DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
MH-DGA-RES-0805-2025.—Dirección
General de Aduanas.— San José, a las catorce horas cincuenta y un minutos del tres de junio del dos mil veinticinco.
Conoce esta
Dependencia solicitud de delegación de firma a la funcionaria Lindsay Redondo Campos, cédula de identidad número 1-1026-0641, en su condición de Subdirectora General de Aduanas.
Resultando:
I.—Que el artículo 6 del Código Aduanero Centroamericano, publicado
en La Gaceta Nº. 130 del 8 de julio del 2003 señala que el Servicio Aduanero
Nacional está constituido por los órganos
de la administración pública,
facultados por la legislación nacional para aplicar la normativa sobre la materia, comprobar su correcta
aplicación, así como facilitar y controlar el comercio
internacional en lo que le corresponde y recaudar los derechos e impuestos del ingreso y la salida de mercancías, de acuerdo con los distintos regímenes
que se establezcan.
II.—Que el artículo 10 de la Ley General
de Aduanas (en adelante LGA), señala que la organización interna del Servicio
Nacional de Aduanas se establecerá
con base en los principios de servicio al usuario, la armonización de los procedimientos, la simplificación, flexibilidad y eficiencia en el
control y la fiscalización. Asimismo,
de conformidad con los artículos 11 y 12 de la citada
ley, la Dirección General de Aduanas
será el órgano
superior jerárquico en materia aduanera y estará a cargo de un Director y un Subdirector.
III.—Que el Reglamento a la Ley General de
Aduanas (en adelante RLGA), define en los artículos 6 y 7 la competencia y funciones de la Dirección General de Aduanas.
IV.—Que el artículo 8 RLGA, dispone que el Subdirector es el colaborador inmediato del Director General en
la planificación, organización,
dirección y control del Servicio
Nacional de Aduanas, así como la formulación de sus políticas y directrices que orienten
las decisiones y acciones hacia su logro.
V.—Que, conforme lo dispuesto en el numeral 89 de la Ley
General de la Administración Pública Nº 6227; el artículo 12 LGA establece que el Subdirector General de Aduanas
sustituirá al Director durante
sus ausencias, con sus mismas
atribuciones y faculta al
Director para delegar sus funciones
en el Subdirector General,
de forma temporal o permanente.
VI.—Que mediante resolución número MH-DM-RES-0325-
2025 de fecha 25 de abril
de 2025, suscrita por el señor Nogui
Acosta Jaén, ministro de Hacienda, la señora Linzey Merlina Redondo Campos, conocida
como Lindsay Redondo Campos, cédula de identidad número 1-1026-0641, asumió la Subdirección General de
Aduanas a partir del día 01
de mayo de 2025.
VII.—Que el artículo
92 de la Ley General de la Administración Pública, Nº
6227; indica que se podrá delegar
la firma de las resoluciones,
en cuyo caso
el delegante será el único
responsable y el delegado no podrá resolver, limitándose a firmar lo resuelto por aquél.
Considerando:
Único: Sobre el Fondo. De conformidad
con lo establecido en los artículos 12 de la Ley General de Aduanas
y 92 de la Ley General de la Administración Pública, se establece
la posibilidad de delegar
la firma de resoluciones.
Ahora bien, es necesario
dejar claros los alcances de la potestad de delegación de firma tal y como lo establece
el artículo 92 de la norma citada, de manera que no se dé una interpretación
de que corresponde a una
delegación de competencias.
Artículo 92.—Se podrá delegar la firma de resoluciones, en cuyo caso
el delegante será el único
responsable y el delegado no podrá resolver, limitándose a firmar lo resuelto por aquél.
Al respecto, la Procuraduría
General de la República mediante dictamen
PGR-C167-2022 del 11 de agosto de 2022, se refirió a este
tema, indicando en lo que interesa lo siguiente:
(…)
B-. LA DELEGACIÓN
DE FIRMAS REFIERE A LA MATERIALIDAD DE LA FIRMA (…)
La delegación de firmas tiene como función
el permitir la colaboración entre el titular de
un órgano y otra persona, normalmente subordinado, que asume la labor material de firma
del acto dictado por el competente.
Lo que explica que no presente
un cambio en el orden de las competencias ni en su ejercicio.
En efecto, en la delegación de firmas no se transfiere el ejercicio
de la competencia, sino que
se transmite la materialidad
de la firma de una decisión que ya ha sido emitida por
el órgano competente. Por consiguiente,
el delegado no ejercita un poder de decisión, no emite criterio alguno en ejercicio de un poder de decisión, el cual permanece
en cabeza de la persona designada
por el ordenamiento.
Consecuentemente, la decisión
debe provenir de quien tiene jurídicamente
el poder de decidir. Si este no ha emitido la resolución o en su caso,
no la ha aprobado, la decisión es absolutamente nula. El delegado se limita a firmar por el delegante,
por orden de este.
Dado que la delegación de firmas
no constituye una forma de delegación
y, por ende, no solo no plantea un problema de transferencia de competencias sino tampoco de su ejercicio, los
límites establecidos en los artículos
89 y 90 no le resultan aplicables. Lo que significa
que aún en supuestos en que no es posible la delegación de competencias sí es posible la delegación de firmas. (Lo resaltado
en negrita no corresponde al original). (…)”
De lo expuesto anteriormente, debe quedar claro que la delegación de firmas regulado en el
artículo 92 de la citada normativa, no implica la delegación de competencias que ya han sido
delegadas al titular; únicamente
se le otorga al delegado la potestad de firmar
el acto administrativo,
pero la resolución de este queda reservada
expresamente al delegante.
Así las cosas,
en atención a la normativa citada, los límites legalmente
dispuestos para el instituto de la delegación de firma y a los principios
de legalidad, eficiencia y eficacia que rigen la función pública; procede delegar la firma en la señora Lindsay
Redondo Campos, Subdirectora General de Aduanas de los siguientes documentos: reubicaciones temporales o permanentes de funcionarios, licencias (las cuales no excedan el mes de otorgamiento),
recargos de funciones, exoneraciones de marca, cambios de horario y los cambios temporales
de funciones según lo dispuesto en el
artículo 120 del Reglamento
al Estatuto del Servicio
Civil. Por tanto,
EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Único:
Delegar la firma en la señora Lindsay Redondo
Campos, cédula de identidad número
1-1026-0641, quien ocupa
el cargo de Subdirectora
General de Aduanas, de las resoluciones
correspondientes a: reubicaciones temporales o
permanentes de funcionarios
de la Dirección General de Aduanas,
licencias (las cuales no excedan el mes
de otorgamiento), recargos
de funciones, exoneraciones
de marca, cambios de horario y cambios temporales de funciones según lo dispuesto en el artículo
120 del Reglamento al Estatuto
del Servicio Civil, para el
Servicio Nacional de Aduanas,
de conformidad con el artículo 92 de la Ley General de la Administración Pública.
Deberá cumplir además con las tareas que le han sido previamente
establecidas para el ejercicio de su función.
Rige a partir
de su notificación.
Juan Carlos Gómez Sánchez, Director General de Aduanas.— 1 vez.—(
IN2025965948 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DEPARTAMENTO DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
DMV-RGI-R-783-2025.—El(La) señor(a) Carlos
Artavia Murillo, documento de identidad
número 1-0705-0190, en calidad de regente veterinario de la compañía
Inversiones Monteco de Cartago S. A., con domicilio en Cartago del Restaurante el Quijongo 100 m sur y 350 m oeste,
Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: FLURALANER
1M MINIATURA GENVET, fabricado por Pharmadix Corp. S. A. C., de
Perú, para Vetanis SAC, con los
principios activos:
fluralaner 50 mg/g y las indicaciones terapéuticas: tratamiento y prevención de infestaciones por pulgas, garrapatas
y ácaros en perros. La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento
Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para
que lo hagan valer ante este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en
el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia,
a las 15 horas del día 11 de junio del 2025.—Dra.
Tatiana Leal Barrantes.—1 vez.—( IN2025965929 ).
DMV-RGI-R-784-2025.—El
señor Carlos Artavia Murillo, documento
de identidad número
1-0705-0190, en calidad de Regente Veterinario de la compañía Inversiones Monteco de Cartago S.A., con domicilio en Cartago del
Restaurante el Quijongo 100
m sur y 350 m oeste, Costa Rica, solicita
el registro del producto veterinario del grupo 3: FLURALANER 1M MEDIANO GENVET, fabricado por Pharmadix
Corp. S. A. C., de Perú, para Vetanis SAC, con los principios activos: fluralaner 200 mg/4 g y las indicaciones
terapéuticas: tratamiento y
prevención de infestaciones
por pulgas, garrapatas y ácaros en perros. La información del producto cumple con lo requerido en el
Reglamento Técnico Centroamericano
RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios,
Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para
que lo hagan valer ante este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en
el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia,
a las 15 horas del día 11 de junio del 2025.—Dr.
Julián Pastor Pacheco, Departamento de Medicamentos Veterinarios.—1 vez.—( IN2025965931 ).
DMV-RGI-R-812-2025.—El(La)
señor(a) Carlos Artavia Murillo, documento
de identidad número
1-0705-0190, en calidad de regente veterinario de la compañía Inversiones Monteco de Cartago S.A., con domicilio en Cartago del
Restaurante El Quijongo 100 m sur y 350 m oeste, Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: FLURALANER 3M EXTRA MINI GENVET, fabricado por Pharmadix
Corp. S.A.C., de Perú, para Vetanis SAC, con los principios activos: fluralaner 62.5 mg/500 mg y las indicaciones terapéuticas: Tratamiento y prevención de infestaciones por pulgas, garrapatas y ácaros en perros. La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento
Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para
que lo hagan valer ante este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en
el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia,
A LAS 14 horas del día 16 de junio del 2025.—Dr. Julián Pastor Pacheco.—1 vez.—(
IN2025965952 ).
DMV-RGI-R-813-2025.—El(La)
señor(a) Carlos Artavia Murillo, documento
de identidad número
1-0705-0190, en calidad de regente veterinario de la compañía Inversiones Monteco de Cartago S. A., con domicilio en Cartago del
Restaurante el Quijongo 100
m sur y 350 m oeste, Costa Rica, solicita
el registro del producto veterinario del grupo 3: FLURALANER 3M PEQUEÑO GENVET, fabricado por Pharmadix
Corp. S. A. C., de Perú, para Vetanis SAC, con los principios activos: fluralaner 250 mg/2 g y las indicaciones
terapéuticas: tratamiento y
prevención de infestaciones
por pulgas, garrapatas y ácaros en perros. La información del producto cumple con lo requerido en el
Reglamento Técnico Centroamericano
RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y
sus Establecimientos. Requisitos
de Registro Sanitario y
Control (Decreto Ejecutivo
Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial “La
Gaceta”.—Heredia,
A las 14 horas del día 16 de junio del 2025.—Dr. Julián Pastor Pacheco.—1
vez.—(
IN2025965964 ).
DMV-RGI-R-814-2025.—El(La)
señor(a) Carlos Artavia Murillo, documento
de identidad número
1-0705-0190, en calidad de regente veterinario de la compañía Inversiones Monteco de Cartago S.A., con domicilio en Cartago del
Restaurante El Quijongo 100 m sur y 350 m oeste, Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: Fluralaner 3M Grande Genvet,
fabricado por Pharmadix Corp. S.A.C., de Perú, para Vetanis
SAC, con los principios activos: fluralaner 1000 mg/8 g y las indicaciones
terapéuticas: tratamiento y
prevención de infestaciones
por pulgas, garrapatas y ácaros en perros. La información del producto cumple con lo requerido en el
Reglamento Técnico Centroamericano
RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios,
Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para
que lo hagan valer ante este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en
el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia,
a las 14 horas del día 16 de junio del 2025.—Dr.
Julián Pastor Pacheco.—1 vez.—( IN2025965979 ).
DMV-RGI-R-860-2025.—El(La) señor(a) José
Miguel Amaya Camargo, documento de identidad número 117001015701, en calidad de regente veterinario de la compañía
AGROCENTRO AMÉRICA S.A, con domicilio
en Del Inbioparque 1,5 kilómetros al oeste, Ofibodegas Santa Rosa, Bodega #11, Santa Rosa, Santo
Domingo Heredia, Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: MAROPITANT, fabricado por Erma S.A., de Colombia, con los
principios activos:
Maropitant 10 mg/ml y las indicaciones terapéuticas: para el tratamiento del vómito agudo en perros y gatos. La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento
Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan
valer ante este
Departamento, dentro del término
de 5 días hábiles, contados
a partir del día siguiente
de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial “La
Gaceta”.—Heredia, a las 13 horas del día 25 de junio del 2025.—Dr. Julián Pastor Pacheco, Departamento de Medicamentos Veterinarios.—1 vez.—( IN2025966261 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver las marcas
con sus respectivas imágenes,
ir a La Gaceta con formato
PDF
Solicitud Nº 2025-0006188.—Jonathan Poveda Coto, cédula de identidad N°
110860120, en calidad de apoderado especial de Alexis Araya Amador, casado una vez.,
cédula de identidad N° 402430447, con domicilio en Heredia, San
Francisco, La Milpa, de La Escuela Nuevo Horizonte, 300 metros al norte y 300 metros al oeste,
ultima casa a mano derecha, color negro, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio y servicios en clase: 11 y 37.
Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
11: Aparatos e instalaciones
de alumbrado; en clase 37: Servicios de construcción; servicios de instalación y reparación Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 17 de junio de 2025.
Presentada el 16 de junio de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Richard
Valerín
Castro, Registrador.—( IN2025964938 ).
Solicitud Nº 2025-0006217.—Natasha Vargas Vargas, cédula de identidad N°118170012, en calidad de apoderada
generalísima de Doctor Law Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102935219, con domicilio en San Rafael, Escazú, San José, frente a centro comercial Multipark, edificio color azul, a mano derecha, con portón color negro,
San Rafael, Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción, como nombre comercial en clase 45. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
45: servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección física de bienes materiales y personas. Reservas: Se reserva el color negro y blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la
Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece
en la solicitud. Fecha: 25 de junio de 2025. Presentada el 16 de junio de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador.—( IN2025965360 ).
Solicitud N° 2025-0006008.—María del Pilar López Quirós, cédula de identidad N° 110660601, en calidad
de apoderada especial de Margaritaville Enterprises
LLC, con domicilio en 256
Worth Avenue, Suite Q-R, Palm Beach, Florida 33480, Estados
Unidos de América, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HEMISFERIO
MARGARITAVILLE, como marca
de servicios en clase 35. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: Servicios de asociación de propietarios de viviendas, a
saber, promoción de los intereses de los propietarios de viviendas en una comunidad específica y comercialización
de la comunidad en todo el país
a los posibles nuevos residentes y propietarios; administración de ligas deportivas recreativas de la comunidad; servicios de tiendas al por menor. Reservas: N/A. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la
Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece
en la solicitud. Fecha: 17 de junio de 2025. Presentada el 11 de junio de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2025965407 ).
Solicitud N° 2025-0004194.—María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad: 110660601, en calidad de apoderada especial
de Pets Global International Limited, con domicilio en P.O. Box 957, Offshore Incorporations Centre, Road Town,
Tortola, Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción, como marca de fábrica y comercio en clase(s):
31 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
31: alimentos para animales
de compañía; alimentos para perros; golosinas comestibles para perros; galletas para perros; alimentos enlatados para perros; alimentos para gatos; masticables
comestibles para animales; alimentos
enlatados para gatos; alimentos
para animales. Fecha: 18 de
junio de 2025. Presentada el: 24 de abril de 2025. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de junio de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registradora.—( IN2025965418 ).
Solicitud N° 2025-0006336.—Luis Diego Chaves Blanco, cédula de identidad
108610487, en calidad de Apoderado Generalísimo de
Inversiones Luxury I Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101649354 con domicilio
en Mata Redonda, Condominio
Kotu, apartamento 1, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: STAR NATURAL CROCKET como marca de fábrica en clase(s): 31.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimento para
perros. Reservas: de conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 19 de junio de 2025.
Presentada el: 18 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Grettel
Solís Fernández, Registrador(a).—(
IN2025965462 ).
Solicitud N° 2025-0005018.—Carlos Manrique Soto Araya, divorciado una
vez, cédula de identidad
204180727 con domicilio en
San Pedro de Montes de Oca, Cedros 25 oeste Super
Marsella, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s):
25. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
25: Prendas de vestir, calzado
y sombrería. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la
Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece
en la solicitud. Fecha: 21 de mayo de 2025. Presentada
el: 19 de mayo de 2025. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de mayo de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Kimberly
Arick Alvarado, Registradora.—( IN2025965504 ).
Solicitud N° 2025-0006069.—Ahmad Awwad Shaheen, cédula de residencia 801290339, en calidad de Apoderado
Generalísimo de Odf Outlet
Free en Golfito Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica 3102924456 con domicilio en Golfito, Depósito Libre Comercial de
Golfito, local diez, ODF Outlet Free en Golfito, Golfito Centro, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio
en clase(s): 11 y 21.
Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
11: Cocinas; en clase 21: Ollas, sartenes. Reservas: De los colores: no especifica. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la
Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece
en la solicitud. Fecha: 18 de junio de 2025. Presentada el: 11 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Milena
Marín Jiménez Registrador(a).—(
IN20255965512 ).
Solicitud Nº 2023-0010045.—Mauricio Bonilla Robert, Cédula de identidad
109030770, en calidad de Apoderado Especial de Luminova
Pharma Corporation GMBH con domicilio en DR. J. Bollag & CIE. AG,
UNTER ALTSTADT 10, 6302 ZUG., Suiza, solicita la inscripción de: ANDAMIL PLUS como
Marca de Fábrica y Comercio en clase(s):
5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Producto
farmacéutico para uso humano, a saber, combinación de
dos medicamentos anti hiperglucemiantes
con mecanismos de acción diferentes y complementarios,
para mejorar el control glucémico en pacientes
con diabetes de tipo 2. Reservas:
La titular se reserva el uso exclusivo de la denominación para ser utilizada y
podrá aplicar o fijar en material publicitario, papelería en general, paquetes, muestras, anuncios, materiales descriptivos y en propaganda. Fecha: 5 de noviembre de 2024. Presentada el: 9 de octubre de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de noviembre de 2024. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2025965584 ).
Solicitud N° 2025-0004141.—Johnny Gabriel Ramírez Cruz, casado una vez, cédula de identidad N° 115110669, con domicilio en San Francisco, Condominio Tierras de Café, casa 398, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios
en clase 35. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
35: Servicio de venta de productos cosméticos. Reservas: De los colores: verde y rosado. Fecha: 10 de junio de 2025. Presentada el 23 de abril de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de junio de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—( IN2025965604 ).
Solicitud Nº 2025-0006308.—Adriana González Bermúdez, cédula de identidad N° 114970307, en calidad de apoderado
especial de Cinger Importadores
SRL, cédula jurídica N° 3102897771, con domicilio en San José Zapote
Quesada Durán, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio en clases 18; 21 y 28.
Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
18: Transportadoras, correas, collares,
pecheras.; en clase 21: Comederos de mascotas, bebederos para mascostas, Cepillos para acicalar mascotas, Jaulas para mascotas, Limpiadores de pezuñas de mascotas, no eléctricos.; en clase 28: Juguetes para mascotas
Reservas: De conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 26 de junio de 2025.
Presentada el 18 de junio de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Richard
Valerín
Castro, Registrador.—( IN2025967968 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Solicitud N° 2025-0005670.—Pedro Rojas Méndez, casado una vez,
cédula de identidad: 111640874, con domicilio en Condominio
Agua Clara, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción, como
marca de comercio en clase(s): 43 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: servicios de restauración
(alimentación) y catering para eventos deportivos, conciertos, convenciones y exposiciones. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la
Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como, aparece
en la solicitud. Ver exp.
206279 y 2025-1407, 2025-1556. Fecha: 18 de junio de 2025. Presentada el: 4 de junio de 2025. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de junio de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2025965581 ).
Solicitud N° 2025-0001190.—Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderado
Especial de A. Menarini International Licensing S.A. con domicilio
en 12C, Impasse Drosbach,
Luxembourg, 1882, Luxemburgo, solicita
la inscripción de: KALEIDON PROBIOTIC TRIBIOTIC+ como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: Suplemento
alimenticio a base de levadura
láctica probiótica para favorecer el equilibrio
de la flora intestinal. Fecha: 25 de abril de 2025. Presentada el: 6 de febrero de 2025. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de abril de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2025965634 ).
Solicitud N° 2025-0004062.—Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
N° 106790960, en calidad de
apoderado especial de Compañía
California S.A con domicilio en
Bogotá DC en la calle 17, N°
34-64, Colombia, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase 5. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos para la destrucción de animales dañinos; parasiticida, fungicidas, herbicidas. Fecha: 25 de abril de 2025. Presentada el 22 de abril de 2025. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de abril de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2025965636
).
Solicitud N° 2025-0001197.—Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderado
Especial de A. Menarini International
Licensing S.A. con domicilio en
12C, Impasse Drosbach, Luxembourg, 1882, Luxemburgo, solicita la inscripción de: KALEIDON PROBIOTIC 3+ como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: Suplemento alimenticio a base de levadura láctica probiótica para favorecer el equilibrio de la flora
intestinal. Fecha: 28 de abril
de 2025. Presentada el: 6
de febrero de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de abril de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez Registrador.—( IN2025965638 ).
Solicitud N° 2025-0001193.—Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderado
Especial de A. Menarini International
Licensing S.A. con domicilio en
12C, Impasse Drosbach, Luxembourg, 1882, Luxemburgo, solicita la inscripción de: KALEIDON 3BIOTIC+ como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: Suplemento
alimenticio a base de levadura
láctica probiótica para favorecer el equilibrio
de la flora intestinal. Fecha: 29 de abril de 2025. Presentada el: 6 de febrero de 2025. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2025965639 ).
Solicitud N° 2025-0001202.—Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderado
Especial de A. Menarini International
Licensing S.A. con domicilio en
12C, Impasse Drosbach, Luxembourg, 1882, Luxemburgo, solicita la inscripción de: KALEIDON PROBIOTIC 3BIOTIC+
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Suplemento
alimenticio a base de levadura
láctica probiótica para favorecer el equilibrio
de la flora intestinal. Fecha: 29 de abril de 2025. Presentada el: 6 de febrero de 2025. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2025964642 ).
Solicitud N° 2025-0006476.—Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289, en calidad
de apoderado especial de Grupo Farinter
IP S.R.L., con domicilio en
Calle 53 Este, Marbella, Humboldt Tower, Segundo Piso, Panamá, República de
Panamá, Panamá, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5.
Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
5: Productos farmacéuticos;
preparaciones para uso médico. Reservas: N/A. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento
de la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece
en la solicitud. Fecha: 23 de junio de 2025. Presentada el: 20 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—( IN2025965643 ).
Solicitud N° 2025-0006485.—Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, en calidad de Apoderado Especial de
Grupo Farinter IP S.R.L. con domicilio
en calle 53 este, Marbella, Humboldt Tower, segundo
piso, Panamá, República de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Cortipred como marca de fábrica y comercio en clase(s):
5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos
farmacéuticos; preparaciones
para uso médico. Reservas: N/A. De conformidad con
el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 23 de junio de 2025.
Presentada el: 20 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de junio de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN2025965646 ).
Solicitud N° 2025-0005975.—María del Pilar López Quirós, cédula
de identidad N° 110660601, en calidad de apoderado
especial de Margaritaville Enterprises, LLC con domicilio
en 256 Worth Avenue, Suite Q-R, Palm Beach, Florida
33480, Estados Unidos de América, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción
de: HEMISPHERE MARGARITAVILLE como marca de servicios en clase 36 y 42.
Internacionales. Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 36: Servicios de desarrollo inmobiliario; servicios de desarrollo inmobiliario en el ámbito de las comunidades residenciales de jubilados de uso mixto; servicios de desarrollo inmobiliario en el ámbito
de la planificación y ordenación
de comunidades residenciales
multifamiliares y vacacionales;
en clase 42: Planificación y ordenación de comunidades residenciales (se refiere a servicios técnicos relacionados con ingeniería, diseño y planificación urbana). Reservas: N/A. De conformidad con
el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 23 de junio de 2025.
Presentada el 10 de junio de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2025965648 ).
Solicitud Nº. 2025-0006460.—María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad 110660601, en calidad de Apoderado
Especial de Sysco Corporation con domicilio en 1390 Enclave Parkway, Houston, Texas, 77077, Estados Unidos de América, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción
de: SAYBON como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 8; 31 y 32.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 8: Cuchillos
de mesa, tenedores y cucharas
de plástico; Abridores de latas no eléctricos; en clase 31: Productos
agrícolas, hortícolas y forestales; cereales en bruto y sin transformar; granos en bruto o sin procesar; semillas comestibles en bruto o sin procesar; frutas y verduras frescas; plantas y flores naturales; animales
vivos; piensos; malta; en clase
32: Bebidas no alcohólicas; aguas
minerales; bebidas a base
de frutas; bebidas de frutas; jugos de frutas; siropes y otras preparaciones no alcohólicas para hacer bebidas; bebidas energéticas; refrescos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 23 de junio de 2025.
Presentada el: 20 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registrador(a).—( IN2025965649 ).
Solicitud Nº 2025-0006478.—Simón Alfredo Valverde
Gutierrez, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de
Grupo Farinter IP S.R.L. Con Domicilio
En Calle 53 Este, Marbella, Humboldt Tower, Segundo Piso, Panamá, República de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Doximed como Marca de Fábrica y Comercio en
clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
5: Productos farmacéuticos;
preparaciones para uso médico. Reservas: N/A. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la
Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece
en la solicitud. Fecha: 23 de junio de 2025. Presentada el: 20 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2025965651 ).
Solicitud Nº 2025-0006077.—Ever Daniel Olivares Álvarez, cédula de identidad 603740378, en calidad de Apoderado Especial de Nunos LTD., cédula jurídica
1963098 con domicilio en Edificio O´Neal
Marketing Asociados, segundo piso,
Road Town, Tórtola, Islas Vírgenes Británicas
Vg1110., San José, Islas Vírgenes (Británicas) , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s):
9. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
9: Software, programas informáticos
y el software de todo tipo, independientemente de su soporte de grabación o medio de difusión, incluido el software grabado en soportes magnéticos
o descargado de una red informática remota. Reservas: No
se hacen reservas de color.
De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la
Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece
en la solicitud. Fecha: 18 de junio de 2025. Presentada el: 11 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el
comercio”.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador(a).—(
IN2025965652 ).
Solicitud Nº 2025-0004768.—Víctor Pereira Arias, divorciado una
vez, cédula de identidad N°
603360225, con domicilio en:
Upala, Delicias, frente salón comunal
Pavas, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios en clase39 y 43 Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
39: transporte y en clase 43: alimentación. Reservas: de los colores: rojo, verde, amarillo, dorado y café. De conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 27 de mayo de 2025. Presentada
el 12 de mayo de 2025. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de mayo de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2025967198 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Solicitud Nº 2025-0006637.—Anel Michelle Aguilar Sandoval, Cédula de identidad 113590010, en calidad de Apoderado
Especial de Eleven Labs INC. con domicilio en 169 Madison Avenue, Nº2484, New York, New York 10016, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción como Marca
de Fábrica y Servicios en clases: 9; 35; 38 y 42. Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 9:
Software descargable que utiliza inteligencia artificial para permitir
a los usuarios generar datos de texto y audio; software descargable
que utiliza inteligencia
artificial para permitir a los
usuarios generar voz, texto, música
y voces para contenido de audio; software descargable para permitir a los usuarios editar
y reproducir contenido de
audio.; en clase 35: Grabación, transcripción, composición, recopilación de comunicaciones escritas y grabaciones.; en clase 38: Transmisión de datos de audio a través de
Internet y redes de telecomunicaciones inalámbricas y no inalámbricas.; en clase 42: Investigación
en el campo de la inteligencia artificial (IA); consultoría
en el campo de la tecnología de inteligencia
artificial (IA); servicios de provisión
de un sitio web que presenta software no descargable que utiliza inteligencia artificial
(IA) para reconocimiento de voz
y texto; almacenamiento
electrónico de medios electrónicos, a saber, datos de texto y audio; servicios de provisión de uso temporal de
software en línea, no descargable, que utiliza inteligencia artificial para permitir
a los usuarios generar texto, música y voces para contenido de
audio; servicios de provisión
de uso temporal de software en
línea, no descargable, para
permitir a los usuarios editar y reproducir contenido de audio. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 27 de junio de 2025.
Presentada el: 24 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registrador(a).—( IN2025965890 ).
Solicitud Nº 2025-0004948.—Franklin Esteban Fernández Torrentes, Cédula de identidad 108850362,
en calidad de Apoderado Especial de William Alberto Torrentes Arce, divorciado dos veces, cédula de identidad
106850502 con domicilio en
San José, Tibás, del Motel El Edén trescientos
metros al norte, en el cruce, cincuenta metros al norte calle número siete,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Comercio y Servicios
en clase(s): 6; 9 y 37.
Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
6: dispositivos de protección
eléctrica en forma de aisladores; anillos de corona; varillas de blindaje y pararrayos; materiales de construcción metálicos; en clase 9: conectores de cables de electricidad; instrumentos
y aparatos de conducción; distribución; transformación; acumulación; regulación o
control; u utilización de la electricidad;
interruptores de celda de electricidad; reductores de electricidad; conectores y conductores eléctricos; contactos eléctricos; alambres de
cobre; conectores de cables
de electricidad; instrumentos
y aparatos de conducción; distribución; transformación; acumulación; regulación o
control; u utilización de la electricidad;
interruptores de celda de electricidad; reductores de electricidad; conectores y conductores eléctricos; contactos eléctricos; alambres de
cobre; en clase 37: Servicios de instalación y reparación; instalación de equipos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 10 de junio de 2025.
Presentada el: 16 de mayo
de 2025. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de junio de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN2025965916 ).
Solicitud Nº 2025-0005164.—Timothy Alan Vivian Alton, cédula de identidad N° 801500060, en calidad
de apoderado generalísimo
de Repuestos Gigante, Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101156677, con domicilio en Turrúcares, Diagonal al Cementerio,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio en clase
4; 9; 11 y 27. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
4: Ceras y lubricantes, aceite,
grasa.; en clase 9: Radios, cámaras, dispositivos de señalización.; en clase 11: Luces.; en clase 27: Alfombras,
tapetes. Reservas: De los colores: blanco,
rojo, gris y negro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 19 de junio de 2025.
Presentada el: 22 de mayo
de 2025. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de junio de 2025. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registradora.—( IN2025965923 ).
Solicitud Nº 2025-0004445.—Tatiana Vanessa Bonilla Cortés, cédula de identidad
113000546, en calidad de Apoderado Generalísimo de Grupoo
de Negocios Sanbon Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101890304 con domicilio en
Pavas, Urbanización Bribri de Pollolandia,
ciento veinticinco metros
al norte, Casa Número Ochenta
y Nueve, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como Nombre Comercial en clase(s): Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de material de PVC, WPC, iluminación,
decoración interior y exterior, pisos.
Ubicado en San José, Pavas, detrás del Supermercado
Pali. Fecha: 14 de mayo de 2025. Presentada
el: 2 de mayo de 2025. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de mayo de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN2025965928 ).
Solicitud Nº 2025-0005171.—Guiselle Corrales Rodríguez, cédula de
identidad 204140759, en calidad de Apoderado
Generalísimo de 3-101-011167, S. A., Cédula jurídica 3101011167 con domicilio
en Pavas de la parroquia
María Reina 250 sur edif Super Salón, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
como Marca de Comercio en clase(s): 35. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 35: Gestión, asesoría y asistencia en la importación.
Reservas: De conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos
7978 el signo se protegerá tal y como aparece en
la solicitud. Fecha: 18 de junio de 2025. Presentada el: 22 de mayo de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2025965987 ).
Solicitud Nº 2025-0006377.—Christa Giblin Niven, casada una vez, cédula de residencia 184002422427, en calidad de Apoderado
Generalísimo de Journey School Costa Rica Limitada, Cédula jurídica 3102785724 con domicilio en Santa Cruz, Tamarindo, Plaza Conchal, oficina dieciocho B, GHP Abogados
10108, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s):
41. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 41: Servicios de Enseñanza primaria, enseñanza en escuelas primarias,
impartición de cursos en línea de instrucción
de enseñanza primaria, impartición de cursos presenciales de instrucción de enseñanza primaria, enseñanza en escuelas
secundarias, Servicios de Enseñanza secundaria, enseñanza en institutos
de educación secundaria, enseñanza de primer ciclo en escuelas secundarias.
Reservas: De conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 27 de junio de 2025.
Presentada el: 19 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registrador(a).—(
IN2025965994 ).
Solicitud Nº 2025-0005334.—Daniela Quesada Cordero, mayor de edad, casada
una vez, abogada., cédula de identidad
113240697, en calidad de Apoderado Especial de Nutrire
Indústria de Alimentos LTDA. con domicilio en Rio Grande Do Sul, Garibaldi, RST 453 - KM 88.6, Rodovia Rota Do Sol., Brasil, solicita la inscripción de: MONELLO
como marca de fábrica y comercio en clase 31. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Alimentos para Mascotas.
Reservas: De ser utilizada tal y como ha sido
solicitada. De conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 28 de mayo de 2025. Presentada
el 27 de mayo de 2025. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de mayo de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2025966038 ).
Solicitud Nº 2025-0006674.—Wendy Magally Arroniz Obando, casada una vez,
cédula de identidad 109710606 con domicilio
en Desamparados, 175 mts sur Terminales
Taxis Unidos, calle Fallas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en
clase(s): 3 y 29. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Aceites esenciales
naturales, jabones naturales, cremas
corporales naturales,
cosméticos naturales.; en clase 29: Aceites y grasas naturales comestibles. Reservas:
De los colores: Negro,
Naranja, Verde y Amarillo. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 26 de junio de 2025.
Presentada el: 25 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega Registrador(a).—(
IN2025966058 ).
Solicitud Nº 2025-0006464.—Esteban Adolfo Fonseca Zúñiga,
cédula de identidad 112180530, en
calidad de Apoderado
Generalísimo de Seven Pharma Limitada, cédula jurídica 3-102-534220, con domicilio
en: Guadalupe de Goicoechea, Barrio Colonia del Río,
100 metros al sur de la entrada principal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HETEXONE,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: productos
farmacéuticos, preparaciones
para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos
sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebes; suplementos alimenticios para
personas o animales. Reservas:
De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la
Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece
en la solicitud. Fecha: 23 de junio de 2025. Presentada el: 20 de junio de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Richard
Valerín
Castro, Registrador(a).—(
IN2025966068 ).
Solicitud Nº 2025-0006465.—Esteban Adolfo Fonseca Zúñiga, soltero,
cédula de identidad 112180530, en
calidad de Apoderado Generalísimo de Seven Pharma Limitada, cédula jurídica 3-102-534220, con domicilio
en: Guadalupe de Goicoechea, Barrio Colonia del Río,
100 metros al sur de la entrada principal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 5 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: productos farmacéuticos;
preparaciones para uso
médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; suplementos alimenticios para
personas o animales. Reservas:
de conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 23 de junio de 2025.
Presentada el: 20 de junio de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata,
Registrador(a).—( IN2025966069 ).
Solicitud Nº 2025-0006467.—Esteban Adolfo Fonseca Zúñiga, soltero, cédula de identidad
N° 112180530, en calidad
de apoderado generalísimo
de Seven Pharma Limitada, cédula jurídica N° 3-102-534220,
con domicilio en: Guadalupe
de Goicoechea, Barrio Colonia del Río, 100 metros al sur de la entrada
principal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MUCOMBITUSS, como
marca de fábrica y comercio en clase
5. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones para
uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas
para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales.
Reservas: de conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 23 de junio de 2025.
Presentada el 20 de junio de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—( IN2025966070 ).
Solicitud Nº 2025-0006469.—Esteban Adolfo Fonseca Zúñiga, soltero,
cédula de identidad 112180530, en
calidad de Apoderado
Especial de Seven Pharma Limitada, cédula jurídica 3-102-534220, con domicilio en: Guadalupe de Goicoechea, Barrio Colonia del Río,
100 metros al sur de la entrada principal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SERCHOL,
como marca de fábrica y servicios en clase(s): 5 internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: productos
farmacéuticos, preparaciones
para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas
para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales.
Reservas: de conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 23 de junio de 2025.
Presentada el: 20 de junio de 2025. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de junio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2025966071 ).
Cambio de Nombre Nº 171663
Que María Gabriela
Miranda Urbina, cédula de identidad 111390272, en calidad de apoderado
especial de La Nación S. A., solicita
a este Registro
se anote la inscripción de
Cambio de Nombre de Grupo Nación GN, S. A., Cédula jurídica 3-101-102844 por el de La Nación S.A , presentada el día 31 de Enero del 2025 bajo expediente 171663. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: Nº277446 RED 506. Publicar
en La Gaceta Oficial
por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—( IN2025966025 ).
Solicitud Nº 2025-0006856.—Victoria Solís Campos, cédula de identidad 207780727, en calidad de Apoderado
Especial de Oscar Andrés Mora Fallas, casado una vez, cédula de identidad 112590720 con domicilio
en Costa Rica, Heredia, Barreal, Condominio
Francosta casa 339, Costa Rica, solicita
la inscripción como Marca
de Servicios en clase(s): 41. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
41: Los servicios que consisten
en todo tipo de formas de educación o formación, los servicios cuya
finalidad básica es el entretenimiento. Reservas: Se reserva el color negro. De conformidad
con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá
tal y como aparece en la solicitud.
Fecha: 4 de julio de 2025. Presentada el: 30 de junio de 2025. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de julio de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2025972020 ).
Marcas de Ganado
Solicitud Nº 2025-2536.—Óscar Stanley Navarro Zúñiga, cédula de identidad 105370558, solicita la inscripción de:
Ref: 35/2025/9986.
Como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Desamparados, Higuito,
75 oeste Ferre Útil. Presentada el
16 de junio del 2025. Según
el expediente Nº 2025-2536.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Rándall
Abarca Aguilar, Registradores.—1 vez.—( IN2025965995 ).
Solicitud Nº 2025-1699.—Leticia Sequeira Estrada, cédula de identidad
208770778, solicita la inscripción
de:
Ref:
35/2025/6385. Como marca de ganado,
que usará preferentemente en Alajuela, Los Chiles, del Comando
de Los Chiles tres kilómetros
al oeste. Presentada el 05 de mayo del 2025. Según el expediente Nº 2025-1699. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradores.—1 vez.—(
IN2025966037 ).
Solicitud Nº 2025-2298.—Gerardo Aníbal Enrique Sánchez Garro, cédula de identidad 106240167, solicita la inscripción de: R82
Ref: 35/2025/8443. Como marca de ganado,
que usará preferentemente
en San José, Pérez Zeledón, Platanares, Cristo Rey, 150 metros sur de la Escuela de
Cristo de Platanares. Presentada
el 04 de junio del 2025. Según el expediente
Nº 2025-2298. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Rándall Abarca
Aguilar, Registradores.—1 vez.—( IN2025966197 ).
Solicitud Nº 2025-2578.—Sebastián Núñez Solano, cédula de identidad 207490675, solicita la inscripción de: N1 Ref: 35/2025/9396. Como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Cañas, Palmira, Cañas carretera
a Upala 800 mts antes de la entrada a Hacienda Tenorio. Presentada
el 17 de junio del 2025. Según el expediente
Nº 2025-2578. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradores.—1 vez.—(
IN2025966253 ).
Solicitud Nº 2025-2182.—Elman Martin Rojas Quesada, cédula de identidad
2-0482-0707, solicita la inscripción
de:
Ref:
35/2025/8101. Como Marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Rio Cuarto, El Carmen, un kilómetro
al este de La Escuela El Carmen. Presentada
el 29 de mayo del 2025. Según
el expediente Nº 2025-2182.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Randall Abarca Aguilar, Registradores.—1 vez.—(
IN2025967345 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
EDICTOS
El Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto
de la persona jurídica cédula: 3-002-828499, denominación: Montevista Estates Residents And
Property Owners Association. Por cuanto dicha reforma cumple
con lo exigido por la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2025, asiento: 311414.—Registro Nacional, 30 de junio de
2025.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—(
IN2025965874 ).
El Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Lexistica, con domicilio en la provincia de: Provincia 01 San José, Cantón
15 Montes de Oca, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: La difusión del juego
de léxico, en niños, niñas, jóvenes
y personas mayores por
medio de talleres y competencias,
facilitar el aprendizaje de léxico o juego de
las palabras cruzadas en toda la población nacional que lo
desee, especialmente en colegios y universidades. Cuyo
representante, será el presidente: Rolando Guevara
Chaves, con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2025 asiento: 375201 con adicional(es)
tomo: 2025 asiento: 431402.—Registro Nacional, 30 de junio de
2025.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN2025965875 ).
El Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Pro Construcción
Parque Infantil y Juvenil de Samara, con domicilio en la provincia de: Provincia 05 Guanacaste, Cantón 02 Nicoya, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Diseñar, construir y auspiciar un parque deportivo y de patinaje al aire libre para jóvenes y familias locales en Sámara, donde los
niños y jóvenes jueguen de forma segura. fomentar actividades al aire libre para los niños y jóvenes y estos puedan realizar
una inclusión social. mejorar la calidad de vida de la comunidad por medio de actividades. disfrutar en compañía
de las familias distintas actividades al aire libre. Cuyo representante, será el presidente: Heidi C Zimmerman,
con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2025 Asiento: 333749 con adicional(es)
Tomo: 2025 Asiento: 392767, Tomo:
2025 Asiento: 423586.—Registro
Nacional, 30 de junio de 2025.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—(
IN2025965876 ).
El Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto
de la persona jurídica cédula: 3-002-885645, denominación: Asociación
Cristiana Misión Palabra de Vida Iglesia Sarapiquí.
Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza
por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 2025 Asiento: 480900.—Registro Nacional, 30 de junio de
2025.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN2025965877 ).
El Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Tribal Afro Progreso
Solo Nos ATAPSN, con domicilio en
la provincia de: Provincia 07 Limón, Cantón 04 Talamanca, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover y proteger los derechos de salud, ambientales, culturales, sociales,
económicos, políticos y otros de las personas y las comunidades
afro descendientes en todo el territorio
nacional, promover y proteger los derechos tribales establecidos en el convenio
uno seis nueve de la OIT. Cuyo representante,
será el presidente:
Velvet Shannel Franklin Waite, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas
en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2025, asiento: 349649.—Registro Nacional, 30 de junio de
2025.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—(
IN2025965878 ).
El Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la Reforma del Estatuto
de la persona jurídica cédula: 3-002-770435, denominación: Asociación La Mitad
Mas Uno. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza
por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2025, asiento: 293388.—Registro Nacional, 30 de junio de 2025.—Licda.
Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN2025965879 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El(la) señor(a)(ita)
María Lupita Quintero Nassar, en calidad de Apoderada Especial de Icosavax
Inc., solicita la Patente
PCT denominada PROTEÍNA G ANTIRRÁBICA Y SUS USOS.
Se proporcionan polipéptidos
que comprenden un ectodominio
de la proteína G de la rabia.
El ectodominio de la proteína
G de la rabia puede tener una eliminación
del dominio del bucle de fusión. También se ofrecen vacunas de nanopartículas contra el virus de la rabia. También se proporcionan composiciones farmacéuticas, métodos de producción y métodos de uso, por ejemplo,
para inmunizar un sujeto al
generar una respuesta inmunitaria de protección al virus de la rabia.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 38/16, A61K 39/205
y A61P 31/14; cuyo(s) inventor(es) es(son) Feldhaus,
Andrew (US) y Holtzman, Douglas (US). Prioridad: N°
63/371,148 del 11/08/2022 (US). Publicación
Internacional: WO2024/036193. La solicitud correspondiente lleva el número 2025-0000083, y fue presentada a las 12:39:55 del
11 de marzo de 2025. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de mayo de
2025.—Oficina de Patentes.—Hellen Marín Cabrera.—( IN2025965740 ).
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
Gabriel Alberto Alfaro Arata, cédula de identidad
N° 116790240, solicita la inscripción
en el Libro Registro Fonogramas, Artístico, Canción, Dispositivo USB, Divulgada,
Obra Audio, Obra Individual, Que se titula: El Son del Pura Vida. Dos canciones folklóricas costarricense en Do Mayor, una con letra, la otra instrumental. Publíquese por una sola vez en
el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros
quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta
publicación, conforme al artículo 113 de la Ley
de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº6683. Expediente
12620. firmante Registrador.
Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos.—Curridabat, 29 de mayo de
2025.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—1 vez.—(
IN2025966054 ).
DIRECCION NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O) PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN como delegataria
(o) para ser y ejercer la función
pública Estatal del NOTARIADO, por
parte de: GUSTAVO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, con
cédula de identidad N°2-0542-0008, carné N°31041. De conformidad con
lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES
siguientes a esta publicación.—San José, 11 de julio de 2025.—Kíndily Vílchez Arias. Abogada-Unidad Legal Notarial. Proceso
N°222448.—1 vez.—( IN2025973929 ).
DEPARTAMENTO CONTROL MINERO-TOPOGRAFIA
DGM-TOP-ED-10-2025
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE AREA
PARA EXPLOTACION EN CANTERA
EDICTO
En expediente 2770, Ronald Páez León, ingeniero
civil, vecino de Pozos de Santa Ana, cédula
1-833-605, apoderado generalísimo
de Holcim Costa Rica S. A., cédula jurídica
3-101-006846, solicita concesión
para extracción de materiales
en cantera, localizado en Escobal, Atenas,
Alajuela,
Ubicación Cartográfica:
Coordenadas Lambert
212349.90-213282.05 Norte, 489097.16-490046.38 Este,
Coordenadas CRTM05 452760.36 – 453709.89 Este, 1097759.99-1098690.59 Norte.
Coordenadas Lambert del punto 1 489446.90 Este, 212875.58 Norte, coordenadas CRTM05 453110.27 Este, 1098284.68 Norte.
Plano catastrado:
A-1701652.2013.
Finca: 2514539-000.
Área
del Tajo:
37 ha 0270.95 m2 (1 unidad)
Para detalles y mapas ver el
expediente en la página:
https://dgm.addax.cr/Expedientes/form_buscar_expediente_dgm
Enlace al expediente:
https://dgm.addax.cr/Expedientes/form_public_expediente_consecutivo_dgm?e=2770
Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las siete
horas veinticinco minutos
del veintitrés de junio del
dos mil veinticinco.—Registro Nacional Minero.—Lic. Johnny Alvarado González, Jefe a. í.—( IN2025971211 ). 2 v. 1. Alt.
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPNOL-0050-2025.—Expediente N° 26088P.—Puerta
Azul Punta Islita Sociedad de Responsabilidad
Limitada, solicita concesión
de: (1) 1 litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo CZ-226, en finca de en Bejuco, Nandayure, Guanacaste,
para uso consumo humano-doméstico-piscina-jardines. Coordenadas
204.659/383.009 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 7 de julio de 2025.—Leonardo
Solano Romero, Unidad Hidrológica Tempisque,
Pacífico Norte.—( IN2025972910 ).
ED-0825-2025.—Expediente N° 26802-A.—Ana Julia Vargas Chaves, solicita concesión de:
(1) 0.05 litros por segundo del nacimiento, efectuando la captación en
finca de en Tuis, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 203.031/582.448, hoja Tucurrique.
Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 11 de julio de
2025.—Mónica Esquivel Granados, Departamento de Información.—( IN2025972966 ).
ED-0844-2025.—Expediente N° 26823-A.—Fiduciaria MCF Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 47 litros por segundo del Rio Purgatorio, efectuando la captación en
finca de en El Amparo, Los Chiles, Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 309.649/461.023, hoja San Jorge. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 15 de julio de
2025.—Mónica Esquivel Granados, Departamento de Información.—( IN2025972971 ).
ED-UHTPNOL-0047-2025.—Expediente N° 26098P.—María Micaela Cabalceta
Pena, solicita concesión
de: (1) 2 litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo: VI-287, en finca de en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 252.385/343.567, hoja Villarreal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—Liberia, 7 de julio de 2025.—Leonardo Solano Romero, Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—( IN2025973032 ).
ED-0746-2025.—Expediente N° 26383-PA.—De conformidad con la Reforma a la Ley
10647 Amnistía para el Registro de Pozos No Inscritos y Otorgamiento de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades de Producción Agropecuaria, Compañía Martimar y Sucesores Sociedad Anónima, registró el pozo
que se le asigna el N°
FO-118, mediante el cual solicita concesión
de aprovechamiento de agua en cantidad de 1 litros por segundo
en Fortuna, (San Carlos), San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario. Coordenadas 274.695/478.313 hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 27 de junio de
2025.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973112 ).
ED-0774-2025.—Exp. N° 9665.—Inmobiliarias Unidas Fernández y
Ureña S. A., solicita concesión de: 0.02 litros
por segundo de la Quebrada
Oro, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Salitral, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas
208.750 / 515.300 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 04 de julio de
2025.—David Chaves Zúñiga, Departamento de Información.—( IN2025973173 ).
ED-1396-2024.—Exp. N° 25826.—Banco Improsa
Sociedad Anónima, solicita concesión de:
(1) 1000 litros por segundo del Río, Río, Corobicí, efectuando
la captación
en finca de su propiedad en Palmira, (Cañas),
Cañas, Guanacaste, para uso agropecuario-riego.
Coordenadas 276.742 / 414.528 hoja Tierras Morenas. Quienes
se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de noviembre de
2024.—Evangelina Torres S., Departamento de Información.—( IN2025973175 ).
ED-0830-2025.—Exp. N° 3468P.—Industrial de Oleaginosas
Americanas S. A., solicita concesión de: 4.5 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo BC-1002, en
finca de su propiedad en Barranca, Puntarenas, Puntarenas,
para uso industria. Coordenadas 218.450 / 457.050 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de julio de
2025.—David Chaves Zúñiga, Departamento de Información.—( IN2025973214 ).
ED-UHTPNOL-0049-2025.—Exp.
N° 24579P.—3-102-540552 Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita
concesión de: (1) 1.3 litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo CY-541, en finca de en Cóbano,
Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo
humano-auto abastecimiento en condominio-piscina y agropecuario-riego. Coordenadas
181.626 / 408.505 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 07 de julio de
2025.—Leonardo Solano Romero, Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—( IN2025973254 ).
ED-0851-2025. Expediente 26831-P. Pura Uvita
S.R.L., solicita concesión de: (1) 0.11 litros por segundo
del acuífero
RE-80, efectuando la captación por
medio del pozo en finca de en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso, coordenadas 130.301 /
566.755 hoja Repunta. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de julio de 2025.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel
Granados.—( IN2025973427 ).
ED-0811-2025.
Exp. 26765.—Gabriel Awatea, Watson, solicita concesión de: (1) 0.04 litros por segundo de la quebrada,
quebrada sin nombre, efectuando
la captación
en finca de su propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano
y turístico.
Coordenadas 141.840 / 558.849 hoja Dominical. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 09 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN2025973429 ).
ED-0809-2025.—Exp.
26766-A. Gabriel Awatea, Watson, solicita
concesión
de: (1) 0.04 litros por segundo de la quebrada, quebrada sin nombre,
efectuando la captación en
finca de en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano
y turístico.
Coordenadas 141.804 / 558.801 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 09 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN2025973445
).
ED-0808-2025. Exp. 26764-A.—Siete Hojas INC SRL,
solicita concesión de: (1) 0.04 litros por segundo de la quebrada,
Quebrada Salto, efectuando la captación en
finca de en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano
y turístico.
Coordenadas 142.259 / 555.540 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 09 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN2025973456
).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0847-2025. Exp. 7651-A.—Maricela, Paniagua Rodríguez, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre (1), efectuando la captación en
finca de Paniagua Rodríguez Rubén Fernando en Brisas (Alfaro Ruiz), Zarcero, Alajuela, para uso agropecuario - riego - hortaliza. Coordenadas 245.500 /
493.100 hoja Quesada. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 15 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN2025973518
).
ED-0842-2025.—Exp 26680-PA.—De conformidad con
la Reforma a la Ley 10647 Amnistía
para el Registro de Pozos
No Inscritos y Otorgamiento
de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades
de Producción Agropecuaria,
Compañía Zurque S.A, registró el pozo
que se le asigna el Nº
CZ-232, mediante el cual solicita concesión
de aprovechamiento de agua en cantidad de 2.5 litros por segundo
en Monte Romo, Hojancha,
Guanacaste, para uso agropecuario
y agropecuario-riego. Coordenadas
206.841 / 372.483 hoja Cerro Azul. Otro pozo de agua No CZ-233 en cantidad de 2.5 litros por segundo
en Samara, Nicoya, Guanacaste, para uso agropecuario y agropecuario-riego. Coordenadas
207.101 / 372.416 hoja Cerro Azul. Otro pozo de agua No CZ-234 en cantidad de 3 litros por segundo
en Samara, Nicoya, Guanacaste, para uso agropecuario y agropecuario-riego. Coordenadas 207.117 / 372.222 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 15 de julio de
2025.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973597 ).
ED-0853-2025.—Exp.
26837-A.—Kahawa de Dota S.A., solicita concesión de:
(1) 0.05 litros por segundo del Nacimiento Asante Sana, efectuando
la captación
en finca de en Páramo, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano
y turístico. Coordenadas 171.180 / 558.465 hoja Vueltas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN2025973622
).
ED-0740-2025.—Exp. 26488-PA.—De conformidad con la Reforma a la Ley 10647 Amnistía
para el Registro de Pozos
No Inscritos y Otorgamiento
de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades
de Producción Agropecuaria,
Jurgen, Kurt Knauer registró el
pozo que se le asigna el Nº JU-58, mediante el cual solicita
concesión de aprovechamiento
de agua en cantidad de 0.5 litros por segundo en
San Juan (Abangares), Abangares,
Guanacaste, para uso agropecuario.
Coordenadas 248.727 / 435.318 hoja Juntas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 27 de junio de
2025.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973630 ).
ED-0743-2025.—Exp. N° 26422-PA.—De conformidad con la Reforma a la Ley
10647 Amnistía para el Registro de Pozos No Inscritos y Otorgamiento de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades de Producción Agropecuaria, Miguel
Ángel, Gómez Corea registró el
pozo que se le asigna el N° DI-466, mediante el cual solicita
concesión de aprovechamiento
de agua en cantidad de 1 litros por segundo en
Santa Cruz (Santa Cruz), Santa Cruz, Guanacaste, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas
251.934 / 356.391 hoja Diriá. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de junio de
2025.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973648 ).
ED-0840-2025. Expediente 26369-PA.—De conformidad
con la Reforma a la Ley 10647 Amnistía para el Registro de Pozos No Inscritos y Otorgamiento de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades
de Producción Agropecuaria,
Cafetalera Zamorana
Sociedad Anónima, registró el pozo que se le asigna el Nº NA-1173, mediante el cual
solicita concesión de aprovechamiento de agua en cantidad de 3 litros por segundo
en Rosario (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 224.984 /
495.900 hoja Naranjo. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 15 de julio de
2025.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973704 ).
ED-0816-2025.—Exp. 26625-PA.—De conformidad con la Reforma a la Ley 10647 Amnistía
para el Registro de Pozos
No Inscritos y Otorgamiento
de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades
de Producción Agropecuaria,
Tubo Azul, Sociedad Anónima, registró
el pozo que se le asigna el Nº MA-77, mediante el cual
solicita concesión de aprovechamiento de agua en cantidad de 1.25 litros por segundo
en Cuajiniquil, Santa Cruz,
Guanacaste, para uso agropecuario-riego.
Coordenadas 228.042 / 343.889 hoja Marbella. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 10 de julio de
2025.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973748 ).
ED-0835-2025.—Exp. 7082-A.—Damaris Villegas, solicita concesión de: (1) 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Peñas
Blancas, San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico, turístico-hotel,
agropecuario-abrevadero, consumo
humano-otro, turístico-hotel, agropecuario-abrevadero,
consumo humano-otro, turístico-piscina, agropecuario-abrevadero,
consumo humano-otro,
turístico-restaurante y bar, agropecuario-abrevadero,
consumo humano-doméstico, turístico-piscina,
agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico y turístico-restaurante y bar. Coordenadas 267.503 / 461.488 hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 15 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN2025973751
).
ED-0829-2025.—Exp.
26811-A.—Modesto Edgar, Vargas Rojas y Otros, solicita concesión de: (1) 8 litros por segundo
del Río Tulin, efectuando la captación
en finca de en Jacó, Garabito,
Puntarenas, para uso agropecuario-riego.
Coordenadas 170.519 / 476.375 hoja Herradura. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 14 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN2025973773
).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0806-2025.—Exp. 9623-P.—Ramsgate INC Sociedad
Anónima, solicita concesión de: (1) 0.36 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-727 en finca de su propiedad en
San Vicente (Moravia), Moravia, San José, para uso industria-otro. Coordenadas 215.740 / 531.150 hoja Abra. Quienes
se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN2025973815
).
ED-0744-2025.—Exp 26481-PA.—De conformidad con
la Reforma a la Ley 10647 Amnistía
para el Registro de Pozos
No Inscritos y Otorgamiento
de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades
de Producción Agropecuaria,
Inversiones Barrantes y Arias del Rio Tempisque
Sociedad Anónima, registró el pozo que se le asigna el Nº MT-528, mediante el cual
solicita concesión de aprovechamiento de agua en cantidad de 0.1 litro por segundo
en Mansión, Nicoya,
Guanacaste, para uso agropecuario.
Coordenadas 232.536 / 391.901 hoja Matambú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 27 de junio de
2025.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973864 ).
ED-0777-2025.—Exp 26430-PA.—De conformidad con la Reforma a la Ley 10647 Amnistía para el Registro de Pozos No Inscritos y Otorgamiento de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades
de Producción Agropecuaria,
José Joaquín Barrantes Venegas y Ferretería Río Tempisque S.A. registraron el pozo que se le asigna el Nº MT-526, mediante el cual
solicita concesión de aprovechamiento de agua en cantidad de 0.05 litros por segundo
en Mansión, Nicoya,
Guanacaste, para uso agropecuario.
Coordenadas 232.820 / 388.623 hoja Matambú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 07 de julio de
2025.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973880 ).
ED-1406-2024.—Exp
7410P.—Finca De Campo S.A., solicita concesión de: 1.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-390 en finca de su propiedad en
Paraíso, Paraíso, Cartago, para uso agropecuario-riego. Coordenadas
203.830 / 552.870 hoja Istaru. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de noviembre de
2024.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2025973917 ).
ED-0849-2025.—Exp 26835-A.—Florida Helechos, S.A., solicita concesión
de: (1) 3 litros por segundo de la Quebrada Blanquilla, efectuando la captación en finca de su propiedad en
San Rafael (Oreamuno), Oreamuno, Cartago, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas
205.848 / 548.669 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973918 ).
ED-0857-2025.—Exp
15371-P.—Faro Escondido Uno S.A., solicita concesión de: (1) 1,53 litros por segundo del acuífero sin número, efectuando la captación por medio del pozo HE-163 en finca de El Mismo en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso turístico-otro. Coordenadas 182.652 / 462.805 hoja Herradura. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 17 de julio de
2025.—Departamento de Información.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN2025973930 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD AMERICANA
Ante la Oficina de Registro de la
Universidad Americana UAM, se presenta la solicitud de Zaira
Juliana Lozano Ramírez, cédula 117002067826, por
reposición del Título de Bachillerato en Publicidad, inscrito bajo el Tomo 3, Folio 162 y Asiento 19803 de esta
Universidad, emitido en junio del año 2018. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente, por extravío.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta. Es todo.
Se emite la presente en San José, Costa Rica, a los 10
días del mes de junio del año dos mil veinticinco.
Lic. Carlos Martín Zúñiga Madrigal,
Rector Universidad Americana.—( IN2025966114 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
IECA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA
El suscrito Ronald Steinvorth
Berrocal, en mi calidad de representante con facultades de apoderado generalísimo de la sociedad IECA Internacional Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres–ciento uno-seiscientos doce mil cuatrocientos ochenta, hago constar que mi representada ha procedido a la reposición de los libros Libro de Actas de Asamblea, Libro de Junta Directiva
y Libro de Registro de Socios.
Lo anterior por pérdida.—San José, del día diecinueve del
mes de junio del año dos mil veinticinco.—Ronald Steinvorth Berrocal, presidente de IECA Internacional Sociedad Anónima.—1
vez.—(
IN2025966061 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta notaría, mediante escritura número , visible al folio cuarenta
y cinco vuelto, del tomo once, a las doce horas veinte minutos, del dieciséis de junio del dos mil veinticinco,
se presentó solicitud por parte de Vera Koziy Ostapiat de Inversiones Bosques De Almendro, Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y tres mil noventa y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, dieciocho
de junio del dos mil veinticinco.—Mariela
Solano O, Notario Público.—( IN2025965176 ).
Que mediante escritura número 46 de las 12:00:00 del 23 de junio
del 2025, en el tomo 2 del protocolo de la
Notaria Pública Natalia Quirós Mora, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de Comercializadora
Makar Del Pacífico S. A.,
con cédula de persona jurídica número
3-101-565989, y asamblea general extraordinaria
de OFIROLCA S. A., con cédula de persona jurídica
número 3-101-697164; mediante
la cual se fusionan Comercializadora Makar Del Pacífico
S.A con Ofirolca S.A, donde prevalece esta última, por
lo que de conformidad con el
artículo 222 del Código de Comercio se otorga un plazo de 30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 23 de junio
del 2025.—Lic. Natalia Quirós Mora.—(
IN2025965182 ).
Mediante escritura número
setenta y seis, del día nueve de junio,
se modificó la cláusula razón social del pacto constitutivo de la sociedad APL
Service Center de Costa Rica Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos
ochenta y cinco mil ciento noventa y dos, de ahora en adelante
CMA CGM Business Services (Costa Rica) Sociedad Anónima.
Es todo.—San
José, once de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Luis Ángel Sánchez Montero, Notario Público.—(
IN2025965287 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cincuenta y seis-treinta y tres, visible al folio ciento veintitrés frente, del tomo treinta y tres del protocolo del suscrito notario, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día diez del mes de junio del año dos mil veinticinco, comparece el representante legal de la sociedad Ferretería Vargas y Jiménez
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-siete dos
cuatro ocho seis cero mediante
la cual se solicita reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Y mediante escritura número cincuenta y siete-treinta y tres, visible al
folio ciento veintitrés frente, del tomo treinta y tres del protocolo del suscrito notario, a las once horas del día diez
del mes de junio del año dos mil veinticinco, comparece el representante
legal de las sociedad Tres-Ciento Dos-Ochocientos
Sesenta y Cinco Mil Ochocientos
Setenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-ochocientos
sesenta y cinco mil ochocientos setenta y ocho, y de la sociedad Tres-Ciento Dos-Ochocientos Cuarenta y
Seis Mil Cuatrocientos Setenta
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos
setenta, mediante la cual se solicita reformar las cláusulas del domicilio social de los pactos constitutivos y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Y mediante escritura número cincuenta y ocho-treinta y tres, visible al folio ciento veintitrés vuelto, del tomo treinta y tres del protocolo del suscrito notario, a las once
horas quince minutos del día diez
del mes de junio del año dos mil veinticinco, comparece la representante legal
de la sociedad de la sociedad
Papas de Pri Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-ochocientos cuarenta y nueve mil quinientos noventa y nueve, mediante la cual se solicita reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Y mediante escritura número cincuenta y nueve-treinta y tres, visible al
folio ciento veinticuatro frente, del tomo treinta y tres del protocolo del suscrito notario, a las once horas treinta
minutos día diez del mes de junio del año dos mil veinticinco, comparece la representante legal
de la sociedad de la sociedad
Villa Melba Costa de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-ochocientos ochenta y tres mil novecientos noventa y cuatro, mediante la cual se solicita reformar la cláusula del domicilio social del
pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad Quesada nueve horas
del veinte de junio del dos
mil veinticinco.—Lic.
Orlando Zamora Alfaro, Notario Público.—( IN2025965185 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura número treinta y tres otorgada ante el notario público Kevin Alfonso Valerio Alfaro de las dieciséis horas quince minutos
del diez de junio de dos
mil veinticinco, se incluye
cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Tld Investments CR S.R.L., cédula jurídica: tres-ciento dos-ochocientos cincuenta y tres mil cuatrocientos veintitrés, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el
pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, veinte de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Kevin Alfonso Valerio Alfaro, Notario Público.—( IN2025965574 ).
En asamblea general extraordinaria
de la empresa Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Noventa y
Cuatro Sociedad Anónima, celebrada
a las nueve y treinta horas
del dieciséis de marzo del
dos mil veinticinco, se acordó:
Primero: Disolver la sociedad
por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del
Código de Comercio.—Liberia, treinta
de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Juan Francisco Ruiz Monge, Notario.—(
IN2025968947 ). 2 v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número ochenta y uno, otorgada ante el notario público,
Manuel Enrique Navarro Fumero, de las dieciocho horas
del diecinueve de junio de
dos mil veinticinco, se incluye
cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: l) Cacao
Plus Internacional S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil ochocientos sesenta y siete, con domicilio social en San José, Curridabat, Granadilla, Barrio Altamonte, primera etapa, del Vindi de
Granadilla, doscientos metros sur, cien metros este, casa esquinera amarilla a mano izquierda,
y ll) Mario y Elsa Phillips Sucesores
S. A., cédula jurídica número ciento uno-quinientos cuarenta
y ocho mil cero veinticinco,
y con domicilio social en
San José, San José, San José, Hatillo número uno,
casa número trescientos cinco.—Turrialba, veinte de junio de dos mil veinticinco.—Ms.C. Manuel Enrique Navarro Fumero, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965553 ).
Mediante escritura N° 202-10 otorgada por los notarios
públicos Nadia Chaves Zúñiga y Hernán Pacheco Orfila,
a las 12:30 horas del 20 de junio de 2025, donde se solicita incorporar correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley N° 10597 de la sociedad
Progress Software de Costa Rica, S.R.L., con cédula jurídica N° 3-102-914848.—San José, 20 de junio de 2025.—Nadia Chaves Zúñiga.—1 vez.—(
IN2025965554 ).
Ante la notaría de la Lic. Adriana Zamora
López, se protocolizó la modificación
de la cláusula sexta del pacto
constitutivo de la entidad jurídica C & D Green Land Investment Company
Sociedad Anónima.—San
José, veinte de junio de
dos mil veinticinco.—1 vez.—( IN2025965555 ).
Por medio de escritura número ciento diecinueve, visible al
folio ciento cuatro frente,
del tomo dieciocho, se llevó a cabo la solicitud de disolución de la sociedad Tres-Ciento Dos-Ochocientos Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos Treinta y Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos cincuenta y dos mil cuatrocientos
treinta y cuatro, celebrada
en Ojochal, Osa,
Puntarenas, otorgada ante la suscrita
notaria a las a las dieciocho horas del veinte de junio de dos mil veinticinco.—Sabrina Karine Kszak
Bianchi, Notaria.—1 vez.—( IN2025965556 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento sesenta y nueve, otorgada a las quince
horas, del dieciséis de junio
del dos mil veinticinco visible al folio ciento ocho vuelto,
del tomo nueve, se presentó solicitud por parte del representante
legal de La Altagracia de San Juan Limitada, cédula jurídica
N° 3-102-327194, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Sarchí, Alajuela, dieciséis de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Mayela Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2025965557 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento sesenta y ocho, otorgada a las catorce horas, del dieciséis de junio del dos mil veinticinco,
visible al folio ciento ocho
frente, del tomo nueve, se presentó solicitud por parte
del representante legal de Kefi
y Salma Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-543656, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Sarchí, Alajuela, dieciséis de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Mayela Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2025965558 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos sesenta y cinco, visible al folio ciento ochenta y seis frente, del tomo veintiséis, a las diez horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
del representante de Jes Luz Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-105351,
para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Notificaciones: anazunga@hotmail.com.—San Marcos de Tarrazú, a las diecisiete
horas del treinta de junio
del año dos mil veinticinco.—Lic. Ana Graciela Zúñiga Gamboa,
Notario.—1 vez.—( IN2025965559 ).
Mediante escritura número treinta y cinco, otorgada a las trece horas del dieciséis de junio del año dos mil veinticinco, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de
la sociedad A Drama of Fate Limitada, cédula
de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y dos mil quinientos, en la cual se acordó
de forma unánime: i) Modificar el domicilio
social de la sociedad a Guanacaste, Carrillo, Nuevo
Colón, Lomas del Mar, casa número ciento
diecinueve; ii) Modificar
la cláusula de representación
para que adelante sea representada
por un Gerente quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, veintitrés
de junio dos mil veinticinco.—María
Mercedes Vargas Monge, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965560 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta
y siete, otorgada a las
once horas, del dieciséis de junio
del dos mil veinticinco visible al folio ciento siete vuelto,
del tomo nueve, se presentó solicitud por parte del representante
legal de Hamdubcesmoy Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-808069, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Sarchí, Alajuela, dieciséis de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Mayela Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2025965561 ).
Por escritura número
doscientos setenta y ocho, otorgada a las San José, a
las diez horas del día veinte
de junio del dos mil veinticinco,
en el protocolo
de la notaria pública Angie Miranda Sandí, se incluye cuenta de correo electrónico:
FABRICAHIELOOASIS@gmail.com, dentro de la sociedad denominada Hielos Corlo
Sociedad Anónima, con la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y dos veinticuatro ochenta y seis, domiciliada en
Puntarenas-Puntarenas Chomes Centro, cien metros norte del Criadero de Camarones Chomesmar, debidamente inscrita, personería y representación que la que la suscrita
notaria doy fe, con vista en el Registro
Mercantil al tomo: dos mil diez
asiento: once cincuenta y uno ochenta
y cinco, domiciliada en Heredia, Heredia, María Auxiliadora, del colegio, trescientos veinticinco metros al
este.—Heredia, veintitrés
de junio del dos mil veinticinco.—Angie
Miranda Sandí, Notaría
Pública.—1 vez.—( IN2025965562 ).
Por escritura ciento setenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos, del seis de junio de dos mil veinticinco, la sociedad J & H de San Rafael S.A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil seiscientos veintidós, inscribe correo electrónico escalanteroberto@gmail.com, de conformidad con lo estipulado en la ley diez mil quinientos noventa y siete, y la Directriz DPJ-cero
cero dos-dos mil veinticinco emitida
por la Dirección del Registro de Personas Jurídicas.—Atenas,
veinte de junio de dos mil veinticinco.—Manuel López Cubero, Notario.—1 vez.—( IN2025965563 ).
Por escritura otorgada ante mí, Kattia Mena Abarca, el día de
hoy, se realiza cambio de estatutos y Junta Directiva de la
sociedad Executive Flight Services (CR) Sociedad
de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos
ochenta y siete mil seiscientos cuarenta y cinco.—San
José, a las a las diecisiete horas del diecinueve de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Kattia Mena Abarca.—1 vez.—(
IN2025965564 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número catorce, visible al folio de inicio
cero trece frente a folio
de finalización cero trece vuelto, del tomo décimo, de las dieciséis horas treinta minutos del día veinte de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte del señor
César Enrique (Nombres) Pérez Arellano (Apellidos), en su condición de Tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad de esta plaza denominada Garduña Altos Trescientos
Veinticuatro Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número:
tres-ciento uno–doscientos sesenta y nueve mil doscientos sesenta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las catorce
horas treinta minutos del
día veintitrés de junio del
año dos mil veinticinco.—Ana
Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2025965565 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento setenta y uno, otorgada a las quince horas treinta
minutos, del dieciséis de junio del dos mil veinticinco,
visible al folio ciento nueve
frente, del tomo nueve, se presentó solicitud por parte
del representante legal de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta y
Dos Mil Doscientos Setenta
y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-632272, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Sarchí, Alajuela, dieciséis de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Mayela Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2025965566 ).
Ante esta notaría, a las 18:00 horas
del 27 de junio del 2025, mediante
la escritura número 102, la
sociedad Lo Mejor de las Pinturas F. M. E.
Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve mil trescientos seis, solicita modificación al pacto constitutivo, establecer el correo electrónico
como medio de notificación
lomejordelaspinturas@gmail.com.—Cartago, 30 de junio
del 2025.—Lisbeth Castillo Barquero.—1 vez.—( IN2025965567 ).
Por escritura número ciento dos-dos, otorgada ante el notario público Marvin Alberto Fernández Guzmán, a las diez horas del veinte de junio de dos mil veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada
Confecciones Industriales ALCA Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres-uno
cero uno-ocho seis siete
cero cuatro nueve, con domicilio
social en San José, Pavas, de la Plaza de Deportes de Pavas Centro cien
metros al oeste y cien
metros al sur casa mano izquierda de color blanca, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el
pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Lic. Marvin Alberto
Fernández Guzmán, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965568 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 85, folio
62 vto., tomo 1, a las
14:00 h del 12/06/2025, el representante
de Avagi
S.A., cédula jurídica N° 3-101-062248, y FQ Consultores
Integrales de Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-152999, solicitó
incorporar el correo sanotificacion@gmail.com, al domicilio
social de ambas sociedades, según
Ley 10597.—Pital, 24/06/2025, 19:00 horas.—Licda. María Fernanda Rojas
Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2025965569 ).
Por escritura cuatro, otorgada
ante la notaria pública, Noelia Calvo
Fallas, de las 09:00 horas
del 20 de junio de 2025, se incluye
cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Miratec del Oeste Sociedad Anónima,
domiciliada en San José,
Santa Ana, Autopista Próspero Fernández, Parque Empresarial Fórum, edificio A, segundo piso, con cédula jurídica N° 3-101-300850, mediante
reforma a la cláusula del domicilio en el
pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 20 de junio de
2025.—Licda. Noelia Calvo Fallas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965570 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento treinta y nueve, visible al folio ciento treinta y dos frente, del tomo dos, a las catorce horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil veinticinco, la compañía Recreaciones El Paraíso Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos veintinueve mil ochocientos treinta y ocho, se solicitó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago, a las catorce y cuarenta y cuatro minutos del veinte de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Jairo Jiménez Sandoval.—1 vez.—(
IN2025965571 ).
Ante esta notaría, en aplicación de la ley número diez mil quinientos noventa y siete que establece el uso del correo
electrónico como medio oficial de notificación de sociedades, se tramita la inclusión del correo electrónico ravasion@gmail.com en
las siguientes sociedades denominadas por su misma cédula jurídica Tres Ciento Uno Quinientos Ochenta Mil Setecientos Catorce Sociedad Anónima, Tres Ciento Uno Quinientos Ochenta Mil Setecientos Quince Sociedad Anónima,
Tres Ciento Uno Quinientos
Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Cincuenta
y Cuatro Sociedad Anónima, La Escondida Ocho Turquesa
Sociedad Anónima, cédula tres ciento uno quinientos veinticinco mil seiscientos diez, Inversiones D Argento NR Sociedad Anónima, cédula tres ciento uno cuatrocientos dieciséis mil cero treinta y ocho, Grupo Corporativo
Emelinda Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento
uno cuatrocientos dieciséis
mil ochocientos ochenta y cinco. Presidente: Nicola Ravasio Piras,
cédula residencia número uno tres
ocho cero cero cero uno cero seis mil cinco tres cinco.—Licda. Lissette Ortiz Brenes.—1
vez.—(
IN2025965573 ).
En esta notaría, se ha realizado
la inclusión del correo electrónico
en la cláusula del domicilio la sociedad denominada Finca El Común Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2025.—Lic. Maykool Acuña Ugalde.—1 vez.—( IN2025965575 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número trescientos cuarenta y siete, visible al folio ciento noventa y dos vuelto, del tomo treinta y ocho, a las doce horas, del once
de junio del dos mil veinticinco,
se protocolizó el acta de asamblea general de socios de la entidad Comercializadora
Montenegro y Poveda Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil ochocientos cuarenta y siete, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula número ocho del pacto constitutivo.—Cartago, a
las catorce horas del día veinte
del mes de mayo del año dos
mil veinticinco.—Lic. Laura
Gómez Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2025965576 ).
En esta notaría, se ha realizado la inclusión del correo electrónico en la cláusula del domicilio la sociedad denominada Senlui Sociedad Anónima.—San José, 9 de junio del 2025.—Lic. Maykool
Acuña Ugalde.—1 vez.—( IN2025965578 ).
Mediante escritura número 189-4, otorgada en esta
notaria a las 10 horas del 30 de junio del 2025, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad: Darqco S.R.L., cédula jurídica
número 3-102-670041, donde
se acordó reformar la cláusula sétima del pacto social.—Licda. María Estela Muñoz Ripper.—1 vez.—( IN2025965579 ).
Yo, Kattia Quirós Chévez,
notaria pública con oficina
en Heredia, hago constar que el día diecisiete de junio del 2025, mediante escrituras número 157-28 y 158-28, el señor
Bachar Al Awar Jamal, en su
condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de las empresas Bacharkarim S.A., cédula jurídica
número 3-101-411307 y Chuvy S.A., cédula jurídica
número 3-101-098275, respectivamente, solicitó la incorporación de un correo electrónico en las sociedades indicadas, de acuerdo a la Ley 10597.—Heredia, veintiuno
de junio del 2025.—1 vez.—(
IN2025965580 ).
Por escritura otorgada
ante mí, al ser las catorce
horas treinta minutos del
día seis de junio del dos mil veinticinco,
se reforma el pacto constitutivo de la sociedad Alkema Buena Vista Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-novecientos diecinueve mil trescientos nueve. Se acuerda reformar la cláusula sétima de los estatutos
de la sociedad, la que en adelante dirá como
sigue: “Sétima: De la representación: La sociedad será administrada
por dos gerentes denominados Gerente y Gerente Uno. Corresponderá a Gerente y Gerente Uno la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de conformidad con el artículo
mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Se acuerda
nombrar al siguiente personero: Gerente Uno: Marco
Tulio Arias Herrera, mayor, casado una vez, empresario, portador de la cédula de identidad número
dos-cero trescientos quince-cero setecientos
veintitrés, vecino de
Alajuela, San Ramón, Alto Santiago cien metros este y doscientos sur del
Restaurante La Cantina de Felipón.—San José, once de junio del dos
mil veinticinco.—Lic. Juan Luis Mora Cascante,
Notario Público, Carné N°11105.—1 vez.—( IN2025965582 ).
En esta notaria, se ha realizado
la inclusión del correo electrónico
en la cláusula del domicilio la sociedad denominada Tres Ciento Uno Quinientos Noventa Mil Novecientos Noventa y Tres
Sociedad Anónima.—San José, 9 de junio del 2025.—Lic. Maykool
Acuña Ugalde.—1 vez.—( IN2025965583 ).
En mi notaría, a las
15 horas 30 minutos del 17 de junio
del año 2025, escritura número 308, tomo 26 de mi protocolo comparece Nathaly
Vanessa Riatiga Coto, mayor, costarricense,
divorciada una vez, actualmente en unión libre, administradora de negocios,
cédula número 9-0114-0512, apoderada
judicial y extrajudicial de la sociedad denominada E y N CR S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-910655. Incluye
correo electrónico
harmony_cr_2112@outlook.es de su representada,
conforme a la ley número
10597.—San José, 20 de junio del año
2025.—Marlene Isabel Guzmán Muñoz, Notaria, carné N° 3825.—1 vez.—( IN2025965585 ).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del veinte de junio del 2025; y con fundamento en el inciso
10 del artículo 18 del Código de Comercio. Holding
Company El Rey Ltda., cédula jurídica:
3-102-609297, solicita la inscripción
del correo electrónico:
legal@almaceneselrey.com como medio digital y público para recibir notificaciones judiciales y administrativas. / Inversiones Comerciales
Garro S. A., cédula jurídica: 3-101-704978, solicita la inscripción del correo electrónico:
legal@almaceneselrey.com, como medio digital y público para recibir notificaciones judiciales y administrativas. / AZF El Rey Ltda., cédula jurídica: 3-102-845923, solicita
la inscripción del correo electrónico: legal@almaceneselrey.com, como
medio digital y público para recibir
notificaciones judiciales y
administrativas. / Almacenes
El Rey Ltda., cédula jurídica: 3-102-615329, solicita la inscripción del correo electrónico:
legal@almaceneselrey.com, como medio digital y público para recibir notificaciones judiciales y administrativas. / Inversiones Mobiliarias
El Rey Ltda., cédula jurídica: 3-102-845981, solicita la inscripción del correo electrónico:
legal@almaceneselrey.com, como medio digital y público para recibir notificaciones judiciales y administrativas. / Mobiliaria
Garro Serracín S. R. L., cédula jurídica: 3-102-882372, solicita
la inscripción del correo electrónico: legal@almaceneselrey.com, como
medio digital y público para recibir
notificaciones judiciales y
administrativas.—Lic. José Adrián Vargas Solís.—1 vez.—(
IN2025965586 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cuarenta y seis, otorgada a las
12 horas del 5 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte del representante
legal de Constructora Jorsa Sociedad Anónima, cédula jurídica
N°3101797005, para incluir correo
electrónico en la cláusula del domicilio social de
la sociedad.—San José, 05 de junio del 2025.—Licda. Ivannia Esquivel
Carrillo, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965587 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ochenta y nueve, visible cincuenta y cinco frente al cincuenta y seis frente, del tomo cinco, a las ocho horas del diecinueve de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de Gilbert Gerardo del Carmen Rojas Morales, de las siguientes
sociedades, Giro Industrial Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número
3-101-449683, Novamaq Industries RZ
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
número:
3-102-857350, y de la sociedad Grupo Magna G&M
Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número
3-101-611976, de Agrozu Limitada, cédula jurídica
número:
3-102-108820, para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad Quesada, a las nueve
horas del veinticuatro de junio
del año dos mil veinticinco.—Jessica
Isabel López Araya, Notario
Público.—1 vez.—( IN2025965588 ).
Ante mi notaría, mediante escritura 108, visible al folio 68 vuelto
del tomo 7 a las 8 horas del 30 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte
de Javier González Serrano representante legal de Rancho
Corcovado RC Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-319423, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social conforme a la Ley 10597.—Palmar Norte, Osa,
Puntarenas, contiguo a Moto Mundo, a las 11 horas con
47 minutos del 30 de junio
del 2025.—Lic. Natalia Molina Chinchilla, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965589 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad Ante Deum Inversiones S.A. N° 3-101-799037.
Es todo.—20
de junio del 2025.—Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2025965590 ).
La Compañía Don Camilo S. A., cédula jurídica
3-101- 017627, solicita al Registro
Nacional que inscriba el correo electrónico
vargaspagangeorgina@gmail.com como su medio para atender notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura número 267 de las 16:00
horas del 4 de junio del 2025 ante la Notaria Olga
Marta Cascante Sandoval.—Santa Cruz, 13 de junio
2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1
vez.—(
IN2025965591 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cuarenta y siete, otorgada a las 13 horas y 30 minutos
del 5 de junio del 2025, se presentó
solicitud por parte del representante legal de Indio
Ramírez y Rojas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101337613, para incluir
correo electrónico en la cláusula del domicilio social de la sociedad.—San José, 05 de Junio del 2025.—Licda
Ivannia Esquivel Carrillo, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965592 ).
Mediante escritura pública
número ciento sesenta y tres otorgada ante mí, Nicole González
Guardia, a las trece horas del nueve
de junio del dos mil veinticinco
se protocolizó el Acta de Asamblea General de Accionistas
de la sociedad Zagrib
Investments Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y nueve mil ochocientos setenta y dos, por medio de la cual se acuerda transformar la sociedad pasando de ser Sociedad Anónima a Sociedad de Responsabilidad
Limitada y a su vez, se acuerda modificar la cláusula de Domicilio Social de
la Compañía y la cláusula
de Junta Directiva. Es Todo.—San
José, veinte de junio de
dos mil veinticinco.—Lic. Nicole González Guardia,
Notaria Pública, Teléfono N°4052-0600.—1 vez.—(
IN2025965593 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número noventa, visible al folio cincuenta
y seis frente del tomo cinco, a las nueve horas del diecinueve de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de Marjorie Zúñiga
Jiménez de Especialidades Tres – Ciento Dos- Novecientos Veintiocho Mil Veintiséis
Sociedad de R.L, cedula jurídica tres – ciento dos- novecientos veintiocho mil veintiséis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad Quesada, a las a las dieciocho
horas del veinticuatro de junio
del año dos mil veinticinco.—Jessica
Isabel López Araya, Notario.—1 vez.—( IN2025965594 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cuarenta y siete, otorgada a las 13 horas y 30 minutos
del 5 de junio del 2025, se presentó
solicitud por parte del representante legal de Constructora
Hermanos Rojas de Santa Ana Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101183542, para incluir
correo electrónico en la cláusula del domicilio social de la sociedad.—San
José, 05 de junio del 2025.—Licda
Ivannia Esquivel Carrillo, Notario.—1 vez.—( IN2025965595
).
Ante esta notaría, mediante
escritura número trescientos treinta y cuatro,
visible al folio ciento ochenta
y cinco vuelto a ciento ochenta y seis frente del tomo seis, a las nueve horas treinta minutos del día veintiséis del mes de junio del año dos mil veinticinco, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de Inmobiliaria Lizyaos C.J. Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número
tres- ciento uno- cuatro
seis ocho ocho uno dos, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del
pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, treinta de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Hugo Madrigal
Chinchilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965596 ).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad Montacargas y Maquinaria M. K. S.A. 3-101-359026. Es todo.—20
de junio del 2025.—Wilber Barquero Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965597 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número noventa, visible al folio cincuenta
y seis frente del tomo cinco, a las nueve horas del diecinueve de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de Marjorie Zúñiga
Jiménez de Especialidades Tres-Ciento Dos-Novecientos Veintiocho Mil Veintiséis
Sociedad de R.L., cedula jurídica tres-ciento dos-novecientos veintiocho mil veintiséis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad Quesada, a las dieciocho
horas del veinticuatro de junio
del año dos mil veinticinco.—Jessica
Isabel López Araya, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965598 ).
Por escritura 42 del tomo
13 otorgada ante mí, la sociedad Gringo Green Limitada cédula jurídica N° 3-102-856385, protocoliza
reformas clausulas 4° del Domicilio Social y la 11° en relación a las Asambleas; así como el
nombramiento del nuevo Gerente
Uno. Expido en Cartago a
las 15:05 horas del 23 de junio del 2025.—Cartago, 100 mts. suroeste
de Escuela Esquivel.—Lic.
Winner Obando Navarro.—1 vez.—( IN2025965599 ).
Ante mi notaría, mediante escritura 109, visible al folio 69 frente
del tomo 7 a las 8 horas con 30 minutos
del 30 de junio del 2025, se presentó
solicitud por parte de Javier González Serrano representante
legal de Casa Vieja de Drake Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-466696 para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social conforme a la Ley 10597.—Palmar Norte, Osa,
Puntarenas, contiguo a Moto Mundo, a las 11 horas con
50 minutos del 30 de junio
del 2025.—Lic. Natalia Molina Chinchilla, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965600 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y dos, visible al
folio cuarenta y ocho frente y vuelto, del tomo cinco, a las ocho horas del veinte de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de Flor María Jiménez Esquivel de Don Gaudelio
Sociedad Anónima, cedula jurídica
tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil seiscientos diecinueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad Quesada, a las a las diecinueve
horas del veintinueve de junio
del año dos mil veinticinco.—Jessica
Isabel López Araya, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965601 ).
Por escritura número ciento veintiséis otorgada ante el suscrito notario público, de las once horas del veintitrés
de junio de dos mil veinticinco,
se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Distribuidora Luis Matamoros Sociedad Anonima,
cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos ochenta y dos mil setecientos treinta y nueve, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto
Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José a los veintitrés días de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Juan Carlos Herrera Flores, Notario.—1
vez.—(
IN2025965602 ).
Carjo Materiales
El Labrador de San Josecito Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-264035, revoca nombramientos de secretario y tesorero y procede a nombrar en dichos puestos a las siguientes personas: secretaria:
María Milagro Chinchilla Retana, cédula 109410297.Tesorera: Ana Beatriz Solano
Chinchilla, cédula 119470546, ambas vecinas de.—San Antonio de Alajuelita.—Licenciada Kattia Muñoz Zúñiga.—1 vez.—( IN2025965603 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número once,
visible al diecinueve frente
del tomo diecinueve de las siete horas del veintisiete de junio de dos mil veinticinco, se protocoliza acta de Ciudad NYA GTE Sociedad Anonima.
Se nombre aumenta capital.—San José, treinta de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros,
Notario.—1 vez.—( IN2025965605 ).
Por escritura seis otorgada ante la
Notaria Pública, Noelia Calvo Fallas de las 10:00 horas del 20 de junio de 2025, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Hospimédica de Costa Rica HCR Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización La Pacífica, del Restaurante Nueva Ciudad 200
al este, 100 sur y 50 este,
con cédula jurídica 3-101-547903, mediante
reforma a la cláusula del Domicilio en el
Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 20 de junio de
2025.—Licda. Noelia Calvo Fallas, Notaria.—1
vez.—(
IN2025965607 ).
Mediante escritura número Trescientos dieciséis, del día dieciséis de junio del dos mil veinticinco, se modificó el pacto constitutivo
en la sociedad El Gran
Baraton Dys Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con cédula de persona jurídica 3-102-875917 y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Licda. Vanessa Rojas Quirós, Notaria.—1
vez.—(
IN2025965608 ).
Ante esta notaria, mediante
escritura 237, a las 11:00 horas del 30 de junio del 2025, se protocolizó el acta 1 de Asamblea General de Socios de la compañía US Three
Superfood S.A, con cédula jurídica 3-101-824629,
se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Naranjo,
30 de junio del 2025.—Lic. Eliott Vargas Corrales.—1 vez.—(
IN2025965610 ).
Por escritura número
102, otorgada ante esta notaría, a las 14 horas treinta minutos del 18 de junio del 2025,
se agrega correo electrónico para notificaciones
de la sociedad Forty Million Investment S.A.,
cédula jurídica tres-uno
cero uno-siete dos siete
cero dos siete.—San Mateo, 18 de junio del 2025.—Lic. Leiner Molina Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2025965611 ).
En mi Notaria
Publica el día 21 de junio
de 2025 de conformidad con la aplicación
de la ley número 10597 presente
el representante legal
Josué Charpantier Diaz de la sociedad
Vortex Costa Rica S.A. con cédula persona Jurídica
número 3-101-908651, Domiciliada
en Heredia, Belén, Belén, San Antonio, Barrio
Escobal, trescientos cincuenta
metros oeste del super Mili, casa con portón blanco muros
color gris a mano derecha, solicita
la inscripción del correo electrónico jchvortex@gmail.com como
medio de notificación para la sociedad.
Es todo.—San
José, 21 de junio de 2025.—Licda. Kimberly Godínez Valverde.—1
vez.—(
IN2025965612 ).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las nueve horas del día treinta de junio de dos mil veinticinco, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Acta de Reunión
de Cuotistas de la sociedad
denominada Sartoncosta
Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-ochocientos
treinta y nueve mil ciento ochenta y ocho, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico
como medio de notificación
para las sociedades mercantiles”
y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas,
se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la
inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: legal.caribe@ikeasi.com. Así
mismo se acuerda revocar el nombramiento
del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente.—San
José, treinta de junio de
dos mil veinticinco.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva.—1
vez.—(
IN2025965613 ).
Por escritura N.º 87,
folio 63 vto., tomo 1, a
las 17:30 h del 13/06/2025, el representante
de Talleres Mecánicos Asociados Bugui S. A., cédula jurídica
3-101-349479, solicitó incorporar
el correo
herreraquesadanotificaciones@gmail.com como parte del domicilio social, conforme a Ley 10597. Domicilio:
La Fortuna, San Carlos,
Alajuela, contiguo al Taller Hercar.—El Tanque. Pital, 13/06/2025.—Licda. María Fernanda Rojas Murillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965614 ).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día treinta de junio de dos mil veinticinco, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea
General Extraordinaria de Accionistas
de la sociedad denominada Stones
Rocks & Metals, Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y seis mil ochocientos veinticinco, de conformidad con
la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico
como medio de notificación
para las sociedades mercantiles”
y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas,
se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la
inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: phincapie@ruagroup.com.co. Así
mismo se acuerda revocar el nombramiento
del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente.—San
José, treinta de junio de
dos mil veinticinco.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva.—1 vez.—( IN2025965615 ).
Mediante escritura número seis – uno otorgada ante los Notarios Públicos Laura Tamara Lecusay Salazar y Hernán Pacheco Orfila, actuando en conotariado
en el protocolo
de la primera, a las doce
horas del treinta de junio
del año dos mil veinticinco,
donde se disuelve y se liquida la sociedad EYCA
(Costa Rica), Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número
3-101-643093.—San José, 30 de junio del
2025.—F).Laura Tamara Lecusay Salazar.—1 vez.—( IN2025965616 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento ochenta y uno, visible al
folio ciento cincuenta y cinco vuelto, del tomo octavo a las trece horas y treinta minutos del trece de mayo de dos mil veinticinco,
la compañía Los Coyotes Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos
quince mil cuarenta y nueve
se solicitó reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Cartago, a
las diecisiete y treinta y siete minutos del veinticuatro de junio de dos mil veinticinco.—Licda. Silvia Elena
Peralta Montenegro.—1 vez.—( IN2025965617 ).
Mediante escritura otorgada
ante mí a las 9,00 horas del 13 de junio de 2025 la compañía denominada Faroar de
San Francisco,
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número 3-101-399097, solicitó al Registro Mercantil registrar la siguiente dirección de correo
electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales: faroardesanfranciscosa@gmail.com.—Ciudad Quesada, 23 de junio
de 2025.—Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(
IN2025965618 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento noventa y siete, visible al folio ciento setenta y cuatro vuelto, del tomo octavo a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de junio de dos mil veinticinco, la compañía Los
Coyotes Sociedad de Responsabilidad Limitada, con
la cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-novecientos
quince mil cuarenta y nueve
se solicitó reformar la cláusula del domicilio social del
pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago, a las diecisiete
y treinta y cuatro minutos
del veinticuatro de junio
de dos mil veinticinco.—Licda.
Silvia Elena Peralta Montenegro.—1 vez.—( IN2025965619 ).
Por escritura número ciento ochenta y dos otorgada a las siete horas veinte minutos del treinta de junio del dos mil veinticinco, la Entidad Denominada Consultores Venesquivel
Sociedad Anónima, de cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil cuatrocientos veintiuno, solicita establecer como correo electrónico
rogerporrasr@gmail.com conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es Todo.—San José, 30 de junio del 2025.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez.—1 vez.—( IN2025965620 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos treinta y seis,
visible a folio ciento noventa
y nueve vuelto y doscientos frente, del tomo uno, de las nueve horas del
día siete del mes de junio del año dos mil veinticinco, la empresa Transportes Tetedoux
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres ciento uno seis cuatro uno
dos cero seis, con domicilio Alajuela, Orotina, ciento cincuenta metros al sur de
la estación del ferrocarril,
comparece a efecto de hacer solicitud formal la inscripción del correo electrónico mediante el cual su
representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece
el siguiente correo electrónico: carlos.tetedoux.a@gmail.com. Es todo.—A las nueve horas del día treinta
de junio del año 2025.—Lic. Jacqueline Quesada
Badilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965621 ).
La sociedad Aguemor House
Sociedad Anónima, cédula jurídica-tres-ciento
uno seis cuatro uno dos tres cinco,
establece como correo electrónico info@ancouriershop.com.—San José, el
trece de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Kenneth Mora Díaz.—1 vez.—(
IN2025965622 ).
La sociedad Villalgo
Patrimonial Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica, tres-ciento uno-cinco siete uno dos siete ocho, establece como correo electrónico,
karenvillaplana@gmail.com.—San José, doce de junio
dos mil veinticinco.— Lic. Kenneth Mora Díaz.—1 vez.—( IN2025965623 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las
quince horas veinte minutos
del día veinticuatro de junio
del dos mil veinticinco, se protocoliza
acta de Asamblea General Extraordinaria
de socios de la sociedad Ayeton Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno dos tres seis nueve, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad y se solicita al Registro de Personas Jurídicas
que se prescinda del nombramiento
de liquidador y se tenga a
la sociedad como liquidada por no tener activos, ni pasivos y encontrarse
satisfechos los intereses del Fisco. Colonia Victoria, Las Horquetas de Sarapiquí, Heredia.—a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Rony Vinicio Arias Paisano, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965624 ).
La sociedad Compañía
Bethel Familiar Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-dos uno seis tres
siete seis, establece como correo electrónico
halo77782@yahoo.com.—San José, doce
de junio dos mil veinticinco.—Lic. Kenneth Mora Díaz.—1
vez.—(
IN2025965625 ).
La sociedad Manquir
Patrimonial Sociedad Anónima, en
el número de cédula jurídica
tres-ciento uno-seis cuatro tres
cero dos siete, establece como correo electrónico,
recreoskaraoke@gmail.com.—San José, dieciocho de junio dos mil veinticinco.—Lic. Kenneth Mora Díaz.—1 vez.—(
IN2025965626 ).
La sociedad Muebles
Y Acabados Joluma Sociedad Anónima ,
con número de cédula jurídica
tres - ciento uno - seis nueve dos cero ocho cinco, establece como correo electrónico,
gralopezsibaja@gmail.com.—San José, trece de junio dos mil veinticinco.—Lic. Kenneth Mora Díaz.—1
vez.—(
IN2025965627 ).
La sociedad Dessyree &
Dylana Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro
cuatro dos dos cuatro cinco,
establece como correo electrónico, dyla.mora123@gmail.com.—San José, treinta
de junio dos mil veinticinco.—Lic. Kenneth Mora Díaz.—1 vez.—(
IN2025965628 ).
La sociedad Ancourier
Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada , con número
de cédula jurídica tres — ciento dos- ocho cuatro cinco cuatro siete siete, establece como
correo electrónico info@ancouriershop.com.—San José, el
trece de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Kenneth Mora Díaz.—1 vez.—(
IN2025965629 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número trescientos treinta y cinco, visible al folio ciento ochenta y seis frente a ciento ochenta y seis vuelto del tomo seis, a las nueve horas cuarenta minutos del día veintiséis del mes de junio del año dos mil veinticinco, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de Asejim Soluciones Regulatorias Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento
uno- siete seis cinco seis nueve cinco mediante
la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, treinta de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Hugo Madrigal Chinchilla, Notario.—1
vez.—(
IN2025965630 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día del 18 de junio
del año dos mil veinticinco,
se protocolizó acta de asamblea
de cuotistas de compañía Morenfortune Enterprises
Sociedad de Responsabilidad Limitada mediante la cual, se reformó la cláusula se reformó la cláusula de domicilio.—Nosara Guanacaste, veinticuatro de junio del año mil veinticinco.—Lic. Brians Salazar Chavarría.—1 vez.—( IN2025965633 ).
Por escritura otorgada ante mí,
Kattia Mena Abarca, el día de hoy, se realiza cambio de estatutos y Junta Directiva de la
sociedad Full Circle Limitada con cédula Jurídica
Número tres-ciento dos-quinientos
cinco mil quinientos treinta y tres.—San José, a las a las dieciséis
horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Kattia Mena Abarca.—1 vez.—(
IN2025965635 ).
Ante esta notaría, se ha protocolizado acta de asamblea de
Espacio de Paz S.A., cédula jurídica N°
3-108-805087, en la cual se
aprobó disolución de la misma.—Esparza,
30 de junio de 2025.—Lizeth Genoveva León Gómez,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965640 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento cuarenta y seis- treinta y ocho, visible al folio número setenta y cinco frente, del tomo treinta y ocho, a las ocho horas treinta minutos, del veinticuatro de junio del dos mil
veinticinco, se presentó solicitud por parte
del representante legal de ASG logísticos
EIRL, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento
cinco-ocho cuatro cinco dos
uno tres para incorporar un
correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Heredia, a las quince horas del día veinticuatro del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Julieta López
Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2025965641 ).
En mi Notaría, por acuerdo
de socios, se disuelve la sociedad 3-101-772136 S.A.—San José, 24 de junio de 2025.—Lic.
Luis Pablo Rojas Grijalba.—1 vez.—( IN2025965644 ).
Se avisa que ante esta
notaría, mediante escritura pública número 127-5, otorgada a las 8
horas del día 18 de junio del 2025, se presentó una solicitud
por parte del representante legal de las sociedades:
i) Elbragos S.A., cédula jurídica número 3-101-059559;
ii) Cafena S.A., cédula jurídica número
3-101-090678; iii) Agritec S.A., cédula jurídica número
3-101-109728; iv) Agrícola
Gresac S.A., cédula jurídica
número 3-101-122635; v) Berolina
S.A., cédula jurídica
número 3-101-185026; y, vi) Contrastes de
Colores S.A., cédula jurídica número 3-101-146950, a efectos
de incorporar un correo electrónico en el domicilio social de cada una de las sociedades indicadas previamente, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 19 de junio del
2025.—Licda. Natalia Cristina Ramírez Benavides,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965645 ).
Por escritura 12 tomo 6 de las 11:00
horas del 30 de junio de 2025, la empresa
denominada 3-102-777085 S.R.L., cédula jurídica número 3-102-777085, solicita al Registro Nacional inscribir correo electrónico como medio para recibir notificaciones judiciales y administrativas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Registro Nacional
y/o ante esta notaría ubicada en San José, Los Yoses, Ave 10, C 33 y 35, Nº3335.—Lic. José Fabio Vindas Esquivel, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965647 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad El Gran Barreal Dorado B Y D S. A.
3-101-409541. Es todo.—20 de junio del 2025.—Wilber
Barquero Bolaños, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965650 ).
Por escritura número cero cinco-doce otorgada ante la
Notaria Pública, Ana del Carmen Morales Mora de las once horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Osa Tree
Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-siete ocho cinco seis cero cinco, con domicilio social en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, Matapalo,
doscientos metros sur de la entrada de Finca Roca
Dura, casa color blanco.—Golfito, 11 de octubre del 2024.—Licda. Ana del
Carmen Morales Mora. Teléfono 27752101-88280583.—1 vez.—(
IN2025965653 ).
La Compañía Mar de Constelaciones
S.A. cédula jurídica 3-101-224333,
solicita al Registro
Nacional que inscriba el correo electrónico vargaspagangeorgina@gmail.com como su medio para atender notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura número 265 de las 15:00 horas del 4 de junio
del 2025 ante la Notaria Olga Marta Cascante Sandoval.—Santa
Cruz, 13 de junio 2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1 vez.—( IN2025965654 ).
Ante esta notaria, mediante
escritura número doscientos cuarenta y tres, visible al folio ciento cuarenta y ocho vuelto del tomo doce, al ser las doce horas del treinta de junio del año dos mil veinticinco, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la Mercantil Tres-Ciento
Uno-Setecientos Setenta y
Dos Mil Quinientos Treinta y Nueve
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-setecientos setenta y dos mil quinientos treinta y nueve, mediante la cual se acordó dejar sin efecto el acuerdo número
uno del acta numero dos que fue
celebrada mediante asamblea general extraordinaria
de socios en el domicilio social en Heredia, Heredia, Barreal, Galpón
Cinco, campo cero cincuenta y seis, del Centro
Nacional de Abastecimiento y Distribución
de Alimentos CENADA, al ser las once horas del día veinticinco
de abril del año dos mil veinticinco; y se acuerda dejar sin efecto el acuerdo número
uno del acta número cuatro que fue
celebrada mediante asamblea general extraordinaria
de socios en el domicilio social en Heredia, Heredia, Barreal, Galpón
Cinco, campo cero cincuenta y seis, del Centro
Nacional de Abastecimiento y Distribución
de Alimentos CENADA, al ser las nueve horas del día
quince de mayo del año dos mil veinticinco;
y se acuerda dejar sin efecto el acuerdo
número uno del acta número cinco que fue celebrada
mediante Asamblea General Extraordinaria de socios en el domicilio
social en Heredia, Heredia, Barreal, Galpón Cinco, campo cero cincuenta
y seis, del Centro Nacional de Abastecimiento y Distribución de Alimentos CENADA, al ser las once horas del
día dos de junio del año
dos mil veinticinco. Por lo tanto, se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo, para que en lo sucesivo diga así: Primera: Del nombre. La sociedad se denominará Grupo Cefur
Sociedad Anónima que es nombre
de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas
palabras en ‘‘S.A.’’.—Alajuela,
al ser las doce horas con cuarenta
minutos del treinta de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Guiselle Arroyo Segura, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965655 ).
Por escritura número 155, otorgada ante la suscrita Notaria
Público, de las 10:20 horas del 27 junio 2025, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad SC
Marketing Promocional SA, cédula jurídica 3-101-516321, con domicilio
social en San José, Carmen, del Parque Morazán 300 norte y 100 este, casa esquinera a mano derecha color blanco con azul.—San José, 30 junio 2025.—Licda. Rita María Calvo
González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965656 ).
Por escritura número 154 otorgada ante la suscrita notaria
público, de las 10:10 horas del 27 junio 2025, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad Soluciones de
Marketing Oneck Centroamérica
S.A., cédula jurídica 3-101-771098,
con domicilio social en San
José, Carmen, del kiosko del Parque Morazán 300 norte y 75 este.—San José, 30 junio 2025.—Licda. Rita María Calvo
González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965658 ).
Por escritura número
155, otorgada ante el suscrito notario, a las 10 horas
del 20 de junio del dos mil veinticinco,
se reforma la administración
y estatutos de la sociedad denominada Grupo Gefra S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-431645. Es todo.—San
José, 20 de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Noé Campos Duarte, Notario.—1
vez.—(
IN2025965659 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad CH Dorado Inversiones S. A. 3-101-898689.
Es todo.—20
de junio del 2025.—Wilber Barquero Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965660 ).
Mediante escritura número 187-4 otorgada a las 13:00 del 27 de junio
del 2025, se protocolizó acuerdo
de asamblea general de accionistas
de la sociedad Berry Strong, S.A., cédula jurídica número 3-101-768886, donde se acordó disolver dicha sociedad.—Licda. María Estela Muñoz Ripper.—1 vez.—( IN2025965661 ).
Por escritura número 237 otorgada ante esta notaría a las 15:00, del 24 de junio
de 2025, se solicita la inclusión
en el pacto
constitutivo de la sociedad
Cecily Sociedad Anónima, entidad
con cédula de persona jurídica número
3-101-125608, un correo electrónico
conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 27 de junio del dos
mil veinticinco.—Licda. Nadia Semaan Zúñiga,
Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965662 ).
Por escritura 79-11 otorgada ante esta notaría al ser las 9:00
horas del 20 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte de Kattia Ajún Castro, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad FST ASSETS Limitada, cédula jurídica 3-102-775790 para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme a la Ley número diez
mil quinientos noventa y siete.—San José, 20 de junio del
2025.—Andrea Ovares López, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965664 ).
Protocolización Asamblea
general extraordinaria de socios
de Business Management Corp S. A. Cédula jurídica
3-101-663435, la cual reforma
las cláusulas 7 y 2 de los estatutos de la sociedad, correspondientes a la administración
y representación, y al domicilio
social. Escritura 251-5 de las 12 horas del día 27 de
junio del año 2025.—San
José, 27 de junio del año 2025.—Licda. Elizabeth María
Álvarez Morales, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965667 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 140,
visible al folio 82 vuelto, del tomo
2, a las 13 horas y 30 minutos del 17 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte
del representante legal de Rocío Feliz Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-935075,
para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—Cóbano, 20 de junio del 2025.—Lic. Rosibeth Obando Loría, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965669 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento setenta y tres visible al folio ciento setenta vuelto del tomo undécimo a las catorce horas, del mes de junio del do mil veinticinco, se protocolizó el acta de asamblea de Tres-Ciento Dos-Novecientos Veinte Mil Trescientos Cincuenta y Ocho
S.R.L, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos veinte mil trescientos cincuenta y ocho, mediante la cual se acuerda establecer un nuevo gerente y eliminar la cláusula número decimotercera del pacto constitutivo, quitando el agente
residente.—San José, a las doce
horas y quince minutos del día veintisiete
del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notario.—1
vez.—(
IN2025965670 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento treinta, visible al folio ciento diez frente,
del tomo dieciocho, se presentó solicitud por parte de los
Gerentes de El Base de Barba Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
número tres-ciento dos-ochocientos noventa y nueve mil ciento siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ojochal, Osa, Puntarenas,
a las trece horas del día veinte
del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Sabrina Karine Kszak
Bianchi, Notaría Pública.—1 vez.—(
IN2025965671 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y tres, visible al folio treinta
seis vuelto del tomo TRES,
a las dieciocho horas y cero minutos
del veinte de Junio del dos mil veinticinco,
se presentó solicitud por parte de Gabriela Suarez
Garita, mayor de edad, portadora
de la cédula de identidad uno–mil treinta
y siete-cero ciento sesenta y cinco, en su calidad
de Apoderada Generalísima
Sin Límite de Suma de la Sociedad denominada
Centro Infantil La Casita Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres – ciento uno- seiscientos setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de
Heredia a las dieciocho horas y treinta
minutos del veinte del junio del dos mil veinticinco.—Licda. Mary Hellen Esquivel Brenes, Notaria.—1 vez.—(
IN2025965672 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número treinta y tres-dos, otorgada a las nueve horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil veinticinco, visible al folio cero sesenta
y cuatro frente, del tomo
dos del protocolo del suscrito
notario Alberto José Salas Salinas, se presentó solicitud por parte de Leaf.FM Limitada,
con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-setecientos
cuarenta y seis mil ciento cuarenta y seis, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, veinte de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Alberto José Salas Salinas, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965674 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos ochenta y cinco, visible al folio
ciento setenta vuelto y ciento setenta y uno frente del tomo cuarenta y cinco, a las diecinueve horas del
día veinte de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de David Francisco
Vargas Badilla, cédula de identidad número uno-novecientos dieciocho-cuatrocientos treinta y
tres, en su condición de vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Chanel
& Badilla E Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y cinco mil trescientos catorce, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—Palmares, 23 de junio del año 2025.—Lic.
Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—(
IN2025965677 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 124
visible al folio 1123 frente del tomo
9, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte de Edgar Eduardo
Herrera Quirós en su condición de Presidente de la sociedad
Maxwelll Manor Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-386226 para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforma
a la ley número 10597.—Heredia,
27 de junio del 2025.—Carlos Manuel Sánchez González,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965678 ).
Ante esta notaría, por medio de escritura pública número ochenta y nueve–Décimo sexto, otorgada en Guanacaste, Playas
del Coco, a las trece horas y treinta
minutos del día veintisiete
de junio del dos mil veinticinco,
compareció la señora
Priscilla Solano Castillo, en su
condición de Subgerente con
facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma
de la compañía Wait A Minute Limitada, cédula
de persona jurídica número
3-102-474082, a solicitar se incorpore
un correo electrónico en el asiento registral de la sociedad, conforme a la Ley número 10597. Es todo.—Guanacaste, Playas del Coco, veintisiete
de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Laura Coto Rojas. Tel: 2670-1822.—1 vez.—(
IN2025965681 ).
Ante esta notaría, mediante escritura Cincuenta y Dos de las once horas y veinte
minutos, del día veintiséis
de junio del dos mil veinticinco,
por medio de su representante legal, la entidad Grupo
Banesa Sociedad Anónima con la cédula de persona jurídica número Tres–Ciento Uno-Cuarenta y Nueve Mil Ciento Setenta y Siete, se solicita incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Heredia, veintisiete de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965684 ).
Ante esta notaría, por medio de escritura pública número ochenta y ocho-décimo sexto, otorgada en Guanacaste, Playas del Coco, a las trece
horas y quince minutos del día veintisiete de junio del dos mil veinticinco, compareció
la señora Priscilla Solano Castillo, en su condición de Presidente con facultades de Apoderada Generalísima Sin Límite de Suma
de la compañía Océanos A.S Cuatro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número 3-101-507417, a solicitar
se incorpore un correo electrónico en el asiento registral de la sociedad,
conforme a la Ley número
10597. Es todo.—Guanacaste, Playas del Coco, veintisiete
de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Laura Coto Rojas. Tel: 2670-1822.—1 vez.—(
IN2025965686 ).
Por escritura otorgada
ante la Notaria María Auxiliadora Solano Monge, número
ciento sesenta y cinco del tomo diez de mi protocolo en la ciudad de San José a las nueve
horas con treinta minutos
del día diez de junio de
dos mil veinticinco, se protocoliza
acta número cuatro de la empresa
Inversiones E & H Ochenta y Uno Sociedad Anónima que establece como correo electrónico
de la sociedad
resquiveltresmilquinientossesentaydos@gmail.com.—María Auxiliadora Solano Monge, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965687 ).
Por escritura otorgada ante mí a las 11:55 horas del 27 de junio
de 2025; se estipuló como parte del domicilio social el correo electrónico
para la sociedad Tres-Ciento
Dos-Setecientos Diez Mil Veinte
S.R.L..—San
Ramón de Alajuela, 27 de junio de 2025.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González.—1
vez.—(
IN2025965688 ).
Que por escritura número
200-1, otorgada a las 09:00 horas de hoy, la compañía denominada Urucosta de América S.A., registra
el correo electrónico rzeledon@remsoluciones.com como
medio para atender notificaciones.—San José 23
de junio del 2025.—Licda. Jéssica María Oviedo González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965691 ).
Por escritura otorgada ante la
Notaria María Auxiliadora Solano Monge, número ciento ochenta y siete del tomo diez de mi protocolo en la ciudad de San José a las catorce
horas con cincuenta minutos
del día veinticuatro de junio
de dos mil veinticinco, la señora
Carla María Odio Pérez en su
calidad de presidenta de la
sociedad Inversiones Cajohda
Sociedad Anónima cédula jurídica
tres-ciento uno-trescientos
trece mil ochocientos cincuenta y tres establece como correo electrónico de la sociedad codio35@yahoo.com.—María Auxiliadora Solano Monge, Notario.—1 vez.—( IN2025965692 ).
Mediante escritura otorgada ante mí a las 10,00 horas del 4 de junio
de 2025 la compañía denominada
Edificaciones Elever Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número 3-101-865188, solicitó
al Registro Mercantil registrar la siguiente dirección de correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales: info@elever.cr.—Ciudad
Quesada, 23 de junio de 2025.—Raúl Hidalgo Rodríguez,
Notario.—1 vez.—( IN2025965693 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura Cuarenta y Siete de las diez
horas y quince minutos, del día veintiséis
de junio del dos mil veinticinco,
por medio de su representante legal, la entidad Perban, Sociedad Anónima
con la cédula de persona jurídica número
tres–ciento seis-setecientos sesenta y seis mil doscientos ochenta y siete, se solicita incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Heredia, veintisiete de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Silvia Marcela
Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2025965694 ).
Por escritura número 44 - 3, otorgada ante los Notarios Públicos Daniel Rojas
Nielsen y Rolando Clemente Laclé Zúñiga,
a las 11:00 horas del 18 de junio del 2025, se protocoliza el Acta número 07 de Asamblea de Cuotistas de la compañía Bua
Kapi Costa Rica Coffee, S.R.L., con cédula
de persona jurídica número
3-102-808914, mediante la cual
se reforma la cláusula sétima del pacto social.—San José, 18 de junio de 2025.—Lic. Daniel Rojas
Nielsen, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965695 ).
Ante esta notaria se realiza la modificación de estatutos de Corporación
Alsovi S.A. Es todo.—Diego Antonio Castellón Arce, Abogado y Notario.—1
vez.—(
IN2025965696 ).
Por escritura número 21 otorgada ante la suscrita Notaria
a las 10:00 horas del 17 de junio del 2025 se solicitó la incorporación del correo electrónico en el asiento registral de la sociedad Marguimar Uno,
S.A., cédula jurídica 3-101-253188.—San José, 23
de junio del 2025.—Licda. Manuelita Jiménez E., Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965697 ).
Por escritura otorgada
ante mí, se modificó la
junta directiva, de la sociedad
Los Hijos de Coca Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número:
3-101-837844.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 27 de junio
del 2025.—Lic. Luis Diego
Fonseca Sibaja, Notario.—1 vez.—( IN2025965698 ).
Mediante escritura otorgada ante mí a las 9,30 horas del 13 de junio
de 2025 la compañía denominada
Inversiones Rovaljuca, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número 3-101-243677, solicitó
al Registro Mercantil registrar la siguiente dirección de correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales: juankadba.mep@gmail.com.—Ciudad Quesada, 23 de junio de 2025.—Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1
vez.—(
IN2025965699 ).
Mediante escritura número 177 del tomo 12 de mi protocolo, otorgada a las 13:30 horas del día 27 de junio del año 2025, protocolicé acta de Asamblea
General de Cuotistas de la sociedad
denominada Espinoza Family Enterprises S.R.L, por medio de la cual se modifica cláusula de del Domicilio y se incluye correo electrónico para recibir notificaciones.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1 vez.—( IN2025965700 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas
del día diecisiete de junio
del dos mil veinticinco, la sociedad
Cordex Holdings CR S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos treinta y ocho mil setecientos ochenta y uno, solicita la inscripción de correo electrónico para notificaciones.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965701 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las
quince horas diez minutos
del día diecisiete de junio
del dos mil veinticinco, la sociedad
Duwest Cafesa,
S.A., cédula jurídica tres
ciento uno-ciento veintitrés mil quinientos siete, solicita la inscripción de correo electrónico para notificaciones.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965702 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:30 horas del 23 de junio
del 2025, se presentó solicitud
mediante el representante legal de CAH Trabajos
Industriales S.A. cedula jurídica 3-101-687074,
para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—Licda.
Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—( IN2025965703 ).
Por escritura número
18 otorgada ante la suscrita
notaria a las 09:20 horas del 17 de junio del 2025 se
solicitó la incorporación
del correo electrónico en el asiento registral de la sociedad Inversiones De Capital Toscana, S. A.,
cédula jurídica 3-101-357832.—San José, 23 de junio del 2025.—Licda. Manuelita Jiménez E., Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965705 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número 27-17, visible del folio 63 frente al folio 64 frente, del tomo 17, a las 11:00 horas del 19 de junio
del 2025, se consigna la actualización
del medio de notificación para Moonbeam CR, S.R.L.,
con cédula de persona jurídica número
3-102-737747, a fin de actualizar el
domicilio social conforme a
la Ley N.10,597.—La Ribera de Belén, Heredia, 20 de junio
del año 2025.—Lic. Lawrence
Shanahan Lobo, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965707 ).
Por escritura de las 15:00 horas. Del 13 de junio
del 2025, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas
de Ata Outsourcing Services S.A., cédula jurídica
3-101-387314, mediante la cual
se reformó la cláusula de
la administración y del domicilio
y se revocó al actual tesorero
y vocal uno y se nombró nuevos.
Se revoca al vocal dos y no se nombra
a nadie por reforma.—San
José, 18 de junio del 2025.—Jaime Garro Canessa, Notario.—1 vez.—( IN2025965709 ).
Mediante escritura otorgada ante mí a las 9,00 horas del 21 de junio
de 2025 la compañía denominada
Legado Familia Alfaro Jiménez, Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-928246, solicitó al Registro Mercantil registrar la siguiente
dirección de correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales: lily151277@gmail.com.—Ciudad
Quesada, 23 de junio de 2025.—Raúl Hidalgo Rodríguez,
Notario.—1 vez.—( IN2025965710 ).
Por escritura cinco otorgada ante la Notaria Pública, Noelia Calvo Fallas de
las 09:30 horas del 20 de junio de 2025, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada 3-102-784679 Sociedad de Responsabilidad
Limitada, domiciliada en
San José, San José, Pavas, de la Embajada de los Estados Unidos de América, cien metros largos al este y ciento setenta y cinco metros al sur, edificación contigua al parque El Tucán, edificio de dos plantas color camello con portones gris, número mil, con
cédula jurídica 3-102-784679, mediante
reforma a la cláusula del domicilio en el
pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 20 de junio de
2025.—Licda. Noelia Calvo Fallas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965711 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 16-17,
visible del folio 29 frente al folio 31 frente del tomo 17, a las 09:15
horas del 17 de junio del año
2025, se presentó solicitud
por parte de la señora Mariana Lucila Maurelli, Representante Legal de las siguientes sociedades: (i) Corporación
Los Campos Florecientes del Mar, Limitada, con
cédula de persona jurídica número
3-102-365183; (ii) Avances Permanentes MGA, S.R.L., con cédula de persona jurídica número 3-102-601728; y,
(iii) Finca El Rosen H S, S.A., con cédula de persona jurídica número 3-101-361295,
para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de dichas sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—La Ribera de
Belén, Heredia, 20 de junio del año
2025.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965712 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ocho, visible al folio once frente
y vuelto, del tomo cinco, a las diez horas, del veinte de junio del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de Luis Diego Cubillo Cerdas, de Transportes
LDCC Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica número tres-ciento dos-ocho cero cuatro
cero siete uno, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Guápiles, a las diecisiete horas y diez minutos del día veinte del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Gustavo Rodríguez Murillo, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965713 ).
Ante esta notaría, por
medio de escritura pública número ochenta y siete-décimo sexto, otorgada en Guanacaste, Playas del Coco, a las trece
horas del día veintisiete de junio
del dos mil veinticinco, compareció
la señora Priscilla Solano Castillo, en su condición
de Gerente General con facultades
de apoderado generalísimo
sin límite de suma de la compañía La Cueva de Las Ostras
de Playa Tamarindo Limitada, cédula de persona jurídica
número 3-102-558155, a solicitar
se incorpore un correo electrónico en el asiento registral de la sociedad,
conforme a la Ley número
10597. Es todo.—Guanacaste, Playas del Coco, veintisiete
de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Laura Coto Rojas. Tel: 2670-1822.—1 vez.—(
IN2025965714 ).
Por escritura otorgada a las 16:00
horas del 17 de junio del 2025, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Bioinsumos San José CR Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número 3-101- 845602, por
la que se acuerda la disolución
de esta sociedad.—San José, 20 de junio del 2025.—Lic. Fernando Mora Oreamuno.—1 vez.—( IN2025965716 ).
Por escritura número 19 otorgada ante la suscrita notaria
a las 09:30 horas del 17 de junio del 2025 se solicitó la incorporación del correo electrónico en el asiento registral de la sociedad La Piedra Bocona,
S.A., cédula jurídica 3-101-252181.—San José, 23
de junio del 2025.—Licda. Manuelita Jiménez E., Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965717 ).
Se comunica a interesados
que en acta Nº 3, celebrada
el 5 mayo 2025, de sociedad
SKS Desarrollo y Sostenibilidad S. A., cédula
3-101-652074, se acuerda su
disolución.—Licda. María Rocío Díaz Garita, carné
17601.—1 vez.—( IN2025965718 ).
Ante mi Carlos
Luis Fernández Vásquez, Notario Público, la empresa Nice
View Estates Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-trecientos nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres, en el acta número
cuatro se nombra como nueva gerente y se aporta correo electrónico
para notificación cynthiashillibeer@yahoo.com mediante la escritura número cincuenta y cuatro, del tomo treinta y nueve de las quince horas del veinte
de junio del dos mil veinticinco.—Carlos
Luis Fernández Vásquez, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965721 ).
Por escritura número cero cinco-doce, otorgada ante la
Notaria Pública, Ana del Carmen Morales Mora de las once horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Pieza Paraíso Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-uno
cero uno-uno uno cero siete nueve
cuatro, con domicilio social en
Puntarenas, Golfito, Puntarenas, Golfito, Golfito, kilómetro
Uno, contiguo a la Clínica
del Dr. Morales, en Bufete ocho nueve nueve
seis.—Golfito, 20 de junio del 2025.—Licda. Ana del Carmen Morales Mora. Teléfono
27752101-88280583.—1 vez.—( IN2025965722 ).
Mediante escritura 92-25, otorgada por los notarios
públicos Juan Manuel Godoy Pérez y David Arturo
Campos Brenes, a las 16 horas, del 26 de junio de
2025, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad
Magma, S. A., con cédula jurídica número 3-101-043552, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad. Es todo.—San
José, 27 de junio de 2025.—Juan Manuel Godoy Pérez.—1 vez.—( IN2025965723 ).
Por escritura número
ciento tres-dos otorgada, ante el Notario Público
Marvin Alberto Fernández Guzmán, a las once horas del diecinueve
de junio de dos mil veinticinco
de, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada, WC Service Assistance Electronic Sociedad Anónima con cédula
jurídica número: tres-uno cero uno-nueve uno siete siete nueve
cinco y con domicilio
social en: San José, San José, Pavas de la Plaza de Deportes de Pavas centro cien metros al oeste y cien metros al sur, casa de color verde,
mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto
constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y
siete.—Lic. Marvin Alberto
Fernández Guzmán, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965724 ).
Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del veinte de junio de dos mil veinticinco, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la sociedad Tres-Ciento Dos-Ochocientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos
Trece S.R.L., con cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta y ocho mil ochocientos trece, en la cual
se acordó reformar las cláusulas referentes al domicilio y la administración en los estatutos
de la sociedad. Es todo.—San José, nueve de junio de dos mil veinticinco.—Licda. Fabiola Soler Bonilla, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965725 ).
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de El General de Pérez Zeledón a las
12:00 horas del 27 de junio del 2025. Se acuerda disolver por acuerdo de socios, la compañía denominada Randy and Vickie S.R.L..—27 de junio
del 2025.—Lic. Rodolfo Herrera García.—1
vez.—(
IN2025965726 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cincuenta y siete – seis, visible
al folio cincuenta y cuatro vuelto,
del tomo sexto, a las dieciocho
horas del once de junio del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de Randall Alberto Delgado González de Risconsulting
S.R.L., con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta y seis mil doscientos treinta y dos para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las trece
horas cinco minutos del veinte de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Michael Alonso
Villalobos Montero, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965727 ).
Por escritura número doscientos nueve del tomo seis, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintitrés de junio del año dos mil veinticinco, se protocoliza acta
de Asamblea general de cuotistas
de la sociedad Masa Madre Bakery & Food Lab
Sociedad de Responsabilidad Limitada, personería Jurídica número 3-102-735266, donde acuerdan modificar las cláusulas de la representación, administración e inscripción de correo electrónico.—Santa Cruz,
Guanacaste al ser las nueve horas con treinta minutos del veintitrés de junio del año 2025.—Lic. Marcos Wilber
Angulo Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2025965729 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos cincuenta y tres visible al folio ciento noventa vuelto del tomo dos a las ocho horas treinta minutos del día veinticuatro de junio del dos mil
veinticinco, se protocoliza
el acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Turismo Recreativo Costarricense Sociedad Anónima
cédula jurídica número tres-ciento uno- cero cuarenta y
seis mil seiscientos cuarenta
y cuatro, mediante la cual
se acordó reformar la cláusula del domicilio social del
pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José veintiséis de junio del dos mil veinticinco.—Augusto
Trejos Molina, Notario.—1 vez.—( IN2025965730 ).
Ante esta notaría pública
mediante escritura número trescientos cuarenta y cuatro, visible al folio ciento
sesenta y tres, frente del tomo dieciséis a las ocho horas del
seis de junio de dos mil veinticinco,
se reforma la cláusula octava de los estatutos
sociales de Ingenergy
S. A., tres-ciento uno-setecientos
sesenta y ocho mil quinientos sesenta y seis.—Alajuela, a las nueve horas
del veintitrés de junio de
dos mil veinticinco.—Msc. Oscar Gabriel Cordero Saénz, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965731 ).
Ante esta Notaría, mediante
escritura ciento sesenta y cinco, visible al folio
ciento veinticuatro vuelto del tomo uno a las once
horas del dieciocho de junio
del dos mil veinticinco, se protocolizó
el acta de la asamblea
general extraordinaria de socios
de Aquapura Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres ciento uno-trescientos veintidós mil ochenta y ocho, en la que se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es Todo.—Alajuela, a la hora y fecha
que marca el estampado de tiempo de mi certificado de firma digital.—Msc. Josué Villalobos
Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965732 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento trece visible al folio ciento cuarenta y ocho frente, del tomo cuatro, a las nueve horas
del dieciocho de junio del
dos mil veinticinco, se presentó
solicitud por parte de Ellen Louise Hedrick de Productos
del Cielo Sociedad Anónima, con la cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil ciento setenta y uno para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El
General, a las ocho horas treinta
minutos del día veintisiete
del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Karina María Garro Elizondo.—1
vez.—(
IN2025965733 ).
Por escritura 139-35, del tomo 35 del
protocolo del notario Julio
Renato Jiménez Rojas, se solicita el
registro del correo electrónico de la sociedad: Alceciya Limitada, se encuentra
debidamente inscrita bajo
cédula de persona jurídica 3-102-314365.—San José, 17
junio de 2025.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965734 ).
Por escritura número
1 visible al folio 1 vuelto del tomo
116 otorgada ante esta notaría a las 08:00 horas del día 24 de junio
del 2024, se protocoliza el
asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas
de la sociedad J & J Canaan Sociedad Anónima, cédula jurídica 3 tres - ciento uno – seis tres seis tres cinco cero,, por
medio de la cual se acuerda
aumentar el capital social.
Es todo.—San
José, 25 de junio del 2024.—Licda. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1
vez.—(
IN2025965735 ).
Por escritura trescientos dos-catorce de diecinueve de junio de dos mil veinticinco se
indica expresamente que el correo que será utilizado para notificaciones formales, conforme lo dispone la
Ley Número diez puntos quinientos noventa y siete, de Soluciones Tecnociviles JJ SRL con cédula jurídica
tres-ciento dos-ocho seis nueve cinco dos tres, es jjtecnocivil@gmail.com.—Alajuela,
a las once horas y siete minutos
del veintitrés de junio de
dos mil veinticinco.—Lic. Pablo Valerio Soto.—1 vez.—( IN2025965736 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura 113, visible al folio 60 del tomo 7, a las 13:00 horas del 25 de junio
de 2025, se presentó solicitud
por parte de Representante Legal de la sociedad
Identec Tecnologías
Limitada, cédula 3-102-739401, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley 10597.—San José, 25 de junio de 2025.—Lic. Juan Manuel Barquero
Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965738 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ocho visible al folio catorce vuelto, del tomo catorce a las diez horas del veinte de junio del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de la señora Karla Vanessa Rodríguez Rojas, cédula de
identidad número tres – trescientos cincuenta y cinco – novecientos cincuenta y nueve, en su
condición de Tesorera con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Biomec Ortopédica de
Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres- ciento uno- ochocientos cinco mil ciento ochenta y siete para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago al ser las ocho
horas del veintitrés de junio
del dos mil veinticinco.—Licda.
Karol Mata Araya, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965739 ).
Que en escritura autorizada
por la suscrita notaria, el veintiséis de junio de dos mil veinticinco, se realizó Escritura de socios de Ferretería
Grupo Cambronero Sociedad Anónima y Grupo Campar Sociedad de Responsabilidad
Limitada, mediante la cual
se hacen reformas al Pacto Constitutivo.—Sarchí, 26 de junio de 2025.—Licda.
Marianela Doubleday Céspedes, Notaria Pública. Tel 2454-2333.—1 vez.—(
IN2025965741 ).
Por escritura: 80-11 otorgada ante esta notaría, al ser las 09:00
del 23 de junio del 2025, se protocoliza
acta de asamblea de KGVIJSAT S.R.L., cédula jurídica: 3-102-901403, donde se solicita incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San
José, 23 de junio del 2025.—Andrea Ovares López,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965742 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura: 111, visible al folio: 60 del tomo 7, a las 12:00 horas del 25 de junio
de 2025, se presentó solicitud
por parte de representante legal de la sociedad
Metamind Creativo
Limitada, cédula: 3-102-569643, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley 10597.—San José, 25 de junio de 2025.—Lic. Juan Manuel Barquero
Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2025965744 ).
Por escritura número
setenta y uno, otorgada
ante el notario público Luis Fernando Torres Rueda, a las trece horas con cuarenta minutos del diecinueve de junio del dos mil veinticinco, se
incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: Servicios Profesionales de Salud Limonense
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento siete mil doscientos cuarenta y cuatro, con
domicilio social en la
ciudad de Limón, frente a la Catedral, distrito primero y cantón primero
de la provincia de Limón, mediante
reforma a la cláusula segunda del domicilio en el pacto
constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Limón, veinte de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Luis Fernando
Torres Rueda, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965746 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad Seimaq Servicios Integrados S.A.,
3-101-312272. Es todo.—20 de junio del 2025.—Wilber
Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2025965747 ).
Por escritura N° 011-4 otorgada ante
la notaria pública: Sylvia Patricia Gómez Delgadillo
de las 8 horas del 20 de junio del 2025, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: Lo Spago S.A., domiciliada
en San José, Sabana Oeste, 400 metros al oeste de Pop’s la Sabana, con cédula jurídica
N° 3-101-724721.—San José, 20 de junio del 2025.—Licda. Sylvia Patricia Gómez
Delgadillo, Notaria.—1 vez.—( IN2025965749 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número noventa y cuatro, visible al folio setenta
y seis frente del tomo diecisiete, a las nueve horas del
veinte de junio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
del representante legal y apoderado
generalísimo de Inversiones Armanidog
SRL, persona jurídica: tres-uno
cero dos-siete ocho ocho tres siete
seis, domicilio: Alajuela, Grecia, Centro, Barrio los Pinos, cincuenta metros sur
de la plaza de deportes, casa a mano derecha, para incorporar un correo electrónico:
emilia.alfarorojas@gmail.com, en el
domicilio social de la sociedad
conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de
Grecia, a las nueve horas del veinte
de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965750 ).
Por escritura trescientos tres-catorce del diecinueve de junio de dos mil veinticinco, se
indica expresamente que el correo que será utilizado para notificaciones formales, conforme lo dispone la
Ley número diez puntos quinientos noventa y siete, de Tres-Ciento Dos-Nueve Uno Dos Tres Tres Cero SRL,
con igual número de cédula jurídica, es: venegascr23@gmail.com.—Alajuela, a las once
horas y cuarenta y tres minutos del veintitrés de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Pablo Valerio Soto.—1 vez.—(
IN2025965751 ).
Ante esta notaría, por
medio de escritura pública número noventa-décimo sexto, otorgada en Guanacaste, Playas
del Coco, a las catorce horas del veintisiete
de junio del dos mil veinticinco,
se protocolizó el acta número siete, de la sociedad denominada: Next Act
LLC Limitada, cédula de persona jurídica N°
3-102-845489, en la cual,
se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas incorpore un correo electrónico en el asiento registral de la sociedad,
conforme a la Ley N° 10597. Es todo.—Guanacaste, Playas del
Coco, veintisiete de junio
del dos mil veinticinco.—Licda. Laura Coto Rojas. Tel.:
2670-1822.—1 vez.—( IN2025965752 ).
Ante esta notaría mediante
escritura: 112, visible al folio: 60 del tomo: 7, a las 12:30 horas del 25 de junio
de 2025, se presentó solicitud
por parte de representante legal de la sociedad
Hera Consulting Group Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula: 3-102-824572, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley 10597.—San José, 25 de junio de 2025.—Lic. Juan Manuel Barquero
Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965753 ).
Mediante escritura setenta y nueve-once, otorgada a las nueve horas del veintitrés de junio del dos mil veinticinco, protocolicé
acta ocho de asamblea de cuotistas de la sociedad: Tres-Uno
Cero Dos-Ocho Seis Seis Dos Nueve
Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número: tres-uno cero dos-ocho seis seis dos nueve siete, donde se reforma el domicilio
social y aporta para recibir
notificaciones el correo correspondiente.—Bahía
Ballena, Osa, Puntarenas, veintitrés de Junio del dos mil veinticinco.—Vilma
Acuña Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2025965754 ).
Mediante escritura ciento catorce-doce, del tomo número doce de la notaria pública Geanina
Soto Chaves, de las once horas del veintisiete de junio de dos mil veinticinco, se solicitó la reforma de la cláusula del domicilio, incluyendo cuenta de correo electrónico para notificaciones de la sociedad: Inversiones
Erna Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cero uno dos nueve
cinco dos.—San José, a las dieciséis
horas del veintisiete de junio
de dos mil veinticinco.—Licda.
Geanina Soto Chaves, Notaria Pública. Tel.: 88324313.—1 vez.—( IN2025965755 ).
Mediante escritura número setenta y cuatro, otorgada ante esta notaria el veintiuno de junio de dos mil veinticinco la sociedad: Inversiones
Fico Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-dos siete nueve ocho siete
ocho, con domicilio social domicilio social en provincia Puntarenas, cantón
primero Puntarenas, de la entrada de Fertica, cincuenta metros este y doscientos metros norte, establece como dirección de correo electrónico oficial para notificaciones electrónicas la siguiente: gestorlegalwr@gmail.com.—Puntarenas, veintitrés de junio de dos mil veinticinco.—Luis Chen Mok, Notario.—1 vez.—(
IN2025965756 ).
Que en escritura autorizada
por la suscrita notaria el veintiséis de junio de dos mil veinticinco, se realizó escritura de socios de Transportes
Cambronero Rodríguez Sociedad Anónima, Inversiones
y Tranportes Denju Sociedad
Anónima, Inversiones y Remolques
Amathi Sociedad Anónima
y Multiservicios e Inversiones Merlyn y
Marilyn Sociedad Anónima, mediante
la cual se hacen reformas al pacto constitutivo.—Sarchí, 26 de junio de 2025.—Licda. Marianela Doubleday
Céspedes, Notaria Pública. Tel.: 2454-2333.—1 vez.—( IN2025965757 ).
El suscrito Jhonny González Pacheco, notario público, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Prefabricados PREFASA Sociedad Anónima,
cédula jurídica: 3-101-734800, para modificar las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, donde se señala el correo
electrónico: prefabricadosfaciles@gmail.com, en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 10597 y
se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 27 de junio del 2025.—Lic. Jhonny González
Pacheco, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965758 ).
Por medio de escritura número ciento treinta y siete, visible al folio ciento
quince frente del tomo dieciocho, se llevó a cabo la solicitud de disolución de la sociedad: Casa
Molejón Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-ochocientos
sesenta y siete mil doscientos sesenta y siete, celebrada en Ojochal, Osa, Puntarenas, otorgada ante la suscrita
notaria, a las once horas del veintisiete de junio de dos mil veinticinco.—Ojochal, a las dieciséis horas del veintisiete
de junio de dos mil veinticinco.—Sabrina
Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—(
IN2025965759 ).
Ante esta notaría mediante
escritura N° 183 visible al folio 199 frente del tomo 25, a las 10:30
horas del 23 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte de María de los Ángeles Zamora Cordero y María Gabriela Zamora Cordero,
en su condición
respectivamente presidente
y tesorero con facultades
de apoderadas generalísimas:
Inversiones Edda Corza e Hijos S.A., cédula jurídica:
3-101-398366, para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley N°
10597.—Heredia, 27 de junio del 2025.—Xenia Lupita
Sánchez González, Notaria.—1 vez.—( IN2025965760 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número doscientos cincuenta y cuatro,
visible al folio ciento noventa
y uno frente del tomo dos,
a las nueve horas del veinticuatro
de junio del dos mil veinticinco,
se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Solar
Amor Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos noventa y un mil quinientos setenta y ocho, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, veintiséis de junio del dos mil veinticinco.—Augusto Trejos Molina, Notario.—1 vez.—( IN2025965761 ).
Mediante la escritura número trescientos ochenta y seis, otorgada a las quince horas del veintiséis
de junio de dos mil veinticinco,
solicitud inclusión del correo: lisa.bejaranov@gmail.com, correspondiente
a la sociedad: Inversiones Aratza
Costa Rica S.A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y tres mil veinticuatro.—Cartago, veintisiete de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Carlos Eduardo Guillén
Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2025965762 ).
Mediante escritura ciento
quince-doce del tomo número doce de la notaria pública Geanina Soto Chaves, de las once horas diez minutos del veintisiete de junio de dos mil veinticinco, se solicitó la reforma de la cláusula del domicilio, incluyendo la cuenta de correo electrónico para notificaciones de la sociedad: Pato
de Hule Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos noventa y ocho mil sesenta y cuatro.—San
José, a las dieciséis horas siete
minutos del veintisiete de junio de dos mil veinticinco.—Licda. Geanina Soto Chaves, Notaria. Tel.: 88324313.—1 vez.—( IN2025965763
).
Ante esta notaría mediante
escritura número: ochenta y cuatro, visible al folio cincuenta
y uno frente del tomo veintiséis del protocolo de la suscrita notaria, otorgada a las doce horas del dieciocho de junio del dos mil veinticinco, se
presentó solicitud por parte de la representante legal de Inversiones Jimeza
J Y V Sociedad Anónima, cédula jurídico número: tres-ciento uno-seiscientos setenta y tres mil seiscientos setenta y nueve, Inversiones Jiménez Vargas ARS
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos treinta y ocho mil ciento sesenta y nueve y Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Dos Mil Doscientos Ochenta y Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil doscientos ochenta y cuatro, para
incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Guácimo, a las dieciséis horas doce minutos del veintisiete de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2025965764 ).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:00 horas del 17 de junio de 2025, se constituyó la sociedad denominada Takara
Capital Group S.C.—San José, 23 de junio de
2025.—Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(
IN2025965765 ).
Mediante escritura número setenta y cinco, otorgada ante esta notaria el veintiuno de junio de dos mil veinticinco la sociedad: Servicios y
Montage Aguilar SMA Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-ocho nueve cuatro cero nueve ocho, con domicilio social domicilio social
en provincia Puntarenas, cantón segundo Esparza, Espíritu
Santo, Ciudadela Cima del cielo, lote
T quince, casa esquinera, color gris oscuro, con verjas negras, establece como dirección de correo electrónico oficial para notificaciones electrónicas la siguiente:
serviciosymontajeaguilarsmasrl@gmail.com.—Puntarenas, veintitrés
de junio de dos mil veinticinco.—Luis
Chen Mok, Notario.—1 vez.—( IN2025965766 ).
Ante mi notaría mediante
escritura: 104, visible al folio: 65 del tomo: 7, a las 14 horas del 5 de junio
del 2025, se presentó solicitud
por parte de Billy Orlando
Garita Robles, representante legal de Veterinaria Tico Pet Sociedad Anónima,
cédula jurídica: 3-101-429856, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley 10597.—Palmar Norte, Osa, Puntarenas, contiguo a Moto Mundo, a las 11 horas con 42 minutos del 23 de junio del
2025.—Licda. Natalia Molina Chinchilla, Notaria.—1 vez.—( IN2025965767 ).
Por escritura otorgada en Alajuela, ante esta notaría a las 14 horas del 13 de junio
del 2025, se disolvió: Predium
Quircot Uno S. A., cédula jurídica
N° 3-101-645215, sin activos ni pasivos.—Alajuela, 16 de junio del
2025.—Edwin Chavarría González, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965768 ).
Ante esta notaria en
escritura N° 117 de las 15:50 horas del 27 de junio del 2025, se protocolizó
acta de asamblea número dos
de la sociedad: Grupo Melo de Conchal
Sociedad Anónima, cédula jurídica:
3-101-692995, se reforma al pacto
constitutivo en la cláusula referente al domicilio y a la cláusula de administración de la presente sociedad. Es todo.—Arenal, a las dieciséis horas
del veintisiete de junio
del dos mil veinticinco.—Licda. Gabriela Pérez Salas.—1 vez.—( IN2025965769 ).
Por escritura otorgada
ante la suscrita notaria en
Guanacaste, a las 9:00 del 23 de junio de 2025, se presentó solicitud por parte de Ellyn Kravette, gerente de E
Nightingale Enterprises International S.R.L., para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley 10597.—Guanacaste, 23 de junio del 2025.—Licda. Kennia Guerrero Ruiz,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965770 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 23 de junio
de 2025, se protocolizó acta de asamblea
de Inner Strength S. A., donde se estipuló como parte
del domicilio social el correo electrónico para la sociedad.—San
Ramón de Alajuela, 23 de junio de 2025.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González.—1
vez.—(
IN2025965771 ).
Por escritura número
doscientos nueve, otorgada a las ocho horas con treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veinticinco, la representante
legal de la sociedad: Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta y Un Mil Ochocientos
Siete Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y un mil ochocientos siete, compareció ante la suscrita notaria, a informar correo electrónico para notificaciones de la sociedad.—Cartago,
veintitrés de junio de dos
mil veinticinco.—Licda.
Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965772 ).
Mediante escritura N° 5, otorgada
ante el notario público: Erick Silesky Quesada, a las 11 horas del
26/06/2025, se acordó la inclusión
de la cuenta de correo electrónico: “famuralinv@gmail.com”, como
medio oficial de notificación
dentro de la sociedad denominada: Inversiones Famural
de Cartago S. A., cédula de persona jurídica N°
3-101-346436, mediante la reforma
de la cláusula relativa al domicilio contenida en el pacto
constitutivo, en cumplimiento de lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Curridabat, 27 de junio del
2025.—Lic. Erick Silesky Quesada, Notario.—1
vez.—(
IN2025965773 ).
Por escritura número doscientos diez, otorgada a las nueve horas del veintitrés de junio de dos mil veinticinco, la representante
legal de la sociedad: Tres-Ciento
Dos-Ochocientos Setenta Mil
Novecientos Cuarenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos setenta mil novecientos cuarenta y ocho, compareció ante la suscrita
notaria, a informar correo electrónico para notificaciones
de la sociedad.—Cartago, veintitrés
de junio de dos mil veinticinco.—Licda. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965774 ).
Ante esta notaría mediante escritura número doscientos treinta y seis, visible al folio ciento
sesenta y ocho vuelto del tomo veintiséis, a las nueve horas cuarenta y cinco del diez de junio del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
del representante: Tigritos
Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
tres-ciento uno-dos cero nueve
cero uno ocho, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San Marcos de Tarrazú, a las ocho
horas diez minutos del veinticinco de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Ana Graciela
Zúñiga Gamboa, Notaria Pública. Notificaciones:
anazunga@hotmail.com.—1 vez.—( IN2025965775 ).
Por escritura número doscientos once, otorgada a las diez horas del veintitrés de junio de dos mil veinticinco, la representante legal de la sociedad:
Siseco Services Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos treinta mil noventa y seis, compareció ante
la suscrita notaria, a informar correo electrónico para notificaciones
de la sociedad.—Cartago, veintitrés de junio de dos mil veinticinco.—Licda. Luciana Acevedo
Gutiérrez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965776 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas diez minutos del dieciséis de junio del dos mil veinticinco, la
sociedad: Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y
Siete Mil Doscientos Treinta y Tres S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil doscientos treinta y tres, solicita la inscripción de correo electrónico para notificaciones.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965777 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número sesenta, visible al folio cuarenta
y ocho vuelto a cuarenta y nueve frente del tomo uno, a las diez horas y cuarenta minutos del veintitrés de junio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de José André Vargas Mejías, representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad: Repuestos de Costa Rica Moto Star Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-ochocientos
dieciocho mil ochocientos sesenta y siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cuidad de Palmares, a las diez horas y cuarenta minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Kennia Angeoleth Araya
Peraza, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965778 ).
Ante mi notaría mediante escritura: 104, visible al folio: 65 del tomo: 7, a las 14 horas del 5 de junio
del 2025, se presentó solicitud
por parte de Billy Orlando
Garita Robles, representante legal de BJP
Asociados Sociedad Anónima, cédula: 3-101-640614,
para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley 10597. Palmar Norte, Osa, Puntarenas, contiguo a Moto Mundo, a las 11 horas con 39 minutos del 23 de junio del 2025.—Licda. Natalia Molina
Chinchilla, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965779 ).
Mediante escritura número sesenta y cuatro del once de junio
de dos mil veinticinco, se constituyó
la sociedad: Eioneus
Empresa Individual de Responsabilidad
Limitada. Es Todo.—San José, veinticinco
de junio de dos mil veinticinco.—Lic. José Pablo Masís Artavia.—1
vez.—(
IN2025965780 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del dieciséis de junio del dos mil veinticinco, la
sociedad: Soluciones
Ginecológicas CR Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos setenta y cinco mil ciento cuarenta y ocho, solicita la inscripción de correo electrónico para notificaciones.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965781 ).
Por escritura: 83-11 otorgada ante esta notaría al ser las 08:00 del
25 de junio del 2025, se protocoliza
acta de asamblea de Diamante del Sol Cuarenta y
Cuatro Limitada, cédula jurídica: 3-102-579514, donde se solicita incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 25 de junio del
2025.—Andrea Ovares López, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965782 ).
Por escritura N° 95 del tomo 01 de mi
protocolo, otorgada ante mí a las 10:40 horas del 23 de junio
de 2025, por solicitud del representante legal, se estableció
como medio para recibir notificaciones judiciales y administrativas el correo electrónico:
lamontanaoccidente@gmail.com de la sociedad: La
Montaña de Occidente Veinticuatro S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-893932 y el correo electrónico:
alexitoro1971@gmail.com de la sociedad Muebles Madelex S.A.,
cédula jurídica N° 3-101-796960.—San Ramón de Alajuela,
23 de junio de 2025.—Lic.
Andrick Joel Ruiz Guzmán.—1 vez.—( IN2025965783 ).
Mediante escritura 125, del tomo de protocolo 2 de la notaria Sharon Aliana González Rojas, se protocolizó acta 3 de asamblea de
cuotistas de las 11 horas del 24 de junio del 2025, que autoriza reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo y solicita la inclusión del correo electrónico:
roysolisro@gmail.com, como medio para recibir notificaciones de la sociedad: Customer Satisfaction Institute Limitada,
cédula de personería jurídica
N° 3-102-598757. Es todo.—San José, 25 de junio del 2025.—MSc. Sharon Aliana González Rojas.—1
vez.—(
IN2025965784 ).
Por escritura de las 13:00 horas del 11 de junio
del 2025, el señor Emerson
Alvarado Carpintero, portador de la cédula de identidad N° 1-1448-0216, en su condición de presidente de la sociedad: 3-101-626648
S. A., cédula jurídica N° 3-101-626648, se designó la dirección electrónica para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales de la sociedad.
Es todo.—San
José, 25 de junio del 2025.—Lic. Juan Diego Elizondo Vargas.—1
vez.—(
IN2025965785 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de junio dos mil veinticinco, se realizó el aporte
de correo electrónico para notificaciones de la sociedad: Tres-Ciento Dos-Ochocientos Doce Mil Cuatrocientos Cincuenta Y Cinco
Sociedad De Responsabilidad Limitada, siendo el mismo:
matt.leszczynski@gmail.com.—Lic.
Merlin Leiva Madrigal, Notario Público, 15042.—1 vez.—( IN2025965786 ).
Por escritura número ciento ochenta y dos, otorgada ante la notaria pública: María Fernanda Redondo Rojas, a las doce
horas con quince minutos del veintitrés
de junio del dos mil veinticinco,
se protocoliza acta de la sociedad:
Business Centre Costa Rica Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cuarenta mil trescientos setenta y siete, en la cual se modifica
la cláusula del domicilio
social. Es todo.—San José, veinticinco de junio de dos mil veinticinco.—Licda. María
Fernanda Redondo Rojas.—1 vez.—( IN2025965787 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número sesenta y uno, visible al folio cuarenta
y nueve frente y vuelto del tomo uno, a las diez horas y cincuenta minutos del veintitrés de junio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de José André Vargas Mejías, representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad: Maderas
Premium V&M Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- setecientos veintiocho mil setecientos cincuenta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cuidad de Palmares, a las diez horas y cincuenta minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Kennia Angeoleth Araya
Peraza, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965788 ).
Por escritura número ciento ochenta y tres, otorgada ante la notaria pública María
Fernanda Redondo Rojas, a las doce horas con veinte minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco, se protocoliza acta
de la sociedad: Regus Costa Rican Centres Third Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cuarenta mil trescientos setenta y uno, en la cual se modifica la cláusula del domicilio social. Es
todo.—San
José, veinticinco de junio
de dos mil veinticinco.—Licda. María Fernanda
Redondo Rojas.—1 vez.—( IN2025965789 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número 40, del tomo 11 de mi protocolo, se presentó Norman
Alberto Ramírez Chacón, cédula 2-0334-0484, apoderado generalísimo de Transportes Rango SA, cédula jurídica N° 3-101-538761,
para incorporar un correo electrónico en la sociedad conforme a la Ley
10.597.—Naranjo 25 de junio del 2025.—Silenia Villalobos Rodríguez, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965791 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 41, del tomo 11 de mi protocolo, se presentó Norman Alberto Ramírez Chacón, cédula 2-0334-0484,
apoderado generalísimo de Ramgo e Hijas SA,
cédula jurídica 3-101-777368, para incorporar un correo electrónico en la sociedad conforme a la Ley
10.597.—Naranjo 25 de junio del 2025.—Silenia Villalobos Rodríguez, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965792 ).
Ante mi notaria, por escritura
número 204 del 13 de junio
del 2025, Inversiones Montesaa de Costa
Rica S. A. cédula jurídica N°
3-101-484014, procede a señalar correo electrónico para recibir notificaciones.—San
José. 13 junio 2025.—Licda. Tamara Montecinos Ahumada, carné 7091.—1 vez.—( IN2025965793 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cincuenta y nueve , visible al
folio cuarenta y ocho vuelto, del tomo uno, a las diez horas y treinta minutos del día veintitrés del mes de junio de dos mil veinticinco , se presentó solicitud por parte
de José André Vargas Mejías Representante
Legal con facultades de Apoderado
Generalísimo sin límite de suma de la sociedad Grupo Rio
Alto Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos siete mil cuatrocientos seis,
para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cuidad de Palmares, a las diez horas y treinta minutos del día veintitrés del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Kennia Angeoleth Araya
Peraza, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965794 ).
Por escritura número ciento diecisiete-veinte, otorgada ante el Notario Público,
Melvin Coto Ramos, de las doce horas quince minutos del día veinte de junio del dos mil veinticinco, se
incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Compañía F Y
M Oriental de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno–ochocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos
setenta y dos, domiciliada en Cartago, La Unión, Tres Ríos, Santiago del Monte, de la
Iglesia Tabernáculo veinte
metros al norte, a mano derecha,
el cual será
shanik_23@hotmail.com. Es todo.—Cartago, veinte de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Melvin Coto Ramos, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965795 ).
La sociedad denominada
Rancho del Carmen Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-novecientos nueve mil seiscientos noventa y uno, reforma su administración
y representación social y señala
como medio válido de notificaciones el correo electrónico
notificaciones@delcarmen.co.cr a efecto
de cumplir con la ley diez
mil quinientos noventa y siete. Escritura número doscientos veinticinco otorgada en Alajuela a las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil veinticinco.—Oscar
Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—( IN2025965796 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos noventa y uno, visible al folio ciento
setenta y cuatro frente y vuelto del tomo cuarenta y cinco, a las nueve horas y diez minutos del día veinticinco de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de Rodolfo Trinidad Vásquez Vargas, cédula de identidad
número dos- trescientos cincuenta y siete-novecientos noventa y Rosa Emilia Rojas Rojas,
cédula de identidad número
dos- cuatrocientos veintiséis-cero
setenta, en su condición de presidente y vicepresidenta respectivamente, con facultades
de apoderados generalísimos
sin límite de suma los que actúan en forma conjunta en la sociedad denominada Ultrasonido Cooperativo Palmareño Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—Palmares, 25 de junio del año 2025.—Lic.
Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965797 ).
El suscrito notario hace constar que ante esta notaria y mediante escritura pública de las diez horas del día doce de junio del año dos mil veinticinco, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo
referente a la administración, de la sociedad denominada de la sociedad denominada Grupo y Empresa Garro Flores Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres- ciento uno- seiscientos treinta y tres mil ochocientos treinta y ocho.—Cartago, veinticuatro de junio del dos mil
veinticinco.—Erick Fabricio Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—( IN2025965798 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos treinta y cinco visible al folio ciento sesenta y ocho frente, del tomo veintiséis, a las nueve horas treinta minutos del diez de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
del representante Beneficadora
de Café M & M Pura Vida Sociedad Anónima
cedula jurídica número:
cedula jurídica número: tres-ciento uno- siete cuatro uno
ocho cuatro ocho para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Notificaciones: anazunga@hotmail.com.—San Marcos de Tarrazú, a las ocho
horas cinco minutos del veinticinco de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Ana Graciela Zúñiga Gamboa,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965799 ).
Por escritura número cuatro otorgada ante Notario Público Randall Torres Barrientos de
las ocho horas del veintitrés
de junio de dos mil veinticinco
se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada 3-101-740524 S.A., cédula jurídica 3-101-740524 con domicilio
social en la ciudad de Guápiles
mediante reforma la cláusula del Domicilio del Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—Guápiles veintitrés de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Randall Torres Barrientos, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965800 ).
Mediante escritura número
trescientos once, del día cuatro de junio del dos mil veinticinco, se
modificó el pacto constitutivo en la sociedad Hermanos Torres
Astorga Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula de persona jurídica número
3-102-922111, y se incorpora un correo
electrónico conforme a la
Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Lic. Vanessa Rojas Quirós, Notaria.—1
vez.—(
IN2025965801 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cuarenta y nueve, visible al
folio treinta y cuatro frente,
del tomo dos de mi protocolo,
a las diecinueve horas del día once de junio del año dos mil veinticinco, se protocolizó el acta de Asamblea de Socios de Tres-Ciento Uno-Ocho
Seis Seis Uno Ocho Cinco, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-ocho seis seis uno ocho cinco, mediante
la cual, se acuerda modificar la cláusula número dos del pacto constitutivo referente al domicilio de la sociedad.—San
José, veinticuatro de junio
de dos mil veinticinco.—Licda.
Sofía Fernández Chavarría, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965802 ).
Mediante escritura número trescientos catorce, del día ocho de junio del dos mil veinticinco, se modificó el pacto constitutivo
en las sociedades Importadora Mil Variedades
Kaqueta Limitada, cédula jurídica
número 3-102-757088, Importadora Medellín Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número 3-102-836198, Importadora
El Gangazo Opita Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102- 836278 e Importadora Huilense
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-930857 y se
incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Lic. Vanessa Rojas Quirós,
Notaria.—1 vez.—( IN2025965803 ).
Mediante escritura número trescientos trece, del día cinco de junio del dos mil veinticinco, se modificó el pacto constitutivo
en las sociedades Inversiones
Telifran Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número
3-102-852846 y Mosalo Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
número 3102-891913 y se incorpora
un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Lic. Vanessa Rojas Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2025965804 ).
Mediante escritura sesenta y uno otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del dieciocho de junio del año dos mil veinticuatro, se modificó la cláusula octava de los estatutos
sociales de la sociedad denominada Instalaciones
Telefónicas Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero tres cinco uno nueve ocho.—San
José, 18 de junio de 2025.—Lic. Erick Ramírez Barahona.—1 vez.—(
IN2025965805 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 39, del tomo 11 de mi protocolo, se presentó Hannia Teresa Solís Cordero, cédula 5-0142-1409, apoderada generalísima de Acuña
Arias S.A., cédula jurídica 3-101-260611, para incorporar un correo electrónico en la sociedad conforme a la Ley
10.597.—Naranjo 25 de junio del 2025.—Silenia Villalobos Rodríguez, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965806 ).
El día de hoy, protocolice acta de asamblea
general de cuotistas de la compañía
actualmente denominada GDX
Guana Development Xperts Sociedad de Responsabilidad
Limitada, según la cual
se cambia el nombre de la sociedad, y se solicita al Registro de Personas Jurídicas la
incorporación de su dirección de correo electrónico dentro de la cláusula del domicilio.—San José, 25 de junio de 2025.—Lic. Johnny Alfaro Llaca, Abogado y Norario.—1 vez.—( IN2025965807 ).
Por escritura 14 del tomo 06, de las
09:00 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para establecer
el correo electrónico como medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles” Ley N°10597, se hace inclusión de correo electrónico para la
Sociedad Tres Ciento Uno-Seiscientos
Quince Mil Quinientos Cincuenta
y Uno Sociedad Anónima de cédula jurídica N°3-101-615551.—San José, 25
de junio del año 2025.—Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965808 ).
Por escritura otorgada ante mi
Notaria a las 8:45 horas del día de hoy, la sociedad Inversiones
Saxifraga Rosa Blanca, S.A., cédula jurídica
3-101-520847, indica correo electrónico
en cumplimiento de la ley
10597.—San José, 25 de junio del 2025.—Juan Chow
Wong, Notario.—1 vez.—( IN2025965809 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento ocho, visible al folio ochenta y cuatro frente, del tomo uno, a las doce horas y cuarenta y cinco minutos, del veinticuatro de junio del dos mil veinticinco, se
presentó solicitud por parte de Andrés Esteban
Fernández Ramírez quien es representante
legal de Eco Refill Store Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento
dos- ochocientos veintinueve
mil setenta y seis para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las dieciséis
horas con diez minutos del
día veinticuatro del mes de
junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Roger de Jesús
Segura Ramos, Notario.—1 vez.—( IN2025965810 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento nueve, visible al folio ochenta y cinco frente, del tomo uno, a las trece horas y quince minutos, del
veinticuatro de junio del
dos mil veinticinco, se presentó
solicitud por parte de María Luisa Picado Gamboa quien
es representante legal de Tienda Eco Relleno
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la
cédula de persona jurídica número
tres- ciento dos- ochocientos setenta y siete mil ciento ocho para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las dieciséis
horas con quince minutos del día veinticuatro
del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Roger de Jesús Segura Ramos, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965811 ).
Mediante escritura número doscientos treinta y uno, del tomo veintiuno de mi protocolo, se realizó la inclusión de dirección de correo electrónico respecto de la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de Xarie Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-uno
cero uno-uno cuatro siete cuatro seis uno, en cumplimiento de la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—San José veinticuatro de junio de dos mil veinticinco.—Siumin Vargas Jiménez,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965812 ).
Que mediante escritura número cincuenta y cinco, vista al tomo ocho de la notaria pública Marisol Pereira Hernández,
Martín Fonseca Rodríguez, cédula de identidad seis- doscientos nueve-novecientos cincuenta y nueve, en condición
de Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la sociedad tres-ciento uno- quinientos ochenta mil trescientos sesenta y uno, cédula jurídica número tres – ciento
uno- quinientos ochenta mil
trescientos sesenta y uno, aporta el correo
electrónico marfonrod67@gmail.com, como medio oficial para recibir notificaciones.—San
Isidro de El General, veinticuatro de junio del dos mil veinticinco.—Marisol
Pereira Hernández.—1 vez.—( IN2025965813 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento veinte, visible al folio cincuenta y tres vuelto, del tomo cinco, a las dieciséis horas, del
veinticuatro de junio del
dos mil veinticinco, se protocoliza
el acta de asamblea de cuotistas de Rodi H Y C Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número
tres ciento dos seis seis cero nueve dos mediante la cual se acordó reformar la cláusula número segunda del pacto constitutivo, a fin de actualizar
el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Asimismo, se acordó modificar la cláusula sexta de administración de la sociedad
antes indicada.—Ciudad de Sarapiquí Puerto Viejo
al ser las diecisiete horas del veinticuatro
de junio del dos mil veinticinco.—Msc. Johan Sánchez
Venegas, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965814 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento cuarenta y nueve, visible al folio ciento cuarenta y cinco frente, del tomo Siete, a las ocho horas del nueve de junio del dos mil veinticinco, se
presentó solicitud por parte de Alejandro Brenes Winiker, gerente uno y representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Electromechanical
Engineering Consulting Group Limitada, con la cédula jurídica
número tres-ciento dos- quinientos treinta y tres mil novecientos setenta y dos, para incorporar un
correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las diecisiete
horas del veinticuatro de junio
del dos mil veinticinco.—Licda.
Vanessa Molina Incera, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965815 ).
Ante esta notaría, mediante
la escritura pública número ciento cincuenta
y cinco, otorgada a las
quince horas del diecinueve de junio
del dos mil veinticinco, la Compañía
Tres – Ciento Uno – Novecientos
Dos Mil Novecientos Cincuenta
y Siete, cédula jurídica tres
– ciento uno – novecientos
dos mil novecientos cincuenta
y siete, informa sobre la reforma al pacto constitutivo donde se solicita la Inscripción de la dirección de correo electrónica
gongzy13@gmail.com para que dé este
momento en adelante se reciban las Notificaciones Judiciales y Administrativas.—Lic. Raúl José
Acuña Obando, Notario. Carné 30043.—1 vez.—( IN2025965816 ).
Mediante escritura número trescientos diecisiete, del día dieciséis de junio del dos mil veinticinco, se modificó el pacto constitutivo
en la sociedad El Baratillo de Colombia Sociedad de Responsabilidad
Limitada, bajo la cédula jurídica número 3-102-799812 y se incorpora
un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Lic. Vanessa Rojas Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2025965817 ).
Por escritura número 348, otorgada ante el Notario Público,
Gerardo Enrique Chaves Cordero, de las a las 08 horas del 20 de junio del 2025, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Solatrans Sociedad Anónima,
cédula Jurídica 3-101-735916, sociedad
domiciliada en San José-
San Francisco de Dos Ríos, Centro Comercial El Faro,
Local número dos, Oficina
Chaves & Asociados; mediante reforma
a la cláusula del domicilio
en el pacto
constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. A las quince
horas y quince minutos del veinticuatro
de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965819 ).
Por escritura número 349, otorgada ante el notario público, Gerardo Enrique
Chaves Cordero, de las a las 08:30 horas del 20 de junio
del 2025, se incluye cuenta
de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Inversiones Chacfonzu
Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-866695, sociedad domiciliada
en Provincia de Limón, cantón
Guácimo, distrito Guácimo, de la plaza de deportes
La Selva, un kilómetro oeste
y cincuenta metros sur, Bar la Montaña; mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto
constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—A las quince
horas y veinticinco minutos
del veinticuatro de junio
del dos mil veinticinco.—Lic.
Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—(
IN2025965820 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y siete , visible al folio cuarenta
y siete frente y vuelto, del tomo uno, a las nueve horas treinta minutos, del día veintitrés del mes de junio de dos mil veinticinco , se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de Tres-
Ciento Uno- Seiscientos Nueve Mil Setecientos Sesenta Y Ocho Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número
tres -ciento uno- seiscientos nueve mil setecientos sesenta y ocho, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de
Palmares, a las nueve horas treinta
minutos del día veintitrés
del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Kennia Angeoleth Araya Peraza, Notaria.—1
vez.—(
IN2025965821 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento cuarenta, visible al folio
ochenta y cuatro frente del
tomo dos a las diecisiete
horas con cincuenta minutos,
del veinte de junio del dos
mil veinticinco, se presentó
solicitud por parte del representante legal de
las sociedades: Servicios
de Consultoría Ambiental Ecos
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- quinientos setenta y nueve mil ochocientos cincuenta para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Guápiles, a las
quince horas del día veinticuatro del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Luis Alejandro Vega Vargas,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965822 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 130,
visible al folio 64 frente, del tomo
15, a las 10 horas del 24 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte del representante
legal de Tres- Ciento Uno- Quinientos
Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Setenta
Y Cinco S.A., cédula jurídica 3-101-534875, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, al tenor de lo que establece
la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, carnet 8622.—1 vez.—( IN2025965823 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento seis, visible al folio ochenta
y tres vuelto, del tomo uno, a las doce horas y
quince minutos, del veinticuatro
de junio del dos mil veinticinco,
se presentó solicitud por parte de Andrés Esteban
Fernández Ramírez quien es representante
legal de Bio Laboratorios JMF Sociedad anónima,
con la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-setecientos
cincuenta y ocho mil ochocientos cincuenta y ocho para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las dieciséis
horas del día veinticuatro del mes
de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Roger de Jesús
Segura Ramos, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965824 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento siete, visible al folio ochenta y cuatro frente, del tomo uno, a las doce horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil
veinticinco, se presentó solicitud por parte
de Andrés Esteban Fernández Ramírez quien es representante legal de Inversiones Pototito
del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, con
la cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-ochocientos
ochenta y nueve mil setecientos ochenta y ocho para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las dieciséis
horas con cinco minutos del
día veinticuatro del mes de
junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Roger de Jesús
Segura Ramos, Notario.—1 vez.—( IN2025965825 ).
Ante esta notaría en
escritura otorgada a las 16
horas del 24 de junio del año
2025, se protocolizó el acuerdo de asamblea de cuotistas de Espacio Abierto, S.R.L., cédula jurídica 3-102-922679, en donde se reforma la cláusula de los estatutos referente a la administración y se procede a incluir un correo
electrónico como medio para
recibir notificaciones.—San José, 24 de junio del año 2025.—Lic.
Esteban Chaverri Jiménez, Notario (11120).—1 vez.—(
IN2025965826 ).
Por escritura número 68 de las 09:15
horas del 24 de junio de 2025, otorgada
ante el notario público Adrián Cortés Castro para dar
cumplimiento a lo establecido
en la ley número 10597, se incluye cuenta de correo electrónico en la sociedad Treinta y Ocho
Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-163554.—Heredia, 24 de junio
de 2025.—Lic. Adrián Cortés Castro.—1 vez.—( IN2025965827 ).
Por escritura número seis otorgada ante el suscrito notario público, a las 14:00 horas del 24 de junio
de 2025, se incluye cuenta
de correo electrónico dentro de la sociedad denominada FAMARAVIL Peregrina, S.A., cédula jurídica 3-101-599709, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el
pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la ley número diez mil quinientos noventa y siete. De igual manera se reforma la cláusula del capital social aumentado
el mismo en la suma de ¢90.000.—San José,
24 de junio de 2025.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1
vez.—(
IN2025965828 ).
Por escritura número 332, otorgada ante el notario público, Gerardo Enrique
Chaves Cordero, de las a las 15:30 horas del 12 de junio
del 2025, se incluye cuenta
de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Sic Tra Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-814967, con domicilio
social en San José, san francisco de dos ríos, centro comercial el faro, local dos; mediante reforma a la cláusula del domicilio en el
pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—A las catorce horas del veinticuatro de junio del dos mil
veinticinco.—Lic. Gerardo
Enrique Chaves Cordero, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965829 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura 115-1, visible al folio 96 frente al 96 vuelto del tomo I a las 11:00 horas, del 21 de junio
de 2025 se presentó solicitud
por parte de Natalia María
Rodríguez Ríos, mayor de edad, casada
una vez, abogada, con domicilio en San José, San José, Uruca, condominio vistas del robledal, portadora de la cédula de identidad
1-1313-0677, en su condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Vanguardia Legal S.A., con la cédula de
persona jurídica 3-101-927146, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley
10.597.—San José, 23 de junio de 2025.—Lic. Álvaro Sánchez Quesada, Notario.—1
vez.—(
IN2025965831 ).
Por escritura 67 del tomo 06, de las
11:40 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “ley para establecer
el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” ley Nº10597, se hace
inclusión de correo electrónico para la sociedad DARTAGÑAN
Sociedad Anónima, de cédula jurídica
3-101-253448.—San José, 24 de junio del año 2025.—Lic.
Felipe Arturo Salazar Solís, Notario.—1 vez.—(
IN2025965832 ).
Por escritura 68 del tomo 06, de las
11:50 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “ley para establecer
el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” ley Nº10597, se hace
inclusión de correo electrónico para la sociedad Rubielos Cuarzo
Inversiones Sociedad Anónima, de cédula jurídica 3-101-479584.—San José, 24 de junio
del año 2025.—Lic. Felipe Arturo Salazar Solís, Notario.—1
vez.—(
IN2025965833 ).
Por escritura número ciento seis, otorgada ante el notario público,
Carlos Murillo Rodríguez, de las once horas del dieciséis
de junio del dos veinticinco,
se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada SEMASA Sociedad Anónima cédula jurídica: tres-ciento dos-nueve
uno ocho cuatro tres tres.—Heredia,
veinticuatro de junio del
dos mil veinticinco.—Lic. Carlos Murillo Rodríguez,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965834 ).
Por escritura otorgada a las 10 horas
30 minutos del 17 de junio
del 2025 ante esta notaría,
se presentó solicitud por parte de Serfin
Latam Costa Rica S.A., cédula jurídica número 3-101-856688, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley número 10.597.—Cartago,
18 de junio del 2025.—Licda. Dylana Quirós Jiménez.—1
vez.—(
IN2025965835 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 93-36,
visible al folio 89V, del tomo 36, a las 08:00 horas
del día 24 de junio 2025, se presentó
solicitud por parte del tesorero de Coto
Hidalgo Hermanos S.A, cédula de persona jurídica número 3-101-039793, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley número 10597.—San José, 24 de junio del 2025.—Licda. Pía Picado González,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965836 ).
Por escritura número treinta-seis, de las quince horas del catorce
de junio del dos mil veinticinco;
Ginger Fonseca Abarca en representación
de Itmolabs Loyalty Sociedad de Responsabilidad Limitada SRL, cédula jurídica 3-102-826120. Aporta correo electrónico para notificaciones.—Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1
vez.—(
IN2025965837 ).
En escritura de las 10 horas del día 13 de junio
del año 2025, protocolicé
acta siete de asamblea
general de cuotistas de sociedad
Nieto y Masis Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-020184, mediante
la cual reforma su pacto social en la cláusula sobre domicilio social. Es todo.—San
José, 24 de junio del año 2025.—Lic. Luis Hernández
Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2025965838 ).
Mediante escritura otorgada el 18 de junio del 2025 ante el suscrito notario,
el gerente de la sociedad DINGUIFERO Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica 3-102-704795, señala el correo
cdalolio@gmail.com como medio para recibir notificaciones.—Lic. Guillermo Guerrero
Corrales, Notario. C 10282.—1 vez.—( IN2025965839 ).
Mediante escritura otorgada el 18 de junio del 2025 ante el suscrito notario,
el gerente de la sociedad Clar Bolaños y Compañía
Limitada, cédula jurídica 3-102-095496, señala el correo
clarenciobb@hotmail.com como medio para recibir notificaciones.—Lic. Guillermo Guerrero
Corrales, Notario. C 10282.—1 vez.—( IN2025965840 ).
Por escritura otorgada por mí, el
día de hoy la compañía Condominio
Gran Vista S.A. con cédula jurídica 3-101-367548,
solicitó la inserción del correo electrónico
grandvista.cr@gmail.com como medio de notificaciones.—San
José 24 de junio del 2025.—Alexandra Mena Porras carné 11789.—1vez.—( IN2025965841 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y ocho, visible al folio diecisiete
vuelto, del tomo treinta y nueve, a las catorce horas del diecisiete de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de José Adrián Cubero Campos, cédula dos-cero tres uno nueve-cero
uno siete uno, apoderado de
las sociedades: El Almendro Proyectos
y Construcciones Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta mil seiscientos diez; Vistas de Balsilla AE
Sociedad Anónima; Natural Slim Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochocientos noventa y tres mil quinientos setenta y seis; Natural Slim Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos sesenta y tres mil ochocientos veintiocho; Costa Fit Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos treinta y un mil novecientos uno;
Villa Diamante del Valle Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y seis mil seiscientos treinta y nueve; Productos Dorados R y A Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil trescientos cuarenta y cuatro; Azulillo
Intenso Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
once mil ciento setenta y
cuatro; Compañía Agropecuaria
La Costa Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cincuenta y nueve mil doscientos dieciocho; Tres-Ciento Dos-Ochocientos Cincuenta y Nueve Mil Noventa y Dos Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos cincuenta y nueve mil noventa y dos y Vistas La Casa de La Pradera
de Balsilla Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-novecientos veintiocho mil cuatrocientos setenta y uno, para incorporar un
correo electrónico, en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las trece
horas del día veinticuatro de junio
del año dos mil veinticinco.—Licenciado
José Luis Ureña Díaz, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965842 ).
Por escritura número 172-14, otorgada
ante el notario público Álvaro Enrique Arguedas Durán, a las 12 horas 45 minutos del 24 de junio del 2025,
se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Construcciones Contempo S.A. cédula jurídica
3-101-27052 domiciliada en
San José, San José, sociedad Veintiún
Mil Setecientos Dos S.A., cédula jurídica 3-101-298637 San José, sabana sur, de la librería universal 100 metros oeste,
100 sur, 100 este, 100 norte
y 75, apartamento 1 y Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Setenta Mil
Doscientos Cincuenta y
Cuatro S.A. cédula jurídica 3-101-670254 y siete mil doscientos
tres, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el
pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la ley número 10597.—San José 24 de junio
del 2025.—Lic. Álvaro Arguedas Durán.—1
vez.—(
IN2025965843 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad Electrónica Automotriz de San José S.A. 3-101-113545. Es todo.—24
de junio del 2025.—Yolanda Porras Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965844 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad MARIMINAV&C S.A. 3-101-322679. Es todo.—24
de junio del 2025.—Yolanda Porras Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965845 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento cincuenta y seis, visible
al folio noventa y ocho del
tomo número dos, a las nueve horas del día veinticuatro
de junio del dos mil veinticinco,
se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Slinda Centro Médico Sociedad Anónima,
con la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-nueve tres dos dos nueve
ocho, mediante la cual se acordó reformar la cláusula número decima tercera del pacto constitutivo, a fin de la representación judicial y extrajudicial de la sociedad Slinda Centro
Médico S.A., la ostenten el
presidente, la secretaria y
tesorera, quienes podrán firmar conjunta
o separadamente. Es todo.—San José, a las once
horas del día veinticuatro del mes
de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Sonia López Sandoval, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965846 ).
Ante esta notaría en
aplicación de la ley número
diez mil quinientos noventa y siete que establece el uso
del correo electrónico como medio oficial de notificación de sociedades, se tramita la inclusión del correo electrónico
alecalvo@hotmail.com de la sociedad SKT ALECAL
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de
persona jurídica tres-ciento
dos-setecientos treinta y tres mil trescientos. Gerente Alejandro Calvo Castillo, cédula uno cero seiscientos noventa y cuatro cero
setecientos trece.—Licda. Lissette Ortiz Brenes.—1 vez.—( IN2025965847 ).
Ante esta notaría, se
procede mediante solicitud del representante
legal a incluir el correo electrónico
de conformidad con la ley diez
mil quinientos noventa y siete, de la sociedad Acabados Montpelier S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil ciento veintinueve. Es todo.—San
José, veintitrés de junio
de 2025.—Licda. Ana María Avendaño Rojas, carné 8455.—1 vez.—( IN2025965848 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos treinta y seis,
visible al folio ciento treinta
y cuatro vuelto, del tomo segundo, de las diecisiete horas,
del doce de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de su
representante legal, de Inversiones J&C Veinticuatro Sociedad Anónima,
con la cédula de persona jurídica número
tres–ciento uno–doscientos sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Guápiles, a las dieciocho horas del día catorce
del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Josué Piedra Mora, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965849 ).
Ante esta notaría, se solicita la reforma de la cláusula décimo primera de la sociedad de esta plaza denominada Tres-Ciento Uno-Nueve Cero Dos Nueve Cinco Cinco Sociedad Anónima.—San
José, veintitrés de junio
del dos mil veinticinco.—Lic. Manuel Enrique Fernández
Campos, Notario.—1 vez.—( IN2025965850 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos treinta y cinco, visible al folio ciento treinta y cuatro frente, del tomo segundo, de las dieciséis horas, del doce de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de su representante legal,
de Inversiones C & R Veintiuno Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica
número tres–ciento uno–setecientos cuarenta y tres mil novecientos ochenta y dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Guápiles, a las diecisiete horas del día catorce
del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Josué Piedra Mora, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965851 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos treinta y cuatro,
visible al folio ciento treinta
y tres vuelto, del tomo segundo, de las quince
horas, del doce de junio
del año dos mil veinticinco,
se presentó solicitud por parte de su
representante legal, de Ganadería
Cruz Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres–ciento uno–seiscientos dieciséis mil cuarenta y cuatro, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Guápiles, a las dieciséis horas del día catorce
del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Josué Piedra Mora, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965852 ).
Ante esta notaria se solicita la reforma de la cláusula sexta de
la sociedad de esta plaza denominada El Asiento de Atrás
Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Redondo Escalante, Notaria.—1 vez.—( IN2025965853 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos treinta tres, visible al folio ciento treinta y tres frente, del tomo segundo, de las catorce horas,
del doce de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de su
representante legal, de Inversiones Cruz Solano
Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres–ciento uno–quinientos setenta y dos mil trescientos dos, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Guápiles, a las
quince horas del día catorce del mes
de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Josué Piedra
Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965854 ).
En mi notaría, a las doce horas del 23
de junio del dos mil veinticinco
se protocolizó solicitud
del apoderado generalísimo
de la sociedad anónima La
Peña de El Llano S. A. En donde se modificó la cláusula relativa al domicilio agregando correo electrónico.—San
José, el 23 junio del 2025.—Lic. Kattia Gamboa Víquez.—1
vez.—(
IN2025965855 ).
Yo, protocolicé acuerdos de la sociedad Inversiones
Decadebo, S.A., se acuerda modificar la cláusula de administración. Es todo.—San José, veinte de mayo de dos mil veinticinco.—Lic. Juan Antonio Mainieri Acuña.—1
vez.—(
IN2025965857 ).
Ante esta notaría, se procede mediante solicitud del representante legal
a incluir el correo electrónico
de conformidad con la ley diez
mil quinientos noventa y siete, de la sociedad Inversiones
Corporativas Quira S.A.,
cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos setenta y
cuatro mil novecientos veintiocho.
Es todo.—San
José, veintitrés de junio
de 2025.—Licda. Ana María
Avendaño Rojas, carné
8455.—1 vez.—( IN2025965858 ).
Por escritura número cuarenta, otorgada ante la
Notaria Pública, Angely González Fernández de las once horas diez minutos del dieciocho de junio del dos mil veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Setecientos Treinta y
Un Mil Trescientos Veintidós
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-setecientos treinta y un mil trescientos veintidós, con domicilio social en provincia uno: San José, cantón diecinueve: Pérez Zeledón, Platanares,
Barrio Cristo Rey, frente el
minisúper El Gallito.—Veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Angely
González Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965859 ).
En la escritura número
161 del protocolo número 2,
de las 14 horas del día 19 de junio del año 2025, World Ecocapital S.
A., cumple con la inscripción
del correo electrónico como medio de notificación para
las sociedades mercantiles,
según Directriz DPJ-002-
2025, emitida por la Dirección del Registro de
Personas Jurídicas del Registro
Nacional, con fecha del 23 de mayo de 2025, y en virtud de lo dispuesto en el
recientemente reformado: artículo 18 del Código de Comercio. Es todo.—San José, veintitrés de junio del año dos mil veinticinco.—Gloriana Cob Guillén, Notaria.—1 vez.—(
IN2025965860 ).
Por escritura número veintidós del tomo dieciséis de la suscrita Notaria
Pública, Jenny María Ramos González, se incluye cuenta de correo electrónico laure@firstislandrealty.com, dentro de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos- Setecientos Treinta y Tres Mil Trescientos
Cincuenta Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica: 3-101-733750.—Licda. Jenny María Ramos González.—1
vez.—(
IN2025965862 ).
Por escritura número
ciento veinticinco otorgada ante el Notario Público,
Ariel González Arias de las doce horas cuarenta y cinco minutos del nueve de junio del dos mil veinticinco, se
incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Inversiones Díaz y Fariñas S. A., con
cédula de persona jurídica número
tres-uno cero uno-ocho seis
cinco ocho dos siete, con domicilio en Alajuela, San José, del Cementerio ochocientos
metros oeste, frente a Bar
Copa Blanca, casa color amarilla, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el
Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, veinte de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Ariel González Arias, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965863 ).
Por escritura número ciento veintisiete otorgada ante el suscrito notario público, de las once horas veinte
minutos del veintitrés de junio de dos mil veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Inmobiliaria
Matamoros y Martínez S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - cero setenta y tres mil quinientos setenta y cinco, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el
Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José a los veintitrés días de junio de dos
mil veinticinco.—Lic. Juan
Carlos Herrera Flores, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965865 ).
En escritura No. 218-46 otorgada
a las 8:00 horas del día de 23 de junio del 2025, en esta Notaría
se protocolizó Acta de Asamblea
General de socios de Sellos
Internacionales RS Jafi Sociedad de Responsabilidad Limitada, C.J 3-101-861986, en la cual se reformó
la cláusula de Representación
y solicito se inscribiera el correo electrónico
rsjafisellos@gmail.com.—San José, a las 14:00 horas,
del día 23 de junio del 2025.—Lic. Gerardo Quesada Monge. Tel: 2283-9169.—1 vez.—(
IN2025965868 ).
Ante esta notaría de la Licenciada Silvia Eugenia Guillén Marín, Notaria
Pública con oficina abierta
en Hone Creek, Plaza Dindiri,
local número tres, contiguo al Supermercado Hone
Creek, escritura número setenta, visible al folio cuarenta
y dos frente al folio cuarenta
y dos vuelto, del tomo tres del protocolo de la suscrita notaria, a las doce
horas y nueve minutos del
día trece de junio del dos
mil veinticinco , se apersono
el señor Leopoldo (nombre) Soto (apellido) de un
solo apellido en razón a su nacionalidad
Australiana , portador del pasaporte
número: P A cinco nueve cinco cuatro nueve uno seis, casado en primeras nupcias,
empresario, vecino de Limón, Talamanca, Cocles calle Margarita de la
entrada cien metros a mano izquierda
portón de madera columnas color naranja, en su condición
de Gerente con facultades
de apoderado generalísimo
sin límite de suma de la sociedad y Representación
Judicial y Extra Judicial de Talyrone
Property A Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada en San José, Montes
De Oca, San Pedro, Los Yoses, avenidas
ocho y diez, calle treinta y nueve, segunda oficina a mano derecha, fachada gris, con cédula jurídica número tres–ciento dos–setecientos cuarenta y ocho mil ochocientos treinta y tres, se presentó solicitud por parte del señor
Leopoldo (nombre) Soto para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Hone Creek a las ocho
y veinte minutos del día veintitrés del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Silvia Guillen
Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965869 ).
Por escritura número doscientos sesenta, otorgada ante el Notario Público,
José Mauricio Artavia Aguilar a las once horas del diez
de junio del año dos mil veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Berxi Urca Capitales Paradisiacos S. A,
con cédula jurídica tres-ciento
uno–quinientos sesenta y siete mil cero setenta y nueve, con domicilio social en la provincia de Puntarenas-
Quepos, Matapalo de Savegre, cien
metros suroeste de la plaza de deportes.
Es todo.—Quepos,
veintitrés de junio del año dos mil veinticinco.—José Mauricio Artavia Aguilar, Notario.—1
vez.—(
IN2025965870 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta misma notaría a las
12:00 horas del día 19 de junio del 2025, se protocoliza acta de Asamblea
General Extraordinaria de Accionistas
de Jiménez y Kappl Inversiones Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica tres–ciento uno–ochocientos un mil cuatrocientos treinta y dos, en donde se autoriza
la disolución de la sociedad.—San José, 23 de junio del 2025.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965871 ).
En esta notaría, y en cumplimiento de lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, mediante la escritura pública número doscientos treinta y cinco, del tomo uno, el representante
legal de La Finca Saige Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número
Tres -ciento dos -ochocientos
sesenta y siete mil seiscientos tres, domiciliada en Alajuela, San Ramón, Piedades Norte, Calle Castro, solicita
formalmente al Registro la incorporación en el pacto constitutivo
de la sociedad, del correo electrónico que en adelante será el
medio de dicha sociedad
para recibir notificaciones
de carácter judicial y administrativo.—San
Ramón, a las trece horas con veintiséis
minutos del día veintitrés
de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Yuliana Lobo
Suárez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965872 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos treinta y siete, visible al folio ciento treinta y cinco frente del tomo segundo de las dieciocho horas
del doce de junio del dos
mil veinticinco, se presentó
solicitud por parte de su representante
legal de Jomacruz Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-ciento nueve mil sesenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Guápiles, a las diecinueve horas del catorce de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Josué Piedra Mora, Notario Público, Notario.—1 vez.—( IN2025965873 ).
Por escritura número 212 otorgada ante la Notaria Pública Alejandra Rojas Carballo
de las nueve horas del día doce
de Junio de dos mil veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Distribuidora Agrícola Beilyn
S.A., con cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento noventa y tres doscientos cuarenta y cinco, con domicilio en la ciudad de Cartago, distrito
primero Oriental, cantón primero de la provincia de Cartago, San Nicolás, del puente
beilyn, cien metros al oeste y trescientos metros al norte, carretera a Llano Grande.—Licda. Alejandra Rojas Carballo. Notaria.—1
vez.—(
IN2025965880 ).
Escritura 34-7, visible al folio 63 frente, del tomo 7, de las 14
horas 30 minutos del 23 de junio
del 2025, ante la suscrita Notaria Karen María Ulate
Cascante, carné 26806, se protocoliza
Acta de Asamblea General de Cuotistas
y se acuerda modificar las cláusulas segunda y novena, del domicilio social, correo para notificaciones notificaciones@linealaw.com y de administración de Sociedad Playa Pochote Residence
XXVIIII Oriental de la Fruta Limitada, con cédula jurídica
número 3-102-900482. Es todo.—San José, 23 de junio del 2025.—1 vez.—( IN2025965881 ).
Ante esta Notaría, mediante
escritura número ciento cincuenta y ocho, visible al folio ciento cincuenta y cinco vuelto, del tomo treinta, otorgada a las ocho horas del veintitrés de junio de dos mil veinticinco, se protocolizó acta de reunión de cuotistas de la compañía denominada Tres-Ciento Dos-Ochocientos Noventa y Nueve Mil Setecientos Sesenta y Dos SRL, con cédula de Persona Jurídica número tres-ciento dos-ochocientos noventa y nueve mil setecientos sesenta y dos”, mediante la cual se acordó reformar su pacto social, en cuanto a sus cláusulas denominadas “representación” y “administración”.
Es todo.—Filadelfia,
Guanacaste, a las catorce horas quince minutos del veintitrés de junio de dos mil veinticinco.—Licda. Ana María Vargas Moya. Colegiada dos mil novecientos veintidós.—1
vez.—(
IN2025965882 ).
Por escritura 141-35, del tomo 35 del
protocolo del notario Julio
Renato Jiménez Rojas, se solicita el
registro del correo electrónico de la sociedad: Foto
Coto Aranjuez Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-343819.—San
José, 17 junio de 2025.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas. Notario.—1 vez.—( IN2025965883 ).
Por escritura otorgada
ante mí se reformó en el pacto constitutivo
la cláusula del domicilio
lo siguiente: correo electrónico para recibir notificaciones milleniumdescansa2010@hotmai1.com, de la sociedad Compañía Hotelera R Y K S.A., cedula jurídica
tres-ciento uno–doscientos cincuenta y seis mil quinientos diecisiete.—Paso
Canoas, veinticinco de junio
del año dos mil veinticinco.
Licda. Onix Abarca Morales.—1
vez.—(
IN2025965884 ).
Por escritura otorgada ante mí se reformó en el
pacto constitutivo la cláusula del domicilio lo siguiente: correo electrónico para recibir notificaciones indust.gallisur@gmail.com, de la sociedad Fincas Hermara S. A.,
cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos trece mil quinientos trece.—Paso Canoas, veinticinco de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Onix Abarca Morales.—1 vez.—(
IN2025965885 ).
Por escritura otorgada ante mí se reformó en el
pacto constitutivo la cláusula del domicilio lo siguiente: correo electrónico para recibir notificaciones indust.
gallisur@gmail.com, de la sociedad Porcina El Porvenir S.A., cedula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil setecientos cincuenta y seis.—Paso Canoas, veinticinco de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Onix Abarca Morales.—1 vez.—(
IN2025965886 ).
Por escritura otorgada ante mí se reformó en el
pacto constitutivo la cláusula del domicilio lo siguiente: correo electrónico para recibir notificaciones indust
gallisur@gmail.com, de la sociedad Waves of Jungle
S.R.L., cédula jurídica tres-ciento
dos-ochocientos tres mil setecientos cuarenta y nueve.—Paso
Canoas, veinticinco de junio
del año dos mil veinticinco.—Licda. Onix Abarca Morales.—1 vez.—( IN2025965887 ).
Por escritura otorgada ante mí se reformó en el
pacto constitutivo la cláusula del domicilio lo siguiente: correo electrónico para recibir notificaciones indust.gallisur@gmail.com, de la sociedad Centro Educativo Marglory S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno–trescientos
setenta y cuatro mil setecientos
ochenta y tres.—Paso Canoas, veinticinco de junio del año dos mil veinticinco.—Licda. Onix Abarca Morales.—1 vez.—(
IN2025965888 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cuarenta y cinco visible al folio
veintinueve frente, del tomo dos a las catorce horas y diez minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de la sociedad Hermosa Oasis LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número tres–ciento dos–novecientos mil seiscientos veintinueve, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Sardinal, Carrillo, a las catorce
horas y veinte minutos del
día veintitrés de junio del
dos mil veinticinco.—Lic.
Erik Alonso Bejarano Serrano. Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965889 ).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las
once horas treinta minutos
del día treinta de junio de
dos mil veinticinco, donde
se Protocolizan Acuerdos
del Acta de Asamblea de Cuotistas
de la sociedad denominada Baxter
Export Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos setenta y tres mil setecientos siete. Donde se acuerda reformar la cláusula de los estatutos de la Compañía referente a la
Administración, así mismo reformar la cláusula de los estatutos de la Compañía referente al Domicilio Social.—San José, treinta de junio de dos mil veinticinco.—Licda. Magally María Guadamuz García.—1
vez.—(
IN2025965891 ).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las doce horas del día treinta de junio de dos mil veinticinco, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad denominada Baxter Productos Médicos Limitada, cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-doscientos treinta mil cuatrocientos veinte. Donde se acuerda reformar la cláusula sexta de los estatutos de la Compañía.—San José, treinta de junio de dos mil veinticinco.—Licda. Magally María Guadamuz
García, Notario.—1 vez.—( IN202965892 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 7-9, de
las 9:00 horas del 20 de junio de 2025, visible al
folio cuatro frente del tomo
noveno, se presentó solicitud por parte
de Grupo Kronos del Sur S.R.L., cédula jurídica
3-102-606314, para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José, a las 14:10 horas del 20 de junio de 2025.—Licda.
Ana Cecilia Salazar Segura. Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965895 ).
Ante esta notaría al ser las trece
horas del veintitrés de junio
del dos mil veinticinco, mediante
escritura número ciento cincuenta y seis, en el pacto
constitutivo de las compañías
La Purruja Fascinante de
Sabanilla Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-tres cuatro uno seis siete ocho, domiciliada en Alajuela, Alajuela del Cuerpo de Bomberos ciento veinticinco metros al este, casa lado izquierdo de dos plantas, color blanca y Saboríos Sámara Sociedad
Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-siete ocho uno cero uno seis, domiciliada en Alajuela,
Alajuela, Alajuela del costado noroeste
de la iglesia La Agonía cien metros norte y veinticinco metros al este, en la cláusula del domicilio, se agrega lo siguiente: correo electrónico:
Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico para la compañía La
Purruja Fascinante de
Sabanilla Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-tres cuatro uno seis siete ocho, lapurrujafascinantedesabanilla@gmail.com y para la compañía Saboríos Sámara
Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-siete ocho uno cero uno seis, en la cláusula del domicilio lo siguiente: Correo electrónico:
Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico sylviaelenah@gmail.com , para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—Alajuela, veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Maricela Arrieta Mora.
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965896 ).
Mediante escritura otorgada ante esta misma notaria a las 13:00
horas del día 20 de junio del 2025, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas
de Colina Hermanos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento tres mil seiscientos treinta y uno, en donde se modifica
la cláusula novena de representación.—San José, 23
de junio del 2025.—Licdo. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965897 ).
La suscrita Notaria Pública, hago constar que mediante escritura N° 145-3 de las 11:00 horas
del 21 de junio del 2025, del tomo
tres de mi protocolo, se incluyó cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas Esterillos 506 SRL, cédula 3-102-753035,
y Costa Rica 506 Properties and Rentals SRL, cédula jurídica
3-102-844478.—Alajuela, 23 de junio del 2025.—Lic. Ana Laura Vásquez
Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2025965898 ).
Mediante escritura otorgada ante esta misma notaria a las 12:00
horas del día 20 de junio del 2025, se protocoliza acta de Asamblea
General Extraordinaria de Accionistas
de Consorcio Anglia S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento dos mil novecientos ochenta y uno, en donde se modifica la cláusula novena de representación.—San José, 23 de junio del 2025.—Lic. Juan Carlos Villasuso
Morales, Notario.—1 vez.—( IN2025965899 ).
Por escritura N° 75-18, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 16 de junio del 2025, se protocoliza
acta de Asamblea General de la sociedad
Nova Digital Ventures, Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número
3-102-893788, mediante la cual
se acuerda la disolución de
la sociedad y se solicita
al Registro de Personas Jurídicas
que se prescinda del nombramiento
de liquidador y se tenga a
la sociedad como liquidada por no tener activos, ni pasivos y encontrarse
satisfechos los intereses del Fisco.—San José, dieciocho
de junio del dos mil veinticinco.—Eugenio
Vargas Ramírez. Notario Público.—1 vez.—( IN2025965900 ).
Por escritura número setenta y dos otorgada ante el Notario Público Luis Fernando Torres Rueda, a las catorce horas del diecinueve de junio del dos mil veinticinco, se
incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Care & Health Pharmaceutical Assistance
S.A., cédula jurídica tres-ciento
uno-setecientos siete mil setecientos noventa y seis, con domicilio social en la ciudad de
Limón, contiguo a Macrobiótica
Bionatura, distrito primero
y cantón primero de la provincia
de Limón, mediante reforma
a la cláusula segunda del Domicilio en el
Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Limón, veinte de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Luis Fernando Torres Rueda. Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965901 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número trescientos setenta y uno visible
al folio ciento setenta y nueve frente, del tomo dieciséis a las a las doce horas del día dieciocho del mes de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte del representante
legal de las siguientes compañías
Galerones Unidos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos diez mil setecientos ochenta y Servicentro El Domino Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
dieciocho mil novecientos trece, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de las sociedades conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Alajuela a las quince horas del día veintitrés de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Oscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965902 ).
Por escritura otorgada en esta notaría
en San José a las diecisiete
horas cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de junio del año dos mil veinticinco, se protocolizó acta de Aumento
de Capital Social de la sociedad denominada
Noccah S.R.L.—San José, 27 de junio del 2025.—Carlos Morales
Fallas. Notario.—1 vez.—( IN2025965904 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, la compañía Age Bio Managment CR
S.R.L., cédula jurídica 3-102-904630, reforma la cláusula del capital y
se incluye un correo electrónico conforme a la Ley número 10597.—San José, 23 de junio
del 2025.—Alejandro Matamoros Bolaños, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965905 ).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad Tres–Ciento Uno–Cuatrocientos Ochenta y Nueve Mil Ciento Ochenta y Nueve S. A.
3-101-489189. Es todo.—20 de junio del 2025.—Wilber
Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2025965906 ).
Por escritura número doscientos catorce cuatro, otorgada ante la suscrita Notaria
Pública, a las once horas quince minutos del diecinueve de junio del dos mil veinticinco, se protocolizó el Acta Asamblea General Extraordinaria número cincuenta y uno de la sociedad Lamm
Engleke Sociedad Anónima,
tres-ciento uno-cero tres
cero ocho uno ocho; donde se acordó reformar la cláusula octava de la representación, y se
le da representación al nuevo secretario,
se nombra nueva Junta Directiva, se incorpora un correo electrónico en el domicilio
de la sociedad, conforme a
la Ley diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San
José, veintitrés de junio
del año dos mil veinticinco.—Marta E. Castro Carranza, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965907 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 276
visible al folio 183 frente del tomo
24 a las 10 horas del 17 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte del representante
legal de Los Dos Palmitos Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica
número: 3-101-451559, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Jacó a las 11 horas del día 20 de junio del año 2025.—Lic. Juan Federico Arias Chacón Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965908 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria, el día de hoy veinticuatro de mayo del año dos
mil veinticinco, a las catorce
horas, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de socios
de la sociedad TLDB Bodegas de la Tercia Sociedad Anónima, con cédula jurídica
Tres—ciento uno—ochocientos
noventa y siete mil novecientos tres, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda
la disolución de la sociedad.—San
José, Siete de junio del dos mil Veinticinco.—Licda. María Gabriela Giral Arias, Notario Público. — Carné profesional doce mil veintidós.—1
vez.—(
IN2025965909 ).
Por escritura número
168-4 de las 10: 00 horas del 22-06-2025, otorgada en mi notaria, se reforma cláusula de administración, cláusula de representación, cláusula de domicilio y se nombra nuevo secretario, de Marco
Aurelio Hernández Rodríguez e Hijos Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-311314.—San Ramón,
23-06-2025.—Laura Campos Chaves-Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2025965910 ).
Por escritura doscientos trece-siete, de las trece horas
del día veinticuatro de mayo del año
dos mil veinticinco, se protocolizó
acta de asamblea de la sociedad
Tres Ciento Uno Setecientos
Noventa y Seis Mil Ochocientos
Diez Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres ciento
uno setecientos noventa y
seis mil ochocientos diez; en donde se reforma
la cláusula Séptima de la representación y se cambia el puesto de secretario y fiscal de
la junta directa. Así mismo, se agrega medio para atender notificaciones de dicha sociedad.—San José, al ser las ocho horas
del siete de junio del dos
mil veinticinco.—Licda. María Gabriela
Giral Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2025965911 ).
Por escritura doscientos cuarenta y dos-siete, de las
quince Horas treinta minutos
del día Veintisiete de junio
del año Dos mil veinticinco,
se protocolizó acta uno de asamblea
de la sociedad Inversiones Luzvic
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres ciento
dos ochocientos cincuenta y
nueve mil trescientos setenta y cuatr; en donde se cambia el puesto de Gerente
Uno de la Asamblea. Así mismo, se reforma la cláusula tercera de domicilio en donde
se agrega medio para atender
notificaciones de dicha sociedad.—San
José, al ser las quince horas cuarenta minutos del veintisiete de junio del dos mil veinticinco.—Licda. María Gabriela Giral
Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2025965912 ).
Por escritura doscientos cuarenta y tres-siete, de las dieciséis horas del día veintisiete
de junio del año dos mil veinticinco, se protocolizó acta
uno de asamblea de la sociedad
IEC Importaciones El Comercial
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres ciento
dos ochocientos noventa y ocho mil cincuenta y cuatro; en donde se cambia el puesto de gerente
uno de la asamblea.—San José, al ser las diecisiete horas del veintisiete
de junio del dos mil veinticinco.—Licda. María Gabriela Giral Arias. Notaria publica.—1 vez.—( IN2025965913 ).
Por escritura doscientos cuarenta y uno-siete, de las
quince horas del día veintisiete de junio del año dos mil veinticinco, se protocolizó acta
de asamblea de la sociedad Tienda
Fiber Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres ciento
uno setecientos treinta y tres mil seiscientos noventa; en donde
se cambia el puesto de presidente de la junta directa. Así mismo, se reforma
la cláusula tercera de domicilio en donde
se agrega medio para atender
notificaciones de dicha sociedad.—San
José, al ser las quince horas diez minutos del veintisiete de junio del dos mil veinticinco.—Licda. María Gabriela Giral
Arias. Notaria publica, Notario.—1 vez.—( IN2025965914 ).
Ante esta notaría, por medio de escritura número 68-21, del 23 de
junio de 2025, se protocolizó
acta de la sociedad Supervisa
de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-080732, mediante
la cual se modifican los estatutos.—San José, 23 de junio de 2025.—Jenny Hernández Solís. Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965915 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cincuenta y tres, otorgada a las 9 horas del 12 de junio
del 2025, se presentó solicitud
por parte del representante legal de La Gema Costera
del Pacífico
Limitada, cédula jurídica 3102421044, para incluir correo electrónico en la cláusula del domicilio social de
la sociedad.—San José, 12 de junio del 2025.—Licda Ivannia Esquivel Carrillo, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965917 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y siete-tres, visible al folio setenta
y dos vuelto del tomo tres, a las quince horas del veintitrés
de junio de dos mil veinticinco,
se presentó solicitud por parte del apoderado
generalísimo sin límite de suma de la siguiente sociedad: Inversiones Floky
Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de
la cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y nueve mil ciento ochenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, el veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Jonathan Andrés
Facey Torres, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965918 ).
Por escritura que otorgó
la suscrita notaria a las 13:00 horas de hoy, la sociedad Círculo
Amarillo Corporación de Bienes Raíces S.A.,
cédula jurídica 3-101-276443, solicitó
al registro de personas jurídicas
del registro nacional, inscribir cuenta de correo electrónico como medio para recibir notificaciones.—San
José, del 17 de junio, 2025.—Aymará
Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—( IN2025965920 ).
Por escritura número doscientos cincuenta y nueve otorgada ante la Notaria
Pública, Analive Azofeifa Monge de las ocho horas del día cinco de junio del dos mil veinticinco, se
incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Lluvia de Ideas Producciones Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-ochocientos
veintisiete mil cero cuarenta
y dos, con domicilio social en
San José, El Carmen de Guadalupe, condominio Valle
Alto, casa ochenta y cinco.—San
José, primero de julio del año
dos mil veinticinco.—Licda.
Analive Azofeifa Monge, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965922 ).
Ante esta notaría, del licenciado Olger Fernando Ruiz Matarrita, se presentó Jorge Oconitrillo Segura, cédula uno cero nueve cuatro seis cero ocho dos dos, en su
condición de presidente de
la sociedad Tecnoco
Tecnologías Ononitrillo
Sociedad Anónima bajo cédula jurídica
tres ciento uno seis cinco tres ocho
uno dos, para cumplir con lo solicitado
de Sección Mercantil de agregar
correo electrónico, a efecto de solicitar a Registro Público Sección
Mercantil aportar datos de correo electrónico de la sociedad anónima citada. Es todo.—San José doce horas del 26 de junio del año 2025.—Escritura número cincuenta tomo siete del notario Olger Ruiz Matarrita.—1 vez.—( IN2025965924 ).
Ante esta Notaría,
del Licenciado Olger Fernando Ruiz Matarrita, se presentó Gerrit Albertus
Van Waasbergen, holandés,
cédula residencia uno cinco dos ocho
cero cero cero dos cero nueve cero uno, en su condición de presidente de la sociedad denominada C.H.U.L.U Villas del Arroyo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno tres ocho tres
uno cinco cero, para cumplir
con lo solicitado de sección
mercantil de agregar correo electrónico, a efecto de solicitar a Registro Público sección mercantil aportar datos de correo electrónico de la sociedad anónima citada.—San José doce horas del 21 de junio del año 2025.—Escritura número cuarenta y nueve, tomo siete
del Notario Olger Ruiz Matarrita.—1 vez.—(
IN2025965925 ).
Ante esta notaría, se presentó Teunis Van Shuppen,
cédula residencia uno cinco dos ocho
cero cero cero uno siete tres cero cero, presidente de Bulado Sociedad Anónima,
cédula tres ciento uno tres ocho siete
uno siete uno, a efecto de solicitar a Registro Público Sección Mercantil aportar datos de correo electrónico de la sociedad anónima citada.—San José doce horas del nueve de junio 2025.—Escritura número cuarenta y ocho, tomo siete
del notario Olger Ruiz Matarrita Abogado y Notario
Público, carné
7900.—1 vez.—( IN2025965926 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número trescientos cincuenta y cinco, visible al folio ciento sesenta y uno frente del tomo número quince, se solicita incorporar el correo electrónico
en el domicilio
social de la sociedad cuyo nombre y cedula jurídica corresponden al número Tres-Ciento Dos-Nueve Dos Tres Seis
Uno Cinco, Sociedad S.R.L., el día primero de julio del dos mil veinticinco.—Lic. Max Aguilar Rodríguez.—1 vez.—( IN2025965927 ).
En esta notaría, y en cumplimiento de lo establecido en la ley número diez mil quinientos noventa y siete, mediante la escritura pública número sesenta y dos, del tomo uno, el representante
legal de Fábrica de Hielo Sucesores
de Manuel Emilio Argüello
Herrera Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número tres-uno cero dos-cero cero cuatro uno uno
cero, domiciliada en
Heredia, flores, San Joaquín, frente a la clínica Jorge Volio, solicita formalmente al Registro la incorporación en el pacto constitutivo
de la sociedad, del correo electrónico que en adelante será el
medio de dicha sociedad
para recibir notificaciones
de carácter judicial y administrativo.—Heredia,
a las once horas con treinta minutos,
del día veinte de junio del
año dos mil veinticinco.—Lic. Juan Carlos Campos Sánchez, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965930 ).
En escritura 21 de las 10:15 horas del día 24 de junio del 2025, ante esta notaría la sociedad Anfame S. A., ced. jur. 3-101-599935, solicita se inscriba como medio de notificación el correo electrónico ericksolanoa@gmail.com.—Heredia, 25 de junio
del 2025.—Lic. Andrés José
Barquero Morera, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965932 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura N° 173, visible al folio 163 vuelto del tomo 13, a las 11
horas del 7 de junio del 2025, se presentó
solicitud por parte del representante legal con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad WS Schmidt
Ingeniería y Construcción Limitada, número de cédula jurídica tres-ciento dos-novecientos once
mil quinientos cincuenta y
uno, para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las doce horas
del 20 de junio del 2025.—Licda.
Pamela Mora Soto, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965933 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, la sociedad Altocerro Centroamérica ACC
Sociedad Anónima, solicito la inclusión de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del Decreto DPJ-cero cero
dos-dos mil veinticinco, para la atención
de notificaciones formales
de la sociedad.—San José, veintiséis de junio del dos mil veinticinco.—Jorge Johanning Mora, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965934 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, las sociedades: Campos
Sociedad Anónima, Hugo Campos Sociedad Anónima, Landa
Gama Sociedad Anónima, El Jardín del Guarco Sociedad Anónima y Huna
Beadres Sociedad Anónima, solicitan la inclusión de su correo electrónico
de acuerdo a la Ley diez
mil quinientos noventa y siete y del Decreto DPJ-cero cero
dos-dos mil veinticinco, para la atención
de notificaciones formales
de la sociedad.—San José, dieciocho
de junio del dos mil veinticinco.—Jorge
Johanning Mora, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965935 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, las sociedades: Agencia de
Publicidad B Comunica Sociedad Anónima, Publicidad
Jirafa Sociedad Anónima y Sueños de Santa Ana Sociedad Anónima, solicitan la inclusión de su correo electrónico
de acuerdo a la Ley diez
mil quinientos noventa y siete y del Decreto DPJ-cero cero
dos-dos mil veinticinco, para la atención
de notificaciones formales
de la sociedad.—San José, trece
de junio del dos mil veinticinco.—Jorge
Johanning Mora, Notario.—1 vez.—( IN2025965936 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, la sociedad: Van Der Leer Sociedad Anónima, solicito la inclusión de su correo electrónico
de acuerdo a la Ley diez
mil quinientos noventa y siete y del Decreto DPJ-cero cero
dos-dos mil veinticinco, para la atención
de notificaciones formales
de la sociedad.—San José, doce de junio del dos mil veinticinco.—Jorge Johanning Mora, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965937 ).
Por escritura otorgada
hoy ante mí, la sociedad: Albergue
de Montaña Tapyeba Sociedad Anónima, solicito la inclusión de su correo electrónico
de acuerdo a la Ley diez
mil quinientos noventa y siete y del Decreto DPJ-cero cero
dos-dos mil veinticinco, para la atención
de notificaciones formales
de la sociedad.—San José, nueve de junio del dos mil veinticinco.—Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—(
IN2025965938 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, la sociedad Lavatanq
Ramírez Sociedad Anónima, solicitó la inclusión
de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del decreto DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco,
para la atención de notificaciones
formales de la sociedad.—San José, nueve de junio del dos mil veinticinco.—Jorge Johanning Mora, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965939 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas
del día 24 de junio del 2025, se protocoliza
solicitud de Doña Godi Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-730304, ante el Registro
Nacional, para inscribir el
correo electrónico de recepción de notificaciones.—San José, 25 de junio
2025.—Licenciado Juan Carlos Villasuso Morales, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025965940 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento cuarenta y cuatro, otorgada a las nueve horas quince
minutos del diecisiete de junio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de la sociedad Hermanos Arce Vega Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y dos mil trescientos
uno, para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, junio 25, 2025.—Lic. María González Campos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965942 ).
Ante esta notaría mediante
escritura N° 176, visible al folio 164 vuelto del tomo 13, a las 11
horas del 7 de junio del 2025, se presentó
solicitud por parte del representante legal con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Romar
Sociedad Anónima, número
de cédula jurídica tres-ciento
uno-cero veinte mil trescientos
cincuenta y nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las quince horas del 18 de junio del 2025.—Licda. Pamela
Mora Soto, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965943 ).
Por escritura 82 del Tomo 06, de las
14:00 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley N°10597, se hace inclusión de correo electrónico para la
Sociedad Multiplataforma Uno de Costa Rica
Sociedad Anónima, de cédula jurídica
3-101- 862955.—San José, 25 de junio del año 2025.—Lic. Felipe Arturo Salazar Solís, Notario Público.— 1 vez.—( IN2025965944 ).
Mediante escritura N° 261-12 otorgada a
las 09:20 hrs. del 11/06/2025, ante la suscrita
notaria Bianchy Magdalena Rodríguez Salas, se realizó liquidación de la sociedad: El Asador S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-775518.—Alajuela, 20 de junio de 2025.—Licda.
Bianchy Magdalena Rodríguez Salas.—1
vez.—(
IN2025965945 ).
Por escritura número
trescientos cuarenta y tres, visible a folio ciento sesenta y ocho frente del tomo cinco la suscrita notaria, otorgada a las quince horas veinticinco
minutos del dos de junio
del año dos mil veinticinco
se protocoliza acta de la sociedad
Inmobiliaria Glafa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve mil trescientos setenta y cuatro, donde se acuerda por unanimidad
revocar el nombramiento del Presidente, tesorera
secretaria y fiscal y en su lugar se nombra:
como presidente al señor: Danilo Sáenz Ugalde, cédula número:
uno cero novecientos cincuenta
cero novecientos ochenta y siete, mayor, casado una vez, ingeniero
industrial, con domicilio en
San José, Santa Ana, Condominio, Hacienda del Sol,
casa H veinticuatro, como
Tesorero se nombra a la señora
Cristina Sáenz Ugalde cédula número uno mil doscientos cuarenta y tres cero seiscientos setenta y cinco, mayor, gerente de ventas, casada una vez,
con domicilio en Heredia,
central, avenida uno, calle
catorce, casa esquinera, frente a hidrante de bomberos, como secretaria a la señora: María
Fernanda Sáenz Ugalde, cédula número: uno diez treinta cero setecientos diecisiete, mayor, casada una vez,
Microbióloga, con domicilio
en Heredia, San Francisco, Condominio
Tierras del café, casa trescientos cuarenta y seis, y como fiscal se
nombra a la señora Melba
María del Rosario Ugalde Víquez, cédula cuatro cero ciento dos cero quinientos setenta y uno, mayor casada una vez, empresaria,
con domicilio en Heredia, Getsemaní. Se acuerda otorgar representación judicial y
extrajudicial al secretario y tesorero,
pudiendo actuar conjunta y separadamente. Los Directivos duran en sus cargos todo el Plazo Social. Es todo.—Alajuela,
25 de junio de dos mil veinticinco.—Licda. Flor Edith Mora Ulloa.—1 vez.—(
IN2025965947 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad: Tres-Ciento Dos-Novecientos Seis Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro S.R.L.,
3-102-906944. Es todo.—20 de junio del 2025.—Wilber
Barquero Bolaños, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965949 ).
Por escritura otorgada
ante la notaría Ingrid Mata Araya, a las catorce horas treinta y seis minutos del cinco de junio del dos mil veinticinco, se
realiza solicitud de medio
de notificaciones correo electrónico scissorsandcolor@hotmail.com de la de la sociedad: Milan CR Lam Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica
3102869740.—Alajuela, Alajuela, Centro, de la Municipalidad de Alajuela, 100
metros al oeste y 150 metros al norte,
edificio al ser las 10:33 horas del 25 de junio del 2025.—1 vez.—(
IN2025965950 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula del domicilio y se señaló correo electrónico para la sociedad: Tres-Ciento Dos-Novecientos Seis Mil Ochocientos
Cuarenta y Seis S.R.L., 3-102-906846. Es todo.—20 de junio del 2025.—Wilber Barquero Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965951 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 149-9,
visible al folio 128v del tomo 9, a las 8:00 horas,
del 20 de junio de 2025, se presentó
solicitud por parte de Mónica María Velázquez Tobón,
representante León Martínez Asociados MI S.A.,
con la cédula de persona jurídica número
3-101-807436 para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Licda. Ivannia Zúñiga Vidal,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965953 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número doscientos setenta y seis,
visible al folio ciento ochenta
y uno vuelto del tomo noveno, a las trece horas treinta minutos del once de junio del dos mil veinticinco, se
presentó solicitud por parte del apoderado
generalísimo sin límite de suma de Tecnología Médica y Hospitalaria Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil seiscientos doce, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las catorce
horas quince minutos del once de junio
del dos mil veinticinco.—Licda.
Marcia Vanessa Matarrita Varela, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025965954 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número doscientos setenta y siete, visible al folio ciento ochenta y dos del tomo noveno, a las trece horas cuarenta minutos del once de junio del dos mil veinticinco, se
presentó solicitud por parte del apoderado
generalísimo sin límite de suma de Gerard O Elsner Limitada, con la cédula de
persona jurídica número jurídica tres-ciento dos-cero
cero nueve mil novecientos treinta y seis, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las catorce
horas del once de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Marcia
Vanessa Matarrita Varela, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965955 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número ciento veintiséis, visible al folio setenta
del tomo diecinueve, a las dieciséis
horas cuarenta minutos del
once de junio del dos mil veinticinco,
se presentó solicitud por parte del apoderado
generalísimo sin límite de suma de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Veintiocho Mil Doscientos Cuarenta y Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número jurídica tres-ciento dos-seiscientos veintiocho mil doscientos cuarenta y cuatro,
para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las trece
horas del trece de junio
del dos mil veinticinco.—Licda.
Ana Esperanza Vicente Sotela, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965956 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número ciento veinticinco, visible al
folio setenta del tomo diecinueve, a las dieciséis horas treinta
minutos del once de junio
del dos mil veinticinco, se presentó
solicitud por parte del apoderado generalísimo sin límite de suma de Garrapatea y Corchea Sociedad Anónima, con
la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos
tres mil setecientos veintiuno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las doce
horas del trece de junio
del dos mil veinticinco.—Licda.
Ana Esperanza Vicente Sotela, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965957 ).
En escritura 22 de las 10:30 horas del día 24 de junio del 2025, ante esta Notaría la sociedad Sogafa del Este Sociedad S.A., cédula jurídica
3-101-884181, solicita se inscriba
como medio de notificación el correo electrónico
ericksolanoa@gmail.com. —Heredia, 25 de junio del 2025.—Lic. Andrés José Barquero
Morera, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965959 ).
Por escritura 83 del tomo 06, de las
14:10 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley N°10597, se hace inclusión de correo electrónico para la
Sociedad Super Crédito Supcre de Costa Rica
Sociedad Anónima, de cédula jurídica
3-101- 897498.—San José, 25 de junio del año 2025.—Lic.
Felipe Arturo Salazar Solís, Notario Público.—1 vez.—(
IN2025965960 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número sesenta y cuatro, visible al folio sesenta
y ocho frente del tomo números dos, a las trece horas con treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco, se
presentó formal solicitud por parte de Roxana María Ulloa
Monge, en su condición de representante legal
con facultades de apoderada
generalísima
sin límite de suma de Ericsson
de Costa Rica Sociedad Anónima, con la cédula de personería jurídica número: tres-uno cero uno-cero
cuatro siete ocho nueve seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—Emitido en la Ciudad de San
José, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Diego Armando Chinchilla Arróniz, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965962 ).
Por escritura 81 del tomo 06, de las
13:50 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley N° 10597, se hace
inclusión de correo electrónico para la sociedad Matto
Sociedad Anónima, de cédula jurídica
N° 3-101-807596.—San José, 25 de junio del año 2025.—Lic.
Felipe Arturo Salazar Solís, Notario.—1 vez.—(
IN2025965963 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas
del veintitrés de junio del
dos mil veinticinco, se presentó
solicitud por parte del apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Grupo Hesoro Sociedad Anónima,
cédula jurídica número: tres–ciento uno–novecientos doce mil seiscientos nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. 2451-3644.—Naranjo, veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965967 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta
y cinco, otorgada a las nueve horas cincuenta minutos del dieciocho de junio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de la sociedad Corporación Fernández & Segura Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-dos dos nueve nueve seis nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, junio 25, 2025.—Lic. María González Campos, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025965969 ).
Licda. Clara Diana Rodríguez Monge, protocoliza
acta número tres de asamblea de accionistas de la sociedad Cayaa Sociedad
Anónima,
con cédula de personería jurídica
N° 3-101-547347, se reciben renuncias
y se nombran nuevo secretario
y fiscal, se elimina el agente residente y se incluye correo electrónico. Escritura otorgada a las catorce horas del diecinueve de junio del dos mil veinticinco.—1
vez.—(
IN2025965970 ).
Por escritura número trescientos setenta y nueve, visible a folio ciento ochenta y seis vuelto del tomo cinco la suscrita
notaria, otorgada a las trece
horas del veinticinco de junio
del dos mil veinticinco, se protocoliza
acta de la sociedad: Supply Chain Management
Global Consulting Group Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y siete diecinueve treinta y cinco, donde se acuerda por unanimidad revocar el nombramiento
del presidente, tesorera secretaria y fiscal y en su lugar se nombra:
como presidente al señor: Danilo Sáenz Ugalde, cédula número:
uno-cero novecientos cincuenta-cero
novecientos ochenta y siete, mayor, casado una vez, ingeniero
industrial, con domicilio en
San José, Santa Ana, Condominio, Hacienda del Sol,
casa H veinticuatro, como tesorero se nombra a la señora Cristina Sáenz Ugalde, cédula número
uno-mil doscientos cuarenta
y tres-cero seiscientos setenta y cinco, mayor, gerente de ventas, casada una vez,
con domicilio en Heredia,
central, avenida uno, calle
catorce, casa esquinera, frente a hidrante de bomberos, como secretaria a la señora: María
Fernanda Sáenz Ugalde, cédula número: uno-diez treinta-cero setecientos diecisiete, mayor, casada una vez,
Microbióloga, con domicilio
en Heredia, San Francisco, Condominio
Tierras del Café, casa trescientos cuarenta y seis, y como fiscal se
nombra a la señora Melba
María del Rosario Ugalde Víquez, cédula: cuatro-cero ciento dos-cero quinientos setenta y uno, mayor casada una vez, empresaria,
con domicilio en Heredia, Getsemaní. Se acuerda otorgar representación judicial y
extrajudicial al secretario y tesorero,
pudiendo actuar conjunta y separadamente. Los directivos duran en sus cargos todo el plazo social. Es todo.—Alajuela,
25 de junio de 2025.—Licda. Flor Edith Mora Ulloa.—1 vez.—(
IN2025965971 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número treinta y cinco, visible al folio
treinta y cuatro del tomo diecisiete, a las nueve horas del
día dieciocho del mes de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de Ricardo Mario Menéndez Antón, Presidente con facultades
suficientes de: (i) Grupo
Cirsa de Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos cincuenta y
cinco mil setecientos diez; (ii) Tres Ríos Hotel La Carpintera
Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil seiscientos cincuenta y dos; y (iii) Sportium
Global Investments Sgi Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos diecinueve
mil seiscientos cincuenta y
dos; para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de dichas sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es Todo.—San José, veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965972 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número ciento diez-
treinta y ocho, visible al
folio número cincuenta y nueve vuelto, del tomo treinta y ocho, a las ocho horas, del once
de junio del dos mil veinticinco,
se presentó solicitud por parte del representante
legal de Cookies Ceri Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ocho seis cinco siete dos nueve para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Heredia, a las catorce
horas del día veintitrés del mes
de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Julieta López
Sánchez, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965973 ).
Por escritura 84 del tomo 06 de las
14:20 horas del 23 de junio del 2025, con el fin de cumplir con la “Ley
para establecer el Correo
Electrónico como medio de Notificación
para las Sociedades Mercantiles”
Ley N° 10597, se hace inclusión
de correo electrónico para
la sociedad: Vesatren
Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cédula jurídica: 3-102-543840.—San José, 25 de junio
del 2025.—Lic. Felipe Arturo
Salazar Solís, Notario Público.—1 vez.—( IN2025965974 ).
Ante nosotras, Jessica Salas Arroyo y Gabriela Gómez Solera, Notarias Públicas, mediante escritura 118, del protocolo de la primera, a las
11:45 horas del día 20 de junio del 2025, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Fema Industrial, Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-ciento once
mil ochocientos cincuenta y
uno, mediante la cual se acuerda reformar integralmente los Estatutos Sociales de la Compañía.—San José, 20 de junio
del 2025.—Licda. Gabriela Gómez Solera, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965975 ).
Por escritura número uno, visible al
folio uno frente y vuelto
del tomo once, otorgada
ante esta notaría a las catorce horas de hoy; se solicitó
señalar la cuenta de correo electrónico:
debasafacturas@gmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de Derivados de Banano Debasa,
S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-noventa y siete mil doscientos cincuenta y dos.—San José, treinta de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Randall Monge Acosta,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965976 ).
Ante mi Aylin Gómez
Baldi, Notaria, con oficina abierta
en Alajuela, San Carlos, Pital
exactamente costado sur de
la plaza de deportes, contiguo
a Farmacia Pital; en mi notaría mediante escritura número ocho, visible al folio ocho vuelto, del tomo seis, a las diez horas, del cuatro del mes de
junio del año dos mil veinticinco, se protocolizó el acta de asamblea general de extraordinaria de JALVARADOCORP Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos diecisiete doscientos ochenta y ocho, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Se conoce
la renuncia de su puesto del señor Jaime Mendosa
Rojas, y se procede a revocar
su nombramiento, y en su lugar
por todo el resto del periodo se nombra como Gerente
Dos de calidades al señor
Eddy Alvarado Vindas, mayor, divorciado una vez, empresario, vecino de Alajuela, San Carlos, Pital
exactamente La Legua, del centro de salud ochocientos metros al sureste, portador de la cedula: cedula de identidad,
dos-cero cuatrocientos doce-
cero doscientos sesenta y
dos, Presente en este acto el
designado, acepta su cargo y entra en posesión inmediata
del mismo. Segundo: Corresponderá
al Gerente Uno y Gerente
Dos la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma”.—A
las diez horas, del veintitrés
del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Aylin Gómez Baldi, Notaria.—1 vez.—(
IN2025965977 ).
Mediante escritura pública
número 24, otorgada a las
11 horas 30 minutos del 23 de junio
del 2025, ante la Notario Andrea Hütt Fernández se reformaron las cláusulas Sétima: De la administración, octava: De la asamblea de cuotistas y décimo cuarta: De las reglas o restricciones para la venta o cesión de cuotas del pacto constitutivo de la sociedad Taud Developments, Sociedad de Responsabilidad Limitada, con número
de cédula jurídica 3-102-931721. Así
mismo, se presentó la solicitud para para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San
José, 1 de julio del 2025.—Lic. Andrea Hütt Fernández.—1 vez.—( IN2025965978 ).
Por medio de la escritura número treinta y nueve la sociedad Monterrosa & Valí
Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil quinientos veinte, solicita la inclusión de correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San
José, treinta de jumo del
dos mil veinticinco.—José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—(
IN2025965980 ).
Ante nosotras, Jessica Salas Arroyo y Gabriela Gómez Solera, Notarias Públicas, mediante escritura 117, del protocolo de la primera, a las
11:30 del día 20 de junio del 2025, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Suministros Técnicos Sumitec, Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos mil setecientos
quince, mediante la cual se
acuerda reformar integralmente los estatutos sociales de la compañía.—San José, 20 de junio
del 2025.—Licda. Gabriela Gómez Solera, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965981 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 150-9,
visible al folio 129f del tomo 9, a las 10:00 horas,
del 23 de junio de 2025, se presentó
solicitud por parte de Vilma Sibaja Montero, representante
Vivir Simón S.A., con la cédula de persona jurídica
número 3-101-615458, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Licda. Ivannia Zúñiga Vidal,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025965982 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento cuarenta y seis, otorgada a las once horas del dieciocho
de junio de dos mil veinticinco,
se presentó solicitud por parte de la sociedad Cixla de
Alajuela Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seis cinco ocho seis tres uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, junio 25, 2025.—Lic. María González
Campos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965984 ).
Ante esta notaría, compareció el señor
Enmanuel Sandoval Solano, en su
condición de gerente dos,
con facultades de Apoderado
Generalísimo sin límite de suma de las sociedades: (i). Emsrenting Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica tres-ciento dos-novecientos catorce mil ciento sesenta y dos, inscrita en el
tomo: dos mil veinticuatro;
asiento: seiscientos cincuenta
y dos mil trescientos quince y (ii). Emstecnología
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de
persona jurídica tres-ciento
dos-novecientos catorce mil
ciento treinta y ocho, inscrita en el tomo:
dos mil veinticuatro; asiento: seiscientos
cincuenta y dos mil trescientos
catorce y en cumplimiento con la reforma al
Código de Comercio según la ley diez
mil quinientos noventa y siete y directriz DPJ cero cero dos–dos mil veinticinco, solicita la inscripción de los correos electrónicos
para sus representadas, emsrenting.slr@gmail.com y
emstecnologia.slr@gmail.com, respectivamente.—Cartago
23 de junio del 2025.—Licda.
Mayra Alejandra Martínez Marín, Notaria.—1 vez.—(
IN2025965985 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento cuarenta y siete, otorgada a las once horas veinticinco minutos del veinticinco de junio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Ochenta y
Tres Mil Ochocientos Diez Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y tres mil ochocientos diez, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, junio 25, 2025.—Lic. María González Campos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965986 ).
Por escritura autorizada por el Notario Público Jorge
Arturo Pacheco Oreamuno, se protocolizó artículos de acta de asamblea
general extraordinaria de socios
de Forest Songs Corporation S. A., mediante los cuales se reformó
las cláusulas segunda y
sexta del pacto social correspondientes
al domicilio y la administración
y se nombró nueva junta directiva.—San
José, 20 de junio del 2025.—Jorge Arturo Pacheco
Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2025965988 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 12 de junio
del 2025, se presentó solicitud
por parte del representante legal de Casa Nazareno Condominio
Guaria Morada de San Pablo, S. A., cédula jurídica N° 3-101-492212, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San
José, 12 de junio de 2025.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1
vez.—(
IN2025965990 ).
Por escritura número ciento y uno-tres, otorgada ante la Notaria Pública, Shalimar Paola Hines
Cavallini de las diez horas treinta
minutos del dieciocho de junio del dos mil veinticinco, se
incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada JS Heiress Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento
uno-novecientos veintitrés
mil ciento treinta y cuatro
con domicilio social en San
José, desamparados, Gravilias,
del polideportivo El porvenir,
cien metros este, casa esquinero a mano izquierda color terracota verde musgo número doscientos
treinta y tres mediante reforma a la cláusula del domicilio en el Pacto
Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, dieciocho de junio del dos mil veinticinco. Shalimar Paola Hines Cavallini, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025965993 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día veinte
de junio de dos mil veinticinco,
Inmobiliaria Marcpris
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos cuarenta y seis mil setecientos seis, en que se consignó cuenta de correo electrónico para recibir notificaciones de autoridades administrativas y jurisdiccionales: ortegatou@yahoo.com.—San
José, veintitrés de junio
de dos mil veinticinco.—Lic. Juan Carlos Céspedes
Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2025965996 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 229,
visible al folio 184 vuelto, del tomo
03, a las 9:00 horas, del 09 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte de Idalie Mora Mata, portadora de la cédula de identidad
número: uno- cero seiscientos
veinticinco-cero ciento treinta y seis, quien actúa en su
condición de presidente con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Dalisa De Los Chiles Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil novecientos noventa y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 23 de junio del
2025.—María Fernanda Monge Quesada, Notaria.—1 vez.—(
IN2025965997 ).
El representante Legal Mauricio Carranza Solano, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de las sociedades de esta plaza en cumplimiento de la Ley 10597, aporta como lugar
para oír notificaciones oficiales de la sociedad Geo Estructuras Sociedad Anónima
con cedula de persona jurídica 3101-701953, y la sociedad AESA Ingenieros
Consultores y Constructores Sociedad Anónima, con cedula de persona Jurídica
3-101-206833, el correo electrónico: mcarranza.aesa@gmail.com, para ambas sociedades. Es todo.—San José, 20 de junio del 2025.—Licda. María Isabel González
Rojas.—1 vez.—( IN2025965998 ).
Mediante escritura número 155-13, otorgada a las 16 horas de 21 de junio
del 2025, cumpliendo la Ley 10597 de la sociedad denominada R&D
Jah del Guarco LTDA. Cédula 3-102-849999.—San
José 23 de junio del 2025.—Lic. Carlos Edo Gutiérrez Monge, Notario.—1
vez.—(
IN2025965999 ).
Ante mí, Aylin Gómez Baldi, Notaria,
con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente costado sur de la
plaza de deportes, contiguo
a Farmacia Pital; En mi notaría
mediante escritura número nueve, visible al folio nueve frente, del tomo seis, a las trece horas, del
cuatro del mes de junio del
año dos mil veinticinco, se
protocolizó el acta de asamblea general de extraordinaria
de Transportes Odanigra
Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-sesenta cuarenta y nueve ochenta y tres, mediante la cual se acuerda: “Primero: Se revoca el nombramiento
de la Presidenta: María Virguinia
Berrocal Murillo, mayor, casada una
vez, ama de casa, cedula de identidad
uno-cero trescientos cuarenta
y cinco-cero ochocientos ochenta, de la Junta Directiva,
la misma firma y acepta la renuncia al cargo, y se
acuerda efectuar el siguiente nombramiento
por el resto del plazo social: Presidente: Orlando Rivera Rivera, mayor, divorciado
una vez, transportista, vecina de
Alajuela, San Carlos, Pital exactamente
Cuatro Esquinas, seiscientos
metros oeste del cruce de parcelas, portadora de la cedula:
uno-mil cuatrocientos setenta-cero
ochocientos noventa y seis
Segundo: Corresponderá únicamente
al presidente la representación
judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—a las diez horas, del veintitrés del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Aylin Gómez Baldi, Notaria.—1 vez.—( IN2025966001 ).
Para efectos del cumplimiento de la
ley 10.597, la sociedad de esta
plaza denominada: Tres-Ciento
Dos-Ochocientos Once Mil Setecientos
Noventa Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con cédula jurídica número
3-102- 811790, inscrita al tomo
2021, Asiento: 230546, del Registro Mercantil, se procede a inscribir
el siguiente: correo electrónico:
gamboanati10@gmail.com. Es todo.—Lic. David E. Romero Mora.—1 vez.—( IN2025966002 ).
Ante esta notaria mediante escritura número doscientos sesenta y nueve del tomo cuatro, al folio ciento sesenta y dos vuelto al ciento sesenta y tres frente, otorgada ante mí, al ser las catorce horas con treinta minutos del trece de junio del año dos mil veinticinco, se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Corporación El Tigre I M C Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil seiscientos cuarenta; disolución de sociedad. es todo.—Licda. Yeidy Quesada González, Notaria.—1 vez.—(
IN2025966003 ).
Ante mí
Carlos Luis Fernández Vásquez,
Notario Público, la empresa Inmobiliario
Mar Del Tango SA, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil quinientos setenta y seis, mediante escritura número cincuenta y tres del tomo treinta
y nueve de las once horas con treinta
minutos del veinte de junio del dos mil veinticinco
pone en conocimiento el correo electrónico
conparemq@hotmail.com para efectos de notificaciones administrativas y judiciales.—Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966004 ).
Negocios Gerenciales del Nuevo Siglo S. A., cédula 3-101-276448, solicita corrección de nombre en cargo de Presidente y señala correo
electrónico.—Escritura otorgada
en San José, a las 8 hrs. del 30 de junio del 2025.—Wagner Chacón Castillo, Notario.—1
vez.—(
IN2025966005 ).
Ante mi Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario Público, la empresa Compare YDV Limitada, cédula Jurídica tres-ciento dos-setecientos ochenta y nueve mil novecientos sesenta y seis, mediante escritura número cincuenta y dos del tomo treinta y nueve de las once horas
del veinte de junio del dos
mil veinticinco pone en conocimiento el correo electrónico
conparemq@hotmail.com para efectos de notificaciones administrativas y judiciales.—Carlos Luis Fernández Vásquez,
Notario.—1 vez.—( IN2025966006 ).
Por escritura 80 del tomo 06, de las
13:40 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley N° 10597, se hace
inclusión de correo electrónico para la sociedad Fiduciaria Rursus de
San José Sociedad Anónima, de cédula jurídica N°
3-101-785988.—San José, 25 de junio del año 2025.—Lic.
Felipe Arturo Salazar Solís, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025966008 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ochenta y uno iniciada al folio ochenta y seis vuelto del tomo cuarenta de mi protocolo, a las diez horas del veinte de junio de dos mil veinticinco se presentó solicitud por parte
de Laura Flores Trejos, en su
condición de Presidenta con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Florarte del
Sol S.A., cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos cuarenta
y ocho mil sesenta y siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de su representada
de acuerdo con lo ordenado por la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—La Unión, a las trece
horas con treinta minutos
del veinte de junio de dos
mil veinticinco.—Licda.
Mayela Morales Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2025966009 ).
Por Escritura 23 del Tomo
06, de las 09:55 horas del día 23 del mes de junio del año 2025, con el fin de cumplir con la “Ley
para Establecer el Correo
Electrónico como medio de Notificación
para las Sociedades Mercantiles”
Ley N°10597, se hace inclusión de correo electrónico para la
Sociedad GC Prendario Sociedad Anónima
de cédula jurídica 3-101-781584.—Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública.—San
José, 25 de junio del año
2025.—1 vez.—( IN2025966010 ).
La compañía Desierto de Asturias S. A., cédula jurídica: 3-101-222674, solicita al Registro Nacional que
inscriba el correo electrónico:
vargaspagangeorgina@gmail.com, como su medio para atender: notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura N° 264 de las 14:40 horas del 04 de junio del 2025 ante la notaria: Olga Marta Cascante Sandoval.—Santa Cruz, 13 de junio
2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1 vez.—(
IN2025966011 ).
En mi notaria, por escritura otorgada
a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de junio del año dos mil veinticinco, la sociedad Marias
Place S.A., cédula jurídica tres-ciento
uno-siete siete cero cuatro
cero dos, ha solicitado al Registro
Mercantil, señalar para sus notificaciones
el correo electrónico: oscedorojas@gmail.com.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales.—1
vez.—(
IN2025966013 ).
3-102-580852
S.R.L., cédula jurídica N°
3-102-580852, hace saber que procede
a modificar el nombramiento de gerente uno de conformidad con el artículo doscientos treinta y cinco, inciso d) del Código de Comercio. Quien
se considere afectado por este proceso,
puede manifestar su oposición en
el término de Ley contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Cortés, Osa, 11 de junio del 2025.—Licda. Diana Chavaría Madrigal.—1 vez.—( IN2025966014 ).
Por escritura número
doscientos dieciocho otorgada ante esta Notaría, a las doce horas del veinticinco de junio de dos mil veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Una Vía
S.A., cédula de personería jurídica
número tres–uno cero uno–tres cero dos siete cinco dos, con domicilio en San José, San Rafael de Escazú, edificio
Rayma, segundo piso.—San
José, a las trece horas del veintiocho
de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Priscilla Valverde González, Notaria.—1 vez.—(
IN2025966015 ).
Se protocoliza acta de Fides Financial Costa Rica S. R. L.
Escritura otorgada a las diecisiete horas del veinticinco
de junio del dos mil veinticinco.—Zaida María
Rojas Cortés, Notario.—1 vez.—( IN2025966016 ).
La compañía: Jardines del Océano JOA S. A., cédula jurídica N° 3-101-428450, solicita al Registro Nacional que inscriba el correo electrónico:
vargaspagangeorgina@gmail.com, como su medio para atender notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura N° 263 de las 13:40 horas del 4 de junio del 2025 ante la notaria Olga Marta Cascante Sandoval.—Santa Cruz, 13 de junio
del 2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1 vez.—(
IN2025966017 ).
Ante esta notaría al
tomo VII, se reforma la cláusula del Domicilio en el Pacto
Constitutivo, incluyendo correo electrónico dentro de las siguientes sociedades, esto en cumplimiento de la Ley número 10597, de la siguiente
forma: a) Escritura 152 de las 17:59 horas del 20 de junio del 2025: i) Rodri-Mike
SA, cédula jurídica 3-101-677841, con domicilio en San José, Montes de
Oca, San Pedro, Barrio La Granja, apartamento N° 1; y
ii) Tamarindo Breeze SA, cédula jurídica
3-101-489671, con domicilio en
San José, Montes de Oca, San Pedro, del CCCN, 200 metros al norte
en Barrio Dent; iii) Takeoff Comunicación
BTL SA domiciliada en
San José, San Pedro de Montes de Oca, Barrio La Granja, Apartamentos
Juan Vásquez de Coronado, cédula jurídica
3-101-677841. b) Escritura 153 de las 8 horas del 24
de junio del 2025: Capital Services AM SA, domiciliada en San José, Montes
de Oca, San Pedro, Avenida 10, calle 37, Oficentro Paris, cédula jurídica número 3-101-738022. c) Escritura
154 de las 15 horas del 24 de junio del 2025: Travel
Pioneers SA, domiciliada en
San José, Mata Redonda, Sabana Oeste, setenta y cinco metros sur de la UCIMED, casa 9, cédula jurídica número 3-101-736796. d) Escritura 155 de las 15:10 horas del 24 de junio del 2025: i) Comercializadora Beraya
S. A., domiciliada en
San José, Mora, Ciudad Colon, costado sur del Juzgado de Menor Cuantía, cédula jurídica 3-101-269807; ii) ASTTIF y Sucesores
S. A., domiciliada en
San José, Mora, Ciudad Colón, 100 metros sur de La Cruz Roja, cédula jurídica 3-101-269791. e) Escritura
156 de las 15:30 horas del 24 de junio del 2025: Everardo
Maldonado y Compañía Limitada, domiciliada en Guatemala, Ciudad
de Guatemala, Colonia Las Charcas 32, calle 7-51,
zona 11, cédula jurídica 3-012- 780081. f) Escritura 157 de las 8 horas del 25 de junio
del 2025: i) Strategym
SRL, domiciliada en
Cartago, La Unión, San Rafael, Residencial Estancia Antigua, Casa G-2, cédula jurídica 3-102-919552; y ii) Warrenbenavidescom
SRL, domiciliada en San
José, Curridabat, Granadilla, Residencial Altamonte,
Colinas de Altamonte, casa 2, cédula jurídica
3-102-778314.—San José, 25 de junio del 2025.—Licda. Jaimie Pamela Pardo
Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025966018 ).
Por escritura 123-3 otorgada ante esta notaría al ser las 8:00
horas del 24 de junio del 2025, se presentó solicitud por parte de Andrea Ovares López,
en su condición
de apoderada generalísima
de la sociedad HERMOSA PALMS BEACH CLUB S.A,
cédula jurídica 3-101-712754 para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 26 de junio del
2025.—Kattia Ajún Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2025966020 ).
Por escritura número ciento veintidós otorgada ante el notario Luis Alonso Salas Ross. De las catorce
horas del día cinco de junio
de dos mil veinticinco, se incluye
cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Data
General Facilities DGF S.R.L, cédula jurídica número 3-102-847475. Es todo.—San José 23 de junio de 2025.—Luis Alonso Salas Ross.—1
vez.—(
IN2025966021 ).
Por escritura número
204, otorgada en la ciudad
de San José, a las 09:00 horas del 26 de junio del
2025, se inscribe el correo
electrónico sociedades@grupocondal.cr, para recibir notificaciones administrativas y judiciales de
las sociedades: Desarrollos
Ventotene, SRL., Montevarchi, SRL.,
Desarrollos Montechiaro,
SRL., Basilicata, SRL., Inmobiliaria
Condal (I.C.C.R.), S. A., Compañía Pujol
Urbana, S. A., Pujol Arnau, Ltda., Administraciones
San Rafael, Ltda., Alquileres y Viviendas, Ltda., Apartamentos
Agustina, Ltda., Dicas DV, Ltda., Inmobiliaria Bitonto,
S.R.L., Besalu, S. A., Empuries, S. A., Gavinablava,
S. A., Lloret De Mar, S. A., Paseo De Gracia, S. A., Plaza Cataluña, S.
A., Santa Cristina Dar, S. A., Diagonal de Barcelona, S. A., Garraf, S. A., Lestartit, S. A., Palamos De Cataluña, S. A., Pedralbes,
S. A., Sant Feliu De Guixols, S. A.—Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(
IN2025966022 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 174
visible al folio 88 del tomo 10 a las 15 horas 10 minutos del 17 de junio del dos
mil 2025, se presentó solicitud
por parte del representante legal de Digna MMM de Acosta Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica
número 3-101-279544 para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley número 10597.—Heredia, 20 de junio del 2025.—Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2025966023 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las
08:00 horas del día 15 de junio del 2025, se protocoliza solicitud de Casa
Bella Monserrat CBM Seis de Tres Ríos, Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-548439, ante el Registro Nacional, para inscribir el correo
electrónico de recepción de
notificaciones.—San José, 25 de junio
2025.—Licenciado Juan Carlos Villasuso Morales, Notario Público.—1
vez.—(
IN2025966024 ).
Ante la notaria pública Daniela Quesada Cordero mediante
escritura número ciento siete, otorgada
a las once horas del veintitrés de junio del dos mil veinticinco, se
celebró la asamblea general
extraordinaria de socios de
la sociedad Pago Virtual del Sur Costa Rica,
Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochocientos setenta y cuatro mil quinientos dieciocho. Se acuerda agregar en el
pacto constitutivo de la sociedad en la cláusula del domicilio la inclusión de la dirección oficial de correo electrónico para notificaciones.—Daniela Quesada Cordero, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025966026 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 175
visible al folio 89 del tomo 10 a las 16 horas del 17
de junio del dos mil 2025, se presentó
solicitud por parte del representante legal de Pinares
de La Marina Azul J L Sociedad Anónima, con la
cédula de persona jurídica número
3-101-517666 para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número 10597.—Heredia, 20 de junio
del 2025.—Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—(
IN2025966027 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 178,
visible al folio 90 del tomo 10 a las 10 horas del 19
de junio del dos mil 2025, se presentó
solicitud por parte del representante legal de 3-102-725967
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la
cédula de persona jurídica número
3-102-725967, para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número 10597.—Heredia, 20 de junio
del 2025.—Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—(
IN2025966029 ).
La Compañía Colinas del Mar Azul CMA S.A. cédula jurídica 3-101-430655, solicita al registro nacional que inscriba el correo electrónico
vargaspagangeorgina@gmail.com como su medio para atender notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura número 262 de las 13:00
horas del 4 de junio del 2025 ante la notaria Olga
Marta Cascante Sandoval.—Santa Cruz, 13 de junio 2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1
vez.—(
IN2025966031 ).
Por escritura 17 del tomo 06, de las
09:20 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley N°10597, se hace inclusión de correo electrónico para la
Sociedad Tres Ciento Uno-Seiscientos
Cincuenta y Ocho Mil Ciento
Sesenta Sociedad Anónima
de cédula jurídica 3-101-658160.—San José, 25 de junio del año 2025.—Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025966033 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 97-36,
visible al folio 91V, del tomo 36, a las 09:00 horas
del día 24 de junio 2025, se presentó
solicitud por parte del presidente de Coto
Gutiérrez y Asociados S.A., cédula de persona jurídica
número 3-101-115587, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número 10597.—San José, 24 de junio del 2025.—Licda. Pía Picado González.
Notario Público.—1 vez.—( IN2025966034 ).
Por escritura de las 13:05 horas del 11 de junio
de 2025, el señor Emerson
Alvarado Carpintero, portador de la cédula de identidad número 1-1448-0216, en su condición
de Gerente General de la sociedad
3-102-751236 S.R.L., cédula jurídica número 3-102-751236, se designó
la dirección electrónica
para recibir notificaciones
administrativas y jurisdiccionales
de la sociedad. Es todo.—San José, 25 de junio 2025.—Lic.
Juan Diego Elizondo Vargas.—1 vez.—( IN2025966035 ).
Por escritura 18 del tomo 06, de las
09:30 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley N° 10597, se hace
inclusión de correo electrónico para la sociedad Tres
Ciento Uno-Siete Cero Siete Cinco Tres Tres Sociedad Anónima, de cédula jurídica N° 3-101-707533.—San José, 25 de junio del año 2025.—Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria.—1
vez.—(
IN2025966036 ).
Ante esta notaría, por escritura número
98-36 de las 09:15 horas del día 24 de junio 2025, se
protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de Corporación Agrocomercial Coto Hidalgo S. A., cédula 3-101-042815 en donde se reforma
cláusula del domicilio y se
cambia secretaria de la junta directiva.—San José, 24 de junio del 2025.—Licda. Pía Picado González.
Notario Público.—1 vez.—( IN2025966039 ).
Por escritura 19 del Tomo 06, de las
09:35 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley N°10597, se hace inclusión de correo electrónico para la
Sociedad Tres Ciento Uno-Nueve
Uno Tres Cero Cinco Nueve Sociedad Anónima de cédula jurídica
3-101-913059.—San José, 25 de junio del año 2025.—Licda.
Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025966041 ).
Por escritura 20 del tomo 06, de las
09:40 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley Nº 10597, se hace
inclusión de correo electrónico para la sociedad Cobranzas Internacionales GC Sociedad Anónima de
cédula jurídica 3-101-821834.—San José, 25 de junio del año 2025.—Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025966042 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos cincuenta y siete - diecisiete, visible al folio ciento
veintiuno vuelto y ciento veintidós frente, del tomo diecisiete de mi protocolo, a las
once horas del veintisiete de junio
del dos mil veinticinco, se presentó
solicitud por parte de Luis Federico Fuentes Quirós, Secretario
con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la entidad Transportes Quifu
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento
uno - setecientos tres mil novecientos sesenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago, veintisiete de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Olga Mayela Brenes Fonseca, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025966043 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos cuarenta-diecisiete,
visible al folio quince frente, del tomo diecisiete de mi protocolo, a las dieciséis horas treinta minutos del trece de junio del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de Luis Antonio Ramírez Calderón, Gerente dos con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma
de la entidad Hermanos Ramírez Calderón Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-novecientos treinta y tres mil ciento veintidós, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago, dieciséis horas cincuenta minutos del día trece de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Olga Mayela
Brenes Fonseca, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025966044 ).
Por escritura 21 del tomo
06, de las 09:45 horas del día 23 del mes de junio del año 2025, con el fin de cumplir con la “Ley
para Establecer el Correo
Electrónico como medio de Notificación
para las Sociedades Mercantiles”
Ley N° 10597, se hace inclusión
de correo electrónico para
la sociedad El Jardin Secreto Sociedad Anónima, de cédula jurídica N° 3-101-148143.—San José, 25
de junio del año 2025.—Licda. Priscila Badilla
Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025966045 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cuatro,
visible al folio tres, del tomo
diecisiete, a las ocho
horas del veintitrés de junio
del dos mil veinticinco, se presentó
solicitud por parte del representante legal de SP
Cleaning Services Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil ciento veinticinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José a las nueve
horas del día veinticinco del mes
de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Gustavo Adolfo
Ruiz García, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966046 ).
Mediante escritura número doscientos veintiuno del tomo veintiuno de mi protocolo, se realizó la inclusión de dirección de correo electrónico respecto de la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de Giro Danza Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-uno
cero uno-tres uno nueve siete cero dos, en cumplimiento de la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—San José veinticuatro de junio de dos mil veinticinco.—Siumin Vargas Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966047 ).
La compañía Gethookedontravel
SRL, cédula jurídica
3-102-815621, solicita al Registro
Nacional que inscriba el correo electrónico
francisco@gethookedontravel.com como su medio para atender notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura número 283 de las 9:00
horas del 12 de junio del 2025 ante la notaria Olga
Marta Cascante Sandoval.—Santa Cruz, 19 de junio 2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1
vez.—(
IN2025966048 ).
Por escritura 22 del tomo 06, de las
09:50 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley N° 10597, se hace inclusión de correo electrónico para la
Sociedad Fiduciaria del Occidente Sociedad Anónima, de cédula jurídica
3-101-298779.—San José, 25 de junio del año 2025.—Licda.
Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025966049 ).
El suscrito Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, notario público de Alajuela, ciento diez
metros este de los semáforos de la Cruz Roja, informa
que Los Tres Caracoles TNF S.A., cédula jurídica N° 3-101-419916. Escritura
66-11, reforma domicilio y establece el correo
electrónico sharon.negocios@gmail.com.—Alajuela,
23 de junio del 2025.—Lic. Edgar Solís Moraga, Notario.—1
vez.—(
IN2025966050 ).
Ante el Licenciado Marvin Ramírez Víquez,
el día 18 de junio del
2025, se procede a la modificación
de cláusula de representación
de la sociedad Inversiones Efisa
Sociedad Anónima.—1 vez.—(
IN2025966053 ).
Ante el licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 23 de junio del 2025, se procede a la inscripción del correo electrónico de la sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Noventa y Siete Mil Novecientos Sesenta y Tres Sociedad Anónima.—1 vez.—( IN2025966055 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento cincuenta y tres, visible al folio noventa y ocho vuelto del tomo cuatro, de las nueve horas
con cuarenta minutos del
día dieciocho de junio del año dos mil veinticinco, se solicita la inclusión de correo electrónico para la sociedad Kaitai
Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento
uno-ocho cinco seis ocho dos nueve.—Golfito, veintitrés de junio del año dos mil veinticinco.—Yenci
Natalia Villalobos Vargas, Notaria.—1 vez.—(
IN2025966056 ).
En escritura ciento cuarenta y siete, tomo siete, se hace solicitud inscripción correo electrónico sociedad: Villa
Pico Sociedad Anónima.—Andrés Aguilar Rodríguez. Notario, carné
N° 11981.—1 vez.—( IN2025966057 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número treinta y siete, otorgada a las dieciocho horas
del diez de junio del dos
mil veinticinco, visible al folio veintitrés
vuelto del tomo primero de
mi protocolo, se presentó solicitud por parte
de Carlos Rolando Cárcamo Ayala, representante legal
de La Micheladería por Alquimia, S.A., cédula jurídica
tres-ciento uno-ochocientos
noventa y tres mil novecientos ochenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, catorce horas
del veintitrés de junio del
dos mil veinticinco.—1 vez.—(
IN2025966059 ).
Por escritura quinientos cincuenta y uno, otorgada ante el suscrito notario,
visible en el folio ciento setenta ciento noventa y ocho del tomo veintiuno
de mi protocolo, se realizó
la reforma de la Junta Directiva
de la sociedad Casco Diamante Doce SSS A Sociedad Anónima., cédula tres-ciento uno-cuarenta y siete cincuenta y seis cincuenta y dos.—San José, nueve horas veinte minutos del veinticuatro de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Luis Diego Jiménez Meza,
Carné N° 19772.—1 vez.—( IN2025966060 ).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, notario público, la sociedad Arce y
Rodríguez O y P S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-doscientos cuarenta y seis mil trece, incluye cuenta de correo electrónico.—Santa Bárbara de Heredia, veinticuatro
de junio del dos mil veinticinco.—1 vez.—(
IN2025966062 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 21,
visible al folio 22 frente, del tomo
24, a las 14 horas, del 17 de junio de 2025, se presentó solicitud por parte de Mauricio Arévalo
Solorzano en su condición de i) Presidente de Asesorias Primier S.A., cédula jurídica N° 3-101-208169 y ii) Presidente de Costa Rica
DMC Tours S. A., cédula jurídica N° 3-101-555894,
para incorporarles el correo electrónico
notificaciones@als.cr en el
domicilio social de la sociedad
conforme a la Ley 10597.—Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—(
IN2025966063 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número cuarenta, otorgada a las diecinueve horas con treinta minutos del diez de junio del dos mil veinticinco,
visible al folio veinticinco frente
del tomo primero de mi protocolo,
se presentó solicitud por parte de Carlos Rolando
Cárcamo Ayala, representante legal de Globalis S.R.L., cédula jurídica:
tres-ciento dos-ochocientos
treinta y siete mil trescientos noventa y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las catorce
horas cincuenta minutos del
veintitrés de junio del dos
mil veinticinco.—1 vez.—(
IN2025966064 ).
Por escritura otorgada a las 11:00
del 4 de abril de 2025, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de Inversiones Costeras
DCG S.R.L., titular de la cédula jurídica N°
3-102-639784, mediante la cual
se reformar la cláusula
sexta de la administración.—San José, a las 8:00 del 30 junio
de 2025.—Lic. Manrique
Gamboa Ramón.—1 vez.—( IN2025966065 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 del 30
de Junio de 2025 se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de Guayabos
Celeste Acuático VI Limitada, cédula jurídica número 3-102-508444, mediante la cual se acuerda liquidar la sociedad.—San
José, a las 8:00 del 30 junio de 2025.—Lic. Manrique Gamboa Ramón.—1 vez.—(
IN2025966066 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00hrs. del 24 de junio
del 2025, donde se reforma
la cláusula segunda del pacto constitutivo incorporando el correo electrónico para notificaciones la sociedad sociedad Dos de Enero de Mil Novecientos Cincuenta y Cuatro La
Mariaester y El Zurdo de la
Gloria S. A..—Ciudad
Quesada, 24 de junio del 2025.—Licda. María Alejandra Loaiza Barboza, Notaria.—1
vez.—(
IN2025966067 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ochenta iniciada al folio ochenta y seis frente del tomo cuarenta de mi protocolo, a las ocho horas del veinte de junio de dos mil veinticinco se presentó solicitud por parte
de Mariechen Contreras Cabalceta, en su condición de Secretaria con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Pladicon S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento cuarenta y dos mil novecientos setenta y cuatro, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de su representada
de acuerdo con lo ordenado por la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—La Unión, a las trece
horas del veinte de junio
de dos mil veinticinco.—Licda.
Mayela Morales Marín, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025966072 ).
Yamileth Chaves
Quesada, mayor, casada una vez, abogada y notaria, con cédula dos- cuatrocientos cuarenta y uno- setecientos uno, vecina de La
Marina, La Palmera, San Carlos, en mi condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la compañía Yamonje Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con cédula jurídica número
tres- ciento dos- trescientos veinticinco mil novecientos setenta y dos, con domicilio en Alajuela, San
Carlos, La Marina de La Palmera, ciento cincuenta metros este, ciento cincuenta metros sur del cementerio del lugar; solicito se incluya la cuenta del correo electrónico en la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de dicha sociedad, mediante escritura número ciento cuarenta
y seis- Tres, otorgada ante la Notaria Pública
Yamileth Reyes Álvarez, de las once horas del día cinco
de junio del dos mil veinticinco.—Aguas
Zarcas, a las dieciséis
horas del día dieciséis de junio
del dos mil veinticinco.—Yamileth Chaves Quesada.—1 vez.—( IN2025966073 ).
Que en escritura autorizada
por el suscrito
Notario, el veintitrés de junio de dos mil veinticinco, se realizó escritura de socios de Inceve M.E.L.
Sociedad Anónima,
mediante la cual se hacen reformas al pacto constitutivo.—Sarchí, 23 de junio de 2025.—Lic.
Josué Campos Madrigal, Notario Público. Tel 2454-2333.—1 vez.—( IN2025966074 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y nueve, otorgada a las diecinueve horas del diez de junio del dos mil veinticinco,
visible al folio veinticuatro vuelto
del tomo primero de mi protocolo,
se presentó solicitud por parte de Carlos Rolando
Cárcamo Ayala, representante legal de Isakli, S.R.L., cédula jurídica
tres – ciento dos – ochocientos treinta y siete mil cuatrocientos doce, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, catorce horas cuarenta minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Nicole Quijano Angulo.—1 vez.—(
IN2025966075 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 96-36,
visible al folio 91F, del tomo 36, a las 08:45 horas
del día 24 de junio 2025, se presentó
solicitud por parte del tesorero de i) Carnicería La Modelo
S.A., cédula de persona jurídica 3-101-007627;
ii) Finca Industrial Vega S.A., con cédula de persona jurídica número 3-101-023642 y
iii) Inversiones Co Bre de Cartago S.A., con cédula de persona jurídica número 3-101-114730,
para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José, 24 de junio
del 2025.—Licda. Pía Picado
González, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966076 ).
Ante esta notaría en
aplicación de la ley número
diez mil quinientos noventa y siete que establece el uso
del correo electrónico como medio oficial de notificación de sociedades, se tramita la inclusión del correo electrónico
vilmacalvo@europeanpremiumsleep.com de la sociedad El
European Premium Sleep SH Sociedad Anónima,
cedula jurídica: tres ciento uno novecientos veinticinco mil novecientos treinta y dos. Apoderado
Francisco Calvo Castillo, cédula uno cero seis cinco
dos cero siete cero nueve.—Licda.
Lissette Ortiz Brenes.—1 vez.—( IN2025966077 ).
Mediante escritura número
doscientos veintisiete del tomo veintiuno de mi protocolo, se realizó la inclusión de dirección de correo electrónico respecto de la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de Sensorium Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-uno
cero uno-siete uno cero cinco
cero siete, en cumplimiento de la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—San José veinticuatro de junio de dos mil veinticinco.—Siumin Vargas Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966078 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento setenta y tres, otorgada a las quince horas
del veintisiete de junio
del dos mil veinticinco, visible a folio ciento veinticuatro frente del tomo tres de mi protocolo, la sociedad denominada Empresarial
Énfasis Sociedad Anónima,
con cédula de personería jurídica
número tres- ciento uno ochenta y cinco mil seiscientos ochenta y nueve, con domicilio en la Ciudad de
Cartago, un kilómetro al este
del Puente Bailley, incluye la cuenta
de correo electrónico Lgom81@hotmail.com,
actualizando así la cláusula del Pacto Constitutivo referente al domicilio, de conformidad con la
Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago, veintisiete de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Arlyn Salguero Rojas, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025966079 ).
Ante esta Notaría, en escritura número
Ciento setenta y cuatro, otorgada a las quince horas con treinta
minutos del veintisiete de junio del dos mil veinticinco,
visible a folio ciento veinticuatro
vuelto del tomo tres de mi protocolo, la sociedad denominada Compañía El
Tajo Finca Don Alejo Sociedad Anónima, con cédula
de personería jurídica número tres- ciento
uno- cero cuarenta y nueve
mil novecientos noventa y
dos, con domicilio en
Provincia uno San José, Cantón uno San José, Contiguo a instalaciones de Canal
seis, incluye la cuenta de correo electrónico
Lgom81@hotmail.com, actualizando así
la cláusula del Pacto Constitutivo referente al domicilio, de conformidad con la
Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago, veintisiete de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Arlyn Salguero Rojas, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025966080 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 95-36,
visible al folio 90V, del tomo 36, a las 08:30 horas
del día 24 de junio 2025, se presentó
solicitud por parte del tesorero de Brenes y
Gutierrez S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-049043, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número 10597.—San José, 24 de junio del 2025.—Licda. Pía Picado González,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025966081 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número treinta y ocho, otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del diez de junio del dos mil veinticinco, visible al folio veinticuatro
frente del tomo primero de
mi protocolo, se presentó solicitud por parte
de Carlos Rolando Cárcamo Ayala, representante legal
de Alquimia Experiencias
Gastronómicas, S.R.L., cédula jurídica tres – ciento
dos – novecientos veintiún
mil cuatrocientos cuarenta
y cuatro, para incorporar un correo
electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, catorce horas diez minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco.—Nicole
Quijano Angulo.—1 vez.—( IN2025966082 ).
La Compañía Agropecuaria Breva S.A., cédula jurídica
3-101- 072639, solicita al Registro Nacional que inscriba el correo electrónico
vargaspagangeorgina@gmail.com como su medio para atender notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura número 261 de las 11:00
horas del 4 de Junio del 2025 ante la Notaria Olga Marta Cascante Sandoval.—Santa Cruz, 13 de junio
2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1 vez.—(
IN2025966083 ).
Mediante escritura número
doscientos veintidós del tomo veintiuno de mi protocolo, se realizó la inclusión de dirección de correo electrónico respecto de la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de Servicios
Médicos Doctora Arias Leiva
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-uno cero dos- nueve dos uno nueve seis uno, en cumplimiento de la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—San José veinticuatro de junio de dos mil veinticinco.—Siumin Vargas
Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966084 ).
Mediante escritura número doscientos veinticuatro del tomo veintiuno de mi protocolo, se realizó la inclusión de dirección de correo electrónico respecto de la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de Alpízar Córdoba
ALCO Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro
dos cuatro seis cero cero, en
cumplimiento de la Ley diez
mil quinientos noventa y siete.—San José, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco.—Siumin Vargas Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966086 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
9:10 horas del día de hoy, la sociedad Altos Cerro
de Mayorca Número Veintiocho
Terracota, S.A., cédula jurídica 3-101-268755, indica correo
electrónico en cumplimiento de la ley 10597.—San José, 25 de junio del 2025.—Juan Chow Wong, Notario.—1
vez.—(
IN2025966087 ).
Por escritura 84-11 otorgada ante esta notaría al ser las 10:00 del
25 de junio del 2025, se protocoliza
acta de asamblea de Low Tide Mornings S.R.L,
cédula jurídica 3-102-790875, donde
se solicita incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 25 de junio del
2025.—Andrea Ovares López, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025966089 ).
Por escritura 23 del tomo 06, de las
09:55 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley No.10597, se hace
inclusión de correo electrónico para la sociedad GC
Prendario Sociedad Anónima de
cédula jurídica 3-101-781584.—San José, 25 de junio del año 2025.—Licda. Priscila Badilla Chaves. Notaria.—1
vez.—(
IN2025966090 ).
Por escritura número sesenta y tres, otorgada ante la notaria pública, Elizabeth Echeverri Echeverri de las doce horas cincuenta minutos del quince de junio del
dos mil veinticinco, se incluye
cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Comercializadora Rojas Ababei Limitada,
cédula jurídica tres-ciento
dos-setecientos siete mil.—San José, diecisiete de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Elizabeth Echeverri Echeverri, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025966091 ).
Por escritura 22 bis del Tomo 06, de
las 09:52 horas del día 23 del mes de junio del año 2025, con el fin de cumplir con la “Ley
para Establecer el Correo
Electrónico como medio de Notificación
para las Sociedades Mercantiles”
Ley Nº10597, se hace inclusión
de correo electrónico para
la Sociedad GCR Gestionadora de Cartera Regional Sociedad Anónima
de cédula jurídica 3-101-838065.—San José, 25 de junio del año 2025.—Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria.—1
vez.—(
IN2025966092 ).
Por escritura número sesenta y dos, otorgada ante la
Notaria Pública, Elizabeth Echeverri Echeverri de las
doce horas treinta minutos del quince de junio del
dos mil veinticinco, se incluye
cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Piedras y Granitos Internacionales Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatro cientos treinta
y nueve mil cuatrocientos cuarenta y uno.—San José, diecisiete de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Elizabeth Echeverri Echeverri, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025966093 ).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, las sociedades Lex Arbitrali Costa
Rica S.A., cédula jurídica 3-101-511986; Double
Cross S.A., cédula jurídica 3-101-537113, y Timby
Kalanka S.A., cédula jurídica
3-101-286500, por medio de su
representante solicitan al Registro Nacional la inscripción
de cuenta de correo electrónico para recibir notificaciones conforme a la ley
10597 de 5 de noviembre de 2024.—San José, 20 de junio de 2025.—Alan Thompson Chacón, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966095 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número cinco, visible al folio tres, del tomo diecisiete, a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
de la representante legal de Productos
Sanitarios Sociedad Anónima,
con la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y tres para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José a las nueve
horas diez minutos del día veinticinco del mes de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. Gustavo Adolfo
Ruiz García, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966096 ).
Por escritura 24 del tomo 06, de las
10:00 horas del día 23 del mes de junio
del año 2025, con el fin de
cumplir con la “Ley para Establecer
el Correo Electrónico como
medio de Notificación para las Sociedades
Mercantiles” Ley Nº10597, se hace
inclusión de correo electrónico para la Sociedad Gestionadora
de Créditos De S J Sociedad Anónima
de cédula jurídica 3-101-168297.—San José, 25 de junio del año 2025.—Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública.—1
vez.—(
IN2025966100 ).
Por escritura número sesenta y uno, otorgada ante la
Notaria Pública, Elizabeth Echeverri Echeverri de las
doce horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil veinticinco, se
incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Ochocientos Cinco Mil Quinientos Nueve Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica tres-ciento
dos-ochocientos cinco mil quinientos nueve.—San José, diecisiete de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Elizabeth Echeverri Echeverri, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025966101 ).
Ante esta notaría, al ser las 10:00
horas del día 25 de junio 2025, se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo, conforme a la Ley 10597, y se reorganizo
la junta directiva de la sociedad
Tres-Ciento Uno-Seiscientos
Cuarenta Mil Quinientos Ochenta
y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3101641582.—San
José, 25 de junio del 2025.—Licda. Pía Picado González,
Notario Público.—1 vez.—( IN2025966102 ).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, Notario Público, la sociedad Inversiones Sushi Home S.A, cédula jurídica tres-uno cero uno-seiscientos ocho mil setecientos siete, incluye cuenta de correo electrónico.—Santa Bárbara de Heredia veinticuatro
de junio del dos mil veinticinco.—Roy Zumbado Ulate.—1 vez.—( IN2025966103 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número treinta y nueve-dos, visible al
folio cero sesenta y ocho-frente,
del tomo dos del protocolo
del suscrito notario
Alberto José Salas Salinas, otorgada en San José, a las diez horas del
veinticinco de junio del
dos mil veinticinco, se protocolizó
Acta de Mayanor Ventures Costa Rica
Limitada, con número de cédula jurídica tres–ciento
dos–novecientos veintiséis
mil setecientos sesenta y tres, por medio de la cual se acuerdan reformas al pacto constitutivo. Es todo.—San José, veinticinco de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Alberto José Salas Salinas.
Notario Público.—1 vez.—( IN2025966104 ).
Por escritura número sesenta, otorgada ante la Notaria
Pública, Elizabeth Echeverri Echeverri de las doce horas del catorce de junio del dos mil veinticinco, se
incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Novecientos Veintiséis Mil Trecientos Veinticinco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-novecientos veintiséis mil trecientos veinticinco.—San José, diecisiete de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Elizabeth Echeverri Echeverri, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025966105 ).
Por escritura número
ochenta y dos, del tomo dieciséis del protocolo, la Licenciada Mariam Mariela Vargas Alfaro, protocoliza Acta de Asamblea
General Extraordinaria de cuotistas
de la sociedad de responsabilidad
limitada Cine Cordero Limitada, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-cero cuatro tres
uno seis siete. Donde se acuerda
lo siguiente: a) Revocar en forma definitiva la figura del subgerente, por lo que a partir de ahora en adelante
debe leerse la representación de la siguiente
forma: corresponde al gerente
la representación judicial y extrajudicial de la compañía con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código
Civil. Podrá sustituir su poder o mandato
en todo o en parte, revocar
sustituciones y hacer otras de nuevo, sin perder sus facultades. podrá otorgar y revocar poderes de toda clase, sin perder su poder. Lo anterior por acuerdo de socios.—San
José, veinticinco de junio
del dos mil veinticinco.—Licda. Mariam Mariela Vargas Alfaro.—1 vez.—( IN2025966106 ).
Escritura 33-7, visible al folio 62 frente, del tomo 7, de las 21
horas 30 minutos del 21 de junio
del 2025, ante la suscrita notaria Karen María Ulate
Cascante, carné 26806, se presentó
solicitud por parte de Ricardo Badilla Reyes de la sociedad
3-102-935143 Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con cédula jurídica número
3-102-935143 para incorporar el
correo electrónico
rwbadilla@hotmail.com para notificaciones de la sociedad conforme a la ley número 10597. Es todo.—San José, 24 de junio del
2025.—Karen María Ulate Cascante.—1 vez.—(
IN2025966108 ).
Mediante escritura número ciento cincuenta y seis del dieciocho de junio de dos mil veinticinco, se constituyó la sociedad Aethero Empresa Individual de Responsabilidad
Limitada. todo.—Firmo en San José el veinticinco de junio de dos mil veinticinco.—Lic. José Pablo Masís Artavia.—1 vez.—( IN2025966109 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento treinta y dos -doce, visible al folio ciento veintisiete frente, del tomo doce, a las ocho horas, del día veinte de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
del representante legal de la empresa
Dadix Sociedad Anónima,
con la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero nueve nueve cuatro uno nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, 20 de junio
del 2025.—Oscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—(
IN2025966111 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos dieciocho, visible al folio ciento
ochenta y ocho vuelto y ciento ochenta y nueve frente, del tomo uno, a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil veinticinco, se
presentó solicitud por parte de Alexander De Jesús
Kopper Chacón, mayor, casado una
vez, médico cirujano, vecino de Alajuela, San
Carlos, Quesada, Barrio El Carmen, del Hospital San Carlos, cien
metros norte y ciento cincuenta metros este, frente a las instalaciones de la
Fundación Amor y Esperanza, portador de la cédula de identidad dos-cero trescientos sesenta y nueve-cero seiscientos ochenta y nueve en su
condición de Apoderado Generalísimo sin límite de
suma de la empresa denominada Kopbre
Sociedad Anónima, domiciliada
en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, quinientos metros al norte del
Hospital, cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento treinta y nueve mil cuarenta y dos, para incorporar el correo electrónico:
akopper@gmail.com, en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de
Florencia a las doce horas cuarenta
minutos del veinticinco de junio del dos mil veinticinco.—Licenciado.
Marco Fauricio Jiménez Huertas, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966113 ).
La compañía SOMIDIE S.A cédula jurídica 3-101-668873, solicita
al registro nacional que inscriba el correo
electrónico vargaspagangeorgina@gmail.com como su medio para atender notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura número 260 de las 10:45 horas del 4 de junio
del 2025 ante la notaria Olga Marta Cascante Sandoval.—Santa
Cruz, 13 de junio 2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1 vez.—( IN2025966115 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos diecinueve, visible al folio ciento
ochenta y nueve frente, del tomo uno, a las diez horas del diecinueve de junio del dos mil veinticinco, se
presentó solicitud por parte de Marilyn Quesada
Álvarez, mayor, casada una vez, asistente administrativa, vecina de
Alajuela, San Carlos, Pital, Veracruz, quinientos metros sur del salón comunal, portadora de la cédula
de identidad dos- cero seiscientos
cinco- cero setecientos
once, en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la empresa denominada Soluciones Agrícolas R.Q Internacional Sociedad Anónima,
domiciliada en Alajuela,
San Carlos, Veracruz de Pital, quinientos
metros sur del salón comunal,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ocho mil setecientos setenta y ocho, para incorporar el correo
electrónico: solucionesagricolasrq@gmail.com , en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Florencia a las doce
horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil veinticinco.—Licenciado.
Marco Fauricio Jiménez Huertas, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966116 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento treinta y seis-doce, visible al folio ciento veinte nueve frente,
del tomo doce, a las ocho horas veinte minutos del día veinte de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte
del representante legal de la empresa
Kidmot Anónima,
con cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-siete ocho tres tres siete
ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, 20 de junio
del 2025.—Oscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—(
IN2025966117 ).
Ante esta notaría mediante escritura pública número 109 otorgada a las 11:45 a.m. del 13 de junio
2025, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada ALRAHI Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-846553, mediante
reforma a la cláusula del domicilio en el
pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la ley número 10.597.—San José, 24 de junio
del 2025.—Licda. Nichole
Ivette Hidalgo Murillo, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2025966118 ).
Por escritura número cuarenta y cinco-trece, otorgada ante la suscrita
notaria, a las quince horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil veinticinco, se
protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de RQL Ingeniería Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos sesenta y siete doscientos cincuenta y nueve, mediante la cual se reforma la cláusula décima primera de los estatutos.—Pérez
Zeledón, veinticuatro de junio
del dos mil veinticinco.—Licda. Angely González Fernández,
carnet veintiún mil doscientos
cuarenta y cuatro.—1 vez.—(
IN2025966119 ).
Ante esta notaría se inscribió
correo electrónico hermanosgutierrezrvk@gmail.com de la sociedad
Hermanos Gutiérrez Montenegro VR&K Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-ochocientos
sesenta y siete mil quinientos sesenta y uno.—San José, primero de julio
del dos mil veinticinco.—Lic. Walter Solís Amen. Tel.
8714-8420.—1 vez.—( IN2025966120 ).
Ante esta notaría se inscribió
correo electrónico kgutierrezm@hotmail.com de la sociedad CKI San Juan Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos treinta y tres mil doscientos diecinueve. Tel. 8714-8420.—San
José, primero de julio del dos mil veinticinco.—Lic. Walter Solís Amen.—1 vez.—(
IN2025966121 ).
Por escritura otorgada en esta notaría,
a las nueve horas del veintiséis
de junio último, el representante de la compañía Multiservicios
Industriales JME S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-siete uno cinco dos uno dos, solicita incorporar el correo
electrónico en su domicilio social, conforme ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, junio veintisiete del dos mil veinticinco.—Jorge Francisco González Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2025966122 ).
Por escritura otorgada en esta notaría,
a las 11:00 horas del 26 de junio del 2025, solicitó la compañía El Tucinte del Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-218016, la inscripción
de su dirección de correo electrónico.—Jorge González Esquivel, Notario.—1
vez.—(
IN2025966123 ).
Por escritura otorgada en esta notaría,
a las diez horas del veintiséis
de junio último, el representante de la compañía Desarrollos Inmobiliarios Estrada Ramírez del Sur Digema
Segunda S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco tres tres cuatro dos cero, solicita incorporar el correo electrónico
en su domicilio
social, conforme ley número
diez mil quinientos noventa y siete.—San José, junio veintisiete del dos mil veinticinco.—Jorge Francisco González Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2025966124 ).
Mediante la escritura pública
número 242, visible a folio 160 vuelto,
del tomo 9, de las catorce
horas del día 15 de junio del año
2025, de la Notaria Pública María
Esther Quirós Valverde, se presentó la solicitud por parte
de Gloria Estela Araya Durán, cédula de identidad:
1-0647-0133, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad: Quirós y
Araya Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-773846, para incorporar
el correo electrónico: negrita.2765@gmail.com para notificaciones de dicha sociedad conforme a la ley número 10597. Es todo.—San Gabriel de la Amistad de Pérez Zeledón, 20 de junio del año 2025.—Licenciada María Esther Quirós Valverde, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025966125 ).
Por escritura número sesenta y cuatro, otorgada ante
la Notaria Pública, Elizabeth Echeverri Echeverri, de las trece horas del quince de junio
del dos mil veinticinco, se incluye
cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Instalaciones Decorativas
A Medida Da Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-ochocientos
siete mil ciento sesenta y seis.—San José, diecisiete de junio del dos mil veinticinco.—Lic. Elizabeth Echeverri Echeverri,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2025966126 ).
La compañía: Mar Profundo de Tamarindo MPT S.A., cédula jurídica: 3-101-429139, solicita al Registro Nacional que
inscriba el correo electrónico: rodolfobrenesg@gmail.com, como
su medio para atender notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura N° 282 de las 8:30 horas del 12 de junio del 2025, ante la notaria Olga Marta Cascante Sandoval.—Santa Cruz, 19 de junio
del 2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1 vez.—(
IN2025966139 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número 329, visible al folio 154 frente
del tomo 47, a las 9 horas del 11 de junio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte del representante
legal de Aventuras Turísticas Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica
número 3-101-249795, para incorporar
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número 10597. Telf.:
2290-1059.—San José, a las 10 horas del 20 de junio
de 2025.—Lic. Franklin
Morera Sibaja, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966140 ).
La compañía Nosara Manzu Vacancy S.R.L., cédula jurídica
N° 3-102-876473, solicita al Registro
Nacional que inscriba el correo electrónico
casamanzu2024@gmail.com como su
medio para atender notificaciones
judiciales y administrativas,
mediante escritura número 293, de las 12:30 horas del 19 de junio del 2025, ante la notaria Olga Marta Cascante Sandoval.—Santa Cruz, 19 de junio
2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1 vez.—(
IN2025966141 ).
La Asociación de Personas con Discapacidad de Rivas Quetzal, cédula jurídica número
tres–cero cero dos–ocho
cero cuatro siete ocho ocho, informa que en Asamblea General Extraordinaria número uno, celebrada el seis de febrero de dos mil veinticinco,
se acordó: Reformar los artículos primero (nombre), segundo (domicilio), décimo inciso c) (derecho al voto, antigüedad, participación virtual
y delegación), y décimo
séptimo (sesiones virtuales de Junta Directiva) de
sus estatutos. Elegir nueva Junta Directiva.—San Isidro de El General, siete
de junio de dos mil veinticinco.—Lic. Eduardo Barquero Elizondo, Notario Público, carnet
18469.—1 vez.—( IN2025966142 ).
La compañía Corws
S.A., cédula jurídica N°3-101-815510, solicita
al Registro Nacional que inscriba
el correo electrónico smgbrotto3@gmail.com como
su medio para atender notificaciones judiciales y administrativas, mediante escritura número 278, de las
13:00 horas del 11 de junio del 2025 ante la notaria
Olga Marta Cascante Sandoval.—Santa Cruz, 19 de junio 2025.—Olga Marta Cascante Sandoval.—1
vez.—(
IN2025966143 ).
Se informa que por escritura N° 90-4, de las 13:00 del 11 de junio de 2025, ante la notaría
del Lic. Kenneth Mora Jiménez, ubicada
en Heredia, Sarapiquí,
Puerto Viejo, Barrio La Guaria, 100 metros este del Salón Comunal, se protocolizó acta 02-01 de asamblea
extraordinaria de Desarrollo Agrícola y Ganadero
Hermanos Araya González
S. A., cédula de jurídica número 3-101-104009; donde se indicó como medio para notificaciones
alvaroarayagonzales9@gmail.com, también por escritura N° 95-4, de las 11:00 del 16 de junio de 2025, ante la notaría
del Lic. Kenneth Mora Jiménez, ubicada
en Heredia, Sarapiquí,
Puerto Viejo, Barrio La Guaria, 100 metros este del Salón Comunal, se realizó instrumento público donde Ingenieria y Construcción
Ponce Morales S. R. L., cédula de jurídica número 3-102-921111; indicó como medio para notificaciones
poncevv@hotmail.com, esto de Conformidad
con la Directriz DPJ-002-2025, con vista en la reforma de Ley 10597, del Artículo 18 inciso 10 del Código
Comercio, publicada en La
Gaceta N° 98 del viernes 30 de mayo
del 2025. Es todo.—Sarapiquí, 20 de junio
del 2025.—Lic. Kenneth Mora
Jiménez, Carné N° 26894.—1 vez.—( IN2025966144 ).
En escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas
del día de hoy, compareció la señora
Patricia Lara Vargas, con cédula N° 1-0597-0353, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad de esta plaza: Sabana
Rivet Consulting S.A., mediante la cual señala correo
electrónico para atender notificaciones en cumplimiento de lo establecido en la Ley número 10597. Tel.
2280-5155.—San José, 12 de junio del 2025.—Lic. Mario Baltodano Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2025966145 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número uno,
visible al folio uno frente del tomo
uno, a las ocho horas del día once de junio del dos mil veinticinco, se
presentó solicitud por parte del apoderado
de la empresa Bosques de Altamira Casa Cero Diecisiete Dachaki Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y dos mil ochocientos dieciocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, diecinueve de junio del dos mil veinticinco.—Paola
Andrea González Abud, Notario.—1 vez.—( IN2025966146
).
Mediante escritura número sesenta
y cinco-treinta y tres, del
tomo treinta y tres del protocolo de la licenciada Carmen Lidia Elizondo Vásquez, con fecha del diecinueve de junio de dos mil veinticinco, se incluye como parte
de su domicilio el correo electrónico
francisca.lobo.campos@gmail.com, para notificaciones
de la sociedad JL Orion Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-551190. Tel. 8869-8483.—Licda.
Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notario.—1 vez.—(
IN2025966147 ).
Protocolización de acuerdos
de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Baker Tilly Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-498836, en la cual se acuerda modificar las cláusulas del pacto constitutivo de la administración y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Escritura sesenta y uno, otorgada a las quince horas del veinte
de junio del 2025.—Licda. María Paula Amador Torres.—1
vez.—(
IN2025966148 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento veintisiete-quince,
visible al folio ciento cincuenta
y ocho frente, del tomo quince, a las quince horas del día veinte
de junio del dos mil veinticinco,
se presentó solicitud por parte de Carlos Enrique Núñez
Núñez, en nombre de las siguientes sociedades: a) Inmobiliaria
Komar Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos ochenta y ocho mil quinientos sesenta y tres, b) Representaciones Internacionales Rama Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento
uno-setenta y seis mil ciento
dos, para incorporar en cada una de ellas,
un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las diecisiete
horas cuatro minutos del veinte
de junio del dos mil veinticinco.—Licda. Christy Alejandra Martínez Carvajal, Notaria.—1 vez.—( IN2025966149 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento treinta y dos, visible al
folio cero noventa y nueve vuelto, del tomo uno, a las catorce horas del día siete del mes de junio del año dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de Steven Fernando Arce
Madriz en su condición de representante legal
de Tres-Ciento Dos-Ochocientos
Nueve Mil Quinientos Sesenta y Cinco Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos nueve mil quinientos sesenta y cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio
social de la sociedad conforme
a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Cartago, a las dieciséis
horas del día veinte del mes
de junio del año dos mil veinticinco.—Lic. José Pablo
Martínez Ruiz, Notario Público.—1 vez.—( IN2025966150 ).
Por escritura N° 407, tomo 5, otorgada ante el notario Ronald José Arias Marchena, de las nueve
horas y treinta minutos del
uno de julio del dos mil veinticinco,
se reforma la cláusula concerniente al domicilio legal
de la sociedad: Jvillaker
Sociedad Anónima, con cedula jurídica
N° 3-101-932784, con la inclusión del correo electrónico para notificaciones, mediante reforma a la cláusula del domicilio legal en el pacto constitutivo,
en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, correo electrónico:
Villalobosbl2310@gmail.com.—Lic. Ronald José Arias
Marchena, Notario.—1 vez.—( IN2025966151 ).
Por escritura N° 408, tomo
5, otorgada ante el Notario
Rónald
José Arias Marchena, de las diez horas del uno de julio del
dos mil veinticinco, se reforma
la cláusula concerniente al
domicilio legal de la sociedad:
Papibuelo Sociedad Anónima,
con cedula jurídica N° 3-101-352176, con la inclusión del correo electrónico para notificaciones, mediante reforma a la cláusula del domicilio legal en el pacto
constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, correo electrónico:
olgavalverde0199@gmail.com.—Lic. Ronald José Arias
Marchena, Notario.—1 vez.—( IN2025966152 ).
Por escritura N° 409, tomo
5, otorgada ante el notario Ronald José Arias Marchena, de las diez horas y treinta minutos del uno de julio del dos mil veinticinco, se
reforma la cláusula concerniente al domicilio legal
de la sociedad W Adviser Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada, con cedula jurídica N°
3-105-808539, con la inclusión del correo electrónico para notificaciones, mediante reforma a la cláusula del domicilio legal en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, correo electrónico:
wadvisercr@gmail.com.—Lic. Ronald José Arias
Marchena, Notario.—1 vez.—( IN2025966153 ).
Por escritura número
410, tomo 5, otorgada ante el notario Ronald José Arias Marchena, de las diez horas, del uno de julio del
dos mil veinticinco, se reforma
la cláusula concerniente al
domicilio legal de la sociedad
VA&BE Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número
3-105-910457, con la inclusión del correo electrónico para notificaciones, mediante reforma a la cláusula del domicilio legal en el pacto constitutivo,
en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, correo electrónico
olgavalverde0199@gmail.com.—Lic. Ronald José Arias
Marchena, Notario.—1 vez.—( IN2025966154 ).