N° 001638.—Ministerio
de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las trece horas y veinte minutos
del día siete del mes de setiembre del dos mil diecisiete.
Diligencias de declaratoria de interés público
y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para
la construcción del proyecto denominado “Circunvalación Norte, Ruta N° 39,
Sección Calle Blancos”.
Resultando:
1°—Mediante oficio N°
DAJ-ABI-2017-1931 del 20 de julio del 2017, remitido por el Departamento de
Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto
resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir
el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de
Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta
N° 24 del 04 de febrero del 2015, y las reformes contenidas en la Ley N° 9462
del 29 de junio del 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del
2017, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad
al Sistema de Folio Real Matrícula Número 292259-000, cuya naturaleza es: terreno
para construir con dos casas, lote 1, situado en el distrito 03 Calle Blancos,
cantón 08 Goicochea de la provincia de San José, con una medida de 888,66
metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de
la Propiedad son: al norte con Juan Rodríguez Chaves, al sur con Gabelo
Rodríguez Chaves y Mariam Ortiz Rodríguez, al este con Miguel Calderón Vargas y
Hernán Villalobos Zumbado, y al oeste con calle pública con 3 mts. de frente y
Mariam Ortiz Rodríguez.
2°—Del referido inmueble es de impostergable
adquisición dos áreas de terreno a saber de: 40,00 metros cuadrados, según
plano catastrado N° 1-1979832-2017, y 104,00 metros cuadrados, según plano
catastrado N° 1-1972253-2017. Siendo necesaria su adquisición para la
construcción del proyecto denominado “Circunvalación Norte, Ruta N° 39, Sección
Calle Blancos”.
3°—Constan en el expediente administrativo
número 29.324 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano Catastrado N° 1-1979832-2017 y N°
1-1972253-2017, mediante el cual establece que para los efectos del mencionado
proyecto se requiere del citado inmueble dos áreas de terreno a saber de: 40,00
metros cuadrados y 104,00 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción
del inmueble;
c) Información básica sobre el
propietario, la ubicación y características del inmueble, así como de las áreas
que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4°—En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con
las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este
Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras
públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control
y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que
realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley
General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de
abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de
noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del
2015, y las reformes contenidas en la Ley N° 9462 del 29 de junio del 2017,
publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del 2017, establece en sus artículos
2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
De conformidad con las disposiciones
normativas, procede declarar de interés público las áreas de dicho inmueble que
a continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de folio real matrícula número 292259-000.
b) Naturaleza: terreno para
construir con dos casas, lote 1.
c) Ubicación: Situado en el
distrito 03 Calle Blancos, cantón 08 Goicochea, de la provincia de San José.
Linderos, lo indicado en los planos catastrados N° 1-1979832-2017 y N°
1-1972253-2017.
d) Propiedad: Marta Eugenia Ortiz
Rodríguez, portadora de la cédula N° 1-0360-0792.
e) De dicho inmueble se necesita
dos áreas de terreno equivalente a: 40,00 metros cuadrados, y 104,00 metros
cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Circunvalación Norte,
Ruta N° 39, Sección Calle Blancos”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la
Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del
proyecto en referencia.
Procedan las dependencias administrativas competentes
a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción
a los plazos establecidos por la Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes. Por
tanto:
EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1°—Declarar de
interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la
Propiedad, al sistema de folio real, matrícula N° 292259-000, situado en el
distrito 03 Calle Blancos, cantón 08 Goicochea de la provincia de San José y
propiedad de Marta Eugenia Ortiz Rodríguez, portadora de la cédula N°
1-0360-0792, dos áreas de terreno a saber: de 40,00 metros cuadrados, según
plano catastrado N° 1-1979832-2017, y 104,00 metros cuadrados, según plano
catastrado N° 1-1972253-2017, necesaria para la construcción del proyecto denominado
“Circunvalación Norte, Ruta N° 39, Sección Calle Blancos”.
2°—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de la Propiedad, de las áreas de dicho
inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación
del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley N° 9286 del 11
de noviembre del 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero
del 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 29 de junio del 2017,
publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del 2017.
3°—Procedan las dependencias administrativas
competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la
adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos
fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones.
Publíquese y notifíquese.
Ing. German Valverde González, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 4919.—Solicitud N° 95983.— ( IN2017174250 ).
El
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones:
INFORMA A
TODOS LOS INTERESADOS QUE SE
ENCUENTRA EN EL SITIO WEB
OFICIAL DEL MICITT
EL PLAN NACIONAL DEL DESARROLLO
DE LAS
TELECOMUNICACIONES: COSTA RICA
UNA
SOCIEDAD CONECTADA (PNDT
2015-2021)
Y LA ACTUALIZACIÓN A LAS
MATRICES
DE METAS DEL PLAN NACIONAL DE
DESARROLLO DE LAS TELECOMU-
NICACIONES (PNDT 2015-2021)
El Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones, en calidad de Rector del Sector de Telecomunicaciones, en
concordancia con los artículo 6º de la Ley Nº 8642, Ley General de
Telecomunicaciones, y 39 y 40 de la Ley Nº 8660, Ley de Fortalecimiento y
Modernización de las entidades del sector de Telecomunicaciones, informa que el
PNDT 2015-2021 y la actualización de las matrices de metas de dicho Plan se
encuentran disponibles en el sitio web institucional que se puede acceder en la
dirección electrónica:
https://micitt.go.cr/index.php?option=com_content&view=article&id=7191&Itemid=1569
El PNDT fue presentado el 05 de octubre del 2015, cuenta con las
firmas del Presidente de la República, la Segunda Vicepresidenta de la
República, el Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, y el
Viceministro de Telecomunicaciones y en las matrices se establecen los ajustes
metodológicos y logísticos requeridos de las metas de corto, mediano y largo
plazo dirigidas a impulsar el desarrollo de las telecomunicaciones y las
tecnologías digitales. Responsable: Edwin Estrada Hernández, Viceministro de
Telecomunicaciones, cédula Nº 1-0776-0779.
Edwin Estrada Hernández,
Viceministro de Telecomunicaciones.— 1 vez.—O. C. Nº
3400031997.—Solicitud Nº 96224.—( IN2017174351 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad de la Dirección de Legal y de Registro de DINADECO,
hace constar que:
LA
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL
DE VILLA NUEVA DE RÍO NUEVO
DE PÉREZ ZELEDÓN,
SAN JOSÉ
Por medio de su
representante: Miguel Bolaños Rojas, cédula 203150915 ha hecho solicitud de
inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16
del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 09:21 horas del día 03
de octubre del 2017.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(
IN2017174236 ).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada en el Área de Ciencias , inscrito en el
tomo i, folio 103, asiento N° 1208, emitido por el Liceo Nocturno José Joaquín
Jiménez Núñez en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Céspedes
Fernández Ronald, cédula: 1-0519-0119. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los veintidós días del mes de setiembre del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017173450 ).
Ante esta Dirección
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 164, título N° 2432, emitido por
el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año dos mil trece, a nombre de Marín
Serrano Erick Orlando, cédula 1-1627-0881. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28
de setiembre del 2017.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017173571 ).
Ante esta Dirección
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 47, título N° 222, emitido por el
Liceo Nocturno de Ciudad Colón, en el año mil novecientos noventa y ocho, a
nombre de Quirós Quirós José Jesús, cédula: 1-1046-0061.Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce
días del mes de setiembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017173689 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica”, inscrito en el tomo 1, folio 13, título Nº 37,
emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil
novecientos setenta y cuatro, a nombre de Salas Ocampo Juan Bautista Francisco,
cédula Nº 2-0379-0532. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veintisiete días del mes de setiembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017173753 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el tomo 1, folio 30, título N° 375, emitido por el Liceo Mauro
Fernández Acuña, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Blandón
Castellón Karla, cédula: 8-0064-0787. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los catorce días del mes de setiembre del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017174132 ).
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la Especialidad de
Secretariado, inscrito en el tomo 2, folio 10, asiento N° 1108, emitido por el
Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el año mil novecientos noventa y
nueve, a nombre de Masís Ramírez María Gabriela, cédula: 1-1079-0308. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los once días del mes de octubre del dos mil
diecisiete—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017177099 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, asiento 8, título Nº 67, emitido por el
IPEC Santo Domingo, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Mendieta Zeledón
Katherin Paola, pasaporte Nº: C01087778. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a
los diez días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017174491 ).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
PARA VER LAS IMÁGENES DE LAS MARCAS SOLO
EN LA GACETA EN FORMATO PDF
Marcelo Torres
Quirós, soltero, cédula de identidad 303860896, en calidad de apoderado
generalísimo de Dos M Comercio y Servicios Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101737869, con domicilio en Turrialba, avenida 16, calles 6 y 8, Cartago,
Costa Rica , solicita la inscripción de: AVIMA
como nombre
comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a venta de clubes de viajes, planes vacacionales, planes
ejecutivos, boletos aéreos, terrestres, marítimos, ferroviarios, venta de
paquetes de viajes, reservas hoteleras y reserva de renta de vehículos. Fecha:
26 de setiembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 6 de setiembre de 2017. Solicitud N° 2017-0008798. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de setiembre de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017173327 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula
de identidad N° 107560893, en calidad de apoderado generalísimo de Brooklin Bouyant
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101680890, con domicilio en ciento
cincuenta metros al oeste del Hotel Tamarindo Diriá, frente a la playa, Plaza
Galerías del Mar, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Be!
Tamarindo Beach Club
como nombre comercial en clase(s):
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a: bar, restaurante y salón de baile. Ubicado en Guanacaste,
ciento cincuenta metros al suroeste del hotel Tamarindo Diriá, frente a la
playa, Plaza Galerías del Mar. Reservas: no se hace reserva de los términos:
“TAMARINDO BEACH CLUB”. Fecha: 14 de setiembre del 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008267.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017173337 ).
Dania Carolina Ameneiro
Ramírez, casada, pasaporte Nº XDC653067, en calidad de apoderada especial de
Danddy Pets S. A., cédula jurídica Nº 3101740280, con domicilio en: Trejos
Montealegre, Condominios Central Park, torre Nº 7, apartamento Nº 501, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DANDY pet center
como nombre comercial,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a servicios de hospedaje (hotel-guardería), tienda de artículos para higiene y
belleza, peluquería para mascotas. Ubicado en San José, Sabana, de la esquina
de Teletica, 100 metros norte y 100 mts. oeste, local esquinero.
Reservas: de colores: verde, azul claro y gris. Fecha: 28 de setiembre de 2017.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de setiembre del 2017.
Solicitud N° 2017-0008982. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de setiembre del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017173342 ).
Dania Carolina Ameneiro
Ramírez, casada una vez, pasaporte XDC653067, en calidad de apoderado
generalísimo de Danddy Pets S. A., cédula jurídica Nº 3101740280, con domicilio
en: Escazú, Trejos Montealegre, Condominios Central Park, torre Nº 7,
apartamento Nº 501, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GUATOBOX
como marca de servicios en clases: 42 y 44
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42:
servicios de diseño y desarrollo de software, suscripción a una membresía en
línea y en clase 44: servicios de tratamientos de higiene, salud y belleza para
animales, los cuales serán brindados en una caja con artículos aleatorios.
Reservas: de los colores: azul y gris. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0007357. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 30 de agosto del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017173345 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad Nº 113780918, en calidad de
apoderado especial de MR&PC Investments S.A.S., con domicilio en: Av.
Roberto Pastoriza Esq. Federico Geraldino, Ensanche Piantini, Santo Domingo,
República Dominicana, solicita la inscripción de: Printcity ETC...
como marca de servicios en clases: 35 y 40
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
servicios de fotocopiado; servicios de consultoría y asesoramiento relacionados
con copiadoras, impresoras, escáneres y otras máquinas de oficina; servicios de
creación de documentos; servicios de manejo de imágenes y documentos y en clase
40: tratamiento de materiales; de manera particular servicios de imprenta e
impresión, incluyendo, de manera enunciativa no limitativa, impresión de
fotografías, impresión litográfica, encuadernación, laminado, enmarcado de
obras de arte, estampado de dibujos, servicios de fotocomposición, fotograbado,
grabado, servicios de impresión en offset. Fecha: 20 de septiembre de 2017. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0005969. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de setiembre del
2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017173356 ).
Rafael Arturo Quirós
Bustamante, casado, cédula de identidad N° 105470445, en calidad de apoderado
especial de Helicopter in Style S. A., cédula jurídica N° 3101745214, con
domicilio en Montes de Oca, Los Yoses, del Auto Mercado, 300 metros al sur,
oficinas Helicopter in Style S. A., San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: HELICOPTER IN STYLE
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la promoción y
realización de servicios de transporte aéreo, servicios de transporte en
general, realización de promociones con fines turísticos, servicios de mercadeo
y gestión comercial de negocios, organización de eventos, transporte de
personas y productos. Ubicado en San José, Montes de Oca, Barrio Los Yoses, del
Auto Mercado, 300 metros al sur, oficinas de
Helicopter in Style S. A. Fecha: 26 de setiembre del 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de setiembre del 2017. Solicitud Nº
2017-0009017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de setiembre del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017173357 ).
Rafael Arturo Quirós
Bustamante, casado, cédula de identidad 105470445, en calidad de apoderado
especial de Helicopter In Style S. A., cédula jurídica 3101745214, con
domicilio en Montes De Oca, Los Yoses, del Auto Mercado, 300 metros al sur,
oficinas Helicopter in Style S. A., San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: HELICOPTER IN STYLE,
como marca de
servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos
de oficina; organización de eventos y ferias con fines comerciales y de
publicidad; servicios de información comercial; difusión de publicidad por
cualquier medio; servicios de marketing incluyendo servicios de estrategias de
promoción, distribución y exposición comercial de exposición promocional en
sitios electrónicos accesibles por medio de redes computacionales. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 13 de setiembre de 2017. Solicitud N°
2017-0009016. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de setiembre de 2017.—Ildreth Araya
Mesen, Registradora.—( IN2017173358 ).
Jonathan Camacho Fallas, casado una vez,
cédula de identidad N° 109900960, en calidad de apoderado generalísimo de
Camacho Soluciones JCF S.A., cédula jurídica N° 3101692962, con domicilio en
Montes de Oca, Lourdes, de la Iglesia Católica 275 metros sur y 75 este, casa
2742, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NouConcept muebles
& diseño,
como marca de fábrica y comercio en clase:
20. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: muebles y stands.
Fecha: 12 de septiembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008151. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de septiembre del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017173361 ).
Roberto Cordero
Brenes, casado una vez, cédula de identidad 111660540, en calidad de apoderado
especial de El Abasto Mercado Gastronómico Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica 3102743416, con domicilio en Montes de Oca, San
Pedro, Los Yoses, Bulevar Dent, 200 m. al norte de Grupo Q, contiguo al Hotel
Jade, Bufete Alpha Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL
ABASTO Mercado Gastronómico
como marca de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de preparación de alimentos y bebidas. Fecha: 18 de setiembre de 2017.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto de 2017.
Solicitud N° 2017-0008297.—San José, 18 de setiembre de 2017. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017173365 ).
Kevin A. Ávalos
Rojas, soltero, cédula de identidad, 115420401con domicilio en Goicoechea, de
Soda la Marcha, 75 m. norte, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sick
style,
como marca de
fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de agosto de 2017. Solicitud N° 2017-0008168. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de setiembre de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017173367 ).
Luis Fernando Ajú Quesada, casado, cédula de
identidad 109610985, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones
Peninsulares Maderos SRL con domicilio en Nandayure, Carmona, frente al BNCR,
Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: gte. SOLUTIONS
como marca de servicios en clases: 35 y 37.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35; venta de
paneles solares, sistemas de iluminación, instalaciones eléctricas, tanques de
agua solares, estructuras constructivos, sistemas de refrigeración y
calefacción, y en clase 37; instalación de paneles solares, sistemas de
iluminación, instalaciones eléctricas, tanques de agua solares, estructuras
constructivos, sistemas de refrigeración y calefacción. Reservas: de los
colores gris oscuro, verde, amarillo. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de setiembre del 2017, solicitud Nº 2017-0008699. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de setiembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017173369 ).
Carlos Ernersto
Zaldaña Aguilar, casado una vez, pasaporte A02489472, en calidad de apoderado
general de Fertica S. A., cédula jurídica 3101395034, con domicilio en Pavas,
Oficentro Mediterráneo, módulo uno, 50 metros al este de las oficinas de Pizza
Hutt, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Confiable,
como marca de fábrica
en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos
para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas y pesticidas.
Reservas: de los colores: negro, blanco, naranja, verde claro y verde oscuro.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 1° de agosto de 2017. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 23 de agosto de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017173374 ).
Carlos Ernesto
Zaldaña Aguilar, casado una vez, pasaporte Nº A 02489472, en calidad de
apoderado general de Fertica S. A., cédula jurídica Nº 3101395034, con
domicilio en Pavas, Oficentro Mediterráneo, Módulo Uno, cincuenta metros al
este de las oficinas de Pizza Hutt, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Cojoyon
como marca de
fábrica, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Productos para destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas y
pesticidas. Reservas: de los colores: negro, blanco, naranja, amarillo y verde.
Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 01 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007406.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 23 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017173375 ).
Carlos Ernesto Zaldaña Aguilar, casado una vez, pasaporte A02489472, en
calidad de apoderado general de Fertica S. A., cédula jurídica 3101395034, con
domicilio en Pavas, Oficentro Mediterráneo, módulo uno, 50 metros al este de
las oficinas de Pizza Hutt, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Fomexaflex
como marca de fábrica en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas
herbicidas y pesticidas. Reservas: De los colores: Naranja, blanco, verde y
negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de agosto 2017.
Solicitud N° 2017-0007403. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017173376 ).
Carlos Ernesto
Zaldaña Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 2489472, en
calidad de apoderado especial de
Fertica S. A., cédula jurídica 3101395034, con domicilio en Pavas, Oficentro
Mediterráneo, módulo uno, 50 metros al este de las oficinas de Pizza Hutt, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sniper
como marca de
fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas y
pesticidas. Reservas: de los colores naranja, blanco, verde claro, verde oscuro
y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1° de agosto de 2017.
Solicitud N° 2017-0007404. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de agosto de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017173377 ).
Stephanie Quesada Jiménez, soltera, cédula de
identidad 113820788, en calidad de apoderado generalísimo de Centro Educativo
Queybo S. A., cédula jurídica 3101728092 con domicilio en Caballo Blanco del
Rest. Nila, segunda entrada a mano izquierda, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: TALLER INFANTIL BILINGÜE DIVINA MISERICORDIA
como marca de servicios en clase 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41; Educación,
formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de setiembre del 2017,
solicitud Nº 2017-0009029. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de setiembre del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017173378 ).
Carlos Arce Brenes, casado una vez, cédula de identidad 110510873, en
calidad de apoderado general de Instituto Agropecuario Costarricense Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-007178, con domicilio en Santa Clara de
Florencia, contiguo al Templo Católico de Santa Clara, del cantón de San
Carlos, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Árbol dorado HOTEL,
como marca de
servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
hospedaje temporal. Reservas: de los colores: amarillo, verde musgo y verde
claro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de agosto de 2017.
Solicitud N° 2017-0008513. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de octubre de
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017173382 ).
Arnoldo Andre
Tinoco, divorciado una vez, cédula de identidad 105450969, en calidad de
apoderado especial de Laboratorios Productos Industriales Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3012381937, con domicilio en kilómetro 16.5 carretera a El
Salvador, cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, solicita la
inscripción de: CREVAGIN, como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos
con principio activo tinidazol y miconazol. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0002736. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 25 de abril de 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2017173412 ).
Arnoldo André
Tinoco, divorciado una vez, cédula de identidad Nº 105450969, en calidad de
apoderado especial de Laboratorios Productos Industriales Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3012381937, con domicilio en kilómetro 16.5 carretera a El
Salvador, cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, solicita la
inscripción de: BAXDELA como marca de fábrica, en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos
y veterinarias; productos higiénicos y
sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas o
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas,
herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003304. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
19 de abril del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017173413 ).
Arnoldo Andre Tinoco, divorciado una vez,
cédula de identidad 105450969, en calidad de apoderado especial de Phidro
Animal Health Corporation con domicilio en Glenpointe Centre East, 3RD FI. 300
Frank W. Burr Blvd., Ste. 21 Teaneck, NJ 07666, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: PAQ-NANNO como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5: Aditivos
para alimentos, medicados y no medicados, y preparaciones para utilizar como
suplementos nutricionales y dietéticos, para mejoramiento del desempeño y uso
terapéutico, específicamente, promoción de crecimiento y prevención, control y
tratamiento de enfermedades respiratorias, entéricas y de sistema orgánico para
animales de alimentación, incluyendo aves, ganado y pescados, así como para
caballos y animales domésticos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 5 de abril del 2017, solicitud Nº 2017-0003209. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017173414 ).
Arnoldo André
Tinoco, divorciado una vez, cédula de identidad Nº 105450969, en calidad de
apoderado especial de Phibro Animal Health Corporation, con domicilio en 300
Frank W. Burr BLVD., Ste. 21, Teaneck, NJ 07666, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: PAQ-TIVATE como marca de fábrica y comercio,
en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aditivos
para alimentos, medicados y no medicados y preparaciones para utilizar como
suplementos nutricionales y dietéticos, para mejoramiento del desempeño y uso
terapéutico, específicamente, promoción de crecimiento y prevención, control y
tratamiento de enfermedades respiratorias, entéricas y de sistema orgánico para
animales de alimentación, incluyendo aves,
ganado y pescados, así como caballos y animales domésticos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud Nº
2017-0003210. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de mayo del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017173415 ).
Arnoldo Andre Tinoco, divorciado una vez, cédula de identidad 105450969,
en calidad de apoderado especial de Ocean Pollution Control Costa Rica S. A.,
cédula jurídica 301496125, con domicilio en Sabana Oeste, del Balcón Verde, 200
metros al norte y 50 metros al oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: OPC,
como marca de
servicios en clases 35, 39 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: En clase 35: Venta y promoción de kits de seguridad para derrames de
hidrocarburos en los océanos. En clase 39: Servicios de recolección de residuos
marítimos, transporte de productos peligrosos como aceites y en clase 41:
Servicios de capacitación y enseñanza sobre derrames y temas ambientales
marítimos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de febrero
de 2017. Solicitud N° 2017-0001743. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de junio de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017173416 ).
Cristian Fernando Torres Villabona, pasaporte
AN655963, en calidad de tipo representante desconocido de 3101738396 S. A.,
cédula jurídica 3101738396 con domicilio en El Carmen, barrio Escalante, 100
metros al oeste del Automercado Los Yoses, local esquinero denominado local
oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: RRS
como marca de comercio en clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9; cascos de motociclista. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
setiembre del 2017, solicitud Nº 2017-0007857. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
21 de setiembre del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017173417 ).
María Esther Segura
Quirós, cédula de identidad Nº 105470510, con domicilio en San Rafael de
Escazú, del cruce con Santa Ana, 300 metros al sur y 75 metros al este, Costa
Rica, solicita la inscripción de: bordados y regalos segura
como marca de
comercio, en clase: 26 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Un establecimiento comercial dedicado a brindar los servicios de bordados en
prendas, artículos de mercería y pasamanería. Fecha: 25 de setiembre del 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006261. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 25 de setiembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017173421 ).
José David Ulloa Soto, divorciado una vez,
cédula de identidad 112540509 con domicilio en Zapote, Barrio Córdoba, costado
sur de la iglesia católica de Ujarraz, quinta casa mano izquierda, Costa Rica,
solicita la inscripción de: AsesoPyme
como marca de servicios en clases 35 y 41
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Publicidad, gestión de negocios, administración comercial, trabajos de oficina
y servicios de asesoría a negocios (administración y mercadeo), todos dirigidos
a empresas PYMES, y en clase 41: Educación, formación y capacitación en temas
empresariales y de negocios, todos dirigidos a empresas PYMES. Reservas: De los
colores: azul y amarillo. Fecha: 14 de setiembre del 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 9 de agosto del 2017, solicitud Nº 2017-0007747.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017173452 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado una vez, cédula
de identidad 107580660, en calidad de apoderado especial de Albert Sánchez
Gamboa, soltero, cédula de identidad 111630520 con domicilio en Curridabat,
oficinas de Café Rey detrás de los Condominios Hacienda Vieja, Costa Rica,
solicita la inscripción de: PORCELANA como marca de fábrica y comercio
en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30
Chocolate, chocolate en polvo, bebidas a base de chocolate, pastas para untar a
base de chocolate. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de marzo
del 2017, solicitud Nº 2017-0002681. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de marzo del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017173470 ).
Arnaldo Bonilla
Quesada, casado una vez, cédula de identidad 107580660, en calidad de apoderado
especial de Productos de Aventura de la Piedra Negra Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102678056, con domicilio en 25
metros al norte de las canchas de tennis Adrián Figueroa, Barrio Fátima,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de PIEDRA NEGRA
como marca de
fábrica y comercio en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Viseras, bandanas, gorras, prendas de vestir, calzado, artículos de
sombrerería. Reservas: de los colores: rojo, negro y blanco. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006910. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 5 de setiembre de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017173471 ).
Arnaldo Bonilla
Quesada, casado una vez, cédula de identidad Nº 107580660, en calidad de
apoderado especial de Productos de Aventura de la Piedra Negra Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102678056, con domicilio en 25
metros al norte de las Canchas de Tennis Adrián Figueroa, Barrio Fátima, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: AONIJIE
como marca de
fábrica y comercio, en clase: 18 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: salveques, mochilas, maletas, bultos, carteras tipo canguro para su
acoplamiento en cinturones, salveques con sistemas de hidratación incluido.
Reservas: de los colores: negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006909. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 06 de setiembre del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017173472 ).
Pilar Mora Araya, casada una vez, cédula de
identidad 109120412, en calidad de apoderada generalísima de Agua de Mayo
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101742859 con domicilio en Rohrmoser, Plaza
Mayor, local 19 y 20, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: F
FARELLI
como marca de comercio en clase: 25.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de setiembre del 2017.
Solicitud Nº 2017-0007763. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de setiembre del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017173478 ).
María del Milagro
Jiménez Cerdas, soltera, cédula de identidad Nº 503940807, en calidad de
apoderada generalísima de GDG Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101738989,
con domicilio en Santo Domingo, distrito de Santo Tomás, del salón comunal 400
metros sur y 75 oeste, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ANGELES
DE LUZ
como marca de servicios, en clase: 35 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Venta de servicios funerarios. Reservas: de los
colores: azul, turquesa, verde azulado y amarillo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007882.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 07 de setiembre del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017173524 ).
Luis Pal Hegedus,
casado, cédula de identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de
Victoria-S Secret Stores Brand Management, Inc., con domicilio en 4 Limited
Parkway, Reynoldsburg Ohio 43068, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: VICTORIAS SECRET WICKED como marca de fábrica y comercio
en clase: 3 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
de cuidado personal y de perfumería, en especial, perfume, eau de parfum, eau
de toilette, aceites esenciales, splash corporal, rocío corporal, espray
corporal, scrub corporal, gel de baño, jabón corporal, manteca corporal, crema
corporal, loción corporal, aceite corporal, polvo corporal, baño de burbujas,
gel de ducha, jabón de manos, crema de manos y loción de manos, productos para
cuidado del cabello; preparaciones no medicadas para la protección del sol. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo 2017. Solicitud
N° 2017-0002777. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de marzo 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017173642 ).
Luis Diego Castro
Chavarría, casado, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado
especial de Cognitiva Inc. con domicilio en Avenida Federico Boyd y calle 51,
edificio Scotia Plaza, piso N° 11 de la Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la
inscripción de: BRAINY como marca de servicios en clase 42
internacional. para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42; Servicios
científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en
estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y
desarrollo de equipos informáticos y de software. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 25 de agosto del 2017, solicitud Nº 2017-0008389.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 18 de setiembre del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017173643 ).
Edgar Porras Rojas, casado una vez, cédula de
identidad 401150598 con domicilio en San José, Naranjo, 800 metros oeste de la
entrada a Cañuela, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Alimentos
La Esperanza
como marca de fábrica, en clase 29
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 29 Frutas y legumbres
en conserva, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, conservas y encurtidos.
Reservas: De los colores: Amarillo, negro, verde y blanco. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 8 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002169. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. San José, 19 de mayo del 2017.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2017173654 ).
José Ángel Baltodano
Cortés, cédula de identidad N° 108480246, con domicilio en Central, Mercedes,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: DON DIEGO, como marca
de fábrica en clase(s): 33 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: rompope con alcohol. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007307. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 7 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017173655 ).
Olga Patricia Lee Quirós, soltera, cédula de identidad 105880643, en
calidad de apoderado generalísimo de Rentesuauto Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-389205, con domicilio en Pavas del Kinder Humbolt, 200 al oeste,
N° 23, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: RENTESUAUTO
como señal de propaganda en clase: Internacional. Para promocionar servicios de
alquileres de autos a nivel nacional e internacional, promociones página web.
Relacionada con el Nombre Comercial Nina Vacaciones, registrado bajo el número
180657. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio de 2017.
Solicitud N° 2017-0006169. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de setiembre
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017173737 ).
Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula
de identidad 102870927, en calidad de Apoderado Especial de Kite Pharma Inc.,
con domicilio en 2225 Colorado Ave. Santa Mónica, California, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: CONTROL CAR como marca de servicios
en clase, 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 40
Servicios de fabricación de productos farmacéuticos a solicitud y con
especificaciones de terceros. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006921. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 8 de agosto del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017173766 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de Apoderada Especial de Dai Nippon Insatsu Kabushiki
Kaisha (Also Trading As Dai Nippon Printing CO., Ltd.) con domicilio en 1-1
Ichigaya Kagacho 1-Chome, Shinjuku-Ku, Tokyo, Japón, solicita la inscripción
de: DNP
como marca de fábrica y comercio, en clases 9
y 16, internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 9:
impresoras de fotos digitales; impresoras de sublimación de fotos digitales;
impresoras de fotos digitales para imprimir fotos en forma de álbum de fotos o
libro de fotos; impresoras de transferencia de calor; impresoras de tarjetas
plásticas; impresoras de códigos de barras; impresoras de computadora;
impresoras de inyección de tinta; cabezas de impresión para impresoras de
inyección de tinta; unidad de expulsión para cabeza de impresora de inyección
de tinta; software de computadora para impresoras de fotos digitales de
sublimación; software para procesamiento de imágenes; tipos/fuentes de
impresión descargables; programa de tipos/fuentes de impresión; portadores de
datos que contienen tipos de letra tipográficos almacenados; software de
computadora; software de aplicación de cómputo para teléfonos móviles y
asistentes personales digitales (PDAs); software de computadora, grabado;
aplicaciones de software de computo, descargables; hardware de computadora;
tarjetas de chip electrónicas para entrada/anotación de datos y grabación;
tarjetas electrónicas de circuito; circuitos electrónicos; lectores/grabadores
de tarjetas de chip electrónicas; software de computadora para administración
de datos; escáneres (equipo de procesamiento de datos); sensores de
temperatura; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales;
monitores (hardware de computadora); teclados de computadora; mouse (periférico
de computadora); módems de computadora; enrutadores de computadora; enrutadores
inalámbricos de computadora; tarjetas de gráficos; tarjetas de sonido; tarjetas
de video; sensores de pantalla táctil; películas cubiertas/revestidas con OCT
(óxido conductor transparente) usado para sensores de pantallas táctiles;
vidrios cubiertos/revestidos con OCT (óxido conductor transparente) usados para
sensores de pantallas táctiles; lapiceros electrónicos; papeles exclusivos para
lapiceros electrónicos; papel electrónico (dispositivos de visualización);
servidores de computadora y puntos de acceso para sistemas de visualización de
papel electrónico usando redes de área local (LAN); pizarras de computadora;
pizarras interactivas; pantallas de proyección para ser usadas como pizarras de
computadora; escáneres de imágenes; escáneres de tercera dimensión (3D);
sensores de aceleración; circuitos integrados; circuitos integrados de gran
escala; tarjetas de circuitos impresos; tarjetas de cableado impreso; circuitos
integrados y circuitos integrados de gran escala para ajustar y controlar
calidad de imágenes y video; intercaladores de vidrio; intercaladores de
silicón; chips de circuitos integrados (IC) para corrección de imagen para
cámaras, cámaras de video y escáneres de imágenes; etiquetas electrónicas para
productos; etiquetas de circuitos integrados (IC) para productos; chips
electrónicos para productos; chips de circuitos integrados para productos;
semiconductores; dispositivos semiconductores; marcos/bases metálicas para
semiconductores; marcos/bases para paquetes semiconductores de pequeño tamaño;
películas de cobertura para cintas portadoras para dispositivos
semiconductores, chips de circuitos integrados y componentes electrónicos;
diodos emisores de luz (LEDs); marcos metálicos/bases para diodos emisores de
luz (LEDs); suspensión de absorción de impacto para unidades de disco duro;
vigas de carga; flexiones/flexura con cableado; flexiones/flexura para
suspensiones HDD; máscaras/placas de foto para manufacturar semiconductores;
máscaras de metal para manufacturar LED; máscaras de esténcil para manufacturar
LED; máscaras de metal para manufacturar diodos emisores de luz (LED)
orgánicos; sustratos de cableado metálico para diodos emisores de luz (LED);
máscaras/placas para manufacturar tarjetas de circuitos impresos; máscaras de
metal para manufacturar visualizadores de electro luminiscencia orgánicos;
máscaras de fotos de gran escala para visualizadores de cristal líquido;
máscaras de fotos de gran escala para visualizadores de electro luminiscencia
orgánicos; lector/grabador para sistemas de punto de venta (POS); tarjetas
magnéticas; tarjetas de circuitos integrados sin contactos; tarjetas de
circuitos integrados; tarjetas de memoria óptica; CD-ROMS en blanco; discos
magnéticos en blanco; discos ópticos en blanco; memorias USB en blanco;
visualizadores de cristal líquido (LCD); paneles de visualización de cristal
líquido; visualizadores de plasma; paneles de visualización de plasma;
visualizadores electroluminiscentes orgánicos; paneles de visualización
electroluminiscentes; películas de electrodos para paneles táctiles
capacitivos; paneles táctiles; visualizadores LCD (de cristal líquido) de tipo
sensor de toque y visualizadores electroluminiscentes orgánicos; filtros de
color para LCD (cristal líquido); dispositivos de fuente de luz para pruebas de
color y ajuste de cámaras fijas y cámaras de video; películas plásticas
difusoras de luz para visualizadores de cristal líquido; películas plásticas
anfi-deslumbramiento para visualizadores de cristal líquido; películas plásticas
anti-reflejo para visualizadores de cristal líquido; películas plásticas
anti-estática para visualizadores de cristal líquido; láminas de prisma de
plástico para visualizadores de cristal líquido; filtros plásticos de contraste
de pantallas para visualizadores de cristal líquido; película de mejora de
brillo (BEF) para visualizadores de cristal líquido; películas protectoras de
ondas electromagnéticas para visualizadores de plasma; películas protectoras de
pantalla para brindar sombra y privacidad adaptadas para computadoras
portátiles, teléfonos celulares, teléfonos inteligentes y asistentes personales
digitales; películas laminadas para cables flexibles planos; películas de
poliéster para fibras ópticas con partículas de pulido adheridas a las mismas;
láminas protectoras aislantes para cables flexibles planos; películas contra
miradas furtivas para dispositivos de visualización; películas de tipo persiana
para dispositivos de visualización; películas protectoras adaptadas para
pantallas para computadoras, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes,
monitores de cristal líquido; películas de control de luz para dispositivos de
cristal líquido ubicados dentro de vehículos; películas de control de ángulo de
visualización para dispositivos de cristal líquido ubicados dentro de
vehículos; máscaras de sombra para monitores de televisión a colores; cartas de
prueba para probar y ajustar la calidad de imagen y video de dispositivos de
visualización; rejillas para visualización fluorescente de vacío (VEO); monitores
de señales digitales; dispositivos correctores de tono de color para monitores
de señales digitales; tarjetas de circuito de cámaras de video; proyectores
digitales; pantallas de proyección; pantallas de proyección para televisores de
proyección trasera; lentes Fresnel y lentes lenticulares para televisores de
proyección trasera; transmisores y receptores inalámbricos; teléfonos móviles;
teléfonos inteligentes; marcos de fotos digitales; cámaras digitales; receptor
de audio y video; audífonos; parlantes de audio; periféricos de computadora;
computadoras; máquinas y aparatos electrónicos y sus partes; máquinas y
aparatos de telecomunicaciones; tarjetas de expansión función para cámaras de
video, cámaras fotográficas y cámaras digitales; cámaras (fotografía); lentes
de cámaras; suspensiones para unidades de enfoque automático de cámaras;
trípodes de cámaras; flashes (fotografía); estuches de cámaras; medidores de
exposición; lentes ópticos; máquinas reveladoras de fotos; máquinas para
agrandar fotos; máquinas para acabado de fotos; máquinas impresoras de fotos
digitales; máquinas de auto servicio de fotografía de certificados; cabinas de
fotos con función de fotografía automática; impresoras de imágenes digitales;
máquinas de impresión fotográfica; máquinas para hacer libros de fotos;
máquinas para hacer impresiones fotográficas con función de fotografía
automática y la capacidad de proporcionar una imagen fotográfica descargable;
cabinas fotográficas con función de fotografía automática y la capacidad de proporcionar
una imagen fotográfica descargable; máquinas para hacer impresiones
fotográficas con función de fotografía automática y la capacidad de permitir
que uno aplique para la emisión de tarjetas de identificación pegando la imagen
fotografiada; máquinas de impresión fotográfica con función de fotografía
automática y la capacidad de almacenar la imagen fotografiada en servidores de
red para preparar tarjetas de identificación de empleados y tarjetas de
identificación; cabinas de fotos con función de fotografía automática y la
capacidad de almacenar imágenes fotográficas en servidores de red para preparar
tarjetas de identificación de empelados y tarjetas de identificación; máquinas
de fotografía digital automáticas; máquinas y aparatos fotográficos; máquinas y
aparatos cinematográficos; máquinas y aparatos ópticos; fotocopiadoras;
dispositivos antiestáticos para copiadoras e impresoras; electrodos; pacas para
baterías; electrodos neutralizadores; eliminadores de carga estática para
impresoras; cables y alambres eléctricos; celdas y baterías eléctricas;
cargadores de baterías; paquetes de baterías; baterías de ion de litio;
bolsitos de baterías para baterías de ion de litio; celdas de energía;
separadores de celdas de energía; baterías solares; celdas solares del tipo de
película/cinta; módulos solares fotovoltaicos para producción de electricidad;
partes de modulo solar fotovoltaico hechas de materiales que unieron
hoja/lámina y encapsulante; partes para baterías solares; rótulos, luminosos;
archivos descargables de datos de sonido, música e imágenes; hologramas;
hologramas en relieve; hologramas Lippmann; publicaciones electrónicas,
descargables; instrumentos de medición; instrumentos de medición
electromagnéticos. y clase 16: Cintas de tinta y casetes de cinta de tinta para
impresoras de fotos digitales; hojas de cinta de tinta para impresoras de fotos
digitales; cintas de tinta y casetes de cinta de tinta para impresoras de
tarjetas; laminas/hojas de cinta de tinta para impresoras de tarjetas; cintas
de tinta y casetes de cinta de tinta para impresoras de sublimación; hojas de
cinta de tinta para impresoras de sublimación; cintas de tinta y casetes de
cinta de tinta para impresoras de código de barras; hojas de cinta de tinta
para impresoras de códigos de barras; cintas de tinta y casetes de cinta de
tinta para impresoras de computadora; hojas de cinta de tinta para impresoras
de computadoras; cintas de tinta y casetes de cinta de tinta para impresoras de
transferencia de calor; hojas de cinta de tinta para impresoras de
transferencia de calor; cintas de tinta; hojas/láminas de cinta de tinta;
casetes de cinta de tinta; cortadores de papel para uso de oficina; laminadores
de tarjetas de plástico para uso de oficina; laminadores para uso en oficinas o
en el hogar; máquinas de escribir (artículos de oficina); papeles de impresión
por inyección de tinta; papeles para imprimir; papeles para copia; papeles para
imprimir por sublimación; papeles de impresión por transferencia de calor;
papel de transferencia; calcomanías/pegatinas de transferencia; papeles de
embalaje; papeles decorativos; papeles revestidos de plástico; papeles
laminados; papeles sintéticos; cartulina; papel secante; papeles metalizados;
papeles revestidos; papeles revestidos de óxido de titanio para uso interior y
exterior [no para la construcción]; papeles revestidos con resma irradiada con
haz de electrones (EB) para uso interior o exterior [no para la construcción];
papeles recubiertos con uretano para uso interior o exterior [no para la
construcción]; papeles de holograma; papel de hilo de holograma; papel de hilo
de seguridad holográfico; papel y cartón; tarjetas; cintas de papel; postales;
tarjetas de felicitación; cuadernos; adhesivos para uso en oficinas o en el
hogar; archivos de documentos [papelería]; plumas/lapiceros; instrumentos de
escritura; álbumes; soportes de tarjetas; porta tarjetas; artículos de
papelería para oficina o uso doméstico; sellos de papel y etiquetas para la
lucha contra la falsificación; sellos de holograma; calcomanías/pegatinas de
holograma; etiquetas de holograma; hojas de transferencia de holograma;
etiquetas engomadas de holograma; hilos de holograma; paños, fundas/cubiertas,
cuerdas, cordones y encuadernadores para encuadernación; libros; libros de
arte; periódicos; revistas; publicaciones periódicas; boletines de noticias;
folletos; panfletos; folletos; catálogos; manuales; mapas; calendarios;
diarios; materias impresas; impresiones del tipo de fotografías; libros de
fotos; fotografías; soportes de fotografía; imágenes; hojas absorbentes de
papel o plástico para envasar productos alimenticios; bolsas [sobres, bolsas]
de papel o plástico para envasar; bolsas para cocinar en microondas; bolsas de
basura de papel o de plástico; películas de plástico y láminas para envolver;
bolsas de embalaje flexibles de papel o plástico para alimentos, bebidas,
materiales industriales, materiales líquidos, medicamentos y cosméticos; bolsas
de plástico para transportar líquidos químicos; papel o recipientes de plástico
biodegradable para alimentos y bebidas; bolsas, hojas y películas de plástico
para embalaje; película plástica para empacar alimentos; envases/recipientes de
papel con película aminada; películas plásticas empacadoras de alimentos para
uso doméstico; envolturas de botellas de cartón o papel; contenedores de hojas
de papel para medicamentos y medicamentos; embalajes industriales de papel o
cartón; cajas de cartón o papel; recipientes para líquidos de papel;
recipientes de papel para bebidas; papeles de embalaje; tipos de impresión;
letreros de papel o cartón; etiquetas de equipaje. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 29 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002907.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 05 de abril del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017173698 ).
Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula
de identidad Nº 102870927, en calidad de apoderado especial de Kite Pharma,
INC., con domicilio en: 2225 Colorado, Ave., Santa Mónica, California, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: CONTROL CAR, como marca
de fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006923. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 08 de agosto del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017173767 ).
Arnoldo López
Echandi, casado una vez, cédula de identidad 102870927, en calidad de apoderado
especial de Kite Pharma Inc., con domicilio en 2225 Colorado Ave., Santa
Mónica, California, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: CONTROL
CAR como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger
distinguir lo siguiente: Servicio de investigación y desarrollo farmacéutico:
servicios de investigación médica. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006922. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 08 de agosto 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017173768 ).
Arnoldo López
Echandi, casado una vez, cédula de identidad Nº 102870927, en
calidad de apoderado especial de NV Bekaert S. A., con domicilio en
Bekaertstraat 2, 8550 Zwevegem, Bélgica, solicita la inscripción de: OVALL
como marca de
fábrica, en clase: 6 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Cable metálico, alambre de acero, alambre de metal para cercas, alambre de
acero para cercas, cercas con alambre de metal, cercas con alambre de acero. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0006730. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de agosto del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017173769 ).
Arnoldo
López Echandi, casado una vez, cédula de identidad 102870927, en calidad de
Apoderado Especial de NV Bekaert S. A., con domicilio en Bekaertstraat 2, 8550
Zwevegem, Bélgica, solicita la inscripción de: RODEO como marca de
fábrica, en clase 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 6
Alambre de púas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de julio del
2017. Solicitud Nº 2017-0006536. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017173770 ).
Alberto
López Chaves, casado una vez, cédula de identidad 204910463, en calidad de
Apoderado General de Instituto Costarricense de Turismo, cédula jurídica
40000042141 con domicilio en la Uruca, costado este del puente Juan Pablo Segundo,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sello Wellness Pura Vida ICT como
señal de propaganda, para promocionar los servicios de: Publicidad, gestión de
negocios comerciales y de administración comercial. Seguros, operaciones
financieras, operaciones monetarias y negocios inmobiliarios. Transporte,
embalaje y almacenamiento de mercancías; organización de viajes. Educación,
formación, servicios e entretenimientos; actividades deportivas y culturales.
En relación con la marca: Estrategia Nacional Wellness Pura Vida ICT, la cual
se tramita en el Expediente N° 2016-0009858. Reservas: No se hace reserva de
los términos: Sello Wellness Pura Vida. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007861. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 8 de setiembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017173873 ).
Alberto
López Chaves, casado una vez, cédula de identidad 204910463, en calidad de
apoderado general de Instituto Costarricense de Turismo, cédula jurídica
40000042141, con domicilio en La Uruca, costado este del puente Juan Pablo
Segundo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Estrategia
Nacional Wellness Pura Vida ICT como señal de propaganda. Para promocionar:
publicidad, gestión de negocios comerciales y de administración comercial.
Seguros, operaciones financieras, operaciones monetarias y negocios
inmobiliarios. Transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías;
organización de viajes. Educación, formación, servicios e entretenimientos;
actividades deportivas y culturales. En relación con la Marca: Estrategia
Nacional Wellness Pura Vida ICT, registro 259576. Reservas: No se hace reserva
de los términos: Estrategia Nacional Wellness Pura Vida. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 11 de agosto 2017. Solicitud N° 2017-0007860. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 08 de setiembre 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017173875 ).
Alberto
López Chaves, casado una vez, cédula de identidad 204910463, en calidad de
apoderado general de Instituto Costarricense de Turismo, cédula jurídica 40000042141,
con domicilio en La Uruca, costado este del puente Juan Pablo Segundo, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Estrategia Nacional Wellness
Pura Vida ICT como señal de propaganda. Para promocionar: publicidad,
gestión de negocios comerciales y de administración comercial. Seguros,
operaciones financieras, operaciones monetarias y negocios inmobiliarios.
Transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías; organización de viajes.
Educación, formación, servicios e entretenimientos; actividades deportivas y
culturales. En relación con la Marca: Estrategia Nacional Wellness Pura Vida
ICT, registro 259576. Reservas: No se hace reserva de los términos: Estrategia
Nacional Wellness Pura Vida. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de agosto 2017. Solicitud N° 2017-0007860. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 08 de setiembre 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017173875 ).
Silvia
Salazar Fallas, casada, cédula de identidad 106220930, en calidad de Apoderada
Especial de Universidad de Costa Rica, cédula jurídica 400004214936 con
domicilio en Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, San Pedro de Montes de Oca,
Código Postal 11501, Costa Rica, solicita la inscripción de: Círculo para la
innovación
como marca de fábrica y servicios, en clases 16; 35; 38; 41 y 42
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Papel,
cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos
de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería;
adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para
artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto
muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos);
materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres
de imprenta; clichés de imprenta; en clase 35: Publicidad; gestión de negocios
comerciales; administración comercial; trabajos de oficina., en clase 38;
Telecomunicaciones; en clase 41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y
culturales y en clase 42: Servicios científicos y tecnológicos, así como
servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e
investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de
software. Reservas: De los colores: Azul, rojo, amarillo, verde y negro. Fecha:
20 de setiembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006862. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de setiembre del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—O.
C. N° 205177.—Solicitud N° 95655.—( IN2017173905 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula de
identidad Nº 111430953, en calidad de apoderada especial de Alserro Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-124264 con domicilio en: Alajuela-Alajuela
Desamparados, 600 metros este y 50 metros norte Urbanización La Giralda, en
Industrias Alserro, Costa Rica, solicita la inscripción de: M&S
como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café, té, cacao y
sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de
cereales; pan productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel,
jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas
(condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008417. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 20 de setiembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017173920 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula de
identidad N° 111430953, en calidad de apoderada especial de Boreal Bienestar
SRL, cédula jurídica N° 3102704414, con domicilio en Barva, del Banco de Costa
Rica cien metros norte y cincuenta metros al este, local a mano derecha, color
gris, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Boreal MOVIMIENTO Y
BIENESTAR,
como marca de servicios en clase(s): 41
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 41 educación,
formación, servicios de entretenimiento;
actividades deportivas y culturales. actividades y servicios que promueven un
estilo de vida saludable (disciplinas corporales y recreativas, nutrición). Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de agosto de 2017.
Solicitud Nº 2017-0008098. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de agosto del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017173932 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de
Adolfo León Naranjo Duque, casado una vez, cédula de residencia 117000493108,
con domicilio en 200 metros norte de la entrada del Hospital San Juan De Dios,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: TOP ORAL, como marca de fábrica y comercio en clase: 21
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cepillos de dientes. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de julio de 2017.
Solicitud N° 2017-0006899. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de julio de
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017174006 ).
Manolo Guerra Raven, casado, cédula de
identidad 800760914, en calidad de apoderado generalísimo de Laboratorios Raven
S. A., cédula jurídica 3101014499 con domicilio en km.6 Autopista Próspero
Fernández, de la estación del peaje 1.5 km. oeste, frente a Multiplaza Escazú, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Loviben como marca de fábrica y
comercio en clase: 5 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 5; Producto farmacéutico para uso humano, cualquier forma y/o
presentación farmacéutica. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0008979. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 28 de setiembre del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017174092 ).
Carlos Manuel Guardia Guardia, divorciado dos
veces, cédula de identidad 107180164 con domicilio en Talamanca, Cahuita,
Puerto Viejo, Punta Uva, del Restaurante Selvin’s; 150 metros en sentido hacia
Manzanillo, propiedad a mano derecha con El Rótulo Casitas de Punta Uva, Limón,
Costa Rica, solicita la inscripción de: TROPICAL LIVING PROPERTY MANAGEMENT
como nombre comercial para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a administración
de casas vacacionales, ubicado en Limón, Talamanca, Cahuita, Puerto Viejo,
Punta Uva. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 22 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008185. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 21 de setiembre del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017174103 ).
Floribeth Herrera
Alfaro, casada una vez, en calidad de apoderada especial de 3-101-715369
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101715369 con domicilio en Escazú,
Guachipelín, exactamente en el Centro Comercial de Bienestar y Salud Momentum
Escazú, contiguo a Almacén El Rey, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: KM
como Nombre Comercial.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a la prestación médicos en general, especialmente la terapia física y el
tratamiento de traumas y lesiones a nivel óseo, ubicado en San José, Escazú,
Guachipelín, exactamente en el Centro Comercial de Bienestar y Salud Momentum,
Escazú, contiguo a Almacén El Rey. Reservas: De los colores: gris, celeste
claro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de
setiembre del 2017, solicitud Nº 2017-0008569. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
26 de setiembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017174122 ).
Floribeth Herrera Alfaro, casada una vez, cédula de identidad 401500761,
en calidad de apoderada especial de 3-101-715369 Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101715369, con domicilio en Escazú, Guachipelín, exactamente en el
Centro Comercial de Bienestar y Salud Momentum Escazú, contiguo a Almacén El
Rey, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: KM, como marca de servicios en clase 44.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: prestación de servicios médicos en general,
especialmente la terapia física y el tratamiento de traumas y lesiones a nivel
óseo. Reservas: de los colores: gris, celeste claro y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 30 de agosto de 2017. Solicitud N°
2017-0008570. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de setiembre de 2017.—Ildreth Araya
Mesen, Registradora.—( IN2017174123 ).
Coralie Lissillour, casada, pasaporte
11CI69916, en calidad de Apoderada Generalísima de, Marañuela Limitada, cédula
jurídica 3102695437 con domicilio en Barrio Escalante, calle 31, Avenidas 9 y
11, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Alma Verde Tented Camp
Tamarindo Costa Rica como marca de servicios, en clase 43 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 48; Servicios de alojamiento, albergue y abastecimiento de comida en
hoteles, pensiones u otros establecimientos que proporcionen hospedaje temporal
y servicios de casas de reposo y convalecencia, específicamente mediante la
utilización de construcciones y edificaciones de tiendas o campamentos de lujo.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de setiembre del 2017.
Solicitud Nº 2017-0009019. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de setiembre del
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017174144 ).
Minor Martín León
Cruz, casado una vez, cédula de identidad 204210046, en calidad de apoderado
generalísimo de Distribuidora Ochenta y Seis S. A., cédula jurídica 3101093585
con domicilio en San Ramón centro, 300 metros este de Farmacia El Progreso,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: eureca
como marca de
fábrica y comercio en clase 6; 11; 12; 20; 21 y28. Internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6; equipamiento urbano y muebles; equipos de gimnasio al aire libre y para
movilidad reducida; circuitos de calistenia, de patinetas y de caninos; juegos
infantiles metálicos; techos multiusos; basureros, bebederos; vallas
publicitarias, estaciones de buses; columas publicitarias o mupis; pilotes
delimitadores; barandas; rótulos informativos; estacionamientos de bicicletas.,
en clase 11; sistemas de iluminación, en clase 12; bicicletas de carga y
carritos de recolección., en clase 20; bancas, mesas, maceteros, basureros,
mobiliario de oficina, muebles de cocina., en clase 21; La fabricación y
comercialización de equipamiento urbano y muebles, equipos de gimnasio al aire
libre y para movilidad reducida, móviles de resortes para niños, circuitos de
calistenia, de patinetas y de caninos; juegos infantiles metálicos, techos
multiusos, bancas, mesas, maceteros, basureros, bebederos metálicos, mobiliario
de oficina, muebles de cocina, vallas publicitarias, estaciones de buses,
mupis, pilotes delimitadores, barandas, sistemas de iluminación, rótulos
informativos, estacionamientos de bicicletas, bicicletas de carga y carritos de
recolección, y en clase 28; móviles de resortes para niños. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005672.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017174164 ).
Wen Chiang Lin,
casado una vez, cédula de residencia Nº 115800047728, en calidad de apoderado
generalísimo de Grupo Lumitech Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101742002,
con domicilio en Flores, San Joaquín, del Almacén El Lagar, 100 metros sur y 25
metros este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: LUMITECH
como marca de
comercio, en clase: 19. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
materiales eléctricos, equipo de iluminación, materiales de construcción no
metálico. Reservas: de los colores amarillo, gris oscuro y negro. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 18 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006950. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2017174167 ).
Daniel Apelboim, de
un solo apellido en razón de la nacionalidad estadounidense, mayor, casado una
vez, pasaporte Nº 424901846, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de
suma de Dino Park Blue River Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica Nº 3102702027, con domicilio en Upala, Gavilán de Upala, 100
metros norte antiguo Mariposario, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: MONTEVERDE OF GUANACASTE como nombre comercial. Para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a parques de
aventuras. Ubicado en Guanacaste, de la Escuela García Flamenco (Quebrada
Grande) cinco kilómetros carretera 917 camino a la Finca Nueva Zelandia. Fecha:
14 de setiembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003894. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de setiembre del
2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017174189 ).
Andrés Gerardo Fuentes Schweizer, soltero,
cédula de identidad 900970567, en calidad de apoderado generalísimo de N Wiz
Technologies Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101744685 con domicilio en
Condominios Concasa, Antiguo Hipódromo del Sol, San Rafael, Bosque Real Dos,
Apartamento 7-10, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALIUM
como marca de servicios, en clase 42
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42; Diseño,
desarrollo, producción, mejora, actualización, corrección y distribución de
software. Reservas: De los colores: naranja y gris. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 11 de setiembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0008905. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de setiembre del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017174204 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de
Alejandro José Macis Delgado, casado una vez, cédula de identidad 107330456,
con domicilio en San Rafael, del semáforo de la Panasonic, 10 metros al oeste,
Condominio Reserva la Rambla, casa 17, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Rojo y Medio, como marca de servicios en clase: 35 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de comercialización,
servicios de venta al por mayor y al por menor, en tiendas, catálogos,
internet, de: artículos de calzado, vestuario, sombrerería, artículos de hogar,
artículos ornamentales para el hogar, artículos de ferretería, artículos
de papelería, artículos de oficina, artículos
de cuero e imitaciones de cuero, cosméticos, perfumería, artículos de joyería,
bisutería, piedras preciosas, relojería, artículos para animales, juguetes, artículos
de acondicionamiento físico, servicios de gestión comercial y publicidad. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio de 2017.
Solicitud N° 2017-0006674. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio de
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017174207 ).
Fabián José Araya
Montero, soltero, cédula de identidad Nº 114990488, con domicilio en Los
Filtros de Alajuelita, de los tanques de AyA 100 sur, 50 suroeste, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Hopi Luz en tu vida
como marca de
servicios, en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: charlas de motivación, formación financiera personal, educación
espiritual de la antigüedad, clases de baile, yoga, ejercicios. Actividades que
fomenten la cultura y el deporte. Fecha: 28 de setiembre del 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 18 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009146. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 28 de setiembre del 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2017174209 ).
Rodrigo Quirós Carballo, casado una vez,
cédula de identidad 107530215, en calidad de apoderado generalísimo de Saxum
Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica 31011708406 con domicilio en Barrio
Dent, Ofiplaza del Este, Edificio C, tercer piso, oficina 15, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SAXUM como marca
de servicios en clase: 36 Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 36; Servicios de comercialización de bienes inmuebles.
Fecha: 3 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 8 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0008853. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 3 de octubre del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017174255 ).
Luis Felipe Cordero Argüello, soltero, cédula
de identidad 205410583 con domicilio en Pérez Zeledón, San Isidro de El
General; 100 metros este, de la Fuerza Pública, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BANDA INDEPENDIENTE ALFA ELEMENTAL DE SANGRE GENERALEÑA Y EN
NOMBRE DE DIOS
como marca de servicios en clase: 41 Internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Grupo musical de desfiles y
pasacalles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 28 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0007331. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 25 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017174258 ).
Paola Vanessa Hernández Morera, casada una
vez, cédula de identidad 114320498 con domicilio en Coronado, San Antonio; 50
mts. al oeste, 100 mts. al sur y 25 mts. al este, de la Iglesia Católica de San
Antonio de Coronado, Urbanización Jerusalén 1, segunda casa con portón rojo a
mano izquierda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Centro de
Atención Infantil Witty Land
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la enseñanza y
cuido de niños de 3 a 6 años de edad, ubicado en San José, Coronado, San
Antonio, de la iglesia de San Antonio de Coronado 50 metros al oeste y 25
metros al sur, portón celeste a mano izquierda. Reservas: De los colores:
negro, blanco, rosado, celeste, azul y verde. Fecha: 19 de setiembre de 2017.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de agosto del 2017.
Solicitud N° 2017-0008059. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de setiembre del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017174263 ).
Roberth Joseph Vickers, casado dos veces,
cédula de residencia 137200005931, en calidad de apoderado generalísimo de
OLO-ALAIA Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102711963, con
domicilio en Nosara; 50 metros al oeste, del Café de Paris, del lado izquierdo
de la calle, camino a la Playa Guiones, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Olo Alaia
como nombre comercial en clase: Internacional
para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a tienda de ropa, accesorios y artículos de surf y skate, bar y restaurante,
ubicado en Nosara; 50 metros al oeste, del Café de Paris, del lado izquierdo de
la calle, camino a Playa Guiones. Fecha: 20 de setiembre de 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de setiembre del 2017. Solicitud
N° 2017-0008900. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de setiembre del 2017.—Wendy López
Vindas Registradora.—( IN2017174278 ).
Rafael Stevens Salazar Mora, soltero, cédula
de identidad 114160956, en calidad de tipo representante desconocido de
Asociación Solidarista de Empleados de Hotelera Los Altos S. A., cédula
jurídica 3002741564 con domicilio en Santa Teresa de Cajón de Pérez Zeledón,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ASOAG De la mano con nuestras raíces
como nombre comercial, en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49; Un
establecimiento comercial dedicado a brindar servicios propios de la Asociación
Solidarista a sus asociados afiliados, con el fin de brindarles un plan de
desarrollo económico y social mediante la administración del fondo de ahorro,
además de brindarles acceso a préstamos y beneficios varios. Ubicado en Santa
Teresa de Cajón de Pérez Zeledón, contiguo a la escuela. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008156.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 28 de setiembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—(IN2017174284).
Carlos Alberto
Bolaños Jiménez, soltero, cédula de identidad Nº 111920400, con domicilio en 1
km al este de la Escuela Thomas Jefferson de Concepción de Atenas, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: S SELNET
como marca de
comercio, en clase: 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase: 9: Aparatos en instrumentos científicos, náuticos, geodésicos,
fotográficos, cinematográficos, ópticos de pesaje, de medición, de
señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e
instrumentos de conducción, distribución, transformación y acumulación,
regulación o control de la electricidad, aparatos de grabación, transmisión o
reproducción de sonido e imágenes; soporte de registro magnético, discos
acústicos, discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales;
mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de
calcular, equipos procesamiento de datos; ordenadores; software, extintores. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 14 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007890. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 22 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017174299 ).
Juan Pablo Quesada León, soltero, cédula de
identidad 108370016 con domicilio en Villa
Hermosa, casa N° 16, primer parque, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Body Glove como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a venta de ropa,
ubicado en Puntarenas, Jacó centro, frente Best Brand. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 3 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0009182.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 3 de octubre del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017174344 ).
Rubén Francisco Santamaría Rodríguez, casado
una vez, cédula de identidad 112310879, en calidad de Apoderado Generalísimo de
El Mercado del Tapicero de Occidente S. A., cédula jurídica 3-101-397345, con
domicilio en Palmares, 400 metros sur de la entrada, edificio Santamaria,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ROLLER UP
como marca de comercio en clases 6; 19; 20;
22 y 24 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6;
Herrajería de metal para cortinas., en clase 19; persianas de PVC., en clase
20; persianas de interior de poliéster (material textil)., en clase 22;
persianas para exterior de poliéster (material textil). y en clase 24;
Cortinas. Reservas: De colores: Negro y naranja. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 26 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0007186. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 20 de setiembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017174353 ).
Noemy Ramírez Vega, divorciada una vez, cédula de identidad Nº 111730486,
con domicilio en Concepción de Tres Ríos, carretera a San Francisco 50 sur del
Bar Ramos, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ser Spa
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a masajes profesionales, limpieza faciales,
spa en manos y pies. Ubicado: en Concepción Tres Ríos, carretera San Francisco,
50 sur del Bar Ramos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008493. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 07 de setiembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017174371 ).
Noemy Ramírez Vega, divorciada una vez,
cédula de identidad 111730486, con domicilio en Tres Ríos, carretera a San
Francisco 50 sur Bar Ramos, Costa Rica, solicita la inscripción de: Pastelería
Anabelle
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a venta de
queques, pan casero, bagueth, ubicado en Concepción de Tres Ríos, carretera a
San Francisco 50 sur bar Ramos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de
agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008492. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de
setiembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017174372 ).
Ana Eugenia Boschini
Thuel, casada una vez, cédula de identidad Nº 203420953, en calidad de
apoderada generalísima de The British Kitchen S. A., cédula jurídica Nº
3101726066, con domicilio en Curridabat, Guayabos, del Fresh Market cien metros
sur y doscientos cincuenta metros oeste, casa a mano izquierda con tapias color
zapote, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TicoCurd como marca
de servicios, en clase: 43 internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: esculturas de alimentos, servicios de restaurantes,
servicios de restaurantes de autoservicio, servicios de catering,
abastecimiento de comida en establecimientos que proporcionen hospedaje
temporal, banquetes de dulces para todo tipo de eventos, cata de vinos,
degustación de vinos y alimentos, preparación de alimentos para su consumo a
través de una pastelería, servicios de banquetes, servicios de cafetería. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003308. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017174382 ).
Ana Eugenia Boschini Thuel, casada una vez,
cédula de identidad Nº 203420953, en calidad de apoderada generalísima de The
British Kitchen S. A., cédula jurídica Nº 3101726066, con domicilio en:
Curridabat, Guayabos, del Fresh Market cien metros sur y doscientos cincuenta
metros oeste, casa a mano izquierda con tapias color zapote, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: BritKit
como marca de servicios en clase 43
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
restaurantes, servicios de restaurantes de autoservicio, servicios de catering,
abastecimiento de comida en establecimientos que proporcionen hospedaje
temporal, banquetes de alimentos de dulces para todo tipo de eventos, cata de
vinos, degustación de vinos y alimentos, preparación de alimentos para su
consumo a través de una pastelería, servicios de banquetes de alimentos, servicios de cafetería. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 07 de abril del 2017. Solicitud N°
2017-0003305. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de mayo del 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017174383 ).
Ana Eugenia Boschini
Thuel, casada una vez, cédula de identidad 203420953, en calidad de apoderada
especial de The British Kitchen S. A., cédula jurídica 3101726066 con domicilio
en Curridabat, Guayabos del Fresh Market cien metros sur y doscientos cincuenta
metros oeste, casa a mano izquierda con tapias color zapote, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Britkitchen
como marca de
servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Esculturas de alimentos, servicios de restaurantes, servicios de restaurantes,
servicios de restaurantes de autoservicio, servicios de catering,
abastecimiento de comida en establecimientos que proporcionen hospedaje
temporal, banquetes de dulces para todo tipo de eventos, cata de vinos,
degustación de vinos y alimentos, preparación de alimentos para su consumo a
través de una pastelería, servicios de banquetes, servicios de cafetería. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de abril del 2017, solicitud Nº 2017-0003306. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 8 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017174384 ).
Ana Eugenia Boschini
Thuel, casada una vez, cédula de identidad N° 203420953, en calidad de
apoderado generalísimo de The British Kitchen S. A., cédula jurídica N°
3101726066, con domicilio en Curridabat, Guayabos del Fresh Market cien metros
sur y doscientos cincuenta metros oeste, casa a mano izquierda con tapias color
zapote, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Britkitchencr
como marca de servicios
en clase(s): 43 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente:
Esculturas de alimentos, servicios de restaurantes, servicios de restaurantes
de autoservicio, servicios de catering, abastecimiento de comida en establecimientos
que proporcionan hospedaje temporal, banquetes de dulces para todo tipo de
eventos, cata de vinos, degustación de vinos y alimentos, preparación de
alimentos para su consumo a través de una pastelería, servicios de banquetes,
servicios de cafetería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de
abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003307. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de mayo
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017174385 ).
Alexander Carmiol Herrera, soltero, cédula de identidad 204880529, en
calidad de apoderado especial de Carmiol Industrial Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101206022 con domicilio en Tibás, San Juan 400 metros al norte de la
Ladrillera La Uruca, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CARMIOL
como marca de fábrica en clase: 6. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: drenajes confeccionados en material de aluminio y
bronce. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 11 de setiembre 2017. Solicitud N° 2017-0008915.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 22 de setiembre 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017174424 ).
Alexander Carmiol Herrera, soltero, cédula de identidad Nº 204880529, en
calidad de apoderado generalísimo de Carmiol Industrial Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3101206022, con domicilio en Tibás, San Juan, 400 metros al
norte de La Ladrillera, La Uruca, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: CARMIOL
como marca de fábrica, en clase: 6 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 6: drenajes confeccionados en material de
aluminio y bronce. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de setiembre del 2017.
Solicitud Nº 2017-0008914. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 22 de setiembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017174425 ).
Gerardo Enrique Villegas Estrada, casado una vez, cédula de identidad Nº
501660414, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación Deportiva
Ecuestre de Resistencia de Tilarán, cédula jurídica Nº 3002337179, con
domicilio en costado norte del parque en la Escuela José María Calderón
Mayorga-Tilarán, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Asociación
Deportiva Ecuestre de
Resistencia de Tilarán
como
nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a asociación sin fines de
lucro y deporte. Ubicado: 100 m este y 50 m sur de Casa Episcopal, Tilarán,
Guanacaste. Fecha: 25 de setiembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008467. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 25 de setiembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017174466 ).
Adrián Bonilla Chacón, soltero, cédula de
identidad Nº 111770816, en calidad de apoderado generalísimo de Celulares Conex
Universal Limitada, cédula jurídica Nº 3102726904, con domicilio en: Carrillo
Playa del Coco, 150 mts este del Hotel Flor de Itabo, oficina Vargas y
Asociados, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONEX UNIVERSAL
para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a la venta de accesorios de celulares y
equipo electrónico, ubicado en Tibás centro, del Mas x Menos 75 norte, contiguo
a la delegación de policía. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 07 de junio del 2017. Solicitud N°
2017-0005377. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017174474 ).
Cambio
de nombre N° 113624
Que Miguel Ruiz Herrera, casado una vez,
cédula de identidad 103700432, en calidad de Apoderado Especial de Gutis Ltda.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de nombre de Gutis
Products Corporation o Productos Gutis Sociedad Anónima por el de Gutis Ltda.,
presentada el día 14 de setiembre de 2017 bajo expediente 113624. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 1997-0000338 Registro N° 103732 VITANOL-A en clase 5 Marca Denominativa,
1997-0000341 Registro N° 103728 TECEPAN en clase 5 Marca Denominativa, 1997-0000343
Registro N° 103736 VITANOL en clase 5 Marca Denominativa, 1997-0003217
Registro N° 105100 PRACAL en clase 5 Marca Denominativa, 1997-0003218
Registro N° 105096 TADIN en clase 5 Marca Denominativa, 1997-0003221 Registro N° 105098 TADIN D en clase 5 Marca Denominativa, 1997-0003547
Registro N° 105102 DORMIX en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0002929
Registro N° 171278 ZOLPIDORM en clase 5 Marca Denominativa, 2007-0002498
Registro N° 171094 ALRIX en clase 5 Marca Denominativa, 2007-0002499 Registro N° 171095 DEFEX en clase 5 Marca Denominativa,
2007-0002500 Registro N° 171096 SOLUFLEX en clase 5 Marca Denominativa, 2007-0002510
Registro N° 171125 LIMUS en clase 5 Marca Denominativa, 2007-0002512 Registro N° 171124 LUBAL en clase 5 Marca Denominativa,
2007-0002514 Registro N° 171127 GYNELUB en clase 5 Marca Denominativa, 2007-0002515
Registro N° 171126 BELANGYN en clase 5 Marca Denominativa y 2007-0002516
Registro N° 171128 DROSPYP en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—( IN2017174356 ).
Marcas de Ganado
Solicitud N° 2017-2040.—Ref:
35/2017/4257.—José Ángel Ramírez Jiménez, cédula de identidad 0601060857,
solicita la inscripción de:
U P
5
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso,
Katira, Río Celeste, 1 km oeste de la escuela de Río Celeste. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 25 de setiembre del 2017. Según el expediente N°
2017-2040.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017174267 ).
Solicitud Nº 2017-2041.—Ref.:
35/2017/4243.—Carlos Alberto Boghi, cédula de residencia Nº 138000225119, en
calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Victoria Liberia
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-705571, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste,
Liberia, Mayorga, Quebrada Grande, 3 kilómetros al este del cruce hacia
Quebrada Grande, portón rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 25 de
setiembre del 2017. Según el expediente Nº 2017-2041.—Elda Cerdas Badilla,
Registradora.—1 vez.—( IN2017174270 ).
Solicitud Nº 2017-2074.—Ref:
35/2017/4323.—Rosa Elena Cerdas García, cédula de identidad Nº 0502700847,
solicita la inscripción de:
7 0
P
como marca
de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, San José, contiguo al
Ebais. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 02 de octubre del 2017. Según el
expediente N° 2017-2074.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—(
IN2017174417 ).
Solicitud N°
2017-1926.—Ref: 35/2017/4031.—Maynor Flores Agüero, cédula de identidad
0109170122, solicita la inscripción de:
3 B
F
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Lepanto,
San Blas, 1 kilómetro al oeste de la escuela de San Blas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 11 de setiembre del 2017. Según expediente N°
2017-1926.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017174457 ).
Solicitud Nº 2017-1867.—Ref:
35/2017/4033.—Nicolás Rojas Sánchez, cédula de identidad N° 5-0196-0375,
solicita la inscripción de:
9 K
X
Como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Santa Cruz, Lagunilla, finca La
Machaca, 3 kilómetros norte de la escuela. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
04 de septiembre del 2017. Según el expediente N° 2017-1867.—Karol Claudel
Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017174459 ).
Solicitud Nº 2017-1982.—Ref:
35/2017/4161.—Pedro Chinchilla Pérez, cédula de identidad Nº 0603810895,
solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Osa, Mogos, Mogos, 2 kilómetros después de la
escuela Los Mogos y 2 kilómetros a la derecha de Tabogita. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 19 de setiembre del 2017. Según el expediente N°
2017-1982—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017174461 ).
Solicitud N°
2017-1980.—Ref: 35/2017/4151.—Moisés Daniel Artavia Barrantes, cédula de
identidad 0602940756, solicita la inscripción de:
S
8 W
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Corredores, Corredor,
Río Bonito, contiguo a la escuela Río Bonito. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
19 de setiembre del 2017. Según el expediente N° 2017-1980.—Luz Vega,
Registrador.—1 vez.—( IN2017174463 ).
Solicitud N°
2017-1981.—Ref: 35/2017/4154.—Carlos Elías Madrigal Campos, cédula de identidad
0602520690, solicita la inscripción de:
MONI
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Golfito, Golfito, La
Florida, 100 metros al sur de la escuela La Florida. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 19 de setiembre del 2016. Según expediente N° 2017-1981.—Luz
Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017174465 ).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-658012, denominación: Asociación de Estudiantes de Ingeniería en
Agronegocios del Instituto Tecnológico de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma
cumple con lo exigido por la Ley N°. 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017
asiento: 574249.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 13 minutos y 58
segundos, del 02 de octubre del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017174184 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Manos
Solidarias Génesis, con domicilio en la provincia de: Heredia-Heredia. Cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: Buscará fomentar el
bienestar de los estudiantes del Centro Infantil Génesis Preschool y buscará
consolidar a su vez un centro de ayuda social dentro de su conectividad laboral
social y operativa. Cuyo representante, será la presidenta: Siley Acevedo
Ledezma, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 490264.—Dado en el Registro Nacional, a
las 11 horas 33 minutos y 34 segundos, del 21 de setiembre del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017174228 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Centro Educativo
Ciudad de Fe, con domicilio en la provincia de: Heredia-Heredia, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Velar y luchar con dedicación y
esmero, por el acceso a la educación de personas en vulnerabilidad social.
Brindará a dichas personas, acceso a la educación a nivel Maternal, Preescolar,
de Escuela, Colegio, Universidad, y acceso también a Institutos Bíblicos. Cuyo
representante, será el presidente: Edgar Herrera Chaves, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017
Asiento: 404907.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 55 minutos y 14
segundos, del 25 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017174229 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Bosques de Sabiduría, con domicilio en la provincia de:
Heredia-Heredia, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Buscará fomentar y desarrollar el programa de responsabilidad social dentro de
los “Centros Infantiles Osito Feliz” en Heredia y velara por el bien integral de sus estudiantes; interara implementar un
centro de ayuda social dentro de la conectividad laboral, social, y operativa
del centro con sus estudiantes; buscando al máximo mejorar la calidad de vida
de los niños y niñas de la institución que se encuentren en estado de
vulnerabilidad y/o indefensión. Cuyo representante, será el presidente: Melba
Hernández Miranda, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 507138.—Dado en el
Registro Nacional, a las 11 horas 6 minutos y 10 segundos, del 9 de agosto del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017174230 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Ciudad de Fe
Alajuela, con domicilio en la provincia de: Heredia, Heredia, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Evangelizar a las naciones a través
de la palabra de Dios y sus Sagradas Escrituras. Cuyo representante, será el
presidente: Mauricio Arana Cruz, con las facultades que establece el estatuto.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 451088.—Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 2 minutos y 4 segundos del 24 de agosto del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017174231 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Sociocultural Iglesia
Cristiana Fuente de Poder, con domicilio en la provincia de: San José-San José,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover en la sociedad
el fomento de los valores cívicos, religiosos, culturales y artísticos con el
objeto de establecer una influencia positiva tanto en la propia sociedad, como
en el seno familiar, y en el individuo como tal. Cuyo representante, será la
presidenta: Ana María Pérez Palacios, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:
318559.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 29 minutos y 17 segundos,
del 23 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017174249 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-142152, denominación: Asociación Hogar Betania Pérez Zeledón. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2017 Asiento: 574850.—Dado en el Registro Nacional, a las 11
horas 6 minutos y 54 segundos, del 25 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017174260 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Cristiana El
Faro de Pueblo Nuevo de Cajón de Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia
de: San José, Pérez Zeledón, cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: predicar la palabra de Dios y difundir las enseñanzas del evangelio
de Cristo, doctrinar y discipular a los miembros de la iglesia las enseñanzas
bíblicas. Cuyo representante será el presidente: Froy Amisar Umaña Barboza, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2017, asiento: 461262.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas
50 minutos y 58 segundos del 28 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017174262 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Padres de Familia
del Instituto de Enseñanza General Básica República de Panamá, con domicilio en
la provincia de: San José, Desamparados, cuyos fines principales, entre otros
son los siguientes: Promover, coadyuvar, estimular y desarrollar proyectos de
trabajo en grupo, para fomentar en los padres de familia una cultura de
colaboración por medio de la organización de actividades para el Desarrollo del
Instituto de Enseñanza General Básica República de Panamá. Promover el
desarrollo y óptimo mantenimiento de la infraestructura de dicho centro
educativo. Promover y coadyuvar al desarrollo de actividades educativas,
tecnológicas y de capacitación continua para los a. Cuya representante, será la
presidenta: Sindy Patricia Carvajal Azofeifa, con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento:
567645 con Adicional: 2017-601649.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas
7 minutos y 13 segundos, del 21 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017174289 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la: Asociación Acueducto Rural
de San Rafael INVU San Isidro de Peñas Blancas, entre las cuales se modifica el
nombre social, que se denominará: Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado de San Rafael, INVU y San Isidro de Peñas Blancas. Por cuanto
dichas reformas cumplen con la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017
Asiento: 161203.—Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 22 minutos y 2
segundos, del 16 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017174318 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Casa de Integridad, con domicilio en la provincia de:
Cartago-Cartago, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Propagación de la fe cristiana, teniendo como fundamento La Biblia. Procurar
hasta donde las posibilidades lo permitan la formación y capacitación ética,
moral y espiritual de sus asociados, filiales y comunidades interesadas. Cuyo
representante, será el presidente: José Andrés Ramírez Ardón, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N°
218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 334520.—Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 52 minutos y 56 segundos, del 3 de octubre
del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017174488 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociacion Alas para
los Niños de Sámara, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Nicoya. Cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: Es el cuido de niños de uno
a cinco años, para lo cual se tendrá un local que sirva como guardería en el
cual se tenga a los menores bajo el cuidado y educación de profesionales en la
materia. Cuya representante, será la presidenta: Manuela Soltermann, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2017, asiento: 369647.—Dado en el Registro Nacional, a las 13
horas 34 minutos y 21 segundos, del 21 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017174512 ).
Patentes
de Invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señora María Vargas Uribe, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche
AG., solicita la Patente PCT denominada INHIBIDORES DE BACE 1. La
presente invención proporciona un compuesto de fórmula I, que presenta una
actividad inhibidora de BACE 1, su preparación, composiciones farmacéuticas que
los contienen y su utilización como sustancias terapéuticamente activas. Los
compuestos activos de la presente invención resultan útiles en el tratamiento
terapéutico y/o profiláctico de, por ejemplo, la enfermedad de Alzheimer. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/541, A61P 25/28 y C07D
417/14; cuyos inventores son Guba, Wolfgang (DE); Bartels, Bjoern (DE);
Dolente, Cosimo (CH); Haap, Wolfgang; (DE); Obst Sander, Ulrike; (DE); Peters,
Jens-Uwe; (DE) y Woltering, Thomas; (DE). Prioridad: N° 15160101.0 del
20/03/2015 (EP). Publicación Internacional: WO 2016/150785. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000426, y fue presentada a las 14:35:11
del 14 de setiembre de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 21 de setiembre de 2017.—Viviana
Segura De la O, Registradora.—( IN2017173319 ).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula de
identidad Nº 103550794, en calidad de apoderado especial de F. Hoffmann-La
Roche AG., solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS DE SULFONAMIDA
HETEROCÍCLICA SUSTITUÍDA ÚTILES COMO MODULADORES DEL CANAL DEL RECEPTOR DE
POTENCIAL TRANSITORIO Al (TRPA1). La invención está relacionada con los
compuestos de la fórmula I o II y las sales de los mismos. Además, la presente
invención se refiere a métodos de fabricación y métodos de uso de los
compuestos de la fórmula I o II así como a las composiciones farmacéuticas que
contienen tales compuestos. Los compuestos pueden ser útiles en el tratamiento
de enfermedades y condiciones mediadas por TRPA1, tales como el dolor. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/4025, A61P 29/00, C07D
207/48, C07D 401/12, C07D 401/14, C07D 403/12, C07D 403/14, C07D 417/12, C07D
451/02 y C07D 491/048; cuyos inventores son Verma, Vishal (US); Kolesnikov,
Aleksandr (US); Lyssikatos, Joseph P (US); Do, Steven (US); Yuen, Po-wai (CN);
Chen, Huifen; (US); Chu, Yanyan (CN); Estrada, Anthony; (US); Hu, Baihua (CN);
Lin, Xingyu (CN); Shore, Daniel; (US); Wang, Lan (US) y Wu, Guosheng (CN).
Prioridad: N° PCT/CN2014/086380 del 12/09/2014 (US). Publicación Internacional:
WO2015/052264. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017- 0000140, y fue
presentada a las 14:17:27 del 7 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de septiembre de
2017.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2017173323 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
de identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de Colorado State
University Research Foundation, solicita la patente PCT denominada CONSORCIOS
BACTERIANOS SINERGISTICOS PARA MOVILIZAR FOSFORO DEL SUELO. La presente
descripción se relaciona a consorcios de cepas de bacterias y composición que
comprende una o más cepas bacterianas descritas en la presente. Estos
consorcios de cultivos de bacterias aisladas y composiciones que comprenden los
cultivos, que tienen mayor actividad que sería observada para los cultivos de
bacterias individuales y composiciones. Una composición de la descripción se
puede utilizar ventajosamente para aumentar
la disponibilidad de fósforo del suelo y otros macronutrientes y/o
micronutrientes a plantas, y de esta manera aumentar su crecimiento y
rendimiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 63/00; cuyos
inventores son: Wallenstein, Matthew D (US) y Bell, Colin W. (US). Prioridad:
N° 62/084,303 del 25/11/2014 (US) y N° 62/171,643 del 05/06/2015 (US).
Publicación Internacional: WO/2016/085637. La solicitud correspondiente lleva
el número 2017- 0000286, y fue presentada a las 13:27:37 del 23 de junio de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 1° de setiembre de 2017.—Viviana Segura De La O,
Registradora.—( IN2017173639 ).
El señor Luis Diego
Castro Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado
general de Incyte Corporation, solicita la Patente PCT denominada HETEROCICLOS
BICÍCLICOS COMO INHIBIDORES DE FGDR4. La presente invención se refiere a heterociclos bicíclicos y
composiciones farmacéuticas de estos, que son inhibidores de la enzima FGFR4 y
son útiles en el tratamiento de enfermedades relacionadas con el FGFR4, como el
cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/519, A61P
35/00 y C07D 471/04; cuyos inventores son Wenqing Yao (US); Qian, Ding-Quan
(US); Wu, Liangxing (CN) y Lu, Liang (CN). Prioridad: N° 62/118.699 del
20/02/2015 (US) y N° 62/192,661 del 15/07/2015 (US). Publicación Internacional:
WO/2016/134314. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000388, y
fue presentada a las 14:19:26 del 30 de agosto de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 01 de septiembre
del 2017.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2017173640 ).
El señor Luis Diego
Castro Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado
especial de Incyte Holdings Corporation, solicita la Patente PCT denominada HETEROCICLOS
BICÍCLICOS COMO INHIBIDORES DE FGFR. La presente invención se refiere a
heterociclos bicíclicos, y composiciones farmacéuticas de estos, que son
inhibidores de las enzimas FGFR3 y/o FGFR4 y
son útiles en el tratamiento de las enfermedades asociadas con FGFR. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/4375, A61K 31/444, A61K
31/519, A61K 31/5377, A61K 31/541, A61K 35/00, A61P 19/00 yCO7D 471/04; cuyos
inventores son Yao, Wenqing (US); Wu, Liangxing (CN); Shen, Bo (CN); Wang,
Xiaozhao (CN); Lu, Liang (CN); Sokolsky, Alexander (US) y Ye, Yingda (CN).
Prioridad: N° 62/118,698 del 20/02/2015 (US) y N° 62/170,936 del 04/06/2015
(US). Publicación Internacional: W0/2016/134320. La solicitud correspondiente
lleva el número 2017- 0000390, y fue presentada a las 14:21:06 del 30 de agosto
de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Viviana Segura De La
O, Registradora.—( IN2017173641 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE
NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por
parte de: CARLOS EDUARDO LEDEZMA FERNÁNDEZ, con cédula de identidad
número 2-0682-0130, carné número 22233. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta
de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección
dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Proceso Administrativo N° 45912.—San José, 10 de octubre del 2017.—Lic. Ricardo
Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2017177327 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA
(O) PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José,
San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria (o) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: OSCAR GUZMÁN
GONZÁLEZ, con cédula de identidad N° 3-0404-0002, carné N° 22095. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso N°
46444.—San José, 13 de octubre de 2017.—Licda. Kíndily Vílchez Arias,
Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017177366 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O)
PÚBLICA (O). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria
(o) para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte
de: HAROLD ALEJANDRO DELGADO BEITA, con cédula de identidad N° 1-1441-0227,
carné N° 25484. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la
conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Expediente N° 17-001117-0624-NO.—San José, 17 de agosto del
2017.—Licda. Kíndily Víchez Arias, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(
IN2017177377 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO
PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José,
San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: FRANCIS HERNÁNDEZ
VALVERDE, con cédula de identidad número 1-0925-0661, carné número 23244. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante,
a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE
#17-001237-0624-NO.—San José, 4 de octubre del 2017.—Anaida Cambronero Anchía,
Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017177443 ).
DIRECCIÓN
DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0135-2017.—Exp. N° 17780A.—Ana Virginia Quirós Gamboa, solicita concesión de: 0.05 litros
por segundo del nacimiento, efectuando
la captación en finca de su propiedad en San Pablo, León Cortés, San José, para
uso consumo humano doméstico. Coordenadas 185.627/530.460 hoja Caraigres.
Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 14 de setiembre de 2017.—Marilyn Mora Vega, Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—( IN2017176439 ).
ED-0230-2017.—Exp. Nº 17649P.—Fordward
Investments EWCR Limitada, solicita concesión de: 1 litro por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GA-251 en finca de su
propiedad en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas:
218.750 / 355.500, hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 27 de setiembre del 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas.—( IN2017176568 ).
ED-UHTPCOSJ-0124-2017.—Exp. N° 6509A.—Lior Roma
Ofri S.A., solicita concesión de: 0.80 litros por segundo del nacimiento sin
nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles, San
Ramón, Alajuela, para uso turístico hotel. Coordenadas 250.300 / 478.700 hoja
San Lorenzo. 0,50 litros por segundo del nacimiento sin nombre 2, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Ángeles, San Ramón, Alajuela, para uso
turístico hotel. Coordenadas 250.300 / 478.700 hoja San Lorenzo. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 08 de setiembre de 2017.—Unidad Hidrológica
Tárcoles, Pacífico Central.—Marilyn Mora Vega.—( IN2017176591 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ED-0217-2017.—Exp. N°
17784A.—Zelandia S.A., solicita concesión de: 42 litros por segundo del
nacimiento Los Palmitos, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso agroindustrial, agropecuario, consumo
humano y turístico. Coordenadas 383.311/317.262 hoja cacao. 6.3 litros por
segundo del nacimiento Los Abaca, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo
humano, industria y turístico. Coordenadas 382.287/316.104 hoja Cacao. 0.16
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de su propiedad en Mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso agroindustrial,
agropecuario, consumo humano y turístico. Coordenadas 316.364/382.949 hoja
Cacao. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de
setiembre de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—(
IN2017173467 ).
ED-0038-2017.—Exp. N°
17326A.—Bosque Sereno S. A., solicita concesión de: 1.12 litros por segundo del nacimiento
Termal2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Orosi, Paraíso,
Cartago, para uso turístico. Coordenadas 194.474 / 554.385 hoja Tapantí. 2.43
litros por segundo del nacimiento Termal 3, efectuando la captación en finca de
su propiedad en Orosi, Paraíso, Cartago, para uso Turístico. Coordenadas
194.470 / 554.393 hoja Tapantí. 2.86 litros por segundo del nacimiento Termal
4, efectuando la captación en finca de su propiedad en Orosi, Paraíso, Cartago,
para uso turístico. Coordenadas 194.470 / 554.406 hoja Tapantí. 5.8 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Orosi, Paraíso, Cartago, para uso turístico. Coordenadas 194.333 /
553.905 hoja Tapantí. 0.35 litros por segundo del nacimiento Termal 1,
efectuando la captación en finca de Valle Caliente, S.A. En Orosi, Paraíso,
Cartago, para uso agropecuario. Coordenadas 194.467 / 554.390 hoja Tapantí.
Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de
Información, Dirección de Agua.—San José, 24 de enero de 2017.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2017176873 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0156-2017.—Exp.
N° 12425A.—Luis Gerardo Solano Pereira, solicita concesión de: 0.02 litros por segundo del
nacimiento sin nombre 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Tucurrique, Jiménez, Cartago, para uso agropecuario-pisicultura-abrevadero y
consumo humano doméstico. Coordenadas 200.400 / 562.700 Hoja Tapanti. 0.01
litros por segundo del nacimiento sin nombre 1, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Tucurrique, Jiménez, Cartago, para uso
agropecuario-pisicultura-abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas
200.600 / 562.450 Hoja Tapanti. 0.04 litros por segundo del nacimiento sin
nombre 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tucurrique,
Jiménez, Cartago, para uso agropecuario-pisicultura-abrevadero y consumo humano
doméstico. Coordenadas 200.500 / 562.600 Hoja Tapanti. Predios inferiores:
quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 11 de octubre de 2017.—Departamento
de Información, Dirección de Agua.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017177180 ).
ED-UHTPCOSJ-0073-2017.—Exp. N° 17694A.—Jorge Navarro
Fonseca, solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del nacimiento,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmitos, Naranjo,
Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 230.218/490.901 hoja
Oratorio. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 12 de julio de 2017.—Andrés Phillips Ureña, Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central.—( IN2017177183 ).
ED-UHTPCOSJ-0122-2017.—Exp.
N° 11153P.—Herjoca Ltda.,
solicita concesión de: 0.52 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo NA-656 en finca de su propiedad en Zaragoza,
Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y riego. Coordenadas
224.440 / 487.100 Hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 07 de setiembre de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Marilyn
Mora Vega.—( IN2017177360 ).
ED-0000-2016.—Exp. N° 17816P.—Sitio Hermoso
Limitada, solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo en finca de Sitio Hermoso Ltda. en
Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso agropecuario, consumo humano y
turístico. Coordenadas 180.163 / 409.567 hoja Cabuya. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 10 de octubre de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017177421 ).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN ACTOS JURÍDICOS
En resolución N°
3751-2017 dictada por el Registro Civil a las quince horas veinte minutos del
veinticuatro de abril del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
44078-2016, incoado por Devel Daniel Narváez Donaires, se dispuso rectificar en
el asiento de nacimiento de Jeico Julián Espinoza Mejía, que el nombre y
apellidos del padre son Devel Daniel Narváez Donaires.—Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1 vez.—(
IN2017174133 ).
En resolución N° 4024-2017 dictada por el registro
civil a las nueve horas del veintitrés de mayo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso N° 7133-2017, incoado por Luisa Amanda Chávez Dávila, se
dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Evelyn Vanessa Quintanilla
Dávila y Luis Enrique García Dávila, que los apellidos de la madre son Chávez
Dávila.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017174147 ).
Registro
Civil - Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Francesca Cossutta, italiana, cédula de residencia 138000117823, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. N° 4297-2017.—San José al ser las 10:37 del 3 de octubre del
2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017174128 ).
Eduardo Ignacio
Berrizbeitia Dominguez, venezolano, cédula de residencia 186200318614, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 4567-2017.—San José al ser
las 3:09 del 4 de octubre de 2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1
vez.—( IN2017174131 ).
Alba María Viloria García, venezolana, cédula
de residencia 186200151000, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
4601-2017 svs.—San José, al ser las 3:44 del 4 de octubre del 2017.—Selmary
Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017174169 ).
Golfredo Ricardo Mendoza Díaz, venezolano,
cédula de residencia 186200119815, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. 4603-2017.—San José, al ser las 3:27 del 4 de octubre del 2017.—Selmary
Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017174174 ).
Ana Graciela Mendoza Díaz, venezolana, cédula
de residencia 186200198019, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. 4604-2017 svs.—San José, al ser las 3:17 del 4 de octubre del
2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017174179 ).
Alonso Salazar
Martínez, colombiano, cédula de residencia 117000908903, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. 4858-2017.—San José, al ser las 9:14
del 9 de octubre de 2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—(
IN2017174185 ).
Juan Pablo Salazar Rendón, colombiano, cédula
de residencia 117000237722, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. 4859-2017 svs.—San José, al ser las 9:29 del 9 de octubre del
2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—( IN2017174186 ).
Nubia del Carmen Guido
Guido, nicaragüense, cédula de residencia Nº DI 155813454202, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente Nº 4745-2017.—Heredia, Central, al ser
las 06 del 04 de octubre del 2017.—Regional Heredia.—Yarenis Araya García.—1
vez.—( IN2017174208 ).
Miledys Antonia Guerrero, Dominicana, cédula
de residencia 121400109519, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. 4794-2017 jjcv.—San José, al ser las
10:24 del 2 de octubre del 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—(
IN2017174214 ).
Yareli Del Rosario Rugama Herrera, nicaragüense, cédula de residencia
155802517410, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 4696-2017.—San José, al ser las 9:55 del 09 de
octubre de 2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017174239 ).
Enrique Mou Wu, panameño, cédula de
residencia Nº 159100138416, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente Nº 3893-2017.—San José, al ser las 01:26 del 25 de setiembre
del 2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017174286 ).
Raúl Antonio Mendoza
Reyes, nicaragüense, cédula de residencia 155810244717, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. 4499-2017.—San José, al ser las 2:41 horas del 2 de
octubre de 2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017174291 ).
José Napoleón Acosta Melgar, salvadoreño, cédula de residencia N°
DI122200006533, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 4766-2017.—Alajuela, Atenas, al ser las 14:40 horas del 28 de
setiembre de 2017.—David Antonio Peña Guzmán.—1 vez.—( IN2017174473 ).
Jhonatan Estiben
Guzmán Anacona, colombiano, cédula de residencia 117000308400, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 4637-2017.—San José al ser
las 4:02 del 2 de octubre del 2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1
vez.—( IN2017174482 ).
Luis Alfonso Bolívar Restrepo, colombiano,
cédula de residencia 117000905402, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 4631-2017.—San José, al ser las 10:45 del 22 de setiembre
del 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017174513 ).
LLAMADO A
LICITACIÓN
COSTA
RICA
PROGRAMA
DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
CONVENIO DE
PRÉSTAMO 3071/OC-CR Y 3072/CH-CR
LICITACIÓN
PÚBLICA INTERNACIONAL
N° PIT-7-LPI-O-2016
Contratación
del Diseño y Construcción para la Rehabilitación
y Reforzamiento del Rompeolas de
Puerto Caldera
Este llamado a licitación se emite como
resultado del anuncio general de adquisiciones para este proyecto, publicado en
la edición N° IDB51-01/15 del día 16 de enero del 2015.
El
Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), para financiar el Programa de Infraestructura de Transporte,
y se propone utilizar parte de los fondos de este Préstamo para efectuar los
pagos estipulados en el contrato para el Diseño y Construcción de la
rehabilitación y reforzamiento del Rompeolas de Puerto Caldera, en Costa Rica.
La
licitación se regirá por las reglas y los procedimientos de elegibilidad del
Banco Interamericano de Desarrollo. La Unidad Ejecutora del Programa invita a
los oferentes elegibles a presentar ofertas selladas para el diseño y
construcción del mencionado trabajo, según el siguiente detalle:
Reforzamiento de 594 (250+344) m
de rompeolas, reforzamiento y acondicionamiento de 506 (86+420) m de zona de
rompeolas con camino, 51 m de rehabilitación de rompeolas y 240 m de
acondicionamiento de camino de acceso, además se rematará el rompeolas con un
morro donde se dispondrá una Baliza, que deben incluirse también. Provincia de
Puntarenas, plazo de entrega 180 días calendario de diseño y 360 días
calendario de construcción, a partir de la orden de inicio del contrato.
La licitación se efectuará conforme a los
procedimientos de licitación pública internacional, establecidos en la
publicación del Banco Interamericano de Desarrollo titulada: Políticas para
Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo GN 2349-9 y está abierta a oferentes provenientes de todos los
países que se especifican en dichas políticas.
Los
oferentes elegibles que estén interesados, podrán solicitar información
adicional y retirar los documentos de licitación en la Unidad Ejecutora del
Programa, en la dirección que se indica infra (de la Unidad Ejecutora
del Programa) a partir del viernes 20 de octubre de 2017, en horario de
8:30 a 15:30 horas. También podrán solicitar acceso para obtener un juego
completo de documentos de licitación en español, mediante un correo electrónico
a la dirección adquisiciones@ueppitcr.com sin costo alguno. Tanto si se retiran
los documentos en la sede de la Unidad Ejecutora o si se hace solicitud de los
mismos por medio de correo electrónico el solicitante deberá señalar una
dirección de correo electrónico para recibir sus notificaciones durante el
proceso.
Las
ofertas deberán entregarse en la “Sala de Reuniones de la Proveeduría
Institucional” ubicada en el Plantel Central del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, a más tardar el día 1 de diciembre de 2017, antes de las 10:00
horas. Todas las ofertas deberán ir acompañadas de una Garantía de la
Oferta por un monto de US $260.000,00 (doscientos sesenta mil dólares exactos,
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (Según formulario
indicado en la Sección IV), la que deberá ser válida por un plazo de al menos
120 (ciento veinte) días contados a partir de la Fecha de Apertura. Las ofertas
que lleguen tarde serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los
representantes de los oferentes y de todas aquellas personas que quieran
asistir, en la “Sala de Reuniones de la Proveeduría Institucional” del MOPT, el
día 1 de diciembre del 2017, a las 10:20 horas de Costa Rica.
Se
realizará una reunión informativa a las 10:00 horas del 2 de noviembre de
2017, en las oficinas de la Policía de Tránsito del MOPT, ubicadas 200
metros al oeste del plantel central del MOPT, costado sur gimnasio Liceo de
Costa Rica, Avenidas 20 y 22 Calles 9 y 11 Plaza González Víquez, San José.
Todas las empresas interesadas deben confirmar su asistencia con 4 días hábiles
de antelación al correo adquisiciones@ueppitcr.com, por razones de espacio se
sugiere la participación de máximo 2 representantes por empresa.
Se
efectuará una visita previa al sitio de la obra el día 1 de noviembre de
2017, se debe confirmar al correo antes señalado 5 días hábiles antes de la
fecha indicada, los datos de las personas y la cantidad que realizarán la
visita para cada una de las empresas interesadas (máximo 2 personas por
empresa) donde se dará mayor detalle de la visita al sitio. Los gastos
relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente. La visita no es
obligatoria, quien no asista podrá presentar oferta, pero se recomienda la
asistencia al sitio.
La dirección del Contratante
(Unidad Ejecutora del Programa) es:
Unidad Ejecutora del Programa de
Infraestructura de Transportes
Atención: Esteban Zúñiga Salas. Especialista
en Adquisiciones
Dirección: San José, Piso 8 de la Torre
Mercedes, Paseo Colón, oficina de la Unidad Ejecutora INECO&ACCIONA,
ubicada en Costa Rica. Teléfono: (506) 4020-4800.
Dirección electrónica: adquisiciones@ueppitcr.com
Tomas Antonio Figueroa
Malavassi.—1 vez.—( IN2017177434 ).
GERENCIA
DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN
EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL
(Audiencia
previa)
Equipos
de Rayos X móviles con entrega según demanda
Los interesados pueden retirar el borrador
del cartel en formato digital, en caso de tener observaciones, se deben aportar
por escrito el día de la audiencia.
Lugar
de la audiencia y retiro de cartel: Dirección Equipamiento Institucional, piso
Nº 3 edificio Jiménez, calle 3, avenidas 1era y central, recepción subárea
Gestión Administrativa y Logística (SAGAL), horario de lunes a viernes de 8:00
a. m. a 4:00 p. m.
Fecha
de la audiencia: miércoles 25 de octubre de 2017
Hora:
9:00 horas
Más
información: Tel. 2539-1174.
San José, 19 de octubre
del 2017.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Jorge Hidalgo
Moraga.—1 vez.— ( IN2017177241 ).
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
PROCESO
DE PROVEEDURÍA
INVITACIÓN
Se invita a los potenciales oferentes a
participar en el siguiente Proceso de Contratación Administrativa:
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000021-01
Contratación
de servicio de vigilancia
de las instalaciones municipales
Se recibirán ofertas hasta las 09:00 a. m.
horas del martes 14 de noviembre del 2017.
El
pliego de condiciones podrá obtenerse en forma digital a través de sitio web
www.escazu.go.cr o en la oficina de Proveeduría, para lo cual las personas
interesadas deberán traer un dispositivo de almacenamiento USB libre de virus.
Se advierte que, si el dispositivo USB se encuentra infectado, no se
transferirá el archivo solicitado. El horario para gestionar la solicitud de
información es de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 4:00 p. m.
Para
mayor información comunicarse con la Proveeduría Municipal al teléfono
2208-7573.
Licda. Laura Cordero Méndez,
Proveedora Municipal.—1 vez.— O. C. Nº 34863.—Solicitud Nº 97932.—( IN2017177310 ).
MUNICIPALIDAD
DE SAN CARLOS
LICITACIÓN
NACIONAL N° 2017LN-000001-01
Obra
pública, construcción de carpeta asfáltica en camino
2-10-009 Pénjamo de Florencia a
Las Malvinas
Ciudad Quesada San Carlos
El Departamento de Proveeduría Municipal de
San Carlos invita a todas aquellas personas físicas y jurídicas a participar en
el proceso de Licitación Nacional N° 2017LN-000001-01 Proyecto “Obra pública,
construcción de carpeta asfáltica en camino 2-10-009 Pénjamo de Florencia a Las
Malvinas Ciudad Quesada San Carlos”, para lo cual se recibirá ofertas hasta las
10:00 horas del 30 de noviembre del 2017.
Visita
Previa
Se
realizará visita previa a las 09:00 horas del día 08 de noviembre del 2017
proyecto denominado “Obra pública, construcción de carpeta asfáltica en camino
2-10-009 Pénjamo de Florencia a Las Malvinas Ciudad Quesada San Carlos”,
saliendo de la Municipalidad de San Carlos, los oferentes deben presentarse en
primero a la Proveeduría de la Municipalidad de San Carlos para de ahí partir
al lugar de la obra.
El
Cartel de Licitación deberán retirarlo en la oficina del Departamento de
Proveeduría de la Municipalidad de San Carlos, primer piso del Palacio
Municipal; costado sur, del parque de Ciudad Quesada, o mediante solicitud por
escrito que puede enviar al fax 2460-2556 o al e-mail, luisvh@munisc.go.cr,
dicho cartel será enviado únicamente vía electrónica.
Lic. Luis Miguel Vargas
Hernández, Encargado de Licitaciones.—1 vez.—( IN2017177277 ).
MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN
PRESELECCIÓN O ELEGIBILIDAD DE CONSULTORES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000020-01
Contratación de
servicio para estudio y elaboración de planos,
diseño y presupuesto para la modernización del
acueducto del cantón de La Unión
La Municipalidad de
La Unión, por este medio, invita a participar en la Licitación abreviada N°
2017LA-000020-01, e indica que recibirá ofertas hasta las 11:00 (a. m.) horas
del jueves 09 de noviembre del 2017.
“Contratación de servicio para estudio y
elaboración de planos, diseño y presupuesto para la modernización del acueducto
del cantón de La Unión”.
Este proceso corresponde a la primera etapa:
“Proceso de Pre-selección o Elegibilidad de Consultores”, los cuales serán
considerados para la siguiente fase de la contratación.
El cartel correspondiente puede ser solicitado
y retirado en forma personal o por medios electrónicos, en forma gratuita,
estamos ubicados en Tres Ríos, La Unión, Cartago, costado norte de la Plaza de
Cultura y las Artes, (antiguo Parque Central de Tres Ríos), edificio esquinero,
dos plantas, color verde; tel-fax 2279-1070, correo electrónico
mduran@nnunilaunion.go.cr.
La Unión, 18 de octubre del 2017.—Subproceso de Proveeduría.—Marvin
Durán Vega, Proveedor.—1 vez.—( IN2017177201 ).
MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000004-01
Servicio de vigilancia para los planteles
municipales
de Esparza y Marañonal prorrogable
hasta un máximo de cuatro años
La Municipalidad de
Esparza, le invita a participar del proceso licitatorio para contratar los
servicios de la vigilancia privada para los dos planteles municipales, se
estarán recibiendo ofertas hasta las diez horas del día jueves 15 de noviembre
del 2017 en la Proveeduría, ubicada en el Palacio Municipal en Esparza, avenida
01, entre calles 4 y 6. El cartel puede ser solicitado personalmente de lunes a
viernes de 07 a. m. hasta las 3 p. m. o bien solicitarlo al correo
ycortes@muniesparza.go.cr.
Yesenia Bolaños Barrantes, Gestora Administrativa.—1 vez.—( IN2017177321
).
MUNICIPALIDAD DE LIMÓN
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000016-01PM
Alquiler de iluminación temática navideña con
pasacalles,
árbol temático, osos y venados de piso
La Unidad de Bienes y
Servicios de la Municipalidad del Cantón Central de Limón, invita a las
personas físicas y jurídicas, inscritas o no como tales en Registro de
Proveedores de esta municipalidad, a participar en la Licitación Abreviada N°
2017LA-000016-01PM, para el “Alquiler de iluminación temática navideña con
pasacalles, árbol temático, osos y venados de piso”.
Las ofertas se recibirán en este departamento
hasta las 14:00 horas del 01 de noviembre del 2017 de acuerdo a la hora que
indique el reloj de la unidad de bienes y servicios.
El cartel con las especificaciones técnicas y
condiciones legales está a disposición de los interesados en las oficinas de la
unidad de Bienes y Servicios de la municipalidad del Cantón central de Limón,
de lunes a viernes de 8:00 a 4:00 podrán también los interesados solicitarlo a
los telefax: 2758 0219 y 275844 44, exts. 101, 102, o al correo electrónico
proveeduriamunilimon@gmail.com.
Limón, octubre del 2017.—Departamento de Bienes y Servicios.—Leidy
Vásquez Calderón.—1 vez.—( IN2017177269 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000019-PRI
Servicio
de limpieza en la Región Chorotega
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante
Resolución de Gerencia Nº GG-2017-807 de fecha 11 de octubre del 2017, se
adjudica la presente licitación a: Oferta N° 4 Alavisa de Cañas S.A.L.,
por un monto total anual de ¢71.088.000,00.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
Dirección
Proveeduría.—Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O.C. N° 6000002134.—Solicitud
N° 97988.—( IN2017177411 ).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000002-08
Concesión
y explotación de soda para el Centro
Regional Polivalente de San
Isidro
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Brunca, informa el resultado de la resolución de la Licitación Pública
N° 2017LN-000002-08 “Concesión y explotación de soda para el Centro Regional
Polivalente de San Isidro. Quedando de la siguiente manera: De conformidad con
el informe de recomendación URB-PA-488-2017, mismo que se fundamenta en el
análisis legal, oficio AL-541-2017 y los resultados del estudio técnico que constan
en el oficio URH-DRH-619-2017 de las ofertas recibidas, la razonabilidad del
precio del servicio cotizado, el cartel de la contratación, así como la
metodología de evaluación y comparación de ofertas; Declarar infructuosa la
Licitación Pública Nº 2017LN-000002-08, debido a que ninguna de las ofertas que
se recibieron fueron admitidas técnicamente. Aspectos considerados y con
evidencia en el acta 1481 de fecha miércoles 18 de octubre del año 2017.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 97906.—( IN2017177312 ).
COMPRA
DIRECTA Nº 2017CD-000105-03
Compra
de mobiliario para clínicas de medicina
El ingeniero Fabián Zúñiga Vargas, Encargado
del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del
Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión ordinaria 075-2017, celebrada
el día 18 de octubre del 2017, artículo I, folio 109, tomó el siguiente
acuerdo:
a. Adjudicar la Compra Directa 2017CD-000105-03, Compra de Mobiliario
para Clínicas de Medicina, según dictamen técnico URH-US-0160-2017, el dictamen
administrativo URCOC-PAS-IR-0118-2017, realizados por las dependencias
responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación
consignados en el punto 3 del cartel, de la siguiente manera:
• Adjudicar las líneas N° 1 y 2, a la oferta N° 2, Muebles
Metálicos Alvarado S. A., por un monto de ¢125.000.00, por cumplir con lo
estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega
de 15 días hábiles
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Diaz, Jefe.—1 vez.—O.C.
25344.—Sol. 97905.—( IN2017177316 ).
POPULAR
VALORES PUESTO DE BOLSA S. A.
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2017CD-000021-01
Contratación
de una empresa para la verificación del inventario de gases del efecto
invernadero de
Popular
Valores Puesto de Bolsa S. A. y la
verificación de carbono
neutralidad
para el
Periodo Fiscal 2016-2017
Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A., avisa
a los interesados en la contratación directa antes mencionada, que por medio de
la Resolución Administrativa N° 24-2017 del 18 de octubre del 2017 se acordó
adjudicar este proceso de contratación administrativa, de la siguiente manera:
Adjudicatario: Asociación Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica
(INTECO), cédula jurídica 3-002-087432. Monto total adjudicado: $2.500,00
(dos mil quinientos dólares exactos) Todo de acuerdo con las condiciones y
requisitos del cartel y los términos de la oferta del adjudicatario.
San José, 19 de octubre del 2017.—Servicios
Administrativos.—Lic. Ricardo Hernández Agüero, Jefe.—1 vez.—( IN2017177262 ).
MUNICIPALIDAD
DE ZARCERO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000008-OPMZ
Mejoramiento
caminos vecinales
El Concejo Municipal de Zarcero, en la sesión
ordinaria Nº 94 celebrada el 17 octubre 2017, adjudica a la empresa Transportes
Mapache S. A., cedula jurídica 3-101-651337 de la siguiente manera:
Línea Nº 1: Para el proyecto Ruta alterna
Lajas-Los Ángeles (código camino 2-11-012): por un monto de 50.000.000,00
millones de colones (Cincuenta millones de colones exactos), con el propósito
de ampliar la carpeta asfáltica a más longitud. Las cantidades a colocar de más
sería: Colocación de 325.215 m3 de Sub-Base. Colocación de 216,81 m3
de Base. Colocación de 249,33 toneladas de mezcla asfáltica en caliente. Por lo
que las cantidades totales a colocar con la ampliación serían: Colocación de
662.715 m3 de Sub base. Colocación de 441,81 m3 de Base.
Colocación de 508,33 toneladas de mezcla asfáltica en caliente. Línea Nº 2:
Mejoramiento camino principal Los Ángeles, Santa Rosa y La Legua. (Cód. Camino
2-11-018).): Por un monto de 40.000.000,00 millones de colones (Cuarenta
millones de colones exactos), con el propósito de ampliar el bacheo a más
longitud y área. La cantidad a colocar de más sería: Colocación de 211,16
toneladas de mezcla asfáltica en caliente. Por lo que la cantidad total a
colocar con la ampliación sería: Colocación de 661,16 toneladas de mezcla
asfáltica en caliente. La empresa deberá brindar en su totalidad para todas las
actividades de la ampliación del monto el suministro, acarreo, colocación y
acabado final bajo las mismas especificaciones técnicas y parámetros del
cartel.
Zarcero, 18 octubre del 2017.—Proveeduría
Municipal.—Vanessa Salazar Huertas.—1 vez.—( IN2017177318 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
PA-00416-2017.—29 de setiembre del
2017.—Expediente N° 2017PA-018.
PARA VER LA IMAGEN SOLO EN LA GACETA EN FORMATO PDF
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
CURSADO A
HAROLD RAGA MONROE
(Taller de Carrocería y Pintura
Zumo Automotriz)
Contratación
Exceptuada N° 2016PP-E16005M-UCE
servicio de valoración y
reparación de daños de vehículos
con supervisión y ajuste remoto
o presencial
ACTO DE
APERTURA
El Instituto Nacional de Seguros, en adelante
llamado únicamente el Instituto o el INS, al amparo de lo establecido en los
artículos 212 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, 642 y 644
Título XXVIII “A las contrataciones exceptuadas del INS” del Manual de
Disposiciones Administrativas, ha dispuesto el inicio de un Procedimiento
Administrativo contra Harold Raga Monroe (Taller de Carrocería y Pintura Zumo
Automotriz), en adelante llamado únicamente El Contratista, para determinar
presuntos incumplimientos contractuales y la procedencia de la resolución
contractual, derivados de la Contratación Exceptuada N° 2016PP-E16005M-UCE “Servicio
de Valoración y Reparación de Daños de Vehículos con Supervisión y Ajuste
Remoto o Presencial”, acogiendo la solicitud que en ese sentido hiciera el
Centro de Gestión de Reclamos de Automóviles, mediante oficio CGRA-14175-2017
del 26 de junio del 2017 y CGRA-20318-2017 del 19 de setiembre del 2017.
Al
efecto se ha designado a la funcionaria Katherine Phillips Quesada, de la
Proveeduría, quien actuará como Órgano Director del procedimiento.
Una vez
analizado el caso y sometido a conocimiento del Órgano Director, se procede de
la siguiente manera:
I.-APERTURA DEL
PROCEDIMIENTO. FINES Y PROPÓSITOS
Iniciar el presente
procedimiento administrativo, con el fin de determinar la verdad real de los
hechos descritos en oficio CGRA-014175-2017 del 26 de junio del 2017; en el
cual el Centro de Gestión de Reclamos de Automóviles, solicitó la resolución
del contrato.
La
presente investigación administrativa no conlleva ninguna valoración previa en
perjuicio de la contratista investigada, sino que únicamente busca establecer
la verdad real de los hechos que le fueron previamente endilgados.
Para
dar cumplimiento a la solicitud del Centro de Gestión de Reclamos de
Automóviles, este Órgano Director estipula:
II.-ANTECEDENTES
1. El día 29 de abril del 2016, mediante oficio número
PROV-01946-2016, la Proveeduría del Instituto hizo público el cartel del
concurso de la Contratación Exceptuada N° 2016PP-E16005M-UCE “Servicio de
Valoración y Reparación de Daños de Vehículos con Supervisión y Ajuste Remoto o
Presencial”. (Folios 65 al 172 del expediente administrativo).
2. El 29 de junio del 2016, Harold Raga Monroe (Taller de Carrocería y
Pintura Zumo Automotriz), presentó formal oferta de participación. (Folios 173
al 196 del expediente administrativo)
3. En oficio DTI-00661-2017 del siete de marzo del 2017, Harold Raga
Monroe (Taller de Carrocería y Pintura Zumo Automotriz), resultó adjudicataria
-entre otros- de la Contratación Exceptuada N°2016PP-E16005M-UCE “Servicio
de Valoración y Reparación de Daños de Vehículos con Supervisión y Ajuste
Remoto o Presencial”. (Folios 197 al 203 del expediente administrativo)
III.-HECHOS
De conformidad con lo señalado en oficio
CGRA-014175-2017 del 26 de junio del 2017 y CGRA-20318-2017 del 19 de setiembre
del 2017 (Folios 01 al 42 y 46 al 62), configuran el elenco de hechos de este
procedimiento los que se exponen a continuación:
1º—En oficio
CGRA-05837-2017 del 10 de marzo del 2017, el Centro Gestión de Reclamos de
Automóviles comunicó al contratista que contaba con un plazo no mayor de tres
meses contados a partir del día siguiente en que se les notificó la
adjudicación, para cumplir con lo establecido en el Capítulo I, Apartado IV “Requisitos
Técnicos para el oferente”, incisos 1 y 2 y lo estipulado en el Apartado
VI. “Requisitos Técnicos para el adjudicatario”, incisos 1, 2 y 3,
siendo que para tal efecto el plazo de máximo de cumplimiento se estableció al
nueve de junio del 2017 y para la solicitud de la prueba de cámaras se requirió
que enviaran la solicitud como máximo 15 días naturales antes del plazo máximo
de cumplimiento. (Folios 33 al 35).
2º—En
correo electrónico del nueve de junio del 2017, el Contratista solicitó la
prueba de cámaras; no obstante se le indicó que debía aportar el formulario
completado, aspecto que fue suplido por el Contratista en la misma fecha.
(Folios 36 al 38).
3º—En
oficio 0 del 13 de junio del 2017, la Unidad Usuaria comunicó al Contratista
que ante eventuales incumplimientos técnicos (no cumplir con conexión el caso
sería remitido al Departamento Proveeduría. (Folios 39 al 40).
4º—En
oficio CGRA-014175-2017 del 26 de junio del 2017 (Folios 001 al 071), la Unidad
Usuaria solicitó la apertura del procedimiento administrativo para la
resolución del contrato, señalando para tal efecto lo siguiente:
(…) “concluida la verificación
por parte del Área de de este
Departamento el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos en la Exceptuada Nº 2016PP-E16005M-UCE “Servicio
de Valoración y Reparación de Daños de Vehículos con Supervisión y Ajuste
Remoto o Presencial”, se establece que a la fecha el oferente N°83: Harold Raga
Monroe (Taller de Carrocería y Pintura Zumo Automotriz) no cumplió con los
requisitos necesarios para la ejecución del servicio contratado; importante
mencionar que el plazo para el cumplimiento de los requisitos técnicos venció
el 09 de junio del 2017.
Dado lo anterior y como parte de
los Requisitos Técnicos para el adjudicatario, indicados en el cartel:
IV. REQUISITOS
TÉCNICOS PARA EL OFERENTE:
1. Expresar en su oferta que garantiza y se compromete a disponer del
equipo técnico debidamente instalado, así como realizar y aprobar las pruebas
de resolución de cámara, audio, vídeo, transmisión de imágenes en tiempo
real por medio de una IP pública y los requerimientos necesarios para la
ejecución del servicio contratado en un plazo no mayor a tres (3) meses
contados a partir del día siguiente a la fecha en que el Instituto le comunique
que ha sido adjudicado, caso contrario no podrá iniciar el servicio contratado,
y se dará lugar a la resolución del contrato. El equipo técnico debe permanecer
instalado y en buen funcionamiento durante todo el período contratado.
En el plazo máximo de 15 días naturales antes del plazo antes citado,
el Adjudicatario debe haber solicitado al INS las pruebas de cámaras por parte
del Instituto se realizaran las pruebas para valorar la autorización, el plazo
se establece con el objetivo de que el Adjudicatario pueda contar con un lapso
para ajustes o correcciones de índole técnico. (El subrayado es nuestro).
Se solicita la resolución del contrato para
el adjudicatario basado en el incumplimiento de los requerimientos
necesarios para la ejecución del servicio contratado, lo anterior considerando
que el adjudicatario solicito las pruebas de cámaras el mismo día del
vencimiento del plazo establecido…”
IV.-PRUEBAS
El expediente administrativo está integrado
en lo pertinente por los siguientes documentos:
- Documentación certificada mediante oficio CGRA-14206-2017 del 26 de
junio del 2017. (Folios 001 al 043).
- Oficio PROV-05322-2017 del 11 de setiembre del 2017. (Folios 44 al
45).
- CGRA-20318-2017 del 19 de setiembre del 2017.
(Folios 46 al 62).
- Oficio PROV-05631-2017 del 27 de setiembre del 2017. (Folios 63 al
64).
- Pliego de condiciones de la Contratación Exceptuada N°
2016PP-E16005M-UCE “Servicio de Valoración y Reparación de Daños de
Vehículos con Supervisión y Ajuste Remoto o Presencial”. (Folios 65 al
172).
- Oferta Harold Raga Monroe (Taller de Carrocería y Pintura Zumo
Automotriz). (Folios 173 al 196).
- Acuerdo de adjudicación de la Contratación Exceptuada N°
2016PP-E16005M-UCE “Servicio de Valoración y Reparación de Daños de
Vehículos con Supervisión y Ajuste Remoto o Presencial”. (Folios 197 al
203).
- Certificación de copias del 28 de setiembre del 2017. (folio 204).
V.-INTIMACIÓN DE PRESUNTAS FALTAS
Una vez concluido el análisis de la
documentación pertinente se presume cometida la siguiente falta:
1. Se presume que la contratista, podría haber infringido lo dispuesto
por el artículo 20 de la Ley de Contratación Administrativa, que establece:
Artículo 20.—Cumplimiento de lo pactado
(…) “Los contratistas están
obligados a cumplir, cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier
manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el
curso del procedimiento o en la formalización del contrato…”
2. Que la contratista supuestamente ha infringido las disposiciones
del pliego cartelario, específicamente la contenida en el Capítulo I, Apartado
IV “Requisitos Técnicos para el oferente”, incisos 1 y 2 (punto h
“Conexión a Internet”).
VI.-CONSECUENCIAS DE LA
EVENTUAL VERIFICACIÓN DE FALTAS
De acuerdo con la gravedad del caso y el
incumplimiento de obligaciones que eventualmente se determine en el presente
proceso, el Instituto quedará facultado para:
ÚNICO.—Resolver el contrato administrativo entre
el Instituto Nacional de Seguros y Harold Raga Monroe (Taller de Carrocería y
Pintura Zumo Automotriz), derivado de la Contratación Exceptuada
N°2016PP-E16005M-UCE “Servicio de Valoración y Reparación de Daños de Vehículos
con Supervisión y Ajuste Remoto o Presencial”, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 642 y 644 del Manual de Disposiciones Administrativas.
VII.-NORMATIVA APLICABLE
1. Manual de Disposiciones Administrativas, título XXVIII “A las
contrataciones exceptuadas del INS”.
2. Ley de Contratación Administrativa.
3. Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa.
4. Ley General de la Administración Pública.
5. Cartel de la Contratación Exceptuada N°E16005-UCE (CGRA-002)
N°2016PPE16005M-UCE “Servicio de Valoración y Reparación de Daños de
Vehículos con Supervisión y Ajuste Remoto o Presencial”.
VIII.-FASES DEL PROCEDIMIENTO
El procedimiento da inicio con el presente
Traslado de Cargos, en el que se emplaza a la contratista para que presente los
alegatos y prueba de descargo ante el Órgano Director. Para el efecto se le
otorga un plazo único e improrrogable de diez días hábiles contados a partir
del recibido de la presente notificación, de conformidad con lo que establece
el artículo 644 del Manual de Disposiciones Administrativas, título XXVIII “A
las contrataciones exceptuadas del INS”.
Posteriormente,
luego del análisis de toda la probanza aportada al expediente, el Órgano
Director emitirá un informe final que será remitido a la Jefatura del
Departamento Proveeduría para que dicte la Resolución Final.
IX.-ACCESO AL EXPEDIENTE
Toda la documentación aportada a este
expediente puede ser consultada y fotocopiada a costa del interesado en la
oficina del Órgano Director, ubicada en el edificio principal del Instituto
Nacional de Seguros, piso 8, Departamento de Proveeduría.
X.-DERECHO DE HACERSE ASISTIR POR UN
PROFESIONAL EN DERECHO
La parte llamada a este procedimiento tiene
derecho a hacerse asistir por un profesional en Derecho durante la tramitación
del presente procedimiento.
XI.-OFRECIMIENTO DE PRUEBA
Se le previene a la parte llamada a este
procedimiento que toda prueba que tenga en su poder en relación con este
asunto, deberá ofrecerla y aportarla en la oficina de este Órgano Director,
ubicada en el edificio principal del Instituto Nacional de Seguros, Piso 8,
Departamento de Proveeduría, dentro del plazo concedido. Lo anterior bajo
apercibimiento de no recibir ninguna prueba fuera de ese período, excepto la
que el Órgano Director, de oficio o a petición de parte, ordene para mejor
resolver por considerarla indispensable para el establecimiento de la verdad
real.
XII.-FUNDAMENTO DEL PROCESO
El presente proceso se lleva a cabo con
fundamento en la Ley de Contratación Administrativa, su Reglamento, Ley General
de la Administración Pública, el Código Procesal Contencioso Administrativo, la
normativa administrativa, y las demás normas escritas y no escritas, con rango
legal o reglamentario y la Constitución Política.
XIII.-NOTIFICACIONES
El contratista señaló como lugar de
notificaciones San José, Avenida 10, 100 metros norte del Bar La Americanita,
teléfono 8815-2048, correo electrónico tallerzumo@gmail.com (Folio191).
Dado en San José, a las catorce horas del 29
de setiembre del 2017.
Licda. Katherine Phillips
Quesada, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 18523.—Solicitud Nº
96966.—( IN2017175700 ).
LICITACIÓN ABREVIADA No. 2017LA-000024-DCADM
(Enmienda N° 1)
Compra de solución de control
de acceso a la RED NAC
Se les comunica a
todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la
Enmienda N° 1 de oficio al cartel, puede ser retirada en la División de
Contratación Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de la
sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a
viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m.
Área de Gestión y Análisis de Compras AGAC-1659-2017.—Licda. Ana
Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017177398 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000017-DCADM
(Prórroga N° 1)
Contratación
de profesionales externos en ingeniería
civil,
ingeniería técnica en construcción y
arquitectura,
ingeniería agrónoma e
ingenieríaindustrial
y electromecánica
(consumo
según demanda)
Se les comunica a los
interesados que se prorroga por atención a recursos de objeción interpuestos
ante la Contraloría General de la República, la fecha y hora para la apertura
de ofertas de este concurso, para el día 10 noviembre del 2017 a las 10:00 horas.
Demás
condiciones y requisitos permanecen invariables.
Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Área de
Gestión y Análisis de Compras.—1 vez.—( IN2017177403 ).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL SUR
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000003-2399
(Modificación Nº 1)
Servicios
profesionales de seguridad
y vigilancia para el Área de
Salud Mora Palmichal
Se comunica a los interesados en participar
en el concurso en referencia, que se realizaron modificaciones en las Condiciones
Específicas en los puntos 1 y 2; así como en las Condiciones Técnicas, en las
cláusulas quinta: Equipo e Implementos
y décimo sexta: Multas. La fecha de
recepción y apertura de ofertas se mantiene para el 01 de noviembre del 2017, a
las 10:00 a. m. Las demás condiciones se mantienen invariables.
El
pliego cartelario actualizado se encuentra disponible en la página web
institucional: www.ccss.sa.cr
San José, 18 de octubre del 2017.—Dr. Armando
Villalobos Castañeda, Director Regional.—1 vez.—( IN2017177261
).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL NORTE
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
N° 2017LN-000002-2299
SERVICIOS
INTEGRAL DE LABORATORIO CLÍNICO
ÁREA DE
SALUD ALFARO RUIZ-ZARCERO
(Modalidad
entrega según demanda)
Se les informa a todos los oferentes que
deseen participar de este proceso licitatorio, que el acto de apertura previsto
para el día 27 de octubre del 2017 a las 10:00 a.m., se prórroga por 07 días
hábiles más, quedando el acto de apertura para el martes 07 de noviembre del
2017 a la 10:00 a.m. Lo anterior, por cuanto se encuentra en trámite Recurso de
Objeción al Cartel.
Unidad Regional de Contratación
Administrativa.—Lic. Carlos Humberto Gómez Cruz.—1 vez.—( IN2017177344 ).
PROVEEDURÍA
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
Se avisa a los interesados en el concurso que
se detalla a continuación, que se amplía el plazo para la recepción y apertura
de ofertas de la:
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000012-01
Brazo
articulado para trabajo aéreo sobre camión
Ampliación fecha de apertura: 14 de noviembre
2017, a las 2:00 p. m. (14:00) horas.
Limón, octubre, 2017.—Lic. Walter Anderson
Salomons, Proveedor Administración Portuaria.—1 vez.—O. C. Nº 6401.—Solicitud
Nº 97939.—( IN2017177415 ).
MUNICIPALIDAD
DE GOICOECHEA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000005-01
Construcción
de techo de Mercado Libre de Guadalupe
Se informa que la Licitación Pública N°
2017LN-000005-01 titulada “Construcción de techo de Mercado Libre de
Guadalupe”, se traslada la fecha de apertura al día 20 de noviembre del 2017,
la hora de apertura se mantiene.
Goicoechea, 19 de
octubre del 2017.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Andrés Arguedas Vindas,
Jefe.—1 vez.—( IN2017177307 ).
MUNICIPALIDAD
DE DESAMPARADOS
La Municipalidad de Desamparados comunica que
mediante acuerdo No. 1 de la sesión No. 106-2017 celebrada por el Concejo
Municipal de Desamparados el día 19 de septiembre de 2017, se aprobó el
siguiente proyecto de reforma del Reglamento del Cementerio Jardín de Paz de
San Miguel de Desamparados, el cual se somete a consulta pública de conformidad
con el artículo 43 del Código Municipal:
El artículo 3 se reforma para
que rece del siguiente modo:
Artículo 3º—La Junta Administrativa será el
órgano encargado de dirigir la marcha del cementerio, conforme con lo dispuesto
en la ley N° 5395 y su reglamento. Estará integrada por un mínimo de siete
miembros, entre los cuales habrá, un presidente, un vicepresidente, un
secretario, un tesorero y tres vocales. Además, se nombrará un fiscal, con
derecho a voz pero sin derecho a voto. En el proceso de nombramiento se
respetará la paridad de género. La Junta Administrativa rendirá obligadamente
informe administrativo y financiero, el 30 de junio y el 31 de diciembre de
cada año, teniendo 15 días naturales, después de la fecha de vencimiento, para
presentarlo al Concejo Municipal con copia a la Administración Municipal.”
El artículo 4 rezará del siguiente modo:
“Artículo 4º—La representación de la
Junta Administrativa durará dos años, la cual comienza a regir a partir del
acuerdo de nombramiento de la misma por parte del Concejo Municipal.”
El artículo 5 se modifica para
que rece del siguiente modo:
“Artículo 5º—La representación legal
de la organización la ostenta el presidente de la Junta Administrativa. La
Junta Administrativa será responsable de sus actos frente a terceras personas.
Dicha responsabilidad será solidaria entre los miembros, a menos que alguno de
ellos salve su voto, haciéndolo constar así en el libro de actas respectivo. En
caso de que algún miembro de la junta administrativa renuncie o por cualquier
causa dejara de pertenecer a ésta, el presidente de la Junta deberá enviar una
terna al Concejo Municipal, quien nombrará al sustituto por el resto del
período, considerándose esta sustitución como un período completo. Se entenderá
en el mismo sentido cuando se renueve toda la junta administrativa por
vencimiento del periodo o por nuevo período, que el Presidente deberá efectuar
reunión con los poseedores de derechos y enviar a la Municipalidad, los nombres
de por lo menos tres personas por cada puesto a elegir.”
El artículo 7 se modifica para
que rece del siguiente modo:
“Artículo 7º—La Junta Administrativa
sesionará ordinariamente por lo menos una vez al mes, en el sitio, hora y fecha
determinada por sus integrantes. Sesionará también extraordinariamente, cuando
lo convoque el presidente, o cuatro de sus miembros. El quórum para
sesionar válidamente será de 4 de sus integrantes y los acuerdos serán
tomados por simple mayoría.”
El artículo 24 se modifica para
que rece del siguiente modo:
“…Artículo 24.—Cuando el titular del derecho
posesorio sobre un lote en el cementerio, fallezca, y no estén definidos los derechos habientes, la posesión del
derecho corresponderá a la persona o personas que mediante documentos
demuestren la consanguinidad en primer grado con derecho al mismo o mediante sentencia
firme en proceso sucesorio judicial o notarial, sean declarados como herederos
del mismo.
El artículo 29 se modifica para
que rece del siguiente modo:
Artículo 29.—La Junta dispondrá la
construcción de nichos para alquiler en sitios estratégicos del cementerio,
para darlos en arriendo por un período de cinco años, el cual NO ES RENOVABLE.
Tendrá acceso a un nicho de alquiler cualquier interesado que no tenga derechos
en el cementerio y aquel que, poseyendo un derecho, no pueda utilizarlo en ese momento
por estar ocupado. Siempre que cumpla con lo dispuesto en los artículos 9 y 13
de este reglamento. Los nichos que se encuentran alquilados al momento de
entrar en vigencia el presente reglamento, mantendrán los cuerpos inhumados
hasta que completen los cinco años, contados desde el momento en que fueron
enterrados. Al finalizar el periodo de cinco años la Junta Administrativa podrá
dar en alquiler un osarito, para trasladar los restos por un periodo igual, el
cual es renovable.
Mario Vindas Navarro, Secretario
Municipal.—1 vez.—( IN2017174688 ).
MUNICIPALIDAD
DE ZARCERO
REGLAMENTO
PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO
Y EL COBRO
DEL SERVICIO DE ASEO DE VÍAS Y SITIOS
PÚBLICOS DEL CANTÓN DE ZARCERO
De conformidad con el artículo 43 del Código
Municipal y según el acuerdo del Concejo Municipal tomado en el artículo V,
inciso 5) de la sesión ordinaria Nº 87 del día 28 de agosto de 2017 se tiene
por aprobado el siguiente reglamento.
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Objeto: El presente
reglamento tiene por objeto establecer las regulaciones para la organización y
el funcionamiento del servicio de aseo de vías y sitios públicos que brinda la
Municipalidad de Zarcero, así como las obligaciones de los usuarios y la tarifa
que deberá cancelarse por ese servicio.
Artículo
2º—Glosario: Para los efectos de este reglamento, se entenderá por:
a) Alcalde: el Alcalde o la Alcaldesa de la Municipalidad de
arcero.
b) Concejo: el Concejo Municipal de la Municipalidad de
Zarcero.
c) Contribuyente: persona física o jurídica obligada a cancelar
la tarifa relativa al servicio de aseo de vías y sitios públicos.
d) Cordón y caño: la obra civil superficial construida al borde
de la acera, cuya finalidad es la conducción de las aguas pluviales.
e) Costo: costo financiero en que incurre la Municipalidad por
la limpieza del cordón y caño, las zanjas o canales a cielo abierto, las calles
públicas y en general por el espacio correspondiente al derecho de vía
municipal, que incluye los gastos por servicios personales y no personales,
materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones,
gastos administrativos y utilidad para el desarrollo del sistema.
f) Departamento de Gestión Ambiental: Dependencia municipal
encargada de administrar los temas de servicios municipales y ambientales.
g) Municipalidad: la Municipalidad de Zarcero.
h) Sección de Aseo de vías y sitios públicos: Dependencia
adscrita al Departamento de Gestión Ambiental y encargada de velar por la
limpieza de vías y sitios públicos.
i) Sección de recolección: Dependencia adscrita al
Departamento de Gestión Ambiental y encargada de la recolección de los residuos
sólidos en el cantón de Zarcero.
j) Servicio de Aseo de vías y sitios públicos: aquellas
actividades de barrido y limpieza en el derecho de vía cantonal y en lotes
públicos a nombre de la Municipalidad
k) Sistema de alcantarillado pluvial: Conjunto o red de
tuberías, pozos de registro, tragantes, desfogues pluviales u otras obras
necesarias para la correcta recolección, evacuación y drenaje de la escorrentía
pluvial administradas por la Municipalidad y destinadas a la prestación del
servicio público que se regula en este reglamento
l) Tarifa: tasa que deberán cancelar a la Municipalidad, los
usuarios de bienes inmuebles inscritos o no en el Cantón de Zarcero con el fin
de sufragar los costos que demanda el servicio de aseo de vías y sitios
públicos.
m) Usuario: Propietario o poseedor a cualquier título, de un
inmueble en el Cantón de Zarcero, quien por tal condición está obligado al pago
de la tarifa que cobra la Municipalidad para la limpieza de vías y sitios
públicos.
n) Zanja o canal a cielo abierto: trinchera excavada en la
superficie, en tierra o revestida de concreto o cualquier otro material,
destinada a la conducción de las aguas de lluvia hacia los tragantes.
CAPÍTULO
II
Del
servicio municipal de aseo de vías y sitios públicos
Artículo 3º—Del servicio: El servicio
de aseo de vías y sitios públicos comprende las siguientes actividades:
1) Limpieza o barrido del cordón y caño, liberándolo de residuos
sólidos o cualquier tipo de obstrucción
2) Limpieza de zanjas o canales a cielo abierto, liberándolos de
residuos sólidos, zacate o cualquier tipo de obstrucción
3) Limpieza o barrido de calles públicas y en general del espacio
correspondiente al derecho de vía municipal
4) Limpieza de aceras públicas para liberarlas de residuos sólidos,
zacate y material terrígeno. De completarse el procedimiento expuesto los
artículos 13, 14 y 15 del presente reglamento, el costo de realizar estos trabajos
podrá ser cobrado a una persona física o jurídica según sea el caso.
5) Limpieza de lotes públicos a nombre de la Municipalidad, en lo que
respecta a residuos sólidos, zacate y similares
6) La recolección de los residuos sólidos producto de la limpieza
realizada.
7) Inspección y valoración técnica de las vías y sitios públicos en
donde se ofrece el servicio, tomando en cuenta todas las actividades que
involucra.
8) El establecimiento y cobro de tarifas y multas establecidas en este
reglamento.
Artículo 4º—Dependencia responsable:
Corresponderá al Departamento de Gestión Ambiental de la Municipalidad a través
de sus profesionales y personal de campo, llevar a cabo la prestación de dicho
servicio y el ejercicio de las actividades indicadas en el artículo anterior,
sin perjuicio de que en el cumplimiento de esas tareas requiere de la
coordinación con otras dependencias de la Municipalidad.
CAPÍTULO
III
Del
cobro por el servicio de aseo de vías y sitios públicos
Artículo 5º—Tasa: Por el servicio de
aseo de vías y sitios públicos, la Municipalidad cobrará una tasa, en todos
aquellos sitios del cantón donde existan estructuras superficiales de
conducción pluvial como cordón de caño, zanjas o canales a cielo abierto y se
brinde el servicio
Artículo
6º—Sujeto pasivo: La tasa por el servicio de aseo de vías y sitios
públicos, deberán pagarla todos los propietarios o poseedores por cualquier
título de bienes inmuebles ubicados en el Cantón de Zarcero donde existan
estructuras superficiales de conducción pluvial como cordón de caño, zanjas o
canales a cielo abierto y se brinde el servicio
Artículo
7º—Tarifa: La tarifa se determinará tomando en consideración el costo
efectivo en que incurra la Municipalidad por las actividades que comprenden el
servicio, que comprenderán al menos los costos directos por concepto de
servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de
maquinaria, equipo e instalaciones, gastos administrativos; así como un diez
por ciento de utilidad para el desarrollo del servicio.
Para el
cobro de la tarifa, acorde a las mejoras en las bases de datos y factores de
distribución justa del costo al contribuyente, la Municipalidad podrá utilizar:
a) Metros lineales de frente a la propiedad.
b) Metros cuadrados de la propiedad.
c) Unidades habitacionales dentro de la propiedad.
d) Según el valor de la propiedad.
La Municipalidad aplicará
lo que mejor se adapte a la realidad y condiciones del servicio prestado en el
momento del cálculo de la tasa, debiéndose elevar previamente al Concejo para
su aprobación.
Artículo
8º—Forma y periodicidad de cobro: El cobro se hará en forma trimestral,
por período vencido, conjuntamente con el cobro de los demás servicios o
tributos municipales.
Artículo 9º—Utilidad para el desarrollo: El diez por ciento de
utilidad para el desarrollo que contempla la tarifa del servicio de aseo de
vías y sitios públicos, se destinará prioritariamente a impulsar el
mejoramiento en la prestación del servicio, tanto con recursos humanos, técnicos,
herramientas y equipos entre otros.
Artículo
10—Aprobación y vigencia: Las tarifas relativas al servicio de aseo de
vías serán autorizadas por el Concejo. Entrarán a regir treinta días después de
su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
CAPÍTULO
IV
De los
usuarios
Artículo 11.—Obligaciones: Con el fin
de garantizar el buen estado de los sistemas pluviales superficiales como el
cordón de caño, zanjas o canales a cielo abierto, los usuarios tendrán las
siguientes obligaciones:
a) Garantizar que las rampas de acceso vehicular a predios,
construidas desde el cordón de caño, no constituyan un cuello de botella
producido por el uso de tubería con diámetros inadecuados para tal fin;
cumpliendo además con los establecido en el artículo IV.4.2 del Reglamento de
construcciones y la ley 7600 referente a la construcción de aceras y rampas.
b) Vigilar el uso y reportar ante la Municipalidad el hurto de
parrillas, tapas y en general, cualquier daño producido a cualquiera de los
elementos que conforman el sistema de alcantarillado pluvial.
c) Dar mantenimiento a las zanjas, canales a cielo abierto o acequias
no administradas consideradas como colectores pluviales que atreviesen sus
propiedades, a fin de eliminar la vegetación, los sedimentos o los desechos que
disminuyan su cauce y puedan ser causantes de desbordamiento.
d) Dar aviso a la Municipalidad en el momento que se visualice o
presuma una situación de peligrosidad relacionada con árboles de gran altura
y/o con peligro inminente de caída o arbustos con densidad importante del
follaje que dificulten la visibilidad para conductores o peatones, o puedan
señalar otras situaciones de inseguridad ciudadana.
Artículo 12.—Prohibiciones: Estará
prohibido a los usuarios del servicio de aseo de vías y sitios públicos:
a) Depositar residuos sólidos en el cortón de caño, zanjas, canales a
cielo abierto o cualquiera de los elementos que conforman el sistema de
alcantarillado pluvial.
b) Realizar cualquier tipo de construcción sobre el sistema pluvial
superficial, que le pueda ocasionar daño, o que dificulten las labores de
inspección, limpieza, mantenimiento y reparación.
c) Provocar por cualquier medio, taponamientos o desbordamientos del
sistema pluvial superficial y en general del sistema de alcantarillado pluvial.
d) Construir sistemas de tuberías de evacuación pluvial sobre cauces a
cielo abierto, o pasos de acceso a predios sobre tales cauces, sin la previa
autorización de la Municipalidad.
f) Colocar materiales de construcción, escombros u objetos similares,
sobre el cordón y caño, de tal manera que obstaculicen el paso adecuado de la
escorrentía pluvial superficial.
Artículo 13.—Verificación: al
Departamento de Gestión Ambiental a través de sus dependencias, verificará el
cumplimiento de las obligaciones y prohibiciones establecidas en este
Reglamento. En caso de que se determine algún incumplimiento, esa dependencia
deberá realizar una notificación al propietario o poseedor por cualquier título
del inmueble; en la que se indiquen los trabajos u obras que deberá realizar y
el plazo con que cuenta para ejecutarlas. También podrá denunciar el caso a la
asesoría legal municipal o a instituciones competentes, según corresponda.
Artículo
14.—Plazo: Con el fin de que los usuarios cumplan con los trabajos u
obras cuya realización le fueron apercibidas, se establecerá un plazo entre
tres y diez días hábiles. Cuando la magnitud de los trabajos a realizar, o los
trámites que deba cumplir el administrado ante instancias externas así lo
justifiquen, ese plazo podrá prorrogarse hasta por otro período igual a
solicitud del interesado y a juicio de la Dirección de Servicios Ambientales,
quien deberá otorgar la prórroga por escrito.
Artículo
15.—Renuencia: Una vez transcurrido el plazo incluida la posible
prórroga sin que el usuario haya realizado las acciones necesarias para
corregir la situación prevenida, se le considerará renuente. En tal caso, la
Municipalidad quedará facultada para realizar los trabajos u obras de
mantenimiento prevenidos, trasladándole al usuario o contribuyente el costo
respectivo más un cincuenta por ciento por concepto de penalización y un diez
por ciento por concepto de utilidad por haber realizado los trabajos.
CAPÍTULO
V
Disposiciones
finales
Artículo 16.—Disposiciones supletorias:
En todo lo no previsto en este reglamento, se aplicarán supletoriamente las
disposiciones del Código Municipal, el Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, la Ley de Cobro Judicial, la Ley General de la Administración
Pública, la Ley General de Caminos Públicos, la Ley General de Salud, la Ley de
Aguas, la Ley de Construcciones y su reglamento y cualquier otra ley o
reglamento relacionado con el tema.
Artículo
17.—Vigencia: Este reglamento rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
Zarcero, 10 de octubre del 2017.—Vanessa
Salazar Huertas, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017174901 ).
ASOCIACIÓN
OLIMPIADAS ESPECIALES COSTA RICA
REGLAMENTO
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE BIENES Y
SERVICIOS DE ASOCIACIÓNOLIMPIADAS
ESPECIALES COSTA RICA
Artículo 1º—Ámbito de
Aplicación: Las compras de bienes y contrataciones de obras y servicios
realizadas por OECR se regirán por este Reglamento y por las normas que se
dictaren en consecuencia.
Artículo 2º—Régimen Legal: Todas las contrataciones y compras
se regirán por ley de Contratación administrativa y los límites de contratación
que aplican para el período Presupuestario emitido por la Contraloría General
de la Republica para Olimpiadas Especiales.
En los
supuestos en que por las características del servicio o del mercado o por las
dimensiones de la contratista, tornaren imposible la aplicación de las normas
mencionadas en el párrafo anterior, en razón de cláusulas de adhesión
contenidas en la oferta, podrá prescindirse de ellas, previo aprobación de la
Junta Directiva previamente razonada y justificada en cada caso la
imposibilidad de contratar fuera de esas cláusulas.
Artículo
3º—Principios Aplicable: Todas las compras y contrataciones se
desarrollarán en las etapas que estipula la ley, en un marco que asegure la
transparencia, eficacia, libre competencia, Igualdad, Control y demás que la
Ley contempla.
A tal
efecto, todas las compras y contrataciones se instrumentarán en un expediente,
en el que se dejará constancia de todo lo actuado desde el inicio de las
actuaciones hasta la finalización de la ejecución del contrato. Así se
establece que cada expediente contará con los siguientes documentos:
Solicitud
de adquisición del bien o servicio, firmada por el jefe del departamento
correspondiente, con la debida justificación, esta deberá estar firmada y
autorizada por la Dirección Ejecutiva.
Aprobación del contenido
presupuestario según partidas y subpartidas aprobadas Por la CGR, ICODER y
Junta Directiva de 0E.
Motivación o acto inicial de la
contratación.
Invitaciones y publicaciones:
Contratación Directa: al menos a
tres oferentes potenciales podrá hacerse por correo electrónico.
• Licitaciones Abreviadas será al menos cinco oferentes
potenciales, podrá hacerse por correo electrónico y deberá ser publicada en
medios oficiales de Olimpiadas Especiales.
Licitación Pública: Se publicará
y notificara por medio del Diario Oficial de La Gaceta.
Recepción de las ofertas. En el
expediente constarán todas las ofertas que hubiesen llegado al día y hora
prevista.
Confección del cuadro
comparativo de ofertas.
Confección de la orden de compra
o servicio que será notificada a la empresa adjudicada.
Recibo del bien adquirido con
ingreso oficial a la bodega.
Cancelación Si el plazo 10 días
hábiles de la orden de compra del bien adquirido pata lo cual constará la
factura debidamente autorizada y timbrada por el Ministerio de hacienda
Artículo 4º—Formas de contratar: Todas
las contrataciones y compras se regirán por ley de Contratación administrativa
y los límites de contratación que aplican para el período Presupuestario 2017
emitidos por la Contraloría General de la Republica y Según el Plan operativo
aprobado para Olimpiadas Especiales.
Caja chica: hasta 1.000.000 un
millón de colones
Dada la importancia del uso racional de los
recursos financieros se requiere contar con un Fondo de Caja Chica para
realizar gastos por escasa cuantía en la adquisición de bienes y servicios que
tienen carácter de indispensable, urgente e imprevisto que en definitiva no
pudieron ser planificados o aquellos que por su monto se consideran por escasa
cuantía así definida por este Reglamento.
El
dinero de Caja Chica se depositará en una cuenta del Olimpiadas Especiales N°
100-01-084-000442-3, En Dicha cuenta se utilizará exclusivamente para el manejo
de Caja Chica.
Los
gastos se podrán realizar en efectivo o por medios electrónicos.
Los
gastos aplicables a este Fondo, son imputables únicamente a las partidas
presupuestarias aprobadas en el presupuesto general según Plan Operativo
aprobado por la CGR y el ICODER se clasificaran según las partidas, grupos y
subpartidas presupuestarias.
En caso
de usarse para viáticos, el funcionario deberá presentar la boleta de adelanto
de viáticos, así mismo se debe liquidar los viáticos máximo 7 días hábiles
después del regreso de la gira y si sobra dinero deberá ser depositado en la
cuenta asignada para manejo de Caja Chica.
No se
autorizará un anticipo de dinero a un funcionario que tenga una liquidación de
vale de caja chica o de gastos de viaje y transporte pendiente de liquidar. Se
exceptúan en aquellos casos en que no sea posible efectuar la liquidación por
la cercanía de un próximo viaje, situación que deberá ser comunicada por la
jefatura correspondiente.
Corresponderá
al Director Ejecutivo la responsabilidad del uso y manejo adecuado del Fondo de
Caja.
B. Contratación Directa por escasa cuantía. compras de 1.000.000 a
8.000.000 millones de colones
La Dirección Ejecutiva en
cumplimiento cabal de lo indicado en el Plan Operativo Anual podrá autorizar
compras hasta 8 millones de colones. Siempre y cuando se cumpla con todo lo
indicado en el Artículo 2y 3 de este reglamento.
C. Compras mayores a 8.000.000 millones de colones hasta 81.000.000
millones de colones.
Siempre con apego al Plan
Operativo Anual establecido, todas las compras de bienes y servicios que estén
en este rango presupuestal requerirán de una aprobación de Comité Consultivo
creado para esta situación, conformado por la Presidencia, la Dirección
Ejecutiva, la Dirección de Deportes y Encargado del programa específico y
encargado Financiero
D. Compras mayores a 81 millones de colones.
Las adquisiciones con montos
mayores a 81 millones deben tener la aprobación de la Junta Directiva para
proceder con los trámites indicados en el Artículo 2 y3.
Formas de contratar-plazos,
topes y quien aprueba
PARA VER LA IMAGEN SOLO EN LA GACETA EN FORMATO PDF
El
presente Reglamento fue aprobado en la Sesión de Junta Directiva del 22 de
setiembre de 2017, según consta en 22 e1 acta N° M132, acuerdo N° 4.
Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2017174370 ).
COSTA RICA TENNIS CLUB S. A.
El Costa Rica Tennis Club S. A., avisa a los
accionistas publicados por segunda vez en el Diario Oficial La Gaceta,
que, al tenor de la cláusula octava de los estatutos sociales, y el artículo
47, inciso e): “se les cancelará la condición de socio por acuerdo de la junta
directiva, al socio que dejare de pagar dos o más cuotas mensuales consecutivas
o mantener la acción con saldos atrasados a más de 60 días. El lunes 30 de
octubre del 2017, a las 8:00 horas en el salón principal del club. Sita: Sabana
Sur, San José, mediante notario público o corredor jurado, se rematará al mejor
postor acciones, estas acciones por mantener por más de dos meses deudas con la
sociedad.
Socio Acción Nombre
del Socio
158 3131 Alfaro
Gambassi Andrea María
340 1986 Andrade
Vera Álvaro Javier
348 677 Angulo
Campos Alexander
583 2167 Arrieta
Salas Carlos
616 3168 Atehortúa
Fernández José Alberto
676 2443 Azofeifa
Aguilar José Martín
756 1214 Barquero
Dodero Carlos Luis
1718 2111 Cascante
Duarte Carlos Luis
1793 1961 Castro
Echeverri Juan Diego
1938 3357 Céspedes
Rovira Mauricio José
2380 3596 Chacón
Bolaños Karen
2569 3618 Chung Ho Hsien Kang (Michael)
2578 737 Dahik
Garzozi Alberto
2666 1432 De
la Pava Correa Gustavo
2855 2198 Durán
Salas Carolina
3096 1735 Evans
Salas Alberto
3235 3171 Fernández
Aguilar Daniel Eduardo
Socio Acción Nombre
del Socio
3351 2570 Figueroa
Vásquez Jorge
3805 3143 Pfizer
Zona Franca, S. A.
4365 916 Hernández
Canepa Priscilla Esther
4380 995 Herrera
Amiguetti Juan José
4578 2131 Jaikel
Gazel Rodrigo
4658 1746 Jiménez
Delgado María del Rocío
4674 1830 Jiménez
Garnier Ana Marcela
4788 2661 Jiménez
Ulate Álvaro
5038 2890 Landmann Volker
5050 Lao
Ruiz Franz Gabriel
5407 3144 Pfizer
Zona Franca, S. A.
5555 2233 Madrigal
Cerdas Adrián
5852 93 Méndez
Libby Eugenio
6397 2247 Moya
Soto Eric Vinicio
6561 3277 Ocampo
Corella Esteban Antonio
7016 1739 Peña
Ortega Pablo Mauricio
7259 3710 Prada
Sánchez Sergio
7314 2811 Quintana
Cavallini Andrés
7462 3231 Redondo
Vega Allan Alberto
7493 2944 Retana
Zamora Natalia
7745 1553 Rojas
Joyel Iván
8033 2362 Sanabria
Mena Francisco
8062 3631 Sánchez
Murillo Óscar
8190 977 Schecher Glenn Robert
9227 1305 Vargas Sánchez Jorge Mario
Nota: Si ya usted
canceló, hacer caso omiso a su nombre en esta lista.
San José, 02 de
octubre del 2017.—Junta Directiva.—Luis Montero Esquivel, Secretario.—1 vez.—(
IN2017174117 ).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-3603-2017.—Benavides Arce José Daniel,
R-286-2017, cédula Nº 1-1322-0849, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Ingeniero, grado de Máster, Instituto Nacional de Ciencias Aplicadas de
Tolosa, Francia. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 31 de agosto, 2017.—Oficina de
Registro e Información.—MBA. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C.
Nº 205177.—Solicitud Nº 96251.—( IN2017173909 ).
ORI-3608-2017.—Ulloa Iglesias Carmen
Lorena, R-292-2017, libre condición 155825323832, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Enfermera Profesional, Universidad Politécnica de
Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar información de la
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 31 de agosto del 2017.—Oficina de Registro e Información.—MBA.
José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 96252.—(
IN2017173911 ).
ORI-4385-2017.—Machado Sojo Raybeth
Dayana, R-328-2017, Residente Permanente 186200636532, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Licenciada en Bioànalista, Universidad Central de
Venezuela, Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 12 de setiembre de 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
205177.—Solicitud N° 96254.—( IN2017173914 ).
ORI-4402-2017.—Karmary Garbi
Avancinez, R-329-2017, permiso laboral 135-536529, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Licenciada en Enfermería, Universidad de Los Andes,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 12 de setiembre del 2017.—MBA. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.
C. Nº 205177.—Solicitud Nº 96255.—( IN2017173916 ).
ORI-4343-2017.—Salas Matamoros,
R-330-2017, cédula número 4-0188-0225, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctor: Especialidad Astrofísica, Universite de Recherché París
Sciences Et Lettres-Psl Research University,
Francia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 08 de setiembre del 2017.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 205177.—Solicitud N° 96256.—( IN2017173917 ).
ORI-4363-2017.—Herrera Murillo María
Natalia, R-331-2017, cédula 206890751, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Ingeniería en Negocios y Tecnologías de Información, el Instituto
Tecnológico Superior de Monterrey, México. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 11 de setiembre de 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
205177.—Solicitud N° 96258.—( IN2017173918 ).
ORI-4328-2017.—Bernardi María Elisa,
R-334-2017, residente temporal: 138000232617, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Ingeniero Civil, Universidad Nororiental Privada “Gran
Mariscal de Ayacucho”, Venezuela. La persona interesada en aportar información
de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 08 de setiembre del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205177.—Solicitud N°
96259.—( IN2017173922 ).
ORI-4395-2017.—Bertol Sala Murillo,
R-335-2017, cédula 110350501, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Philosophiae Doctor (PH.D.), Universidad de Laval, Canadá. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de setiembre de
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. Nº 205177.—Solicitud Nº 96260.—( IN2017173923 ).
ORI-4419-2017.—Farah Guzmán Rashida
Shajide, R-336-2017, cédula 1-1343-0820, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctora en Medicina, Escuela
Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 13 de setiembre, 2017.— Oficina de Registro e
Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.— 1 vez.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 96273.—(
IN2017173925 ).
ORI-4389-2017.—Marquez Puerta
Andreína del Valle, R-339-2017, Pasaporte 126919460, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Abogado, Universidad Andrés Bello, Venezuela. La
persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de setiembre
del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 205177.—Solicitud N° 96276.—( IN2017173927 ).
ORI-4379-2017.—Carballo
Arce Ana Francis, R-340-2017, cédula 1-0927-0279, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctorado en Química, University of Ottawa, Canadá. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de
setiembre, 2017.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205177.—Solicitud Nº 96278.—( IN2017173929 ).
ORI-4410-2017.—Lobo
Méndez Kenneth, R-341-2017, cédula Nº 2-0555-0804, solicitó reconocimiento y
equiparación del título de Máster Universitario en Energía, Universidad
Complutense de Madrid, España. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 12 de setiembre del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud
Nº 96279.—( IN2017173930 ).
ORI-4339-2017.—Balmaceda Arias
Alejandra, R-342-2017, cédula Nº 9-0060-0404, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Máster en Administración de Empresas, Instituto
Centroamericano de Administración de Empresas, Costa Rica. La persona
interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de setiembre del
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. Nº 205177.—Solicitud Nº 96282.—( IN2017173934 ).
ORI-4472-2017.—Rivera Siles Alan
Ripsimes, R-344-2017, condición restringida 155825610703, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Doctor en Medicina y Cirugía,
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de setiembre, 2017.—Oficina de
Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 205177.—Solicitud Nº 96285.—(
IN2017173936 ).
ORI-4248-2017.—Irra
de La Cruz Alberto, R-346-2017, pasaporte: G10678462, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Licenciado en Derecho, Instituto Tecnológico Autónomo
de México, México. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 06 de setiembre del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205177.—Solicitud N°
96286.—( IN2017173937 ).
ORI-4354-2017.—Chaves
Guerrero Cynthia Alejandra, R-348-2017, cédula 1-775-129, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Maestra en Administración de
Instituciones Educativas, México. La persona interesada en aportar información
de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 11 de setiembre, 2017.—Oficina de Registro e
Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. N°
205177.—Solicitud N° 96289.—( IN2017173940 ).
ORI-4436-2017.—Calero Ibarra María
Joaquina, R-350-2017, cédula de residencia: 155825985215, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Turismo Sostenible,
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 13 de setiembre del 2017.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205177.—Solicitud Nº 96290.—( IN2017173941 ).
ORI-4435-2017.—Chaves
Hernández Ricardo, R-351-2017, cédula 109050297, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Maestría en Creación Artística Contemporánea,
Universidad de Aveiro, Portugal. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 13 de setiembre del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
205177.—Solicitud N° 96291.—( IN2017173943 ).
ORI-4466-2017.—Zamora Rojas Priscilla
Adriana, R-352-2017, cédula Nº 1-1376-0447, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Máster en Derecho Tributario, Georgetown University,
Estados Unidos. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de setiembre del 2017.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205177.—Solicitud Nº 96293.—( IN2017173944 ).
ORI-4425-2017.—Pereda Pérez Ana,
R-354-2017, pasaporte: AAI855223, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Arquitecta, Universidad Francisco de Vitoria, España. La persona
interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 13 de setiembre del
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 205177.—Solicitud N° 96296.—( IN2017173947 ).
ORI-4430-2017.—Zamora Leandro Erika
Patricia, R-355-2017, cédula N° 108600028, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Maestra en Recursos Hidráulicos, Universidad de San
Carlos de Guatemala, Guatemala. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 13 de setiembre del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
205177.—Solicitud N° 96297.—( IN2017173951 ).
ORI-4468-2017.—Arias Valdés Ximena
Covadonga, R-356-2017, libre condición 148400145005, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Licenciada en Filosofía, Universidad Iberoamericana,
México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 16 de setiembre del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 96298.—( IN2017173953 ).
ORI-4503-2017.—Ávila Espinoza
Eduardo, R-358-2013-B, cédula 6-0242-0095, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de setiembre del 2017.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205177.—Solicitud Nº 96299.—( IN2017173955 ).
ORI-4480-2017.—Vargas Soto Emily,
R-358-2017, cédula 111440483, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Doctora en Arquitectura y Urbanismo, Universidad del Bio-Bio, Chile. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de setiembre del
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 205177.—Solicitud N° 96302.—( IN2017173956 ).
ORI-4464-2017.—Atala López Isaac
Uriel, R-359-2017, pasaporte Nº G03041072, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Médico Cirujano, Universidad Autónoma de Tamaulipas,
México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de
setiembre del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 96303.—( IN2017173957 ).
ORI-4583-2017.—Sánchez Armas Darcelys
Andreina, R-360-2017, pasaporte: 140138838, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Técnico Superior
Universitario en Imagenología, Universidad Arturo Michelena, Venezuela. La
persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 22 de
setiembre del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A.
Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 205177.—Solicitud Nº 96305.—( IN2017173959 ).
ORI-4546-2017.—Aguiar Rodríguez Pedro
José, R-361-2017, pasaporte: 142031030, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Médico Cirujano, Universidad de Carabobo, Venezuela. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 19 de setiembre del
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 205177.—Solicitud N° 96306.—( IN2017173960 ).
ORI-4491-2017.—Rodríguez
Cruz Lilliam Fidelina, R-363-2017, residencia
permanente: 155822399107, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Licenciada en Ciencias de la Educación con Mención en Inglés, Universidad
Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de setiembre del
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 205177.—Solicitud N° 96308.—( IN2017173961 ).
ORI-4491-2017.—Rodríguez Cruz Lilliam
Fidelina, R-363-2017, residencia permanente: 155822399107, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Ciencias de La Educación
con Mención en Inglés, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 18 de setiembre del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº
96310.—( IN2017173963 ).
CONVOCA A
AUDIENCIA PÚBLICA
La Superintendencia de Telecomunicaciones
(SUTEL) convoca a audiencia pública para exponer sobre los aspectos técnicos,
económicos y financieros de la Propuesta de Fijación de la Contribución
Especial Parafiscal al Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL),
planteada por la SUTEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 de
la Ley 8642, Ley General de Telecomunicaciones y los artículos 73, inciso h) y,
81 de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, y
que se detalla de la siguiente manera:
“Fijación de la contribución
parafiscal al Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL), correspondiente
al periodo 2017, pagadera en el 2018, en el 1.5% (uno punto cinco por ciento)
sobre los ingresos brutos de los operadores de redes públicas de
telecomunicaciones y los proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles
al público.
La Audiencia Pública se llevará a cabo el día
miércoles 15 de noviembre del 2017 las 17 horas y 15 minutos (5:15 p. m.) en
los siguientes lugares: de forma presencial en el Auditorio de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado en Guachipelín de Escazú, San
José, Multipark, edificio Turrubares, y por medio de sistema de
videoconferencia en los Tribunales de Justicia de los centros de: Limón,
Heredia, Ciudad Quesada, Liberia, Puntarenas, Pérez Zeledón y Cartago.
Quien tenga interés legítimo podrá presentar
su posición (oposición o coadyuvancia) ►en forma oral en la
audiencia pública, (para lo cual debe presentar su documento de identidad
vigente) ►o por escrito firmado (en este caso se debe adjuntar
copia de su documento de identidad vigente): en las oficinas de la
Autoridad Reguladora en horario regular, hasta el día de realización de la
audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico(*):
consejero@aresep.go.cr hasta la hora programada de inicio de la respectiva
audiencia pública.
Las oposiciones o coadyuvancias deben estar
sustentadas con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes e
indicar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de
fax, apartado postal o dirección exacta).
En el caso de personas jurídicas, las
posiciones (oposición o coadyuvancia) deben ser interpuestas por medio
del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería
jurídica vigente donde se haga constar dicha representación.
Se informa que la
presente propuesta se tramita en el expediente GCO-FON-CTP-01540-2017, y
se puede consultar en las instalaciones de la SUTEL, en un horario de 8:00 am a
4:00 pm. y en la siguiente dirección electrónica: http://sutel.go.cr/audiencias/publicas.
Asesorías
e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al
teléfono 2506-3359 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr
(*) En el caso de que la
oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe
estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la
firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados,
además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.
Marta Monge Marín,
Dirección General de Atención al Usuario.— 1 vez.—O. C. Nº 2808-17.—Solicitud
Nº 97951.—( IN2017177439 ).
ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS
UNIDAD DE ÍNDICES DE PRECIOS
El Instituto Nacional de Estadística y Censos
avisa que los índices de precios de la construcción base febrero 2012,
correspondientes a agosto de 2017, son los siguientes:

Elizabeth Solano
Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. Nº 4577.—Solicitud Nº 95209.—( IN2017174509 ).
JUNTA
DE EDUCACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO
DOMINGO VARGAS AGUILAR
Se hace saber: La Junta de Educación del
Centro Educativo Domingo Vargas Aguilar, cédula jurídica 3-008-087429, ha
solicitado a la Procuraduría General de la República, la inscripción registral
del inmueble no inscrito, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, ubicado en la provincia de Alajuela, cantón de San
Carlos, distrito número 12 de Monterrey, terreno donde se localiza el Centro
educativo Domingo Vargas Aguilar, el cual colinda al norte, con calle pública;
al sur, calle pública; al este, calle pública, al oeste, calle pública, cuenta
con un plano catastrado N° A-335062-1979, con un área 3811,99 metros cuadrados,
indicamos que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargos reales o
gravámenes, se estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones, que
fue producto de la donación en vida del señor Domingo Vargas Aguilar. Dicha
inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060, Ley General de
Caminos Públicos. La Junta de Educación ha mantenido la posesión de dicho
inmueble por más de veinte cinco años, en forma quieta, pública, pacífica y sin
interrupción, de buena fe y a título de dueña, se cuenta con las siguientes
instalaciones: Siete aulas, un comedor escolar, dos baterías sanitarias, aula
de cómputo y una oficina. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias, a efecto de que dentro del plazo de un mes contando a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante la DIEE y la Procuraduría General
de la República, MEP para hacer valer sus derechos.
Silvia Elena Murillo Villegas, Presidenta de
Junta de Educación.—Licda. Isabel Rojas Rodríguez, Directora de la
Institución.—1 vez.—( IN2017174346 ).
Le comunico el acuerdo adoptado por el
Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria N° 75, acta N° 85 del 2 de
octubre del 2017, que indica lo siguiente: Acuerdo
AC-229-17 “SE ACUERDA: Con fundamento en las disposiciones de los artículos
13 inciso a) y e), 17 inciso d), I), y n) 44 y 45 del Código Municipal y
artículos 1°, 2°, 3°, 5°, 18, 19, 21, 22, 28, 29 de la Ley de Expropiaciones N°
7495 del 3 de mayo de 1995, reformada por Ley 9286 del 11 de noviembre del
2014, SE ACUERDA LA EXPROPIACIÓN de la siguiente finca: 1-Partido de San José,
matrícula de folio real 035868-000, cuyas características son: Naturaleza:
sembrado de caña, situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú de la
provincia de San José, con los siguientes linderos: norte, Salome León; sur,
lote de Víctor León y Francisco León Fernández; este, calle pública y Clara
Montoya, y oeste, Juan Ramón Montoya; mide dos mil quinientos dieciocho metros
cuadrados, con plano catastrado SJ-1119553-2006, que tiene las siguientes
anotaciones, posee declaratoria de interés público visible al tomo 2017,
asiento 00397404, consecutivo 001. Propiedad del señor Francisco León Fernández,
cédula de identidad N° 1-0412-1045. Lo anterior dada la negativa del señor José
Eduardo León Umaña, en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de
Suma del señor Francisco León Fernández, según poder inscrito en el Registro
Nacional bajo las citas de inscripción N° 379-10124-1-1, en consecuencia el
presente acuerdo de expropiación se fundamenta en lo siguiente: 1) la
expropiación forzosa en aras del interés público tiene como principio
inspirador la protección constitucional contenida en el artículo 45 de la
Constitución Política, el cual consagra la inviolabilidad de la propiedad y
simultáneamente determina la posibilidad de expropiación por razones de interés
público. Ampara dicho numeral la propiedad privada, permitiendo la desposesión solo
en casos específicos, previa satisfacción de una retribución, a fin de que las
partes queden en igualdad de condiciones a las que tenían antes de que se
produjera el hecho. Dentro de este proceso expropiatorio debe procurarse que
con el precio que se le asigne al bien, pueda el administrado desposeído al
menos compensar la propiedad que le ha sido quitada y que La Administración
pague el precio actual y real, evitando de este modo un enriquecimiento injusto
para cualquiera de las partes involucradas. Por otra parte, los artículos 169
de la Constitución Política y 15 de la Ley de Planificación Urbana señalan como
competencia de las municipalidades la planificación y control del desarrollo
urbano dentro de los límites de su jurisdicción. 2) En virtud de lo expuesto,
el interés de esta Municipalidad es contar con un predio con las condiciones
necesarias que permitan el desarrollo de actividades recreativas y deportivas
dentro de un espacio seguro y agradable en donde niños, adolescentes, adultos,
adultos mayores y personas en cualquier etapa de su vida con necesidades
especiales residentes no residentes en el cantón requieran practicar deportes
De conformidad con el artículo 20 de la citada Ley de Expropiaciones se le
solicita al Registro Público se sirva mantener el mandamiento provisional de
anotación sobre dicha propiedad. Se autoriza al señor Alcalde para que eleve
este asunto al Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda y junto
con el presente proceso de expropiación, se autoriza al señor Alcalde a
depositar el monto del avalúo administrativo establecido en el oficio
IG-447-2017 a la orden de dicho Poder Judicial. Notifíquese este acuerdo al
señor Alcalde en su despacho para lo de su cargo y al señor José Eduardo León
Umaña, en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma del señor
Francisco León Fernández al medio señalado. 3) Se instruye a la Secretaria
Municipal a realizar la publicación en el Diario Oficial La Gaceta y a
realizar la anotación ante el Registro Nacional.” Declarado definitivamente
aprobado.
Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaría
Municipal.— 1 vez.—O. C. Nº 35546.—Solicitud Nº 14760.—( IN2017174358 ).
Para los fines consiguientes el Departamento
de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que, Tres Columnas
S. A., cédula 3-101-571516, ha presentado solicitud de traspaso de la patente
comercial cuenta N° 10768, a favor de, Pérez Hernández Katerin, cédula
155806992424. La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de
plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.—San Pedro de
Montes de Oca, 29 de setiembre del 2017.—Departamento Patentes.—Lilliana
Barrantes Elizondo, Jefa.—1 vez.—( IN2017174374 ).
La Municipalidad de Oreamuno y el
Departamento de Proveeduría les invita a participar en la Audiencia Pública
para la Concesión del Mirador de Potrero Cerrado el día lunes 30 de octubre a
las 09 horas en las Aulas del Salón Parroquial; ubicado de la esquina sureste,
del Parque de San Rafael de Oreamuno, 100 metros este. Para cualquier
información adicional comunicarse con la Licda. Karol Solano Quirós al teléfono
2592-2097 Ext. 112 o al correo electrónico karol.solano@munioreamuno.com.
San Rafael de Oreamuno, 18 de octubre del
2017.—Proveeduría.—Licda. Karol Solano
Quirós, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—( IN2017177194 ).
CÁMARA DE
INDUSTRIA, COMERCIO
Y TURISMO DE HEREDIA
Convocatoria
Asamblea General Ordinaria 2017
Asociación Cámara de Industria, Comercio Y
Turismo de Heredia, de conformidad a lo establecido en los estatutos, convoca a
“Asamblea General Ordinaria”, que se celebrara el 11 de noviembre de 2017 a las
18:00 horas en primera convocatoria y en segunda convocatoria una hora después,
en nuestras instalaciones, acto seguido:
Orden del Día
3. Informe: Presidencia
Tesorería
Fiscalía
4. Elecciones de puestos para la: Junta Directiva periodo 2017-2019
(Todos los puestos)
5. 3. Asuntos Varios
Cámara de Industria, Comercio Y
Turismo de Heredia
Ronald Villalobos
Segura, Presidente.—1 vez.—( IN2017177390 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CONDOMINIO RESIDENCIAL
VERTICAL TORRE DEL ESTE
El suscrito, Jorge
Luis Quesada Jiménez, cédula de identidad número 2-627-0164, en mi calidad de
propietario de varias filiales del Condominio Residencial Vertical Torre del
Este, cédula jurídica 3-109-649061, comunico que los libros: Asamblea General 1
y Registro de Condóminos I, Junta Directiva
I y el Libro de Caja I, fueron extraviados irremediablemente; por lo que se
solicita a la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público de la
Propiedad la legalización de los mismos nuevamente. Quien se considere
afectado, dirigir la o las oposiciones a la siguiente dirección, en el término
de ocho días contados a partir de la publicación de este aviso: Montes de Oca,
Mercedes, Ofiplaza del Este, Edificio A, primer piso, oficina número 4.—San
José, 2 de octubre de 2017.—Jorge Luis Quesada Jiménez, Propietario.—(
IN2017173389 ).
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S.A.
El San José Indoor Club S.A., tramita la
reposición de la acción N° 1593 a nombre de Iris Montealegre Echandi, cédula de
identidad 1-0449-0554 por haberse extraviado. Cualquier persona que se
considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S.A., en
sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709
del Código de Comercio.—San José, 13 de setiembre del 2017.—Jesús Ulloa
Montoya, Coordinador Administrativo.—( IN2017173424 ).
FARMACIA
PAYLESS PANAMERICANA
Informa al público en general que la Farmacia
Payless Panamericana San José de antigua emergencias del Hospital Calderón
Guardia cien metros norte, vendió su establecimiento comercial así como todos
sus activos, para que terceros interesados se apersonen y hagan valer sus
derechos conforme a las disposiciones del Código de Comercio.—San José, 29 de
setiembre del 2017.—Lic. Luis Chen Mok, Notario.—( IN2017173511 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
MARTÍNEZ
VILLARREAL, CONTADORES
Y CONSULTORES FINANCIEROS
SOCIEDAD
DE ACTIVIDAD PROFESIONAL
En mi notaría, se constituyó: Martínez
Villarreal, Contadores y Consultores Financieros Sociedad de Actividad
Profesional. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerente y subgerente, con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio:
Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco. Plazo: 99 años.—Liberia, 28 de
setiembre del 2017.—Lic. Greivin Cortés Bolaños, Notario.—( IN2017173919 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CORPORACIÓN
M&J DE OCCIDENTE S. A.
Corporación M&J de Occidente Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-711776, solicita la reposición del libro
número uno de los tres libros de: actas o legales. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición en mi notaría, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Rosamira Cordero
Méndez, Notaria.—( IN2017174363 ).
DESARROLLO RESIDENCIAL NACAZCOL CINCO S. A.
Desarrollo
Residencial Nacazcol Cinco S. A., cédula jurídica Nº 3-101- 672709, solicita la
reposición de los certificados de acciones comunes y nominativas con número del 1 al 5446 y los certificados de
acciones preferentes serie A con número 1 al 2000; 2205; 2501 a 2740; 2743 a
3000; 3157 y 3158; 3306 a 3308; 3420 y 3421; 3500 al 5446; a solicitud de la
Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social,
por encontrarse extraviados lo mismo, por lo cual se le concede un plazo de 30
días para que se apersone a hacer valer sus derechos a quien los tenga, en el
domicilio social en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Hotel y Villas
Nacazcol. Es todo.—San José, nueve de octubre de 2017.—José Luis Valverde
Morales, Presidente.—( IN2017174518 ).
DESARROLLO RESIDENCIAL
NACAZCOL CUATRO S. A.
Desarrollo
Residencial Nacazcol Cuatro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-672709, solicita la
reposición de los certificados de acciones comunes y nominativas con números 7
y 8; 17; 35 a 38; 40; 55 a 59; 90 y 91; 138 y 139; 206 a 208; 218 a 221; 232 a
235; 267 a 275; 277; 371; 375; 392 y 393; 471; 486 y 487; 849 a 851; a
solicitud de la Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense de
Seguro Social, por encontrarse extraviados lo mismo, por lo cual se le concede
un plazo de 30 días para que se apersone a hacer valer sus derechos a quien los
tenga, en el domicilio social en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Hotel y Villas
Nacazcol. Es todo.—San José, nueve de octubre de 2017.—José Luis Valverde
Morales, Presidente.—( IN2017174519 ).
DESARROLLO
RESIDENCIAL
NACAZCOL TRES S. A.
Desarrollo Residencial
Nacazcol Tres S. A., cédula jurídica Nº 3-101-672721, solicita la reposición de
los certificados de acciones comunes y nominativas con número 9; 118; 163 a
165; 169; 174; 200; 259; 264 y 265; 347 y 348; 373; 418; 431 a 436; 450 y 451;
453 a 455; 461 a 464; 503; 565; 586 a 588; 590; 598 y 599; 681; 684 y 685; 733
y 734; 759 y 760; 857; 895; 896 a 898; a solicitud de la Asociación Solidarista
de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social, por encontrarse
extraviados lo mismo, por lo cual se le concede un plazo de 30 días para que se
apersone a hacer valer sus derechos a quien los tenga, en el domicilio social
en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Hotel y Villas Nacazcol. Es todo.—San José,
09 de octubre del 2017.—José Luis Valverde Morales, Presidente.—( IN2017174520
).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
KR
INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA
La entidad denominada KR Industrial Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número RUC. J uno tres uno cero cero cero cero uno
siete dos cinco cero uno, hace del conocimiento público la sustracción de las
acciones o títulos accionarios a nombre de cada socio de esta compañía, por lo
que hemos recibido solicitud de cada uno de ellos para su reposición,
igualmente manifestamos que no nos hacemos responsables por el uso que le
puedan dar a ellos frente a terceros.—San José, 4 de octubre del 2017.—Sr.
Federico Arce Salazar.—1 vez.—( IN2017174076 ).
VOREALIS SOFTWARE DE CR SOCIEDAD ANÓNIMA
Vorealis Software de
CR Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica tres ciento
uno-trescientos sesenta y seis mil doscientos veintinueve, solicita ante el
Registro Público la reposición del libro de Actas
de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva y Acta de Registro de Socios.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de
Personas Jurídicas del Registro Público en el término de ocho días hábiles
contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 04 de
octubre del 2017.—Víctor Suárez Díaz, Presidente.—1 vez.—( IN2017174151 ).
INTERSISTEMAS
DE CENTROAMÉRICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Intersistemas de Centroamérica Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-536438, para efectos de cumplir lo
dispuesto en el artículo 14 del Reglamento de Legalización de Libros de
Sociedades Mercantiles, notifica que se encuentra realizando el trámite legal
correspondiente a la reposición por extravío de los siguientes libros legales: (I) tomo número uno del libro de Registro de
Accionistas, (II) tomo número uno del libro de Asamblea de Junta Directiva, y
(III) tomo número uno del libro de Asamblea de Accionistas. Quien se considere
afectado puede oponerse en el plazo de ocho días a partir de la primera
publicación en La Gaceta—San José, 03 de octubre del 2017.—Héctor Juan Emmanuelli,
cedula de residencia: 184001465013, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017174203
).
CORPORACIÓN
M&J DE OCCIDENTE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación M&J de Occidente Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-711776, solicita la reposición del libro número uno de
los tres libros de actas o legales. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición en mi notaría, dentro del término de ocho días hábiles
a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Rosamira Cordero Méndez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174354 ).
INVERSIONES
EL FRISON SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones El Frison Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-711776, solicita la reposición del libro número uno de
los tres libros de actas o legales. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición en mi notaría, dentro del término de ocho días hábiles
a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Rosamira Cordero Méndez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174355 ).
ASOCIACIÓN
CRISTIANA ESPERANZA Y VIDA
Yo, Benjamín Torres Torres, portador de la
cédula de identidad número: 6-0082-0259, en mi calidad de Presidente y
Representante Legal de la Asociación Cristiana Esperanza y Vida, cédula
jurídica: 3-002-577955, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro
de Personas Jurídicas la reposición de los libros de: Un libro de Asamblea
General, un libro de Órgano Director, un libro de Registro de Asociados, un
libro de Diario, un libro de Mayor y un libro de Inventarios y Balances, los
cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—San José, 05 de setiembre del 2017.—Benjamín Torres Torres,
Presidente.—1 vez.—( IN2017174367 ).
INVERSIONES
EL FRISON SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones El Frisón Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-711776, solicita la reposición del libro número uno de
los tres libros de actas o legales. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición en mi notaría, dentro del término de ocho días hábiles
a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Rosamira Cordero Méndez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174368 ).
IXIMCHE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Carmen María Boschini Thuel, portadora de la
cédula de identidad número uno-cuatrocientos sesenta y uno-sesenta y siete, en
mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma de la sociedad Iximche Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-026851; solicito ante el Registro Nacional la reposición por extravío del
libro de Asamblea General. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición en el Registro Nacional dentro del término de ocho días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—Carmen María Boschini Thuel, Presidenta.—1
vez.—( IN2017174389 ).
ISA DE LUPE S. A.
El señor Walter
Roberto Sánchez Hernández en carácter de presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Isa de Lupe S. A., ha solicitado la
reposición del libro de Actas de Asambleas Generales de socios por haberse
extraviado el número uno.- Se emplaza a los interesados para que en el plazo de
ocho días contados a partir de la publicación de este aviso se apersonen a mi
notaría en Barrio Rhormoser, contiguo al consulado de Líbano para presentar
oposiciones.—San José, cuatro de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro
Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—( IN2017174407 ).
ASOCIACIÓN
DEPORTIVA ESCUELA
DE ÁRBITROS DE FÚTBOL DE
ALAJUELA
Yo Edgar Alberto Otárola Jiménez, cédula de
identidad 4-0152-0081, en mi calidad de presidente y representante legal de la
Asociación Deportiva Escuela de Árbitros de Fútbol de Alajuela, con cédula
jurídica número 3-002-476300, solicito al departamento de Asociaciones del
Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros: N° 1 de actas de
Junta Directiva, N° 1 de Registro de Asociados, N° 1 de Diario, N° 1 de Mayor y
N° 1 de Inventarios y Balances, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por
ocho días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado, a fin de
oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 3 de octubre del
2017.—Edgar Alberto Otárola Jiménez, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—(
IN2017174416 ).
FEDERACION
DE DARDOS
El suscrito, Giovanni Brenes Zúñiga, cedula
de identidad número uno-novecientos veintidós-seiscientos seis, actuando en mi
condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma de Federación de Dardos, inscrita en el Registro de Asociaciones, cédula
jurídica número: tres-cero cero dos-seis siete seis seis siete ocho, con
domicilio social San José, Moravia, San Vicente al costado suroeste de la
Iglesia Católica, Club de dardos Kandora, solicito ante el Registro Nacional la
reposición por extravío de los libros: Libros de Actas de Asamblea General,
Libros de Asamblea de Asociados y Libros Contables. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante la notaría del licenciado Joanna Mora
Solano, en San José, Santa Ana, costado oeste del más x menos, o al correo
electrónico estudiolegal.ulema@gmail.com, dentro del término de ocho días
hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La
Gaceta.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil diecisiete.—Giovanni
Brenes Zúñiga, Presidente.—1 vez.—( IN2017174485 ).
DISTRIBUIDORA MARIEL SOCIEDAD ANÓNIMA
Distribuidora Mariel
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-ciento
cincuenta y siete mil cuatrocientos noventa y nueve, en su domicilio social en
San José, la Uruca cuatrocientos metros al norte de Rapifrenos, solicita ante
el Registro Nacional la reposición por extravío de los libros: libros de actas
de asamblea general, libros de asamblea de socios, libro de registro de socios y
libros contables. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante la notaría del Licenciado Joanna Mora Solano, en San José, Santa Ana,
costado oeste del más x menos, o al correo electrónico
estudiolegal.ulema@gmail.com, dentro del término de ocho días hábiles contados
a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San
José, veintiuno del setiembre del año dos mil diecisiete.—Michael Alberto
Madrigal Delgado, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017174487 ).
ENTREGA RÁPIDA J B C SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura
otorgada al ser las diez horas del seis de octubre del dos mil diecisiete, el
señor Óscar Enrique Vargas Montero, cédula número uno-seiscientos cuarenta y cinco-seiscientos cuarenta y dos, como
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma en la
entidad denominada Entrega Rápida J B C Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y siete mil, solicita la
reposición del libro Registro de Socios por extravío.—Allan Garro Navarro,
Notario.—1 vez.—( IN2017174496 ).
JUNTA
ADMINISTRADORA DEL CEMENTERIO
GENERAL Y LAS ROSAS DE ALAJUELA
En la Sesión Ordinaria N° JACA-07-2017,
efectuada por la Junta Administradora del Cementerio General y Las Rosas de
Alajuela, el 21 de julio de 2017, mediante Acuerdo Directivo AD-082-2017, se
aprobó que las tarifas de permisos de uso de lotes y servicios que regirán a
partir del 1° de enero de 2018 en los Cementerios General y Las Rosas, ambos de
Alajuela, serán las siguientes:

Se fija por atraso en el pago anual de cuotas
de mantenimiento, una comisión por mora establecida por la Junta.
Los
pagos deben realizarse en las oficinas administrativas de la Junta, ubicadas
dentro de las instalaciones del Cementerio General de Alajuela.—Alajuela, 5 de
octubre del 2017.—Juan Manuel Castro Alfaro, Presidente.—1 vez.—( IN2017174497
).
DISTRIBUIDORA
MARUCO S. A.
Se hace del conocimiento del público en
general que el pasado 28 de agosto del 2017, fue robado un talonario de recibos
de la empresa: Distribuidora Maruco, el mismo corresponde al consecutivo 28701
al 28750, por lo que Distribuidora Maruco S. A., no se hace responsable del uso
que se le dé al mismo.—Gloriana Coto Castro.—1 vez.—( IN2017174759
).
El
suscrito notario hace constar que mediante escritura número ciento diecisiete
de las quince horas del veintiuno de setiembre de dos mil diecisiete, se
protocolizó el acta de asamblea general de socios de las sociedades Tres-Ciento
Dos-Setecientos Treinta y Nueve Mil Novecientos Cuarenta y Ocho Sociedad de
Responsabilidad Limitada y Pao Productos Arrendaticios de Occidente Limitada,
mediante la cual se realiza la fusión de ambas, prevaleciendo Pao Productos
Arrendaticios de Occidente Limitada.—San José, veintidós de setiembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Juan Luis Mora Monge, Notario.—( IN2017174154 ). 2 v.1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por
escritura número 38-52, otorgada a las 13:30 horas del 04 de octubre del 2017,
ante el suscrito notario, se acuerda modificar la cláusula del domicilio
social, de la sociedad de este domicilio, denominada: Residence Club Suite
Seis Mil Doscientos Once Olmos Secos Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta mil
cuatrocientos cincuenta y nueve.—San José, 5 de octubre del 2017.—Lic. Bernal
Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2017174064 ).
Por escritura número doscientos
treinta y uno, otorgada ante la notaria Vilma María Guevara Mora, a las
dieciocho horas del seis de octubre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta
número dos de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Comercializadora
Valley Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
cincuenta y cuatro mil novecientos ochenta y dos, en la que se acordó: reformar
la cláusula octava de la escritura constitutiva.—San José, 9 de octubre del
2017.—Licda. Vilma María Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017174084 ).
Ante esta notaría, a las 12:00 horas,
del 11 de agosto del año 2017, se constituyó la compañía Markem Sociedad
Anónima.—San José, 4 de octubre del año 2017.—Lic. Wilbert Garita Mora,
Notario.—1 vez.—( IN2017174086 ).
Por escritura 186-2 otorgada ante la
suscrita notaria, a las 8 horas del 3 de octubre de 2017, Green Flowers and
Peppers Investments S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas, reformando pacto social modificando la
representación de la compañía.—San José, 3 de octubre del 2017.—1 vez.—(
IN2017174090 ).
El suscrito notario protocoliza
asamblea extraordinaria de accionistas de Arrendadora Bahshie del Este
número Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres guión ciento uno
guión ciento noventa mil uno, celebrada en su domicilio social a las diez horas
del nueve de agosto del dos mil diecisiete se acordó: Reorganizar la junta
directiva, definir los alcances de la representación judicial y extrajudicial y
cambiar su domicilio social.—San José, 5 de octubre del 2017.—Lic. Jorge
Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017174095 ).
El suscrito notario protocoliza
asamblea extraordinaria de accionistas de Arrendadora Bahshie del Este
número Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
ochenta y nueve mil novecientos cincuenta y uno, celebrada en su domicilio
social, a las nueve horas del nueve de agosto del dos mil diecisiete, se acordó
reorganizar la junta directiva, definir los alcances de la representación
judicial y extrajudicial y cambiar su domicilio social.—San José, 5 de octubre
del 2017.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017174096
).
El suscrito notario protocoliza
asamblea extraordinaria de accionistas de Arrendadora Bahshie del Este
número Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres guión ciento uno
guión ciento noventa mil ocho, celebrada en su domicilio social a las once
horas del nueve de agosto del dos mil diecisiete se acordó: Reorganizar la
junta directiva, definir los alcances de la representación judicial y
extrajudicial y cambiar su domicilio social.—San José, 5 de octubre del 2017.—Lic.
Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017174097 ).
El suscrito notario protocoliza
asamblea extraordinaria de accionistas de Arrendadora Super Baharet del Este
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa mil
quinientos treinta, celebrada en su domicilio social a las trece horas del
nueve de agosto del dos mil diecisiete, se acordó: reorganizar la junta
directiva, definir los alcances de la representación judicial y extrajudicial y
cambiar su domicilio social.—San José, 05 de octubre del 2017.—Lic. Jorge
Antonio Rodríguez Bonilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2017174098 ).
El suscrito notario protocoliza
asamblea extraordinaria de accionistas de Desarrollos Comerciales Promise
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
veintitrés mil trescientos cincuenta y cuatro, celebrada en su domicilio social
a las once horas del siete de agosto del dos mil diecisiete, se acordó
reorganizar la junta directiva, definir los alcances de la representación
judicial y extrajudicial y cambiar su domicilio social.—San José, 5 de octubre
del 2017.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017174099
).
Por escritura otorgada ante mí, a las
15:00 horas del 05 de octubre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de: Caribe Sur Purripli S. A., se acuerda
disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Puerto Viejo de Talamanca, 05
octubre del 2017.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—(
IN2017174104 ).
El suscrito
notario protocoliza asamblea extraordinaria de accionistas de Royal Cristal
Curridabat Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
cincuenta y seis mil doscientos noventa y siete, celebrada en su domicilio
social a las dieciséis horas del ocho de agosto del dos mil diecisiete, se
acordó reorganizar la junta directiva, definir los alcances de la
representación judicial y extrajudicial.—San José, 5 de octubre del 2017.—Lic.
Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017174108 ).
El
suscrito notario protocoliza asamblea extraordinaria de accionistas de tres
guión ciento uno guión seiscientos veintidós mil ciento veintiséis Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres guión ciento uno guión seiscientos
veintidós mil ciento veintiséis, celebrada en su domicilio social a las ocho
horas del siete de agosto del dos mil diecisiete se acordó: Reorganizar la
junta directiva, definir los alcances de la representación judicial y
extrajudicial y cambiar el domicilio social.—San José, 5 de octubre del
2017.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017174109 ).
El suscrito notario protocoliza
asamblea extraordinaria de accionistas de Combai Mercado Urbano Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y un
mil seiscientos, celebrada en su domicilio social a las nueve horas del trece de julio del dos mil diecisiete se acordó:
reorganizar la junta directiva, definir los alcances de la representación
judicial y extrajudicial y cambiar el domicilio social.—San José, 5 de octubre
del 2017.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017174110
).
En esta notaría, por escritura
pública 181-15 otorgada a las 8.00 horas del 6 de octubre del 2017, se
protocolizó acta de asamblea general de A E C Electrónica S. A., se
modificó cláusula novena de administración, y se otorgaron poderes
generales.—Heredia, 09 de octubre del 2017.—Lic. Antonella Da Re Masís,
Notario.—1 vez.—( IN2017174112 ).
Ante esta notaría se protocolizó acta
de asamblea extraordinaria de Chon de Belén S. A., donde se modifica la
cláusula sétima del pacto social, así consta en escritura otorgada en San
Antonio de Belén a las once horas del siete de octubre del dos mil diecisiete
ante la notaria Olga Morera Chaves.—San Antonio de Belén, 9 de octubre del
2017.—Licda. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017174113 ).
Ante esta
notaría se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios Quealva de
Belén S. A. donde se acordó la disolución de dicha sociedad. Así consta en
escritura otorgada en San Antonio de Belén a las once horas del seis de octubre
del dos mil diecisiete ante la notaria Olga Morera Chaves.—San Antonio de
Belén, 9 de octubre del 2017.—Lic. Olga María Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174114 ).
Por medio de escritura número 70-27,
de las ocho horas del doce de setiembre del dos mil diecisiete del tomo
veintisiete de mi protocolo, se acordó la disolución de la sociedad anónima Corporación
Serrano y Barreto S. A., cédula jurídica número 3-101-324228. Se emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan ante juez competente para
oponerse a la disolución de la misma.—Licda. María del Pilar Mora Navarro,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174115 ).
En mi notaría se protocoliza
nombramiento de nuevo gerente y subgerente de Jaesa de Turialba Limitada,
cédula jurídica 3-102-619246.—Cartago, 27 de septiembre del 2017.—Lic. Henrich
Moya Moya, Notario.—1 vez.—( IN2017174118 ).
Por escrituras otorgadas ante mí, se
reforma la cláusula segunda, del domicilio, y se nombra nueva junta directiva y
fiscal de las sociedades: 3-101-732843 s. a. cédula jurídica
3-101-732843; 3-101-732747 s. a. cédula jurídica 3-101-732747; 3-101-732650
s. a. cédula jurídica 3-101-732650; 3-101-732701 s. a. cédula
jurídica 3-101-732701; 3-101-732704 s. a. cédula jurídica 3-101-732704; 3-101-732703
s. a. cédula jurídica 3-101-732703; 3-101-732728 s. a. cédula
jurídica 3-101-732728; 3-101-732393 s. a. cédula jurídica 3-101-732393; 3-101-732758
s. a. cédula jurídica 3-101-732758; 3-101-732786 s. a. cédula
jurídica 3-101-732786.—San José, 28 de septiembre del 2017.—Lic. Otto Francisco
Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017174119 ).
En mi notaría a las siete horas del
día cuatro de octubre de dos mil diecisiete, se otorgó la escritura número
ciento treinta y dos-nueve, donde se disuelve la compañía Medical &
Dental Group SRL.—San José, cinco de octubre de dos mil diecisiete.—Lic.
Mario Madrigal Ovares, Notario.—1 vez.—( IN2017174120 ).
El suscrito notario público, hago
constar que ante esta notaría, al ser las doce horas del 7 de octubre del 2017,
los señores Luis Calderón Quesada Iris Gómez Vargas, Catalina Calderón Gómez,
Luis Calderón Gómez, constituyeron la sociedad denominada: RDM Muebles S. A.
Domiciliada: en la provincia de Cartago, cantón de Cartago, Frente al plantel
de Recope. Presidente Luis Calderón Quesada.—Cartago, 7 de octubre del
2017.—Lic. Minor Gerardo Álvarez López, Notario.—1 vez.—( IN2017174124 ).
El socio de la sociedad Corporación
GSL Transportes Sancabseg Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-517158
acuerda liquidar y disolver dicha sociedad, dejando constando que la misma es
inactiva y que no tiene ninguna obligación con ningún acreedor y que no existen
pasivos ni activos. Lic. Minor Álvarez López. Teléfono: 83430380.—Cartago, 2 de
octubre del 2017.—Lic. Minor Álvarez López, Notario.—1 vez.—( IN2017174127 ).
El socio de la sociedad Maxicargilui
Verde & Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-417811
acuerda liquidar y disolver dicha sociedad, dejando constando que la misma es
inactiva y que no tiene ninguna obligación con ningún acreedor y que no existen
pasivos ni activos.—Cartago, 02 de octubre del 2017.—Lic. Minor Álvarez López,
Notario.—1 vez.—( IN2017174129 ).
El socio de la sociedad Diagri
Frangiluvla & Asociados Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-417287,
acuerda liquidar y disolver dicha sociedad, dejando constando que la misma es
inactiva y que no tiene ninguna obligación con ningún acreedor y que no existen
pasivos ni activos.—Cartago, 2 de octubre del 2017.—Lic. Minor Álvarez López,
Notario.—1 vez.—( IN2017174130 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas del día 04 de octubre del 2017, se protocolizó el acta
número 4 de asambleas generales de Corporación Pilar de Horadada Limitada,
cédula jurídica tres ciento dos doscientos diecisiete mil trescientos diez, por
medio de la cual se modifica la cláusula tercera del pacto social.—San José, 04
de octubre del 2017.—Lic. Georgette Barguil Peña, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174136 ).
La
suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada por esta notaria a las
siete horas cuarenta minutos del día nueve de octubre de dos mil diecisiete, se
modificó la cláusula primera del pacto constitutivo referente al nombre, de la
compañía Tres-Ciento Uno-Setecientos Treinta y Siete Ml Setecientos Setenta
y Uno, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-setecientos treinta y
siete mil setecientos setenta y uno. Es todo.—San José, de nueve de octubre de
dos mil diecisiete.—Firma ilegible, Notaria.—1 vez.—( IN2017174138 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:30 horas del día 04 de octubre del 2017, se protocolizó el
acta número 3 de asambleas generales de Monte Castañero Limitada, cédula
jurídica tres ciento dos seiscientos dos mil seiscientos cuarenta y seis, por
medio de la cual se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Georgette Barguil Peña, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174140 ).
Por escritura otorgada en San José, a
las ocho horas del dieciséis de setiembre de dos mil diecisiete, ante mi
Notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Tres Ciento Dos Setecientos Dos Mil Sesenta y Cuatro S. R. L.,
se acuerda su disolución.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, carné N° 10047,
Notario.—1 vez.—( IN2017174142 ).
Hoy
protocolice acuerdos de la sociedad Semillas Para el Futuro Lem S. A.,
mediante la cual se modificó la cláusula Segunda del domicilio social de la
sociedad y se nombran nuevo secretario y tesorero de la junta directiva.—San
José, 3 de octubre del año 2017.—Lic. Fausto Antonio Mora Cerdas, Notario.—1
vez.—( IN2017174145 ).
Se deja
constancia que ante esta notaría mediante escritura pública otorgada a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre de dos mil
diecisiete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios, de Ganadera
El Comienzo Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cincuenta y
cuatro mil ciento setenta y seis; mediante la cual se revocan los nombramientos
de Presidente y secretario y tesorero y se hacen nuevos nombramientos.
Presidente: Agustín Hidalgo Morera.—Licda. Emma Cousin Picado, Notaria.—1
vez.—( IN2017174146 ).
Se deja constancia que ante esta
notaría mediante escritura pública otorgada a las diez horas treinta minutos
del veintinueve de setiembre de dos mil diecisiete, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios, de Inmobiliaria HRC Sociedad
Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-sesenta y tres mil veintiséis;
mediante la cual se revocan los nombramientos de presidente y secretario y
tesorero y se hacen nuevos nombramientos. Presidente: Agustín Hidalgo
Morera.—Licda. Emma Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—( IN2017174148 ).
Por escritura otorgada ante este
notario a las diez horas del día veintinueve, se protocoliza la disolución de
la sociedad cuya denominación social es OP Sociedad Anónima.—San José,
dos de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Lázaro Natán Broitman Feinzilber,
Notario.—1 vez.—( IN2017174150 ).
Por escrituras otorgadas a las 16:00
del 28 de setiembre del 2017 y 10:00 horas del 05 de octubre del 2017,
protocolicé acuerdos de las empresas Shaolin Group Costa Rica SGE S.A. y
Nyerros S.A., respectivamente, donde se disuelven dichas sociedades.—San
José, 05 de octubre del 2017.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—(
IN2017174159 ).
Por escritura otorgada el 5 de
octubre del 2017 a las 10:30 horas, protocolicé acuerdos de la empresa Soluciones
de Accesibilidad Total S. A., reformando estatutos.—San José, 5 de octubre
del 2017.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017174160 ).
Por
escritura número ochenta, otorgada ante el suscrito notario público, a las diez
horas del cinco de octubre del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria, de la sociedad: Transportes Navieros
Bengala Ltda., donde se acordó reformar la cláusula sétima, de la
administración y se nombran dos gerentes. Es todo.—Lic. Francisco Soto Vega,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017174162 ).
Ante
esta notaría por escritura otorgada a las quince horas del día dos de octubre
del dos mil diecisiete, se nombra liquidador de la sociedad Consultoría
Galaxia S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento tres mil doce.—Tres
Ríos, seis de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. German Rojas Quirós,
Notario.—1 vez.—( IN2017174165 ).
Mediante escritura número treinta y
cinco, otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas de hoy, protocolicé acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de: Jobeca S. A.,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda de sus estatutos, estableciendo
su domicilio social en Barrio La Granja, San Pedro de Montes de Oca, San
José.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Mario A.
Solórzano Sandoval, Notario Público.—1 vez.—( IN2017174166 ).
Por escritura otorgada ante el
notario público Oscar Luis Trejos Antillón, número 14 del tomo 17, de las 15:00
horas del día 7 del mes de octubre del año 2017, se protocoliza asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Best Solutions S. A.,
donde se modifica el domicilio.—San José, 9 de octubre del año 2017.—Lic. Oscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—(
IN2017174173 ).
Por escritura otorgada ante mí a las
quince horas del cuatro de octubre del dos mil diecisiete, se protocolizó el
acta donde se modifica el pacto constitutivo de la sociedad denominada Bicimontaña
Guácimo S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-dos siete cero cero cinco
tres, específicamente su cláusula sétima en cuanto a la administración.—Lic.
Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017174175 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaria, a las 09:20 horas del día 29 de setiembre del año 2017, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad C D C Telefonía
Limitada, en la cual se modifica la cláusula cuarta del pacto
constitutivo.—San José, 29 de setiembre del año 2017.—Licda. Maribel Chavarría
Vega, Notaria.—1 vez.—( IN2017174176 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08:00 horas del día 29 de setiembre del año 2017, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad West Building
Corporation Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula octava del
pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de
setiembre del año 2017.—Licda. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174177 ).
Mediante escritura 209 del protocolo
19 a las 16 horas del 6 de octubre del 2017 se constituyó la sociedad Soldadura
Zelaya S. A.—Cartago, 6 de octubre del 2017.—Lic. Juan Pablo Navarro
Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017174181 ).
Por acta protocolizada en esta
notaría; mediante escritura número noventa y uno, de las quince horas del dos
de octubre del año dos mil diecisiete, se reformó la cláusula sétima, referente
a la representación judicial y extrajudicial, de los estatutos de la sociedad
denominada Flores y Plantas Ornamentales El Bambú Sociedad Anónima. Se
nombra tesorera. La presidente, vicepresidente y tesorera, apoderados
generalísimos sin límite de suma; presidente podrá actuar separadamente; y la
vicepresidente y la tesorero, deberán actuar conjuntamente.—San José, cuatro de
octubre del año dos mil diecisiete.—Lic. Flor de María Navarro Mendoza,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174187 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 29 de setiembre del
2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad Tsunami Global Group Sociedad Anónima, se acuerda reformar
la cláusula séptima de los estatutos de la compañía.—San José, 29 de setiembre
del 2017.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2017174190 ).
Se
protocolizó ante esta notaría, acta de asamblea general extraordinaria acta
tres uno. De la sociedad Image Partners Multimedia Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-703381 cambio de presidente y secretario y cambio de
domicilio de la sociedad. Presidente: Walter Carvajal Cordero.—San José, 5 de
octubre del 2017.—Lic. Ólger Ruiz Matarrita, Notario.—1 vez.—( IN2017174192 ).
Por escritura número ciento
trece-diecisiete, otorgada ante esta notaría, notarios Juan Manuel Godoy Pérez
y Rolando Laclé Castro, a las catorce horas del seis de octubre de dos mil
diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la
compañía Corporación SPMB S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-695097; mediante la cual se reforman las cláusulas: Segunda: “Domicilio”
y Sexta: “Administración” del pacto social.—San José, seis de octubre de dos
mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017174193 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaria a las diecisiete horas del dos de octubre
del dos mil diecisiete se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de Inversiones Lomi Limitada, domicilio Heredia, avenida
once, calles uno y tres. Acuerdos: I.- Cambio de domicilio social; II.- Se
modifica plazo y forma de nombramientos de gerentes y III.- Nuevos
nombramientos de gerentes.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(
IN2017174194 ).
Ecos de Cambio de Costa Rica S. A., cédula 3-101-374211, nombra presidente y secretario, presidenta:
Ana Lucrecia Durán Salas. Esc. 375, 08:00 horas, 07-10-2017. Tomo: 32.—Licda.
Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017174195 ).
Inversiones
Navaoon Z.G. S. A.,
cédula 3-101-282726, nombra de presidenta a Norma Navarro Bustos, cédula
6-096-1435 y reforma cláusula de representación. Esc. 369 de 15:00 horas del
04-10-2017. Tomo 32.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017174201
).
El
suscrito notario Jorge Julián Ortega Volio, carné número 15401, hace constar
que mediante escritura número cuarenta y tres-once, de las siete horas del día
cuatro de octubre del año dos mil diecisiete, protocoliza acta de la sociedad Lucky
Oil International Corporation S.A., cédula jurídica 3-101-738890, modifica
distribución accionaria, administración y cambio de junta directiva.—Santa Ana,
cuatro de octubre del año dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio,
Notario.—1 vez.—( IN2017174202 ).
Ante esta notaría, mediante escritura
número ocho, otorgada a las dieciséis horas del siete de octubre de 2017, se
constituye sociedad anónima denominada Damas del Oeste D.B. V. Sociedad
Anónima; presidenta: Damaris Barrantes Vásquez, secretario: Eliu Steven
Arce Barrantes, tesorero: Anyilin Arce Barrantes, fiscal: Evelyn Arce
Barrantes.—San José, 9 de octubre del 2017.—Licda. Amanda Rodríguez Monge,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174205 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del cuatro de octubre del dos mil diecisiete, protocolicé acta
número uno de la sociedad denominada Serena
Hierba Verde Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-setecientos cuarenta y cinco mil quinientos veintinueve,
mediante la cual se modifica la razón social, la que de ahora en adelante se
denominará Serena Costa Verde Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, cinco de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Isabel
Chavarría Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017174206 ).
Por escritura pública número sesenta
y cuatro - cuatro otorgada ante mi Notaría, a las diez horas del cuatro de
octubre de dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Kareo Costa Rica, Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno -
cuatrocientos cuarenta y dos mil setecientos noventa y nueve, mediante la cual
se reformaron las cláusulas segunda: del domicilio, quinta: del capital social
y sexta: de la representación y administración, del Pacto Social.—San José,
cuatro de octubre de dos mil diecisiete.—Licda. Cinthia Ulloa Hernández,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017174211 ).
Por
medio de asamblea general extraordinaria, la sociedad Prisma Apartamento S.
A., cédula jurídica 3-101-227196, modifica junta directiva y domicilio, en
lo restante se mantiene incólume. Licda. Seanny Jiménez Alfaro. 88786470.—San
José, 2 de octubre del 2017.—Licda. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174212 ).
Protocolización del acta de la
asamblea general extraordinaria de: Akiauto Sociedad Anónima, mediante
la cual se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo. Escritura
protocolizada en San Pablo de Heredia, a las nueve horas del nueve de octubre
del dos mil diecisiete, ante el notario Juan Carlos Martínez Araya.—Lic. Juan
Carlos Martínez Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017174215 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
15:00 horas del 2 de octubre de 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de Appetito Veinticuatro Costa Rica Ltda.,
cédula jurídica 3-102-739999, en la cual se modifica la cláusula sexta de la
representación. Es todo.—San José, 2 de octubre del 2017.—Lic. Christian
Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017174216 ).
Por escritura número cuarenta y dos
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día dos de octubre del dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Gynopharm Sociedad Anónima, por medio de la
cual se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, dos de
octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Nicole Herrera Fallas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174217 ).
El Castillo Country Club S. A.,
aumenta capital social por aporte extraordinario de capital, y por consiguiente
reforma sus estatutos en la cláusula veintiséis, capítulo IV del capital
social.—Heredia, 06 de octubre del 2017.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri,
Notario.—1 vez.—( IN2017174218 ).
Por escritura otorgada en esta notaría,
a las 13 horas del 20/09/2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Bahía Rincón de Osa S. A.,
cj. 3-101-128538. Acuerdo único. Disolución de la empresa.—San Isidro, Pérez
Zeledón, 20 de setiembre del 2017.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1
vez.—( IN2017174219 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las 09:00 horas del 20/09/2017 se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Desarrollos
Inmobiliarios y Proyectos Moyaca Ltda., cédula jurídica
3-102-513846. Acuerdo único. Disolución de la empresa.—San Isidro, Pérez
Zeledón, 20 setiembre del 2017.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—(
IN2017174220 ).
Por escritura otorgada ante mí, el
día de hoy, se adicionó escritura para rectificar similitud de nombre: Fundación
Yo Impulso. Directores: Kelly Sánchez Araya, Marvin Arley Ureña Fonseca y
Juan Miguel Calderón Zúñiga. Plazo: perpetuo.—Buenos Aires de Puntarenas, dos
de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Alejandra González Vargas, Notaria.—1
vez.—( IN2017174222 ).
A las
17:00 horas del día 04 de octubre del año 2017, se protocolizó en co-notariado
con el notario público Javier Escalante Madrigal, el acta de asamblea
extraordinaria de cuotistas de la sociedad 3-102-746693 S.R.L., donde se
reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 04 de
octubre del 2017.—Lic. José Alberto Schroeder L., Notario.—1 vez.—(
IN2017174226 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
once horas del veintiséis de setiembre de dos mil diecisiete, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El
Barbero del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada, por la que se
acuerda modificar las cláusulas segunda y sétima. Además se acuerda revocar el
nombramiento del actual gerente y subgerente.—San José, veintiséis de setiembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—(
IN2017174232 ).
Por
escritura otorgada a las 12:00 horas del 4 de octubre del 2017, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Greatwall Autos
Sociedad Anónima, donde se reforman estatutos.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal,
Notario.—1 vez.—( IN2017174237 ).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria a las dieciséis horas del veintiocho de setiembre del año dos
mil diecisiete, se reformó la cláusula sétima del pacto social de la sociedad Loadel
SP Número Cuatro S. A.—Heredia, veintiocho de setiembre de dos mil
diecisiete.—Licda. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174240 ).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las catorce horas cuarenta
minutos del veintisiete de setiembre de dos mil diecisiete, se reformó la
cláusula octava del pacto social de la sociedad Bosques de Velarde Siete D
S. A., y se nombró nueva junta directiva.—Heredia, veintisiete de setiembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174241 ).
Por
escritura número treinta, del tomo noveno de la suscrita notaria, protocolicé
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Crilita
Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula quinta. Del capital social. Se
reforma la sexta: De la administración.—San José, veintinueve de setiembre del
dos mil diecisiete.—Licda. Olga Doris Torres Navarro, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174248 ).
Por escritura número 331 de las 11:00
horas del 23 de setiembre del 2017, Obanflor S. A., cédula jurídica
3-101-255614, nombra nueva junta directiva: presidente, secretario, tesorero y
fiscal.—Tejar del Guarco, 2 de octubre del 2017.—Lic. Danilo Cerdas Brenes,
Notario.—1 vez.—( IN2017174254 ).
Por
escritura número 332 de las 13:00 horas del 23 de setiembre del 2017, Constructora
Comercial Monsol C.C.M. S. A., cédula jurídica 3-101-286951, nombra nueva
junta directiva: presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Tejar del Guarco,
dos de octubre del 2017.—Lic. Danilo Cerdas Brenes, Notario.—1 vez.—(
IN2017174256 ).
Hoy, protocolicé acta de asamblea de
accionistas de: Desarrollos y Servicios Químicos Industriales DSQI S. A.,
mediante la cual se reforman las cláusulas: segunda y novena, y se nombra
vicepresidente y agente residente.—San José, veintiocho de setiembre del dos
mil diecisiete.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2017174261 ).
Ante la
suscrita notaria, se llevó a cabo el cambio de representantes y domicilio de la
sociedad: Inversiones Casa de Luna Ojochal Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos treinta y un
mil novecientos cuarenta y uno, celebrada en su domicilio social, otorgada a
las catorce horas del veintiocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—( IN2017174264 ).
Por escritura otorgada ante la
suscrita, a las once horas del dos de setiembre del dos mil diecisiete, número
doscientos ochenta y uno-cinco, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad: J C Contactos San Carlos S. A.,
tomándose el acuerdo de disolver la compañía.—Ciudad Quesada, veinte de setiembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Beatriz Morera Vargas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174265 ).
Mediante escritura Nº 79 otorgada a
las 10:00 horas del 26 de setiembre del 2017, visible al folio 81 del tomo 2
del notario público José Miguel Alfaro Gómez, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Craviabrokers
S.R.L., con cédula de persona jurídica Nº 3-102-728172, mediante la cual se
modificó la cláusula primera de la sociedad.—San José, 04 de octubre del
2017.—Lic. José Miguel Alfaro Gómez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017174266 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
catorce horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de: Tres-Ciento
Uno-Setecientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Cincuenta y Uno Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica cláusula del pacto
constitutivo.—Ciudad Quesada, 04 de octubre del 2017.—Lic. David Rogelio
Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2017174268 ).
Ante
esta notaría en La Tigra de San Carlos, la sociedad Live & Learn English
House Sociedad Anónima, modificó la cláusula administrativa segunda del
domicilio social.—La Tigra de San Carlos, al ser las once horas del dos de
octubre de dos mil diecisiete.—Licda. Silvia Arias Vásquez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174269 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:00 horas del día 29 de setiembre del dos mil diecisiete,
protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones
Gigantescas S. A., con número de cédula jurídica 3-101-305778, Ashkaa S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y dos mil
doscientos y Thirdave Property S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos diecisiete mil setenta y uno, mediante las cuales dichas
compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Inversiones
Gigantescas S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital
social.—San José, 29 de setiembre del 2017.—Lic. Vivian Rose Troper
Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2017174272 ).
Por escritura pública número
trescientos dieciocho-treinta y dos otorgada ante mi notaría; a las nueve horas
cuarenta minutos del tres de octubre del dos mil diecisiete, se disuelve la
sociedad denominada Arce Artavia de San Blas Sociedad Anónima,
domiciliada en Cartago, San Blas, de la planta de la JASEC veinticinco norte,
setenta y cinco este y setenta y cinco noreste, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y
cinco.—Cartago, tres de octubre del dos mil diecisiete.—Lic Jorge Andrés
Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—( IN2017174274 ).
Mediante escritura otorgada ante ésta
notaria a las 15:00 horas del 4 de octubre de 2017, se protocolizó la fusión
por absorción de las sociedades Carlos Federspiel & Compañía Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cero mil quinientos sesenta y
ocho, Inmobiliaria Tropicana Mil Novecientos Cincuenta y Cuatro S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y ocho mil
trescientos diecisiete y tres-ciento uno-setecientos veintiocho mil quinientos
cincuenta y ocho Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-setecientos veintiocho mil quinientos cincuenta y ocho,
prevaleciendo la empresa Carlos Federspiel & Compañía Sociedad Anónima.—San
José, 4 de octubre del 2017.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—(
IN2017174275 ).
Por escritura número 189 otorgada a
las 11:00 horas del 4 de octubre del 2017, ante el suscrito Notario, se
constituyó la Fundación Arca Verde, con domicilio en la provincia de
Heredia - Santa Barbara, de plazo perpetuo, cuyos objetivos comprenden, entre
otros, el promover, fomentar y desarrollar de la forma más amplia la educación
ambiental y botánica, y toda actividad de protección, educación, y uso
sostenible de los recursos ecológicos, forestales, y botánicos. Tendrá una
Junta Administrativa compuesta por cinco directores y un patrimonio inicial de
cincuenta mil colones.—San José, 4 de octubre del 2017.—Lic. Esteban Carranza
Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2017174276 ).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las diez horas del seis de octubre del dos mil diecisiete, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea de general extraordinaria de accionistas de
la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Setenta y Cinco Mil
Ochocientos Setenta y Nueve S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula de
la administración de la Compañía.—San José, seis de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174279 ).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las dieciséis horas quince minutos del seis de octubre del dos mil
diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Motores Veinte LDM S.A., donde
se acuerda modificar la cláusula octava del pacto constitutivo referente a la
representación de la compañía.—San José, seis de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174280 ).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las nueve horas del seis de octubre del dos mil diecisiete, donde se
da protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad denominada Guayabos Veinte Veinte Sociedad Anónima S.A. Donde
se acuerda modificar la cláusula segunda de los estatutos sociales de la
Compañía.—San José, seis de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017174281 ).
Se da la apertura del proceso de
liquidación notarial N° tres-dos mil diecisiete de la sociedad Jadepra de
Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
setenta y un mil setecientos cincuenta y nueve, se nombra como liquidador al
señor Luis Delgado Prado, se emplaza a cualquier interesado, o posible acreedor
para que en el término de ley se apersone a hacer valer sus derechos en oficina
Heredia, Santa Bárbara, San Pedro, 300 metros al este de la Iglesia. Licda.
Marlen Alfaro Jiménez, abogada y notaria publica, carné 8409.—Licda. Marlen
Alfaro Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017174282 ).
Ante
esta notaría el nueve de octubre del dos mil diecisiete, José Ángel Brenes
Quirós y Karen Agüero López, constituyen sociedad de responsabilidad limitada
cuyo nombre es Jokar de San Rafael Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con un capital social de cien mil colones.—San José, nueve de octubre del dos
mil diecisiete.—Lic. Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017174285 ).
Por
escritura Nº 33, del tomo 14 de mí protocolo, otorgada a las 18:00 horas del
día 20 de setiembre del 2017, se acuerda disolver la sociedad: Vermarli de
Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos diecinueve mil ciento noventa y ocho.—Guadalupe, 20 de
setiembre del 2017.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017174287 ).
Ante esta notaría, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de accionistas de Consultores Contables
& Jurídicos A.O.S & OCON Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela,
San Antonio del Tejar, de Pollos Beto cien metros al este, apartamentos número
uno, casa doscientos quince, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil setecientos ochenta y dos, en la que
disolvió dicha sociedad.—Cartago, 07 de octubre del 2017.—Lic. Randall Madriz
Granados, Notario.—1 vez.—( IN2017174290 ).
Por escritura otorgada a las doce
horas del catorce de setiembre de dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad
Los Tres Mares Alfer Sociedad Anónima. Capital: mil dólares, moneda del
curso legal de los Estados Unidos de América. Plazo: noventa y nueve años.—San
Ramón, 08 de octubre del 2017.—Lic. Mario Enrique Elizondo Alvarado, Notario.—1
vez.—( IN2017174292 ).
Por escritura otorgada en la ciudad
de Cartago a ser las once horas y cinco minutos del día trece del mes de
setiembre del año dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad denominada Romu
Josemar Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-uno cero uno-dos tres nueve
dos cero seis, por acuerdo de socios.—Lic. Jorge Arturo Jara Porras, Notario.—1
vez.—( IN2017174293 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del tres de octubre del
dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
cuotistas de: Inversiones El Dragón Lee Limitada, mediante la cual se
dispuso la disolución y liquidación de la compañía y se nombró liquidador.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. José Antonio Gamboa Vázquez, Notario.—1
vez.—( IN2017174296 ).
Ante esta notaría se ha presentado el
cambio de razón, domicilio social, miembros de junta directiva, y
representación de la sociedad anónima denominada Inversiones Molinas Leitón
de CR Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-setecientos treinta y cuatro mil seiscientos treinta y ocho. Se lleva a
cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, veintinueve de
setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Bautista Loría Martínez, Notario.—1
vez.—( IN2017174297 ).
El suscrito René Gustavo Granados
Monge, notario público con oficina en la ciudad de Cartago, hago constar que
mediante escritura número cincuenta y ocho. Visible al folio noventa y cinco
frente, del tomo veintiséis, de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso D) del Código de Comercio se solicita la disolución de la sociedad C
M Consultores del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y cuatro.—Cartago,
cuatro de octubre del año dos mil diecisiete.—Lic. René Gustavo Granados Monge,
Notario.—1 vez.—( IN2017174298 ).
Ante esta notaría se constituyó J&P
Ferza Inversiones S. A., cuyo presidente es José Pablo Fernández Arce;
cédula de identidad número: uno-mil doscientos setenta-cero ochocientos
sesenta; con un total de capital social por la suma de cuatro millones de
colones. Domicilio: será cantón Santo Domingo, distrito Central de la provincia
de Heredia. Otorgada en Heredia a las quince horas del día veintinueve de
setiembre del dos mil diecisiete. Es todo.—Heredia, nueve de octubre del dos
mil diecisiete.—Lic. Alfredo Esteban Cortés Vílchez, Notario.—1 vez.—(
IN2017174313 ).
Ante la
notaría del Lic. Víctor Manuel González Loría, mediante escritura número ciento
tres, visible al folio cuarenta y nueve frente, del tomo siete de suscrito
notario, con fecha diez horas del día cuatro de agosto del dos mil diecisiete,
se constituyó la sociedad limitada denominada: Restaurante Extremo Sociedad
Anónima, con domicilio en La Cruz de Abangares de Guanacaste, ochocientos
metros al oeste de la Iglesia Católica, en las oficinas del Cánopy Extremo, con
un capital social de mil dólares americanos, representado por diez acciones
comunes y nominativas con un valor de cien dólares cada una.—San José, nueve de
octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1
vez.—( IN2017174326 ).
Por escritura otorgada ante la
notaria Ana Giselle Barboza Quesada, a las nueve horas del seis de octubre del dos
mil diecisiete. Se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Tensawatt
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Mediante la cual acuerda la
disolución de la sociedad. Dentro del plazo de treinta días a partir de esta
publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e
intereses en la presente disolución.—San José, seis de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017174335
).
Por escritura otorgada ante la
notaría Ana Giselle Barboza Quesada, a las quince horas del cinco de octubre
del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Esdia
Links And Networks Sociedad Anónima, mediante la cual acuerda la disolución
de la sociedad. Dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación,
se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la
presente disolución.—San José, cinco de octubre del dos mil diecisiete.—Lic.
Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017174340 ).
Transportes
Privados Caritas Felices C.R. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos treinta y cinco mil setecientos diez, revoca nombramientos de
secretario y tesorero de junta directiva, y nombra nuevos miembros en esos
cargos. Asimismo, cambia su razón social por Corporación de Transportistas
Privados Caritas Felices C.R., Sociedad Anónima.—Guadalupe, Goicoechea,
cuatro de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez,
Notario.—1 vez.—( IN2017174341 ).
Que por escritura otorgada ante mi
notaría, se constituye la sociedad anónima denominada: IM y MC Sociedad
Anónima. Domiciliada: en la ciudad de Cartago, cuyo capital social se
encuentra suscrito y pagado en su totalidad, con plazo social de noventa y
nueve años.—Lic. Carlos Manuel Guzmán Aguilar, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017174349 ).
Tamara Montecinos Ahumada, Notaria
Pública, hace constar que en escritura ciento sesenta y siete del tomo décimo
de mi protocolo; la sociedad KRJ Soluciones S. A., se ha disuelto y
liquidado.—San José, cinco de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Tamara
Montecinos Ahumada.—1 vez.—( IN2017174350 ).
Por escritura número 71 otorgada ante
el suscrito notario, a las 10:00 horas del 2 de octubre del 2017, se nombró
secretaria de la junta directiva de Inversiones Ilanco II Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-268723, domiciliada en San José.—San José, 2 de octubre
del 2017.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2017174352
).
Por
escritura otorgada ante mí a las quince horas del veinte de setiembre del dos
mil diecisiete se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad Flint Hill Managements Sociedad Anónima, en la cual se
modificaron sus estatutos en la cláusula segunda del domicilio social y novena
de la administración.—San José, veinte de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017174357 ).
Por
escritura otorgada ante mí a las ocho horas del veinte de setiembre del dos mil
diecisiete se protocolizó asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
sociedad Canterville Enterprises Limitada en la cual se modificaron sus
estatutos en la cláusula segunda del domicilio social.—San José, veinte de
setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1
vez.—( IN2017174359 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
diez horas y cuarenta y cinco minutos se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza denominada Paradise
Flower Commercial Services Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil treinta y siete en la cual se
acordó, de conformidad con el articulo doscientos uno inciso d) del Código de
Comercio, disolver la empresa a partir de ese momento.—San José, veinte de
setiembre del dos mil diecisiete.—Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2017174360 ).
Por escritura otorgada ante mí a las
diez horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la
compañía de esta plaza denominada Falcon Trading Services Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos nueve mil novecientos
cincuenta y seis en la cual se acordó, de conformidad con el articulo
doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la empresa a partir
de ese momento.—San José, veinte de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017174362 ).
Por escritura otorgada ante mí a las
once horas y treinta minutos se protocolizó asamblea general extraordinaria de
socios de la compañía de esta plaza denominada tres-ciento uno-quinientos
cuarenta y dos mil novecientos once s. a. cédula jurídica número
tres-ciento uno- quinientos cuarenta y dos mil novecientos once en la cual se
acordó, de conformidad con el articulo doscientos uno inciso d) del Código de
Comercio, disolver la empresa a partir de ese momento.—San José, veinte de
setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1
vez.—( IN2017174364 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del veintiocho de septiembre del año dos mil
diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de la
sociedad Alimentos Cook Sociedad Anónima, por la cual se reforma la
cláusula quinta del pacto social.—San José, 28 de setiembre del 2017.—Lic. Juan
Carlos Retana Otárola, Notario.—1 vez.—( IN2017174365 ).
Por escritura otorgada a las
dieciocho horas del veintinueve de setiembre del año dos mil diecisiete, se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agrícola
Ganadera Monserrat de Dulce Nombre Sociedad Anónima. Se nombró presidente y
secretario de la junta directiva.—Lic. Diego Alonso Aguilar Fernández,
Notario.—1 vez.—( IN2017174377 ).
Por escritura otorgada ante mí a las
once horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
compañía de esta plaza denominada PC Options Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-
seiscientos treinta y siete mil novecientos ochenta y tres en la cual se acordó,
de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio,
disolver la empresa a partir de ese momento.—San José, veinte de setiembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017174386
).
Por
escritura otorgada ante mí a las trece horas se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza denominada Tecnodata
Software Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
cuarenta mil seiscientos uno en la cual se acordó, de conformidad con el
articulo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la empresa a
partir de ese momento.—San José, veinte de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017174388 ).
Por escritura otorgada ante mí a las
doce horas se protocolizó Asamblea General Extraordinaria de Socios de la
compañía de esta plaza denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Cuarenta Y
Cuatro Mil Ochocientos Catorce, S.A. cédula jurídica número tres-ciento
uno- quinientos cuarenta y cuatro mil ochocientos catorce en la cual se acordó,
de conformidad con el articulo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio,
disolver la empresa a partir de ese momento.—San José, veinte de setiembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017174390
).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 14 horas del 5 de octubre del año 2017
Condominios La Uvita S. A. modifica clausula decima y cambia junta
directiva.—San José, 5 de octubre del 2017.—Lic. Luis Francisco Solorzano
Víquez, Notario.—1 vez.—( IN2017174391 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
trece horas y cuarenta minutos se protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios de la compañía de esta plaza denominada Tienda Dólares TD-CR
Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno- seiscientos
sesenta y dos mil ciento ochenta y cuatro en la cual se acordó, de conformidad
con el articulo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la
empresa a partir de ese momento.—San José, veinte de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017174392 ).
Por escritura otorgada ante mí a las
nueve horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía de esta plaza denominada Agatha Investments Sociedad Anónima
cédula jurídica número tres-ciento uno- quinientos sesenta y dos mil
ochocientos ochenta y tres en la cual se acordó, de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la empresa a partir
de ese momento.—San José, veinte de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017174393 ).
Por escritura 70, folio 34 f, tomo 7,
otorgada en Limón, Centro, 08 horas del 08 de octubre de 2017. Notaria Atalia
Miranda Castillo, se modificó la representación del gerente 02, 03 y 04 de la
sociedad Zearah Development Costa Rica Sociedad De Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-731869. Gerentes 02, 03 y 04 con facultades de apoderados
generales.—Licda. Atalia A Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2017174394 ).
Hoy protocolicé actas de Fedirro
S.A., en la que se modifica la cláusula del domicilio, Inversiones
Sánchez y Rodríguez S.A., La Guácima Sánchez S.A. y Ondamatico L X S.A.,
en las que se modifican la cláusula de la junta directiva, de la representación
y se reorganiza la junta directiva.—San José, cuatro de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—( IN2017174408
).
Ante
esta notaría, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios
de la firma Masatripi de Pococí Sociedad Anónima, en la cual se modificó
la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Limón, Guápiles, Pococí, cinco de
octubre del 2017.—Licda. Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174410 ).
Por
escritura número dos-treinta y dos otorgada ante esta notaria, a las nueve
horas del cinco de octubre de dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de la
asamblea general extraordinaria de accionistas en la que se modifican las
cláusulas segunda, domicilio social; sétima, de la administración; de la
sociedad denominada Laracruz del Sol Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cuatro mil ciento
noventa y siete.—San José, seis de octubre de dos mil diecisiete.—Lic. Gustavo
Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017174411 ).
Hoy ante esta notaría, se
protocolizaron actas de asambleas generales extraordinarias de socios de las
sociedades: Cincuenta Noventa y Cinco S. A. y Gama Servicios FM S. A.,
las cuales se fusionaron siendo la prevaleciente la última.—San José, seis de
octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017174412 ).
Por escritura otorgada a las doce
horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil diecisiete, ante esta
notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada: AP. Real
Montesol de Santa Ana Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social:
íntegramente suscrito y pagado. Gerente, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Licda. Rebeca Zaparolli Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—( IN2017174413 ).
El día de
hoy, protocolicé los acuerdos de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos
Cincuenta y Tres Mil Ciento Cuarenta Sociedad Anónima, por medio de los
cuales se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo relativa a la
administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Licda. Flor de Liz Monge Sancho, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174419 ).
Por escritura Nº 256-5, otorgada ante
mi notaría, Donrizume RZM S. A., cédula jurídica Nº 3-101-270683,
protocoliza acuerdos de asamblea, cambiando el domicilio social.—Cartago, a las
11:00 horas del 02 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Vega Aguilar, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017174420 ).
Ante mí, la empresa Acusticielos
S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-036091, mediante asamblea
general extraordinaria celebrada a las once horas veinticinco minutos del 06 de
octubre del 2017, se reformó la cláusula segunda; se revocó el nombramiento de
la tesorera, se aceptó la renuncia de la fiscal y se realizaron nuevos
nombramientos.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Enrique Hernández
Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2017174422 ).
Por medio
de la escritura número doscientos treinta y dos otorgada ante la notaria
Marianela Portuguez Sánchez, a las once horas del día veinticinco de setiembre
del dos mil diecisiete se acuerda la disolución de la sociedad denominada Alro
Murillo Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuarenta y cinco setenta y siete noventa y ocho, y en virtud de
que no existen pasivo y activo que repartir se declara liquidada esta
sociedad.—San José, veintisiete de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Marianela Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017174426 ).
Protocolización
del acta de asamblea general y extraordinaria de socios de la Compañía
Productos Agrícolas Cayma Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno doscientos sesenta y cinco mil ciento noventa y uno en la cual
se acuerda reformar la cláusula “quinta, la cláusula “segunda”. Escritura
otorgada a las nueve horas treinta minutos del tres de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez.—1 vez.—( IN2017174427 ).
Por
escritura Nº 93 otorgada ante esta notaria, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de Valle Perdido II Home Owners Asociation S. A., cédula
Nº 3-101-733093, se modifica cláusula de representación y se mantiene los
nombramientos.—Cartago, 3 de octubre 2017.—Licda. Lucrecia Rojas Calvo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174428 ).
A las
catorce horas del tres de octubre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta
de asamblea de accionistas de la sociedad Condominio Ferrol Siete Linda
Vista Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos
cincuenta y ocho mil ochocientos once, mediante la cual sus accionistas por
unanimidad de votos decidieron disolver la sociedad anónima. Lic. Alejandro
Wyllins Soto, carné 15786.—San José, tres de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017174430 ).
Los señores, Freddy Miranda Espinoza,
cédula Nº 5-314-034, Yimi Jarlin Garcia Obando, nicaragüense con cédula de
residencia costarricense Nº 155818659724, y Roberto Antonio Miranda Espinoza,
cédula Nº 2-546- 302, todos vecinos de Santa Cecilia de La Cruz, Guanacaste,
constituyen la sociedad Grupo Los Mirinda Sociedad Anónima. Domicilio:
La Santa Cecilia de La Cruz, Guanacaste, Cruz, Guanacaste, de la escuela 200
metros al norte y 25 al este. Presidente: Freddy Miranda Espinoza. Lic. Luis
Ángel Salazar Ureña, Notario Público, carné Nº 8053.—La Cruz Guanacaste, 4 de
octubre del 2017.—Lic. Luis Ángel Salazar Ureña, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017174432 ).
Ante esta notaría se nombra junta
directiva y reforma representación judicial y extrajudicial del Pequeño
Saltamonte Dos Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 09 de octubre del
2017.—Lic. Jorge E. Rojas Villarreal, Notario.—1 vez.—( IN2017174434 ).
En esta notaria, escritura número
166-9, otorgada en ante el notario José Alexander Chacón Barquero, con fecha
del 1° de octubre del 2017 a las 10:00 horas, se ha protocolizado acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: J & M Dos Mil
Catorce Distribuidora Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos ochenta y un mil trescientos veintidós, en la que se reforma la
cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra miembro en junta directiva.
Es todo.—San José, 9 de octubre del 2017.—Lic. Alexander Chacón Barquero,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174435 ).
En escritura número cincuenta y
seis-trece, de las doce horas del catorce de setiembre del dos mil diecisiete,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía DP Comunicación Estratégica, Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos cuarenta y cuatro mil
quinientos cincuenta y tres, reformando la cláusula quinta y sexta del pacto
constitutivo de la sociedad correspondiente a la junta directiva y el capital
social respectivamente.—San José, cinco de octubre del dos mil diecisiete.—Lic.
Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—( IN2017174436 ).
Por acta de las trece horas del 5 de
octubre de 2017, se reformó las cláusulas quinta y octava del pacto social de
la empresa Bici Repuestos Brenes de Costa Rica S. A., cédula jurídica N°
3-101-082705. Juan Madriz Arce, Presidente.—San José, 06 de octubre del 2017.—Lic. Juan Madriz Arce, Notario.—1 vez.—(
IN2017174437 ).
En mi
notaria, el 29 de setiembre de 2017 se constituyó la sociedad anónima
denominada con el número de cédula jurídica que indique el Registro. Notario
público Licenciada Jacqueline Gamboa Valverde, carnet N° 7969.—San José, cuatro
de octubre de dos mil diecisiete. Licda. Jacqueline Gamboa Valverde, Notaria.—1
vez.—( IN2017174460 ).
En mi notaría, el 2 de octubre del
2017, al estar disuelta la sociedad, Importadora Rockies Sociedad Anónima,
cédula de personería jurídica N° 3-101-543298, por Ley 9024, por asamblea
extraordinaria de socios se nombra liquidador. Notario pública Jacqueline
Gamboa Valverde, carnet número: setenta y nueve seis nueve.—San José, 9 de
octubre de 2017.—Licda. Jacqueline Gamboa Valverde, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174462 ).
Por
escritura número ciento veinticuatro, otorgada ante esta notaría, a las nueve
horas del cinco de octubre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad: Se Armo de Fe Sociedad
Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos cincuenta y tres mil
ochenta y ocho, se tomó el acuerdo por unanimidad de sus socios disolver la
sociedad a partir del día de hoy.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—(
IN2017174468 ).
Por escritura otorgada a las trece
horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del 2017, se disuelve Poza
del Poró Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos
seiscientos sesenta y cinco mil ochocientos noventa y cuatro.—San José, 27 de
setiembre del 2017.—Licda. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2017174470
).
Mediante escritura número trescientos
veintiséis otorgada ante mi notaría, a las once horas del diecisiete de
setiembre del dos mil diecisiete se protocoliza el acuerdo de disolución de la
sociedad Transportes JR de San Ramón Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cinco ocho tres cero nueve cinco. Fecha de pago del edicto
cuatro de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. María Isabel Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—( IN2017174471 ).
La suscrita Francisca Rojas Carranza,
notaria pública, protocolicé acta número uno de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad denominada con su razón social 3-101-689523 S. A.,
para reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo y nombrar nueva junta
directiva.—Licda. Francisca Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—( IN2017174472 ).
Por
medio de escritura número doscientos cinco, otorgada a las 13 horas del 22 de
abril del 2017, ante esta notaría se disolvió la sociedad denominada United
Paradises of Invernal Dawn Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-dos cinco cinco uno ocho cero.—Orotina, 07 de octubre
del 2017.—José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—( IN2017174475 ).
Ante mi notaría, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de: Casa Cristóbal
Condominio Residencial Guaria Morada de San Pablo Sociedad Anónima,
modificando cláusulas del pacto constitutivo y se nombra nuevo
secretario.—Tibás, 07 de octubre del 2017.—Licda. Gloriana Arias Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174476 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
nueve horas del seis de octubre del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula
sétima del pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada: Ganadera
Santa María de San Carlos Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, nueve de octubre
del dos mil diecisiete.—Licda. Zihanny María Elías González, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174478 ).
El día
03 de octubre del 2017, ante esta notaría, se protocolizó acta de la sociedad: Los
Nietos de Toto de Guadalupe de Cartago Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-599767, en la cual se modifica la cláusula quinta.—Cartago, 03 de octubre
del 2017.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017174479 ).
Por escritura número ciento
veintinueve de las ocho horas del nueve de octubre del dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Tejiendo
Redes de Vida Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-setecientos treinta y tres setecientos cinco, en donde se toma el acuerdo
de forma unánime por todos los socios de disolver la sociedad y no nombrar
liquidador.—San José, nueve de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Rodolfo
Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2017174480 ).
Costa Rica Travel and Confort S.A., disuelve sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de
Heredia, a las nueve horas del día veintinueve de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017174483 ).
Zaga de Costa Rica S. A., disuelve sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de
Heredia, a las diez horas del día veintinueve de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017174484 ).
Ante el suscrito Juan Carlos Brenes
Retana, abogado y notario público con oficina en San José, hago constar que en
mi notaría, se constituyó la sociedad que se denominará: Grupo Dirección de
Negocios El Triunfo ABC Sociedad Anónima. Presidenta: Wendy Cordero
González. Capital: suscrito y pagado mediante títulos valores. Escritura Nº 21 de
las 16:00 horas del 28 de setiembre del 2017.—San José, 28 de setiembre del
2017.—Lic. Álvaro Vladimir Moya Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2017174486 ).
En mi notaría en San José, avenida 4,
calles 6 y 8, edificio Román, el día 5- 10- 2017, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de la Arteanza Kanatana Sociedad Anónima, con
cédula jurídica Nº 3-101-601084. Se reforma cláusula décimo primera del pacto
constitutivo y se nombra nuevo tesorero y fiscal. Licda. Alejandra Carolina
Román Espinoza, Notaria Pública, carnet 21806.—San José, 5 de octubre de
2017.—Licda. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017174489 ).
Por escritura número ciento setenta y
tres, de las nueve horas, del nueve de octubre del dos mil diecisiete, visible
al folio sesenta y ocho frente del tomo dieciséis del protocolo del suscrito
notario, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de El Tapatio
S.A, cédula jurídica: tres: ciento uno-ciento setenta y cuatro mil
cuatrocientos once, donde se acuerda su disolución.—Lic. José Alberto Rivera
Torrealba, Notario.—1 vez.—( IN2017174490 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las catorce horas del veintidós de setiembre del dos mil diecisiete,
se protocoliza acta de asamblea general en donde se acuerda revocación de
nombramiento de gerentes uno y dos, y nombramiento del nuevo Gerente de la
Sociedad 3-102-707260 Sociedad de Responsabilidad Limitada, Santa Teresa
de Cóbano Puntarenas. Es todo.—Nueve de octubre del dos mil diecisiete.—Lic.
Edgar Manuel Jiménez Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017174492 ).
Al ser las diecisiete horas del cinco
de octubre del dos mil diecisiete, se acordó la disolución de Scholl
Arquitectos Sociedad Anónima.—San José 06 de octubre del 2017.—Lic.
Alejandro Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017174494 ).
Por escritura otorgada ante mí,
número tres de las diecinueve horas treinta minutos del día seis de octubre del
dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Bolmor
S. A. Domiciliada en Heredia centro. Objeto: el ejercicio del comercio en
todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura y en general toda
actividad lucrativa. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Edinson
Bolaños Salazar. Capital social: un millón de colones, representado por diez
acciones, comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y
pagadas.—Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2017174498 ).
Ante la notaria, Hellen Cristina
Cordero Mora, se protocoliza acta número diecinueve de la Asociación
Comunidad Internacional Ciudad de Fe, el día cinco de octubre del dos mil
diecisiete, en la cual se prorroga el plazo de la actual junta directiva. Es
todo.—Heredia, cinco de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Hellen Cristina
Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017174499 ).
Por escrituras otorgadas ante mí, a
las 10:00 horas del 03 de octubre de 2017, 10:15 horas del 03 de octubre de
2017 y 10:00 horas del 04 de octubre de 2017, se protocolizaron actas de las
sociedades Concentrados Gastón Fernández Mora S. A., Bodeplan S. A.
y Atai de Tibás Ltda. respectivamente. Se reforma cláusula de
administración.—Cartago, cuatro de octubre de 2017.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez,
Notario.—1 vez.—( IN2017174500 ).
DPor escritura otorgada ante mí a las
16:00 horas del 3 de octubre de 2017, se protocolizó acta de Dobresol S. A. Se
disuelve la sociedad.—Cartago, 4 de octubre del 2017.—Lic. Eugenio Ortiz
Álvarez, cédula 105690003, Notario.—1 vez.—( IN2017174501 ).
Ante esta notaria, por escritura
otorgada a las once horas del nueve de octubre del dos mil diecisiete, se
protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Volunticos S.A., en la cual se modifican las cláusulas primera,
segunda y octava del pacto constitutivo, y se revoca el nombramiento del
presidente, tesorero de la junta directiva y fiscal y se realizan los nuevos
nombramientos en los puestos vacantes por todo el resto del plazo
social.—Cartago, nueve de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Paola Di Pippa Estrada, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174503 ).
Por
escritura número seis otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta
minutos del catorce de setiembre del dos mil diecisiete, se modifica la cláusula
segunda del pacto constitutivo la sociedad denominada Sierra OAK Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos siete mil
setecientos ochenta y tres.—San José, catorce de setiembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—( IN2017174514 ).
Mediante escritura N° 126 de las
11:00 horas del día 28 de setiembre del 2017, se constituye Texpro de Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, visible al folio 60 vuelto del
tomo 24 de los protocolos de la notaria Rocío Córdoba Cambronero.—Licda. Rocío
Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—( IN2017174515 ).
Mediante escritura Nº 126 de las
11:00 horas del día 28 de setiembre del 2017, se constituye la sociedad anónima
que tendrá como denominación social el número de cédula jurídica que le asigne
el Registro Público según decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J
del día catorce de junio del año dos mil seis, visible al folio 62 vuelto del
tomo 24 de los protocolos de la notaria Rocío Córdoba Cambronero.—Licda. Rocío
Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—( IN2017174516 ).
Mediante
escritura Nº 158 de las 12 horas del día 07 de octubre del 2017, se constituye
la sociedad Panadería y Pastelería Sofi Sociedad de Responsabilidad Limitada,
visible al folio 67 vuelto del tomo 24 de los protocolos de la notaria Rocío
Córdoba Cambronero.—Licda. Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174517 ).
Scenic Realestate Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-417760, para efectos de cumplir lo
dispuesto en el artículo 14 del Reglamento de Legalización de Libros de
Sociedades Mercantiles, notifica que se encuentra realizando el trámite legal
correspondiente a la reposición por extravío de los siguientes libros legales:
(I) tomo número uno del libro de Registro de Accionistas, (II) tomo número uno
del libro de Asamblea de Junta Directiva, y (III) tomo número uno del libro de
Asamblea de Accionistas. Quien se considere afectado puede oponerse en el plazo
de ocho días a partir de su publicación en La Gaceta. Piper Renner, de
nacionalidad estadounidense, pasaporte Nº 562947536, Representante Legal.—San
José, 06 de octubre del 2017.—Piper Renner, Representante Legal.—1 vez.—(
IN2017174523 ).
En mi
notaría a las doce horas del nueve de octubre del dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de la sociedad Daho Pozos Costa Rica S. A. Se modificó
cláusula sexta y se realizó cambio de junta directiva. Se solicita la
publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—San José, nueve
de octubre de dos mil diecisiete.—Lic. José Pablo Sánchez Vega, Notario.—1
vez.—( IN2017174533 ).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de
compañía denominada: Talent Focus, Sociedad Anónima, mediante la cual se
otorga poder general a la señora Catalina Daniels Gamboa.—Lic. José Pablo
Sánchez Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017174534 ).
Por escritura N° 224-1 de las 12:00
del 28 de septiembre de 2017, en esta notaría se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Inversiones Fifafú Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica: N° 3-102-554646. Se reformó la cláusula segunda
donde se modificó el domicilio.—Lic. Luis Felipe Zamora Cubero, Notario.—1
vez.—( IN2017174536 ).
En mi notaria, se protocoliza acta de
asamblea extraordinaria de socios de Sigma Kappa Creations Sociedad Anónima,
en la cual se transforma a sociedad de responsabilidad limitada. Es todo.—San
José, cuatro de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Sophia Lobo León,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174537 ).
En mi notaría, se protocoliza acta de
asamblea extraordinaria de socios de IOTA Designs Sociedad Anónima en la
cual se transforma a sociedad de responsabilidad limitada. Es todo.—San José,
cuatro de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Sophia Lobo León,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174538 ).
En mi notaría, se protocoliza acta de
Asamblea Extraordinaria de socios de Tau Luna Sociedad Anónima en la
cual se transforma a sociedad de responsabilidad limitada. Es todo.—San José,
cuatro de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Sophía Lobo León,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174540 ).
Ante esta notaria por escritura
número ciento cincuenta y nueve de las quince horas del dos de octubre del dos
mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de la
compañía Patología Cutanea Zadh Sociedad Anónima, donde se modifica el
domicilio y la junta directiva, visible al folio ciento noventa y cuatro vuelto
al folio ciento noventa y cinco frente del tomo dieciocho.—San José, dos de
octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Natán Wager Vainer, Notario.—1 vez.—(
IN2017174542 ).
Ante
esta notaria por escritura número ciento sesenta de las ocho horas del nueve de
octubre del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad Balance Dérmico
Sociedad Anónima, visible al folio ciento noventa y cinco vuelto al folio
ciento noventa y siete frente del tomo dieciocho.—San José, nueve de octubre
del dos mil diecisiete.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—( IN2017174543
).
En
escritura pública 78, otorgada en San José, a las 15:00 horas del 20 de
setiembre 2017, consignada en el tomo VIII, folio 81 frente del protocolo de la
notaria pública Ingrid Vargas Bolaños se protocoliza acta uno de la asamblea
general de la sociedad anónima Sistemas de Seguridad Fava Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-743016. Objeto. Seguridad privada, comercio,
transporte, agricultura, ganadería, minería, agroindustria, la industria, podrá
para satisfacer su objeto importar y exportar, comprar, vender, hipotecar,
pignorar, arrendar, enajenar, gravar y de cualquier otro modo poseer y disponer
de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales y personales,
podrá también ser representante de casas extranjeras, participar en
licitaciones públicas, privadas y concesiones del Estado. Así como cualquier
otro servicio relacionado con las actividades indicadas.—San José, 16:00 horas
del 20 setiembre, 2017.—Licda. Ingrid Vargas Bolaños, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174550 ).
Por escritura otorgada en San José a
las catorce horas del veintiséis de setiembre del dos mil diecisiete, la
notaria Karla María Granados Vindas protocolizó acta de asamblea extraordinaria
de la compañía Finca Arco Iris Sociedad Anónima, donde se modifica el
artículo once del pacto constitutivo. Es todo.—San José, dos de octubre del dos
mil diecisiete.—Licda. Karla María Granados Vindas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174551 ).
Mediante escritura otorgada a las
diez horas del veintisiete de setiembre del dos mil diecisiete, se disuelve la
sociedad La Ñusta de Korikancba Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, dos de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Karla María Granados
Vindas, Notaria.—1 vez.—( IN2017174552 ).
Al ser las 16 horas del 01-09-2017,
mediante escritura doscientos uno, se protocoliza acta de cambios de la junta
directiva y modificación de cláusula sexta y décimo tercera del pacto
constitutivo de Inversiones Ameli S.A cédula jurídica 3-101- 489672.—San
José 01 de setiembre del 2017.—Lic. Santiago Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—(
IN2017174568 ).
Ante esta
notaría mediante escritura número cuarenta y cinco-cuarenta y cuatro de las
diez con quince horas del seis de octubre de dos mil diecisiete, se constituyó
la sociedad Blanco El Piterb Dos Mil Nueve Sociedad Civil.—Grecia, seis
de octubre de dos mil diecisiete.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—(
IN2017174572 ).
Fabián
Chacón Núñez, cédula siete- ciento sesenta y ocho-seiscientos cincuenta y tres
y Kimberli Tatiana Alfaro Mena, cédula siete-doscientos siete-doscientos
cincuenta, vecinos de Guápiles, constituyen la sociedad Centro de
Distribución del Caribe SRL, capital totalmente suscrito y pago
correspondiéndole al gerente y a la subgerente la representación judicial y
extrajudicial, escritura otorgada en Guápiles, al ser las diez horas del día
cinco de octubre del dos mil diecisiete. Ante notaria.—Guápiles, nueve de
octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Criselda Valverde Elizondo, Notaria.—1
vez.—( IN2017174580 ).
Ante esta notaría los socios de las
siguientes sociedades: La Antigua Dos Azahares Sociedad Anónima cedula
jurídica 3-101-618247, con domicilio en Cartago, La Unión, Tres Ríos, de la
Municipalidad doscientos metros al este, trescientos metros al norte y
cincuenta metros al este; Omega Tres C Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101- 636316, con domicilio en la Cartago, La Unión, San Juan, de la entrada
principal del Residencial Omega setecientos metros al sur, cuatrocientos metros
al este y veinticinco metros al norte, Omega Seis F Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-636318, con domicilio en la Cartago, La Unión, San
Juan y Condominio Antigua Rosa del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada
cedula jurídica 3-102-653560, con domicilio en San José, Desamparados,
Residencial Porosales, casa número veintiocho H, han convenido disolver las
sociedades referidas, declarando que las mismas no poseen pasivos ni activos.
Es todo.—Cartago, 03 de octubre del 2017.—Licda. María de los Ángeles Angulo
Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2017174582 ).
El día de
hoy en mi notaría protocolice acta número dos de asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada Bienes Vinculados Torres Calvo
Limitada de las quince horas del seis de noviembre del dos mil quince,
mediante la cual se reforman las cláusulas Segunda y Seta del pacto
constitutivo.—Cartago, 29 de setiembre del 2017.—Licda. Patricia Maria Meza
Meza, Notaria.—1 vez.—( IN2017174588 ).
Por escritura número 60-12, otorgada
ante esta notaría a las a las 11:00 horas del 05 de octubre del año 2017, se
protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Diamond Hill Ltda,
con cédula jurídica 3-102-400567, mediante la cual mediante la cual se reformó
la administración y se nombró nuevo gerente.—San José, de octubre del año
2017.—Firma responsable:.—Lic. Jorge F Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(
IN2017174595 ).
Se hace saber que en mi notaría a las
nueve horas con cincuenta minutos del nueve de octubre del dos mil diecisiete,
se aprobó reformar la cláusula novena del pacto constitutivo de Tecnología
Aplicada Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-
ciento uno- ciento sesenta y dos mil seiscientos ocho.—San José, nueve de
octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Silvia Alvarado Quijano. Notaria.—1
vez.—( IN2017174596 )
Ante el Lic. Juan Federico Arias
Chacón, los socios acuerdan transformar el estatuto de la sociedad P P Paraíso
Perdido Inc Sociedad Anónima. Cédula jurídica: 3-101- 279945 que pasará de
ser Sociedad Anónima a Sociedad Responsabilidad Limitada. Es
todo.—Jacó 04 de octubre 2017.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1
vez.—( IN2017174604 ).
Por escritura otorgada ante ésta
notaría a las diecisiete horas del seis de setiembre del dos mil diecisiete,
Jahayra Naranjo Ureña conocida como Yahaira Naranjo Ureña, uno- mil treinta y
ocho- trescientos cuarenta y dos, Christiam Martínez Chanto, cédula de
identidad uno- mil doce- ciento cincuenta y siete, y Cristal Michelle Martínez
Naranjo, cédula de identidad tres- cuatrocientos noventa y cuatro- quinientos
treinta y uno, constituyen Inmobiliaria Manayacri Sociedad De Responsabilidad
Limitada. Representación: Dos Gerentes actuando conjunta o
individualmente.—San José, nueve de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Marco
Antonio Vargas V., Notario.—1 vez.—( IN2017174653 )
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciocho horas del diez de setiembre del dos mil diecisiete,
Francis Alejandro Navarro Castillo, cédula de identidad uno-mil doscientos
cinco-cero cincuenta y nueve y Jessica María Marín Fallas, conocida como
Jessica Navarro, cédula de identidad tres-cuatrocientos noventa y
tres-novecientos dieciséis, constituyen Finca las Alondras NYM Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Representación: Gerente y subgerente, actuando
conjunta o individualmente.—San José, nueve de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Marco Antonio Vargas V., Notario.—1 vez.—( IN2017174654 ).
Por escritura número ciento setenta y
cinco, otorgada en mi notaría, a las ocho horas del seis de octubre del año dos
mil diecisiete, se modifica la cláusula segunda del domicilio del pacto
constitutivo de la sociedad New Black Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-536949.—Lic. Marvin Jose Villagra Lopez, Notario.—1 vez.—(
IN2017174659 )
Por escritura 73 del tomo 3, de las 8
horas del 3 de octubre del 2017, se acordó la modificación de la cláusula
segunda del pacto constitutivo de Morago Multiconsultoría Sociedad Anónima.—San
José, 3 de octubre del 2017.—Lic. Andrés Antonio Bonilla Valdés, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017174660 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las ocho horas del día veintidós de agosto de dos mil diecisiete, se
modificó el pacto constitutivo de la sociedad AS Zajareño Limitada.
Notario Alfredo Andreoli González.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2017174661 ).
Ante esta notaría a las 09:30 horas
del 03 de octubre del año 2017. Mediante escritura 126 del tomo 17 se
protocolizo acta de Distribuidora Galaupa S. A. Aumenta capital social.
Notaria: Yamilett Fernández Sandí.—Licda. Yamilett Fernández Sandí, Notaria.—1
vez.—( IN2017174663 ).
En mi notaria por escritura a las
13:30 horas del 2 de octubre del 2017, se
protocolizó acta de la
sociedad Tréboles del Eden S. A., cédula jurídica Nº 3-101-572950 por la
cual se acuerda la disolución de la sociedad. Cualquier interesado o acreedor
podrá presentar su oposición en el domicilio social de esta sociedad.—Ciudad
Quesada, dos de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge
Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2017174665 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en San José a las trece horas del día de hoy, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Pour Toujours S. A.,
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, dos de octubre del
dos mil diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017174667 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas del veintisiete de
setiembre del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad Grupo Acuantá S.
A. Capital: totalmente suscrito y pagado. Notario: Mario Cordero
Sánchez.—San José, 27 de setiembre del 2017.—Lic. Mario Cordero Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2017174668 ).
Ante esta notaría, del Lic. Carlos
Serrano Pérez, sita en Tibás, del parque doscientos metros al sur y cincuenta
al oeste, con fecha nueve de octubre el dos mil diecisiete, se protocolizó acta
número dos del libro de asambleas generales y extraordinarias de la sociedad: Extrategías
Consultoría Gerenciales CM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos noventa y ocho mil setecientos veintidós, donde se acuerda la
disolución de dicha sociedad, por lo que se insta a cualquier interesado, que
dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, a hacer valer sus derechos.—San José, al ser las diecisiete horas un
minuto del día nueve de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Humberto
Serrano Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017174670 ).
Mediante acuerdo de socios de fecha
dos de octubre del dos mil diecisiete, protocolizada por la notaria Erika
Wattson López, el día dos de octubre del dos
mil diecisiete, mediante escritura pública número cuarenta y tres-dos, se
acordó la disolución de la empresa: Monsua de Angelique Primera Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos cuarenta y tres mil ochocientos veinte. Se emplaza por treinta
días a partir de la publicación a todos los interesados a fin de que se
apersonen a hacer valer sus derechos.—Cartago, dos de octubre del dos
mil diecisiete.—Licda. Erika Wattson López, Notaria.—1 vez.—( IN2017174671 ).
El suscrito notario hace constar que
ante esta notaría y mediante escritura pública de las nueve horas del día tres
de octubre del dos mil diecisiete, se modifica la cláusula segunda del pacto
constitutivo referente al domicilio de la sociedad denominada: Sebasjoten
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos siete
mil doscientos veintiocho.—Cartago, tres de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—( IN2017174672
).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 20 de setiembre del
2017, se solicita la disolución de la mercantil: Inmobiliaria BBC Boniek
Borge & Castro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-430298, por acuerdo de
socios.—San José, 20 de setiembre del 2017.—Licda. Melina Cortés Castro,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174680 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08:00 horas del 02 de octubre del 2017, se modifica la cláusula
del objeto del pacto constitutivo, en la mercantil: Techforces Solutions
Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Alejandro Rojas
Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017174683 ).
Mediante asamblea extraordinaria de
cuotistas de la sociedad: Alfresco Software Costa Rica Limitada, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y
cuatro mil ciento sesenta y siete, celebrada en las oficinas de Bufete Arias
San José, Avenida Escazú, Torre Lexus, oficina doscientos nueve, Bufete Arias,
a las trece horas del día nueve de octubre del dos mil diecisiete, la cual fue
debidamente protocolizada ante la notaria pública Vivian Gazel Cortés, mediante
escritura pública número ciento quince, visible al folio ciento cuatro frente
del tomo segundo de su protocolo, y en la cual se acordó disolver la sociedad
de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio.—San José, quince horas del nueve de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Vivian Gazel Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2017174684 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de: Tempus
Connections S.R.L., mediante la cual se modifica la cláusula segunda de sus
estatutos.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Alfonso Jiménez Meza, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017174687 ).
Por escritura número setenta y tres
-once, otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día dos de octubre del
2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad: Inversiones Chaves Montero Sociedad Anónima, mediante la
cual se modificó la cláusula segunda del domicilio, se amplío el plazo social y
se realizan los mismos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—( IN2017174691 ).
La
suscrita licenciada Ana Gabriela Ávila Morúa, notaria pública de San José,
protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de compañía Servicios
Integrales Medico Legales El Griego S. A., en la cual se dispone la
disolución de la misma por acuerdo unánime de socios. Escritura N° 201.
Otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del veintiséis de setiembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Gabriela Ávila Morúa, Notario.—1 vez.—(
IN2017174696 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 9 de octubre del
2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la empresa Cenayge Comercial S. A., mediante la cual se acuerda
disolver la sociedad con base en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.
No hay activos que liquidar. No hay pasivos pendientes. No se nombra
liquidador.—Licda. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2017174698 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 09:00 horas del 9 de octubre del
2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la empresa Atlantis Construction S.A., mediante la cual se acuerda
disolver la sociedad con base en el artículo 201 inciso d) del Código de
Comercio. No hay activos que liquidar. No hay pasivos pendientes. No se nombra
liquidador.—Licda. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2017174700 ).
Mediante escritura otorgada por la
notaria pública Mariela Solano Obando, a las 12:00 horas del día 14 de
setiembre del 2017, se constituyó la Fundación Zamora Terán, cuyos fundadores
son Robert Joseph Zamora; María Josefina Zamora; Diego Andrés Zamora; Marcela
Zamora Erana; Rodrigo Alberto Zamora; y Roberto José Zamora. Domicilio:
Provincia de San José, cantón San José, distrito Mata Redonda, Sabana Norte,
Avenida Las Américas, Sabana Business Center, piso doce, pero podrá establecer
filiales y agencias en cualquier lugar de la
República o fuera de ella. Objetivo: Su principal fin es ayudar a mejorar la
educación, salud y medio ambiente en la República de Costa Rica. Podrá
recolectar fondos privados o públicos, coordinar con la administración pública
y empresas privadas la contratación y realización de distintos proyectos
dirigidos a su fin principal, podrá realizar donaciones de dinero en efectivo,
comprar vehículos o construir instalaciones. Asimismo, podrá realizar eventos
de beneficencia y podrá tener cuentas bancarias a su nombre. Para el
cumplimiento de estos fines, la Fundación podrá recibir donaciones privadas,
estatales o de otros gobiernos extranjeros u organizaciones no gubernamentales
o afines, podrá comprar, vender, hipotecar, pignorar, arrendar, y en cualquier
otra forma, poseer y disponer de toda clase de bienes muebles e
inmuebles, derechos reales y personales. Además podrá gestionar recursos
económicos y colaborar con otros entes públicos y privados, y podrá realizar
toda clase de operaciones comerciales para aumentar su patrimonio.—San José, 15
de setiembre del 2017.—Licda. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174701 ).
Mediante escritura otorgada en esta
notaría, a las diez horas del treinta de setiembre del dos mil diecisiete, se
modificaron las cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social de la
sociedad denominada Foresta Tulipán S. A., con cédula jurídica tres -
uno cero uno -cuatro cuatro siete cero uno nueve.—San José, dos de octubre del
dos mil diecisiete.—Licda. Blanca Lorena Alfaro Madrigal, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174703 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en San José a las diez horas del día de hoy, protocolicé acta de
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Colinas de Monserrat S. A.,
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, treinta de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1
vez.—( IN2017174704 ).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, en San José a las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Los Viejos Portales S.A.,
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, treinta de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1
vez.—( IN2017174707 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las once horas del día de
hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres
- Ciento Uno - Seiscientos Veintisiete Mil Quinientos Veinticinco S. A.,
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, treinta de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1
vez.—( IN2017174708 ).
Se aumenta plazo social, vence
veintisiete de noviembre de dos mil sesenta y nueve San Termo Sociedad
Anónima.—Cuatro de octubre de dos mil diecisiete.—Licda. Dinorah Obando
Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2017174709 ).
Por escritura otorgada en Heredia el
nueve de octubre del dos mil diecisiete se aprueba la disolución de Natutal
de Lara NL Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno- cinco dos seis dos
seis cuatro.—Heredia, nueve de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Andrea María Alvarado Sandí, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174715 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las doce horas del día de
hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Kady
Habibe S. A., mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José,
treinta de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174717 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las diez horas del día de
hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Cuarenta Mil Quinientos Setenta y Cinco S. A., mediante la
cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, dos de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN20174720 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las doce horas del día de
hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Strong
Wings S. A., mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José,
dos de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174721 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las once horas del día de
hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ame
Caline S. A., mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. San José,
dos de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174723 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en San José, a las nueve horas del día de hoy, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Vallebona Uno A SRL,
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, treinta de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1
vez.—( IN2017174725 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas, del 09 de octubre de
2017; se acordó: A) Reformar cláusula Nº 2 correspondiente al domicilio social,
B) Reformar cláusula Nº 6 correspondiente a las cuotas, C) Reformar cláusula Nº
7 correspondiente a las Asambleas de Cuotistas, D) Reformar cláusula Nº 8
correspondiente a la Administración de la Sociedad, E) Se revocan los
nombramientos existentes y se nombra una única Gerente. Evolvo CR Limitada.
Licenciada Mariana Herrera Ugarte, 8846-8145.—Licda. Mariana Herrera Ugarte,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174726 ).
A las 11:00 horas del 30 de setiembre
del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Euro
Loft Doce Mediterráneo S. A., donde por acuerdo de socios se acordó su
disolución.—Cartago, 02 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora,
Notario.—1 vez.—( IN201714728 ).
Por medio de escritura otorgada en
San José, a las 11:00 horas del 20 de setiembre del 2017, se protocolizaron
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa
denominada Importaciones Minho Limitada, mediante la cual se disuelve la
empresa.—San José, 20 de setiembre del 2017.—Lic. Oscar Mata Muñoz, Notario.—1
vez.—( IN2017174732 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
doce horas del 09 de octubre del 2017, se reforman los estatutos de la sociedad
Inversiones SMS Profesionales GZM S. A. Se modifica la cláusula de
administración.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—(
IN2017174734 ).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Soluciones de
Pago MB Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
noventa y tres mil trescientos veintidós, en la cual se aumenta el capital
social, de la sociedad. Escritura otorgada en San José, ante el notario público
Sergio Aguiar Montealegre, a las quince horas del nueve de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—( IN2017174736 ).
Por escritura otorgada a las nueve
horas del seis de octubre del dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Multiservicios K.A.M.G. de Occidente
Sociedad Anónima. Se nombran nuevos miembros de la junta
directiva.—Naranjo, 6 de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Guadalupe
Montero Ugalde, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017174737 ).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las trece horas del veinticinco de setiembre del dos mil diecisiete,
donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Castillos de Diamante
S. A. Donde se acuerda modificar el pacto constitutivo de la sociedad y
convertir la misma en sociedad de responsabilidad limitada.—San José, seis de
octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174738 ).
Por escritura
otorgada a las 10 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Siete Mil Ochocientos Setenta y Siete Sociedad Anónima,
domiciliada en San José. Donde se acordó modificar la cláusula del nombre y
domicilio, se nombró tesorero y fiscal.—San José, 4 de octubre del 2017.—Lic.
Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2017174739 ).
Por medio de escritura número
doscientos sesenta y seis-trece, a las a las quince horas del nueve de octubre
de dos mil diecisiete. Se acordó disolver la sociedad anónima denominada JMA
Advisors and Consultors Sociedad Anónima de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Licda. Erika Montano Vega,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174744 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del
cuatro de octubre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Noqueno
S.A. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta, del pacto
constitutivo.—San José, cuatro de octubre del dos mil diecisiete.—Licda.
Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017174745 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas veinte minutos del
cuatro de setiembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de
acta de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Hotelera Playa
Sombrero S.R.L. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda, quinta y
sétima, del pacto constitutivo.—San José, cuatro de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174747 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del nueve de octubre del
dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones C G R
S.A., donde se acuerda modificar las cláusulas: Quinta: del capital social.
Segunda: del domicilio. Cuarta: del plazo social. Sexta: de la administración.
Sétima: de los estatutos de la compañía. Octava: de las asambleas de
accionistas.—San José, nueve de octubre del dos mil diecisiete.—Licda.
Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017174748 ).
Por escritura otorgada el día de hoy,
número doscientos ochenta y siete de las diez horas del día once de octubre del
dos mil diecisiete, tomo doce, protocolicé acta cuarta de asamblea general
extraordinaria de la compañía denominada: Desarrolladora y Constructora Jardín de América Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos noventa y ocho mil ciento sesenta y cuatro. Se reforman las
cláusulas: segunda, sétima y octava de los estatutos. Se nombra vicepresidente
y secretaria de la junta directiva.—San José, once de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—(
IN2017174753 ).
Por escritura otorgada el día de hoy,
número doscientos ochenta y seis de las nueve horas del día once de octubre del
dos mil diecisiete, tomo doce, protocolicé acta cuarta de asamblea general
extraordinaria de la compañía denominada: Edificadora Yali Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y
cinco mil novecientos ochenta y cinco. Se reforman las cláusulas: sétima y octava
de los estatutos. Se nombra vicepresidente y secretaria de la junta
directiva.—San José, once de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Johnny
Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—( IN2017174754 ).
Por escritura otorgada el día de hoy,
número doscientos ochenta y cuatro de las doce horas treinta minutos del día
siete de octubre del dos mil diecisiete, tomo doce, protocolicé acta quinta de
asamblea general extraordinaria de la compañía denominada: Iguana Sport
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos cincuenta y tres mil setecientos noventa y uno. Se reforma la
cláusula novena de los estatutos. Se nombra nueva junta directiva y agente
residente.—San José, siete de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Johnny Alberto
Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—( IN2017174755 ).
Por
escritura otorgada el día de hoy, número doscientos ochenta y cinco de las ocho
horas del día siete de octubre del dos mil diecisiete, tomo doce, protocolicé
acta segunda de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada: Construyang
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cinco mil ochocientos dos. Se reforma la cláusula novena de
los estatutos. Se nombra nueva junta directiva y agente residente.—San José,
siete de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando,
Notario.—1 vez.—( IN2017174756 ).
Por
escritura número doscientos cuarenta y uno, otorgada ante esta notaría, a las
diez horas del nueve de octubre del dos mil diecisiete, se modificó los
estatutos establecidos en las cláusulas: sexta y sétima de la sociedad: Inversiones
el Dragón Oriental Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Orotina, 09 de
octubre del 2017.—Licda. Bernardita Sánchez Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017174764
).
Mediante
escritura N° 90 de mi tomo del protocolo I, de las 08:00 horas del tres de
octubre de 2017, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Gozapi S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-098433, mediante la cual
se reformó el acta constitutiva en cuanto a la cláusula sexta correspondiente a
la administración.—Licda. María Carolina Zumbado Murillo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174771 )
Los
socios Melissa Chang Ugarte y Nikolaj Nielsen, notifican que se ha disuelto
esta sociedad, NJN International Consulting S. A., cedula jurídica
3-101-668961, el día de hoy.—San José, 10 de octubre de 2017.—Lic. Edgar
Montero Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2017174773 ).
Los socios Melissa Chang Ugarte y
Nikolaj Nielsen, notifican que se ha disuelto esta sociedad, 3-102-654253
SRL, el dia de hoy. San José, 10 de octubre de 2017.—Lic. Edgar Montero
Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2017174774 ).
Se
notifica que se ha variado el artículo de Administración de esta sociedad, Lubricar
Guadalupe S. A.—San José, 09 de octubre de 2017.—Lic. Edgar Montero Mejía,
Notario.—1 vez.—( IN2017174776 ).
El suscrito notario hace constar que
mediante la escritura número treinta y dos- catorce de mi protocolo, se aumentó
el capital de la sociedad anónima “Constructora Herrera Sociedad Anónima”,
con número de cédula jurídica tres- ciento uno- ciento veinticinco mil
quinientos cincuenta y ocho.—Ciudad Quesada, nueve de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—( IN2017174778
).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a 12:00 horas del día 29 de septiembre, 2017, se disuelve sociedad E
Q Dos Mil S. A. Es todo.—San José, nueve de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Enrique Carranza Echeverria, Notario.—1 vez.—( IN2017174780 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, de las 10:00 horas del 6 de octubre del 2017, de Tutaclemor SV
Sociedad Anónima, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios, en donde se modifica cláusula octava: de la administración.—San José, 9
de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. María Lorena Montero Vargas,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174782 ).
Ante mi notaría a las 10:00 horas del
día 02 de octubre del 2017, se protocolizó acta de asamblea de socios de la
sociedad Distribuidora W. & C. de Goicoechea S. A., en la que se
solicita su disolución.—San José, 20 de setiembre del 2017.—Lic. Randall Tamayo
Oconitrillo, Notario.—1 vez.—( IN2017174786 ).
Por
escritura número setenta y dos - uno, otorgada ante los notarios Francisco
Peralta Montero y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a
las ocho horas treinta minutos del día veintiséis de setiembre del año dos mil
diecisiete, se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo de
la sociedad Interra Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. Francisco Peralta Montero, Conotario.—1 vez.—( IN2017174792 ).
Se acuerda la disolución anticipada
de Súper Autos de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-uno cero uno-uno ocho nueve tres uno cero, no existen activos ni pasivos,
quedando liquidada la misma. Escritura otorgada a las doce horas del veintiuno
de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Carlos Vargas Leiva, Notario.—1
vez.—( IN2017174802 ).
Por
escritura de las trece horas del día dos de octubre del 2017, los socios de Muebles
Darinor SRL, cédula jurídica Nº 3-102-694316, solicitan la disolución de la
sociedad.—San José, 10 de octubre del 2017.—Licda. Matilde Sicard Baker,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174803 ).
Por medio de escritura otorgada en
San José, a las 10:00 horas del 20 de setiembre del año 2017, se protocolizaron
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa
denominada Tres-Ciento Uno-Cuatro Ocho Dos Tres Cuatro Seis Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifica la cláusula referida a la junta directiva.—San
José, 20 de setiembre del 2017.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—(
IN2017174805 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas sin minutos del cuatro de octubre de dos mil
diecisiete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Gifts By Optimis Sociedad Anónima, se modificó la cláusula
novena: administración de la junta directiva y sus facultades y se realizó
nuevo nombramiento de tesorero de la junta directiva.—Lic. Alexis Ballestero
Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017174807 ).
Por escritura número ciento ochenta y
dos otorgada en esta notaría, a las ocho horas del dos de octubre del dos mil
diecisiete, se realiza la reforma de la cláusula cuarta del objeto, de la sociedad
Anc Consutores LTDA, cédula jurídica: tres-ciento dos-setecientos
treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y nueve. Notaria: Licenciada
Andrea Alice Hernández Villarreal.—Heredia, dos de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Andrea Alice Hernández Villarreal, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174811 ).
Por escritura número ciento ochenta y
cuatro otorgada en esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del dos de
octubre del dos mil diecisiete, se disolvió por acuerdo de socios la sociedad Los
Potreros Diez Barracuda Sociedad Anónima, cedula jurídica: tres-ciento
uno-cuatrocientos veintiocho mil cuatrocientos veintiuno.—Heredia, 02 de
octubre de 2017.—Licda. Andrea Hernández Villarreal, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174813 ).
Por medio de escritura número treinta
y cinco del tomo octavo del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios
número uno del empresario Grupo Residencial Home Costa Rica Número Cuatro-D
Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cinco nueve cinco ocho cero tres, mediante la cual se acordó la fusión por
abosorción de las siguientes sociedades: a) Columbus Heights Number Forty
Four Iwasupu Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatro dos cinco siete cinco uno sociedad que cuenta con un capital social
de diez mil colones, b) Columbus Heights Number One Hundred And Twenty Eight
Atipm Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatro
tres seis cinco seis cuatro, sociedad que cuenta con un capital social de diez
mil colones. Producto de la fusión se acuerda modificar la cláusula quinta del
pacto constitutivo a efectos de que se incremente el mismo a la suma de treinta
mil colones. La presente Fusión por absorción es puesta en conocimiento a todos
los posibles interesados para que manifiestan cualquier inconformidad en el
plazo establecido por ley.—Alajuela, cinco de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—( IN2017174819 ).
Aviso
edicto, Soluciones Tecnológicas Muñoz & Delgado Ltda, solicita
reformar cláusula quinta en el sentido de que a partir de hoy se leerá así: el
capital social de la sociedad es la suma de treinta y tres millones de colones,
totalmente suscrito pagado y representado por dos acciones de dieciséis
millones quinientos mil colones cada una. Escritura número: trescientos
tres.—San José, 3 de octubre del 2017.—Licda. Ileana flores Sancho, Notaria.—1
vez.—( IN2017174829 ).
Ante esta notaría, por acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada Lubricantes
Panagas Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número
tres-ciento uno-setecientos veintinueve mil setecientos cinco, a las trece
horas con veinte minutos del veintiuno de setiembre de dos mil diecisiete, hago
constar que se acordó disolver la sociedad. Licenciada Xochitl Camacho Medina,
Notario, carné catorce mil doscientos treinta y nueve.—En Cartago, a las diez
horas del cinco de octubre de dos mil diecisiete.—Licda. Xochitl Camacho
Medina, Notaria.—1 vez.—( IN2017174832 ).
Ante esta
notaría, por acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa
denominada Construcciones y Asesorías Eemma Sociedad Anónima, con cédula
de personería jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil
seiscientos noventa y ocho, a las trece horas con veinte minutos del doce de
setiembre de dos mil diecisiete, hago constar que se acordó disolver la
sociedad. Licenciada Xochitl Camacho Medina, Notaria, catorce mil doscientos
treinta y nueve.—Cartago, a las nueve horas del cinco de Octubre.—Licda.
Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—( IN2017174833 ).
Ante
esta notaría, a las catorce horas del veinte de julio del dos mil diecisiete,
Juan Carlos Ramirez Pineda y Jessi Johann Porras Borloz, modifican estatutos de
sociedad anónima denominada Servicios Regrigerados Lexjuca A J Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil ciento veintisiete, modificación de la
siguiente forma: Se modifica junta directiva de la sociedad y representación de
la sociedad, se acuerda modificar el domicilio social de la sociedad.—Lic. José
Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—( IN2017174838 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Punta Terranova S. A.—Playas
del Coco, tres de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Daisy Pizarro Corea,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174839 ).
Ante la
notaría pública Yarick Yariela Segura Umaña al ser las trece horas del tres de
octubre del dos mil diecisiete, mediante escritura número: ciento cincuenta y
ocho, visible al tomo del protocolo número: uno, se protocolizo acta de reforma
de estatutos y aceptación de renuncia de gerente, de la sociedad Creek
Canyoning Adventures Limitada. Licenciada Yarick Yariela Segura Umaña,
carné 23381.—Ciudad de Quepos, tres de octubre del dos mil diecisiete.—Licda.
Yarick Yariela Segura Umaña, Notaria.—1 vez.—( IN2017174842 ).
Escritura cincuenta y ocho, se
constituye: Corporación La Colmena V.I.P., E.I.R.L., Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada, dos de setiembre del dos mil diecisiete. Gerente:
con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, representación
judicial y extrajudicial.—San José, dos de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017174844 ).
Mediante escritura de las 11:30 horas
del 03 de octubre del 2017, los señores Ignacio Alfonso Pérez Echeverría, José
Andrés Ramírez González, y Christopher Paul Roberts Strachan, constituyen la
sociedad: IPS Latin America S.A. Presidente: Ignacio Alfonso Pérez
Echeverría. Plazo social: será de noventa y nueve años. Capital social: será de
cuarenta mil dólares exactos, constituido por cien acciones comunes y
nominativas de cuatrocientos dólares cada una. Objeto: planificar, construir y
brindar plataformas de procesamiento de datos para facilitar decisiones y
transacciones financieras y actividades relacionadas con el sector de
informática. El ejercicio del comercio, la industria, la agricultura y la
ganadería en general, etc.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. José Fabio
Vindas Esquivel, Notario Público.—1 vez.—( IN2017174849 ).
Por
escritura otorgada ante mí, al ser las 08:00 horas del 10 de octubre del 2017,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad: Moreno Rojas Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos nueve, donde: se
reforma la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra vicepresidente de
la junta directiva, manteniéndose los demás puestos existentes.—San José, al
ser las 09:00 horas del 10 de octubre del 2017.—Lic. Gustavo Arguello H.,
Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017174850 ).
Por escritura número ciento
quince-diecisiete, otorgada ante estos notarios, Juan Manuel Godoy Pérez,
Rolando Laclé Castro, a las diecisiete horas del seis de octubre del dos mil
diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general de cuotistas de la
sociedad: Ceva Freight Management Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos
ochenta y seis mil ciento cincuenta y seis; mediante la cual se reforman las
siguientes cláusulas: Segunda: “del domicilio”, del pacto social, y Quinta:
“del capital” del pacto social.—San José, seis de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017174854 ).
El
suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la
ciudad de San José, hago constar que el día tres de octubre del dos mil
diecisiete, protocolicé acta de la empresa: Import & Mercadex Limitada,
en la que se acuerda la disolución de la compañía.—San José, tres de octubre
del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario Público.—1
vez.—( IN2017174861 ).
Por escritura número ciento cincuenta
y uno-dieciocho, de las diez horas del nueve de octubre del dos mil diecisiete,
de mi protocolo se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la
sociedad: Alquiler de Maquinaria Muñoz & Sanabria S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-540798. Es todo.—San José, nueve de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017174862 ).
Por escritura número ciento cincuenta
y dos-dieciocho, de las diez horas quince minutos del nueve de octubre del dos
mil diecisiete, de mi protocolo, se modifica la cláusula octava del Pacto
Constitutivo, de la sociedad: Transportes Muñoz y Sanabria S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-200651. Es todo.—San José, nueve de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017174863 ).
Nicole
Marie Mathieu Quesada, mayor, soltera, estudiante, cédula número uno-uno seis
cuatro cinco-cero tres cinco cinco, vecina de San Juan de La Unión, cincuenta
este de Auto Mercado y Yorleny del Pilar Quesada Monestel, mayo, casada una
vez, abogada, cédula número uno-ocho seis ocho-cinco nueve cinco, del mismo
domicilio, han convenido en constituir una sociedad anónima que se denominará Grupo
Mathieu Sociedad Anónima.—Otorgada 09 de octubre del 2017.—Lic. Johnny
Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017174864 ).
Protocolización
de acuerdos de asamblea de cuotistas de la compañía Greatest Story Ever Told
Ltda., en la cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio y sexta
de la administración del pacto constitutivo. Escritura número ciento treinta,
otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal, a
las nueve horas del diez de octubre de dos mil diecisiete, visible al folio
ciento cuarenta y tres frente del tomo quince de su protocolo.—Lic. Alejandro
Pignataro Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2017174866 ).
PUBLIEQ STS Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-siete tres cero cinco uno tres,
comunica que reformó la cláusula segunda y sétima del acta constitutiva y
nombró nueva junta directiva y fiscalía.—Belén, tres de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Flor María Delgado, Zumbado.—1 vez.—( IN2017174871 ).
Por escritura número 256 otorgada en
esta notaría, a las 17:15 horas del 3 de octubre del 2017, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Aromas
Especiales de Copalchi Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-634663, en la que se acuerda su disolución y liquidación.—San José, 03 de
octubre, 2017.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notraria.—1 vez.—(
IN2017174876 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaria número nueve, del tomo noveno, a las dieciocho horas
del día once de julio del año dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad
denominada: Barcas de Melara Sociedad Anónima.—San José, diez de octubre
del año dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Brilla Ferrer, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017174880 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las doce horas del veintisiete de setiembre del año dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad de San Ramón de Alajuela, denominada Colchonería Alfonso
Santamaria Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la se acuerda la
transformación de las sociedad a una sociedad anónima, y se reforman en su
totalidad los estatutos de la misma.—Licda. Lilliana Fernández Urpi, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017174881 ).
Mediante escritura número treinta y
cuatro, visible al folio treinta y nueve frente del tomo octavo de mi
protocolo, se modificaron las cláusulas octava y nombramientos presidente,
tesorero y secretario de la sociedad Harvest Moon Ventures Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos veintiocho mil ciento
setenta y uno. Es todo.—San José, nueve de octubre del dos mil diecisiete.—Lic.
Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—( IN2017174882 ).
Por escritura número 257 otorgada en
esta notaría, a las 17:45 horas del 3 de octubre del 2017, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Fragancias de
Pasqui Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-635491, en la que se
acuerda su disolución y liquidación.—San José, 03 de octubre, 2017.—Licda.
Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—( IN2017174883 ).
Por escritura número 254 otorgada en
esta notaría, a las 16:30 horas del 03 de octubre del 2017, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Inversiones
Exclusivas de Jicotea Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-635522, en
la que se acuerda su disolución y liquidación.—San José, 03 de octubre,
2017.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—( IN2017174886 ).
Por escritura número 255 otorgada en
esta notaría, a las 16:50 horas del 3 de octubre del 2017, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Inversiones la
Orquídea de Ticura Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-634678,
en la que se acuerda su disolución y liquidación.—San José, 03 de octubre,
2017.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—( IN2017174890 ).
Por escritura número ciento
veinticinco-ocho, otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas treinta
minutos del tres de octubre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la
sociedad U G A Ecolodge And Research Station, S. A., en las que se
acordó la reforma de la cláusula sétima del pacto social y se nombra Junta
Directiva.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg,
Notario.—1 vez.—( IN2017174891 ).
Por
escritura autorizada por los notarios públicos Fernando Fallas Amador y Rodrigo
Fallas Vargas, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Hoggan Internacional S. A. por los cuales se
aumentó el capital social, reformándose la cláusula quinta del pacto
social.—San José, 10 de octubre del 2017.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017174895 ).
Por escritura otorgada a las quince
horas del seis de octubre de dos mil diecisiete se constituye la sociedad Consultorios
San Antonio Erza S. A. Objeto: Alquiler de oficinas, venta de servicios médicos
y similares. Presidente: Edgar Ricardo Zúñiga Alvarado.—San José, nueve de
octubre de dos mil diecisiete.—Daniel León Núñez, Notario.—1 vez.—(
IN2017174898 ).
Por
escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea de socios de Beachfront Condominiums, Limitada,
mediante la cual se transforma la sociedad en Sociedad Anónima.—Puntarenas,
Jacó, 03 de octubre del 2017.—Licda. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174900 ).
Por escritura número veintiséis,
otorgada ante esta Notaría a las diez horas del ocho de agosto del dos mil
diecisiete, se constituyó la sociedad Iot Central América Holdings Sociedad
Anónima, a la cual el Registro Mercantil le asignó la cédula jurídica
número tres-ciento uno-setecientos cuarenta y tres mil trescientos diecisiete,
y que por error material fue registrada en el formulario electrónico de Crear
Empresa con el nombre de OIT Central America Holdings Sociedad Anónima,
siendo el nombre correcto IOT Central America Holdings Sociedad Anónima,
indicado al inicio.—San José, 9 de octubre del 2017.—Licda. Floribeth Herrera
Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017174906 ).
Por escritura otorgada ante mí, se
modifica(n) la(s) cláusula(s) de la administración de la firma RC Química Sociedad
Anónima. Fecha: 04 de octubre del 2017. Lugar de otorgamiento: San José;
Notario(s): Daniel Aguilar González.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1
vez.—( IN2017174907 ).
Yo, Juan Carlos Radulovich Quijano,
debidamente autorizado, protocolicé una asamblea general de socios de la
sociedad: Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Doscientos
Ochenta y Seis Sociedad Anónima, en la cual se nombra liquidador de
conformidad con las disposiciones del Código de Comercio.—Guápiles, seis de
octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1
vez.—( IN2017174909 ).
El suscrito Carlos Mauricio Sierra
Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número ciento
noventa y siete, de las diez horas del dos de octubre del dos mil diecisiete,
se modificó la cláusula novena del paco constitutivo y se nombra solo al
presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad: SAR
Servicios Administrativos La Rivera S. A., cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-seis ocho cero dos ocho tres.—San José, tres de octubre del dos
mil diecisiete.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2017174910 ).
Por escritura número cuatro, otorgada
en mi Despacho, a las ocho horas del día tres de octubre del dos mil
diecisiete, se realizó protocolización de cambio de nombre de la sociedad Petro-Systems
S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos ocho mil
cuatrocientos noventa y siete, por: Tres-Ciento Dos-Setecientos Ocho Mil
Cuatrocientos Noventa y Siete S.R.L. Es todo.—Grecia, tres de octubre del
dos mil diecisiete.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—(
IN2017174911 ).
Hoy, 09
de octubre del 2017, ante mi notaría, se constituyó la sociedad: Remodelaciones
Vílchez Rojas Sociedad Anónima. El capital social es de ¢10.000 colones.
Lic. Luis Ricardo Montero López, notario público con oficina abierta en
Cartago, de la Iglesia María Auxiliadora, cincuenta metros este y setenta y
cinco metros norte.—Lic. Luis Ricardo Montero López, Notario.—1 vez.—(
IN2017174912 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las diez horas del tres de octubre del dos mil diecisiete, por
acuerdo unánime de socios de la sociedad anónima: AC Global Motors S. A.,
se reforma la cláusula segunda de los estatutos, y se nombra nuevo fiscal.—Tres
Ríos, 03 de octubre del 2017.—Licda. Grettel Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174918 ).
Mediante escritura autorizada por mí,
a las 18:40 horas del 27 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de: Infomacros S. A.,
cédula de persona jurídica Nº 3-101-658366; por medio de la cual se acuerda
aumentar su capital social, modificar su domicilio, y nombrar nuevos miembros
de junta directiva y fiscal.—San José, 27 de setiembre del 2017.—Licda. Viviana
Castro Alvarado, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017174919 ).
Mediante escritura autorizada por mí,
a las 18:30 horas del 27 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de: Infobanca S. A.,
cédula de persona jurídica Nº 3-101-528221; por medio de la cual se acuerda
aumentar su capital social y nombrar nuevo tesorero y fiscal.—San José, 27 de
setiembre del 2017.—Licda. Viviana Castro Alvarado, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174920 ).
Se constituyen según escritura número
doscientos sesenta y nueve, el tomo primero la sociedad denominada GO Tuors
Papagayo CR Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil de colones
y representadas por su presidente Allan Aaron Rodríguez Bejarano otorgada a las
trece horas del día cuatro de octubre del dos mil diecisiete. Ante el notario
Enio Dino Blando Valverde, Notario Público.—1 vez.—( IN2017174921 ).
Asamblea general ordinaria
extraordinaria de socios de Greco Seguridad Victoria GSV Sociedad Anónima,
cedula jurídica cedula tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil ochocientos
ocho, reforma acta constitutiva, otorgado ante la Licenciada María del Milagro
Ugalde Víquez.—San Pedro de Poas, nueve de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174927 ).
Por
escritura número cuarenta y ocho del tomo trece de esta notaría, a las trece
horas del día nueve de octubre de dos mil diecisiete, he protocolizado acta de
la sociedad Electromet Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil novecientos veinticuatro. En la
cual se ha modificado la cláusula quinta sobre el capital social de la
sociedad, aumentándose dicho capital a veinte millones de colones.—Guápiles,
nueve de octubre de dos mil diecisiete.—Lic. José Fco. Fallas González,
Notario.—1 vez.—( IN2017174932 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
ocho horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil diecisiete
protocolicé acta de JAEA S. A., de las diez horas del diecinueve de
setiembre del dos mil diecisiete, mediante la cual se reforma la cláusula
quinta.—Licda. Andrea Morúa Vega, Notaria.—1 vez.—( IN2017174936 ).
Ante esta notaría, se ha
protocolizado el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa The
Lazy Mon CR Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-603725, en la que se
reforma la cláusula segunda y sexta del acta constitutiva.—Puerto Viejo de
Talamanca, 04 de octubre del 2017.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1
vez.—( IN2017174941 ).
Mediante
escritura pública número treinta y nueve, de las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos de dieciocho de setiembre del dos mil diecisiete, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Transportes
Atila Sociedad Anónima.—Naranjo, tres de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—( IN2017174944 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se reforma la junta directiva de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta Mil Ochocientos Cuarenta y Dos Sociedad Anónima,
cedula jurídica N° 3-101-630842.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 04 de
octubre del 2017.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—( IN2017174945
).
Por escritura
autorizada por mí, hoy a las diecisiete horas, protocolicé en lo conducente el
acta número tres de la asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones
Blanco y Brenes B Y B Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula
octava de la escritura constitutiva y se nombra nuevo fiscal de la
sociedad.—Ciudad Quesada, veintisiete de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic.
Édgar Francisco Rojas Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017174946 ).
Escritura 34 otorgada ante esta
notaría el día de hoy, Inversiones Chaverri & García S.A.,
protocoliza acta reformando la cláusula cuarta del pacto constitutivo y
nombrando nueva junta directiva y fiscal.—San José, 03 de octubre 2017.—Licda.
Ana Heitman Ardón, Notaria.—1 vez.—( IN2017174960 ).
Por
escritura otorgada ante las suscrita notaria, se aumentó el capital social de
la compañía Matadero Maquinaria Industrial Hnos. Arce Limitada, cédula
jurídica Nº 3-102-173135 y se reforma la cláusula quinta del pacto social.
Licda. Mayela Marlene Espinoza Loría, carné 14264.—Valverde Vega, 09 de octubre
de 2017.—Licda. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2017174962
).
Sonia
Teresa González Rodríguez, notaria pública de Atenas indico que en escritura Nº
140, iniciada al folio 077 vuelto, tomo 20 de mi protocolo otorgada en mi
notaría, a las catorce horas del dos de octubre del 2017, se constituyó la
compañía Profit Up de Satenas S. A.—Licda. Sonia Teresa González
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017174963 ).
Ante esta notaría por medio de
escritura pública se disuelve el pacto social de la sociedad anónima Puntacera
Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno- cuarenta y nueve
treinta y dos veinticuatro.—Puntarenas a las catorce horas del veintidós de
setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Meilyn Barrantes Artavia, Notaria
Publica.—1 vez.—( IN2017174967 )
Ante esta notaría por medio de
escritura pública se disuelve el pacto social de la sociedad Sandoval y
Hernández Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero
ochenta y nueve noventa nueve.—Puntarenas a las siete horas del cuatro de
octubre del año dos mil diecisiete.—Licda. Meilyn Barrantes Artavia, Notaria.—1
vez.—( IN2017174968 ).
Por
escritura 037 del tomo 23 del protocolo de la suscrita notaria, se nombró junta
directiva y fiscal de la Asociación: Asociación de Vecinos Unidos
Urbanización Las Mercedes Sur Avecurmes, Tel: 2261-2044.—Heredia, 10 de
octubre del 2016.—Licda. Xenia Lupita Sánchez González, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174971 ).
El día de hoy ante esta notaría se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad
Begonias de Heredia S.R.L., en la que se reforma la cláusula setima del
pacto social y se nombre gerente.—Santo Domingo de Heredia, diecinueve de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Silvia María Zamora Zamora, Notaria.—1
vez.—( IN2017174973 ).
Mediante escritura pública número
veintiuno otorgada ante el suscrito notario, Wilman Yohalmo Escobar Escamilla,
a las catorce horas del 01 de octubre del 2017 constituyen la sociedad anónima
denominada “Tecflo de Costa Rica Sociedad Anónima”, capital social
totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, 01 de octubre del
2017.—Lic. Wilman Yohalmo Escobar Escamilla, Notario.—1 vez.—( IN2017174975 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 13:30 horas del día 17 de setiembre de 2017,
se acuerda reformar la cláusula de Administración de Laguna de Palo Alto S.
A., cédula jurídica 3-101-674338, la cual se leerá así: La sociedad será
administrada por una junta directiva integrada por tres miembros que serán
presidente, tesorero y secretario. Corresponderá al presidente y al secretario,
la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y tendrán facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma, acorde al artículo 1253 del
Código Civil.—San José, 17 de setiembre de 2017.—Licda. Mireya Padilla García,
Notaria.—1 vez.—( IN2017174991 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaria a las nueve horas del día nueve de octubre del año dos mil diecisiete,
se protocolizo acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Grupo
Centroamericano de Agencias de Viajes Sociedad Anónima, se modifica la
cláusula primera del Pacto Social..—San José nueve de octubre del año dos mil
diecisiete.—Licda. Marta Eugenia Benavides Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017174992 ).
Por escritura otorgada en la ciudad
de Heredia, a las ocho horas del día diez de octubre del dos mil diecisiete,
Albert Zumbado Wint, Presidente solicito la disolución de Inversiones Toly
Wee K Sociedad Anónima, celebrada, con domicilio social en la provincia de
Heredia, en el cantón Central, del distrito de Ulloa, costado este de la plaza
de futbol, Barrio Lagunilla, con la cédula jurídica número tres-ciento uno-
doscientos ochenta y nueve mil seiscientos veinticuatro. Es todo.—San José, a
las ocho horas del día diez de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Sonia
Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—( IN2017175003 ).
Por
escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las nueve horas del día diez de
octubre del dos mil diecisiete, Albert Zumbado Wint, Presidente solicito la
disolución de Masterchem Inc Sociedad Anónima, celebrada, con domicilio
social en la provincia de Heredia, en el cantón Central, del distrito de Ulloa,
costado este de la plaza de fútbol, Barrio Lagunilla, con la cédula jurídica
número tres ciento uno- trescientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos ocho. Es
todo.—San José, a las nueve horas del día diez de octubre del dos mil
diecisiete.—Licda. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—( IN2017175004 ).
Protocolización de acta de asamblea
general de socios de Operaciones Noi CF. S. A. Se modifica la cláusula
novena del pacto constitutivo. Otorgada ante la notaria Mayra Zamora Espinoza,
a las 10 horas del 2 de octubre del 2017.—Licda. Mayra Zamora Espinoza,
Notaria.—1 vez.—( IN2017175006 ).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de San José, a las
catorce horas del día de hoy se protocolizó acta de asamblea ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Bromelia de Cobre Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, diez
de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1
vez.—( IN2017175015 ).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó
acta de asamblea de cuotistas de la sociedad S.T.E.G. FIESTA, S.R.L.,
cédula de persona jurídica número 3-102-737038, en la que se acordó la reforma
a la cláusula cuarta del pacto constitutivo y que corresponde al capital. Es
todo.—San José, 09 de octubre de 2017.—Licda. Ana Carolina Sáenz Gammans,
Notaria.—1 vez.—( IN2017175017 ).
Mediante escritura otorgada ante la
notaría del Lic. Abraham Stern Feterman, a las 12:00 horas del 09 de octubre
del 2017, protocolizamos acta de asamblea general de socios de Skyscraper
City, LTDA., 3-102-561380, mediante la cual se reformó la cláusula #4 del
pacto constitutivo.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(
IN2017175019 ).
En mi notaría, al ser las catorce
horas del veinticuatro de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó el
acta número seis de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Arroyo
González Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro
cero cero cuatro seis, cuyo domicilio social es en Alajuela, San Carlos, Ciudad
Quesada, setenta y cinco metros de la Importadora Monge, en la cual se aumenta
el capital social.—Heredia, 24 de setiembre del 2017.—Licda. Adriana González
Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2017175025 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del dos de octubre
del año en curso; se constituyó la sociedad denominada Griego Racing
Sociedad Anónima. Presidente: Orlando José Ramírez Aguilera. Capital: Diez
mil Colones. Plazo: Noventa y Nueve años.—Lic. José Llibre Romero, Notario.—1
vez.—( IN2017175029 ).
Registro de la
propiedad. Sección Mercantil. Amigos Arenablanca GGO S. A., protocoliza
acta donde se recibe la renuncia del secretario y se hace nuevo nombramiento.
Escritura otorgada en Jacó a las 9:00 horas del 1° de octubre del 2017 ante la
Licenciada Mónica Lleras Barrantes.—San José, 8:00 horas del 9 de octubre del
dos mil diecisiete.—Licda. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—1 vez.—(
IN2017175036 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las once horas diez minutos del día seis
de octubre del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Ofibodegas Biella Arce de Los
Balcanes Quince Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos treinta
y ocho mil ochocientos cuarenta y cinco, en la que se modificó la cláusula
segunda del Domicilio.—San José, diez de octubre del dos mil diecisiete.—Lic.
Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—( IN2017175037 ).
Por escritura otorgada a las diez
horas del tres de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de Toligena Sociedad Anónima, inscrita
en el Registro de Personas Jurídicas con cédula tres-uno cero uno-dos ocho
nueve cuatro cero ocho, en que se acuerda disolver la compañía.—San José, diez
de octubre de dos mil diecisiete.—Lic. Luis Mariano Salazar Mora, Notario.—1
vez.—( IN2017175043 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
se reforman las cláusulas primera del nombre, quinta, por aumento de capital
social y la sétima de la administración de la sociedad Atlantic Fresh Foods
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos noventa y
cinco mil doscientos treinta y tres.—San José, veintinueve de septiembre del
dos mil diecisiete.—MSc. Mayra Rojas Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017175044 ).
A las ocho horas de hoy Annia Dessiré
Soto Torres y Bryan Andrés Zúñiga Soto constituyeron PCIT Parauniversitaria
de Comercio Industria Tecnología SRL. Plazo social noventa y nueve años.
Capital social doscientos cincuenta mil colones. Objeto toda clase de
educación. Gerente la primera por todo el plazo social.—San José ocho de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1
vez.—( IN2017175045 ).
Mediante escritura pública número
cuatrocientos ocho-dos: otorgada ante mí, a las dieciocho horas del seis de
octubre del año dos mil diecisiete, se constituyó Muser, Sociedad Anónima.
Capital totalmente suscrito y pagado. presidente y tesorero, ostentan la
representación judicial y extrajudicial.—Lic. Sergio Madriz Avendaño,
Notario.—1 vez.—( IN2017175048 ).
Mediante escritura pública número
cuatrocientos- dos otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del tres
de octubre del año dos mil diecisiete, se constituyó AB Remodelaciones, S.
A. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente,
ostentan la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Sergio Madriz
Avendaño, Notario.—1 vez.—( IN2017175049 ).
Por
escritura 258-5 de las 8:00 horas del 10 de octubre de 2017, protocolicé las
actas de asamblea según las cuales Mercatlántica S.A. cédula jurídica
3-101-420472 y Sermerca del Pacífico S.A., cédula jurídica 3-101-417106
se fusionan por absorción, prevaleciendo la sociedad Inversiones y
Financiaciones Casagri S.A., cédula jurídica 3-101-053918. Esta a su vez
modifica capital y domicilio social.—Lic. Jorge Vega Aguilar, Notario.—1 vez.—(
IN2017175054 ).
Por
escritura pública de las trece horas del cuatro de octubre del año dos mil
diecisiete, se acuerda disolver de la empresa Casalfe Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y
cuatro. Notaria Flory Stephanie Barrantes Solano.—Cartago, diez de octubre del
dos mil diecisiete.—Licda. Flory Stephanie Barrantes Solano, Notaria.—1 vez.—(
IN2017175057 ).
Mediante
escrituras número treinta y uno-treinta y ocho y treinta y dos-treinta y ocho,
de las catorce y quince horas, del nueve de octubre de dos mil diecisiete, se
protocolizan actas de asamblea general extraordinaria número dos y número cuatro
respectivamente de Gaviero de Coronado S.A, cedula de
juridica-101-210192 y Terra Toscana S.A., cedula jurídica 3-101-376.92 y, en
ambas se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—Goicoechea 09 de
octubre del 2017.—Lic. Juan Luis Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017175058
).
En esta
notaría mediante escritura número diecisiete se acuerda la disolución de la
sociedad mercantil Union Ferretra J Y R Sociedad Anónima. Rodolfo
Ballestero Calvo, Presidente. Licda. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—Turrialba,
09 de octubre del dos mil dieciséis.—Licda.
Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2017175063 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintidós de agosto
del dos mil diecisiete, se tomó acuerdos de asamblea extraordinaria de socios,
donde se acordó la disolución de la sociedad Dacriss S.A., nombrándose
como liquidador a la señora Silvia Montero García.—San José, veintitrés de
agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Vinicio Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—(
IN2017175064 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las diez horas del veintidós de agosto del dos mil diecisiete, se
tomó acuerdos de asamblea extraordinaria de socios, donde se acordó la
disolución de la sociedad Super Cayenne S.A., nombrándose como
liquidador al señor Álvaro Eduardo Camacho Madrigal.—San José, veintitrés de
agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Vinicio Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—(
IN2017175065 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las nueve horas del tres de octubre del dos mil diecisiete se
protocolizó acta de Wilflo de Alajuela S.A. donde se acuerda disolver la
sociedad.—Alajuela, tres de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Otto Gerardo
Paniagua Obando, Notario.—1 vez.—( IN2017175108 ).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las trece horas del día cuatro de octubre del año dos mil
diecisiete se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Jegula
Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la sociedad. Es
todo.—Cuatro de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Roberto Araya Lao,
Notario.—1 vez.—( IN2017175274 ).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las catorce horas del día cuatro de octubre del año dos mil
diecisiete se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Jelawi
Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la sociedad. Es
todo.—Cuatro de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Roberto Araya Lao,
Notario.—1 vez.—( IN2017175275 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Notificación de
despido sin responsabilidad patronal de Dirección Médica en representación
patronal de la CCSS al trabajador José Aguilar Ardón del servicio de
Enfermería. Resultado: de conformidad con el ordenamiento jurídico potestativo
dentro del régimen de empleo público, se comunica al señor Josué
Aguilar Ardón, portador
de la cedula de identidad 3-0421-0449, vencido el periodo de última
incapacidad otorgada mediante boleta número 1962527-Z del periodo comprendido
del tres de julio del dos mil diecisiete al doce de julio del dos mil
diecisiete, según consta en los registros de la jefatura de área de UCI,
registros de la unidad de Recursos Humanos y de conformidad con los horarios
del personal de la Unidad de Cuidados Intensivos, sitio de trabajo del
funcionario de los meses de julio a
setiembre del dos mil diecisiete ha ocurrido de manera ininterrumpida no se ha
restituido el puesto de trabajo como Asistente de Pacientes del área mencionada
supra del Hospital Dr. R. Á. Calderón Guardia, en un cómputo de tiempo que ha
transcurrido del trece de julio del dos mil diecisiete hasta el dictado de la
presente resolución, contabilizando en lo subsecuente cuarenta y cuatro días
calendario entre trece de julio al veinticinco de setiembre del 2017, periodo
en el cual no se ha comunicado por medio alguno directamente o por interpuesta
persona, con la jefatura inmediata de enfermería del área de Cuidados
Intensivos, como tampoco con la Dirección de Enfermería ni con la representación
patronal superior de este centro hospitalario, representado por la Dirección
Médica, para dar razón situacional por la que no ha honrado sus obligaciones
laborales y sin haberse presentado incapacidad médica o justificación alguna
por tan prolongadas ausencias al trabajo y desconocerse por completo, sobre su
paradero como servidor público en salud. Al funcionario durante el desempeño de
sus labores como asistente de pacientes en el servicio de enfermería se le han
realizado una anotación en bitácora por entrega tardía de incapacidades
realizada el 26 de junio del 2017.
Considerando: que a causa del nexo contractual
como funcionario que mantuvo con el empleador denominado Caja Costarricense de
Seguro Social (CCSS), desde la fecha de primer ingreso a este centro hospitalario el 2 de enero del 2014, lo
procedente entonces al no haberse presentado a trabajar ,es en definitiva la
ruptura del vínculo jurídico entre partes, por lo que esta Dirección Médica, en
ejercicio de competencias instrumentales y la ostentación patronal con grado
jerárquico superior, del centro de trabajo ultimo al que ha pertenecido como
trabajador el señor Josué Aguilar Ardón , resuelve de total legalidad en este
acto al respectivo finiquito de la relación contractual sin responsabilidad patronal,
a causa del ausentismo incurrido previsto en los incisos g) artículo 81 del
Código de Trabajo, más por las connotaciones jurídicas unilaterales al no
presentarse al trabajo ni saberse de su paradero en los últimos cuarenta y
cuatro días calendario, se opta formalmente por consignarlo como una renuncia
implícita o tácita, que la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
Costa Rica, por jurisprudencia en sentencia N° 30 de las nueve horas del cinco
de marzo de mil novecientos noventa y tres, lo configura cuando un servidor (el
cuadro factico es analizado en el régimen de empleo público) no vuelve en forma
definitiva al trabajo, sin justificación alguna, lo que está haciendo es la
dejación del empleo y autorizando al patrono para disponer del mismo, puesto
que la exteriorización de la voluntad puede inferirse de los actos en un
determinado sentido, expresado como renuncia explícita o tácita (doctrina
recogida por el artículo 1008 del Código Civil aplicable de conformidad con el
numeral 15 del Código de Trabajo).
Por tanto: se
tiene por llegado a término sin responsabilidad patronal el contrato de trabajo
(Trabajador-CCSS) y materializado el finiquito entre partes de la relación
obrero-patronal. Es el caso del funcionario Josué Aguilar Ardón, quien por
haber incurrido sin justificación legal alguna, en un ausentismo permanente
desde trece de julio del dos mil diecisiete a la fecha y no ocuparse de sus
funciones en el complejo médico, ha incurrido en un abandono definitivo de su
trabajo y es acreedor de las consabidas responsabilidades como Asistente de
Pacientes del servicio de Enfermería del Hospital Calderón Guardia,
constituyéndose jurídicamente en Renuncia Implícita o Tacita de conformidad con
jurisprudencia de la Sala Segunda-Poder Judicial. En concordancia a los
artículos 239, 240.1, 243 de la Ley General de la Administración Pública, a los
efectos y alcances de eficacia jurídica de los actos administrativos en que se
legitima la presente acción, es ordenada la notificación directamente en el lugar
de residencia del expedimentado infructuosamente, por lo que se procede a la
publicación en el diario oficial para que se asiente el expediente laboral.
Notifíquese. Al ser las 10 horas del 25 de setiembre del 2017.—Dr. Taciano
Lemos Pires, Director General.—( IN2017173580 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SUCURSAL
DESAMPARADOS
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes”. Por ignorarse domicilio actual del patrono RGM
Servicios de Limpieza S. A., número patronal 2-3101303114-001-001, se procede a
notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Desamparados de la Caja
Costarricense de Seguro Social, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que
interesa indica: Determinación de los montos exigibles. Conforme a la prueba
disponible en el expediente administrativo se resuelve iniciar procedimiento,
en el cual se le imputa al patrono indicado, no haber reportado ante la Caja,
la totalidad de los salarios devengados por el trabajador Rafael Paniagua
Meneses, cédula 109670765 en el periodo de abril 2014 inclusive por un monto de
salarios omitidos de ciento cuarenta y un mil novecientos cuatro colones netos
(¢141.904,00) sobre el cual deberá cancelar ante la Caja Costarricense de
Seguro Social, las cuotas obrero patronales de ¢40.159,00, de Salud e
Invalidez, Vejez y Muerte y las cuotas de la Ley de Protección al Trabajador.
Consulta expediente: en esta oficina, Sucursal Desamparados, Centro Comercial
Multicentro, 6to piso, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese.—Desamparados, 13 de octubre del 2017.—Sucursal Desamparados de la
Dirección Regional Central de Sucursales.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1
vez.—( IN2017174137 ).
De conformidad con los artículos 10 y
20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones
Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse domicilio actual
del patrono Mario Alberto Martínez Gamboa, número patronal 0-303150888-001-001,
se procede a notificar por medio de edicto que la Sucursal de Desamparados de
la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el traslado de cargos que en
lo que interesa indica: determinación de los montos exigibles. Conforme a la
prueba disponible en el expediente administrativo se resuelve iniciar
procedimiento, en el cual se le imputa al
patrono indicado, no haber reportado ante la Caja, la totalidad de los salarios
devengados por el trabajador Whilfredo Salmerón Vargas, número 18181743 en el
período desde noviembre 2011 hasta mayo 2013 inclusive por un monto de salarios
omitidos de cuatro millones seiscientos setenta y seis mil cuatrocientos
colones netos (¢4.676.400,00) sobre el cual deberá cancelar ante la Caja
Costarricense de Seguro Social, las cuotas obrero patronales de ¢1.104.779,00,
de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte y las cuotas de la Ley de Protección al
Trabajador. Consulta expediente: en esta oficina, Sucursal Desamparados, Centro
Comercial Multicentro, 6to piso, se encuentra a su disposición el expediente
para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días
hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para
ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para
notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la
fecha de resolución. Notifíquese.—Sucursal Desamparados de la Dirección
Regional Central de Sucursales, 13 de octubre de 2017.—Lic. Johel A. Sánchez
Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017174139 ).
DIRECCIÓN
REGIONAL
CENTRAL DE SUCURSALES
De conformidad con I los artículos 10 y 20
del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y
de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Sandra Morales Madriz, número patronal 0-303210979-001-001, se procede a
notificar por medio de edicto, que la Oficina de Inspección de la Sucursal de
Cartago de la Dirección Regional Central de Sucursales, ha dictado el Traslado
de Cargos del 26 de setiembre del 2017, número de caso 1206-2017-01121, que en
lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial
efectuada, se han detectado omisiones y subdeclaraciones salariales del
trabajadora Elías Josué Arroyo Muñoz, cédula 0-303700801 detallada en la hoja
de trabajo, folios 18 y 19 del expediente administrativo, por el período
comprendido de diciembre del 2015 a marzo del 2016. Total de presuntas
diferencias y omisiones salariales ¢809.000,00. Lo cual el patrono deberá
pagar: Total de cuotas obreras y patronales en los regímenes de Salud e
Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja ¢183.400,30, más el total de aportaciones
de la Ley de Protección al Trabajador ¢46.517,50. No se incluyen intereses de
ley ni cargos por otras instituciones. Consulta del expediente: En la Oficina
de Inspección, de la Barrio El Molino; 200 oeste, de JASEC, frente al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para los efectos que dispone la Ley.
Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día
siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para recibir notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha
establecido el Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Cartago. 1111e no
indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00
horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Cartago, 26 de
setiembre del 2017.—Sucursal de Cartago.—Lic. Alexis Brenes Ramírez, Jefe
Administrativo.—1 vez.—( IN2017174242 ).
SUCURSAL
DE GUADALUPE
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Servicio de Seguridad Especial del Norte Sociedad Anónima, número patronal
2-03101152174-002-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Sucursal de Guadalupe de la Dirección Regional Central de Sucursales de la Caja
Costarricense de Seguro Social, ha dictado el Traslado de Cargos, que en lo que
interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se
ha detectado omisión salarial de aseguramiento del trabajador Alfonso Ramírez
Cordero cédula de identidad número 9-0050-0979, detallado en el expediente
administrativo, en el período del 10 de noviembre del 2014 hasta el 30 de
noviembre del 2014. Total de salario omitido ¢210.000,00 total de cuotas
obreras y patronales de la Caja ¢46.914,00. Consulta expediente: en esta
oficina Guadalupe, Goicoechea 75 mts. oeste, de la Cruz Roja, se encuentra a su
disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere
un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o
medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos
se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Guadalupe, 22 de agosto del
2017.—Dirección Región Central de Sucursales.—Lic. Héctor Pérez Solano, Jefe.—1
vez.—( IN2017174327 ).
MUNICIPALIDAD
DE LA UNIÓN
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
A los señores Edwin Brenes Leiva, Carlos
Leiva Agüero y Gelbert Brenes Leiva representantes legales de la sociedad
Urbanizadora Edgelcar S. A., siendo que materialmente resultó imposible
localizarlos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 241, 242 y 246
de la Ley General de la Administración Pública, se le comunica la resolución
Didecu-Ing-080-2017 de las 8:00 horas del día 6 de febrero de 2017, la cual
dice así: “06 de febrero del 2017. Didecu-ING-080-2017. Municipalidad de La
Unión. Dirección de Desarrollo y Control Urbano. Al ser las ocho horas del 6 de
febrero del dos mil diecisiete, esta Dirección con el fin de hacer respetar la
normativa que rige el desarrollo urbano de este Cantón, a saber, la Ley de
Construcciones y el Plan Regulador de este Cantón. Resultando: 1º- Que la
sociedad Urbanizadora Edgelcar S. A., es dueño registral de la propiedad con
matrícula de folio real 3-177934, plano catastrado C-609193-2000 y con un área
de trescientos setenta y seis metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados. 2º- Que esta sociedad es representada judicialmente y
extrajudicialmente por el señor Edwin Brenes Leiva, Carlos Leiva Agüero y
Gelbert Brenes Leiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma. 3º- Que en fecha 13 de julio del 2017, se realizó inspección de rutina y
se determinó que la sociedad Urbanizadora Edgelcar S. A., está realizando una
construcción de vivienda sin permiso constructivo y la obra se encontraba
finalizada y habitada. En esta misma visita se procedió a realizar la clausura
de la obra mediante el acta número 1503. 4º- Las notificación se llevó a cabo
en el domicilio fiscal de la sociedad, y se notificó al encargado de la
oficina. 5º- Que no consta en esta Municipalidad que se haya otorgado permiso
de construcción a la sociedad Urbanizadora Edgelcar S. A., ni que este se
hubiera solicitado. Considerando. I.- Que de acuerdo con el artículo 74 de la
Ley de Construcciones, toda obra de construcción debe contar con licencia
municipal; y de acuerdo con el inciso a) del artículo 89 de este mismo cuerpo
normativo se considera como infracción el ejecutar sin licencia previa, obras
para las cuales esta ley y su reglamento exigen la licencia. II.- Que de
acuerdo con el artículo 93 de la Ley de Construcciones la Municipalidad, en
caso de darse una construcción sin licencia, deberá dar un plazo improrrogable
de treinta días hábiles al propietario de la obra para que cumpla con la Ley.
III.- Que, al constatarse que la construcción en la propiedad la sociedad
Urbanizadora Edgelcar S.A. se está llevando a cabo sin que cuente con los
permisos de ley, se le concederá el plazo improrrogable de treinta días hábiles
para que se ponga a derecho. IV.- Que el artículo 314 del Código Penal
establece que “Se impondrá prisión de seis meses a tres años, a quien no cumpla
o no haga cumplir, en todos sus extremos, la orden impartida por un órgano
jurisdiccional o por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones,
siempre que se haya comunicado personalmente, salvo si se trata de la propia
detención.” Por tanto. Con base en las consideraciones fácticas y jurídicas
expuestas, se le concede el plazo de treinta días hábiles a partir de la
notificación de este acto administrativo para que se ponga a derecho ante esta
Dirección de la Municipalidad. Notifíquese al señor Edwin Brenes Leiva, Carlos
Leiva Agüero o Gelbert Brenes Leiva personalmente o en el domicilio legal de la
sociedad Urbanizadora Edgelcar S. A. 25m sur de la estación de Bomberos de
Cartago, Edificio Villanueva, segundo piso. En caso que tal domicilio esté
equivocado o sea inexistente se notificará por medio de edicto a publicarse por
tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, los plazos comenzarán a
correr 5 días después de la última publicación, de conformidad con el artículo
241 de la Ley General de Administración Pública. Se le previene que dentro de
los tres días posteriores a la presente notificación deberá señalar una
dirección electrónica (correo electrónico), un número de fax, o un lugar físico
para recibir notificaciones dentro del perímetro de La Unión de Cartago, en el
entendido de que de no hacerlo así o bien si el lugar señalado fuere incierto o
desconocido, las futuras resoluciones se tendrán por notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas (artículo 11 de Ley de
Notificaciones Judiciales)”.—Dirección de Desarrollo y Control Urbano de la
Municipalidad de La Unión, Tres Ríos, La Unión, 29 de mayo del 2017.—Ing. Allan
Quesada Aguilar, Jefe de Inspección.—( IN2017174088 ).
A Aaron Hernández Cervantes, siendo
que materialmente resultó imposible localizarlo, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 241, 242 y 246 de la Ley General de la
Administración Pública, se le comunica la resolución DIDECU-ING-0364-2017 de
las 09:00 horas del día 18 de octubre del 2016, la cual dice así: “18 de octubre
del 2016. DIDECU-ING-364-2016, Municipalidad de La Unión. Dirección de
Desarrollo y Control Urbano, al ser las nueve horas del 18 de octubre del dos
mil dieciséis, esta Dirección con el fin de hacer respetar la normativa que
rige el desarrollo urbano de este Cantón, a saber, la Ley de Construcciones y
el Plan Regulador de este cantón, Resultando: 1. Que el señor Aaron Hernández
Cervantes, es dueño registral de la propiedad con matrícula de folio real
3-217650-000, plano catastrado C-1182334-2010 y con un área de novecientos
cuarenta y seis metros con dieciséis decímetros cuadrados. 2. Que mediante
boleta 8760453 el señor Aaron Hernández Cervantes tramitó licencia constructiva
para una vivienda de 152m2, la licencia constructiva se otorgó con
la identificación 01-88-13PC, y la misma fue retirada y cancelado el impuesto
el día 27 de febrero del 2013, 3. Que en fecha 17 de abril del 2013, se realizó
inspección de rutina y determinó que el señor Aaron Hernández Cervantes, está
realizando obras no autorizadas dentro del permiso constructivo otorgado y
además estaba invadiendo la zona de protección de la Quebrada Unión. En esta
misma visita se procedió a realizar la clausura de la obra mediante el acta
número 829 y se colocaron sellos. 4. Que el 11 de julio del 2013, se le da
seguimiento al caso, debido a que no había un archivo con las solicitudes
prevenidas en la inspección anterior. En dicha visita se verifica que no han
cesado las obras y se procedió a notificar que se está incurriendo en actos de
desobediencia a la autoridad mediante el acta número 255. 5. Las dos
notificaciones se llevaron a cabo en el inmueble, y se notificaron a la hermana
del señor Aaron Hernández Cervantes y al encargado de obras de la construcción
respectivamente. 6. Que no consta en esta Municipalidad que se haya otorgado
permiso de construcción al señor Aaron
Hernández Cervantes por las obras adicionales a la licencia constructiva, ni
que este se hubiera solicitado. Considerando: 1. Que de acuerdo con el artículo
74 de la Ley de Construcciones, toda obra de construcción debe contar con
licencia municipal; y de acuerdo con el inciso c) del artículo 89 de este mismo
cuerpo normativo se considera como infracción el ejecutar una obra modificando
en parte o radicalmente el proyecto respectivo aprobado. 2. Que de acuerdo con
el artículo 93 de la Ley de Construcciones la Municipalidad, en caso de darse
una construcción sin licencia, deberá dar un plazo improrrogable de
treinta días hábiles al propietario de la obra para que cumpla con la Ley. 3.
Que, al constatarse que la construcción en la propiedad del señor Aaron
Hernández Cervantes se está llevando a cabo sin que cuente con los permisos de
ley, se le concederá el plazo improrrogable de treinta días hábiles para que se
ponga a derecho. 4. Que el artículo 58 inciso a) de la Ley Forestal señala que
“Se impondrá prisión de tres meses a tres años a quien: a) Invada un área de
conservación o protección, cualquiera que sea su categoría de manejo, u otras
áreas de bosques o terrenos sometidos al régimen forestal, cualquiera que sea
el área ocupada independientemente de que se trate de terrenos privados del
Estado u otros organismos de la Administración Pública o de terrenos de dominio
particular. Los autores o partícipes del acto no tendrán derecho a indemnización
alguna por cualquier construcción u obra que hayan realizado en los terrenos
invadidos.” 4. Que el artículo 314 del Código Penal establece que “Se impondrá
prisión de seis meses a tres años, a quien no cumpla o no haga cumplir, en
todos sus extremos, la orden impartida por un órgano jurisdiccional o por un
funcionario público en el ejercicio de sus funciones, siempre que se haya
comunicado personalmente, salvo si se trata de la propia detención.” Por tanto:
Con base en las consideraciones fácticas y jurídicas expuestas, se le concede
al señor Aaron Hernández Cervantes, el plazo de treinta días hábiles a partir de la notificación de este acto
administrativo para que se ponga a derecho ante esta Dirección de la
Municipalidad. Así mismo, se le previene que se ha clausurado y que debe acatar
la orden concreta de suspender las obras tanto en su inmueble, de no hacerse
así se denunciará ante la Fiscalía de La Unión por desobediencia a la
autoridad. Por último, por haberse construido obras en el área de protección,
lo cual constituye una invasión a dicha área, se interpondrá denuncia penal
ante la Fiscalía de La Unión para que investigue la posible comisión de un
delito por parte suya. Notifíquese personalmente al señor Aaron
Hernández Cervantes.” Dirección de Desarrollo Y Control Urbano de la
Municipalidad de La Unión, Tres Ríos.—La Unión, 29 de mayo de
2017.—Inspección.—Ing. Allan Quesada Aguilar, Jefe.—( IN2017174089 ).