EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos
25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley N° 6227, Ley
General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la
Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto
Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley N°
9036, Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto
de Desarrollo Rural (INDER) de 11 de mayo de 2012; el Decreto Ejecutivo N°
32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo N°
38279-H de 7 de marzo de 2014.
Considerando:
1º—Que mediante la Ley N° 9036, publicada en La
Gaceta N° 103 de 29 de mayo de 2012, se transforma el Instituto de
Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER), como una
institución autónoma de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio
propio e independencia administrativa.
2º—Que
mediante el oficio DM-MAG-947-14 de 14 de octubre de 2014, el Ministro de
Agricultura y Ganadería, avala la solicitud interpuesta con oficios números
PE-1752-2014 y DAF-520-2014, por el Presidente Ejecutivo del INDER, de
incrementar el gasto presupuestario máximo de dicha institución para el 2015,
por un monto total de ¢9.253.908.820,31 (nueve mil doscientos cincuenta y tres
millones novecientos ocho mil ochocientos veinte colones con treinta y un
céntimos), para financiar diversos gastos sustantivos y relevantes, necesarios
para la gestión institucional.
3º—Que
dicho monto corresponde ser ampliado por la vía de Decreto Ejecutivo, debido a
que será sufragado con recursos provenientes de superávit libre, mismos que son
necesarios para financiar vías de comunicación terrestre dentro del área de las
fincas que adquiere el INDER, así como otras obras en los territorios
prioritarios de dicha institución, tales como tendido eléctrico, construcción
de acueductos, perforación de pozos, drenaje y proyectos de riego, entre otros.
De igual forma, los recursos se destinarán para la adquisición de 6 fincas en 4
regiones detalladas por el INDER, para establecer asentamientos campesinos y
también se utilizarán para invertir en un Plan Informático para las oficinas
centrales y regionales, necesario para el buen funcionamiento institucional.
4º—Que
mediante el Decreto Ejecutivo N° 38279-H, publicado en La Gaceta N° 61
de 27 de marzo de 2014, se emitieron las Directrices Generales de Política
Presupuestaria para el año 2015, estableciéndose en el artículo 2°, el porcentaje
máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades
públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En
correspondencia con dicha disposición, el monto de
gasto presupuestario máximo para el año 2015 resultante para el INDER, fue
establecido en la suma de ¢32.608.180.000,00 (treinta y dos mil seiscientos
ocho millones ciento ochenta mil colones exactos), el cual fue comunicado en el
oficio STAP-0781-2014 del 9 de mayo de 2014; cifra que no contempla el gasto
indicado previamente en este decreto.
5º—Que
mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130
de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la
aplicación del artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase
de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.
6º—Que
el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los
recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit
libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden
utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a
la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la
colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre que no
tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse
a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier
otro compromiso de la misma naturaleza.
7º—Que
por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo
fijado al INDER para el año 2015, incrementándolo en la suma de
¢9.253.908.820,31 (nueve mil doscientos cincuenta y tres millones novecientos
ocho mil ochocientos veinte colones con treinta y un céntimos). Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Amplíese para el Instituto de Desarrollo
Rural, el gasto presupuestario máximo para el año 2015, establecido de
conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 38279-H, publicado en La Gaceta
N° 61 de 27 de marzo de 2014, en la suma de ¢9.253.908.820,31 (nueve mil
doscientos cincuenta y tres millones novecientos ocho mil ochocientos veinte
colones con treinta y un céntimos), para ese período.
Artículo
2º—Es responsabilidad de la administración activa del INDER, el cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta
N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto
Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de
2005 y sus reformas.
Artículo
3º—Para efectos de la formulación del presupuesto, rige a partir de su
publicación y para su ejecución, rige a partir del 1° de enero de 2015.
Dado en la Presidencia de la República, a los trece
días del mes de noviembre del año dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—(D38738 - IN2014086973).
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley N°
6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus
reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento,
el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas;
la Ley N° 9193, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
para el Ejercicio Económico del 2014 de 29 de noviembre de 2013 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que el inciso g) del artículo 5 de la Ley N° 8131,
publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas,
establece que el presupuesto debe ser de conocimiento público por los medios
electrónicos y físicos disponibles.
2º—Que
el inciso b) del artículo 45 de la citada Ley N° 8131, autoriza al Poder
Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el
inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para tal
efecto.
3º—Que
mediante el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta
N° 74 de 18 de abril de 2006 y sus reformas, se establece la normativa técnica,
referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República
y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.
4º—Que
el artículo 61 del Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN citado, autoriza para
que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se
realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en
las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del
ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos
asignados al programa.
5º—Que
se hace necesario emitir el presente Decreto a los efectos de atender
modificaciones presupuestarias las cuales se requieren para cumplir con los
objetivos y metas establecidas en la Ley N° 9193, publicada en el Alcance
Digital N° 131 a La Gaceta N° 235 de 5 de diciembre de 2013 y sus
reformas.
6º—Que
los Ministerios de Obras Públicas y Transportes y Educación Pública, han
solicitado la confección de este decreto, cumpliendo en todos los extremos con
lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente.
7º—Que
a los efectos de evitar la innecesaria onerosidad que representa el gasto de la
publicación total de este Decreto de modificación presupuestaria para las
entidades involucradas, habida cuenta de que las tecnologías de información
disponibles en la actualidad permiten su adecuada accesibilidad sin perjuicio
de los principios de transparencia y publicidad; su detalle se publicará en la página electrónica del Ministerio
de Hacienda en la siguiente dirección:
http://www.hacienda.go.cr/contenido/12485-modificaciones-presupuestarias
y su versión original impresa, se custodiará en los archivos de la Dirección
General de Presupuesto Nacional. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase el
artículo 2º de la Ley N° 9193, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
la República para el Ejercicio Económico del 2014, publicada en el Alcance
Digital N° 131 a La Gaceta N° 235 de 5 de diciembre de 2013 y sus
reformas, con el fin de realizar el traslado de partidas de los Órganos del
Gobierno de la República aquí incluidos.
Artículo
2º—La modificación indicada en el artículo anterior es por un monto de mil
doscientos sesenta y un millones seiscientos noventa y tres mil seiscientos
setenta y siete colones sin céntimos (¢1.261.693.677,00), y su desglose en los
niveles de programa/subprograma, partida y subpartida
presupuestaria estará disponible en la página electrónica del Ministerio
Hacienda, y en forma impresa, en los archivos que se custodian en la Dirección
General de Presupuesto Nacional.
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial.
Dado en la Presidencia de la República, a los once
días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O. C. Nº 22198.—Solicitud Nº
112-300-036-14.—C-56630.—(D38771 - IN2014088918).
001730.—Poder
Ejecutivo, a las trece horas y cincuenta minutos del día once del mes de
diciembre del dos mil catorce.
Conoce las diligencias de pago de mejoras y o
edificaciones a favor de Dagoberto Pérez Araya, cédula de identidad 7-077-012,
en la finca de la Provincia de Limón 152634-000 a nombre del Estado en
administración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes para la ejecución
del proyecto denominado: “Terminal de Contenedores de Moín”.
Resultando:
1º—Mediante oficio DJCNC-PRES-N°
0014-2014 de fecha 24 de abril del 2014, suscrito por el Ministro de Obras
Públicas y Transportes y Presidente del Consejo Nacional de Concesiones, en
acatamiento del Acuerdo 6.6 de la Sesión Ordinaria N° 14 del 24 de abril del
2014 de dicho Consejo, solicitó a la Junta Directiva del Instituto
Costarricense de Turismo donar una franja de terreno ubicada en la finca
008283-000, de la provincia de Limón para ser utilizada como área de trabajo
por parte de la empresa concesionaria para la construcción de la Terminal de
Contenedores de Moín.
2º—La Secretaría de la Junta Directiva del Instituto
Costarricense de Turismo(ICT), mediante oficio SJD-170-2014 del 6 de mayo del
2014, comunicó a los interesados el Acuerdo de la Sesión Ordinaria número 5841,
artículo 5, inciso V del 29 de abril del 2014, en el cual se generó una
resolución que dispuso autorizar la donación solicitada por el Consejo Nacional
de Concesiones del terreno ligado al plano que se encontraba en su momento en
proceso de inscripción ante el Catastro Nacional por boleta 2014-35016-C del 22
de abril del 2014 y que actualmente cuenta con el número L- 1736497-2014, con
una medida de 46211 metros cuadrados.
3º—En cumplimiento del Acuerdo tomado por la Junta
Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, la Notaría del Estado confeccionó
la escritura de donación respectiva, la cual generó una nueva finca en la
provincia de Limón, con número de matrícula 152634-000, propiedad del Estado-
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, según consta en el Registro
Inmobiliario del Registro Nacional.
4º—Dentro de la propiedad 152634-000 mencionada, se
encuentra una casa de habitación y un rancho turístico construidos desde el año
2003, según declaración jurada ante Notario Público que rola a folio 0048 del
expediente administrativo y han sido poseídas de manera continua, pública,
pacífica y notoria hasta el día de hoy por el señor Dagoberto Pérez Araya,
cédula de identidad 7-077-012, posesión que incluye a sus antecesores.
5º—Mediante avalúo IJL-0003-2012 del 29 de octubre
del 2012, realizado por la empresa IJL Jorge Lizano y Asociados S. A. para el
Consejo Nacional de Concesiones valoró las construcciones poseídas por el señor
Pérez Araya en ¢17.768.724,52 (diecisiete millones setecientos sesenta y ocho
mil setecientos veinticuatro colones con 52/100), avalúo que fue aceptado por
el interesado mediante escrito de fecha 12 de marzo del 2013 que rola a folio
0057 del expediente administrativo.
Considerando:
I.—La Notaría del Estado, mediante oficio
NNE-139-2010 del 4 de mayo del 2010, le indicó a la Dirección de Asesoría
Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes que la indemnización
del pago de mejoras o edificaciones por expropiación como consecuencia de la
aceptación por parte del interesado, no requiere de formalización mediante
escritura pública, sino de un finiquito o resolución del Poder Ejecutivo que
así lo justifique.
Siendo que los dictámenes y pronunciamientos de la
Procuraduría General de la República de conformidad con el artículo 2 de la Ley
6815 del 27 de setiembre de 1982 y sus reformas son de acatamiento obligatorio
para la Administración Pública, se procede conforme la instrucción dada por ese
Órgano asesor de la administración pública.
2º—Así mismo la Ley 7495 del 08 de junio de 1995 y
sus reformas en los artículos 7 y 13 establecen que se deben escuchar a todos
los terceros que justifiquen tener sobre el bien a expropiar un interés que les
pueda causar un perjuicio y que deberán ser indemnizados. Así mismo, el
artículo 22 del mismo cuerpo normativo establece que dentro del avalúo
administrativo se deben identificar:
Inciso b) Estado y uso actual de las
construcciones
Inciso i)
Cualesquiera otros elementos o derechos susceptibles de valoración de
indemnización.
3º—La Dirección Jurídica del Consejo
Nacional de Concesiones mediante oficio DJCNC-OF-043-2014 del 10 de marzo del
2014, contestó la consulta formulada por la Secretaría Técnica de dicho Consejo
donde se solicitó un razonamiento jurídico para el pago de las mejoras o
edificaciones que se encuentran en los terrenos adquiridos por el Ministerio de
Obras Públicas y Transportes para la construcción de la Ruta Nacional número
257 la cual fue declarada de interés público para la comunicación de la Ruta
Nacional número 32 con la Terminal de Contenedores de Moín.
En dicho criterio jurídico, en la parte de las
conclusiones se indicó en lo que interesa lo siguiente:
“4- Existencia de un nexo causal (Acto
Administrativo de Adquisición de Terrenos) y un agravio o daño que se provocará
a los precarios u ocupantes del lugar o inmueble.
5- Considerando el área de terreno objeto de la
donación y del número de ocupantes no propietarios ubicados en el lugar, existe
con la actuación administrativa un “daño especial” (criterio cuantitativo).
6- Siendo consecuentes con los criterios de
justicia y paz social y apelando a la “intensidad excepcional” de la lesión que
se producirá en los habitantes del lugar, existe un criterio indemnizatorio
especial (criterio cualitativo).
7- (...)
8- Existe en los ocupantes de los terrenos objeto
de la donación, un “interés legítimo “, entendido este como; “una categoría
de intereses humanos particulares protegidos por el derecho pero como
consecuencia de la protección de los intereses de la comunidad. Por ello los
intereses legítimos tienen mayor jerarquía que los derechos subjetivos en
cuanto a la protección que para el individuo titular de los mismos, otorga el
ordenamiento jurídico”.
9- Los intereses legítimos que ostentan los ocupantes de los terrenos
objeto de la donación para la construcción de una Ruta Nacional, están
garantizados por el derecho objetivo (ordenamiento jurídico positivo
Constitución Política, Código Civil), pero no dan lugar a un derecho subjetivo
(derecho de uso, propiedad, etc.), pues no existe obligación jurídica de dar,
hacer o no hacer, exigible a otra persona (Estado). Sin embargo comporta la
facultad del interesado de exigir la reparación de los perjuicios provocados.
10- Los intereses legítimos pueden vincularse a la
esfera económica, personal o profesional de uno o varios individuos. Es decir,
son intereses particulares que se tutelan a través de la protección del interés
público. En este sentido deben de considerarse los postulados establecidos en
los artículos 9, 11, 18, 33, 41, 45, 49 y 50 de la Constitución Política.
Así las cosas de conformidad con los
argumentos de hecho y de derecho expuestos lo procedente es reconocer las
mejoras o edificaciones realizadas en los terrenos donados por el Instituto
Costarricense de Turismo al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para ser
utilizada como área de trabajo por parte de la empresa concesionaria para la
construcción de la Terminal de Contenedores de Moín y
así dar complimiento a las obligaciones del Estado dentro del Contrato de
Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos suscrito con la empresa APM
Terminal. Por tanto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO
DE OBRAS PÚBLICAS
Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Ordenar al Consejo Nacional de
Concesiones el pago de ¢17.768.724,52 (diecisiete millones setecientos sesenta
y ocho mil setecientos veinticuatro colones con 52/100), según avalúo
IJL-0003-2012 del 29 de octubre del 2012 por concepto de las edificaciones
poseídas por el señor Dagoberto Pérez Araya, cédula de identidad 7-077-012, en
la finca de la provincia de Limón 152634-000 a nombre del Estado en
administración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes para ser
utilizada como área de trabajo por parte de la empresa concesionaria para la
construcción de la Terminal de Contenedores de Moín.
2º—Se ordena la confección de un finiquito que
deberá firmar el interesado a favor de la administración, con lo cual garantice
que la indemnización fue cancelada en su totalidad, quedando conforme y
satisfecho con el monto entregado. Así mismo, debe indicar que el interesado
renuncia de manera expresa a cualquier reclamo administrativo o judicial al
respecto.
3º—Publíquese.
LUIS GUILLERMO
SOLÍS RIVERA.—EL Ministro de Obras Públicas y
Transportes a. í., Mauricio González Quesada.—1 vez.—O. C. N°
115-2014.—Solicitud N° 5468.—C-97320.—(IN2014089087).
001731.—Poder
Ejecutivo, a las trece horas y cincuenta y cinco minutos del día once del mes
de diciembre del dos mil catorce.
Conoce
las diligencias de pago de mejoras y o edificaciones a favor de Yadira
Quirós Araya, cédula de identidad 7-118-928, en la finca de la provincia de
Limón 152634-000 a nombre del Estado en administración del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes para la ejecución del proyecto denominado: “Terminal de
Contenedores de Moín”
Resultando:
1º—Mediante oficio
DJCNC-PRES-N° 0014-2014 de fecha 24 de abril del 2014, suscrito por el Ministro
de Obras Públicas y Transportes y Presidente del Consejo Nacional de
Concesiones, en acatamiento del acuerdo 6.6 de la sesión ordinaria N° 14 del 24
de abril del 2014 de dicho Consejo, solicitó a la Junta Directiva del Instituto
Costarricense de Turismo donar una franja de terreno ubicada en la finca
008283-000, de la provincia de Limón para ser utilizada como área de trabajo
por parte de la empresa concesionaria para la construcción de la Terminal de
Contenedores de Moín.
2º—La Secretaría de la Junta
Directiva del Instituto Costarricense de Turismo (ICT), mediante oficio
SJD-170-2014 del 6 de mayo del 2014, comunicó a los interesados el acuerdo de
la sesión ordinaria número 5841, artículo 5, inciso V del 29 de abril del 2014,
en el cual se generó una resolución que dispuso autorizar la donación
solicitada por el Consejo Nacional de Concesiones del terreno ligado al plano
que se encontraba en su momento en proceso de inscripción ante el Catastro
Nacional por boleta 2014-35016-C del 22 de abril del 2014 y que actualmente
cuenta con el número L-1736497-2014, con una medida de 46211 metros cuadrados.
3º—En cumplimiento del acuerdo
tomado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, la
Notaría del Estado confeccionó la escritura de donación respectiva, la cual
generó una nueva finca en la provincia de Limón, con número de matrícula
152634-000, propiedad del Estado-Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
según consta en el Registro Inmobiliario del Registro Nacional.
4º—Dentro de la propiedad
152634-000 mencionada, se encuentran varios árboles frutales dentro de los
cuales se pueden destacar: ocho árboles de pipas verdes, un árbol de madera de
cenízaro, tres de manga, uno de guaba extranjera, tres de limón mandarina, dos
de naranja, tres de manzana de agua, cuatro de guanábana, tres de jaqui, diez de cedro amargo, once de piña, uno de jobo, uno
de almendro, uno de cas y tres de nonis, según
declaración jurada ante notario público que rola a folio 0029 del expediente
administrativo y que han sido poseídos de manera continua, pública, pacífica y
notoria desde el año 2004 hasta el día de hoy por la señora Yadira Quirós
Araya, cédula de identidad 7-118-928.
5º—Mediante avalúo
IJL-0004-2012 del 29 de octubre del 2012, realizado por la empresa IJL Jorge
Lizano y Asociados S. A. para el Consejo Nacional de Concesiones valoró las
construcciones poseídas por la señora Quirós Araya en ¢2.404.800,00 (dos
millones cuatrocientos cuatro mil ochocientos colones exactos), avalúo que fue
aceptado por el interesado mediante escrito de fecha 13 de abril del 2013 que
rola a folio 0038 del expediente administrativo.
Considerando:
I.—La Notaría del Estado, mediante oficio NNE-139-2010
del 4 de mayo del 2010, le indicó a la Dirección de Asesoría Jurídica del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes que la indemnización del pago de
mejoras o edificaciones por expropiación como consecuencia de la aceptación por
parte del interesado, no requiere de formalización mediante escritura pública,
sino de un finiquito o resolución del Poder Ejecutivo que así lo justifique.
Siendo que los dictámenes y
pronunciamientos de la Procuraduría General de la República de conformidad con
el artículo 2 de la Ley 6815 del 27 de setiembre de 1982 y sus reformas son de
acatamiento obligatorio para la Administración Pública, se procede conforme la
instrucción dada por ese Órgano asesor de la administración pública.
II.—Así mismo la Ley 7495 del
08 de junio de 1995 y sus reformas en los artículos 7 y 13 establecen que se
deben escuchar a todos los terceros que justifiquen tener sobre el bien a
expropiar un interés que les pueda causar un perjuicio y que deberán ser
indemnizados. Así mismo, el artículo 22 del mismo cuerpo normativo establece
que dentro del avalúo administrativo se deben identificar:
Inciso b) Estado y uso actual de las
construcciones.
Inciso i)
Cualesquiera otros elementos o derechos susceptibles de valoración de
indemnización.
III.—La Dirección Jurídica del Consejo
Nacional de Concesiones mediante oficio DJCNC-OF-043-2014 del 10 de marzo del
2014, contestó la consulta formulada por la Secretaría Técnica de dicho Consejo
donde se solicitó un razonamiento jurídico para el pago de las mejoras o
edificaciones que se encuentran en los terrenos adquiridos por el Ministerio de
Obras Públicas y Transportes para la construcción de la Ruta Nacional número
257 la cual fue declarada de interés público para la comunicación de la Ruta
Nacional número 32 con la Terminal de Contenedores de Moín.
En dicho criterio jurídico, en la parte de las
conclusiones se indicó en lo que interesa lo siguiente:
“
4- Existencia de un nexo causal (Acto
Administrativo de Adquisición de Terrenos) y un agravio o daño que se provocará
a los precarios u ocupantes del lugar o inmueble.
5- Considerando
el área de terreno objeto de la donación y del número de ocupantes no
propietarios ubicados en el lugar, existe con la actuación administrativa un
“daño especial” (criterio cuantitativo).
6- Siendo
consecuentes con los criterios de justicia y paz social y apelando a la
“intensidad excepcional” de la lesión que se producirá en los habitantes del
lugar, existe un criterio indemnizatorio especial (criterio cualitativo).
7- (…)
8- Existe
en los ocupantes de los terrenos objeto de la donación, un “interés legítimo”,
entendido este como; “una categoría de intereses humanos particulares
protegidos por el derecho pero como consecuencia de la protección de los
intereses de la comunidad. Por ello los intereses legítimos tienen mayor
jerarquía que los derechos subjetivos en cuanto a la protección que para el
individuo titular de los mismos, otorga el ordenamiento jurídico.”
9- Los
intereses legítimos que ostentan los ocupantes de los terrenos objeto de la
donación para la construcción de una Ruta Nacional, están garantizados por el
derecho objetivo (ordenamiento jurídico positivo Constitución Política, Código
Civil), pero no dan lugar a un derecho subjetivo (derecho de uso, propiedad,
etc.), pues no existe obligación jurídica de dar, hacer o no hacer, exigible a
otra persona (Estado). Sin embargo comporta la facultad del interesado de
exigir la reparación de los perjuicios provocados.
10- Los
intereses legítimos pueden vincularse a la esfera económica, personal o
profesional de uno o varios individuos. Es decir, son intereses particulares
que se tutelan a través de la protección del interés público. En este sentido
deben de considerarse los postulados establecidos en los artículos 9, 11, 18, 33,
41, 45, 49 y 50 de la Constitución Política.
Así las cosas de conformidad con los
argumentos de hecho y de derecho expuestos lo procedente es reconocer las
mejoras o edificaciones realizadas en los terrenos donados por el Instituto
Costarricense de Turismo al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para ser
utilizada como área de trabajo por parte de la empresa concesionaria para la
construcción de la Terminal de Contenedores de Moín y
así dar complimiento a las obligaciones del Estado dentro del Contrato de
Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos suscrito con la empresa APM
Terminal. Por tanto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Ordenar al Consejo Nacional de
Concesiones el pago de ¢2.404.800,00 (dos millones cuatrocientos cuatro mil
ochocientos colones exactos), según avalúo IJL-0004-2012 del 29 de octubre del
2012, por concepto de mejoras poseídas por Yadira Quirós Araya, cédula de
identidad 7-118-928, en la finca de la provincia de Limón 152634-000 a nombre
del Estado en administración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes
para ser utilizada como área de trabajo por parte de la empresa concesionaria
para la construcción de la Terminal de Contenedores de Moín.
2º—Se ordena la confección de un finiquito que
deberá firmar el interesado a favor de la administración, con lo cual garantice
que la indemnización fue cancelada en su totalidad, quedando conforme y
satisfecho con el monto entregado. Así mismo, debe indicar que el interesado
renuncia de manera expresa a cualquier reclamo administrativo o judicial al
respecto.
3º—Publíquese.
LUIS GUILLERMO
SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes a. í., Mauricio González Quesada.—1 vez.—O. C. N°
115-2014.—Solicitud N° 5469.—C-99620.—(IN2014089088).
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
PROYECTADO PARA EL 2015
La Proveeduría Institucional de
este Ministerio informa a todos aquellos interesados que el Programa de
Adquisiciones proyectado del Ejercicio Presupuestario 2015 del Ministerio de
Hacienda, para la adquisición de bienes y servicios, se encuentra en el Sistema
Comprared en forma gratuita, en la dirección
www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.
San José, enero del 2015.—Proveeduría Institucional.—Marco A. Fernández U.,
Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 3400021099.—Solicitud Nº
25240.—C-8510.—(IN2014088627).
MUSEO NACIONAL DE COSTA RICA
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS 2015
La Proveeduría
Institucional del Museo Nacional de Costa Rica, comunica que el Plan de Compras
2015 de la Institución se encuentra en el sitio Web del Ministerio de Hacienda
www.hacienda.go.cr en el link CompraRED y en el sitio
del Museo Nacional de Costa Rica www.museocostarica.go.cr, a partir de esta
publicación.
San José, 15 de diciembre del 2014.—Licda. Grace Castro Solano, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2014088745).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
La Dirección de
Arquitectura e Ingeniería de la Caja Costarricense de Seguro Social, en
cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 6° de la Ley de Contratación
Administrativa y 7°de su Reglamento, hace del conocimiento, su programa de
adquisiciones proyectado para el período comprendido de enero a diciembre del
2015. Se comunica que este programa con mayor nivel de detalle, está disponible
en la página web: www.ccss.sa.cr. A partir del 7 de enero del 2015.
San José, 15 de
diciembre del 2014.—Dirección.—Ing. Jorge Granados
Soto, Director.—1 vez.—Solicitud N° 25116.—(IN2014088234).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
De conformidad con los artículos
6° y 7° de la Ley de Contratación Administrativa y del Reglamento de la Ley de
Contratación Administrativa respectivamente, se les informa a todos los
interesados que la programación de adquisiciones para el año 2015, así como las
modificaciones que se le realicen a este programa, se encontrarán disponibles
en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Royer Sánchez Bogantes, Subárea de Planificación de Bienes y Servicios.—1 vez.—Solicitud Nº 24390.—(IN2014088797).
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
DE SAN ISIDRO HEREDIA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES PERIODO 2015
De conformidad con
lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y
artículo 7 del Reglamento de Contratación Administrativa, se da a conocer el
programa de adquisiciones para periodo 2015.
Monto Periodo
estimado ejecución
PROGRAMA I – SERVICIOS 211.122 Ene. a Dic.15
Servicios comerciales y financieros.
Seguros, reaseguros y otras obligaciones
I - MATERIALES Y SUMINISTROS 300.000 Ene.
a Dic. 15
Productos químicos y conexos
PROGRAMA III – SERVICIOS 32.464.694 Ene. a Dic.15
Alquiler, servicios básicos, servicios
comerciales y financieros.
Servicios de gestión y apoyo, gastos
de viaje y transporte
Seguros, reaseguros y otras obligaciones,
capacitación y protocolo
Servicios diversos.
III-3 - MATERIALES Y SUMINISTROS 8.142.000 Ene. a Dic.15
Productos químicos y conexos, alimentos
y productos, agropecuario
Materiales y productos de uso en la
construcción y mantenimiento
Útiles, materiales y suministros diversos
San Isidro de
Heredia, 17 de diciembre del 2014.—Comité Cantonal de
Deportes.—Adriana Chaves Cordero, Administradora General.—1
vez.—(IN2014088787).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000040-01
Adquisición de licenciamiento del software Oracle
Database Estándar Edition y del Software
Oracle Web Logic Enterprise Edition
El Banco de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del
23 de enero del 2015, para la contratación en referencia, las cuales deben ser
depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicado en el tercer
piso de Oficinas Centrales.
Los interesados pueden retirar el cartel de
licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la
Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso del edificio de Oficinas
Centrales.
Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Licitaciones.—1 vez.—O.C. N°
63816.—Solicitud Nº 25243.—C-12950.—(IN2014088404).
Instructivo
para la Contratación de Socios Comerciales
para la Prestación de Servicios de Comercialización y
Venta
de Productos de Captación (certificados, cuentas
corrientes,
ahorros), Colocación
(crédito personal, crédito hipotecario,
tarjetas de crédito)
y Servicios de Apoyo como tele mercadeo,
entrega de tarjetas y
contact center para el mantenimiento
de cartera de clientes (llamadas, redes sociales y chat)
El Banco Crédito Agrícola de Cartago invita a los
potenciales oferentes interesados a presentar su oferta de servicios para la
contratación de socios comerciales para la prestación de servicios de
comercialización y venta de productos de captación (certificados, cuentas
corrientes, ahorros), colocación (crédito personal, crédito hipotecario,
tarjetas de crédito) y servicios de apoyo como tele mercadeo, entrega de
tarjetas y contact center para el mantenimiento de
cartera de clientes (llamadas, redes sociales y chat).
El
plazo para recibir las ofertas será hasta las 10 horas del 02 de febrero del
2014, únicamente en original en la oficina de Proveeduría del Banco, sita en La
Lima de Cartago, 200 metros sur de la Estación de Servicio Delta.
La
oferta deberá ser presentada de conformidad con las condiciones establecidas en
el instructivo que se detalla a continuación:
Instructivo
1. Propósito.
El objeto de este instructivo es establecer los requisitos legales, técnicos y
de infraestructura que los interesados deben cumplir para ser contratados por
el Banco Crédito Agrícola de Cartago, en adelante “Bancrédito”,
como Socio Comercial para la prestación de servicios de fuerzas de venta para
la colocación de crédito personal, crédito hipotecario, tarjetas de crédito,
cuentas de efectivo, certificados de depósito a plazo y servicios de apoyo, así
como establecer las condiciones generales del servicio.
A continuación se detalla cada uno de los productos:
a. Tarjeta de
crédito: Comercialización y venta de las tarjetas de crédito VISA o
MASTERCARD de Bancrédito. Entiéndase por tarjetas de
crédito como un eficiente medio de pago, por medio del cual se tiene acceso a
un sistema de crédito revolutivo a través de una
tarjeta plástica con banda magnética, con la cual se puede disponer de forma
continua de una línea de crédito para realizar compras de bienes y servicios en
los comercios afiliados a la marca VISA Internacional y MASTERCARD Worldwide. Asimismo, permite a sus clientes efectuar retiros
de efectivo en Cajero Automáticos así como en las ventanillas del Banco emisor
de la tarjeta.
b. Crédito
personal: Comercialización y venta de las diferentes líneas de crédito
personal que el Banco ofrece a sus clientes, entiéndase el crédito como una operación
financiera en la que se pone a disposición del cliente una cantidad de dinero
hasta un límite especificado a pagar en un período de tiempo determinado,
cobrándosele una tasa de interés pactada.
c. Crédito
hipotecario: Comercialización y venta de las diferentes líneas de crédito
hipotecario dirigido a vivienda que el Banco ofrece a sus clientes; entiéndase
el crédito hipotecario como una operación financiera garantizada mediante el
establecimiento de una hipoteca, en la que se pone a disposición del cliente
una cantidad de dinero hasta un límite especificado a pagar en un período de
tiempo determinado, cobrándosele una tasa de interés pactada.
d. Cuentas
de efectivo: Comercialización y venta de los productos de captación a la
vista en sus formatos de cuentas de ahorros y cuentas corrientes del Banco,
tanto personal como jurídica. Entiéndase por cuenta de ahorro como una cuenta
bancaria para depositar los ahorros y obtener una rentabilidad por ellos, se
trata de un tipo de depósito bancario “a la vista”. Entiéndase por cuenta
corriente como un contrato entre el Banco
y el cliente, que establece que la entidad cumplirá las órdenes de pago
de la persona mediante el giro de un cheque, de acuerdo a la cantidad de dinero
que haya depositado y que se encuentre disponible en la cuenta.
e. Certificados
de inversión a plazo: Comercialización y venta de los certificados a plazo
del Banco en todas sus modalidades (materializados y desmaterializados),
entendiéndose como certificados a plazo, un monto de dinero que el cliente
deposita por un plazo definido de antemano, sobre el cual se recibe un
rendimiento determinado desde la fecha inicial del depósito.
f. Servicios
de apoyo: Es la contratación de servicios de tele mercadeo, contact center (llamadas, redes sociales y chat) y la
entrega a domicilio de tarjetas de crédito y débito del Banco, los cuales son
requeridos para el mantenimiento de las diferentes carteras del Banco.
2. Alcance.
Este procedimiento se realizó de conformidad con lo establecido en el artículo
2 bis, inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa y a los términos
establecidos por la Contraloría General de la República.
Los servicios a contratar se refieren a:
a. Fuerzas
de Ventas para cubrir todo el territorio nacional, sin embargo, el Banco
designará las zonas específicas de su preferencia según los planes estratégicos
y oportunidades de negocio para los
productos anteriormente definidos, lo cual le será comunicado al Socio
Comercial una vez establecido el contrato.
b. Servicio
de tele mercadeo, entrega de tarjetas en todo el territorio nacional y contact center del Centro de Servicio al Cliente.
3. Vigencia
de este instructivo. El plazo de vigencia de este instructivo será por un
año, a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, plazo
que podrá ser prorrogado bajo autorización previa de la Contraloría General de
la República, por el periodo que la misma indique.
4. Invitación.
El Banco invitará a participar a todo oferente que esté interesado en brindar
los servicios objeto de este instructivo, mediante publicación al menos una vez al año en el Diario Oficial La
Gaceta -en acatamiento a lo instruido por la Contraloría General de la
República- y como mínimo en un diario de circulación nacional, y en cuyo
contenido se indicará el medio por el que puedan tener acceso al mismo, el
plazo para la recepción de ofertas y aquella otra información que el Banco
considere oportuna. Asimismo el Socio Comercial podrá presentar su oferta en
cualquier momento del año, a fin de que sea valorado por el Banco.
5. Socio
Comercial. El Banco establecerá un máximo de socios comerciales a contratar
por producto o servicio en el acápite 8 del presente instructivo. Los socios comerciales interesados podrán
presentar sus ofertas en la fecha establecida en la invitación, o en cualquier
momento del año. Podrán participar personas físicas y jurídicas que
cumplan todos los requisitos
establecidos en este cuerpo normativo, presentando una nota en los siguientes
términos:
Fecha
Señores
Dirección Banca de Personas
Banco Crédito Agrícola de Cartago
Estimados
señores:
En atención a
la publicación realizada en medios de circulación nacional y sobre la base de
los requisitos y condiciones establecidas en el documento denominado “Instructivo
para la Contratación de Socios Comerciales para la Prestación de Servicios de
Comercialización y Venta de Productos de Captación (certificados, cuentas
corrientes, ahorros), Colocación (crédito personal, crédito hipotecario,
tarjetas de crédito) y Servicios de Apoyo como tele mercadeo, entrega de
tarjetas y contact center para el mantenimiento de
cartera de clientes”, autorizado por la Contraloría General de la
República por medio del oficio ________________, presento formalmente mi
oferta de servicios incluyendo todos los documentos e información en los
anexos de esta nota.
Mi representada
se adhiere a todos los términos y condiciones establecidas en el instructivo supracitado y al modelo de contrato que se anexa en ese
documento.
Lugar y medio
para recibir notificaciones:
Atentamente,
Representante legal de la empresa
N° de cédula
|
6. Información
del Socio Comercial. Todo interesado deberá presentar la siguiente
información:
6.1. Certificación notarial o registral de la
inscripción en el Registro Público y de la personería jurídica del
representante legal, indicando su vigencia a la fecha de emisión de la
certificación, nombre y apellidos, estado civil, profesión y oficio,
nacionalidad y número de documento de identidad que lo acredita, copia
certificada de la cédula jurídica y del documento de identidad que lo
identifica.
6.2. Certificación notarial indicando el monto del
capital social, la cantidad y naturaleza de las cuotas o acciones que lo
conforman, y la propiedad de estas con indicación del nombre y apellidos de los
propietarios de dichas acciones o cuotas. La certificación de la propiedad de
las acciones deberá ser emitida para las sociedades anónimas con vista del
libro o registro de accionistas y para otro tipo de sociedades, según los
libros que al respecto establezca el Código de Comercio. Si estos propietarios
fueren personas jurídicas, se certificará la naturaleza y propiedad de las
cuotas o acciones de esas sociedades.
6.3. El Socio Comercial deberá especificar claramente
por escrito, en su oferta, que Bancrédito queda libre
de toda responsabilidad civil directa o indirectamente, o bien, laboral, como
consecuencia de la contratación.
6.4. Los anteriores documentos deben ser presentados
en original y su fecha de emisión no podrá ser mayor de un mes contado
retroactivamente a partir de la presentación de la oferta.
6.5. El Socio Comercial debe indicar bajo
declaración jurada que:
i. Se
encuentra habilitado para contratar con la administración conforme lo establece
el artículo 100 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
ii. Se
encuentra al día en el pago de las cuotas obrero patronales con la Caja
Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S.) o bien, que cuenta con un arreglo de
pago aprobado por la C.C.S.S. al momento de presentación de la oferta; el Banco
se reserva el derecho de realizar las consultas pertinentes tanto al Socio
Comercial como a la C.C.S.S. para verificar su condición, todo ello de frente a
la naturaleza del objeto de contratación. De previo a la formalización del
contrato deberá presentar la certificación respectiva de la C.C.S.S.
iii. Se
encuentra al día en el pago de todos los impuestos nacionales.
iv. A
los representantes legales en el país, no les afecta el régimen de prohibición
establecido en el artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación
Administrativa. Esta declaración deberá cubrir a todos sus socios y directivos
o personeros.
v. Se
encuentra al día con las operaciones crediticias (deudas, fianzas y ahorro
obligatorio) que tengan con el Banco Crédito Agrícola de Cartago, tanto los
apoderados como sus accionistas. En caso de detectarse la morosidad, el Socio
Comercial deberá regularizar esta condición antes de serle comunicada su
contratación. Si se detectara después de dicho acto, el Socio Comercial deberá
regularizar su situación antes de la formalización contractual.
vi. Se
encuentra al día con el pago de sus obligaciones con el FODESAF (Fondo de
Desarrollo Social y Asignaciones Familiares), según reforma a la Ley de
Desarrollo Social y Asignaciones Familiares N° 5662. De previo a la
formalización del contrato deberá presentar la certificación respectiva emitida
por esa Institución.
6.6. Indicar la dirección exacta del Socio
Comercial, número de teléfono, fax y correo electrónico.
6.7. Para efectos de aclaraciones, subsanaciones,
audiencias, firma de contratos, comunicación de su contratación o cualquier
otra comunicación y/o actuación relacionada con este procedimiento, incluyendo
en fase de ejecución contractual, el participante deberá indicar expresamente
en su oferta la aceptación del correo electrónico y/o fax como medio de
notificación –cuya dirección y/o número sea el indicado en el acápite 6.6
anterior- en el sentido de que todos los actos de esta contratación le serán
comunicados a cada Socio Comercial por ese medio, de conformidad con el
artículo 140 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por lo que
el designado será el medio formal de notificación de los actos de este
procedimiento.
7. Requisitos
de infraestructura, tecnológicos, operativos, de experiencia y administrativos.
Para ser considerado como elegible o apto para brindar el servicio objeto de
este procedimiento excepcionado, los Socios Comerciales deberán demostrar que
cuentan con suficiente capacidad de infraestructura, tecnología, operativa,
administrativa y de experiencia para brindar el servicio, lo anterior de
conformidad con los siguientes requisitos:
7.1. Condiciones de infraestructura. El Socio
Comercial deberá contar al menos con una oficina que funcione como su centro de
operaciones y de enlace con el Banco. Esta oficina debe estar al menos equipada
con teléfono, computadora, fax, mobiliario e implementos de oficina. El Socio
Comercial deberá cubrir todos los costos que demande la instalación y operación
de equipos, el acondicionamiento, las líneas telefónicas, el equipamiento, los
suministros e implementos, los salarios y seguros del personal, los cargos por
electricidad, teléfono y los demás gastos que esto pueda generar. El Banco se
reserva el derecho de realizar una visita al sitio para verificar el
cumplimiento de esta condición. El Socio Comercial deberá aportar una
declaración jurada de que cumple con estos requisitos de infraestructura
señalados en esta cláusula e indicar la ubicación de las instalaciones.
7.2. Aspectos tecnológicos. El Socio
Comercial deberá tener en su oficina, como mínimo, acceso a Internet y correo
electrónico. Deberá contar además con un software en plataforma web que permita
controlar, dar seguimiento y supervisar los trámites y gestiones de los
productos y servicios contratados, en donde el Banco tendrá acceso a la
plataforma de supervisor, a los reportes y al Work
Force Manager de dicho software para informarse
del estado de cada trámite o servicio de apoyo que se brinda, es decir, dicho
software tiene como objetivo que las partes puedan llevar control del proceso.
El software debe contar y proporcionar al Banco acceso a servicio de monitoreo
por medio de escucha silenciosa. El Socio Comercial deberá presentar una
descripción de las funciones que ejecuta el Software y la documentación que lo
acredita como propietario del mismo, que como mínimo deberá contener: a)
Generación de informes y estadística, b) Grabación de llamadas, c) Supervisión
en real-time d) Funciones de intrusión y spy; para
tal efecto se utilizará como referencia el sistema EVOLUTION desarrollado por la empresa ICR Adventus Systems. El Socio
Comercial presentará una declaración jurada, donde se indique el cumplimiento
de todas las condiciones aquí dispuestas, y la cual puede ser verificada por
parte del banco mediante una visita a las instalaciones del Socio Comercial.
7.3. Aspectos administrativos. El Socio
Comercial deberá mantener una estructura
administrativa que contemple al menos un Director Ejecutivo o su equivalente
asignado a la supervisión de la operativa
y de la gestión de ventas del servicio a brindar al Banco, será el
enlace con el Banco para la coordinación de todas las actividades derivadas de
esta contratación incluyendo la supervisión del servicio que brindan al Banco
los funcionarios contratados por el Socio Comercial. El Socio Comercial deberá
indicar el nombre y demás datos personales, así como la hoja de vida de este
Director Ejecutivo. El Socio Comercial debe aportar además la estructura
administrativa que ampara la operación del servicio ofrecido, indicando el personal
asignado para la prestación del servicio. El Socio Comercial deberá presentar
una declaración jurada sobre el cumplimiento de dichos requerimientos y de que
se mantendrán mientras exista la relación contractual.
7.4. Condiciones operativas. El Socio Comercial
deberá de contar, para iniciar operaciones, además del funcionario indicado en
el acápite 7.3, con ejecutivos de ventas y/u operadores telefónicos y escritos
(chat y redes sociales), que deben tener como mínimo el noveno grado de
secundaria aprobado, o sea que hayan aprobado el III Ciclo de la Educación
General Básica, y contar además con seis (6) meses o más de experiencia en
labores relacionadas con la venta directa de servicios financieros que se
realiza visitando a los clientes en su lugar de trabajo o residencia, o un (1)
año o más de experiencia de venta telefónica de servicios financieros para los
ejecutivos de ventas, un (1) año o más de experiencia en tele mercadeo y/o
servicio al cliente para los operadores telefónicos de los Servicios de apoyo.
Esta experiencia puede haber sido adquirida con el Socio Comercial o con un
tercero.
Este personal
debe formar parte de la planilla del Socio Comercial, no se acepta la
subcontratación de otras empresas o personal por parte del Socio Comercial
adjudicado.
El Socio
Comercial deberá presentar una declaración jurada, firmada por su representante
legal, mediante la cual conste el
cumplimiento de los requisitos antes indicados.
Asimismo el Banco se reserva el derecho de verificar la información,
solicitando la documentación al Socio Comercial, durante el plazo de ejecución
contractual, que demuestre el cumplimiento de los requisitos.
El Banco queda
totalmente desligado y sin ninguna relación obrero-patronal, con el Socio
Comercial que eventualmente resulte adjudicado. El personal debe en todo caso
estar asegurado contra riesgos del trabajo, quedando el Banco liberado de toda
responsabilidad laboral, civil y penal en que pudiese incurrir el adjudicatario
mientras se dé la prestación del servicio al Banco. El Banco se reserva el derecho de verificar
esta información durante la etapa de ejecución contractual.
Al momento de la
contratación el Socio Comercial deberá presentar la certificación de que cuenta
con la póliza de Riesgos del Trabajo, que se menciona en este artículo.
7.5. Condiciones de experiencia. El Socio
Comercial debe tener mínimo tres (3) años de experiencia comprobada en la
administración y gestión de fuerzas de ventas orientadas a la comercialización
de productos y servicios financieros y un (1) año de estos en banca, o bien,
tres (3) años de experiencia en la gestión telefónica de Servicios de apoyo,
así como en el procesamiento y soporte en la operativa de dichos servicios.
Para tal efecto deberá presentar junto con su oferta una declaración jurada con
indicación de las instituciones públicas o privadas, supervisadas por la
Superintendencia General de Entidades Financieras a las cuales ha brindado el
servicio, con indicación del período en el cual se realizó el trabajo,
descripción del servicios y el grado de satisfacción, cantidad de personal
que brindó el servicio, número de
teléfono y nombre de persona contacto. El Banco se reserva el derecho de
verificar la información suministrada.
8. Contratación
del Socio Comercial. La contratación de socios comerciales estaría
administrándose de conformidad con la siguiente tabla:
Línea
|
Producto(s)
|
Cantidad de socios comerciales por cada línea del producto
|
Colocación
|
Tarjeta de Crédito, Crédito Hipotecario, Crédito Personal
|
Tres
|
Captación
|
Cuentas Corrientes, Cuentas de Ahorro, Certificados a Plazo
|
Dos
|
Servicios de apoyo
|
Telemercadeo y Entrega de tarjetas
|
Dos
|
Servicios de apoyo
|
Contac Center
|
Uno
|
El Socio Comercial, deberá indicar claramente para
cuál o cuáles líneas de productos presenta su oferta de servicios. Una vez que
el Banco reciba la información presentada por cada Socio Comercial, analizará
la misma y comunicará al interesado el resultado en cuanto a si cumplió o no
los requisitos solicitados y de haberlos cumplido, se le informará su inclusión
en el registro de elegibles y en el segmento del producto correspondiente al
que participa. Esta comunicación se realizará en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, a través de la Dirección de Banca de Personas; en caso de no cumplir
requisitos, se le otorgará al Socio Comercial un plazo no mayor a 5 días
hábiles después de ser comunicado, para que subsane o se refiera a algún punto
en particular que se le haya señalado. Una vez que se reciban las subsanaciones
por parte del Socio Comercial, la Dirección de Banca de Personas, contará con
un plazo máximo de 5 días hábiles para comunicarle, por el mismo medio, el
resultado final.
Los
posibles Socios Comerciales que se consideren como elegibles, serán
seleccionados por producto aplicando el siguiente mecanismo de selección basado
en la experiencia y la infraestructura del socio comercial:
Experiencia: 60 puntos
El socio comercial que demuestre que posee la mayor
cantidad de años de experiencia de la mínima requerida en el punto 7.5 del
instructivo obtendrá el mayor puntaje, de acuerdo a la aplicación de la
siguiente fórmula matemática:

Para
determinar la cantidad de años se tomará la información suministrada de la
declaración jurada presentada en el acápite 7.5 del instructivo.
Cantidad
de personal asignado para brindar el servicio: 40 puntos
El
socio comercial que asigne la mayor cantidad de personal obtendrá el mayor
puntaje, de acuerdo a la aplicación de la siguiente fórmula matemática:

Para determinar la cantidad de personal asignado para
brindar el servicio se tomará la información de la declaración jurada
presentada en el acápite 7.3 y 7.4 del instructivo.
Resultará elegible el socio comercial que obtenga la
mayor cantidad de puntaje.
En caso de empate, el desempate se realizará de la
siguiente manera:
a) Quien posea
mayor cantidad de experiencia
b) Quien
posea mayor cantidad de personal asignado
c) Sorteo,
el cual se realizará con el lanzamiento del dado
Aquellos que no fueren contratados, permanecerán en la
lista de elegibles y podrán ser contratados posteriormente en caso que a) se
decida no extender la relación contractual con alguno de los socios comerciales
elegidos inicialmente por no alcanzar la meta acumulada en el momento de
evaluación, según se indica en el acápite 11.1 de este documento, b) se decida reforzar el segmento de la línea
de producto, c) se cree un nueva línea de producto o un sub segmento de los
productos existentes. El Banco se reserva el derecho de que en caso de no
existir socios comerciales para sustituir al excluido por el incumplimiento de
la meta, valorará mantener activo a dicho Socio Comercial.
El
rol de elegibles se conformará obteniendo el primer lugar el socio comercial
con mayor puntaje de calificación y así sucesivamente hasta completar la lista
de elegibles, siendo los de mayor puntaje los que suscriban contrato con el
Banco para cada producto requerido. En
caso de exclusión de un socio comercial, se completará la cantidad de socios
requerida por producto con el socio que en el orden del registro le
corresponda. En caso de inclusión de
nuevos socios comerciales, el orden en la lista de elegibles lo definirá la
nota obtenida según el sistema de evaluación establecido y en caso de empate se
utilizará el mecanismo de sorteo.
Al
Socio Comercial que cumple lo establecido en el instructivo y que sea elegido
para contratar con el Banco, la Dirección de Banca de Personas procederá a
comunicarle inmediatamente, por la vía designada para notificaciones, su
contratación y la fecha para la firma del contrato, el cual deberá contar con
la aprobación interna por parte de la Asesoría Jurídica de Bancrédito
para adquirir eficacia jurídica. Se aclara que el plazo para la comunicación de
su contratación y la respectiva firma del contrato, será no mayor a quince días
hábiles, contados a partir de la fecha que le fue comunicado el cumplimiento de
los requisitos del Instructivo, de acuerdo al párrafo anterior.
Quien
presente una propuesta al Banco a fin de constituirse como Socio Comercial y
después del análisis técnico y legal que el Banco realiza se determina que no
cumple las condiciones aquí establecidas y fuere rechazada su propuesta, el mismo
podrá interponer únicamente Recurso de Revocatoria ante la Gerencia General del
Banco. En la tramitación del recurso se seguirán las reglas contenidas en la
Ley General de la Administración Pública en lo que sea pertinente; la
resolución dictada por la Gerencia General agota la vía administrativa.
La
contratación de cada Socio Comercial tendrá una vigencia de un año natural con
posibilidad de prórrogas por periodos iguales hasta un máximo de cuatro años de
prestación total.
8.1. Prórroga del contrato. Para acceder a
la extensión o prórroga del contrato el Socio Comercial debe cumplir lo
establecido en el acápite 11 de este documento, en caso de no cumplir esas
disposiciones, se podrá establecer una nueva relación contractual con otro
Socio Comercial de la lista de elegibles según el número de asignación que
continúe.
8.2. El Banco se reserva el derecho de incluir
nuevos Socios Comerciales. En caso de que las condiciones, requerimientos y
las necesidades del Banco, así lo establezcan, el Banco se reserva el derecho
de aumentar cantidad de socios comerciales por cada línea del producto antes
señalado, para lo cual, de previo a dicha ejecución deben existir las
justificación técnicas que motiven dicha modificación.
9. Condiciones
generales del servicio y del personal.
9.1. Aspectos generales del servicio. El
Socio Comercial contratado realizará, en todo el territorio nacional, en las
zonas especificadas por el Banco según los planes estratégicos y oportunidades
de negocio, la comercialización designada de los siguientes productos y
servicios.
Productos
de Colocación Productos de Captación Servicios de apoyo
•
Tarjeta de crédito •
Cuentas corrientes • Tele
mercadeo
•
Crédito hipotecario •
Cuentas de ahorros •
Entrega de tarjetas
•
Crédito personal •
Certificados a plazo • Contact Center
El Banco se reserva el derecho de crear nuevos
productos o crear un sub segmento de los productos existentes, esto de acuerdo
con los planes estratégicos y oportunidades de negocio ya indicadas,
justificación que deberá incorporarse al expediente de ejecución respectivo.
9.1.1. El Socio Comercial tendrá la responsabilidad
de contactar a los potenciales clientes con bases de datos adquiridas por el
mismo Socio Comercial, según el perfil y segmentos establecidos por el Banco,
visitándolos en sus lugares de trabajo o domicilios, asistiendo a ferias o
actividades promocionales donde el Banco lo requiera, o mediante la vía
telefónica, para ofrecerles los productos y servicios del Banco y recoger la
documentación necesaria para el análisis, formalización o activación de
productos o servicios, en apego al Portafolio de Productos de Colocación y
Captación, Política de Crédito de Tarjetas de Crédito, Política General de
Crédito, Directrices Administrativas de Crédito y Reglamento General de Crédito,
Política Conoce a tu Cliente, Reglamento para cuentas corrientes, de ahorro,
canales electrónicos, conexos y cajitas de seguridad y Contrato Único de
Captación, Manual de Uso de la Tarjetas y Canales Electrónicos y cualquier otro
documento normativo al que el Banco debe apegarse. El Banco proporcionará dicha
normativa al Socio Comercial y le comunicará cualquier reforma a los mismos
tres días hábiles antes de la entrada en vigencia de la modificación.
9.1.2. La documentación señalada en el acápite anterior,
suministrada por parte de los potenciales clientes del Banco, deberá ser
remitida por el Socio Comercial debidamente llena y firmada y ser entregada a
una oficina operativa o comercial designada por el Banco para el producto
específico, donde sus funcionarios verificarán la información recibida y
resolverán o ejecutarán las acciones según corresponda. En caso de productos de
colocación analizarán la solicitud, y de ser aprobada, coordinarán su
formalización. Para los productos o
servicios de captación se realizarán las gestiones pertinentes a la
formalización del contrato para recibir dinero o documento valor a través de
cuentas bancarias, en plazos y modalidades según necesidad del cliente (cuentas
corrientes, ahorros, CDPs, depósitos desmaterializados
y servicios complementarios). Los Servicios de apoyo, se ajustarán al producto
o servicio principal al que pertenece.
9.1.3. En el momento que se firme el contrato
correspondiente a la designación del Socio Comercial, el Banco definirá a cada
Socio Comercial el perfil de clientes que desea atender, lo cual será según las
necesidades y prioridades que el Banco tenga establecidas como por ejemplo el
mercado meta, zonas de residencia, etc. respondiendo a las diferentes
estrategias del negocio que sean requeridas o dependiendo de las respuesta que
éstas mismas tengan en el mercado. Durante el tiempo que dure la relación
contractual el Banco podrá variar el perfil a atender, debiéndoselo comunicar
al Socio Comercial con 20 días hábiles de antelación.
9.1.4. Bancrédito
reconocerá al Socio Comercial una comisión por cada producto aprobado por el
nivel resolutivo del Banco que corresponda y activado, así como una comisión
por los servicios de apoyo efectivos según el acápite 14 de este documento.
9.1.5. El Socio Comercial deberá aportar una
declaración jurada de que la información suministrada en las solicitudes de los
diferentes productos ofrecidos, será adquirida en forma legal, haciendo énfasis
en la responsabilidad sobre la administración de datos personales de terceras
personas y que en caso de ser adjudicado, se dará cumplimiento a los alcances
sobre el manejo de dicha información, todo de conformidad con la Ley N° 8968 “Ley
de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales”.
9.2. Aspectos generales del personal asignado por
el Socio Comercial.
9.2.1. El Socio Comercial debe asignar personal con
buena presentación, de adecuada compostura, conducta apropiada y de respeto
hacia los clientes. Se entiende como buena presentación personal, adecuada
compostura y conducta apropiada el proyectar una imagen personal y empresarial
positiva, acorde a la función que desempeñan, a través del comportamiento,
arreglo personal y uso de vocabulario respetuoso. El Banco efectuará, cuando
así lo considere conveniente, evaluaciones sobre la calidad y cumplimiento de
la presentación personal así como del servicio al cliente.
9.2.2. El Socio Comercial debe asumir todas las
obligaciones referentes a cargas sociales, seguros y otros relacionados con la
legislación laboral existente y futura. El Banco queda totalmente desligado y
sin ninguna relación obrero-patronal con el Socio Comercial que eventualmente
resulte adjudicado. El personal debe en todo caso estar asegurado contra
riesgos del trabajo, quedando el Banco liberado de toda responsabilidad
laboral, civil y penal en que pudiese incurrir el Socio Comercial mientras se
dé la prestación del servicio al Banco.
9.2.3. El Socio Comercial deberá mantener al
personal debidamente capacitado e informado en materia de ventas y manejos de
técnicas para cierre de venta. Además, el Banco coordinará todo lo relacionado
con la capacitación para los ejecutivos, vendedores u operadores telefónicos o
escritos del Socio Comercial sobre productos y servicios a comercializar; esta
capacitación es de asistencia obligatoria y forma parte de los requisitos para
la certificación de los vendedores por parte del Banco, que les faculta para
efectuar la gestión de venta. Esta capacitación y la certificación de los
vendedores se hará posterior a la firma del contrato
correspondiente a esta contratación.
9.2.4. Los ejecutivos de venta deberán usar para su
labor uniforme distintivo con diseño autorizado por el Banco, pantalones de
vestir sencillos, sobrios y de corte elegante para trabajo de oficina, con
caída hasta el tobillo o zapato, en caso de las damas si prefieren utilizar
falda, ésta debe ser del largo que deseen, pero no más cortas de tres pulgadas
arriba de la rodilla. Los hombres deben usar zapatos tipo mocasín o con cordones
y las mujeres zapatos de vestir cerrados o abiertos con tacón alto o bajo.
9.2.5. Deberán portar carné de identificación de la
empresa, su respectivo equipo de trabajo y comunicación, (teléfono celular,
computadora y todo lo necesario para el cumplimiento del servicio, según sea
necesario).
9.2.6. Si durante el plazo de ejecución contractual,
el Socio Comercial debe sustituir a un colaborador o ampliar el número de
personal asignado a la contratación con los que inició el servicio, debe
contratar personas que tengan como mínimo todo el conocimiento, la experiencia
y demás requisitos establecidos en este documento, además de recibir la
capacitación y certificación definida en el acápite 9.2.3
9.2.7. El Socio Comercial tiene plena autonomía para
fijar el horario de su personal, para efectos de trámites con el Banco el Socio
Comercial debe sujetarse a los horarios por éste definidos.
9.2.8. Los Ejecutivos de Venta y/u operadores
telefónicos o escritos adjudicados al Banco no podrán realizar funciones similares
para otra institución financiera durante el tiempo que estén designados a Bancrédito. Es decir deben brindar un servicio exclusivo
para Bancrédito.
9.2.9. El Banco se reserva el derecho de solicitar
la destitución de un trabajador del Socio Comercial por considerar que el mismo
no se ajusta al perfil señalado en los acápites anteriores.
9.2.10. Previo a iniciar las labores se debe entregar
al Banco un padrón del personal asignado, con nombre, fotografía y hoja de
delincuencia, y en virtud de los transitorios de la Ley 8764, los patronos se
ven obligados a mantener de forma legal aquellos empleados extranjeros, es por
lo anterior, que en caso de tener funcionarios de otra nacionalidad el Socio
Comercial deberá entregar una certificación en original o copia certificada
notarialmente donde conste la condición y el estatus migratorio del trabajador
extranjero que desempeñe labores en su representada y asignado a la prestación
del servicio requerido por el Banco.
10. Condiciones
específicas del servicio.
10.1. Normas de operación.
10.1.1. El Socio Comercial utilizará toda la
información que le brinde el Banco en forma estrictamente confidencial y
únicamente para actividades directamente relacionadas con la prestación del
servicio. La obligación de confidencialidad se mantendrá aún después de
terminada la relación.
10.1.2. La información contenida en las bases de datos
para acciones de mantenimiento de cartera, archivos, medios de almacenamiento y
otros sistemas propiedad del Banco, y que el Banco autorice su uso para un
proyecto o actividad específico deben ser utilizados únicamente para los fines
previamente establecidos por las partes.
El Socio
Comercial deberá aportar las bases de datos requeridas para la gestión de venta
directa y/o gestión de venta telefónica.
10.1.3. Toda información de los procedimientos,
reglamentos y procesos relacionados con los servicios y productos que se
comercializan, no podrán ser utilizados por el Socio Comercial para ningún tipo
de divulgación o presentaciones a otras empresas, o personas bajo ninguna
forma.
10.1.4. De comprobarse la divulgación de información en
forma parcial o total, Bancrédito procederá a
realizar las acciones necesarias para que se apliquen las sanciones
correspondientes según la Ley.
10.1.5. En el momento que se firme el contrato, se
establecerán las personas contacto responsables por ambas partes (Socio
Comercial y Banco) para el manejo de la información que se envíe y se reciba;
no se deberá suministrar ninguna información a personas que no estén previamente
autorizadas por el Banco. Bancrédito no atenderá
vendedores por lo tanto, las consultas y/o requerimientos deben centralizarse y
canalizarse por medio de ambos funcionarios enlace.
Todos los
trámites y consultas operativas que surjan del Socio Comercial ante el Banco,
se centralizarán a través de dichos funcionarios.
10.1.6. Apegados a la estructura de Bancrédito,
la Dirección de Banca de Personas establecerá la estrategia y suministrará al
Socio Comercial, mediante el área de Mercadeo Estratégico, la papelería y el
material publicitario que se requiera para apoyar la comercialización de los
productos y servicios objeto de esta contratación. Asimismo, el Banco definirá
los formatos para la comunicación con los clientes.
10.1.7. El Banco asignará al Socio Comercial para cada
año de contratación, metas mínimas de venta por cada producto y servicio,
distribuidas por mes, que se le comunicarán en el mes de inicio del periodo y
que serán evaluadas al final de cada mes.
10.1.8. El Socio Comercial deberá contar con un
software en plataforma web con requerimientos mínimos que permita controlar,
dar seguimiento y supervisar los trámites y gestiones de los productos y
servicios contratados, tal y como se indica en el acápite 7.2.
10.1.9. Venta de los productos y servicios de captación
y colocación.
10.1.9.1. El Socio Comercial ofrecerá los productos y
servicios bajo las condiciones determinadas en el acápite 9.1.1. El Banco
comunicará al Socio Comercial los cambios en dichas condiciones al menos tres
días hábiles antes de su entrada en vigencia. Para todos los productos se
deberá cumplir lo establecido en la Política Conozca a su Cliente.
10.1.9.2. Los productos que el Banco ofrecerá estarán de
acuerdo con su presupuesto, disponibilidad de recursos y metas anuales.
10.1.9.3. Cuando el Socio Comercial tenga en su poder
los requisitos completos para el producto que el cliente desea, los entregará
al Banco, en la oficina que se especificará en el contrato con el Socio
Comercial seleccionado, por medio del o los funcionarios enlace, en un plazo no
mayor a 24 horas, para su debido trámite en los tiempos de respuesta
establecidos. El área que recibe procede con la revisión de los documentos y se
presentan dos alternativas:
Si la documentación está completa, el caso se pasa a
producción y el Banco se apega a los tiempos de respuesta establecidos.
Si la documentación está incompleta, el caso se
devuelve al Socio Comercial en el acto para que proceda con las correcciones,
contando para tal efecto con un plazo de tres días hábiles.
10.1.9.4. No se recibe para
producción, casos de clientes cuya documentación esté incompleta.
10.1.9.5. Los elementos que se
establecen para definir tiempos de respuesta máximos para resolver solicitudes
de los clientes por parte del Banco, una vez ingresadas a producción, son:
SOLICITUDES DE
CRÉDITO
|
DETALLE
|
TIEMPO DE RESOLUCIÓN
MÁXIMO
|
Tarjetas de Crédito
|
8 días
hábiles
|
Crédito Personal
|
5 días
hábiles
|
Crédito Hipotecario
|
13 días hábiles
|
PRODUCTOS DE
CAPTACIÓN
|
DETALLE
|
TIEMPO DE RESOLUCIÓN
MÁXIMA
|
Cuentas corrientes
|
2 días
hábiles
|
Cuentas de ahorro
|
Certificados a plazo
|
10.1.10. Servicios de apoyo
10.1.10.1. Tele mercadeo.
El Socio Comercial ofrecerá los servicios y productos complementarios bajo el
esquema de tele mercadeo y la aplicación de campañas de mantenimiento,
retención, recuperación y activación de clientes, según las condiciones y
características establecidas por el Banco. El Banco comunicará al Socio
Comercial los cambios en dichas condiciones al menos tres días hábiles antes de
su entrada en vigencia. El Socio Comercial está obligado a mantener un control
de la ejecutoria mediante un árbol de efectividad que contemple en valores
nominales y relativos en su reportaría, al menos los siguientes indicadores:
volumen de llamadas, colocación diaria por campaña y árbol de efectividad en
venta, (total de registros vírgenes, total de registros depurados, total de
registros precalificados, total de registros contactados, total de registros
efectivos) y árbol de efectividad de mantenimiento (total de registros,
porcentaje de contactibilidad, duración media de
llamado, duración media de llamada efectiva, razones de no contacto – mensajes,
no responde, ocupado, etc. –).
Para el desarrollo
del servicio de ventas a prestar, el Socio Comercial requerirá la utilización
de bases de datos propias, y de manera eventual pero no imperativa, el uso de
bases de datos suministradas por el Banco, o ambas. En estos procesos de
contacto con el cliente se deben recabar los datos de los clientes en forma
correcta, y en la eventualidad de que se gestionen bases de datos del Banco,
esta información debe ser verificada, e indicarle al Banco cuáles son los datos
correctos que permitan a lo interno la actualización correspondiente, esto será
determinante en cualquier propuesta que se presente. También es importante el
consignar cualquier manifestación positiva o negativa por parte del cliente o
potencial cliente en cuanto a los servicios brindados por el Banco, de manera
que se realimenten los procesos para la mejora continua.
Para el desarrollo del servicio de
mantenimiento, el Banco proporcionará las bases de datos según la campaña a
realizar por parte del Socio Comercial.
10.1.10.2. Entrega de tarjetas. El Socio
Comercial mantendrá un control sobre las tarjetas que le han sido asignadas
para su entrega y formalización, para lo cual pondrá a disposición del Banco,
un sistema de rastreo, localización e información de la ubicación y etapa en la
que se encuentra la tarjeta. Deberá controlar que la entrega de documentación
para la formalización sean las indicadas por el Banco, controlar que en la formalización los documentos sean
llenados con los datos correspondientes, según las indicaciones y solicitud del
Banco y firmados por el cliente en los espacios correspondientes. Se cataloga
como vital contar con esta información para considerar una tarjeta como activa.
Deberá además, mantener información actualizada, en valores nominales y
relativos, del total de tarjetas recibidas, total de tarjetas entregadas,
efectividad de los contactos e información brindada por el cliente en cuanto al
servicio recibido.
10.1.10.3. Contact
Center. El Socio Comercial ofrecerá un servicio de 24/7, y llevará el
monitoreo y control del servicio de llamadas (telefónicas y escritas) “inbound” que contempla las llamadas entrantes (telefónicas
y escritas), por tipo de producto (tarjeta clásica, tarjeta clásica
internacional, tarjeta oro, tarjeta platino, cuentas corrientes, cuentas de
ahorro) con niveles de atención de acuerdo al producto, el cual estará dado por
el porcentaje máximo de desempeño de atención telefónica y/o atención de
conversación por chat, en un rango de segundos (ejemplo: nivel de atención para
Tarjeta de crédito clásica 80/10, se refiere a que el 80% de las llamadas sean
atendidas en los primeros 10 segundos), duración de las llamadas (telefónicas y
chat), objetivo del servicio, y efectividad de respuesta.
11. Metas y comisiones
11.1. Metas. En el
momento en que se firme el contrato, el Banco establecerá metas de colocación y
captación para cada uno de los productos que se incluyen en este instructivo,
así como las metas para las diferentes campañas en Tele mercadeo que el Banco
decida implementar, los porcentajes de entrega efectiva de tarjetas, así como
los valores mínimos o máximos requerido para el servicio de Contact
Center.
Las metas serán acorde a la necesidad comercial del Banco y estarán
establecidas para cumplimiento mensual, pueden ser variadas por el Banco según
sus necesidades y proyecciones de negocio, para lo cual se notificará al Socio
Comercial con 20 días hábiles de anticipación.
Todo Socio Comercial será evaluado al cumplir los 10 meses de vigencia
del contrato en el que se considerarán como factores para la continuidad
contractual el cumplimiento como mínimo de un 75% de la meta acumulada
establecida, así como el cumplimiento en la entrega de informes de operación
semanal y mensual durante el periodo en evaluación. El Socio Comercial que no
cumpla con lo anteriormente indicado, no se le prorrogará el plazo del contrato
y será excluido de la lista de elegibles, pudiéndose incorporar a la misma en
el momento que el Banco realice una invitación, según lo establecido en el acápite 4 del presente instructivo. Contra
el cumplimiento de lo antes indicado, cabrá recurso de revocatoria el cual,
deberá ser interpuesto por el Socio Comercial afectado, en un plazo no mayor de
tres días hábiles. El recurso será resuelto por la Gerencia General del Banco
en un plazo no mayor a quince días hábiles. Para todos los efectos de esta
exclusión, el Banco procederá a realizar el procedimiento sumario establecido
en el artículo 320 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
11.2. Comisiones. De acuerdo al estudio de
mercado realizado y con base en la información aportada por la Dirección de
Banca de Personas, las comisiones máximas por cada cuenta activa (depósito
inicial), tarjeta activa, o crédito desembolsado, que el Banco cancelaría por
la prestación de servicios de ventas y por los servicios de apoyo serían las
siguientes:
Productos de Colocación
|
Producto
|
Comisión
|
Tarjetas de Crédito
|
TC Activa y Entrega de TC
|
Solo TC Activa
|
Tarjeta Platino
|
¢30.000
|
¢24.000
|
Tarjeta Oro
|
¢25.000
|
¢19.000
|
Tarjeta Internacional
|
¢20.000
|
¢14.000
|
Crédito
|
Crédito
Desembolsado
|
Crédito Hipotecario
|
0.75% sobre
el monto colocado
|
Crédito Personal
|
1.50% sobre
el monto colocado
|
Productos de Captación
|
Producto
|
Comisión
|
Cuenta Corriente Física
|
¢4.000 cada cta. Con depósito
|
Cuenta Corriente Jurídica
|
¢8.000 cada cta. Con depósito
|
Cuenta
Ahorro Física
|
¢2.000 cada cta. Con depósito
|
Cuenta
Ahorro Jurídica
|
¢3.000 cada cta. Con depósito
|
Certificados de Depósito a Plazo
|
Nuevo: 0.75% (anualizado) sobre el monto captado.
Renovado: 0.15% (anualizado) sobre el monto renovado.
|
Servicios de Apoyo - Contact Center
|
Servicio
|
Comisión
|
Inbound (85/10)
|
¢193 por minuto
|
Inbound (85/5)
|
¢193 por minuto
|
Inbound (90/5)
|
¢220 por minuto
|
Outbound
|
¢220 por minuto
|
Redes Sociales
|
¢1.500.000 mensuales
|
Conversación escrita
(Chat)
|
¢83 por minuto
|
Servicios de Apoyo - Entrega de Tarjetas
|
Entrega
|
Comisión
|
Dentro GAM Efectiva
|
¢5.000 por TC entregada
|
Dentro GAM No Efectiva
|
¢2.500 por TC no efectiva
|
Fuera de la GAM Efectiva
|
¢6.000 por TC entregada
|
Fuera de la GAM No Efectiva
|
¢3.500 por TC no efectiva
|
NOTA: Las entregas no efectivas se
entienden como aquellos casos en los cuales no es posible concretar la
entrega, sin embargo dicha situación queda fuera del alcance o
responsabilidad del Socio Comercial, tales como:
El cliente rehúsa la tarjeta en el momento de la entrega, en este caso
el Socio Comercial deberá aportar la prueba correspondiente, así como una
declaración jurada de lo sucedido al momento de realizar la devolución del
kit al Banco, además en caso de que este último tenga duda, el Socio
Comercial deberá realizar las gestiones que correspondan hasta esclarecer la
situación. En caso de que la duda persista y donde se compruebe que hubo
negligencia de parte del Socio Comercial, no se cobrará el monto
correspondiente a las tarjetas en cuestión.
Error en la documentación enviada por
el Banco.
La tarjeta no corresponde al
tarjetahabiente.
Que el tarjetahabiente se encuentre
ausente en las dos visitas, luego de dos intentos de entrega.
|
Estas comisiones serán revisables
anualmente, con base a un estudio de mercado que se realizará con este fin.
11.3. Forma de Pago de Comisiones. El Banco pagará las
comisiones de la siguiente manera:
Para el caso de
producto de captación y colocación, el pago se realizará dentro de los 30 días
naturales siguientes a la presentación
de la factura, previa verificación de la gestión del socio comercial y la
activación del producto por parte del Banco, debiendo el socio comercial
aportar junto con la factura la documentación que respalde su gestión.
En el caso de los
servicios de apoyo, se pagará dentro de los 30 días naturales siguientes a la
presentación de la factura y una vez verificados los reportes de monitoreo y
control de llamadas que deberá tener el socio comercial a través de su sistema,
según el cumplimiento del nivel de atención de servicio establecido en el
acápite 11 del instructivo.
La presentación de
la factura será ante la Dirección Banca de Personas, previa recepción a
satisfacción del servicio y se emita la autorización de pago por parte del
Administrador del Contrato. El socio comercial deberá presentar junto con la
factura original toda la documentación que demuestre su gestión. El pago se
realizará por medio de depósito a la cuenta corriente o cuenta de ahorros del
socio comercial con el Banco, para lo cual, se deberá indicar el número en la factura correspondiente. En caso de no
poseer cuenta con el Banco, deberá gestionar su apertura en plazo máximo de 10
días naturales posteriores a la firma del Acta de Inicio. Toda transacción deberá
respaldarse con facturas o comprobantes que reúnan los requisitos establecidos
por la Dirección General de Tributación Directa. Si el socio comercial está
dispensado del timbraje de facturas, deberá hacer
referencia en las mismas al número de resolución que le exime de tal
obligación. El Banco no se responsabiliza por atrasos que pueda sufrir la
cancelación de pago por el incumplimiento de
estos aspectos.
12. Penalizaciones y exclusión del registro de elegibles.
12.1. Penalizaciones.
El pago al Socio Comercial se realizará conforme al cumplimiento de las metas
establecidas, así como al cumplimiento en el envío a tiempo de la información y
reportes correspondientes a cada periodo en las fechas indicadas. Se establecen
penalizaciones al pago de la factura del periodo, por incumplimiento de las
metas establecidas, según la tabla que a continuación se muestra.
Para el servicio de Contact Center, se medirá según la Tabla de Niveles de
Atención, en cuanto al cumplimiento de entrega de informes para el Contact Center, aplican las penalizaciones de la Tabla
de Penalizaciones Generales.
TABLA
DE PENALIZACIONES GENERALES
|
Tarea
|
Cumplimiento
|
Penalización
|
Colocación de Productos de Captación, Colocación y Servicios de Apoyo
|
Igual o más del 90% de la meta mensual
de colocación, captación y servicios de apoyo.
|
0% de la facturación
mensual
|
Menos del 90% y más o igual al 75% de
la meta mensual de colocación, captación y servicios de apoyo.
|
5% de la facturación
mensual
|
Menos del 75% y más o igual al 50% de
la meta mensual de colocación, captación y servicios de apoyo.
|
10% de la facturación
mensual
|
Menos del 50% de la meta mensual de
colocación, captación y servicios de apoyo.
|
15% de la facturación
mensual
|
Informe Semanal de Operación
|
0.5% de la facturación mensual por
cada incumplimiento en el envío T+3 durante el periodo, hasta un máximo del
25%.
|
Informe Mensual de Operación
|
1% de la facturación mensual por el
incumplimiento en el envío T+5 de cada mes, hasta un máximo del 25%
|
Incumplimientos del acápite 9.2 Aspectos generales
del personal asignado por el Socio Comercial.
|
Incumplimiento por primera vez
|
3% por cada incumplimiento hasta un
máximo de 25% de la facturación del mes.
|
Reincidencia en cualquier inconsistencia
|
5% por cada incumplimiento hasta un
máximo de 25% de la facturación del mes.
|
Para ambos casos se cuenta con 15 días hábiles para subsanar los incumplimientos
presentados en el proceso de ejecución, de no subsanarse el incumplimiento se
aplicará lo establecido en el acápite 12.2 del instructivo sobre la exclusión
del registro de elegibles.
|
TABLA DE NIVELES DE ATENCIÓN
|
Producto
|
Nivel
de Atención
|
% Abandono
|
Penalización
|
Tarjeta Clásica
Local
|
85/10
|
10%
|
15% de la facturación mensual.
|
Tarjeta Clásica Internacional
|
85/10
|
10%
|
Tarjeta Oro
|
85/5
|
10%
|
Tarjeta Platino
|
90/5
|
5%
|
Tarjeta Débito Internacional
|
85/10
|
10%
|
Tarjeta Débito Oro
|
85/5
|
5%
|
Otros servicios (Cuentas corrientes, cuentas de ahorro, créditos en
general, certificados de depósito a plazo, sucursal electrónica, servicio
SMS, Quickpass, pago de impuestos, otros)
|
85/10
|
10%
|
Llamadas Outbound
|
500 llamadas por día
|
Conversación escrita
(Chat)
|
Tiempo real
|
Redes sociales
|
2 horas para interacción
|
Nivel de Atención y % de Abandono: El nivel de atención se refiere al
porcentaje de todas las llamadas entrantes que deben de ser atendidas en el
tiempo definido. Ejemplo: 85/10 significa que el 85% de las llamadas
atendidas para el producto especificado, deben ser atendidas en los primeros
10 segundos y el porcentaje de abandono significa el porcentaje de llamadas
de todas las recibidas para el producto que no se atienden.
Tiempo Real: Tiempo real es la respuesta inmediata
de las consultas o inquietudes de los clientes por medio del chat.
Tiempo de Interacción: Se refiere al tiempo que se dispone
para interactuar con el cliente una vez que haya realizado una publicación en
el perfil de la red social del Banco.
|
Para la aplicación de las anteriores penalizaciones se
seguirá lo dispuesto en el Anexo I del presente instructivo.
12.2. Exclusión del registro de elegibles. El
Banco procederá a realizar la exclusión permanente del registro de elegibles en
los siguientes casos:
Incumplimiento
de la meta acumulada.
Incumplimiento de las obligaciones
obrero patronales con la C.C.S.S. y FODESAF.
Estar cubierto por el régimen de
prohibiciones del artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación
Administrativa.
Incumplimiento de las condiciones del
servicio solicitadas en el presente instructivo en el acápite 10. Condiciones
específicas del servicio
Cualquiera de las conductas descritas en
los artículos 100 y 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa.
Incumplimiento de las metas establecidas
para cada producto.
Para todos los casos señalados en el acápite 12, el
Banco procederá a realizar el procedimiento sumario establecido en el artículo
320 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
13. Formalización.
13.1. Aporte de garantías. Solamente el Socio Comercial
que se adjudique los servicios de Contac Center,
deberá aportar en un plazo máximo de 2 días hábiles, contados a partir de la
comunicación de la adjudicación en firme, una garantía de cumplimiento a favor
del Banco por la suma de ¢5.850.000,00, la cual deberá tener un vencimiento de
60 días hábiles posteriores a la fecha
de vencimiento del contrato. El Socio Comercial deberá comprometerse a
mantener vigente esta garantía durante el plazo de ejecución contractual. La
garantía de cumplimiento será devuelta al Socio Comercial dentro de los 60 días
hábiles posteriores a la fecha de recepción a satisfacción de la contratación y
previa autorización por parte de la unidad responsable de la ejecución
contractual. La garantía deberá ser presentada en acatamiento a lo dispuesto en
el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. En caso
de que se aporten bonos o certificados de depósito a plazo, éstos se recibirán
por su valor de mercado y deberán venir acompañados de una estimación por una
Operadora de Bolsa legalmente reconocida. Se exceptúan de presentar la
estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por un Banco del
Estado, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha que se
presenta. En caso de prórroga al contrato, la garantía deberá ser ampliada en
su vigencia conforme el tiempo establecido en el presente punto.
13.2. Siendo que el contrato es de cuantía
inestimable, los Socios Comerciales adjudicados deberán aportar en un plazo
máximo de 2 días hábiles, contados a partir de la comunicación de la
adjudicación en firme, un Entero de Gobierno por concepto de especies fiscales,
de conformidad a lo que establece el Código Fiscal en sus artículos 243, 244 y
273. En caso de que el contrato sea renovado se deberán cancelar las especies
fiscales correspondientes.
13.3. La firma del contrato deberá realizarse como
máximo dentro de los 2 días hábiles siguientes a la notificación del Banco para
que se proceda de conformidad, luego de aprobado el mismo por parte del
adjudicatario.
14. Confidencialidad de la Información. El
Socio Comercial considerará toda la información recopilada en la presente
contratación como “confidencial” y se obliga a firmar el contrato de
confidencialidad el mismo día de la firma del contrato.
Anexo
N° 1 Procedimiento del Administrador del Contrato del Banco.
7.11 Aplicación
de sanción al contratista:
Responsable
|
Pasos
|
Descripción
|
Solicitante de la sanción
|
1
|
Determina el incumplimiento o falta incurrida por parte del
contratista.
|
Solicitante de la sanción
|
2
|
Documenta la relación de
hechos del incumplimiento o falta por parte del contratista, la cual
deberá redactarse de forma cronológica, indicando los hechos acontecidos más
relevantes en la ejecución del contrato y las fechas.
|
Administrador del Contrato o quien
este designe formalmente
|
3
|
Remite a la
Oficina de Proveeduría la solicitud del proceso de sanción, detallando como
mínimo la siguiente información:
Número de
contratación.
Número de
contrato u orden de compra.
Nombre del
contratista o el proveedor al cual se
solicita la sanción.
Relación de
hechos levantada.
Información o
documentos de prueba (correos, cartas, etc.).
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
4
|
Revisa la información suministrada por el solicitante de la sanción
y verifica que la misma contenga todos
los elementos necesarios para iniciar el proceso.
¿La información recibida cumple con lo establecido en el punto
anterior y no requiere aclaración sobre la solicitud planteada?
Sí, continúa con el paso 7.
No, continúa con el paso 5.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
5
|
Informa al solicitante de la sanción, sobre cualquier información
adicional requerida para iniciar el proceso de sanción.
|
Solicitante de la sanción
|
6
|
Remite la información solicitada por la oficina de Proveeduría.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
7
|
Elabora el expediente de sanción de forma cronológica y asignando el
consecutivo anual.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
8
|
Determina el tipo de sanción aplicable al proveedor de acuerdo al
incumplimiento señalado por el solicitante de la sanción y la relación de
hechos suministrada. En este proceso se contará con el apoyo de la Jefatura
de Proveeduría y la Asesoría Jurídica del Banco, siendo esta última quien
emitirá criterio con base en la información suministrada.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
9
|
Confecciona el documento de Traslado de Cargos.
|
Jefatura
de Proveeduría
|
10
|
Revisa el documento de Traslado de Cargos.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
11
|
Notifica el Traslado de Cargos, otorgándole al contratista un plazo de
15 días hábiles para referirse y presentar la prueba de descargo.
|
Contratista
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12
|
Presenta la respuesta al Traslado de Cargos, aportando la prueba de
descargo.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
13
|
¿El contratista aportó respuesta al Traslado de Cargos?
Sí, continúa con el paso 14.
No, continúa con el paso 18.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
14
|
Verifica que la misma haya sido presentada dentro del plazo otorgado.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
15
|
Remite al solicitante de la sanción, la respuesta del contratista
sobre los cargos que se le imputan.
|
Solicitante de la sanción
|
16
|
Emite criterio escrito sobre la respuesta del contratista y lo envía a
la oficina de Proveeduría.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
17
|
Remite a la Asesoría Jurídica el expediente de sanción con toda la
información recopilada.
|
Asesoría Jurídica
|
18
|
Analiza desde el punto de vista legal la información contenida en el
expediente de sanción, la relación de hechos, la respuesta del contratista en
caso de haberse recibido y el criterio técnico.
Emite criterio sobre la procedencia o no de la sanción desde el punto
de vista legal y lo envía a la oficina de Proveeduría.
Envía el expediente de sanción a la oficina de Proveeduría.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
19
|
Elabora la Resolución de la sanción y la envía a la Asesoría Jurídica
para revisión.
|
Asesoría Jurídica
|
20
|
Revisa la Resolución de sanción y realiza las observaciones.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
21
|
Revisa las observaciones realizadas por la Asesoría Jurídica,
aplicando los ajustes pertinentes.
|
Jefatura de Proveeduría
|
22
|
Resuelve la sanción.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
23
|
Notifica al contratista la Resolución de sanción para que inicie el
plazo de firmeza, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
24
|
Incluye copia de la Resolución en el expediente de sanción.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
25
|
¿El contratista presentó recurso contra la sanción?
Sí, continúa con el paso 26.
No, continúa con el paso 38.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
26
|
Recibe el recurso y lo envía al solicitante de la sanción y a la
Asesoría Jurídica, para que se emita el criterio.
|
Solicitante de la sanción
|
27
|
Emite criterio sobre los alegatos del contratista, el cual envía a la
oficina de Proveeduría dentro del plazo de 3 días hábiles siguientes a su
recepción.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
28
|
Recibe el criterio técnico y lo envía con el recurso, así como el
expediente de sanción foliado a la Asesoría Jurídica.
|
Asesoría Jurídica
|
29
|
Analiza el recurso, emite criterio sobre la procedencia o no del
recurso y elabora la Resolución del recurso.
¿El recurso es de revocatoria?, remite a la Jefatura de Proveeduría
para resolución.
¿El recurso es de apelación?, remite al representante legal del Banco
para resolución.
|
Jefatura de Proveeduría o
Representante Legal del Banco
|
30
|
Revisa la resolución del recurso.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
31
|
Notifica al contratista la Resolución del recurso.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
32
|
Archiva la Resolución del recurso en el expediente de sanción.
¿El recurso resuelto fue de revocatoria con
apelación en subsidio?
Sí, traslada el recurso a la Gerencia o Subgerencia General del Banco,
junto con la Resolución del recurso de revocatoria. Informa a la Asesoría
Jurídica sobre el traslado de este recurso. Continúa con el paso 34.
No, continúa con la siguiente viñeta.
¿El recurso resuelto fue de revocatoria y luego de la firmeza el
contratista presenta recurso de apelación?
Sí, continúa con el paso 33.
No, continúa con el paso 38.
¿El recurso resuelto fue de apelación?, continúa con el paso 38.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
33
|
Recibe el recurso.
|
Asesoría Jurídica
|
34
|
Analiza el recurso, emite criterio sobre la procedencia o no del
mismo, elabora la Resolución y la envía a la Gerencia o Subgerencia General
del Banco.
|
Gerencia o Subgerencia General del
Banco
|
35
|
Aprueba la Resolución del recurso.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
36
|
Notifica al contratista la Resolución del recurso.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
37
|
Incluye copia de la Resolución en el expediente de sanción.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
38
|
Remite la (s) resolución (es) emitida (s) en el proceso de sanción al
solicitante de la sanción y al encargado del Registro de Proveedores del
Banco. Informa por correo a los ejecutivos de contratación con copia a la
Jefatura de Proveeduría.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
39
|
¿La sanción al contratista fue de Apercibimiento?
Sí, foliar el expediente de sanción y lo entrega al encargado del
Registro de Proveedores del Banco. Continúa con el paso 40.
No, fue de inhabilitación, ¿Mediante la resolución se confirmó aplicar
esta sanción al contratista? Sí, continúa con el paso 41. No, continúa con el
paso 40.
|
Encargado del Registro de Proveedores
del Banco
|
40
|
Archiva la información de la sanción en el expediente del proveedor y
actualiza los datos en el sistema SIAI. Finaliza el proceso.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
41
|
Gestiona la publicación de la sanción en La Gaceta.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
42
|
Comunica la sanción una vez publicada en La Gaceta, al solicitante de
la misma, al encargado del Registro de Proveedores del Banco y a las
Jefaturas y Directores del Banco.
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
43
|
Comunica la sanción a la Contraloría General de la República una vez
publicada en La Gaceta.
|
Encargado del Registro de Proveedores
|
44
|
Incluye copia de la resolución en el expediente del proveedor y
modifica el estado del proveedor en el sistema SIAI a “Inhabilitado” e indica
el plazo de sanción (fecha inicial y final).
|
Funcionario designado de
Proveeduría
|
45
|
Folea el expediente de sanción y lo entrega al encargado
del Área Administrativa para su custodia.
|
|
|
FIN DEL PROCEDIMIENTO
|
Katherine Espinoza Rojas, Proveeduría y Licitaciones.—1 vez.—O.C. N° PG-35.—Solicitud Nº
25024.—C-1082980.—(IN2014087747).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD
CHOROTEGA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2014LN-000004-2599
Compra
servicios de limpieza para el Hospital de Upala
y los EBAIS Bijagua, Aguas Claras y Upala centro
Se informa a todos los potenciales
oferentes que está disponible el cartel de la Licitación Pública Nacional:
2014LN-000004-2599. Compra servicios de limpieza para el Hospital de Upala y los EBAIS Bijagua, Aguas Claras y Upala centro.
Apertura de ofertas: viernes 23 de
enero del 2015.
Hora: 11:00 a.m.
Visita a sitio: Jueves 8 de
enero, 2015
Ver información general, cartel administrativo-legal
y especificaciones técnicas del concurso en la página Web http://www.ccss.sa.cr, enlace Licitaciones.
Liberia, Guanacaste, 16 diciembre,
2014.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Licda. Grettel Angulo Duarte, Coordinadora a. í.—1
vez.—Solicitud N° 25119.—(IN2014088233).
HOSPITAL
SAN RAFAEL DE ALAJUELA
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000003-2205
Suministro
de gas licuado de petróleo GLP
Se informa a los interesados que se
encuentra disponible la Licitación Pública N° 2014LN-000003-2205, para la
“Adquisición de suministro de gas licuado de petróleo GLP”, la cual tiene
programada la apertura para el día 30 de enero del 2014, a las 09:00 a. m. Ver
detalles y más información en: www.ccss.sa.cr y/o www.hospitalsanrafael.sa.cr
Alajuela, 16 de diciembre del 2014.—Dirección General.—Dr. Francisco Pérez Gutiérrez.—1
vez.—(IN2014088351).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000090-2104
Por la adquisición de: Servicios por terceros por
sesiones de oxígeno hiperbárico
Se comunica: Fecha de recepción de
ofertas el martes 13 de enero de 2015 a las 09:00 horas.
Vea detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de diciembre del 2014.—Administración-Subárea de
Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro.—1
vez.—(IN2014088818).
LICITACIÓN NACIONAL 2014LN-000023-2104
Por la adquisición de: 131 yodo (como yoduro de sodio
NA131I) 1 milicurie a 200 milicuries (MCI)
(37
megabecquereles a 7400 megabequereles)***cápsulas
Se comunica: Fecha de recepción de
ofertas el martes 20 de enero de 2015 a las 09:00 horas.
Vea detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de diciembre del 2014.—Administración-Subárea de
Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014088823).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000032-02
Suministro de molino coloidal
La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº
2014LA-000032-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo
piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio
Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San
Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las
13:00 horas del día 23 de enero del 2015.
Se les informa a los proveedores y
demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles a través de
la página WEB de Recope www.recope.go.cr.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora-Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº
2014000175.—Solicitud Nº 25270—C-15570.—(IN2014088607).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000031-02
Suministro e instalación de techos flotantes
La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº
2014LA-000031-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo
piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio
Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San
Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las
10:00 horas del día 23 de enero del 2015.
Se les informa a los proveedores y
demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles a través de
la página WEB de Recope www.recope.go.cr.
La visita al sitio para explicar
los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a
cabo el día 7 de enero del 2015 a las 10:00 horas en la entrada principal de la
Refinería en Limón.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora-Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº
2014000175.—Solicitud Nº 25271.—C-19460.—(IN2014088610).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000001-80000
Contratación para la compra de desinfectante
bactericida,
viricida y fungicida del
SENASA
La Proveeduría
Institucional del SENASA, informa que se encuentra disponible en el Sistema CompraRed en la página de Internet
https://www.hacienda.go.cr/comprared, la Resolución de Adjudicación, de la
Licitación Pública 2014LN-000001-80000, para la Contratación desinfectante
bactericida, viricida y fungicida, según Resolución
de Adjudicación N° 100-2014, a las 11:50 horas del día 08 de diciembre del
2014.
Para cualquier información
comunicarse con la Licda. Marianela Arce Carmona o la Licda. Marny Cascante Espinoza, analistas de la Unidad de
Contratación, tel. 2587-1632.
San José, 08 de
diciembre del 2014.—MBA José Luis Meneses Guevara,
Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 110-179.—Solicitud N°
0538.—C-14620.—(IN2014088519).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000005-74900
Contratación de los servicios de seguridad
y vigilancia para el edificio del CENAC
La Proveeduría Institucional del
Ministerio de Cultura y Juventud avisa a todos los interesados en esta
licitación, que se dictó el acto de readjudicación el
día 15 de diciembre a las 14:00 horas.
El interesado tiene esta
resolución de adjudicación a disposición en el Sistema CompraRed,
en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de
esta notificación, o podrá obtenerla en la Proveeduría Institucional del
Ministerio de Cultura y Juventud, que se encuentra en la antigua Fanal, frente
al Parque España.
Todo de acuerdo con los términos
del cartel y la oferta.
Jorge Enrique Rodríguez Solera,
Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
3400023113.—Solicitud Nº 25264.—C-12560.—(IN2014088536).
MUSEO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000001-99999
Servicio de seguridad, protección y vigilancia en
las
instalaciones del Museo
Nacional de Costa Rica:
Cuartel Bellavista, sede José Fabio Góngora,
Pavas y en sede Centro de Visitantes-
Museo Finca 6
La Proveeduría
Institucional del Museo Nacional de Costa Rica, comunica a todos los
interesados en este concurso, que por resolución de adjudicación Nº J.A.
102-2014 de la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica en sesión
ordinaria Nº 1203 a las 10 horas y 20 minutos del 28 de noviembre del 2014, se
adjudica de la siguiente manera:
Oferta 03.—Consorcio de Información y Seguridad S. A. cédula
jurídica: 3-101-027174
Monto de la
adjudicación: ¢151.502.420,04
San José, 15 de
diciembre del 2014.—Licda. Grace Castro Solano,
Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2014088742).
LICITACIÓN PÚBLICA EN CONJUNTO N° 2014LN-000003-01
(Declaración
desierto)
Contratación
para los servicios para la impresión,
personalización y entrega de fórmulas
de cheques del Banco Nacional
Se comunica a los interesados de esta
Licitación Pública en Conjunto, que el Comité de Licitaciones en el artículo 05
de la Sesión Ordinaria Nº 1238-2014, celebrada el 09 de diciembre 2014 acordó:
Declarar desierta la Licitación
Pública Nº 2014LN-000003-01, promovida para la “Contratación para los servicios
para la impresión, personalización y entrega de fórmulas de cheques del Banco Nacional.
Todo conforme lo estipulado en el
informe técnico EV-262-2014, y las ofertas presentadas que constan en el
expediente administrativo y que forman parte integral de la presente
contratación.
La Uruca, 16
de diciembre 2014.—Proveeduría General.—Ing. Douglas
Noguera Porras, Supervisor Operativo.—1 vez.—O.C. N° 517819.—Solicitud Nº
25203.—C-15380.—(IN2014088423).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000034-01
Renovación
de equipos HSM con
soporte y mantenimiento
Se informa a los interesados en la
licitación en referencia, que la Comisión de Contratación Administrativa, en
reunión 50-2014 CCADTVA del 09 de diciembre del 2014, acordó adjudicarla a la
empresa Componentes El Orbe S. A., de la siguiente forma:
Monto:
Ítem Concepto Costo
año 1
Equipo de Computación Equipo e instalación US$131,775.81
Soporte y Mantenimiento: Capacitación Módulo
Chequeo
de Hardware US$6,635.87
Contrato
de Mantenimiento
por un año US$31,159.34
Total
anual US$169,571.02
Plazo de entrega: El plazo de entrega
de los equipos, su instalación y empotrado será de 50 días hábiles, a partir de
la comunicación del contrato por parte de la Oficina de Compras y Pagos.
Forma de pago: será del 100% del monto
correspondiente al equipo, instalación y empotrado, contra entrega a
satisfacción del Banco.
Plazo del contrato por servicio de soporte y
mantenimiento: tendrá una vigencia de un año y podrá ser renovado por períodos
iguales hasta un máximo de tres veces, para un total de cuatro años de
servicio, el cual empezará a regir a partir de la aceptación a satisfacción de
los equipos.
Forma de pago: será por semestre
vencido.
San José, 17 de diciembre del 2014.—Oficina Compras y Pagos.—Francis Hernández M., Área de
Licitaciones.—1 vez.—O.C. N° 63816.—Solicitud Nº
25249.—C-23290.—(IN2014088407).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000001-01
Sistema
automatizado e integrado para
la gestión del riesgo de crédito Scoring
y Rating
El Banco de Costa Rica informa que el Comité Ejecutivo
en reunión 30-14 CE, del 26/11/14, acordó adjudicar parcialmente la licitación
en referencia al Consorcio SAS-3-101 de la siguiente manera:
Concepto
|
Monto recomendado
|
Ítem N° 1 Entrega de Software
|
|
1.1 Software de la solución
|
US$892.800,00
|
1.2 Servicios de implementación de
la solución ofertada para los ambientes de desarrollo, pruebas, producción y
contingencia.
|
US$1.951.079,00
|
1.6 Capacitaciones funcionales
(ejecutables durante el período de implementación de la solución)
|
US$43.000,00
|
1.7 Capacitaciones técnicas
(ejecutables durante el período de implementación de la solución)
|
US$42.000,00
|
Total rubro - Ítem N° 1
|
US$2.928.879,00
|
|
|
Ítem N° II: Servicios
de 500 horas hombre para el desarrollo de requerimientos funcionales. A
US$60,00 la hora. (*)
|
US$30.000,00 Monto máximo a utilizar por año
|
Ítem N° III: Servicio de 5.000 horas hombre
para realizar labores técnicas de extracción y transformación de información.
A US$50,00 la hora. (*)
|
US$250.000,00 Monto máximo a utilizar por año
|
Monto total:
|
US$3.208.879,00
|
Adicionalmente se adjudicó:
Rubro
|
Monto anual a cancelar
|
Ítem N° IV: Contrato anual Servicio
de Soporte. (Se estima un monto de US$0,00 para el primer año, dado que el
oferente indica que el costo de licencias incluye el primer año de servicio
de soporte, el cual iniciará una vez vencido el plazo de garantía de buen
funcionamiento.
|
US$148.608,00 (El pago se realizará
por mes vencido).
|
Rubro
|
Precio por hora
|
Monto máximo anual a demandar
|
Ítem N° V: Contrato anual de
desarrollos evolutivos, correspondiente a 1000 horas hombre 1 año de
mantenimiento evolutivo, con 1000 horas máximo a utilizar durante el período
(*)
|
US$65,37
|
US$65.370,00
|
Monto
total de la adjudicación US$3.422.857,00
El plazo del contrato para los ítemes
IV y V es de un año, prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de 4
años.
(*) Para estos ítemes, las
cantidades finales que se pueden demandar del servicio se encuentran sujetas a
las necesidades variantes de la oficina. El Banco se reserva el derecho de
consumir o no la totalidad de las horas contratadas y se pagarán solamente las
horas efectivamente laboradas durante ese período.
1. Plazo de
entrega y/ o instalación:
1. Para los ítemes: N° I: Entrega de Software, ítem N° II: Servicio de
500 horas hombre para el desarrollo de requerimientos funcionales (ejecutables
durante el período de implementación de la solución) e ítem N° III: Servicio de
5000 horas hombre para realizar labores técnicas de extracción y transformación
de información (ejecutables durante el período de implementación de la
solución), aplicará lo siguiente:
· No deberá ser superior a 24 meses (lo cual
considera un período de estabilización de la aplicación de hasta 2 meses
naturales contados a partir de la aprobación del Banco de Costa Rica de la Fase
V Puesta en Producción de la solución contratada (todas las subfases
de esta fase deben haber sido recibidas a satisfacción por parte del Banco de
Costa Rica, considera la integración de todos los componentes de la solución
contratada).
· El plazo de entrega implica que el Banco de
Costa Rica ha recibido a satisfacción los servicios contratados según se define
en el cartel en la sección de “Criterios de Aceptación”.
· Plazo de inicio del servicio: La orden de
inicio debe hacerse de manera formal (escrita) y deberá darse como máximo (20)
días hábiles posteriores a la comunicación de que el contrato respectivo está
listo para su retiro.
2. Ítem N° IV:
Contrato anual de Servicio de Soporte: Será de forma anual y debe ajustarse al
cumplimiento de los niveles de servicio definidos en el pliego cartelario. Este contrato entra en vigencia una vez vencido
el plazo de garantía de buen funcionamiento.
3. Ítem N° V:
Contrato anual de desarrollos evolutivos – 1000 horas hombre: Para cada
requerimiento solicitado el plazo de entrega será de acuerdo a lo establecido
en los planes de trabajo definidos entre el contratista y el Banco. Este
contrato entrará en vigencia una vez que finalice la “Fase VI: Estabilización
de la aplicación” correspondiente al ítem N° I Entrega de software.
2. Garantía
de buen funcionamiento:
Para los ítemes correspondientes
Ítem N° I: Entrega de Software. Ítem N° II: Servicio de 500 horas hombre para
el desarrollo de requerimientos funcionales (ejecutables durante el período de
implementación de la solución) e Ítem N° III: Servicio de 5000 horas hombre
para realizar labores técnicas de extracción y transformación de información
(ejecutables durante el período de implementación de la solución), Ítem N° V:
Contrato anual de desarrollos evolutivos – 1000 horas hombre, aplicará lo
siguiente:
· El contratista deberá otorgar expresamente
una garantía continua de buen funcionamiento de 3 meses la cual regirá a partir
de recibido a satisfacción por parte del Banco de Costa Rica de cada uno de los
servicios contratados.
· Ítem N° IV: Contrato anual Servicio de
Soporte: Por la naturaleza de los servicios no aplicará garantía de buen
funcionamiento.
Esta licitación se formalizará mediante contrato.
Oficina de Compras y Pagos.—Francis
Hernández M., Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 63816.—Solicitud Nº
25251.—C-89100.—(IN2014088527).
PROYECTO
DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL N° EDU_UCR-56-LPN-O
Construcción
del edificio salud pública
A los interesados en la licitación en referencia, se
les comunica que el Consejo Universitario mediante sesión ordinaria N° 5866,
artículo 4°, acordó adjudicar según el siguiente detalle:
A: Loto Ingenieros Constructores S. A., cédula
jurídica N° 3-101-109435
Monto: $1.361.850,83
Plazo de entrega: 40 semanas, a partir de la orden de
inicio que gire la Oficina Ejecutora del Programa de Inversiones, previo
recibido de la Orden de Compra.
Forma de pago: se pagará mensualmente de acuerdo con el avance de la
obra conforme a una tabla de pagos preparada de común acuerdo entre el
contratista y la Oficina Ejecutora del Programa de Inversiones. La Oficina
Ejecutora del Programa de Inversiones autorizará el pago de las facturas,
previa aprobación del Inspector de la obra, dicho monto no podrá ser superior
al indicado en la Orden de Compra.
Garantía: de acuerdo con lo estipulado en el artículo
1185 del Código Civil y el artículo 35 de la Ley de Contratación
Administrativa.
El resto de las ofertas cumplieron legal y
técnicamente, la adjudicación se hizo a la oferta más baja.
Todo con fundamento en el cartel y las ofertas
respectivas y la No-Objeción del Banco Mundial.
Sabanilla de Montes de Oca, 15 de diciembre de 2014.— Oficina de Suministros.—Departamento de Adquisiciones.—
MBA. Vanessa Jaubert Pazzani,
Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 130859.—Solicitud Nº
25063.—C-26370.—(IN2014088541).
HOSPITAL
DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000045-2101
(Notificación
de adjudicación)
Inmunoglobulina
antitimocitica de origen de conejo
La
Subárea de Contratación Administrativa del Hospital
Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este
concurso, que se resolvió adjudicar el único ítem de la siguiente manera:
Empresa adjudicada: Cefa
Central Farmacéutica S. A.
Cantidad aproximada: 426 frascos.
Monto unitario: $348,97.
Monto aproximado adjudicado: $148.661,22.
Monto en
letras: ciento cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y un dólares con 22/100.
Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr.
Subárea Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2014088333).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000035-2101
(Notificación
de adjudicación)
Camillas
de transporte
La
Subárea de Contratación Administrativa del Hospital
Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este
concurso, que se resolvió adjudicar el ítem único de la compra de la siguiente
manera:
Empresa
adjudicada: Servicios Electromédicos y de
Laboratorio S. A.
Monto total adjudicado: $179.900,00.
Monto en
letras: ciento setenta y nueve mil novecientos con 00/100 dólares.
Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr.
Subárea Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2014088334).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000004-01
Suministro
de acetileno y oxígeno para el INCOFER
A los interesados en la Licitación
indicada, se les comunica que por resolución de la Junta Directiva, tomada en
Sesión Ordinaria 2132-2014, Acuerdo 4223-2014, celebrada el 08 de diciembre del
2014, dispuso: “Se aprueba la Adjudicación de la Licitación Abreviada
2014LA-000004-01 para el suministro de oxígeno y acetileno de la siguiente
forma:
1. Adjudicar
a Infra G.I. de Costa Rica S. A. el suministro de acetileno hasta por
¢20.000.000,00 (veinte millones de colones).
2. Adjudicar a Praxair
Costa Rica S. A. el suministro de oxígeno hasta por ¢20.000.000,00 (veinte
millones de colones).
Lo anterior de conformidad con lo
manifestado por el Oficio PROV-0153-2014, emitido por la Comisión de
Contratación Administrativa. Aprobado por unanimidad. En firme. Comunicado el
16 de diciembre del 2014.
San José 17 de diciembre del 2014.—Departamento de Proveeduría.—Marta E. Navarro Sandoval.—1
vez.—O. C. N° 12219.—Solicitud Nº 25253.—C-17080.—(IN2014088411).
MUNICIPALIDAD
DE MORAVIA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000004-01
Venta de residuos valorizables del
cantón de Moravia
a un centro de acopio autorizado
Se les comunica a los interesados en
el presente concurso, que mediante acuerdo Nº 2345-2014 de la sesión ordinaria
Nº 241 del 8 de diciembre del 2014, se adjudicó la presente licitación al señor
Gerardo Castro Campos, por cumplir con las especificaciones legales y técnicas
del concurso.
Moravia, 15 de diciembre del 2014.—Proveeduría Municipal.—Jorge Mesén Solórzano, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(IN2014088480).
MUNICIPALIDAD
DE FLORES
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000019-01
Compra
de vehículo de trabajo con cajón
de volteo tipo vagoneta
El proceso de Proveeduría y Bodega de
la Municipalidad de Flores, comunica a todos los interesados en el
procedimiento de Licitación Abreviada N° 2014LA-000019-01, denominado “Compra
de vehículo de trabajo con cajón de volteo tipo vagoneta”, que el Concejo
Municipal de Flores en la sesión ordinaria N° 353-2014, celebrada el día 5 de
diciembre del 2014, mediante el acuerdo en firme 4071-14, declara infructuoso
dicho procedimiento licitatorio.
En el Departamento de Proveeduría de la
Municipalidad se brindará la información adicional (Tel. 2265-7125. Ext. 107.
Fax: 2265-5652).
Lic. Miguel Hernández Mejía, Proveedor
Municipal.—1 vez.—(IN2014088473).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000018-01
Compra
de pintura para demarcación, dispositivos verticales
de señalización, tapas para pozo y rejillas para
tragante
El proceso de Proveeduría y Bodega de
la Municipalidad de Flores, comunica a todos los interesados en el
procedimiento de Licitación Abreviada 2014LA-000018-01, denominado “Compra de
pintura para demarcación, dispositivos verticales de señalización, tapas para
pozo y rejillas para tragante”, que el Concejo Municipal de Flores en la sesión
ordinaria 357-2014, celebrada el día 16 de diciembre del 2014, mediante el
acuerdo en firme 4104-14, adjudicó este procedimiento de la siguiente forma:
A la empresa Sur Química S. A.,
con cédula jurídica 3-101-022435, la línea 1 del cartel, por un monto total de
cuatro millones trescientos dieciocho mil novecientos cincuenta y cinco
colones, sin céntimos.
A la empresa J&L
Señalización y Arquitectura S. A., con cédula jurídica 3-101126423, la
línea 2 del cartel, por un monto total de tres millones ochocientos setenta y
ocho mil colones, sin céntimos.
Al señor José
Antonio Oreamuno Ulloa S. A., con cédula de
identidad 9-0064-0507, la línea 3 del cartel, por un monto total de siete
millones seiscientos dos mil quinientos colones, sin céntimos.
Declarar
infructuosa la línea dos del cartel.
En el Departamento de Proveeduría de
la Municipalidad se brindará la información adicional (teléfono 2265-7125, ext.
107, fax 2265-5652.
Departamento de Proveeduría.—Lic. Miguel Hernández Mejía, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014088475).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000020-01
Compra de equipo tecnológico para los Departamentos
de Cobros, Asesoría
Legal, Archivo Central
y Dirección
Financiera
El proceso de
Proveeduría y Bodega de la Municipalidad de Flores, comunica a todos los
interesados en el procedimiento de Licitación Abreviada 2014LA-000020-01,
denominado “Compra de Equipo Tecnológico para los Departamentos de Cobros,
Asesoría Legal, Archivo Central y Dirección Financiera”, que el Concejo
Municipal de Flores en la sesión ordinaria 357-2014, celebrada el día 16 de
diciembre del 2014, mediante el acuerdo en firme 4105-14, adjudicó este
procedimiento de la siguiente forma:
I. A la empresa Componente El Orbe S. A.,
con cédula jurídica 3-101-111502, las líneas 1, 2 y 4 del cartel, por un monto
total de tres mil trescientos treinta dólares americanos, con doce centavos, de
conformidad con las condiciones del cartel y la oferta.
II. A la empresa Tecnología
Educativa S. A., con cédula jurídica 3-101-292054, la línea 3 del cartel,
por un monto total de seiscientos veinticuatro mil ochocientos catorce colones,
sin céntimos, de conformidad con las condiciones del cartel y la oferta.
III. A la empresa Productive Business Solutions
(Costa Rica) S. A., con cédula jurídica 3-101-009515, la línea 5 del
cartel, por un monto total de setecientos dólares americanos, con cincuenta y
cuatro centavos, de conformidad con las condiciones del cartel y la oferta.
En el
Departamento de Proveeduría de la Municipalidad se brindará la información
adicional (tel. 2265-7125, ext. 107, fax 2265-5652).
Departamento de
Proveeduría.—Lic. Miguel Hernández Mejía, Proveedor
Municipal.—1 vez.—(IN2014088477).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000017-01
Contratación de los servicios de suministro,
acondicionamiento
e instalación del
área recreativa con máquinas para hacer
ejercicios al aire libre
(gimnasios al aire libre) en áreas
de uso público destinadas
a parque y facilidades
deportivas en el cantón de
Flores
El proceso de
Proveeduría y Bodega de la Municipalidad de Flores, comunica a todos los
interesados en el procedimiento de Licitación Abreviada 2014LA-000017-01,
denominado “Contratación de los servicios de suministro, acondicionamiento e
Instalación del área recreativa con máquinas para hacer ejercicios al aire
libre (gimnasios al aire libre) en áreas de uso público destinadas a parque y
facilidades deportivas en el cantón de Flores”, que el Concejo Municipal de
Flores en la sesión ordinaria 357-2014, celebrada el día 16 de diciembre del
2014, mediante el acuerdo en firme 4103-14, adjudicó este procedimiento de la
siguiente forma:
A la empresa PIE
Promotores Inmobiliarios Especializados S. A., con cédula jurídica
3-101-575276, por un monto total de dieciséis millones seiscientos seis mil
novecientos seis colones sin céntimos, para que haga entrega del objeto
contractual en un plazo no mayor a 45 días hábiles, contados a partir de la
orden de inicio.
En el
Departamento de Proveeduría de la Municipalidad se brindará la información
adicional (Tel. 2265-7125. Ext. 107. Fax 2265-5652).
Lic. Miguel
Hernández Mejía, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2014088514).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
La Dirección de
Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, comunican: que en atención a los
oficios AMTC-3681-12-2014 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica, se modifican las
fichas técnicas de los siguientes medicamentos abajo descritos:
Código
|
Descripción medicamento
|
Observaciones
emitidas por la Comisión
|
1-10-46-0089
|
Acitretina 25 mg.
Cápsula
|
Versión 08802
Rige a partir de su publicación
|
1-10-50-1585
|
Alfuzosina hidrocloruro 10 mg
|
Versión 77501
Rige a partir de su publicación
|
1-11-36-0004
|
Valerato de estradiol
5 mg y enantato de noretisterona
50 mg
|
Versión 77800
Ficha técnica nueva
Rige a partir de su publicación
|
1-10-11-4085
|
Enoxaparina sódica 40 mg
|
Versión 15604
Rige a partir de su publicación
|
1-10-32-1182
|
Mesalazina 400 mg
|
Versión 73201
Rige a partir de su publicación
|
Las Fichas Técnicas citadas rigen a
partir de esta publicación y se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada
en el piso 12 del edificio Laureano Echandi, Oficinas Centrales.
San José, 16 de diciembre del 2014.—Subárea de Investigación y
Evaluación de Insumos.—Lic. Pablo Andrés Cordero Méndez, Jefe a. í.—1 vez.—O. C.
N° 1143.—Solicitud N° 63210.—C-18990.—(IN2014088517).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000025-PROV
(Aclaración)
Arrendamiento
de microcomputadoras
El Departamento de Proveeduría
comunica que el pliego de condiciones que se encuentra publicado en la página
Web como cartel versión final, contiene modificaciones producto de consultas
presentadas por varias casas comerciales, así como del recurso de objeción
presentado ante la Contraloría General de la República.
La fecha de recepción y apertura de ofertas se
prorrogó para el 19 de enero de 2015 a las 10:00 horas.
_____
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000026-PROV
(Prórroga)
Concesión
de soda y contratación de servicios de
alimentación para los servidores judiciales y usuarios
del edificio Anexo A, II Circuito Judicial de San José
El Departamento de
Proveeduría comunica que en vista de que se presentó recurso de objeción al
pliego de condiciones ante la Contraloría General de la República, se prorroga
la recepción y apertura de ofertas para las 10:00 horas del 4 de febrero de
2015.
San José, 16 de diciembre de 2014.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli
Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud N°
25171.—(IN2014088277).
HOSPITAL
SAN JUAN DE DIOS
ÁREA
DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000011-2102
(Prórroga)
Adquisición
de reactivos para Inmunohistoquímica
La Subárea
de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios, les informa a
todos los potenciales oferentes que el plazo para recibir ofertas que se
verificaría el día martes 23 de diciembre, a las 10:00 horas; ha sido
prorrogada hasta nuevo aviso.
San José, 16 de diciembre del 2014.—Subárea de Contratación
Administrativa.—MBA. Marvin Solano Solano, Jefe.—1 vez.—(IN2014088311).
MUNICIPALIDAD
DE JIMÉNEZ
CONTRATACIÓN
DIRECTA 2014CD-000400-MJ
(Prórroga del
plazo de recepción de ofertas, apertura,
modificaciones y aclaraciones al cartel)
Mano
de obra para la construcción y equipamiento del Centro
de Atención y Cuido de Niños y Niñas (CECUDI)
en el distrito de Pejibaye
(Bajo
la modalidad de llave en mano)
La Proveeduría de la Municipalidad de
Jiménez informa que el plazo de recepción y apertura de las ofertas a la
Contratación Directa 2014CD-000400-MJ, se traslada para el 20 de enero del
2015, a las 10:00 horas, además se comunica que en vista del recurso de
objeción al cartel que se presentó ante la Administración, y una vez teniendo
la resolución de este recurso, el cartel de contratación ha tenido
modificaciones y aclaraciones. Dichas modificaciones y aclaraciones son para
aquellos proveedores que participaron en la gira técnica del 11 de diciembre
del 2014, según el registro que la Municipalidad de Jiménez levantó para tal
efecto.
El interesado tendrá a disposición estas
modificaciones y aclaraciones, a partir del siguiente día hábil, posterior a
esta publicación y podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional, ubicada en
el Edificio Municipal de Jiménez-Juan Viñas-Cartago o solicitarlo mediante
correo electrónico munijimenezproveeduria@hotmail.com.
Juan Viñas, 16 de diciembre del 2014.—Daniella Quesada Hernández,
Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2014088605).