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MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

N° 018-MEIC-2017

LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2017, Ley N° 9411 del 30 de noviembre de 2016; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.

Considerando

I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), participar en el Cuarto Diálogo de Expertos de la Red Latinoamericana de Buenas Prácticas Regulatorias de la OCDE, que se llevará a cabo en Cartagena, Colombia del día 16 al día 17 de marzo del 2017.

II.—Que la participación del Ministerio de Economía, Industria y Comercio es de suma importancia en las actividades organizadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), por lo que requiere participar en el intercambio de experiencias y prácticas entre expertos de la región y países miembro de la OCDE para conocer los avances y retos en la promoción de la calidad regulatoria. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a Kattia Sáenz Benavides, cédula de identidad número 4-0147-0362 para que participe en el “Cuarto Diálogo de Expertos de la Red Latinoamericana Buenas Prácticas Regulatorias”, que se llevará a en Cartagena, Colombia del día 16 al día 17 de marzo del 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán financiados por el programa 21500 “Actividades Centrales”, por medio de la subpartida 105-03 “Transporte al Exterior” y subpartida 105-04 “Viáticos en el Exterior”, correspondiéndole a la servidora la suma de $364,48 (trescientos sesenta y cuatro dólares con 48/100). La funcionaria cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Artículo 3º—Rige a partir del día 15 y hasta su regreso el día 18 de marzo 2017, devengando la funcionaria el 100% de su salario.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José a los siete días del mes de marzo del dos mil diecisiete.

Geannina Dinarte Romero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 30791.—Solicitud N° 20901.—( IN2017119034 ).

N° 064-2016-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 3 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en la actividad denominada “III Reunión de Coordinación de los Organismos de los Sistemas de la Calidad en Centroamérica”, la cual se llevará a cabo en Guatemala, del día 23 al día 25 de agosto del 2016.

II.—Que de conformidad con la Ley N° 8279, “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde al LACOMET la participación en instancias internacionales de Metrología, con el objetivo primordial de fortalecer la metrología nacional. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a Ileana Hidalgo López, portadora de la cédula de identidad N° 1-560-203, funcionaria del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participe en la actividad denominada “III Reunión de Coordinación de los Organismos de los Sistemas de la Calidad en Centroamérica”, la cual se llevará a cabo en ciudad de Guatemala, Guatemala, del día 23 al día 25 de agosto del 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje, alimentación y seguros serán cubiertos por el Programa de Apoyo a la Calidad y a la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias en Centro América (Pracams). La funcionaria cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Artículo 3°—Rige a partir del día 22 de agosto del 2016 y hasta su regreso el día 25 de agosto del mismo año, devengando la funcionaria el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los nueve días del mes de agosto del dos mil dieciséis.

Welmer Ramos Gonzalez, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 4584.—( IN2017119044 ).

N° 069-MEIC-2016

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2016, Ley N° 9341 del 01 de diciembre de 2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en la activ

idad denominada: “SIM Quality System Task Force”, que se llevará a cabo en Montevideo, Uruguay, del día 15 al día 18 de noviembre 2016.

II.—Que de conformidad con la Ley N° 8279, “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde al LACOMET la participación en instancias internacionales de Metrología, así como “Aumentar y mantener las capacidades máximas de medición ante los organismos internacionales de metrología.”

III.—Que esta actividad es parte de los requisitos que los laboratorios nacionales deben cumplir y ser parte de los grupos técnicos que revisan y evalúan el cumplimiento de los sistemas de gestión de calidad que soportan las capacidades de medición y calibración a nivel de la región SIM (Sistema Interamericano de Metrología).

IV.—Que mediante Resolución LACOMET 018-2016 del 12 de julio de 2016 del Laboratorio Costarricense de Metrología, se autorizó el gasto en las partidas presupuestarias de viáticos al exterior. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a Christopher Cortés Zúñiga, portador de la cédula número 1-1236-781, Gestor de Calidad del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participe en la actividad: denominada: “SIM Quality System Task Force”, que se llevará a cabo en Montevideo, Uruguay del 15 al 18 de noviembre 2016.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), por la subpartida 10503 “Transporte al Exterior” y subpartida 10504 “Viáticos al Exterior”, correspondiéndole por concepto de viáticos la suma de mil cincuenta y seis dólares con sesenta y cuatro centavos de dólar ($1.056,64). El funcionario cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Asimismo, los gastos por concepto de transporte, viáticos, impuestos y otros de los días 19 al 21 de noviembre de 2016 serán cubiertos por el funcionario sin ninguna erogación por parte del Estado.

Artículo 3°—Rige a partir del día 14 de noviembre y hasta su regreso el día 21 de noviembre de 2016, devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a los dieciocho días del mes de agosto de dos mil dieciséis.

Carlos Mora Gómez, Ministro de Economía, Industria y Comercio a. í.—1 vez.—O. C. N° 001.—Solicitud N° 4584.—( IN2017119045 ).

N° 071—MEIC-2016

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.

Considerando

I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en la actividad denominada: “Taller Reunión de Planeamiento del Proyecto Promoviendo la Innovación en la Economía Verde en Latinoamérica y el Caribe mediante la inclusión de la Infraestructura de la Calidad”, que se llevará a cabo en Bogotá, Colombia, del día 24 al día 25 de agosto de 2016.

II.—Que de conformidad con la Ley N° 8279, “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde al LACOMET la participación en instancias internacionales de Metrología, como el Sistema Interamericano de Metrología (SIM) y promover la implementación del aseguramiento de mediciones en los procesos de las PYMES para el mejoramiento de la competitividad.

III.—Que una de las mejores formas de promover el mejoramiento de la competitividad de las PYMES, es mediante la guía y apoyo desde la Infraestructura Nacional de Calidad para que dichas PYMES logren su inserción y desarrollo en la Economía Verde.

IV.—Que es ventajoso para las PYMES costarricenses que el LACOMET sea parte del grupo de instituciones que lideran el desarrollo de las estrategias que ayudarán a evolucionar a los Institutos Nacionales de Metrología de la Región, y a los Sistemas de Calidad en General, para que apoyen de mejor forma la transición de las economías latinoamericanas hacia la Economía Verde, en especial mediante el apoyo al sistema productivo nacional para que evolucione hacia un sistema productivo solidario y amigable con el ambiente. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a Gerardo José Padilla Víquez, portador de la cédula N° 1-748-775, Físico Regente del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participe en la actividad: denominada: “Taller Reunión de Planeamiento del Proyecto Promoviendo la Innovación en la Economía Verde en Latinoamérica y el Caribe mediante la inclusión de la Infraestructura de la Calidad”, que se llevará a cabo en Bogotá, Colombia del día 24 al día 25 de agosto de 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje, transporte interno, alimentación y seguros, serán cubiertos por Instituto Nacional de Metrología de Alemania (PTB). El millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Artículo 3º—Rige a partir del día 23 de agosto y hasta su regreso el día 26 de agosto de 2016, devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los veintidós días del mes de agosto del dos mil dieciséis.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 001.—Solicitud N° 4584.—( IN2017119046 ).

N° 079-2016-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2016, Ley N° 9341 del 01 de diciembre de 2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en la actividad denominada: “SIM Quality System Task Force”, que se llevará a cabo en Montevideo, Uruguay, del día 14 al día 18 de noviembre 2016.

II.—Que de conformidad con la Ley N° 8279, “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde al LACOMET la participación en instancias internacionales de Metrología.

III.—Que mediante Resolución número 097-2016 del 29 de agosto de 2016 del Despacho Ministerial, se autorizó el gasto en la partida presupuestaria de viáticos al exterior, de la señora Ileana Hidalgo López. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°— Autorizar a Ileana Hidalgo López, portadora de la cédula número 1-560-203, Directora del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participe en la actividad: denominada: “SIM Quality System Task Force”, que se llevará a cabo en Montevideo, Uruguay del día 14 al día 18 de noviembre 2016.

Artículo 2°—El gasto por concepto de tiquete aéreo, será financiado por el SIM. Los gastos por concepto de alimentación, hospedaje y viáticos correspondientes del día 13 al día 19 de noviembre de 2016, serán cubiertos por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), subpartida 10504 “Viáticos al Exterior”, correspondiéndole por concepto de viáticos la suma de mil ciento cuarenta y ocho dólares con 08/100 ($1,148.08). Los viáticos correspondientes al día 11 y 12 de noviembre del mismo año, serán cubiertos por la funcionaria sin ninguna erogación por parte del Estado. El millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Artículo 3°—Rige a partir del día 11 de noviembre y hasta su regreso el día 19 de noviembre de 2016, devengando la funcionaria el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, al primer día del mes de setiembre de dos mil dieciséis.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 4584.—( IN2017119047 ).

N° 085-2016-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2016, Ley N° 9341 del 1° de diciembre del 2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 3 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en la actividad denominada: “SIM Quality System Task Force”, que se llevará a cabo en Montevideo, Uruguay, del día 15 al día 18 de noviembre 2016.

II.—Que de conformidad con la Ley N° 8279, “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde al LACOMET la participación en instancias internacionales de Metrología, así como “Aumentar y mantener las capacidades máximas de medición ante los organismos internacionales de metrología.”.

III.—Que esta actividad es parte de los requisitos que los laboratorios nacionales deben cumplir y ser parte de los grupos técnicos que revisan y evalúan el cumplimiento de los sistemas de gestión de calidad que soportan las capacidades de medición y calibración a nivel de la región SIM (Sistema Interamericano de Metrología).

IV.—Que mediante Resolución LACOMET 018-2016 del 12 de julio de 2016 del Laboratorio Costarricense de Metrología, se autorizó el gasto en las partidas presupuestarias de viáticos al exterior. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°— Autorizar a Gabriel Molina Castro, portador de la cédula número 1-1380-0492, Funcionario del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) para que participe en la actividad: denominada: “SIM Quality System Task Force”, que se llevará a cabo en Montevideo, Uruguay del 15 al 18 de noviembre 2016.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), por la subpartida 10503 “Transporte al Exterior” y subpartida 10504 “Viáticos al Exterior”, correspondiéndole por concepto de viáticos la suma de mil cincuenta y seis dólares con sesenta y cuatro centavos de dólar ($1.056,64). El funcionario cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Artículo 3°—Rige a partir del día 13 de noviembre y hasta su regreso el día 19 de noviembre del 2016, devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los ocho días del mes de setiembre del dos mil dieciséis.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 4584.—( IN2017119049 ).

N° 108-MEIC-2016

LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2016, Ley N° 9341 del 01 de diciembre de 2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en los diferentes foros sobre temas de innovación y de desarrollo de patrones, revisión y actualización de temas de metrología aplicables a los laboratorios del Departamento de Metrología Física. Además como parte del plan estratégico de LACOMET, es importante desarrollar una infraestructura metrológica integral que soporte las necesidades tecnológicas y de trazabilidad de las mediciones del país para los próximos 10 años.

II.—Dicha actividad se llevará a cabo en Sèvres, Francia, del día 07 al día 18 de noviembre de 2016.

III.—Que mediante Resolución LACOMET-018-2016 del 12 de julio del 2016 del Laboratorio Costarricense de Metrología, se autorizó el gasto en las partidas presupuestarias de viáticos al exterior. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a Luis Chaves Santacruz, portador de la cédula número 1-1265-812, funcionario del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participe en los foros sobre temas de innovación y de desarrollo de patrones, revisión y actualización de temas de metrología aplicables a los laboratorios del Departamento de Metrología Física, que se llevará a cabo en Sèvres, Francia, del día 07 al día 18 de noviembre de 2016.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de tiquete aéreo y hospedaje serán financiados por el National Institute of Standards and Technology (NIST) de Estados Unidos y el Buro Internacional de Pesos y Medidas (BIPM) de Francia. Los gastos de alimentación, serán financiados por LACOMET, por medio de la subpartida 1.05.04 “Viáticos al Exterior” correspondiéndole por concepto de viáticos la suma de mil setecientos treinta y siete dólares con 12/100 ($1.737,12). El pago de gastos menores como transporte en el interior del país y otros gastos conexos se realizará en la liquidación, con la presentación de los comprobantes respectivos. El funcionario cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Artículo 3°—Rige a partir del día 05 de noviembre de 2016 y hasta su regreso el día 19 de noviembre de 2016, devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a los veinte días del mes de octubre de dos mil dieciséis.

Geannina Dinarte Romero, Ministra de Economía, Industria y Comercio a. í.—1 vez.—O. C. N° 001.—Solicitud N° 4584.—( IN2017119050 ).

N° 128-2016-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2016, Ley N° 9341 del 1° de diciembre de 2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 3 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en los diferentes foros sobre temas de innovación y de desarrollo de patrones, revisión y actualización de temas de metrología aplicables a los laboratorios del Departamento de Metrología Física. Además, que, como parte del plan estratégico de LACOMET, es importante desarrollar una infraestructura metrológica integral que soporte las necesidades tecnológicas ir de trazabilidad de las mediciones del país para los próximos 10 años.

II.—Que el laboratorio Calibraciones Industriales S.A. de Chile, es el laboratorio designado en la magnitud de Flujo Líquido de Chile, tiene un sistema de gestión de calidad que soporta las CMCs en flujo, de acuerdo a los requisitos de la norma ISO 17025. Este laboratorio ha enviado una invitación a LACOMET para realizar la auditoria interna del sistema de gestión de calidad, durante los días 12 de diciembre al 15 de diciembre de 2016, en su sede en la ciudad de Iquique, Chile.

Que mediante Resolución LACOMET 018-2016 del 12 de julio de 2016 del Laboratorio Costarricense de Metrología, se autorizó el gasto en las partidas presupuestarias de viáticos al exterior. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a Jessica María Chavarría Sánchez, portadora de la cédula número 1-1064-806, funcionaria del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participe en la actividad “Auditoria Interna al Sistema de Gestión de Calidad del Laboratorio de Flujo Líquido de Calibraciones Industriales S.A. de Chile” a desarrollarse en Laboratorio de Calibraciones Industriales S. A., de Chile, en la sede de la ciudad de Iquique, Chile, del día 12 de diciembre al día 15 de diciembre de 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación, serán financiados por el Laboratorio de Calibraciones Industriales S.A. de Chile. El pago de gastos menores como transporte en el interior del país y otros gastos conexos se realizará en la liquidación, con la presentación de los comprobantes respectivos. La funcionaria cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Artículo 3°—Rige a partir del día 12 de diciembre de 2016 y hasta su regreso el día 16 de diciembre de 2016, devengando la funcionaria el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, al primer día del mes de diciembre de dos mil dieciséis.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 4584.—( IN2017119051 ).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

N° 001-2017

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley N° 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9411 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercido Económico del 2017”

Considerando:

En seguimiento de diferentes consultaciones y del seminario técnico que se llevó a cabo en febrero de 2016 en la Ciudad de Panamá y tras la aprobación de la decisión que autoriza la financiación del programa “EL PAcCTO” en el transcurso del mes de octubre, la Comisión Europea ha elaborado esta Nota de Síntesis al fin apoyar la discusión en el marco de la prevista reunión técnica de implementación con los socios latinoamericanos.

Esta iniciativa, que se llevará a cabo los días 1 y 2 de febrero de 2017 en Ciudad de México, se enmarca en un proceso de consulta permanente con los socios de Latinoamérica para consensuar áreas de común interés y posible involucramiento directo en la implementación de los programas/proyectos de cooperación.

Coherente con este enfoque y tomando en cuenta las prioridades del Programa Indicativo Multianual para la cooperación de la UE con América Latina 2014-2020, la Comisión Europea pretende nuevamente enfatizar la importancia del llamado “Security-Development nexus”, que se declina en tres distintas líneas de acción:

1.  Seguridad y Estado de Derecho (programa regional EL PAcCTO);

2.  Políticas de drogas (programa regional COPOLAD II);

3.  Gestión de fronteras/migración (nuevo programa regional en 2017 - por confirmar).

Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Víctor Barrantes Marín - Viceministro de Paz para que participe en el citado seminario.

Artículo 2º—Los gastos del señor Barrantes Marín por concepto de transporte aéreo, alojamiento y manutención derivados de su asistencia, serán asumidos por los organizadores del evento.

Artículo 3º—Los días 31 de enero y 01, 02 y 03 de febrero del 2017 en que se autoriza la participación del funcionario Víctor Barrantes Marín en el mencionado seminario, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 31 de enero del 2016 y hasta el 03 de febrero del 2017.

Dado en el Despacho de la ministra de Justicia y Paz a los cinco días del mes de enero del dos mil diecisiete.

Cecilia Sánchez R., Ministra de Justicia y Paz.—1 vez.—O.C. N° 31445.—Solicitud N° 16802.—( IN2017119134 ).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0685-2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y,

Considerando:

I.—Que el señor Carlos Quirós Lara, mayor, casado una vez, administrador de empresas, portador de la cédula de identidad número 1-538-787, vecino de San Rafael de Alajuela, en su condición de apoderado especial con facultades suficientes para estos efectos de la empresa BTH SSC S. A., con cédula jurídica número 3-101-727524, presentó solicitud para acogerse al Régimen de Zonas Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante “PROCOMER”), de conformidad con la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de PROCOMER en la Sesión N°  177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa BTH SSC, S.A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 39-2016, acordó recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la mencionada empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

III.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa BTH SSC S. A., cédula jurídica número 3-101-727524 (en adelante denominada “la beneficiaria” o “la empresa”), clasificándola como Industria de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas.

2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en brindar servicios de soporte administrativo y de negocios, servicios de tecnología de la información y servicios de soporte técnico.

3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado Administradora de Parques Zona Franca Génesis S.A., situado en la provincia de San José.

4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC.  En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755 del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

Asimismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, si cumple con los requisitos y condiciones establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo.

5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.  

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 248 trabajadores, a más tardar el 14 de noviembre de 2019.  Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de al menos US $270.000,00 (doscientos setenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 14 de noviembre de 2019.  Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 92,61%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión antes indicado, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria con PROCOMER, como una obligación a cargo de ésta.  Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen de Zonas Francas a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con el nivel mínimo de inversión anteriormente señalado.

7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas.  La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 15 de marzo de 2017.  En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual PROCOMER seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas.  El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal.  Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos.  Además, deberá permitir que funcionarios de PROCOMER ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.  La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones.  En caso de que la empresa no se presente a  firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a  confeccionar  un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen de Zonas Francas.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen de Zonas Francas, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12.—Las directrices que, para la promoción, administración y supervisión del Régimen de Zonas Francas emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con PROCOMER.

13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin  perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990,  sus reformas, su Reglamento y demás leyes aplicables.

14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.

16.—La beneficiaria queda autorizada para brindar el servicio de administración y gestión de proyectos - Business Transformation Hub (BTH), el cual, según el proceso de prestación de servicio descrito en la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas, es parte del servicio de soporte administrativo y de negocios, fuera del área habilitada como zona franca.

17.—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—( IN2017119156 ).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Marianella Sevilla Leiva, cédula de identidad: 2-0532-0248, en calidad de poder especial, de la compañía El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Pococí, Limón, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo: Fumigadora, Marca: KO, modelo: KO A 2000 CA TA 900 II, peso: 1086 kilogramos y cuyo fabricante es: K.O. Máquinas Agrícolas Ltda.-Brasil. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.— San José a las 7:20 horas del 10 de febrero del 2017.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017119000 ).

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA

AVISO

La Dirección del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), ente de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, informa que por medio de la Resolución LACOMET-007-2017 de las 11:00 horas del 17 de febrero del 2017, se aprobó la modificación de los precios por los servicios de capacitación y de “Experto Técnico”, asimismo, se aprobaron los precios por nuevos servicios de calibración de celda de punto triple de agua y celda de punto triple de mercurio, los cuales fueron debidamente aprobados a su vez, por la Comisión de Metrología, máximo órgano técnico del LACOMET, por medio del artículo IV, acuerdo III, de la sesión ordinaria N° 001-2017 celebrada el 25 de enero del 2017. Dichos precios pueden ser consultados en la página web de la institución: www.lacomet.go.cr/precios y rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Ing. Ileana Hidalgo López, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 4626.—( IN2017119001 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 130, Título N° 798, emitido por el Colegio Nocturno de Palmares, en el año dos mil once, a nombre de Acuña Oconitrillo Keily Patricia, cédula: 1-1537-0416. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de febrero del 2017.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017116685 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 22, título N° 1556, emitido por el Colegio Técnico Profesional San Isidro, en el año dos mil siete, a nombre de Rojas Leiva Marisela, cédula 1-1402-0958. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017118834 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 03, folio 126, título N° 3405, emitido por el Liceo de Puriscal, en el año dos mil diez, a nombre de Guzmán Arroyo Natalia Cristina, cédula 1-1530-0640. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017119032 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 175, asiento 4, título N° 1043, emitido por el Liceo Alfaro Ruiz, en el año dos mil quince, a nombre de Ingris Alexander Téllez. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de nombre y apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Ingris Alexandra Navarro Téllez, cédula 9-0136-0283. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, al primer día del mes de marzo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017119129 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 56, título N° 173, emitido por el Colegio Monserrat, en el año dos mil uno, a nombre de Ugalde Espinoza Tamara, cédula 6-0338-0119. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017119135 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma aprobada por la organización social denominada: Sindicato Nacional de Enfermería, Siglas SINAE, acordada en asamblea celebrada el 20 de enero del 2017. H-10. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible Tomo 16, Folio 245, Asiento 4930 del 22 de febrero del 2017. La reforma afecta el artículo 30 del estatuto.—San José, 22 de febrero del 2017.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—( IN2017121875 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

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Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora(ita) María de la Cruz Villanea Villegas, en calidad de apoderada especial de Agios Pharmaceuticals, Inc, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS TERAPEUTICOS Y COMPOSICIONES. La presente invención se refiere a compuestos y composiciones que comprenden compuestos que modulan a piruvato cinasa M2 (PKM2). También se describen métodos para usar los compuestos que modulan PKM2 en el tratamiento de cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/497; cuyos inventores son Saunders, Jeffrey, O. (US); Salituro, Francesco, G. (US) y Yan, Shunqi (US). Prioridad: N° 61/221, 430 del 29/06/2009 (US) y N° 61/292, 360 del 05/01/2010 (US). Publicación Internacional: WO2011/002817. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000071 y fue presentada a las 12:13:14 del 24 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 01 de marzo del 2017.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2017119198 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: EDRAS ALONSO GÓMEZ MOLINA, con cédula de identidad número 2-0560-0295, carné número 23039. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. 17-000270-0624-NO.—San José, 9 de marzo del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2017121930 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: SUSAN ALEJANDRA MORA UMAÑA, con cédula de identidad número 1-1149-0735, carné número 24172. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. 17-000258-0624-NO.—San José, 13 de marzo del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2017122007 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0024-2017 Exp 12436P.—Mexichem Costa Rica S. A., solicita concesión de: 1.73 litros por segundo del acuifero, efectuando la captación por medio del pozo AB-333 en finca de IDEM en Asunción, Belén, Heredia, para uso consumo humano - doméstico e industria - construcción. Coordenadas 217.923 / 518.266 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de enero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017121174 ).

ED-0054-2017.—Exp 17491P.—Banco Improsa S. A.(El Vainilla S.R.L.), solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuifero, efectuando la captación por medio del pozo NA-153 en finca de su propiedad en Santa Eulalia, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano para autoabastecimiento en condominio para 50 casas. Coordenadas 221.125 / 493.993 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de febrero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017121202 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0082-2017.—Exp. N° 16217A.—GP Casa Talentos Internacionales S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la Quebrada Los Ángeles, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pablo (Turrubares), Turrubares, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 210.857 / 485.849 hoja Río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de marzo del 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017121394 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHTPSOZ-0009-2017. Exp. Nº 14400A.—Condominio Horizontal Residencial Hacienda Matapalo, solicita concesión de: 14 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano-condominio. Coordenadas: 145.938 / 544.745, hoja Savegre. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 22 de febrero del 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar, Coordinador.—( IN2017121859 ).

ED-UHTPNOB-0028-2016. Exp. Nº 17366A.—José Francisco Cruz Leitón, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Monte Verde, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas: 256.275 / 444.856, hoja Juntas. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017121895).

ED-0302-2016.—Exp 11862P.—Corporación Galiota S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AH-68 en finca de su propiedad en Nacascolo, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 297.100 / 357.500 hoja ahogados. 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AH-70 en finca de su propiedad en Nacascolo, Liberia, Guanacaste, para uso abrevadero, consumo humano-doméstico, riego-pasto y turístico-hotel. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de marzo de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017121908 ).

ED-UHSAN-0006-2017.—Exp. 3391A.—Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., solicita concesión de: 15,22 litros por segundo del nacimiento Tica Bras, efectuando la captación en finca de Tica Bras S. A., en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso industria - alimentaria. Coordenadas 256.465 / 491.485 hoja Quesada. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de febrero del 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy Quesada Artavia, Coordinadora.—( IN2017121928 ).

ED-0083-2017.—Exp. N° 6191A.—Agropecuaria La Florida S. A., solicita concesión de: 14 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario-pisicultura, consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 178.987 / 544.161 hoja Vueltas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de marzo de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2017122032 ).

ED-0022-2017.—Exp. N° 16587P.—Standard Fruit Company de Costa Rica S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo gu-80 en finca de su propiedad en Horquetas, Sarapiqui, Heredia, para uso agroindustrial empacadora de banano. Coordenadas 252.960 / 550.070 hoja Guapiles, quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de enero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017122111 ).

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

Ante la Oficina Regional Caribe Norte del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente detalle:

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De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo N° 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición.

El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita en Puerto Viejo de Sarapiquí, en el cruce la Y Griega, edificio de color amarillo, en horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.—MBA. Elizabeth Castro Fallas, cédula: 1-0724-0416, Jefa Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—O. C. Nº 003-2017.—Solicitud Nº 79627.—( IN2017118864 ).                                                                              2 v. 2.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN ACTOS JURÍDICOS

En resolución N° 1236-2017 dictada por el Registro Civil a las trece horas treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 39810-2016, incoado por Heisel Cubero Moya, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Valeria Fernández Cubero, que los apellidos del padre son Murillo Fernández.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017119164 ).

En resolución N° 1143-2017 dictada por el Registro Civil, a las diez horas cinco minutos del veinticinco de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 41188-2016, incoado por Alexander Duran González, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Juliana Alejandra Durán Calderón, que el primer nombre es Yuliana.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í..—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017119222 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Jackeline Mercedes Zelaya Gutiérrez, nicaragüense, cédula de residencia DI155810323503, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1181-2017.—San José, al ser las 9:50 del 9 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017119016 ).

Fania Jerenia Torrez Gonzales, nicaragüense, cédula de residencia N° 155803815500, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3050-2016.—San José, a las 3:28 horas del 28 de febrero de 2017.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017119017 ).

Ninfa Senayda Ayerdis Valle, nicaragüense, cédula de residencia 155817250225, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1199-2017.—San José al ser las 3:11 del 9 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN20170119041 )

Félix Ernesto Pereira Torrez, nicaragüense, cédula de residencia 155813139003, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 969-2017.—San José al ser las 2:58 del 09 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a.í.—1 vez.—( IN2017119105 ).

Jimmy de Jesús Álvarez García, nicaragüense, cédula de residencia N° 155811866303, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3371-2016.—San José, 18 de enero del 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017119122 ).

Boanerges Martínez Cortez, nicaragüense, cédula de residencia 155808997929, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1183-2017.—San José al ser las 10:21 del 9 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017119147 ).

Lorena de los Ángeles Troya Salvador, ecuatoriana, cédula de residencia N° 121800016005, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3132-2016.—San José, a las 3:30 horas del 28 de febrero de 2017.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017119170 ).

Andrés Avimelec Lacayo Díaz, nicaragüense, cédula de residencia N° DI155816476604, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4183-2016.—San José, a las 3:26 horas del 28 de febrero de 2017.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017119189 ).

Cabrera Polanco Héctor Manuel, salvadoreño, cédula de residencia 122200270311 ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 132379-2014.—Alajuela, al ser las 10:28:16 del 10 de marzo de 2017.—Elieth Rodríguez Arias, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017119217 ).

Luisa Amanda Tercero Juárez, cédula de residencia 155811642707, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp: 1203-2017.—Alajuela al ser las 09:07:50 del 13 de marzo del 2017.—Luis Guillermo Quesada Quesada, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017119232 ).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

INFORMA:

Se encuentran en firme las resoluciones números 14235-2015 (DJ-1868) de las 16:15 horas del 1° de noviembre de 2015 y R-DC-033-2016 (N° 05879/DC-0112) de las 15:00 horas del 9 de mayo de 2016, dictadas dentro del procedimiento administrativo N° 93-2011. Dicha resolución en el Por Tanto resuelve el despido sin responsabilidad patronal de conformidad con el inciso d) del artículo 113 de la Ley de Administración Financiera, e imponer la prohibición de ingreso o reingreso contemplada en el artículo 72 de la Ley N° 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, para ejercer cualquier cargo de la Hacienda Pública, por un plazo de cinco años, contados a partir del 10 de mayo del 2016 y hasta el 10 de mayo del 2021, a las siguientes personas: Antonio Araya Madrigal, cédula de identidad N° 2-327-827; José Manuel Arce Campos, cédula de identidad 4-072-889; Susan Chen Sui conocida como Susan Chen Mok, cédula de identidad 1-627-761; Carlos Luis Briceño Díaz, cédula de identidad 5-089-959. Luego la prohibición por dos años, contados a partir del 10 de mayo del 2016 al 10 de mayo del 2018 a las siguientes personas: Jenny Román Ceciliano, cédula de identidad 6-273-194; Luis Marcial Arguedas Trejos, cédula de identidad 1-476-631; Álvaro Cascante Ramírez, cédula de identidad 6-117-552 y Bernal Serrano Mojica, cédula de identidad 6-093-928. En razón de ello, sírvanse tomar nota las Administraciones interesadas, a efectos de que dicha persona no sea nombrada en cargos de la Hacienda Pública por el período indicado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de Organización y Servicio de las Potestades Disciplinaria y Anulatoria en Hacienda Pública de la Contraloría General de la República publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 244 del 20 de diciembre de 2011. Publíquese

Licda. Yazmín Castro Sánchez, Órgano Decisor.—1 vez.—O. C. Nº 170115.—Solicitud Nº 79219.—( IN2017119103 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

PLAN DE ADQUISICIONES ADMINISTRACIÓN

PORTUARIA AÑO, 2017

Aprobado por el Consejo de Administración en sesión ordinaria N°04-2017, artículo III-c, celebrada el 16 de Febrero del 2017.

Proyecto

Monto

Cuatrimestre

Cuatrimestre

Cuatrimestre

CAMARA Y EQUIPO PARA CIRCUITO CERRADO

¢200.000.000.00

X

 

 

EQUIPO PARA CONTENCIÓN DE DERRAMES

¢ 20.000.000.00

X

 

 

BALSAS SALVAVIDAS PARA LANCHAS Y REMOLCADORES

¢ 39.000.000.00

 

X

 

SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO PARA REMOLCADOR DON JORGE

¢ 25.000.000.00

 

X

 

BOYAS OCEANICAS PARA AYUDA DE NAVEGACIÓN

¢ 43.000.000.00

 

X

 

COMPRA E INSTALACIÓN DE LUMINAS PARA PUERTOS GASTON KOGAN Y HERNAN GARRÓN SALAZAR

¢190.000.000.00

X

 

 

CONSTRUCCIÓN DE PORTONES PARA LA ENTRADA A LOS MUELLES GASTON KOGAN Y HERNAN GARRÓN SALAZAR

¢ 45.000.000.00

 

X

 

REMODELACIÓN BODEGA #5

¢150.000.000.00

X

 

 

REPARACIÓN DE LOSAS Y MANTENIMIENTO DE CALLES Y PATIOS PUERTOS GASTON KOGAN Y HERNAN GARRON SALAZAR

¢170.000.000.00

X

 

 

TRES MANTENIMIENTOS A SUBESTACIONES PUERTOS GASTON KOGAN Y HERNAN GARRON SALAZAR

¢ 50.000.000.00

X

 

 

ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE MALLA PERIMETRAL EN PUERTOS GASTON KOGAN Y HERNAN GARRON SALAZAR

¢ 30.000.000.00

X

 

 

COMPRA E INSTALACIÓN DE ALAMBRE NAVAJA PARA PROTECCIÓN EN LOS MUELLES PUERTOS GASTON KOGAN Y GARRON SALAZAR

¢ 40.000.000.00

X

 

 

COMPRA DE UNA AMBULANCIA PARA LOS PUERTOS GASTON KOGAN Y HERNAN GARRON

¢ 25.000.000.00

X

 

 

ADQUISICIÓN DE DOS BUSETAS DE 30 PASAJEROS PARA PERSONAL DE JAPDEVA

¢120.000.000.00

X

 

 

COMPRA DE SEIS (6) CUADRACICLOS PARA REALIZAN RONDAS DE VIGILANCIA

¢ 18.000.000.00

X

 

 

COMPRA DE UN CAMIÓN DE 6 TONELADAS Y UN PICK UP PARA EL TRASLADO DE MERCADERIAS LIMÓN SAN JOSÉ Y VICEVERSA

¢ 80.000.000.00

X

 

 

ADQUISICIÓN DE TRES (3) CABEZALES PORTUARIOS

¢255.000.000.00

X

 

 

ADQUISICION DE VEHICULO 4X2 DOBLE CABINA DE 2.5 TONELADA DE CAPACIDAD PARA MOVILIZAR EQUIPO A LOS REMOLCADORES Y LANCHAS

¢ 70.000.000.00

X

 

 

COMPRA DE PLATAFORMA ARTICULADA

¢ 95.000.000.00

X

 

 

 

Marzo, 2017.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedora Administración Portuaria.—1 vez.—O. C. N° 6401.—Solicitud N° 80763.—( IN2017121958 ).

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN000007-DCADM

Contratación servicios de empresas para el diseño, suministro

e instalación de aires acondicionados en todas las oficinas

del Banco Popular (consumo por demanda-rol

de proveedores)

Apertura para las 10:00 horas del día 20 de abril del 2017. Retiro del cartel en oficinas centrales, de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m., sexto piso, División de Contratación Administrativa. Costo: ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).

Área de Gestión y Análisis de Compra.—1 vez.—( IN2017121971 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000012-2104

Bendamustina 100 MG FA

Se comunica a los interesados en participar, que la fecha de recepción de ofertas es el 07 de abril del 2017, a las 09:00 horas. El cartel está disponible en el Centro de Fotocopiado, situado en la planta baja de este Hospital. Ver en: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones

San José, 21 de marzo del 2017.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Marcelo Jiménez Umaña, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 28.—Solicitud Nº 80679.—( IN2017121701 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000008-2104

Adquisición de: Remodelación de Salas de Cirugía

Ambulatoria de Oftalmología

Se comunica a los interesados en participar, que la fecha de recepción de ofertas es el 19 de abril del 2017, a las 09:00 horas. Se realizará visita al sitio el 30 de marzo del 2017, a las 09:00 horas. El cartel se encuentra disponible en centro de fotocopiado, situado en la planta baja de este Hospital. Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.

San José, 21 de marzo del 2017.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Marcelo Jiménez Umaña, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 29.—Solicitud Nº 80680.—( IN2017121703 ).

ÁREA DE SALUD DE GRECIA

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

El Área de Salud de Grecia avisa a las personas físicas o jurídicas interesadas en participar en estudio de mercado para el proceso de adquisición de bien inmueble (terreno) para el proyecto de construcción y equipamiento de la sede de Área de Salud Grecia de la Caja Costarricense de Seguro Social, que recibirá cotizaciones para efectuar dicho estudio hasta las diez horas del día 05 de abril del 2017, en la oficina de la Administración del Área de Salud.

Las condiciones generales para el estudio de mercado se entregarán a partir de la publicación de este aviso, en el Area de Gestión de Bienes y Servicios del Área de Salud de Grecia, ubicada 150 metros al oeste de la Iglesia Católica de Grecia.

Lic. Jeffry Castro Herrera, Director Administrativo a. í.— 1 vez.—( IN2017121907 ).

HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2017CD-000010-2601

Objeto contractual: adquisición de circuito para respirador

neonatal para utilizar en ventiladores marca Viasys, modelo

Avea. Placas 804708, 804709,804710 y 804712

Fecha apertura de ofertas el viernes 31 de marzo de 2017 a las 10:00 a.m.

Los interesados pueden adquirir el cartel en la Sub-Área de Contratación Administrativa del hospital, ubicada frente a las oficinas centrales de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, de 7:30 a.m. a 2:30 p.m., valor del cartel en ventanilla ¢300,00 o bien los interesados pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932, posterior a su cancelación mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica N° 100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢1.200,00.

Limón, 21 de marzo del 2017.—Dirección Administrativa Financiera.—Mba. Marta On Centeno, Jefa.—1 vez.—( IN2017122018 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000008-PRI

Estudio de inspección electromagnética del estado de la tubería

de acero en un tramo del Acueducto Orosí

ubicado en Tres Ríos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N°4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 26 de abril del 2017, para la “Estudio de Inspección Electromagnética del estado de la tubería de acero en un tramo del Acueducto Orosi ubicado en Tres Ríos”. El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr, o bien adquirirse previo pago de ¢500,00, en la Dirección Proveeduría de AyA, sita en el del módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA en Pavas.

Dirección Proveeduría.—Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N° 80747.—( IN2017121950 ).

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORíA MUNICIPAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000004-01

Contratación de servicios de mensajería interna

y externa  para las oficinas centrales del IFAM

Se avisa a todos los interesados en la Licitación Abreviada arriba señalada, que en la oficina de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones  del IFAM, sita en San Vicente de Moravia, Provincia de San José,  ubicada en edificio IFAM. avenida 6, calle 39 a, numero 80, provincia de San José, Cantón de Moravia, Distrito San Vicente (De Plaza Lincoln, 100 oeste, 100 sur y 200 oeste), se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 18 de abril 2017, para la contratación de “Contratación de servicios de mensajería interna y externa para las oficinas centrales del IFAM”.

La Semana Santa se considera inhábil por encontrarse el personal de vacaciones.

El cartel que contiene las especificaciones legales, técnicas y administrativas, se encuentra a disposición en el sitio WEB del IFAM:  www.ifam.go.cr ahí se accede el banner “Proveeduría” y luego se selecciona el ícono de “Licitaciones” o bien accediendo el siguiente enlace:  http://www.ifam.go.cr/index.php/category/proveeduria/licitaciones/

Moravia, 17 de marzo 2017.—Unidad de Adquisiciones y Contrataciones.—Licda. Inés Vásquez Sánchez, Encargada.—1 vez.—( IN2017121927 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000003-01

Contratación de servicios de recepcionista para

las oficinas centrales del IFAM

Se avisa a todos los interesados en la Licitación Abreviada arriba señalada, que en la oficina de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones del IFAM, sita en San Vicente de Moravia, Provincia de San José, ubicada en edificio IFAM. avenida 6, calle 39 a, número 80, provincia de San José, Cantón de Moravia, Distrito San Vicente (De Plaza Lincoln, 100 oeste, 100 sur y 200 oeste), se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 17 de abril 2017, para la contratación de “Contratación de servicios de recepcionista para las oficinas centrales del IFAM”.

El cartel que contiene las especificaciones legales, técnicas y administrativas, se encuentra a disposición en el sitio WEB del IFAM:  www.ifam.go.cr ahí se accede el banner “Proveeduría” y luego se selecciona el ícono de “Licitaciones” o bien accediendo el siguiente enlace:  http://www.ifam.go.cr/index.php/category/proveeduria/licitaciones/

La Semana Santa es inhábil ya que el personal de la Institución se encontrará de vacaciones colectivas.

Moravia, 17 de marzo 2017.—Unidad de Adquisiciones y Contrataciones.—Licda. Inés Vásquez Sánchez, Encargada.—1 vez.—( IN2017122137 ).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO RINCÓN

GRANDE DE LAS PAVAS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 004-2017

Suministros de alimentos

La Junta Administrativa del Colegio Rincón Grande de las Pavas, invita a participar en la Licitación Pública N° 004-2017, denominada “Suministros de productos alimenticios” para preparar en el Comedor Estudiantil durante el curso lectivo 2017.

La invitación a participar está enfocada a proveedores que se dediquen a la actividad de distribución de productos alimenticios.

Esta contratación será financiada por el Programa de Equidad de PANEA a la cuenta de la Junta Administrativa, el monto aproximado de la contratación es de ¢50.077.580. Dicho Cartel podrá ser retirado en la oficina de la Junta Administrativa del Colegio Rincón Grande de las Pavas, del 27 de marzo del 2017 inclusive al 17 de abril del 2017, de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. y serán recibidos hasta el martes 18 del abril 2017, a las 3:00 p.m. a las 3:30 p.m. se hará la apertura de los sobres.

Rossly Campos L., Presidenta.—Rolando Solano M., Director.—1 vez.—( IN2017122002 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OSA

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000001-01

(Primera prórroga)

Adquisición de obra pública por contrato para

construcción de puente vehicular sobre río

Drake, Los Ángeles de Drake

La Proveeduría Institucional de la Municipalidad de Osa, comunica a todos los interesados, que estén en capacidad de realizar este tipo de obra, que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 18 de abril del 2017. en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.

Licda. Jessenia Salas Jiménez, Proveedora Municipal de Osa.—1 vez.—( IN2017121924 ).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000005-0006600001

(Aviso de adjudicación)

Mejoramiento del Aeródromo de Golfito

El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil, a través de la Proveeduría Institucional, avisa a los interesados en esta Licitación Pública, que por acuerdo al artículo primero tomado en la sesión extraordinaria Nº 21-2017, celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil, el día 20 de marzo del 2017, se adjudica de la siguiente manera:

Empresa: Consorcio Condeco-PG y CR Building, cédula jurídica Nº 3-101-379607.

Mejoramiento del Aeródromo de Golfito.

Monto adjudicado:                                          ¢971.720.661,43

(Novecientos setenta y un millones setecientos veinte mil seiscientos sesenta y un colones con cuarenta y tres céntimos).

Plazo de entrega de la obra: 90 días naturales a partir de la entrega de la orden de inicio emitida por la Administración del Contrato.

Garantía de cumplimiento: 5% sobre el monto total adjudicado.

Todo de acuerdo a lo indicado en el cartel, especificaciones técnicas, y oferta presentada y criterio técnico de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica según oficio DGAC-IA-OF-0230-2017.

San José, 22 de marzo del 2017.—Sr. José Alberto Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 758.—Solicitud Nº 80743.—( IN2017121905 ).

CONSEJO NACIONAL DE RECTORES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000005-CNR

Contratación de una empresa que se encargue

de la organización y ejecución

de la Expo-Calidad

SINAES 2017

El Consejo Nacional de Rectores avisa que mediante Resolución de Adjudicación N° 06-2017 del 17 de marzo de 2017 se acuerda en firme adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2017LA-000005-CNR “Contratación de una empresa que se encargue de la organización y ejecución de la Expo-Calidad SINAES 2017” de la siguiente forma: MONSESA MYS S. A., cédula jurídica 3-101-202061. Monto total adjudicado: ¢55.920.000,00. Todo de acuerdo al cartel y a la oferta presentada

Pavas, 20 de marzo del 2017.—Proveeduría.—MAP. Jonathan Chaves Sandoval.—1 vez.—O.C. N° 16416.—Solicitud N° 80556.—( IN2017122144 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE INSUMOS MEDICOS

2016LN-000025-05101

Esponja de gasa

La Caja Costarricense de Seguro Social comunica que de acuerdo a la Resolución de adjudicación según el artículo 28° sesión N° 8894 de la Junta Directiva, se resuelve adjudicar el ítem único a la empresa Hospimedica S. A., Por un monto unitario de USD $0,059

Vea detalles y mayor información en la Página Web http://www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 21 de marzo del 2017.—Subárea Insumos Médicos.—Licda. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 15996.—( IN2017121882 ).

REGISTRO DE PROVEEDORES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

AVISO A PROVEEDORES COMERCIALES

Se invita a los proveedores tanto personas físicas como jurídicas interesadas en conformar el registro de elegibles, para la prestación de los servicios de verificación de la calidad o bien mantener actualizada su información en dicho registro; que podrán solicitar su inscripción o actualización ante la Proveeduría Institucional del CONAVI. Lo anterior según lo dispuesto en el artículo 8 del “Reglamento para la Contratación Especial de Organismos de Ensayo para la Obtención de los Servicios de Verificación de la Calidad de los Proyectos de Conservación Vial de la Red Vial Nacional” vigente; publicado en La Gaceta N° 61; de fecha 30 de marzo del 2016.

Más información, dirigirse al Departamento de Programación y Control de la Proveeduría Institucional, al correo proveeduria@conavi.go.cr o al teléfono 2202-5300 ext. 5636.

San José, 03 de marzo de 2017.—Proveeduría.—Licda. Carmen Madrigal Rímola Directora.—1 vez.—O. C. N° 4910.—Solicitud N° 79887.—( IN2017119192 ).

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000056-01

(Segunda Modificación al Cartel)

Preselección de hasta cinco (5) empresas para proveer

el suministro y la instalación de equipos de aire

acondicionado y ventilación en todas las oficinas

del Banco Nacional de Costa Rica

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Pública 2016LN-000056-01 lo siguiente:

En el artículo 10 de la Sesión Ordinaria No.1356-2017, celebrada por el Comité de Licitaciones el 20 de marzo de 2017, se autorizan las primeras modificaciones al cartel, las cuales se señalan a continuación:

  Apartado C. Condiciones Especiales. Punto 4. Representante o Contratista Autorizado

Se deberá leer:

El oferente deberá ser Representante o Contratista Autorizado en Costa Rica con respaldo para brindar mantenimiento, por el fabricante de los equipos ofertados (De todas las marcas que está ofertando), a efecto de lo cual deberá presentar un documento en original, emitido por la empresa fabricante, en donde se garantice que el oferente es representante o contratista autorizado a nivel nacional, tanto para instalación como para mantenimiento de los dispositivos, programas y marcas ofertadas en la propuesta.

Este documento deberá haber sido emitido máximo dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha propuesta para la apertura de las ofertas. No se aceptarán firmas de vendedores o encargados de cuenta de empresas distribuidoras.

En caso que el fabricante se encuentre en el país, la carta deberá ser presentada en original o copia certificada por un notario; de ser una carta emitida en el extranjero, la misma deberá presentarse en fotocopia en la oferta y dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación, deberá presentar la copia apostillada, so pena que en caso de no entregarla, se considerará tal hecho como la renuencia a comparecer a la formalización contractual, lo que faculta a la Administración para proceder a declarar la insubsistencia de ese acto, según lo previsto en el artículo 191 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

  Apartado C. Condiciones Especiales, Punto 5. Taller Autorizado.

Se deberá leer:

El oferente deberá contar con la credencial de “Taller de Servicio Autorizado” del fabricante de todos los equipos ofertados, el cual deberá estar instalado y funcionando en Costa Rica, a efecto de lo cual deberá presentar una carta, emitida por la empresa fabricante, en donde se certifique que el oferente cuenta con la credencial de Taller de Servicio Autorizado o en su defecto poseer un taller de servicio autorizado que le respalde en Costa Rica el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo. No se aceptará firmas de vendedores o encargados de cuenta. Las cartas del fabricante deberán haberse emitido dentro de los seis (06) meses antes de la fecha de apertura de las ofertas.

Al momento de presentar las ofertas se deberá entregar una copia de dicho documento acreditando la condición de contar con la credencial de Taller de Servicio Autorizado. De resultar el oferente adjudicado, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación, por las empresas preseleccionadas adjudicadas deberán entregar las copias apostilladas, como requisito esencial para procederse con la formalización del contrato, so pena que en caso de no entregarlas dentro del citado plazo, el Banco Nacional podrá declarar la insubsistencia de ese acto, según lo previsto en el artículo 191 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

  Apartado C. Condiciones Especiales, Punto 6. Requisitos mínimos del personal de la empresa preseleccionada.

Se deberá leer:

El oferente deberá incluir el nombre, calidades, currículum y documentación de todo el personal que brindará las labores ofertadas y el soporte técnico de instalación y atención de fallas durante el período de garantía, el cual deberá estar constituido como mínimo dentro de su planilla por cuatro (4) técnicos y un (1) profesional que puede estar dentro o fuera de planilla (en caso de estar fuera de planilla debe de presentar una carta firmada por dicho profesional donde se compromete a prestar servicios de dicha empresa en el alcance de la presente licitación), que deberá cumplir con los siguientes requisitos(…)

  Apartado C. Condiciones Especiales, Punto 6. Requisitos mínimos del personal de la empresa preseleccionada. Inciso 6.2.

Se deberá leer:

6.2. Un (1) profesional (ingeniero)

  Apartado C. Condiciones Especiales, Punto 6. Requisitos mínimos del personal de la empresa preseleccionada. Incisos 6.1 y 6.2

Se eliminan los incisos: 6.1.5, 6.1.6 y 6.2.5:

6.1. Personal Técnico

6.1.5. Al menos cuatro (4) de los técnicos deberán estar capacitados por fábrica para prestar mantenimiento a los equipos de volumen variable de la marca ofertada, para lo cual deberán presentar fotocopia de la certificación emitida por el fabricante debidamente certificado por un notario.

6.1.6. Al menos tres (3) de los técnicos deberán de estar capacitados en el curso “Buenas prácticas de refrigeración y manejo de refrigerantes” impartido por el INA. Para ello, deberán presentar fotocopia de la certificación emitida por dicha institución, debidamente certificado por un notario.

6.2. Un (1) Profesional (Ingeniero)

6.2.5. Cada ingeniero profesional deberá contar con la certificación del fabricante que lo faculte para dar el soporte técnico en los sistemas y/o equipos que se están ofertando, para lo cual deberán presentar fotocopia de la certificación emitida por el fabricante debidamente certificado por un notario.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 22 de marzo del 2017.—Ing. Douglas Noguera Porras, Proveeduría General.—1 vez.—O.C. N° 52394.—Solicitud N° 80749.—( IN2017121939 ).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000006-01

(Modificación N° 1)

Contratación de servicios para el procesamiento

de información de riesgo del conglomerado BCR

Se informa a los interesados en la licitación en referencia, que se han modificado los siguientes puntos del cartel, para que se lean de la siguiente manera:

15.2   Precio mensual por el procesamiento de la información por portafolio, este punto se realizar bajo la modalidad de servicios por demanda, de acuerdo a lo establecido en el artículo 163 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por tanto, la adjudicación se hará sobre los precios por portafolio, pues las cantidades finales que se puedan demandar del servicio se encuentran sujetas a las necesidades variantes de las empresas del Conglomerado Financiero BCR, hasta un máximo de 30 portafolios que incluya modificaciones a los limites internos de cada uno.

15.6   La inclusión de un portafolio solo deberá generar costos para el BCR por el procesamiento del mismo mensualmente, no así un costo adicional por implementarlo.

27.1 Precio = 100%: El puntaje máximo lo obtendrá la oferta que tenga el menor precio (Precio mensual por el procesamiento de la información más implementación). El puntaje del precio total de los otros oferentes se calculará utilizando la siguiente fórmula:

Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

35.3   Se eliminó este punto.

3.6         Deben incorporarse simulaciones para pruebas de stress testing y análisis de back testing de los resultados, para cada uno de los factores de riesgo (mercado, liquidez y crédito). Para tales efectos, deben considerarse parámetros críticos como históricos que permitan medir el impacto de la modificación de esos factores de riesgo.

La empresa deberá de tener la capacidad técnica en términos de recursos humanos y tecnológicos para realizar análisis de escenarios en los términos que requiera el conglomerado financiero BCR o aquellos que así determine la respectiva Superintendencias, sin que esto implique un costo adicional para el conglomerado.

5.4 Se eliminó este punto.

Los interesados pueden obtener el documento modificado en la página electrónica www.bancobcr.com, según la siguiente ruta: bancobcr.com/Acerca del BCR/Proveedores/Carteles/Licitación Abreviada.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

San José 22 de setiembre del 2017.—Oficina Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 80771.—( IN2017122141 ).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000001-01

Contratación de servicios de seguridad

y vigilancia del edificio del BANHVI

El Banco Hipotecario de la Vivienda comunica que se realizaron modificaciones al cartel de la Licitación Pública Nº 2017LN-000001-01, la cual tiene por objeto la “Contratación de servicios de seguridad y vigilancia del edificio del BANHVI”. Se traslada la fecha de apertura para las 14:00 horas del 07 de abril del 2017.

Dichos cambios podrán ser consultados en la página oficial del Banco, cita: www.banhvi.fi.cr, Sección Publicaciones, Área de Proveeduría, Contrataciones.

Dirección Administrativa.—Margie Conejo Carmona, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—( IN2017121793 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº. 2017LA-000001-PRI

(Circular N° 2)

Compra de artículos de papel y cartón

(modalidad según demanda)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) Cédula Jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, la siguiente aclaración al cartel:

-    Para las posiciones del cartel que comprenden de la 19 a la 23, donde se indica la presencia del logotipo institucional, el mismo deberá ser impreso con una tinta con acabado sólido.

Demás condiciones del cartel permanecen invariables.

Jennifer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O.C. N° 6000002134.—Solicitud N° 80748.—( IN2017121932 ).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

El Concejo Municipal del Cantón de Goicoechea, en Sesión Ordinaria N° 08-17, celebrada el 20 de febrero de 2017, Artículo 14°, aprobó:

Modificar el artículo 4 del Reglamento para el Uso de Vehículos Municipales, para que se lea de la siguiente forma:

Artículo 4°.—Todos los vehículos municipales son de uso administrativo, los cuales deberán estar rotulados según el Manual de Imagen Institucional vigente; por lo que no pueden haber vehículos de uso discrecional ni semi discrecional. Ningún funcionario público de esta Municipalidad podrá disponer de vehículos oficiales o administrativos de forma permanente para el cumplimiento de las funciones que le corresponde llevar a cabo, sea cual sea su puesto y nivel jerárquico. El Concejo Municipal no puede acordar el uso discrecional de vehículos municipales, así como el titular de la Alcaldía Municipal no lo puede autorizar administrativamente.

Guadalupe, 28 de febrero del 2017.—Dpto. Secretaría.—Zahyra Artavia Blanco, Jefa.—1 vez.—( IN2017119252 ).

REMATES

AVISOS

CONSULTORES FINANCIEROS COFIN S. A.

Consultores Financieros Cofin S. A., en su condición de fiduciario del “Carmen Cecilia Polo Camacho-Consultores Financieros Cofín S. A.-Financiera Desyfin S. A.- Y Y Inversiones S. A.” Se permite comunicar que en cumplimiento con lo establecido en el fideicomiso indicado, inscrito en el Registro Público al tomo: dos mil dieciséis, asiento: cero cero uno cinco tres siete cuatro ocho-cero dos, se procederá a realizar el primer remate por el valor indicado a las 14:30 horas del día 24 de abril del 2017, en sus oficinas en Escazú, San Rafael, Avenida Escazú, torre AE2, quinto piso, el siguiente inmueble: Finca del partido de San José, matrícula de Folio Real Nº 30866-F-000, la cual se describe de la siguiente manera: Naturaleza: finca filial ciento diecinueve apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito tercer Pozos, cantón noveno Santa Ana, de la provincia de San José, con linderos: norte, finca filial ciento veinte; al sur, finca filial ciento dieciocho; al este, acceso privado número dos con 11 metros, y al oeste, finca filial ciento dieciséis; con una medida de trescientos sesenta y cuatro metros con seis decímetros cuadrados. Plano catastro Nº: SJ-0749792-2001, libre de anotaciones y con el gravamen servidumbre de acueducto y de paso de AyA, inscrita al tomo: 501, asiento: 06336, consecutivo: 01, secuencia: 0038, subsecuentica:   El inmueble enumerado se subasta por la base de $129.990,67 (ciento veintinueve mil novecientos noventa dólares con 67/100). De no haber oferentes, se realizará un segundo remate 8 días calendario después de la fecha del primer remate, a las 14:30 horas el día 05 de mayo del 2017, con una rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base del primer remate; en caso de ser necesario se realizará un tercer remate ocho días calendario después de la fecha del segundo remate, a las 14:30 del día 17 de mayo del 2017, el cual se llevará a cabo con una rebaja del cincuenta por ciento (50%) de la base del primer remate. El fideicomisario podrá decidir pagarse hasta donde alcance con la finca fideicometida en remate, al terminar la primera subasta o cualquiera de las siguientes subastas si nadie la adquirió. De conformidad con los términos del contrato de fideicomiso, para que una oferta sea válida, el oferente deberá entregarle al Fiduciario un quince por ciento (15%) del precio base, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. El o los oferentes que se hayan adjudicado la finca fideicometida, tendrán un plazo improrrogable de diez días naturales contados a partir de la fecha de la subasta para pagarle al Fiduciario el dinero necesario para completar el cien por ciento del precio de venta de dicha finca, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. De no realizar el pago en el plazo establecido, la subasta se declarará insubsistente, y el quince por ciento del precio de venta previamente entregado al Fiduciario será conservado por dicha compañía como indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.

San José, 20 de marzo del 2017.—Marvin Danilo Zamora Méndez, cédula de identidad Nº 1-0886-0147, Secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—1 vez.—( IN2017121783 ).

Consultores Financieros Cofin S. A., en su condición de Fiduciario del “Inmobiliaria Arguedas y Barrantes AB S. A., Consultores Financieros Cofín S. A. Financiera Desyfin S. A.-Construcciones CBC S. A.” y su “addendum número uno”

Se permite comunicar que en cumplimiento con lo establecido en el fideicomiso indicado, inscrito en el Registro Público al tomo dos mil trece, asiento cero cero trescientos veintinueve mil doscientos setenta y seis - cero uno, se procederá a realizar el primer remate por el valor indicado a las 14:30 horas del día 21 de abril del año 2017, en sus oficinas en Escazú, San Rafael Avenida Escazú Torre AE2, cuarto piso, el siguiente inmueble: Finca del Partido de Heredia, matrícula 211166-000, la cual se describe de la siguiente manera: lote I, terreno para construir; situada en el distrito Tercero Llorente, cantón Octavo Flores de la provincia de Heredia, con linderos norte, calle publica con un frente de 54 metros 05 centímetros; al sur, Maruja Rodríguez Víquez y María Elena Rodríguez Víquez, al este lote II, y al oeste calle publica con un frente de 23 metros 59 centímetros, Miguel Arias Arguedas y Luis Guzmán Chavarría; mide: mil novecientos setenta y ocho metros cuadrados plano catastro número H-1329591-2009, libre de anotaciones pero soportando los siguientes gravámenes: servidumbre de acueducto y de paso de A Y A, inscrita al tomo: 530; asiento: 17323; consecutivo: 01; secuencia 0001; subsecuentica 001. Servidumbre de acueducto y de paso de AYA, inscrita al tomo: 531; asiento: 19854; consecutivo: 01; secuencia 0002; subsecuentica 001. Demanda Ordinaria inscrita al tomo: 800; asiento: 276545; consecutivo: 01; secuencia 0001; subsecuentica 001. El inmueble enumerado se subasta por la base de $894.209,27 (ochocientos noventa y cuatro mil doscientos nueve dólares con 27/100). De no haber oferentes, se realizara un segundo remate ocho días calendario después de la fecha del primer remate, a las 14:30 horas el día 03 de mayo del año 2017, con una rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base del primer remate; en caso de ser necesario se realizará un tercer remate ocho días calendario después de la fecha del segundo remate, a las 14:30 del día 15 de mayo del 2017, el cual se llevará a cabo con una rebaja del el cincuenta por ciento (50%) de la base del primer remate. El deudor podrá realizar la cancelación total de la operación en cualquier momento, antes de que de inicio el primer remate, en cuyo caso se detendrá el proceso y se suspenderán los remates. El fideicomisario podrá decidir pagarse hasta donde alcance con la finca fideicometida en remate, al terminar la primera subasta o cualquiera de las siguientes subastas si nadie la adquirió. De conformidad con los términos del contrato de fideicomiso, para que una oferta sea válida, el oferente deberá entregarle al Fiduciario un cincuenta por ciento (50%) del precio base, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. El o los oferentes que se hayan adjudicado la finca fideicometida, tendrán un plazo improrrogable de tres días hábiles contados a partir de la fecha de la subasta para pagarle al Fiduciario el dinero necesario para completar el cien por ciento del precio de venta de dicha finca, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. De no realizar el pago en el plazo establecido, la subasta se declarará insubsistente, y el cincuenta por ciento del precio de venta previamente entregado al Fiduciario será conservado por dicha compañía como indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.

Marvin Danilo Zamora Méndez, Secretario con Facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma.—1 vez.—( IN2017121785 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-39-2017.—Gamboa Zeledón Marco Tulio, costarricense, 2 0440 0432: ha solicitado reposición del título Bachiller en la Enseñanza del Inglés. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los once días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2017119197 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

OFICINA DE REGISTRO Y ADMINISTRACIÓN

ESTUDIANTIL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante la Oficina de Registro y Administración Estudiantil de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición de diplomas correspondientes a:

   Diplomado en Educación General Básica en I y II Ciclos, registrado con el tomo x, folio 1662, asiento 21.

   Bachillerato en Educación Especial, registrado con el tomo x, folio 1834, asiento 33.

Extendidos a nombre de Cruz Mora Ingrid Lucrecia, cédula de identidad Nº 1-1173-182. Se solicita la publicación de los edictos para oír oposiciones a dichas reposiciones, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Dado a solicitud del interesado en San José, a los seis días del mes de febrero del dos mil diecisiete.—Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—( IN2017119128 ).

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO

Y EQUIPARACIÓN DE ESTUDIOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Lilliam Chinchilla Gamboa, costarricense, cédula 3-0260-0888, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctorado en Fundamentos de Análisis Económica, de la Universidad de Santiago de Compostela España. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Sabanilla, 22 de marzo, 2017.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—( IN2017122267 ).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

D.E. Nº 242-1448-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 10:00 horas del 20 de febrero del 2017. Declárese liquidada la Cooperativa de Productores de Ropa y Afines, R.L. (COOPEMAQUI, R.L.) originalmente inscrita mediante resolución Nº 1448 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O. C. Nº 36929.—Solicitud Nº 79577.—( IN2017118422 ).

D.E. Nº 241-1354-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 10 horas del 20 de febrero del 2017. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Servicios de Profesionales en Psicología, R. L. (Construyendo Oportunidades, R. L.) originalmente inscrita mediante resolución Nº 1354 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O. C. Nº 36926.—Solicitud Nº 79578.—( IN2017118426 ).

D. E. N° 240-1283-2017.—San José, 10:00 horas del 20 de febrero de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa de Producción Agrícola de Colonia Naranjeña R. L. (Coopeapacona, R. L.) originalmente inscrita mediante resolución N° 1283 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O. C. Nº 36925.—Solicitud Nº 79580.—( IN2017118428 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

D.E. N° 239-1227-2017.—San José, 10 horas del 20 de febrero de 2017.—Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Producción y Turismo Río Celeste R. L. (COOPERÍOCELESTE R .L.) originalmente inscrita mediante resolución  N° 1227 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. i.O. C. Nº 36924.—Solicitud Nº 79583.—( IN2017118884 ).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el inciso 10) del artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarles que en la sesión ordinaria N°019-2017 del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, celebrada el día 08 de marzo del 2017, se adoptó, por unanimidad, lo siguiente:

ACUERDO 004-019-2017

1º—Aprobar la modificación del artículo 19 del Capítulo III, Sección I de las “Disposiciones Internas de Orden, Dirección y Deliberaciones del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones”, mediante el cual, en la parte que nos ocupa, a la letra dice:

“Las sesiones del Consejo se llevarán a cabo, el día y la hora que determine el propio Consejo, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley General de Administración Pública. Queda establecido que, salvo acuerdo en contrario, las sesiones ordinarias se realizarán los días miércoles de cada semana a las 9:00 horas …”

Lo anterior para que, en lo sucesivo, se lea de la siguiente forma:

“Las sesiones del Consejo se llevarán a cabo, el día y la hora que determine el propio Consejo, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley General de Administración Pública. Queda establecido que, salvo acuerdo en contrario, las sesiones ordinarias se realizarán los días miércoles de cada semana a las 8:30 horas …”

2º—Comunicar el presente acuerdo al Área de Gestión Documental, para lo que corresponda.

Notifíquese y publíquese. La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, mismo que se encuentra firme.

Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.—Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.—1 vez.—O.C. N° OC-2808-17—Solicitud N° 80778.—( IN2017122091 ).

OFICINA NACIONAL DE SEMILLAS

CIRCULAR N° 02-2017

A LOS USUARIOS Y PUBLICO EN GENERAL

Integración de nuevo miembro de junta directiva, nombramiento

presidente por el resto del periodo 2017 y corrección de lectura

para la norma oficial de calidad de semilla de berro

En atención al Oficio DM-MAG-029-2017 del Despacho del Sr. Ministro de Agricultura y Ganadería, se nombró al Lic. Hugo Murillo Castro, como Representante del Ministerio de Planificación y Política Económica, ante la junta directiva de la Oficina Nacional de Semillas por el resto del Período 2017. El Lic. Murillo inició funciones el martes 31 de enero en sesión N° 666.

De la misma forma y de conformidad con el acuerdo 1, artículo 2, de la mencionada; se reeligió al Dr. Carlos Manuel Araya Fernández, representante del Ministerio de Agricultura y Ganadería; como Presidente por el resto del Período 2017.

Por su parte, en la sesión N° 664, celebrada el martes 07 de diciembre del año 2016, la Junta Directiva aprobó normas oficiales de calidad para ocho nuevas Especies Hortícolas, las que fueron publicadas en La Gaceta N°243 del 19 de diciembre. Una de ellas fue la del Berro (Nasturtium officinale), en la debe leerse correctamente lo siguiente:

Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

Departamento Administrativo Financiero.—Ing. Emilio Fournier Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2017119187 ).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

   PN INTE/ISO 9002: 2017 “Sistemas de gestión de la calidad - Directrices para la aplicación de la Norma ISO 9001:2015”. (Correspondencia: ISO 9002:2016)

Se recibirán observaciones del 06 de marzo hasta el 02 de abril del 2017.

   PN INTE/ISO/TR 14283:2017 “Implantes para cirugía-Principios Fundamentales”. (Correspondencia: ISO/TR 14283:2004)

Se recibirán observaciones del 08 de marzo hasta el 07 de mayo del 2017.

   PN INTE ISO 20400:2017 “Compras sostenibles. Guía”. (Correspondencia: ISO 20400)

Se recibirán observaciones del 08 de marzo hasta el 07 de abril del 2017.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización con la Ing. Liz Cordero Elizondo al teléfono 2283-4522 o a al correo lcordero@inteco.org

Alexandra Rodríguez Venegas, Directora de Normalización.—1 vez.—( IN2017119223 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

La Municipalidad de Desamparados comunica que mediante el acuerdo N° 1 de la sesión N° 66-2017 celebrada por el Concejo Municipal de Desamparados el 7 de marzo del 2017, se trasladó la sesión ordinaria correspondiente al 11 de abril del 2017, para el 17 de abril del 2017, a la hora y lugar usuales (19 horas, sala de sesiones).

Mario Vindas Navarro, Secretario Municipal.—1 vez.—( IN2017119042 ).

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

El Departamento de Catastro y Avalúos da a conocer la matriz de valores de terrenos agropecuarios, elaborada por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda.

MATRIZ DE INFORMACIÓN DEL MAPA DE LA

PLATAFORMA DE VALORES AGROPECUARIOS.

PROVINCIA 1 SAN JOSÉ, CANTÓN 08 GOICOECHEA

 

Código de zona

108-A01

108-A02

108-A03

NOMBRE

Guadalupe - Ipís - San Francisco

Mata de Plátano

Rancho Redondo

COLOR

 

 

 

VALOR (¢/ha)

8 000 000

5 000 000

3 500 000

ÁREA (ha)

1

1

1

FRENTE (m)

70

70

70

REGULARIDAD

0.85

0.85

0.85

TIPO DE VÍA

4

5

5

PENDIENTE (%)

20

20

45

SERVICIOS 2

16

16

16

HIDROLOGÍA

5

5

5

CAP. USO DE LA TIERRA

IV

IV

VI

 

Fuente: Equipo de Plataformas de Valores Agropecuarios

Marvin A. Hernández Aguilar, Jefe.—1 vez.—( IN2017119254 ).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

SECCION DE ARRENDAMIENTOS

EDICTO

Víctor Mesalles Cebria, mayor, casado, empresario, vecino de Santa Ana, de la escuela Isabel La Católica, 100 norte y 75 Oeste, cédula de identidad número 8-022-101. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 02 de marzo de 1977 y decreto ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de Playa Isla Palo Seco, distrito Parrita, cantón Parrita, Provincia de Puntarenas, Mide 1240.00 m2, de conformidad al plano de catastro 1446550-2010, terreno para dedicarlo al uso Residencial Recreativo de conformidad al Plan Regulador aprobado. Linderos norte, zona de manglar; sur, calle pública; este, Municipalidad de Parrita; oeste, Municipalidad de Parrita. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las disposiciones del plan regulador aprobado en este sector de playa, afecten el uso actual de la parcela, se conceden treinta días para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias, parcela ubicada entre los mojones frente a costa números 287 y 288, del Instituto Geográfico Nacional.

Parrita, 27 de febrero del 2017.—Marvin Mora Chinchilla, Encargado.—1 vez.—( IN2017119125 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

SUNDANCE INVESTMENTS S. A.

Se convoca a la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sundance Investments S. A., cédula jurídica 3-101-552765, a celebrarse el 28 de abril del 2017, a las 13 horas en primera convocatoria o una hora después en segunda convocatoria en su domicilio. La agenda será el otorgamiento de poderes generalísimos a terceros.—Retha Sue Hicks, Presidente.—1 vez.—( IN2017121858 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL

COLONIAL SANTA BARBARA

Condominio Horizontal Residencial Colonial Santa Barbará, con cédula jurídica 3-109-354265, con vista en el Registro de Bienes Inmuebles del Registro Nacional Registro Nacional, bajo el número de matrícula 1830-M-000, solicita al Registro de Propiedad en Condominio del Registro Nacional la reposición por extravío de los libros de actas de Asamblea de Propietarios Junta Directiva y Caja. Se cita a los interesados a manifestar oposición a dicho departamento en los ocho días siguientes a la publicación en La Gaceta.—Licda. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—( IN2017118263 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ITAM AUTO SERVICIO TIBÁS

Por escritura número veintinueve que se encuentra al tomo décimo quinto de mi protocolo, se hizo traspaso del establecimiento comercial denominado como Itam Auto Servicio Tibás, ubicado en San José, Tibás, de la Municipalidad, 100 norte y 400 oeste. El precio es la suma de doscientos mil dólares. Por el plazo de quince días contados a partir de la primera publicación de este edicto, se emplaza a todos los acreedores e interesados en el traspaso de este establecimiento comercial, para que se apersonen al local a hacer valer sus derechos en los términos del artículo 478 del Código de Comercio. Itam Auto Servicio Tibás Ltda. Taller Munich S. A. San José, 30 de agosto del 2015.—Lic. Fabio Arturo Guerrero Díaz, Notario.—( IN2017118837 ).

D’ PELUFO

De conformidad con la Ley de Marcas y Signos Distintivos, se realiza el traspaso del nombre comercial D’ Pelufo con número de registro 145003 expediente 109804, dirigida a la protección del establecimiento comercial dedicado al servicio de bar y night club, con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, de Muñoz y Nanne cincuenta metros al este, presentado el quince de febrero de dos mil diecisiete ante el Registro de Propiedad Industrial. La compañía Corporación DP Dorado Inc. Sociedad Anónima con domicilio en San Pedro Montes de Oca, del Mas por Menos doscientos metros este, traspasa el nombre comercial al señor Adolfo Jiménez Brenes con domicilio en La Unión de Tres Ríos, de Walmart trescientos metros al este y ciento veinticinco metros norte.—Firma ilegible.—( IN2017118857 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

DIRECCIÓN NACIONAL DE CEN-CINAI

Licenciada Lizbeth Chaverri Molina, cédula de identidad N° 401430656, en mi calidad de Directora CEN-CINAI Cinco Esquinas de Tibás, Región Central Sur, hago saber del extravío del Libro N° 1 de Actas de Asamblea del Comité CEN-CINAI Cinco Esquinas de Tibás, solicito ante la Dirección General de Auditoría, Ministerio de Salud, la reposición del mismo. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante la Dirección General de Auditoría, Ministerio de Salud, sita: av. 6/8, calle 16. San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este edicto.—Dirección de Gestión.—Licda. Lizbeth Chaverri Molina, Directora.—O. C. Nº 3400031057.—Solicitud Nº 17257.—( IN2017119014 ).

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SAN ISIDRO LABRADOR

La Universidad Internacional San Isidro Labrador comunica que el título de Licenciatura en Enseñanza de las Matemáticas, del estudiante Edward Roberto Luna Ordóñez, cédula de identidad N° 5-0338-0910, se dañaron, por lo cual la Universidad está tramitando las reposiciones de los mismos. Cualquier interesado comunicarse a la Universidad Internacional San Isidro Labrador.—San Isidro de El General, 21 de febrero del 2017.—Ph.D. Carlos Cortés Sandí, Rector.—( IN2017119048 ).

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL

SAN ISIDRO LABRADOR

Para efectos de reposición de título de la estudiante Ubau Shion Gloria Mercedes, solicito la publicación de los 3 edictos en el periódico La Gaceta, de la siguiente información: La Universidad Internacional San Isidro Labrador comunica que el título de Licenciatura en Administración Educativa y el título de Maestría en Administración Educativa, cédula de identidad número 1-1276-0143, se dañaron, por lo cual la Universidad está tramitando las reposiciones de los mismos. Cualquier interesado comunicarse a la Universidad Internacional San Isidro Labrador.—San Isidro de El General, 18 de febrero del 2017.—Ph.D. Carlos Cortés Sandí, Rector.—( IN2017119161 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

PROFILÁCTICA S. A.

Yo, Elvira García Leiva, mayor, viuda de mi único matrimonio, ama de casa, vecina de San José, portadora de la cédula de identidad número ocho - cero sesenta y cinco - seiscientos cuarenta y dos, en mi condición de presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Profiláctica S. A., con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - dieciocho mil trescientos cincuenta, solicito al Registro Nacional la, reposición de los siguientes libros: Actas de Junta Directiva N° 1, Registro de Socios N° 1, Actas de Asambleas Generales N° 1, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de escuchar objeciones ante el Registro Nacional.—San José, nueve de marzo del dos mil diecisiete.—Elvira García Leiva, Presidenta.—1 vez.—( IN2017119153 ).

SIESTA LANGOSTA PRIMERO

J K K SOCIEDAD ANONIMA

La suscrita, Jirina (nombre) Kozak (apellido) de único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, pasaporte HM982085, mayor de edad, casada, empresaria, antiguamente portadora del pasaporte de su país número V E tres uno cero cinco ocho cuatro y actualmente portadora del pasaporte de mi país número H M nueve ocho dos cero ocho cinco, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Villareal, en Finca Monte Fresco en mi condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad denominada Siesta Langosta Primero J K K Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil quinientos seis, sociedad domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, cien metros al este del Banco Nacional de Costa Rica, por este medio hago constar a cualquier tercero interesado en vista de que los libros de a) Registro de Socios, b) Acta de Asamblea de Socios y c) Actas del Consejo de Administración, fueron extraviados procederemos a reponer los mismos. Se emplaza a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones en el domicilio de la sociedad. Es todo.—08 de marzo del 2017.—Jirina Kozak.—1 vez.—( IN2017119199 ).

TOTAL PETRÓLEO COSTA RICA S. A.

Total Petróleo Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-171670, informa al público y comercio en general, el extravío del recibo de dinero número 165239, dando a conocer que la empresa no se hace responsable por el uso que terceros le den al mismo—Shirleny Vega R., Representante Legal.—1 vez.—( IN2017119251 ).

INVERSIONES PVOP SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones PVOP Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos ochenta y seis mil ochocientos quince, en virtud del extravío de todos los Libros Legales, tomo uno, que lleva esta sociedad, hace la solicitud de los mismos ante el Registro Público, exonerando a este último de cualquier responsabilidad.—San José, nueve de marzo del dos mil diecisiete.—Luis Obando Cousin, Presidente.—1 vez.—( IN2017119259 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del diez de marzo del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula octava la sociedad mercantil: Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Tres Mil Cincuenta y Seis S. A..—Heredia, a las dieciocho horas del diez de marzo del dos mil diecisiete.—Master Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—( IN2017119188 ).

Se informa que mediante asamblea de socios del día a las ocho horas del veintiocho de febrero del dos mil diecisiete, se acordó la disolución de la sociedad anónima denominada Inversiones J&O Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-579123, notifíquese a los interesados y publíquese.—Hansi Johana Obando Soto.—1 vez.—( IN2017119215 ).

La sociedad: Tres-Ciento-Quinientos Treinta y Siete Mil Doscientos Sesenta y Uno, solicitó el cambio de nombre a: Konceptik Sociedad Anónima. Escritura número doscientos ocho, otorgada a las dieciséis horas del veinticuatro de febrero del dos mil diecisiete, en la notaría del Lic. Ramiro Saborío Castro.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Ramiro Saborío Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017120030 ).

Mediante escritura número ciento cincuenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del quince de marzo del dos mil diecisiete, se reformó la cláusula de administración y representación legal de la compañía: LL y Asociados, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta mil setecientos setenta y seis.—San José, quince de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017120034 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 14 de marzo del 2017, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La segunda: del domicilio: San José, Escazú, Trejos Montealegre, Oficentro El Cedral, torre cuatro, piso tres, Oficina Vector Legal. La sexta: de la administración: apoderado generalísimo sin límite de suma: Gerente uno, gerente dos y gerente tres. Se hacen los siguientes nombramientos: Gerente uno: Carlos Enrique Cerdas Araya. Gerente dos: José Alfredo Sánchez Zumbado. Gerente tres: Édgar Baltodano Chamorro. En la sociedad: Vientos de Pueblo Nuevo Limitada.—San José, 14 de marzo del 2017.—Licda. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—( IN2017120036 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 14 de marzo del 2017, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La tercera: del domicilio: San José, Escazú, Trejos Montealegre, Oficentro El Cedral, torre cuatro, piso tres, Oficina Vector Legal. La sexta: de la administración: apoderado generalísimo sin límite de suma: Gerente uno, gerente dos y gerente tres. Se hacen los siguientes nombramientos: Gerente dos: José Alfredo Sánchez Zumbado. Gerente tres: Édgar Baltodano Chamorro. En la sociedad: Eólico San Jorge SRL.—San José, 14 de marzo del 2017.—Licda. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—( IN2017120037 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 14 de marzo del 2017, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La segunda: del domicilio: San José, Escazú, Trejos Montealegre, Oficentro El Cedral, torre cuatro, piso tres, Oficina Vector Legal. La sexta: de la administración: apoderado generalísimo sin límite de suma: Gerente uno, gerente dos y gerente tres. Se hacen los siguientes nombramientos: Gerente uno: Carlos Enrique Cerdas Araya. Gerente dos: José Alfredo Sánchez Zumbado. Gerente tres: Édgar Baltodano Chamorro. En la sociedad: Vientos de la Montosa SRL.—San José, 14 de marzo del 2017.—Licda. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—( IN2017120038 ).

Por asamblea general extraordinaria de socios, celebrada a las 11:00 horas del 28 de octubre del 2016, de la sociedad denominada: Interamerican Assist Costa Rica S. A., se acordó por unanimidad de votos revocar el nombramiento del secretario: Carlos Maya Malda. Se hace nuevo nombramiento de secretario: Javier Ávila Alcalá; se acordó por unanimidad de votos revocar el nombramiento del agente residente: Carlos Eduardo Delgado Corredera. Se hace nuevo nombramiento de agente residente: José Juan Arguedas Peix.—Lic. Carlos Eduardo Delgado Corredera, Notario.—1 vez.—( IN2017120040 ).

Por asamblea general extraordinaria de socios, celebrada a las 08:00 horas del 28 de octubre del 2016, de la sociedad denominada: Interamerican Assist Costa Rica S. A., se acordó por unanimidad de votos cambiar el domicilio de social de la compañía y se autoriza la correspondiente modificación en los estatutos.—Lic. Carlos Eduardo Delgado Corredera, Notario.—1 vez.—( IN2017120041 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del quince de febrero del dos mil diecisiete, se constituye la sociedad: DCM Gerencia & Administración Sociedad Anónima.—San José, catorce de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Norman Rodrigo Moya Arrieta, Notario.—1 vez.—( IN2017120047 ).

Hago constar que mediante escritura pública Nº 47-45, otorgada a las 18:00 horas del 01 de marzo del 2017, los socios acuerdan disolver la empresa: Saramonde R.A.V. S. A. Domiciliada: en Tibás, de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio.—Tibás, 02 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Antonio Salas Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017120051 ).

Por escritura número 49-45, otorgada a las 12:00 horas del 03 de marzo del 2017, protocolizo acta de la asamblea general extraordinaria de socios de: Inversiones Sojo López y Asociados S. A., por la que se reforma la denominación social, la administración y las atribuciones de la junta directiva.—Tibás, 13 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Antonio Salas Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017120053 ).

Por escritura Nº 196, de las 08:00 horas del 08 de marzo del 2017, se constituyó: Palosanto Consultores S. A. Presidente: Jorge Luis Carranza González. Capital: suscrito y pagado.—San José, 08 de marzo del 2017.—Licda. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2017120065 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta del tomo sexto de la suscrita notaria, de las once horas del catorce de marzo del dos mil diecisiete, se protocoliza acuerdo de socios en el cual por unanimidad y en firme disuelven la sociedad: Dolphin Dreams V B O Sociedad Anónima, sin activos, ni pasivos que repartir. Presidente: Gonzalo Rojas López.—Licda. Patricia Guerrero Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017120071 ).

En notaría de la Licda. Ingrid Vanessa Mata Araya, a las 11:17 horas del 15 de marzo del 2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Red Power Electronic Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seis cuatro ocho ocho dos uno, en la que se acuerda disolver la sociedad denominada: Red Power Electronic Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-seis cuatro ocho ocho dos uno.—Alajuela, 11:35 horas del 15 de marzo del 2017.—Licda. Ingrid Mata Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017120072 ).

En notaría de la Licda. Ingrid Vanessa Mata Araya, a las 09:00 horas del 15 de marzo del 2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Servicios Logísticos Goindsa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-142928. Se modifica cláusula referente al objeto de la sociedad que en adelante se leerá: “Prestación de servicios logísticos de importación y exportación en sus diversas modalidades. Podrá dedicarse al comercio en general, a la industria, agricultura, y minería. Podrá formar parte de otras sociedades y está facultada para tener dentro de su patrimonio toda clase de bienes y derechos, así como de disponer de ellos sin limitación de ninguna clase. Para tales efectos, podrá realizar toda clase de actos y contratos, comprar, vender, pignorar, hipotecar, arrendar, ceder, traspasar y celebrar cualquier tipo de contrato permitido por la Ley incluyendo contratos en propiedad fiduciaria, adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, enajenados o gravarlos según sus necesidades. Asimismo podrá otorgar garantías fiduciarias o reales a favor de terceros, socios o extraños, cuando perciba alguna retribución económica por ello y rendir fianzas”.—Alajuela, 10:00 horas del 15 de marzo del 2017.—Licda. Ingrid Mata Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017120074 ).

A las 09:00 horas del 13 de marzo del 2017, se reformó la cláusula novena de la sociedad anónima denominada: El Sol de Puerto Carrillo de Guanacaste Dos Mil Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil cero sesenta y nueve.—Licda. María Dolores Araya Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2017120082 ).

Por escritura otorgada a las 09:30 horas del 14 de marzo del 2017, se fusionan por absorción las siguientes sociedades: i) Desarrollos Costeros Guanamar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil trescientos veintiocho. ii) Inmobiliaria Pacífico Dorado IPD Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil setenta y cinco. iii) Inmobiliaria Terrazas del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil sesenta y nueve; con la entidad: Inversiones Bahía Marina Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos mil doscientos ochenta y uno, prevaleciendo ésta última, todo de conformidad con las distintas asambleas generales extraordinarias de socios de cada una de ellas.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—( IN2017120083 ).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día trece de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: UV Multilateral Trade Group Sociedad Anónima, en la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal. Y se reforma cláusula segunda del domicilio.—Cartago, 14 de marzo del 2017.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017120084 ).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 14 de marzo del 2017, se fusionan por absorción las siguientes sociedades: i) Cordilleras de Cobre MMZ Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos diecisiete. ii) Cre Ciento Veintidós Cacatúa Copete Encarnado Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos dos mil trescientos treinta, con entidad Celajes del Oeste MZZ Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil setecientos veintisiete, prevaleciendo ésta última, todo de conformidad con las distintas asambleas generales extraordinarias de socios de cada una de ellas.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—( IN2017120085 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de noviembre del 2016, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria, aprobándose el pacto social de sociedad: Inmobiliaria AR Punto Com Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de marzo del 2017.—Licda. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017120095 ).

Mediante instrumento 165, autorizado a 16:00 horas de 13 de marzo en curso, el notario Rafael Sánchez Sánchez, se protocoliza acta Nº 1, de 09:00 horas del 02 de marzo último de: Madrigal del Prado Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-374355, se reforma cláusula segunda atinente a domicilio y tercera en cuanto objeto.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017120115 ).

Mediante instrumento 163, autorizado a 01:00 horas de 13 de marzo en curso, el notario Rafael Sánchez Sánchez, se protocoliza acta Nº 23, asamblea extraordinaria de socios, de 10:00 horas del 02 de marzo último de: Transportes M y M Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-135937, se reforma cláusula onceava en cuanto representación.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017120118 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las trece horas del 15 de marzo del 2017, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de: La Fábrica de los Pasteles Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sexta de la administración, corresponde al presidente, la representación judicial y extrajudicial.—San José, 15 de marzo del 2017.—Licda. Nancy Tatiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2017120132 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 14 de marzo del 2017, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de socios de: Better Restaurant Brands S. A., con número de cédula jurídica: 3-101-012984; Workforce S. A., cédula jurídica número: 3-101-315443, y Comisariato QSR S. A., cédula jurídica número: 3-101-365684, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San José, 14 de marzo del 2017.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2017120134 ).

Que por el instrumento público número setenta, de las dieciséis horas del día siete de marzo del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada TIC técnicos en instalación de cable y fibra óptica Sociedad Anónima. Capital Social treinta mil colones.— Lic. Juan Carlos Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017120136 ).

Por escritura número 309, 310 y 311 del 15 de marzo de 2017 se protocolizan actas de asamblea de las sociedades 3102723593 Limitada, 3102713492 Limitada y 3102715751 Limitada nombra representante judicial y apoderados generalísimos y agente residente. Es Todo, 15 de marzo del 2017, celular: 8844-9969 Oficina: 2643-2386.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—( IN2017120138 ).

Pacific Engineering And Architecture Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos veintidós mil ochocientos cuarenta y cuatro, nombra por el resto del plazo social a un nuevo secretario y se reforma la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017120139 ).

Acta constitutiva de la sociedad: Corvela Sociedad Anónima, constituida mediante escritura noventa y seis, otorgada a las catorce horas del veintiocho de enero del dos mil diecisiete, visible a folios: cincuenta y siete frente del tomo veinticinco del protocolo de la notaria Tatiana Camacho Acosta, carnet diez mil treinta y uno.—Heredia, 05 de marzo del 2017.—Licda. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1 vez.—( IN2017120157 ).

Por escritura otorgada a las 18:00 horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de: El Tiempo Pasa feliz en Playa Pavones O P T S. A., mediante los cuales se reformaron las cláusulas segunda sexta y se cambió el nombre a: Vila Nova Investments S. A.—San José, 15 de marzo del 2017.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—( IN2017120189 ).

El día quince de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la sociedad: Corporación Espivas S. A., mediante el cual se cambia subgerente.—Palmares, quince de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017120192 ).

En escritura número cincuenta y nueve, de las quince horas del quince de marzo de dos mil diecisiete, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Logística Integrada INC, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y ocho, reformando la cláusula octava de la junta directiva de la compañía.—San José 15 de marzo del 2017.—Lic. Ronald Odio Rhormoser, Notario.—1vez.—( 2017120194 ).

Ante ésta notaría al ser las dieciocho horas del trece de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó acta por acuerdo unánime de socios de la sociedad Grupo Vaelste S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y nueve mil novecientos cinco. San José, ocho horas del catorce de marzo del dos mil diecisiete.—Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1vez.—( 2017120196 ).

Por escritura número dos-veinticinco, del tomo segundo, otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día quince de marzo del ario dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Cayaa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres -ciento uno -quinientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta y siete, con domicilio social en San José, Tibás, Llorente, doscientos metros al norte del Salón La Pista, en la que se acuerda por unanimidad, reformar su pacto social, en su cláusula referente a la representación de la sociedad. Es todo.—San José, quince de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Laura Eugenia Montero Aguilar, Notaria.—1vez.—(2017120197 ).

La Sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Cinco Mil Trescientos Veinte Sociedad Anónima. Modifica totalmente la junta directiva, realizando un nuevo nombramiento para cada puesto. Se nombra un nuevo fiscal.—Tres Ríos, catorce de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—( IN2017120198 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del 15 de febrero del 2017, se reforma la cláusulas sexta, del pacto constitutivo, de la sociedad denominada Inversiones Margarita de las Delicias M & C Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres- ciento uno -cuatro cinco siete dos siete nueve, y se hacen nuevos nombramientos.—Alajuela, 8 de marzo del 2017. —Lic. Walter Jiménez Solís, Notario.—1vez.—( 2017120199 ).

Por escritura autorizada por mí, a las 14:00 horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Tecno Diagnóstica S. A., por la que se modifica la cláusula quinta del pacto social.—San José, quince de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Ligia Quesada Vega, Notaria.—1 vez.—( IN2017120201 ).

Por escritura Nº 73-8, de las 09:00 horas del 07 de febrero del 2017, del tomo 8 del protocolo de la Licda. Lourdes Salazar Agüero, se protocolizó acta 2 de asamblea de socios de Kitchen Express SRL, cédula jurídica Nº 3-102-702976, reformándose cláusula 1 de la razón social a Servicios Profesionales JJJ SRL; cláusula 2 del domicilio en San José, Santa Ana, Pozos, Centro Médico Lindora Center, consultorio 22, cláusula 3 del objeto se dedicará al comercio en general; cláusula 7 de la representación: nuevo gerente 1 Jorge Humberto Espitaleta Gómez, cédula Nº 8-096-441; gerente 2 Jorge Eduardo Esmeral Maldonado, de nacionalidad colombiano, con cédula de residencia vigente Nº 117000862019, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma actuando separadamente.—San José, 15 de marzo del 2017.—Licda. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—( IN2017120202 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día quince de marzo del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Productos de Exportación Coto Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos, se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 15 de marzo del 2017.—Licda. Susy Bibiana Moreno Amador, Notaria.—1 vez.—( IN2017120206 ).

Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima. Razón Social el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Mercantil. Socios Cornelio Cordero Segura, cédula 1-333-834 y Josec Luis Salazar Hernández; cédula 4-183-814; este último presidente. Domicilio. San Josecito de Alajuelita. Objeto. Comercio en general y otros. Plazo social 99 años. Capital social. ¢120.000 representados por 12 acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una.—Alajuelita.—Licda. Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017120219 ).

 Por medio de escritura otorgada a las ocho horas del día dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de las empresas Coach Corp Internacional S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- seiscientos sesenta y cinco mil seiscientos sesenta y cinco, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula sexta, del pacto constitutivo y se nombra nueva Secretaria. Presidente: Eduardo Stormy Reynoso Vargas, Secretaria: Grethel Hernández Vega.—San José, 13 de mayo de 2015.—Licda. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017120220 ).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE CIUDAD QUESADA

(Antiguo Hospital San Carlos, Centro)

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro a los patronos y trabajadores independientes abajo indicados, por este medio se le pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social y Asignaciones Familiares.

Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

Ciudad Quesada, 01 de marzo del 2017.—Lic. Rodrigo Villalobos Arrieta, Administrador.—( IN2017118419 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

DIRECCION DE INSPECCIÓN

SUCURSAL DESAMPARADOS

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse domicilio actual del patrono Ureña Salas Roger, número patronal 0-00107380042-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Desamparados de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que interesa indica: Determinación de los montos exigibles. Conforme a la prueba disponible en el expediente administrativo se resuelve iniciar procedimiento, en el cual se le imputa al patrono indicado, no haber reportado ante la Caja, la totalidad de los salarios devengados por la trabajadora Kimberly Paola Mora Sandí, cédula 1-1617-0186 en el período de noviembre y diciembre 2013 y de enero a agosto 2014, inclusive; por un monto de salarios de dos millones seiscientos ochenta y cuatro mil seiscientos colones 00/100 (¢2.684.600,00) sobre el cual deberá cancelar ante la Caja Costarricense de Seguro Social, las cuotas obrero patronales de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte y las cuotas de la Ley de Protección al Trabajador. Consulta expediente: en esta oficina, Sucursal Desamparados, Centro Comercial Multicentro, sexto piso, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 16 de febrero 2017.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017119246 ).

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse domicilio actual del patrono José Joaquín Navarro Garita, número patronal 0-0106500146-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Desamparados de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que interesa indica: determinación de los montos exigibles. Conforme a la prueba disponible en el expediente administrativo se resuelve iniciar procedimiento, en el cual se le imputa al patrono indicado, no haber reportado ante la Caja, la totalidad de los salarios devengados por el trabajador Luis Armando Estrada Vega, cédula 1-81-0100406 en el período de marzo 2014; por un monto de salarios ciento veinticuatro mil ochocientos colones con 00/100 (¢124.800,00) sobre el cual deberá cancelar ante la Caja Costarricense de Seguro Social, las cuotas obrero patronales de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte y las cuotas de la Ley de Protección al Trabajador. Consulta expediente: en esta oficina, Sucursal Desamparados, Centro Comercial Multicentro, 6to piso, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.— Desamparados, 16 de febrero 2017.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017119247 ).

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse domicilio actual del patrono Distribuidora La Flor Diflo S. A., número patronal 2-03101266206-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Desamparados de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que interesa indica: determinación de los montos exigibles. Conforme a la prueba disponible en el expediente administrativo se resuelve iniciar procedimiento, en el cual se le imputa al patrono indicado, no haber reportado ante la Caja. la totalidad de los salarios devengados por el trabajador Carlos Manuel González Rodríguez, cédula 4-0124-0278 en el período de mayo 2005 y hasta febrero 2015 inclusive; por un monto de salarios de treinta y cinco millones ochocientos sesenta y seis mil setecientos seis colones con 25/100 (¢35.866.706,25) sobre el cual deberá cancelar ante la Caja Costarricense de Seguro Social, las cuotas obrero patronales de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte y las cuotas de la Ley de Protección al Trabajador. Consulta expediente: en esta oficina, Sucursal Desamparados, Centro Comercial Multicentro, 6to piso, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 16 de febrero 2017.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017119248 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Órgano Director del Procedimiento Ordinario Administrativo, al ser las once horas del día veintidós de febrero del dos mil diecisiete. Se inicia procedimiento disciplinario en contra del funcionario Luis Morice Mora, cédula de identidad N° 1-0528-0903, destacado en el Núcleo de Comercio y Servicios, como Formador para el Trabajo 4.

Resultando:

1º—Que mediante el oficio GFST-561-2016 de fecha 19 de diciembre del 2016, el Ing. Efraín Muñoz Valverde, Gestor de Formación y Servicios Tecnológicos, le comunicó al señor Carlos Chacón Retana, jefe de la Unidad de Recursos Humanos, la ausencias del funcionario Luis Morice Mora a su trabajo los días 2 y 6 de diciembre del 2016, fechas en las que se comunicó telefónicamente con el Núcleo de Comercio y Servicios donde los señores José Pablo Carmona Garro y Xinia Solano Chacón, respectivamente le indicaron que se encontraba ausente.  Asimismo, le informó que el citado funcionario no se presentó a la reunión sobre el tema de Formación Dual, convocada por la Subgerencia Técnica para el día 30 de noviembre del 2016 y que de conformidad con la agenda compartida que lleva esa jefatura, el Sr. Morice Mora no tenía ninguna actividad fuera de la institución, ni presentó incapacidad o justificación alguna para esas ausencias.

2º—Que mediante el oficio NSCS-128-2017 de fecha 27 de enero del 2017, el Ing. Efraín Muñoz Valverde, Gestor de Formación y Servicios Tecnológicos, le remitió al Lic. Carlos Arturo Rodríguez Araya, jefe del Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de Recursos Humanos, la boleta de incapacidad N° 1159342$ emitido por el Área de Salud de Hacienda vieja a nombre del Sr. Luis Morice Mora y correspondiente al período del 24 al 26 de enero del 2017 y le informa que dicha incapacidad fue entregada por el señor Morice al personal de seguridad, el día 26 de enero del 2017. 

3º—Que mediante el oficio GFST-30-2017 del 27 de enero del 2017, el señor Efraín Muñoz Valverde, le envió al Lic. Carlos Chacón Retana, el oficio NSCS-128-2017 y le informó que, a esa fecha, el señor Morice Mora no se ha presentado a laborar en el Núcleo, sin que exista ningún reporte de actividades fuera de su puesto de trabajo en el Núcleo de Comercio y Servicios.

4º—Que mediante el oficio GFST-44-2017 de fecha 3 de febrero del 2017, el Ing. Efraín Muñoz Valverde le comunicó al señor Carlos Chacón Retana, en lo conducente, que los días 23 y 27 de enero del 2017 el Sr. Luis Morice Mora no se presentó a su trabajo y que, para esos días, no se reporta en la agenda de dicho funcionario, la participación en actividades institucionales que eventualmente hubieran justificado su ausencia en el Núcleo.

5º—Que mediante los oficios URH-PSA-11-2017 de fecha 09 de enero del 2017, URH-PSA-230-2017 de fecha 2 de febrero del 2017 y URH-PSA-244-2017 de fecha 3 de febrero del 2017, y URH-PSA-288-2017 del 8 de febrero del 2017, el Lic. Carlos Arturo Rodríguez Araya, Encargado del Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de Recursos Humanos, le solicitó a la Asesoría Legal, el inicio de sendos procedimientos disciplinarios en contra del servidor Luis Morice Mora, por las anomalías mencionadas.

6º—Que mediante la resolución N° AL-NOD-13-2017 de las 8:00 horas del 22 de febrero del 2017, el Asesor Legal actuando por delegación de la Presidencia Ejecutiva y con fundamento en el artículo 74 del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, ordenó el inicio del procedimiento disciplinario correspondiente y designó a la licenciada Andrea Vindas Sarmiento, para integrar el órgano director del procedimiento en calidad de titular y como suplente a la licenciada Mariela Moncada Rojas.

Considerando:

Del análisis de los documentos que anteceden, se desprende la existencia de actos susceptibles de lesionar la normativa que regula la relación de servicios entre el Instituto Nacional de Aprendizaje y sus funcionarios, atribuibles al funcionario Luis Morice Mora, que consiste en ausencias a su trabajo en el Núcleo de Comercio y Servicios los días 2 y 6 de diciembre del 2016, y 23 y 27 de enero del 2017, así como su inasistencia a la reunión sobre el tema de Formación Dual, debidamente convocada por la Subgerencia Técnica que se realizó el día 30 de noviembre del 2016, así como la omisión de presentar ante su jefatura inmediata, la boleta de incapacidad No. 1159342Z.

Lo anterior podría constituir una transgresión a las obligaciones laborales reguladas en los artículos 38 y 43 incisos 1), 29), y 35) del Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de Aprendizaje que le podrían acarrear la aplicación de una sanción disciplinaria de conformidad con las disposiciones de los artículos 47, 49, y 53 del Reglamento citado, que puede ser de amonestación o de suspensión sin goce de salario.

En ese orden de ideas y ante los hechos expuestos, se impone la necesidad de instaurar un procedimiento disciplinario de conformidad con las disposiciones de los artículos 74 y siguientes del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, artículo 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, mediante el cual se determine la verdad real de los hechos atribuidos al Sr. Morice Mora y le garantice a su vez el derecho fundamental de defensa del citado funcionario.

Por tanto:

EL ÓRGANO DIRECTOR, RESUELVE:

I.—Iniciar procedimiento disciplinario en contra del funcionario Luis Morice Mora, cédula de identidad N° 1-0528-0903, conforme a las disposiciones de los artículos 74 y siguientes del Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de Aprendizaje, cuya finalidad es la determinación de la eventual responsabilidad disciplinaria del funcionario indicado, al tenor de los artículos 47, 49, y 53 del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, por la eventual infracción de los artículos: 38 y 43 incisos 1), 29), y 35), de ese reglamento, mediante la verificación de la verdad real de los siguientes hechos:

1.  Que el día 30 de noviembre del 2016, el funcionario Luis Morice Mora, no se presentó a la reunión convocada por la Subgerencia Técnica, sobre el tema de Formación Dual.

2.  Que los días 2 y 6 de diciembre del 2016 y los días 23 y 27 de enero del 2017, el funcionario Luis Morice Mora, no se presentó a su lugar de trabajo en el Núcleo Comercio y Servicio.

3.  Que el funcionario indicado no dio aviso ni justificó ante su jefatura, las razones que le impidieron presentarse a trabajar esos días.

4.  Que de conformidad con la agenda compartida que lleva el señor Efraín Muñoz Valverde, Gestor de Formación y Servicios Tecnológicos, el señor Morice Mora, los días 30 de noviembre del 2016, 2 y 6 de diciembre del 2016 y 23 y 27 de enero del 2017, no tenía ninguna actividad fuera de la institución.

5.  Que el funcionario Luis Morice Mora omitió entregar a su jefatura inmediata el certificado de incapacidad N° 1159342Z emitido por el Área de Salud de Hacienda vieja y correspondiente al período del 24 al 26 de enero del 2017, toda vez que lo dejó con un oficial de seguridad del edificio donde se ubica el Núcleo Comercio y Servicios.

II.—En razón de lo anterior, se convoca al servidor Luis Morice Mora, a una audiencia oral y privada que se celebrará a las ocho horas del día 30 de marzo del 2017, en la asesoría legal del instituto nacional de aprendizaje, sede de este órgano director.

III.—Se le previene al servidor Luis Morice Mora, que debe aportar todos los alegatos y prueba el día de la audiencia bajo pena de caducidad de no hacerlo en ese momento y que podrá hacerlo antes si a bien lo tiene, en cuyo caso, deberá hacerlo por escrito. Que a la audiencia citada anteriormente deberá comparecer personalmente y no por medio de apoderado, sin perjuicio de que se haga acompañar de los abogados, técnicos o especialistas de su elección; y que una vez notificada de este acto, su ausencia injustificada a la audiencia no impedirá que ésta se lleve a cabo en la fecha y hora señalada, aún sin su presencia, sin que ello signifique la aceptación tácita de los hechos.

IV.—Se le informa al funcionario que la Administración ha constituido un expediente en el que consta la prueba documental que sirve de fundamento a los cargos que se le atribuyen y que consta de treinta y siete (37) folios debidamente numerados, el cual puede ser consultado en forma personal o por medio del abogado de su elección, en la oficina de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de Aprendizaje sita en la oficina de la Asesoría Legal.

V.—Se le comunica al servidor Luis Morice Mora, que deberá señalar lugar cierto para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que, de no hacerlo o de ser equívoco o incierto el señalamiento, los actos que se dicten dentro del presente procedimiento con posterioridad a esta resolución, le serán notificados en la dirección que conste en el expediente administrativo por señalamiento de la propia Administración.

VI.—Finalmente se le informa que de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, contra esta resolución son oponibles, dentro de las veinticuatro horas posteriores a su notificación, los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán ser presentados ante este órgano director, pudiéndose presentar incluso por medio del fax de la Asesoría Legal N° 2296-5566;  y que serán conocidos en su orden por este órgano director y por la Presidencia Ejecutiva. Notifíquese en forma personal al interesado. Licda. Andrea Vindas Sarmiento. Órgano director del procedimiento.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de Compras Institucionales.— O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 80589.—(IN2017121233 ).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Municipalidad de Montes de Oca por medio del Dpto. de Patentes comunica que: en La Gaceta N° 40 de 24 febrero del 2017 edicto N° 004-2017, se consignó de forma incorrecta que: Alfredo Ramírez García, cédula N° 1170012627106, ha presentado solicitud de traspaso de patente comercial cuenta N° 11005 a nombre de Seneira Bolaños Salazar, cédula N° 8-0116-0727. Siendo lo correcto que: Alfredo Ramírez García, cédula  117001627106, ha presentado solicitud de traspaso comercial cuenta N° 10505 a nombre de Seneira Bolaños Salazar, cédula N° 8-0116-0727. La Municipalidad otorga un plazo de 8 días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 22 de marzo del 2017.—Dpto. Patentes.—Lilliana Barrantes Elizondo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122016 ).

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De la bomba Uno

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Sucursal Curridabat:

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