora.—1 vez.—( IN2017168026 ).
Solicitud N°
2017-1910.—Ref: 35/2017/3968.—Javier Rosales Villalobos, cédula de identidad
0602670705, solicita la inscripción de:
4 L
L
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Lepanto,
Cuajiniquil, 500 metros norte de la escuela de Cuajiniquil. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 07 de setiembre del 2017. Según el expediente N°
2017-1910.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017168030 ).
Solicitud Nº 2017-1810.—Ref:
35/2017/3872.—Carlos Luis Serrano Acuña, cédula de identidad Nº 3-0129-0962,
solicita la inscripción de: SGA, como marca de ganado, que
usará preferentemente en Cartago, Alvarado, Pacayas, San Rafael de Irazú, 500
este y 500 metros sur de la Escuela de San Rafael. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 28 de agosto del 2017. Según el expediente N°
2017-1810.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017168051 ).
Solicitud Nº 2017-1751.—Ref:
35/2017/3669.—Rafael Meza Arguedas, cédula de identidad Nº 1-0560-0334,
solicita la inscripción de:
W Y
8
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Colinas, Moyal, 150 metros norte
de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 21 de agosto del 2017.
Según el expediente N° 2017-1751.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(
IN2017168059 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-504198, denominación: Asociación Cristiana Comunidades de Fe Costa Rica.
Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 433855.—Dado en el Registro Nacional, a
las 8 horas 41 minutos y 13 segundos, del 30 de agosto del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017168012 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La
señor(a)(ita) María Gabriela Miranda Urbina, cédula de identidad Nº 111390272,
en calidad de apoderada especial de Omya International AG, solicita la Patente
PCT denominada CARBONATO DE CALCIO PARA LA PROTECCIÓN DE LAS
PLANTAS. La
presente invención se refiere al uso del carbonato de calcio como producto
fitosanitario para la aplicación tópica antes de la cosecha, donde el producto
fitosanitario controla una plaga durante el crecimiento de las plantas. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/24, A01N 43/22, A01N 43/36,
A01N 43/40, A01N 43/54, A01N 47/16, A01N 53/00, A01N 59/06, A01P 3/00 y A01P
7/00; cuyos inventores son Stürm, Christoph (CH) y Hansen, Wulff (CH).
Prioridad: N° 14198305.6 del 16/12/2014 (EP) y N° 62/095,863 del 23/12/2014
(US). Publicación Internacional: WO2016/096907. La solicitud correspondiente
lleva el Nº 2017-0000254, y fue presentada a las 12:45:32 del 15 de junio de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 7 de agosto de 2017.—Viviana Segura de la O,
Registradora.—( IN2017167156 ).
La señor(a) (ita) Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial
de Genoscience Pharma, solicita la Patente PCT denominada DIAMINO-QUINOLEÍNA 2,4 SUSTITUIDA COMO NUEVOS
AGENTES ANTICANCERÍGENOS. El presente invento se
relaciona a derivados novedosos de amino-quinoleína 2-primario
amino-4-secundario, su manufactura, composiciones farmacéuticas que los
comprendan y su uso como medicamentos. Los compuestos activos de la presente
invención son útiles para el tratamiento y prevención de enfermedades
proliferativas neoplásicas y no neoplásicas. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional
de Patentes es: A61K 31/47, A61P 35/00 y C07D 401/04; cuyo(s) inventor(es)
es(son) Bassissi, Firas (FR); Beret, Antoine (FR); Brun, Sonia (FR);
Courcambeck, Jérome (FR); Dubray, Clarisse (FR); Nicolas, Gregory (FR) y
Halfon, Philippe (FR). Prioridad: N° 62/073,325 del 31/10/2014 (US).
Publicación Internacional: WO/2016/067112. La solicitud correspondiente lleva
el número 2017-0000177, y fue presentada a las 08:44:10 del 28 de abril de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de agosto
de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017167245 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señor(a)(ita) Fabiola Sáenz Quesada,
cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de Dow
Agrosciences LLC, solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIÓN HERBICIDA SINÉRGICA QUE CONTIENE
PENOXSULAM, TRICLOPIR Y BISPIRIBAC. Se describe una composición sinérgica que
contiene penoxsulam, triclopir y bispiribac para el control de las malezas en
los cultivos, especialmente el arroz, la caña de azúcar, los cultivos de
cereales y granos, pastizales, tierras de pastoreo, manejo de vegetación
industrial (IVM), vegetación acuática y césped. Estas composiciones
proporcionan un mejor control herbicida de las malezas pos-brote y reducen los
daños que produce el herbicida mediante la aplicación concomitante de la mezcla.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: AO1N 43/40, AO1N 43/54, AO1N
43/647, AO1N 43/90 y A61P 13/00; cuyo(s) inventores son: Mann, Richard K.;
(US); Carranza Garzon, Nelson M.; (CO) y Pacheco, Ruby A.; (CO). Prioridad: N°
62/092,633 del 16/12/2014 (US). Publicación Internacional: W02016/099802. La
solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000303, y fue presentada a las
09:39:12 del 4 de julio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017167477 ).
El señor José Antonio Gamboa Vázquez, cédula
de identidad Nº 1046100803, en calidad de apoderado especial de Honda Motor
Co., Ltd, solicita el Diseño Industrial denominado UN COBERTOR DE MANUBRIO PARA UNA MOTOCICLETA SCOOTER.
Se reivindica el diseño para un nuevo modelo industrial de un Manubrio
para una motocicleta Scooter. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños
Industriales es: 12-11; cuyos inventores son Tanaka, Jun (JP) y Meena, Lov
(IN). Prioridad: N° 2017-001924 del 03/02/2017 (JP). Publicación Internacional:
La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000349, y fue presentada a las
13:58:06 del 28 de julio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de agosto de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017167725 ).
El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol,
cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Edwards
Lifesciences Corporation, solicita la Diseño Industrial denominado REGULADOR DE VÁLVULA CARDIACA.
El diseño ornamental para un calibrador de
válvula cardíaca. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es:
24-01; cuyo(s) inventor(es) es(son) Pintor, Rafael (US). Prioridad: N°
29/588016 del 16/12/2016 (US). La solicitud correspondiente lleva el número
2017- 0000253, y fue presentada a las 11:21:32 del 15 de junio de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 5 de setiembre de 2017.—Viviana Segura de La O,
Registradora.—( IN2017167742 ).
El señor Andrey Dorado Arias, cédula de
identidad 2-0565-0345, en calidad de apoderado especial de Astrazeneca AB,
solicita la Patente PCT denominada 112-(AMINOMETIL)BENCILI-2-TIOXO-1,2,3,5-TETRAHIDRO-4H-PIRROLO[3,2-D]
PIRIMIDIN-4-0NAS COMO INHIBIDORES DE MIELOPEROXIDASA.
Se dan a conocer determinados compuestos de
1-[2-(aminometil)bencil]-2-tioxo-1,2,3,5-tetrahidro-4H-pirrolo[3,2-d]pirimidin-4-ona
de fórmula (I), y sales farmacéuticamente aceptable de los mismos, junto con
composiciones que los contienen y su uso en terapia. Los compuestos son
inhibidores de la enzima MPO y de este modo son particularmente útiles en el
tratamiento o profilaxis de trastornos cardiovasculares tales como
insuficiencia cardíaca y estados relacionados con arteriopatía coronaria.
NHNNHOSR2NHR3R1(I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/519,
A61P 9/10 y CO7D 487/04; cuyos inventores son: Inghardt, Tord, Bertil (SE);
Tomkinson, Nicholas (GB); Can, Li-Ming (SE); Stonehouse, Jefrey, Paul (US);
Johannesson, Petra (SE); Jurva, Ulrik (SE); Michaelsson, Erik (SE) y
Lindstedt-Alstermark, Eva-Lotte (SE). Prioridad: N° 62/085,722 del 01/12/2014
(US). Publicación Internacional: WO/2016/087338. La solicitud correspondiente
lleva el número 2017-0000229, y fue presentada a las 10:58:16 del 31 de mayo de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 31 de julio de 2017.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—( IN2017167810 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca,
costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: ADRIANA GIRALT FALLAS, con cédula de identidad número
1-1479-0639, carné número 25635. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES
siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-001219-0624-NO.—San José, 13 de
setiembre del 2017.—Anaida Cambronero Anchía, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1
vez.—( IN2017169227 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A)
PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso
HACE SABER: Que ante este Despacho se
ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MIGUEL ANTONIO MAKLOUF LOBO, con cédula de identidad número 1-1388-0466 carné número 24961. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta
del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
EXPEDIENTE Nº 17-001169-0624-NO.—San José, 08 de setiembre del
2017.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(
IN2017169470 ).
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHSAN-0014-2017.—Expediente
Nº 17543A.—María Julia González Rodríguez, solicita concesión de: 3 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Sociedad
de Usuarios de Agua Agropecuaria Lajas en Zapote (Alfaro Ruiz), Zarcero,
Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y riego. Coordenadas 246.676 /
491.373 hoja Quesada. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 21 de abril de 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy
Quesada Artavia.—( IN2017168698 ).
ED-0198-2017.—Exp.
12640P.—Compañía de Agua Mineral Chilamate S. A., solicita concesión de: 2,3
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
CN-153 en finca de su propiedad en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso
industria - otro. Coordenadas 273.070 / 402.249 hoja Cañas. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 24 de agosto del 2017.—Unidad Hidrológica
Tárcoles, Pacífico Central.—Marilyn Mora Vega.—( IN2017168843 ).
ED-UHTPCOSJ-0117-2017.—Exp.
N° 12115A.—Cloza de Alajuela S. A., solicita concesión de: 8.6 litros por
segundo de la Quebrada Arley, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Rosario, Naranjo, Alajuela, para uso agropecuario riego café. Coordenadas
225.450/495.700 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 6 de setiembre de 2017.—Marilyn Mora Vega, Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central.—( IN2017169031 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0109-2017.—Expediente
17760A.—Mirgia Soto Sibaja, solicita concesión de: 0.05 litro por segundo de la
Quebrada El Bosque, efectuando la captación en finca de José Antonio Soler en
Dulce Nombre Jesús, Vázquez de Coronado, San José, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas 538.900 /222.950 hoja Carrillo. Predios inferiores:
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 5 de setiembre de 2017.—Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Marilyn Mora Vega.—( IN2017169258 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Elieth Patricia Pérez Areas, se ha dictado la resolución N°
5897-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cincuenta y cinco
minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis. Expediente N° 33975-2016.
Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ferguie Sharliz
Vargas Pérez, en el sentido que el nombre de la madre es Elieth Patricia.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017165623 ).
En resolución N° 3130-2017 dictada por el
Registro Civil a las dieciséis horas cincuenta y ocho minutos del veinte de
marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 55511-2016, incoado
por Venazir Julieth Ramírez Martínez, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Keneth Romero Ramírez, que el nombre de la madre es Venazir
Julieth.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017168016 ).
En resolución N° 2745-2017 dictada por el
Registro Civil a las doce horas del ocho de marzo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso N° 45086-2016, incoado por María Elena García Romero, se
dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Leticia del Carmen García
Rivas y Yesennia Liseth García Rivas, que el segundo apellido de la madre es
Romero.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017168077 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Yina Paola Pérez Romero, colombiana, cédula
de residencia 117000541205, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. 4382-2017.—San José, al ser las 2:02 del 07 de setiembre de
2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017167947 ).
Luz Angela Duque Valle, colombiana, cédula de
residencia 117000389602, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
4380-2017.—San José, al ser las 1:52 del 07 de setiembre de 2017.—Randall
Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017167977 ).
Norvin Joel Zambrana Ponce, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155805506800, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 4333-2017.—Guanacaste, Liberia, al ser las 10:15 horas del
06 de setiembre del 2017.—Lic. Edgar Alguera Ramírez.—1 vez.—( IN2017167996 ).
Vidal Antonio
Rodríguez García, nicaragüense, cédula de residencia 155803496213, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. 4354-2017.—San José, al ser las 2:57
del 8 de setiembre de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017168024 ).
BANCO DE
COSTA RICA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LN-000018-01
Implementación de la solución a los puntos únicos
de falla del centro principal de procesamiento
de datos del Banco de Costa Rica
El Banco de Costa Rica (BCR), recibirá
ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del
día 11 de octubre del 2017, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la
Oficina de Contratación Administrativa, ubicada en el tercer piso de Oficinas
Centrales.
La
visita al sitio: Se realizará el día 22/09/17 a las 10:00 a. m., en compañía de
Javier Umaña Muñoz y Diego Solano Sánchez, teléfono 2527-5300, extensiones
75334 y 75305, funcionarios de la Gerencia de Telecomunicaciones y Redes, favor
de coordinar la cita al correo unidadcentrodatos@bancobcr.com.
Los
interesados pueden obtener el cartel y las condiciones técnicas, en la página
electrónica bancobcr.com, en la siguiente dirección:
Acerca
del BCR/proveedores/carteles
Oficina de Contratación
Administrativa.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—Orden de compra Nº
66348.—Solicitud Nº 95115.—( IN2017169282 ).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL
DR. MAXIMILIANO PERALTA JIMÉNEZ
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000046-2306
Kit de manejo de heces y bolsa recolectora de heces
bajo la modalidad de entrega según demanda
El Hospital Dr. Maximiliano Peralta Jiménez
de Cartago, invita a los interesados a participar en el siguiente concurso:
• Número de Licitación: 2017LA-000046-2306.
• Descripción: Kit de manejo de heces (sonda
rectal) y bolsa recolectora de heces
• Fecha máxima para el recibo de ofertas: 29
de setiembre de 2017.
• Hora de apertura: 10:00 a. m.
Los interesados en participar y conocer
mayores detalles podrán solicitar el cartel de especificaciones a partir de
esta publicación a los teléfonos 2591-1161 y 2591-8767, dicho cartel se enviará
por correo electrónico, o bien puede accesar la página web de la institución,
en la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones y descargar el
cartel.
Subárea de Contratación Administrativa.—Jimmy
Salazar Robles.—1 vez.—( IN2017169300 ).
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO
DE ADQUISICIONES
COMPRA
DIRECTA Nº 2017CD-000112-07
Materiales o accesorios de seguridad para el trabajo
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 25 de setiembre
del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito en el Proceso de Adquisiciones,
sita Barranca Puntarenas, 200
metros al norte de entrada principal de INOLASA, o bien ver la página web del
INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra Nº 25344.—Solicitud Nº 94795—(
IN2017168779).
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA000006-DCADM
Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo
al equipo
de captura de datos y digitalización de imágenes del servicio
de cámara de compensación (lectoclasificadora y lectoras
de cheques)” (consumo según demanda)
La División de Contratación Administrativa
del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los
interesados en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000006-DCADM, que la Comisión
de Licitaciones Abreviada mediante Acta N°417 del 13 de septiembre de 2017
resolvió Adjudicar la presente licitación en los siguientes términos:
Adjudicatario: Corporación
Fintec D.F.C.R. S. A., cédula jurídica 3-101-113924
Oferta Económica:
Ítem 1: Mantenimiento Lectoclasificadora de
Cheques: Costo mensual fijo por máquina $1.850,00 (un mil ochocientos cincuenta
dólares exactos).
Ítem 2: Mantenimiento preventivo a las
lectoras de cheques: Costo unitario por visita semestral Dentro del GAM $110,00
(ciento diez dólares exactos) Fuera del GAM $220,00 (doscientos veinte dólares
exactos)
Ítem 3: Mantenimiento correctivo equipo
digitalización de imágenes y captura de datos: Costo por visita: Dentro del GAM
$121.00 (ciento veintiún dólares exactos) Fuera del GAM $242,00 (doscientos
cuarenta y dos dólares exactos)
Garantía de cumplimiento: El adjudicatario
deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 5
(cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso,
por un monto de ¢8.400.000,00, con una vigencia mínima de catorce meses.
Demás
condiciones y requisitos de conformidad con el cartel definitivo, la oferta del
adjudicatario, el informe de adjudicación N° 098-2017 y el documento
contractual que se suscribirá entre las partes.
Área Gestión y Análisis de Compra.—Licda. Ana
Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017169469 ).
CAJA
COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000038-5101
Multivitaminas IV Formula Pediátrica Polvo
Liofilizado
para Inyección. Código institucional 1-10-42-4851
Se informa a todos los interesados que el
Ítem único de este Concurso N° 2017LA-000038-5101 se declaró infructuoso.
Información disponible en la dirección electrónica institucional:
http://www.ccss.sa.cr//licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LA, en formato
PDF, o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de
Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas
Centrales.
San José, 14 de setiembre 2017.—Línea de
Producción de Medicamentos.—Licda. Joanna Quirós Alvarado, Asistente.— 1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 19464.—(
IN2017169248 ).
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
UNIDAD
REGIONAL HUETAR NORTE
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000001-06
Contratación de servicios de seguridad y vigilancia
física
y electrónica para las instalaciones del Centro
de Formación Profesional de Sarapiquí
La Comisión Local Regional de Adquisiciones,
de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su
Acta Nº 03-2017, del día 05 de setiembre del 2017, artículo único, tomó el
siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y
administrativo, según detalle:
Adjudicar la Línea
N° 1 al
proveedor Consorcio de Información y Seguridad S. A., por un monto anual de
¢60.618.888,00, (Sesenta millones colones
netos) con un plazo de entrega de 01 día hábil del concurso de la Licitación
Abreviada 2017LA-000001-06, para la
“Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física y electrónica para
las instalaciones del Centro de Formación Profesional de Sarapiquí”; por
cumplir técnicamente con lo solicitado en el cartel y obtener el mayor puntaje
de acuerdo a los elementos de adjudicación y metodología de comparación de
ofertas.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra N° 25344.—Solicitud N° 95164.—(
IN2017169434 ).
AVISOS
OPERADORA
DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR
Y DE DESARROLLO
COMUNAL S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000006-01
Servicio
de procesamiento y generación de información
para clientes de la
Operadora de Planes de Pensiones
Complementarias del
Banco Popular y de
Desarrollo Comunal
S. A.
La Operadora de
Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal
S. A., comunica que en sesión N° 350 del 7 de setiembre del 2017, la Comisión
de Licitaciones resolvió adjudicar la Licitación Abreviada N° 2017LA-000006-01,
“Servicio de procesamiento y generación de información para clientes de la
Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A.”, a la única oferta
en cumplir con todo lo solicitado (oferta N° 1 - Consorcio Standard &
Data Printing), con los siguientes precios: formato
hoja y sobre ventanilla N° 10: ¢50,85 (cincuenta colones con 85/100), formato
autosobre: ¢27,12 (veintisiete colones con 12/100), insertos: ¢18.08 (dieciocho
colones con 08/100) y hojas adicionales: ¢21.47 (veintiún colones con 47/100).
Licda. Cinthia Solano
Fernández, Gerente de Administración y Finanzas.—Lic. Verny Rodríguez Martínez,
Jefe Sección Administrativa.—1 vez.—( IN2017168644 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
PROCESO PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000016-01
Contratación
de servicio de suministro y colocación
de concreto
premezclado, modalidad
de entrega según
demanda
La Municipalidad de
Escazú comunica que en Sesión Ordinaria N° 70, Acta N° 78 del 28 de agosto del
dos mil diecisiete, Acuerdo N° AC-201-17 se adjudica la Licitación Pública Nº
2017LN-000016-01 modalidad de entrega según demanda por “Contratación de
servicio de suministro y colocación de concreto premezclado” a la empresa Constructora Meco
S. A., cédula jurídica es Nº 3-101-035078 por un monto unitario de ¢65.000,00 por m3 (Sesenta y cinco mil
colones exactos por metro cúblico) por cuanto cumple con los requerimientos del
pliego de condiciones y obtiene la mejor calificación.
De acuerdo a lo establecido por el área
técnica en oficio COP-358-2017, suscrito por el Ing. Carlos Fonseca Castro,
Coordinador de Obra Pública, queda inelegible la oferta presentada por la
persona jurídica Cemex Costa Rica S. A. en virtud de que según el criterio
técnico no cumple con lo indicado en el punto N° 4.2 del capítulo segundo del
pliego de condiciones, además, la oferta indica un precio adicional por carga
vacía, lo que genera que no se oferte un precio firme y definitivo, por lo que
se violenta lo indicado en el artículo N° 25 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, al presentar una cantidad mínima del producto a
entregar y requerir el pago por la carga vacía, no se ajusta a lo estipulado a
lo referente a la integridad de la oferta presentada. La empresa Agregados
H&M S. A. se excluye de análisis por haberse presentado de manera
extemporánea.
Se advierte que, de conformidad con las disposiciones
de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, este acto se puede
apelar dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicho recurso se puede interponer ante la Contraloría General de la
República conforme a los artículos 84 de la Ley de Contratación Administrativa;
182 y 183 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa. Declarado
definitivamente aprobado.
Queda a disposición de las personas
interesadas el expediente de dicho procedimiento, el cual puede ser revisado en
la oficina de la Proveeduría de la Municipalidad de Escazú, de lunes a viernes
de 7:30 a. m. a 11:00 ó de 1:00 p. m. a 3:30 p. m.
Licda. Laura Cordero
Méndez, Proveedora Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 34863.—Solicitud Nº 94241.—(
IN2017169296 ).
BANCO DE
COSTA RICA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LN-000024-01
Contratación de equipo
para gobierno digital
El Banco de Costa Rica, informa a los
interesados en la licitación en referencia, que la fecha de apertura se
traslada para las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del día 12 de
octubre del 2017.
Oficina de Contratación
Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N°
66348.—Solicitud N° 95148.—( IN2017169421 ).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS
ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA
N° 2017LA-000009-2308
(Aviso N° 2)
Insumos
varios para uso
del servicio de
emergencias
(Agrupamiento de 25
ítems)
Debido a modificación
al cartel se les comunica a los interesados a participar en el presente
concurso, que la última versión del cartel (Aviso N° 2), se encuentra a
disposición en el Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Max Terán
Valls, Puerto Quepos, situada de la esquina noreste del parqueo para vehículos
de funcionarios 50 metros al norte, parte posterior de las instalaciones del
Hospital.
El pliego cartelario con las especificaciones
técnicas y formularios respectivos pueden ser retirados en forma digital por el
oferente interesado en participar, a través de los siguientes medios:
1. A través de nuestra página web
http://portal.ccss.sa. cr/portal/page/portal/Portal/Licitaciones/UP-2308.
2. En nuestras oficinas
administrativas de la Subárea de Planificación y Contratación Administrativa
del Área de Gestión de Bienes y Servicios, cita en el Centro Hospitalario
Hospital Dr. Max Terán Valls / Caja Costarricense de Seguro Social, ubicado 300
metros de la Pista de Aterrizaje de la Managua, Distrito Quepas, Cantón Quepos,
Provincia Puntarenas.
La última versión al
Cartel está constituida por las Condiciones y Especificaciones Técnicas y su
Sistema de Evaluación.
Es responsabilidad de quien adquiere el
cartel, mediante fotocopiado del mismo, en nuestras oficinas administrativas,
verificar que el mismo se le entrega completo. El costo por hoja es de ¢20.00
(veinte colones con 00/100).
Es importante indicar que se mantiene la fecha
y hora máxima de apertura de ofertas, para el jueves 21 de setiembre del 2017
al ser las 13 horas con 00 minutos.
Subárea de
Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Ana Lisette Acuña Vargas,
Coordinadora.—1 vez.—( IN2017169245 ).
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO
ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000009-10 (Aclaración)
Caldera Pirotubular para generación de vapor
de al menos 20 BHP, tipo horizontal
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada
2017LA000009-10 Caldera Pirotubular para generación de vapor de al menos 20 BHP,
tipo horizontal, se hace la siguiente aclaración al cartel:
3.7. Personal Técnico
Se debe consignar en este apartado:
El oferente deberá contar con al menos dos
(2) técnicos que cuente con el siguiente perfil:
• Certificado por fábrica en la marca del equipo ofertado.
• Con al menos tres años de experiencia laboral en funciones o
servicios iguales o similares al solicitado en esta contratación, los cuales
deberán demostrar mediante referencias de las empresas donde trabajo, indicando
que labores ha realizado.
Es importante indicar que el personal técnico
aportado por la empresa que resulte adjudicada debe prestar el servicio
plenamente identificado mediante un gafete, contar con uniforme que identifique
a la empresa y utilizar el equipo de seguridad personal tales como, lentes,
chaleco reflectivo y guantes en el caso de ser estrictamente necesario.
El
Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de inspeccionar dichas
condiciones, cuando lo considera oportuno o conveniente en el momento en que se
dé la prestación del servicio.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra N° 25344.—Solicitud N° 95165.—(
IN2017169437 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LN-000008-01 (Prórroga)
Compra de unidades móviles para el núcleo sector
comercio
y servicio y núcleo hotelería y turismo
El Proceso de Adquisiciones del Instituto
Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en
la Licitación Pública 2017LN-000008-01, “Compra de unidades móviles para el
núcleo sector comercio y servicio y núcleo hotelería y turismo, que el plazo
máximo para presentar ofertas de esta licitación se prorroga para el próximo 17
de octubre del 2017, a las 08:00 horas.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra N° 25344.—Solicitud N° 95166.—(
IN2017169438 ).
UNIDAD
REGIONAL CARTAGO
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000011-10 (Prórroga)
Equipos de respaldo para sistemas de cómputo masivos
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada N°
2017LA-000011-10, que la apertura de las ofertas se prorroga para el día 6 de
octubre del 2017 a las 10:00 a.m., en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Cartago, sita costado norte del Centro Comercial Metrocentro.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—Orden de compra N° 25344.—Solicitud N° 95167.—(
IN2017169466 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROCESO
DE PROVEEDURÍA
MODIFICACIÓN
Se comunica a los potenciales oferentes, cuya
invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta
N° 125, del lunes tres de julio de dos mil diecisiete, que en acatamiento de lo
dispuesto en el Artículo N° 87 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, se prorroga el plazo para dictar el acto de adjudicación del
siguiente procedimiento de contratación administrativa:
LICITACIÓN
PÚBLICA MODALIDAD
DE ENTREGA SEGÚN DEMANDA
N° 2017LN-000015-01
Pruebas de Laboratorio
El plazo se amplía hasta el miércoles
veinticinco de octubre de dos mil diecisiete.
Licda. Laura Cordero Méndez, Proveedora
Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 34863.—Solicitud Nº 94243.—(
IN2017169297 ).
MUNICIPALIDAD
DE NARANJO
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000009-PM
Compra
camión cisterna para riego de caminos de la UTGV
La Municipalidad de
Naranjo les comunica a todos los interesados en el proceso de licitación arriba
indicada las siguientes correcciones que se realizan al cartel:
1) Capítulo I, Condiciones Generales, punto 1.1, descripción: Se aceptarán camión 4x2 6 6x4
nuevos, siempre y cuando cumplan con la legislación vigente de pesos y
dimensiones de Costa Rica
2) Capítulo I, Condiciones
Generales, punto 3 se adiciona el siguiente texto: De
conformidad con lo establecido en el artículo 25 del RLCA los oferentes podrán
cotizar en cualquier moneda sin embargo para efectos comparación y pago se
realizará la conversión a colones de acuerdo al tipo de cambio del dólar
calculado por el Banco Central de Costa Rica vigente al momento de la apertura
de ofertas.
3) Capítulo I, Condiciones
Generales, se adiciona el siguiente apartado: Artículo 8 Reajuste de Precios: Los reajustes de precios se aplicarán de conformidad con lo indicado en
el artículo 31 del RLCA.
4) Capítulo III,
Especificaciones Técnicas:
Punto
2: Rendimiento máximo: 270 CV (196 Kw) +-10%
KW a 2200 rpm.
Punto
3: Condiciones técnicas solicitadas preferiblemente.
Punto
4: Condiciones técnicas solicitadas preferiblemente.
Puntos 7: Condiciones
técnicas solicitadas preferiblemente.
Se aclaro que las capacidades de carga de los ejes se
encuentran en el apartado 16 del cartel “peso en kgs”.
Punto
8: Condiciones técnicas solicitadas preferiblemente.
Punto
12: Se entenderán de cumplimiento preferiblemente las especificaciones de la
cabina solicitada, permitiendo la participación con cabina convencional con
torpedo.
Punto
13: Se solicita un camión con un sistema eléctrico Interno de 24V
preferiblemente pudiendo las empresas cotizar sistemas eléctricos de 12v.
Punto
16: Se aceptará un rango de tolerancia en la capacidad de carga del eje
delantero de +-10% kg.
La demás información
permanece invariable.
Proveeduría
Institucional.—Ólger Alpízar Villalobos.—1 vez.—( IN2017169263 ).
MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2017CD-000128-OPMZ
Contratación profesional en ingeniería eléctrica,
para diseño
eléctrico del nuevo edificio municipal de tres plantas,
con área aproximada de 455 m2
Se suspende el plazo de apertura de la
Contratación Directa Nº 2017CD-000128-OPMZ “Contratación profesional en
ingeniería eléctrica, para diseño eléctrico del nuevo edificio municipal de
tres plantas, con área aproximada de 455 m2”. Debido a la necesidad de ampliar
y modificar la información técnica del cartel.
Zarcero, 14 setiembre del 2017.—Vanessa
Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2017169458 ).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-3882-2017.—Guevara Amador Hellen
Gabriela, cédula Nº 6 0286 0900, ha solicitado reposición de los títulos de
grado académico de Licenciada en Farmacia y Título Profesional de Doctora en
Farmacia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los
dieciséis días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—Oficina de Registro e
Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2017167670 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-3881-2017.—Solano Arias Godofredo,
R-320-2017, cédula Nº 5-0279-0563, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Filosofía Química, University of Aberdeen, Escocia. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de agosto del
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 92864.—( IN2017168031 ).
ORI-3849-2017.—Moya Cisneros Carlos
Alberto, R-319-2017, pasaporte 159100603721, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Licenciado en Sociología,
Universidad de Panamá, Panamá. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de agosto del 2017.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O.C. N°
205177.—Solicitud N° 92863.—( IN2017168035 ).
ORI-4020-2017.—Rodríguez Quirós
Melania Irene, R-239-2007-B, cédula Nº 2-0530-0727, solicitó reconocimiento y
equiparación del título de Especialista en Medicina General Integral, Escuela
Latinomericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información
de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 23 de agosto del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 205177.—Solicitud Nº 93582.—(
IN2017168037 ).
ORI-3947-2014.—Molina Coto Róger
Eduardo, R-321-2017, cédula 3-0381-0544, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Ciencias de Animales, Ms, University of Missouri-Columbia, Estados
Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de
agosto del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 93584.—( IN2017168039 ).
ORI-4086-2017.—Páez González
Byron Gerardo, R-322-2017, estudiante 132000272623, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Ingeniero Civil, Universidad de San Carlos de
Guatemala, Guatemala. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 25 de agosto de 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 93585.—(
IN2017168050 ).
ORI-4023-2017.—Rojas Zúñiga Melissa
Andrea, R-324-2017, cédula: 1-1258-0307, solicitó
reconocimiento y equiparación del título de Especialista en Estomatología
Pediátrica y Ortopedia Maxilar, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de
agosto del 2017.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director..—O.C. N°
205177.—Solicitud N° 93587.—( IN2017168053 ).
VICERRECTORÍA
ACADÉMICA
PROGRAMA
DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante el Departamento de Registro de la
Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por
extravío, correspondiente al Título de Licenciatura en Administración con
énfasis en Gestión Financiera, grado académico: Licenciatura, registrado en el
libro de títulos bajo el tomo: 20, folio: 310, asiento: 3194, a nombre de Enol
Alberto Rosales Marchena, con fecha 26 de noviembre del 2004, cédula de
identidad Nº 5-0178-0886. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha
reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en La Gaceta.
Heredia, 05 de setiembre del
2017.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.— (
IN2017167597 ).
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante la Oficina de
Registro y Administración Estudiantil de la Universidad Estatal a Distancia, se
ha presentado por motivo de solicitud de reposición de diplomas
correspondientes a:
• Diplomado en Educación General Básica en I y
II Ciclos, registrado con el Tomo X, Folio 1662,
Asiento 17
• Bachillerato en Educación
General Básica en 1 y II Ciclos, registrado con el
Tomo X, Folio 1668, Asiento 23
• Licenciatura en Educación
General Básica en 1 y II Ciclos, registrado con el
Tomo XI, Folio 1884, Asiento 28
Extendidos a nombre
de Calderón Fuentes Grettel de los Ángeles, cédula de identidad 3-340-534.
Se solicita la publicación de los edictos para
oír oposiciones a dichas reposiciones, dentro del término de quince días
hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Dado a solicitud del interesado en San José, a
los diecinueve días del mes de enero del dos mil diecisiete, por la Licda.
Susana Saborío Álvarez, Jefa de la Oficina de Registro y Administración
Estudiantil.
Oficina de Registro y
Administración Estudiantil.—Licda. Susana Saborío Álvarez,
Jefa.—(IN2017167035).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO
Y EQUIPARACIÓN DE ESTUDIOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Evelyn Agüero Calvo,
costarricense, cédula 1-1049-0442, ha solicitado reconocimiento y equiparación
del diploma de Doctorado en Intervención Educativa, de la Universidad de
Valencia, España. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 30 de agosto del
2017.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Licda. Susana Saborío
Álvarez, Jefa.—( IN2017167515 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CENTRO EDUCATIVO
LICEO RURAL EL PORVENIR
Se hace conocimiento que la Junta
Administrativa del Centro Educativo Liceo Rural El Porvenir, situado en El
Porvenir, cédula jurídica tres-cero cero ocho-doscientos noventa y nueve mil
ochocientos sesenta y nueve. Ha solicitado a la Procuraduría General de la
República, la inscripción Registral del bien inmueble no inscrito, ubicado en
la provincia de Alaiuela, cantón Upala, distrito Aguas Claras; situado en El
Porvenir, escuela 150 metros sur, terreno donde se localiza el Centro Educativo
Liceo Rural El Porvenir, código 5177, del circuito 03 de la Dirección Regional
Zona Norte Norte, el cual colinda al norte, hoy día con Francisco Paulino
Contreras Zúñiga y Evadma Durán Sánchez, sur y este, hoy día Isla Bosques de
Costa Rica Tercera Compañía Sociedad Anónima, oeste, calle pública con un
frente a calle pública de ciento veintiún metros con treinta centímetros
lineales. Cuenta con un plano catastrado número A-uno nueve tres ocho nueve
tres uno-dos mil dieciséis, con un área de una hectárea mil setenta y ocho
metros cuadrados. dicha inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley
5060, Ley General de Caminos Públicos. La Junta Administrativa ha mantenido la
Posesión en dicho inmueble por más de diez años, en forma quieta, pública,
pacífica, sin interrupción, de buena fe y a título de dueña. Quien se crea con
derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el
plazo de un mes, a partir de la publicación del presente edicto, en la
Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de
Educación Pública (MEP) o bien a la Procuraduría General de la República,
Notaría del Estado en la cual se están realizando las presentes diligencias.
Nombre presidenta Junta Administrativa: Flor Elena Chavarría Acuña, portadora
de la cédula número cinco-cero doscientos veintidós-cero doscientos noventa
cinco, nombre de la directora: MSc. Sonia Arana González, portadora de la
cédula de identidad número ocho-cero cero cincuenta y cinco cero-trescientos
cuarenta y ocho.
San José, 25 de agosto del 2017.—Flor Elena
Chavarría Acuña, Presidenta.—Msc. Sonia Arana González, Directora.— 1 vez.—(
IN2017167756 ).
Convocatoria a audiencia
pública para conocer proyecto de ampliación y modificación del plan regulador
del cantón de Curridabat
El Concejo Municipal de Curridabat convoca a
los ciudadanos de Curridabat a una audiencia pública para conocer el proyecto
para la ampliación y modificación del Plan Regulador del Cantón de Curridabat,
así como las observaciones verbales o escritas que tengan a bien formular los
vecinos o interesados, para el miércoles 25 de octubre del 2017 a las 19:00
horas en el Salón de Sesiones de la Municipalidad, sita en el Palacio
Municipal. Se indica que la documentación respectiva, estará a disposición de
cualquier interesado, a partir del día 10 de octubre del 2017, tanto en la
página web de esta municipalidad www.curridabat.go.cr, como en la plataforma de
Servicios sita en el primer piso del Palacio Municipal. El proyecto del Plan
Regulador podrá ser consultado en formato físico y digital. Posterior a la
audiencia, se concederá un plazo de 8 días hábiles para recibir observaciones
por escrito debidamente fundamentadas, las cuales deben ser entregadas en la
Secretaría Municipal. La audiencia será dirigida por el presidente del Concejo
Municipal y dado el innegable interés público asegurará el orden y la mayor
participación.
Procédase a la Publicación de este acuerdo en
el Diario Oficial La Gaceta y la divulgación adicional necesaria”.
Curridabat, 6 de
setiembre de 2017.—Allan de Jesús Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—(
IN2017167907 ).
Traslado de las cuentas de basura comercial
a los propietarios inmobiliaros
El suscrito Lic. Gerardo Rojas Barrantes,
portador de la cédula de identidad número 5-0166-0396, en calidad de Alcalde de
la Municipalidad de Flores, de conformidad con los artículos 11, tanto de la
Constitución Política de Costa Rica, como de la Ley General de la
Administración Pública, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 137 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a comunicar: Que a
partir del IV trimestre del 2017 y lo pendiente de períodos atrasados de las
basuras comerciales a nombre de patentados activos, serán trasladadas a nombre
de los propietarios registrales del inmueble, en cumplimiento de los artículos
4, 6, 7, 12, 13, 15, 16, 18 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, y
los artículos 74 y 75 del Código Municipal, y la directriz N° 04-2017. Es todo.
Publíquese.
Lic. Gerardo Rojas
Barrantes, Alcalde.—1 vez.— ( IN2017167851 ).
ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
AUDIENCIA
PÚBLICA
La Municipalidad de Esparza por acuerdo del
Honorable Concejo Municipal de Esparza, según acta N° 72-2017, celebrada el
once de setiembre de 2017, artículo III, inciso 7, convoca a Audiencia Pública
para celebrarse el día 10 de octubre de 2017, a las dieciocho horas, en la sala
de sesiones del Palacio Municipal de Esparza, para someter a conocimiento de la
población los Estudios Tarifarios de los servicios municipales para el año
2018.
Esparza, 13 de setiembre de 2017.—Lic. Roy
Ferreto Salazar, Administrador Tributario.—1 vez.—( IN2017169087 ).
COLUMBUS
HEIGHTS NUMBER TWO HUNDRED
AND ONE NAHUEL LIMITADA
Convocatoria de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad
denominada Columbus Heights Number Two Hundred and One Nahuel Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-cuatro tres uno nueve dos seis, que se celebrará el
veinte de noviembre del dos mil diecisiete, en primera convocatoria a las 9:00
horas y en segunda convocatoria a las 10:00 horas, en su domicilio social en la
ciudad de San José, Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Forum II, Edificio N,
quinto piso, para discutir los siguientes asuntos: Orden del día: 1) Otorgar
poder especial para autorizar y firmar la escritura de traspaso y cualquier
documento relacionado con la misma, de la finca inscrita bajo el número de
matrícula 6-148965-000, propiedad de la compañía, que será traspasada a favor
de la señora Marjorie Haberman, en su condición personal. 2) Tras autorizar la
compraventa de la finca antes mencionada, acordar disolver la compañía, de
conformidad con el artículo 201 inciso d del Código de Comercio. 3) Cualquier
otro asunto que los cuotistas consideren conveniente. En primera convocatoria
se debe contar con quienes legalmente representen al menos tres cuartas partes
de las cuotas con derecho a voto. Si no se logra reunir el quórum en la primera
convocatoria, en segunda convocatoria, sea una hora después, habrá quórum con
cualquiera que sea el número de cuotas representadas.—San José, diez de agosto de
dos mil diecisiete.—Marjorie J. Haberman, Gerente.—1 vez.—( IN2017169204 ).
COLUMBUS
HEIGHTS NUMBER ONE HUNDRED
AND NINETY SIX CHODIL LIMITADA
Convocatoria de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Columbus Heights Number
One Hundred and Ninety Six Chodil Limitada, cédula jurídica tres-ciento
dos-cuatro tres seis siete cinco cero, que se celebrará el veinte de noviembre
del dos mil diecisiete, en primera convocatoria a las 9:00 horas y en segunda
convocatoria a las 10:00 horas, en su domicilio social en la ciudad de San
José, Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Fórum II, Edificio N, quinto piso,
para discutir los siguientes asuntos: Orden del día: 1) Otorgar poder especial
para autorizar y firmar la escritura de traspaso y cualquier documento
relacionado con la misma, de la finca inscrita bajo el número de matrícula
6-148960-000, propiedad de la compañía, que será traspasada a favor de la
señora Marjorie Haberman. 2) Tras autorizar la venta del inmueble antes señalado,
acordar disolver la compañía, de conformidad con el artículo 201 inciso d del
Código de Comercio. 3) Cualquier otro asunto que los cuotistas consideren
conveniente. En primera convocatoria se debe contar con quienes legalmente
representen al menos tres cuartas partes de las cuotas con derecho a voto. Si
no se logra reunir el quórum en la primera convocatoria, en segunda
convocatoria, sea una hora después, habrá quórum con cualquiera que sea el
número de cuotas representadas.—San José, diez de agosto de dos mil
diecisiete.—Marjorie J. Haberman, Gerente.—1 vez.—( IN2017169205 ).
CORPORACIÓN TRECE-SETENTA SOCIEDAD
ANÓNIMA
Convocatoria de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
Corporación Trece-Setenta Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-579134, con
domicilio en San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum II, Edificio
N, quinto piso, la cual será celebrada el 18 de octubre del 2017, en primera
convocatoria a las 17:00 horas y en segunda convocatoria a las 18:00 horas, en
el domicilio social de la compañía, para discutir los siguientes asuntos: Orden
del día: 1) Ante el fallecimiento del director Antonio José Guzmán Pares,
realizar su reemplazo en el cargo de Secretario y designar en su lugar a la
señora Andreina Russo Sivira. 2) Solicitar la devolución de aportes adicionales
de capital, mediante el establecimiento de montos fijos que serán definidos por
los asambleístas. 3) Decretar las políticas de pago de dividendos de la
compañía, a partir de montos fijos que se sustentarán en los ingresos derivados
de los contratos vigentes. 4) Autorizar que el pago fijo de los dividendos que
le corresponderían al señor Antonio José Guzmán Pares, se depositen en el Muro
una cuenta que será designada en la asamblea, cuya administración estará a
cargo del Albacea de la sucesión del socio Guzmán Pares. 5) Reformar la
cláusula décima del pacto social de la compañía, con el fin de permitir la
convocatoria de las asambleas de accionistas mediante publicación en un diario
de circulación nacional. 6) Cualquier otro que sea propuesto por los
accionistas. En primera convocatoria se debe contar con quienes legalmente
representen al menos tres cuartas partes de acciones con derecho a voto. Si no
se logra reunir el quórum en la primera convocatoria, en segunda convocatoria,
sea una hora después, habrá quórum con cualquiera que sea el número de
accionistas presentes.—San José, 13 de setiembre del 2017.—José Alberto Guzmán
Guzmán, Presidente.—1 vez.—( IN2017169207 ).
GRUPO ECO RUBBER SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo Eco Rubber Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica 3-101-699667, convocatoria asamblea general. Humberto André
Bogantes López, mayor, comerciante, vecino de San Ramón de Alajuela, cédula N°
205170653, en condición de presidente de la sociedad Grupo Eco Rubber S. A.,
convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas a realizarse en
Alajuela-Alajuela San Antonio, El Roble, del Supermercado Pali, ciento
cincuenta metros al este. Complejo de Bodegas WWC, bodega número ocho. La
asamblea tendrá lugar el 05 de octubre del 2017 y en primera convocatoria a las
09:00 horas y segunda convocatoria a las 10:00 horas. El orden del día será
revisar, corroborar y aprobar actas anteriores, informe del presidente, cambios
en junta directiva y temas varios.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Humberto
André Bogantes López, Presidente.—1 vez.—( IN2017169273 ).
GRANELES Y CONCENTRADOS DEL
PACÍFICO S. A.
CONVOCA
A los señores socios, a la asamblea
extraordinaria, lo anterior de conformidad con el asunto que se conozca, que se
llevará a cabo el día 15 de octubre del 2017, a las 9:00 a. m., en las
instalaciones de GRACOPA S. A., ubicadas en Puntarenas, Barranca, San Joaquín,
veinticinco metros sureste de la entrada principal de las instalaciones de
RECOPE, de no llegarse a quorum legal requerido en la primera convocatoria, se
sesionará válidamente una hora después en segunda convocatoria con los socios
presentes.
Se
advierte que los asistentes deberán acreditar su condición de socios.
La
agenda que se seguirá será la siguiente:
AGENDA
1. Primera convocatoria 9:00 a. m. Comprobación de quorum.
2. Segunda convocatoria 10:00 a. m. Comprobación de quorum.
3. Bienvenida a los socios.
4. Modificación de la cláusula tercera, del Domicilio Social.
5- Nombramiento de puestos de la Junta Directiva:
1- Tesorero.
2- Vocal I.
6. Revocar poder del actual Gerente y otorgar poder General al Gerente
de Operaciones.
7. Mociones y comentarios.
8. Asuntos varios.
9. Despedida.
Alajuela, 8 de setiembre del 2017.—Luis Gonzaga
Vásquez Sancho, cédula N° 2-378-028.—1 vez.—( IN2017169277 ).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD CENTRAL
La Universidad
Central certifica que, ante este Registro se ha presentado solicitud de
reposición de título de Licenciatura en Administración de Empresas con énfasis
en Banca y Finanzas a nombre de Jefté Alvarado Mares, cédula Nº 113840762,
inscrito en la universidad en el Tomo 2, Folio 199, Asiento 5870 y en el
CONESUP en el Asiento 50980. Se pide la reposición por extravío del original, se
publica este edicto para oír oposición a esta reposición dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en este Diario Oficial.—San
José, 06 de setiembre del 2017.—Departamento de Registro.—Diana Herrera.—(
IN2017167036 ).
SAN JOSÉ
INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor
Club S. A., tramita la reposición de la acción N° 0262 a nombre de Enrique
Herrera Husband, cédula de identidad N° 1-0467-0801 por haberse extraviado.
Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San
José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo
indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—04 de setiembre del
2017.—Jesús Ulloa Montoya, Coordinador Administrativo.—( IN2017167040 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío de las bitácoras relacionadas
con los siguientes números de contratos y profesional a cargo:
Arq. Francisco Mora Protti, A-2387,
OC-679883; Arq. Luis Castro Mora, A-12016, OC-722912 y OC-698250; Arq. Gian
Luca Panzeri, A-18080, P0062917; Arq. Franklin Rivas Li, A-25056, OC-750396,
P0314908; Ing. Sergio Fonseca, IC-10947, OC-747904; Arq. Ricardo Molina,
A-8767, OC-768266; Ing. Aaron Morales Black, IC-24493, OC-700803; Arq. Kenneth
Aguilar Bonilla, A-19719, OC-768424, P0307407; Arq. Douglas Agüero P., A-6171,
OC-743590; Arq. Hernán Cordero Paniagua, A-16980, OC-750465; Ing. Mario Mora
Cubero, IC-4841, OC-742205, P0283951; Arq. José Israel Ávila Segura, A-17353,
OC-757098; Ing. Oscar Paolo Villalta Araya, IC-23211, OC-756881; Ing. Luis
Diego Villalobos Jiménez, IC-26866, P0239896; Arq. José Manuel Álvarez C.,
A-16401, OC-731768; Arq. Félix Cabezas Chavarría, A-10720 , OC-764689,
P0301355; Ing. Roberto Arguedas Benavides, ICO-17248, OC-728189, P0251369; Ing.
Gustavo Alpízar Quirós, IC-18477, OC-669382, M0315565; Ing. Pablo Vieto,
IC-26660, P0218215, OC-749902; Ing. Erick Camacho A. , IC-27038, OC-756382,
P0292117 y OC-768065, P0309823; Arq. Alfredo Murillo Ortega, A-28445, P0287551,
OC-752368; Arq. Iván Delgado Salazar, A-11331, OC-740503, P0276042; Ing. Carlos
Roberto Sánchez Padilla, IC-10995, OC-757693; Arq. Mauricio Ureña Méndez,
A-22072, OC-732648; Arq. Fabricio Castro Villegas, A-28619, OC-745249,
P0264907; Ing. José Luis Rojas Juárez, IC-20608, OC-750872, P0292776; José A.
Ulate Solís, OC-760340; Arq. José Manuel Álvarez Cruz, A-16401, OC-676000; Ing.
Alfonso Salas Gamboa, ICO-3204, P0267890, OC-764394; Ing. Luis Mariano Campos
Garita, IC-19902, OC-699467, P0295534; Arq. José Israel Ávila Segura, A-17353,
OC-757098; Ing. Carlos Roberto Sánchez Padilla, IC-10995, OC-757693; Ing.
Héctor Anchía Garbanzo, ICO-11343, OC-765058, M0034666; Arq. Hebel Mesén Cano,
A-15485, OC-662179; Ing. Héctor Anchía Garbanzo, ICO-11343, OC-768755,
M0034667; Ing. Daniel Coen Riba, IC-2958, OC-766869, M0003694; Ing. Javier E.
Carriño R., IC-20162, OC-756803, P0200508; Ing. Edwin Molina Rivera, IC-3141,
OC-771277; Ing. Elena Solano Siles, ICO-9509, OC-749339, P0217526; Arq. Oscar
Amador Brenes, A-5396, OC-759789, p0295301; Ing. Gilberto Chacón Sarmiento,
IC-21353, OC-747616, P0287223; Arq. Roberto Álvarez Brenes, A-15227, M0023872,
OC- 700815; Arq. Ramón Rappaccioli Navas, A-7792, OC-752005; Ing. Alepido Pérez
Díaz, ICO-16866, OC-768415; Ing. José Suarez Acosta, IC-2098, OC-777103; Arq.
Robert Guevara Guevara, A-20930, OC-764469, P0323944; Ing. Cinthya Madriz
Barquero, ICO-14951, OC-758449, P0299564; Arq. Leonardo Muñoz Recalde, A-17607,
P0291610, A-750849; Arq. Mariana Vaglio U, A-17024, OC-773212, M0025988; Arq.
Oscar Amador Brenes, A-5396, OC-783839, M0014363; Ing. Oscar Umaña, IC-21392,
OC-725452; Arq. Jorge Isaac Matamoros Hernández, A-9788, OC-774813, P034648;
Ing. Claudia Murillo Chaves, IC-18500, OC-762179, P029660; Ing. Cristian Solano
Orozco, ICO-9711, OC-754780, P0378794; Ing. Jeffrey Carmona Loría, OC-765606,
P0254230; Ing. Álvaro Vindas Peñaranda, IC-5989, OC-408340; Ing. Víctor Delgado
Vílchez, ICO-7902, OC-783025, P0316896; Gustavo Bogantes Morera, TA 10822,
Protocolo 19869; Ing. Rafael Rojas Escalante, IC-2124, OC-765921, P0134277;
Ing. Eduardo Delgado Brenes, IC-3004, OC-769746; Arq. Andrés M. Santamaría Alí,
A-26606, P0227516, OC-705701; Arq. Guillermo Navarro Mairena, A-1973,
OC-778236, P0316128; Ing. Sergio Antonio Monge Herrera, ICO-3287, OC-768061,
P0287185 y OC-768081, P0287186; Ing. Sergio Gairaud Bonilla, ICO-5878,
OC-775829, P0302527 y OC-78748, P0315477; Arq. Eduardo Arguedas Benavides,
A-23136, OC-771261; Ing. Olman Vargas Mora, IC-16135, OC-775172, P02590343;
Arq. Álvaro Quirós Rossi, A-5633, OC-751187; Ing. Jorge Isaac Matamoros
Hernández, OC-779244, P0278999, OC-773429, P0292790; Arq. Allan Guevara
Dinarte, A-28685, OC-770164, P0312816; Arq. Alfredo Murillo, A-28445,
OC-758337, P0299360.—31 de agosto de 2017.—Departamento de Trámite de
Proyectos.—Arq. Débora Picado Campos, Jefa.—O. C. Nº 508-2017.—Solicitud Nº
94130.—( IN2017167906 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
LESKING
SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Miguel Elicio Silva King, portador de la
cédula de identidad número: 8-0099-0030, conocido como Leonardo, en mí calidad
de presidente y representante legal de la empresa Lesking Sociedad Anónima,
cédula jurídica: 3-101-052479, solicito la reposición de los libros legales de
la sociedad, los cuales fueron extraviados.—San José, 02 de junio del
2017.—Miguel Elicio Silva King.—1 vez.—( IN2017167807 ).
ASOCIACIÓN DE TAXIS DE JACÓ
Yo, Walter Sandi Porras, cédula de identidad
número 9-0095-572 en mí calidad de presidente y representante legal de la
Asociación de Taxis de Jaco, cédula jurídica 3-002-197684, solicito al
departamento de asociaciones del registro de personas jurídicas la reposición
de los libros de actas de junta directiva, y de registro de asociados, ambos
tomo segundo, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
registro de asociaciones. Fecha 31 agosto 2017.—Walter Sandi Porras, Presidente
y Representante Legal.—1 vez.—( IN2017167820 ).
GANADERA SOLÍS Y JIMÉNEZ ZONA NORTE
S. A.
Ganadera Solís y
Jiménez Zona Norte S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta
y cinco mil noventa y cuatro, en virtud del extravío de los libros de Registro
de accionistas y actas de asamblea de socios, hace la solicitud de reposición
de los mismos ante el Registro Nacional, exonerando a este último de cualquier
responsabilidad. Escritura otorgada ante el suscrito notario, visible a folio
dieciséis frente del tomo catorce de mi protocolo.—Ciudad Quesada, ocho de
setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rolando Miranda Zumbado, Notario.—1
vez.—( IN2017167823 ).
DISTRIBUIDORA ARPER SOCIEDAD
ANÓNIMA
Distribuidora Arper
Sociedad Anónima, solicita la reposición de los libros siguientes: un libro de
actas asamblea general por extravío. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante la Notaria Rosario Salazar Delgado con domicilio
en San José, Avenida diez, calles diecisiete y diecinueve Edificio mil
setecientos dieciocho quién atenderá objeciones, en el término de ocho días
hábiles contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Licda.
Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017168580 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16:30 horas del día 07 de setiembre del año 2017, se protocoliza acta de
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Comercializadora Americana
Coamesa Sociedad Anónima, en la cual se aumenta el capital social de la
compañía y a la vez se disminuye el capital social, por lo tanto se modifica la
cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 08 de setiembre del año
2017.—Licda. Maribel Chavarría Vega, Abogada y Notaria Pública.—( IN2017168022
).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Ante
esta notaría, se otorga escritura a las dieciséis horas del cinco de setiembre
de dos mil diecisiete, donde la totalidad de los socios acuerdan disolver y
liquidar la compañía Tito Camareno y Asociados Sociedad Anónima.—Liberia, ocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Daniela
Elizondo Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2017168002 ).
Por escritura número Ciento uno-
dos otorgada ante la Licda. Roxana Rodríguez Artavia se procede a realizar
nuevo nombramiento de fiscal de la sociedad Bruckmonios Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos ochenta y ocho mil cero
cero ocho.—Nueve de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Roxana Rodríguez
Artavia, Notaria.—1 vez.—( IN2017168356 ).
3-101-512963 S.A.,
cédula jurídica número 3-101-512963, para los efectos de los artículos 207 y
216 del Código de Comercio, hace saber que por haberse disuelto esta sociedad
por estar morosa en el pago de impuestos de conformidad con la ley 9024, se
procedió a su liquidación, se distribuyeron los activos y el capital entre los
socios en proporción a su participación accionaria.—San José, 24 de agosto del
2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—( IN2017168357 ).
En escritura otorgada ante mi
notaría, se protocolizó de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
empresa de esta plaza denominada Flor de Acero S.A. en la
cual se reforma la cláusula novena de los estatutos, se nombra presidente y
secretario.— San José, siete de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo
Antonio Vílchez Hurtado, Notario.—1 vez.—( IN2017168363 ).
Por
medio de escritura otorgada en San José, a las 20:00 horas del 30 de enero del
año 2017, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas, de la empresa denominada Caodi
Sociedad Anónima se reforman las cláusulas primera, segunda, tercera,
cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, y novena, y se adiciona o agrega la
cláusula décima, reformándose el pacto constitutivo de manera integral.—San
José, 06 de setiembre del año 2017.—Lic. Oscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—(
IN2017168365 ).
Mediante escritura número ciento
noventa y cuatro, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Etrusco de Roma, S.
A.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Rigoberto
Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017168372 ).
Por escritura
número ciento cuarenta y cinco- dieciocho, de las catorce horas del veinticinco
de agosto de dos mil diecisiete, de mi protocolo, se modifica la cláusula
primera del pacto constitutivo, de la sociedad Inversiones Tobren ITB S.A. cédula jurídica número 3-101-490284.
Es todo.—San José, once de setiembre de dos mil diecisiete.— Licda. Carolina
Soto Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017168377 ).
Disolución de la sociedad
denominada Triunfos Ramlui S. A., cedula jurídica
tres-ciento uno- uno ocho seis uno dos cinco, según acuerdo protocolizado en
escritura otorgada en Alajuela a las catorce horas del veinte de agosto del dos
mil diecisiete, protocolo veintidós, escritura número docientos dieciocho,
notaria Rosemary Morales Camacho, carne 5695.—Alajuela Costa Rica.—Licda.
Rosemary Morales Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2017168379 ).
Disolución de la sociedad
denominada Super Fresas Orfre S. A., cedula jurídica
tres-ciento uno- dos tres cuatro dos siete siete, según acuerdo protocolizado
en escritura otorgada en Alajuela a las diez horas del nueve de abril del dos
mil dieciséis, protocolo veintidós, escritura número nueve, de la notaria
Rosemary Morales Camacho. Carne 5695.—Alajuela Costa Rica.—Licda. Rosemary
Morales Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2017168380 ).
Por escritura otorgada a las
17:30 horas hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de krismy, S. A.,
disolviendo la compañía por acuerdo de los accionistas.—San José, 4 de
setiembre de 2017.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017168382
).
Por escritura número noventa y
ocho, otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 01 de setiembre del
2017, se reforma la cláusula octava de la sociedad Vicday Family S.A, cédula jurídica 3-101-602089. Presidente: Victor Manuel Benavides
Arguello.—Mercedes Sur de Heredia, primero de setiembre del año dos mil
diecisiete.—Licda. Karen Cristina Ramos
González, Notaria.—1 vez.—( IN2017168389 ).
Ante esta notaria, en la
escritura número sesenta y tres otorgada al ser las catorce horas cinco minutos
del once de setiembre del dos mil diecisiete, se hizo el cambio de nombre de la
Sociedad a Kiuvo de Costa Rica S.A., del domicilio, de la
representación. Es todo.—San José, once de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017168394 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del día doce de setiembre del dos mil diecisiete se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Insumos Cerrajeros
Zejes Sociedad Anónima, por la cual no existiendo
activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—Cartago, doce de
setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos Quesada Quesada, Notario.—1
vez.—( IN2017168396 ).
Bufete Zúñiga Saavedra. Por
escritura número noventa del tomo octavo otorgada ante esta notaria, a las
15:00 horas del ocho setiembre del dos mil diecisiete se constituye la sociedad
anónima Intersafe
C.R S. A.—Heredia ocho de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Edwin Gerardo Zúñiga Saavedra, Notario.—1 vez.—( IN2017168407
).
Por escritura número catorce, del
tomo tercero del protocolo de la Licenciada Ligia Rodríguez Moreno, protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima Cool Service MS
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil ciento noventa y ocho. Donde se
acuerda modificar la cláusula novena del pacto constitutivo. Lo anterior por
acuerdo de socios.—Licenciada Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.—(
IN2017168414 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las dieciocho horas del treinta de agosto de dos mil diecisiete, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de socios de El Aura de Morita Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica cláusula del pacto
constitutivo.—Ciudad Quesada, 11 de setiembre de 2017.—Licda. Joice Milagro
Murillo Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017168418 ).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria a las ocho horas del once de setiembre del dos mil diecisiete
se protocoliza acta de asamblea general ordinaria de socios de Médica Sixa del
Caribe Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar la
cláusula sétima de la administración del acta constitutiva y se acepta renuncia
y se nombra junta directiva.—Limón, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Nydia
Elena Fonseca Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2017168419 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las quince horas del día de hoy se constituyó la sociedad Consultoría D Y L
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en Venecia de
San Carlos, Alajuela, objeto el desarrollo del comercio, en su forma más
amplia, la agricultura, la ganadería, la industria, la prestación de servicios,
y cualquier fin permitido por la ley; dos gerentes con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado mediante aporte de
bienes. Es todo.—Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, a las diecisiete horas
del veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.—Lic. Marco Vinicio
Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017168422 ).
En mi notaría a las nueve horas
treinta minutos del once de setiembre del año dos mil diecisiete, Monte Lucerna
Sociedad Anónima cédula jurídica tres- ciento uno- ciento treinta
y ocho mil trescientos treinta y dos, se reforma la cláusula correspondiente a
la administración y representación, se revocan nombramientos y se hacen nuevos
en su junta directiva además se modifica el domicilio social.—Pérez Zeledón,
doce de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1
vez.—( IN2017168423 ).
En mi notaría a las nueve horas
del seis de setiembre del año dos mil diecisiete, Unión Familiar Campos y López
Sociedad Anónima cédula jurídica tres- ciento uno- quinientos
veintiséis mil cuatrocientos treinta y uno, se reforma la cláusula
correspondiente a la administración y representación, se revocan nombramientos
y se hacen nuevos en su junta directiva.—Pérez Zeledón, doce de setiembre de
dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017168426 ).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José al ser las doce horas del día veintiséis de julio del dos
mil diecisiete se protocolizó acta de la asociación amantes de lo orgánico,
cedula jurídica tres - cero cero dos- cinco seis ocho cinco seis cuatro, por
medio de la cual se reforma el artículo décimo tercero del pacto
constitutivo.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—( IN2017168431 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en San José a las diecisiete horas del día de hoy, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de El Macizo Amarillo, Sociedad
Anónima mediante la cual se acuerda reformar la cláusula
tercera, del objeto de la sociedad, se revoca el nombramiento del tesorero y
fiscal, y se nombran nuevos. —San José, once de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2017168434 ).
Ante esta notaria se reformó
cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Roro LTDA, cédula jurídica 3-102-058544. Es todo.—San José 12 de setiembre de
2017.—Licda. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017168435 ).
Mediante escritura número
veintiséis-treinta y ocho, de las ocho horas del once de setiembre, dos mil
diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria número
cuatro de Transmedic
S.A. cédula jurídica número 3-101-171135 y se reforma la
cláusula cuarta del pacto constitutivo, para aumentar el capital social a cien
millones de colones.—Goicoechea 11 de setiembre, 2017.—Lic. Juan Luis Vargas
Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017168437 ).
Por escritura otorgada ante ésta
notaría a las doce horas del día siete de septiembre del año dos mil
diecisiete, la sociedad de esta plaza Bugambilias Tres Ríos Sociedad
Anónima, reforma las cláusulas sexta y nombra nueva junta
directiva.—Cartago, dieciocho horas del siete de septiembre del año dos mil
diecisiete.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—( IN2017168445 ).
En mi notaría mediante escritura
trescientos diecinueve de las diez horas del once de setiembre del dos mil
diecisiete, se constituyó Fundación Armonía Colectiva.—San
José doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Douglas Hernández Zamora,
Notario.—1 vez.—( IN2017168460 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la disolución de la sociedad denominada Cuatro Hijos S. A., cédula jurídica 3-101- 35530, la cual se encuentra inscrita en el
Registro Mercantil. Siendo su presidenta con facultades de apoderada
generalísima Nuria Matarrita Martínez; con cédula número 5-205-356 para que
dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Notario José Alberto Delgado
Bolaños, Notario Público. Tel-2250-7097.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños, Notario.—1
vez.—( IN2017168471 ).
En mi notaria, a las 20 horas del
día: 30 de agosto del 2017, se constituyó la empresa: Los Hermanitos Sasa
Sociedad Anónima domiciliada en provincia Cartago, cantón El
Guarco, distrito El Tejar, del Costado oeste de la Iglesia Católica, quinientos
metros al norte y cien metros al oeste, Residencial Sendas del Sol casa C- dos.
Capital social 100.000 colones, plazo social: 100 años.—San José 10 de
setiembre del 2017.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—( IN2017168473
)
En mi notaría, a las 18:00 horas
del día 29 de agosto del 2017, se constituyó la empresa: Babe EJML y Compañía
Sociedad Anónima domiciliada en provincia San José, cantón
Central, distrito San Sebastián, Paso ancho, El Carmen de la Iglesia Católica de
San Cayetano trescientos metros al sur noventa metros al este. Capital social
100.000 colones, plazo social: 100 años.—San José 10 de setiembre del
2017.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—( IN2017168474 ).
Por escritura pública número ciento
veintitrés diez otorgada a las catorce horas del viernes ocho de setiembre del
año dos mil diecisiete los señores Purl Annie Taylor Martínez, Peter John
Stember, Carlos Rodrigo Chan Ko y Erick Chacón Quirós, constituyen la sociedad
denominada CEPP Consultants LLC Sociedad Anónima. Plazo
social: 99 años. Capital social: doscientos dólares. Domicilio: En San José,
Los Yoses Avenida 10. Presidente:
Peter John Stember.—Lic. Juan José Lao Martin, Notario.—1 vez.—( IN2017168481
).
Por Escritura otorgada hoy ante
la suscrita notaria, Mgdiel Jafet Hidalgo Páez y Erick Raúl Millón Palacios,
constituyen la sociedad de esta plaza Servicios Universales Millón e
Hidalgo S.A. Presidente: Erick Raúl Millón Palacios.—San
José, 11 de setiembre del 2.017.—Licda. Giséis Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—(
IN2017168482 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, de las quince horas del siete setiembre del dos mil diecisiete, se
nombra liquidador de la sociedad Gerberas Loriana, Sociedad Anónima.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—( IN2017168485 ).
Ante esta notaría, por escritura
número 122-11, otorgada a las 14:30 horas del 01 de setiembre del 2017, se
disuelve la sociedad Prados de Genoveva S. A.—Licda.
Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2017168489 ).
Por escritura número 126-11, de
las 9:00 horas del 12 de septiembre del 2017, se protocoliza acuerdo que
reforma la cláusula 6ª de los estatutos de Ducado del Valle S.A. y se nombran vicepresidente, tesorero y secretario.—Licda. Xenia
Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2017168492 ).
Por escritura número 126-11, de
las 9:00 horas del 12 de setiembre del 2017, se protocoliza acuerdo que reforma
la cláusula 6ª de los estatutos de Ducado del Valle S. A. y se
nombran vicepresidente, tesorero y secretario.— Licda. Xenia Priscilla Moya
Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2017168494 ).
Ante el suscrito notario se
constituyó la sociedad de esta plaza Transporticos VH Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, ocho de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017168495 ).
Se acuerda la modificación
clausula novena de la sociedad Transunion S. A.,
otorgándosele poderes al presidente, secretario y tesorero, la actuación del
secretario y tesorero serán conjuntas y la del presidente Individual. El
secretario y tesorero limitadas a un millón de dólares, presidente sin límite e
suma” notario Rodrigo Meza Vallejos. Teléfono 2285-6767.—San José, cinco
Setiembre 2017.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—( IN2017168497 ).
Que por escritura otorgada ante
mi notaría, se constituye la sociedad anónima denominada Grupo Proynova
Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra suscrito y
pagado en su totalidad, con plazo social de noventa y nueve años.—Domiciliada
en la ciudad de Cartago.—Lic: Carlos Manuel Guzmán Aguilar, Notario.—1 vez.—(
IN2017168499 ).
Yo,
Sebastián David Vargas Roldán, hago constar que el día de hoy he protocolizado
en mi notaría, acta de asamblea de accionistas de la sociedad Tres- Ciento Uno- Cuatrocientos Setenta Y
Cuatro Mil Seiscientos Veintiuno S.A. donde se modifica el pacto social.
Es Todo.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Sebastián
David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2017168500 ).
Tres- Ciento Uno- Quinientos Veintisiete Mil Seiscientos
Dos, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-
ciento uno- quinientos veintisiete mil seiscientos dos. Acuerda disolver la
sociedad por acuerdo de socios.—Liberia veintiocho de agosto de dos mil
diecisiete.—Licda. María José Núñez Palma, Notaria.—1 vez.—( IN2017168503 ).
Jesibal CR Sociedad Anónima,
modifica pacto social constitutivo en sus cláusulas tercera y sétima, y nombra
nueva junta directiva. San Pedro de Poás, Alajuela a las trece horas treinta
minutos del once de setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Elena Isabel
Aguilar Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2017168504 ).
Mediante escritura ciento
ochenta-diez, se protocoliza asamblea general de sociedad Anak Perempuan Bibir
Merah S.A., cédula tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y
dos mil seiscientos cuatro; se modifica la cláusula novena del pacto
constitutivo: actuando conjunta o separadamente, corresponde al presidente y/o
al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con
facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma; además podrán
sin perder su representación otorgar nuevos poderes, sustituir y delegar sus
poderes total o parcialmente.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017168516
).
Mediante escritura ciento ochenta
y uno-diez, se protocoliza asamblea general de sociedad Amante del Enduro IM
S. A., cédula tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres
mil ochocientos siete, se modifica la cláusula primera de su denominación social
para que se lea: Caribbean Rentas CR PB Sociedad Anónima; se modifica cláusula segunda del domicilio: Limón, Talamanca, Cahuita,
Playa Chiquita de Puerto Viejo, contiguo al Hotel Shawandha.—Lic. Óscar Mora
Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017168518 ).
Mediante
escritura número ciento ochenta y seis-cuatro, otorgada en Alajuela, a las ocho
horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, visible al folio ciento
sesenta y seis vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se protocolizó el acta
número tres de Managed Security Agency
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
diez mil setecientos ochenta y dos, en la que se acuerda reformar el pacto
constitutivo de la sociedad.—Alajuela, doce de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(
IN2017168524 ).
Ante
esta notaría, se protocolizó de acta de asamblea de Newmet MCR Ltda, cédula de persona jurídica 3-102-712516.. Notaría
de Alfredo Andreoli González.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Alfredo
Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2017168525 ).
Mediante, asamblea general
extraordinaria de las 13:30 del 19/08/2017, de Nueva Marmolería y Galería
Artística S. A., cédula de persona jurídica número:
3-101-74982, se reforma cláusula cuarta plazo social y se tendrá por
establecido un plazo social de 31 años y 7 meses, venciendo el 05/10/2017.—Lic.
Marvin Araya Molina, Notario.—1 vez.—( IN2017168528 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las 10:30 horas del 8 de setiembre de 2017, se protocoliza acta de Hoepker &
Herdocia S. A., según la cual se reforma la cláusula sexta
del pacto constitutivo y se nombran nuevos presidente y secretario.—San José, 8
de setiembre de 2017.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(
IN2017168530 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 16:00 horas del 8 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Aventura Business Development
Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-102-733185, se
modifica la cláusula novena de la junta directiva.—San José, 8 de setiembre del
2017.—Licda. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017168533 ).
El suscrito Luis Enrique Salazar
Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que
el siete de setiembre del dos mil diecisiete, se otorgaron las siguientes
escrituras: a) protocolización de acta de la empresa Koln Holding INC S. A., en la cual se aumenta el capital social, b) disolución de la empresa Import &
Mercadex Ltda, c) protocolización de acuerdos tomados en
asamblea general de socios de las empresas Desarrolladora Inmobiliaria
Arcobaleno D I A S. A. y la empresa Sétima Vista
Deliciosa de San Isidro S. A., por los cuales se acuerda
la fusión de dichas compañías prevaleciendo la empresa Sétima Vista
Deliciosa de San Isidro S. A.—San José, ocho de setiembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2017168534 ).
Por escritura 112-5 otorgada ante
esta notaría al ser las 13:00 horas del 12 de setiembre del 2017, se
protocoliza acta de asamblea de Refugio de las Mariposas Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda, se revoca el poder generalísimo
otorgado a Jonathan Elizondo Reyes y el agente residente y se nombra a Andrea
Ovares López.—San José, 11 de setiembre del 2017.—Licda. Andrea Ovares López,
Notaria.—1 vez.—( IN2017168535 ).
Por escritura número ciento tres,
otorgada ante mí a las diez horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete,
se reformó la cláusula segunda del pacto social de Sistemas y Soluciones
Corporativas de Latinoamérica SYSCORPLA Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-720314, para que el domicilio social sea en
adelante: San José, Pavas, Urbanización La Favorita Norte, setecientos metros
al oeste del Centro Comercial Plaza Mayor, sobre el Boulevard de Rohrmoser.—San
José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan José Quirós Meléndez,
Notario.—1 vez.—( IN2017168537 ).
Por
asamblea extraordinaria de accionistas de Colinas de Piedra CR S. A., de las diez horas del 11 de febrero
del 2011, se modificó la cláusula de representación, protocolizada por la
Licda. Roxana María Villalobos Chaves, en San José, a las once horas del 12 de
setiembre de 2017.—San José, 12 de setiembre de 2017.—Licda. Roxana María
Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017168542 ).
Por escritura número ciento
cincuenta y dos de las diez horas del cuatro de julio del dos mil diecisiete,
protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de Corporación Bonanza
Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número,
tres-uno cero uno-cinco dos uno uno ocho cero, en las cuales se reforma el
artículo sétimo de los estatutos, (en cuanto a la administración y
representación de la sociedad) del pacto constitutivo.—MGTR. Tonis Vianey
Jiménez Moya, Notario.—1 vez.—( IN2017168545 ).
La suscrita notaria pública hago
constar que por medio de la escritura ciento veintisiete-tres de las ocho horas
del 8 de setiembre de 2017, se protocolizó acta de la sociedad EJM Coffee Vending
Services S.RL., por medio de la cual se acuerda su
disolución.—San José, 8 de setiembre de 2017.—Licda. Karla Corrales Gutiérrez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017168546 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría en San Rafael de Alajuela, a las dieciocho
horas del once de abril del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Jusher Marketing, Sociedad Anónima, por la cual no existiendo
activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San Rafael de
Alajuela, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1
vez.—( IN2017168550 ).
Por escritura número 29, otorgada
a las 17:00 horas del 08 de setiembre del 2017, se constituyó la sociedad Vientos de Esperanza
Sociedad Anónima. Presidente: Roberto Mendoza
Ruiz. Secretaria: Lesbia Montoya Arguello. Plazo social: 99 años.—Alajuela, 8
de setiembre del 2017.—Licda. Xinia María Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—(
IN2017168567 ).
Por
escritura de las 20:00 horas del 11 de setiembre del 2017, se protocolizó acta
de asamblea extraordinaria de la sociedad: Tecnología y Asesoría Chavarría e Hijos Tachi S. A., con cédula:
3-101-533446, mediante la cual se disuelve la sociedad.—Lic. Maynor Ignacio
Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017168568 ).
Por
escritura número 249-03, otorgada ante la notaria pública Lillyana Guevara
Sáenz, a las 11:00 horas del 06 de setiembre de 2017, se protocoliza el acta
número dos, de la Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Bendiciones Karmanfred de
Alajuela, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-519686, en donde se
conoce la renuncia del presidente, secretario, secretario y fiscal; para
nombrar en esos puestos a Luis Antonio Sánchez Jiménez, cédula de identidad
2-569-381; como secretaria a Graciela Vanessa Gómez Jiménez, cédula de
identidad 2-701-450; como tesorera: Jennifer María Gómez Jiménez, cédula de
identidad 2-685-542 y como fiscal a Jorge Torres Marín, cédula de identidad
1-1248-746. Se acuerda además el cambio de razón social, siendo que la nueva
será Lugra S&G de Alajuela Sociedad
Anónima, así como el domicilio social que de ahora en adelante será: en
Alajuela, Guadalupe, 500 metros al este de la Iglesia Virgen de Guadalupe. Es
todo.—San José 08 de setiembre del 2017.—Licda. Lillyana Guevara Sáenz,
Notaria.—1 vez.—( IN2017168569 ).
Mediante escritura 193 del
protocolo 19 a las 8 horas del 12 de setiembre del 2017, se constituyó la
sociedad Barmo
Ltda.—Cartago, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Juan Pablo
Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017168570 ).
Mediante escritura 194 del
protocolo 19 a las 8 horas 30 minutos del 12 de setiembre del 2017, se
constituyó la sociedad Mascotas Barmo Ltda.—Cartago,
12 de setiembre del 2017.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—(
IN2017168571 ).
Mediante
escritura número doscientos ochenta y cinco- cuatro, otorgada en mí notaría, a
las nueve horas del doce de setiembre de dos mil diecisiete, JCB Constructora y Alquiler S. A.,
modifica su domicilio social.—San José, doce de setiembre del año dos mil
diecisiete.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—( IN2017168573 ).
Mediante
escritura número doscientos ochenta y seis - cuatro, otorgada en mi notaria, a
las diez horas del doce de setiembre de dos mil diecisiete, Viajes Especiales Aéreos S. A., Revoca
el nombramiento del fiscal y realiza nuevo nombramiento del puesto
revocado.—San José, doce de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic.
Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—( IN2017168575 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas treinta y siete minutos
del día ocho de setiembre del año dos mil diecisiete, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad, Tres - Uno Cero Dos - Siete Cuatro Cuatro Dos
Cero Tres, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto
constitutivo.—Heredia, doce de setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda.
Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2017168576 ).
El
suscrito notario público Eric Vizcaíno Dávila, da fe de que mediante escritura
pública número trescientos veinte, visible al folio ciento ochenta y siete, del
tomo once de mi protocolo se procedió a protocolizar la constitución de la
empresa denominada Grupo Phyto Verde S.
A., en la que se nombra nuevo presidente, y cambia el domicilio social.
Es todo.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Eric Vizcaino
Dávila, Notario.—1 vez.—( IN2017168581 ).
Ante la notaria de la Licenciada
Niriana Muñoz Matamoros, se procedió en escritura cincuenta y nueve del tomo
dos a protocolizar al ser las diez horas del veintiocho de agosto del dos mil
diecisiete, el acta número dos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios
de la entidad Artes Culinarias TBC Sociedad Anónima, en
donde se procedió a disolver la sociedad.—Licda. Niriana Muñoz Matamoros,
Notaria.—1 vez.—( IN2017168592 ).
El suscrito, Carlos Gerardo
Víquez Rojas, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar
que mediante escritura número: treinta y cinco, iniciada al folio: veintisiete
frente del Tomo segundo de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las catorce
horas del ocho de setiembre de dos mil diecisiete, se revocó el nombramiento
del secretario y agente residente y se confirió poder generalísimo al
Secretario nombrado en la sociedad anónima denominada: Tres - ciento uno-
setecientos doce mil trescientos sesenta y ocho,
cédula jurídica número: tres- ciento uno- setecientos doce mil trescientos
sesenta y ocho.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2017168594 ).
Ante mí, Alejandro Alonso Román
González, notario público con oficina en Atenas hago constar que el día
veintitrés de agosto del dos mil diecisiete a las dieciséis horas en la ciudad
de Atenas, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Guaiacum
Sanctum Sociedad Anónima, cedula jurídica numero: tres -
ciento uno - quinientos ocho mil seiscientos ochenta y uno. En la cual se
revoca el nombramiento del secretario y se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo.—Atenas, veintitrés de agosto del dos mil diecisiete.—Lic.
Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2017168595 ).
Ante mí, Alejandro Alonso Román
González, notario con oficina en Atenas, compareció la totalidad de los
cuotistas que conforman el capital social de la sociedad Lomas de Paraíso de
Atenas I H Tigre Sociedad Anónima, cedula jurídica número:
tres - ciento uno -cuatro tres seis ocho cinco cinco y en forma unánime
mediante escritura número doscientos treinta y siete, otorgada en la ciudad de
Atenas las trece horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil
diecisiete, escritura visible al folio ciento cincuenta y cuatro frente del
tomo treinta y cuatro del protocolo del suscrito notario y por acuerdo unánime
se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, ocho de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Alejandro Alonso Román
González, Notario.—1 vez.—( IN2017168596 ).
Ante mí, Alejandro Alonso Román
González, notario con oficina en Atenas, compareció la totalidad de los
cuotistas que conforman el capital social de la sociedad de Ángelo Vehicle
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número: tres - ciento dos -siete cero siete cinco cinco uno y
en forma unánime mediante escritura número doscientos veintisiete, otorgada en
la ciudad de Atenas las catorce horas del seis de setiembre del dos mil
diecisiete, escritura visible al folio ciento siete vuelto del tomo treinta y
cuatro del protocolo del suscrito notario y por acuerdo unánime se acordó
disolver la indicada sociedad.—Atenas, ocho de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—(
IN2017168597 ).
Ante mí, se disolvió la empresa Monte Awari M.A. Sociedad
Anónima, notaria Eugenia María Rojas Rodríguez.—San José, 11
de setiembre del 2017.—Licda. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017168599 ).
Óscar Umaña Núñez y otra, han
constituido una sociedad anónima denominada Nuevo Horizonte Baby Care
Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de
colones y por un plazo social de noventa y nueve años, escritura número noventa
y uno, del tomo sétimo, otorgada ante el notario público Gina Martínez Saborío.
Corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente y
secretaria en su orden Óscar Umaña Núñez y Mónica Rojas Palacios.—Licda. Gina
Martínez Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017168602 ).
Mediante escritura pública número
ciento ochenta y seis, otorgada ante Dahianna María Piedra León en conotariado
con Geraldine Poder Laitano, a las diecisiete horas del día dos de setiembre
del dos mil diecisiete, se constituyó Cuachara Rumana S. A. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente, secretario, tesorero y
fiscal, representación judicial y extrajudicial.—Licda. Geraldine Porter
Laitano, Conotario.—1 vez.—( IN2017168636 ).
Ante
esta notaría, se ha protocolizado acta número cuatro de la sociedad cuya
denominación social es Campos Montes
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- seiscientos treinta y
dos mil ciento cuarenta y dos, mediante la cual los socios que representan la
totalidad del capital social, acuerdan la disolución de la sociedad de
conformidad con el artículo doscientos uno, inciso D del Código de
Comercio.—Alajuela, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Lorena
Méndez Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017168637 ).
Por escritura 077-61 del tomo 61
del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad
a las 18:00 horas del 05 de setiembre del 2017, se protocoliza acta que
modifica los estatutos de Domini Vista Limtada,
cedula jurídica N° 3-102-708385.—San Isidro de El General, 5 de setiembre del
2017.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017168638 ).
Por escritura otorgada ante el
notario licenciado Francisco José Rivera Gómez, en San José, a las catorce
horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se constituye sociedad Jacques ST Sociedad
Anónima. Es todo.—San José, doce de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017168639 ).
Por escritura otorgada ante el
notario licenciado Francisco José Rivera Gómez, en San José, a las once horas
del once de setiembre del dos mil diecisiete, se constituye sociedad Grupo Veinticuatro H
Sociedad Anónima. Es todo.—San José, once de setiembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2017168640 ).
Ante esta notaría se da la
disolución de la sociedad Internacional Pipeline Cyber Security Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-setecientos siete mil doscientos ochenta. Copia fiel del
original.—San José, 08 de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Milena Acuña
Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2017168643 ).
Por escritura 42-9 otorgada ante
esta notaría, a las 9:05 horas del 12 de setiembre del 2017, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Paris Romance Bodas S. A., cédula jurídica N° 3-101-656504, en la cual se acuerda disolver y
liquidar dicha sociedad.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal Madrigal, Notario.—1
vez.—( IN2017168646 ).
Hoy he protocolizado acuerdos de
la sociedad: Control Electrónico, cédula N° 3-101-20660. Se
modifica capital Social.—San José, 16:00, 11 setiembre del 2017.—Lic. Arturo
Blanco Páez, Notario.—1 vez.—( IN2017168648 ).
Por escritura otorgada a las
17:00 horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Asesoría y Consultoría de
Negocios Laguisan S. A., mediante los cuales se reforma
domicilio y administración.—San José, 06 de septiembre del 2017.—Lic. Luis
Ricardo Garino Granados, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168688 ).
Por escritura número sesenta y
seis-doce otorgada ante el suscrito notario público, en tomo décimo segundo,
otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las 07:00 horas del día 13 de setiembre
del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de Plasma CUT S. A., cédula jurídica N° 3-101-593854,
mediante la cual se modifica la cláusula sétima de la escritura constitutiva de
la administración y se nombra nuevo secretario de junta directiva.—Santo
Domingo de Heredia, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Oscar Gerardo Pereira
Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017168689 ).
Por escritura otorgada ante mí,
número noventa y tres, de las catorce horas treinta minutos del día doce de
setiembre del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada Los Centauros del
Bosque Sociedad Anónima, domiciliada en San Rafael de
Heredia. Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria,
la ganadería, la agricultura, y en general toda actividad lucrativa. Plazo
social: noventa y nueve años. Presidente: Emelson Pacheco Venencia. Capital
social: un millón de colones representado por diez acciones, comunes y
nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Licda. Ana Lucía
Campos Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017168692 ).
Edicto de aumento de capital y
junta directiva, mediante escritura N° 290 del 1 de abril del 2014, Agro comercial
Flores de Caballo Blanco S.A., cédula jurídica N° 3-101-74167,
aumenta su capital, a la suma de ciento cincuenta mil colones. Y nombra nueva
junta directiva.—Tejar del Guarco, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Danilo Cerdas
Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2017168693 ).
Mediante asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Rawlings de Costa Rica Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ochenta y seis mil ciento diez, celebrada en San José, Santa Ana, City
Place, Edificio B, Tercer Piso, Oficina Cuarenta Bufete Arias, a las diez horas
del ocho de setiembre de dos mil diecisiete, protocolizada ante el notario
público Rolando García Moya, mediante escritura pública número ochenta y uno,
se procedió a modificar el artículo segundo del pacto constitutivo,
correspondiente al domicilio social de la empresa, siendo su nuevo domicilio en
San José, Escazú, San Rafael, Avenida Escazú, Torre Lexus, Cuarto Piso, Oficina
doscientos nueve.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Rolando José García Moya, Notario.—1 vez.—( IN2017168696 ).
El socio de la sociedad Rapicontas Caribe
Rapcar Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-365743
acuerda liquidar y disolver dicha sociedad, dejando constando que la misma es
inactiva y que no tiene ninguna obligación con ningún acreedor y que no existen
pasivos ni activos.—Cartago, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Minor Álvarez
López, Notario.—1 vez.—( IN2017168724 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 17:30 horas del día 12 de setiembre del 2017, se constituyó la
sociedad anónima denominada Punto Pyme S.A.—San
José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Mariela Mora Morales. Msc., Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017168726 ).
Por escritura 217, de las 9:00
horas del 7/9/2017 se reforman las cláusulas 14 y 15 del pacto constitutivo de Electrónica Siglo
XXI S. A.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Mario
Rojas Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2017168734 ).
Por
escritura otorgada a las once horas de este día protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Automotriz (CR/CA) Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma
la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda.
Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2017168736 ).
A las 8:00 horas del día 7 de
setiembre del año dos mil diecisiete, protocolicé el acta de Servicios Sanper
Blasting S. A., con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos veinticuatro mil doscientos setenta y siete, donde se acuerda
realizar modificaciones a la representación legal.—San José, doce de setiembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1
vez.—( IN2017168739 ).
Ante mí, en escritura 24-2, Ledezma Alfaro S. A., 3-101-557981, reformó la cláusula de la representación.—San José, 26 de
agosto del 2017.—Lic. Laureano Castro Sancho, Notario.—1 vez.—( IN2017168748 ).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Zona Este Número
Doscientos Cuatro Verde Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y ocho mil
seiscientos noventa y uno, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del
domicilio, y sétima de la administración y representación. Escritura otorgada a
las diecisiete horas del once de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Claudio
Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017168749 ).
Se realiza la | del cambio de
domicilio y nombramientos en la junta directiva de la sociedad Diemar de Alajuela
Sociedad Anónima.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda.
Daniela Vargas Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017168753 ).
María Maritza Badilla Cordero y
Jorge Andrés Hernández Badilla solicitan la disolución de la sociedad Servicios
Telemáticos Mado S. A. cédula 3-101-595927. Esc. 341,
14:00 horas del 12-09-2017. Tomo: 32.—Licda. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1
vez.—( IN2017168776 ).
Ante esta notaría el día 12 de
septiembre del 2017, mediante escritura Nº 180-2, se protocolizó el acta de la
sociedad Cervecería
Gambrivius de Centroamérica Sociedad Anónima, mediante
la cual se acordó modificar la cláusula del domicilio, de administración y se
nombraron nuevos miembros de junta directiva. Es todo.—San José, 12 de
septiembre del 2017.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017168778 ).
Ante esta notaría, protocolicé
acta mediante la cual la sociedad Cumbres de Oro S. A.
modificó su cláusula octava de la administración.—San José, 12 de setiembre del
2017.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—( IN2017168785 ).
Por
escritura de las 14:00 horas del 12 de setiembre del año 2017, se acordó por
unanimidad del capital social, disolver la sociedad Graphics BPO CR Sociedad Anónima Sociedad de Responsabilidad Limitada,
titular de la cédula de persona jurídica Nº 3-101-602206.—San José, 13 de
setiembre 2017.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017168788 ).
Por escritura número
cuatrocientos seis, protocolizada por el suscrito notario a las trece horas del
doce de setiembre del dos mil diecisiete, se designa liquidador de la sociedad Tapicería Jiménez
Jebage S. A. al señor Rafael Jiménez Molina, mayor,
casado, empresario, vecino de Alajuela, con cédula de identidad número
dos-doscientos setenta y cinco-ciento treinta.—San José, doce de setiembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(
IN2017168789 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las 14:00 horas del día 12 de setiembre de 2017, la sociedad denominada Inversiones de Salud
Carto S. A., cambia domicilio. Notario: Fernando Berrocal
Soto.—San José, 12 de setiembre de 2017.—Lic. Fernando Berrocal Soto,
Notario.—1 vez.—( IN2017168795 ).
Por escritura número cuarenta y
seis otorgada en mi notaria a las trece horas cuarenta y cinco minutos del
veinticinco de agosto del dos mil diecisiete, se protocolizó la acta de
asamblea de socios número tres; en donde se reforman las cláusulas: primera,
segunda, cuarta, sexta, octava del pacto constitutivo de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Veintiséis Mil Trescientos Setenta y Cinco Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-526375. Y a la vez se nombra nuevo
presidente y tesorero.—Nicoya, 06 de septiembre de 2017.—Licda. Kenia Pereira
López, y Notaria.—1 vez.—( IN2017168796
).
Por escritura hoy otorgada ante
mí, Nexi María Pizarro Ortiz, los señores José Enrique Salazar Aragón y Dulce
María Aragón Solera, constituyen empresa Joche S Food Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: José Enrique Salazar
Aragón.—Liberia, a las diecisiete horas del veintiséis de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Nexi María Pizarro Ortiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017168799 ).
Por escritura pública otorgada
ante esta notaria, a las quince horas del once de setiembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó acta que aprueba la disolución de Inversiones
Baltodano Mora de la Ciudad Blanca Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-tres cuatro dos siete dos seis, por acuerdo
tomado entre los socios, de lo cual esta notaría da fe.—Liberia, once de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Daly Mariel González Castro,
Notaria.—1 vez.—( IN2017168802 ).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario, Adrián Lizano Pacheco, a las 20:00 horas del día 12 de
setiembre del 2017, se protocolizó el acuerdo de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Laboratorios de la Doctora
Scholler S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-177263, por el medio de la cual se acordó reformar el capital social de
la compañía.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Adrián Lizano Pacheco,
Notario.—1 vez.—( IN2017168804 ).
Por escritura de las catorce
horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Corporación Piel de Oro Sociedad
Anónima, reforma cláusula segunda y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. José Alberto Fioli
Ávila, Notario.—1 vez.—( IN2017168808 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las ocho horas del doce de setiembre de dos mil diecisiete, se procede a la
disolución voluntaria de la compañía Fauser Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-046043.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Ana
Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017168812 ).
Por
escritura otorgada ante mí a las ocho horas quince minutos del día doce de
setiembre de dos mil diecisiete, se procede a la disolución voluntaria de la
compañía Euroconfort Sociedad Anónima,
cédula N° 3-101-021081.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Ana Victoria
Mora Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017168813 ).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las nueve horas del catorce de octubre del dos mil dieciséis, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Corporación
Arenas Skate & Surf Sociedad Anónima S. A.,
mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula segunda.—San José, trece
de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Notario.—1
vez.—( IN2017168822 ).
Por escritura número ciento
veintiuno-tres otorgada a las quince horas ante esta notaría el doce de
setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de la sociedad Joe Barucci,
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-ciento veintinueve mil ciento noventa y seis, donde; i) se
reforman los artículos segundo y sexto del pacto constitutivo referentes al
domicilio social y a la representación de la sociedad, ii) se elimina el
artículo décimo cuarto del pacto constitutivo referente a la figura del agente
residente y iii) se realizan nuevos nombramientos en la junta directiva.—San
José, trece de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Roldán Morales Novoa,
Notario.—1 vez.—( IN2017168825 ).
Por acta
de asamblea general extraordinaria de Eurotiendas
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos setenta y ocho mil ochocientos tres, se acuerda reformar la
cláusula sexta y décimo quinta del pacto constitutivo, debidamente
protocolizada mediante escritura número sesenta y uno-cinco, otorgada a las
ocho horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Alexa Rodríguez
Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017168831 ).
Ante esta notario se ha
protocolizado acta de reforma de estatutos de la sociedad SRB Sapo Rojo del
Bosque Sociedad Anónima.—Nicoya, 25 de agosto del
2017.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2017168833 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las doce horas del once de setiembre del dos mil diecisiete, se
modifica cláusula octava del pacto social de Duwest Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintitrés mil quinientos
siete.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2017168834 ).
Ante este notario, se ha
protocolizado acta de reforma de estatutos de la sociedad Habitantes del
Parque Sociedad Anónima.—Nicoya, veinticinco de agosto
del dos mil diecisiete.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—(
IN2017168835 ).
Ante
esta notaría, a las 14:20 horas del 29 de agosto del 2017, se protocolizó el
acta de la sociedad de esta plaza denominada C&G Exports S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-584596, donde se acuerda disolver la sociedad, mediante la escritura
número 83-08 del tomo 08 del protocolo de la Licda. Laura Daniela Fernández
Mora.—Cartago, 01 de setiembre del 2017.—Licda. Laura Daniela Fernández Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2017168837 ).
Ante esta notario, se ha
protocolizado acta de reforma de estatutos de la sociedad Habitantes del
Parque Sociedad Anónima.—Nicoya, veinticinco de agosto
del dos mil diecisiete.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—(
IN2017168838 ).
Ante esta notaría, a las 14:30 horas
del 29 de agosto del 2017, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza
denominada Trans Atlantic Freight Costa Rica S.A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-584050, donde se acuerda disolver la
sociedad, mediante la escritura número 84-08 del tomo 08 del protocolo de la
Licda. Laura Daniela Fernández Mora.—Cartago, 01 de setiembre del 2017.—Licda.
Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017168840 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del día 12 de setiembre
del 2017, la empresa Nyesa Costa Rica
Sociedad Anónima, protocolizó acuerdo en donde se reforma la cláusula
segunda, del domicilio social.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Ana
Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—( IN2017168842 ).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas del 12 de setiembre del año 2017, se reforman
las cláusulas sexta en cuanto a la representación y la novena en cuanto a las
convocatorias, ambas del pacto constitutivo de la sociedad denominada Autotransportes
Sabana Cementario S. A. Notario: Pablo Fernando Ramos Vargas. Teléfono: 2280-6900 o
2280-5139. —San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Pablo Fernando Ramos
Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017168847 ).
Ante mi notaría, la sociedad Reserva Poliedros Sociedad
Anónima, protocoliza acta, se realiza nombramiento de
presidente. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 12 de
setiembre del 2017.—Lic. Rafael Enrique Monestel González, Notario.—1 vez.—(
IN2017168850 ).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las nueve horas del día trece de setiembre del dos mil diecisiete,
se modifica el pacto social de la sociedad TEC Tecnología en Calzado
Sociedad Anónima.—San José, trece de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—( IN2017168853 ).
En mi
notaría, en Alajuelita, San José, a las ocho horas del trece de setiembre del
dos mil diecisiete, se protocolizó un acta de la sociedad denominada Centro Automotriz Innovacar S.A. donde
se cambia la cláusula número octava, sobre cambio de forma de actuar de la
junta directiva.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic.
William Castro Badilla, Notario.—1 vez.—( IN2017168854 ).
Mediante acta N° 145 de la
asamblea general ordinaria de la asociación Costarricense de Oncología, de esta plaza, cédula jurídica tres-cero cero dos-cero sesenta y seis
mil cuatrocientos ochenta y tres, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es
todo.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—( IN2017168855 ).
Ante esta notaria mediante
escritura N° 297 celebrada a las 14:30 del 12 de setiembre del 2017, se aumenta
el capital social, en la sociedad de esta plaza denominada Wings & More
OFCR Limitada. Con cedula jurídica N°
3-102-457215.—Liberia, 12 de setiembre del 2017.—Lic. José Francisco White
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017168859 ).
Por escritura número ciento once,
visible al folio cincuenta frente del tomo dieciocho otorgada hoy ante mí, en
la ciudad de Guápiles, Pococí, Limón, a las 10:00 horas del 29 de agosto del
2017, la sociedad denominada Tecnisem Tecnología de Semillas Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-334552, en la cual se acuerda disolver la
presente sociedad.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017168863 ).
Por escritura número ciento doce,
visible al folio cincuenta vuelto del tomo dieciocho otorgada hoy ante mí, en
la ciudad de Guápiles, Pococí, Limón, a las 14:00 horas del 29 de agosto del
2017, la sociedad denominada Piñera los Tres Amigos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-58477, en la cual se acuerda disolver la
presente sociedad.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017168864 ).
La notaria que suscribe hace
constar que en escritura 48 del tomo 1° de mi protocolo, otorgada a las 13:00
horas del 12 de setiembre del 2017, se protocolizó acuerdo de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios donde la empresa Espinach Artavia y
Compañía S.A., cédula jurídica N° 3-101-147234, modificó
la cláusula primera y elige nuevo secretario, fiscal y agente residente.—San
José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Guadalupe Calvo González, Notaria.—1
vez.—( IN2017168868 ).
En mi notaria procedo a
protocolizar el acta número dos, de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Unique Whips Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil
ciento cincuenta y dos, en la cual se acordó disolver la presente sociedad por
acuerdo unánime de socios.—Doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge
Adrián Prado Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017168869 ).
Ante esta notaría, al ser las
diez horas del doce de septiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta
de asamblea general de socios de la sociedad denominada M C Filial Número
Seis Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento
uno-trescientos doce mil quinientos treinta y tres donde se acordó modificar la
cláusula, quinta del capital, sexta de la administración y se hacen nuevos
nombramientos de la junta directiva. Es todo.—San José, doce de septiembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Marco Montero González, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017168873 ).
Mediante escritura número
cincuenta y siete-doce, otorgada ante mí, a las catorce horas del doce de
setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas en donde por acuerdo unánime de
socios se acordó la disolución de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos
Veinticuatro Mil Quinientos Setenta y Cuatro, S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil quinientos
setenta y cuatro.—San José, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—( IN2017168874 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las doce horas diez minutos del día cinco de setiembre de dos mil
diecisiete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Costa Montaña
Estates Gaviotas Cero Ochenta y Cuatro S. A.—M.Sc.
Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2017168881 ).
Ante esta notaría se otorgó
escritura de disolución de la sociedad denominada: Lelojopris Sociedad Anónima, empresa domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, San José, cincuenta
metros al norte de la entrada al Polideportivo, en la rotonda, con cédula de
persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil ciento
cincuenta y cuatro. En la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón.—San José, a
las diez horas del once de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Mercedes
Vásquez Agüero, Notaria.—1 vez.—( IN2017168886 ).
Ante esta notaría se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria de socios número cinco de la
entidad: Villa
un Toque de Alegría con Mi Potro Sociedad Anónima,
personería jurídica número: tres-ciento uno-quinientos cincuenta y dos mil
trece, celebrada el día doce de setiembre de dos mil diecisiete a las quince
horas, en su domicilio social en San José, Pérez Zeledón, San Isidro,
veinticinco metros al norte de restaurante Pollos Jenifer en Hospital Clínica
Labrador, mediante la cual se acuerda: A) sustituir a los miembros de la junta
directiva: secretaria y tesorera. Se procede hacer nuevo nombramiento de
secretaria y tesorero. B) Sustituir al fiscal y se procede hacer nuevo
nombramiento de fiscal. C) modificar la cláusula segunda del pacto social, para
que en lo sucesivo se lea así: “Segunda: La sociedad tendrá su domicilio social
en San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, trescientos metros norte
de los Tribunales de Justicia en el Hospital Labrador”.—San Isidro de Pérez Zeledón,
a las dieciséis horas del día doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Mercedes Vásquez Agüero, Notaria.—1 vez.—( IN2017168887 ).
Por escritura otorgada número
ciento noventa y siete de las diez horas del ocho de setiembre del dos mil
diecisiete, se constituyó: Danyaser, Empresa Individual de Responsabilidad
Limitada. Abreviada Danuaser E.I.R.L., su domicilio social será: La Puebla de San Pablo de Heredia,
Residencial ET-Voila, apartamento tres. Capital aportado diez mil colones.—San
José, 10 de setiembre del 2017.—Lic. Óscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—(
IN2017168888 ).
Se comunica a los interesados que
según acta número 1 celebrada el 20 de enero del 2017 de LGC Autopartes y
Multiservicios S. A., cédula jurídica 3-101-707668,
se reformó la cláusula 10 de los estatutos en cuanto a la
representación.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—( IN2017168890
).
El suscrito notario da fe que a
las ocho horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se consignó el
acta número cuatro de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de P.L.P Suministros y Construcción S. A.,
cédula jurídica tres ciento uno ciento cuarenta y siete mil quinientos sesenta,
en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, doce
de setiembre del dos mil diecisiete.—Manuel Enrique Ventura Rodríguez,
Notario.—1 vez.—( IN2017168891 ).
Por medio de asamblea general
extraordinaria, la sociedad Violetas del Alma S. A.,
cédula jurídica 3-101-199835 modifica junta directiva y domicilio, en lo
restante se mantiene incólume. Teléfono 88786470.—San José, 13 de setiembre del
2017.—Licda. Seanny Jiménez Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017168894 ).
Jhon
Edinson González Ariza y María Francella González Madrigal constituyen la
empresa Inversiones Nafan Sociedad
Anónima. Domiciliada en San José centro Avenida tres, Calle doce. Con un
capital social de seis millones de colones. Escritura otorgada en la ciudad de
San José, a las nueve horas del doce de setiembre dos mil diecisiete.—Lic. Luis
Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—( IN2017168897 ).
La suscrita sociedad IP Consultores Group
Me Sociedad Anónima, con cedula jurídica tres-ciento
uno-cuatro nueve ocho cero dos cuatro, tomo quinientos setenta y uno, asiento
ochenta y dos mil noventa y tres, representada por Pedro Matarrita Cubillo, con
cédula cinco-ciento veinticuatro-ciento doce, Eddy Cabezas Murillo con cédula
uno-mil diecinueve-quinientos setenta y nueve, Mario Matarrita Dondi con cédula
uno-novecientos noventa y dos-quinientos ocho se dispone a cambiar el nombre de
la sociedad, el cual es el siguiente Citi Holding Sociedad
Anónima.—Puntarenas, seis de junio del dos mil
diecisiete.—Lic. Guillermo Emilio Carballo Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2017168898 ).
Por
escritura otorgada ante mí, al ser las doce horas treinta minutos del
veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete, los señores Omer Shimon Ben
Omri y Erez Yatzcan, constituyen Santa
Casitas Sociedad Anónima. El domicilio será en el distrito once Cóbano,
cantón primero Puntarenas Santa Teresa, Cóbano, Puntarenas, contiguo a la
sucursal del Banco de Costa Rica, oficina de Mora Asociados. El capital social
es la suma de cien mil colones, representado por cien acciones comunes y
nominativas de mil colones cada una, suscrito y pagado de la siguiente manera:
El socio Omer Shimon Ben Omri, suscribe y paga cincuenta acciones, el socio
Erez Yatzcan, suscribe y paga cincuenta acciones. El socio Omer Shimon Ben
Omri, de calidades indicadas aporta una máquina de posicionamiento global GPS,
valorada en cincuenta mil colones. El socio Erez Yatzcan, de calidades también
indicadas aporta una computadora marca Toshiba Dual Core, valorado en cincuenta
mil colones. Corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—San José, veinticinco de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Luis
Mora Cascante, Notario.—1 vez.—( IN2017168900 ).
Mediante escritura número 95-9 de
la notaria Reyna Liz Mairena Castillo se protocolizo acta número uno, de la
sociedad Constru
Dream Home S. A., se modifica el plazo social.—San José, 13
de setiembre del 2017.—Licda. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017168901 ).
Por medio de asamblea general
extraordinaria, la sociedad Rivel y Asociados S. A.,
cédula jurídica 3-101-317477, modifica junta directiva y domicilio en lo
restante se mantiene incólume.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Licda.
Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017168914 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 16:30 horas del 28 de agosto del
2017, mediante la escritura número 112-2, los señores María Dilia de los Ángeles
Moraga Canales y Felipe Saborío Carrillo, constituyen la sociedad Cena Festiva RSLM LLC S.R.L., por un plazo social de 100
años.—San José, 7 de setiembre del 2017.—Licda. Ana María Araya Ramírez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017168915 ).
Por
escritura de las 11:00 horas de hoy, se protocolizó acta de la sociedad 3-102-596903 S. A., en la que se
modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 12 de setiembre del
2017.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2017168917 ).
Según escritura número veintiocho
realizada en el tomo dos del protocolo del notario público Lic. Édgar Eduardo
Ulloa Calderón, se solicita modificar la cláusula de la administración de la
sociedad Multiservicios
La Pista Zapote Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-dos nueve tres cinco uno nueve.—Lic. Édgar Eduardo Ulloa
Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168924 ).
Según escritura número treinta
realizada en el tomo dos del protocolo del notario público Lic. Édgar Eduardo
Ulloa Calderón, se solicita modificar la cláusula de la administración de la
sociedad Impordiesel
CR Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-dos siete seis cuatro cinco uno.—Lic. Édgar Eduardo Ulloa
Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168925 ).
Según escritura número
veintinueve realizada en el tomo dos del protocolo del notario público Lic.
Édgar Eduardo Ulloa Calderón, se solicita modificar la cláusula de la
administración de la sociedad Servicios y Multiservicios La Circunvalación Zapote
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-tres cuatro uno cuatro tres cinco.—Lic. Édgar Eduardo Ulloa Calderón,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017168926 ).
Ante esta notaría se disuelve la
sociedad Bufete
Pizarro Matarrita S. A., con cédula jurídica número
tres-ciento uno-dos uno cuatro nueve siete tres, con domicilio en: Guanacaste.
Notaria: Noilly Vargas Vásquez.—San José, doce de setiembre del dos mil
diecisiete a las doce horas.—Licda. Noilly Vargas Vásquez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017168935 ).
Ante esta notaría se disuelve la
sociedad innominada Tres-Ciento Uno-Cinco Nueve Cero Ocho Ocho Dos, con domicilio en Guanacaste. Notaria: Noilly Vargas Vásquez.—San José,
doce de setiembre del dos mil diecisiete a las doce horas.—Licda. Noilly Vargas
Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2017168936 ).
Ante esta notaría se protocolizó
acta de la sociedad denominada Inversiones Damaroha del Oeste Sociedad Anónima de las ocho horas del veintidós de marzo del dos mil quince, donde se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, doce de setiembre del dos mil
diecisiete.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2017168947 ).
Mediante
escritura número 10, otorgada ante el notario Roberto Acuña Bermúdez, a las
16:00 horas del 7 de setiembre del 2017, se acordó la disolución de la sociedad
Sancela de Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número 3-101-147278, dentro del plazo de treinta
días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer
valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 8 de
setiembre del 2017.—Lic. Roberto Acuña Bermúdez, Notario.—1 vez.—( IN2017168972
).
Por escritura otorgada ante mí
Pablo Peña Ortega, a las ocho horas del trece de setiembre de dos mil
diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
coutistas de la sociedad denominada UST Global Costa Rica S.R.L., en la
cual se modifica la cláusula segunda que corresponde a la cláusula del
domicilio. Es todo.—San José, trece de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic.
Pablo Peña Ortega, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168974 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las dieciséis horas con treinta minutos del doce de setiembre del dos
mil diecisiete, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo referente
a la administración de la sociedad El Abanico de Peñas Blancas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ocho mil trescientos
veinte.—Ciudad Quesada, doce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Cristian
Miguel Vargas Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017168978 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las catorce horas del siete de setiembre de dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, mediante la cual
se procede a reforma las cláusulas segunda y novena del pacto social de la empresa
Activos
Platino Sociedad J & A Sociedad Anónima.—Heredia,
13 de setiembre de 2017.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario.—1 vez.—(
IN2017168986 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las diecisiete horas del seis de setiembre de dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, mediante la cual
se procede a reformar la cláusula tercera del pacto social de la empresa Agro Industrial
Georyana Sociedad Anónima.—Heredia, 13 de setiembre de
2017.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168987 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las quince horas del cinco de setiembre de dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, mediante la cual
se procede a nombrar liquidador y se asientan las bases de la liquidación de la
empresa Procesadora
de Carnes La Cañada Sociedad Anónima.—Heredia, 13 de setiembre
del 2017.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN2017168988 ).
Ante mi notaria mediante
escritura número 358 de las 15:00 horas del día 12 de setiembre del 2017. Se
constituye Transportes 3 A SR Ltda. Domicilio: San José,
Coronado, Lotes Méndez, de la pulpería nuevo amanecer 75 metros sur. Gerente:
Dennis A. Romero Díaz.—Santo Domingo Heredia, 12 de setiembre del 2017.—Licda.
Grethel Sánchez Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017168989 ).
Por escritura 128 de 13:00 horas
del 30 de agosto 2017, Certified Pineapple of Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-715354 se fusionó por absorción con Polute GJT S. A., cédula jurídica 3-101-202695. Prevalece Certified Pineapple of Costa Rica
S. A., capital social cuatrocientos setenta y ocho
millones de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de
cuarenta y siete millones ochocientos mil colones.—Lic. Luis Alberto Paniagua
Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017168992 ).
Por escritura 127 de 12:00 horas
del 30 de agosto 2017, Evotea S. A., cédula jurídica
3-101-246230, se fusionó por absorción con Corporación San José del Este S.
A., cédula jurídica 3-101-325444. Prevalece Evotea S. A., capital social mil novecientos cincuenta millones de colones,
representado por diez acciones comunes y nominativas de ciento noventa y cinco
millones de colones.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—(
IN2017168993 ).
Se hace saber: que por escritura
número ciento sesenta y uno otorgada por el suscrito notario público, a las
catorce horas del día dieciséis de junio de dos mil diecisiete se nombró nueva
junta directiva, fiscal y agente residente de la empresa denominada Indira Azul S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y seis mil
cuatrocientos noventa y tres.—San José, 16 de junio de 2017.—Lic. Gonzalo
Alberto Garzona Meseguer, Notario.—1 vez.—( IN2017168996 ).
El suscrito notario, pone en
conocimiento que en mi notaría, se modificó el pacto constitutivo de la
sociedad de responsabilidad limitada Palacio Natural en Coronado,
cédula 3-102-336065, en donde se modificó la cláusula en cuanto a la
administración y domicilio, según escritura número setenta y nueve de las nueve
horas del dieciséis de abril del año dos mil trece.—San José, 13 de setiembre
del 2017.—Lic. Gonzalo Alberto Garzona Meseguer, Notario.—1 vez.—( IN2017168997
).
Mediante
escritura pública número sesenta y uno-catorce otorgada a las trece horas del
trece de setiembre del dos mil diecisiete, protocolizo los acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Agrológico Sistemas Tecnológicos Sociedad Anónima, cédula jurídica
número: tres-ciento uno-quinientos cincuenta y seis mil noventa y ocho,
procediendo a modificar el capital social.—San José, trece de setiembre del dos
mil diecisiete.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017169000
).
Ante esta notaría, por escritura
número 78-7, otorgada a las 11:00 horas del 13 de setiembre del 2017, se
disuelve la sociedad Whitecircle S. A.—Licda. Rosa María Escudé
Suárez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169002 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diecisiete horas del doce de setiembre de dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Club del Cielo
Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni
pasivos se acuerda su disolución y liquidación.—San José, doce de setiembre de
dos mil diecisiete.—Lic. Marco Fernández López, Notario.—1 vez.—( IN2017169004
).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las diez horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad de Escazú, San José,
denominada Inversiones Toscanas de Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil
cuatrocientos ochenta y cinco, reformándose el pacto constitutivo, la cláusula
segunda en cuanto al domicilio social y la quinta en cuanto al capital social
el cual se aumentó.—Licda. Lilliana Fernández Urpí, Notaria.—1 vez.—(
IN2017169016 ).
El suscrito notario público, hago
constar que por medio de la escritura 34-5 de las 12:00 horas del 13 de
setiembre del 2017, se protocolizó acta de la sociedad Aromas y Eventos
G&G Producciones S. A., por medio de la cual se
disuelve la sociedad por acuerdo de los socios.—San José, 13 de setiembre del
2017.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—( IN2017169036 ).
Reforma de la cláusula segunda y
cambio de junta la sociedad Hao Niam S. A.,
cédula jurídica 3101445719, celebrada a las 17 horas del 2 de setiembre del dos
mil diecisiete, en su domicilio social, protocolizada bajo escritura 282-8,
iniciada al folio 98v del tomo VIII del protocolo de la notaria Evelin Sandoval
Sandoval.—San José, 13 de septiembre 2017.—Licda. Evelin Sandoval Sandoval,
Notaria.—1 vez.—( IN2017169037 ).
Por escritura 46 del tomo 30
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas del 13 de setiembre del 2017, se
protocolizó el acta veintiuno de asamblea general extraordinaria de la Asociación Casa
Hogar San José de la Pastoral Social de la Arquidiócesis, cédula jurídica N° 3-002-321407, en la que se reforman estatutos.—San
José, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Christian Hugo Barrero Godínez, Notario.—1
vez.—( IN2017169061).
Mediante escritura otorgada en
Alajuela, a las quince horas del once de setiembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de Asamblea de la sociedad denominada Global Exoticfruits
Sociedad Anónima, mediante la cual se efectúa nuevo
nombramiento de fiscal.—Alajuela, quince horas treinta minutos del once de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Julieta Vargas Quesada, Notaria.—1
vez.—( IN2017169065 ).
Hoy en esta notaría, se
constituyó Sociedad Anónima, cuya denominación se asignará según Decreto
Ejecutivo 30171-J del ocho de junio del dos mil seis. Capital social: diez dólares
suscrito y pagado por los socios domicilio San José, Pavas.—San José, cinco de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1
vez.—( IN2017169068 ).
Por escritura otorgada ante mí,
Manuel Antonio Sanabria Elizondo, en la ciudad de San Isidro de El General,
Pérez Zeledón a las once horas del día veintiocho de agosto de dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de la entidad denominada Comercializadora de
Carne Los Naranjo Limitada.—San Isidro de El General, Pérez
Zeledón, cuatro de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Manuel Antonio
Sanabria Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2017169069 ).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, David Heriberto Torres Soto, a las dieciséis horas y treinta minutos del
cuatro de agosto, se constituyó la sociedad, domiciliada en Alajuela, San
Carlos, Ciudad Quesada, San Juan, Calle Lapas; trescientos, norte, del
supermercado. Capital social: un millón de colones. Objeto: Comercio en
general. Plazo: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Representación:
Manuel Antonio Araya Moya, cédula número dos-trescientos siete-doscientos
cincuenta.—Ciudad Quesada, 04 de agosto del 2017.—Lic. David Heriberto Torres
Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017169071 ).
Por escritura en mi notaría, en
Heredia a las ocho horas del día doce de setiembre del año dos mil diecisiete,
se protocolizó acta de la sociedad ARZ EL RAB-Sociedad Anónima, se
modifica cláusula sexta- de la administración y se nombra directiva.—Heredia,
trece de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Rafael Ángel Barahona
Melgar, Notario.—1 vez.—( IN2017169073 ).
Por escritura en mi notaría en
Heredia, a doce horas del día doce de setiembre del año dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de la sociedad Importaciones Libanesas S. A., se modifica cláusula F- de la administración y se nombra
directiva.—Heredia, trece de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Rafael
Ángel Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—( IN2017169074 ).
En
asamblea extraordinaria de Madisa
Manejo de Desechos Industriales
S. A., cédula jurídica:
3-101-388233, celebrada a las 14:00 del 28 de agosto de 2017. Se modifican las
cláusulas: segunda, en cuanto al domicilio. Tercera, del capital social. Se
revocó y se nombró el nuevo presidente.—San José, 12 de setiembre de 2017.—Lic.
Harold Rafael Ureña Agüero, Notario.—1 vez.—( IN2017169076 ).
Mediante escritura pública número
243-2 de las 9:00 horas del 21 de julio del 2017, se protocolizó el asiento
número uno del libro de actas de asamblea de socios de Discoteca La
Dinastia S. A., que reformó las cláusulas
uno al nueve, y creó la cláusula décima y décima primera del pacto social.—San
José, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Erika Vanessa Chaverri Palma, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017169078 ).
Mediante
escritura pública número 243-2 de las 9:00 horas del 21 de julio del 2017, se
protocolizó el asiento número uno del libro de actas de asamblea de socios de Hotel Montana S. A., que reformó las cláusulas uno al nueve, y creó la cláusula
décima y décima primera del pacto social.—San José, 13 de setiembre del
2017.—Licda. Erika Vanessa Chaverri Palma, Notaria.—1 vez.—( IN2017169079 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las ocho horas treinta minutos, del once de setiembre del 2017, se acuerda la
disolución de la sociedad Catorce de Febrero de Mil
Novecientos Noventa y Ocho L & B S. A.—Ciudad
Quesada, once de setiembre del 2017.—Licda. Mauren Marcela Rojas Bejarano,
Notaria.—1 vez.—( IN2017169082 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas veinte minutos del
veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, se modificó el pacto constitutivo
de la sociedad Forestal Rio Segundo
Limitada.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—( IN2017169083
).
Mediante escritura otorgada en
San Rafael de Montes de Oca, a las siete horas del doce de setiembre del año
dos mil diecisiete, Agustín Atmetlla Cruz, protocoliza acta de asamblea de
socios de Laboratorio
de Diagnóstico Clínico San Pedro Sociedad Anónima”,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio, la sexta de
las acciones, y la octava de la administración, se nombra junta directiva y
fiscal.—San Rafael de Montes de Oca, a siete horas del doce de setiembre del
año dos mil diecisiete.—Lic. Agustín Atmetlla Cruz, Notario.—1 vez.—(
IN2017169084 ).
Mediante escritura otorgada en
San Rafael de Montes de Oca, a las catorce horas del doce de setiembre del año
dos mil diecisiete, Agustín Atmetlla Herrera, protocoliza acta de asamblea de
socios de Playa
Delfín Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman
las cláusulas segunda del domicilio, y tercera del objeto, se nombra fiscal y
agente residente, y se actualizan datos de presidente y tesorera.—San Rafael de
Montes de Oca, a las catorce horas del doce de setiembre del año dos mil
diecisiete.—Lic. Agustín Atmetlla Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2017169085 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17:00 horas del día de hoy, se acuerda por parte de los socios
de la compañía Llantas Cargab Sociedad Anónima, su
disolución y se aprueba su liquidación.—San José, 11 de setiembre del
2017.—Lic. Navil Campos Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017169086 ).
Por
escritura otorgada a las 09:00 horas del 28 de agosto de 2017, se fusionaron
por absorción las sociedades Gestionadora
Empresarial Alorique Gea Sociedad Anónima, tres-ciento uno-setecientos
cinco mil trescientos treinta y siete, Grupo
Comercial Yorusti GCY Sociedad Anónima, tres-ciento uno-setecientos
cinco mil doscientos noventa y ocho Jardín
Botánico del Cusco Sociedad
Anónima, tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil quinientos noventa
y cuatro, y Inversiones de Negocios Zapandi INZ Sociedad Anónima,
tres-ciento uno-setecientos cinco mil doscientos noventa y siete, prevaleciendo
la última de estas. Se hace valer a terceros interesados para que comparezca
ante esta notaría, a hacer valer sus derechos.—San José, 28 de agosto de
2017.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017169096 ).
Por escritura otorgada a las de
las 09:30 horas del 28 de agosto de 2017, se reformó la cláusula cuarta del
capital social de la compañía Los Patriarcas de Hierro Sociedad Anónim, 3-101-538674.—San José, 28 de agosto de 2017.—Lic. Juan Carlos Montero
Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017169097 ).
Por escritura doscientos cuarenta
y dos, otorgada ante mí, Roy Faustino Jiménez Rodríguez, en Ciudad Neily, al
ser doce horas del treinta y uno de mayo del dos mil diecisiete, se constituyó Cuatro Sols de
Altamira Sociedad Anónima, domiciliada en Ciudad Neily;
cincuenta metros al este, del Banco Popular, Corredores, Puntarenas.—Ciudad
Neily, veintinueve de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Roy Faustino Jiménez
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017169100 ).
Mediante escritura otorgada en
esta notaría a las 13:00 horas del 13 de setiembre del 2017, se constituyó Forsecure S. A.—Licda. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2017169102 ).
Por escritura número ochocientos
cuarenta y cinco-tres-otorgada por la notaria, Yamilette Calderón Cerdas,
notaría pública con oficina abierta en San Isidro de Vásquez de Coronado, de la
municipalidad; doscientos setenta y cinco metros al oeste, debidamente
autorizada al efecto, procedo a protocolizar el acta número uno de la asamblea
general extraordinaria de socios de la empresa Quebrador San Luis Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
setenta y ocho mil ochocientos cuarenta y seis, celebrada en las oficinas en
San José, la finca cien metros al este y cien metros al sur, calle La Máquina;
a las once horas del miércoles doce de julio del año dos mil diecisiete y se
toman los siguientes acuerdos: primero: a) El capital social inscrito es la
suma de mil colones, representado por dos acciones comunes y nominativas de
quinientos colones cada una, b) En virtud de capitalizar las utilidades
retenidos de quebrador san luis sociedad anónima de los periodos fiscales
comprendidos entre los años dos mil diez y dos mil dieciséis, la asamblea
aprueba por unanimidad aumentar el capital social en el monto de doce millones
de colones con cero céntimos por lo que se acuerda modificar la cláusula del
pacto constitutivo para que diga así: “cláusula quinta”, del capital social; el
capital social de la compañía es la suma de doce millones de colones
representadas por doce acciones comunes y nominativas de los socios
representadas por medio de letras de cambios enumeradas del uno al doce por el
valor de un millón cada una, que se encuentran depositadas en la oficina de la
suscrita notaria en el archivo de referencia.—San Isidro de Vásquez de
Coronado, 05 de setiembre 2017.—Licda. Yamilette Calderón Cerdas, Notaria.—1
vez.—( IN2017169103 ).
Por escritura 197 de 09:00 horas
del 9 de agosto 2017, se disolvió y liquidó CBP BP Ferretería Buen Precio S.
A., cédula jurídica 3-101-284688.—Lic. Luis Alberto
Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017169106 ).
Ante esta notaría por escritura
cincuenta y uno-tres, otorgada a las trece horas del trece de setiembre del dos
mil diecisiete, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de
accionistas de las compañías Metro Grupo Publicidad Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil
seiscientos sesenta, Menta Filmes Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil ochocientos
diecinueve, mediante la cual las sociedades se fusionaron por el sistema de
absorción subsistiendo la sociedad Metro Grupo Publicidad Sociedad Anónima. Es todo.—(Lugar), catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Óscar Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017169107 ).
Mediante escritura autorizada a
las 8:00 horas del día de hoy protocolicé acta de Terrafly T.F. Sociedad Anónima, en la que es acordada su disolución.—San José, 13 de setiembre del
2017.—Lic. Rafael Ángel Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017169108 ).
Por
escritura 196 de 08:00 horas del 09 de agosto 2017, se disolvió y liquidó Adminiservicios S.A., cédula jurídica
3-101-473988.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017169109
).
En mi notaría, por escritura
otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 09:00 horas del 13 de setiembre del 2017,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Kudamm
S. A., se disuelve y liquida sociedad.—Santa Ana, 13 de
setiembre del 2017.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—(
IN2017169113 ).
Por
escritura autorizada ante esta notaría, a las 14:51 horas del día 21 de agosto
del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Electroautomatizacion
Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento
dos-setecientos treinta y ocho mil quinientos ochenta y cuatro se nombra nuevo
gerente.—Heredia, 21 de agosto del 2017.—Licda. Ana Patricia Rodríguez
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169115 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las a las 11:00 horas del día 8 de setiembre del 2017, en el
protocolo de la suscrita notaria, Carolina Barrantes Jiménez, escritura número
176 del protocolo 93, se reforma la cláusula novena, se revocan los
nombramientos del presidente, secretario, tesorero, vocal uno, vocal dos, vocal
tres y órgano fiscal de la sociedad Cadena Comercial Sancarleña S. A., cedula jurídica tres-ciento uno-cero once mil cuatrocientos cuarenta y
seis.—Santa Rosa, Pocosol, 8 de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Carolina Barrantes Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169117 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del día 8 de setiembre del 2017, en el protocolo de
la suscrita notaria, Carolina Barrantes Jiménez, escritura número 175 del
protocolo 93, se reforma la cláusula sétima, se revocan los nombramientos del
vicepresidente, secretario y órgano fiscal de la sociedad G.M.G Transportes de
Frontera a Frontera S. A., cedula jurídica tres-ciento
uno-quinientos treinta y cuatro setenta y seis.—Santa Rosa. Pocosol, 8 de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Barrantes Jiménez, Notaria.—1
vez.—( IN2017169118 ).
En esta notaría, pública, por
medio de la escritura número trescientos noventa-uno del tomo uno de mi
protocolo, la sociedad se denomina: Nican Graidis Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Carlos Anotnio Chacón Wong, con cédula:
uno-cero seiscientos noventa-cero quinientos treinta y uno. El domicilio de la
sociedad será en: San José, Curridabat, Cipreses, del Bar Copemar; cincuenta
metros al sur, casa de color celeste, de dos plantas.—San José, seis de
setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Raúl Ugalde Xatruch, Notario.—1
vez.—( IN2017169143 ).
Por
escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las catorce horas del día
trece de setiembre del dos mil diecisiete se protocolizó acta de la empresa Satcomla Sociedad Anónima, cedula
jurídica tres-ciento uno-setecientos cuarenta y dos mil quinientos ochenta y
nueve, por medio de la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—( IN2017169163 ).
Ante mí, Rosa Puello Suazo,
notaria con oficina abierta en San José, compareció, el señor Wagner Méndez
Miranda, portador de la cédula de identidad número uno-mil ciento
veintiocho-trescientos sesenta y ocho, para constituir la sociedad Camiwa Repuestos
EIRL. Es todo.—San José, al ser las diez horas del trece
de setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Rosa Puello Suazo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017169164 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09:00 horas del 14 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Las Brisas y Tu de
Responsabilidad Limitada; con cédula jurídica número
tres-ciento dos-quinientos doce mil seiscientos noventa y cinco, según la cual
reforma la cláusula sexta y sétima del pacto constitutivo se acepta la renuncia
del gerente y se realiza un nuevo nombramiento de gerente y subgerente.—Licda.
Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169176 ).
Por escritura treinta y nueve
otorgada en esta notaría, publica, se modifica la cláusula sétima de los
estatutos en cuanto a la administración de la entidad denominada “Comercializadora Los
Ángeles Sociedad Anónima” domiciliada en Cartago, Pacayas
de Alvarado; diagonal a la plaza de deportes.—Veintiocho de agosto del año dos
mil diecisiete.—Licda. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—( IN2017169177 ).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de
la sociedad Konta Gestion Integral S. A. donde se modifica la
cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 14 de setiembre del año dos mil
diecisiete.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—( IN2017169179 ).
Ante esta notaría y mediante
escritura pública número 214 de las 08:00 horas del 08 de setiembre de 2017 se
ha reformado la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad “Eride Sociedad
Anónima”.—Orotina, ocho de setiembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Douglas Mauricio Marín Orozco, Notario.—1 vez.—( IN2017169188
).
Mediante escritura número 122 del
protocolo segundo de esta notaría, se reformó el domicilio social de la
sociedad Fashion
Couture Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula 3-102-729592. Es todo.—San José, 14 de setiembre de 2017.—Lic. Roberto
Enrique Cordero Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2017169189 ).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las catorce horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete,
donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada “Fila de Mogote D C R S.R.L.”, donde se acuerda modificar la cláusula novena del pacto
constitutivo.—San José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017169196 ).
Por escritura pública N° 234
otorgada en co-notariado ante los notarios José Antonio Jiménez Mora y Leydi
Maria Alfaro Calvo, actuando en el protocolo de la segunda, de las 17:00 horas
del 25 de agosto del 2017, se protocolizó el acta número tres de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Translogistic Cargo S. A., con cédula jurídica: N° 3-101-601012 y en virtud de la cual se reformó
la cláusula quinta del pacto constitutivo, aumentando el capital social a
veinte millones de colones, representado por diez acciones comunes y
nominativas, de dos millones de colones cada una, de las cuales cinco acciones
le corresponden a la socia Marinella Monge Salas, cédula N° 1-843-812 y cinco
acciones al socio Gustavo Salas Hernández, cédula 6-252-467.—San Joaquín de
Flores, Heredia, 14 de setiembre del 2017.—Lic. José Antonio Jiménez Mora,
Notario.—1 vez.—( IN2017169201 ).
En mi
notaria, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Centro Infantil San Bernardo Sociedad
Anónima, en la cual se modifica clausula sétima de la representación de
su pacto constitutivo. Es todo.—San José, siete de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—( IN2017169208 ).
Ante esta notaría y por escritura
número cincuenta, se constituyó la sociedad Moyo Comunicaciones Sociedad de
Responsabilidad Limitada, y se nombró como gerente general
a la señora Erika Nahrgang Rodríguez el día trece de setiembre del dos mil
diecisiete. Licenciado Cristian M. Arguedas Arguedas, Abogado y Notario 9974.—San
José, 14 de setiembre del 2017.—Lic. Cristian M Arguedas Arguedas, Notario.—1
vez.—( IN2017169210 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de One Black Car
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y nueve mil doscientos uno, por la cual no existiendo
activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de
setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(
IN2017169215 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las doce horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de One Red Car Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
ocho mil quinientos sesenta y nueve, por la cual no existiendo activos ni
pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de setiembre
dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017169216
).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Select Costa Rica LLC
Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos
cuarenta y siete mil seiscientos veinte, por la cual no existiendo activos ni
pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de setiembre
de dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(
IN2017169217 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de One Purple Car
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos ochenta mil ochocientos sesenta, por la cual no existiendo
activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de
setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(
IN2017169218 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Barranco Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero
veintiocho mil novecientos noventa y dos, por la cual se modificaron las
siguientes cláusulas del pacto constitutivo: segundo del domicilio social y la
sexta de la representación, además se nombraron nuevos presidente, secretario y
tesorero en la junta directiva.—San José, trece de setiembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017169219 ).
Mediante escritura número
cincuenta y cinco otorgada ante esta notaría al ser las doce horas del ocho de
setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de Inversiones y Propiedades
Villablanco Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos setenta y ocho mil setecientos cuarenta y nueve, mediante
los cuales se modifica la cláusula novena, modificándose de la siguiente
manera: Novena: corresponde al presidente, al secretario y al tesorero de la
junta directiva la representación judicial y extrajudicial de la empresa,
quienes actuarán en forma conjunta o separada, tendrán las facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, con las atribuciones que determina
el artículo mil doscientos cincuenta y tres de Código Civil, además podrán
sustituir sus poderes en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras
de nuevo, reservándose o no el ejercicio de las facultades sustituidas. Al
ocurrir una vacante temporal en la Junta Directiva, los miembros restantes
harán un nombramiento provisional, las vacantes definitivas se llenarán del mismo
modo, pero inmediatamente se convocará a la Asamblea de Socios para que esta
haga un nombramiento definitivo”; además se cambia el tesorero y el secretario
de la sociedad.—San José, 8 de setiembre del 2017.—Licda. Raquel Mayers Marín,
Notaria.—1 vez.—( IN2017169220 ).
En asamblea general
extraordinaria de la sociedad Pesaro Brandivino Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cuatro
mil cuatrocientos ocho, celebrada en su domicilio social, San José, Curridabat
centro, distrito primero, cantón dieciocho, cien metros oeste, cien metros
norte y cien metros este del correo, residencial Los Tulipanes, casa número
diecinueve, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos
mil quince, acta número dos, por unanimidad de la totalidad en el capital
social, se acordó modificar la cláusula de la presentación, que en adelante
será ejercida por el presidente, secretario y tesorero de la junta directiva,
pudiendo actuar conjunta o separadamente. Modificar el domicilio social para en
adelante sea San José, Curridabat centro, distrito primero, cantón dieciocho,
cien metros oeste, cien metros norte y cien metros este del correo, residencial
Los Tulipanes, casa número diecinueve, por todo el plazo social.—San José, 11
de setiembre del 2017.—Licda. Jenny Ramírez Robles, Notaria.—1 vez.—(
IN2017169221 ).
Por
escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas del trece de
setiembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de socios de Inversiones Amavilohe
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres siete
siete cero cuatro uno, en donde se modifica la cláusula sexta: De la
Administración y la cláusula segunda: Del domicilio, de esta sociedad.—Lic.
Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—( IN2017169226 ).
Mediante acuerdo de socios de
fecha cuatro de septiembre del año dos mil diecisiete, protocolizada por la
notaria Erika Wattson López el día cuatro de setiembre del año dos mil
diecisiete, mediante escritura pública número treinta y cinco-dos, se acordó la
disolución de la empresa Condominio Hacienda Gregal Lote Setenta y Ocho AJS Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
ochenta y un mil doscientos ochenta y cinco. Se emplaza por treinta días a
partir de la publicación a todos los interesados a fin de que se apersonen a
hacer valer sus derechos.—Cartago, cuatro de setiembre del año dos mil
diecisiete.—Licda. Erika Wattson López, Notaria.—1 vez.—( IN2017169230 ).
Protocolización
de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad “Corporación Rosti Pollos
Sociedad Anónima”, cédula jurídica número tres- ciento uno - ciento
setenta y ocho mil cuatrocientos noventa y cuatro, mediante la cual se reforma
la cláusula de la administración y representación escritura otorgada a las diez
horas del trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Cinzia Víquez
Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2017169231 ).
Carolina Mata Alvarado, notaría
pública hace constar que por la escritura número ciento noventa y uno, visible
al folio ciento siete vuelto, del tomo veinticinco del protocolo de la suscrita
notaria, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios
accionistas y en la cual se modificó la cláusula cuarta del pacto constitutivo
de la sociedad P C Taller Los Koreanos Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y dos mil setecientos
cincuenta y uno, para notificaciones se señala el domicilio social de la
sociedad sea Cartago, Paraíso Orosi, cien metros al este y ciento cincuenta
metros al sur de la Escuela.—Cartago, catorce de setiembre el dos mil
diecisiete.—Licda. Carolina Mata Alvarado, Notaría Pública.—1 vez.—(
IN2017169232 ).
La sociedad Inversiones
Norframar Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos noventa mil-quinientos setenta y cuatro, por
acuerdo de asamblea general extraordinaria, estando presente la totalidad de
accionistas se acuerda modificar la cláusula quinta del acta constitutiva del
capital social, el cual pasará ser de diez millones de colones.—Licda. Ana
Lorena Rojas Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017169234 ).
El suscrito notario José Manuel
Venegas Rojas, cédula de identidad dos-trescientos noventa-seiscientos seis,
carné ocho mil cuatrocientos sesenta y uno, hace constar que en esta notaría,
se confeccionó la escritura número dieciséis-cinco, de las catorce horas del
nueve de setiembre de dos mil diecisiete, donde se realizó el acta constitutiva
de la sociedad denominada Villasaenz Inversiones de San Carlos Sociedad Anónima.—Alajuela, catorce de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Manuel
Venegas Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017169236 ).
Ante esta notaria, licenciada Carla
Mercedes Rigioni, soltero, bajo escritura ciento treinta y nueve, tomo:
veinticuatro, de fecha trece de setiembre del dos mil diecisiete, se modificó
la capsula séptima, de la administración del pacto constitutivo de Agrícola Calderón y
Rojas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento cinco mil cuatrocientos treinta y seis, la suscrita notaria da fe
que es copia exacta a su original. Es todo.—San José, trece de setiembre del
dos mil diecisiete.—Licda. Carla Mercedes Rigioni, Notario.—1 vez.—(
IN2017169239 ).
Ante esta notaría, protocolicé hoy
acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de La Zancada Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-285999, en la cual se
modificó la cláusula sexta del pacto social y se nombró nueva junta directiva
por el resto del plazo. En lo demás la sociedad se mantiene sin más
reformas.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Lic. Hugo A. Chavarría Soto,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017169241 ).
Por escritura ciento sesenta y
siete-siete, otorgada en San José, a las nueve horas del trece de setiembre del
dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Desarrollos Cuatro Amigos de Enero de Cero Nueve S. A., cédula tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil trescientos
cuarenta y dos, se cambia junta directiva y se reforma cláusula de
administración, efectuada ante la Notaria: Hazel Villalobos Villar.—San José,
13 de setiembre del 2017.—Licda. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—(
IN2017169242 ).
En
escritura otorgada ante el notario, Jorge Ross Araya, a las 10: 00 horas del 14
de setiembre del 2017, se modifica la cláusula 4ta del plazo del pacto social
de Consorcio de Electrificación S. A.,
cédula jurídica 3-101-018769.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge
Ross Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017169261 ).
Bocalco Sociedad Anónima,
modifica la cláusula de la administración. Escritura otorgada en la ciudad de
Cartago, a las nueve horas del treinta de agosto del dos mil diecisiete, ante
el Notario Daniel Valverde Schmidt.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1
vez.—( IN2017169262 ).
Se comunica a todos los
interesado ante la notaria de Marlene Brenes Corrales se constituyó la sociedad
Ediciones
Educativas M y M Sociedad Anónima.— A las ocho horas del trece
de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1
vez.—( IN2017169264 ).
Por escritura pública de las once
horas quince minutos del trece de setiembre del año dos mil diecisiete, se
acuerda disolver de la empresa Vatterri, Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos vente mil-cero ochenta y
seis.—Cartago, catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magaly
Hidalgo Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017169265 ).
Por escritura pública de las once
horas treinta minutos del trece de setiembre del año dos mil diecisiete, se
acuerda disolver de la empresa Maxamarca, Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos siete mil quinientos treinta y
siete.—Cartago, catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magaly
Hidalgo Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017169266 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del día treinta de agosto del dos mil diecisiete, se
otorga escritura de disolución de la sociedad Sweet Memories Boutique S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos ochenta y dos mil
ochocientos sesenta y nueve.—Alajuela, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Violeta
Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—( IN2017169267 ).
Ante mí,
Carmen Martínez Ramírez, Notaria Pública, mediante escritura número ciento
cincuenta y seis del tomo dos de mi protocolo, se constituyó por parte de,
Beatriz Brenes Obando la Fundación
Monchito Perros Ayudando a Perros, a las once horas treinta minutos del
siete de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Carmen Martínez Ramírez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017169268 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número 47, de las 11:00 horas del ll de setiembre del 2017, se
protocolizó acta 3 de asamblea general extraordinaria de socios Helena Primera
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-644942;
por medio de la cual se acuerda modificar la cláusula cuatro se disminuye el
plazo social.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. Lilliam Ma. Arguedas
Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017169269 ).
Ante mí Ana Cristina Hidalgo
García, notaria pública con oficina en Cartago Oreamuno Cot diagonal a la
Estación de Servicio Corazón de Jesús, a las 15:10 horas del 22 de Julio de
2017, se constituyó Grupo Profesional de Consultores Tames y Robles Sociedad
Anónima, con domicilio en Cartago El Guarco Tejar, cuyo
objeto es Consultoría en Sistemas de Información e Infraestructura tecnológica,
Presidente representante judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma. Nombre: Ana Cristina Hidalgo
García.—Licda. Ana Cristina Hidalgo García, Notaria.—1 vez.—( IN2017169271 ).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 11:00 horas del 13 de setiembre del 2017, protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la
sociedad CR
Mansiones Escazú, Ltda. Mediante la cual se reforma el
artículo sétimo del pacto social y se nombran nuevos gerentes.—San José, 13 de
setiembre del 2017.—Licda. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(
IN2017169272 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaria, la sociedad Pantera Negra Global Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta y dos mil quinientos veintisiete, modifica el pacto
constitutivo en las cláusulas segunda del domicilio social y sétima de la forma
de convocatoria a las asambleas.—Firmo en San José a las nueve horas del once
de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Blanca Isabel Umaña Solís,
Notaria.—1 vez.—( IN2017169274 ).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, se solicita el cambio de domicilio y junta directiva de la
sociedad: Grupo
Caspan Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres- ciento
uno - setecientos veinte mil setenta y nueve, su nuevo domicilio será: Heredia,
Santo Domingo, Calle cinco Avenida siete y ocho, del colegio Santa María de
Guadalupe cien metros Oeste y veinticinco sur casa mano derecha.—San José, a
las once horas del catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Gerardo
Ureña Barrios, Notario.—1 vez.—( IN2017169275 ).
Por escritura otorgada ante este
notario, a las diez horas treinta minutos del trece de setiembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la
compañía Margafino,
Sociedad de Responsabilidad Limitada”, mediante la cual se
reforman las cláusulas sexta, sétima y segunda del pacto constitutivo.—San
José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera
Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017169276 ).
En mi notaría, he protocolizado
la asamblea general extraordinaria de Socios de la Sociedad denominada Torres y Pineda Sociedad
Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y dos mil trescientos
cuarenta, inscrita al tomo trescientos veintidós, asiento diez mil seiscientos
veintiocho, todos los socios toman el acuerdo principal de reformar las
cláusulas segunda y sétima de la sociedad.—Liberia, once de setiembre del dos
mil diecisiete.—Licda. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017169278 ).
En mi
notaria he protocolizado fa Asamblea General extraordinaria de socios de la
sociedad denominada Theponig de Liberia
Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, con cédula de
persona Jurídica número tres- ciento uno- setecientos cuarenta y cuatro mil
cero sesenta y cinco, inscrita al tomo dos mil diecisiete, asiento quinientos
treinta y cuatro mil doscientos doce. Todos los socios toman el acuerdo
principal de reformar la cláusula primera de la sociedad.—Liberia, once de
setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1
vez.—( IN2017169280 ).
Por escritura otorgada el día de
hoy ante mí se constituyó la compañía Rica Tica Frutas de mi Tierra,
Sociedad Anónima. Domicilio social en San José, San Francisco
de Dos Ríos, de la Rotonda de la Y Griega carretera a San Francisco de Dos Ríos,
quinientos metros al este, la Representación Judicial y Extrajudicial de la
Compañía será ejercida por el presidente, secretario y/o tesorero actuando
conjunta o separadamente. Capital social doscientos dólares.—San José,
veintinueve de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Diego Moya Meza, Notario.—1
vez.—( IN2017169288 ).
Mediante la escritura número
sesenta y cinco-dos, de la notaria Eida Patricia Sáenz Zumbado, otorgada a las
ocho horas treinta minutos del catorce setiembre del dos mil diecisiete, se constituye
la sociedad Comercializadora Valle Monteverde G.A.R. Sociedad Anónima.—Curridabat, catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Eida
Patricia Sáenz Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2017169289 ).
Mediante la escritura número
sesenta y siete-dos, otorgada ante la notaria Eida Patricia Sáenz Zumbado, a
las diez horas treinta minutos del catorce setiembre del dos mil diecisiete, se
constituye la sociedad Comercializadora El Tubú G.R.A. Sociedad Anónima.—Curridabat, catorce de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Eida
Patricia Sáenz Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2017169291 ).
Por
escritura tramitada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de Inversiones Ramcam, cédula jurídica
tres ciento uno seiscientos cuarenta y siete mil novecientos cincuenta y dos,
en la cual se modificó cláusula primera y segunda de pacto social
constitutivo.—Heredia, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan
Bautista Moya Fernández, Notario Público.—1 vez.—( IN2017169298 ).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las ocho horas del diecinueve de setiembre de dos mil diecisiete,
protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos
Inmobiliarios del Oeste D I 0 S. A., en la que se acordó
modificar la cláusula quinta del pacto social.—San José, diecinueve de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1
vez.—( IN2017169328 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12:00 horas del 12 de setiembre del 2017, protocolicé el
acta de asamblea general de accionistas de Compañía Frutera la Paz S. A., con cédula jurídica N° 3-101-568900, mediante la cual se acordó
reformar las cláusulas decima primera y decima sexta de los estatutos sociales
de dicha compañía.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Lic. Álvaro Enrique
Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2017169329 ).
Los señores Carlos Enrique y
Fernando ambos González Pinto, como dueños de la totalidad del capital social
de la sociedad Pineapple Tours S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos ochenta y tres mil seiscientos noventa, solicitan la disolución
de la sociedad por medio de escritura número trescientos cuatro del veintiocho
de agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1
vez.—( IN2017169330 ).
A las quince horas del día de hoy
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Melones de Costa
Rica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ochenta y cinco mil ochocientos cincuenta y dos, en la que se reforman la
cláusula vigésima primera, del pacto constitutivo, referente a la
representación.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Carmen Estrada
Feoli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169331 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de One Scarlet Car
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos noventa y tres mil quinientos veinticinco, por la cual no
existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San
José, trece de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva,
Notario.—1 vez.—( IN2017169333 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 11 de set de 2017 se
protocolizó acta de Hernández y Ramos S. A., se modifica domicilio
social.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2017169338 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las once horas del veintinueve de agosto del dos mil diecisiete,
mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria, de Inversiones Franco
Costarricenses S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos ochenta y seis mil trescientos ochenta se modifica la cláusula
décimo séptima y se nombra nuevo secretario.—San José, 14 de setiembre del
2017.—Licda. María Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169339 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las diecisiete horas del trece de julio del dos mil diecisiete,
mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria, de Feroli Rio S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y un mil doscientos
noventa y nueve se modifica la cláusula octava, junta directiva y poderes.—San
José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. María Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1
vez.—( IN2017169340 ).
Por
escritura otorgada en esta notaria, a las quince horas treinta minutos del
veintinueve de agosto del dos mil diecisiete, mediante asamblea general
ordinaria y extraordinaria, de Risaralda
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trece mil doscientos cincuenta se
modifica la cláusula séptima.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. María
Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169341 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del veintinueve de
agosto del dos mil diecisiete, mediante asamblea general ordinaria y
extraordinaria, de Gama S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno- nueve mil setecientos treinta y se modifican
las cláusulas segunda, sexta, vigésimo cuarta, vigésimo tercera, vigésimo quinta
y vigésimo sexta.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. María Catalina
Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169342 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas con treinta minutos
del veintiuno de agosto del dos mil diecisiete, mediante asamblea general
ordinaria y extraordinaria, de Servicios
Logísticos Centroamericanos Proyecta Rocal S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-setecientos veintitrés setecientos cincuenta y seis, se reforma
junta directiva y poderes.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. María
Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN2017169343 ).
Registro de la Propiedad. Sección
Mercantil. Camarada Arenanegra GOG S. A.,
protocoliza acta donde se recibe la renuncia del secretario y se hace nuevo
nombramiento. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 29 de mayo
del 2017, ante la Licenciada, Mónica Lleras Barrantes.—San José, 8:00 horas del
14 de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Mónica Lleras Barrantes,
Notaria.—1 vez.—( IN2017169362 ).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento
Admitido Traslado al Titular
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ref.: 30/2016/44381.—Inversiones y
Consultoría Pamen S.A., cédula jurídica 3-101-214085.—Documento: cancelación
por falta de uso.—N° y fecha: Anotación/2-106948 de 08/11/2016.—Expediente:
2006-0007894 Registro N° 165627 ALESTE en clase 49 Marca Mixto.
Registro
de la Propiedad Industrial, a las 14:07:08 del 10 de noviembre de 2016.—Conoce
este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por
Edgar Zurcher Gurdián apoderado especial de Portafolio Inmobiliario S. A.,
contra el nombre comercial “ALESTE” diseño, registro 165627, inscrita el
21 de enero de 2007 la cual protege “Un establecimiento dedicado a una
tienda de ropa y vestuario en general. Ubicado en Cartago, Concepción de Tres
Ríos entrada al Residencial Monserrat”, propiedad de Inversiones y
Consultoría Pamen S. A., cédula jurídica 3-101-214385, domiciliada en La Unión
de Tres Ríos, Residencial Veredas del este casa 9-E. Conforme a lo previsto en
los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los
artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos,
Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de
cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes
contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda
a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al
efecto las pruebas que estime convenientes, tomar en cuenta que es el titular
del signo a quien le corresponde demostrar con prueba contundente el uso del
signo, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de
las partes en este Registro, asimismo en el expediente constan las copias de
ley de la acción para el titular del signo. Se les previene a las partes el
señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al
titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará
notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran
veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y
34 de la ley de notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de
que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de
la Administración Pública. Se le señala al titular del signo, que las pruebas
que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada
(haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado
correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la
Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Tomás Montenegro
Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2017167026 ).
Resolución acoge cancelación
Ref: 30/2016/11609.—Denise Garnier Acuña,
cédula de identidad 1-487-992, en calidad de Representante Legal de Liza, S. A.
DE CM.—Documento: Cancelación por falta de uso (Presentada por Francisco
Guzma).—N° y fecha: Anotación/2-97920 de 20/07/2015.—Expediente: 2002-0001381
Registro N° 134893 Regional en clase 33 Marca Denominativa.
Registro de la Propiedad Industrial, a las
12:08:14 del 28 de marzo de 2016.—Conoce este Registro, la solicitud de
cancelación por falta de uso, promovida por el Francisco Guzmán Ortiz, soltero,
cédula de identidad 104340495, en calidad de apoderado especial de C. A. Cervecería
Regional contra el registro del signo distintivo Regional, Registro N° 134893,
el cual protege y distingue: Bebidas alcohólicas (con excepción de las
cervezas), en clase 33 internacional, propiedad de Liza S. A. DE C.V
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el 20 de julio
del 2015, Francisco Guzmán Ortiz, soltero, cédula de identidad 104340495, en
calidad de apoderado especial de C.A. Cervecería Regional presenta solicitud de
cancelación por falta de uso contra el registro de la marca Regional, Registro
N° 134893, el cual protege y distingue: Bebidas alcohólicas (con excepción de
las cervezas), en clase 33 internacional, propiedad de Liza S. A. DE C.V (Folio
1 a 4)
II.—Que por resolución de las 09:41:40 horas
del 24 de julio del 2015 el Registro de Propiedad Industrial procede a dar
traslado al titular del distintivo marcarlo a efecto de que se pronuncie
respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 10) Dicha resolución
fue notificada al solicitante de la cancelación el 04 de agosto del 2015.
(Folio 10 vuelto)
V.—Que por resolución de las 11:31:29 del 05
de octubre del 2015, el Registro de la Propiedad Industrial procede a prevenir
al solicitante que vista la imposibilidad material de notificar conforme a
Derecho al titular del signo, tal y como consta a folio 10 vuelto proceda a
aportar nueva dirección en el plazo de diez días hábiles contados a partir del
día hábil siguiente a la notificación de esta prevención y de no conocer otra
dirección exprese y solicite que se le notifique al mismo por medio de edicto.
(Folio 11) Dicha resolución fue debidamente notificada el 07 de octubre del
2015. (Folio 11)
VI.—Que por memorial de fecha 14 de octubre
del 2015 el solicitante de la cancelación cumple con la prevención requerida y
solicita notificar por medio de edicto. (Folio 12)
VII.—Que por resolución de las 15:02:27 horas
del 12 de noviembre del 2015, el Registro de Propiedad Industrial, vista la
imposibilidad material de notificar al titular marcario ordena publicar el
traslado de la cancelación en La Gaceta por tres veces consecutivas
quedando el edicto correspondiente a disposición de las partes. (Folio 13).
Dicha resolución fue debidamente notificada el 02 de diciembre del 2015. (Folio
13 vuelto)
VIII.—Que por memorial de fecha 24 de febrero
del 2016 el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones del
traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La Gaceta
números 22, 23 y 24 de fecha 2,3 y4 de febrero del 2016. (Folio 14 a 18)
IX.—Que no consta en el expediente
contestación del traslado de la cancelación por no uso.
X.—En el procedimiento no se notan defectos
ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados: Que en
este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca
Regional, Registro N° 134893, el cual protege y distingue: Bebidas
alcohólicas (con excepción de las cervezas), en clase 33 internacional,
propiedad de Liza S. A. DE C.V, inscrita desde el 29 de agosto del 2002 y vigente
hasta el 29 de agosto del 2022.
Que en este Registro de Propiedad Industrial
se encuentran las solicitudes de inscripción 2015-2881, 2015-2883 y 2015-2880,
de las marcas Regional Light, Regional Pilsen Sabor y Tradición Cervecería
Regional y Malta Regional respectivamente en clase 32 internacional,
solicitadas por C.A Cervecería Regional y cuyo estado administrativo es “Con suspensión de oficio (en examen)”.
II.—Sobre los hechos no probados:
Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.
III.—Representación: Analizado el
poder especial administrativo, documento referido por el interesado en su
escrito de fecha 20 de julio del 2015, se tiene por debidamente acreditada la
facultad para actuar en este proceso del Lic. Francisco Guzmán Ortiz como Apoderado
Especial de C.A. Cervecería Regional. (Folio 9)
IV.—En cuanto al Procedimiento de
Cancelación: El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos,
Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la
solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del
distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la
notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la
solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo
49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el
expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo
traslado de las diligencias de cancelación promovidas por Francisco Guzmán Ortiz,
representante de C.A Cervecería Regional, se notificó mediante edicto
debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta números 22, 23 y 24
de fecha 2, 3 y 4 de febrero del 2016 (Folio 15) y hasta la fecha no se ha
presentado respuesta alguna a dicho traslado.
VI.—Contenido de la Solicitud de
Cancelación. A. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta por
Francisco Guzmán Ortiz, representante de C.A Cervecería Regional, se desprenden
los siguientes alegatos: I) Que su representada intentó registrar las marcas
indicadas pero fueron objetadas en virtud del registro 134893. II) Que Liza S.
A. de C.V no ha utilizado la marca y parece que no tiene intenciones de hacerlo
según se pudo constatar en el mercado nacional en un estudio recientemente efectuado.
III) Que su representada tiene interés en la protección y comercialización en
el territorio nacional de los productos identificados con las marcas que se
pretenden inscribir.
VIII.—Sobre el fondo del asunto:
Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver
el fondo del asunto:
Para la resolución de las presentes
diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia
recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto N°
333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos
mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos lo siguiente:
“En tal sentido este Tribunal
por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento
al titular de la marca.
Solucionado lo anterior, entramos a otra
interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa
costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que
cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que
compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la
comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o
servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas,
en fin, todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han
realizado.”
En virtud de esto, en el caso de las
cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso Liza S.
A. DE C.V, que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización
de la marca Regional para distinguir productos en clase 33.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos
del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta
de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por
cierto que la empresa C.A Cervecería Regional demuestra tener legitimación y un
interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la
solicitud de cancelación de marca se desprende que existen solicitudes de
inscripción en suspenso en virtud de la resolución de este expediente.
En cuanto al uso, es importante resalta que
el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:
“Se entiende que una marca registrada se
encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido
puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente
corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los
productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se
comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con
productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con
servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.
Una marca registrada deberá usarse en el
comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de
manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a
detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la
marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que
él confiere.
El uso de una marca por parte de un licenciatario
u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el
titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca”
Es decir, el uso de la marca debe de ser
real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos
a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado,
además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no
son imputables al titular marcarlo ésta no puede usarse de la forma establecida
no se procederá a la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el
titular de la marca “Regional” al no contestar el traslado, ni señalar
argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo
en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a,
facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría,
incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de
Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su
momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar
que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no
sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su
titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso
real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y
efectivo.
Siendo la figura de la cancelación un
instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una
solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real,
efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando
de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se
procede a cancelar por no uso el registro N° 134893, marca “Regional” en clase
33 internacional propiedad de Liza S. A. DE C.V. Por tanto,
Con base en las razones expuestas y citas de
la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, 1) Se
declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por
Francisco Guzmán Ortiz, soltero, cédula de identidad 104340495, en calidad de
apoderado especial de C.A. Cervecería Regional contra el registro del signo
distintivo Regional, Registro N° 134893, el cual protege y distingue: Bebidas
alcohólicas (con excepción de las cervezas), en clase 33 internacional,
propiedad de Liza S. A. DE C.V. Se ordena la publicación íntegra de la presente
resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de
conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y
334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86
de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento.
Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los
recursos que consideren oportunos, sea de revocatoria y/o apelación, en el
plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a
partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta autoridad
Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo,
la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo
dispone el artículo 26 de la ley de Procedimientos de Observancia de los
Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifíquese.—Lic. Cristian Mena
Chinchilla, Director.—( IN2017167077 ).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN
DE INSPECCIÓN
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes”. Por ignorarse domicilio actual del patrono
Vidrios y Aluminios Cristal S.A., número patronal
2-3101611288-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Sucursal de Desamparados de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado
el Traslado de Cargos que en lo que interesa indica: Determinación de los
montos exigibles. Conforme a la prueba disponible en el expediente
administrativo se resuelve iniciar procedimiento, en el cual se le imputa al
patrono indicado, no haber reportado ante la Caja, la totalidad de los salarios
devengados por el trabajador Christopher Segura Castro, cédula 1-1306-0928 en
el período de Junio 2010 y hasta mayo 2014 inclusive por un monto de salarios
omitidos de Diez millones novecientos noventa y ocho doscientos colones netos
(¢10.998.200,00) sobre el cual deberá cancelar ante la Caja Costarricense de
Seguro Social, las cuotas obrero patronales de ¢3.089.450,00, de Salud e
Invalidez, Vejez y Muerte y las cuotas de la Ley de Protección al Trabajador.
Consulta expediente: en esta oficina, Sucursal Desamparados, Centro Comercial
Multicentro, 6to piso, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese.—Desamparados, 04 de julio de 2017.—Sucursal Desamparados de la
Dirección Regional Central de Sucursales de la Caja Costarricense de Seguro
Social.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017168041 ).
SUCURSAL DE DESAMPARADOS
De conformidad con el
artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones
Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del
patrono Seguridad y Vigilancia Privada M y M de Costa Rica S. A. número
patronal 2-03101368580-001-001 la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de
Cargos 1202-2017-01032 por eventuales omisiones salariales, por un monto de
¢36,078.00 en cuotas obrero patronales y LPT. Consulta expediente en
Desamparados, Mall Multicentro sexto piso. Se le confiere 10 días hábiles a
partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar
lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Desamparados, 06 de setiembre del 2017.—Lic. Johel
Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017168042 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD
DE FLORES
EDICTO DE
NOTIFICACIÓN
COBRO
ADMINISTRATIVO POR MOROSIDAD
El suscrito Lic. Gerardo Rojas Barrantes,
portador de la cédula de identidad número 5-0166-0396, en calidad de Alcalde de
la Municipalidad de Flores, de conformidad con los artículos 11, tanto de la
Constitución Política de Costa Rica, como de la Ley General de la
Administración Pública, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 52 y
137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a comunicar:
Que dado que son lotes baldíos y por desconocerse el domicilio fiscal actual,
así como del (los) Representante(s) Legal (es) habiéndose agotado las formas de
localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos
137 y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a
notificar por edicto los saldos adeudados de (los) contribuyente (s) que a
continuación se indican:
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Se concede un plazo de quince días hábiles a
partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el (los)
contribuyente (s) arriba indicado (s) cancele (n) la (s) deuda (s). Nota: Los
intereses varían día a día.
Para los efectos de pago correspondiente, el
mismo se podrá tramitar por medio del Banco de Costa Rica, Banco Nacional, y en
la Municipalidad de Flores en horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a
viernes. Es todo.—Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde.—1 vez.—( IN2017167868
).