LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA
DECRETA:
CREACIÓN
DEL DISTRITO 7° DEL CANTÓN
DE MORA,
QUITIRRISÍ
ARTÍCULO
1.-
Se
crea el distrito 7° del cantón de Mora, Quitirrisí, cuya cabecera será
Quitirrisí centro. El distrito tendrá los caseríos de San Juan, San Martín,
Cañas y Quebrada Honda.
ARTÍCULO 2.-
Los
límites del distrito Quitirrisí se describen así:
- Está localizado en las hojas cartográficas
del Instituto Geográfico Nacional, escala 1:50,000 Abra 3345 I y río Grande
3325 IV.
- Se localiza por las siguientes coordenadas: partiendo
del punto de coordenadas N 207 600 E 511 950 punto de intersección entre la
quebrada Honda y la carretera nacional Ciudad Colón-Puriscal. Se sigue aguas
arriba por la quebrada Honda, hasta la unión con uno de sus afluentes en
coordenadas N 207 610 E 512 090. Continúa por el afluente aguas arriba, hasta
el punto de coordenadas N 208 450 E 513 650.
El lindero del distrito sigue por los puntos de
coordenadas:
N 208 500 E 514 575
N 207 975 E 515 100 (HITO 1813)
N 207 650 E 515 675
N 207 350 E 515 300 naciente en el mapa de la quebrada
Barro.
Se sigue aguas abajo por esta
quebrada hasta el punto de coordenadas N 205 000 E 513 400. De ahí un oeste
franco al punto de coordenadas N 205 000 E 511 825, punto que interseca la
quebrada Mina. Se continúa al punto de coordenadas N 205 050 E 511 725, donde
se interseca la quebrada Mónica. El límite continúa aguas abajo por la quebrada
Mónica, hasta el punto de coordenadas N 204 550 E 510 950. Se sigue al punto de
coordenadas N 204 600 E 510 100 donde se interseca la quebrada Mata,
continuando aguas arriba por esta quebrada hasta el punto de coordenadas N 205
100 E 509 250.
Se continúa al punto de coordenadas N 205 000 E 509
350, carretera entre Morado y Guayabo. Se sigue por la carretera de Guayabo
hasta el punto de coordenadas N 205 550 E 508 675, punto de intersección entre
la carretera a Guayabo y la carretera Ciudad Colón. De este punto se sigue por
una recta, al punto de coordenadas N 205 650 E 508 550. De ahí se sigue por una
quebrada (representada en el mapa por curvas de nivel) aguas abajo, hasta su
confluencia con el río Jaris en coordenadas N 206 600 E 508 050. Sigue el
lindero aguas abajo por el río Jaris hasta el punto de coordenadas N 208 750 E
504 900, punto donde confluye la quebrada Pita sobre el río Jaris. Se sigue
aguas arriba por esta quebrada Pita, hasta su naciente en el mapa en
coordenadas N 209 660 E 506 215. De ahí una recta a punto de coordenadas N 209
900 E 506 500, punto que interseca el camino Guaco. Se sigue por este camino
con rumbo sureste, hasta el punto de coordenadas N 208 575 E 508 205. De ahí se
continúa por una trocha rumbo noroeste, hasta la intersección de esta trocha
con la quebrada Chavarría en coordenadas N 209 275 E 509 650. Se continúa aguas
abajo por la quebrada Chavarría, hasta su confluencia con la quebrada Honda en
coordenadas N 209 445 E 509 775, para continuar aguas arriba por la quebrada
Honda hasta el punto coordenadas N 207 600 E 511 950. Punto inicial de la
presente descripción.
ARTÍCULO 3.-
El Instituto Geográfico Nacional preparará el mapa
oficial del distrito, de conformidad con los límites descritos en el artículo 2
de esta ley.
ARTÍCULO 4.-
La elección de los síndicos propietarios y suplentes
del distrito 7° del cantón de Mora, Quitirrisí, será organizada y dirigida por
el Tribunal Supremo de Elecciones, seis meses después de que entre en vigencia
la presente ley.
Rige a partir de su publicación.
COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA
TERCERA.- Aprobado el tres de setiembre de dos mil catorce.
Víctor Hugo Morales
Zapata Carmen Quesada
Santamaría
PRESIDENTE SECRETARIA
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- A los once días del mes de
setiembre de dos mil catorce.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Henry Manuel Mora Jiménez
PRESIDENTE
Luis Vásquez Castro Jorge
Rodríguez Araya
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho
días del mes de setiembre del año dos mil catorce.
Ejecútese y
publíquese.
LUIS GUILLERMO
SOLÍS RIVERA.—La Ministra a. í. de Gobernación y
Policía, Bernardita Marín Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 20363.—Solicitud Nº
0643.—C-43980.—(L9269-IN2014071520).
N°
129-PE
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen
los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562
del 7 de diciembre del 2006; la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General
de la Administración Pública, y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y
Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar a la Sra. Lilliana
Montero Solano, cédula N° 1-0397-0207, funcionaria de la Secretaría Ejecutiva
de Planificación Sectorial Agropecuaria -SEPSA-, para que participe en la gira
técnica para conocer la experiencia de “Escuelas Vivas Sostenibles” del
Proyecto GCP/RLA/180/BRA-Fortalecimiento de los programas de alimentación
escolar en el marco de la iniciativa América Latina y Caribe sin hambre 2025,
que se realizará en Honduras del 18 al 20 de agosto del 2014.
2º—Los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán cubiertos por la FAO.
3º—Rige a partir del 17 al 21 de agosto del 2014.
Dado en el Despacho Ministerial, el
trece de agosto del dos mil catorce.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro
de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. N°
4837.—Solicitud N° 4512.—C-18430.—(IN2014066659).
N°
141-PE
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen
los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; la Ley N° 8562
del 07 de diciembre del 2006; la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley
General de la Administración Pública, y el artículo 34 del Reglamento de Viajes
y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar al Ing. Norman Ricardo
Mora Segura, cédula N° 1-711-347, funcionario del ASA de Venecia, San Carlos -
Dirección Regional Huetar Norte, para que participe en el “Curso Internacional
de Desarrollo de Capacidades para el Fortalecimiento del Extensionismo Rural”,
que se realizará del 22 de setiembre al 10 de octubre del 2014, en la Ciudad de
México y los Estados de Oaxaca y Chiapas.
2º—Los gastos de transporte aéreo y terrestre, visa
de cooperante, alojamiento, alimentación, viáticos y seguro de viaje serán
cubiertos por las instituciones organizadoras (Secretaria del Campo de Gobierno
del Estado de Chiapas, Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural,
Pesca y Alimentación-SAGARPA-, Dirección General de Cooperación Técnica y
Científica-DGCTC-, Agencia de Cooperación Internacional de Japón-JICA).
3º—Rige a partir del 21 de setiembre al 11 de
octubre del 2014.
Dado en el Despacho Ministerial, el
veintidós de agosto del dos mil catorce.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro
de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. N°
4618.—Solicitud N° 4303.—C-23260.—(IN2014066672).
N°
153-PE
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen
los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; la Ley N° 8562
del 07 de diciembre del 2006; la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General
de la Administración Pública, y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y
Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar al
Sr. Mauricio Chacón Navarro, cédula N° 1-696-042, funcionario de la Dirección
Nacional de Extensión Agropecuaria para que participe como expositor en el
“Foro Latinoamericano y del Caribe de Carbono”, que se realizará del 3 al 5 de
setiembre del 2014, en Bogotá, Colombia.
2º—Los gastos de viaje,
alojamiento y alimentación serán cubiertos por el PNUD.
3º—Rige a partir del 2 al 6 de
setiembre del 2014.
Dado en el
Despacho Ministerial, el uno de setiembre del dos mil catorce.
Luis Felipe Arauz
Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1
vez.—O. C. N° 4618.—Solicitud N° 4304.—C-15250.—(IN2014066668).
N° 164-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución
Política; la Ley N° 8562 del 7 de diciembre del 2006; la Ley N° 6227 del 2 de
mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar al
Sr. Óscar Vásquez Rosales, cédula N° 5-215-371, funcionario de la Dirección
Nacional de Extensión Agropecuaria para que participe en el “III Seminario
Regional de “Un Pueblo Un Producto (OVOP, UPUP)”, que se realizará del 17 al 20
de setiembre del 2014, en República Dominicana.
2º—Los gastos de viaje, alojamiento
y alimentación serán cubiertos por la Agencia de Cooperación Internacional de
Japón (JICA).
3º—Rige a partir del 17 al 21
de setiembre del 2014.
Dado en el
Despacho Ministerial, el diez de setiembre del dos mil catorce.
Luis Felipe Arauz
Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1
vez.—O. C. N° 4618.—Solicitud N° 4305.—C-16240.—(IN2014066661).
N° 171-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución
Política; la Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006; la Ley N° 6227 del 02 de
mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar al
Sr. Felipe Arguedas Gamboa, cédula N° 1-0507-0778, funcionario de la Dirección
Nacional de Extensión Agropecuaria-DNEA, para que participe en el curso
“Políticas de alto nivel de América Latina sobre nuevos conceptos de
extensión”, organizado por la Red Latinoamericana de Extensión Rural (RELASER),
que se realizará del 29 de setiembre al 3 de octubre del 2014, en Montevideo,
Uruguay.
2º—Los gastos de viaje,
alojamiento y alimentación serán cubiertos por el MEAS-RELASER.
3º—Rige a partir del 27 de
setiembre al 5 de octubre del 2014.
Dado en el
Despacho Ministerial, el diecinueve de setiembre del dos mil catorce.
José Joaquín
Salazar Rojas, Ministro de Agricultura y Ganadería a. í.—1
vez.—O. C. N° 4618.—Solicitud N° 4306.—C-17680.—(IN2014066665).
N° 179-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución
Política; la Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006; la Ley N° 6227 del 2 de
mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar al Sr. Minor Moya
Arguedas, cédula N° 3-254-476, funcionario de la Dirección Nacional de
Extensión Agropecuaria, para que participe en el curso “Eventos Extremos y
adaptación al Cambio Climático”, que se realizará del 29 de setiembre al 3 de
octubre del 2014, en Cartagena de Indias, Colombia.
2º—Los costos de alojamiento y alimentación serán
cubiertos por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo-AECID y los tiquetes aéreos por el Programa 169-MAG.
3º—Rige a partir del 28 de setiembre al 4 de octubre
del 2014.
Dado en el Despacho Ministerial, el
veinticinco de setiembre del dos mil catorce.
José Joaquín Salazar Rojas, Ministro
de Agricultura y Ganadería a. í.—1 vez.—O. C. N°
4618.—Solicitud N° 4302.—C-17750.—(IN2014066663).
N°
0145-2014
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO
DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140
incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27
párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la
Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el
Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado
Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y,
Considerando:
I.—Que con fundamento en el artículo
20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, mediante
Acuerdo Ejecutivo N° 679-2010 de fecha 9 de diciembre de 2010, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 42 del 01 de marzo de 2011, a la empresa
Bass Americas S. A., cédula jurídica número 3-101-064151, se le otorgaron los beneficios
e incentivos contemplados por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus
reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de
conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.
II.—Que el señor Gustavo Guzmán Cruz, mayor,
portador de la cédula de identidad número 1-1080-621, en su condición de
Vicepresidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de
la empresa Bass Americas S. A., cédula jurídica número 3-101-064151, presentó ante
la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante “PROCOMER”),
solicitud para que se le otorgue nuevamente el Régimen de Zonas Francas a su
representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.
III.—Que en la solicitud
mencionada Bass Americas S. A., se comprometió a mantener una inversión real de
al menos US $4.564.609,00 (cuatro millones quinientos sesenta y cuatro mil
seiscientos nueve dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Así
mismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total
de US $500.000,00 (quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América), así como un nivel adicional de empleo de 50 trabajadores,
según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso
al Régimen de Zonas Francas presentada por la empresa. Lo anterior implica una
importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a Costa Rica,
aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar el encadenamiento entre
las empresas nacionales y compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas,
con la finalidad de aumentar el valor agregado de los productos nacionales.
IV.—Que la instancia interna de la Administración de
PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta Directiva de PROCOMER en
la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la
empresa Bass Americas S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y
legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de
PROCOMER número 18-2014, acordó someter a consideración del Ministerio de
Comercio Exterior la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas
presentada, a fin de que dicho órgano ejerza la facultad establecida en el
artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas,
determine si en la especie resulta aplicable la excepción que contempla dicho
artículo, y analice si se trata de una inversión adicional, cuya magnitud y
beneficios justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales
establecidos en la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su
Reglamento.
V.—Que en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo
considera que en la especie resulta aplicable la excepción que contempla el
referido artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus
reformas, en tanto se trata de una inversión adicional cuya magnitud conlleva
una serie de beneficios, que justifican razonablemente el otorgamiento de los
incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990,
sus reformas y su Reglamento.
VI.—Que se ha cumplido con
el procedimiento de Ley. Por tanto;
ACUERDAN:
1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas
a la empresa Bass Americas S. A., cédula jurídica número 3-101-064151 (en
adelante denominada “la beneficiaria” o “la empresa”), clasificándola como
Empresa de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley
N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas.
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en
brindar servicios de soporte administrativo y de negocios.
3º—La beneficiaria operará dentro del parque
industrial denominado Batcca Park Inversiones Inmobiliarias S. A., ubicado en
la provincia de Heredia.
4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y
beneficios contemplados en la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus
reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego
a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como
PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios
otorgados en virtud de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas,
quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados
internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC),
incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
(ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del
artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado
costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas que de acuerdo con el ASMC constituyan
subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las
prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países
en desarrollo.
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe
tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755 del 3 de mayo de 1971 y sus
reformas, en lo que resulten aplicables.
Así mismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar
la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas, si cumple con los requisitos y condiciones
establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la discrecionalidad que, para
tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo.
5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo
20 inciso g) de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la
beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así
como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las
ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o
ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus
servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos
establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley Nº 7210 del 23 de noviembre
de 1990 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los
impuestos respectivos.
6º—La beneficiaria se obliga a
realizar y mantener un nivel mínimo real de empleo de 113 trabajadores, a
partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y
mantener un nivel mínimo total de empleo de 163 trabajadores, a partir del 15
de marzo de 2017. Asimismo, se obliga a mantener una inversión real de al menos
US $4.564.609,00 (cuatro millones quinientos sesenta y cuatro mil seiscientos
nueve dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a
partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y
mantener una inversión nueva adicional total de al menos US $500.000,00
(quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), a más tardar el 15 de marzo de 2017. Por lo tanto, la beneficiaria se
obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US
$5.064.609,00 (cinco millones sesenta y cuatro mil seiscientos nueve dólares,
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa
beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado
nacional del 91%.
PROCOMER vigilará el
cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con
los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen
de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de
Operaciones que suscribirá la beneficiaria con PROCOMER, como una obligación a
cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen de
Zonas Francas a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros,
la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente
señalados.
7º—Una vez suscrito el Contrato
de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de
uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo
Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie
dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el
referido canon, para lo cual PROCOMER seguirá tomando como referencia para su
cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
Para efectos de cobro del
canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales
realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo
del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las
proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
8º—La beneficiaria se obliga a
cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente
y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá
presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el
caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la
beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio
ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el
desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado
por las autoridades competentes.
9º—La beneficiaria se obliga a
presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y
conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses
siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada
a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la
información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso
del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá
permitir que funcionarios de PROCOMER ingresen a sus instalaciones, en el
momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990,
sus reformas y su Reglamento.
10.—En caso de incumplimiento
por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes,
reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle
multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios
incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas, o revocarle el otorgamiento del Régimen de
Zonas Francas, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo
dispuesto en la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su
Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las
demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren
corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.
11.—Una vez comunicado el
presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con
PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a
firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta
situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará
sin efecto el que le otorgó el Régimen de Zonas Francas.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo
del Régimen de Zonas Francas, la empresa deberá haber sido autorizada por la
Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera,
según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.
12.—Las directrices que
para la promoción, administración y supervisión del Régimen de Zonas Francas
emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las
personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con PROCOMER.
13.—El uso indebido de los
bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de
Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza
las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos
Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás
sanciones que establece la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus
reformas, su Reglamento y demás leyes aplicables.
14.—La empresa beneficiaria
se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, así como con las obligaciones
propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.
15.—De conformidad con el
artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley
N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las
obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las
exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento
administrativo correspondiente.
16.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de
su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo N° 679-2010 de fecha 9 de
diciembre de 2010 y sus reformas, sin alterar los efectos producidos por el
mismo durante su vigencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintitrés días del mes de julio del dos
mil catorce.
LUIS GUILLERMO
SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior,
Alexander Mora Delgado.—1 vez.—(IN2014065686).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
La doctora Laura Ramírez Chinchilla,
número de cédula 3-356-735, vecina de San José en calidad de regente
veterinario de la compañía Importadora de Alimentos S. A., con domicilio en San
José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Nogastrol, fabricado por Laboratorios Donato Zurlo & Cía. para Laboratorios
Mayors S.R.L., de Argentina, con los siguientes principios activos: Cada comprimido
de 383 mg contiene: Omeprazol Pellets 8.5 % 117.53 mg, (equivalente a 10 mg de
omeprazol por comprimido) y las siguientes indicaciones terapéuticas:
Tratamientos de úlceras, esofagitis y erosiones gástricas inducidas por
fármacos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia,
a las 10:00 horas del día 23 de setiembre del 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri,
Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014065614).
La doctora Laura Chaverri Esquivel con
número de cédula 4-168-911, vecina de Heredia en calidad de regente veterinario
de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Servet S. A., con domicilio en
Escazú, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Nobillis Gumboro 228 E fabricado por Laboratorios Intervet International B.V.
de Holanda, con los siguientes principios activos: Cada dosis contiene: Virus
vivo de la enfermedad de Gumboro cepa 288 E >
2 log 10EID50 y las siguientes indicaciones terapéuticas:
Inmunización activa de aves frente a la enfermedad de Gumboro. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 12
horas del día 08 de setiembre del 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de
Registro.—1 vez.—(IN2014066866).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 25, asiento 4, título N° 88, emitido
por el Saint Gregory School, en el año dos mil cinco, a nombre de Piedra Núñez
Harold, cédula 1-1361-0599. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de agosto del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063655).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título N° 154, emitido por el CINDEA
Bribrí, en el año dos mil siete, a nombre de Nixon Yovanny Zeledón Muñoz. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y
cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Nixon Yovanny
Díaz Zeledón cédula 7-0141-0174. Se pública este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063340).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 149, asiento 13,
título N° 1041, y del título de Técnico Medio en la Especialidad Contabilidad y
Finanzas, inscrito en el tomo 2, folio 48, asiento 14, título N° 1620, ambos
títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el
año dos mil siete, a nombre de Calderón Jiménez Andrey Alberto, cédula
1-1402-0375. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días
del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063343).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título N° 49,
emitido por el Colegio Humanístico Costarricense, en el año dos mil siete, a nombre de Chaves
Marchena Jessica Tatiana, cédula 6-0387-0985. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintinueve días del mes de
setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063358).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 62, título N° 818, emitido por el Sistema
Educativo Saint Clare, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de
Carballo Gómez Andrea, cédula 1-1014-0541. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063684).
Ante este Departamento se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 4, folio 173, título N° 955, emitido por el Colegio de Bagaces, en
el año dos mil trece, a nombre de Vásquez Bolaños Kevin Darío, cédula
2-0720-0956. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días
del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063698).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
la Educación Diversificada de Adultos, “Área de Ciencias”, inscrito en el Tomo
V, Folio 120, Título N° 938, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique
Menzel, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Herberth García
Muñoz. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original y por corrección del nombre, cuyo nombre y apellido correcto es:
Gebert García Muñoz, cédula 3-0277-0632. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de setiembre
del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063720).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 94, Título N° 764,
emitido por el Liceo Diurno de Ciudad Colón, en el año dos mil tres, a nombre
de Morales Núñez Mariela Idalie, cédula 1-1289-0925. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles
a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de setiembre
del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063767).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 183, Título N° 936,
emitido por el Liceo Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil once, a nombre
de Delgado Carranza Priscila Michelle, cédula 1-1557-0694. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días
del mes de setiembre del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063942).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 238, emitido por el Colegio
Humboldt, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Sosa Soto
Christian, cédula 2-0497-0147. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San
José, veinticinco de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014064200).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el
tomo 1, folio 80, título N° 2396, emitido por el Colegio Bilingüe de Palmares,
en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Rojas Suarez Kattia
Marlene, cédula 5-0256-0619. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el diario oficial La Gaceta.—San
José, once de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014064222).
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 307, Título N° 2995,
emitido por el Colegio de Naranjo, en el año dos mil nueve, a nombre de Porras
Arrieta Luis Fernando, cédula 2-0705-0361. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en
San José, a los veinte días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014064975).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 36, Asiento 16, Título N° 582, emitido por
el Colegio Nocturno de Río Frío con Sección Diurna, en el año dos mil seis, a
nombre de González Molina Yana Raquel, cédula 4-0233-0553. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. Dado en San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos
mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065029).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 45, Asiento 35, Título N° 338, emitido por
el Colegio Técnico Profesional de Acosta, en el año mil novecientos noventa y
ocho, a nombre de Sequeira Meza Andrea, cédula 1-1074-0908. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. Dado en San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del
dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065030).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 6, asiento 21, emitido por el Liceo de
Miramar, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Alán Flores
Hellen Ester, cédula 6-0248-0644. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de
setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065656).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Cambio
de Nombre por Fusión Nº 92563
Que Alejandra Bastida Álvarez, casada una
vez, cédula de identidad 108020131, en calidad de apoderada especial de Gruma
S. A.B DE C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre por fusión de Investigación de Tecnología Avanzada S. A., de C. V.
domiciliada en Avenida Ruiz Cortinez, número 2002 Oriente; Colonia La Purísima,
Guadalupe, Nuevo León, México por el de Gruma S. A.B. de C.V. domiciliada en
Río de La Plata Nº 407 oste, Colona del Valle, San Pedro, Garza García, Nuevo
León, México, prevaleciendo la última, presentada el día 29 de julio del 2014
bajo expediente 92563. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-7340830 Registro Nº 73408 MASECA en clase 30 marca denominativa,
2012-0008514 Registro Nº 226172 G Gruma Taste Nutrition Quality en clase 30
Marca Mixto, 2012-0008515 Registro Nº 226173 G Gruma en clase 30 Marca Mixto y
2012-0008516 Registro Nº 226174 G en clase 30 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la
Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de
setiembre del 2014.—Walter Campos Fernández, Registrador.—(IN2014065959).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Cristian Calderón Cartín,
mayor, abogado, cédula 1-800-402, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Ranbaxy Laboratories Limited, de India, solicita la
Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA METALPROTEINASA MATRIZ. El presente invento se relaciona con
ácidos carboxílicos sustituidos mediante B-hidroxi y amino, que actúan como
inhibidores de la metaloproteasa matriz,
ácidos carboxílicos B-hidroxi diastereoméricamente puros, procesos
correspondientes para la síntesis de composiciones farmacéuticas que contienen
los compuestos del presente invento. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: C07D 209/48; C07D 401/06; A61K 31/403/A61P 29/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Sattigeri, Viswajanani J, Palle, Venkata P, Khera, Manoj
Kumar, Reddy, Ranadheer, Towari, Manoj Kumar, Soni, Ajay, Rauf, Abdul Rehnian
Abdul, Joseph, Sony, Musib, Arpita, Dastidar, Sunanda G, Srivastava, Punit
Kumar. Prioridad: 22/08/2006 In 1880/DEL/2006; 28/02/2008 // WO2008/023336. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140412, y fue presentada a
las 12:22:00 del 08 de setiembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José,
09 de setiembre del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014066122).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
Civiles
avisos
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad
Asociación Iglesia Bautista Alma Misionera, con domicilio en la provincia de
Alajuela-Grecia, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Predicar y dar a conocer por todos los medios lícitos las enseñanzas contenidas
en la Santa Biblia, cuyo representante, será el presidente Jorge Alexander
Azofeifa Chacón, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 236461—Curridabat, 17 de setiembre del
2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014065643).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
Asociación de Productores Agropecuarios del Caribe, con domicilio en la
provincia de Limón-Pococí, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Promover el desarrollo socioeconómico de todos sus asociados, cuyo
representante, será el presidente Federico Antonio Brenes Parra, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2014, asiento: 157344.—Curridabat, 8
de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014065685).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de
la persona jurídica cédula 3-002-145149, denominación; Asociación Tilawa Veinte
Treinta, por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 244527.—Curridabat,
9 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014065913).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de
la persona jurídica cédula 3-002-139579, denominación Asociación para la
Conservación y Desarrollo de Barrio Amón, por cuanto dicha reforma cumple con
lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014, asiento:
220224.—Curridabat, 13 de agosto del 2014.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014065937).
El Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad:
Asociación Club de Leones Miravalles-Guayabo, con domicilio en la provincia de:
Guanacaste-Bagaces. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
entre otros: gestionar, ayudar y apoyar a los vecinos de Guayabo y comunidades
vecinas, a impulsar proyectos de desarrollo social, organizativo y vecinal.
Cuyo representante, será el presidente: Luis Ángel Porras Cruz, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus
reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2014, asiento: 106304 con adicional(es): 2014-204862.—Dado en el Registro Nacional, a las once horas diez
minutos y quince segundos del dos de octubre del dos mil catorce.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2014066670).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de
la persona jurídica cédula: 3-002-446318, denominación: Asociación Pro
Biblioteca Pública de Nicoya Felipe Díaz Vidaurre. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2014 Asiento: 102603 con adicional(es): 2014-194972.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 53 minutos y
6 segundos, del 23 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2014066960).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación Oromontana de Personas con Discapacidad ASOPEDI, con domicilio en la
provincia de: Puntarenas-Montes de Oro, cuyos fines principales, entre otros
son los siguientes: promover, proteger y defender los derechos de las personas
con discapacidad, en función de lograr el pleno ejercicio, goce y disfrute de
esos derechos. Cuya representante, será la presidenta: Ana Victoria Prendas
Garita, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 237667 con adicional (es): 2014-254867.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 25 minutos y
28 segundos, del 23 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2014066974).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
Habilitación como Notario(a) Público(a). La Dirección
Nacional de Notariado, con oficinas en Curridabat, diagonal al Colegio de
Ingenieros y Arquitectos, Edificio Galerías del Este, hace saber: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación como
delegatario para ser y ejercer la función pública estatal del notariado, por
parte de: Irene González Campos, con cédula de identidad N° 1-0726-0414, carné
de abogada N° 6276. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito
a esta Dirección dentro de los quince días hábiles siguientes a esta
publicación. Expediente N° 14-001265-0624-NO.—San
José, 6 de octubre del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Anaida Cambronero
Anchía, Abogada.—1 vez.—(IN2014071195).
La Dirección
Nacional de Notariado, hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función
notarial de la Lic. Nazareth Abarca Madrigal, cédula de identidad N°
2-0566-0804, carné profesional N° 21965. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los
comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta
publicación. Expediente N° 14-001307-0624-NO.—San
José, 7 de octubre del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias
Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2014071233).
Habilitación como Notario(a) Público(a). La Dirección
Nacional de Notariado con oficinas en Curridabat, diagonal al Colegio de
Ingenieros y Arquitectos, Edificio Galerías del Este, hace saber: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación como
delegataria para ser y ejercer la función pública estatal del notariado, por
parte de: Leydi María Alfaro Calvo, cédula de identidad N° 2-0460-0366, carné
profesional N° 22054. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito
a esta Dirección dentro de los quince días hábiles siguientes a esta
publicación. Expediente N° 14-001305-0624-NO.—San
José, 9 de octubre del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Jeffry Juárez Herrera,
Abogado.—1 vez.—(IN2014071329).
Habilitación como Notario(a) Público(a). La Dirección
Nacional de Notariado con oficinas en Curridabat, diagonal al Colegio de
Ingenieros y Arquitectos, Edificio Galerías del Este, hace saber: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación como
delegatorio para ser y ejercer la función pública estatal del notariado, por
parte de: Geraldine Marín Villegas, cédula de identidad N° 2-0647-0026, carné
profesional N° 22107. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito
a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta
publicación. Expediente N° 14-001319-0624-NO.—San
José, 20 de octubre del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Jeffry Juárez
Herrera, Abogado.—1 vez.—(IN2014071432).
La Dirección
Nacional de Notariado, hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función
notarial del Lic. Henry Campos Monge, cédula de identidad N° 6-0310-0317, carné
profesional N° 21881. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección
dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente N°
14-001212-0624-NO.—San José, 14 de octubre del
2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2014071485).
La Dirección Nacional de Notariado,
hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y
habilitación para el ejercicio de la función notarial de la Lic. Debbie
Elizabeth Solano Quintanilla, cédula de identidad N° 1-1377-0443, carné
profesional N° 21937. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección
dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente N°
14-001342-0624-NO.—San José, 13 de octubre del
2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2014071508).
SOMETE
A CONSULTA PÚBLICA NO VINCULANTE EL “PROYECTO CANON DE RESERVA DEL ESPECTRO
RADIOELÉCTRICO 2015”
El Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones, por medio del Viceministerio de Telecomunicaciones, de
conformidad con lo contenido en el artículo 361 de la Ley General de la
Administración Pública Nº 6227, somete a consulta pública no vinculante el
“Proyecto Canon de Reserva del Espectro Radioeléctrico 2015”, remitido el 26 de
setiembre de 2014, por parte de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Las
personas interesadas, podrán hacer llegar sus observaciones o comentarios a la
Dirección de Evolución y Mercado de Telecomunicaciones del Viceministerio de
Telecomunicaciones, del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
(MICITT), ubicada en San José, Barrio Tournón, Edificio Almendros, diagonal a
las oficinas del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), en el
horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., al fax 2211-1280 o al correo electrónico
planeacion@telecom.go.cr dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la
presente publicación.
Para
consultar el texto del proyecto presentado por SUTEL, favor visitar la
dirección electrónica:
http://www.telecom.go.cr/cp_canon_2015.—Allan Ruiz M., Viceministro de Telecomunicaciones.
Allan Mauricio Ruiz Madrigal.—1
vez.—O. C. Nº 3400020734.—Solicitud Nº 20823.—C-Crédito.—(IN201066370).
SALA CONSTITUCIONAL
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A
LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE
SABER:
Que en la acción de inconstitucionalidad
que se tramita con el número 13-009661-0007-CO, promovida por Jorge Alberto
Gutiérrez Diemissen, para que se declaren inconstitucionales los artículos 52
incisos e), f) y g), 53 y 66 incisos d) y e) de la Segunda Convención Colectiva
suscrita entre la Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP) y la
Municipalidad de Santa Ana, se ha dictado el VOTO número 2014005798 de las
dieciséis horas y treinta y tres minutos del treinta de abril del dos mil
catorce, que literalmente dice:
Por tanto: «Se declara parcialmente con lugar la
acción, en los siguientes términos: 1) es inconstitucional el inciso e) del
artículo 52 de la Segunda Convención Colectiva suscrita entre la ANEP y la
Municipalidad de Santa Ana, por reconocer tres días hábiles adicionales de
vacaciones al año a quienes no hayan faltado ni incurrido en llegadas tardías;
2) es inconstitucional el inciso f) del artículo 52 de la Segunda Convención
Colectiva suscrita entre la ANEP y la Municipalidad de Santa Ana, por autorizar
el pago de un “subsidio vacacional” a todos los servidores municipales al
momento de que disfrutan de dicho descanso anual; 3) no es inconstitucional el
inciso g) del artículo 52 de la Segunda Convención Colectiva suscrita entre la
ANEP y la Municipalidad de Santa Ana, siempre y cuando se interprete conforme
al Derecho de la Constitución que las vacaciones profilácticas reconocidas en
esa norma serán autorizadas únicamente para aquellos trabajadores municipales
de campo que, por sus funciones, necesiten ineludiblemente de este descanso
adicional; 4.1) es inconstitucional la frase “sin límite de años” contenida en
el artículo 53 de la Segunda Convención Colectiva suscrita entre la ANEP y la
Municipalidad de Santa Ana, en cuanto excede el parámetro de veinte años que
esta Sala ha estimado razonable como tope por concepto de cesantía; 4.2) es
inconstitucional el punto e) de este mismo artículo 53, dado que no cabe el
pago de preaviso y cesantía en los casos de renuncia del trabajador; 4.3) es
inconstitucional que el artículo 53 reconozca el pago del preaviso en el caso
de jubilación (punto b de la norma) y fallecimiento (punto c); 4.4) no es
inconstitucional la frase “por cualquier causa” de este ordinal 53 siempre y
cuando se interprete que el pago de preaviso y cesantía solo resulta válido en
los supuestos de supresión del cargo y
despido con responsabilidad patronal en el caso de que no exista restitución al
puesto; 5) no son inconstitucionales los incisos d) y e) del artículo 66 de la
Segunda Convención Colectiva suscrita entre la ANEP y la Municipalidad de Santa
Ana, en la medida que establecen un reajuste salarial adicional a los aumentos
ordinarios, que deviene razonable y proporcionado. Esta sentencia tiene efectos
declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin
perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este
pronunciamiento a la Municipalidad de Santa Ana, a la Asociación Nacional de
Empleados Públicos (ANEP) y a la Procuraduría General de la República. Reséñese
este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese
íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. Los Magistrados Armijo y
Jinesta salvan el voto y declaran inadmisible la acción, cada uno con sus
razones particulares.»
San José, 11 de setiembre del 2014.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2014066473) Secretario
N° 3591-M-2014.—Tribunal
Supremo de Elecciones.—San José, a las catorce horas cincuenta minutos del
veintitrés de setiembre de dos mil catorce.
Diligencias de cancelación de credenciales de regidora
suplente de la Municipalidad de Santa Bárbara, provincia Heredia, que ostenta
la señora Diana Jiménez Sánchez. (Exp. N° 072-Z-2014).
Resultando:
1º—Por oficio número SCMSB-045-2014, presentado en la
Secretaría de este Tribunal el 04 de febrero de 2014, la señora Beana C. Cubero
Castro, secretaria municipal de Santa Bárbara, comunicó a este Tribunal el
artículo N° 6, acuerdo N° 4972-2014 de la sesión ordinaria N° 195 celebrada por
el Concejo Municipal de ese cantón el 21 de enero de 2014, en el que solicitó
la cancelación de las credenciales de la regidora suplente Diana Jiménez
Sánchez, al ausentarse injustificadamente de las sesiones del Concejo por más
de dos meses (folios 1-3).
2º—Por auto de las 12:40 horas del 6 de febrero de
2014 se le pidió a la señora Cubero Castro que remitiera una certificación con
el detalle de las fechas exactas de las sesiones ordinarias y extraordinarias
en que ha estado ausente la regidora Diana Jiménez Sánchez (folio 4).
3º—En oficio N° SCMSB-062-2014,
presentado el 13 de febrero de 2014, la señora Cubero Castro aportó la
información solicitada (folios 6-7).
4º—En auto de las 12:30 horas del
13 de febrero de 2014 se le concedió audiencia a la señora Diana Jiménez
Sánchez a efecto de que justificara sus ausencias o bien manifestara lo más
conveniente a sus intereses (folio 8).
5º—Por escrito presentado en la
Secretaría de este Tribunal el 28 de febrero de 2014, la regidora Diana Jiménez
Sánchez se opuso al trámite de cancelación de su credencial (folios 12-16).
6º—En auto de las 11:30 horas del
03 de marzo de 2014, se instruyó a la Inspección Electoral para que decretara
el inicio del procedimiento administrativo ordinario, de conformidad con lo
expuesto en el artículo 258 del Código Electoral (folio 17).
7º—Según resolución de las 08:00 horas del 04 de abril de 2014, la
Inspección Electoral decretó el inicio del procedimiento administrativo
ordinario en contra de la regidora Diana Jiménez Sánchez debido a la presunta
inasistencia injustificada a las sesiones del Concejo (folios 221-227).
8º—Por oficio N° IE-475-2014 de
26 de mayo de 2014 la señora Mary Anne Mannix Arnold, Inspectora Electoral,
remitió el informe sobre el procedimiento administrativo ordinario en el que el
Órgano Director recomendó la supresión de la credencial que ostenta la señora
Diana Jiménez Sánchez como regidora suplente de la Municipalidad de Santa
Bárbara, en los siguientes términos:
“De los documentos que forman parte del expediente, y de las manifestaciones
realizadas durante la audiencia oral y privada que se realizó quedó acreditado
que la regidora suplente Jiménez Sánchez efectivamente dejó de asistir a las
sesiones del Concejo Municipal, de igual forma se acredita que presentó
renuncia del cargo ante el Concejo Municipal y el mismo, en acuerdo N°
5352-2014 de la sesión ordinaria N° 210 celebrada el 06 de mayo de 2014 acordó
aceptar la renuncia e informar al Tribunal Supremo de Elecciones.
Hechas las anteriores consideraciones, y dado que se conoció la renuncia
presentada por la señora Diana Jiménez Sánchez y la misma está pendiente de
resolver por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, sin demérito de lo que
resuelva el Superior, se recomienda cancelar la credencial de regidora suplente
que ostenta la señora Diana Jiménez Sánchez, ya que se tuvo por probado que se
configuró la falta de ausencia injustificada por más de dos meses consecutivos
a las sesiones del Concejo Municipal de Santa Bárbara.” (folios
277-282).
9º—En el procedimiento se han
observado las prescripciones legales y no se notan defectos que causen nulidad
o indefensión.
Redacta la Magistrada Zamora
Chavarría; y,
Considerando:
I.—Efectos de la renuncia presentada
por la señora Diana Jiménez Sánchez dentro del procedimiento administrativo
ordinario instaurado por sus ausencias a las sesiones municipales: En anteriores oportunidades este
Colegiado, bajo el principio de economía procesal, ha estimado inoportuno convertir
los procedimientos de cancelación de credenciales por ausencias en trámites por
renuncia cuando, de previo a resolver lo pertinente, la persona involucrada
renuncia al cargo. La particularidad que han tenido esos casos es que, dentro
del expediente iniciado por inasistencia a sesiones, la persona involucrada no
se ha opuesto a la supresión de su credencial en los términos del artículo 258
del Código Municipal.
Por ello, las diligencias de
cancelación de la credencial por ausencias, sin que medie oposición de la
persona involucrada, son expeditas porque no se requiere de la incorporación de
pruebas adicionales y se entra a resolver el punto sin mayor demora.
Así lo ha externado este
Tribunal, al señalar que:
“Convertir el procedimiento en un trámite por renuncia impondría
prevenir al citado concejo para que se pronuncie acerca de la dimisión (…) y,
de otra parte, entender que existe oposición llevaría a ordenar la apertura de
un procedimiento administrativo ordinario, opciones que, sin lugar a dudas, implican
mayores costos y un lapso mayor para finalizar el presente asunto.” (entre otras, ver resoluciones N° 249-M-2013, 423-M-2013 y
3142-M-2014).
El caso que ahora se analiza es
diferente dado que la señora Diana Jiménez Sánchez sí mostró su oposición a la cancelación de la credencial
por ausencias, lo que conllevó el inicio de un procedimiento administrativo
ordinario para dirimir el conflicto suscitado (artículo 258 ibidem). En
adición, días antes de la celebración de
la audiencia oral y privada, la señora Jiménez Sánchez presentó en la
Municipalidad de Santa Bárbara su renuncia al cargo de regidora suplente, la
cual fue conocida y aceptada por el Concejo Municipal de Santa Bárbara en el
artículo 2, acuerdo N° 5352-2014 de la sesión extraordinaria N° 210, celebrada
por ese órgano deliberativo el 06 de mayo de 2014 (folios 225, 236 y 249).
Nótese que, aunque la copia del
respectivo acuerdo municipal sobre la renuncia fue presentada en la Inspección
Electoral un día antes del inicio de la citada audiencia oral y privada, el
Órgano Director dispuso continuar con las diligencias dentro de la fase de
instrucción (folios 225, 236-238).
No obstante lo actuado,
habiéndose llegado a este momento del proceso, este Tribunal considera, en
primer lugar que, estándose en presencia de una renuncia sin que hubiese
iniciado la audiencia oral y privada resultaba innecesario, en este caso, que la Administración
desplegara esfuerzos para verificar la verdad real de los hechos que motivan la
instrucción de cargos.
En segundo lugar que, las pruebas
que logra arrojar el procedimiento administrativo ordinario sobre las
respectivas ausencias de la señora Jiménez Sánchez, en el mejor de los casos,
conducen al mismo resultado que el obtenido con la tramitación de la renuncia,
sea la supresión de la credencial correspondiente (artículo 24 incisos b) y c)
del Código Municipal); y, en tercer lugar que, la renuncia planteada por la
señora Jiménez Sánchez, encuentra apego en un valor jurídico de alcance
constitucional que le permite disolver, unilateralmente, el vínculo
funcionarial con el Municipio. Así lo ha entendido la mayoría del Tribunal en
reiterados pronunciamientos donde se ha referido al carácter que ostenta la
renuncia de los regidores municipales, en tanto derecho consagrado constitucionalmente,
de seguida letra:
“El artículo 171 de la Constitución Política dispone que los Regidores
Municipales “desempeñan sus cargos obligatoriamente”, obligatoriedad que
debe entenderse referida al debido cumplimiento de las responsabilidades
propias del cargo mientras se ostente la investidura, pero no a la
imposibilidad de renunciar a él cuando circunstancias personales o de otro
orden así lo indiquen. La renuncia a cualquier cargo público, incluyendo los de
elección popular, es inherente a la libertad como valor constitucional de que
gozan todas las personas, pues constituye un derecho fundamental reconocido en
el artículo 20 de la Constitución Política. En ese sentido, la mayoría de este
Tribunal es del criterio que la renuncia formulada por un regidor, en los
términos establecidos en el inciso c) del artículo 24 del Código Municipal,
constituye causal para la cancelación de la credencial que, en ese carácter,
ostenta.
De no aceptarse la posibilidad de la renuncia pura y simple se atentaría
contra un derecho fundamental: la libertad, previsto no sólo en la Constitución
Política sino también en los instrumentos jurídicos internacionales de derechos
humanos de los que es parte el Estado Costarricense, siendo una de sus
manifestaciones el poder optar por mantenerse o no en determinado cargo.
Igualmente, en caso de no accederse a la posibilidad de una renuncia
voluntaria, se induciría al regidor a incurrir en una causal sancionatoria,
como podría ser el abandono de sesiones, con evidente lesión a los intereses de
la Corporación Municipal.” (entre otras, ver
resolución n.º 770-M-2001 de las 8:05 horas del 23 de marzo del 2001 y N°
3230-M-2014 de las 11:45 horas del 05 de setiembre de 2014).
Concordante con la cita
jurisprudencial que antecede, la renuncia de un servidor público, cuando media
un procedimiento administrativo en su contra, es un aspecto ya dilucidado por
la Procuraduría General de la República desde el dictamen Nº C-092-98 del 19 de
mayo de 1998, donde consideró que:
“(…) la renuncia es un acto unilateral, que no requiere aceptación
alguna para que surta efecto. Una solución distinta nos llevaría a desconocer
el carácter voluntario de la relación de empleo público, lo cual resulta
improcedente (…).
Por otro lado,
dicha voluntariedad también la impone la vigencia de los derechos fundamentales
previstos en la Constitución Política.
Su artículo 56 en
particular establece la “libre elección del trabajo”; derecho que se vería
violentado si se obliga a un servidor, que ya no tiene interés en ello, a permanecer
ocupando un cargo público. Una situación de esta naturaleza no es propia del
trabajo libre, sino más bien de una servidumbre incompatible con el Estado de
Derecho (…).
Lo anterior,
aplicado a la situación que nos ocupa, implica que no es posible retener a un
servidor en un puesto contra su voluntad, aun cuando se encuentre en trámite un
procedimiento administrativo disciplinario en su contra.
Claro está, que
si el procedimiento se ha instaurado no sólo para determinar la responsabilidad
disciplinaria del servidor, sino además, para demandar de él el pago de los
daños y perjuicios en que hubiere hecho incurrir a la Administración o a un
tercero, la renuncia permitiría dar por concluido el procedimiento en cuanto al
primero de los aspectos citados (pues no es posible ejercer el poder
disciplinario con respecto a quien ya no es servidor), pero no en cuanto al
segundo, debido a que la responsabilidad personal lo acompañaría, aun cuando ya
no preste sus servicios al Estado”.
Sobre la base de los principios, consideraciones
esbozadas y la jurisprudencia reseñada procede
tramitar las presentes diligencias como renuncia, indistintamente de que éstas
hayan tenido lugar en el marco de un procedimiento administrativo ordinario
instaurado por ausencias.
II.—Hechos probados: Como tales y, de
relevancia para la solución del presente asunto, se tienen los siguientes: 1)
que la señora Diana Jiménez Sánchez es regidora suplente de la
Municipalidad de Santa Bárbara al presentarse como candidata y resultar electa,
así declarado por este Tribunal (“Declaratoria de elección de Regidores
Municipales de los cantones de la provincia de Heredia para el período
constitucional comprendido entre el primero de mayo de dos mil diez y el
treinta de abril de dos mil dieciséis”, resolución n.º 2056-E11-2010 de las
8:40 horas del 25 de marzo de 2010, visible a folio 177); 2) que la
señora Jiménez Sánchez fue propuesta como candidata a regidora suplente por el
partido Liberación Nacional (folios 177 y 283); 3) que la regidora
Jiménez se ausentó a las sesiones del Concejo Municipal, injustificadamente,
por más de dos meses ininterrumpidos, del 08 de octubre de 2013 al 04 de
febrero de 2014 (folios 6, 7, 82, 87-114); 4) que el 5 de mayo de 2014,
días antes del inicio de la audiencia oral y privada por ausencias, la señora
Jiménez Sánchez presentó en el Municipio de Santa Bárbara la renuncia a su
cargo como regidora suplente (folios 225, 236, 237, 238, 249 y 312); 5) que
el candidato a regidor suplente que sigue en la nómina del partido Liberación
Nacional, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para
desempeñar el cargo, es el señor José Alberto Hernández Muñoz (folios 177, 283
y 284); 6) que el señor Hernández Muñoz fue electo vicealcalde segundo
de la Municipalidad de Santa Bárbara y funge como Encargado de Cuadrilla del
Departamento de Acueducto Municipal, por lo que desistió de ejercer el cargo de
regidor suplente en sustitución de la señora Jiménez Sánchez (folios 287 y
302); 7) que la candidata a regidora suplente que sigue en la nómina del partido Liberación Nacional, que no
resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo,
es la señora Marta María Villegas Ugalde (folios 177, 283 y 284); 8) que
la señora Villegas Ugalde funge como síndica propietaria del distrito Santa
Bárbara, cantón Santa Bárbara, y desistió de asumir el cargo de regidora
suplente en sustitución de la señora Jiménez Sánchez (folios 303 y 308); 9) que
el candidato a regidor suplente que sigue en la nómina del partido Liberación
Nacional que no ostenta ningún cargo de elección popular, que no resultó electo
ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor
Juan José Hernández Salas, cédula de identidad N° 4-0177-0264 (folios
177, 283, 284 y 309).
III.—Cancelación de la credencial de regidora
suplente que ostenta la señora Diana Jiménez Sánchez: Al cancelarse la
credencial de la señora Diana Jiménez Sánchez se produce una vacante de entre
los regidores suplentes del Concejo Municipal de Santa Bárbara que es necesario
suplir según las reglas que determinaron la elección.
1) Procedimiento para la sustitución: El artículo 208, párrafo segundo del Código Electoral
regula la sustitución de diputados, regidores o concejales de distrito ante circunstancias
de fallecimiento, renuncia o incapacidad para ejercer el cargo, y establece que
el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer
el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista
obtuvo más votos o a quien siga en la
misma lista, según corresponda”. En consecuencia, este Tribunal
sustituirá a los regidores suplentes que deban cesar en sus funciones con los
candidatos de la misma naturaleza (a regidores suplentes) que sigan en la lista
del partido político del funcionario cesante, que no hayan resultado electos ni
hayan sido designados para desempeñar el cargo.
2) Sustitución de la regidora suplente Diana Jiménez
Sánchez: Ante la
declinación del señor José Alberto Hernández Muñoz y de la señora Marta María
Villegas Ugalde quienes, en ese orden, seguían en la lista de candidaturas para
ocupar el cargo de regidor suplente en la Municipalidad de Santa Bárbara por el
partido Liberación Nacional, se designa como regidor suplente de esa
Municipalidad al señor Juan José Hernández Salas, cédula de identidad N°
401770264, quien sigue en el orden de la nómina de candidatos a
regidores suplentes que presentó ese partido político. El señor Hernández
Salas, además, no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para
desempeñar el cargo, ni ostenta otro cargo de elección popular.
El señor Hernández Salas ocupará el último lugar de
entre los regidores suplentes de la citada agrupación política y deberá ser
juramentado, en tal condición, a efecto de que integre el órgano de interés a
la brevedad posible. La presente designación lo será por el período que va
desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Por
tanto,
Se cancela la credencial de regidora suplente en la
Municipalidad de Santa Bárbara, provincia Heredia, que ostenta la señora Diana
Jiménez Sánchez. Para reponer la vacante que se produjo con la anterior
cancelación se designa al señor Juan José Hernández Salas, cédula de
identidad N° 401770264, quien ocupará el último lugar de entre los
regidores suplentes del citado partido. La presente designación rige a partir
de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. El
Magistrado Sobrado González pone nota. Notifíquese a la señora Diana Jiménez
Sánchez quien, según lo consignado a folio 241 del expediente, funge como
asesora del diputado Ronny Monge Salas en la Asamblea Legislativa, al señor
Juan José Hernández Salas en la Municipalidad de Santa Bárbara y al Concejo
Municipal de Santa Bárbara. Publíquese en el Diario Oficial.—Luis
Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel
Faerron.
NOTA SEPARADA DEL MAGISTRADO SOBRADO GONZÁLEZ
En innumerables ocasiones he señalado que, en mi
criterio, el Código Municipal solo autoriza a cancelar las credenciales del
regidor que renuncia a su cargo cuando tal renuncia se base en motivos
excepcionales que razonablemente eximan al interesado o interesada del
cumplimiento de su deber constitucional, previamente valorados por el
respectivo concejo municipal. Únicamente de esa manera es posible conciliar la
obligatoriedad del cargo, impuesta constitucionalmente (artículo 171), con el
principio de que nadie está obligado a lo imposible.
En el caso en examen, no habiéndose precisado ni
acreditado motivos excepcionales que razonablemente eximan a la interesada del
cumplimiento de su deber constitucional, el suscrito Magistrado considera que
no cabe ordenar la cancelación de las credenciales por ese motivo.
No obstante, debido a que la señora Jiménez Sánchez se
ausentó injustificadamente de las sesiones del Concejo Municipal de Santa
Bárbara por más de dos meses y que, en los términos del artículo 24 inciso b)
del Código Municipal, ese hecho configura causal de pérdida de la credencial de
regidor, concurro con mi voto a la adopción de la presente resolución.—Luis Antonio Sobrado González.—1 vez.—(IN2014065018).
N.º 3112-M-2014.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las once horas
cincuenta minutos del veintinueve de agosto de dos mil catorce.
Diligencias de cancelación de
credenciales de regidora suplente del cantón Montes de Oro, provincia
Puntarenas, que ostenta la señora Gina Martínez Saborío, por contravenir,
presuntamente, lo dispuesto en el artículo 24 inciso b) del Código Municipal.
(Exp. 145-E-2014).
Resultando:
1º—Por oficio N° 42-SM-2014 del 4
de abril de 2014 –cuyo original fue recibido en la Secretaría del Tribunal el
19 de mayo de 2014– la señora Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria del
Concejo Municipal de Montes de Oro, comunicó el acuerdo adoptado en el inciso
14, capítulo IV, de la sesión ordinaria N° 13-14, celebrada el 31 de marzo de
2014, en el cual ese órgano dispuso poner en conocimiento de esta Autoridad
Electoral que la señora Gina Martínez Saborío, regidora suplente, se había
ausentado injustificadamente -por más de dos meses- de las sesiones de ese
concejo municipal (folios 1 y 7).
2º—El Magistrado Instructor, por
auto de las 9:00 horas del 12 de mayo de 2014, previno a la Secretaría del
Concejo Municipal de Montes de Oro para que remitiera certificación original en
la cual se detallaran las fechas exactas en las que la regidora suplente
Martínez Saborío estuvo ausente de las sesiones municipales (folio 4).
3º—Por oficio N° 57-SM-2014 del
16 de mayo de 2014, la señora Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria del
Concejo Municipal de Montes de Oro, cumplió con lo prevenido según el
resultando anterior (folios 13 a 15).
4º—Esta Magistratura Electoral,
por auto de las 14:45 horas del 29 de mayo de 2014, concedió audiencia a la
señora Gina Martínez Saborío para que, dentro del término de ocho días hábiles,
contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de ese auto,
justificara sus ausencias o bien manifestare lo que considerara más conveniente
a sus intereses (folio 16).
5º—En auto de las 11:40 horas del
4 de julio de 2014, el Magistrado Instructor previno al señor Rogelio Ugalde
Alvarado quien, además de ser concejal propietario del distrito Unión, cantón
Montes de Oro, provincia Puntarenas, es el candidato que sigue en la nómina de
regidores suplentes del partido Liberación Nacional -que no resultó electo ni
ha sido designado para desempeñar ese cargo- para que indicara por cuál de los
cargos optaría, en caso de ser procedente la cancelación de credenciales de la
señora Martínez Saborío (folio 21).
6º—En el procedimiento se ha
observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Esquivel
Faerron; y,
Considerando:
I.—Hechos probados. De importancia para la resolución
de este asunto se estiman, como debidamente demostrados, los siguientes: a) que
la señora Gina Martínez Saborío fue electa regidora suplente del cantón Montes
de Oro, provincia Puntarenas, según lo determinó este Tribunal en resolución N°
2058-E11-2010 de las 9:00 horas del 25 de marzo de 2010 (folios 23 a 30); b)
que la señora Martínez Saborío fue propuesta, en su momento, por el partido
Liberación Nacional (folio 18); c) que la señora Martínez Saborío, sin
justificación, se ausentó de las sesiones del Concejo Municipal de Montes de
Oro desde el 7 de octubre de 2013 hasta el 14 de mayo de 2014 (folios 13 a 15);
d) que la señora Martínez Saborío fue debidamente notificada del proceso
de cancelación de credenciales en su contra pero no contestó la audiencia
conferida (folios 16 y 17); e) que el candidato que sigue en la nómina
de regidores suplentes del partido Liberación Nacional por el citado cantón,
que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el
cargo de edil, es el señor Rogelio Ugalde Alvarado, cédula de identidad N°
6-0101-0638 (folios 18 y 19); f) que el señor Ugalde Alvarado fue electo
en el cargo de concejal propietario del distrito Unión, cantón Montes de Oro,
provincia Puntarenas (folio 20); g) que al señor Ugalde Alvarado se le
previno para que eligiera cuál de los referidos cargos –edil suplente o
concejal propietario– deseaba ejercer, con la advertencia de que en caso de no
responder se entendería que su deseo era ocupar el puesto de regidor suplente
(folio 21); y, h) que la señor Ugalde Alvarado fue debidamente
notificado de la citada prevención, empero no la contestó (folio 22).
II.—Sobre el fondo. El
Código Municipal, en el artículo 24 inciso b) en relación con el numeral 28 de
ese mismo cuerpo normativo, dispone que es causal de pérdida de la credencial
de regidor suplente la ausencia injustificada a las sesiones del concejo por
más de dos meses.
En cuanto a lo comunicado por el Concejo Municipal de
Montes de Oro y, considerando el elenco de hechos que se han tenido por
acreditados, se desprende, inequívocamente, que la señora Gina Martínez Saborío
se ausentó injustificadamente por más de dos meses de las sesiones del citado
órgano municipal y, pese a que fue debidamente notificada del proceso de
cancelación de credenciales en su contra para que justificara las mismas, o
bien, manifestara lo que considerara más conveniente a sus intereses, no
respondió la audiencia que se le confirió al efecto.
En consecuencia, lo procedente es cancelar la
credencial de regidora suplente que ostenta la señora Gina Martínez Saborío.
III.—Sobre la
sustitución. Al cancelarse la credencial de la señora Martínez Saborío, se
produce una vacante entre los regidores suplentes de la Municipalidad ya mencionada
que es necesario suplir, según lo que establece el artículo 208 del Código
Electoral, con el candidato de la misma naturaleza (regidor suplente) que siga
en la lista del partido Liberación Nacional, que no haya resultado electo ni
haya sido designado para desempeñar el cargo de edil, que en este caso es la
señor Rogelio Ugalde Alvarado, cédula de identidad N° 6-0101-0638, quien deberá
ser juramentado por el Concejo Municipal de Montes de Oro con la mayor
brevedad. Esta designación rige a partir de su juramentación y hasta el 30 de
abril de 2016.
IV.—Consideración
adicional. En virtud de la designación del señor Rogelio Ugalde Alvarado
como regidor suplente, y ante la imposibilidad de que pueda ejercer,
simultáneamente, ese cargo y el de miembro propietario de un concejo de
distrito, se procederá, una vez firme y publicada esta sentencia en el Diario
Oficial -en expediente separado-, a cancelar su credencial de concejal
propietario del distrito Unión, cantón Montes de Oro, provincia Puntarenas, y a
realizar la reposición correspondiente. Para tales efectos, la Secretaría de
este Despacho procederá a emitir fotocopia certificada del expediente. Por
tanto,
Cancélese la credencial de regidora suplente de la
Municipalidad de Montes de Oro, provincia Puntarenas, que ostenta la señora
Gina Martínez Saborío. En su lugar se designa al señor Rogelio Ugalde Alvarado,
cédula de identidad N° 6-0101-0638. La
presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de
abril de dos mil dieciséis. Contra lo resuelto cabe interponer recurso de
reconsideración dentro de los tres días hábiles contados a partir del día
siguiente a la comunicación del fallo. Firme y publicada esta resolución se
procederá, en expediente separado, a cancelar la credencial que actualmente
ostenta el señor Ugalde Alvarado como concejal propietario del distrito Unión,
cantón Montes de Oro, provincia Puntarenas, y a realizar la reposición
correspondiente. Notifíquese a la señora Martínez Saborío. Una vez firme, se
notificará la presente resolución al señor Ugalde Alvarado y al Concejo
Municipal de Montes de Oro, y se publicará en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Max Alberto Esquivel
Faerron.—Juan Antonio Casafont Odor.—1 vez.—(IN2014065028).
Registro
Civil -Departamento Civil
OFICINA DE
ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias
de ocurso incoadas por Hixell Lisselly Soza Martínez, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 1768-2014. Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cuarenta minutos
del tres de junio del dos mil catorce. Exp. Nº 53379-2013. Resultando 1º—...
2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por Tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Jesling Viviana Roblero Soza... en el sentido que el nombre de la
madre... es “Hixell Lisselly”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014065619).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yordana Cecilia Vílchez
Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2049-2012. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San
José, a las ocho horas cuatro minutos del once de junio del dos mil doce.
Ocurso. Exp N° 12073-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Leonel Humberto Jarquín Vílchez...; en
el sentido que el primer nombre de la madre... es “Yordana”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014065621).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Walter Ramón Catin Dávila,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 534-2014.
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
diez horas veinticuatro minutos del veinte de febrero del dos mil catorce. Exp.
Nº 22530-2013. Resultando 1º—..., 2º—…, Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Saylim Bridgeth Cartín Méndez..., en el sentido que el nombre y
el primer apellido del padre... son “Walter Ramón” y “Catin” y no como se
consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014065639).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Francisco Adán Estrada, no
indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 3169-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos
Jurídicos. San José, a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de
setiembre del dos mil catorce. Ocurso. Exp. N° 30609-2014. Resultando 1º—...,
2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Ashly Niuriela Estrada Castillo, en el sentido que el apellido del padre.... es
“Estrada, no indica segundo apellido”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014065681).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Evenor de Jesús Palacio, no
indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 2535-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas cinco minutos del doce de agosto del dos
mil catorce. Ocurso. Exp N° 16511-2014. Resultando 1º—..., 2º—...,
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jonnathan Jeffry Palacios Valverde, en
el sentido que el apellido del padre, en consecuencia el primer apellido del
mismo son “Palacio, no indica segundo apellido” y “Palacio” respectivamente y
el asiento de nacimiento de Yeison Evenor Palacios Valverde, en el sentido que
el nombre y el apellido del padre de la persona ahí inscrita, en consecuencia
el primer apellido del mismo son “Evenor de Jesús Palacio, no indica segundo
apellido” y “Palacio” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014065903).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Martha Olivia González, no
indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 2854-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas cincuenta y dos minutos del dos de
setiembre del dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 25231-2014. Resultando 1º—...,
2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Kattia Elizabeth Zúñiga González, en el sentido que el nombre y el apellido de
la madre... son “Martha Olivia González, no indica segundo apellido”.—Lic. Luis
Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014065907).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dixie Yerley Grajales Arias
conocida como Dixie Yerley Sibaja Arias, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 1771-2014. Registro Civil, Departamento Civil,
Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cuarenta y tres minutos
del tres de junio de dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 10533-2014. Resultando
1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Dixie Yerley Grajales Arias, en el sentido que los apellidos del padre de la
persona ahí inscrita, consecuentemente el primer apellido de la misma son
“Sibaja Grajales” y “Sibaja” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2014065956).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Kimberly Rebeca
Arostegui Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 2876-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas cincuenta y dos
minutos del dos de setiembre del dos mil catorce. Expediente N° 29325-2014.
Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Kimberling Rebeca Arostegui Jiménez… en el sentido que el nombre
de la precitada es “Kimberly Rebeca”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014066664).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por, Luis Eugenio Reyes
Verde, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1595-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas treinta minutos del veintisiete
de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 9008-2014. Resultando 1º—..., 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
matrimonio de Luis Eugenio Reyes Verde con Ligia Isabel Ruiz Chávez... en el
sentido que el apellido del padre y los apellidos de la madre del cónyuge son
“Reyes no indica segundo apellido” y “Verde De Reyes, respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014066693).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ángela María Edmond Ramos,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2903-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas
ocho minutos del tres de setiembre del dos mil catorce. Ocurso. Exp N°
20183-2014. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Delrick Ramos García, en el sentido
que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita, consecuentemente los
apellidos del mismo son “Edmond Ramos”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014066870).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por María Hipólita
Martínez Martínez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 2347-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas treinta y seis
minutos del veintinueve de agosto de dos mil catorce. Exp. Nº 22841-2014.
Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento y defunción de José Apolonio Muñoz
Villarreal... en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre y
consecuentemente el segundo apellido del mismo son: “María Hipólita”, “Martínez”
y “Martínez”, respectivamente.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014066886).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Anielka Verónica
Centeno Solís, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 3368-2011.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cincuenta y ocho
minutos del siete de diciembre del dos mil once. Exp. Nº 43747-2011.
Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Carlos Javier Miranda Centeno, en el
sentido que el nombre de la madre del mismo es “Anielka Verónica”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014066942).
PROGRAMA
ACTIVIDADES CENTRALES
Segunda
modificación al Plan Anual de Compras 2014
De conformidad con las modificaciones
a la Ley de Contratación Administrativa publicadas en el diario oficial La
Gaceta N° 128 del 4 de julio del 2006 y de acuerdo al artículo 6 de la Ley
de Contratación Administrativa, se informa que la segunda modificación al Plan
Anual de Compras para el 2014, se encuentra a disposición de los interesados en
la página oficial del Ministerio de Cultura y Juventud www.mcjd.go.cr, así como
en Comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 14 de octubre del 2014.—Luis Carlos Amador Brenes, Oficial Mayor-Director
Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 3400023113.—Solicitud N°
21665.—C-11680.—(IN2014071824).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA 2014LN-000001-80000
Contratación para la compra de “desinfectante
bactericida, viricida y fungicida” del SENASA
La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta
las 10:00 horas del día 12 de noviembre de del 2014, para la adquisición de
“desinfectante bactericida, viricida y fungicida.
El
interesado tiene a disposición el cartel, en el Sistema CompraRed en la página
de Internet https://www.hacienda.go.cr/comprared, y lo
referente al expediente de compra.
La
Proveeduría Institucional del SENASA se encuentra ubicada SENASA, Barreal de
Heredia, del Camposanto Jardines del Recuerdo 1.5 Km al oeste y 400 m al norte.
Campus Benjamín Núñez (Escuela Ciencias del Deporte UNA).
Para
cualquier información comunicarse con la Lic. Marianela Arce Carmona, Analista
de la Contratación, tel 2587-1632.
San José, 15 de octubre del 2014.—MBA
José Luis Meneses Guevara, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N°
26910.—Solicitud N° 0534.—C-16560.—(IN2014071768).
DIVISIÓN
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN
FINANCIERA, BIENES Y SERVICIOS
UNIDAD
DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000010-UPIMS
Reparación
mayor del edificio del CEN
de San Pedro, Barva-Heredia
La Unidad de Bienes y Servicios
(Proveeduría Institucional) del Ministerio de Salud por medio del presupuesto
de la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud (O.C.I.S.), recibirá
propuestas hasta las 11:00 horas del 03
de noviembre de 2014 para la reparación del edificio del CEN de San Pedro de
Barva.
El cartel con las especificaciones técnicas y
condiciones generales de dicha contratación administrativa podrán retirarse por
parte de los interesados sin costo alguno a partir de la presente publicación
en la Proveeduría Institucional de ese Ministerio, sita tercer piso del
edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8; para
lo cual deberá aportarse un dispositivo de almacenamiento masivo (llave maya).
San José, 21 de octubre de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría,
Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 3400022094.—Solicitud N°
21688.—C-18290.—(IN2014071829).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000015-63102
Mantenimiento y ampliación en el Sistema SINAVIS
La Proveeduría
Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 11:00
horas del 31 de octubre de 2014, para la contratación de: Línea 1: contratación
de servicios profesionales para diseñar, desarrollar e implementar
satisfactoriamente el mantenimiento y la ampliación del Sistema Nacional de
Vigilancia de la Salud (SINAVIS) para la capacidad de análisis de la
información del Registro Nacional de Tumores.
El cartel con las
especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación
administrativa se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema de
Compras Gubernamentales Compr@RED a partir de la presente publicación.
San José, 21 de
octubre de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic.
Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. N°
3400021308.—Solicitud N° 21689.—C-15330.—(IN2014071833).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014LN-000083-01
Arrendamiento, configuración e implementación de una
solución convergente de
hardware y software para entrega
virtualizada y segura de
aplicaciones y escritorios de
usuarios móviles y
usuarios en oficinas del Banco
Nacional y adquisición del licenciamiento para
habilitar el Servicio de
Escritorios
Virtualizados (VDI) e
infraestructura
de cómputo
virtual
La Proveeduría
Casa Matriz del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito,
hasta el 13 de noviembre del 2014, a más tardar a las diez (10:00) horas, para
el “Arrendamiento, configuración e implementación de una solución convergente
de hardware y software para entrega virtualizada y segura de aplicaciones y
escritorios de usuarios móviles y usuarios en oficinas del Banco Nacional y
adquisición del licenciamiento para habilitar el servicio de escritorios
virtualizados (VDI) e infraestructura de cómputo virtual”.
El cartel puede ser retirado en
la oficina de la Proveeduría General sin costo alguno, situada en el edificio
de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La
Uruca, a partir de esta publicación.
La Uruca, 23 de
octubre de 2014.—Ing. Douglas Noguera Porras,
Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 517819.—Solicitud N°
21697.—C-15670.—(IN2014071862).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000034-01
Renovación de equipos HSM con soporte y mantenimiento
El Banco de Costa Rica informa
que recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos
(10:30 a.m.) del día 14 de noviembre del 2014, para la licitación en
referencia, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la oficina de
Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.
El cartel de la licitación que incluye las
especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la
misma oficina en horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 3 p.m.
San José, 21 de octubre del 2014.—Oficina Compras y Pagos.—Área de Licitaciones.—Rodrigo
Aguilar Solórzano.—1 vez.—O. C. Nº 63816.—Solicitud Nº
21722.—C-12290.—(IN2014071939).
ÁREA DE SALUD HEREDIA CUBUJUQUI
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000001-2214
Servicios profesionales en vigilancia y seguridad para la
nueva sede del Área de Salud Heredia
Cubujuqui (antiguas
instalaciones del Hospital San Vicente de
Paul)
Se les informa a todos los
oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio, que el pliego
cartelario se encuentra disponible en la fotocopiadora de esta Área de Salud,
ubicada costado norte de las piscinas del Palacio de los Deportes en Heredia
Centro; así mismo, a partir del día siguiente a ésta publicación disponen de un
máximo de 20 días hábiles para la presentación de las ofertas. El último día
hábil (20), se estará realizando el acto de apertura de ofertas en el Área de
Gestión de Bienes y Servicios, ubicada en las antiguas instalaciones del
Hospital San Vicente de Paúl, de la Iglesia de los Ángeles, 300 metros oeste,
Heredia Centro. El cartel tiene un costo de ¢15.00 por hoja.
Para ver más detalles y corroborar información accesar
la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr
Unidad Regional de Contratación
Administrativa.—Lic. Javier Alpízar Guzmán.—1 vez.— (IN2014071709).
HOSPITAL
DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
Se informa a los interesados que la
visita al sitio de la Licitación Abreviada 2014LA-000026-2101, por concepto de
transporte, lavado, secado aplanchado de gabachas, cortinas y limpiones, está
programada para el día 29 de octubre de 2014 a las 08:00 a.m. en el Servicio de
Ropería.
Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 21 de octubre de 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez
Valverde, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2014071780).
COMPAÑÍA
NACIONAL DE FUERZA Y LUZ, S. A.
N° 2014PP-000007-PROV
Invita a participar en el siguiente concurso de
adquisición:
Concurso
|
Descripción
|
Apertura
|
Hora
|
Valor
|
N° 2014PP-000007-PROV
|
Medidores
eléctricos tipo electrónicos
monofásicos, medidores
trifásicos delta, bases de medidor, aros de seguridad,
bloques de prueba, bloques de terminales,
transformadores de corriente para medición intemperie
|
17/11/2014
|
13:00
|
¢5000.00
|
Rige la ley N° 8660 y el Reglamento para los
procedimientos de adquisición de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, Sociedad
Anónima, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 82 del 30 de abril
del 2014, así como las condiciones especiales, que pueden retirar en nuestra
Sección de Proveeduría, 250 metros este de Pozuelo S. A., en la Uruca (Frente a
Ciudad Toyota, Plantel Virilla).
José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2014071934).
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000006-MMO
Mantenimiento
vial rutinario en los cuatro distritos
del cantón de Montes de Oca
La Proveeduría de la Municipalidad de Montes de Oca,
invita a todos los interesados en contratación de obra pública por contrato
para realizar mantenimiento vial preventivo en los cuatro distritos del cantón
de Montes de Oca para que presenten sus ofertas de acuerdo con las siguientes
disposiciones:
Apertura:
Se recibirán ofertas dentro de los quince días hábiles de publicación del aviso
en el diario oficial La Gaceta. Contados a partir del día siguiente a la
fecha de la publicación.
Hora
límite: 14:00 horas (2:00 p. m).
Dirección:
Oficina de la Proveeduría Municipal costado norte del Parque Kennedy, San Pedro
de Montes de Oca, San José Costa Rica.
Presentación
tardía: las ofertas que se presenten tardíamente en la Proveeduría Municipal,
se recibirán pero no serán evaluadas.
Copias
que debe aportar: el oferente debe presentar una copia de la oferta original.
Copia
digital de la oferta: el oferente que resulte adjudicado debe aportar una copia
digital de la oferta en formato Microsoft Office Word al correo
vportillam@.montesdeoca.go.cr
El
Cartel de Licitación lo pueden retirar el día de la publicación en la oficina
de la Proveeduría Municipal ubicada costado norte del parque Kennedy, Palacio
Municipal primera planta.
Corren
por cuenta de los interesados las fotocopias del cartel de licitación.
San Pedro de Montes de Oca, a los veinte días del mes
de octubre del 2014.—Lic. Víctor Hugo Portilla
Madrigal-MBA, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2014071821).
MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000001-JV
Adquisición
de maquinaria para la Unidad Técnica
de Gestión Vial Municipal (2 vagonetas
y 1 cargador retroexcavador integrado)
La Proveeduría Institucional de la Municipalidad de
Jiménez recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 18 de noviembre del
2014, para la adquisición de maquinaria para la Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal (2 vagonetas y 1 cargador retroexcavador integrado).
El interesado tendrá el cartel a disposición, a partir
del siguiente día hábil, posterior a esta publicación y podrá obtenerlo en la
Proveeduría Institucional, ubicada en el Edificio Municipal de Jiménez-Juan
Viñas-Cartago o solicitarlo mediante correo electrónico
munijimenezproveeduria@hotmail.com
Juan Viñas, 16 de octubre del 2014.—Proveeduría
Municipal.—Daniella Quesada Hernández, Proveedora.—1 vez.—(IN2014071823).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000014-63102
Capacitación
en gestión en producción y preparación
de proyectos para la elaboración de políticas
informadas
La Proveeduría Institucional del
Ministerio de Salud comunica que por medio de la Resolución N° 0256-2014 del 20
de octubre de 2014, se procedió a declarar infructuoso la Licitación Abreviada
N° 2014LA-000014-63102 “Contratación de los servicios de una empresa a fin a la
salud que provea la planificación, logística y ejecución de capacitación de
funcionarios de salud y otros afines en temas científicos, en forma presencial
sobre elaboración de políticas sobre tabaco informadas en la evidencia con la
metodología EVIPNET”, visible en el Sistema de Compras Gubernamentales
Compr@RED.
San José, 21 de octubre de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría,
Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 3400021308.—Solicitud N°
21691.—C-15020.—(IN2014071856).
Unidad
Coordinadora del Proyecto Institucional (UCPI) y del
Acuerdo
de Mejoramiento Institucional (AMI) de
Universidad
Estatal a Distancia UNED
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
EDU-UNED-43-LPN-B-2014LPN-000007
RESOLUCIÓN
DE ADJUDICACIÓN N° 3
Adquisición de mobiliario especializado para
laboratorio de ciencias
La Universidad Estatal a Distancia informa que: según
sesión N° 2377-2014, Art. II, inciso 1), celebrada el 16 de octubre del 2014;
en lo concerniente a la Licitación Pública Nacional EDU-UNED-43-LPN-B-2014LPN-000007, adquisición de mobiliario
especializado para laboratorio de ciencias, el consejo de universitario de la
UNED acordó lo siguiente:
Declarar desierto, según los
criterios del Banco Mundial, el proceso licitatorio para la Licitación Pública
Nacional: EDU-UNED-43-LPN-B-2014LPN-000007, adquisición de mobiliario
especializado para laboratorio de ciencias, por cuanto no se recibieron
ofertas.
Sabanilla, 20 de octubre del 2014.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania
Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2014071726).
UNIDAD COORDINADORA DEL PROYECTO INSTITUCIONAL (UCPI)
Y DEL
ACUERDO DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL (AMI) DE
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA UNED
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
EDU-UNED-30-LPN-B-2014LPN-000008
(Resolución de Adjudicación N° 4)
Adquisición de equipo de cómputo y software para
diseño
La Universidad Estatal a
Distancia informa que: Según sesión N° 2377-2014, Art. II, inciso 2), celebrada
el 16 de octubre del 2014; en lo concerniente a la Licitación Pública Nacional
EDU-UNED-30-LPN-B-2014LPN-000008, “Adquisición de equipo de cómputo y software
para diseño”, el Consejo de Universitario de la UNED acordó lo siguiente:
Declarar desierto, según los
criterios del Banco Mundial, el proceso licitatorio para la Licitación Pública
Nacional: EDU-UNED-30-LPN-B-2014LPN-000008, “Adquisición de equipo de cómputo y
software para diseño”, por cuanto no se recibieron ofertas.
Sabanilla, 20 de octubre del año
2014.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag.
Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1
vez.—(IN2014071734).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000017-2101
Tubo endobronquial y
tubo nasal preformado varios tipos
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les
comunica a los interesados en este concurso, que se resolvió adjudicar la
compra de la siguiente manera:
Empresa
adjudicada Nº 1:
Laboratorios
Rymco S. A.
Ítems
adjudicados: 4, 5 y 6.
Monto adjudicado: $3.349,50
Monto en letras: tres mil trescientos cuarenta y nueve dólares con
50/100.
Empresa
adjudicada Nº 2:
Kendall
Innovadores en Cuidados al Paciente S. A.
Ítems
adjudicados: 1, 2, 3 y 7.
Monto adjudicado: $15.225,00.
Monto en letras: quince mil doscientos veinticinco dólares con 00/100.
Los ítems 8, 9,10
y 11, se declaran infructuosos.
Ver detalles en
http://www.ccss.sa.cr.
San José, 21 de
octubre de 2014.—Subárea Contratación
Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2014071782).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000060-PRI
Servicio de vigilancia en la Laguna
de Oxidación de Pérez Zeledón
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica
que mediante Resolución de Subgerencia General SGG-2014-764 del 16 de octubre
del 2014, se adjudica en su totalidad la presente licitación a la Oferta N° 4: CSE
Seguridad S. A. por un monto anual de ¢15.004.080,00 colones.
Demás condiciones de acuerdo al
cartel y la oferta respectiva.
Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—O. C. Nº 5100002278.—Solicitud Nº 21677.—C-10730.—(IN2014071736).
CORPORACIÓN GANADERA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000100-CG
Compra de insumos para cerca eléctrica
proyecto piloto de ganadería
La administración
de la Corporación Ganadera (CORFOGA) comunica que ha adjudicado la licitación
pública N° 2014LN-000100-CG de la siguiente manera:
Ítems 1, 2, 5, 6,
8, 9,10 al señor Óscar Rojas Cordero.
Ítems 3 y 7 a la Cooperativa
de Productores de Leche Dos Pinos R.L.
Ítem 11 y 13 a la
empresa Efipres S. A.
Ítems 4 y 12 se
declaran Infructuosos.
Miguel Loaiza
Masís, Coordinador de procesos de apoyo, correo: mloaiza@corfoga.org, teléfono
2225-1011.
Proceso de compra.—Miguel Loaiza Masís, Coordinador de procesos de apoyo.—1
vez.—(IN2014071713).
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
DE SANTA CRUZ, GUANACASTE
LICITACIÓN ABREVIADA N° LA2014-00002-CCDRSC
El Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Santa Cruz, Guanacaste, se permite comunicar a usted que en
reunión celebrada por el Comité el día dieciséis de octubre del año 2014 siendo
las diecisiete horas, su oferta presentada en ocasión a la Licitación Abreviada
N° LA2014-00002-CCDRSC, fue adjudicada a su representada por un monto de
cuarenta y cuatro millones cuatrocientos cinco mil colones (¢44.405.000).
Por lo anterior y en cumplimiento
con el artículo 32 de la Ley de Contratación Administrativa 7494 y el artículo
40 de su reglamento, deberá presentar ante el Comité la Garantía de
Cumplimiento de conformidad con el numeral 1.6 Garantía de Cumplimiento del
cartel para el perfeccionamiento del contrato dentro del término de diez días
hábiles, a partir de la fecha de notificación de la presente comunicación
Santa Cruz, 17 de octubre del
2014.—Lic. Sandra Álvarez Castillo, Presidenta.—1 vez.—(IN2014071843).
Suspensión del acto dictado dentro del Procedimiento
Administrativo N°2014-PA-002-G referente a
sanción de
inhabilitación interpuesta por
el INS a Yiré
Médica HP S. A.
Mediante
Resolución N° 2426-2014 del 26 del 2014, emitida por el Tribunal Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José,
fue acogida una medida cautelar interpuesta por Yiré Médica HP S. A., en la
cual el citado Tribunal resolvió ordenar al Instituto Nacional de Seguros
suspender todos los efectos de la resolución emitida en el oficio G-03994-2014
de las dieciséis horas del 27 de junio del 2014 -dictada por el INS dentro del procedimiento
administrativo N° 2014-PA-002-G-; en la cual se impuso la sanción de
inhabilitación a dicha empresa para contratar con toda la administración
pública por un plazo de dos años a partir del 04 de julio del 2014.
Departamento de
Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero Fallas, Jefe.—1
vez.—O. C. N° 18507.—Solicitud N° 20686.—(IN2014064116).
BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-101405-UP
Rotulación interna y externa de las instalaciones
del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica
El Benemérito Cuerpo de Bomberos,
comunica una serie de modificaciones realizadas al cartel de la Licitación
Pública Nº 2014LN-101405-UP, rotulación interna y externa de las instalaciones
del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, cuya apertura está prevista
para las 10:00 horas del 31 de octubre de 2014.
Los
carteles respectivos están a su disposición en nuestras oficinas, ubicadas en
el segundo piso del Edificio Central del Cuerpo de Bomberos, ubicado en San
José, avenida 3, calle 18, costado norte de la terminal de buses del mercado de
la Coca-Cola, así mismo podrán descargarlo del portal de Internet
www.bomberos.go.cr o solicitarlos a la dirección de correo electrónico
efallas@bomberos.go.cr.
Lic. Guido Picado Jiménez, Jefe
de Proveeduría.—1 vez.— (IN2014071694).
DIRECCIÓN REGIONAL PACÍFICO CENTRAL
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2598
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000001-2598
(Aviso 1)
Servicio de vigilancia para el edificio
del Hospital Max
Terán Valls
Cumpliendo con lo
dispuesto en el artículo 41 inciso d de la Ley de Contratación Administrativa y
el artículo 93 de su Reglamento, esta administración les comunica a los
interesados en participar en la Licitación Pública 2014LN-000001-2598, cuyo
objeto contractual es el servicio de vigilancia para el edificio del Hospital
Max Terán Valls, se publica la modificación al cartel de la Licitación antes
mencionada en la siguiente dirección electrónica: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2598,
cualquier información sobre el procedimiento la podrán solicitar o a través del
número telefónico 2661-0380, ext. 124-129-131.
Puntarenas, 21 de
octubre de 2014.—Área de Gestión de Bienes y
Servicios.—Lic. Vladimir Lara Camacho.—1
vez.—(IN2014071882).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014LN-000026-PRI
(Circular N° 1)
Instalación de nuevos servicios de conexiones
de agua potable en
la Región Pacífico Central
El Instituto Costarricense
de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138,
comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada
que a partir de la presente publicación podrán retirar la circular N° 1 en la
Proveeduría del AyA. Sita en el piso N° 3, módulo C de la sede central del AyA
en Pavas o bien puede descargarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr.
Lic. Jennifer
Fernández Guillén, Dirección de Proveeduría.—1 vez.—O.
C. N° 5100002278.—Solicitud N° 21690.—C-11660.—(IN2014071851).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000067-PRI
(Circular N° 1)
Estudio integral del recurso hídrico subterráneo
de la parte alta de la Cuenca del Río Barranca
y la Subcuenca del Río la Paz, Alajuela
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a
todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a
partir de la presente publicación, estará disponible la circular N° 1, la cual
podrá ser retirada directamente en la Dirección de Proveeduría, sita en el
módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA en Pavas o bien en la dirección
www.aya.go.cr.
Demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
Lic. Jeniffer Fernández Guillén,
Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 5100002278.—Solicitud
Nº 21728.—C-13700.—(IN2014071941).
MUNICIPALIDAD
DE SANTA ANA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LP-000003-01
Compra de terreno para construcción
del centro diurno para adultos mayores
La Municipalidad de Santa Ana, le informa
que con base al artículo N° 60 del reglamento a la ley de contratación
administrativa, se procede a modificar el cartel y prorrogar la recepción de
ofertas.
Términos de referencia, punto 3 Ubicación geográfica
y Especificaciones:
Apartado b) se modifica quedando de la siguiente
forma, área mínima de 3000 m² (menos 10% de lo establecido).
Se agrega el apartado i) el cual indica los posibles
terrenos deben ubicarse a un radio no superior a los 1500 metros de la
Municipalidad de Santa Ana.
La recepción de ofertas se prorroga para el día 31
de octubre, la hora se mantiene, el cartel está disponible hasta el día 29 de
octubre, en el horario de lunes a jueves de 2:30 a 4:30 p. m; o al correo
electrónico proveeduria@santaana.go.cr.
María de los
Ángeles Pérez Angulo.—1 vez.—(IN2014071763).
CONSEJO
NACIONAL DE SUPERVISIÓN
DEL SISTEMA
FINANCIERO
El Consejo Nacional
de Supervisión del Sistema Financiero en los artículos 5 y 13 de las actas de las
sesiones 1128-2014 y 1129-2014, respectivamente, celebradas el 29 de setiembre
del 2014,
Considerando que:
1. El inciso ñ), artículo 171
de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, Ley 7732, faculta al
Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) a
aprobar las normas contables, según los principios de contabilidad generalmente
aceptados y en caso de conflicto, éstas prevalecerán sobre las emitidas por el
Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
2. El artículo 33 de la Ley
sobre el Régimen Privado de Pensiones Complementarias, Ley 7523, establece
que la Superintendencia de Pensiones regulará, supervisará y fiscalizará los
fondos y regímenes contemplados en esta Ley, así como aquellos que le sean
encomendados en virtud de otras leyes y de la actividad de las operadoras de
pensiones de los entes autorizados para administrar los fondos de
capitalización laboral y de las personas físicas o jurídicas que intervengan,
directa o indirectamente, en los actos o contratos relacionados con las
disposiciones de dicha Ley.
3. El último párrafo del
artículo 49 de la Ley de Protección al Trabajador, Ley 7983, establece
que: “El cincuenta por ciento (50%) de las utilidades netas de las
operadoras, constituidas como sociedades anónimas de capital público, se
capitalizará a favor de sus afiliados en las cuentas individuales de su
respectivo fondo obligatorio de pensiones complementarias, en proporción con el
monto total acumulado en cada una de ellas”.
4. El literal d), artículo 86
del Reglamento sobre la apertura y funcionamiento de las entidades
autorizadas y el funcionamiento de los fondos de pensiones, capitalización
laboral y ahorro voluntario previstos en la ley de protección al trabajador,
establece que: “El 50% de las utilidades de las operadoras constituidas como
sociedades anónimas de capital público serán distribuidas a más tardar cuarenta
y cinco días hábiles después del cierre contable del 31 de diciembre de cada
año. Cada operadora deberá distribuir el monto recibido en proporción al total
acumulado en la cuenta individual de cada uno de sus afiliados”.
5. El último párrafo del
artículo 86, antes citado, señala que: Para el cálculo de las utilidades por
distribuir a que se hace referencia en el literal d) de este Artículo no se
computarán los ingresos provenientes de las inversiones correspondientes
realizadas del capital de funcionamiento de las operadoras de capital público”.
6. El Plan de Cuentas para Entidades, Grupos
y Conglomerados Financieros, aprobado por CONASSIF, mediante artículos 8 y
12, de las actas de las sesiones 639-2007 y 640-2007 celebradas ambas el 9 de
abril de 2007 y sus reformas subsiguientes, requiere uniformar la periodicidad
del registro contable con el resto de las participaciones sobre la utilidad,
para contabilizar mensualmente la participación de los afiliados en el 50% de
las utilidades netas de las operadoras de pensiones de capital público, lo cual
permite que la entidad controladora solo registre mensualmente el ingreso por
participaciones que corresponde al 50% de las utilidades obtenidas por esa
subsidiaria. El procedimiento descrito permite a los bancos revelar con mayor
precisión la sustancia y esencia económica de la relación con la operadora.
7. El plan de cuentas de
marras requiere que se aclaren los conceptos de los grupo 360 Resultado del
Periodo y 450 Impuesto y Participaciones sobre la Utilidad para una
mayor claridad y entendimiento de la naturaleza de estos conceptos.
8. Los ajustes señalados deben
ser considerados de forma paralela en el Plan de Cuentas para las Entidades
de Seguros con el propósito de conservar la homologación entre ambos
planes.
9. Mediante artículos 17 y 9,
de las actas de las sesiones 1111-2014 y 1112-2014, celebradas el 8 y el 15 de
julio del 2014 respectivamente, el CONASSIF remitió en consulta pública y se
valoraron las observaciones y comentarios al proyecto de modificación al Plan
de Cuentas para Entidades, Grupos y Conglomerados Financieros y al Plan
de Cuentas para las Entidades de Seguros.
Resolvió aprobar en firme las siguientes
modificaciones:
A. En lo referente al Plan
de Cuentas para Entidades, Grupos y Conglomerados Financieros.
1. Modificar el concepto de la cuenta analítica 242.13.M.08,
Participación de Operadoras de Pensiones de capital público, de la
subcuenta 242.13, Participaciones sobre la utilidad o excedentes por pagar,
conforme con el siguiente texto:
“242.13.M.08 Participación de
Operadoras de Pensiones de capital público
CONCEPTO: En esta cuenta analítica se
registra el importe de las utilidades que le corresponde distribuir a las
Operadoras de Pensiones de capital público, según lo establecido en el artículo
49 de la Ley de Protección al Trabajador, Ley 7983 y la normativa dictada sobre
el particular por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero y
por el Superintendente de Pensiones.
El registro de la participación
de los afiliados en el 50% de las utilidades de la operadora de pensiones se
realiza mensualmente en función de las utilidades que se van generando cada mes.
Al final del año este importe debe ajustarse con base en las utilidades
anuales que finalmente se reflejen en
los estados financieros auditados de las Operadoras de Pensiones de capital
público.”
2. Modificar el párrafo dos del concepto del grupo 360, Resultado
del Período, conforme con el siguiente texto:
“Para el caso de los bancos
comerciales cada semestre de cada año deben liquidar la clase “500 Ingresos” y
“400 Gastos” con este grupo y registrar en la cuenta correspondiente de este
grupo el saldo de cada semestre del año y la suma de los dos semestres serán
transferidos a los resultados acumulados a inicio de cada año.”
3. Modificar el párrafo segundo del concepto del grupo 450,
Impuesto y Participaciones sobre la Utilidad, conforme con el siguiente
texto:
“Los impuestos, tributos
parafiscales y otras contribuciones sobre utilidad o excedentes en este grupo
no computan de la misma forma que el resto de los gastos sino que su cálculo
está en función de la diferencia positiva entre la clase “500 Ingresos” menos
la clase “400 Gastos”, excepto el grupo “450 Impuestos y participaciones sobre
la utilidad”.
B. En lo referente al Plan
de Cuentas para las Entidades de Seguros.
1. Modificar el concepto de la cuenta analítica 2.040.020.130.M.080,
Participación de Operadoras de Pensiones de capital público, de la
subcuenta 2.040.020.130, Participaciones sobre la utilidad o excedentes por
pagar, conforme con el siguiente texto:
“2.040.020.130.M.080
Participación de Operadoras de Pensiones de capital público
CONCEPTO: En esta cuenta analítica se
registra el importe de las utilidades que le corresponde distribuir a las
Operadoras de Pensiones de capital público, según lo establecido en el artículo
49 de la Ley de Protección al Trabajador, Ley 7983 y la normativa dictada sobre
el particular por el CONASSIF y por el Superintendente de Pensiones.
El registro de la
participación de los afiliados en el 50% de las utilidades de la operadora de
pensiones se realiza mensualmente en función de las utilidades que se van
generando cada mes. Al final del año este importe debe ajustarse con base en
las utilidades anuales que finalmente se
reflejen en los estados financieros auditados de las Operadoras de Pensiones de
capital público.”
2. Adicionar el siguiente párrafo al concepto del grupo 3.060,
Resultado del Período, conforme con el siguiente texto:
“Para el caso de los bancos
comerciales cada semestre de cada año deben liquidar la clase “5.000 Ingresos”
y “4.000 Gastos” con este grupo y registrar en la cuenta correspondiente de
este grupo el saldo de cada semestre del año y la suma de los dos semestres
serán transferidos a los resultados acumulados a inicio de cada año.”
3. Modificar el párrafo segundo del concepto del grupo 4.090,
Impuesto y Participaciones sobre la Utilidad, conforme con el siguiente
texto:
“Los impuestos, tributos
parafiscales y otras contribuciones sobre utilidad o excedentes en este grupo
no computan de la misma forma que el resto de los gastos sino que su cálculo
está en función de la diferencia positiva entre la clase ‘5.000 Ingresos’ menos
la clase ‘4.000 Gastos’, excepto el grupo ‘4.090 Impuesto y participaciones
sobre la utilidad’.”
C. Estas modificaciones al Plan
de Cuentas para Entidades, Grupos y Conglomerados Financieros y al Plan
de Cuentas para las Entidades de Seguros rigen a partir del 1° de enero del
2015. Cualquier disposición vigente en contrario a estas modificaciones queda
derogada.
Lic. Jorge Monge Bonilla,
Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 2014013559.—Solicitud Nº
20738.—(IN2014065014).
OFICINA DE SABANILLA 173
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Yo Anabel Rivera
Rivera, cédula de identidad N° 1-0566-0128, solicitante del certificado de depósito
a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, oficina de 173 Sabanilla
que se detalla a continuación:
C.D.P Monto ¢ Emisión Vencimiento
400-01-173-001044-4 594.098,87 10-12-2009 10-06-2010
Cupón Monto ¢ Emisión Vencimiento
1 18.446,77 10-12-2009 10-06-2010
Título emitido a
la orden a una tasa de interés del 6.75%. Solicito reposición de este documento
por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para
oír reclamos de terceros por el término de quince días.
San José, 7 de
octubre del 2014.—Anabel Rivera
Rivera.—(IN2014066612).
Yo Anabel Rivera
Rivera, cédula de identidad N° 1-0566-0128, solicitante del certificado de
depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, oficina de 173
Sabanilla que se detalla a continuación:
C.D.P Monto ¢ Emisión Vencimiento
400-01-173-001029-0 1.230.946,82 18-11-2009 18-05-2010
Cupón Monto Emisión Vencimiento
1 46.431,31 18-11-2009 18-05-2010
Título emitido a la orden a una tasa de
interés del 8.20%. Solicito reposición de este documento por causa de extravío.
Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de
terceros por el término de quince días.
San José, 7 de octubre del 2014.—Anabel Rivera Rivera.—(IN2014066615).
VICERRECTORIA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-3661-2014.—Matute
Agüero Gabriela Hibet, R-302-2014, pasaporte 035244703, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Ingeniero Electricista, Universidad Simón Bolívar,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 4 de
setiembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera
Monge, Director.—O.C. N° 130833.—Solicitud N° 20167.—(IN2014062582).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A Juan Carlos
Mancilla Córdoba, se le comunica la resolución de las trece horas del
veinticinco de setiembre del dos mil catorce, que ordenó: I) Dar inicio al
Proceso Especial de Protección en sede administrativa. II) Se ordena el abrigo
temporal de las personas menores de edad Jordan Francisco Mancilla Chamorro,
Brandon Geanfred Chamorro Ledezma y Dorian Valeria Chamorro Ledezma en un
albergue del Patronato Nacional de la Infancia de acuerdo a sus necesidades
permaneciendo en el Albergue de Barrio San José en Alajuela. El plazo de la
presente medida de protección es por seis meses y su fecha de vencimiento es el
veinticinco de marzo del dos mil quince. III) En cuanto a la interrelación
familiar se dispone que la presente medida no limita el contacto de los padres
con las personas menores de edad, dichas visitas se realizarán conforme con lo
estipule el reglamento que rige los albergues de la institución y/o en su lugar
las disposiciones al respecto que establezcan los (as) profesionales del Equipo
Interdisciplinario de Albergues de la Dirección Regional de Alajuela. IV) Se le
advierte a las señoras María Isabel Chamorro Ledezma y Shirley Mayela Ledezma
Méndez, su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación
a padres de los que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez y lo
Trabajo Social del Hospital San Rafael y/o la Oficina Municipal de la Mujer en
Atenas y/o grupo a fin de su comunidad, debiendo de aportar informes periódicos
de avance a esta oficina. V) Se le advierte a las señoras María Isabel Chamorro
Ledezma y a la señora Shirley Mayela Ledezma Méndez que deben someterse a la
orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará esta institución
en el tiempo y forma que se les indique. Para lo cual se les indica que deben
cooperar con la atención institucional lo que implica asistir a las citas que
se le brinden así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. VI) Se le
designa a la Lic. Isela Chavarría Salazar, Trabajadora Social de la Oficina
Local de Alajuela para que realice investigación ampliada de los hechos y rinda
informe dentro del plazo de veinticinco días naturales. VII) Se les otorga a
los progenitores María Isabel Chamorro Ledezma y Juan Carlos Mancilla Córdoba
el plazo de cinco días hábiles dentro del cual podrán ofrecer la prueba de
descargo pertinente. VIII) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia
del I Circuito Judicial de Alajuela, a la Fiscalía de Atenas y al Departamento
de Acreditación de esta Institución. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán
interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Expediente N° OLA-00537-2014.—Oficina
Local de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 36800.—Solicitud N°
14000085.—C-58060.—(IN2014066636).
Resolución RRGA-016-2014.—San José, a las 10:45 horas del 16 de octubre de 2014.
Modificación de la Resolución
RRG-422-2014. Designación de Comisionado por Costa Rica ante la Comisión
Regional de Interconexión Eléctrica (CRIE)
Considerando:
I.—En ausencia del señor
Regulador General Dennis Meléndez Howell, con motivo de sus vacaciones desde el
8 al 29 de octubre del 2014 inclusive, comparece en este acto la señora Grettel
López Castro, en su condición de Reguladora General Adjunta, según el acuerdo que
consta en el artículo segundo del acta de la sesión ordinaria número ciento
sesenta y uno, celebrada por el Consejo de Gobierno el 20 de agosto del dos mil
trece, publicado en La Gaceta 211 del 1 de noviembre del 2013,
nombramiento que quedó ratificado por la Asamblea Legislativa en la sesión
ordinaria número 69, celebrada el 19 de setiembre de 2013, de conformidad con
lo estipulado en el artículo 47 de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, nombramiento que a la fecha se encuentra vigente. De
conformidad con el artículo 57 de la misma ley, la Reguladora General Adjunta
sustituye al Regulador General durante sus ausencias temporales.
II.—Que mediante la resolución RRG-422-2014 del 3 de
octubre de 2014, este Despacho dispuso: “Informar, para lo que corresponda,
a la Comisión Regional de Interconexión Eléctrica (CRIE), y al Sistema de
Integración Centroamericana (SICA) que la representación de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos en la Comisión de Interconexión Eléctrica
(CRIE), recae en el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos y en su ausencia en su Regulador General Adjunto y en el
Intendente de Energía en los casos que así sea delegado según la legislación
costarricense. En este sentido, se deja sin efecto el nombramiento que hasta la
fecha ostentó el señor Álvaro Barrantes Chaves, como Comisionado de la CRIE”.
III.—Que tal y como se indicó en la resolución antes
citada, mediante la Ley 9004, publicada en La Gaceta 224 del 22 de noviembre
de 2011, se aprobó en cada una de sus partes, el Segundo Protocolo al Tratado
Marco del Mercado Eléctrico de América Central y se estableció en su artículo
2, que “Las obligaciones y los derechos de Costa Rica como parte de la
Comisión Regional de Interconexión Eléctrica (CRIE) se asignan a la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), como regulador del sector
eléctrico nacional.”
IV.—Que de las actas del
expediente legislativo N.º 16971, Aprobación del Segundo Protocolo al Tratado
Marco del Mercado Eléctrico de América Central, acta de la sesión ordinaria N°.
5 del 24 de junio de 2010, de la Comisión Permanente Especial de Relaciones
Internacionales y Comercio Exterior, se desprende la intención del legislador,
lo que se conoce como el espíritu de la norma, en cuanto a que la
representación ante la CRIE correspondiera a la Aresep, en este sentido
destacan las palabras del entonces Diputado Mendoza García: “Con respecto a
este Protocolo Segundo, nosotros estamos también totalmente de acuerdo en hacer
una división explícita, como bien apunta don Álvaro, de cuáles son las
funciones y la representación que se debe de tener ante el Consejo Director del
Mercado Eléctrico Regional, cuáles son las representaciones que han de existir
ante la Comisión Regional de Interconexión Eléctrica y cuáles son las funciones
del ente operador de la Red, del propietario, del inversionista, en la empresa
que se ha conformado y cuáles son las funciones que debe de jugar el ICE y la
Compañía Nacional de Fuerza y Luz, en este proceso”.
V.—Que de conformidad con el Reglamento interno de
organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y
su órgano desconcentrado, le corresponde a la Intendencia de Energía, ejercer la
regulación económica integral de los servicios de suministro de energía
eléctrica en las etapas de generación, transmisión, distribución y
comercialización, entre otras funciones.
VI.—Que
mediante oficio 205-RG-2014, del 12 de marzo de 2014, este Despacho nombró al
señor Juan Manuel Quesada Espinoza como Intendente de Energía en propiedad por
un periodo de cinco años prorrogable.
VII.—Que
el artículo 1º, de la Ley 3008, Ley orgánica del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, dispone que ese Ministerio -en virtud de las disposiciones
constitucionales y legales respectivas- tiene por función colaborar con el
Presidente de la República, bajo la dirección del Ministro nombrado al efecto,
en la formulación sistematizada de la política exterior del país, en la
orientación de sus relaciones internacionales y en la salvaguardia de la
soberanía nacional. Y que es el medio por el cual el Estado realiza todas sus
gestiones ante Gobiernos e Instituciones extranjeras. Por tanto,
Con fundamento en
la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y la Ley General de
la Administración Pública,
LA REGULADORA GENERAL ADJUNTA, RESUELVE:
Modificar la
parte dispositiva de resolución RRG-422-2014, para que se lea de la siguiente
manera:
I.—Dejar sin efecto el nombramiento del señor Álvaro
Barrantes Chaves, como Comisionado por Costa Rica ante la Comisión Regional de
Interconexión Eléctrica (CRIE).
II.—Designar
al señor Juan Manuel Quesada Espinoza, actual Intendente de Energía, o quien
ejerza el cargo, como Comisionado por Costa Rica ante la Comisión de
Interconexión Eléctrica (CRIE).
III.—Solicitar al Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, notificar mediante el procedimiento protocolar
correspondiente, la designación del señor Juan Manuel Quesada Espinoza, en su
condición de Intendente de Energía de la Aresep, como Comisionado por Costa
Rica ante la Comisión Regional de Interconexión Eléctrica (CRIE), con el fin de
que sea registrada en el Sistema de Integración Centroamericana (SICA).
Notifíquese, comuníquese y
publíquese.—Grettel López Castro, Reguladora General
Adjunta.—1 vez.—O. C. Nº 7851-2014.—Solicitud Nº 21661.—C-127650.—(IN2014071682).
FORMULARIO
Y REQUISITOS PARA SOLICITUD DE LICENCIAS URBANAS
La Municipalidad de San José informa a
los interesados que el siguiente es el formulario para la solicitud de
Licencias Urbanas y sus requisitos de
acuerdo con el siguiente detalle.
.RS-SPP-P01-SPP-PR01-FM01 Solicitud de Licencias
Urbanas-versión 2.0.
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Datos Importantes que se deben
considerar al proporcionar la información solicitada.
- El formulario debe ser llenado con letra
legible sin borrones ni tachones.
- El formulario permite marcar
con X, una o varias opciones de trámite dentro del cuadro establecido para
dicho fin (Visado de planos, Uso de Suelo y Alineamiento, y VB para Catastrar).
- La resolución del trámite en
este formulario no autoriza el inicio de la obra (construcción, ampliación, remodelación,
entre otros) o a iniciar actividades lucrativas (patentes), debe tramitar las
licencias correspondientes.
- La resolución final de este
trámite será almacenada en Plataforma de Servicios por 60 días hábiles,
posterior a este plazo será destruido el documento físico.
- En la parte inferior se
encuentra el “uso de oficina”, el cual es para ser llenado sólo por el
personal municipal.
Términos
Importantes en el formulario:
- Uso solicitado:
o Residencial: Alberga edificaciones
de uso residencial, con sus respectivos servicios y equipamientos.
o Institucional:
Actividades de educación como kinders, escuelas, colegios o universidades,
actividades sanitarias (clínicas y hospitales), de protección (policía,
bomberos), gubernamentales (tribunales, correos, bancos estatales), salones
comunales, cementerios, entre otros.
o Industria:
Son las que se ubican en el mapa de zonificación del PDU.
o Comercio y
servicios: Concentra las edificaciones de centros o corredores comerciales y de
servicios.
o Recreativo:
Incluye lugares de interés público como: parques, plazas, plazoletas, áreas
verdes y comunales, aceras, vías peatonales, instalaciones deportivas y
recreativas.
- Especifique actividad:
o En caso de ser utilizado para
Permisos de Construcción debe indicar si es para vivienda o negocio y si es
para construcción, remodelación ampliación, debe especificar actividad y uso.
o En caso de
ser utilizado para patente (nueva o ya existente) o para renovación del Permiso
de Salud, debe indicar el tipo de negocio que va a solicitar (restaurante,
bazar, escuela, sala de belleza, gimnasio, entre otros).
- Área de uso de actividad:
o En caso de ser utilizado para
Permisos de Construcción consignar únicamente el área que va a construir, ampliar,
remodelar, entre otros.
o En caso de
ser utilizado para patente (nueva o ya existente) o para renovación del Permiso
de Salud, debe consignar únicamente el área que va a utilizar para el negocio.
- Con el fin de:
Consulta: Se debe tener en
cuenta que el trámite de uso de suelo con el fin de consulta no autoriza para
ningún tipo de licencia, ya que es meramente informativo.
- Resoluciones para uso de
suelo
CONFORMES O
PERMITIDOS: Son todas aquellas actividades y obras de edificación acordes con
los requisitos y lineamientos de LOS REGLAMENTOS DE Desarrollo Urbano (RDU).
USOS EXISTENTES NO CONFORMES:
Son todas aquellas actividades y obras de edificación existentes conforme al
ordenamiento jurídico, a la fecha de entrada en vigencia del PDU y los RDU, pero
que no son compatibles con sus requisitos y lineamientos.
CONDICIONADOS: Son todas
aquellas actividades y obras de edificación que pueden darse en una zona,
siempre y cuando cumplan requisitos especiales para evitar contaminación,
ruidos, molestias, o bien algún otro requisito, los cuales deben estar
especificados en los RDU o en otras leyes y reglamentos conexos. Estas
condiciones se indicarán en el certificado de uso de suelo correspondiente.
NO PERMITIDO: Son todas aquellas
actividades y obras de edificación que no pueden ser llevadas a cabo en un
lote, por no cumplir con los requisitos y lineamientos del RDU.
Requisitos:
- Para
el trámite de VISTO BUENO PARA CATASTRAR
1. Solicitud
respectiva (formulario debidamente lleno) firmada por el o los propietarios
registrales y autenticada por un abogado si es presentada por un tercero.
2. Certificación de personería jurídica vigente,
en caso que el propietario sea persona jurídica.
3. Copia certificada por el Catastro Nacional o
Notario Público, del plano catastrado de la finca madre.
4. Croquis de reunión o segregación de la
propiedad.
- Para
el trámite de VISADO DE PLANOS:
1. Solicitud
respectiva (formulario debidamente lleno) firmada por el interesado.
2. Original y una copia del plano catastrado sin
reducir y sin pegas.
En caso que el plano catastrado no sea
coincidente con la información registral o no se logre ubicar en el catastro
municipal, la Municipalidad deberá solicitarle al interesado aportar copia
certificada por Catastro Nacional o por Notario Público, del plano catastrado
de la finca madre, para determinar su procedencia.
- Para
el trámite de CERTIFICADO DE USO DE SUELO:
1. Solicitud
respectiva (formulario debidamente lleno) firmada por el interesado.
2. Fotocopia del plano catastrado, si reducir y
sin pegas, debidamente visado por el municipio.
San José, 01 de octubre de 2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1
vez.—O. C. N° 134482.—Solicitud N° 20660.—(IN2014064265).
ACTUALIZACIÓN TARIFA TERMINAL DE BUSES CALLE 16
La Municipalidad de San José, informa
que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 74 del Código Municipal, el
siguiente detalle corresponde a la actualización de la tarifa por el servicio
de la terminal de buses calle 16, la cual entrará en vigencia 30 días a partir
de la presente publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Alquiler
Mensual
Concepto
|
Alquiler vigente
|
Alquiler propuesto
|
Terminal de buses calle 16
|
¢324.890.00
|
¢335.940.00
|
Acuerdo definitivamente aprobado.
Acuerdo 11, Artículo IV de la sesión extraordinaria 229, celebrada por el
Concejo Municipal del Cantón Central de San José el 16 de setiembre de 2014.
San José, 23 de setiembre de 2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1
vez.—O. C. N° 134482.—Solicitud N° 20706.—(IN2014064270).
ACTUALIZACIÓN
DE LA TASA POR EL SERVICIO
DE RECOLECCIÓN
DE RESIDUOS
La Municipalidad de San José, comunica
la nueva actualización de la tasa por el
servicio de recolección de residuos, según el siguiente detalle, misma que
entrará en vigencia treinta días después de su publicación en el diario oficial La Gaceta.
TASA TRIMESTRAL
DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS
Detalle
|
Tasa vigente
|
** tasa propuesta
|
Residencial, público,
religioso.
|
¢1.052,65
|
¢1.057,13
|
Comercial, periférico
|
¢2.631,63
|
¢2.642,82
|
Comercial casco
central
|
¢5.263,27
|
¢5.287,64
|
Acuerdo definitivamente aprobado. 4, Artículo
IV de la sesión ordinaria 230, celebrada por la Corporación Municipal del
Cantón Central de San José el 23 de setiembre de 2014.
San José, 01 de octubre de 2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1
vez.—O. C. N° 134482.—Solicitud N° 20707.—(IN2014064271).
Se hace saber a
los interesados que el señor Braulio Adolfo Mora Valerio, cédula número
1-0882-0372, mayor, vecino de San Isidro de Coronado, San José, ha presentado escrito
a la Municipalidad de Vázquez de Coronado, Oficina del Cementerio, para
traspasar el derecho que se ubica en el Cementerio número 01, cuadro número 04,
línea número 06, fosa número 13, (ubicación anterior 02-04-13) del Cementerio
de Coronado, el cual aparece registrado a nombre de Familia Mora Méndez, para
que en lo sucesivo aparezca a nombre de Braulio Adolfo Mora Valerio, cédula
número 1-0882-0372, y Teresita Mora Valerio, cédula número 1-0958-0307. La Municipalidad de Vázquez de Coronado, dará
30 días naturales de plazo, a partir de la fecha de la presente publicación,
para oír objeciones de terceros.
Vázquez de
Coronado, 22 de setiembre del 2014.—Leonardo Herrera
Sánchez, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2014065968).
El Concejo Municipal del cantón
de Upala, acuerda en definitiva y en firme, mediante sesión ordinaria
correspondiente al día viernes veintidós de agosto año dos mil catorce, según
Acta N° 43-2014 Capítulo III Artículos 2 y 4.
2- La Comisión de
Asuntos Jurídicos rinde informe de reunión celebrada el día viernes 22 de
agosto 2014 al ser las nueve horas, rindiendo dictamen positivo una vez
analizado y discutido para su aprobación por parte del Concejo Municipal del
“Reglamento Interno de la Casa de los Derechos de las Mujeres”.
El Concejo
Municipal con los votos positivos de los cinco regidores presente acuerda la
aprobación del referido reglamento y autoriza a la Administración para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
4- El Concejo Municipal con los votos positivos
de los cinco regidores presente, acuerda en firme que la Municipalidad de Upala
se adhiere al “Manual de valores base unitarios por tipología constructiva”,
publicado por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda en
el alcance 22 de La Gaceta Nº 23 del 01 de febrero de 2013, para efectos
de lo indicado en la Ley 7509. Se autoriza a la Administración para su
publicación en La Gaceta.
Rige a partir de su publicación
Upala, el primer día del mes de
setiembre año dos mil catorce.—Lic. Alejandro Ubau
Hernández, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2014064893).
La Municipalidad
del Cantón Central de Heredia, sesión ordinaria
N° trescientos cuarenta y tres-dos mil catorce, celebrada por el Concejo
Municipal del Cantón Central de Heredia el 21 de julio del 2014, en el artículo
IV, aprobó la siguiente Tarifa por Servicio de Aseo de Vías y Sitios Públicos,
TASA SERVICIO DE ASEO DE VÍAS Y SITIOS PÚBLICOS
Tipo de contribuyente
|
Tasa trimestral por metro lineal de frente
|
Residencias e instituciones educativas
públicas sin presupuesto propio.
|
¢558,00
|
Zona comercial e industrial.
|
¢1.395,00
|
Según artículo 74
del Código Municipal esta regirá 30 días posteriores a esta publicación.
Heredia, 23 de setiembre
del 2014.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Enio
Vargas Arrieta, Proveedor.—1 vez.—O. C. N°
56416.—Solicitud N° 20300.—(IN2014064233).
CLUB DE PLAYA LAS GARZAS S. A.
El Club de Playa Las Garzas S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-095095, convoca a todos sus asociados a las Asambleas
Ordinaria y Extraordinaria, a celebrarse el sábado 29 de noviembre del 2014, en
el Club de Playa Las Garzas S. A., en Bajamar de Garabito, Puntarenas, a las
9:00 horas en primera convocatoria y a las 10:00 horas en segunda convocatoria.
Agenda
Asamblea Ordinaria
1 Lectura y
aprobación del acta de la asambleas ordinaria y extraordinaria N° 44, celebrada
el 30-11-2013.
2. Informe
de la presidencia.
3. Informe
de la tesorería.
4. Informe
de la fiscalía.
5. Elección
de puestos de junta directiva: Vicepresidente(a), tesorero(a), vocal 1,
fiscal(a), fiscal(a) suplente y tres directivos (as) suplentes.
6. Mociones
de los asociados. Deberán entregarse por escrito antes del inicio de la
Asamblea.
Agenda
Asamblea Extraordinaria
1. Revisión de
los acuerdos primero y segundo aprobados en la Asamblea Extraordinaria N° 43,
celebrada el 22-06-13 y acuerdo primero de la asamblea extraordinaria N° 44,
celebrada el 30-11-13, relacionados con el proyecto de construcción de un
tanque de captación de agua potable para el servicio a la comunidad de Las
Garzas.
2. Financiamiento
para la construcción de la casa para el Encargado de la Finca.
Recordatorio
Informativo: Los Estatutos de nuestra Sociedad establecen:
“Artículo
7,3º—Las asambleas ordinarias y extraordinarias podrán celebrarse en el
domicilio social de la Sociedad, o en cualquier otro sitio asequible a los
socios. Tendrán voz y voto, únicamente los socios que se encuentren al día en
sus obligaciones con la Sociedad (cuotas de mantenimiento, intereses
moratorios, canon, agua, chapeas, cuotas extraordinarias y aportes especiales
que fije la Asamblea)...”
Miguel Zúñiga Céspedes, Presidente de la Junta
Directiva.—1 vez.—(IN2014071728).
CONDOMINIO
GALICIA
Se convoca a todos los propietarios
del Condominio Galicia, cédula de persona jurídica N° 3-109-116857, a la
asamblea general ordinaria a celebrarse en
rancho de actividades del condominio, a las 15:00 horas el 23 de noviembre del
2014, en primera convocatoria y una hora después, segunda convocatoria, para
conocer de los siguientes asuntos Informe de Tesorería, nombramiento de la
administrador para el periodo 2014-2016 modificación del reglamento interno,
solicitud de aumento de Cuota de mantenimiento para el año 2014.—Gustavo
Hodgson Obando, Administrador.—1 vez.—(IN2014071776).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CONDOMINIO
HORIZONTAL VERTICAL COMERCIAL
PLAZA COMERCIAL
VEREDA REAL
Por haberse extraviado
los libros todos número uno de Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea de
Condóminos y Caja del Condominio Horizontal Vertical Comercial Plaza Comercial
Vereda Real, cédula jurídica N° tres-ciento nueve-cuatrocientos sesenta y un
mil trescientos sesenta y uno, se ha iniciado el trámite de su reposición por
lo que se emplaza a cualquier interesado para que formule reparos a la
reposición en trámite ante el Registro Nacional, Sección Propiedad en
Condominio.—Heredia, veintinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Yorleny
Murillo Vargas, Notaria.—(IN2014066443).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
THERA SISTEMAS
S. A.
Thera Sistemas S. A., cédula jurídica
3-101-243312, da aviso de la reposición por extravío de los libros, registro de
accionistas, actas de junta directiva y actas de asamblea de socios. Para
oposiciones en mi notaría, San Pedro Montes de Oca, del Higuerón, cuatrocientos
metros sur, cien este, cien sur y setenta y cinco este.—San
José, 30 de setiembre de 2014.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014064123).
CHICAGO
TITLE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Chicago Title Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento-uno-cuatrocientos cincuenta y
cuatro mil novecientos cincuenta y cinco, solicita ante la Dirección del
Registro Nacional, por motivo de extravío la reposición de los siguientes
libros legales: Actas de Asambleas de Socios, Registro de Socios, Acta de
Consejo de Administración, Diario, Mayor, Inventario y Balances, todos número
dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante dicha
Dirección dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de
este aviso.—San José, 28 de setiembre del 2014.—Lic.
Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2014065666).
GUILUCO
C Y V S. A.
Guiluco C Y V S.
A., cédula jurídica 3-101-305.109 solicita la reposición, por extravío, de los
libros de actas de asambleas de socios y registro de accionistas. Se cita a
interesados a manifestar oposiciones ante el Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional en los 8 días siguientes a la presente publicación.—San José,
2 de octubre del 2014.—Luis Corrales Cascante y Guido Manuel Vargas Sánchez,
Apoderados Generalísimos.—1 vez.—(IN2014065923).
ASOCIACIÓN
DE CABALLISTAS DE AGUIRRE
Yo, Edwin Calvo
Chacón, mayor, casado una vez, Educador Pensionado, vecino de Naranjito de
Aguirre, Quepos, portador de la cédula de identidad número cuatro ciento dos
cero cuatrocientos ochenta y ocho, en mi calidad de presidente y representante
legal Asociación de Caballistas de Aguirre, con cédula jurídica número tres
cero cero dos-ciento noventa y seis mil cero setenta y nueve, solicito al
Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición
del libro de Actas número dos de Asambleas Generales, el cual fue extraviado.
Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier
interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Puntarenas, veintisiete de agosto del dos mil
catorce.—Edwin Calvo Chacón, Presidente.—1 vez.—(IN2014065927).
MELFORT
SOCIEDAD ANÓNIMA
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría otorgada
a las dieciocho horas del día doce de setiembre del año dos mil catorce, se
protocolizó solicitud de número de legalización de libros de la sociedad
Melfort Sociedad Anónima. En virtud del extravío de los libros de Registro de
Socios, Registro de Actas de Asamblea de Socios y Actas de Junta Directiva de
dicha sociedad.—San José, seis de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Giselle
Pacheco Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2014066383).
TRANSPISA
LIMITADA
La sociedad Transpisa Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-ciento setenta mil cuatrocientos dos, solicita ante el
Registro Público de la Propiedad la reposición del Libro de Actas de Asambleas
Generales de Socios ya que ese libro se extravió y a la fecha de hoy no
aparece. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Registro Público de la Propiedad, en el término de ocho días hábiles a partir
de la publicación de este aviso.—Ciudad Quesada, veinticinco de setiembre del
dos mil catorce.—Oldemar Campos Araya, Gerente.—1 vez.—(IN2014066910).
REPUESTOS
USADOS GUANACASTE M.W
SOCIEDAD
ANÓNIMA
El suscrito Manuel Vargas Mora,
Notario Público, hago constar que mediante escritura sesenta del tomo cinco de
mi protocolo, se solicitó la reposición de libros Acta de Asambleas Generales,
Registro de Socios y Acta de Junta Directiva de la sociedad Repuestos Usados
Guanacaste M.W Sociedad Anónima.—Nicoya, treinta de
setiembre del dos mil catorce.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014066954).
Ante esta notaría por medio de
escritura pública número 178-V, otorgada en Guanacaste, a las 11:00 horas del
17 de setiembre del 2014, se protocolizó el acta número once de la sociedad
denominada Mystical Beaches Ltda, en la cual se tomaron los siguientes
acuerdos: primero: se acuerda modificar la cláusula octava del pacto
constitutivo. Segundo: se remueven los puestos de gerentes 1, 2 y 3 de la
sociedad. Tercero: se realizan los siguientes nombramientos: gerente general
uno: Nancy Anne Wiseman gerente general dos: John Metthew Wiseman.—Guanacaste, 17 de setiembre del 2014.—Lic. Laura Coto
Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014064125).
En escritura número cincuenta-diez de las
once horas del treinta de setiembre del dos mil catorce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones de Cinema de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos diecisiete mil-cuatrocientos ochenta, reformando la cláusula
segunda del pacto constitutivo de la sociedad.—San
José, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—(IN2014064131).
Bajo asamblea acta número nueve de
fecha veintitrés de setiembre del dos mil catorce de 3-101-496469 S. A.,
se modifica la cláusula octava en relación al actuar del presidente y
secretario, quienes serán apoderados generalísimos sin límite de suma actuando
conjunta o separadamente pero el secretario tendrá limitación a la hora de
disponer bienes de la sociedad con la excepción del arrendamiento.—San José, treinta de setiembre del dos mil catorce.—Lic.
Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—(IN2014064139).
Ante mi notaría mediante escritura 7
del tomo 23, se protocolizó acta número 1 de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de C Q L L Comercio Internacional
Sociedad Anónima, transformándose en Limitada, modificándose
estatuto y nombrando gerente y subgerente.—San José, a
las 11:30 horas del 01 de octubre del 2014.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides,
Notaria.—1 vez.—(IN2014064808).
Ante mi notaría mediante escritura 4
del tomo 23, se protocolizó acta número 12 de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Consultoría y Desarrollo Urbana Sociedad
Anónima, modificándose estatuto y nombrando nuevo vice presidente.—San José, a las 11:00 horas del 25 de setiembre del
2014.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1
vez.—(IN2014064819).
Ante mi notaría mediante escritura 6
del tomo 23, se protocolizó acta número 1 de asamblea general extraordinaria de
cuotistas de C D U Venta del Este Limitada,
modificándose estatuto y nombrando nuevo subgerente.—San
José, a las 11:00 horas del 01 de octubre del 2014.—Lic. Lindy Viviana Acuña
Benavides, Notaria.—1 vez.—(IN2014064823).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las trece horas del veintidós de setiembre del 2014 se protocolizó la
cuarta asamblea extraordinaria de Cabave B Y V S. A., cédula
jurídica 3-101-370303, se reformó la cláusula octava del pacto referida a la
representación.—Nicoya, 24 de setiembre del 2014.—Lic.
Olga Granados Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2014064829).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las diez horas del veinticuatro de setiembre del 2014 se protocolizó
la sétima asamblea extraordinaria de Ganadera La Hojancha S. A., cédula
jurídica 3-101-282286, se reformó la cláusula sétima del pacto referida a la
representación.—Nicoya, 24 de setiembre del 2014.—Lic. Olga Granados Porras,
Notaria.—1 vez.—(IN2014064830).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las nueve horas del veinticuatro de setiembre del 2014 se protocolizó
acta de la octava asamblea extraordinaria de Restaurant Charis S. A., cédula
jurídica 3-101-361823, se reformó la cláusula octava del pacto referida a la
representación.—Nicoya, 24 de setiembre del 2014.—Lic.
Olga Granados Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2014064831).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las catorce horas del veintidós de setiembre del 2014 se protocolizó
la sétima asamblea extraordinaria de Carla y Karen S. A. cédula jurídica
3-101-320021 se reformó la cláusula octava del pacto referida a la
representación.—Nicoya, 24 de setiembre del 2014.—Lic. Olga Granados Porras,
Notaria.—1 vez.—(IN2014064858).
Por escritura número trescientos
veintidós del tomo trece otorgada ante el notario Cristián Villegas Coronas, a
las nueve horas del veinte de agosto de dos mil catorce, se constituyó la
sociedad Producciones Sin Limites Sociedad Anónima Deportiva.—San José,
30 de setiembre de 2014.—Lic. Cristián Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—(IN2014064869).
Hoy, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad San Simon Sociedad Anónima, donde
se acordó reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San
José, primero de octubre del dos mil catorce.—Lic. Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014064872).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Mayenda Limitada.—San José,
29 de mayo del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014003282.—(IN2014065406).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada New Height Sociedad Anónima.—San
José, 29 de mayo del 2014.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2014003283.—(IN2014065407).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 4 de marzo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Kaizen Company Sociedad Anónima.—San
José, 29 de mayo del 2014.—Lic. Angie Andrea Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2014003284.—(IN2014065408).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Condos Belleza Tamarindo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 29 de mayo del 2014.—Lic.
Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1
vez.—CE2014003285.—(IN2014065409).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Aguilar PRD Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2014.—Lic. Yehudin Gerardo Sancho
Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2014003286.—(IN2014065410).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 40 minutos del 27 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada A Novo A Pari Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de mayo del 2014.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—CE2014003287.—(IN2014065411).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 00 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Farmaciencia F.C. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2014.—Lic. Paola Sáenz Alfaro,
Notaria.—1 vez.—CE2014003288.—(IN2014065412).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 15 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Follajes Linda Vista Sociedad Anónima.—San José, 29
de mayo del 2014.—Lic. Marco Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2014003289.—(IN2014065413).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Consorcio Rodola.—San José,
29 de mayo del 2014.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1
vez.—CE2014003290.—(IN2014065414).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 6 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones DYM Sociedad Anónima .—San José, 29 de
mayo del 2014.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—CE2014003291.—(IN2014065415).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Seguridad Somoza Mendoza Sociedad Anónima.—San José,
29 de mayo del 2014.—Lic. Marco Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014003292.—(IN2014065416).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Tecnimedic T.M. Sociedad Anónima.—San
José, 29 de mayo del 2014.—Lic. Paola Sáenz Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2014003293.—(IN2014065417).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Quesada M & G Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del
2014.—Lic. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1
vez.—CE2014003294.—(IN2014065418).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Optimus Hermosa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de mayo del 2014.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2014003295.—(IN2014065419).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Mercantil Commerce Finance Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 29 de mayo del 2014.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes,
Notario.—1 vez.—CE2014003296.—(IN2014065420).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Fusiones INK Sociedad Anónima.—San
José, 30 de mayo del 2014.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—CE2014003297.—(IN2014065421).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Investur.—San José, 30 de
mayo del 2014.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1
vez.—CE2014003298.—(IN2014065422).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Box Supplies Sociedad Anónima.—San
José, 30 de mayo del 2014.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2014003299.—(IN2014065423).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gran Duque AC.—San José, 30
de mayo del 2014.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1
vez.—CE2014003300.—(IN2014065424).
Por escritura número ciento cuarenta y seis-siete,
otorgada ante el notario público Carlos Corrales Azuola, a las nueve dieciséis
horas del seis de octubre del año dos mil catorce, se acuerda modificar la
administración y revocar nombramiento actual de Gerente correspondiente a la
sociedad RBT Trust Services Ltda.—San José, 6 de
octubre del año 2014.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1
vez.—(IN2014066359).
Por escritura 057-56 del tomo 56 del
protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a
las 15:00 horas del 6 de octubre del 2014, protocolicé acta, en la cual se disuelve
la sociedad costarricense Tranquility Vacations S. A., con cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos un mil quinientos cincuenta y
nueve.—San Isidro de El General, 6 de octubre del
2014.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1
vez.—(IN2014066362).
Por escritura otorgada ante mí a las
diez horas del primero de octubre del dos mil catorce, se constituyó la
sociedad: Left Coast Composites Limitada. Capital social
totalmente suscrito y pagado mediante letras de cambio. Se otorga poder general.—Cartago, La Unión, seis de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1
vez.—(IN2014066366).
A las 15:00 y 16:00 horas del día de
hoy protocolicé en mi Notaria actas de asambleas de socios de las compañía Windy Land Investment S. A. y Rotax Wear S. A.
Se reforma la cláusula VI del pacto social.—San José,
1 de octubre del 2014.—Lic. Edgar Nassar Guier, Notario.—1
vez.—(IN2014066373).
En escritura pública otorgada ante mí
el día veintiséis de setiembre del año dos mil catorce, en escritura pública se
modificó la junta directiva y la representación de la sociedad Grupo Condeco
VAC Sociedad Anónima, cedula de jurídica tres-ciento uno-cuatro siete uno
seis nueve cuatro. Es todo.—veintiséis de setiembre
del año dos mil catorce.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2014066375).
A las 15:00 horas del día de hoy
protocolicé en mi Notaria acta de asamblea de socios de la compañía Moda
Diseño Accesorios Moda Ltda. Se reforma la cláusula VI del pacto
social.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Edgar
Nassar Guier, Notario.—1 vez.—(IN2014066379).
A las diez horas de hoy, ante esta
Notaría se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Valkemaro
S. A., por medio de la cual se modificaron las cláusulas primera, tercera
y quinta del pacto constitutivo, se disminuyó su plazo social y se nombró nueva
junta directiva y fiscalía.—Cartago, 6 de octubre del 2014.—Lic. Alfonso Víquez
Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014066392).
Ante esta notaria por medio de
escritura pública número 74-VI, otorgada en Guanacaste a las 13:00 horas del 2
de octubre del año 2014 se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento dos-dos cuatro ocho
cero cero cero cero en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero:
Se removió al gerente general uno. Segundo: se nombró en el puesto de gerente
general uno a Marcela Ulloa Solano tercero: Se removió al gerente general dos.
Cuarto: se nombró en el puesto de gerente general dos a Lis Daniel Diebra Quintana.—Guanacaste, 3 de octubre del 2014.—Lic. Priscilla Solano
Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014066397).
Que por acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Tres-Ciento Uno-Quinientos Ochenta y
Dos Mil Novecientos Veintidós S. A., cédula jurídica número 3-101-582922,
celebrada el día 25 de setiembre del año 2014, conforme al artículo 201 inc. d)
del Código de Comercio se acordó la disolución de dicha sociedad, se avisa de
la disolución para efectos de derechos de interesados, por el plazo de ley. Es
todo.—San Isidro, 3 de octubre del año dos mil
catorce.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1
vez.—(IN2014066430).
Que por acta de asamblea general
extraordinaria de Tres-Ciento Uno-Trescientos Setenta y Tres Mil Quinientos
Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-373504, celebrada el día 06
de octubre del año dos mil catorce, se modifican las cláusulas primera y
sétima, en cuanto al domicilio y la administración. Es todo.—San
Isidro de Pérez Zeledón, 6 de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Jimmy
Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—(IN2014066439).
Que por acta de asamblea general
extraordinaria de Lancrey de Guácimo Limitada, cédula jurídica
3-102-359781, celebrada el 02 de octubre del año dos mil catorce, se modifican las cláusulas segunda y sexta, en
cuanto al domicilio y la administración. Es todo.—San
Isidro, 03 de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Jimmy Vargas Venegas,
Notario.—1 vez.—(IN2014066441).
Hoy protocolicé acuerdos de Productos
del Trópico Húmedo P T H Limitada, mediante los cuales se reduce el plazo
social de la compañía.—Lic. Manuel Peralta Volio,
Notario.—1 vez.—(IN2014066442).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas del seis de octubre dos mil catorce, se
protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de socios de Comercializadora
Imperio del Este Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforma el pacto
social.—Heredia, 07 de octubre del 2014.—Lic. Yorleny
Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014066444).
Por escritura otorgada el día primero
de agosto del dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea general de
accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Ochenta Mil
Novecientos Veintitrés Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento
uno cuatrocientos ochenta mil novecientos veintitrés, por la que se reforma la
cláusula cuarta de los estatutos sociales en cuanto a la firma de los
certificados y se hace nuevo nombramiento en el cargo de presidente.—San José,
primero de agosto de dos mil catorce.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—(IN2014066446).
Mediante escritura número doscientos
uno, del tomo décimo cuarto, otorgada por la notaria Leonora Granados Sancho;
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Setenta y Ocho Mil Cuatrocientos Uno Sociedad Anónima, en
donde se acuerda la reforma de las cláusulas primera, tercera y décima del
pacto constitutivo.—San José, seis de octubre de dos
mil catorce.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1
vez.—(IN2014066447).
Ante
la Lic. Nathalie Elizondo Montero, se disolvió la sociedad Hermosa Cruiser
Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-415334, de conformidad
con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se
considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el
término de Ley, a partir de su publicación.—Jacó, 3 de
octubre del 2014.—Lic. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1
vez.—(IN2014066451).
Mediante escritura de las once horas del día de hoy,
se disuelven las sociedades Ganadera Ave del Paraíso II S. A., y Aqua
Farmacéutica S. A.—San
José, seis de octubre del dos mil catorce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2014066456).
Por escritura otorgada ante el
suscrito se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Corebases
S. A., cédula jurídica número 3-101-683145; se nombra presidente y
secretario y se otorga poder generalísimo.—San José, 7
de octubre del 2014.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1
vez.—(IN2014066457).
QRD Investing Group Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea
extraordinaria número uno, por medio de la cual modifica estatutos, se modifica
cláusula quinta y se realizan nombramientos de junta directiva. Escritura otorgada
a las veintitrés horas del seis de octubre del dos mil catorce, ante los
notarios públicos, Gonzalo Velásquez Martínez y Luis Manuel Gutiérrez Chacón.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2014066459).
Por escritura otorgada el día de hoy,
protocolice el acta de la asamblea extraordinaria de Euroláminas Sociedad
Anónima, donde se acuerda aumentar el capital, se modifica cláusula quinta
y toman otros acuerdos.—Grecia, 01 de octubre del
2014.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1
vez.—(IN2014066460).
El día de hoy he protocolizado acta de
asamblea general de la entidad Transportes Chaves y Vargas CH y V Sarapiquí
S.R.L., en la cual reforma la cláusula quinta referente al capital social y
la cláusula sétima en cuanto a la administración de la sociedad.—Puerto Viejo, Sarapiquí, veinticinco de setiembre de dos
mil catorce.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2014066461).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 12:21 horas de 01 de setiembre del 2014, se protocolizó el acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Optimización
de Medios OMD de Centroamérica S. A., en la cual se modifica la cláusula
segunda del pacto social.—San José, 6 de octubre del
2014.—Lic. Melania Campos Lara, Notaria.—1 vez.—(IN2014066464).
Hago constar que el día de hoy he
protocolizado el acta de la empresa Bemer Sociedad Anónima, en virtud de
la cual se varía la cláusula tercera de los estatutos, sobre el objeto de la
sociedad.—San José, seis de octubre del dos mil catorce.—Lic.
Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1
vez.—(IN2014066465).
Por acta protocolizada por el suscrito
notario la sociedad Desarrollo Urbano-Habitacional del Pacifico Sociedad
Anónima, modificó la cláusula tercera de la administración y nombró nueva
junta directiva. Presidente Óscar Laurent Benavides.—San
José, siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Rolando Ángulo Gatgens,
Notario.—1 vez.—(IN2014066471).
Que ante esta notaría pública, se disolvió
por acuerdo unánime de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Parmalat SPA,
cédula de persona jurídica número tres-cero uno dos tres tres cero tres tres
nueve. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la
dirección física ubicada en San José, costado este, del periódico La República,
Edificio Alvasa, oficina número uno, en el término de un mes a partir de la
publicación de este aviso.—San José, a las trece horas del día primero de
octubre de dos mil catorce.—Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2014066480).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general de socios de
Jefferson B. Industries Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante
la cual se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San
José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—(IN2014066484).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general de socios de
Lloyds Underwriters Corporation Sociedad Anónima, mediante la cual se
modifica la cláusula primera, segunda y quince del pacto constitutivo.—San José, 6 de octubre de dos mil catorce.—Lic. Rodrigo
Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—(IN2014066485).
Por escritura autorizada por la
notaria pública, Sylvia Salazar Escalante, a las 17:00 horas del 2 de octubre
del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la Sacramonte del Cielo Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número 3-101-547886, celebrada el 3 de octubre del 2014,
mediante la que se acuerda aumentar el
capital social y se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la
sociedad.—San José, 2 de octubre del 2014.—Lic. Sylvia Salazar Escalante,
Notaria.—1 vez.—(IN2014066493).
Por escritura otorgada ante mí Luis
Javier Blandino Herrera, notario público con oficina en Alajuela, el día de hoy
se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Inalca de Centroamérica Sociedad Anónima. Domiciliada en
Alajuela. Se reforma cláusula quinta del pacto constitutivo y se aumenta el
capital social.—Alajuela, 6 de octubre del 2014.—Lic. Luis
Javier Blandino Herrera, Notario.—1
vez.—(IN2014066499).
Por escritura otorgada ante mí, Luis
Javier Blandino Herrera, notario público con oficina en Alajuela, el día de hoy
se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad El Coquito Feliz Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela. Se
reforma cláusula primera del pacto constitutivo en lo referente al nombre.—Alajuela, 6 de octubre del 2014.—Lic. Luis Javier Blandino
Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2014066500).
Mediante escritura número ochenta y
ocho de las 18:00 horas del día 6 de octubre del dos mil catorce, se nombró
presidente y secretaria de junta directiva, de Gotalo Sociedad Anónima.—Lic. Blanca Aurora González Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014066501).
Por escritura número ciento trece-diez
otorgada ante el suscrito notario público, en tomo décimo, otorgada en San
José, a las 10:00 horas del día 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de 3-101-672981
S. A., mediante la cual se modifica la cláusula primera de la escritura
constitutiva del nombre, cambiándolo a Tool Solutions S. A.—San José, 7 de octubre del
2014.—Lic. Óscar Gerardo Pereira Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2014066505).
Mediante escritura número setenta y
nueve, otorgada a las 11:00 horas del día 19 de setiembre del 2014, se disolvió
la sociedad Westerpeople Sociedad Anónima.—Lic.
Blanca Aurora González Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2014066506)
Que en la notaría del suscrito, se ha
realizado escritura número treinta, la que corresponde a la disolución de
sociedad anónima C. R. Bicicletasa S. A.—San José veintitrés de setiembre
de dos mil catorce.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1
vez.—(IN2014066508).
Ante mí, Rafael Ángel Salazar Fonseca,
notario con oficina en Barva de Heredia, la sociedad VID-TEC Sociedad
Anónima, nombro nueva presidenta a Magnolia Vallejo Castaño.—Barva de
Heredia, dos de octubre del dos mil catorce.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca,
Notario.—1 vez.—(IN2014066509).
Que en la notaría del suscrito, se ha
realizado escritura número quince, la que corresponde a la constitución de
sociedad anónima Hermanos Jandil de Santo Domingo S. A.—San José, seis
de octubre de dos mil catorce.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2014066510).
Que en la notaría del suscrito, se ha
realizado escritura número treinta y dos, la que corresponde a la
protocolización de acta de la sociedad anónima Divisiones Marcas Quimar S. A.—San José
veintinueve de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Jorge Hernández Calvo,
Notario.—1 vez.—(IN2014066513).
Por escrituras otorgadas a las 9:00 y
10:00 horas del tres de octubre del 2014, protocolicé actas de asamblea de
socios de las sociedades Microclip Uno S. A. e Inmobiliaria Marmaric
S. A., respectivamente, mediante la cuales se modifican las cláusulas
segunda y sexta de los estatutos.—San José, 6 de
octubre del 2014.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1
vez.—(IN2014066514).
El suscrito notario hace constar que,
según escritura doscientos cuarenta y seis-ocho, del tomo ocho de mi protocolo,
se ha constituido asociación denominada Asociación de Estilistas,
Maquillistas y Manicuristas de La Vieja Metrópoli.—Cartago,
seis de octubre de dos mil catorce.—Lic. Allan Salazár López, Notario.—1 vez.—(IN2014066519).
Por este medio yo Lic. Ronald Joaquín
Campos Arias, notario público, a solicitud del señor Gustavo Antonio Moreno
Billón, portador del pasaporte venezolano número cero siete dos nueve tres
cinco uno cinco dos, en su condición de presidente, de la sociedad denominada MO
Gruop Sociedad Anónima, solicito la inscripción de dicha sociedad ante el
Registro Nacional, Sección Mercantil, se publica el presente edicto, ello por
el plazo de ley, para lo que por ley corresponda y para cualquier tercero
interesado.—Lic. Ronald Joaquín Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014066520).
Por escritura número setenta y tres,
visible en el tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Rombo
de Una Cara S. A., en la que se modifica la cláusula de la administración,
y se nombra nuevo tesorero. Es todo.—San José, seis
octubre del dos mil catorce.—Lic.
Alexander Calderón Mora, Notario.—1
vez.—(IN2014066524).
Por escritura número sesenta y cuatro,
visible en el tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario, se constituyó
la empresa Motor Center Sociedad Anónima, siendo su traducción al
español, Centro de Motores S. A., cuyo capital social lo es en dólares.
Es todo.—San José, seis de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1
vez.—(IN2014066525).
Por escritura sesenta otorgada ante
este notario a las ocho horas del dos de octubre del dos mil catorce, se
protocolizó acta dos de asamblea general extraordinaria de socios de Norristown
Inc S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, tres de octubre del dos mil catorce.—Lic. Melvin
Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2014066526).
El suscrito notario hace constar que
en mi notaría, mediante escrituras número noventa y siete del veintinueve de
setiembre, noventa y nueve del cinco de octubre y cien del seis de octubre,
todas del dos mil catorce, se protocolizaron acuerdos de asamblea general de Condominio
Cristal Granate Uno Sociedad Anónima, Pecsa Engineers & Contractors
Sociedad Anónima y Tres-Ciento Uno-Quinientos Cinco Mil Ochocientos
Ochenta y Seis Sociedad Anónima, respectivamente, en donde reforman el
pacto constitutivo y se modifica la junta directiva. De igual forma mediante
escritura número ciento uno, del seis de octubre del dos mil catorce,
protocolicé acuerdos de asamblea general de Inversiones Giff Sociedad
Anónima, en donde acuerdan liquidar y disolver la sociedad indicada.—San José, seis de octubre del dos mil catorce.—Lic. Gastón
Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—(IN2014066527).
Mediante escritura número doscientos
quince de las quince horas del seis de octubre del dos mil catorce, otorgada
ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Vida Nueva Sociedad
Anónima. Capital social cien dólares. Presidente y vicepresidente
apoderados generalísimos sin límite de suma.— San
José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—(IN2014066528).
Por escritura otorgada ante mí a las
9:30 horas del 7 de octubre del 2014, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad O L Health and Investment Medical
Supply Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica 3-101613950, en la cual
se acuerda reformar las cláusulas primera, segunda y sexta. Además se nombra
nueva junta directiva.—San José, 7 de octubre de
2014.—Lic. Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1
vez.—(IN2014066536).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las siete horas del seis de octubre del dos mil catorce, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Syniverse
Technologies SRL, donde se acuerda modificar la cláusula novena de los
estatutos.—San José, seis de octubre del dos mil catorce.—Lic. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2014066543).
Ante esta notaría, Lic. Robert Coto
Quirós, se reforma el pacto constitutivo de la sociedad Portones Eléctricos
ABC Sociedad Anónima, se dispone reformar la cláusula segunda del pacto
constitutivo para que se lea así: Segunda: el domicilio de la sociedad será en
San José, calle dos, avenidas tres y cinco N° trescientos sesenta y cuatro,
cantón central, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma será el señor Rolando Pinto Pinto, cédula número uno-seiscientos
sesenta y siete-cero treinta y tres.—Cartago, 26 de setiembre del 2014.—Lic.
Robert Coto Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014066545).
Ante esta notaría se protocolizó acta
de asamblea extraordinaria de accionistas de Nela&Perla Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica 3-101-232421, revocando el nombramiento del
secretario de la junta directiva, secretaria: Marianella Sánchez Rojas.—San José, 29 de setiembre del 2014.—Lic. Grace Calderón
Garita, Notaria.—1 vez.—(IN2014066547).
Ante esta notaría se protocolizó acta
de asamblea extraordinaria de accionistas donde se cambió el domicilio social
de la sociedad Farmacias Farmatel Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica 3-101-364665.—San José, 29 de setiembre del
2014.—Lic. Grace Calderón Garita, Notaria.—1 vez.—(IN2014066548).
Ante mi notaría mediante escritura
número ciento ochenta del tomo cincuenta cuarenta y cinco de mi protocolo la
cual fue otorgada en San Ramón, Alajuela, a las doce horas del veintidós de
setiembre del dos mil catorce, se disuelve la sociedad denominada S.V. L.
Bungalows de Chachagua m.r.b. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno cuatrocientos setenta mil doscientos veintinueve, a solicitud de Melissa y
Sandy Maritza ambas Rojas Vargas, dueñas del capital social de la indicada
sociedad.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1
vez.—(IN2014066551).
Por escritura otorgada ante esta
notaría en fecha veintitrés de setiembre del dos mil catorce, se disolvió la
sociedad denominada Kalikzu Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil setenta y siete.—San
Ramón, 3 de octubre del 2014.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014066554).
Por escritura otorgada ante esta
notaría en fecha veintinueve de setiembre del dos mil catorce, se disolvió la
sociedad denominada Modifica Tu Actitud Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil setecientos dieciséis.—San Ramón, 3 de octubre del 2014.—Lic. Alfredo Cordero
Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014066555).
Por escritura otorgada ante esta
notaría en fecha tres de octubre del dos mil catorce, se disolvió la sociedad
denominada Nafplia de Occidente Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-seis dos dos cinco dos cinco.—San Ramón, 6 de octubre
del 2014.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1
vez.—(IN2014066557).
Por escritura otorgada ante esta
notaría en fecha veintitrés de setiembre del dos mil catorce, se disolvió la
sociedad denominada Estilo de Vida Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil setecientos dieciséis.—San Ramón, 3 de octubre del 2014.—Lic. Alfredo Cordero
Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014066587).
Por escritura número trescientos
treinta y nueve otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del seis de
octubre del dos mil catorce se protocolizó acta de la sociedad Casa de Kylie
Aliyah Sociedad Anónima, se modifica el pacto constitutivo cláusula tercera
del objeto.—San José, siete de octubre del dos mil
catorce.—Lic. José Ramón Zúñiga Salazar, Notario.—1
vez.—(IN2014066588).
Por escritura otorgada ante mí: Kaia
Wellness Sociedad Anónima, modifica estatutos y nombra junta
directiva. Escritura otorgada en Heredia, a las trece horas del siete de
octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos Sánchez
Carballo, Notario.—1 vez.—(IN2014066591).
Por escritura otorgada en esta notaría
el día de hoy se constituye Asesores Dinámicos Sociedad Anónima, con
domicilio en San José, Vázquez de Coronado, Cascajal, de la entrada a la Finca
Los Jaules, doscientos metros al este, casa a mano derecha con portón café de
madera, plazo social noventa y nueve años, capital social dos mil dólares.—San José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Ileana Alfaro
Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2014066596).
Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a
las 18:00 horas del día 22 de setiembre del 2014, se modifica la cláusula
octava de representación, de la sociedad Maquilax CH&M Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-641783.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066597).
Ante esta notaría se protocolizó acta
de asamblea general de socios de la sociedad denominada Tajos y Agregados el
Chorro Sociedad Anónima, cédula número tres-uno cero uno-tres siete cinco
cinco siete seis, con domicilio en La Cuesta, Corredores, Puntarenas, ciento
setenta y cinco metros al oeste del comando, celebrada el treinta de setiembre
del presente año, en la cual se toma la decisión por acuerdo de la mayoría de
los socios la disolución de dicha sociedad, no habiendo deudas que pagar, ni
bienes que distribuir, no se procede a nombrar liquidador alguno.—La Cuesta,
dos de octubre del dos mil catorce.—Lic. Marbiodal Saavedra Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2014066602).
Ante esta notaría, en mi protocolo
dos, escritura número cuarenta y uno de las diecisiete horas con treinta
minutos del día dos de octubre del año dos mil catorce, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Carmofrío Sociedad Anónima, capital social
cien dólares debidamente suscrito y pagado; la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad le corresponde al presidente y al tesorero.—07 de octubre del 2014.—Lic. Filadelfo Silva Silva,
Notario.—1 vez.—(IN2014066603).
Ante esta notaría, en mi protocolo
dos, escritura número cuarenta y uno de las diecisiete horas con treinta
minutos del día dos de octubre del año dos mil catorce, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Carmofrío Sociedad Anónima, capital
social cien dólares debidamente suscrito y pagado; la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad le corresponde al presidente y al tesorero.—07 de octubre del 2014.—Lic. Filadelfo Silva Silva,
Notario.—1 vez.—(IN2014066603).
El día 6 de octubre del año 2014, en
escritura número 311-25, se protocolizó el acta tres de asamblea extraordinaria
de socios, de la sociedad Comercial Refugio de Ilusiones OP Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil
setecientos cincuenta y siete, se reformaron las cláusulas segunda del
domicilio y octava de la administración.—San José, 6
de octubre del año 2014.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2014066606).
Mediante escritura número cincuenta y
uno otorgada a las trece horas con treinta minutos del seis de octubre del dos
mil catorce se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Centro
Médico Lain Sociedad Anónima donde se reforma la cláusula sobre la
administración y se nombra junta directiva.—San José, siete de octubre del dos
mil catorce.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1
vez.—(IN2014066608).
Según escritura otorgada en la ciudad
de San José a las 10 horas del día 25 de julio del año 2014 se constituyó la
sociedad de esta plaza denominada Inspecciones Golobio Cartagena Sociedad
Anónima. Con acciones nominativas y con aporte de bienes y se nombra como
presidente a Carlos Golobio Leal.—Lic. Fabián Antonio
Segura Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2014066613).
Según escritura otorgada en la ciudad
de San José a las 13 horas del día 19 de setiembre del año 2014, se constituyó
la sociedad de esta plaza denominada Inspecciones Inversiones Hema Santa
Cruz Sociedad Anónima. Con acciones nominativas y con aporte de bienes y se
nombra como presidente a Luis Carlos Herrera Araya.—Lic.
Fabián Antonio Segura Salazar, Notario.—1
vez.—(IN2014066614).
Según escritura otorgada en la ciudad
de San José a las 12:00 horas del día 19 de setiembre del año 2014, se
constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inspecciones Tilaguro
Sociedad Anónima. Con acciones nominativas y con aporte de bienes y se
nombra como presidente a Jorge Luis Agüero Alfaro.—
Lic. Fabián Antonio Segura Salazar, Notario.—1
vez.—(IN2014066616).
Por escritura número 279 del tomo 12
de mi protocolo, otorgada ante esta notaría, en San José, Pavas, a las 18:00
horas del 3 de octubre del 2014, se protocoliza acta número 3 de asamblea
general extraordinaria de socios de Las Palmas de Atlanta S. A., cédula
jurídica número 3-101-165.985, en la que por unanimidad de votos se acordó
disolver y liquidar dicha sociedad.—San José, 6 de
octubre del 2014.—Lic. José Fidelio Castillo Pérez, Notario.—1
vez.—(IN2014066620).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 19:00 horas del 01 de octubre del 2014, se protocolizó acuerdo de
asamblea extraordinaria de socios de Jaxma Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatro cuatro cero cero nueve cinco, en la cual se
acordó la disolución de la sociedad.—San José, 02 de
octubre del 2014.—Lic. Jenny Esquivel Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2014066629).
Ingenio Cutres Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero cuarenta y siete mil setecientos sesenta, domiciliada en Alajuela, San
Carlos, Cutris, Boca de Arenal, un kilómetro al norte de la plaza de deportes,
modifica cláusula novena del pacto social.—San Carlos, Alajuela, primero de
octubre del dos mil catorce.—Lic. Yamileth Cantillano Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2014066635).
Por escritura número 228-4, otorgada
ante esta notaría del Lic. Alexander Soto Guzmán, a las 8:00 horas del 6 de
octubre del 2014, se fusionaron las sociedades Kika Costa Investments S. A.,
Perfumania Hermanos Ramírez S. A. Brunca Procesos S. A., se reforma la
cláusula primera el nombre será Corporación Brunca Procesos S. A.—San
José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2014066648).
Por escritura número ciento sesenta y
cuatro-nueve, protocolizada ante el suscrito notario público, Félix Rodríguez
Rojas, dada en Ciudad Quesada al ser las doce horas con cuarenta y dos minutos
del día seis de octubre del año dos mil catorce, se modifica la cláusula sexta
de la sociedad Agropecuaria Rio San Juan S. A. con cédula
jurídica número 3-101-043729.—Ciudad Quesada, al ser
las trece horas con un minuto del día seis de octubre del año dos mil
catorce.—Lic. Felix Rodríguez Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2014066652).
Por escritura otorgada el día de hoy,
ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Ideco Ingeniería, Desarrollo y
Construcción S. A., mediante la cual, se modifica la cláusula sexta
del pacto constitutivo.—San José, diecinueve de
setiembre del año dos mil catorce.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2014066656).
Ante esta notaría a las 15:00 horas
del 2 de octubre del año 2014, se protocoliza actas de la Fundación para el
Desarrollo Académico de la Universidad Nacional, donde se reforma cláusula
sexta de la administración, sétima de la duración de los miembros y doceava de
la asamblea de fundadores.—Lic. José Pablo Arce Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014066671).
Por escritura otorgada ante mi notaría
a las once horas treinta minutos del tres de setiembre de dos mil trece, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Caribbean Best S. A., en la que se modificó la cláusula
de la administración.—San José, tres de setiembre del
dos mil trece.—Lic. Luis Vargas Ferrandino, Notario.—1
vez.—(IN2014066681).
Mediante escritura otorgada a las
catorce horas del seis de setiembre del dos mil catorce, ante la notaria Eida
Patricia Sáenz Zumbado, se protocoliza el acta número siete de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Proyecto Bahía Encantada P.B.E.R.R. S. A.
cédula jurídica tres-ciento uno - cuatrocientos veintidós mil cuatrocientos
diecisiete, celebrada en su domicilio social a las ocho horas del treinta de
agosto del dos mil catorce, por la cual se reforman la cláusula de la
administración.—Curridabat, 6 de octubre del 2014.—Lic. Eida Patricia Sáenz
Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2014066348).Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 10 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hermanos C Y C
Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Mauricio Quirós
González, Notario.—1
vez.—CE2014003650.—(IN2014066700).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
12 horas 00 minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Vegetales Idania Solano Cordero Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Brandolph Andrés
Brenes Quirós, Notario.—1
vez.—CE2014003651.—(IN2014066701).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Corporación Arco y Arco Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003652.—(IN2014066702).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
09 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada
Intercoastal Solutions Group Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Rodrigo Alberto Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—CE2014003653.—(IN2014066703).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Bayview Solutions Corporation Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Rodrigo Alberto Meza
Vallejos, Notario.—1
vez.—CE2014003654.—(IN2014066704).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 30 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada El Salto del Mono Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—CE2014003655.—(IN2014066705).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 30 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Diamond Springs Development Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2014.—Lic. Rodrigo Alberto Meza Vallejos, Notario.—1
vez.—CE2014003656.—(IN2014066706).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
09 horas 00 minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Mango Tango LLC Limitada.—San José,
11 de junio del 2014.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2014003658.—(IN2014066707).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 00 minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Tico Mesa Roja Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
11 de junio del 2014.—Lic. Daniel Mauricio Salazar Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003659.—(IN2014066708).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 30 minutos del 7 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Servicios Quesada Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2014003660.—(IN2014066709).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Corporación Kairos Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003661.—(IN2014066710).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Casa Mañana Azul Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Adrián Echeverría
Escalante, Notario.—1
vez.—CE2014003662.—(IN2014066711).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Tecnológicas Trivium Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2014003663.—(IN2014066712).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Hitech Education Group Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003664.—(IN2014066713).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada J & S Soluciones Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014003665.—(IN2014066714).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
09 horas 30 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Pequeños Productores de Frijol El Águila Sur Limitada.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2014003666.—(IN2014066715).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 15 minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Tico Escritorio Blanco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Daniel Mauricio Salazar Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003667.—(IN2014066716).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 00 minutos del 19 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada IN Production Group S. A.—San José, 11 de junio del
2014.—Lic. Cinthya Rosella Hernández Alvarado, Notaria.—1
vez.—CE2014003668.—(IN2014066717).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Moose Cock Limitada.—San José, 11 de
junio del 2014.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2014003669.—(IN2014066718).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Statera Sociedad Anónima.—San José,
11 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003670.—(IN2014066719).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 30 minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Tico Silla Azul Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Daniel Mauricio Salazar Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003671.—(IN2014066720).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Hunidos Sociedad Anónima.—San José,
11 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003672.—(IN2014066721).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 45 minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Tico Piso Verde Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. Daniel Mauricio Salazar Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003673.—(IN2014066722).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 30 minutos del 5 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Román y Mora Limitada.—San José, 11 de junio del
2014.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1
vez.—CE2014003674.—(IN2014066723).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
00 horas 45 minutos del 31 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Marenoni Sociedad Anónima.—San José,
11 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—CE2014003675.—(IN2014066724).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 30 minutos del 6 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Queen Of Woods Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Vera Denise Mora
Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2014003676.—(IN2014066725).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
17 horas 00 minutos del 6 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Royal Stay Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Vera Denise Mora
Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2014003677.—(IN2014066726).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Manzanillo Dreams Limitada.—San
José, 11 de junio del 2014.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014003678.—(IN2014066727).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
19 horas 00 minutos del 19 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Importaciones y Exportaciones E y J Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Olga Margarita Alfaro
Salas, Notaria.—1 vez.—CE2014003679.—(IN2014066728).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
19 horas 00 minutos del 19 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Representaciones J y E Sociedad Anónima.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Olga Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2014003680.—(IN2014066729).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Huno Forte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Ana Karine Niño
Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—CE2014003681.—(IN2014066730).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 00 minutos del 6 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Vehículos Médicos Especiales INC Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Marco Antonio
Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—CE2014003682.—(IN2014066731).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 00 minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Amafhh Investments Sociedad Anónima.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Goldy Ponchner Geller, Notario.—1 vez.—CE2014003683.—(IN2014066732).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Paradise Coconut Garden Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Omar Jalil Ayales
Aden, Notario.—1 vez.—CE2014003684.—(IN2014066733).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 31 de mayo del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Melmac de Costa Rica Limitada.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—CE2014003685.—(IN2014066734).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Emerald Global Entertainment Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Clara Eugenie
Alvarado Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2014003686.—(IN2014066735).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Grupo Osteolife Limitada.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—CE2014003688.—(IN2014066736).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Brandart Citrus Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. German Jesús Paniagua
Cascante, Notario.—1
vez.—CE2014003689.—(IN2014066737).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 20 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Lapa Propiedades FR Sociedad Anónima.—San José,
12 de junio del 2014.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1
vez.—CE2014003690.—(IN2014066738).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Superusso Sociedad Anónima.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—CE2014003691.—(IN2014066739).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Summer Time Rentals Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de junio
del 2014.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1
vez.—CE2014003692.—(IN2014066740).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Facaro Sociedad Anónima.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Brandolph Andrés Brenes Quirós, Notario.—1 vez.—CE2014003693.—(IN2014066741).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Ingeniería Inmobiliaria Asociados Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Manuel
Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014003694.—(IN2014066742).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Central Agency Security Services Cass Sociedad
Anónima, cuya traducción es Agencia Central de Seguridad y Servicios
Cass Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Xochitl Camacho
Medina, Notario.—1 vez.—CE2014003695.—(IN2014066743).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó
la sociedad denominada HC Medical Solution S. A.—San José, 12 de junio del
2014.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2014003697.—(IN2014066744).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó
la sociedad denominada Freixmont.—San José, 12
de junio del 2014.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—CE2014003698.—(IN2014066745).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Asesores Facaro de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Brandolph Andrés
Brenes Quirós, Notario.—1
vez.—CE2014003699.—(IN2014066746).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 01 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Ocean Symphony (O.S) Sociedad Anónima.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Tatiana María Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2014003700.—(IN2014066747).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 45 minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Piso Verde Tico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Daniel Mauricio Salazar Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003701.—(IN2014066748).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
00 horas 20 minutos del 6 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Signature CR Villas.—San José, 12 de
junio del 2014.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1
vez.—CE2014003702.—(IN2014066749).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 21 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada El Roble Real de Liberia Sociedad Anónima.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Francisco Enrique Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—CE2014003703.—(IN2014066750).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 00 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Nootrico Sociedad Anónima.—San José,
12 de junio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—CE2014003704.—(IN2014066751).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 31 de marzo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada F.R.Q Eventos Deportivos C.R.C.-M.M.A Sociedad Anónima.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2014003705.—(IN2014066752).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 13 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Ecom Energy Sociedad Anónima.—San
José, 12 de junio del 2014.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—CE2014003706.—(IN2014066753).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 00 minutos del 16 de abril del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Hawk de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 13 de
junio del 2014.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2014003707.—(IN2014066754).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Yehovah El Elyon Olam Limitada.—San
José, 13 de junio del 2014.—Lic. Harold Alberto Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2014003708.—(IN2014066755).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 00 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Growealth Global Entertainment Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de junio del 2014.—Lic. Clara Eugenie Alvarado
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2014003709.—(IN2014066756).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 00 minutos del 4 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Tota Pet América INC S. A.—San José, 13 de junio del
2014.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1
vez.—CE2014003710.—(IN2014066757).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Industriae Fecundae Sociedad Anónima.—San
José, 13 de junio del 2014.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—CE2014003711.—(IN2014066758).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada
Inversiones Marmich Sociedad Anónima.—San José,
13 de junio del 2014.—Lic. Félix Ángel Hernández Obando, Notario.—1 vez.—CE2014003712.—(IN2014066759).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
19 horas 00 minutos del 4 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Breakwater Point Sales And Rentals LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de junio
del 2014.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014003713.—(IN2014066760).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 40 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Bandas y Franquicias Sociedad Anónima.—San José, 13 de junio
del 2014.—Lic. Juana Isabel Brown Castro, Notaria.—1
vez.—CE2014003714.—(IN2014066761).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 00 minutos del 3 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Villa Leitón Sociedad Anónima.—San
José, 13 de junio del 2014.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—CE2014003715.—(IN2014066762).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
17 horas 00 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Importaciones Moresa Sociedad Anónima.—San
José, 13 de junio del 2014.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—CE2014003716.—(IN2014066763).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 01 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Ocean Symphony Social Symbiosis (O.S) Sociedad Anónima.—San José, 13 de junio del 2014.—Lic. Tatiana María
Rodríguez Arroyo, Notaria.—1
vez.—CE2014003717.—(IN2014066764).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
17 horas 00 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Tremore Sociedad Anónima.—San José,
13 de junio del 2014.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1
vez.—CE2014003718.—(IN2014066765).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 30 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada
Digital Music Universe Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de junio
del 2014.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1
vez.—CE2014003719.—(IN2014066766).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
18 horas 30 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada China Busniess RYC de Costa Rica S. A.—San José, 13 de junio
del 2014.—Lic. Elizabeth Miranda Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2014003720.—(IN2014066767).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11
horas 30 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada
Opa Cafeterías y Alimentos de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 13
de junio del 2014.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—CE2014003721.—(IN2014066768).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 00 minutos del 14 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Valymar de Belén Sociedad Anónima.—San
José, 15 de junio del 2014.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—CE2014003722.—(IN2014066769).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
00 horas 00 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada J y J del Caribe Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—CE2014003773.—(IN2014066770).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
09 horas 00 minutos del 5 de setiembre del 2013, se constituyó la sociedad
denominada Tutudos.—San José, 16 de junio del
2014.—Lic. Ana Gabriela Arroyo Fonseca, Notaria.—1
vez.—CE2014003774.—(IN2014066771).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
19 horas 00 minutos del 19 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Representaciones Kairos del Sur Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Olga Margarita Alfaro
Salas, Notaria.—1 vez.—CE2014003775.—(IN2014066772).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
18 horas 00 minutos del 5 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Coral Reef Development Group Sociedad Anónima.—San José, 6 de
junio del 2014.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1
vez.—CE2014003535.—(IN2014066773).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 4 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada
Quebrada de Nuez Azul Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6
de junio del 2014.—Lic. Francisco Enrique Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—CE2014003536.—(IN2014066774).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 00 minutos del 15 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora Comercial JVC Sociedad Anónima.—San José, 6 de
junio del 2014.—Lic. Eugenia María Jara Morúa, Notaria.—1
vez.—CE2014003537.—(IN2014066775).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
07 horas 00 minutos del 5 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Prosperity Development Fund Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de junio del 2014.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—CE2014003538.—(IN2014066776).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
07 horas 00 minutos del 6 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada S.E.E Taxi PZ Sociedad Anónima.—San José, 6 de junio del
2014.—Lic. Juan Rafael Alvarado Cervantes, Notario.—1
vez.—CE2014003539.—(IN2014066777).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 00 minutos del 3 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Grumosa Jeame Sociedad Anónima.—San José, 6 de junio del
2014.—Lic. Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2014003540.—(IN2014066778).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 00 minutos del 6 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada JTY Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de junio del 2014.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014003541.—(IN2014066779).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 30 de abril del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Vetemax CDJ Sociedad Anónima.—San
José, 6 de junio del 2014.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—CE2014003542.—(IN2014066780).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 30 minutos del 5 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada
Ditca Sociedad Anónima.—San José, 6 de junio del 2014.—Lic. Pablo
Enrique Guier Acosta, Notario.—1
vez.—CE2014003543.—(IN2014066781).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 02 de mayo del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Sureñas B & L Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de junio del
2014.—Lic. Larissa Seravalli Saurez, Notaria.—1
vez.—CE2014003544.—(IN2014066782).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada AAA Manejo de Residuos Sociedad Anónima.—San José, 6 de junio del 2014.—Lic. Larissa Seravalli
Saurez, Notaria.—1 vez.—CE2014003545.—(IN2014066783).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada IGJ Inmobiliaria Diecisiete Cuatro Limitada.—San
José, 6 de junio del 2014.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—CE2014003546.—(IN2014066784).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Mono Bailarín Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de junio del 2014.—Lic. Rafael Ángel Pérez
Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2014003547.—(IN2014066785).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 4 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Distribuidora Ganesha CRC Sociedad Anónima.—San
José, 6 de junio del 2014.—Lic. Cristhian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—CE2014003548.—(IN2014066786).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Q.S Products Sociedad Anónima.—San José, 6 de junio
del 2014.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1
vez.—CE2014003549.—(IN2014066787).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 45 minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Automotores MYL.—San José, 6 de junio del 2014.—Lic.
Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1
vez.—CE2014003550.—(IN2014066788).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Logística Coritrans C.R. Sociedad Anónima.—San José,
6 de junio del 2014.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2014003551.—(IN2014066789).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Krzy de Playa Grande LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 6 de junio del 2014.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2014003552.—(IN2014066790).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 30 minutos del 2 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Tiami Limited Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de junio del 2014.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2014003553.—(IN2014066791).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada H Solís Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, 16
de junio del 2014.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1
vez.—CE2014003723.—(IN2014066792).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Trezor Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de junio
del 2014.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—CE2014003724.—(IN2014066793).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Sangre Verde S & B Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Campos
Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003725.—(IN2014066794).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 00 horas 05 minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Casa del Mono Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003726.—(IN2014066795).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18 horas 00 minutos del 30 de mayo del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Comercializadora Zacatepec Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.–Lic. Ana Cecilia Rivas Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2014003727.—(IN2014066796).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2013, se
constituyó la sociedad denominada Asta Servicios Técnicos Ambientales,
Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del
2014.—Lic. José Huber Fernández Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2014003728.—(IN2014066797).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 4 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada SCM Desarrollos Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—CE2014003729.—(IN2014066798).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Distribuidora Comercial JMC Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Eugenia María Jara Morua, Notario.—1 vez.—CE2014003733.—(IN2014066799).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 9 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Profesionales en Logística Servilogic de Costa Rica
(PLS) Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Edgardo Campos
Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2014003734.—(IN2014066800).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Creative Concrete Counters Cr Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic.
César Augusto Mora Zahner, Notario.—1
vez.—CE2014003735.—(IN2014066801).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Arko Internacional de América Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003736.—(IN2014066802).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 4 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Sistemas FHM S.A. Sociedad Anónima.—San José, 16 de
junio del 2014.—Lic. Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1
vez.—CE2014003737.—(IN2014066803).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 19 horas 30 minutos del 9 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Ache Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del
2014.—Lic. Lorena María Palma Arce, Notaria.—1
vez.—CE2014003738.—(IN2014066804).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 40 minutos del 12 de Junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Bandas y Franquicias Sociedad Anónima.—San José,
16 de junio del 2014.—Lic. Juana Isabel Brown Castro, Notario.—1
vez.—CE2014003739.—(IN2014066805).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Clever Services Responsabilidad Limitada.—San José,
16 de junio del 2014.—Lic. Orlando Baltodano Valdelomar, Notario.—1 vez.—CE2014003740.—(IN2014066806).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18 horas 00 minutos del 9 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Marble Gold Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio
del 2014.—Lic. Darlyn Maria Caballero García, Notario.—1
vez.—CE2014003741.—(IN2014066807).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Océano Jaco Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Rodrigo Alberto Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—CE2014003742.—(IN2014066808).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Reparaciones Universales Remi Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Jonatan Fabián Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—CE2014003743.—(IN2014066809).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 4 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Topapet Inc de América S. A. Sociedad anónima.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Luis Alonso Quesada
Díaz, Notario.—1 vez.—CE2014003744.—(IN2014066810).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada One Hermosa Lane LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea,
Notario.—1 vez.—CE2014003745.—(IN2014066811).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Vistavista Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de junio del 2014.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1
vez.—CE2014003747.—(IN2014066812).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Agro Alimento Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Juan Luis Céspedes
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014003749.—(IN2014066813).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 00 horas 20 minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Signature CR Villas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2014003751.—(IN2014066814).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Surf Mundaka Online Sociedad Anónima.—San José, 16
de junio del 2014.—Lic. Ruhal Román Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—CE2014003752.—(IN2014066815).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada International Continuing Education Seminars SRL.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2014003753.—(IN2014066816).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Clever Services.—San José, 16 de junio del
2014.—Lic. Orlando Baltodano Valdelomar, Notario.—1
vez.—CE2014003754.—(IN2014066817).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de mayo del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Andrey y Josué Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2014003755.—(IN2014066818).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Landena Corp Sociedad De.—San José, 16 de junio
del 2014.—Lic. Luis Guillermo Marín Bonilla, Notario.—1
vez.—CE2014003756.—(IN2014066819).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 7 horas 00 minutos del 9 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Software And Phone Outsourced Solutions, Sociedad de
Responsabilidad Limitada en Español Soluciones Externalizadas de Software y
Centro de Llamadas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
junio del 2014.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1
vez.—CE2014003757.—(IN2014066820).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 19 horas 00 minutos del 4 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Ave Project Management Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic.
Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1
vez.—CE2014003758.—(IN2014066821).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 30 minutos del 13 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Jvchuta S. A..—San José, 16 de junio
del 2014.—Lic. Marvin Martínez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2014003759.—(IN2014066822).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada M & D Global Technologies.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1
vez.—CE2014003760.—(IN2014066823).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 40 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Desarrollos Villas Costa Bella Limitada.—San
José, 16 de junio del 2014..—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014003761.—(IN2014066824).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 00 horas 05 minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada L & L Casa del Mono Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Campos
Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003762.—(IN2014066825).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 00 minutos del 16 de Junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Ferremetro Sociedad Anonima.—San José, 16 de
Junio del 2014.—Lic. Annia Ross Muñoz, Notario.—CE2014003763.—(IN2014066826).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 19 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Pehuén Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Jorge Antonio
Escalante Escalante, Notario.—1
vez.—CE2014003764.—(IN2014066827).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Select Source International Staffing Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes,
Notario.—1 vez.—CE2014003765.—(IN2014066828).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 06 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Emma”S Closet Sociedad Anónima.—San José, 16 de
junio del 2014.—Lic. Alejandro José Arguello Leiva, Notario.—1
vez.—CE2014003766.—(IN2014066829).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada CRC en Línea Oeste Sociedad Anónima.—San José, 16 de
junio del 2014.—Lic. Lucía Odio Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2014003767.—(IN2014066830).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 55 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Terraquintas Palmareal Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003769.—(IN2014066831).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Uve A Ache Ge Sociedad Anónima.—San José, 16 de
junio del 2014.—Lic. Vivian Gazel Cortes, Notaria.—1
vez.—CE2014003770.—(IN2014066832).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 00 horas 30 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Familia Umaña Cano Sociedad Anónima.—San
José, 16 de junio del 2014.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2014003771.—(IN2014066833).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 3 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Viajes Turísticos Cajiro Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del 2014.—Lic. Rafael Mauricio
Rodríguez González, Notario.—1
vez.—CE2014003772.—(IN2014066834).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Agro Alimento Cel Ro Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014003776.—(IN2014067190).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 30 minutos del 5 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada S. A.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Alfredo Salazar Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2014003777.—(IN2014067191).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Rivendel Developments R.D. Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014003778.—(IN2014067192).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Mac Rental Properties Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2014003780.—(IN2014067193).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 30 minutos del 29 de abril del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada J.V.D.R. del Pacífico Sociedad Anónima.—San José,
17 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—CE2014003781.—(IN2014067194).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 30 minutos del 13 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Digital Music Universe Limitada.—San José, 17 de junio
del 2014.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1
vez.—CE2014003782.—(IN2014067195).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 3 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Limpiex Solutions Sociedad Anónima.—San José, 17 de
junio del 2014.—Lic. Denice Yorleny Brown Beckford, Notaria.—1
vez.—CE2014003783.—(IN2014067196).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Los Caballos de Colinas Hermosa LLC Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea,
Notario.—1 vez.—CE2014003784.—(IN2014067197).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Kneppers Co Responsabilidad Limitada.—San José,
17 de junio del 2014.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2014003785.—(IN2014067198).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Central Agency Security Services Cass Sociedad
Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Xochitl Camacho Medina,
Notario.—1 vez.—CE2014003786.—(IN2014067199).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Arte Vanguardia Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Nataly Mireya
Espinoza Alvarado, Notaria.—1
vez.—CE2014003787.—(IN2014067200).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Toros y Tapas Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003788.—(IN2014067201).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Rosson Construction Superior Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2014003789.—(IN2014067202).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Kalimero Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de junio del 2014.—Lic. Ricardo José
Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—CE2014003791.—(IN2014067203).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Promotora de Productos Informáticos del Caribe Sociedad
Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.–Lic. German Ortiz Castro, Notario.—1 vez.—CE2014003792.—(IN2014067204).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 30 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada JSKS LLC Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
junio del 2014.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1
vez.—CE2014003796.—(IN2014067205).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 40 minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Zamocha Cars Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio
del 2014.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1
vez.—CE2014003797.—(IN2014067206).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 00 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Grupo RDJM Sociedad Anónima.—San José, 17 de
junio del 2014.—Lic. Christy Alejandra Martinez Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2014003798.—(IN2014067207).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Teak Development LLC Limitada Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Sergio Antonio Solera
Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2014003799.—(IN2014067208).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Multiservicios Otoya Y Otoya Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Randall Ramírez
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014003800.—(IN2014067209).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Tecnológica Limitada.—San José, 17 de junio del
2014.—Lic. Ian Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1
vez.—CE2014003801.—(IN2014067210).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Bernez Consultores Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. María Lorna
Ballestero Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2014003802.—(IN2014067211).
Mediante escritura otorgada ante esta
Notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de Junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Bitstars Entertainment Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2014003803.—(IN2014067212).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Técnicos Informáticos Globales y
Suministros Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Pablo
Eliécer Valerio Soto, Notario.—1
vez.—CE2014003804.—(IN2014067213).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Wave-Shell Corp. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de Junio del 2014.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1
vez.—CE2014003805.—(IN2014067214).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Mangueras de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—CE2014003806.—(IN2014067215).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 17 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Neoveedol Lubricants S. A. Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. María de La Cruz
Villanea Villegas, Notario.—1
vez.—CE2014003807.—(IN2014067216).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 17 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada AJ Inmobilia Plus Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Henry Lang Wien,
Notario.—1 vez.—CE2014003808.—(IN2014067217).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Tenedora Universal de Libranzas Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014003809.—(IN2014067218).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Mangueras Acoples y Conexiones Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Hernán Alexis Pérez
Sanabria, Notario.—1 vez.—CE2014003810.—(IN2014067219).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 00 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones El Punto Guanacasteco Sociedad
Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic.
Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2014003811.—(IN2014067220).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 30 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Liber Latinoamericano Sociedad Anónima.—San José, 17
de junio del 2014.—Lic. Carlos Manuel Madrigal Mora, Notario.—1
vez.—CE2014003812.—(IN2014067221).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 30 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Quantico Latinoamericano Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Carlos Manuel Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—CE2014003813.—(IN2014067222).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 3 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Pellex Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Rafael Mauricio
Rodríguez González, Notario.—1
vez.—CE2014003814.—(IN2014067223).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 19 horas 30 minutos del 28 de abril del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Romo de la Pampa Sociedad Anónima.—San José,
17 de junio del 2014.—Lic. Manuel Mora Ulate, Notario.—1
vez.—CE2014003815.—(IN2014067224).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 30 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Theos Heart of the Caribbean Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2014.—Lic. Floribeth Gomez Cubero, Notario.—1 vez.—CE2014003816.—(IN2014067225).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Editorial Anglo de Costa Rica EACR
Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Guido Fernán Sánchez
Canessa, Notario.—1 vez.—CE2014003817.—(IN2014067226).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18 horas 30 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada China Business RYC de Costa Rica Sociedad Anónima
Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Elizabeth Miranda
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2014003818.—(IN2014067227).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 28 de abril del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Centro Nacional de Estudios Tecnicos Cenet.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Randall Álvarez
Hernández, Notario.—1
vez.—CE2014003820.—(IN2014067228).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 6 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Soluciones Integrales para Infraestructura y
Construcción Sicsa Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic.
Marianella Mora Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2014003821.—(IN2014067229).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 27 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Strategic Thinking Asesoria Empresarial Integral
Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del
2014.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1
vez.—CE2014003822.—(IN2014067230).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Nova Soft I.N.C Sociedad Anónima Sociedad
Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic.
Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1
vez.—CE2014003823.—(IN2014067231).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Mantenimientos RKV Otoyas Sociedad Anónima Sociedad
Anónima.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Randall Ramírez Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2014003824.—(IN2014067232).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 19 horas 10 minutos del 10 de marzo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Grupo “La Brega” Sociedad Anónima.—San José,
17 de junio del 2014.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2014003825.—(IN2014067233).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Geometry Global Costa Rica Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. María Lupita Quintero
Nassar, Notaria.—1 vez.—CE2014003826.—(IN2014067234).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 00 horas 00 minutos del 17 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Pomo LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Warner Porras Guzmán,
Notario.—1 vez.—CE2014003827.—(IN2014067235).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Casa Angelina Sociedad de Responsabilidad
Limitada Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1
vez.—CE201403828.—(IN2014067236).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Silver Granite Top Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Darlyn María
Caballero García, Notario.—1 vez.—CE2014003830.—(IN2014067237).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 4 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Oller.Co Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. Melba María Pastor Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2014003831.—(IN2014067238).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 6 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Vehículo Médico Especial Inc. Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. Marco Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014003832.—(IN2014067239).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 8 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Playfare Systems Sociedad Anónima Sociedad
Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Steven Ferris Quesada,
Notario.—1 vez.—CE2014003833.—(IN2014067240).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 30 minutos del 17 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Alana Doce Cero Tres Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2014003834.—(IN2014067241).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 5 de junio del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Importadora Las Cinco S Mundiales S. A. Sociedad
Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic.
Mario Alberto Brenes Luna, Notario.—1
vez.—CE2014003836.—(IN2014067242).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 19 de mayo del 2014, se constituyó la
sociedad denominada Mentes Divergentes Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Alejandro Campos
Henao, Notario.—1 vez.—CE2014003837.—(IN2014067243).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Llanos del Mar D.R.C.
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2014.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014003838.—(IN2014067244).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 17 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada JC Import del Este Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Juan Luis Cespedes
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014003840.—(IN2014067245).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 17 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada JSKS del Pacifico Llc. Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Marco Antonio Fernández
López, Notario.—1 vez.—CE2014003841.—(IN2014067246).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 7 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tunka Twice Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Arturo Joaquín Blanco
Páez, Notario.—1 vez.—CE2014003842.—(IN2014067247).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Algaste Investment
Corporation Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Arnoldo
López Echandi, Notario.—1
vez.—CE2014003843.—(IN2014067248).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Destino Estelar Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Oscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1
vez.—CE2014003844.—(IN2014067249).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Sepúlveda & Rubio
Consultores Internacionales Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014003845.—(IN2014067250).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 17 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Mundial I&M
Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—CE2014003846.—(IN2014067251).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 9 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Dino It Technologies.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. José Luis Torres
Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014003847.—(IN2014067252).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 16 de junio del 2014,
se constituyó la sociedad denominada Suministros Centroamericanos de Construcción
Sumcencon Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Juan
Carlos Cersosimo D Agostino, Notario.—1
vez.—CE2014003848.—(IN2014067253).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada New Jen Llc Sociedad de Responsabilidad
Limitada Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1
vez.—CE2014003850.—(IN2014067254).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 17 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Neoveedol Lubricants Sociedad
Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic.
María de La Cruz Villanea Villegas, Notaria.—1
vez.—CE2014003851.—(IN2014067255).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 28 de mayo
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Seguridad Global
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2014.—Lic. Gladys Giselle Tapia Masis, Notaria.—1
vez.—CE2014003852.—(IN2014067256).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 5 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Atirro Hermosa Sociedad
Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic.
Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1
vez.—CE2014003853.—(IN2014067257).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Mash de Energía Sociedad
Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Kattia Bermudez Montenegro,
Notaria.—1 vez.—CE2014003854.—(IN2014067258).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 16 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Bonysol Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic.
Soren Araya Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003855.—(IN2014067259).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 17 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Embutidos Españoles Sociedad
Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic.
Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1
vez.—CE2014003856.—(IN2014067260).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 19 de marzo
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Men Ocho Mil Novecientos Diez
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic.
Marco Lino Lopez Castro, Notario.—1
vez.—CE2014003857.—(IN2014067261).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 7 horas 00 minutos del 9 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Software and Phone
Outsourced Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Hazel Sancho
González, Notario.—1
vez.—CE2014003858.—(IN2014067262).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Vistas Colina Hermosa Jaco
Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2014003859.—(IN2014067263).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada CMH Palms One Zero One
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio
del 2014.—Lic. Adrián Echeverria Escalante, Notario.—1
vez.—CE2014003860.—(IN2014067264).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 13 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Montañas del Sol
Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Carlos
Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2014003861.—(IN2014067265).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 20 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Sierra del Sol en Jaco
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Carlos Alberto
Ramírez Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2014003862.—(IN2014067266).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 30 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Arena y Sol en Jaco
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Carlos Alberto
Ramírez Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2014003863.—(IN2014067267).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Running Marketing Group
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2014.—Lic. Erika Mishelle Gomez Soto, Notaria.—1
vez.—CE2014003865.—(IN2014067268).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ministerio de Seguridad Pública.
Departamento Disciplinario Legal, Sección de Inspección Policial, Causa
Administrativa Disciplinaria, Número 402-IP-2013-DDL. Auto de nuevo
señalamiento de realización de audiencia.—San José, a
las catorce horas veinte minutos del once de setiembre del año dos mil catorce.
Procede este Órgano Director a señalar la realización de la audiencia oral y
privada en el expediente administrativo N°402-IP-2013-DDL, seguido en contra
del funcionario: Heinner Parra Rojas, cédula de identidad número 04-0205-0309,
destacado en la Delegación Policial de Limón, a quien resultó materialmente
imposible notificar personalmente el auto de posposición de audiencia oral y
privada y nuevo señalamiento de audiencia dictado a las ocho horas treinta
minutos del día veintiséis de junio del dos mil trece, por ignorarse su actual domicilio,
a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria y de
otra índole, que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: “Por
resultar positivo en prueba toxicológica realizada el día 03 de abril del 2013,
al analizar la muestra “A” del código 039266, la que resulto positiva por
metabolitos de cocaína en una concentración de 187 ng/ml. y no presentarse al
acto de apertura y análisis de la contramuestra, del mismo código 039266, el
día 17 de mayo del 2013”. Lo cual en caso de comprobarse le podría acarrear la
imposición de una sanción disciplinaria de uno a treinta días de suspensión sin
goce salarial o inclusive hasta el despido sin responsabilidad patronal. Lo
anterior con sustento en lo previsto en los artículos 71 inciso f), 81 inciso
l), del Código de Trabajo, artículo 8 inciso o), 81 inciso j), l), de la Ley
General de Policía, Artículo 81 inciso k), del Reglamento de Servicio de los
Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, artículos 01,
04, 05, 06, 22, 23, 24 del Reglamento para las pruebas Toxicológicas a los
Miembros de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad
Pública, haciéndosele saber al referido encausado que este Órgano Director ha
ordenado señalar un nuevo momento para la realización de la audiencia oral y
privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Departamento
Disciplinario Legal del Ministerio de Seguridad Pública, situado en San José,
Zapote, de los semáforos sobre el puente de Casa Presidencial 100 metros al
sur, edificio a mano derecha color azul con ventanales, a partir de las 09:00
horas del primer día hábil contado a partir de la tercera publicación del
presente acto, en donde será atendido por el Licenciado. José Gerardo Rodríguez
Brenes, funcionario de esta Oficina asignada para tal efecto. El mencionado
inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o
apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo
el proceso. En tal sentido se le hace saber al encausado que dicha
comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la
prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con
antelación a dicha comparecencia. Se le advierte igualmente al señor Parra
Rojas que debe señalar lugar en donde atender futuras notificaciones, caso
contrario se le tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este
Despacho en el transcurso de 24 horas. Se le advierte al encausado que por la naturaleza dicha de este
expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 272, 273
de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso
restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí
ventilado de interés únicamente para éste Ministerio y las partes, por lo que
pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona
que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo
de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública.
Notifíquese.—Raisa Bravo García.—O. C. N°
3400020975.—Solicitud N° 20533.—(IN2014063246).
DIRECCIÓN
DE INSPECCIÓN
De conformidad con los artículos 10 y
20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales
y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del
patrono Artavia López Rosaura, número patronal 0-00105660496-001-001, se
procede a notificar por medio de edicto, que el Área de Control Contributivo de
la Dirección de Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso
1245-2014-02311, que en lo que interesa indica: como resultado material de la
revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales de los trabajadores
detallados en hoja de trabajo, folio 0014 del expediente administrativo, por el
período comprendido entre octubre y noviembre del 2009; y diciembre del 2010.
Total de salarios omitidos ¢664.521,30, Total de cuotas obreras y patronales de
la Caja ¢146.993,00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al
Trabajador ¢38.211,00. Consulta expediente: en esta oficina San José, calle 5 y
7, Avenida 2 ª, Edificio Laureano Echandi Jiménez, piso 5to, se encuentra a su
disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere
un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio
para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de
la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 8 de
julio del 2014.—Área de Control Contributivo.—Lic. Doris Valerio Bogantes, Jefa.—1 vez.—(IN2014065965).
De conformidad
con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el
domicilio actual del patrono Multimoda M y M S. A., número patronal
2-03101274026-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que el Área
de Control Contributivo de la Dirección de Inspección, ha dictado el Traslado
de Cargos número de caso 1245-2014-01395, que en lo que interesa indica: como
resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado
omisiones salariales del trabajador detallado en hoja de trabajo, folio 0013
del expediente administrativo, Mejía Sánchez Allan, número de cédula
1-1541-0338 por el período de diciembre del 2010. Total de salarios omitidos
¢142.823,00, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢31.906,00. Total
de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢8.212,00. Consulta
expediente: en esta oficina San José, calle 5 y 7, Avenida 2ª, Edificio
Laureano Echandi Jiménez, piso 5to, se encuentra a su disposición el expediente
para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días
hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para
ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro
del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los
efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como
Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para
notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la
fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 8 de julio
del 2014.—Área de Control Contributivo.—Lic. Doris Valerio Bogantes, Jefa.—1 vez.—(IN2014065970).
De conformidad
con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el
domicilio actual del patrono Seguridad e Investigaciones Mike Golfo Sociedad
Anónima, número patronal 2-03101294881-001-001, se procede a notificar por
medio de edicto, que Área de Control Contributivo de la Dirección de
Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1245-2014-01504,
que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial
efectuada, se han detectado omisiones salariales de los trabajadores detallados
en hoja de trabajo, folio 009 el expediente administrativo, por el período de
marzo a junio del 2010, Dennis Enrique Espinoza Zúñiga, cédula de identidad
número 1-0897-0561, Total de salarios omitidos ¢887.796,00, Total de cuotas
obreras y patronales de la Caja ¢198.332,00. Total de aportaciones de la Ley de
Protección al Trabajador ¢51.044,00. Consulta expediente: en esta oficina San
José, calle 5 y 7, Avenida 2º, Edificio Laureano Echandi piso 5, se encuentra a
su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les
confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día
siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido
por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la
Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no
indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 2 de julio del
2014.—Dirección de Inspección.—Lic. Doris Valerio Bogantes, Jefa.—1 vez.—(IN2014065972).
De conformidad
con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el
domicilio actual del patrono 3-101-497759 S. A., número patronal
2-03101497759-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Subárea Administración y Control de Convenios, Área de Control Contributivo,
Dirección de Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso
1245-2014-01077, que en lo que interesa indica: como resultado material de la
revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del
trabajador Yader Ezequiel Mercado Pérez, número de asegurado 7-18221855 por el periodo
comprendido entre octubre del 2009 y enero del 2010. Total de salarios omitidos
¢731.893,00, Total de cuotas obrero patronales de la Caja ¢161.694,00 y en
cuotas correspondientes a la Ley de Protección al Trabajador un monto de
¢42.082,00 .Consulta expediente: Área de Control Contributivo, Oficinas
Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, 5º piso, avenida 2ª,
calles 5 y 7, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha
establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San
José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el
transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 25 de junio del 2014.—Subárea Administración y
Control de Convenios.—Lic. Johnny Mora Quesada, Jefe.—1
vez.—(IN2014066973).
De conformidad
con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el
domicilio actual del patrono Carlos Armando Román Zaragoza, número patronal 0-00800880449-001-001,
se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Administración y
Control de Convenios, Área de Control Contributivo, Dirección de Inspección, ha
dictado el Traslado de Cargos número de caso 1245-2014-00175, que en lo que interesa
indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han
detectado omisiones salariales de la trabajadora Delgado González Shirley
Tatiana, número de identificación 1-0951-0826, por el período comprendido entre
octubre del 2010 a setiembre de 2011. Total de salarios omitidos ¢1.427.457,09
Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢318.897,00. Total de
aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢82.074,00. Consulta
expediente: en esta oficina San José, calles 5 y 7, avenida 2ª, Edificio
Laureano Echandi Jiménez, piso 5to, se encuentra a su disposición el expediente
para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días
hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para
ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio
para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la
Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte
Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar
lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de
Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San
José, 19 de agosto del 2014.—Subárea Administración y Control de
Convenios.—Lic. Johnny Mora Quesada, Jefe.—1
vez.—(IN2014066978).
De conformidad
con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el
domicilio actual del patrono Christian Alberto Ledezma Segura, número patronal
0-00111300005-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Oficina de Inspección de la Sucursal de Heredia, de la Dirección Regional
Central de Sucursales, ha dictado el Traslado de Cargos del 24 de setiembre del
2014, número de caso 1212-2014-04053, que en lo que interesa indica: como
resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado
omisiones salariales del trabajador Esteban Francisco Camacho Jiménez, cédula
4-0171-0050, detallada en la hoja de trabajo, folio 25, 26 del expediente
administrativo, por el período comprendido de enero del 2010 a marzo del 2010.
Total de presuntas omisiones salariales ¢597.624,00. Lo cual el patrono deberá
pagar: Total de cuotas obreras y patronales en los regímenes de Salud e
Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja ¢133.509,00, más el total de aportaciones
de la Ley de Protección al Trabajador ¢34.363,00. Además, intereses de ley y
cargos por otras instituciones. Consulta del expediente: En la Oficina de
Inspección, Sucursal de Heredia, del Palacio de los Deportes, 200 metros norte,
75 oeste, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone la Ley. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer las pruebas de
descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que
debe señalar lugar o medio para recibir notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Justicia de Heredia. De no
indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24
horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Notifíquese.—Heredia, 29 de setiembre del 2014.—Subárea de Gestión de
Inspección y Cobranza.—Lic. Miguel Ángel García Solano, Jefe Subárea.—1 vez.—(IN2014066981).
De conformidad
con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio
actual del patrono ER Security S.A, número patronal 2-03101483076-001-001, se
procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea Administración y
Control de Convenios, Área de Control Contributivo, Dirección de Inspección, ha
dictado el Traslado de Cargos número de caso 1245-2013-02936, que en lo que
interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se
han detectado omisiones salariales del trabajador Luis Diego Salas Orozco,
número de cédula 107000133, por el periodo comprendido entre diciembre del 2010
y abril del 2011. Total de salarios omitidos ¢995.667,29. Total de cuotas
obrero patronales de la Caja ¢222.430,00 y en cuotas correspondientes a la Ley
de Protección al Trabajador un monto de ¢57.257,00. Consulta expediente: Área
de Control Contributivo, Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro
Social, 5º piso, avenida 2ª, calles 5 y 7, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio
para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de
la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 25 de
junio del 2014.—Subárea Administración y Control de Convenios.—Lic. Johnny Mora
Quesada, Jefe.—1 vez.—(IN2014066982).
De conformidad
con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el
domicilio actual del patrono INGMASERV Sociedad Anónima, número patronal
2-03101520244-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Sucursal de Heredia, de la Dirección Región Central de Sucursales, ha dictado
el Traslado de Cargos número de caso 1212-2014-03492, que en lo que interesa
indica: como resultado material de la investigación efectuada, se ha detectado
un posible incumplimiento patronal por omisiones salariales de los
trabajadores: De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores
Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Inversiones
Alfombra Roja Sociedad Anónima, número patronal 2-03101409907-001-001, se
procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Heredia, de la
Dirección Región Central de Sucursales, ha dictado el Traslado de Cargos número
de caso 1212-2014-03492, que en lo que interesa indica: como resultado material
de la investigación efectuada, se ha detectado un posible incumplimiento
patronal por omisiones salariales de la trabajadora: Nena Alejandra Angulo
Valenzuela, identificación número 7-28616942, en el mes de agosto 2009, que
constan en las hojas de trabajo, folios 17 al 18 del expediente administrativo.
Total de salarios omitidos ¢200.000,00. Total de cuotas Obreras y Patronales de
la Caja ¢44,000.00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador
¢11.500,00. Consulta expediente: en Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro
Social de Heredia, ubicada en Heredia, de las piscinas del Palacio de los
Deportes 200 metros norte y 50 metros oeste, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la ley. Se le confiere un plazo de diez
días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes y ofrecer las pruebas de descargo. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para notificaciones en el perímetro
administrativo establecido por la Caja Costarricense de Seguro Social Sucursal
de Heredia, mismo que para efectos jurisdiccionales han establecido la Corte
Suprema de Justicia en el Juzgado de Heredia. Si lo señalado fuese medio, no
aplica la restricción relativa al perímetro administrativo. De no indicar lugar
o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos
se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas, contadas a
partir de la fecha de la resolución. Notifíquese.—Heredia,
6 de agosto del 2014.—Subárea Gestión de Servicios de Inspección y
Cobranza.—Lic. Miguel García Solano, Jefe.—1
vez.—(IN2014066984).
De conformidad
con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el
domicilio actual del patrono Tienda Casa Bella Quinta Avenida S. A., número patronal
2-03101244859-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Subárea Administración y Control de Convenios de la Dirección de Inspección, ha
dictado el Traslado de Cargos número de caso 1245-2014-01857, que en lo que
interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se
han detectado omisión salarial del trabajador detallado en hoja de trabajo,
folio 0018 del expediente administrativo, por el período de marzo del 2006,
número de cédula 2-0451-0646. Total de salarios omitidos ¢42.924,00, Total de
cuotas obreras y patronales de la Caja ¢9.443,00. Total de aportaciones de la
Ley de Protección al Trabajador ¢2.468,00. Consulta expediente: en esta oficina
San José, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4, Edificio Laureano Echandi piso 5, se
encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley.
Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día
siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido
por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la
Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no
indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24
horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 18 de julio del 2014.—Subárea Administración y
Control de Convenios.—Lic. Johnny Mora Quesada, Jefe.—1
vez.—(IN2014066985).
MUNICIPALIDAD
DE SAN JOSÉ
NOTIFICACIÓN
A PROPIETARIOS OMISOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El
Departamento de Gestión Ambiental de esta Municipalidad con el fin de dar
cumplimiento con lo estipulado en el Reglamento para el cobro de tarifas por
las omisiones de los deberes de los propietarios de inmuebles localizados en el
Cantón Central de San José, notifica a los propietarios omisos:
Propietario:
|
José Pablo Ruiz Ramos
|
Cuenta:
|
1-0878-0028
|
Dirección:
|
Urbanización
Cristal, del Supermercado AM PM, o de Canal 6, 500 metros sur, lote mano
izquierda contiguo a la acequia
|
Localización:
|
0700060025
|
Folio Real:
|
314798
|
Distrito:
|
Uruca
|
Plazo:
|
10 días hábiles
|
Omisión:
|
limpieza y cercado
|
Código:
|
81-82
|
Boleta
|
DSA-361-14
|
Propietario:
|
William Arce Ramírez
|
Cuenta:
|
1-0489-0498
|
Dirección:
|
Residencial Mallorca
a la par de la casa 16-f por el Colegio Técnico San Sebastián
|
Localización:
|
1004480001
|
Folio Real:
|
494275
|
Distrito:
|
Hatillo
|
Plazo:
|
10 días hábiles
|
Omisión:
|
limpieza y cercado
|
Código:
|
81-82
|
Boleta
|
Correo Kattia León
Contraloría
|
Propietario:
|
Antonio Rescia Aita
|
Cuenta:
|
1-0203-0623
|
Dirección:
|
Avenida 12 Calles 2 y 4
|
Localización:
|
0300610005
|
Folio Real:
|
90496
|
Distrito:
|
Hospital
|
Plazo:
|
10 días hábiles
|
Omisión:
|
limpieza y cercado
|
Código:
|
81-82
|
Boleta
|
Caso 2046
|
San José, 23 de setiembre de 2014.—Departamento
de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—O. C. N° 134482.—Solicitud N°
20464.—(IN2014063278).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
EXHUMACIONES EN
NICHOS VENCIDOS
EN CEMENTERIOS
MUNICIPALES
En vista de que algunos de los contratos de
arrendamientos de nichos para sepulturas en los cinco cementerios municipales:
Calvo, San Sebastián, Zapote, Pavas, Corazón de
Jesús y la Uruca Sur, se encuentran vencidos desde 1995 y hasta 2014, el
proceso de cementerios de esta municipalidad, informa a los familiares de las
personas que se encuentran inhumadas en dichos camposantos que se procederá a
realizar las exhumaciones correspondientes, para dar espacio a otros habitantes
de este cantón que requieren sepultar a sus deudos.
Cementerio Calvo
|
Occiso
|
Fecha de inhumación
|
Fecha de vencimiento
|
Ubicación
|
Ángel Paulino Calvo
Bolívar
|
11/02/2002
|
11/02/2007
|
C31-L03-F01
|
Judith Vargas Rtana
|
27/02/2002
|
27/02/2007
|
C31-L03-F02
|
María Filomena Melgor
Mejía
|
14/03/2002
|
14/03/2007
|
C31-L03-F03
|
Jorge Zambrano
|
23/03/2002
|
23/03/2007
|
C31-L03-F05
|
María Fernández
Navarro
|
17/02/2002
|
17/02/2007
|
C31-L03-F06
|
Víctor Manuel Álvarez
Álvarez
|
05/03/2002
|
05/03/2007
|
C31-L03-F07
|
Olga Orozco Solís
|
20/02/2002
|
20/02/2007
|
C31-L03-08
|
Miguel Dool Simpson
|
21/03/2002
|
21/03/2007
|
C31-L03-09
|
Álvaro Alvarado
Murillo
|
09/08/2002
|
09/08/2007
|
C31-L03-F10
|
Gerardo Arroyo Soto
|
22/03/2002
|
22/03/2007
|
C31-L03-F13
|
Socorro Jiménez
Arguedas
|
07/07/2002
|
07/07/2007
|
C31-L03-F14
|
Isaías Jacob Campos
Arias
|
11/06/2002
|
11/06/2007
|
C31-L03-F15
|
William Salazar Peña
|
10/08/2002
|
10/08/2007
|
C31-L03-16
|
José María Jiménez
Quesada
|
05/04/2002
|
05/04/2007
|
C31-L03-F17
|
José Rojas Arias
|
17/05/2002
|
17/05/2007
|
C31-L03-F18
|
Juan Mario Jiménez
Céspedes
|
21/05/2002
|
21/05/2007
|
C31-L03-F19
|
Norma Madrigal Román
|
17/06/2002
|
17/06/2007
|
C31-L03-F20
|
Ricardo Julián
Arguello Umaña
|
18/07/2002
|
18/07/2007
|
C31-L03-F21
|
Reyes Quirós Porras
|
22/05/2002
|
22/05/2007
|
C31-L03-F22
|
Luis Antonio Casal
Peña
|
21/06/2002
|
21/06/2007
|
C31-L03-23
|
Víctor Calderón
Aragón
|
08/07/2020
|
08/07/2007
|
C31-L03-24
|
Guilermo Monge Sandí
|
26/05/2002
|
26/05/2007
|
C31-L03-F25
|
José Ángel Villalobos
Murillo
|
23/06/2002
|
26/06/2007
|
C31-L03-F26
|
Rafael Mora Vargas
|
31/05/2002
|
31/05/2007
|
C31-L03-F27
|
Luis Roberto
Matamoros Luna
|
23/07/2002
|
23/07/2007
|
C31-L03-F28
|
Raúl Batista Shaw
|
28/06/2002
|
28/06/2007
|
C31-L03-F32
|
José Guzmán Esquivel
|
02/07/2002
|
02/07/2007
|
C31-L03-F34
|
María Constantina
Godínez Hidalgo
|
14/08/2002
|
14/08/2007
|
C31-L04-F01
|
José Ruiz Pattey
|
04-0702
|
07/07/2007
|
C31-L04-F2
|
Francisco Montenegro
Salgado
|
16/09/2002
|
16/09/2007
|
C31-L04-F04
|
Galeano González Cruz
|
25/09/2002
|
25/09/2007
|
C31-L04-F05
|
Eddy Palma Espinoza
|
25/08/2002
|
25/08/2007
|
C31-L04-F06
|
Carlos Jiménez
Delgado
|
20/09/2002
|
20/09/2007
|
C31-L04-F07
|
Manuela Mercédez
Sarria López
|
28/08/2002
|
28/08/2007
|
C31-L04-F08
|
Carlos Luis Barquero
Segura
|
19/10/2002
|
19/10/2007
|
C31-L04-F09
|
Sandro Samuels
Andersons
|
09/10/2002
|
09/10/2007
|
C31-L04-F10
|
Lucio Hueso Guerra
|
23/09/2002
|
23/09/2007
|
C31-L04-F11
|
Olga Marta Chaves
Lobo
|
29/08/2002
|
29/08/2007
|
C31-L04-F12
|
Odilia Quesada Torres
|
12/10/2002
|
12/10/2007
|
C31-L04-F13
|
Leumila Todríguez
Marchena
|
30/08/2002
|
30/08/2007
|
C31-L04-F14
|
Alberto Santander
González
|
15/11/2002
|
15/11/2007
|
C31-L04-F15
|
Miguel Enrique
González Quesada
|
31/10/2002
|
31/10/2007
|
C31-L04-F16
|
Johnny Alberto
Castillo Araya
|
24/10/2002
|
24/10/2007
|
C31-L04-F17
|
Álvaro Alvarado
Cortez
|
27/11/2002
|
27/11/2007
|
C31-L04-F18
|
Marvin Gerardo
Barboza Ramírez
|
05/11/2002
|
05/11/2007
|
C31-L04-F19
|
Santos Gutiérrez
Rivas
|
24/10/2002
|
24/10/2007
|
C31-L04-F20
|
José Marcos Chévez
Sotela
|
08/11/2002
|
08/11/2007
|
C31-L04-F21
|
Adela Grandeson
Simpson
|
24/10/2002
|
24/10/2007
|
C31-L04-F22
|
Eida Mora Sojo
|
04/12/2002
|
04/12/2007
|
C31-L04-F23
|
Vitalina Parra Mena
|
18/12/2002
|
18/12/2007
|
C31-L04-F24
|
Guillermo Céspedes
Baltodano
|
20/01/2002
|
20/01/2007
|
C31-L04-F25
|
Sara Alvarado Álvarez
|
10/12/2002
|
10/12/2007
|
C31-L04-F26
|
Maribel Chaves
Rodríguez
|
28/01/2003
|
28/01/2008
|
C31-L04-F28
|
Edwin Danilo Acuña
Zúñiga
|
11/12/2002
|
11/12/2007
|
C31-L04-F29
|
Hugo Mora Mora
|
22/01/2003
|
22/01/2008
|
C31-L04-F30
|
Fidelina Gómez Rivas
|
23/12/2002
|
23/12/2007
|
C31-L04-F31
|
Norma Ruiz Castillo
|
15/12/2002
|
15/12/2007
|
C31-L04-F32
|
Telma Del Socorro
Hernández
|
25/12/2002
|
25/12/2007
|
C31-L04-F34
|
María Andrade Olives
|
31/12/2002
|
31/12/2007
|
C31-L05-F1
|
Román Díaz Sequeira
|
09/04/2012
|
09/04/2007
|
C31-L05-F2
|
Irene Morales
Granados
|
27/04/2003
|
27/04/2008
|
C31-L05-F3
|
Carlos Uva Cascante
|
16/04/2003
|
16/04/2008
|
C31-L05-F4
|
Ovidio Muñoz Cascante
|
03/01/2003
|
03/01/2008
|
C31-L05-F5
|
Jesús María Sánchez
Jiménez
|
30/01/2002
|
30/01/2007
|
C31-L05-F6
|
Arlen López García
|
14/02/2003
|
14/02/2008
|
C31-L05-F7
|
Mario Román Villalta
|
07/01/2003
|
07/01/2008
|
C31-L05-F8
|
William Eydelotte
Shafer
|
10/01/2003
|
10/01/2008
|
C31-L05-F10
|
Luis Antonio Segura
Soto
|
02/02/2003
|
02/02/2008
|
C31-L05-F11
|
Antonio Benavidez
Miranda
|
15/02/2003
|
15/02/2008
|
C31-L05-F12
|
Clarisa Chávez Solano
|
09/01/2003
|
09/01/2008
|
C31-L05-F13
|
Altamirano Romero
Francisca
|
28/05/1998
|
28/05/2003
|
C29-L80-F17
|
Mesa Villegas
Pascuala
|
19/07/1990
|
19/07/1995
|
C-31-L08-F08
|
Naranjo Miranda Ramón
|
16/12/1996
|
16/12/2001
|
C29-L04-F10
|
Ramírez Mejías Omar
Ramírez
|
06/06/1999
|
06/06/2004
|
C29-L11-F03
|
Ramírez Mejías
Eduardo
|
02/12/1997
|
02/12/2002
|
C29-L07-D09
|
Naranjo Ramírez Omar
|
13/03/2001
|
13/03/2006
|
C29-L14-F22
|
Bonilla Linarte María
Auxiliadora
|
22/02/1999
|
22/02/2004
|
C29-L06-F07
|
Fonseca Arrieta
Javier Alejandro
|
11/06/2004
|
11/06/2009
|
C31-L09-F12
|
Ruiz Castillo Norma
|
15/12/2002
|
15/12/2007
|
C31-L04-F32
|
Caldera Cantillo
Ivette
|
19/04/1999
|
19/04/2004
|
C29-L08-F27
|
Jiménez Villalta
Espíritu Santo
|
10/10/2004
|
10/10/2009
|
C31-L-12-F17
|
Carmichael Gladys
|
11/11/2001
|
11/11/2006
|
C31-L02-F21
|
Cementerio San
Sebastián
|
Leonardo Alvarado
Villegas
|
13/09/2005
|
13/05/2010
|
MD-N04
|
Magdalena Alpízar
Zamora
|
31/01/2006
|
31/01/2011
|
MA-N17
|
Ramona Rojas Mora
|
18/11/2006
|
18/11/2011
|
MD-N07
|
Francisco Morales
Espinoza
|
24/11/2006
|
24/11/2011
|
ME-N01
|
Carlos Cubero
Meléndez
|
14/12/2006
|
14/12/2011
|
ME-N04
|
Teresita Calderón
Fallas
|
26/12/2006
|
26/12/2011
|
MG-N06
|
Luis Quirós Cordero
|
02/11/2006
|
02/11/2011
|
MA-N10
|
José Mena Barahona
|
06/02/2007
|
06/02/2012
|
MG-N57
|
Ezequiel Rodríguez
|
04/02/2007
|
04/02/2012
|
MG-N60
|
Álvaro Villalobos
Loaiza
|
05/03/2007
|
05/03/2012
|
MH-N02
|
Erick Mora Sánchez
|
29/03/2007
|
29/03/2012
|
MH-N06
|
Erick Valle Leiva
|
31/03/2007
|
31/03/2012
|
MH-N07
|
José Loria Gummings
|
17/05/2007
|
17/05/2012
|
MH-N08
|
Félix García Solís
|
20/05/2007
|
20/05/2012
|
MB-N02
|
José Salas Umaña
|
28/05/2007
|
28/05/2012
|
MH-N10
|
Elmer Arias González
|
14/06/2007
|
14/06/2012
|
MH-N16
|
Adán Rojas Fernández
|
21/06/2007
|
21/06/2012
|
MH-N15
|
José Jiménez Jiménez
|
23/03/2007
|
23/03/2012
|
MH-N05
|
Gabriela Aguilera
Sánchez
|
09/05/2008
|
09/05/2013
|
MB-N09
|
Víctor Marín Chávez
|
24/12/2007
|
24/12/2012
|
MA-N15
|
Cementerio Pavas
|
Ureña Granados
Soledad
|
05/11/2006
|
05/11/2011
|
MA-N44
|
Garita Hernández
Rubén
|
24/02/2005
|
24/02/2010
|
MA-N03
|
Otoniel Loaiza
Hernández
|
12/04/2005
|
12/04/2009
|
MD-N01
|
Loria Ortega Hugo
|
06/06/2005
|
06/06/2010
|
ME-N01
|
Villarreal Alvarado
Olivia
|
10/06/2005
|
10/06/2010
|
MA-N02
|
Castillo Sandino
Óscar
|
15/11/2006
|
15/11/2011
|
MB-N02
|
Fallas Zúñiga
Trinidad
|
18/05/2006
|
18/05/2011
|
MF-N04
|
Zelaya Zelaya Yadira
|
07/06/2006
|
07/06/2011
|
MF-N14
|
Hernández Zúñiga
Teresa
|
09/06/2006
|
09/06/2011
|
MF-N16
|
Palma Eduardo
|
06/07/2006
|
06/07/2011
|
MF-N22
|
Ledezma Castillo
Ronulfo
|
06/07/2006
|
06/07/2011
|
MF-N24
|
Sequeira Sandi
Isolina
|
24/08/2006
|
24/08/2011
|
MA-N13
|
Agüero Agüero
Geovanni
|
22/08/2006
|
22/08/2011
|
MB-N03
|
Rodríguez Arguedas
Primitiba
|
23/11/2006
|
23/11/2011
|
MB-N05
|
Duarte Juan Francisco
|
17/09/2006
|
17/09/2011
|
MA-N54
|
Álvarez Bejarano
Miguel
|
13/10/2006
|
13/10/2011
|
MA-N18
|
Umaña Álvarez
Eustaquio
|
18/10/2006
|
18/10/2011
|
MA-N22
|
Suárez González Lucía
|
30/10/2006
|
30/10/2011
|
MA-N34
|
Cementerio Zapote
|
Muñoz Muñoz Socoro
|
16/10/1995
|
16/10/2000
|
MD-N23
|
Soto Mejía Shirley
|
20/10/1995
|
20/10/2000
|
MD-N23
|
Boza Mora Agnes
|
18/06/2002
|
18/06/2007
|
ME-N15
|
González González
Bernardo
|
23/02/1996
|
23/02/2001
|
ME-N26
|
Calvo Hernández
Carmen
|
05/01/1997
|
05/01/2002
|
ME-N06
|
Valerio Fernández
Maynor
|
03/05/1999
|
03/05/2004
|
MF-N17
|
Valverde Carmona
María
|
05/04/2004
|
05/04/2009
|
MF-N18
|
Flores Portilla Henry
|
28/05/1999
|
28/05/2004
|
MF-N19
|
Bravo Quesada Xinia
María
|
14/05/2004
|
14/05/2009
|
MF-N20
|
Zúñiga Calvo María
Isabel
|
29/05/1999
|
29/05/2004
|
MF-N21
|
Barrantes Gómez Mario
José
|
20/09/2006
|
20/09/2011
|
MF-N22
|
Castro Arias Jeffrey
|
12/07/2005
|
12/07/2010
|
MF-N24
|
Cordero Duran Ana
Isabel
|
15/07/2005
|
15/07/2010
|
MF-N25
|
Robles Garbanzo
Domingo
|
20/07/1998
|
20/07/2003
|
MF-N26
|
Jiménez Campos
Rosario
|
07/09/1999
|
07/09/2004
|
MF-N27
|
Jara Guzmán Elizabeth
|
28/11/1999
|
28/11/2004
|
MF-N29
|
Flores Corella
Gerardo
|
11/08/2005
|
11/08/2010
|
MF-N30
|
Soto Alfaro Lizanías
|
06/03/1999
|
06/03/2004
|
MF-N06
|
Cementerio Uruca Sur
|
Ruiz Castillo Rafael
Ángel
|
09/06/2002
|
09/06/2007
|
MZ-N01
|
Quesada Monge
Herminia
|
24/06/2003
|
24/06/2008
|
MA-10
|
Rosales Nery De Los Ángeles
|
15/06/2008
|
15/06/2013
|
MA-43
|
Allison Juniet Vado
|
23/08/2008
|
23/08/2013
|
MA-04
|
Uva Marín Ana Lidiet
|
23/09/2008
|
23/09/2013
|
MA-N09
|
Olivas Cruz Mauricio
|
22/12/2008
|
22/12/2013
|
MA-N13
|
Para los trámites respectivos, se
otorga a los interesados 15 días hábiles a partir de la presente publicación
para que se presenten en la Oficina del Proceso de Cementerios, sito: semisótano
del edificio municipal “José Figueres Ferrer”, av. 10.
San José, 30 de setiembre de 2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1
vez.—O. C. N° 134482.—Solicitud N° 20651.—(IN2014064237).
ARRENDATARIOS
MOROSOS POR CONCEPTO DE
MANTENIMIENTO
EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES
La Municipalidad de San José y el
Proceso de Cementerios de esta municipalidad,
comunica a los Arrendatarios de Derechos
en los Cementerios Municipales,
que de acuerdo con lo señalado en el Reglamento de Cementerios del Cantón
Central de San José en su artículo 40 “El retraso en el pago de más de seis cuotas consecutivas, causará
la resolución del contrato, sin perjuicio del cobro de los meses no cancelados
y los daños y perjuicios que se cobren posteriormente”.
A continuación
se muestra el detalle generado con los nombres de quienes figuran con cierto
atraso al mes de julio de 2014, por
concepto de mantenimiento.
Cementerio Corazón de Jesús
|
|
Cédula
|
Nombre del arrendatario
|
Ubicación
|
Detalle
|
1
|
1-186-691
|
Acosta Ruiz Miriam
|
C02-L05-D17
|
Años 2013 y 2014
|
2
|
7-063-935
|
Aguilar Mena Elodio
|
C02-L03-D07
|
Años 2013 y 2014
|
4
|
1-476-0432
|
Alfaro Granados Mario Alberto
|
C05-L03-D08
|
Años 2013 y 2014
|
5
|
1-436-892
|
Álvarez Eduarte Gerardo Manuel
|
C01-L06-D07
|
Año 2012 al 2014
|
6
|
1-448-255
|
Amador Carvajal Familia
|
C02-L01-D07
|
Años 2013 y 2014
|
7
|
1-405-1103
|
Araya Montero Luz María y otros
|
C02-L06-D01
|
Años 2013 y 2014
|
8
|
1-848-948
|
Araya Sánchez Wendy
|
C06-L04-D08
|
Años 2013 y 2014
|
9
|
1-325-806
|
Arguedas Madrigal José Luis
|
C05-L02-D14
|
Año 2009 al 2014
|
10
|
1-189-631
|
Brizuela Monge Familia
|
C06-L06-D07
|
Año 2009 al 2014
|
11
|
1-668-555
|
Campos Paes Familia
|
C03-L01-D01
|
Año 2011 al 2014
|
12
|
6-087-038
|
Carbonero Segovia Gloria
|
C05-L01-D09
|
Año 2007 al 2014
|
13
|
|
Cascante Abarca Familia
|
C01-L01-D19
|
Años 2013 y 2014
|
14
|
1-605-591
|
Cascante Retana Familia
|
C06-L02-D17
|
Años 2013 y 2014
|
15
|
1-951-162
|
Cascante Zamora Jacqueline Andrea
|
C06-L02-D12
|
Años 2013 y 2014
|
16
|
1-360-611
|
Castillo Retana Familia
|
C05-L02-D13
|
Años 2013 y 2014
|
17
|
7-102-815
|
Chaves Cerdas Familia
|
C06-L02-D03
|
Año 2009 al 2014
|
18
|
1-345-552
|
Chinchilla Mesen Ana Cecilia
|
C03-L02-D04
|
Abril 13 a diciembre 14
|
19
|
2-318-167
|
Cordero Porras Familia
|
C04-L03-D03
|
Años 2013 y 2014
|
20
|
1-268-367
|
Cortes Rosales Carlos
|
C05-L04-D03
|
Años 2013 y 2014
|
21
|
1-408-310|
|
Eduarte Carvajal Familia
|
C03-L03-D04
|
Año 2012 al 2014
|
22
|
1-635-085
|
Eduarte Madrigal Familia
|
C02-L02-D19
|
Año 2011 al 2014
|
23
|
1-169-453
|
Eduarte Madrigal Sandra María y
Zeida
|
C01-L02-D01
|
Año 2014
|
24
|
4-0072-185
|
Eduarte Ruiz Familia
|
|
Años 2013 y 2014
|
25
|
6-0098-1162
|
Elizondo Fray Rafael Ángel
|
C05-L04-D05
|
Año 2012 al 2014
|
26
|
2-229-726
|
Espinoza González Odilio y otros
|
C04-L02-D10
|
Año 2014
|
27
|
|
Espinoza Lezama Familia
|
C02-L04-D15
|
Años 2013 y 2014
|
28
|
1-222-402
|
Esquivel Porras Carlos
|
C01-L04-D10
|
Año 2014
|
29
|
1-451-943
|
Fernández Borges Familia
|
C01-L05-D02
|
Años 2013 y 2014
|
30
|
1-0361-0150
|
Flores Cerdas Familia
|
C02-L04-D03
|
Año 2014
|
31
|
6-126-960
|
Garita Sánchez Jaime Gerardo
|
C01-L07-D05
|
Años 2013 y 2014
|
32
|
6-192-941
|
Gómez Mata Cinthia Marianne
|
C01-L01-D03
|
Años 2013 y 2014
|
34
|
1-453-749
|
Guach Conejo Familia
|
C02-L06-D11
|
Año 2012 al 2014
|
35
|
1-771-369
|
Guerrero Arroyo Diana Cristina
|
C05-L03-D01
|
Año 2012 al 2014
|
36
|
2-280-272
|
Hidalgo Bolaños María David y otra
|
C02-L02-D09
|
Abril 13 a diciembre 14
|
37
|
1-395-513
|
Jiménez Calvo Ligia
|
C02-L06-D08
|
Año 2014
|
38
|
1-477-865
|
Jiménez Gómez Familia
|
C01-L05-D05
|
Año 2009 al 2014
|
39
|
1-538-131
|
León Arias Ernesto Ricardo y otros
|
C01-L01-D05
|
Año 2008 al 2014
|
40
|
1-250-637
|
López Agüero Mayra
|
C02-L03-D04
|
Año 2014
|
41
|
1-675-259
|
Madrigal Calderón Carlos Francisco
|
C04-L03-D21
|
Año 2012 al 2014
|
42
|
6-124-899
|
Marín Chaves Ramón
|
C06-L01-D01
|
Año 2009 al 2014
|
43
|
3-146-137
|
Mena Mena Alexis
|
C06-L02-D08
|
Año 2012 al 2014
|
44
|
1-467-188
|
Mena Mora Mayela
|
C06-L01-D08
|
Año 2011 al 2014
|
45
|
1-379-647
|
Molina Campos Familia
|
C01-L06-D11
|
Años 2013 y 2014
|
46
|
1-303-493
|
Monge Vargas Familia
|
C02-L01-D03
|
Año 2011 al 2014
|
47
|
1-316-056
|
Monge Vargas María Isabel
|
C02-L01-D05
|
Año 2012 al 2014
|
48
|
7-026-351
|
Montero Rodríguez Berta
|
C06-L02-D07
|
Año 2011 al 2014
|
49
|
1-293-581
|
Mora Agüero Jorge Cayetano
|
C04-L02-D01
|
AÑO 2013 Y 2014
|
50
|
1-205-241
|
Mora Moya Virginia
|
C01-L05-D05
|
AÑO 2012 AL 2014
|
51
|
1-534-937
|
Morales Picado Fernando
|
C06-L05-D15
|
AÑO 2012 AL 2014
|
52
|
4-134-945
|
Murillo Solís German
|
C01-L04-D09
|
Ajuste 13 y año 2014
|
53
|
1-383-297
|
Peralta Monge Sergio
|
C02-L02-D12
|
Años 2013 y 2014
|
54
|
1-610-982
|
Peraza Masís Ana Cecilia
|
C03-L01-D07
|
Años 2013 y 2014
|
55
|
1-688-422
|
Pérez Hidalgo Familia
|
C03-L04-D17
|
Años 2013 y 2014
|
56
|
1-621-260
|
Picado Mora Luis F. y otros
|
C06-L04-D15
|
Año 2012 al 2014
|
57
|
2-270-526
|
Piedra Rojas Dacio Enoc
|
C02-L03-D01
|
Año 2011 al 2014
|
58
|
6-0091-841
|
Quesada Guadamuz Édgar
|
C02-L06-19
|
Años 2013 y 2014
|
59
|
1-873-123
|
Quesada Ortiz Familia
|
C02-L05-D02
|
Años 2013 y 2014
|
60
|
1-312-961
|
Quirós Chavarría María Teresa y
otros
|
C04-L02-D18
|
Años 2013 y 2014
|
61
|
2-531-156
|
Ramírez Fonseca Elidier y hermanos
|
C03-L04-D18
|
Años 2013 y 2014
|
62
|
1-225-729
|
Ramírez Vega Familia
|
C03-L01-D06
|
Año 2010 al 2014
|
63
|
1-225-729
|
Ramírez Vega Hermanos
|
C03-L01-D05
|
Año 2005 al 2014
|
64
|
1-444-433
|
Ramírez Villalobos Xinia María
|
C05-L04-D12
|
Años 2013 y 2014
|
65
|
1-335-552
|
Rivera Ávalos Ana Isabel
|
C02-L01-D15
|
Año 2012 al 2014
|
66
|
6-176-438
|
Rivera Núñez Sonia María
|
C05-L01-D12
|
Año 2011 al 2014
|
67
|
1-226-0061
|
Rojas Rodríguez Eunice
|
C02-L04-D08
|
Años 2013 y 2014
|
68
|
1-262-204
|
Romero Oviedo Familia
|
C04-L03-D01
|
Años 2013 y 2014
|
69
|
1-270-295
|
Romero Sagot Familia
|
C06-L03-D03
|
Años 2013 y 2014
|
70
|
2-132-922
|
Saborío Mora Clemencia
|
C01-L02-D08
|
Año 2008 al 2014
|
71
|
1-402-588
|
Salas Amador Carlos Gerardo
|
C06-L02-D18
|
Años 2013 y 2014
|
72
|
1-498-008
|
Salazar Gutiérrez Hermanos y otra
|
C01-L02-D05
|
Año 2010 al 2014
|
73
|
1-495-665
|
Salgado Ledezma Mayela
|
C03-L04-D06
|
Años 2013 y 2014
|
74
|
1-248-147
|
Sibaja Leitón Eida
|
C01-L02-D10
|
Año 2011 al 2014
|
75
|
1-381-002
|
Solórzano León Inés
|
C02-L04-D07
|
Año 2009 al 2014
|
76
|
1-906-817
|
Ulloa Vargas Familia
|
C06-L02-D20
|
Año 2013
|
77
|
|
Valerio Berrocal Familia
|
C03-L02-D11
|
Años 2013 y 2014
|
78
|
1-279-481
|
Valerio Sánchez Familia
|
C01-L03-D15
|
Año 2012 y 2014
|
79
|
4-071-767
|
Vargas Villalobos Familia
|
C01-L03-D02
|
Años 2012 y 2014
|
80
|
1-475-636
|
Víquez Alvarado Carlos Alberto y
Rita
|
C04-L01-D011
|
Año 2009 al 2014
|
81
|
2-299-019
|
Zárate Mejías Esperanza y otras
|
C02-L02-D13
|
Año 2009 al 2014
|
Cementerio Zapote
|
1
|
3-098-868
|
Alvarado Flores Lilia
|
C01-L05-D07
|
Año 2011 al 2014
|
2
|
1-1931-002
|
Amador Díaz Hermanos
|
C02-L02-D07
|
Año 2009 al 2014
|
3
|
1-240-702
|
Araya Vargas Luis Eduardo y otro
|
C02-L06-D08
|
Años 2013 y 2014
|
4
|
1-161-0085
|
Arias Méndez Familia
|
C03-L03-D06
|
Años 2007 al 2014
|
5
|
3-084-998
|
Arias Navarro Consuelo y otra
|
C03-L02-D10
|
Años 2013 y 2014
|
6
|
1-372-931
|
Badilla Gutiérrez Carlos y otra
|
C03-L01-D09
|
Año 2012 al 2014
|
7
|
1-1507-762
|
Barboza Zúñiga Stany Pamela
|
C05-L04-D01
|
Año 2012 al 2014
|
8
|
1-518-580
|
Barquero Zúñiga Martha Eugenia y otra
|
C05-L01-D04
|
Años 2013 y 2014
|
9
|
1-164-231
|
Barrientos Zumbado Margarita
|
C01-L03-D18
|
Años 2013 y 2014
|
10
|
1-1207-818
|
Bonilla Obando Edwin
|
C03-L05-D12
|
Años 2013 y 2014
|
11
|
1-901-953
|
Boza Chavarría y Cruz Boza Familia
|
C02-L01-D05
|
Año 2011 al 2014
|
12
|
1-173-078
|
Calderón Álvarez Virginia
|
C04-L01-D04
|
Años 2013 y 2014
|
13
|
1-572-672
|
Carvajal Arguedas Familia
|
C02-L07-D04
|
Año 2013 al 2014
|
14
|
2-224-0100
|
Castillo Calderón Familia
|
C0-L05-D08
|
Años 2013 al 2014
|
15
|
1-282-004
|
Cedeño Sandí Carmen Lidia
|
C01-L05-D17
|
Años 2013 y 2014
|
16
|
3-098-669
|
Chacón Ramírez Teresa e Hijos
|
C04-L7-D11
|
Año 2014
|
17
|
1-263-643
|
Chaves Mora Hermanos
|
C02-L02-D19
|
Año 2011 al 2014
|
18
|
9-0036-0541
|
Cisneros Vargas Familia
|
C02-L06-D04
|
Años 20’13 y 2014
|
19
|
1-437-301
|
Conejo Baeza Familia
|
c02-l04-d03
|
Año 2013 y 2014
|
20
|
9-015-0657
|
Díaz Quesada Carlos y Otras
|
C01-L05-D09
|
Año 2014
|
21
|
1-466-0636
|
Díaz Solano José Ramón
|
C03-L05-D10
|
Año 2014
|
22
|
1-364-689
|
Elizondo Rivera María y Otros
|
C02-L05-D03
|
Años 2013 y 2014
|
23
|
1-484-181
|
Fallas Taylor Hermanos
|
C05-L02-D02
|
Año 2008 al 2014
|
24
|
1-329-725
|
Fernández Granados Jorge Eduardo
|
C05-L02-D08
|
Años 2013 y 2014
|
25
|
1-203-640
|
Fernández Loría Ligia
|
C05-L01-D02
|
Año 2014
|
26
|
2-136-637
|
Fernández Murillo Vera
|
C02-L03-D12
|
Año 2014
|
27
|
1-406-878
|
Flores González Rolando Javier
|
C01-L01-D18
|
Año 2014
|
28
|
|
Garita Abarca Familia
|
C03-L02-D12
|
Año 2013 y 2014,
|
29
|
3-220-979
|
Gómez Pacheco Vilma María y Otros
|
C03-L02-D09
|
Año 2013 y 2014
|
30
|
1-206-402
|
González Mora Herberth y Rodrigo
|
C04-L01-D07
|
Año 2014
|
31
|
1-414-825
|
Guillén Garro Mayela
|
C05-L05-D13
|
Año 2014
|
32
|
3-082-536
|
Guillén Gómez Guillermo Sra e Hijos
|
C03-L02-D01
|
Año 2011 al 2014
|
33
|
1-385-949
|
Hernández Abarca Virginia y Deysi
|
C02-L03-D03
|
Año 2014
|
34
|
3-101077334-28
|
Inversiones El Cas De Zapote
|
C02-L01-D13
|
Año 2014
|
35
|
3-066-911
|
Jara Pereira José María
|
C02-L05-D17
|
Año 2011 al 2014
|
36
|
1-684-234
|
Jiménez Coble David Arturo
|
C02-L04-D17
|
Año 2012 al 2014
|
37
|
8-001-471
|
Jiménez Hurtado Francisco
|
C02-L04-D06
|
Año 2012 al 2014
|
38
|
3-164-628
|
Jiménez Solano Carlos Alberto
|
C03-L01-D02
|
Año 2014
|
39
|
1-412-096
|
Madrigal Amador María Isabel
|
C01-L01-D05
|
Año 2014
|
40
|
1-205-411
|
Madrigal Hernández Édgar
|
C05-L05-D17
|
Año 2006 al 2014
|
41
|
1-421-552
|
Marín Rivera Hortensia Y Virginia
|
C01-L02-D03
|
Año 2013 y 2014
|
42
|
5-153-010
|
Martínez Martínez Albán
|
C03-L04D-12
|
Año 2011 al 2014
|
43
|
1-147-695
|
Mattey Barboza Familia
|
C01-L04-D01
|
Año 2009 al 2014
|
44
|
1-401-187
|
Mejía Vargas Leticia Y Hermanos
|
C02-L02-D01
|
Año 2014
|
45
|
2-186-698
|
Méndez Huertas María Elena
|
C06-L05-D06
|
Ajuste 2013 y año 2014
|
46
|
1-257-230
|
Méndez Mora Hermanos
|
C01-L04-D13
|
Año 2011 al 2014
|
47
|
9-0001-181
|
Mendoza Hernández Rolando
|
C02-L06-D07
|
Año 2013 y 2014
|
48
|
1-320-270
|
Meneses Solano Gerardo y Manuel
|
C04-L01-D01
|
Año 2014
|
49
|
1-247-758
|
Monge Cordero Antonia Leticia
|
C02-L04-D08
|
Año 2014
|
50
|
1-355-063
|
Monge Ugarte Luis Paulino
|
C05-L01-D15
|
Año 2012 al 2014
|
51
|
3-137-149
|
Montenegro Ulloa Familia
|
C05-L01-D05
|
Año 2014
|
52
|
1+230-056
|
Mora Bonilla Leticia
|
C01-L05-D17
|
Año 2013 al 2014
|
53
|
1-400-202
|
Mora Esquivel Jorge Y Eduardo
|
C01-L03-D06
|
Año 2012 al 2014
|
54
|
1-447-486
|
Mora Forero Ricardo
|
C02-L01-D10
|
Año 2012 al 2014
|
55
|
1-656-530
|
Mora Mora Alejandra
|
C01-L01-D04
|
Año 2013 al 2014
|
56
|
1-210-265
|
Mora Rojas Idali y Zoraida
|
C01-L01-D14
|
Año 2011 al 2014
|
57
|
1-525-312
|
Mora Segura Gerardo Miguel
|
C02-L02-D12
|
Año 2012 al 2014
|
58
|
1-371-195
|
Obando Díaz Familia
|
C01-L02-D05
|
Año 2013 y 2014
|
59
|
1-205-662
|
Obando Fonseca Familia
|
C03-L05-D06
|
Año 2012 y 2014
|
60
|
1-235-539
|
Quesada Barboza Carlos
|
C02-L01-D08
|
Año 2014
|
61
|
1-592-451
|
Quesada Oviedo Roger y Otros
|
C02-L05-D18
|
Año 2013 y 2014
|
62
|
1-461-181
|
Quesada Portilla Roger Gerardo
|
C04-L01-D06
|
Abril 13 a dic. 14
|
63
|
4-077-644
|
Ramírez Villegas Familia
|
C05-L01-D11
|
Año 2013 y 2014
|
64
|
1-490-117
|
Retana Segura Luis Fernando
|
C06-L05-D07
|
Año 2012 al 2014
|
65
|
1-333-066
|
Rivera Muñoz Elieth María
|
C02-L|02-D15
|
Año 2013 y 2014
|
66
|
1-159-904
|
Robles Muñoz José Luis
|
C02-L02-D21
|
Año 2008 al 2014
|
67
|
1-416-125
|
Rojas Camacho Marco Antonio
|
C01-L03-D01
|
Año 212 al 2014
|
68
|
1-230-166
|
Rojas Díaz Marlene y Díaz Díaz Carmen
|
C01-L02-D17
|
Año 2012 al 2014
|
69
|
1-241-634
|
Rojas Navarro José Francisco
|
C04-L03-D01
|
Año 2012 al 2014
|
70
|
1-277-579
|
Román López María Teresa
|
C01-L04-D20
|
Año 2013 y 2014
|
71
|
1-409-794
|
Salazar Gamboa Carlos Enrique
|
C02-L07-D15
|
Año 2010 al 2014
|
72
|
1-340-953
|
Salazar Herrera Hilda María
|
C02-L07-D06
|
Año 2011 al 2014
|
73
|
|
Sánchez Varela Hermanos
|
C01-L03-D09
|
Año 2012 al 2014
|
74
|
1-578-159
|
Sandí Alemán Xinia María y Otros
|
C02-L07-D17
|
Año 2012 al 2014
|
75
|
1-495-381
|
Sandí Calvo Julieta y Manuel
|
C01-L04-D10
|
Año 2008 al 2014
|
76
|
1-203-927
|
Sandí Díaz Clara Luz
|
C02-L03-D17
|
Año 2013 y 2014
|
77
|
1-551-358
|
Sandí Porras José Antonio y Hermanos
|
C02-L05-D22
|
Año 2013 y 2014
|
78
|
1-335-434
|
Sandí Solano Hermanos
|
C01-L03-D13
|
Año 2013 y 2014
|
79
|
1-518-303
|
Sibaja Umaña Enid y Otros
|
C03-L05-D09
|
Año 2013 y 2014
|
80
|
1-412-1220
|
Solano Castillo Edgar y Ana Isabel
|
C02-L06-D14
|
Año 2012 al 2014
|
81
|
1-892-325
|
Solano Chinchilla Familia
|
C03-L02-D08
|
Año 2013 y 2014
|
82
|
1-169-912
|
Vargas Vargas José Ramón
|
C01-L01-D03
|
Año 2013 y 2014
|
83
|
|
Víquez Alvarado Carlos Alberto y Rita
|
C04-L01-D11
|
Año 2005 al 2014
|
84
|
1-291-721
|
Vizcaino Solís Alicia e Hijos
|
C05-L04-D18
|
Año 2012 al 2014
|
8
|
1-354-957
|
Zumbado Mora Sonia
|
C02-L02-D03
|
Año 2014
|
Cementerio San
Sebastián
|
2
|
1-319-535
|
Araya Montero Fernando
|
LD-D25
|
Año 2012 al 2014
|
5
|
1-281-827
|
Arroyo Jiménez Omar
|
LA-D08
|
Año 2014
|
6
|
1-366-922
|
Badilla Delgado María de los Ángeles
|
LD-D11
|
Año 2012 al 2014
|
7
|
1-479-115
|
Bejarano Izaba Julio Alfredo
|
LA-D17
|
Año 2013 y 2014
|
8
|
1-182-895
|
Bermúdez Romero Víctor Manuel
|
LA-06
|
Año 2012 al 2014
|
9
|
1-476-298
|
Bolaños Chaves Henry Jesús
|
LB-D25
|
Año 2014 y ajuste 2013
|
10
|
1-246-001
|
Calvo Parra Víctor Manuel
|
LB-D21
|
Año 2013 y 2014
|
12
|
6-070-771
|
Casares González José Ramón
|
LA-D07
|
Año 2014
|
14
|
1-473-595
|
Cedeño Brenes Edwin
|
LA-D40
|
Año 2008 al 2014
|
15
|
1-407-446
|
Chacón Reyes Vilma
|
LC-D12
|
Año 2014
|
16
|
1-888-450
|
Chavarría Briones Nihls y otros
|
LA-D31
|
Año 2014
|
17
|
3-098-981
|
Coto Gómez María de los Ángeles y otro
|
LB-D14
|
Año 2014
|
18
|
1-560-846
|
Courrau Quesada Eugenie
|
LB-D26
|
Año 2014
|
19
|
3-197-159
|
Cruz Torres José Francisco y Hermanos
|
LB-D39
|
Año 2014
|
20
|
1-389-928
|
Delgado Ballestero Gilberth
|
LB-17
|
Año 2014
|
21
|
1-767-423
|
Duran Bolaños Yolanda
|
LB-02
|
Año 2014
|
22
|
5-048-998
|
Farah Ramos Abrahan
|
LA-D04
|
Año 2010 al 2014
|
23
|
1-284-737
|
Fatjo Molina María Elena
|
LB-D36
|
Años 2013 y 2014
|
24
|
6-200-0065
|
Figueroa Ovares Ericka Fabiola
|
LB-28
|
Año 2014
|
25
|
8-042-711
|
Flores Contreras Nerick
|
LB-10
|
Julio a diciembre 2014
|
26
|
1-488-489
|
Flores Murillo Ruth y otra
|
LA-21
|
Julio 2013 a diceimbre2014
|
27
|
2-433-828
|
González Esquivel Yorlene
|
LA-12
|
Año 2014
|
28
|
1-228-870
|
Guzmán Huertas Jeremías
|
LA-14
|
Ajuste 2013 y año 2014
|
29
|
1-387-930
|
Hall Retana Manuel Antonio
|
|
Ajuste 2013 y año 2015
|
30
|
1-588-786
|
Hernández Martínez Johnny
|
|
Año 2014
|
31
|
1-567-683
|
Huertas Briceño Ligia María y otros
|
|
2009 al 2014
|
32
|
1-258-597
|
Jiménez Guadamuz María Lorenza e Hijos
|
|
Año 2014
|
34
|
1-225-384
|
Jiménez Piedra Olga Felicia
|
LE-03
|
Año 2014
|
35
|
1-203-631
|
Jiménez Salas Carmen y otro
|
LA-27
|
Ajuste 2013 y año 2014
|
37
|
|
Mattey Sánchez María Teresa y otro
|
LD-36
|
Año 2014
|
38
|
1-215-084
|
Montero Umaña Elieth e Hijos
|
LA-25
|
2010 al 2014
|
39
|
1-241-941
|
Mora Monge Gilberto
|
LA-03
|
2013 y 2014
|
40
|
1-808-318
|
Mora Morales Adriana Lucia
|
LC-42
|
2013 y 2014
|
41
|
1-455-468
|
Mora Morales Ana
|
LE-13
|
2012 al 2014
|
42
|
1-542-910
|
Mora Rodríguez Sandra y Álvaro
|
LB-41
|
2013 y 2014
|
44
|
1-361-824
|
Morales Méndez Juan Elías
|
LB-05
|
2014
|
45
|
1-512-063
|
Moya Hidalgo Luis Diego
|
LD-08
|
2014
|
46
|
1-449-341
|
Murillo Chinchilla Carlos
|
LB-13
|
2014
|
47
|
1-387-939
|
Paniagua Sánchez Mireya y otros
|
LC-22
|
2014
|
48
|
1-359-642
|
Parra Ramírez Lucrecia y otra
|
LB-32
|
2011 al 2014
|
49
|
6-084-679
|
Picado González Jeiner
|
LC-26
|
Ajuste 2013 y año 2014
|
50
|
1-237-238
|
Quirós Vega Alfredo
|
LD-14
|
2012 al 2014
|
51
|
1-906-458
|
Ramírez Ugalde Clever
|
LC-28
|
2014
|
52
|
1-395-654
|
Ramírez Vargas Amalfy Sady
|
LD-35
|
2012 y 2014
|
53
|
1-479-303
|
Retana Rosales Virginia
|
LA-15
|
2013 y 2014
|
54
|
1-685-370
|
Rivera Arguedas Kathia
|
LA-02
|
2014
|
56
|
5-214-830
|
Rodríguez Villalobos Sonia y otros
|
LE-07
|
2012 al 2014
|
57
|
2-136-651
|
Rojas Corrales José Francisco
|
LC-38
|
2014
|
58
|
1-752-859
|
Salazar Serrano Jesús Orlando
|
LA-39
|
2013 y 2014
|
59
|
1-694-904
|
Sánchez Soto Javier Rolando
|
LC-24
|
2014
|
60
|
1-1363-465
|
Santos Matarrita Suelen Rocío y otros
|
LE-05
|
2012 al 2014
|
61
|
1-478-017
|
Solano Murillo Javier
|
LA-35
|
2013 al 2014
|
62
|
2-243-424
|
Umaña Vargas Isidro
|
LD-37
|
2014
|
63
|
1-159-754
|
Valverde Fallas Beybe
|
LA-20
|
2014 y ajuste 2013
|
64
|
5-056-902
|
Vargas Salas Miguel Ángel
|
LA-41
|
2008 al 2014
|
65
|
3-147-0008
|
Vega Calvo Hilda
|
LD-32
|
2008 al 2014
|
66
|
2-161-375
|
Vega Chavarría Sofía y otros
|
LA-32
|
2014 y ajuste 2013
|
68
|
1-364-274
|
Cubillo Zúñiga Familia
|
LE-09
|
2012 al 2014
|
69
|
1-555-513
|
Nontero Espinoza Hermanos
|
LC-05
|
2010 al 2014
|
Cementerio Pavas
|
1
|
1-327-292
|
Agüero Gómez Falconiery y otra
|
C01-L02-D11
|
Año 2014
|
2
|
1-452-846
|
Arroyo Pérez Consuelo y otros
|
C02-L01-D06
|
Año 2013 y 2014
|
3
|
1-186-888
|
Ávalos Beneavides Hortensia
|
C02-L03-D05
|
Año 2014
|
4
|
1-424-256
|
Barboza Hernández María
|
C01-L03-D09
|
Año 2011 al 2014
|
5
|
1-305-433
|
Barrientos Solano Alba María y otros
|
C01-L03-D11
|
Año 2012 al 2014
|
6
|
1-200-766
|
Bonilla Agüero Cecilia e Hijos
|
C01-L03-D04
|
Año 2013 y 2014
|
7
|
1-168-491
|
Campos Camacho María del Rosario
|
C02-L03-D07
|
Año 2014
|
8
|
6-043-485
|
Campos Carvajal Claudia
|
C01-L02-D02
|
Año 2013 y 2014
|
9
|
1-331-0075
|
Castillo Jara Elizabeth
|
C02-L03-D08
|
Año 2014 y ajuste
|
10
|
1-561-413
|
Clavera Brenes Mayra y otros
|
C01-L0-D10
|
Año 2014
|
11
|
1-1076-599
|
Fernández Guevara Gisela
|
C01-L10-D04
|
Año 2009 al 2014
|
12
|
1-408-489
|
Fernández Solano Benardita
|
C01-L02D12
|
2014
|
13
|
1-249-662
|
Guzmán Quesada Antonio
|
C01-L03-D06
|
2014
|
14
|
3-119-196
|
Loaiza Mata Marta
|
C01-L02-D08
|
Año 2013 y 2014
|
15
|
1-639-224
|
Mondol Arroyo Natzul y hermanos
|
C02-L01-D04
|
Año 2013 y 2014
|
17
|
1-576-892
|
Morales Araya German y Miguel
|
C02-L10-D02
|
2014 y ajuste 13
|
18
|
1-230-499
|
Muñoz Flores Mario
|
C02-L05-D19
|
Año 2013 y 2014
|
19
|
1-503-637
|
Muñoz Jiménez Mayra y otros
|
C02-L05-D20
|
Año 2010 al 2014
|
20
|
1-481-534
|
Rodríguez Córdoba Walter
|
C10-L02-D03
|
Año 2014 y ajuste 2013
|
22
|
2-213-554
|
Salas Arias Amparo
|
C02-L07-D01
|
Año 2014
|
23
|
1-521-478
|
Salazar Anchía Ricardo Paulino
|
C01-L01-D05
|
Año 2014
|
24
|
1-666-672
|
Sandí Artavia Deyanira
|
C02-L06-D01
|
Año 2009 al 2014
|
25
|
5-071-491
|
Sandoval Sánchez Aurea
|
C02-L08-D02
|
Años 2013 y 2014
|
26
|
1-333-649
|
Solís Valerio Ana María
|
C02-L01-D01
|
Años 2013 y 2014
|
27
|
9-0031-929
|
Zamora Durán Jesús
|
C02-L09-D11
|
Años 2013 y 2014
|
28
|
1-180-409
|
Marín Bustamante Familia
|
C01-L10-D01
|
Año 2014
|
29
|
|
Marín Fallas Familia
|
C02-L01D04
|
Año 2014
|
30
|
|
Ovares Trejos Familia
|
C02-L07-03
|
Años 2013 y 2014
|
31
|
1-195-697
|
Quesada Hernández Familia
|
C02-L06-D02
|
Año 2014 y ajuste 2013
|
33
|
1-192-850
|
Solano Zeledón Familia
|
C02-L01-D07
|
2011 al 2014
|
34
|
1-242-224
|
Tenorio Valverde Familia
|
C20-L01-D03
|
Año 2013 y 2014
|
35
|
1-376-459
|
Vargas Méndez Familia
|
C01-L11-D01
|
Año 2014
|
36
|
1-143-906
|
Villalobos Méndez Familia
|
C02-L12-D02
|
Año 2013 y 2014
|
38
|
1-886-689
|
Arce Arroyo Hermanos
|
C02-L02-D01
|
Año 2006 al 2014
|
39
|
1-232-386
|
Peralta Azofeifa Hermanos
|
C01-L01-D02
|
Año 2014
|
40
|
1-444-791
|
Porras Mora Hermanos
|
C01-L07-D01
|
Año 2014 y ajuste 2013
|
41
|
1-487-609
|
Quesada Hernández Hermanos
|
C01-L03-D01
|
Año 2012 al2014
|
42
|
1-566-066
|
Solís Mora Hermanos
|
C01-L1-D03
|
Año 2014
|
Cementerio Uruca Sur
|
1
|
1-277-580
|
Arias Meléndez Nieves
|
|
Año 2010 al 2014
|
2
|
1-481-271
|
Arias Vindas Ana Cecilia
|
C02-D09
|
Año 2012 al 2014
|
3
|
1-676-027
|
Azofeifa Azofeifa Javier Francisco
|
C01-D44
|
Años 2013 y 2014
|
4
|
1-536-757
|
Bermúdez Porras Rodrigo Antonio
|
C02-D05
|
Año 2009 al 2014
|
5
|
1-378-770
|
Campos Campos Álvaro y otros
|
C02-D55
|
Año 2011 al 2014
|
6
|
1-365-238
|
Campos Campos Carlos Moisés
|
|
Año 2011 al 2014
|
7
|
1-352-567
|
Campos Estrada Gonzalo y otra
|
C02-D06
|
Año 2012 al 2014
|
8
|
4-065-323
|
Cortes Ramos Juan Ramón
|
C01-D11
|
Año 2014 y ajuste 2013
|
9
|
1-406-656
|
Gómez Gómez Gonzalo
|
C02-D03
|
Año 2014
|
11
|
1-467-187
|
Huertas Arias Patricia
|
|
Año 2007 al 2014
|
12
|
6-075-537
|
Leitón González Betty
|
C01-D72
|
Años 2010 a 2014
|
13
|
1-264-149
|
Meléndez Jiménez Florial
|
C01-D73
|
2014
|
15
|
1-231-110
|
Muñoz Segura José Efraín
|
C01-D45
|
2014
|
17
|
4-061-243
|
Sánchez Fonseca Virgita
|
C01-D69
|
2014
|
18
|
|
Sánchez Solórzano Gonzalo
|
|
2005 al 2014
|
19
|
1-652-332
|
Soto Umaña María Eugenia
|
|
Año 2013 y 2014
|
20
|
1-215-107
|
Vargas Brizuela Elieth
|
C01-D08
|
2014
|
21
|
1-234-200
|
Vindas Estrada María Elena
|
C02-D07
|
2013 y 2014
|
22
|
|
Castillo Calvo Familia
|
C01-D33
|
2014
|
23
|
|
Gómez Vargas Familia
|
C01-D04
|
2014
|
24
|
|
Meléndez Hernández Familia
|
C01-D13
|
2011al 2014
|
25
|
|
Montoya Sánchez Familia
|
C01-D34
|
Julio 13 a diciembre 14
|
26
|
1-456-204
|
Ortiz Carvajal y Ortiz Brenes Familia
|
C01-D27
|
20012 AL 2014
|
27
|
|
Peñaranda Sánchez Familia
|
C01-05
|
2014 y ajuste 2013
|
28
|
|
Torres Cordero Familia
|
C01-D32
|
2014
|
30
|
2-256-672
|
Álvarez Alpízar Hermanos
|
C01-D22
|
2009 al 2014
|
31
|
3-146-635
|
Castro Montenegro Hermanos
|
C01-D54
|
2013 al 2014
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Por lo anterior se les invita para que
se presenten en la Oficina del Proceso de Cementerios, Sito: Semisótano del
edificio municipal “José Figueres Ferrer”, av. 10. Para que se pongan al día y así
evitar el proceso de cancelación del derecho de arrendamiento.
San José, 30 de setiembre de 2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1
vez.—O. C. N° 134482.—Solicitud N° 20657.—(IN2014064241).
MUNICIPALIDAD DE
DESAMPARADOS
La Municipalidad
de Desamparados notifica mediante la presente publicación a los propietarios de
inmuebles que a continuación se indican las valoraciones realizadas por la
Unidad de Bienes Inmuebles de esta Municipalidad en el Cantón de Desamparados,
en virtud de no poseer domicilio fiscal donde notificar la actuación de la
Administración, lo anterior en cumplimiento del artículo 137, inciso d, del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios y la Ley de Notificaciones,
Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales: (según tabla adjunta).
Cédula
|
Nombre o razón social
|
Finca
|
N° de avaluó
|
Valor del avalúo (¢)
|
3-101-008368
|
Cafetalera la Raya
|
533815-000
|
AV-0043-13
|
15,313,938.71
|
1-638-996
|
Romero
|
Navarro
|
Marjorie
|
398176-000
|
AV-0147-13
|
6,384,000.00
|
2-391-551
|
Ocampo
|
Aguilar
|
Mauricio
|
270431-000
|
AV-0392-13
|
17,765,721.20
|
1-320-466
|
Fernández
|
Montero
|
Carlos Edwin
|
290966-001
|
AV-0411-13
|
6,750,900.00
|
1-378-797
|
Arce
|
Chaves
|
William Manuel
|
290966-002
|
AV-0412-13
|
6,750,900.00
|
1-453-491
|
Mora
|
Valverde
|
Olga
|
290760-000
|
AV-0413-13
|
10,773,108.00
|
3-101-281306
|
Inmobiliaria
Torre Fuerte Sociedad Anónima
|
198310-000
|
AV-0419-13
|
43,309,450.00
|
2-465-784
|
López
|
Jiménez
|
Marlon Alberto
|
475733-000
|
AV-0427-13
|
41,409,510.00
|
1-521-626
|
Cerdas
|
Arce
|
María del Carmen
|
569569-000
|
AV-0432-13
|
75,238,488.00
|
1-632-450
|
Granados
|
Flores
|
Guiselle
|
318593-000
|
AV-0449-13
|
26,009,514.00
|
27013954007505
|
Manzanares
|
Ruiz
|
Ángela María
|
504581-000
|
AV-0794-12
|
4,848,480.00
|
3-101-141510
|
Inversiones Delgaser Sociedad Anónima
|
256646-000
|
AV-0145-13
|
51.199.200.00
|
6-162-519
|
Quintero
|
Ureña
|
María Adita
|
418334-000
|
AV-0274-13
|
21 403.935.00
|
1. De
conformidad con el artículo N° 137 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios se considera notificado el interesado a partir del tercer día hábil
siguiente a la fecha de publicación.
2. Para
futuras notificaciones, el contribuyente debe señalar lugar o medio electrónico
para recibirlas y en caso de no lo haga, las resoluciones que se emitan
quedaran firmes veinticuatro horas después de dictadas, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo N° 11 de la Ley 8687, publicada en La Gaceta N°
20 del 20 de enero de 2009.
Desamparados, 03
de setiembre de 2014.—Unidad de Bienes Inmuebles.—Ing.
Mailyn Rivera Chacón, Coordinadora.—1 vez.—(IN2014064184).