EL PRESIDENTE DE
LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
En el ejercicio de las facultades y atribuciones que
les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política
y conforme las disposiciones de la Ley Orgánica del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes, Ley Nº 3155 y sus reformas; la Ley de Tránsito por Vías Públicas
Terrestres y Seguridad Vial, N° 9078, del 4 de octubre del año 2012, y la Ley
de Administración Vial, N° 6324, de 24 de mayo de 1979 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que de acuerdo con el artículo 39,
de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N° 9078,
se autoriza al Poder Ejecutivo para que, vía reglamento, se emitan las
disposiciones aplicables en relación con las emisiones sonoras.
2º—Que el artículo 39, de la
supracitada Ley, señala que la Inspección Vehicular (IVE) incluirá la
inspección y medición del ruido de las muflas y del freno de motor y que,
cuando un vehículo sobrepase los límites de ruido establecidos, no se aprobará
la inspección técnica respectiva, además de que todos los vehículos deberán
utilizar silenciadores u otros mecanismos que contribuyan a disminuir los
niveles de ruido de escape y de freno motor.
3º—Que además de lo anterior, la Ley
prohíbe el uso de roncadores, muflas alteradas o muflas dañadas con el
propósito de controlar el ruido emitido por el escape y el freno motor de los
vehículos automotores.
4º—Que por la importancia de la materia que trata,
toda prueba de ruido debe cumplir con los lineamientos establecidos en la
normativa vigente.
5º—Que las disposiciones contenidas en
el presente Decreto Ejecutivo fueron conocidas por la Junta Directiva del
Consejo de Seguridad Vial, lo cual consta en el artículo III, de la Sesión
Extraordinaria N° 2768-14, del 2 de mayo del año 2014. Por tanto,
Decretan:
El siguiente:
REGLAMENTO PARA
EL CONTROL DEL RUIDO
EMITIDO POR EL
ESCAPE DE VEHÍCULOS
AUTOMOTORES
CAPÍTULO
I
Generalidades
Artículo 1º—Del objeto. El
presente reglamento regula las disposiciones para el control del ruido emitido
por el tubo de escape y el freno motor en los vehículos de combustión interna.
Artículo 2º—Alcance. El presente reglamento se
aplica a vehículos automotores que circulan en vías públicas, sin importar su
fecha de primera inscripción, hayan estado o no obligados a contar con
silenciador.
Artículo 3º—Consideraciones preliminares. Las
pruebas de ruido se realizarán en los Centros de Inspección Vehicular y,
ocasionalmente, en vía pública, por las autoridades competentes.
En los vehículos con freno de motor, el control se
realizará con el dispositivo activado.
Se exceptúan de la prueba de ruido los vehículos con
placa VE, los equipos especiales (excepto grúas), y los vehículos declarados
históricos.
Artículo 4º—Definiciones. A efectos del
presente reglamento, se entiende por:
4.1. Amortiguador de Sonido o Silenciador (muffler): Dispositivo
que reduce el ruido producido por el tubo de escape de los motores de
combustión interna.
4.2. Calibrador acústico: Dispositivo que
genera una presión acústica sinusoidal de nivel de presión acústica y
frecuencia determinados cuando se acopla a modelos específicos de micrófonos en
configuraciones especificadas. Sirve para asegurar la fiabilidad de los
sonómetros.
4.3 Decibel (dB): Unidad adimensional usada
para expresar el logaritmo de la razón entre una cantidad medida y una cantidad
de referencia. De esta manera, el decibel es usado para describir niveles de
presión, potencia o intensidad sonora.
4.4. Decibel A (dBA): Es el nivel de
presión sonora medido con el filtro de ponderación A, que permite medir el dB
en una banda de sonido audible.
4.5. Método de Ponderación A:
Método para ajustar las mediciones de sonido y que estas coincidan con el
umbral de sensibilidad del oído humano.
4.6. Ente Costarricense de
Acreditación (ECA): Ente encargado de respaldar la competencia técnica y
credibilidad de los entes acreditados, para garantizar la confianza del Sistema
Nacional para la Calidad.
4.7. Freno de motor: acto
de usar el movimiento necesitado de energía de un motor de
combustión interna para disipar energía y detener un vehículo.
4.8. Laboratorio Costarricense
de Metrología (LACOMET): Encargado de garantizar trazabilidad de las
mediciones que se ejecutan en el país hasta la realización de ellas acorde con
lo establecido por el Sistema Internacional de Unidades (SI); difundir y
fundamentar la metrología nacional, custodiar los patrones nacionales y fungir
como laboratorio nacional de referencia en metrología.
4.9. Laboratorio competente: Laboratorio
acreditado bajo la norma ISO/IEC 17025, en su versión vigente, acreditado o
reconocido por el ECA o por otro Ente que posea reconocimiento multilateral con
el ECA y que tenga autorización del LACOMET como centro de verificación.
4.10. Nivel de Presión Sonora (NPS): Se
expresa en decibeles (dB) y se define por la siguiente relación matemática:
NPS = 20 Log (P), donde P es p1/p,
siendo:
p1:
valor efectivo de la presión sonora medida.
p: valor efectivo
de la presión sonora de referencia, fijado en 2x10-5 [N/m2]
que es equivalente a 20 micropascales (20µPa).
4.11. Nivel de
Presión Sonora Equivalente: Es aquel nivel de presión sonora constante,
expresado en dBA, que en el mismo intervalo de tiempo, contiene la misma
energía total (o dosis) que el ruido medido.
4.12. Tubo
de escape: Dispositivo fabricado para evacuar los gases de la combustión hacia el
exterior del vehículo.
4.13. Tubo
de escape modificado: Tubo de escape que presenta modificaciones con
alteración de las emisiones de ruido por encima de los valores permitidos.
4.14. Roncadores:
Dispositivos utilizados para aumentar las emisiones sonoras por el tubo de
escape.
4.15. Ruido:
Contaminación acústica o sonido con una intensidad que podría ser perjudicial
para las personas.
4.16. Sonómetro:
Instrumento utilizado para medir el nivel de ruido en la salida de los tubos de
escape.
4.17. Vehículo
automotor: vehículo de transporte terrestre con propulsión propia sobre dos
o más ruedas y que no transita sobre rieles. Se exceptúa de esta definición el
equipo especial.
4.18. Verificación:
Las operaciones realizadas por un Órgano del Servicio de Metrología Legal (u
otras organizaciones autorizadas legalmente) que tiene por objetivo determinar
y confirmar que el instrumento de medición satisface totalmente los requisitos
de las regulaciones para la medición del ruido.
Artículo
5º—Equipos para la medición del ruido y sus características generales.
5.1. Equipos
de medición a utilizar:
Sonómetro clase 2 o mejor, según R58
de la OIML o IEC 651.
Calibrador
acústico clase 1 o mejor, según R102 de OIML o IEC 942.
Protector de
micrófono contra el viento (pantalla de protección).
Trípode
telescópico para uso del micrófono o del equipo receptor.
Tacómetro de
pulsación.
5.2. Verificación
y Calibración Metrológica:
El
sonómetro y el calibrador acústico deben estar verificados antes de ser
utilizados.
La
calibración debe realizarse cada 12 meses y posterior a la calibración debe
realizarse la verificación del sonómetro y el calibrador. La Verificación debe
incluir el certificado de calibración actualizado anualmente.
La
calibración se realizará en los parámetros acústicos solamente.
Los
sonómetros y los calibradores acústicos deben estar verificados por centros de
verificación metrológica autorizados por el Laboratorio Costarricense de
Metrología (LACOMET) y acreditados como Organismo de Inspección ante el Ente
Costarricense de Acreditación (ECA), bajo la norma INTE-ISO/IEC 17020, en su
versión vigente. Si se trata de organismos de inspección extranjeros que vayan
a realizar la verificación de sonómetros y calibradores acústicos, éstos deben
estar acreditados por un organismo de acreditación firmante de los Acuerdos de
Reconocimiento Mutuo con la Cooperación Internacional de Laboratorios
Acreditados (ILAC) y contar con el reconocimiento de la equivalencia de la
acreditación por parte del ECA.
Artículo
6º—Entorno acústico (lugar de ensayo). Los lugares donde se realicen
pruebas de ruido, objeto del presente reglamento, deben cumplir las siguientes
características:
La superficie del
suelo debe ser de asfalto, concreto o de otro material rígido o semirrígido,
libre de hierba, tierra suelta o de cualquier otro material con capacidad para
absorber el sonido.
El espacio debe ser abierto o cerrado, pero libre de la presencia de
vehículos estacionados, edificios, vallas, árboles, arbustos, paredes
paralelas, personas, etc., en un radio mínimo de 3 m, desde la ubicación del
micrófono y de cualquier punto del vehículo.
Artículo 7º—Informe de la prueba. El informe de
la prueba debe incluir la siguiente información:
Lugar de la prueba.
Identificación
del equipo.
Nivel de
Presión Sonora (NPS), con Ponderación A, de fondo.
La
identificación del vehículo.
Nivel de
Presión Sonora (NPS), con Ponderación A, LA (promedio de las
mediciones con ponderación A), determinado por la prueba.
Artículo 8º—Valores límite de ruido para el escape
de los vehículos. Los niveles de ruido emitidos por el tubo de escape de
los vehículos, en condición estática, no deben exceder los valores límite de
ruido, indicados en la tabla Nº 8.1:
Tabla
N° 8.1
Valores
máximos de ruido para diferentes
categorías de vehículos
automotores
Categoría
|
Nivel Sonoro Máximo dB (A)
|
Automóvil
|
90
|
Vehículo de carga liviana y microbuses
|
92
|
Busetas y autobuses
|
94
|
Vehículo de carga
pesada
|
96
|
Motocicletas, Bicimotos
|
Entre 0-250 cc, inclusive
|
94
|
>250 cc
|
96
|
Artículo 9º—Valores límite de ruido para el escape
de los vehículos equipados con freno motor. En los vehículos que cuenten
con freno motor, sin importar su fecha de inscripción, se comprobará el nivel
de ruido con este sistema accionado, no debiendo excederse los 112 dBA.
CAPÍTULO
II
Procedimientos
para la ejecución de las pruebas
de control de
ruido
Artículo 10.—Medición de las revoluciones del motor
para realizar la prueba. La velocidad de rotación del motor se medirá con
un instrumento (tacómetro) que cumpla con los límites de especificación mínima
de ±2% o superior a las revoluciones del motor exigidas para las mediciones de
sonido que se realizan. Dicho instrumento debe tener el certificado de
calibración emitido por un laboratorio competente. Si el vehículo posee
tacómetro, se utilizará válidamente el mismo.
El
vehículo debe tener el sistema de escape en buen estado de operación y sin
fugas. Además, debe encontrarse bajo las condiciones normales de temperatura.
Artículo
11.—Ruido ambiente (de fondo). Se debe medir el nivel de presión sonora
del ruido ambiente en las mismas posiciones en que se medirán los niveles de
emisión de ruido, midiendo el Nivel de Presión Sonora durante un minuto, y
registrando el valor más alto en el período.
Se
deberá repetir la medición que haya sido realizada en presencia de algún ruido
ocasional.
La
indicación del instrumento de medición por el ruido ambiente y el viento deberá
estar por debajo de los 10dBA en comparación con la medición ponderada del
automotor. Para las mediciones en carretera se debe instalar una pantalla de
protección apropiada en el micrófono, con el fin de que el viento no afecte la
sensibilidad del sonómetro.
Si
la diferencia es de 10 dBA o más, el ruido de la fuente fija no será corregido;
si esta diferencia se encuentra en el rango de 6 a 9 dB(A) se aplicará una
corrección, restándose del valor obtenido 1 dBA y se reportará este valor, y
así sucesivamente con las diferencias aritméticas, como se indica en la tabla
Nº 11.1:
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Para el caso de que la diferencia
aritmética entre los niveles de presión sonora equivalente de la fuente y de
ruido de fondo sea menor a 3 (tres), será necesario efectuar nuevamente la
medición bajo las condiciones de menor ruido de fondo.
Artículo 12.—Procedimiento de Ensayo. Las
personas encargadas de realizar las mediciones de sonido deben estar
técnicamente capacitadas en las técnicas de medición al ambiente, conforme a
las etapas de prueba que a continuación se exponen:
12.1. Posicionamiento y Preparación del Vehículo. Deben seguirse
las siguientes indicaciones:
a) La transmisión del vehículo deberá estar en posición de punto
muerto o en la posición de estacionamiento para transmisión automática y el
freno de estacionamiento accionado.
b) El aire acondicionado del vehículo debe estar
apagado.
c) Si el vehículo está equipado con ventilador
(es) con accionamiento automático, el sistema no debe estar en funcionamiento
durante la medición del nivel de presión sonora.
d) El capó del motor o la cubierta del
compartimento deberán estar cerrados.
e) Antes de cada serie de mediciones, el motor
debe alcanzar su temperatura de funcionamiento normal, según las
especificaciones del fabricante.
f) En caso de un vehículo con motor de dos ruedas
que no tiene posición de punto muerto, se realizarán las mediciones con la
rueda trasera levantada del suelo o con un mecanismo de rodillos, de manera que
la rueda pueda girar libremente.
Si es necesario elevar un
vehículo de dos ruedas del suelo para realizar la prueba, la posición del
micrófono para la medición se puede ajustar para conseguir la distancia
especificada desde el punto de referencia del tubo de escape (véase la
Figura 1, para la ubicación de los puntos de referencia).
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g) El vehículo debe tener el sistema de escape en buen
estado de operación, sin fugas y sin modificaciones. Además, debe poseer silenciador
y no tener “roncador”; tampoco un cambio del tipo de motor ni instalación de
algún mecanismo para la sobrealimentación del motor, ni para contra-explosiones
en el escape en una desaceleración.
12.2. Posición del receptor de sonido o del sonómetro con receptor de
sonido incorporado. Debe tenerse claro antes de iniciar las mediciones que
pueden ocurrir variaciones de los niveles de presión sonora debido a las
condiciones de los lugares de prueba, como producto de las condiciones
atmosféricas y del equipo de prueba.
El receptor de
sonido o el sonómetro con receptor de sonido incorporado debe montarse en un
soporte o accesorio para su estabilidad, estando ubicados los dispositivos de
medición o de registro lejos del micrófono.
La boca del
receptor de sonido debe estar colocada de la siguiente manera:
a una distancia
de 0,5 m ± 0,01m del punto de referencia del tubo de escape, definido en la
figura 1, y con un ángulo de 45 ° ± 5 °, con respecto al plano longitudinal de
la dirección del flujo de salida de los gases por el tubo de escape.
a la altura del punto de referencia, pero no a menos de 0,2 m de la
superficie del suelo. El eje de referencia del receptor de sonido debe estar en
un plano paralelo a la superficie del suelo orientado hacia el punto de referencia
en la salida del tubo de escape.
Si el eje del flujo de salida del
tubo de escape está a 90° de la línea central longitudinal del vehículo, el
receptor de sonido debe situarse en el punto más alejado del motor.
Cuando un vehículo tenga dos o más salidas de escape
separadas menos de 0,3 m entre sí y conectadas a un único silenciador, se
realizará una sola medición. El receptor de sonido se ubicará con respecto a la
salida más lejana de la línea central longitudinal del vehículo, o bien, cuando
no existe esta salida, la más alta por encima del suelo.
A los vehículos con tubos de escape con dos o más
salidas separadas, entre sí, más de 0,3 m, se les realizará una medida a cada
salida y se registrará el nivel más alto de presión de sonido.
Tratándose de vehículos con escape vertical, el
receptor de sonido se colocará a la altura de la salida del escape. Guardará
una distancia de separación de 0,5 m ± 0,01 m del punto de referencia del tubo
de escape, como se define en la figura 1, pero nunca menos de 0,2 m de la
carrocería del vehículo.
Cuando el punto de referencia del tubo de escape no es
accesible debido a la presencia de obstáculos que forman parte del vehículo o
está situado debajo del vehículo, como se muestra en las figura 1 (2 c y 2 d),
el receptor de sonido se colocará al menos a 0,2 m del obstáculo más cercano,
incluyendo la carrocería del vehículo, y orientado hacia el orificio del escape
desde la posición menos oculta del obstáculo.
Cuando son posibles varias posiciones, como se muestra
en la Figura 2, (2 d), se utilizará la posición del micrófono que resulte el
valor más bajo d1 o d2.
En la figura 2 (2a a 2e) se muestran ejemplos de
posiciones del micrófono, en función de la ubicación del tubo de escape.
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12.3. Condiciones
de funcionamiento del motor. Para realizar las mediciones de ruido, se
incrementarán gradualmente las revoluciones del motor, desde la condición de
ralentí hasta el nivel máximo de revoluciones señaladas en el artículo 13, del
presente reglamento; seguidamente, el pedal del acelerador debe liberarse para
alcanzar volver a la condición de ralentí.
En vehículos con freno motor se debe
constatar que éste se active en su totalidad.
El nivel de presión sonora se medirá en
ambas condiciones del motor. La medición máxima del sonómetro se tomará como el
valor de la prueba.
Artículo 13º—Revoluciones del motor para las
pruebas. Para las pruebas se considerarán las siguientes revoluciones de
motor:
13.1. Nivel
máximo de revoluciones del motor para la prueba en vehículos automóviles, de
carga liviana, de carga pesada y de transporte colectivo de personas que
utilicen gasolina, gas licuado de petróleo (GLP) u otro alternativo similar:
2500 r.p.m. ± 100 r.p.m.
13.2. Nivel máximo de revoluciones
del motor para la prueba en vehículos que utilicen diesel u otro alternativo
similar: 2300 r.p.m. ± 100 r.p.m.
13.3. Nivel máximo de revoluciones
del motor para la prueba en vehículos con freno de motor: 1800 r.p.m. ±
100 r.p.m.
13.4. Nivel máximo de revoluciones
del motor para la prueba en vehículos del tipo motocicletas, bicimotos,
triciclos, cuadraciclos.
En la Tabla N° 13.4.1 se especifican los niveles de
revoluciones máximas para las pruebas de sonido en motocicletas, bicimotos,
triciclos, cuadraciclos.
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Artículo 14.—Vehículos con
Sistema de escape múltiple. Los vehículos equipados con sistema de escape
múltiple y un control de escape manual deben ser ensayados con los dos
sistemas.
Artículo 15.—Mediciones de las pruebas. Las
mediciones se realizarán de acuerdo a la(s) ubicación (es) del micrófono
descritas en el presente reglamento.
El nivel máximo de presión sonora con ponderación A
que se indicará durante la prueba deberá anotarse, matemáticamente, redondeado
al entero inferior cuando los decimales sean inferiores o igual que 0,5 y, al
entero superior, si los decimales son mayores que 0,5.
El ensayo se repite hasta tres veces consecutivas,
cuyas mediciones no deben tener una diferencia mayor que 4 dBA, entre el valor
mínimo y el valor máximo.
El resultado de una toma de mediciones es la media
aritmética de las tres mediciones válidas (en Pascales), matemáticamente
redondeada como se indica arriba y se comunicará como el nivel de presión
sonora promedio ponderada A (LAprom), dado por la ecuación:
LAprom= (LA1+LA2+
LA3)/3
Para los automóviles con salida
de escape múltiple, el nivel de presión sonora LAprom será para la
medición que tenga el nivel de presión sonora promedio más alto.
Artículo 16.—De las sanciones. En los vehículos
que se incumplan las disposiciones del presente reglamento, se los tendrá como
merecedores de un Defecto Grave en la respectiva Inspección Técnica Vehicular;
además, de ser detectado dicho incumplimiento en la vía pública se sancionará
conforme lo que está estipulado en el inciso v), del artículo 147, de la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N° 9078.
Artículo 17.—De los responsables de realizar la
medición de ruido. La prestataria del Servicio de Inspección Técnica
Vehicular es la encargada de aplicar en los Centros de Inspección Vehicular
(CIVE) lo dispuesto en el presente reglamento, una vez que se haya incorporado
lo correspondiente en el Manual de Procedimientos respectivo.
El MOPT determinará, por su parte, los responsables de
realizar las mediciones en carretera, velando porque se utilicen los equipos de
acuerdo a lo establecido en este reglamento, y exista la competencia técnica
correspondiente.
Artículo 18.—Vigencia. Este decreto
empieza a regir seis meses después de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a
los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Segnini Villalobos.—1 vez.—O.
C. N° 000003.—Solicitud N° 0001.—(D38937-IN2015023505).
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las atribuciones
conferidas en los artículos, 140 inciso 3) y 146 de la Constitución Política,
los artículos 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b, de la Ley N° 6227, Ley
General de la Administración Pública y los artículos 496 y 505 de la Ley N°
181, Código de Educación.
Considerando:
I.—Que la
Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional, es un órgano social
dedicado desde su fundación a la administración de un seguro de vida para los y
las trabajadores de la educación costarricense pública y privada.
II.—Que el artículo 505 del
Código de Educación, establece la integración de la Junta Directiva de la
Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional. Además de instar a las
asociaciones integrantes a nombrar sus representantes ante la Sociedad de
Seguros, los cuales deberán ser juramentados por la Ministra de Educación
Pública. Por tanto,
Decretan:
“NOMBRAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA
DE LA SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA
DEL MAGISTERIO NACIONAL”
Artículo 1º—Se
procede a nombrar la Junta Directiva de la Sociedad de Seguros de Vida del
Magisterio Nacional con los siguientes miembros:
a) En representación de la
Asociación Nacional de Educadores (ANDE):
José Tolentino Díaz
Cortés, c.c. José Manzán Guzmán Díaz, cédula de identidad N° 5-107-257.
Viviana Vázquez
Rodríguez, cédula de identidad N° 1-727-593.
Carlos Alberto Ballestero
Barquero, cédula de identidad N° 1-315-108.
b) En representación de la
Asociación de Educadores Pensionados (ADEP):
Mercedes Hernández
Vargas, cédula de identidad N° 4-104-864.
Paulino Rodríguez Mena,
cédula de identidad N° 2-255-959.
c) En representación de la
Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE):
María Cecilia Arias
Astúa, cédula de identidad N° 1-0362-0834.
d) En representación de la
Asociación Sindical de Profesores y Funcionarios Universitarios (ASPROFU):
Eduardo Enrique Solís
Portugués, cédula de identidad número 9-031-373.
e) En representación del
Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Educación Costarricense (SEC):
Janry González Vega c.c.
Henry González Vega, cédula de identidad N° 4-107-755.
f) En representación de los
educadores reincorporados o de quienes no están afiliados a ninguna asociación:
Max Saurez Ulloa, cédula
de identidad N° 1-426-032.
Artículo 2º—El
presente Decreto Ejecutivo, rige a partir del 1° de abril del 2015 y por el
período legal de tres años.
Dado en la
Presidencia de la República.—A los trece días del mes de marzo del dos mil
quince.
LUIS GUILLERMO
SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1
vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 1571.—(D38955 - IN2015025909).
N° 252-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en las facultades
que le confiere los artículos 139, inciso 1) de la Constitución Política; 26,
inciso b) y 47 de la Ley General de la Administración Pública,
ACUERDA:
Artículo 1º—En virtud de la
renuncia de la señora Gisella Kopper Arguedas, cédula de identidad 1-481-927,
al cargo de Ministra de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones; se nombra
como Ministra a. í. de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones a la señora
Carolina Vásquez Soto, cédula de identidad 4-0150-777. Lo anterior a partir del
trece de abril del dos mil quince.
Artículo 2º—Rige a partir del 13 de abril del 2015.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a
los trece días del mes de abril del año dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. Nº 3400023625.—Solicitud Nº 30831.—(IN2015025505).
N°
0049-2015.—San José, trece de marzo del dos mil quince
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en el artículo 140,
inciso 2) de la Constitución Política, artículos 12 inciso a) del Estatuto de
Servicio Civil y 4 y 27 de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el
Acuerdo N° 0123-14 AC, mediante el cual se despidió a partir del veinticinco de
setiembre del dos mil catorce, a la servidora: Ana Gricelda Elizondo Aguilar,
cédula de identidad N° 6-212-0612.
Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del
dieciséis de marzo del dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N°
24628.—Solicitud N° 3564.—(IN2015025326).
Resolución N° 2636-2014-MEP.—Poder
Ejecutivo.—San José, a las catorce horas con cincuenta y dos minutos del dos de
octubre del dos mil catorce.
Se conoce solicitud formulada por la señora Dinorah
Vallejo Ortiz, mayor, viuda, educadora, vecina de Liberia, Guanacaste, de la
Casa de la Cultura cien metros al sur, portadora de la cédula de identidad
número cinco-ciento cuarenta y tres-doscientos diecinueve, en su condición de
apoderada generalísima sin límite de suma de Navarro Vallejo S. A., con número
de cédula jurídica 3-101-307209, de conformidad con lo que establece el Decreto
Ejecutivo N° 24017-MEP (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve
de febrero de mil novecientos noventa y cinco), para la oficialización,
reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de el III Ciclo de
la Enseñanza General Básica, impartidos en el Centro Educativo denominado
“Sistema Educativo Cenit”.
Resultando:
I.—Que mediante escrito del 22 de mayo
del 2014, Dinorah Vallejo Ortiz, de calidades citadas, en su condición de
apoderada generalísima sin límite de suma de Navarro Vallejo S. A., presentó
formal solicitud para la oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de el III Ciclo de la Enseñanza General Básica,
impartidos en el Centro Educativo denominado “Sistema Educativo Cenit”, situado
en la provincia de Guanacaste, en el cantón de Liberia, distrito Liberia,
Barrio El Capulín, de Mcdonals 500 metros al norte y 200 al oeste, Dirección
Regional de Educación de Liberia, Circuito Escolar 04. (Vista a folio 021 del
tomo I del expediente administrativo).
II.—Que la señora Dinorah
Vallejo Ortiz, de calidades citadas, mediante solicitud número dos mil
catorce-cero cero cero tres cinco ocho cinco, promovió ante el Registro Público
de la Propiedad Industrial del Registro Nacional de la República de Costa Rica,
la inscripción de marca de servicios “Sistema Educativo Cenit”, quedando
inscrita a partir del ocho de setiembre del dos mil catorce, con Registro
número dos tres ocho cuatro uno siete, para proteger un establecimiento
comercial, dedicado a servicios de enseñanza privada básica I, II y III ciclos
y educación diversificada. (Ver folio 122 del tomo II del expediente
administrativo).
III.—La Dirección Regional de Educación de Liberia,
mediante oficio de fecha 25 de abril del 2014, emite informe de Visita de
Inspección, efectuado en el Centro Educativo denominado “Sistema Educativo
Cenit”. Ver (folios del 003 al 006 del tomo I del expediente administrativo).
IV.—El Departamento de
Investigación de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, del
Ministerio de Educación Pública, mediante oficio DIEE-DEI-093-2014 del 20 de
marzo del 2014, indica “…Para que proceda según corresponda, hago de su
conocimiento que las INSTALACIONES FÍSICAS del Centro Educativo denominado
“Sistema Educativo Cenit”; fueron aprobadas el presente día, ya que las mismas
cumplen con lo indicado en los planos presentados a esta Dirección y aprobados
según oficios: DIEE-DID-239-2013 de fecha 28 de agosto del 2013 y cumplen con
lo estipulado en la Ley y Reglamento de Construcciones N° 833 reforma N° 7029
del 23 de abril de 1986, Ley N° 7600 del 29 de mayo de 1996 y demás normativa
conexa”. (Folio 009 del tomo I del expediente administrativo).
V.—La Dirección de Educación
Privada, realizó el estudio de la documentación presentada que corresponde al
Plan de Estudios, Programas, Calendario Escolar, distribución Horaria Semanal,
Normas de Evaluación del Aprendizaje y Normas de Promoción, Nómina de
Autoridades Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y mediante oficio
DEP-1083-06-14, del 25 de junio del 2014, remitió a la Dirección de Asuntos
Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud, para el
procedimiento correspondiente de oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación del III Ciclo de la Enseñanza General Básica,
impartidos en el Centro Educativo denominado “Sistema Educativo Cenit”,
indicando que la solicitud cumple con los requisitos establecidos en los
artículos 5° y 6° del Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes
Privados, del nueve de febrero de mil novecientos noventa y cinco), (folio 105
del tomo II del expediente administrativo).
Considerando único:
La solicitud
presentada por la señora Dinorah Vallejo Ortiz, de calidades citadas, en su
condición de apoderada generalísima sin límite de suma, de Navarro Vallejo S.
A., con número de cédula jurídica 3-101-307209, para la oficialización,
reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación del III Ciclo de la
Enseñanza General Básica, impartidos en el Centro Educativo denominado “Sistema
Educativo Cenit”, fue revisada por la Dirección Regional de Educación de
Liberia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo siete del Decreto N°
24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero de
mil novecientos noventa y cinco), determinándose que cumple con los requisitos
que exige dicha norma.
Por otra parte, el Departamento
de Investigación y Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento
Educativo del Ministerio de Educación Pública, realizó la inspección ocular de
las instalaciones físicas del Centro Educativo denominado “Sistema Educativo
Cenit”, indicando que las mismas fueron aprobadas por cumplir con los
requisitos exigidos.
Consta también en el expediente
administrativo iniciado al efecto, que la Dirección de Educación Privada, de
conformidad con el artículo ocho del Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre
Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa
y cinco), realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que la
solicitud cumple con todos los requisitos que exige dicho cuerpo normativo.
Que la documentación aportada
para el trámite correspondiente a la oficialización, reconocimiento,
equiparación, certificación y acreditación del III Ciclo de la Enseñanza
general Básica, impartidos en el Centro Educativo denominado “Sistema Educativo
Cenit”, fue revisada por la Dirección de Asuntos Jurídicos, determinándose que
se realiza conforme a derecho. Por tanto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en
las consideraciones y citas normativas que anteceden;
RESUELVEN:
1º—Que los
Estudios que se realicen en el Centro Educativo denominado “Sistema Educativo
Cenit”, situado en la provincia de Guanacaste, en el cantón uno Liberia,
distrito uno Liberia, Barrio El Capulín, de McDonalds 500 metros al norte y 200
al oeste, Dirección Regional de Educación de Liberia, Circuito Escolar 04,
tendrán correspondencia con el nivel III Ciclo de la Enseñanza General Básica.
2º—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza podrá
emitir el Certificado de Asistencia al III Ciclo de Enseñanza General Básica,
el cual se equipara con el del Sistema Educativo Estatal.
3º—La solicitante está en la obligación de mantener
actualizado el expediente, aportando todos aquellos documentos y
certificaciones sujetos a plazo, durante la vigencia de la oficialización,
equiparación, certificación y acreditación de los estudios por parte del estado
costarricense.
4º—Rige a partir del curso lectivo correspondiente
al año dos mil catorce.
Publíquese la presente resolución en el Diario
Oficial La Gaceta, así como en la página web del Ministerio de Educación
Pública.
Notifíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N°
23603.—Solicitud N° 1576.—(IN2015025399).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que
la Asociación de Desarrollo Integral de Finca Ocho de Río Frío de Sarapiquí,
Heredia. Por medio de su representante: José Martín Quirós Morales, cédula
105730678 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro
Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo
establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza
por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a
las 09:22 horas del día 06 de abril del 2015.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua,
Jefa.—1 vez.—(IN2015022393).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 58, título N° 193, emitido por el Colegio
Bilingüe Santa Sofía, en el año dos mil once, a nombre de María Fernanda Piedra
Masís, cédula: 604140832. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los 20
días del mes de marzo del 2015.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015021525).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 57, asiento N° 318, emitido por el Liceo de
Miramar, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Graciela
Rodríguez Artavia, cédula: 603120066. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los 20 días del mes de marzo del 2015.—Gestión y Evaluación de la
Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015021529).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 107, título N° 835, emitido por el Colegio El Carmen, en el
año dos
mil uno, a nombre de Fuentes Alpízar Michael, cédula
1-1204-0462. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de marzo del
2015.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—(IN2015022984).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 208, título N° 2009, emitido por el Colegio de Naranjo, en el año dos
mil cuatro, a nombre de Salazar González Melissa, cédula 1-1266-0311. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de
abril del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015023332).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 70, título N° 918, emitido por el Liceo San Miguel, en el año
dos mil seis, a nombre de Agüero Villalobos Gerardyn, cédula 1-1375-0925. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve días del mes de abril del dos
mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—Solicitud N° 30595.—(IN2015023463).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN
DE ASUNTOS LABORALES
De conformidad con la autorización
extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido
a la inscripción de la organización social denominada: Federación Nacional de
Cooperativas de Maquila R. L., siglas: FECOOMAQ R.L., constituida en asamblea
celebrada el 27 de noviembre de 2014. Número de expediente código 1514-CO. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción y se envía un extracto para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Presidente Damaris Rodríguez
Granados
Vicepresidente Yenny Acevedo Araya
Secretario María Eugenia Prado
Rodríguez
Vocal 1 Galdys Orozco
Chacón
Vocal 2 Yorleny González
Araya
Suplente 1 María de los Ángeles
Loría Calderón
Suplente 2 Darling Gutiérrez Garay
Gerente Katherine Solano Rojas
San José, 06 de abril del 2015.—Lic.
Iris Garita Calderón, Jefa, a. í.—1 vez.—(IN2015022420).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Marcas de Ganado
Solicitud
N° 2015-545.—Carlos García Oporta, cédula de identidad 0204210589, solicita la
inscripción de:
I I
3
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Los Chiles, Veracruz, Veracruz Centro, 3
kilómetros al oeste de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 23 de
marzo del 2015. Según el expediente Nº 2015-545.—San José, 24 de marzo del
2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015022430).
Solicitud N° 2010-99920.—Luis
Gustavo Burgos Morales, cédula de identidad 0104470239, solicita la inscripción
de: M33 como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste,
Filadelfia, Santa Cecilia, La Cruz, Piedra Azules, camino a San Cristóbal, 4km.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 12 de setiembre del 2002. Según el
expediente Nº 2010-99920.—San José, 20 de marzo del 2015.—Luz Vega,
Registradora.—(IN2015022451).
N° 2015-555.—Elmer Arauz Granados, cédula de identidad
0600710247, solicita la Inscripción de:
5 6
E
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Puntarenas, Buenos Aires, Potrero Grande, Las Vueltas, 3 kilómetros al sur de
la escuela de Las Vueltas. Presentada el 23 de marzo del 2015, según el expediente
N° 2015-555.—San José, 24 de marzo del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1
vez.—(IN2015022552).
N° 2015-463.—Cristina Vargas Vargas, cédula de
identidad 0111610235, solicita la inscripción de:
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como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Carrillo, Palmira, Los Ángeles, de la iglesia
católica de Los Ángeles 100 metros norte, 25 oeste y 400 norte. Presentada el
11 de marzo del 2015, según el expediente N° 2015-463.—San José, 24 de marzo
del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015022714).
N° 2015-401.—Abel Cabezas Chavarría, cédula de
identidad 0204030254, solicita la inscripción de:
D C
6
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, San Carlos, Aguas Zarcas, Concepción, 500 metros
norte de la escuela. Presentada el 2 de marzo del 2015, Según el expediente N°
2015-401.—San José, 3 de marzo del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1
vez.—(IN2015022715).
N° 2015-118.—Jesús Antonio Rojas Corrales, cédula de
identidad 0202270105, solicita la inscripción de:
J A
1
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Cutris, San
Pedro, 100 metros este de la iglesia católica. Presentada el 26 de enero del
2015, según el expediente N° 2015-118.—San José, 10 de marzo del 2015.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—(IN2015022718).
Solicitud N° 2015-467.—Fredy Alonso
Arana Madrigal, cédula de identidad N° 0206540107, solicita la inscripción de:
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como marca de
ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Fortuna, La Perla de
los Ángeles, 500 metros al este de la Iglesia Católica de La Perla. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación
de este edicto. Presentada el 11 de marzo del 2015. Según el expediente N°
2015-467.—San José, 13 de marzo del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1
vez.—(IN2015022793).
Solicitud N° 2015-504.—Rodrigo
Villalobos Salas, cédula de identidad N° 0203010450, solicita la inscripción
de:
2 V
S
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, San Ramón, Peñas Blancas, San Martín, 800 metros
al suroeste del templo de la Iglesia Católica. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 16 de marzo del 2015. Según el expediente N° 2015-504.—San José,
24 de marzo del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015022816).
Solicitud N° 2015-494.—Félix Roberto
Zamora Pasos, cédula de identidad N° 0105040377, solicita la inscripción de: 11Z
como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Líbano,
del Tajo de Líbano, 1 kilómetro y medio al oeste. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 16 de marzo del 2015. Según el expediente N° 2015-494—San
José, 26 de marzo del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015022912).
Solicitud N° 2015-493.—Benero Pérez
Artavia, cédula de identidad N° 0502030708, solicita la inscripción de:
B P
6
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Quebrada Grande, Monte de Los Olivos, 1
kilómetro al norte de la Escuela de Monte de Los Olivos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 16 de marzo del 2015. Según el expediente N°
2015-493.—San José, 17 de marzo del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015022914).
Solicitud N° 2015-312.—Gustavo Adolfo
Socorro López, pasaporte N° 069406441, en calidad de apoderado generalísimo sin
límite de suma de Ganadera Las Tres Gringas Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 3-101-602790, solicita la inscripción de:
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como marca de
ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Tilarán, Chiripa, vía
Quebrada Grande, del Bar Rancho Grande 1200 metros oeste. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 17 de febrero del 2015. Según el expediente N°
2015-312.—San José, 19 de febrero del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1
vez.—(IN2015022956).
Solicitud N° 2015-524.—Grace María
Alpízar Rivera, cédula de identidad N° 0501510514, solicita la inscripción de:
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como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Guatuso, Cote, La Cabanga, frente a la Delegación
de la Fuerza Pública. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 18 de marzo
del 2015. Según el expediente N° 2015-524.—San José, 20 de marzo del 2015.—Luz
Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015023055).
Solicitud N° 2015-526.—Efraín Ugalde
Miranda, cédula de identidad N° 0500950088, solicita la inscripción de:
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como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Guatuso, Cote, La Cabanga, frente a la Delegación
de la Fuerza Pública. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 18 de marzo del 2015.
Según el expediente N° 2015-526.—San José, 20 de marzo del 2015.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—(IN2015023058).
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
1-669-228, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Phenex
Pharmaceuticals AG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada TIAZOLES SUSTITUIDOS POR CARBOXAMIDA O
SULFONAMIDA Y DERIVADOS RELACIONADOS COMO MODULADORES PARA EL RECEPTOR NUCLEAR
HUÉRFANO RORY. La invención
provee moduladores para el receptor nuclear huérfano ROR y métodos para tratar
enfermedades mediadas por ROR mediante la administración de estos moduladores
novedosos de ROR a un humano o mamífero que los necesite La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D
277/56; A61K 31/427; A61P 17/06; A61P 19/02; A61P 3/10; C07D 239/28; C07D
263/34; C07D 333/38; C07D 413/12; C07D 417/04; C07D 417/12; C07D 417/14; C07D
493/08; C07D 493/10; C07D 495/10; cuyos inventores son Gege, Christian,
Steeneck, Christoph, Kinzel, Olaf, Kleymann, Gerald, Hoffmann, Thomas.
Prioridad: 31/05/2012 EP 12004186.8; 31/05/2012 US 61/653, 556; 05/12/2013 WO
2013/178362. La solicitud correspondiente lleva el número 20150003, y fue
presentada a las 14:47:20 del 05 de enero del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de
marzo del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—Solicitud N°
30282.—(IN2015022908).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Ernesto
Gutiérrez Blanco, cédula N° 1-848-886,
mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Indiana University
Research And Technology Corporation, de E.U.A., F. Hoffmann-La Roche AG, de
Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: ANÁLOGOS DE GLUCAGÓN QUE
EXHIBEN ACTIVIDAD DE RECEPTOR DE GIP. Se proporciona en la presente
análogos de glucagón que exhiben una potente actividad en el receptor de GLP.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 14/435; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Dimarchi, Richard D., Smiley, David L., Bleicher, Konrad
H., Kitas, Eric A. Prioridad: 21/06/2012 US 61/662.874; 15/03/2013 US
61/787.973; 27/12/2013 WO 2013/192130. La solicitud correspondiente lleva el
número 20150015, y fue presentada a las 08:08:31 del 19 de enero del 2015.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 17 de marzo del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—(IN2015023277).
La señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor,
abogada, cédula N° 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada
especial de Hanmi Pharm. Co., Ltd, de Rep. de Corea, solicita la Patente de
Invención denominada: FORMULACIÓN DE UNA CÁPSULA FARMACÉUTICA COMPUESTA QUE
COMPRENDE IRBESARTAN E INHIBIDOR DE LA HMG-COA REDUCTASA.
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Se divulgan una formulación de una cápsula
farmacéutica compuesta que comprende: 1)
una unidad de irbesartan independiente que comprende irbesartan o una de sus
sales aceptables desde el punto de vista farmacéutico; y 2) una unidad
independiente de inhibidor de la HMG-CoA reductasa que comprende un inhibidor
de la HMG-CoA reductasa o una de sus sales aceptables desde el punto de vista
farmacéutico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 9/48; A6lK 9/24; A61K 31/41; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Kim, Yong I1, Kwon, Yoeng Jin, Park, Caleb Hyungmin, Lee,
Seung Yeop, Park, Jae Hyun, Woo, Jong Soo. Prioridad: 31/08/2012 KR 10-2012-0096036;
06/03/2014 WO WO2014/035190. La solicitud correspondiente lleva el número
20150124, y fue presentada a las 11:05:00 del 11 de marzo del 2015. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 13 de marzo del 2015.—Licda. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—(IN2015023280).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Carlos
Corrales Azuola, cédula 1-849-717, mayor, abogado, vecino de San José, en
calidad de apoderado especial de Grupo Tecnologías EOS S. A de C.V., de México,
solicita el Diseño Industrial denominada UNIDAD DE CONTROL
PARA SISTEMAS DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO DEL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Una unidad de
control para sistemas de supervisión y monitoreo del suministro de energía
eléctrica caracterizada por contar con un arreglo matricial de bases de
conexión para altas corrientes y voltajes. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: H02B 1/00; cuyo(s) inventor(es) es
(son) Castro Inclán, Bernardo. Prioridad: 19/09/2012 MX 2012/010805; 27/03/2014
//WO2014/046531. La solicitud correspondiente lleva número 20150146, y fue
presentada a las 11:44:00 del 19 de marzo del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de marzo del
2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015022389).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Expediente: 9139.—Concesión 2903.—El
Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención, hace
saber que en el expediente número 9139, cuyo titular es la compañía Eli Lilly
and Company, con domicilio en Elli Lilly and Corporate Center, Indianápolis,
Indiana, Estados Unidos, presentó el nueve de marzo de dos mil quince,
solicitud de renuncia total de la patente de invención denominada PROFÁRMACO
DE AMIDA DE GEMCITABINA, COMPOSICIONES Y EL USO DEL MISMO; inscrita
mediante resolución de las nueve horas cuarenta minutos del veintiuno de enero
de dos mil trece, la cual se le otorgó el número de concesión 2903. Dicha
renuncia surtirá efectos a partir de su publicación.—San José, a las catorce
horas cincuenta y cinco minutos del diez de marzo del dos mil quince.—Licda.
Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—(IN2015023030).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de
la Asociación Pro Cuidados Paliativos de Nandayure de Guanacaste, entre las
cuales se modifica el nombre social, que se denominará: Asociación Clínica
Control del Dolor y Cuidados Paliativos de Nandayure, Guanacaste. Por cuanto
dichas reformas cumplen con la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015.
Asiento: 16692.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 54 minutos y 48
segundos, del 19 de marzo del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2015022307).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad,
Asociación para la Educación Espiritual del Niño en Costa Rica, con domicilio
en la provincia de: San José-Vázquez de Coronado, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Buscar a los niños que no se están
evangelizando guiarlos a cristo ayudarles en su conocimiento espiritual y
establecerlos en la iglesia local, cuyo representante, será la presidenta:
Lezzie María Bonilla Hernández, con las facultades que establece el estatuto
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 324790 con adicional(es):
2015-35357.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 22 minutos y 16
segundos, del 24 de marzo del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2015022355).
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-051888, denominación: Asociación Filantrópica de Leones de Costa
Rica siglas AFLCR. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N°
218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 350123.—Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 55 minutos y 13 segundos, del 29 de enero del
2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015022379).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
HABILITACIÓN
DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A).
La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de
Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de:
MARTA LORENA ESPINOZA MARTÍNEZ, con cédula de identidad número 8-0073-0160,
carné número 16087. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del (de la) solicitante,
a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE #15-000458-0624-NO.—San
José, 24 de marzo del 2015.—ABOGADA-UNIDAD LEGAL NOTARIAL.—Lic. Anaida
Cambronera Anchía.—1 vez.—(IN2015022395).
AVISOS
El Ministerio de Ciencia,
Tecnología y Telecomunicaciones, informa que el Poder Ejecutivo ha suscrito el
Acuerdo Ejecutivo número 052-2015-TEL-MICITT de fecha 15 de abril del 2015,
correspondiente a la modificación del Plan de Desarrollo de la Red “Roll Out
Plan”, contemplado en el Anexo A del Contrato suscrito entre el Poder Ejecutivo
y la empresa Telefónica de Costa Rica, T.C. S. A., en el marco de la Concesión
para el Uso y Explotación del Espectro Radioeléctrico para la prestación de
Servicios de Telecomunicaciones Móviles, el cual se encuentra visible en el
siguiente enlace:
http://www.micit.go.cr/index.php?option=com_content&view=article&id=6294&Itemid=1567.—Departamento
de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones.—Edwin Estrada Hernández,
Gerente de Concesiones y Normas.—1 vez.—O. C. Nº 3400023600.—Solicitud Nº
31150.—(IN2015025467).
El Ministerio de Ciencia,
Tecnología y Telecomunicaciones, informa que el Poder Ejecutivo ha suscrito el
Acuerdo Ejecutivo número 053-2015-TEL-MICITT de fecha 15 de abril de 2015,
correspondiente a la modificación del Plan de Desarrollo de la Red “Roll Out
Plan”, contemplado en el Anexo A del Contrato suscrito entre el Poder Ejecutivo
y la empresa Claro CR Comunicaciones, S. A., en el marco de la Concesión para
el Uso y Explotación del Espectro Radioeléctrico para la prestación de
Servicios de Telecomunicaciones Móviles, el cual se encuentra visible en el
siguiente enlace:
http://www.micit.go.cr/index.php?option=com_content&view=article&id=6294&Itemid=1567.—Departamento
de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones.—Edwin Estrada Hernández, Gerente
de Concesiones y Normas.—1 vez.—O. C. Nº 3400023600.—Solicitud Nº
31149.—(IN2015025475).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 16275-P.—Condominio
Horizontal Residencial Doña Elsie, solicita concesión de: 2,5 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-960 en
finca de su propiedad en Guácima, Alajuela, Alajuela, para autoabastecimiento
en condominio. Coordenadas 214.502 / 503.980 hoja Río Grande. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 19 de marzo del 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015022921).
Exp. N° 14964-A.—Compañía
Bananera Monte Blanco S.A., solicita concesión de: 40 litros por segundo del
canal de drenaje C, efectuando la captación en finca de el mismo en Siquirres, Siquirres, Limón, para
uso agropecuario-riego-banano. Coordenadas 238.373 / 592.840 hoja Guácimo.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo del 2015.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015022991).
Exp. 16412-A.—Don Camilo S. A., solicita concesión de:
0,025 litros por segundo del nacimiento número 1, efectuando la captación en
finca de el mismo en Guadalupe
(Cartago), Cartago, Cartago, para uso abrevadero, consumo humano, piscina
doméstica y riego. Coordenadas 204.844 / 535.680 hoja Istarú. 0,025 litros por
segundo del nacimiento número 2, efectuando la captación en finca del mismo en
Guadalupe (Cartago), Cartago, Cartago, para uso abrevadero, consumo humano,
piscina doméstica y riego. Coordenadas 204.823 / 535.431 hoja Istarú. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 21 de octubre del 2014.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—1 vez.—(IN2015024300).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 8190A.—Sociedad de Usuarios de
Agua Proyecto de Riego Tres Esquinas, solicita concesión de: 81,5 litros por
segundo del Río Burrito, efectuando la captación en finca de Luis Solano
Delgado en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso
agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 267.115 / 468.695 hoja Fortuna.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 17 de febrero del
2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015023167).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE
ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que en diligencias de
ocurso incoadas por Juriel Zoraida López, se ha dictado la resolución N°
894-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas treinta y nueve
minutos del veintisiete de febrero del dos mil quince. Exp. N° 22862-2014.
Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre
el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Julieth
Esmeralda Barreto Betancourt, en el sentido que el nombre y el apellido de la
madre son Juriel Zoraida López no indica segundo apellido.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015022425).
Se hace saber que en diligencias de
ocurso incoadas por Erika María Vargas Leytón, se ha dictado la resolución N°
1087-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas treinta
minutos del seis de marzo del dos mil quince. Exp. N° 1092-2015. Resultando:
1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por
tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Kenty Vladimir Silva Vargas,
en el sentido que el primer nombre y el segundo apellido de la madre son Erika
y Leytón respectivamente; de William José Silva Vargas, en el sentido que los
apellidos de la madre son Vargas Leytón y de Bryan Josué Silva Vargas, en el
sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre son Erika María y
Leytón respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil
a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015022426).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Arely Marlene Pérez Talavera, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2528-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las diez horas
veintiséis minutos del once de agosto del dos mil catorce. Ocurso. Exp N°
8413-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:...,
II. Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
William Jefferson Hernández Pérez, en el sentido que el nombre y el segundo
apellido de la madre... son “Arely Marlene” y “Talavera” respectivamente.—Lic.
Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015022428).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Cristina Pérez
Talavera, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2749-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos San
José, a las once horas diez minutos del veintiséis de agosto del dos mil
catorce. Exp. Nº 8411-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Tracey Valeria Pérez Talabera, en el sentido que el
segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita, consecuentemente el
segundo apellido de la misma es “Talavera”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2015022431).
DIRECCION
GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL
Y FINANCIAMIENTO
DE PARTIDOS POLITICOS
De acuerdo con lo dispuesto por
el artículo 62 del Código Electoral, se hace saber: Que el señor Junior Albert
Allen Wilson, cédula de identidad número siete-ciento diez-quinientos cincuenta
y siete, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo del partido
Autentico Limonense, en escrito presentado el dieciséis de enero de dos mil
quince, ha solicitado la inscripción de dicho partido a escala cantonal,
agregando para esos efectos: protocolización de las actas de la asamblea
constitutiva y asamblea superior conteniendo el Estatuto que incluye el
programa doctrinal y la divisa que será: “…de forma rectangular cuyo largo será
una y media veces su ancho, y con los colores Verde Pantone, 64c, 0m, 100g, 0k,
Celeste Pantone 70c, 15m, 0g, 0k, Amarillo Pantone 12c, 0m, 99g, 0k, en
proporciones iguales, de izquierda a derecha en ese orden. Sobre el color
amarillo estará una estrella de cuatros puntas por cada uno de los cuatro
distritos del cantón en color Verde Pantone, 64c, 0m, 100g 0k, al lado derecho
de la estrella tendrá impresas las letras PAL en mayúscula, tipo de letra
Arial, tamaño 64, en forma vertical y en color Verde Pantone 64c, 0m, 100g, 0k,
0m 100g, 0k”. Previniese a quienes sean interesados para que dentro del término
de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este
aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen
pertinentes.
San José, dieciocho de marzo del dos mil
quince.—Héctor Fernández Masís, Director.—Solicitud Nº
29616.—C-138880.—(IN2015021941). 5
v. 4.
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 62 del
Código Electoral, se hace saber: Que la señora Cristina Campos Hernández,
cédula de identidad número uno-ochocientos treinta y seis-novecientos setenta y
tres, en su condición de Presidenta del Comité Ejecutivo Superior del partido
Nueva Mayoría Griega, en escrito presentado el nueve de diciembre de dos mil
catorce, ha solicitado la inscripción de dicho partido a escala cantonal,
agregando para esos efectos: protocolización de las actas de la asamblea
constitutiva y asamblea superior conteniendo el Estatuto que incluye el
programa doctrinal y la divisa que será: “…TRES FRANJAS RECTANGULARES DE IGUAL TAMAÑO DONDE LOS
EXTREMOS DE COLOR de acuerdo a los
parámetros de cuatricromía El
AZUL DE NUESTRA BANDERA ES PMS DOS
SIETE SEIS, y una en el centro de color blanco todas de forma
horizontal”. Previniese a quienes sean interesados para que dentro del término
de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este
aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen
pertinentes.
San José, veinte de marzo del dos mil
quince.—Héctor Fernández Masis, Director.—Solicitud Nº
30035.—C-111520.—(IN2015021956). 5
v. 4.
De acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 62 del Código Electoral, se hace saber: Que el señor Julio César
Fallas Hernández, cédula de identidad número uno-trescientos ochenta y
ocho-doscientos veintiséis, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo
del Partido Puriscaleños de Corazón, en escrito presentado el cinco de enero de
dos mil quince, ha solicitado la inscripción de dicho partido a escala cantonal
por el cantón de Puriscal de la provincia de San José, agregando para esos
efectos: protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea
superior conteniendo el Estatuto que incluye el programa doctrinal y la divisa
del partido político que será: “…una bandera rectangular compuesta por dos
franjas horizontales del mismo tamaño: Una celeste código 299 C del Pantone,
que es la primera o superior y otra amarilla código 3945 C del Pantone que es
la de abajo o inferior.” Previniese a quienes sean interesados para que
dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última
publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones
que estimen pertinentes.
San José,
catorce de abril de dos mil quince.—Héctor Fernández Masis, Director
General.—(IN2015024901). 5 v. 3.
De acuerdo con
lo dispuesto por el artículo 62 del Código Electoral, se hace saber: Que el
señor Roberto Arturo Barrantes Guerrero, cédula de identidad número tres-ciento
cincuenta y nueve-novecientos sesenta y nueve, en su condición de Presidente
del Comité Ejecutivo Superior del Partido Solidaridad, en escrito presentado el
veintitrés de diciembre de dos mil catorce, ha solicitado la inscripción de
dicho partido a escala cantonal, por el cantón Central, de la provincia de San
José, agregando para esos efectos: protocolización de las actas de la asamblea
constitutiva y asamblea superior conteniendo el Estatuto que incluye el
programa doctrinal y la divisa que será: “…Será de color morado y blanco
dividida en dos mitades con una línea transversal, del lado arriba izquierdo
diagonal hacia abajo y los colores serán de izquierda a derecha morado y de
derecha a izquierda color blanco, el pantone del morado es, dos mil
cuatrocientos veinte y cinco, diez partes de pantone Rhod. Red, seis partes de
pantone purple y dos partes de pantone black”. Previniese a quienes sean
interesados para que dentro del término de quince días naturales contados a
partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días,
hagan las objeciones que estimen pertinentes.
San José, ocho
de abril de dos mil quince.—Héctor Fernández Masis, Director
General.—(IN2015024904). 5 v. 3.
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita
a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente
procedimiento:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000009-PROV
Compra
de pistolas 9 mm. para el Organismo
de
Investigación Judicial
Hora y fecha de
apertura: 10:00 horas del 15 de mayo del 2015.
—————
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000026-PROV
Compra
de repuestos y accesorios para radios de comunicación
del
Organismo de Investigación Judicial
Hora y fecha de apertura: 10:00 horas
del 22 de mayo de 2015.
Los pliegos de condiciones se puede
obtener sin costo alguno a través de Internet, en la dirección:
www.poder-judicial.go.cr/proveeduría, en el enlace invitaciones, o solicitar el
envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente
dirección aesquivels@poder-judicial.go.cr y
jzuniga@poder-judicial.go.cr respectivamente. En este último caso, de no
atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento,
deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3295 ó 2295-3623.
San José, 21 de abril del
2015.—Proceso de Adquisiciones.—Mba. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1
vez.—Solicitud Nº 31136.—(IN2015025481).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000015-01
Compra,
instalación y desinstalación de hasta 17 cajas fuertes,
hasta
12 buzones y hasta 4 módulos para cajitas de seguridad
de
diferentes tipos con entregas por demanda para un
periodo
de cuatro (4) años para las distintas
oficinas
del Banco Nacional de Costa Rica
La Proveeduría General del Banco
Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00
a. m.) del 15 de mayo del 2015, para la “Compra, instalación y desinstalación
de hasta 17 cajas fuertes, hasta 12 buzones y hasta 4 módulos para cajitas de
seguridad de diferentes tipos con entregas por demanda para un periodo de
cuatro (4) años para las distintas oficinas del Banco Nacional de Costa Rica”.
El cartel puede ser retirado sin costo
adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección
Logística de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca a
partir de esta publicación.
La Uruca, 23 de abril del
2015.—Proveeduría.—Lic. Erick Aguilar Díaz, Supervisor Operativo.—1 vez.—O. C.
Nº 519306.—Solicitud Nº 31151.—(IN2015025460).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000005-01
Construcción
de faro Cabo Blanco
El Departamento de Proveeduría del INCOP invita a
participar en la Licitación Abreviada N° 2015LA-000005-01 por “Construcción del
faro Cabo Blanco”.
El plazo para la recepción de ofertas vence el día 14
de mayo del 2015 a las 10:00 horas.
El día 30 de abril del 2015 se realizará una visita al
sitio, conforme los términos que se establecen en el cartel de licitación.
Los interesados en participar en esta Contratación
podrán descargar el cartel licitatorio en el siguiente link
http://www.incop.go.cr/proveeduria.php?p=109 o solicitarlo en los correos
jamadrigal@incop.go.cr o jbravo@incop.go.cr
a partir de la publicación de este aviso.
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1
vez.—O. C. Nº 27830.—Solicitud Nº
31120.—(IN2015025594).
Nº
EDU_ITCR-234-SBCC-CF-2014-0002-APITCRBM
Sistema
de gestión e información
académica
y administrativa
El Instituto Tecnológico de Costa Rica
por medio del Departamento de Aprovisionamiento, recibirá Expresiones de
Interés, para el desarrollo de una consultoría para el “sistema de gestión e
información académica y administrativa”
Los servicios de consultoría comprenden: El
desarrollo de diferentes productos basados en una arquitectura de inteligencia
de negocios, utilizando la plataforma de Pentaho. La misma requiere el
desarrollo de procesos ETL para alimentar un Data Warehouse en PostgreSQL, así
como la creación de cubos OLAP que permitan modelar un conjunto amplio de
indicadores de la gestión institucional, los cuales deben poder ser
visualizados a través de reportes y Dashboards.
Los interesados pueden solicitar los Términos de
Referencia e información adicional, vía electrónica a partir de esta
publicación dirigiéndose al email ebonilla@itcr.ac.cr con copia a
licitacionespmi@itcr.ac.cr
Además, deberán presentar las Expresiones de
Interés, donde proporcionarán la información que se solicita en los Términos de
Referencia que indique que están calificados para suministrar los servicios,
incluyendo los datos solicitados en el formulario Anexo 7. Información de la expresión
de interés en dicho documento.
Las expresiones de interés se recibirán en periodo
comprendido desde la fecha de publicación de los Términos de Referencia hasta
las catorce horas (2:00 p. m., hora de Costa Rica) del día 27 de mayo del 2015,
en el Departamento de Aprovisionamiento ubicado en el Edificio D-4 Sede Central
Cartago, Costa Rica, o bien pueden hacernos llegar la documentación vía
electrónica dentro del plazo establecido a los correos mencionados arriba.
Es importante destacar que los Consultores serán
seleccionados mediante el método de Selección basada en la calidad y el costo
(SBCC), descrito en “Normas: Selección y Contratación de Consultores por
Prestatarios del Banco Mundial”.
Cualquier duda sobre los Términos de Referencia o el
proceso de contratación deben enviarla a los correos proporcionados
anteriormente.
Cartago, 20 de abril del
2015.—Departamento de Aprovisionamiento.—Licda. Kattia Calderón Mora,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 20150215.—Solicitud Nº 31089.—(IN2015025344).
HOSPITAL DR.
TOMÁS CASAS CASAJÚS
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000001-2703FRO
Contratación
servicios de ambulancia para el traslado
de pacientes del
Hospital Dr. Tomás Casas Casajús
a diferentes
centros asistenciales de la zona sur
y área
metropolitana
El Área Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Dr.
Tomás Casas Casajús, comunica que ya se encuentra disponible el Concurso de la
Licitación Abreviada Nº 2015LA-000001-2703FRO, para la Contratación Servicios
de Ambulancia para el Traslado de Pacientes del Hospital Dr. Tomás Casas
Casajús a diferentes Centros Asistenciales de la Zona Sur y Área Metropolitana,
con apertura de ofertas el día 12 de mayo del 2015, a las 11:00 horas. El
cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha
contratación, estará disponible para los interesados en la Subárea de
Contratación Administrativa, localizada en Ojo de Agua, Ciudad Cortes, Osa,
Puntarenas.
Para
mayor información ingresar en la página Web www.ccss.sa.cr.,
teléfonos 2786-40-65 / 2786-81-60, Fax: 2786-40-65.
Ciudad Cortes, 6 de abril del 2015.—Área Gestión de
Bienes y Servicios.—Sr. Sergio Li Wong, Jefe.—1 vez.—(IN2015024692).
ÁREA
DE SALUD TIBÁS URUCA MERCED
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Arrendamiento
de edificio para albergar los Ebais
de La Uruca y los
servicios de fisiatría y terapia física
El Área de Salud Tibás Uruca Merced, estará recibiendo
propuestas con la intención de alquiler un edificio para ubicar los EBAIS del
Área de Uruca, el Servicio de Fisiatría y Terapia Física, así como algunas
oficinas administrativas.
El inmueble deberá reunir al menos las siguientes
características:
1. El inmueble debe localizarse en La Uruca (entre la intersección de
La Uruca Tibás y la Pozuelo).
2. Debe estar a una distancia máxima a 2000
metros del radio respecto del edificio principal del Área de Salud Tibás Uruca
Merced, ubicado en Cinco Esquinas de Tibás, frente a la Escuela Esmeralda
Oreamuno.
3. El inmueble debe contar con un mínimo de 700
metros cuadrados de construcción.
4. Debe contar con espacio para un mínimo de 12
espacios de parqueo.
5. El arrendador debe estar anuente a realizar
cualquier modificación que la Administración de la Clínica Dr. Clorito Picado
considere deba hacerse para la atención adecuada de sus usuarios ya sea en la
construcción, sistema eléctrico o el sistema mecánico.
6. Debe estar anuente el propietario para
realizar las mejoras que se requieran para cumplir con la Ley 7600 y con los
requisitos para habilitación por parte del Ministerio de Salud. Además de
cumplir con el Sistema de Prevención de Incendio a base de extintores y
detectores de humo, acorde a la Norma INTECO o en su defecto NFPA.
7. El mismo debe contar con la disponibilidad de
los servicios públicos de agua, luz y teléfono independientes.
8. El inmueble debe estar ubicado cerca de vía
pública y no debe colindar con bares o fábricas que produzcan algún tipo de
contaminación ambiental o sónica, ni tampoco estaciones de servicio de
combustibles.
Aquellas personas físicas o
jurídicas que cuenten con un edificio para arrendar y cumplan con lo indicado
previamente, pueden enviar nota u oficio dirigido a la Dirección Médica del
Área de Salud Tibás Uruca Merced ubicado en Cinco Esquinas de Tibás, frente a
la Escuela Esmeralda Oreamuno, indicando que cuentan con un edificio para
arrendar y que están anuentes a participar en una posible licitación.
El tiempo límite para la entrega de la propuesta u
oficio indicando su interés, será de cinco días hábiles posterior a la fecha de
publicación en La Gaceta.
San José, 17 de abril del 2015.—Dirección Médica.—Dr.
Carlos Alberto Solano Salas, Director.—1 vez.—(IN2015025357).
HOSPITAL
DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2015LN-000003-2101
Sistema
de Presión Negativa
Se informa a los interesados en la Licitación Pública
Nacional 2015LN-000003-2101, por concepto de Sistema de Presión Negativa, que
la fecha máxima de ofertas es el día 15 de mayo de 2015 a las 09:00 a.m.
El
cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de
¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
21 de abril del 2015.—Subárea de
Contratación administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde.—1
vez.—(IN2015025496).
HOSPITAL
MÉXICO
ADMINISTRACIÓN
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000025-2104
Por
la Adquisición de
Crizotinib
250MG
Se comunica: fecha de recepción de ofertas el 4 de
mayo del 2015, a las 9:00 a.m.
Vea detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr
20 de abril del 2015.—Lic. Carmen Rodríguez Castro,
Coordinadora.—1 vez.—(IN2015025559).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LN-000003-2104
Por
la Adquisición de
“Valvulo
Aortica Protésica Percutánea”
Servicio de
cardiología
Comunica recordatorio: recepción de ofertas jueves 21
de mayo del 2015, a las 9:00 horas.
Pueden pasar los interesados por el repectivo pliego
cartelario al Centro fotocopiado público, situado en el pasillo que comunica al
Banco de Sangre con el Laboratorio Clínico, planta baja del Hospital México.
20 de abril del 2015.—Lic. Carmen María Rodríguez,
Coordinadora.—1 vez.—(IN2015025560).
DIVISIÓN
FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
SECCIÓN
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000007-PV
Compra
de 55.000 cajas de cartón para envases 1000 mL
La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su
Proveeduría comunica que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente
concurso:
Descripción: Compra de 55.000 cajas de cartón para
envases 1000 mL.
Tipo de Concurso: Licitación Abreviada
2015LA-000007-PV.
Fecha de apertura: 19 de mayo del 2015,
10:00 horas.
Se invita a los interesados a que retiren el cartel en
las oficinas de la Sección de Proveeduría, ubicadas en Rincón de Salas de
Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin costo
alguno. Se puede acceder al cartel por medio de la página www.fanal.co.cr. El
acto de apertura de las ofertas se realizará en la oficina de la Proveeduría.
20 de abril del 2015.—Departamento Administrativo.—Mba.
Francisco Merino Carmona, Coordinador Área.—1 vez.—(IN2015025368).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000006-PV
Servicio
de vigilancia de las instalaciones de Fanal
La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su
Proveeduría comunica que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente
concurso:
Descripción: Servicio de vigilancia de
las instalaciones de Fanal.
Tipo de Concurso: Licitación Abreviada
2015LA-000006-PV.
Fecha de apertura: 21 de mayo del 2015,
10:00 horas.
Se invita a los interesados a que
retiren el cartel en las oficinas de la Sección de Proveeduría, ubicadas en
Rincón de Salas de Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30
p.m., sin costo alguno. Se puede acceder al cartel por medio de la página
www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las ofertas se realizará en la oficina
de la Proveeduría.
20 de abril del
2015.—Departamento Administrativo.—Mba. Francisco Merino Carmona, Coordinador
Área.—1 vez.—(IN2015025369).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000001-01
Construcción
e instalación de una malla
perimetral para
el patio ferroviario de Moín
El Departamento de Proveeduría del Instituto
Costarricense de Ferrocarriles, recibirá ofertas para la licitación indicada,
hasta las 10:00 horas del día miércoles 11 de marzo del 2015.
Los interesados podrán retirar el cartel con las
condiciones generales, en la Proveeduría;
previo pago de la suma de ¢1.000,00 en la tesorería del Incofer.
San José, 17 de febrero del 2015.—Departamento de
Proveeduría.—Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—O. C. Nº 12610.—Solicitud Nº
31169.—(IN2015025584).
HOSPITAL
SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000010-2102
Acetato
de Abiraterona 250 mg
A los interesados en la presente licitación se les
hace saber que la casa comercial adjudicada es Cefa Central Farmacéutica S.
A.
San José, 20 de abril del 2015.—Subárea de
Contratación Administrativa.—MBA. Marvin Solano Solano, Coordinador.—1
vez.—(IN2015025335).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000003-02
Suministro
de tubería para caldera
Se informa que el concurso en referencia, fue
adjudicado según acuerdo tomado por la Gerencia de Refinación de Recope,
mediante oficio GRE-0127-2015, de fecha 16 de abril del 2015, de acuerdo con el
siguiente detalle:
Oferta N°
|
N° 1
|
Oferente
|
Operaciones Internacionales S. A.
|
Representante legal
|
Martín Fonseca F.
|
Monto total
|
$140.700,00 exento del impuesto de ventas.
|
Descripción
|
Línea 1: Juego de 122 tubos para caldera UB-505
marca PDI Tipo-D 1205 con las siguientes características:
- 30 tubos para
la pared posterior del horno, fabricados de acuerdo a la norma ASTM A-192 sin
costura, con un diámetro externo de 76,2 mm y un espesor de 4,19 mm.
- 30 tubos para
la pared frontal del horno, fabricados de acuerdo a la norma ASTM A-192 sin
costura, con un diámetro externo de 76,2 mm y un espesor de 4,19 mm.
- 62 tubos para
la pared divisoria del horno con aletas, fabricados de acuerdo a la norma
ASTM A-192 sin costura, con un diámetro externo de 76,2 mm y un espesor de
4,19 mm.
|
Forma de pago
|
Treinta días mediante
transferencia bancaria, una vez recibidos los materiales a satisfacción
|
Tiempo de entrega:
|
Ciento setenta (170) días naturales
|
Garantía:
|
Dieciocho (18) meses.
|
Lugar de entrega:
|
Plantel Refinería en Moín Limón.
|
NOTAS IMPORTANTES:
1. El
adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la
firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, por el diez (10%) por ciento del total adjudicado, y con una
vigencia mínima de tres meses adicionales a la fecha probable de recepción
definitiva del objeto contratado, de conformidad con los términos establecidos
en la cláusula 1.11.2 del cartel.
2. La
presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva del pedido,
el cual deberá ser aprobado internamente por la Dirección Jurídica de RECOPE S.
A.
3. Con
el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la
presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley
correspondientes a un 0.5% del monto total del contrato, pagadero en su
totalidad por el contratista, utilizando para tal efecto el tipo de cambio de
venta que reporte el Banco Central de Costa Rica.
4. La
tubería contratada se encuentra exenta del pago del impuesto sobre las ventas,
según acuerdo adoptado en el oficio N° DGCN-CA-10-110-2014 del Ministerio de
Hacienda, vigente hasta el 27 de junio del 2015, por lo que en la factura que
debe presentar el adjudicatario debe contener esta leyenda.
5. El
Adjudicatario, deberá aportar certificación actualizada de la personería
jurídica de la sociedad, en donde se certifique además el capital social, así
como la naturaleza, propiedad y distribución de las acciones que lo conforman,
ello con vista en el Registro de Accionistas de la sociedad de conformidad con
el apartado 1.11.1 del cartel de licitación.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados que
a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones
y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.
Ing. Norma Álvarez Morales, Directora-Dirección de
Suministros.—1 vez.—O. C. Nº 2014003942.—Solicitud Nº 31145—(IN2015025588).
MUNICIPALIDAD
DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2014LN-000005-99999
Adquisición
de agregados con entrega según demanda
Se comunica a los interesados del
presente concurso, que por Acuerdo Nº 4, Artículo Único, de la Sesión
Extraordinaria Nº 125, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón
Central de San José, el día 13 de abril del 2015, se adjudica según detalle:
Líneas adjudicadas:
Constructora MECO:
Línea
|
Ítem
|
CONSTRUCTORA MECO S.
A.
|
1
|
Arena de río
|
¢10.036,74
|
2
|
Arena de tajo
|
¢12.143,37
|
3
|
Lastre fino
|
¢10.183,34
|
4
|
Lastre grueso
|
¢
7.864,25
|
5
|
Piedra base de río
|
¢10.712,18
|
6
|
Piedra cuarta
|
¢12.392,57
|
7
|
Piedra quinta
|
¢12.392,57
|
8
|
Arena fina de
río o tajo
|
¢12.143,37
|
9
|
Polvo de piedra
|
¢12.392,57
|
10
|
Piedra Bruta
|
¢10.625,90
|
Plazo de entrega: Todos los pedidos
deberán ser entregados como máximo dentro de los 5 días hábiles posteriores a
la notificación de la Orden de Compra por parte de la Municipalidad, misma que
será remitida por medio de fax, de lo cual se dejará constancia en el
expediente respectivo.
La forma de pago: Establecido en el
cartel.
Plazo del Contrato:
El contrato será
formalizado por un período de un año, prorrogable hasta por tres períodos
iguales, para un plazo máximo de cuatro años de vigencia total del contrato.
Para que el contrato pueda ser prorrogado, la parte técnica a cargo deberá
rendir un informe al Departamento de Recursos Materiales y Servicios,
dependencia que se encargará del trámite posterior ante el Concejo Municipal y
demás instancias que correspondan, en el cual indique si el adjudicatario ha
cumplido a cabalidad las obligaciones contractuales. Dicho informe deberá ser
rendido al menos con dos meses de anticipación al vencimiento del contrato.
San José, 21 de abril de
2015.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
135984.—Solicitud Nº 31138.—(IN2015025370).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
REMATE
Nº 2015-9-0001
Venta
de chatarra metálica
La Dirección de Suministros de Recope invita a
participar en el remate Nº 2015-9-0001, cuya fecha de celebración se fijó para
el día 8 de mayo del 2015 a las 10:00 horas en la Refinería en Limón.
Descripción de los artículos:
La chatarra está compuesta de:
• Partes de grúas móviles
• Láminas para recipientes de almacenamiento
desmantelado de 38.1 cm (1 1/2”) de espesor aproximadamente.
• Trozos de tubería de 50 cm (20”), 20 cm
(8”), 15 cm (6”), 10 cm (4”), 5 cm (2”) de diámetro aproximadamente y de
diferentes longitudes, para alta presión o hidrocarburos.
• Retazos de varilla angular, platina, malla
ciclón, tubos, láminas lisas, entre otras.
• Accesorios para tubería de alta presión de
25 cm (10”), 15 cm (6”) y 10 cm (4”) de diámetro aproximadamente.
El peso estimado aproximado es de 1.100.000 Kg (1100
toneladas) a ¢70/kg (¢70.000/tonelada).
Los interesados pueden presentarse el día 30 de abril
del 2015 en la entrada principal de la Refinería de las 10:00 a las 13:00
horas, donde personal de Recope le mostrará la chatarra, para que puedan
observar las características y condiciones en que se encuentra.
Se les informa a los proveedores y demás interesados
que los carteles únicamente estarán disponibles a través de la página WEB de
Recope www.recope.go.cr.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora-Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº 2014003942.—Solicitud Nº
31139—(IN2015025590).
DIRECCIÓN
DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000001-04900
Contratación
de alquiler de equipo de cómputo:
alquiler de
computadoras de
escritorio, workstation y computadoras
portátiles, para la Dirección Nacional de Desarrollo de la
Comunidad (DINADECO)
Se avisa a los posibles oferentes de la presente
licitación que debido a que se han presentado solicitudes de aclaración al
cartel, esta Proveeduría Institucional, en atención de las mismas, ha acogido
algunas de esas aclaraciones, razón por la cual se están realizando
modificaciones al cartel.
Las
mismas podrán encontrarse en el Sistema Compra Red vía internet, en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/comprared por medio del documento: respuesta a
solicitudes de aclaración, en la pestaña Documentos.
Por lo anterior se traslada el acto de apertura de
ofertas previamente establecido, para las 10:00 horas del día 30 de abril de
2015.
San José, 21 de abril del 2015.—Proveeduría
Institucional.—Elke Céspedes Ramírez, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº
24843.—Solicitud Nº 0143.—(IN2015025665).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000008-PROV
(Prórroga Nº 1)
Compra
de equipo de Rayos X digital
El Departamento de Proveeduría avisa a
todo el potencial interesado a participar en el procedimiento de contratación
en referencia, que la fecha de vencimiento para la apertura de las ofertas se
prorroga para las 10:00 horas del 13 de mayo de 2015.
Los demás términos y condiciones
permanecen inalterables.
San José, 17 de abril del
2015.—Proceso de Adquisiciones.—Mba. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1
vez.—Solicitud Nº 31135.—(IN2015025468).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000007-PROV
(Prórroga Nº 1,
Modificación Nº 1)
Suministro
de una plataforma de virtualización
de
escritorios (VDI) para el Poder Judicial
El Departamento de Proveeduría,
informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el
procedimiento indicado, que la fecha de apertura se modifica para el 22 de mayo
del 2015, a las 10:00 horas.
Así como que las modificaciones al
cartel están disponibles a partir de esta publicación.
San José, 21 de abril del
2015.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1
vez.—Solicitud Nº 31143.—(IN2015025484).
HOSPITAL
SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000017-2102
(Prórroga hasta
nuevo aviso)
Por bolsas para drenaje y bolsas de colostomía
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital
San Juan de Dios les informa a todos los potenciales oferentes que ha sido
prorrogado el plazo para recibir ofertas, el mismo se iba a efectuar el día
lunes 04 de mayo de 2015 a las 8:00 horas.
San José, 21 de abril del 2015.—Subárea de
Contratación Administrativa.—MBA. Marvin Solano Solano, Jefe.—1
vez.—(IN2015025334).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2015LN-000001-PRI
(Circular Nº 2)
Compra
de equipo de bombeo (Modalidad:
Entrega
según demanda)
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a
todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a
partir de la presente publicación podrán retirar, sin costo alguno, la Circular
Nº 2, en la Dirección Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del
edificio sede del AyA, ubicado en Pavas o accesarla en el Web www.aya.go.cr,
Link Proveeduría.Expediente
Demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
Dirección
Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº
6000000728.—Solicitud Nº 31141.—(IN2015025376).
MUNICIPALIDAD
DE GOLFITO
Transcribo lo dispuesto por el Concejo Municipal en la
sesión extraordinaria número nueve, celebrada el día veintisiete de marzo del
año dos mil quince, acuerdo contenido en el Capítulo Segundo, Artículo Dos,
inciso 5 (Acuerdo N° 05), que dice:
Acuerdo 05-EXT-09-2015
Visto
el informe presentado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto se acoge en
todos sus extremos, por lo que con una votación unánime se aprueba: El
Reglamento de Modificaciones Presupuestarias de la Municipalidad de Golfito.
Se dispone también que en cada modificación que se
presente se indique el porcentaje del presupuesto que se está modificando, esto
con el objetivo, de que si en algún momento por alguna razón se pasa este
porcentaje, se tenga la base de acuerdo al documento aportado por la
administración poder tener un mayor control para la aprobación de las
modificaciones presupuestarias. Se modifica el Artículo 02 (Definiciones) como
lo ha descrito la comisión en su informe.
Se
dispone en FIRME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Publíquese
en el Diario Oficial La Gaceta, el Reglamento de Modificaciones
Presupuestarias de la Municipalidad de Golfito que textualmente dice:
REGLAMENTO
DE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS, MUNICIPALIDAD DE GOLFITO
Artículo 1°—Objeto. El presente reglamento
establece disposiciones de aplicación obligatoria en la Municipalidad de
Golfito, para el trámite y aprobación de las modificaciones al presupuesto
municipal.
Artículo
2º—Definiciones. Para los efectos de este Reglamento se entiende por:
Alcalde:
El funcionario de elección popular titular de la Alcaldía Municipal.
Alcaldía:
La Alcaldía Municipal del Cantón de Golfito.
Aprobación presupuestaria: Es el proceso por medio del cual el jerarca superior
u órgano con la competencia necesaria, conoce y estudia el contenido del
presupuesto formulado o de las variaciones que se le presenten, en función de
los objetivos y metas institucionales, y verifica el cumplimiento de las
disposiciones legales y técnicas que le son aplicables. Como resultado de este
proceso, el jerarca superior u órgano competente, emite el acto administrativo
correspondiente.
Clasificador por objeto del gasto: Conjunto de cuentas de gastos ordenadas y agrupadas
de acuerdo con la naturaleza del bien o servicio que se esté adquiriendo o la
operación financiera que se esté efectuando. Se ha adoptado una codificación de
cinco dígitos que responde a la estructura general de tres niveles: Partidas,
grupos y subpartidas.
Partida:
Primer dígito de la codificación presupuestaria. Representa el objeto del gasto
por su naturaleza.
Grupo:
Segundo y tercer dígito de la codificación presupuestaria. Corresponde al grupo
de subpartidas, en el cual se ubican aquellas que poseen una naturaleza
semejante.
Subpartida: Los últimos dos dígitos de la
codificación presupuestaria; es considerada el nivel de mayor especificación
del gasto.
Concejo Municipal:
Cuerpo deliberativo integrado por los regidores (as) que determine la Ley,
todos de elección popular.
Contraloría:
Contraloría General de la República.
Unidad de Presupuesto: La Dependencia responsable del Subproceso de Control
de Presupuesto de la Municipalidad del Cantón de Golfito.
Departamento de Contabilidad: La dependencia responsable de llevar el registro
adecuado de todas las operaciones del proceso Financiero y Presupuestario de la
Municipalidad del Cantón de Golfito, velando porque el mismo se desarrolle con
total apego a las normas técnicas y jurídicas que le son aplicables.
Jerarca:
Superior jerárquico, unipersonal o colegiado del órgano o ente, quien ejerce la
máxima autoridad.
Modificación Presupuestaria: Toda variación que se realice
en los egresos presupuestarios y que tenga por objeto aumentar o disminuir los
diferentes conceptos de éstos o incorporar otros que no habían sido
considerados, sin que se altere el monto global de presupuesto aprobado.
Nivel de aprobación:
Nivel de detalle de los ingresos y los egresos del presupuesto inicial y sus
variaciones, sobre el cual se ejerce la aprobación presupuestaria interna por
parte del jerarca u órgano con la competencia necesaria para ello.
Plan Anual Operativo:
Instrumento en el cual se concretan las políticas de la institución, mediante
la definición de objetivos, acciones, indicadores y metas que deberán
ejecutarse durante un determinado período presupuestario.
Presupuesto:
Instrumento que expresa, en términos financieros el plan operativo anual
institucional, mediante la estimación de los ingresos y egresos para cumplir
con los objetivos y las metas de los programas establecidos.
Titular subordinado de más alto rango: Funcionario de la Administración activa que
interactúa directamente con el Jerarca y ostenta el más alto cargo
administrativo en la Institución (Presidente Ejecutivo, Gerente General,
Rector, Director General, Alcalde, entre otros de igual rango).
Artículo 3º—Aprobación
presupuestaria interna de las modificaciones presupuestarias. La aprobación
de las modificaciones presupuestarias corresponderá en principio al jerarca,
quien mediante acto razonado y considerando la naturaleza, cuantía y origen de
los recursos y el efecto de las variaciones en el cumplimiento de los objetivos
y metas del plan anual operativo, podrá designar a otras instancias internas
para ejercer esa competencia, considerando lo establecido al efecto por la Ley
General de Administración Pública, así como el marco jurídico vigente.
Artículo
4º—Niveles de aprobación. Todas las modificaciones, sin importar el
nivel al que correspondan, de conformidad con las disposiciones contenidas en
el artículo 4º precedente, deberán ser debidamente conocidas y aprobadas por el
Concejo Municipal.
Artículo
5°—Disposiciones comunes que deben observarse en el trámite de formulación,
aprobación y ejecución de las modificaciones presupuestarias. El procedimiento de formulación, aprobación y
ejecución de cualquier tipo de modificaciones presupuestarias reguladas en este
reglamento, deberá sujetarse a las siguientes disposiciones:
5.1. Durante el
ejercicio económico anual el Concejo Municipal podrá variar el presupuesto
institucional mediante la elaboración de 12 modificaciones presupuestarias.
5.2. Las modificaciones presupuestarias no podrán
variar el Presupuesto Institucional en más de un 25% según lo indicado en la
Norma 4.3.11 de las Normas Técnicas Sobre Presupuesto Público.
5.3. Las
modificaciones de cualquier tipo se formularán respetando la estructura
presupuestaria y el clasificador de gastos establecida por la Contraloría y se
presentarán según el programa, partida, grupo y subpartida correspondiente.
5.4. Los
traslados de asignaciones presupuestarias entre programas, así como el rebajo o
aumento de estos, deberán vincularse cuando corresponda, con los objetivos y
metas establecidos. En tales casos, la modificación deberá acompañarse del
ajuste respectivo al plan operativo anual de la municipalidad.
5.5. Toda
modificación deberá indicar, al menos sucintamente, la razón que la justifica,
y deberá reflejar claramente los rubros presupuestarios afectados ya sean por
aumento o disminución.
5.6. Las
modificaciones presupuestarias deberán ser presentadas por el Alcalde ante el
Concejo Municipal de Golfito (El Alcalde podrá delegar al subordinado que él
considere pertinente, realizar la exposición de la modificación en el seno del
Concejo) y deberán ser aprobadas previo dictamen de comisión, salvo expresa
exención de ese trámite, en los términos previstos en el Código Municipal.
5.7. La
comisión de Hacienda y Presupuesto dará un trámite expedito a las
modificaciones sometidas a su consideración.
5.8. Toda
modificación deberá transcribirse íntegramente en el acta correspondiente a la
sesión en que fue aprobada.
5.9. Las
Modificaciones que sean improbadas por el Concejo Municipal por razones
formales, podrán ser presentadas nuevamente a su conocimiento, por medio de un
nuevo documento en el que hayan sido corregidas las causas de su rechazo o
improbación.
5.10. En
tales casos, ambos documentos se considerarán uno solo para los efectos del
inciso 6.1. de este artículo.
5.11. De
toda modificación presupuestaria se levantará un expediente que estará bajo
custodia del Encargado de Presupuesto, en el que se incluirá el documento
correspondiente junto con el acuerdo del acta de aprobación respectiva, debiendo
constar al menos las siguientes especificaciones:
a) Nombre, cargo
y firma de los responsables que intervinieron en el proceso.
b) Acuerdo
del Concejo Municipal.
c) Toda
modificación presupuestaria deberá ser numerada en orden cronológico y numérico
consecutivo, iniciando con el número uno seguido del mes y el año
correspondiente.
d) Acuse
de recibo de toda la documentación por parte del encargado de la custodia del
expediente.
e) Cuadros del POA (Programa Operativo Anual)
ajustado, cuando las modificaciones afecten los objetivos y metas propuestos.
f) Documentos de justificación de las variaciones
presupuestarias y su valoración de la razonabilidad de lo aplicado.
g) Incluir
en el expediente toda evidencia documental que respalde la formulación y
retroalimentación del proceso. (Convenios, relación de puestos, indicadores de
gestión ajustados, sentencias, etc.).
5.12. La
aplicación de fondos que por ley tienen destino específico, sólo podrán
modificarse para cubrir gastos contemplados dentro del destino previsto por la
ley.
5.13. No
podrán rebajarse los montos asignados para hacer frente a compromisos legales o
contractuales, salvo que se acredite que estos ya han sido atendidos.
5.14. Las modificaciones presupuestarias de
cualquier tipo, sólo podrán efectuarse cuando los programas, proyectos,
partidas o subpartidas que se rebajen, tengan el contenido presupuestario
necesario.
5.15. No
se podrán efectuar modificaciones presupuestarias para aumentar partidas o
subpartidas, con el fin de dar contenido o cubrir gastos ya ejecutados.
5.16. No
podrá ejecutarse ninguna modificación presupuestaria, si previamente, esta no
ha sido aprobada por el órgano competente, según las disposiciones de este
reglamento.
5.17. El
cumplimiento de las limitaciones establecidas en el presente reglamento,
deberán hacerse constar en todos los casos en el documento que contenga la
respectiva modificación y deberá acreditarse cuando corresponda, mediante
constancia que emita el Encargado de Presupuesto.
5.18. Las
modificaciones presupuestarias que afecten compromisos futuros, de cualquier
tipo, incluyendo aquellas que incorporen recursos para ajustes salariales,
creación de plazas, incorporación de nuevos beneficios o cambios en los ya
existentes por variación de la metodología de cálculo o en la base legal;
deberán tener el respaldo de un dictamen dado por el gerente municipal, o el
Alcalde, en conjunto con el área financiero-contable del municipio, que asegure
el financiamiento futuro de tales egresos, acorde con lo estipulado en la Norma
4.3.13 incido d).
Artículo 6°—Comunicación de
las modificaciones presupuestarias. La aprobación de las modificaciones
presupuestarias, serán comunicadas por la Secretaría Municipal al Alcalde, al
Departamento de Contabilidad, a Tesorería Municipal y a la Unidad de
Presupuesto. Esta última dependencia será la responsable de comunicar esas
variaciones a los órganos encargados de ejecutar los gastos, para efectos de
que estas sean consideradas en sus acciones y en la formulación de futuros
presupuestos y/ o modificaciones.
Artículo 7°—Seguimiento y fiscalización. Cada
tres meses, el Departamento de Contabilidad informará al Alcalde y este a su
vez al Concejo Municipal, mediante un cuadro resumen, de las variaciones
producidas en el Presupuesto por las modificaciones presupuestarias que se
ejecuten durante el respectivo período. Con la misma periodicidad deberá
remitir informes de ejecución presupuestaria.
Artículo
8°—Registro de modificaciones. La Administración deberá mantener
actualizado en el Sistema Integrado de Presupuestos Públicos la inclusión y
validación de las modificaciones debidamente aprobadas que afecten el
presupuesto de la institución.
Artículo
9°—Responsabilidades. Los jerarcas y titulares subordinados
intervinientes en el proceso presupuestario, serán responsables de velar por el
fiel cumplimiento de este Reglamento, así como del cumplimiento de las
disposiciones legales aplicables en la especia y de las directrices dictadas
por la Contraloría General de la República en materia presupuestaria.
Artículo 10.—Incumplimiento. El incumplimiento
de las disposiciones de este Reglamento, así como de las normas legales y
directrices aplicables en la materia, será considerada como falta grave y dará
mérito a la aplicación contra el (la) funcionario (a) infractor (a), de las
sanciones previstas en el Código Municipal, la Ley General de Control Interno,
la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la función Pública
y demás disposiciones concordantes.
Artículo
11.—Vigencia. El presente reglamento rige a partir de su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.
Golfito, 6 de abril del 2015.—Concejo
Municipal.—Roxana Villegas Castro, Secretaria.—1 vez.—(IN2015023482).
E & T ESCROW AND TRUST SOLUTIONS SRL
E & T Escrow and Trust Solutions SRL, en su
condición de Fiduciaria del Fideicomiso de Garantía denominado “Fideicomiso de
garantía lote cinco rio escondido-dos mil once”., avisa que a las 9:00 horas
del día 12 de mayo del 2015 y en las oficinas de en las Oficinas de E & T
Escrow and Trust Solutions 150 metros oeste del complejo cultural, y con la
base mínima de US$19.540,64 diecinueve mil quinientos cuarenta con 64/100
dólares, rematará la finca inscrita en el Registro Público número Partido de
Puntarenas, con la matrícula número uno ocho cuatro cinco uno siete-cero cero
cero, con una medida de cinco mil veintinueve metros cuadrados con veintisiete
decímetros cuadrados, propiedad la cual está descrita en el plano catastrado
número P-uno cero seis siete tres uno dos-dos cero cero seis. En caso de no
haber oferentes, entonces se hará un segundo remate en el mismo lugar y a las 9
horas del día 18 de mayo del 2015, rebajando la base mínima a la suma de
US$15.603,14 (con un descuento del 25% a la base original). De no haber
oferentes los bienes se tendrán por adjudicados a los beneficiarios principales
como pago de la deuda garantizada. Para poder participar en el remate,
cualquier oferente (exceptuando a la acreedora) deberá rendir un depósito de
garantía que se depositará en la cuenta bancaria que la Fiduciaria indicará
oportunamente a los interesados que lo soliciten al 27717856. Dicho depósito
deberá rendirse y comunicarse a la Fiduciaria y estar en fondos disponibles, al
menos 24 horas antes de la respectiva subasta y lo será de un treinta por
ciento de la base para cada remate. El remate se celebrará ante el notario
público que designará la fiduciaria y concluido el remate, se devolverán los
depósitos de garantía a quienes no resulten adjudicatarios. En caso de que el
adjudicatario no depositaré la diferencia respectiva dentro de las veinticuatro
horas siguientes al remate, perderá su depósito y de dará por revocada la
adjudicación, En caso de depositar la diferencia respectiva, el depósito se
aplicará al precio de la venta. El inmueble se rematará libre de todo gravamen
o anotación, exceptuando los que al día de hoy del remate consten en el
Registro.—San Isidro de El General, 20 de abril del 2015.—Jeimy Quesada
Delgado, Gerente.—1 vez.—Solicitud N° 31147.—(IN2015025490).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-1238-2015.—Mora Saborío Juan
Pablo, R-058-2015 B, cédula 110630770, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Bachelor Pedagogía Instrumental (del Canto) (Contrabajo-Clásico),
Universidad de Música y Artes Escénicas de Viena, Austria. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo de 2015.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
123999.—Solicitud Nº 30568.—(IN2015023479).
ORI-1577-2015.—Urdaneta de Zamora
Milady del Valle, R-099-2015, residente permanente: 186200270226, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Abogada, Universidad Privada Dr.
Rafael Belloso Chacín, Venezuela. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 25 de marzo del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 123999.—Solicitud Nº
30438.—(IN2015023484).
ORI-1603-2015.—Racines Hernández
Yilbert, R-097-2015, pas. CC-6162342, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Ingeniero Industrial, Fundación Universitaria de Popayán, Colombia.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de marzo
de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 123999.—Solicitud Nº 30437.—(IN2015023487).
ORI-1583-2015.—Bonilla Murillo Fabián, R-096-2015,
cédula: 1-1123-0583, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster
Universitario en Biodiversidad: Conservación y Evolución por la Universitat de
València, Universitat de València, España. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 25 de marzo del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 123999.—Solicitud Nº
30436.—(IN2015023489).
ORI-1479-2015.—Ramírez Draughn Roger Martín,
R-94-2015, cédula: 9 0120 0023, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Master de Artes en la Enseñanza del Inglés a Hablantes de Otros Idiomas,
Instituto Universitario Sit, Estados Unidos. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 23 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 123999.—Solicitud
Nº 30435.—(IN2015023491).
ORI-1477-2015.—Martínez Acuña
Geovanny Reynaldo, R-92-2015, residente: 155818105921, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Ingeniero Electrónico, Universidad Nacional de
Ingeniería, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 23 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 123999.—Solicitud Nº
30434.—(IN2015023494).
ORI-1389-2015.—Valentinuzzi Núñez
Silvia Karina, R-091-2015, céd. 110270371, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Máster en Planeamiento Urbano y Regional, Universidad
Federal de Río de Janeiro, Brasil. La persona interesada en aportar información
de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 18 de marzo de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 123999.—Solicitud Nº
30431.—(IN2015023497).
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
A Olga Rossy Arce Carranza, se le comunica la
resolución de las 9:00 horas del día 19 de diciembre del año 2014, que dispone
el cuido provisional de su hija Natalia Morera Arce, bajo la responsabilidad de
Rebeca Arce Carranza (hermana). Recurso de apelación. Plazo: dos días hábiles,
siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará
ante Presidencia Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar
lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende
la medida de protección. Exp. OLNA-00069-2014.—Oficina Local de Naranjo, 25 de
marzo del 2015.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000032.—C-9290.—(IN2015022191).
CONVOCATORIA
La Alcaldía del Cantón de Limón con
carácter firme aprobó lo siguiente:
1.—Someter la propuesta de Plan
Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos del Cantón de Limón a
consulta pública de la siguiente manera:
a. Se convoca a una Audiencia Pública que se
celebrará el viernes, 15 de mayo, a las 9:00 horas, en el Salón de Sesiones del
Concejo Municipal de Limón, para conocer la propuesta y recibir las
observaciones que tengan a bien formular la población del cantón y personas que
tengan un interés legítimo.
Programa para el día viernes 15 de
mayo de 2015
9:00 Registro, apertura y entonación del Himno
Nacional.
9:05 Palabras de bienvenida (Presidencia
Municipal).
9:10 Palabras Alcaldía Municipal (Alcalde).
9:15 Palabras Comité Coordinador (Ingeniero
Municipal).
9:20 Palabras
Ministerio de Salud (Dirección Área Salud Limón).
9:25 Orden
del día y reglas de la audiencia (Secretaria Municipal).
9:30 Presentación
de la propuesta de Plan (Equipo Consultor).
10:30 Receso.
10:45 Intervención del público.
11:45 Clausura (Comité Coordinador).
b. Los
documentos sobre los que se basará la audiencia estarán disponibles en la
Alcaldía Municipal, en formato electrónico, para lo cual los interesados
deberán aportar un medio de grabación (disco compacto o memoria portátil) o
solicitándolos al correo limoncantonlimpio@gmail.com. Versiones impresas se
dispondrán para consulta en la Alcaldía Municipal y en el Área Rectora de Salud
de Limón.
c. Las observaciones deberán limitarse al tema de
la consulta y serán presentadas de manera respetuosa, clara y concisa. Podrán
ser planteadas verbalmente el día de la Audiencia, en el espacio para
intervención del público, para lo que se dará un tiempo de 3 minutos por
intervención. Las observaciones escritas se podrán presentar a partir de esta
publicación y hasta cinco días hábiles después de celebrada la Audiencia,
usando los medios arriba indicados. En todos los casos quienes las presenten
deberán indicar nombre completo, número de cédula, domicilio, el interés en el
tema y un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, fax, apartado
postal o teléfono).
d. Transcurridos los diez días hábiles
posteriores a la Audiencia, el Comité Coordinador procederá a documentar y
sistematizar las observaciones y opiniones recibidas, y presentará dictamen al
Concejo, el cual se pronunciará sobre el fondo.
Lic. Jessica
Marín Alfaro, Consultora Ambiental, responsable de la convocatoria.—1
vez.—Solicitud Nº 30966.—(IN2015025361).
INVERSOL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los accionistas de
Inversol Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero setenta mil
setecientos, a asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios que se
realizará en su domicilio social ubicado en San José, avenida central, calles
ocho y diez, edificio Importadora H.B. Internacional; el veintidós de junio del
dos mil quince, en primera convocatoria a las nueve horas, para conocer de la
reforma a las cláusulas segunda y sexta del pacto social relativas,
respectivamente, al domicilio social y a la representación y junta directiva,
agregar al pacto social una cláusula décimo primera relativa al agente
residente, nombrar nueva junta directiva, fiscal y agente residente. En caso de
que no haya quórum en primera convocatoria, la asamblea queda convocada para
las diez horas en segunda convocatoria.—San José, 20 de abril del 2015.—Salomon
Boruchowicz Fascovich, Presidente.—1 vez.—(IN2015025508).
INVERSIONES
PAN PAN S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad Inversiones Pan Pan S. A., cédula jurídica
3-101-094233, en domicilio Ad Hoc, en San José, Hatillo Tres, calle Argentina,
casa N° 178, el día 23 de mayo a las 17:00 horas, en primera convocatoria y en
segunda convocatoria a las 18:00 horas, del mismo día, con el siguiente Orden
del Día:
1. Verificación
del quórum.
2. Revocatoria y nombramientos de toda la Junta
Directiva y Fiscalía.
3. Designación
de apoderado especial, para tramitar la reposición de libros de la sociedad.
4. Reforma al pacto constitutivo, cláusulas
primera, quinta y décima.
5. Asuntos
varios.
Licda. Lissette Araya Paniagua.—1 vez.—(IN2015025546).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ESFUERZO
INDUSTRIAL S. A.
Esfuerzo Industrial S. A., cédula jurídica
3-101-175590, hace del conocimiento público que como titular de los
certificados 1 y 2 representativos de la totalidad del capital social de
Techshop Internacional S. A., cédula jurídica 3-101-344400, ha solicitado la
reposición de los mismos. Se emplaza a cualquier interesado para que en el
término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten
su oposición dirigida al Lic. Danilo Chaverri Soto, al fax 2233-8012. Se
publica este aviso para los efectos del artículo 689 y concordantes del Código de
Comercio.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—(IN2015023296).
CONDOMINIO
HORIZONTAL RESIDENCIAL ALASKA
El Condominio Horizontal Residencial
Alaska, cédula jurídica 3-109-363643, ha solicitado la reposición de los libros
de Caja, Actas de Junta Directiva y de Asamblea de Condóminos por motivo de
extravío. Es todo.—San José, 8 de abril de 2015.—Lic. Andrei Brenes Suárez,
Notario.—Solicitud N° 30606.—(IN2015023478).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
FARMACIA
COSTA RICA
La sociedad de esta plaza denominada
Iryla S. A., cédula jurídica número tres ciento uno seis ocho uno ocho nueve
cuatro, propietario de la Farmacia Costa Rica, situada en San Rafael Arriba de
Desamparados, vende a Gilda María Soto Bonilla, cédula número uno trescientos
cuarenta y uno ochocientos uno, y Luis Fernando Castro Soto, cédula número uno
seiscientos cuarenta ciento once. La venta se hace a puerta cerrada y libre de
gravámenes.—Luis Fernando Castro Soto.—Licda. Leila Rita Calderón Campos,
Notaria.—(IN2015023701).
SISTEMAS
LOGÍSTICOS CARIBEÑOS SISLOCAR
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Sistemas
Logísticos Caribeños SISLOCAR Sociedad anónima, mediante asamblea general
extraordinaria de accionistas celebrada el día veinticuatro de setiembre del
dos mil catorce, se acordó disminuir el Capital Social Accionario por
liberación a socios de obligaciones pendientes por liquidar, en la suma de
trescientos treinta millones novecientos cuarenta mil doscientos cincuenta y
nueve colones, reformándose así la cláusula quinta del Pacto Social. Se publica
la presente para los fines establecidos en el artículo treinta y uno del Código
de Comercio.—Francis Durman Esquivel, Presidente.—(IN2015022403).
SOLUCIONES
METÁLICAS ESTRATÉGICAS S. A.
Por escritura de protocolización de acta, otorgada
ante esta notaría, a las 13:00 horas del día 19 de diciembre del 2014, de la
empresa: Soluciones Metálicas Estratégicas S. A., se reformó la cláusula
quinta: capital social, se disminuyó el mismo, por adquisición de acciones de
conformidad con el numeral 129 del Código de Comercio.—Belén, Heredia, 24 de
marzo del 2015.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—(IN2015022673).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN
CLUB ACTIVO VEINTE-TREINTA
INTERNACIONAL
DE SAN JOSÉ
Yo, Antonio
Bermúdez Sáenz, cédula de identidad seis-cero dos siete dos-cero tres nueve
cinco, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Club
Activo Veinte-Treinta Internacional de San José, cédula jurídica tres-cero cero
dos-cero siete ocho seis nueve tres, solicito al Departamento de Asociaciones
del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro número uno de
Consejo de Directores, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles
a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante
el Registro de Asociaciones.—Seis de abril de dos mil quince.—Antonio Bermúdez
Sáenz, Presidente.—1 vez.—(IN2015022437).
GRUPO
AVÍCOLA LAS PALMAS F.R.S.
DE SAN ANTONIO DE
LA CUEVA DE NARANJO S. A.
Por este medio se hace saber del extravío del libro
de: Actas de Asambleas de Socios, de: Grupo Avícola Las Palmas F.R.S. de San
Antonio de la Cueva de Naranjo S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos treinta mil novecientos setenta y dos.—Naranjo, seis de abril
del dos mil quince.—Licda. Analive Matamoros López, Notaria.—1
vez.—(IN2015022634).
GRUPO
PLX SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo PLX
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y siete mil
doscientos treinta y seis, de conformidad con lo establecido en el artículo
catorce del Reglamento del Registro Nacional para la legalización de libros de
sociedades mercantiles, hace constar que al día de hoy se encuentra extraviado
el libro de Registro de Socios, razón por la cual una vez publicado el presente
aviso procederemos con la nueva apertura del libro legal de la compañía
anteriormente indicada.—Siete de abril del año dos mil quince.—Lic. Pablo Gazel
Pacheco, cédula uno- ochocientos setenta y dos- setecientos noventa y seis.—1
vez.—(IN2015023041).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 28 de enero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada S & G Consultores
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de febrero
del 2015.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—CE2015000691.—(IN2015022055).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 28 de enero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Dataguardcr Sociedad Anónima.—San
José, 3 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo Rojas Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2015000692.—(IN2015022056).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 3 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada TLG Distributors
Sociedad Anónima.—San José, 3 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo Rojas
Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2015000693.—(IN2015022057).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 3 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Melao Bakery House Sociedad
Anónima.—San José, 3 de febrero del 2015.—Lic. Dunia Monge Torres,
Notaria.—1 vez.—CE2015000694.—(IN2015022058).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18 horas 30 minutos del 2 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Seguridad C.A.M. Volcano Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Marco
Vinicio Solano Gómez, Notario.—1 vez.—CE2015000695.—(IN2015022059).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 30 minutos del 23 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada A C Coastal Investment S.A. Sociedad
Anónima.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. José Arturo Leitón Salas,
Notario.—1 vez.—CE2015000696.—(IN2015022060).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 2 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada UAACR Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Ernesto Santiago Chinchilla Vílchez,
Notario.—1 vez.—CE2015000697.—(IN2015022061).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 2 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Lightspeed Global Marketing Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1
vez.—CE2015000698.—(IN2015022062).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Torre del Junco Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2015000699.—(IN2015022063).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 27 de enero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Dedico Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2015.—Lic. María Eugenia Castro Villalobos, Notaria.—1
vez.—CE2015000700.—(IN2015022064).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Fejuyru Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero del
2015.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1
vez.—CE2015000701.—(IN2015022065).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 2 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada RYZA-CRP Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Carlos
Eduardo Castro Mora, Notario.— 1
vez.—CE2015000702.—(IN2015022066).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 3 de febrero del 2015,
se constituyó la sociedad denominada Foros y Eventos Santander
Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Sergio Mena Díaz,
Notario.—1 vez.—CE2015000703.—(IN2015022067).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 28 de enero del 2015,
se constituyó la sociedad denominada Mariposas en el Pacífico
del Coco LLC Company Limitada.—San José, 4 de
febrero del 2015.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2015000704.—(IN2015022068).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 40 minutos del 20 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Escalada Cachi Sociedad Anónima.—San José, 4 de
febrero del 2015.—Lic. Harold Chaves Ramos, Notario.—1 vez.—CE2015000705.—(IN2015022069).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 29 de enero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Interni Design Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Aurora
Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—CE2015000706.—(IN2015022070).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones MCC del Oeste Sociedad
Anónima.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Carmen Soto Montero,
Notaria.—1 vez.—CE2015000707.—(IN2015022071).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 15 minutos del 30 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Sat Energía Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Roberto Arguedas Pérez,
Notario.— 1
vez.—CE2015000708.—(IN2015022072).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 30 minutos del 3 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Elevadores Austria Sociedad Anónima.—San José, 4 de
febrero del 2015.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.— 1 vez.—CE2015000709.—(IN2015022073).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 4 de febrero del
2015, se constituyó la sociedad denominada Furati Store Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1
vez.—CE2015000710.—(IN2015022074).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 3 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Prodeyco Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero
del 2015.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1
vez.—CE2015000711.—(IN2015022075).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 19 horas 00 minutos del 22 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Marbela Enterprize Sociedad Anónima.—San José, 4 de
febrero del 2015.—Lic. Karla Marcela Duarte Arauz, Notaria.—1
vez.—CE2015000712.—(IN2015022076).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Sum Consulting Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Andrea Ovares López,
Notaria.—1 vez.—CE2015000713.—(IN2015022077).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 30 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Calzado Pasión del Pie Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1
vez.—CE2015000714.—(IN2015022078).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 14 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Narlili Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves,
Notaria.—1 vez.—CE2015000715.—(IN2015022079).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 30 minutos del 28 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Mulysa Marketing Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Silvia Patricia Alvarado
Quijano, Notaria.—1 vez.—CE2015000716.—(IN2015022080).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 27 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Dedico de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2015.—Lic. María Eugenia Castro Villalobos, Notaria.—1
vez.—CE2015000717.—(IN2015022081).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones MCC Oro del Oeste
Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Carmen Soto
Montero, Notaria.—1 vez.—CE2015000718.—(IN2015022082).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Trescientos Dieciséis Sociedad
Anónima.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Alfredo Madriz Araya,
Notario.—1 vez.—CE2015000719.—(IN2015022083).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 3 de febrero del 2015,
se constituyó la sociedad denominada Nuevo Futuro Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Arnoldo Ricardo Andre Tinoco, Notario.—1
vez.—CE2015000720.—(IN2015022084).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 3 de febrero del 2015,
se constituyó la sociedad denominada Ceciliano`s Pizza Sociedad
Anónima.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Carlos Luis Matarrita
Duarte, Notario.—1 vez.—CE2015000721.—(IN2015022085).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 4 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Special Places and
Management Company Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero del
2015.—Lic. Jorge Arturo Granados Moreno, Notario.—1
vez.—CE2015000722.—(IN2015022086).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 20 de enero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Sealed B.J. Sociedad
Anónima.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Gabriela Muñoz Vargas,
Notaria.—1 vez.—CE2015000723.—(IN2015022087).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Caribbean Trading Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Rafael Elías Madrigal
Brenes, Notario.—1 vez.—CE2015000724.—(IN2015022088).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 30 minutos del 3 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Córdoba Quirós R Q H Sociedad
Anónima.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Rita Waldina Arce Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2015000725.—(IN2015022089).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del
2014, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Salvaje Tours Sociedad
Anónima.—San José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Paula Durán Quirós,
Notaria.—1 vez.—CE2015000726.—(IN2015022090).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 40 minutos del 16 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Equipos RPM Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2015.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.— 1 vez.—CE2015000727.—(IN2015022091).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 5 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Heavens Gift Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de febrero del 2015.—Lic. Arturo
Enrique Apestegui Barzuna, Notario.—1 vez.—CE2015000768.—(IN2015022099).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 5 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tao Destinations Limitada.—San José, 6 de febrero
del 2015.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—CE2015000769.—(IN2015022100).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 20 horas 30 minutos del 5 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada American Chem-Industry Inc. Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Ana Guiselle Valerio Segura, Notaria.—1
vez.—CE2015000770.—(IN2015022101).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 5 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Aroha Lei Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón,
Notario.—1 vez.—CE2015000771.—(IN2015022102).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 00 horas 00 minutos del 30 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Club Vacacional Legión del Vodca Sociedad
Anónima.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Mónica Zumbado Fallas,
Notaria.—1 vez.—CE2015000772.—(IN2015022103).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 30 minutos del 29 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Ceiba Software and Arts Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Federico Balma Zumbado, Notario.—1
vez.—CE2015000773.—(IN2015022104).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 6 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tierras de la Prosperidad Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2015000774.—(IN2015022105).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 2 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Suministros Eléctricos Kabi Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1
vez.—CE2015000775.—(IN2015022106).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 24 de
diciembre del 2014, se constituyó la sociedad denominada CDC LLC MMXIV CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de febrero
del 2015.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2015000776.—(IN2015022107).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 15 minutos del 5 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Auto Parts Repuestos
Eléctricos Sociedad Anónima.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic.
Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.— 1
vez.—CE2015000777.—(IN2015022108).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 23 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Almarimax Sociedad Anónima.—San José, 6 de febrero
del 2015.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1
vez.—CE2015000778.—(IN2015022109).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 1° de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Vallecillos Rohaz Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2015000779.—(IN2015022110).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 45 minutos del 2 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Parad F F-A-Catorce- Uno Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Tobías D Ambrosio Umaña, Notario.—1 vez.—CE2015000780.—(IN2015022111).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del 2014, se constituyó la sociedad denominada Zona Cultural PV
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de
febrero del 2015.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1
vez.—CE2015000781.—(IN2015022112).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 09 minutos del 6 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Fiduciaria Dent Sociedad
Anónima.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2015000782.—(IN2015022113).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 23 de enero del 2015,
se constituyó la sociedad denominada Calicanto/Cuarzo Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1
vez.—CE2015000783.—(IN2015022114).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 10 de noviembre del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Mundo Construcciones y Desarrollos
Sociedad Anónima.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Mónica Montero
Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2015000784.—(IN2015022115).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 10 de diciembre del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Bebidas Cinco Cero Seis Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Olga Teresa Alvarado Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2015000785.—(IN2015022116).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 3 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Calas y Velas de Ensueño
Sociedad Anónima.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Carlos Humberto
Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—CE2015000786.—(IN2015022117).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Distribuidora Natural Cosmetics Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Karol Mata Araya, Notaria.—1
vez.—CE2015000787.—(IN2015022118).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del 2014, se constituyó la sociedad denominada Central American
Leadership Institute Sociedad Anónima.—San José, 6 de febrero del
2015.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1
vez.—CE2015000788.—(IN2015022119).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 4 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Asia M.M.L. Sociedad
Anónima.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Federico Arias Chacón,
Notario.—1 vez.—CE2015000789.—(IN2015022120).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 4 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Azúcar Moreno de la
Bajura Limitada.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Javier Escalante
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2015000790.—(IN2015022121).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 3 de febrero del 2015, se constituyó la sociedad
denominada IRP Producciones Sociedad Anónima.—San José, 6 de
febrero del 2015.—Lic. Carlos Humberto Pacheco Murillo, Notario.—1
vez.—CE2015000791.—(IN2015022122).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Marben Sociedad Anónima.—San José, 6 de
febrero del 2015.—Lic. Doris Angiolette Sánchez Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2015000792.—(IN2015022123).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 14 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Narilili Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves,
Notaria.—1 vez.—CE2015000793.—(IN2015022124).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Fersilmera Sociedad Anónima.—San José, 6
de febrero del 2015.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1
vez.—CE2015000794.—(IN2015022125).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 15 minutos del 20 de enero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Sinarji Construcciones y
Remodelaciones Sociedad Anónima.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic.
Hannia Lucrecia Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015000795.—(IN2015022126).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada National Import Lion Sociedad Anónima.—San José, 6 de
febrero del 2015.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1
vez.—CE2015000796.—(IN2015022127).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 50 minutos del 6 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Elegance Joyería Sociedad
Anónima.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo Sánchez Pérez,
Notario.—1 vez.—CE2015000797.—(IN2015022128).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 12 horas 15 minutos del 6 de febrero del 2015,
se constituyó la sociedad denominada Casa Cuatro Monos Limitada.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—CE2015000798.—(IN2015022129).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 6 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Tierra, Viento y Fuego
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de febrero
del 2015.—Lic. Isabel Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria.—1
vez.—CE2015000799.—(IN2015022130).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 16 de enero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Café de Altura
Don José Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de
febrero del 2015.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1
vez.—CE2015000800.—(IN2015022131).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 16 de enero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Pepti Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez,
Notario.—1 vez.—CE2015000801.—(IN2015022132).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 6 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Central American del Portico Investment
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de febrero
del 2015.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1
vez.—CE2015000802.—(IN2015022133).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 15 minutos del 6 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Casa Cuatro Monos de Hermosa Limitada.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—CE2015000803.—(IN2015022134).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 7 horas 00 minutos del 5 de febrero
del 2015, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Mac-Rod Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de febrero del
2015.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—CE2015000804.—(IN2015022135).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 6 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Brightavia Airfield Solutions Limitada.—San José, 6
de febrero del 2015.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2015000805.—(IN2015022136).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 6 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada JSCT Investments Limitada.—San José, 6 de
febrero del 2015.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2015000806.—(IN2015022137).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11 horas 40 minutos del 3 de febrero del 2015,
se constituyó la sociedad denominada La Madera de Coyote Limitada.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.— 1 vez.—CE2015000807.—(IN2015022138).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 6 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Carvechi Technology Latam Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—CE2015000808.—(IN2015022139).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 4 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Family Dos Mil Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—CE2015000809.—(IN2015022140).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 6 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Rubisan Sociedad Anónima.—San José, 6 de
febrero del 2015.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—CE2015000810.—(IN2015022141).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 30 minutos del 6 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Jugar Sociedad Anónima.—San José, 6 de
febrero del 2015.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—CE2015000811.—(IN2015022142).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 5 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Demad de Occidente Sociedad Anónima.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Rosamira Cordero Méndez, Notaria.—1
vez.—CE2015000812.—(IN2015022143).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 30 minutos del 7 de febrero del 2015, se constituyó la
sociedad denominada Lucero Surf Retreats Sociedad Anónima.—San José, 7
de febrero del 2015.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notaria.—1
vez.—CE2015000813.—(IN2015022144).
Por escritura número
ciento veintidós-doce otorgada ante esta notaría, a las quince horas del
veinticinco de marzo del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea de
accionistas de la sociedad Todo para la Industria Sociedad Anónima,
entidad poseedora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta mil
seiscientos ochenta y cuatro, por medio de la cual se modifica la cláusula
quinta del pacto constitutivo.—San José, veintiséis de marzo del dos mil
quince.—Lic. Yuri Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2015022238).
Por escritura
otorgada a las 16:30 horas del 16 de marzo de 2015, la sociedad Mares G R S
Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-230318, modifica las cláusulas
segunda, sétima, octava y décima primera de sus estatutos, se nombra nueva
junta directiva y fiscal. Presidenta: Marcela Ramírez Sáenz.—San José, 16 de
marzo de 2015.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—(IN2015022240).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Powder River
Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de febrero
del 2015.—Lic. Maribel Barrantes Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2015000953.—(IN2015022241).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 30 minutos del 10 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Isagajo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de febrero del 2015.—Lic. Magda Morales Argüello, Notaria.—1
vez.—CE2015000954.—(IN2015022242).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 30 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Cuatro Nueve Ocho Cero Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera
García, Notario.—1 vez.—CE2015000953.—(IN2015022243).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Gusto Real Villa Limitada.—San José, 12 de
febrero del 2015.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1
vez.—CE2015000956.—(IN2015022244).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 09 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Global Education Systems, GES Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2015000957.—(IN2015022245).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Jojusy Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero
del 2015.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1
vez.—CE2015000958.—(IN2015022246).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 30 minutos del 03 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soluciones BGT
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2015.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1
vez.—CE2015000959.—(IN2015022247).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 09 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Reval 9602
Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Christian Javier
Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015000960.—(IN2015022248).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 30 minutos del 10 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Dorrance Guests House Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Mario Alberto Vargas
Arias, Notario.—1 vez.—CE2015000961.—(IN2015022249).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada El Piñal de Centroamérica Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Arvid Bokenfohr Solís, Notario.—1
vez.—CE2015000962.—(IN2015022250).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Piadina
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2015.—Lic. Emma Zoraida Cousin Picado, Notaria.—1
vez.—CE2015000963.—(IN2015022251).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Palmas Trescientos Cuatro Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2015000964.—(IN2015022252).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mcdougall
Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2015.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1
vez.—CE2015000965.—(IN2015022253).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 10 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Constructora Ancor Sociedad
Anónima.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Leonardo Crespi Zorino,
Notario.—1 vez.—CE2015000966.—(IN2015022254).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Tercomat Limitada.—San José, 12 de febrero del
2015.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2015000967.—(IN2015022255).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Car Corp JB Limitada.—San José, 12 de febrero del
2015.—Lic. Eddy José Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015000968.—(IN2015022256).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cassynagel
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2015.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1
vez.—CE2015000969.—(IN2015022257).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Fabulous Dream Limitada.—San José, 12 de febrero
del 2015.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1
vez.—CE2015000970.—(IN2015022258).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Jojusy del Coyol Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1
vez.—CE2015000971.—(IN2015022259).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 12 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Alba Sportswear Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2015.— Lic. Arturo
Enrique Apestegui Barzuna, Notario.—
1 vez.—CE2015000972.—(IN2015022260).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 11 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada AS Salamu Alayukm Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Robert
Christian Van der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2015000973.—(IN2015022261).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 45 minutos del 09 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Mora Saenz Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1
vez.—CE2015000974.—(IN2015022262).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Importamodas Juveniles R S Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—1
vez.—CE2015000975.—(IN2015022263).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Servicios y
Mantenimiento Eléctricos Zamora Álvarez Limitada Limitada.—San José, 12 de
febrero del 2015.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1
vez.—CE2015000976.—(IN2015022264).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 12 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Northernlight Insurance Company
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2015.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.— 1 vez.—CE2015000977.—(IN2015022265).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Gonedu Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero
del 2015.—Lic. Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2015000978.—(IN2015022266).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 11 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Galeo Caribe Investment Limitada.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1
vez.—CE2015000979.—(IN2015022267).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 26 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Vinmo Cayuga
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2015.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1
vez.—CE2015000980.—(IN2015022268).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Propiedades Isacleja Inc Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Marco Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—CE2015000981.—(IN2015022269).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones del Sur B Y B Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Enrique Curling Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2015000982.—(IN2015022270).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Reval Noventa y Seis Cero Dos Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1
vez.—CE2015000983.—(IN2015022271).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada JSA Fusión Design
Arquitectura Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic.
Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015000984.—(IN2015022272).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 23 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bodegas Mallorquinas
Nostras Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Mauricio
Eduardo Martínez Parada, Notario.—1 vez.—CE2015000985.—(IN2015022273).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 12 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Anouk Ocean View Investments
Limitada.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Alan Masís Angulo,
Notario.—1 vez.—CE2015000986.—(IN2015022274).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de enero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada BCG Technolgy Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1
vez.—CE2015000987.—(IN2015022275).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se
constituyó la sociedad denominada Lomas de Chiclayo Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Carlos Gerardo Barrantes Méndez, Notario.—1
vez.—CE2015000988.—(IN2015022276).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Rectif Enatnz Sociedad Anónima.—San José, 12 de
febrero del 2015.—Lic. Marvin Alberto Céspedes Méndez, Notario.—1
vez.—CE2015000989.—(IN2015022277).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 09 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Automotriz La Sabana TCO Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1
vez.—CE2015000990.—(IN2015022278).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Pizza Veintisiete Limitada.—San José, 12 de
febrero del 2015.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2015000991.—(IN2015022279).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tonelle
Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero
del 2015.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1
vez.—CE2015000992.—(IN2015022280).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 15 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada APT Cuatrocientos Tres Distrito Cuatro Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Ana
Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2015000993.—(IN2015022281).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada The Triumvirate Sociedad Anónima.—San José, 12 de
febrero del 2015.—Lic. Jorge Eduardo Ramos Ramos, Notario.—1
vez.—CE2015000994.—(IN2015022282).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Deus Collection
Limitada.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Edry Herminio Mendoza
Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2015000995.—(IN2015022283).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Vilmara Sociedad
Anónima.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Randall Esteban Salas
Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015000996.—(IN2015022284).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 12 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Paintless Body Shop LLC Limitada.—San
José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Guillermo Esquivel Herrera, Notario.—1
vez.—CE2015000997.—(IN2015022285).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Frank Productions
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2015.—Lic. Maribel Barrantes Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2015000998.—(IN2015022286).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Royal CR Explorer Limitada.—San José, 12 de
febrero del 2015.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2015000999.—(IN2015022287).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 45 minutos del 09 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mora
Saenz P.P.V.A. Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic.
Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—CE2015001000.—(IN2015022288).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 23 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tico Asfaltos y Servicios
Multiples Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Juan
Bautista Moya Fernández, Notario.—1 vez.—CE2015001001.—(IN2015022289).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 10 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Tkeda Sociedad
Anónima.—San José, 12 de febrero del 2015.—Lic. Sianny Arce Álvarez,
Notaria.—1 vez.—CE2015001002.—(IN2015022290).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 23 horas 00 minutos del 29 de enero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Moia Kucha LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de febrero del 2015.—Lic. José
Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2015001003.—(IN2015022291).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 11 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada J.P. Técnicas Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. David Aaron Garita Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2015001004.—(IN2015022292).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Samist
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de febrero
del 2015.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—CE2015001005.—(IN2015022293).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Repuestos JGS Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1
vez.—CE2015001006.—(IN2015022294).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 45 minutos del 13 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Ávila & Arias Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1
vez.—CE2015001007.—(IN2015022295).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 30 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Jofa Sociedad Anónima.—San José, 13 de febrero
del 2015.—Lic. Ana Lourdes Flores Peralta, Notaria.—1
vez.—CE2015001008.—(IN2015022296).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Negocios Unidos
Los Tres Sociedad Anónima.—San José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Wendy
María Bustamante Morales, Notaria.—1 vez.—CE2015001009.—(IN2015022297).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 09 horas 30 minutos del 06 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Icenter Computing Services Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Ernesto Hutt Crespo, Notario.—1
vez.—CE2015001010.—(IN2015022298).
Por escritura N°
27 del 05/04/2015 a las 13:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Libélula del Norte S. A., cédula jurídica
3-101-354865, que nombra nueva junta directiva y fiscal y modifica la cláusula
segunda del pacto constitutivo sobre el domicilio.—San José, 5 de abril del
2015.—Licda. Coralia Chamorro Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2015022302).
Por escritura número ciento treinta y cinco,
otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintiséis de marzo del dos mil
quince, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad denominada Sereco Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda
aumentar el capital social de la compañía y se reforma la cláusula segunda del
capital social del pacto constitutivo.—Limón, veintiséis de marzo del dos mil
quince.—Lic. Enrique José Rocha Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2015022304).
Hoy protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Agencia Datsun Sociedad Anónima,
en la que se modificó las cláusulas sexta y sétima del pacto constitutivo, se
nombró junta directiva y fiscal.—San José, 1° de abril del 2015.—Lic. Edgar
Cervantes Gamboa, Notario.—1 vez.—(IN2015022305).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 11 de febrero del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo FA&JO Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Ana Lourdes Flores Peralta, Notaria.—1
vez.—CE2015001012.—(IN2015022308).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada H Y S Enterprise
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de febrero del
2015.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1
vez.—CE2015001013.—(IN2015022309).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Jurisconsultoria Peralta Barrantes Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira, Notario.—1
vez.—CE2015001014.—(IN2015022310).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 09 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada La Sabana TSO Motors Sociedad Anónima.—San José,
13 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1
vez.—CE2015001015.—(IN2015022311).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 09 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Grupo A C O de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1
vez.—CE2015001016.—(IN2015022312).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Control Ambiental FQM Sociedad Anónima.—San José,
13 de febrero del 2015.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2015001017.—(IN2015022313).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 13 de
febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Holz Mit Qualitat
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de febrero del
2015.—Lic. Slawomir Wiciak Gasiorowska, Notario.—1
vez.—CE2015001018.—(IN2015022314).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 35 minutos del 10 de febrero del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Pacific Basin Investments Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2015001019.—(IN2015022315).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 6 de noviembre del año 2014, se
constituyó la sociedad denominada Sidar Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1
vez.—CE2015001020.—(IN2015022316).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de enero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Logísticas de Costa Rica y
Centro América SLCRCA Logistic Sociedad Anónima.—San José, 13 de febrero
del 2015.—Lic. Luis Diego Salazar Gonzalo, Notario.—1
vez.—CE2015001021.—(IN2015022317).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Dentist Home Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1
vez.—CE2015001022.—(IN2015022318).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Limo Bahía LLC Limitada.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Roxana María Villalobos Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2015001023.—(IN2015022319).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
20 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada CR Fitness Limitada.—San José, 13 de febrero del 2015.—Lic.
Javier Andrés Delgado Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2015001024.—(IN2015022320).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 30 minutos del 6 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Ingenieros Inspectores Sidar Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1
vez.—CE2015001025.—(IN2015022321).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 00 minutos del 25 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Condominio Novaflats S.R. Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Notario.—1
vez.—CE2015001026.—(IN2015022322).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 45 minutos del 13 de febrero del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Sol Zoe Comercial Sociedad Anónima.—San José, 13 de
febrero del 2015.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1
vez.—CE2015001027.—(IN2015022323).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada GV Invest Life Limitada.—San José, 13 de febrero del
2015.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2015001028.—(IN2015022324).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada La Piadina Italiana Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Emma
Zoraida Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—CE2015001029.—(IN2015022325).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Vilmara I.N.C Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1
vez.—CE2015001030.—(IN2015022326).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Profesionales Protectus Sociedad
Anónima.—San José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Adriana Cordero Muñoz,
Notaria.—1 vez.—CE2015001031.—(IN2015022327).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
18 horas 00 minutos del 04 de Diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Andire Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de
febrero del 2015.—Lic. Mireya Eugenia Padilla García, Notaria.—1
vez.—CE2015001032.—(IN2015022328).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Islands of Tranquility Limitada.—San José, 13 de febrero del
2015.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2015001033.—(IN2015022329).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Barkasa Sociedad Anónima.—San José, 13
de febrero del 2015.—Lic. Roxana Chavarría Azofeifa, Notaria.—1
vez.—CE2015001034.—(IN2015022330).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de enero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Asesores Rivalz Sociedad Anónima.—San
José, 13 de febrero del 2015.—Lic. Cindy María Blanco González, Notaria.—1
vez.—CE2015001035.—(IN2015022331).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
SECCIÓN
DE TRÁMITE DE COBRO ADMINISTRATIVO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Dirección
Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección de Trámite de Cobro Administrativo.—San
José, a las nueve horas del cinco de febrero del dos mil quince. No habiendo
sido posible localizar al señor Juan Diego Jiménez Cabezas, cédula de
identidad N° 6-299-174, y en virtud de
seguirse la causa administrativa N° 935-V-11 (B), por suma adeudada al Poder
Judicial, notifíquese por medio de edicto la resolución dictada por esta
Dirección que literalmente dice: “Se concede audiencia N° 3422-13.—Dirección
Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección de Trámite de Cobro Administrativo.—San
José, a las diez horas diez minutos del seis de agosto del dos mil trece.
Procedimiento de cobro administrativo, seguido por daños a los vehículos
propiedad del Poder Judicial placas 794754 y 714523. Antecedentes: 1) En expediente administrativo N° 935-V-11 (B),
que se sigue en esta sede por los daños ocasionados a los vehículos propiedad
del Poder Judicial placas 794754 y 714523, se ha incorporado sentencia dictada
bajo la sumaria N° 11-007855-0174-TR por el Juzgado de Tránsito del Segundo
Circuito Judicial de San José, a las doce horas ocho minutos del cinco de abril
del dos mil trece, en la que se declaró a Juan Diego Jiménez Cabezas, cédula de
identidad N° 4-218-917, autor responsable de la colisión acaecida el 3 de
diciembre del 2011, mientras conducía el vehículo placas BBM-268 (folios 59 a
64). 2) Asimismo, consta en autos que como producto de la colisión en que
resultara responsable el señor Jiménez Cabezas, se ocasionó daños a los
vehículos propiedad del Poder Judicial placas 794754 y 714523, cuyo costo total
de reparación ascendió a la suma de doscientos setenta y tres mil ciento
cuarenta y siete colones con ocho céntimos (¢273.147.08) (folio 36) y
seiscientos diecisiete mil novecientos cinco colones exactos (¢617.905,00)
(folio 50) respectivamente, para un total de ochocientos noventa y un mil
cincuenta y dos colones con ocho céntimos (¢891.052,08). Audiencia: 1) Se hace del conocimiento del señor Juan Diego
Jiménez Cabezas que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la
Ley de Tránsito por vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial y 1045 del Código
Civil, esta Dirección Ejecutiva preparará y remitirá las diligencias
correspondientes a la Procuraduría General de la República para que en defensa
de los intereses del Poder Judicial, ejecute la sentencia judicial condenatoria
y recupere la suma erogada en la reparación de los vehículos oficiales placas
794754 y 714523 por un monto total de ochocientos noventa y un mil cincuenta y
dos colones con ocho céntimos (¢891.052,08). 2) De previo a la remisión de
diligencias referidas, se otorga al señor Juan Diego Jiménez Cabezas la
posibilidad de cancelar o proponer un arreglo de pago ante esta Administración
para cubrir el monto de reparación erogada, para lo cual se le concede un plazo
de diez días hábiles una vez notificada la presente resolución, y se hace de su
conocimiento que el número de cuenta judicial para estos efectos es la N°
20192-08 del Banco de Costa Rica denominada “Contaduría Judicial”. Para
comprobar el pago realizado podrá hacer entrega de copia del depósito original
en esta Dirección o remisión al fax N° 233-8438 dentro de tercer día de
efectuado el depósito. Notificación:
Esta resolución se notifica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° y
siguientes de la Ley de Notificaciones N° 8687 del 4 de diciembre del 2008 y el
artículo 243 de la Ley General de la Administración Pública, reformado mediante
la citada Ley. Se previene al señor Juan Diego Jiménez Cabezas que en el
término de diez días hábiles, debe señalar como medio para atender
notificaciones número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro
medio que permita la seguridad del acto de comunicación conforme a lo dispuesto
en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir
con esta prevención, las resoluciones que se dicten posteriormente se le
notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 11 de la
referida Ley de Notificaciones Judiciales. Queda a su disposición el expediente
administrativo N° 935-V-11 (B)/ eacr / Notifíquese/ Fr. Alfredo Jones León,
Director Ejecutivo”.—MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva.—O.
C. N° 2015-051132.—Solicitud N° 2562.—C-219.370.—(IN2015023429).
DIRECCIÓN
REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES
SUCURSAL
DE CARTAGO
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Lic.
Rafael Alexis Brenes Ramírez, Administrador de la Caja Costarricense de Seguro Social, Sucursal de Cartago. Mediante
el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio
indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos
y trabajadores independientes incluidos en la lista que se detalla. De
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. En el listado se indica el número patronal o del trabajador
independiente nombre de la razón social o nombre del trabajador independiente y
monto de la deuda al mes de febrero del 2015. La institución le concede cinco
días hábiles para que se presenten a normalizar su situación caso contrario el
adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de
cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados
anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso
de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de
la deuda. 3-101-605826 S. A. 3101605826 ¢11.295.684, Abarca Brenes José Gerardo
303500657 ¢1.793.891, Alfaro Segura Siria Ileana 106970045 ¢317.779, Aguilar
Arroyo Roy Fernando 303440792 ¢1.831.008, Aguilar Monge Carlos Fernando
304320614 ¢1.785.755, Aguilar Sánchez Silvia Paola 110600986 ¢2.451.734,
Agrosiboney S. A. 3101303544 ¢636.390, Aragón Poveda Eduardo Enrique 900240278
¢558.944, Asociación Hogar de Recuperación del Enfermo Alcohólico en Cartago
3002168750 ¢520.503, Barrantes Delgado Jorge Eduardo 110210472 ¢463.882,
Bolívar Hidalgo Juan Alejandro 303570158 ¢2.255.981, Bonilla Pereira Fernando
Gerardo 301920997 ¢2.251.365, Business Green Gold S. A. 3101627569 ¢501.474,
Campos Trejos Adriana 303090334 ¢1.635.038, Campos Ramírez Davinson Giovanni
303950905 ¢1.568.020, Catafractos de Plomo S. A. 3101228028 ¢1.020.780,
Computadores Inteligentes S. A. 3101111953 ¢3.418.076, Construcciones Sideral
JKM S. A. 3101639544 ¢5.230.169, Constructora Arguedas y Fallas S. A.
3101194703 ¢1.740.828, Chávez Jirón Bernardo 1690099864 ¢26.105.614, Desarrollos
Arbaa S. A. 3101667090 ¢593.454, Desarrollos Urbanísticos Megval S. A.
3101509508 ¢2.604.793, Distribuidora Buen Día S. A. 3101572669 ¢1.411.220,
Distribuidora El Frutal S. A. 3101448915 ¢1.042.606, Diprobe S. A. 3101574991
¢1.656.615, Do Sport Empresa Individual de Responsabilidad Limitada 3105373132
¢502.785, Gómez Ramírez Mauricio Daniel 303710974 ¢1.434.787, Gómez Bonilla
Marvin Alonso 205830662 ¢734.676, Grupo Ebanista Industrial Guillén y Rivera S.
A. 3101484995 ¢6.158.939, Grupo Independiente de Transportistas TP S. A.
3101062280 ¢3.409.019, Industrias Químico Farmacéuticas Americanas Sociedad
Anónima de Capital Variable 3012415770 ¢967.608, Impresos Gráficos Santa María
S. A. 3101370544 ¢21.048.166, Ingenieros Asesores V A Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada 3105359003 ¢263.806, Inversiones Ellis de Cartago S.
A. 3101442958 ¢2.254.296, Inversiones Daniel Jesús S. A. 310145385 ¢862.126,
Inversiones D & E Cha Sociedad Agencias de Seguros S. A. 3101293998
¢1.152.832, Inversiones Génesis J.E.B.P. de Cartago S. A. 3101513905 ¢438.231,
Inversiones Varias SR Ltda. 3102009888 ¢231.139, Jara Quirós José Maurilio
303310691 ¢7.706.319, Jiménez Guzmán Olga Marta 501740317 ¢1.838.896, Jiménez
Salazar José Leonardo 105280631 ¢1.360.645, Jiménez Solano Rafael 304380545
¢1.279.112, Joman Auto Racing S. A. 3101561213 ¢1.312.134, K&M Systems
Tecnologies S. A. ¢19.306.494, Madriz Solano Bryan José 304220106 ¢1.631.193,
Mai Business S. A. 3101648252 ¢1.885.255, Maimi Directo S. A. 3101295271
¢7.608.001, Mauma de Cartago S. A. 3101198630 ¢11.170.173, Martínez Picado Luis
Alberto 303070807 ¢452.884, Marenco Portocarrero Martín 16326046 ¢2.548.975,
Mata Quintero Jorge 108890614 ¢2.981.956, Méndez Rojas Leonardo 303510512
¢1.341.187, Metales Selmet MS S. A. 3101502645 ¢356.046, Modametro Cero Dos S.
A. 3101150252 ¢2.732.201, Montoya Avendaño Carlos Roberto 302070409 ¢1.447.118,
Molina Mora Magda 105020586 ¢2.002.710, Molina Rojas Pedro 303550678
¢1.893.670, Molina Solano Moisés Gerardo 302450890 ¢2.839.955, Muebles B Y S S.
A. 3101111857 ¢121.312.930, Mynt Paseo Metrópoli S. A. 3101655262 ¢1.163.184,
Núñez Martínez Saúl Bernardo 304250146 ¢1.402.936, Nutrisalud Auricular Picado
S. A. 3101557200 ¢4.473.285, Obando Quesada Mayela 104600113 ¢713.733,
Outsourcing and Consultants Costa Rica S. A. 3101679633 ¢495.903, Pereira
Torres Gilberto 302790427 ¢3.894.560, Pérez Hernández María Emilia 500980149
¢554.531, Piedra Segura Jesús Antonio 109890582 ¢1.835.092, Pielago
Inmobiliaria S. A. 3101228622 ¢1.005.956, Quirós García Manuel 301760973
¢12.822.738, Quirós Román William Andrés 1830103041 ¢1.740.961, Quirós Suarez
Víctor Manuel 109560596 ¢1.669.595, Residencias Jiménez y Navarro S. A.
3101145885 ¢12.079.288, Rojas Salguero Edwin 303890426 ¢2.060.962, Royal Ballet
of Costa Rica S. A. 3101295094 ¢8.130.678, Sáenz Castillo Andrea 113840838
¢928.133, Servicios de Seguridad Rimsa S. A. 3101341356 ¢17.666, Servicios
Técnicos en Electrónica Herrera S. A. 3101173921 ¢12.865.303, Servicios
Profesionales y Mantenimiento Empresarial S. A. 3101548487 ¢17.649.783, Siig
Centroamérica S. A. 3101121484 ¢1.798.648, Stil Rama S. A. 310157115
¢6.256.120, Solano Gómez José Giovanny 302990860 ¢1.367.582, Solano Loria
Adrián 109370444 ¢479.414, Transportes Samahia S. A. 3101601457 ¢192.088, Vargas
Conejo Jerry David 304060888 ¢1.657.386, Winter Villalobos Aarón 303680127
¢2.165.895, Zúñiga Quesada Margarita 103600031 ¢2.582.009.—Lic. Rafael Alexis
Brenes Ramírez, Jefe Administrativo.—(IN2015023299).
SUCURSAL
DE HEREDIA
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Lic.
Miguel A. Vargas Rojas, Administrador de la Sucursal de Heredia, Caja
Costarricense de Seguro Social, mediante
el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio
indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los
patronos y trabajadores independientes incluidos en el listado que se detalla,
de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. A continuación se detallan por nombre de los patronos, número patronal
y el monto de la deuda al 7 de abril del 2015. La Institución le concede cinco
días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el
adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de
cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados
anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso
de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de
la deuda total. ACUÑA VALVERDE ORLANDO 105340304-001-001 ¢16.843,901.00.—Lic.
Miguel A. Vargas Rojas, Jefe Administrativo.—(IN2015023321).
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS
DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
La Junta Directiva General en su
sesión N° 13-14/15-G.O., de fecha 03 de marzo de 2015, acordó autorizar a la
Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el
acuerdo N° 20, de la sesión N° 40-12/13-G.E., debido a que según constancia
TH-049-2015 del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente
imposible notificar al Ing. Alejandro Alvarado Orozco representante legal de
Grupo Constructivo Alta Limitada (CC-06602), en el expediente N° 039-13: “La
Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en
su sesión N° 40-12/13-G.E. de fecha 17 de setiembre de 2013, acordó lo
siguiente:
“Acuerdo N° 20:
Se conoce oficio N° 3978-2013-DRD del Instructor de
Régimen Disciplinario, en relación con el expediente N° 039-13 de investigación
iniciada de oficio por el C.F.I.A. y posteriormente denuncia interpuesta por la
Sra. Miriam Esquivel Villegas, en contra del Grupo Constructivo Alta Limitada
(CC-06602) y del Ing. Alejandro Camacho Abarca (ICO-14064).
(…)
Por lo tanto se acuerda:
a. Se aprueba
lo recomendado por el Instructor de Régimen Disciplinario y en consecuencia, se
ordena ARCHIVAR la causa seguida al Ing. Alejandro Camacho Abarca ICO-14064, en
el expediente N° 039-13, al no evidenciar prueba suficiente que permitiera
determinar la promoción de acciones contrarias al buen ejercicio por parte del
profesional precitado.
Este es un acuerdo
firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior
General. Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código
Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento
de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los
Tribunales de Justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo
señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, las partes podrán interponer
recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá
plantearse en la Plataforma de Servicios o en su defecto en las sedes
regionales del Colegio Federado, en el término de diez días hábiles, contados a
partir de la notificación a la presente resolución.
b. Se aprueba lo
recomendado por el Instructor de Régimen Disciplinario, de instaurar un
Tribunal de Honor a la empresa Grupo Constructivo Alta Ltda. CC-06602, en el
expediente N° 039-13, de investigación iniciada de oficio por el C.F.I.A. y
posteriormente denuncia interpuesta por la Sra. Miriam Esquivel Villegas; con
el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio N° 3978-2013-DRD.
c. El Tribunal de Honor para la empresa
investigada, estará conformado por el Ing. Luis González Espinoza, el Arq.
Ricardo Fliman Wurgaft, el Ing. Jorge Rojas Soto (en calidad de suplente), del
Tribunal de Honor de Empresas; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su
condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.
d. El
Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del
procedimiento.
Asimismo, se informa que el CFIA
garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los
antecedentes que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución
cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá
plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de
la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el
artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.—San
José, 24 de marzo de 2015.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C.
Nº 218-2015.—Solicitud Nº 30245.—(IN2015022815).