EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
En uso de las
facultades que les confieren los artículos 89, 140 incisos 3), 18) y 20), 50 y
146 de la Constitución Política, los artículos 25, 27 inciso primero, 28
párrafo segundo inciso b de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General
de la Administración Pública, la Ley N° 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de
Fomento a la Producción Agropecuaria, que incorpora la Ley Orgánica del
Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Considerando:
1º—Que la Constitución
Política de la República de Costa Rica, establece en su numeral 50, que el
Estado costarricense debe velar por el derecho de todo ciudadano a un ambiente
sano, ecológicamente equilibrado y ambientalmente sostenible, entendido éste,
como el desarrollo que satisface las necesidades humanas básicas sin
comprometer las opciones de las futuras generaciones.
2º—Que Costa Rica
se ha comprometido a nivel internacional a cumplir con la meta de ser un país
carbono neutral. Este compromiso con la mitigación y adaptación al cambio
climático quedó expresado en el Plan Nacional de Desarrollo “Alberto Cañas
Escalante” 2015-2018; en la Estrategia Nacional de Cambio Climático
(ENCC-2009); en el Programa Nacional de Cambio Climático (Plan de Acción de
ENCC 2013) y en la Política de Estado para el Sector Agroalimentario y el
Desarrollo Rural Costarricense 2010-2021, esta última en la que se estableció
el Cambio Climático y Gestión Agroambiental como uno de sus cuatro pilares de
la política de Estado alineados con el objetivo nacional de alcanzar la carbono
neutralidad.
3º—Que para
garantizar las políticas, planes y proyectos a desarrollar en el nivel nacional
y regional de la actividad ganadera, se debe fomentar la articulación
público-privada-académica que garantice la efectiva implementación.
4º—Que resulta de vital importancia la
preparación del sector ganadero al cambio climático a efecto de lograr la
implementación de los mecanismos de adaptación necesarios y reducir la
vulnerabilidad ante eventos climáticos extremos.
5º—Que la Estrategia para la Ganadería Baja en
Carbono en Costa Rica 2015-2034, fue diseñada con la participación del sector
privado, gremios, instituciones del sector agropecuario y academia, alineada
con la política pública tanto del sector agropecuario como ambiental para
lograr la meta de carbono neutralidad de Costa Rica. Por tanto,
DECLÁRESE DE INTERÉS
PÚBLICO LA ESTRATEGIA
PARA LA GANADERIA BAJA EN CARBONO
EN COSTA RICA 2015-2034
Artículo 1º—Declárese
de interés público la Estrategia para la Ganadería baja en Carbono en Costa
Rica 2015-2034, la cual está disponible en la Página Oficial del Ministerio de
Agricultura y Ganadería.
Artículo 2º—Se autoriza a las Instituciones
del Estado a realizar todas las acciones necesarias, dentro del marco legal de
sus competencias, para los arreglos público-privado que faciliten la
implementación de la estrategia
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la ciudad de
San José a las ocho y cuarenta y cinco horas del diecinueve de noviembre del
dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Luis Felipe
Arauz Cavallini.—1 vez.—O.C. Nº 1312.—Solicitud Nº
6002.—( D39482 - IN2016019846 )
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Y LA MINISTRA DEL DEPORTE
En uso de las
facultades que les confieren los artículos 140, incisos 8) y 20) y 146 de la
Constitución Política; 25, 28, párrafo 2), inciso b) de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 de 2 de mayo de 1978;
Considerando:
I.—Que el deporte
representa un fundamento y una condición importante para el desarrollo físico,
intelectual y socio-afectivo del ser humano.
II.—Que una de las prioridades de la actual
Administración es impulsar iniciativas y crear espacios que promuevan el
bienestar y la salud en la población costarricense, a través del deporte, la
recreación, y la actividad física.
III.—Que la Federación de Surf de Costa Rica,
cédula jurídica 3-002-411868, es la entidad encargada de planificar, organizar,
administrar, fomentar la práctica y profesionalizar la competición del surf
profesional y aficionado afiliado a la Asociación internacional de Surf (ISA
por sus siglas en inglés).
IV.—Que la Federación de Surf de Costa Rica
será la anfitriona del torneo Mundial de Surf Open Costa Rica 2016, a
celebrarse del 6 al 14 de agosto del 2016.
V.—Que el Mundial de Surf Open Costa Rica
2016, tiene como objetivo principal acercar el deporte del surf a la sociedad
costarricense, como una buena alternativa para el desarrollo de jóvenes en este
deporte, con el apoyo de sus familias y de los aficionados al surf. Con ello,
se busca fortalecer y promover el apoyo por parte de la empresa privada y de
nuevos aficionados, que podrán ver este deporte como una alternativa para
practicar, no solo a nivel competitivo sino también recreativo, creando un
hábito de salud importante para una mejor calidad de vida.
VI.—Que el Mundial de Surf Open Costa Rica
2016, resulta una oportunidad muy valiosa de posicionar a Costa Rica en el
mundo e incentivar el turismo deportivo. También se verán beneficiados varios
sectores comerciales tales como la hotelería,
restaurantes, servicios de transporte y comercio en general, por los
aficionados internacionales y nacionales que asistirán al evento.
VII.—Que dicho evento contará con la
participación de más de 35 selecciones internacionales clase A del mundo en las
dos categorías individuales: Masculino y Femenino.
VIII.—Que el surf cuenta hoy con el
reconocimiento del Comité Olímpico Internacional, habiéndose gestionado el
ingreso del deporte a las Olimpiadas de Tokio 2020. Por ello, este evento será
la antesala para el debut olímpico del país de cara a los primeros juegos
olímpicos que incorporen esta disciplina.
IX.—Que el Consejo Nacional del Deporte y la
Recreación, en sesión ordinaria n° 976-2016 del 03 de marzo del 2016, mediante
acuerdo n° 9, recomienda a la Ministra del Deporte, que
por medio del Ministerio de la Presidencia, proceda a la Declaratoria de Interés
Público y Nacional del Mundial de Suri Open Costa Rica, a efectuarse del 6 al
14 de agosto del 2016 en Playa Jaco, Garabito. Por tanto;
Decretan:
“DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL
DEL MUNDIAL DE SURF OPEN COSTA RICA 2016”
Artículo 1º—Se declara
de interés público y nacional el Mundial de Surf Open Costa Rica 2016,
organizado por la Federación de Surf de Costa Rica, a realizarse en Playa Jaco,
del 6 al 14 de agosto del 2016.
Artículo 2°—Las dependencias del Sector
Público y del Sector Privado dentro del marco legal respectivo, podrán
contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin
perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa
realización de las actividades indicadas.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de la
Presidencia, Sergio Iván Alfaro Salas.—La Ministra del Deporte, Carolina Mauri Carabaguíaz.—1 vez.—(
D39618 - IN2016019973 ).
Nº DM-FP-0201-16
EL MINISTRO DE SALUD
Con fundamento en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28
aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº
6227 del 02 de mayo de 1978, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico 2016; y el artículo 34 del “Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos”, emitido por la
Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar
al Dr. Danny Cascante Álvarez, cédula de identidad N° 1-1059-851, funcionario
de la Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario, para que
asista y participe en la actividad denominada “I Ronda de Negociaciones del I
Semestre, esto con motivo de la reunión del subgrupo técnico de medicamentos y
productos afines”; que se llevará a cabo en Honduras, del 29 de febrero al 04
de marzo del 2016.
Artículo 2º—Los gastos del viaje del
funcionario, por concepto de alimentación y hospedaje serán financiados por
presupuesto de Fideicomiso 872, Programa 630-00, Sub-Partida 1.05.04 viáticos
al exterior por la suma de $844.80, así mismo por concepto de taxis la suma de
$100; montos sujetos a liquidación. Los gastos de los tiquetes aéreos del
funcionario serán financiados por medio de Fideicomiso 872, Programa 630-00,
Sub-Partida 1.05.03, transporte al exterior.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la
actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario el
funcionario estará saliendo del país el día 28 de febrero y regresará el día 04
de marzo del 2016.
Artículo 5º—Rige del 28 de febrero al 04 de
marzo del 2016.
Dado en el Ministerio
de Salud. San José a los quince días del mes de febrero del dos mil dieciséis.
Publíquese.
Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 1415.—Solicitud Nº 7843.—( IN2016019852 ).
Nº DM-FP-202-16
El MINISTRO DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 párrafo
segundo, inciso b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la
Administración Pública”.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar
al Dr. Roberto Castro Córdoba, cédula de identidad Nº 1-508-642, Jefe de la
Unidad de Análisis Permanente de Situación de Salud de la Dirección de
Vigilancia de la Salud, para que asista y participe en la actividad denominada
“Reunión Extraordinaria del COMISCA”, que se llevará cabo en la ciudad de
Tegucigalpa, Honduras, el 17 de febrero del 2016.
Artículo 2º—Los gastos del funcionario, por
concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la
Secretaría Ejecutiva del Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica
(SE-COMISCA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la
actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario el
funcionario estará saliendo del país el día 16 de febrero y regresando el 18 de
febrero del 2016.
Artículo 5º—Rige a partir del 16 de febrero al
18 de febrero del 2016.
Dado en el Ministerio
de Salud.—San José, a los quince días del mes de febrero
del dos mil dieciséis.
Publíquese.
Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—O.C.
Nº 1415.—Solicitud Nº 7843.—( IN2016019853 ).
Nº DM-FP-203-16
EL MINISTRO DE SALUD
Con fundamento en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28
párrafo segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General
de la Administración Pública”.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la Dra. Rosa María Novygrodt Vargas, cédula de
identidad Nº 1-367-889, Asesora, Despacho del Ministro de Salud, para que
asista y participe en la actividad denominada “Reunión de Programación del Plan
de Trabajo del Bienio 2016-2017 INCAP-OPS”; que se llevará cabo en Guatemala,
el 24 y 25 de febrero del 2016.
Artículo 2º—Los gastos de la funcionaria por
concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por INCAP y la
Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo
del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en
la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la
funcionaria, estará saliendo del país el día 23 de febrero y regresando el 26
de febrero del 2016.
Artículo 5º—Rige a partir del 23 de febrero al
26 de febrero del 2016.
Dado en el Ministerio
de Salud.—San José, a los veintidós días del mes de
febrero del dos mil dieciséis.
Publíquese.
Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 1415.—Solicitud Nº 7843.—( IN2016019851 ).
N° DM-FP-204-16
EL MINISTRO DE SALUD
Con fundamento en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28
párrafo segundo inciso b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General
de la Administración Pública”.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la MSc. Olga Segura Cárdenas, cédula de identidad N°
9-053-921, funcionaria de la Dirección de Protección al Ambiente Humano, para
que asista y participe en la actividad denominada “Curso Internacional hacia un
ciclo sustentable de los materiales y residuos”; que se llevará cabo en México
D.F., del 22 de febrero al 02 de marzo del 2016.
Artículo 2º—Los gastos de la funcionaria por
concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por SEMARNAT,
INECC, AMEXCID, JICA y Gobierno de México, por lo que no existe gasto a cargo
del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la
funcionaria estará saliendo del país el día 21 de febrero y regresando el 03 de
marzo del 2016.
Artículo 5º—Rige a partir del 21 de febrero al
03 de marzo de febrero del 2016.
Dado en el Ministerio
de Salud. San José, a los diecinueve días del mes de febrero del dos mil
dieciséis.
Publíquese.—Dr. Fernando Llorca
Castro, Ministro de Salud.—1 vez.—O. C. N° 1415.—Solicitud N° 7843.—(
IN2016019849 ).
Nº 000199.—Ministerio de Obras Públicas y
Transportes.—San José, a las quince horas y diez minutos del día diecisiete del
mes de febrero del dos mil dieciséis.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación
con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Vuelta Kooper”.
Resultando:
1º—Mediante oficio Nº DAJ-ABI-2016-0275 de 10 de febrero del 2015,
remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección
Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se
procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar
de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a
tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones Nº 9286 del 11 de noviembre
del 2014, publicada en La Gaceta Nº 24 del 04 de febrero del 2015, en
relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula Nº 317243-003-004, cuya naturaleza es resto de
terreno para construir Asentamiento Monte Lirio Parcela 14, situado en el
distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela, con una
medida de 36.343,55 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según
Registro Público de la Propiedad son: norte, con lote adquirido por el Estado;
al sur, con parcela 49; al este, con Quebrada Grande, y al oeste, con lote
adquirido por el Estado y calle pública.
2º—Del
referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno
equivalente a 1.284,00 metros cuadrados, según plano catastrado Nº
2-1869252-2015. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Vuelta Kooper”.
3º—Constan
en el expediente administrativo Nº 29.069 a que se refiere este acto
resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano catastrado Nº 2-1869252-2015, mediante el cual se establece
que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un
área total de 1.284,00 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la
presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción
del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación
del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 05 de julio de 1971
y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a
cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia,
ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas
otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las
disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con
Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley
de Expropiaciones, Nº 9286 del 11 de noviembre del 2014, publicada en La
Gaceta Nº 24 del 04 de febrero del 2015, establece en sus artículos 2º, 18
y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
De
conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés
público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de
Folio Real matrícula Nº 317243-003-004.
b) Naturaleza: resto de terreno para construir Asentamiento Monte
Lirio Parcela 14.
c) Ubicación: situado en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03
Grecia de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano
catastrado Nº 2-1869252-2015.
d) Propiedad: Siria Johana de la Trinidad Quesada Zamora, cédula Nº 2-455-708, y Nohiver
Sánchez Alvarado, cédula Nº 2-505-247.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de
1.284,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Bajos
de Chilamate-Vuelta Kooper”,
según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de
Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en
el Registro Público de la Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan
las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del
procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la
Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto,
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al
Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº
317243-003-004, situado en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia de la
provincia de Alajuela y propiedad de Siria Johana de la Trinidad Quesada
Zamora, cédula Nº 2-455-708, y Nohiver Sánchez
Alvarado, cédula Nº 2-505-247, con una área total de 1.284,00 metros cuadrados,
y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano
catastrado Nº 2-1869252-2015, necesaria para la construcción del proyecto
denominado “Bajos de Chilamate-Vuelta Kooper”.
2º—Ordénese
mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad,
del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como
necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo
prescrito por la Ley Nº 9286.
3º—Procedan
las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por la Ley de Expropiaciones.
Publíquese
y notifíquese.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras
Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº
4333.—Solicitud Nº 50675.—( IN2016025050 ).
Nº 000299.—Ministerio
de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las nueve horas y quince minutos
del día once del mes de marzo del dos mil dieciséis.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Circunvalación Norte”.
Resultando:
1º—Mediante oficio Nº DAJ-ABI-2016-0262 de 09 de febrero del 2016,
remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección
Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se
procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar
de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a
tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones Nº 9286 del 11 de noviembre
del 2014, publicada en La Gaceta Nº 24 del 04 de febrero del 2015, en
relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula Nº 158481-000, cuya naturaleza es terreno para
construir, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01
San José, de la provincia de San José, con una medida de 110.316,53 metros
cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la
Propiedad son: norte, con río Virilla y calle pública; al sur, con calle
pública; al este, con calle pública, y al oeste, con calle pública y Óscar
Venegas.
2º—Del
referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno
equivalente a 326,00 metros cuadrados, según plano catastrado Nº
1-1827080-2015. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado “Circunvalación Norte”.
3º—Constan
en el expediente administrativo Nº 29.068 a que se refiere este acto
resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano catastrado Nº 1-1827080-2015, mediante el cual se establece
que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un
área total de 326,00 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la
presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción
del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación
del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 05 de julio de 1971
y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a
cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia,
ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas
otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las
disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con
Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley
de Expropiaciones, Nº 9286 del 11 de noviembre del 2014, publicada en La
Gaceta Nº 24 del 04 de febrero del 2015, establece en sus artículos 2º, 18
y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
De
conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés
público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de
Folio Real matrícula Nº 158481-000.
b) Naturaleza: terreno para construir.
c) Ubicación: situado en el distrito 07 Uruca,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Linderos, los indicados en el
plano catastrado Nº 1-1827080-2015.
d) Propiedad: Instituto Nacional de la Vivienda y Urbanismo, cédula
jurídica Nº 4-000-042134.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de
326,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado
“Circunvalación Norte”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de
Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en
el Registro Público de la Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan
las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del
procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la
Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto,
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al
Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº
158481-000, situado en el distrito 07 Uruca, cantón
01 San José, de la provincia de San José y propiedad del Instituto Nacional de
la Vivienda y Urbanismo, cédula jurídica Nº 4-000-042134, una área total de
326,00 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo
indicado en el plano catastrado Nº 1-1827080-2015, necesarias para la
construcción del proyecto denominado “Circunvalación Norte”.
2º—Ordénese
mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad,
del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como
necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo
prescrito por la Ley Nº 9286.
3º—Procedan
las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por la Ley de Expropiaciones.
Publíquese
y notifíquese.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras
Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 4333.—Solicitud Nº 50951.—(
IN2016025084 ).
Nº 000301.—Ministerio
de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las diez horas y cuarenta minutos
del día once del mes de marzo del dos mil dieciséis.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Paso
a desnivel Guadalupe”.
Resultando:
1º—Mediante oficio Nº DAJ-ABI-2016-0304 de 16 de febrero del 2016,
remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección
Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se
procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar
de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a
tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones Nº 9286 del 11 de noviembre
del 2014, publicada en La Gaceta Nº 24 del 04 de febrero del 2015, en
relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula Nº 158287-000, cuya naturaleza es terreno
dedicado a carretera, situado en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08
Goicoechea, de la provincia de San José, con una medida de 274,58 metros
cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la
Propiedad son: norte, con Arturo Ballar Zimones; al sur, con carretera y otro; al este, con Rodrigo
Arano Ballar y otro, y al
oeste, con carretera y otro.
2º—Del
referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno
equivalente a 274,58 metros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ-2782-1965.
Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado
“Paso a desnivel Guadalupe”.
3º—Constan
en el expediente administrativo Nº 29.071 a que se refiere este acto
resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano catastrado Nº SJ-2782-1965, mediante el cual se establece
que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un
área total de 274,58 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la
presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción
del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación
del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 05 de julio de 1971
y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a
cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia,
ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas
otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las
disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con
Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley
de Expropiaciones, Nº 9286 del 11 de noviembre del 2014, publicada en La
Gaceta Nº 24 del 04 de febrero del 2015, establece en sus artículos 2º, 18
y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
De
conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés
público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de
Folio Real matrícula Nº 158287-000.
b) Naturaleza: terreno dedicado a carretera.
c) Ubicación: situado en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08
Goicoechea de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano
catastrado Nº SJ-2782-1965.
d) Propiedad: Mayra Margarita Ballar
Campos, cédula Nº 1-387-415.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de
274,58 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Paso a
desnivel Guadalupe”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de
Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en
el Registro Público de la Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan
las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del
procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la
Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto,
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al
Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº
158287-000, situado en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08 Goicoechea de la
provincia de San José y propiedad de Mayra Margarita Ballar
Campos, cédula Nº 1-387-415, con una área total de 274,58 metros cuadrados, y
cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado
Nº SJ-2782-1965, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Paso a
desnivel Guadalupe”.
2º—Ordénese
mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad,
del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como
necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo
prescrito por la Ley Nº 9286.
3º—Procedan
las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por la Ley de Expropiaciones.
Publíquese
y notifíquese.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras
Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº
4333.—Solicitud Nº 50957.—( IN2016025103 ).
Nº 000302.—Ministerio
de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del día once del mes de marzo del dos mil dieciséis.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Paso a desnivel Guadalupe”.
Resultando:
1º—Mediante oficio Nº DAJ-ABI-2016-0313 de 16 de febrero del 2016,
remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección
Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se
procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar
de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a
tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones Nº 9286 del 11 de noviembre
del 2014, publicada en La Gaceta Nº 24 del 04 de febrero del 2015, en
relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula Nº 158279-000, cuya naturaleza es terreno para
construir con 1 edificio, situado en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08 Goicoechea,
de la provincia de San José, con una medida de 279,03 metros cuadrados, y cuyos
linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte,
con calle con frente de 18,52 metros; al sur, con María Murillo Solera; al
este, con calle con frente 10,66 metros, y al oeste, con Inversiones Esema S. A. Carmen Ventura.
2º—Del
referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno
equivalente a 279,03 metros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ-19573-1991.
Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado
“Paso a desnivel Guadalupe”.
3º—Constan
en el expediente administrativo Nº 29.072 a que se refiere este acto
resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano catastrado Nº SJ-19573-1991, mediante el cual se establece
que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un
área total de 279,03 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la
presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción
del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación
del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 05 de julio de 1971
y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a
cabo las obras públicas necesarias dentro
del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria,
asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares
con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de
Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº 9286 del 11 de noviembre del 2014,
publicada en La Gaceta Nº 24 del 04 de febrero del 2015, establece en
sus artículos 2º, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública
requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar
derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea
declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que
contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro
Público.
De conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de
interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº
158279-000.
b) Naturaleza: terreno para construir con 1
edificio.
c) Ubicación: situado en el distrito 01
Guadalupe, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José. Linderos, lo
indicado en el plano catastrado Nº SJ-19573-1991.
d) Propiedad: 3-101-672490 Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-672490, representada por Cristina Chojun
Chan, cédula Nº 1-1054-152.
e) De dicho inmueble se necesita un área total
en conjunto de 279,03 metros cuadrados, para la construcción del proyecto
denominado “Paso a desnivel Guadalupe”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el
artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de
anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad, en relación con
dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con
la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos
establecidos por la Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1º—Declarar de interés público, respecto al
inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real
matrícula Nº 158279-000, situado en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08
Goicoechea de la provincia de San José y propiedad de 3-101-672490 Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-672490, representada por Cristina Chojun Chan, cédula Nº 1-1054-152, con una área total de
279,03 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo
indicado en el plano catastrado Nº SJ-19573-1991, necesaria para la
construcción del proyecto denominado “Paso a desnivel Guadalupe”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro
Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta resolución se
ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y
conforme a lo prescrito por la Ley Nº 9286.
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar
con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de
terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a
lo prescrito por la Ley de Expropiaciones.
Publíquese y notifíquese.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras
Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº
4333.—Solicitud Nº 50962.—( IN2016025106 ).
Nº 000379.—Poder
Ejecutivo.—San José, a las ocho horas y treinta minutos del día veintinueve del
mes de marzo del dos mil dieciséis.
Conoce
este Despacho diligencias de modificación de declaratoria de “interés o
utilidad pública”, contenida en la Resolución Administrativa Nº 000775 del 04
de junio del 2015, publicada en La Gaceta Nº 129 del 06 de julio del
2015, para la ejecución del proyecto de obra pública denominado:
“Circunvalación Norte”.
Resultando:
1º—Que en La Gaceta Nº 167 del 27 de agosto del 2015, se
publicó la Resolución Administrativa Nº 000775 del 04 de junio del 2015,
mediante la cual el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó
conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones
Nº 9286 del 11 de noviembre del 2014, se procede a “declarar de utilidad
pública” y adquirir el área de terreno de 5.220,00 metros cuadrados según plano
catastrado Nº 1-1807144-2015, del inmueble propiedad de la empresa Banco Improsa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-079006, inscrito al
Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº
657785-000, situado en el distrito 07 Uruca, cantón
01 San José de la provincia de San José, necesaria para la construcción del
proyecto denominado: “Circunvalación Norte”.
2º—Que mediante la citada Resolución Administrativa Nº 000775 del 04
de junio del 2015, se pretendía adquirir un área de 5.220,00 metros cuadrados,
según plano catastrado Nº 1-1807144-2015. No obstante, mediante oficio
POE-10-2016-0116 del 02 de febrero del 2016, la Unidad Ejecutora Programa Obras
Estratégicas de Infraestructura Vial del Consejo Nacional de Vialidad del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, remitió al Departamento de
Adquisición de Bienes Inmuebles, un nuevo plano catastrado Nº 1-1874511-2016,
que contempla un área menor a adquirir, que la consignada en la resolución
antes mencionada, que corresponde a un área de 4.620,00 metros cuadrados, por
lo que es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés
público contenida en la resolución Nº 000775 del 04 de junio del 2015, por
cuanto la misma debe realizarse de conformidad con el plano catastrado Nº
1-1874511-2016 que sustituye al plano catastrado Nº 1-1807144-2015.
Considerando:
Único.—Que ante la modificación del plano catastrado del área del
inmueble a adquirir, y siendo que la Administración requiere de dicho inmueble
para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Circunvalación
Norte”, es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés
público contendida en la resolución Nº 000775 del 04 de junio del 2015,
publicada en La Gaceta Nº 129 del 06 de julio del 2015, por cuanto las
diligencias de expropiación deben continuar de conformidad con el plano
catastrado Nº 1-1874511-2016, que contempla un área a expropiar de 4.620,00
metros cuadrados, el plano antes referido sustituye al plano catastrado Nº
1-1807144-2015.
En
razón de todo lo anterior, se procede a emitir la presente resolución,
determinándose. Por tanto,
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1º—Modificar la declaratoria de “interés o utilidad pública”,
contenida en la Resolución Administrativa Nº 000775 del 04 de junio del 2015,
publicada en La Gaceta Nº 129 del 06 de julio del 2015, a efecto de que
el presente trámite expropiatorio sea realizado de conformidad con el plano
catastrado Nº 1-1874511-2016, que contempla un área a expropiar de 4.620,00
metros cuadrados, y que sustituye al plano catastrado Nº 1-1807144-2015.
2º—En
lo restante se mantiene vigente la referida Resolución Administrativa Nº 000775
del 04 de junio del 2015, publicada en La Gaceta Nº 129 del 06 de julio
del 2015.
3º—Rige
a partir de su publicación.
Notifíquese
y publíquese.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras
Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº
4333.—Solicitud Nº 50965.—( IN2016025111 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DE SERVICIO CIVIL
AVISO
Nº
SC-005-2016.—San José, 01 de abril del 2016
Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido
las siguientes resoluciones:
DG-044-2016: Se modifica el Manual de Especialidades
Docentes, específicamente en el apartado de “Atinencias Académicas” de las
especialidades que se detallan, para que se incluya la carrera de Bachillerato
en Gestión de los Recursos Naturales de la Universidad de Costa Rica (UCR).
DG-045-2016: Se modifica el Manual
Descriptivo de Especialidades Docentes (Resolución DG-399-2010), en particular
las especialidades Turismo Costero”, “Turismo en Alimentos y Bebidas” y
“Turismo en Hotelería y Eventos Especiales”, de manera que en el apartado
“Atinencias Académicas” se incluya la carrera de Bachiller en Turismo Ecológico
de la Universidad Costa Rica.
DG-046-2016: Se modifica el Manual
Descriptivo de Especialidades Docentes (Resolución DG-399-2010), en particular
las especialidades “Informática Educativa III y IV Ciclos”, “Informática en
Desarrollo de Software”, “Informática en Redes de Computadoras”, “Informática
en Soporte” e “Informática Empresarial”, de manera que en el apartado “Atinencias
Académicas” se incluya la carrera de Maestría en Ciencias de la Educación con
Énfasis en la Enseñanza de la Informática de la Universidad Independiente de
Costa Rica.
DG-047-2016: Se modifica el Manual
Descriptivo de Especialidades Docentes (Resolución DG-399-2010), en particular
las especialidades “Informática en Programación”, “Informática en Redes de
Computadoras”, “Informática Empresarial” e “Informática Educativa”
Subespecialidades “Informática para I y II Ciclos” e “Informática para III y IV
Ciclos”, se incluyan las carreras de Bachillerato en Informática Educativa de
la Universidad Nacional y Licenciatura en Informática Educativa de la
Universidad Latina de Costa Rica.
DG-048-2016: Se modifica el Manual
Descriptivo de Especialidades Docentes (Resolución DG-399-2010), en particular
las especialidades “Banca y Finanzas”, “Contabilidad”, “Contabilidad y Costos”
y “Contabilidad y Finanzas”, de manera que en el apartado “Atinencias
Académicas” se incluya la carrera de Bachillerato en Administración de Empresas
del Instituto Tecnológico de Costa Rica.
DG-050-2016: Se modifica el Manual
Descriptivo de Especialidades Docentes (Resolución DG-399-2010), en particular
la especialidad “Contabilidad y Auditoría”, de manera que en el apartado
“Atinencias Académicas” se incluya la carrera de Bachillerato en Administración
de Negocios de la Universidad Metropolitana Castro Carazo.
DG-052-2016: Declarar de confianza el puesto
vacante número 401771, plaza Nº 150, perteneciente a
la clase Director de Educación ubicado en la Dirección de Gestión y Evaluación
de la Calidad del Ministerio de Educación Pública.
DG-053-2016: Se modifica la Escala de
Sueldos de la Administración Pública contenida en la Resolución DG-134-2015 del
28 de agosto del 2015, según los términos en los que se especifican en la
presente resolución, con rige a partir del 01 de enero del 2016 y queda sujeto
a disponibilidad presupuestaria.
Publíquese.—Lic. Hernán
A. Rojas Angulo. MBA., Director General.—1 vez.—O. C. Nº 3400026992.—Solicitud Nº 51407.—(
IN2016025285 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
AVISO
Que de
conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo
2º de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, Nº 9069 de 10 de
setiembre del 2012, se concede a las entidades representativas de intereses de
carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días
hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el
objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de resolución
denominado “Procedimiento para liquidar y pagar los tributos, que recaen sobre
los bienes o mercancías adquiridos en el mercado nacional, exonerados de dichos
impuestos, al amparo de los incentivos fiscales”. Las observaciones sobre el
proyecto en referencia, deberán expresarse por escrito y dirigirlas a los
correos electrónicos: calderonva@hacienda.go.cr, padilladm@hacienda.go.cr o a
la Dirección de Control Tributario Extensivo, sita en San José, Edificio La Llacuna, piso 6, calle 5, avenida central y primera. Para
los efectos indicados, el citado proyecto se encuentra disponible en el sitio
Web: http://www.hacienda.go.cr en la sección “propuestas en consulta pública”.—San José, a las diez horas del dieciocho de marzo del dos
mil dieciséis.—Carlos Vargas Durán, Director General.—O. C. Nº
3400027182.—Solicitud Nº 50375.—( IN2016022537 ). 2
v. 2.
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de
la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la
Asociación de Desarrollo Integral de Villa Hermosa de Alajuela. Por medio de su
representante: Efraín Rojas Gamboa, cédula 2-175-186 ha hecho solicitud de
inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 25 para que en
adelante se lea así:
Artículo 25.—Para
que se agregue que se permite la reelección indefinidamente, si así lo decide
la Asamblea General, el resto del artículo se mantiene.
Dicha reforma es visible a folio 27 del resultado de Asamblea del tomo
II del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el
Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la
Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general
ordinaria de afiliados celebrada el día 12 de marzo del 2016.
En
cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la
Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza
por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.
San José, a las diez horas veinte minutos del día cuatro de abril del
dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2016019738 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
La doctora Claudia Re Huezo con número de cédula Nº 8-063-991, vecina de Heredia
en calidad de regente veterinaria de la compañía Droguería Faryvet
S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Biocolistin 500 fabricado
por Biotecno SAS para Novalfarm
Ltda. de Colombia con los siguientes principios activos: cada 100 g contiene: Colistina sulfato 50 g y las siguientes indicaciones
terapéuticas: para mejorar la eficiencia alimenticia y promover el incremento
de peso en cerdos y terneros. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del terminó de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9:00 horas del día
15 de marzo de 2016.—Dr. Luis Zamora Chaverri,
Jefe.—1 vez.—( IN2016020002 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media inscrito en el tomo 2, folio 50, título N° 395,
emitido por el Colegio Nocturno de Río Frío con Sección Diurna, en el año dos
mil siete, a nombre de Orozco Picado Geovanna, cédula
N° 2-0601-0565.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veinticinco días del mes de enero del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016019110 ).
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del título de bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 219, título N° 2715, emitido por el Liceo
Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año dos mil cinco, a nombre de López Delgado
María del Mar, cédula Nº 4-0197-0514. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los tres días del mes de marzo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016019361 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 51, título
N° 698, emitido por el Sistema Educativo Saint Clare, en el año mil novecientos
noventa y cuatro, a nombre de Campos Quesada Lía Cristina, cédula
Nº 1-0956-0388. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veintinueve días del mes de febrero del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud
N° 49326.—( IN2016019530 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 46, título N° 1520, emitido por el Colegio del Sagrado Corazón
de Jesús, en el año dos mil uno, a nombre de Leiva Obando Adriana, cédula Nº 3-0396-0145. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días
del mes de marzo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016019699 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 39, Título N° 28, emitido por el Centro Educativo Horizonte 2000,
en el año dos mil cinco, a nombre de Araujo Grunhaus Tammy, cédula: 1-1344-0298. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve
días del mes de marzo del dos mil dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación
de la Calidad.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016019958 ).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título N° 202,
emitido por el Instituto Centroamericano Adventista, en el año mil novecientos
noventa y seis, a nombre de Miranda Rodríguez César Fabián, cédula
Nº 1-1027-0590. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los catorce
días del mes de marzo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016020075 ).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 135, título N° 1175, emitido por el Colegio Académico Nocturno de San
Vito, en el año dos mil doce, a nombre de Jarol
Enrique Chavarría Meza, cédula 604220195. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José a los 29 días
del mes de marzo del 2016.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016020186 ).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 223 Título N° 592, emitido por el Liceo Teodoro Picado, en el
año dos mil trece, a nombre de Carlos Alberto Ramírez Siles, cédula: 115850785.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta. Dado en San José, el primer día del mes de abril del
dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016020207 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-0036-2016 de
las 11:00 horas del 13 de enero del 2016. El Ministro de Trabajo y Seguridad
Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2307-2015, de
sesión celebrada en San José a las 14:00 horas del 11 de noviembre del 2015, de
la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de
Pensión de Guerra incoadas por Calvo Rodríguez Anely,
cédula de identidad N° 1-310-326, a partir del día 01 de julio del 2015; por la
suma de ciento diecinueve mil sesenta y nueve colones con cincuenta y siete
céntimos (¢119.069,57), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los
aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por
agotada la vía administrativa Notifíquese.—Víctor
Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina
Soto, Directora Nacional.—1 vez.—( IN2016019753 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Propiedad
industrial
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Cambio de nombre Nº 100982
Que Roxana Cordero
Pereira, soltera, cédula de identidad 105850980, en calidad de apoderada
especial de Soil Tech C.R.
Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Tecnología Biológica Ambiental S. A., cédula jurídica 3-101-216905
por el de Soil Tech C. R.
Sociedad Anónima, presentada el día 20 de Enero de
2016 bajo expediente 100982. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2004-0004795 Registro N° 152150 MICROBIAL
CROP T.B.A. en clase 1 Marca Denominativa. Publicar en
La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la
Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de febrero
del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1
vez.—( IN2016019666 ).
Cambio
de nombre Nº 99892
Que Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad de
apoderada especial de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima, solicita a este
Registro se anote la inscripción de Cambio de nombre de Banco Banex S. A.,
cédula jurídica 3-101-046008 por el de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad
Anónima, presentada el día 01 de diciembre de 2015, bajo expediente 99892. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2005-0001838 Registro Nº 155207 SUMA
SUEÑOS en clase 36 Marca Denominativa, 2005-0002484 Registro Nº 155532 MIS
PAGOS BANEX en clase 36 Marca Denominativa, 2005-0002486 Registro Nº 155184
APOYO BANEX en clase 36 Marca Denominativa, 2005-0002487 Registro Nº
155183 EMPRESA AMIGA en clase 36 Marca Denominativa, 2005-0002489
Registro Nº 155182 BANEX CUENTA EMPRESARIAL en clase 36 Marca Denominativa
y 2005-0002490 Registro Nº 155531 SUMA SUEÑOS en clase 16 Marca
Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 4 de diciembre del 2015.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016019949 ).
Cambio
de Nombre Nº 98794
Que Kristel Faith Neurohr, cédula de
identidad 111430447, en calidad de apoderada especial de Masía Vallformosa S. L., solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de Masía Vallformosa
S. A., por el de MASIA Vallformosa S. L., presentada
el día 21 de setiembre del 2015, bajo expediente 98794. El nuevo nombre afecta
a las siguientes marcas 2004-0009432 Registro Nº 154154 Vallformosa
en clase 33 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una
única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 1º de octubre del 2015.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—1 vez.—( IN2016019950 ).
Fusión N° 99386
Que Kristel Faith Neurohr,
cédula de identidad 1-1143-0447, en calidad de apoderado especial de Rothmans of Pall Mall Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción
de Fusión de Rothmans Limited,
por el de Rothmans of Pall
Mall Limited, presentada el día 4 de noviembre de
2015 bajo expediente 99386. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-1957434 Registro N° 19574 ROTHMANS en clase 34 Marca Denominativa,
1900-3080534 Registro N° 30805 ROTHMANS KING SIZE en clase 34 Marca
Mixto, 1900-4707134 Registro N° 47071 ROTHAMNS-INTERNATIONAL en clase 34
Marca Mixto, 2001-0001495 Registro N° 128731 R en clase 34 Marca Mixto,
2001-0001498 Registro N° 127914 ROTHMANS en clase 34 Marca Mixto,
2001-0006007 Registro N° 131137 en clase 34 Marca Figurativa y 2012-0011314
Registro N° 229718 ROTHMANS en clase 34 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de noviembre
del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—( IN2016019951 ).
Cambio
de nombre Nº 101706
Que Claudio Murillo Ramírez, cédula de
identidad 108000402, en calidad apoderado Especial de Banco HSBC (Costa Rica)
Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
nombre de Banco Banex S. A., cédula jurídica 3-101-046008 por el de Banco HSBC
(Costa Rica) Sociedad Anónima, presentada el día 16 de febrero de 2016 bajo
expediente 101706. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2005-0001647
Registro Nº 155615 CUENTA DE AHORROS SUMA EN BANEX
PREMIAMOS SU AHORRO en clase 50 Marca Mixto.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José,
25 de febrero del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—1 vez.—( IN2016019952 ).
Marcas de Ganado
Solicitud Nº 2016-110.—Minor
Bernal Rojas Córdoba, cédula de identidad Nº 0203150044, solicita la
inscripción de:
R C
4
como marca de ganado, que
usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Pital,
Boca Tapada, 12 kilómetros noreste de la escuela. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 15 de enero del 2016. Según el expediente N° 2016-110.—San José, 19 de enero del 2016.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—( IN2016019812 ).
Solicitud N° 2016-189.—Roger Bermúdez Guevara, cédula de identidad 0502220922,
solicita la inscripción de:
1 K
J
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Nicoya, La
Virginia de Gamalotal, 1 kilómetro al suroeste de la
escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero del 2016. Según
expediente N° 2016-189.—San José, 15 de febrero
del 2016.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016019936 ).
Solicitud N° 2016-127.—Miguel Ángel Campos Chavarría, cédula de identidad
0600910245, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Bagaces, río Naranjo,
Finca La Carreta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2016.
Según expediente N° 2016-127.—San José, 15 de
febrero del 2016.—Viviana Segura De La O, Registradora.—1 vez.—( IN2016022013
).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
El señor Luis Diego Acuña Vega, mayor, vecino de San José, cédula
1-1151-238, en calidad de apoderado especial de National
Gypsum Properties, LLC, de
E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PANEL CEMENTOSO DE PESO
LIGERO QUE POSEE ALTA DURABILIDAD. La presente invención se refiere a un
panel cementoso de peso ligero formado de una mezcla de núcleo. El panel
cementoso de peso ligero comprende uno o más rellenadores
de agregado de peso ligero en la cantidad de 0.5 a 5 por ciento en peso de la
mezcla de núcleo, uno o más aglutinantes en la cantidad de 35 a 75 por ciento
en peso de la mezcla de núcleo, mezcla reológica en
la cantidad de aproximadamente 0.5 a 5 por ciento en peso de la mezcla de
núcleo, tensioactivo en la cantidad de 0 a 0.1 por
ciento en peso de la mezcla de núcleo, uno o más rellenadores
de agregado de peso normal en la cantidad de 5 a 50 por ciento en peso de la mezcla
de núcleo, y agua en la cantidad de 5 a 20 por ciento en peso de la mezcla de
núcleo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E04C 2/06; cuyos
inventores son Mathieu, Marie-Andree,
Dube, Benoit, Potvin, Frederic, L’heureux, Jacques, BRASSARD, Jean-Francois,
Guertin, Patrick. Prioridad: 16/09/2013 US
14/028,055; 16/09/2013 US 14/028,009; 16/09/2013 US 14/028,009; 16/09/2014 WO
2014US055745. Publicación Internacional: 19/03/2015 WO2015/039064. La solicitud
correspondiente lleva el número 20160124, y fue presentada a las 14:14:00 del
10 de marzo del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 17 de marzo del
2016.—Walter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016019271 ).
El señor Édgar Rohrmoser
Zúñiga, cédula Nº 1-617-586, mayor, abogado, vecino de
San José, en calidad de apoderado especial de Philip Morris Products
S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO Y
APARATO PARA EL ALMACENAMIENTO DE DATOS PARA RASTREAR ARTÍCULOS FABRICADOS.
La invención proporciona un método para la generación y almacenamiento de datos
para artículos fabricados en un lote de artículos fabricados que reduce los
requerimientos de almacenamiento de datos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: G06Q 10/08; cuyos inventores son: Niquille, Steve, Chanez, Patrick.
Prioridad: 17/12/2012 EP 12197513.0; 16/12/2013 WO 2013EP076728. Publicación
Internacional: 26/06/2014 WO2014/095740. La solicitud correspondiente lleva el
Nº 20150373, y fue presentada a las 12:07:00 del 13 de julio del 2015.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de febrero del 2016.—Lic. Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016019313 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula
1-433-939, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Bayer Cropscience Aktiengesellschaft,
de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS CON
ACTIVIDAD PESTICIDA. Se divulgan compuestos de la fórmula (I) que poseen
propiedades pesticidas, especialmente nematicidas en
donde los elementos estructurales tienen el significado indicado en la
descripción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/14; C07D
401/04; A01N 43/40; A01N 43/50; A01N 43/56; A01N 43/653; A61K 31/442; A61P
33/10, cuyos inventores son Füsslein, Martin, Decor, Anne, Greul,
Jörg Nico, Schwarz,
Hans-Georg, Portz, Daniela, Ilg,
Kerstin, Malsam, Olga, Lümmen, Peter, Görgens, Ulrich, Welz, Claudia, Köhler, Adeline, Börngen, Kirsten. Prioridad: 26/08/2013 EP 13181692.8; 25/08/2014 WO
2014EP067998. Publicación Internacional: 05/03/2015 WO 2015/028427. La
solicitud correspondiente lleva el número 20160083, y fue presentada a las
08:53:10 del 19 de febrero del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 17 de
marzo del 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016019700 ).
La señor(a)(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, vecina de
Curridabat, cédula Nº 1-812-604, en calidad de apoderada especial de Bayer Healthcare LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA ORTALMOLÓGICA TÓPICA QUE CONTIENE
REGORAFENIB. La presente invención se refiere a composiciones farmacéuticas
oftalmológicas tópicas que contienen regorafenib, un
hidrato, solvato o sal farmacéuticamente aceptable
del mismo o un polimorfo del mismo y su procedimiento de preparación y su uso
para el tratamiento de trastornos oftalmológicos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 9/00; A61K 31/441; cuyos inventores son Bottger, Michael, Von Degenfeld,
Georges, Freundlieb, Julia, Hirth-Dietrich,
Claudia, Keldenich, Joerg, Klar, Jurgen, Muenster,
Uwe, OHM, Andreas, Richter, Annett,
Riedi, Bernd. Prioridad:
28/06/2011 EP 11171719.5; 14/02/2012 EP 12155281.4. Publicación Internacional:
03/01/2013 WO2013/000917 A1. La solicitud correspondiente lleva el Nº 20130693,
y fue presentada a las 12:39:04 del 20 de diciembre del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 01 de marzo del 2016.—Walter Campos Fernández,
Registrador.—( IN2016019855 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación de Productores Los Santos Innovaciones Agrícolas, con domicilio
en la provincia de: San José- San José, cuyos fines principales, entre otros
son los siguientes: buscar el apoyo y la colaboración mutua entre sus miembros,
mejorar la productividad de la tierra en busca de mayor calidad en el café.
Cuyo representante, será el presidente: José Rodolfo del Socorro Naranjo Naranjo, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015, asiento: 459987 con
adicional(es): 2015-542001.—Dado en el Registro
Nacional, a las 11 horas 23 minutos y 50 segundos, del 29 de febrero del
2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016019765 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Misionera y Cristiana
Alfa y Omega de León Cortés, con domicilio en la provincia de: San José, León
Cortés, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Enseñar y
predicar el Evangelio de Jesucristo; establecer iglesias y locales para el
culto público, cuyo representante, será el presidente: Ronald Arturo Castro
Romero, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 34561 con adicionales: 2016-84401,
2016-167096.—Dado en el Registro Nacional, a las 13
horas 58 minutos y 19 segundos, del 10 de marzo del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016019767 ).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad:
Asociación Ayuda Pro Animal Zurquí, con
domicilio en la provincia de: Heredia-Santo Domingo, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Velar por el buen trato y bienestar animal.
Cuya representante, será la presidenta: Ana Cecilia de los Ángeles Zúñiga
Juárez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 168845.—Dado en el Registro
Nacional, a las 11 horas 23 minutos y 53 segundos, del 10 de marzo del
2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN201604 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Cementerio de Ciudad Neily, con domicilio en la provincia de
Puntarenas-Corredores, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Promover, gestionar y ejecutar la normativa, las acciones y recursos necesarios
para el rescate, reorganización, embellecimiento, mantenimiento, mejoras,
rehabilitación y restructuración del cementerio de Ciudad Neily.
Cuya representante, será la presidenta: Ana Isabel Zumbado Valverde, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2015, asiento: 425610 con adicionales: 2016-194087.—Dado
en el Registro Nacional, a las 11 horas 3 minutos y 52 segundos, del 28 de
marzo del 2016.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2016020166 ).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad: Asociación Sendas de Oro del Adulto Mayor, con domicilio en la
provincia de: Puntarenas-Corredores, cuyos fines principales, entre otros son
los siguientes: Promover, gestionar y
ejecutar las acciones y recursos necesarios para el rescate, organización,
dignificación, promover la salud, rehabilitación y restructuración de los
adultos mayores del cantón de Corredores y alrededores, promover el enriquecimiento de la autoestima, de diversificación de
actividades recreacionales, deportivas y laborales del adulto mayor, con miras
a una mejor calidad de vida de los asociados, adultos mayores en general y sus
núcleos familiares. Cuya representante, será la presidenta: Marisel
Hidalgo Salazar, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 516612 con adicionales: 2016-93457,
2016-163773.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 28 minutos y 54 segundos, del 9 de marzo
del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016020170 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Vecinos Los
Luchadores de la Urbanización La Llinaga, con
domicilio en la provincia de Alajuela-Alajuela, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: Promover el progreso de la Urbanización La Llinaga, a través de programas y proyectos, cuyo
representante, será el presidente: Víctor Manuel Arias González, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2016 Asiento: 143296 con adicional: 2016-230299.—Dado
en el Registro Nacional, a las 9 horas 58 minutos y 3 segundos, del 12 de abril
del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016025664 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Pentecostal
Sendas de Dios Pocora, con domicilio en la provincia
de: Limón-Guácimo, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Promover el bienestar espiritual y social de los asociados y de quienes de
ellos dependan. Cuya representante, será la presidenta: Rocío Thomas Miranda,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2016, asiento: 34880 con adicional(es): 2016-93829.—Dado
en el Registro Nacional, a las 7 horas 36 minutos y 32 segundos, del 12 de
abril del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2016025699 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JOSÉ ALBERTO LEIVA
MARTÍNEZ, con cédula de identidad número 3-0223-0984, carné número 23845.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp.
N° 16-000657-0624-NO.—San José, 30 de marzo del 2016.—Unidad
Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(
IN2016019693 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: CYNTHIA MORALES MORALES, con cédula de identidad número 6-0333-0770, carné
número 24010. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DIAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp.
N° 16-000652-0624-NO.—San José, 30 de marzo del 2016.—Unidad
Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN20150
).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: BÁRBARA EVA SOTO PRATS,
con cédula de identidad número 3-0431-0597, carné número 22696. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección
dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. Nº 16-000628-0624-NO.—San José, 18 de marzo del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias
Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2016020111 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GLORIA LUISA
SANABRIA VARGAS, con cédula de identidad número 3-0202-0393, carné
número 5528. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp.
N° 16-000658-0624-NO.—San José, 31 de marzo del 2016.—Unidad
Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(
IN2016020177 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Exp. 8806A.—Manuel Antonio Bonilla
Chacón, solicita concesión de: 0,66 litros por segundo de la quebrada sin
nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Jerónimo
(Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso agropecuario - riego - café. Coordenadas
231.700 / 496.650 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 25 de febrero del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016019372 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 8295P.—Mc Bury
Holding S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo AB-1746 en finca de su propiedad en
La Ribera, Belén, Heredia, para uso turístico-hotel. Coordenadas 219.950 /
517.425 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 16 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2016019486 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 11593P. Alimer
S. A., solicita concesión de: 0,72 litros por segundo del acuífero, efectuando
la captación por medio del pozo NA-777 en finca de su propiedad en San Jerónimo
(Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso industria-otro.
Coordenadas 231.650 / 496.650 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de febrero del 2016.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016019685 ).
Exp. 10530P.—BCR Fondo de
Inversión Inmobiliario del Comercio y la Industria FCL, solicita concesión de:
0,26 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo AB-2112 en finca de su propiedad en Pozos, Santa Ana, San José, para uso
consumo Humano-Doméstico y Agropecuario-Riego. Coordenadas 214.850 / 514.100
hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
06 de abril del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016019702 ).
Exp. 10992P.—Víctor Manuel
Bogantes Rojas y otro solicita concesión de: 0,08 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-230 en finca de su
propiedad en Mercedes (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agropecuario-granja
y consumo humano. Coordenadas 218.950 / 491.920 hoja Río Grande. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 18 de febrero del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016019723 ).
Exp. 9864-A.—Bernardita Fallas
Ureña solicita concesión de: 0,03 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de Saga S. A. en San Gabriel, Aserrí, San José, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 197.750 / 525.200 hoja Caraigres. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 20 de enero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—Solicitud N° 50223.—( IN2016019785 ).
Exp. 15445-P.—Agrícola Victoria
del Sur S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo IS-951 en finca de el mismo en San
Nicolás, Cartago, Cartago, para uso industria y
agropecuario-riego. Coordenadas 207.668 / 542.630 hoja Istarú.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 24 de
febrero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016019788 ).
Expediente Nº 11383P.—Francisco Matamoros
Ramírez, solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del acuífero, efectuando
la captación por medio del pozo NA-736, en finca de su propiedad en Santiago
(San Ramón), San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano - doméstico.
Coordenadas 229.270 / 484.070 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de febrero de 2016.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016020106 ).
Expediente
Nº 11376P.—Aceros Dume S. A., solicita concesión de:
0,10 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo NA-741, en finca de su propiedad en Puente de Piedra, Grecia, Alajuela,
para uso consumo humano, doméstico. Coordenadas 221.960 / 498.090 hoja Naranjo.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 08 de
diciembre de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—Solicitud N° 49514.—( IN2016020112 ).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
RESOLUCIONES
Nº 1311-E11-2016.—Tribunal Supremo de
Elecciones.—San José, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del
veinticinco de febrero de dos mil dieciséis.
Declaratoria
de elección de alcaldes y vicealcaldes de las municipalidades de los cantones
de la provincia de Heredia, para el período comprendido entre el primero de
mayo de dos mil dieciséis y el treinta de abril de dos mil veinte.
Resultando:
1º—Que de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 20-2015,
publicado en La Gaceta Nº 215 del cinco de noviembre de dos mil quince,
este Tribunal convocó a todos los ciudadanos inscritos como electores en el
Departamento Electoral del Registro Civil para que, ejerciendo el derecho
fundamental al sufragio en votación obligatoria, directa y secreta,
concurrieran a las respectivas juntas receptoras de votos el día domingo siete
de febrero de dos mil dieciséis, a fin de que procedieran a elegir alcaldes,
vicealcaldes primeros y segundos, regidores propietarios y suplentes, síndicos
propietarios y suplentes, miembros propietarios y suplentes de los concejos de
distrito, miembros propietarios y suplentes de los concejos municipales de
distrito en los lugares que corresponda, así como a los intendentes y viceintendentes de este último órgano, en los términos
establecidos en la referida convocatoria.
2º—Que para la elección de alcaldes y vicealcaldes de las
municipalidades de los cantones de la provincia de Heredia, los partidos
políticos que se indicará inscribieron en el Registro Electoral sus respectivos
candidatos, de conformidad con el siguiente detalle:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
3º—Que la respectiva votación se celebró el día domingo siete de
febrero de dos mil dieciséis, fecha en la cual los electores sufragaron ante
las respectivas juntas receptoras de votos, luego de lo cual este Tribunal
procedió a realizar el escrutinio definitivo de los votos emitidos.
Considerando:
I.—Del escrutinio definitivo de los sufragios emitidos para elegir
alcaldes y vicealcaldes de los cantones de la provincia de Heredia, se derivan
los siguientes resultados:
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
II.—El artículo 202 del Código Electoral establece que el alcalde y
los vicealcaldes municipales se elegirán por el sistema de mayoría relativa en
su cantón.
III.—De
las cifras consignadas anteriormente, las candidaturas indicadas y la
aplicación de la normativa electoral, según el caudal de votos obtenido por los
referidos partidos políticos, corresponde declarar electos en los cargos de
elección popular indicados a los ciudadanos que se dirá. Por tanto,
De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones
de orden constitucional y legal de que se ha hecho mérito, se declaran electos
alcaldes y vicealcaldes primeros y segundos de las municipalidades de los
cantones de la provincia de Heredia, para el período comprendido entre el
primero de mayo de dos mil dieciséis y el treinta de abril de dos mil veinte, a
los ciudadanos que a continuación se detalla:
HEREDIA
ALCALDE
900490376 JOSÉ MANUEL ULATE AVENDAÑO PLN
VICEALCALDESA
PRIMERA
401290119 OLGA SOLÍS SOTO PLN
VICEALCALDÍA
SEGUNDA
NO INSCRIBIO
CANDIDATURA PLN
BARVA
ALCALDE
401020440 CLAUDIO MANUEL SEGURA SÁNCHEZ FA
VICEALCALDESA
PRIMERA
304010908 DORISA MELANIA BALLESTERO GONZÁLEZ FA
VICEALCALDE
SEGUNDO
402190424 ALEJANDRO DE JESÚS GARITA MURILLO FA
SANTO DOMINGO
ALCALDE
106660080 RANDALL ARTURO MADRIGAL LEDEZMA PLN
VICEALCALDESA
PRIMERA
107940717 KATTIA RIVERA SOTO PLN
VICEALCALDESA
SEGUNDA
112710885 YAMILETH MARIA CHAVES SALAZAR PLN
SANTA BÁRBARA
ALCALDE
401140145 HÉCTOR LUIS ARIAS VARGAS PLN
VICEALCALDESA
PRIMERA
107860853 ELIANA MARÍA VÍQUEZ SALAS PLN
C.C. ELEANA VÍQUEZ SALAS
VICEALCALDE
SEGUNDO
401900646 VÍCTOR MANUEL HIDALGO SOLÍS PLN
SAN RAFAEL
ALCALDE
109020177 VERNY GUSTAVO VALERIO HERNÁNDEZ PLN
VICEALCALDESA
PRIMERA
401940295 ROXANA FRANCINIE MORERA BRENES PLN
VICEALCALDE
SEGUNDO
202110391 EDWIN ALFARO BOLAÑOS PLN
SAN ISIDRO
ALCALDESA
401500657 ANA LIDIETH HERNÁNDEZ GONZÁLEZ PUSC
VICEALCALDE
PRIMERO
401470957 MARVIN CHAVES VILLALOBOS PUSC
VICEALCALDE
SEGUNDO
108490317 MAURICIO MOREIRA ARCE PUSC
BELÉN
ALCALDE
401240551 HORACIO ALVARADO BOGANTES PUSC
C.C. HORACIO MARTÍN
ALVARADO BOGANTES
VICEALCALDESA
PRIMERA
401280702 THAIS MARÍA ZUMBADO RAMÍREZ PUSC
VICEALCALDE
SEGUNDO
400990492 JOSÉ FRANCISCO ZUMBADO ARCE PUSC
FLORES
ALCALDE
501660396 GERARDO ANTONIO ROJAS BARRANTES PLN
VICEALCALDESA
PRIMERA
110430576 ANA LUCÍA DELGADO OROZCO PLN
VICEALCALDE
SEGUNDO
105170726 MARIO MURILLO SÁNCHEZ PLN
SAN PABLO
ALCALDESA
105060579 ARACELLY SALAS EDUARTE PUSC
VICEALCALDE
PRIMERO
501930295 BERNARDO PORRAS LÓPEZ PUSC
VICEALCALDE
SEGUNDO
107900751 DAVID ZÚÑIGA ARCE PUSC
SARAPIQUÍ
ALCALDE
700750997 PEDRO ROJAS GUZMÁN PLN
VICEALCALDESA
PRIMERA
603020027 ANDREA AGUILAR SOLANO PLN
VICEALCALDE
SEGUNDO
401520994 ORLANDO MARTÍN BRENES VARELA PLN
En atención a lo dispuesto por el inciso h) del artículo 12 del Código
Electoral, notifíquese la presente declaratoria a quienes han resultado electos
por medio de la correspondiente secretaría municipal, así como a los Poderes de
la República, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría
General de la República, a la Defensoría de los Habitantes, al Instituto de
Fomento y Asesoría Municipal, a la Unión Nacional de Gobiernos Locales, al
Ministerio Público y a todos los partidos políticos que inscribieron
candidaturas para dicha elección. Publíquese en el Diario Oficial y en el sitio
web de este Tribunal.—Luis Antonio Sobrado González,
Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Vicepresidenta.—Max Alberto
Esquivel Faerron, Magistrado.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Luz de
los Ángeles Retana Chinchilla, Magistrada.—Erick Adrián Guzmán Vargas,
Secretario General.—1 vez.—Solicitud Nº 49546.—( IN2016025904 ).
Registro
Civil- Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Gabriela Izamara Vanegas Joaquín, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2475-2014. Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas dos
minutos del siete de agosto de dos mil catorce. Ocurso. Exp.
N° 49737-2012. Resultando 1°—..., 2°—…, Considerando: I.—Hechos probados:…
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Steven Antonio Sánchez Vanegas, en el sentido que el nombre y el segundo
apellido de la madre... son “Gabriela Izamara” y
“Joaquín” respectivamente y el asiento de nacimiento de Diego Andrés Sánchez
Vanegas, en el sentido que el segundo nombre y el segundo apellido de la
madre... son “Izamara” y “Joaquín”
respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(
IN2016019681 ).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luis Rodolfo
Ruchnor Masís, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1233-2012. Registro
Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez
horas del treinta de marzo del dos mil doce. Expediente Nº 42179-2011.
Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º— Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Luis Rodolfo Ruchnor Masís..., en el sentido que el primer apellido del padre,
consecuentemente el primer apellido del mismo es “Bucknor”
y el asiento de matrimonio Luis Rodolfo Ruchnor Masís con Ivonne Jeannette Rodríguez Rojas..., en el
sentido que el primer apellido del padre del cónyuge, consecuentemente el
primer apellido del mismo es “Bucknor”, asimismo
rectifíquese el asiento de nacimiento de Ariana Rucknor
Rodríguez... y el de Luisana Ruchnor Rodríguez..., en
el sentido que el primer apellido del padre... es “Bucknor”.—Lic.
Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a.
í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016019701 ).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Omar González Meza, se ha
dictado la resolución N° 6855-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas del
veintidós de diciembre de dos mil quince. Exp. N°
43506-2015. Resultando: 1º—..., 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese
el asiento de nacimiento de Ximena González Donoso, en el sentido que los
apellidos del padre son González Meza.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza
Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016019787 ).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Sandra María Salgado Moreno, se ha dictado la resolución N° 5358-2015, que en
lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las quince horas cinco minutos del siete de octubre de
dos mil quince. Expediente N° 33316-2015. Resultando: 1º—..., 2º—...,
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Julia Isabel
Valverde Moreno en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre son
Sandra María Salgado Moreno y de María Paz Valverde Moreno en el sentido que
los apellidos de la madre son Salgado Moreno.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(
IN2016019819 ).
Ronald
Michel López Solís, mayor, soltero, administrador de negocios, nicaragüense,
cédula de residencia N° R155812923724, vecino de San Nicolás, Central, Cartago,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp. N° 135372-2015.—San José, a las 10:11 horas, del 12 de enero de
2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016019848 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Leonor del Carmen
Zeledón Guzmán, se ha dictado la resolución N° 4733-2015, que en lo conducente
dice: Registro Civil. Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos, San José,
a las diez horas nueve minutos del siete de setiembre de dos míl quince, Exp. N° 29250-2015. Resultando:
1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de
Freddy José Castro Zeledón, en el sentido que el nombre de la madre es Leonor
del Carmen.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016020193 ).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Sheika
Malone Clayton Smith, se ha dictado la resolución N° 6015-2015, que en lo
conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas del cuatro de noviembre de dos mil
quince. Exp. N° 42512-2015. Resultando: 1º—...,
2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Luweyn Jonefer Hanson Clayton, en
el sentido que el nombre, el segundo apellido, la nacionalidad y el número de
cédula de identidad del padre son Jerson Alexander, Williamson,
costarricense y 7-0153-0818, respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—( IN2016022001 ).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Sara Alicia Reynolds Molina, mayor, casada,
del hogar, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806747400, vecina de Limón
centro, Pueblo Nuevo, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil, Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente Nº 132039-2014.—San José, a las 10:11
horas, del 12 de enero de 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—( IN2016019743 ).
Karen
Anielka Zelaya Martínez, mayor, soltera,
demostradora, nicaragüense, cédula de residencia N° R155806511017, vecina de
San José, Desamparados, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 132251-2014.—San José, a
las 10:11 horas del 12 de enero del 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2016019766 )
Vladimir
Pérez Vacalla, mayor, soltero, publicista, peruano,
cédula de residencia N° 160400170933, vecino de San José, Desamparados, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 131885-2014.—San José, a las 10:11 horas, del 12 de enero del
2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2015020164 ).
Catherine
Edith Briones Arce, mayor, soltera, asesora de ventas en bienes y raíces,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155815004128, vecina de Alajuela, La
Guácima, El Coco, Santiago Oeste del Mini Súper Pedregal, cincuenta metros al
norte, cien metros al oeste, mano derecha, casa color blanca, verjas negras, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 133720-2014.—San José, 3 de marzo de 2016.—Lic. German Alberto
Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016020217 ).
BENEMÉRITO CUERPOS
DE BOMBEROS DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA
N° 2016LP-000002-UP
Servicio de
soporte técnico y garantía de fabricante para
equipos de telecomunicaciones marca CISCO
y de
procesamiento marca HP del Cuerpo
de Bomberos de Costa Rica
El Benemérito Cuerpo de Bomberos invita a todos los interesados a participar
en la presente contratación, cuya apertura está programada para las 10:00 horas
del 20 de mayo 2016. El cartel se encuentra disponible en nuestro portal de
internet: www.bomberos.go.cr/proveeduria/concursos/ o bien podrán solicitarlo a
la dirección de correo electrónico: gfiatt@bomberos.go.cr.
Cualquier
consulta al respecto al teléfono: 2547-3700, extensión: 3850.
Unidad de Proveeduría.—Lic. Jéssica
Delgado López, Jefa.—1 vez.—( IN2016025708 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA
N° 2016LN-000002-UTN
Servicio por
demanda de acompañamiento y soporte
técnico para el Sistema Informático Avatar
La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional,
recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del viernes 20 de mayo del
2016, para la contratación de Servicio por demanda de acompañamiento y soporte
técnico para el Sistema Informático Avatar. El cartel, especificaciones y
posibles aclaraciones y modificaciones se encuentran en la página web www.utn.ac.cr,
link Contratación Administrativa > Contratación Administrativa >
Licitaciones Públicas.
Para consultas al correo: kherrera@utn.ac.cr con copia al
mgonzalez@utn.ac.cr y/o al fax: 2430-3496.
Lic. Miguel González Matamoros, Director.—1
vez.—Solicitud N° 52854.—( IN2016025704 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000002-CNR
Servicio de
mantenimiento preventivo
y correctivo de las UPS y aires de
precisión
El Consejo Nacional de Rectores avisa a los interesados que recibirá
ofertas hasta las 10:00 horas del 12 de mayo de 2016, para la contratación del
servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las UPS y aires de
precisión.
Para retirar el
cartel con los términos de referencia y las especificaciones técnicas pueden
descargar los archivos en la dirección: http://www.conare.ac.cr en los
siguientes enlaces: “Servicios”, “Documentos”, “Proveeduría”, “Contrataciones y
Licitaciones” o bien solicitarlo al correo electrónico:
proveeduria@conare.ac.cr
Pavas, 25 de abril de 2016.—MAP Jonathan Chaves
Sandoval, Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 0014628.—Solicitud N° 52969.—(
IN2016025543 ).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD
CENTRAL NORTE
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº
2016LN-000004-2299
Servicios integrales de despacho de recetas de farmacia
Área de
Salud de Alajuela Oeste
(Modalidad entrega según demanda)
Se les informa a todos los oferentes que
deseen participar de este proceso licitatorio, que el pliego cartelario y sus anexos, se encuentran disponibles en esta
sede regional, ubicada a 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo
de Heredia. Así mismo, a partir del día hábil siguiente a esta publicación
disponen de un máximo de 20 días hábiles para la presentación de las ofertas.
El último día hábil (20), se estará realizando el acto de apertura de ofertas
en la dirección antes indicada.
Para ver más detalles y corroborar información accesar
la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr
Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Ronald Villalobos Mejía.—1
vez.—Solicitud Nº 52858.—( IN2016025697 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000002-10
Máquinas y otros equipos de costura,
tapicería y zapatería
El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional de Cartago, recibirá ofertas por escrito
para este concurso, hasta las 10:00 horas del 23 de mayo del 2016. Los
interesados podrán obtener el Cartel de Contratación en la página web del INA,
dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles, o bien retirar el pliego
de condiciones, en el Proceso de Adquisiciones, sita Cartago, 300 metros este y
25 metros norte del Parque Central.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.— Solicitud N° 53028.—(
IN2016025502 ).
COMPRA DIRECTA Nº 2016CD-000082-02
Servicio de mantenimiento preventivo y
correctivo para los
elevadores marca Schindler ubicados en el Centro Nacional
Especializado en Turismo y en el Centro Nacional
Especializado Textil
El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de
Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 5
de mayo del 2016.
Los interesados podrán retirar el pliego de
condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional
Central Oriental, ubicado de Pizza Hut Paseo Colón,
250 metros al sur, contiguo a la Iglesia San Juan Bosco, Edificio Don Bosco,
primer nivel, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 53029.—(
IN2016025503 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000011-03
Compra de equipos para diagnóstico de
vehículos
El Proceso
Adquisiciones de la Unidad Región Central Occidental del Instituto Nacional de
Aprendizaje recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta las 11:00
horas del 18 de mayo del 2016.
Este pliego de condiciones es gratuito y está
a disposición de los interesados en este Proceso, sita en Naranjo, Alajuela,
300 metros al sur del cruce de Cirrí. Ver página web
del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 53030.—(
IN2016025515 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000012-03
Compra de equipo de electrónica para
telecomunicaciones
El Proceso Adquisiciones
de la Unidad Región Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje,
recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta las 11:00 horas del 19 de
mayo del 2016.
Este pliego de condiciones es gratuito y está
a disposición de los interesados en este Proceso, sita en Naranjo, Alajuela,
300 metros al sur del cruce de Cirrí. Ver página web
del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 53031.—(
IN2016025518 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000013-03
Compra de equipo Macintosh
El Proceso
Adquisiciones de la Unidad Región Central Occidental del Instituto Nacional de
Aprendizaje recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta las 11:00
horas del 20 de mayo del 2016.
Este pliego de condiciones es gratuito y está
a disposición de los interesados en este Proceso, sita en Naranjo, Alajuela,
300 metros al sur del cruce de Cirrí. Ver página web
del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 53032.—(
IN2016025520 ).
COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000026-03
Compra de equipo de lácteos para industria
alimentaria
El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional
de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del
5 de mayo del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el
cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur
del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA,
dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 53034.—(
IN2016025525 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CENTRO METROPOLITANO
PARA LA EDUCACIÓN
DE JÓVENES Y ADULTOS RICARDO
JIMÉNEZ
OREAMUNO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 001-2016
Contratación del proveedor de alimentos para
el comedor
estudiantil del Centro Metropolitano para la Educación de
Jóvenes y Adultos (CEMEJA), Ricardo Jiménez Oreamuno
La Junta
Administrativa del Centro Metropolitano para la Educación de Jóvenes y Adultos
Ricardo Jiménez Oreamuno (CEMEJA-RJO) cédula jurídica
tres-cero cero ocho-seiscientos noventa mil ochocientos cuarenta, recibirá
ofertas hasta las 15:00 horas del día 11 de mayo del año 2016, para la
“Contratación del proveedor de alimentos que supla de éstos al comedor
estudiantil del Centro Metropolitano para la Educación de Jóvenes y Adultos,
Ricardo Jiménez Oreamuno (CEMEJA-RJO).
La documentación para esta Licitación
Abreviada podrá obtenerse en las oficinas administrativas de la junta
administrativa, ubicada en la Escuela Ricardo Jiménez Oreamuno,
100 este del Hospital de la Mujer, Adolfo Carit.
El costo del cartel es de veinte mil colones.
Sergio Naranjo
Alvarado, Vicepresidente.—1 vez.—( IN2016025848 ).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000013-01
Adquisición solución para la gestión
de sesiones parlamentarias
Se avisa a todos los
interesados en la referida licitación que mediante oficio AL-DREJ-OFI-0743-2016
del 25 de abril de 2016, se acordó adjudicar la licitación abreviada N°
2016LA-000013-01 “Adquisición solución para la gestión de sesiones
parlamentarias” a la empresa: Más Música Internacional S. A. cédula
jurídica Nº 3-101-535785, por un monto total de ¢119.327.288,00.
San José, 25 de abril
del 2016.—Departamento de Proveeduría.—Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O. C. N° 26004.—Solicitud
N° 52968.—( IN2016025542 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000007-13801
Contratación
para la implementación de un servicio
de mensajería y herramientas
colaborativas
en la nube, según demanda
La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda avisa a todos
los interesados en esta licitación que por resolución Nº DAF-RA-006-2016 de las
ocho horas con cincuenta y cinco minutos del día 25 de abril del 2016, se
declara infructuosa esta licitación.
Se
aclara a todos los participantes en este concurso que el presente comunicado es
solo el resumen de la citada resolución, misma que se encuentra completa en el
sistema Comprared, en el expediente administrativo de
la licitación, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de internet.
San José, 25 de abril del 2016.—Proveeduría.—Msc. Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1
vez.—O. C. N° 3400027464.—Solicitud N° 52983.—( IN2016025545 ).
INSTITUTO
SOBRE ALCOHOLISMO
Y FARMACODEPENDENCIA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000002-99999
(Suspensión Adjudicación)
Compra
de un inmueble en Liberia
El IAFA comunica que en acuerdo N° 4 firme, sesión número 37-15,
celebrada el día jueves 3 de diciembre del 2015, la junta directiva acordó
dejar sin efecto el acuerdo firme número 7 de la sesión ordinaria N° 37-15,
referente a la compra de un inmueble en Liberia, por lo anterior la
adjudicación a la Empresa Friadel S.A queda sin
efecto.
Así mismo, en sesión ordinaria 10-16 celebrada el jueves 24 de abril
del 2016, acuerda declarar infructuosa la línea 4 del presente procedimiento,
respecto a la compra de la propiedad en la cuidad de Liberia.
San José, 26 de abril 2016.—Subproceso de
Adquisición de Bienes y Servicios.—Leónidas Ramírez Villalobos.—1 vez.—O. C. N°
201503100831.—Solicitud N° 53141.—( IN2016025829 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000001-01
Contratación
de la auditoría externa de estados financieros
del Fondo de Subsidios para la
Vivienda del BANHVI
(FOSUVI) del período 2015
El Banco Hipotecario de la Vivienda mediante resolución motivada de la
gerencia general, resolvió adjudicar el procedimiento de Licitación Abreviada
N° 2016LA-000001-01 para la “Contratación de la Auditoría externa de estados
financieros del Fondo de Subsidios para la Vivienda del BANHVI (FOSUVI) del
período 2015” a la empresa Despacho Lara Eduarte
S. A.
Dirección Administrativa.—Margoth
Campos Barrantes, Directora.—1 vez.—( IN2016025623 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la adjudicación del
siguiente proceso de contratación:
CONTRATACIÓN
DIRECTA 2016CD-000019-01
Auditoría
externa de los estados financieros
al 31
de diciembre del 2015
Según oficio AC-031-2016 del 21 de abril del 2016, se adjudica al Consorcio
EMD integrado por los profesionales Lic. Esteban Murillo Delgado, cédula de
identidad 1-905-622, Lic. Carlos Castro Umaña, cédula de identidad 1-746-043,
Lic. Frank Solano Castro, cédula de identidad 1-720-497, Lic. Davis Cantón
Pérez, cédula de identidad 7-160-323 y la Ing. Silvia Chinchilla Sáenz, cédula
de identidad 1-651-036, la única línea del cartel, por un monto total de
¢7.380.000,00 (Siete millones trescientos ochenta mil colones exactos).
El
control, seguimiento y fiscalización de la correcta ejecución de esta
contratación, estará a cargo del Departamento Financiero y el Área de
Contabilidad, esto con el fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones,
especificaciones, plazos, y demás condiciones de la contratación.
San Vicente de Moravia, San José.—Área de
Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto, Coordinadora.—1 vez.—(
IN2016025667 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000014-01
Adquisición
e instalación de extractores de aire
complementarios al procesamiento
en varios CEPROMAS ubicados
en la Región Huetar
Norte, Región
Chorotega y Región Brunca
Según Resolución Número 002-2016 emitida por la Presidencia Ejecutiva
del INDER ante el Recurso de Revocatoria interpuesto por la empresa Aires
Acondicionados AC Servicios S. A. en contra del acto de adjudicación de la
licitación abreviada de cita, en la cual se ordena la realización de un nuevo
estudio de ofertas, se notifica a los interesados el nuevo acto final dictado mediante
oficio GG-397-2016, que se transcribe:
Declarar
desierta la Licitación Abreviada N° 2015LA-000014-01 “Adquisición e instalación
de extractores de aire complementarios al procesamiento en varios CEPROMAS
ubicados en la Región Huetar Norte, Región Chorotega
y Región Brunca”, por cuanto de conformidad con los
oficios ASA-0215-2016 y CONSR-ARH-013-2016, el INDER carece de profesionales
que puedan fungir como contraparte técnica especializada en el área eléctrica,
que permitan el estudio técnico de las ofertas.
San Vicente de Moravia, San José.—Área
de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—(
IN2016025668 ).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000054-02
Contratación
de servicios para el mantenimiento de vehículos
en la modalidad de entrega según
demanda
Se
informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según acuerdo tomado por
la gerencia general de RECOPE, mediante oficio GG-0304-2016, de fecha 22 de
abril del 2016, de acuerdo con el siguiente detalle:
Oferta Nº
|
Dos (2)
|
Oferente
|
Todo en Frenos y Clutch Dos Mil Uno S. A.
|
Representante legal
|
Verny Sevilla Jiménez
|
Descripción
|
Contratación de un taller de mecánica en la modalidad de consumo según
demanda, para que brinde el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo
a la flotilla de vehículos de RECOPE del Área de Transportes del Departamento
de Administración de Servicios Generales.
|
Forma de pago
|
Mensual, mediante transferencia bancaria. Contra presentación de
factura.
|
Plazo contractual
|
Un año, prorrogable por dos periodos iguales a opción y
discrecionalidad de RECOPE.
|
Tiempo de entrega
|
Mantenimiento preventivo: Dos (2) días hábiles, conforme lo indicado
en el cartel.
Mantenimiento correctivo: Tres (3) días hábiles, conforme lo indicado
en el cartel.
|
Garantía
|
Seis (6) meses en trabajos de enderezado y pintura.
Tres (3) meses en trabajos relacionados con la mecánica,
electromecánica.
|
Notas importantes:
1) El
adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la
firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento por un monto de ¢2.950.000,00, de conformidad con los términos
establecidos en la cláusula 1.11.2.
2) La presente contratación se formalizará mediante la suscripción de
un contrato que será aprobado internamente por la Dirección Jurídica.
3) A efectos de la legalización de cada pedido el contratista deberá reintegrar
las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% según lo definido en la
cláusula 1.11.3 del pliego cartelario.
4) El adjudicatario deberá aportar la certificación de personería
jurídica de la sociedad, así como del monto del capital, naturaleza, propiedad
y distribución de las acciones que lo conforman.
5) La presente contratación se formalizará por un periodo de un (1)
año. No obstante, se hace la aclaración que de
conformidad con las demandas proyectadas, la misma no podrá superar el límite
económico establecido para este procedimiento de contratación.
6) Los precios unitarios que regirán en la presente contratación son
los definidos por el adjudicatario en la propuesta de mejora de precios.
7) La presente adjudicación contempla la bolsa de repuestos cuya
cuantía se estima en ¢43.000.000,00, para cada año de conformidad con lo
indicado en el oficio ASG-0156-2016 emitido por la instancia técnica.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del
sitio web www.recope.com
se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por
escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dirección
de Suministros.—Norma Iris Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—O. C. N° 201504132.—Solicitud N° 53124.— ( IN2016025819 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000001-02
(Notificación de declaratoria de infructuoso)
Suministro e instalación de bomba centrifuga
Se informa que la
Gerencia de Distribución y Ventas de Recope, mediante
oficio GDV-0147-2016 de fecha 21 de abril del 2016, con fundamento en lo establecido
en el artículo N° 86, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa,
declara Infructuoso el presente concurso. Lo anterior, considerando que
conforme a lo indicado por la Dirección Jurídica en los oficios DJU-0272-2016 y
DJU-0302-2016, la oferta base N° 2 presentada por el Consorcio Ingeniería
Agrícola y de Mantenimiento Electromecánico S.A. y EYSA Equipos y Servicios
Industriales del Atlántico S. A. se declaró inadmisible; por otra parte, la
oferta base No 1 de esta misma plica así como la oferta base N° 2 de Productos
Importados Mejía PIME S.A. y N° 3 de Consorcio Interop-CEOV,
conformada por Operaciones Internacionales S. A. y Compañía Eléctrica Osmín Vargas S. A., conforme los defectos presentados y
resultados obtenidos del análisis técnico, según oficios IDV-0137-2016 e
IDV-0217-2016, se determinaron como incumplientes. Además se solicita proceder con la recotización
de este concurso, según lo indicado en el oficio IDV-0137-2016.
Se recuerda a los proveedores y demás
interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas
las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.
Norma Iris Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2015004132.—Solicitud
N° 53131.—( IN2016025822 ).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
CONTRATACIÓN DIRECTA
POR EXCEPCIÓN Nº 2015CD-001131-99999
Patrocinador oficial de las Fiestas San José
2015-2016
Se comunica a los
interesados del presente concurso, que por Acuerdo Nº 1, Artículo IV, de la
Sesión Ordinaria Nº 305, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón
Central de San José, el día 01 de marzo 2016, declara infructuoso el presente
concurso.
San José, 5 de abril
del 2016.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 51179.—O.C. Nº
137610.—( IN2016022136 ).
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
ÁREA DE CONSERVACIÓN LA AMISTAD PACÍFICO
DIRECCION REGIONAL
El día 20 de abril del
2016, en La Gaceta N° 75, página N° 23, se publicó la convocatoria a la
asamblea ordinaria para nombrar los puestos propietarios y suplentes para
conformar el Consejo Regional del Área de Conservación La Amistad Pacífico
(CORACLAP) por error se indicó que se llevará a cabo el día viernes 23 de junio
del 2016, siendo lo correcto el jueves 23 de junio del 2016.
Lic. Ronald Chan
Fonseca, Director ACLA-P.—1 vez.—O. C. N°
DFC-0024.—Solicitud N° 53007.—( IN2016025757 ).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000001-PROV
(Aclaración Nº 1)
Compra
e instalación de aires acondicionados para las salas
de juicio de Los Tribunales de
Justicia de Heredia
El Departamento de Proveeduría avisa a todo el potencial interesado a
participar en el procedimiento de contratación en referencia, que existe una
modificación correspondiente a la visita en sitio, la cual puede ser consultada
en el cartel modificado. La fecha de apertura de las ofertas se mantiene
invariable.
Para
ello, los interesados podrán obtener los carteles a través de internet, en la
siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (Ingresar al botón
“Invitaciones”). Los demás términos y condiciones permanecen inalterables
San José, 22 de abril del 2016.—Proceso
de Adquisiciones.—Mba. Yurli
Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 52997.—(
IN2016025675 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000005-01
Contratación
del servicio de información inteligente
La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de
Cartago, informa a los potenciales oferentes interesados en participar en la
licitación supracitada, que la fecha de apertura de
ofertas se prórroga hasta las 10:00 horas del 5 de mayo del 2016, únicamente en
la Proveeduría, sita en Cartago; 200 metros sur, de la Estación de Servicio
Delta, en La Lima, en las instalaciones del Almacén Fiscal y Depósito Agrícola
de Cartago. A la vez se les recuerda que el cartel está a disposición
solicitándolo mediante la dirección electrónica
katherine.espinoza@bancreditocr.com.
Proveeduría y Licitaciones.—Katherine
Espinoza Rojas, Ejecutiva de contratación.—1 vez.—O. C. N° pg-15.—Solicitud N°
53008.—( IN2016025694 ).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000001-2102
(Reprogramación de apertura)
Reactivos varios
La Subárea
de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios les informa a
todos los potenciales oferentes que el nuevo plazo para recibir ofertas será
hasta el día 16 de mayo de 2016 a las 9:00 horas.
El cartel no sufrió modificación alguna.
San José, 26 de abril
del 2016.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Andrés Araya Jiménez, Coordinador.—1 vez.—(
IN2016025599 ).
PROYECTO EXPEDIENTE DIGITAL ÚNICO DE SALUD
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000001-1107
Adquisición
del servicio sostenibilidad para la gestión del
desarrollo y mantenimiento de
soluciones móviles, para
el
Expediente Digital Único en Salud (EDUS) y otros
de interés de la Caja
Costarricense de Seguro
Social.
Solicitud de publicación en el Diario
Oficial La Gaceta
A los oferentes interesados en participar en el concurso antes
mencionado, se aclara que la fecha de apertura de las ofertas es el día martes
03 de mayo del 2016 a las 10:00 horas. Las demás condiciones permanecen
invariables.
Gerencia de Infraestructura y Tecnologías.—San José, 25 de abril del 2016.—Ing. Manuel
Rodríguez Arce, MAP.—1 vez.—( IN20160 ).
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
2016LA-000014-05101
(Aviso 2)
(Prórroga
a la fecha de apertura de ofertas)
Solución
para la administración de eventos y seguridad de la información (Correlacionador de eventos)
A los oferentes interesados en participar en
el concurso antes mencionado, se les comunica que la fecha de apertura de
ofertas se prorroga para el día 12 de mayo del 2016 a las 8:00 horas, motivo
que el sistema de compras electrónicas Compra Red no funcionó desde el 18-04-16
al 21-04-16 inclusive y además se realizaron algunas modificaciones en el
pliego cartelario debido a recursos de objeción
contra el cartel, por lo tanto se encuentra visible el
nuevo cartel unificado. Ver detalles en la plataforma electrónica Compr@Red.
San José, 26 de abril 2016.—Lic.
Maynor Barrantes Castro Jefe a. í.—1 vez.—O. C. N°
1232.—Solicitud N° 141948.—( IN2016025792 ).
PROCESO ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000028-03
Contratación servicio de mantenimiento
preventivo y
correctivo de los equipos de gas, vapor y electromecánicos
de las plantas didácticas del Centro de Desarrollo
Tecnológico de Industria Alimentaria
En publicación en el
Diario Oficial La Gaceta N° 78 del lunes 25 de abril del 2016, en la página
29 por un error involuntario se indicó Compra Directa 2016CD-000026-03 siendo
lo correcto Compra Directa 2016CD-000028-03. Por lo anterior léase
correctamente Compra Directa 2016CD-000028-03 para la Contratación servicio
de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de gas, vapor y
electromecánicos de las plantas didácticas del Centro de Desarrollo Tecnológico
de Industria Alimentaria. Lo demás indicado en la publicación supra citada se
mantiene invariable.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 53033.—(
IN2016025528 ).
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2016LN-000001-MMO
Diseño
y construcción de piscina municipal en el
Polideportivo Regiomontano
Monterrey
La Proveeduría de la Municipalidad de Montes de Oca, invita a todos
los posibles oferentes para que participen en el proceso de Licitación N°
2016LN-000001-MMO, para el diseño y construcción de piscina municipal en el
Polideportivo Regiomontano Monterrey, publicada el día 26 de marzo en La
Gaceta N° 79, les informamos que no es en la plataforma MER-LINK, se
mantendrá el plazo de fecha de apertura tomando como base la fecha de La
Gaceta N° 79, se debe solicitar el cartel en la Proveeduría Municipal.
San Pedro de Montes de Oca, a los 26 días del mes de abril del 2016.—Proveeduría.—Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal, MBA,
Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2016025760 ).
La Junta Directiva Nacional en sesión 5354 del 10 de marzo del 2016,
modificó los artículos 13 y 19 del Reglamento de Venta de Bienes Adjudicados,
los cuales se leerán de la siguiente manera:
“Artículo 13.—Funciones de la Comisión de
Bienes Adjudicados. Son funciones de la Comisión:
a) Autorizar
ventas a precio no inferior al treinta por ciento (30%) del precio del último
avalúo, siempre y cuando cumpla, simultáneamente con los literales i y ii:
i. Se
vendan a entidades indicadas en los incisos d) y e), del artículo 19 de este
Reglamento y en criterio razonado y técnicamente motivado por la Comisión, la
venta solvente o coadyuve a solventar el interés público.
ii. Haya transcurrido el plazo indicado en el inciso 8.5 del artículo 8
de este Reglamento y se trate de bienes usurpados, sujetos a derechos indivisos
o con anotaciones o gravámenes que dificulten su venta, y en criterio razonado
y técnicamente motivado por la Comisión, se acredite que la venta es
conveniente en función del costo-beneficio.
b) Autorizar que un bien de los indicados en el artículo 2 de este
Reglamento se traspase en firme como un activo del Banco, por razones de
conveniencia institucional y con fundamento en un criterio técnico razonado.
c) Fungir como nivel resolutivo, conforme a lo indicado en el inciso
c) del artículo 15 de este Reglamento.
d) Autorizar ventas a instituciones públicas y a organizaciones
sociales, indicadas en los incisos d) y e) del artículo 19 de este Reglamento.
Las funciones indicadas en este artículo son
indelegables. Sus titulares deben decidir sobre el encargado del levantamiento
de las actas correspondientes”.
Artículo 19.—Readquisición
de bienes adjudicados, venta a Instituciones públicas y organizaciones
sociales. El Banco puede vender el bien a la persona expropietaria o poseedora,
así como a instituciones públicas u organizaciones sociales, sin observar lo
indicado en los artículos 8 y 9 de este Reglamento siempre y cuando así lo
soliciten antes de que se ordene la primera publicación para la venta. La venta
debe hacerse en las siguientes condiciones:
a) Venta
a la persona expropietaria no deudora o no codeudora. Esta venta debe
efectuarse conforme con lo establecido en los artículos 16 y 17 de este
Reglamento y debe efectuarse por el monto del avalúo.
b) Venta a la persona poseedora del bien o ex poseedora por desalojo
judicial, entendiéndose como tal, quien tenga con respecto a la persona
expropietaria el siguiente vínculo: Cónyuge, excónyuge,
compañero(a) en unión libre, cualquier persona con la cual haya procreado un
hijo(a) debidamente reconocido, hijos (as), padre, madre o hermanos (as), para
lo cual deben aportar pruebas a satisfacción del Banco que demuestren su
condición de poseedores. Esta venta se rige por lo indicado en el inciso
anterior.
c) Venta a la persona expropietaria, siempre y cuando haya sido exdeudora o excodeudora. En este
caso, la persona interesada debe pagar al Banco la totalidad de lo adeudado,
con base en una liquidación efectuada por el Área de Bienes Adjudicados por
concepto de saldo adeudado, intereses corrientes y moratorios, costos
personales y procesales y otros gastos generados en la recuperación del crédito
y por cualquier otro concepto. La venta debe hacerse de contado y debe
respetarse lo indicado en el artículo 17 de este Reglamento.
d) Venta a Instituciones Públicas. El Banco podrá vender a
instituciones públicas, sin que medie trámite de publicación. Esta venta debe
efectuarse conforme a lo establecido en los artículos 16 y 17 de este
Reglamento, y debe efectuarse por el monto del avalúo respetándose lo
establecido en la Ley de Contratación Administrativa, su Reglamento y demás
disposiciones aplicables, todo previo criterio razonado de la Comisión de
Bienes Adjudicados.
e) Venta a organizaciones sociales. El Banco podrá vender a
organizaciones sociales sin fines de lucro y con al menos un año de haberse
inscrito en el registro correspondiente y estar cumpliendo con sus objetivos,
sin que medie trámite de publicación. Esta venta debe efectuarse conforme con
lo establecido en los artículos 16 y 17 de este Reglamento debe efectuarse por
el monto del avalúo, todo previo criterio razonado de la Comisión de Bienes
Adjudicados.
La persona indicada en el inciso c) anterior,
contará con 10 días hábiles a partir de haber sido notificada del desalojo o la
puesta en posesión, para solicitar por escrito al Área de Bienes Adjudicados,
su interés de readjudicación. Agotado el plazo, no
habrá derecho de prelación y de recibirse varias ofertas, prevalece la que se
presente en primer lugar”.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Área de Gestión y Análisis de Compras.—Licda.
Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN20160 ).
REFORMA AL
REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN,
USO Y CONTROL DE LÍNEAS Y TELÉFONOS
CELULARES
PROPIEDAD DEL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA
SOCIAL
Y RECONOCIMIENTO DEL PAGO DE TARIFAS EN
TELÉFONOS CELULARES PROPIEDAD DE
FUNCIONARIOS (AS)
Artículo 8º—Usuarios(as)
del servicio. Se encuentran facultados de pleno derecho para utilizar
teléfonos celulares, que pertenezcan al IMAS y/o sean de su propiedad, en
virtud de sus cargos:
a. Presidente(a) Ejecutivo(a).
b. Auditor(a) Interno(a) y Subauditor(a)
Interno(a)
c. Gerente(a) General
d. Subgerentes (as)
e. Director(a) de la Red Nacional de Cuido y
Desarrollo Infantil (Redcudi).
f. Administrador(a) General de Empresas
Comerciales
g. Aseso (a) Jurídico(a) General
h. Jefes (as) de Áreas Regionales.
i. Aquellos (as) funcionarios (as) autorizados
(as) expresamente, en razón de sus funciones, por el Consejo Directivo.
j. Personas Cogestoras Sociales.
Artículo 12.—Del pago del servicio telefónico.
Independientemente del tipo de contrato que se suscriba con el funcionario(a),
sea por asignación de servicio celular propiedad del IMAS o bien, por
reconocimiento de tarifa telefónica por uso de teléfono propio, las tarifas se
regirán por las siguientes disposiciones:
1. El Presidente(a) Ejecutivo(a) y el Gerente(a) General del IMAS
podrán hacer uso discrecional del equipo sin límite de facturación pudiendo
realizar las llamadas internacionales que considere conveniente en razón de las
funciones y jerarquía propias de su cargo, así como acceso a Internet. b) A los
(as) Subgerentes (as), el Auditor(a) y Subauditor(a)
de la Institución, se les cancelará hasta cuatro veces la tarifa mínima
mensual, establecida por la compañía telefónica, así como acceso a Internet,
sin que se les permita llamadas internacionales.
2. Al Administrador(a) General de Empresas Comerciales, el
Asesor(a) Jurídico(a) General y los (as) Jefes (as) de Áreas Regionales,
Director(a) de Redcudi y Personas Cogestoras
Sociales se les cancelará hasta tres
veces la tarifa mínima mensual, establecida por la compañía telefónica, así
como acceso a Internet y no se les permite llamadas internacionales.
3. A los funcionarios (as) citados (as) en el
artículo 8 inciso i) de este Reglamento, se les reconocerá una tarifa mínima
mensual, establecida por la compañía telefónica, así como acceso a Internet,
sin que se les permita llamadas internacionales.
4. En todas aquellas situaciones en que el
funcionario del Instituto sea el propietario del teléfono celular, se le pagará
de acuerdo al detalle anteriormente indicado, sin que se deban cancelar montos
correspondientes a impuestos y tasas.
Lic. Daniel A. Morales
Guzmán, Subgerente de Soporte Administrativo.—1 vez.—(
IN2016019679 ).
REFORMA AL REGLAMENTO DEL FONDO DE
JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS
VENDEDORES DE LOTERÍA
La Junta Directiva de
la Junta de Protección Social, mediante JD-010 correspondiente al artículo V),
inciso 5) de la sesión ordinaria 01-2016 celebrada el 12 de enero del 2016,
acuerda la modificación del Reglamento del Fondo de Jubilaciones y Pensiones de
los Vendedores de Lotería, para que los artículos 3º, 18, 28, 36 y 40, en lo
sucesivo se lean de la siguiente manera:
Artículo
3º—Del giro de los aportes: La Junta girará mensualmente a FOMUVEL, como máximo
en los primeros veinte días naturales del mes siguiente a la realización de los
sorteos de loterías tradicionales efectuados cada mes, un monto equivalente al
uno por ciento (1%) de las ventas efectivas, como aporte al fondo de pensiones.
En lo que corresponde a la lotería instantánea, los recursos por este concepto
se girarán como plazo máximo, en los primeros veinte días naturales del mes posterior
a la fecha establecida por la administración de la JPS, para la recepción de la
devolución de la lotería instantánea en poder del vendedor. Asimismo, los
cotizantes, aportarán, mediante transferencia practicada por la Junta a
FOMUVEL, el 25 por ciento de ese mismo monto.
Artículo
18.—Derecho a la prestación actual.
a) Tendrá derecho a la
jubilación, el cotizante que cumpla con los requisitos de edad y número mínimo
de cotizaciones que se indican en este Reglamento.
b) Para acceder a las
prestaciones económicas de pensión por invalidez se requiere un mínimo de 60
cotizaciones registradas al Régimen y haber sido declarada una invalidez, todo
conforme se dispone en este Reglamento.
c) Los derechohabientes de un
pensionado o cotizante activo que fallezca, disfrutarán de una pensión por
sobrevivencia, siempre que cumplan con los requisitos de elegibilidad que se
indican en este Reglamento.
Artículo
28.—Proporcionalidad de cotización. Se define la
proporcionalidad de la cotización para un cotizante específico como la media
aritmética de todos los valores resultantes de la siguiente relación, calculada
por venta semanal, en las que dicho cotizante específico haya participado como
tal:
Vi * QVsj
V sj
Donde:
• Vi es la venta semanal en
colones del cotizante i (un cotizante específico). En este caso se utilizará el
rango completo de semanas en las cuales el cotizante estuvo registrado como
tal, según definición del Artículo 2 del presente Reglamento. Para los
vendedores que hayan obtenido la autorización concedida por la Junta de
Protección Social para la venta de lotería, con anticipación a la publicación
de la Ley 8718 del 17 de febrero del 2009, la fecha de inicio para el cálculo
de proporcionalidad será la antes mencionada. Para los vendedores que hayan
obtenido la autorización en fecha posterior, esa será la que se utilice para
tales fines. La fecha de corte para el cálculo de proporcionalidad, será el día
hábil siguiente de realización del último sorteo en que el vendedor retiró
lotería.
QVsj es la cantidad
total de cotizantes de lotería que vendieron lotería durante la semana j (una
semana específica).
• Vsj es la venta
efectiva que realizó la Junta en la semana j (una semana específica).
La Junta
realizará el cálculo de la media aritmética indicada, y suministrará a FOMUVEL
el dato de proporcionalidad de la cotización dentro de los diez días hábiles posteriores a
la fecha de realización del último sorteo en que el vendedor retiró lotería, a
efecto de facilitar la correcta determinación de la cuantía de la pensión que
le corresponde al beneficiario. Lo anterior de conformidad con lo establecido
en el artículo 22 de la Ley N° 8718.”
Artículo
36.—Extinción del derecho a las prestaciones. El
derecho a recibir una pensión se extingue cuando sobrevenga alguna de las
siguientes circunstancias:
a) La muerte, demostrada mediante
certificado de defunción del pensionado o jubilado que gozaba de este
beneficio, o la presunción de ausencia de éste, una vez que haya sido declarada
firme por la vía judicial.
b) La muerte, demostrada mediante
certificado de defunción del derechohabiente que gozaba de un beneficio por
sobrevivencia, o la presunción de ausencia de éste, una vez que haya sido
declarada firme por la vía judicial.
c) La mayoría de edad, la
conclusión de sus estudios o el cumplimiento de los 25 años, del huérfano según
fuere el caso, de acuerdo con lo establecido en este Reglamento.
d) El matrimonio de los hijos
menores o mayores que sean beneficiarios de una pensión por orfandad.
e) La superación del estado de
invalidez que le concedió el derecho, cuando esto sea informado así a FOMUVEL.
f) Ocupación remunerada, cuyo
ingreso sea superior al salario mínimo de la Administración Pública.
g) Los mayores de dieciocho años
y menores de veinticinco que se encuentren disfrutando el derecho a la pensión
por orfandad, y que no demuestren haber matriculado estudios por doce meses
consecutivos, salvo casos de fuerza mayor debidamente demostrados a
satisfacción de FOMUVEL.
Cuando
se compruebe que un pensionado o derechohabiente ha incumplido cualquier
disposición de este Reglamento, o ha suministrado información falsa con el fin
de gozar de los beneficios, se iniciará un proceso de extinción del derecho del
otorgamiento de los beneficios acordados.
Artículo
40.—Procedimiento de declaratoria de la revaloración.
En los meses de julio de cada año, se realizará el estudio actuarial con el que
se determinará si procede el ajuste en los montos de las pensiones en curso,
con corte al 30 de junio de cada año, de manera que cuando proceda tal ajuste,
dentro del estudio se
recomendará el nivel y la forma de dicha variación.
Fomuvel determinará la
revaloración de las pensiones, con estricta sujeción a los estudios
actuariales. Cuando el ajuste resulte procedente, Fomuvel
lo comunicará a la SUPEN y lo publicará en el Diario Oficial La Gaceta.
Transitorio
I.—Cotizantes con 70 años o más. Los cotizantes que al momento de entrada en
vigencia del presente Reglamento tengan 70 años o más, tendrán derecho a la
pensión. El monto de pensión será un porcentaje del salario de referencia,
según el artículo 26 del presente Reglamento. Dicho porcentaje dependerá de la
edad a que decida el cotizante retirarse, de acuerdo a la siguiente tabla:
Edad de Retiro
|
Porcentaje de Pensión
|
70
|
la proporcionalidad de cotización X 60%
|
71
|
la proporcionalidad de cotización X 64%
|
72
|
la proporcionalidad de cotización X 68%
|
73
|
la proporcionalidad de cotización X 72%
|
74
|
la proporcionalidad de cotización X 76%
|
75 o más
|
la proporcionalidad de cotización X 80%
|
Rige a partir de su publicación.
Julio Canales Guillén,
Gerente General a. í.—1 vez.—O. C. N° 20161.—Solicitud
N° 49699.—( IN2016019696 ).
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del
Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica en su Sesión Ordinaria Nº 26-2015
del lunes 31 de agosto del 2015 mediante acuerdo Nº 551-2015, acordó aprobar el
“Manual de Uso del Libro de Servicios Profesionales Digital”; deroga las normas
de igual o menor rango que se opongan al presente manual.
MANUAL DE USO DEL LIBRO DE SERVICIOS
PROFESIONALES DIGITAL
DEL COLEGIO
DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
CAPÍTULO I
Introducción
Este Manual de Uso del
Libro de Servicios Profesionales Digital del Colegio de Contadores Públicos de
Costa Rica establece el procedimiento esencial mínimo y requisitos que deberá
contener el libro de servicios profesionales en versión digital, requisitos que
serán considerados por el Departamento de Fiscalía cuando sea requerido dicho Libro
de Servicios Profesionales.
Con el Libro de Servicios Profesionales
Digital se pretende que los profesionales resguarden de forma ordenada la
facturación realizada por los servicios prestados así
como los timbres utilizados por medio del sistema digital. Se debe tener en
cuenta que el libro de servicios profesionales que se establece en el artículo
15 del Reglamento a la Ley N° 1038 Ley de Regulación de la Profesión de
Contador Público y creación del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica,
será llevado directamente por el Colegiado y según los requisitos establecidos
en dicho cuerpo normativo.
La Fiscalía en caso de requerir el libro ya
sea por denuncia o por oficio, podrá solicitar al profesional el libro
respectivo.
Este manual se presenta como apoyo a los
Contadores Públicos Autorizados en el ejercicio de su profesión. El Libro de
Servicios Profesionales Digital no será necesario legalizarlo ante el Colegio
de Contadores Públicos de Costa Rica.
Objetivo: todo Contador
Público Autorizado que ejerza libremente la profesión, deberá llevar un “Libro
de Servicios Profesionales” en formato digital. Asimismo
se proporciona a las y los profesionales miembros del Colegio de Contadores
Públicos de Costa Rica una guía con los requisitos mínimos que deberá cumplir
el Libro de Servicios Profesionales Digital.
CAPÍTULO II
Normativa aplicable
Este Manual de Uso del
Libro de Servicios Profesionales Digital está basado en el artículo 15 del
Reglamento del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica de la Ley N° 1038
“Regulación de la Profesión de Contador Público y creación del Colegio de
Contadores Públicos”, que establece los requisitos de dicho libro.
Artículo 1º—El presente Manual regulará el uso
del Libro de Servicios Profesionales Digital de conformidad con lo que
establece el artículo 15 del Reglamento del Colegio de Contadores Públicos a la
Ley N°1038 “Regulación de la Profesión de Contador Público y creación del
Colegio de Contadores Públicos”.
Artículo 2º—Requisitos del Libro de
Servicios Profesionales Digital: en el libro se consignará en orden
cronológico cada servicio profesional cumpliendo con los siguientes requisitos:
a) Nombre y domicilio del cliente.
b) Fecha de inicio y terminación del trabajo.
c) Descripción sintética del trabajo.
d) Honorarios cobrados.
e) Monto del timbre o de los timbres adheridos y
cancelados; y
f) Si se hizo el trabajo solo o con la
colaboración de otro colega, en cuyo caso se debe indicar el nombre y número de
registro de éste.
Artículo 3º—Del
formato digital del libro: el Libro de Servicios Profesionales Digital será
llenado por cada profesional en un programa y formato actual que pueda ser accesado en cualquier computadora. Será deber del
profesional llevar el Libro al día según los trabajos realizados por él.
Artículo 4º—De la solicitud de los Libros
de Servicios Profesionales Digital: el libro de servicios profesionales
digital podrá ser requerido por el Departamento de Fiscalía del Colegio de
Contadores Públicos de Costa Rica en el momento que lo considere oportuno, ya
sea porque existe una denuncia a solicitud de parte o de oficio. En el momento
que el libro sea solicitado, el profesional estará en el deber de entregarlo al
funcionario por medio de un dispositivo de almacenamiento, ya sea CD, memoria
USB u otro, preferiblemente en PDF u otro software similar, con la finalidad de
que el mismo no pueda ser modificado.
Transitorio N° 1:
los que tengan libros legalizados en uso, lo pueden utilizar hasta dentro del
plazo de un año a partir de la publicación de la reforma efectuada al artículo
15 del Reglamento del Colegio de Contadores Públicos de la Ley N° 1038
“Regulación de la Profesión de Contador Público y creación del Colegio de
Contadores Públicos”. Posteriormente, solo se puede llevar de manera digital.
Rige a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta. Lic. Francisco Ovares Moscoa,
Presidente de la Junta Directiva. Licda. Gabriela Atán
Chan, Prosecretaria de la Junta Directiva.
Lic. Mauricio Artavia Mora, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2016019911 ).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-753-2016.—León Flores Inés,
costarricense, cédula 1 0186 0936, ha solicitado reposición del título de
Bachiller en Filología Española. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, a los dieciséis días del mes de febrero del año
dos mil dieciséis.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge,
Director.—( IN2016020197 ).
VICERRECTORÍA
ACADÉMICA
DEPARTAMENTO
DE REGISTRO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha
presentado solicitud de reposición de diploma, por: Extravío, correspondiente
al título de Maestría en Educación Rural Centroamericana. Grado académico:
Maestría, registrado en el libro de títulos bajo: Tomo: 26. Folio 204. Asiento:
3147, a nombre de: Rodríguez Cabrera Ana Roxana, con fecha: 3 de diciembre del
2010, cédula de identidad: 000163911. Se publica este edicto para oír oposiciones
a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en La Gaceta, Heredia, 29 de febrero del
2016.
Departamento de Registro.—Programa de
Graduación.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2016020039 ).
ENERGÍA ELECTRICIDAD
La Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública, de
conformidad con lo señalado en el oficio 074-CDR-2016 de Aresep;
para exponer la propuesta de:
“METODOLOGÍA TARIFARIA ORDINARIA Y
EXTRAORDINARIA
PARA FIJAR EL MARGEN DE COMERCIALIZACIÓN A
LAS
ESTACIONES DE SERVICIO TERRESTRES, CON
PUNTO FIJO
DE VENTA, QUE EXPENDEN COMBUSTIBLES
DERIVADOS
DE LOS HIDROCARBUROS”
Se propone esta
metodología con el fin de fijar el margen de comercialización a las estaciones
de servicio terrestres, con punto fijo de venta, que expenden combustibles
-Gasolina Súper y Regular (Plus 91), Diésel y Gas Licuado de Petróleo (GLP)
para carburación- derivados de los hidrocarburos. Se excluyen de esta
metodología las estaciones de servicio exclusivas de GLP y las estaciones de
servicio para aeronaves. Para las estaciones de servicio marítimas, se aplicará
de manera transitoria el margen resultante de la aplicación de la presente metodología,
entre tanto la Autoridad Reguladora defina una metodología propia.
La metodología
propuesta se aplicará de oficio anualmente por la Autoridad Reguladora, a nivel
nacional, a todos los distribuidores con punto fijo de venta (estaciones de
servicio), con independencia de sus características específicas de tamaño,
ubicación, líneas de producto y volumen de ventas.
La metodología
propuesta consiste en la definición de una estación de servicio terrestre, con
punto fijo de venta, de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas para
la construcción, remodelación de estaciones de servicio y tanques de
almacenamiento. Esto con el fin de que operen dentro de las condiciones de
seguridad y funcionalidad contenidas en el Decreto N° 30131-MINAE-S -sus reformas
o el Decreto que corresponda- y preservando la integridad del ambiente. Para lo
anterior la metodología establece los siguientes objetivos:
a. Especificar
las características requeridas por una estación de servicio, para brindar el
servicio de distribución de combustible.
b. Contar
con procedimientos de cálculo de tarifas que sean más transparentes,
comprensibles y verificables.
c. Especificar
y acotar la estructura de costos y gastos a los necesarios para prestar el
servicio.
d. Establecer
los procedimientos de cálculo requeridos para la estimación de ingresos, costos
y rédito.
e. Reconocer
en la estructura de costos y gastos, los recursos necesarios para cumplir con
la normativa de seguridad y calidad, además de promover su aplicación en las
estaciones de servicio.
f. Especificar
los criterios para obtener el costo de los ítems de inversión, operación,
mantenimiento y administración, para la aplicación de la metodología tarifaria
y definir su forma de actualización.
La Audiencia Pública se llevará a cabo el día Lunes
23 de mayo de 2016 a las 17 horas y 15 minutos (5:15 p.m.) en los
siguientes lugares: De forma presencial en el Auditorio de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado en Guachipelín
de Escazú, Oficentro Multipark,
edificio Turrubares, y por medio de sistema de
videoconferencia en los Tribunales de Justicia de los centros de: Limón,
Heredia, Ciudad Quesada, Liberia, Puntarenas, Pérez Zeledón y Cartago.
Quien tenga
interés legítimo podrá presentar su posición (oposición o coadyuvancia)
►en forma oral en la audiencia pública,
(para lo cual debe presentar su documento de identidad vigente) ►o por escrito firmado (en este caso se debe
adjuntar copia de su documento de identidad vigente): en las oficinas de la
Autoridad Reguladora en horario regular, hasta el día de realización de la
audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (*):
consejero@aresep.go.cr hasta la hora programada de inicio de la respectiva
audiencia pública.
Las oposiciones o
coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones
de hecho y derecho que se consideren pertinentes e indicar un medio para
recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax, apartado postal o
dirección exacta).
En el caso de
personas jurídicas, las posiciones (oposición o coadyuvancia)
deben ser interpuestas por medio del representante legal de dicha entidad y
aportar certificación de personería jurídica vigente donde se haga constar su
representación.
Se informa que la
presente solicitud tarifaria se tramita en el expediente OT-061-2016, y
se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente
dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Consulta de expedientes).
Asesorías e
información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al correo
electrónico consejero@aresep.go.cr o al teléfono 2506-3200 ext:
1222,1203 o 1452.
(*) En el caso de
que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio
de correo electrónico, esta debe estar suscrita mediante firma digital, o en su
defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los
requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no
puede exceder a 10,5 megabytes.
Dirección General de Atención al Usuario.—Marta
Monge Marín.—1 vez.—O. C. N°
1234.—Solicitud N°1589.—( IN2016025783
).
JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO
UNIDAD PEDAGÓGICA EL TORITO
Se hace conocimiento
que la Junta de Educación del Centro Educativo Unidad Pedagógica El Torito,
cédula jurídica 3-008- 683913, ha solicitado a la Procuraduría General de la
República, la inscripción registral del bien inmueble no inscrito, ubicado en
la provincia de Cartago, cantón Turrialba, distrito Santa Cruz, terreno donde
se localiza el Centro Educativo Unidad Pedagógica El Torito, el cual colinda al
norte, con finca de Karen Guiselle Pereira Pereira; al sur, con calle pública; al este, con
temporalidades de la Iglesia Católica, y oeste, finca de Karen Guiselle Pereira Pereira, cuenta
con plano catastrado N° C-1868215-2015, con un área de 1766 m²; dicha
inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley N° 5060, Ley
General de Caminos Públicos. La Junta de Educación o Administrativa ha
mantenido la posesión en dicho inmueble por más de diez años, en forma quieta,
pública, pacífica, sin interrupción, de buena fe y a título de dueña. Quien se
crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo
saber en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente edicto, en
la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio
de Educación Pública (MEP) o bien a la Procuraduría General de la República,
Notaría del Estado en la cual se están realizando las presentes diligencias.—San José, 01 de abril de 2016. Minor Aguilar Coto, portador de la cédula de identidad N° 303150095.—Minor Aguilar Coto.—1
vez.—( IN2016019791 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO
COLEGIO DE ORIENTACIÓN TECNOLÓGICA
BARBACOAS
Se hace conocimiento
que la Junta de Educación del Centro Educativo Colegio de Orientación
Tecnológica Barbacoas, cédula jurídica 3-008-393721 ha solicitado a la
Procuraduría General de la República, la inscripción registral del bien
inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de San José, cantón Puriscal, distrito Barbacoas, terreno donde se localiza el
Centro Educativo Colegio de Orientación Tecnológica Barbacoas el cual colinda
al norte, con Juan Mesén Madrigal y Rafal Ángel Castro Morales; al sur, con
calle pública; al este, con Dinora Arias, María Badilla y Gerardo Gómez Quirós,
y oeste, Rafael Alberto Morales Núñez, cuenta con plano catastrado N°
SJ-1000005-2005, con un área de 10.000 m²; dicha inscripción se realiza según
el artículo 27 de la Ley 5060, Ley General de Caminos Públicos. La Junta de
Educación o Administrativa ha mantenido la posesión en dicho inmueble por más
de diez años, en forma quieta, pública, pacifica, sin interrupción, de buena fe
y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se
pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la
publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y
Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación Pública (MEP) o bien
a la Procuraduría General de la República, Notaría del Estado en la cual se
están realizando las presentes diligencias.—San José, 4 de abril de
2016.—Alberto Torres Murillo, portador de la cédula de identidad N°
1-0547-0022.—1 vez.—( IN20160 ).
Acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 454-2015 del 23 de noviembre del
2015, en el Artículo III del informe 056-2015. Según oficio SCM-027-2016 del
05-01-2016.
En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de:
Alvarado Orozco Miguel Ángel, fallecido el 12 julio del 2006, los hijos vivos
solicitan traspasar este derecho e incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendatario: Miguel Ángel Alvarado Hernández, cédula
04-0099-0860
Beneficiarios: Ana Lorena Alvarado Hernández, cédula
04-0106-1214
Álvaro Alvarado Hernández,
cédula 04-0123-0658
Roger Antonio Alvarado
Hernández, cédula 04-0138-0170
José Ricardo Alvarado
Hernández, cédula 01-0816-0377
Lote Nº 119-A Bloque A, medida 3 metros
cuadrados, para 2 nichos, solicitud 1111, recibo 2707, inscrito en Folio 37
Libro 1, el cual fue adquirido el día 19 octubre de 1960. Datos confirmados
según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha del
26 de febrero del 2015.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho
sobre el mismo, para que se apersone a las oficina de
Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer vales sus
derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Ligia Mesén Jiménez, Administradora de
Cementerios.—1 vez.—( IN2016019649 ).
Acuerdo
tomado en sesión ordinaria Nº 463-2016 del 22 de febrero del 2016, en el
Artículo V. Según oficio SCM-344-2016 del 25 de febrero del 2016
En el Cementerio Central de Heredia, existe un
derecho a nombre de Morera Alfaro Rafael Ángel, fallecido el 2 junio del 2007,
su esposa solicita traspasar este derecho y además incluir beneficiarios,
indicándose así:
Arrendataria: Flora María Castro Venegas, cédula 04-0096-0774
Beneficiarios: Manuel Alejandro Morera Castro, cédula
04-0160-0918
María
Auxiliadora Morera Castro, cédula 01-0969-0651
Rafael
Ángel Morera Castro, cédula 04-0186-0825
Lote Nº 18 Bloque Q, medida 6 metros
cuadrados, para 4 nichos, solicitud 2774, recibo 39909, inscrito en folio 3,
Libro 2, el cual fue adquirido el día 20 de enero de 1981. Datos confirmados
según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha del
11 de marzo del 2015.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho
sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Ligia Mesén Jiménez, Administradora de Cementerios.—1 vez.—( IN2016019688 ).
Acuerdo tomado en sesión
ordinaria N° 435-2015 del 31 de agosto en el punto 11 del informe N° 56-2015.
Según oficio SCM-035-2016 del 05 de enero del 2015.
En el Cementerio de Barreal, existe un derecho
a nombre de: Bolaños Álvarez Antonio, fallecido 18 de diciembre del 2006, su
viuda desea pasar este derecho a uno de sus hijos e incluir nuevos
beneficiarios, indicándose así:
Arrendatario: Carlos Manuel Bolaños Villalobos, cédula
04-0118-0788
Beneficiaria: Gerardina Bolaños
Villalobos, cédula 04-0143-0485
Lote N° 1-32 Bloque-B, medida 3 metros
cuadrados, para 2 nichos, solicitud no indica, recibo no indica, inscrito en
folio no indica libro no indica. Datos confirmados según constancia extendida
por la Administración de Cementerios con fecha del 11 de febrero del 2015.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho
sobre el mismo, para que se apersone a las oficina de
Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer vales sus
derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Ligia Mesén Jiménez, Administradora de Cementerios.—1
vez.—( IN2016019892 ).
Dirección de Servicios y Gestión de Ingresos
Acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 446-2015
del 19 de octubre del 2015, en el Artículo V. Según Oficio SCM 2139-2015 del 21
de octubre del 2015.
La Municipalidad
de Heredia hace saber a quién interese que en el
Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de: Familia Hernández
García, en mutuo acuerdo de las hermanas solicitan pasar este derecho a una de
ellas y además nombrar nuevos beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: María
Elena Hernández García, céd. 04-0084-0409.
Beneficiarios:
Rosa María Hernández García, céd. 04-0088-0817;
Marinella Meléndez
Hernández, céd. 01-0789-0432;
Ana Cecilia Meléndez Hernández, céd. 04-0142-0671;
Fernando Meléndez Hernández, céd. 01-0281-0925;
Carlos Luis Meléndez Hernández, céd. 01-0258-0810
Lote Nº
131, Bloque F, medida 6 metros cuadrados, para 4 nichos, solicitud 2577, recibo
18258, inscrito en el Folio 70, Libro 1, el cual fue adquirido el 25 de enero
de 1978. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de
Cementerios con fecha del 19 de enero del 2015.
Se
emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Sección de Cementerios.—Ligia Mesén Jiménez,
Administradora de Cemeterios.—( IN2016020060 ).
MUNICIPALIDAD DE CAÑAS
La Municipalidad de
Cañas, informa: que por motivo del nuevo reglamento de
cementerio, en el horario de 1:00 p.m. a 4:00 p.m., se estará realizando la
actualización de los expedientes de Concesión Derechos Funerarios del
Cementerio Municipal de Cañas, en la oficina del Área de Desarrollo Económico
Local. Requisitos: 1. Fotocopia de cédula del titular del Derecho. 2. Fotocopia
de cédula de dos beneficiarios. 3. Llenar el formulario de actualización de
datos (se les brindará en la municipalidad).
Las personas que no actualicen sus datos y se
encuentren en estado de morosidad, podrán verse expuestas a: procesos de cobro
judicial, pérdida de su Concesión de Derecho Funerario y exhumación de los
restos de sus familiares, el plazo ordinario para esa actualización será de dos
meses a partir de la publicación de la presente, posterior a dicho plazo, la
Municipalidad procederá con los trámites ya indicados. En caso de consultas
comunicarse al 2690-4017.
Dicho aviso deberá ser publicado una vez, el
pago de esta publicación se realizará mediante sistema de crédito.
Cañas Guanacaste, seis
de abril del 2016.—Departamento de Desarrollo
Económico Local.—María Rosario Araya Vargas, Encargada de Cementerio
Municipal.—1 vez.—( IN2016021050 ).
AVISOS
CONVOCATORIAS
COSTA RICA YACHT CLUB S. A.
Se les informa a los
señores accionistas del Costa Rica Yacht Club S. A.,
que la asamblea general ordinaria y extraordinaria que se celebraría el próximo
sábado 14 de mayo del 2016 en primera convocatoria a las diez horas, en las
instalaciones del Club en Puntarenas, se suspende hasta nuevo aviso.—Idalie Solís Ortiz,
Secretaria.—1 vez.—( IN2016025696 ).
SPORTMED
ORTOPEDIA S. A.
Se convoca a los señores accionistas de la sociedad Sportmed Ortopedia S. A., a asamblea general ordinaria y
extraordinaria, que tendrá lugar en la sede social, sita en San José, San
Rafael de Escazú, Hospital Cima San José, Torre Dos, consultorio 109, primer
piso, Clínica de Especialidades Ortopédicas, CEO, el día 9 de mayo del 2016, a
las 17:30 horas en primera convocatoria y en caso de no reunirse el quórum de
ley, en segunda convocatoria a las 18:00 horas, con los socios presentes, en el
mismo lugar indicado. La asamblea conocerá los siguientes asuntos: 1)
Presentación y aprobación de: a) Informe final contable y aprobación del
balance contable, b) Distribución de utilidades y pérdidas, c) Presupuesto para
el periodo 2016. d) Aporte de cuotas para el primer semestre del 2016. 2) Presentación
y aprobación de propuesta sobre aumento de capital, emisión de acciones
preferentes y otros. 3) Nombramiento de nueva junta directiva. 6) Presentación
y aprobación del proyecto de un nuevo modelo de operación para CEO como
clínica. 7) Declaración de acuerdos firmes y comisión para protocolizar.—Javier
Gutiérrez Bonilla, Tesorero y Socio.—1 vez.—( IN2016025769 ).
U SE YA MIPA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los
socios de U SE YA MIPA Sociedad Anónima a asamblea general extraordinaria a
celebrarse en las Instalaciones de la Sociedad, sita en Pinar del Río, Peñas
Blancas de Pérez Zeledón. En primera convocatoria a las diez horas del
veintiséis de junio del dos mil dieciséis. De no haber quórum, en el mismo
lugar y fecha una hora después en segunda convocatoria, para conocer de los
siguientes asuntos:
1. Informe del fiscal.
2. Informe del tesorero.
3. Informe de la presidencia.
4. Revocatoria de los miembros de la Junta
Directiva y del Fiscal.
5. Nombramiento de nuevos miembros de Junta
Directiva y de la Fiscalía.
6. Mociones.
7. Asuntos varios.
San Isidro de Pérez
Zeledón, 21 de abril del 2016.—Ruperto Morera
González, Presidente.—1 vez.—( IN2016025850 ).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ARRENDADORA INDUSTRIAL TROPICAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Arrendadora Industrial Tropical Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-707175, hace del conocimiento público que por
acuerdo de la asamblea extraordinaria de socios, celebrada el 30 de marzo del
2016, en su domicilio social, se tomó el acuerdo firme y unánime por el total
del capital social, de emitir nuevos certificados, sea del certificado 01 y 02.
Se emplaza a cualquier interesado para que, en el término de un mes a partir de
la publicación de este aviso, manifiesten su
oposición dirigida a la sociedad en su domicilio social, San José, Montes de
Oca, San Pedro, Mall San Pedro, Ofimall, oficina cuarenta y uno-dos, Bufete Tovar y
Asociados S. A.—Deborah Kushner Steinberg, Presidenta.—( IN2016019311 ).
El suscrito, Jurgen Saüter Becker, en mi
condición de segundo vicepresidente de la sociedad Sauter
Mayoreo S. A., de conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio hago
constar que se ha dado la cesión de José Sauter e
Hijos S.R.L. a favor de mi representada, del establecimiento comercial Almacén Sauter.—Jurgen Saüter Becker, Segundo
Vicepresidente.— ( IN2016019324 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CLUB
MIRAMAR S. A.
Yo, Karl Mohs Porras,
cédula de identidad Nº 1-1000-0796, en mi condición de apoderado, del señor
Raúl Alfredo Velázquez Heilbron, cédula de identidad Nº
1-0287-0658, portador de las acciones Nos. 424 y 425 del Club Miramar S. A.
comunico que se me han extraviado. Esta publicación es para la reposición de
dichas acciones. Para reclamos a partir de esta fecha se dan 8 días hábiles.—Karl Mohs Porras, Apoderado.—( IN2016019561 ).
COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS
DE COSTA RICA
Acuerdo N° X-11-AS-98-2016
Con 37 votos a favor queda electo como Vocal I de
la Junta Directiva para el periodo 2016, el doctor Javier Rojas Elizondo,
código 2131. Acuerdo firme.—San José, 30 de marzo del
2016.—Junta Directiva.—Lic. Waynner Guillén Jiménez,
Presidente.—( IN2016019446 ). 2 v.
2.
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
VIAJES DE
COSTA RICA VCR S. A.
Viajes de Costa Rica VCR S. A., cédula jurídica Nº 3-101-351337, de
conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, y a solicitud de los
accionistas de esta sociedad, manifiestan que procederán a realizar la
reposición de los certificados de acciones de esta sociedad. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición en el término de un mes contado a partir
de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta y
en un diario de circulación nacional. Las oposiciones podrán ser dirigidas a
las oficinas de BLP Abogados, ubicadas en el Centro Empresarial Vía Lindera,
cuarto piso, con atención a Bernardo Van der Laat.
Transcurrido el término de ley, sin que hayan existido oposiciones, y
habiéndose cumplido con todo lo que establece el artículo 689 del Código de
Comercio, se procederá con la reposición solicitada.—Max
Lukowiecki Lev, Secretario.—( IN2016019166 ).
DISEÑO INGENIERÍA ARQUITECTURA
METROPOLITANA SOCIEDAD ANÓNIMA
Para efectos de
reposición, José Manuel Agüero Echeverría, cédula 9-013-379, en mi condición de
apoderado generalísimo de la sociedad de Diseño Ingeniería Arquitectura
Metropolitana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-025764, anteriormente
Diseño Ingeniería Arquitectura Metropolitana Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica N° 3-102-025764, dueño de la acción N° 635 y su
correspondiente título de capital del mismo número, ambos del Costa Rica
Country Club, cédula jurídica 3-101-002477, hago constar que se hace solicitud
de reposición de dicha acción y respectivo título de capital, por haberse
extraviado. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en el
término de un mes a partir de la última publicación de este aviso en el Diario
Oficial La Gaceta, y un diario de circulación nacional. Transcurrido el
término de Ley, sin que hayan existido oposiciones y habiéndose cumplido con
todo lo que establece el artículo 689 del Código de Comercio, se procederá a la
reposición solicitada. Por el término de ley las oposiciones podrán ser
notificadas al fax 22287561.—San José, Costa Rica, 30
de marzo del 2016.—José Manuel Agüero Echeverría, Apoderado Generalísimo.—(
IN2016021378 ).
PARTIDO
VIVA PUNTARENAS
Partido Viva Puntarenas, cédula jurídica Nº 3-110-674493, hace del
conocimiento de todos, que ha solicitado al Tribunal Supremo de Elecciones, la
reposición de los siguientes libros contables, que corresponden al primer y
único libro legalizado ante el Tribunal Supremo de Elecciones: 1) Libro de
Diario. 2) Libro de Inventarios y Balances. 3) Libro Mayor. La razón que
justifica esta reposición está sustentada en el hecho de que los libros que
estaban legalizados fueron violentados arrancando folios a los mismos. Por lo
anterior se escucharán oposiciones en el Departamento de Financiamiento de
Partidos Políticos. Johnny Artavia Castañeda, cédula Nº 1-0758-0258, presidente. Kattia
Vanessa López Matarrita, cédula Nº 6-0243-0862, tesorera.—Lic. Marvin Aguirre Chaves, Notario.—(
IN2016026033 ).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
EL RASTRO
VIEJO S. A.
La suscrita Dora Violeta Villalobos Rodríguez, cédula número:
nueve-cero cuarenta y cinco trescientos tres, mayor, casada una vez, vecina de
San Vicente de Santo Domingo, en mi calidad de presidenta y representante legal de la sociedad El Rastro Viejo S.
A, cédula jurídica número tres-ciento uno-dieciocho cincuenta y cuatro ochenta
y siete, solicito la reposición de los libros, de Actas de Junta Directiva,
Actas de Asamblea General, y Registro de Asociados todos número: Uno, los
cuales fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones.—Heredia,
diez de marzo del dos mil dieciséis.—Dora Villalobos Rodríguez, Presidenta.—1
vez.—( IN2016019714 ).
ASOCIACIÓN
CRISTIANA DE RESTAURACIÓN NUEVA VIDA
Yo, Hanssell Morúa Sánchez, cedula de
identidad Nº 105220537, en mi calidad de presidente y representante legal de la
Asociación Cristiana de Restauración Nueva Vida, cédula jurídica Nº
3-002-211388, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas
Jurídicas la reposición de los siguiente libros legales:
Actas de asambleas, accionistas y junta directiva, así como los libros
contables: Diario y mayor, todos libros número uno, los cuales fueron
extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, cuatro de abril dos mil dieciséis.—Hanssell Morúa Sánchez,
Presidente y Representante Legal.—1 vez.—( IN2016019725 ).
PACÍFICA PEZ VAL GRANDE TM SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito notario público da fe y hace constar que mediante escritura
número 63 del tomo 25 de mi protocolo, se inició el trámite de restitución de
los libros de registro de socios y asamblea de socios de Pacífica Pez Val
Grande TM Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-365157, que se han extraviado.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 48952.—( IN2016019759 ).
FISHERMAN’S HILL SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito notario
público da fe y hace constar que mediante escritura número 64 del tomo 25 de mi
protocolo, se inició el trámite de restitución de los libros de Registro,
Socios y Asamblea de Socios de Fisherman’s Hill
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-338555, que se han extraviado.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(
IN2016019763 ).
SANDY FOREST ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito notario público da fe y hace constar que mediante escritura
número 65 del tomo 25 de mi protocolo, se inició el trámite de restitución de
los libros de registro de socios y asamblea de socios de Sandy Forest Enterprises Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-338681, que se han extraviado.—Lic.
Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 48961.—( IN2016019764 )
LANQUI SOCIEDAD ANÓNIMA
Lanqui Sociedad Anónima, cédula
Nº 3-101-27596 solicita ante el Registro Público, la reposición de los
libros siguientes: Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas
Jurídicas del Registro Público, en el término de ocho días hábiles contados a
partir de la publicación de este aviso.—San José, 05
de abril del 2016.—Maritza Lang Alvarado.—Mariechen Lang Alvarado.—Lic. Max
Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2016020013 ).
AF CORREDORA DE SEGUROS S. A.
AF Corredora de
Seguros S. A. informa al público interesado que la información financiera al 31
de diciembre de 2015 remitida a la Superintendencia General de Seguros, fue
sustituida el 08 de marzo de 2016, por realización de ajustes. Esta información
puede ser consultada en nuestro sitio en Internet www.afseguros.com.—1
vez.—Firma Responsable Ilegible.—( IN2016020126 ).
AF CORREDORA DE SEGUROS S. A.
AF Corredora de
Seguros S. A., cédula jurídica Nº 3-101-098456, Licencia N° SC-12-112, informa
que está a disposición en nuestro sitio web: www.afseguros.com y en nuestras
oficinas ubicadas en Tibás del periódico Al Día 250 norte, Edificio Ferenc D., el Informe Anual de Gobierno Corporativo, con
corte al 31 de diciembre de 2015.—Alexis Alvarado
Quirós, Representante Legal.—1 vez.—( IN2016020127 ).
SINDICATO
U.T.E.M.A
UNIÓN DE TRABAJADORES EMPLEADOS
DE LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Contratar
un Abogado
N°
001-2016
El Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Municipalidad de
Alajuela U.T.E.M.A cédula jurídica 3-010-615964, (ente no estatal), comunica al
público en general, que estará recibiendo ofertas de servicio para la
contratación de un abogado con experiencia en Derecho Laboral y Administrativo
para atender todas las gestiones jurídicas del sindicato. Los requisitos y
condiciones se encuentran a disposición y podrán ser retirados con el Lic.
Geovanny Robles miembro de la Junta Directiva de UTEMA y funcionario del
Proceso de Servicios Jurídicos, cuarto piso del edificio municipal, actual sede
de la Municipalidad de Alajuela, ubicada 100 metros al oeste, de la esquina
suroeste, de la Iglesia La Agonía, Alajuela.
Se
estarán recibiendo las ofertas de servicio hasta las trece horas del día martes
10 de mayo del 2016.
25 de abril del 2016.—Sueheidy
Zeledón Delgado, Presidenta.—1 vez.—( IN2016025677 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura de las diez horas del treinta de marzo del dos mil
dieciséis, se acordó modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo de Grupo
Veredas del Café Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos quince mil ochocientos cincuenta y nueve, en la cual se
disminuyó su capital social.—San José, 30 de marzo del
2016.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—( IN2016019589 ).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 29 de marzo del
2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la compañía Ganadería La Vetizca S. A.,
mediante la cual se acordó la reforma de las cláusulas segunda y sétima del
acta constitutiva.—San José, 30 de marzo del
2016.—Licda. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—Solicitud 50660.—(
IN2016019653 ).
El
suscrito notario Carlos Gutiérrez Font, carné número seis ocho ocho dos, hace constar con vista en la matriz que se modificó
la cláusula de capital social del pacto constitutivo de la empresa Credimercantil Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica tres ciento uno seiscientos mil ochocientos once.—San
José dieciséis de marzo del año dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Gutiérrez Font,
Notario.—1 vez.—( IN2016019667 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 31 de marzo del
2016, mediante la escritura número 36-15, se acordó disolver la sociedad
denominada El Bote Azul del Otoño de Islita Bao S.
A., cédula jurídica 3-101-469652.—San José, 31 de
marzo del 2016.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—(
IN2016019668 ).
Por
escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas del primero de abril
del dos mil dieciséis, se modifica la cláusula de la administración y se nombra
nueva junta directiva de la sociedad Cascante Agüero Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quince mil doscientos
cuarenta y siete.—San José, 4 de abril del
2016.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2016019672 ).
Ante
esta notaría el primero de abril del dos mil dieciséis, se protocoliza acta
extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria Arándano Sociedad Anónima, en
la que modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San
José, 01 de abril del 2016.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(
IN2016019673 ).
Por
escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las diez horas del uno de
marzo del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Corcovado
Cervecería Artesanal Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1
vez.—( IN2016019674 ).
Mediante escritura pública número veintiuno-seis,
otorgada ante mí a las ocho horas del veintiocho de marzo del dos mil
dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de C
& E Escrow and Trust International S. A.,
cédula jurídica 3-101-555466, por medio de la cual reforma: Cláusula del nombre
que se denominará C & A Escrow and Trust
International S. A. y cláusula de la administración, se nombra junta
directiva y fiscal.—Licda. Natasha Donoso Esquivel,
Notaria.—1 vez.—( IN2016019675 ).
Mediante
escritura pública número trece-seis, otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiuno
de marzo del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Georgina Álvarez y Consultores S. A., cédula
jurídica 3-101-076203 por medio de la cual reforma cláusula del nombre, que se
denominará Déu Primer S. A., cláusula
del domicilio y cláusula de la administración. Se nombra junta directiva y fiscal.—Licda. Natasha Donoso
Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016019676 ).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta, otorgada ante mí a las ocho horas del
primero de abril del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de asociados de Asociación de Veteranos de Guanacaste Dos Mil
Doce, cédula jurídica 3-002-698470, por medio de la cual se reforma el artículo
segundo del domicilio y se nombra junta directiva y fiscal.—San
José, 01 de abril del 2016.—Licda. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1 vez.—( IN2016019677 ).
Por
escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cima Dorada del
Cielo Transparente Sociedad Anónima, se reformaron la cláusula de la
administración y se nombró un nuevo presidente. Es todo.—San
José, 31 de marzo del 2016.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1
vez.—(IN2016019678).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Setenta y Seis Mil Ciento Setenta y Cuatro Sociedad Anónima,
se reformó la cláusula de la administración y se nombró un nuevo presidente. Es
todo.—San José, 31 de marzo del 2016.—Lic. Felipe
Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2016019680 ).
Por
escritura número ciento dos-treinta y uno, otorgada ante esta notaría, a las nueve
horas del veintiocho de marzo del dos mil dieciséis, se protocolizó la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas en la que se modifica la
cláusula quinta del capital social de la sociedad denominada La Enriqueta
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero
dieciséis mil ochocientos veinte, tramitada bajo la boleta de seguridad del
suscrito notario número dos cinco seis tres uno dos Q.—San José, 31 de marzo
del 2016.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1
vez.—( IN2016019684 ).
Mediante
escritura autorizada por el suscrito notario público, a las 15:00 horas del día
01 de abril del 2016, se protocolizaron las actas de asamblea general
extraordinaria de accionistas de las sociedades Infinito Versol
S. A. y Condominio Málaga City S. A., mediante las cuales se acordó
fusionar dichas sociedades por absorción prevaleciendo Infinito Versol S. A. Se reforma integralmente los estatutos de Infinito
Versol S. A.—San José, 01 de abril del 2016.—Licda. Jéssica Salas Arroyo,
Notaria.—1 vez.—( IN2016019686 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del primero de abril
de dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-641972 S. A.
Donde se acuerda reformar las cláusulas primera y sexta del pacto social.—San José, primero de abril del dos mil
dieciséis.—Licda. Betzabeth Miller Barquero,
Notaria.—1 vez.—( IN2016019692 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco
minutos del día primero de abril del dos mil dieciséis, donde se protocolizan
acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad
denominada 3-102-711426 SRL, donde se acuerda modificar las cláusulas
primera y novena de los estatutos.—San José, primero
de abril del dos mil dieciséis.—Licda. Betzabeth
Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016019694 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
quince horas treinta minutos del día primero de abril de dos mil dieciséis, donde
se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de
la sociedad denominada 3-102-681524 SRL. Donde se acuerda modificar de
la administración.—San José, primero de abril de dos
mil dieciséis.—Licda. Betzabeth Miller Barquero,
Notaria.—1 vez.—( IN2016019695 ).
Ante esta notaría ha comparecido el señor Álvaro
Delgado Cantillano, a efecto de modificar el pacto
constitutivo de la sociedad denominada 3-101-380804 S. A., cédula
jurídica 3-101-380804.—Lic. Luis Diego Araya González,
Notario.—1 vez.—( IN2016019698 ).
Por
escritura otorgada a las ocho horas del primero de abril del dos mil dieciséis,
protocolicé acta de Clínica San Judas Tadeo S. A., cédula jurídica Nº
3-101-251477. Se reforma cláusula número ocho del estatuto.—Naranjo,
01 de abril del 2016.—Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2016019704
).
Hoy
protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Biex Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-uno cero uno-cero cuatro cuatro
ocho seis dos, mediante la cual se reformó la cláusula referente al domicilio
social y se otorgó poder generalísimo sin límite de suma; por medio de
escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las ocho horas del primero de
abril del dos mil dieciséis, por el notario público Mauricio González
Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—( IN2016019705 ).
Por escritura ante mí otorgada, a las diez horas
del veintiocho de marzo del dos mil dieciséis, se constituye la sociedad
denominada Allgrow, Consulting
Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Curridabat; objeto: Prestación de
servicios de consultoría; capital social: Íntegramente suscrito y pagado;
Presidente: Con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de marzo del 2016.—Lic. Julio Barquero Salazar,
Notario.—1 vez.—( IN2016019706 ).
La
suscrita notaria Ana Patricia Villalobos Chinchilla, hace saber que en mi
notaría el 01 de abril del 2016, se constituyó la sociedad anónima Grupo Erlington S. A., cuyo presidente es Kadasurk
Abarca Hernández, cédula 1-0940-0487.—San José, 04 de
abril del 2016.—Lic. Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(
IN2016019709 ).
Ante
esta notaria otorgó escritura pública Gerardo Mora Jiménez, cédula 1-311-284,
único dueño de las acciones de la sociedad denominada Unidad Contable S. A.,
cédula jurídica número 3-101-030283, y no existiendo activos ni pasivos,
solicita al Registro Público la disolución de la misma.—San
José.—Lic. Glenda R. Bell A., Notaria.—1 vez.—( IN2016019713 ).
La
suscrita notaria Ana Patricia Villalobos Chinchil,
hace saber que en mi notaría el 01 de abril del 2016, se protocolizó acta en
donde se elige nueva junta directiva, se modifican las cláusulas segunda y
sexta del pacto constitutivo y se elige nuevo agente residente de la sociedad
anónima Culebra Makai, cédula jurídica Nº
3-101-309595.—San José, 04 de abril del 2016.—Lic.
Patricia Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2016019715 ).
La
suscrita notaria Ana Patricia Villalobos Chinchilla hace saber que en mi
notaría el 31 de marzo del 2016, se protocolizó acta en donde se elige nueva
junta directiva y fiscal de la sociedad Inversiones El Atardecer S. A.,
cédula jurídica 3-101-158526.—San José, 4 de abril del
2016.—Lic. Ana Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1 vez.—( IN2016019716
).
La
suscrita notaria hace constar que mediante escritura otorgada a las dieciséis
horas del día treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis, se reforma pacto
constitutivo de la sociedad denominada Citologías CTF S. A. Presidenta:
Karla Mora Gonzaga.—Licda. Carmen Alfaro Chaves,
Notaria.—1 vez.—( IN2016019718 ).
En mi
notaría, a las diecinueve horas del treinta y uno de marzo del dos mil
dieciséis, se constituyó la sociedad anónima de esta plaza, denominada Rayitos
de Sol S. A. Presidenta: Shirley Vega Porras. Capital social: diez mil
colones. Domicilio: Quebrada de Ganado, Tárcoles, Puntarenas.—Guadalupe, treinta y uno de marzo del dos mil
dieciséis.—Lic. Juan Gerardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016019720 ).
Por escritura Nº 88 tomo 9 de las 17:00 horas del
16 de marzo del año 2016, se constituyó la empresa Tortuga Accounting S. A. Plazo: cien años.—Lic.
Johnny Vargas Mejías, Notario.—1 vez.—( IN2016019721 ).
Mediante
escritura número setenta y tres del tomo veintiséis de mi protocolo se
constituyó la empresa denominada MM Logística Legal Sociedad Anónima,
con plazo social de cien años.—Lic. Miguel Ángel
Vásquez López, Notario.—1 vez.—( IN2016019722 ).
Por
escritura de las 10:00 horas de hoy, en esta ciudad, protocolicé acta de
asamblea de socios de Tres-Ciento Uno-Seis Siete Cinco Cero Tres Nueve
Sociedad Anónima, en la cual reforma sus estatutos.—San
José, 01 de abril del 2016.—Lic. Patricia Rivero Breedy,
Notaria.—1 vez.—( IN2016019727 ).
Por
escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día dos de abril del
año dos mil dieciséis, se modifica del pacto constitutivo la cláusula cuarta
del plazo social, de la compañía French Réplicas Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Es todo.—San José, tres de abril del año
dos mil dieciséis.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses,
Notaria.—1 vez.—( IN2016019732 ).
Por
escritura otorgada a las ocho horas del día dos de abril del año dos mil
dieciséis, se modifica del pacto constitutivo la cláusula cuarta del plazo
social, de la compañía Dark Lion
Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—
San José, tres de abril del año dos mil dieciséis.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2016019733 ).
Por
escritura otorgada a las diez horas del día dos de abril del año dos mil
dieciséis, se modifica del pacto constitutivo la cláusula cuarta del plazo
social, de la compañía Adaptic Soluciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San
José, tres de abril del año dos mil dieciséis.—Licda. Nancy Tattiana
Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2016019734 ).
Por
escritura otorgada a las nueve horas del día dos de abril del año dos mil
dieciséis, se modifica del pacto constitutivo la cláusula cuarta del plazo
social, de la compañía Ibersol Solar
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San
José, tres de abril del año dos mil dieciséis.—Licda. Nancy Tattiana
Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2016019735 ).
La
suscrita notaria hace constar, que mediante escritura otorgada a las diez horas
del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Finca Teca de Dominical S. A., en la cual se acuerda la
disolución de la misma.—Alajuela, primero de abril del
año dos mil dieciséis.—Lic. María Fernanda Chavarría Bravo, Notaria.—1 vez.—(
IN2016019736 ).
Por
escritura otorgada ante mi notaría a las nueve horas del veintisiete de febrero
de dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad Workgroup International Corp- CR Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cinco dos seis ocho nueve cinco, en la que se
reforma la Cláusula de la Administración.—San José,
veintisiete de febrero de dos mil dieciséis.—Lic. Martin Hernández Treviño,
Notario.—1 vez.—( IN2016019739 ).
Por
escritura número 61, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Pumphrey
- Piedra S. A., por la que se modifica la cláusula segunda y se cambia la
junta directiva.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo,
Notario.—1 vez.—( IN2016019740 ).
Por escritura
número 55, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Distribuidora H de Alajuela S. A., por la
que se modifica la cláusula sexta y se cambia el presidente y secretario.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1
vez.—( IN20160 ).
Por acuerdo unánime de accionistas de Sparkling Events S. A.,
con cédula de persona jurídica Nº 3-101-559098, domiciliada en Heredia,
Heredia, entre calles 3 y 5, avenida 5, casa a mano izquierda con jardín al
frente, se acuerda transformar la sociedad precitada a sociedad de
responsabilidad limitada, se revocan los nombramientos de la actual junta
directiva y fiscal, y se nombra gerente y sub gerente. Se emplaza en el término
de ley a todos los interesados, a fin de apersonarse en el domicilio social y
hacer valer sus derechos.—San José, nueve de febrero
de dos mil dieciséis.—Licda. Larissa Seravalli Sáurez, Notaria.—1 vez.—( IN2016019750 ).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del treinta y uno de
marzo del dos mil dieciséis, protocolizo acta de la sociedad anónima Transportes
Gusi Sociedad Anónima, mediante la cual se
modifican las cláusulas tercera y octava del pacto constitutivo.—Tres
Ríos, 4 de abril del 2016.—Lic. Grettel Zúñiga Tortos, Notaria.—1 vez.—( IN2016019751 ).
Ante
esta notaría, a las catorce horas del veintiuno de marzo del dos mil dieciséis,
se apersonaron Mary Mar Marín Sierra, Thais Mary Marín Sierra, Anahys Joselyn Marín Rodríguez, a constituir la sociedad MMS
Soluciones Inmediatas Sociedad Anónima, capital social un millón doscientos
mil colones.—Lic. Mariano Jiménez Umaña, Notario.—1
vez.—( IN2016019752 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a las
quince horas del primero de abril del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Laboratorios
Griffith de Centroamérica Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San
José, primero de abril del dos mil dieciséis.—Lic. Sergio Antonio Solera
Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2016019755 ).
Por
escritura número uno-ciento seis, del tomo primero, otorgada ante esta notaría
a las ocho horas del día cuatro de abril del año dos mil dieciséis, se
protocoliza el acta número tres de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad Metropolitan
Tower Nivel Catorce Número Uno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos once mil doscientos veinticuatro, con
domicilio en San José, Mata Redonda, Sabana Oeste, edificio Metropolitan
Tower, frente a la Federación de Ciclismo, en la que se acuerda por unanimidad,
la reforma de su pacto social, en su cláusula referente a la administración de
la sociedad. Es todo.—San José, cuatro de abril del
dos mil dieciséis.—Lic. Laura Eugenia Montero Aguilar, Notaria.—1 vez.—(
IN2016019758 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
10:00 horas del día 29 de febrero del 2016, se protocolizó el acta número 22 de
asambleas generales de Corporación 4007 S. A., cédula jurídica
3-101-081238, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 29 de febrero del 2016.—Licda. María
del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—(
IN2016019761 ).
En
asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio La Ladera
Bloque ENÑ Lote Veintiuno TTT Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento uno trescientos setenta y cuatro mil setecientos
sesenta y uno, domiciliada en Heredia de las once horas del treinta y uno de
marzo, dos mil dieciséis, se acuerda la reforma de las cláusulas segunda,
sétima y décima segunda, referentes a domicilio social, administración y agente
residente. Escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del treinta y
uno marzo, dieciséis.—Licda. Kattia
Gamboa Víquez, Notaria.—1 vez.—( IN2016019768 ).
Mediante escritura número ciento cinco del tomo
once, otorgada en esta notaría, a las nueve horas del primero de abril de dos
mil dieciséis, se cambia tesorero, secretario y fiscal de junta directiva y se
nombra nuevo subgerente de Repuestos Acón Sociedad
Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-015378, quedando de la siguiente
forma: Secretaria, Elaine María Acón
Hernández, tesorera, Grace María Acón Hernández,
fiscal, María Celeste Acón Hernández, y subgerente
Édgar José Acón Hernández.—Puntarenas, 4 de abril de
2016.—Lic. Luis Chen Mok,
Notario.—1 vez.—( IN2016019769 ).
Mediante
escritura seis-nueve, de las trece horas treinta minutos del veinticinco de
febrero de dos mil dieciséis, del tomo noveno de la notaria
pública Geanina Soto Chaves, se protocolizó acta que
modificó cláusula quinta sobre el capital social del pacto constitutivo de Bluetech S. A, cédula tres-ciento uno
quinientos cuarenta y un mil trescientos ochenta y tres.—San
José, veintiséis de febrero de dos mil dieciséis.—Licda. Geanina
Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2016019770 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas de hoy, se
constituyó la sociedad Caste Premium Rentals Sociedad Civil, en español, Caste
Alquileres de Lujo Sociedad Civil, para dedicarse por cien años a la
prestación de servicios profesionales. Ambos administradores nombrados,
apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social aportado por socios
fundadores.—San José, 24 de febrero de 2016.—Lic.
Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016019773 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría a las doce horas del día miércoles treinta de
marzo del año dos mil dieciséis, protocolicé acta de la empresa Transilvania
Internacional Sociedad Anónima, en la cual se modifican las cláusulas
segunda: Domicilio y sexta: Administración.—Alajuela,
doce horas del día miércoles treinta de marzo del año dos mil dieciséis.—Lic.
José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—(
IN2016019778 ).
Por
escritura otorgada número noventa y uno-cuatro que se encuentra en el tomo
cuarto de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de Specialty Coating
Systems Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con cédula de persona jurídica número tres -ciento dos -
trescientos noventa mil novecientos noventa y siete, donde se acuerda la
reforma del artículo sexto: Administración del pacto constitutivo de la
compañía.—San José, cuatro de abril del dos mil dieciséis.—Lic. Silvia Chacón
Bolaños, Notaria.—1 vez.—(IN2016019780).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de Alajuela, a las ocho horas
del día tres de febrero del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta número
cuatro para nombramiento de presidente de la sociedad Mebor
de Katarina Sociedad Anónima. Es todo.—Alajuela, dieciocho de febrero del dos mil.—Lic. Raúl
Muñoz Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2016019781 ).
Por escritura de las 9:00 horas del día de hoy, se
protocolizó acta de asamblea de accionistas de Junta Administradora Chalets
Alta Vista de Jacó S. A., en la que se
reforma la cláusula sétima de sus estatutos.—Jacó, 25 de febrero del 2016.—Lic. Sylvia Vega Carballo,
Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 48997.—( IN2016019782 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas del día miércoles treinta de
marzo del año dos mil dieciséis, protocolicé acta de la empresa Transilvania
Internacional Sociedad Anónima, en la cual se modifican las cláusulas
segunda: Domicilio y sexta: Administración.—Alajuela,
doce horas del día miércoles treinta de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. José
Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—(
IN2016019798 ).
Mediante escritura número ciento treinta y
tres-nueve, otorgada ante los notarios públicos Carlos Corrales Azuola y Alberto Sáenz Roesch,
actuando en el protocolo del primero, a las doce horas quince minutos del día
ocho de marzo del año dos mil dieciséis, se transforman los estatutos de la
compañía TVRF Property Sociedad de
Responsabilidad Limitada, para que en adelante sea una sociedad anónima que
se denomine TVRF Property Sociedad Anónima.—San
José, 08 de marzo del 2016.—Lic. Carlos Corrales Azuola,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 49669.—( IN2016019801 ).
Por
escritura número 203-8 del tomo número 8 de mi protocolo, otorgada en la ciudad
de San José, a las 15:00 horas del 4 de febrero del 2016, se protocolizaron
acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Hotel y Club Punta Leona S. A., mediante los cuales se reformó
la cláusula sétima del pacto social.—Lic. Sebastián
Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—( IN2016019802 ).
Por
escritura número ciento quince-nueve, otorgada ante los notarios Carlos
Corrales Azuola y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en
el protocolo del primero a las diez horas del veintinueve de febrero del año
dos mil dieciséis, se acuerda modificar el domicilio social, revocar y realizar
nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal, correspondiente a la sociedad
Tres-Ciento Uno-Setecientos Ocho Mil Trescientos Veinte S. A.—San José
29 de febrero del 2016.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Conotario.—1 vez.—Solicitud N° 49004.—( IN2016019805 ).
Ligia
María Valverde Chacón e Isabel Cristina Cortés Carrasquilla, constituyen la
sociedad Nova Imports Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada, siendo la primera gerente. Escritura otorgada
ante esta notaría, a las once horas del seis de marzo del año dos mil dieciséis.—San José, cuatro de abril del año dos mil
dieciséis.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2016019809
).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario a las 8:00 horas del día de hoy, se
constituyeron las entidades domiciliadas en Alajuela, denominadas Constructio Golchadiaco
S. A., Constructio CET uno S. A., Constructio Larivie S.
A., Constructio Goldenri
S. A., Constructio Wooders
S. A. y Constructio Vila Nova S. A.,
respectivamente. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Édgar
Sequeira Calderón.—San José, 4 de abril del 2016.—Lic.
Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016019821 ).
Por
escritura otorgarda ante esta notaría, a las 17:30
horas del 29 de marzo del 2016, he protocolizado acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la entidad denominada AGRIPOSA Agrícola
Industrial Poás Sociedad Anónima, mediante la cual
se modifica la cláusula quinta de su estatuto social.—Lic.
Jorge Mario Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—(
IN2016019822 ).
Mediante
escritura número: 187, otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 19 marzo de
2016, se disolvió la sociedad de esta plaza: Finca Las Lomas de Siquirres Ltda., cédula jurídica: 3-102-067844.
Sirva el presente aviso para los efectos que señala el artículo: 207 del Código
de Comercio.—Turrialba, 10 de marzo del 2016.—Lic.
Jorge Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—( IN2016019828 ).
Por escritura de las 14:30 horas del 1° de abril
del año 2016, se acuerda reformar las siguientes cláusulas de los estatutos de
la sociedad Mariah Fuels
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa
y un mil setecientos cincuenta: I) Primera referente al nombre, II) Segunda
referente al domicilio de la sociedad; III) Octava referente a la Administración.—San José, 4 de abril del 2016.—Lic. Augusto
Arce Marín, Notario.—1 vez.—( IN2016019829 ).
Ante
esta notaría, mediante escritura número setenta y ocho, otorgada a las 15:00
horas del 31 de marzo del 2016, se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Operadora Costa Risol Sociedad Anónima, mediante la cual se revocan y
dejan sin ningún efecto los poderes generales.—San
José, 5 de abril del 2016.—Lic. Andrea Sáenz Mederas,
Notaria.—1 vez.—( IN2016019831 ).
Por
escritura otorgada por esta notaría se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Bosques del Zurquí Sociedad Anónima, en la cual se nombra
secretario y se otorga poder generalísimo.—Santo
Domingo de Heredia, a las ocho horas con treinta minutos del treinta y uno de
marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(
IN2016019833 ).
Por
escritura otorgada ante mí Daniel Aguilar González notario público, se
modifican las cláusulas segunda: de domicilio y sétima: de administración., de
la sociedad Kanalua Sueños Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-dos uno nueve dos dos
seis.—San José, primero de abril de dos mil
dieciséis.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—( IN2016019834 ).
En
escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del cuatro de marzo
de dos mil dieciséis Iberdrola Ingeniería y Construcción Sociedad Anónima,
reforma estatutos y junta directiva. Presidente: Félix Herrero Lozano.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2016019835 ).
Sustitución
y reemplazo de subgerente de Tres-Ciento Dos- Quinientos Setenta y Cuatro Mil
Trescientos Ochentas R. L. Se nombra como subgerente Diane Lynn de un solo
apellido Phillips.—San José, once de marzo del
2016.—Lic. Édgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2016019912 ).
Rotayka Sociedad Anónima modifica cláusula de Administración,
acepta renuncia de presidente y secretario, de la junta directiva y hace nuevos
nombramientos por el resto del plazo social.—San José,
a las ocho horas del treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis.—Lic. Rosario
Salazar Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2016019913 ).
La
suscrita Esther Moya Jiménez, Abogada y Notaria Pública, carné 10513, hago
constar que con fecha 19 de febrero del 2016, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de la sociedad Vista del Valle D.I.E.Z S. A., con cédula
jurídica 3-101-266602, modificándose la Junta Directiva en su totalidad. Es todo.—San José, 04 de abril del 2016.—Licda. Esther Moya
Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016019942 ).
Sustitución
y reemplazo de subgerente de Loroba Vistas
S. R. L. Se nombra como subgerente a Lynn Joyce de un solo apellido Prevost.—San
José, 10 de marzo del 2016.—Lic. Édgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—(
IN2016019947 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA DE CARTAGO
Nº
RATC-055-2016.—Por desconocerse el domicilio fiscal
actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar
cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos
deudores del contribuyente que a continuación indican:
Para ver imagen
solo en La Gaceta con formato PDF
Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de
esta publicación, para que el contribuyente arriba indicado cancele la deuda.
De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para
el trámite correspondiente. Publíquese.
Asimismo se procede a notificar por
edicto las siguientes Compensaciones de Oficio:
Para ver imagen solo en La Gaceta con
formato PDF
Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—M.B.A.
Marta Quirós Garita, Gerente Tributario.—1 vez.—O. C. Nº
3400027182.—Solicitud Nº 50386.—( IN2016022539 ).
DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
R-105-2016-MINAE.—Ministerio de Ambiente y
Energía.—San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de
abril del dos mil dieciséis. Conoce este Despacho Ministerial, petición para
conceder audiencia al representante legal de la empresa Seguridad Camarias S. A., a efectos de ejecutar la garantía de
cumplimiento rendida en la Licitación Abreviada N° 2013LA-000002-88300.
Resultando:
1º—Que el contrato para el servicio de seguridad y vigilancia en el
edificio que aloja las oficinas del Tribunal Ambiental Administrativo, suscrito
con la empresa Seguridad Camarias S. A., se rubricó
el veinticuatro de mayo del dos mil trece y el veintiocho de mayo del dos mil
trece se emitió la Aprobación Interna de la Dirección Jurídica del Ministerio
de Ambiente y Energía.
2º—Que el 13 de
marzo de 2015, mediante oficio O-206-15-TAA, de fecha 03 de marzo de 2015, el
Lic. Juan Luis Camacho Segura, en su condición de Presidente del Tribunal
Ambiental Administrativo, en la cual informa de una serie de inconsistencias y
solicita que se resuelva el contrato y se realice la ejecución de la garantía
de cumplimiento rendida.
3º—Que 21 de
abril de 2015, se ordenó instruir el Procedimiento Administrativo Ordinario, a
efectos de determinar el incumplimiento contractual de la empresa Seguridad Camarias S. A., según Licitación Abreviada N°
2013LA-000002-88300.
4º—Se tiene por
incorporado el criterio de la Dirección Jurídica del Ministerio de Ambiente y
Energía, de conformidad, con lo dispuesto en el artículo 356.2 de la Ley
General de la Administración Pública.
5º—Que en los
procedimientos se han observado las prescripciones legales y reglamentarias.
Considerando:
1º—Que mediante resolución R-0238-2015-MINAE, de las nueve horas
cincuenta minutos del cuatro de agosto del dos mil quince, se declara el
incumplimiento contractual y se resuelve de forma unilateral el contrato para el
servicio de vigilancia en el edificio que aloja las oficinas del Tribunal
Ambiental Administrativo, entre Seguridad Camarias S.
A., y el MINAE. Adicionalmente, instruye a la Proveeduría Institucional del
MINAE, para que realice los trámites de ejecución de la garantía de
cumplimiento rendida por Seguridad Camarias S. A., en
la Licitación Abreviada 2013LA-000002-88300, con fundamento en el numeral 11 y
14 de la Ley de Contratación Administrativa.
2º—Que en
relación a los daños y perjuicios ocasionados por Seguridad Camarias
S. A., se solicitó el criterio al Tribunal Ambiental Administrativo, el cual
indicó en lo que interesa: “En cuanto a la estimación de los daños y perjuicios
establecidos en la cláusula décima cuarta del contrato, cabe señalar que sin el
servicio de seguridad, estaba en riesgo el resguardo del equipo de cómputo como
computadoras, servidores, impresoras, multifuncionales, así como la custodia de
3600 expedientes activos, con un valor estimado en horas laborales de
seiscientos mil colones (¢600.000,00), cada uno, sin embargo, dicho riesgo no
se materializó”, circunstancia que se menciona en el Considerando Noveno de la
Resolución N° R-0238-2015-MINAE, de las nueve horas cincuenta minutos del
cuatro de agosto del dos mil quince.
3º—Que con el
objetivo de cumplir con la instrucción mencionada en la Resolución
R-0238-2015-MINAE, se le concede audiencia oral y privada para el veintisiete
de mayo del dos mil dieciséis, a las diez de la mañana, en la Asesoría Legal de
la Proveeduría Institucional del MINAE, al representante legal de Seguridad Camarias S.A., para que ejerza el derecho de defensa y
ofrezca la prueba que estime pertinente, según lo dispone el numeral 14 de la
Ley de Contratación Administrativa N°7494.
4º—Que en virtud
de la imposibilidad material para notificar al representante legal de Seguridad
Camarias S. A., se realizarán las tres publicaciones
consecutivas de ley, en la que se convocará la audiencia oral y privada para el
veintisiete de mayo del dos mil dieciséis, a las diez de la mañana.
5º—Que la empresa
Seguridad Camarias S. A., en la Licitación Abreviada
N° 2013LA-000002-88300, rindió la garantía de cumplimiento por la suma de
seiscientos cincuenta y cuatro mil quinientos colones exactos (¢654,500.00),
según depósito de dinero en efectivo N° 27924899, del veintiuno de mayo del dos
mil trece, del Banco Nacional de Costa Rica. .Por
tanto;
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,
RESUELVE:
1º—Conceder audiencia oral y privada al representante legal de Seguridad
Camarias S. A., para el veintisiete de mayo del dos
mil dieciséis, a las diez de la mañana, en la Asesoría Legal de la Proveeduría
Institucional del MINAE, a efectos de que ejerza el derecho de defensa y
ofrezca la prueba que estime pertinente, según lo dispone el artículo 14 de la Ley
de Contratación Administrativa N° 7494.
2º—Instruir a la
Asesora Legal de la Proveeduría Institucional del MINAE, a efectos de que
atienda la audiencia concedida al representante legal de Seguridad Camarias S. A, además realice los trámites de ejecución de
garantía de cumplimiento rendida en Licitación Abreviada N°
2013LA-000002-88300, por un monto de seiscientos cincuenta y cuatro mil
quinientos colones exactos (¢654.500,00), según Depósito de dinero en efectivo
N° 27924899, del veintiuno de mayo del dos mil trece, del Banco Nacional de
Costa Rica, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución R-0238-2015-MINAE,
de las nueve horas cincuenta minutos del cuatro de agosto del dos mil quince.
3º—Ordenar la publicación de la convocatoria
en el Diario Oficial La Gaceta, ante la imposibilidad material de
notificar al representante legal de Seguridad Camarias
S. A.
4º—Notifíquese al Lic. Marcos Montero Cruz, en
las oficinas de la Proveeduría del Minae.
Dr. Édgar E. Gutiérrez Espeleta, Ministro de
Ambiente y Energía.—Licda. Ligia Umaña Ledezma,
Presidenta Tribunal Ambiental Administrativo.—Solicitud N° 15151.—O. C. N°
1711.—( IN2016022919 ).
SUCURSAL EN HEREDIA
De conformidad con el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”,
por negarse a recibir el traslado de cargos y no localizarse al patrono Blanca
Nieves Chacón Ramírez, número patronal 0-900380699-001-001, se procede a
notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Heredia CCSS del Departamento
de Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1212-2016-669,
que en lo que interesa indica: Como resultado material de la revisión salarial
efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador Gilberto
Guevara Venegas, cédula Nº 900960549, que se detallan en hoja de trabajo,
folios 20 al 23 del expediente administrativo, por los meses que indican las
hojas de trabajo del expediente administrativo. Consulta expediente: En la
Sucursal de Heredia CCSS, del Palacio de los Deportes 200 metros norte y 25
metros este, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone lo Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia de Heredia. De no
indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00
horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Heredia,
18 de febrero del 2016.—Lic. Miguel Vargas Rojas, Jefe.—1 vez.—( IN2016020135
).
De conformidad con los
artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por negarse a
recibir el traslado de cargos y no localizarse al Patrono Jorge Hernández
Becerril, número de cédula: 104640720, se procede a notificar por medio de
edicto, que la Sucursal de Heredia CCSS del Departamento de Inspección, ha
dictado el Traslado de Cargos número de caso 1212-2016-769, que en lo que
interesa indica: Como resultado material de la revisión salarial efectuada, se
han detectado omisiones salariales de la trabajadora detallada en hoja de trabajo,
folios 12 y 13 del expediente administrativo, por los meses de febrero a junio
de 2012 por la trabajadora: Karla Espinoza Arias, número de asegurada
2850100354. Total de cuotas obreras y patronales de la
Caja ¢241.830,50. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador
¢62.243,75. Consulta expediente: En esta en la Sucursal de Heredia CCSS, del
Palacio de los Deportes 200 metros norte y 25 metros este, se encuentra a su
disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere
un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
Justicia de Heredia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Heredia, 29 de marzo del 2016.—Sucursal de
Heredia.—Lic. Miguel Vargas Rojas, Jefe.—1 vez.—( IN2016020136 ).
De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar
el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes”. Por negarse a recibir el traslado de cargos y no localizarse
al patrono Carlos Manuel Blanco Campos, número de cédula: 102590021, se procede
a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Heredia CCSS del
Departamento de Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso
1212-2016-759, que en lo que interesa indica: Como resultado material de la
revisión de los folios 18 y 19 del expediente administrativo, por los meses que
se indican en las hojas de trabajo del expediente administrativo por el
trabajador Denis Mauricio Arias Madrigal, número de cédula 108350379. Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢598 712,00.
Total de aportaciones de la Ley de Protección al
Trabajador ¢154.100.00. Consulta expediente: En la Sucursal de Heredia CCSS,
del Palacio de los Deportes, 200 metros norte y 25 metros este, se encuentra a
su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les
confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día
siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido
por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la
Corte Suprema de Justicia de Heredia. De no indicar lugar o medio para
notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la
fecha de resolución. Notifíquese.—Heredia, 29 de marzo
del 2016.—Lic. Miguel Vargas Rojas, Jefe.—1 vez.—( IN2016020137 ).
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a los
señores Víctor Manuel Ureña Sánchez, cédula de identidad N° 3-0206-0965, y
Sonia Camacho Barboza N° 6-0159-0078, que se ha dictado la resolución que dice:
Instituto de Desarrollo Rural. Dirección Región Central, Cartago. Asesoría
Legal. A las 11:15 horas 30 de marzo del 2016. Con fundamento en las facultades
que otorga la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 de 14 de octubre de 1961 y
sus reformas, el Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de
Tierras, publicado en La Gaceta N° 116 del 16 de junio de 2010, la Ley
de Creación del Instituto de Desarrollo Rural N° 9036 del 29 de mayo de 2012,
el Reglamento de la Ley N° 9036, Transformación del IDA en el Instituto de Desarrollo
Rural (Inder) publicada en La Gaceta N° 82 del
29 de abril de 2015, se inicia el presente proceso administrativo de
revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de título, según expediente
administrativo RV-00007-16, en su contra, como adjudicatarios de la parcela N°
152 del Asentamiento Yama, sito en el distrito
06-Pavones, cantón 05-Turrialba de la provincia de Cartago. En vista de que
este procedimiento se instruye por la supuesta violación del artículo 68,
inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 del 14 de
octubre de 1961 y sus reformas, es decir: “Por el abandono injustificado de la
parcela o de la familia”, el domicilio de los señores Ureña Sánchez y Camacho
Barboza es desconocido, al no localizarse ni en la zona ni en el predio, por lo
que se procede a notificarles esta resolución por publicación de tres edictos
en el Diario Oficial La Gaceta, notificación que se tendrá por hecha una
vez vencido el término del emplazamiento, el cual no será mayor a quince días
hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación. Se ha
fijado para la comparecencia y recepción de pruebas las 8:30 horas del día 16
de junio del 2016, debiendo comparecer personalmente y no por medio de
apoderado, ante esta Asesoría Legal, en la Dirección Regional de Cartago,
ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la Capilla María Auxiliadora
en Cartago, a hacer valer sus derechos y ejercer defensa sobre los cargos
imputados, pudiendo hacerse acompañar por un profesional en derecho o un
especialista en la materia. Vencido el emplazamiento de la publicación o
vencida la hora señalada para audiencia, cualquier gestión atinente a
comparecer se tendrá por extemporánea, con las consecuencias legales que se
derivan de la extemporaneidad. Se les previene señalar lugar, dentro del
perímetro de la ciudad de Cartago, donde atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que de no hacerlo así, cualquier
resolución posterior se tendrá por notificada con el solo transcurso de
veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere
impreciso, incierto o ya no existiere. Para consulta y estudio se informa que
el expediente, por medio del cual se instruye este proceso, se encuentra en la
Dirección Regional de Cartago. Notifíquese.—Licda. Karol Pérez Soto, Asesoría Legal.—( IN20160 ).
Se hace saber a los
señores Víctor Manuel Ureña Sánchez, cédula de identidad N° 3-0206-0965, y
Sonia Camacho Barboza N°6-0159-0078, que se ha dictado la resolución que dice:
Instituto de Desarrollo Rural. Dirección Región Central, Cartago. Asesoría
Legal. A las 11:15 horas del 29 de marzo del 2016. Con fundamento en las
facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 de 14 de octubre
de 1961 y sus reformas, el Reglamento para la Selección y Asignación de
Solicitantes de Tierras publicado en La Gaceta N° 116 del 16 de junio de
2010, la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Rural N° 9036 del 29 de
mayo de 2012, el Reglamento de la ley N° 9036 Transformación del IDA en el
Instituto de Desarrollo Rural (INDER) publicada en La Gaceta N° 82 del
29 de abril de 2015, se inicia el presente
Proceso Administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de
título, según expediente administrativo RV-00008-16, en su contra, como
adjudicatarios de la parcela N° 152-A del Asentamiento Yama,
sito en el distrito 6-Pavones cantón 5-Turrialba de la provincia de Cartago. En
vista de que este procedimiento se instruye por la supuesta violación del
artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825
del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, es decir: “Por el abandono
injustificado de la parcela o de la familia”, el domicilio de los señores Ureña
Sánchez y Camacho Barboza es desconocido, al no localizarse ni en la zona ni en
el predio, por lo que se procede a notificarles esta resolución por publicación
de tres edictos en el Diario Oficial La Gaceta, notificación que se
tendrá por hecha una vez vencido el término del emplazamiento, el cual no será
mayor a quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercer
publicación. Se ha fijado para la comparecencia y recepción de prueba las 8:30
horas del día 9 de junio del 2016, debiendo comparecer personalmente y no por
medio de apoderado, ante esta Asesoría Legal, en la Dirección Regional de
Cartago, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la Capilla María
Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos y ejercer defensa sobre los
cargos imputados, pudiendo hacerse acompañar por un profesional en Derecho o un
especialista en la materia. Vencido el emplazamiento de la publicación o
vencida la hora señalada para audiencia, cualquier gestión atinente a
comparecer se tendrá por extemporánea, con las consecuencias legales que se
derivan de la extemporaneidad. Se les previene señalar lugar, dentro del perímetro
de la ciudad de Cartago, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que de no
hacerlo así, cualquier resolución posterior se tendrá por notificada con el
solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Para consulta y
estudio se informa que el expediente, por medio del cual se instruye este
proceso, se encuentra en la Dirección Regional de Cartago. Notifíquese.—Licda.
Karol Pérez Soto, Asesoría Legal.—(
IN2016020169 ).
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Municipalidad de San Rafael
de Heredia, cédula jurídica Nº 3-014-042095.—De conformidad con lo dispuesto en
el Reglamento de los artículos 75, 76, 76 BIS, 76 TER, del Código Municipal,
Ley 7794, publicado en La Gaceta el miércoles 15 de abril del 2015 y de
conformidad con el artículo 137 inciso d) del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, se notifica por este medio a los siguientes sujetos pasivos que
por haber hecho caso omiso a la notificación donde se les solicitaba en un
plazo máximo de treinta días naturales proceder a la eliminación de la maleza
ubicada tanto dentro de sus propiedades como sus colindantes así como proceder
a la eliminación de los residuos sólidos que se ubicaban dentro de las mismas;
se les informa que entre el 12 y el 30 de abril del presente año esta
Municipalidad procederá a realizar los trabajos de mantenimiento de las
siguientes propiedades:
Finca
|
Plano
|
Dirección
|
Propietario
|
Tipo de notificación
|
208364
|
H-1261612-2008
|
200 m este de la plaza de Getsemaní, Los Ángeles
|
Mario Enrique Torres Mora
|
EDICTO (Se publicó 3 veces)
|
208365
|
H-1261611-2008
|
121712
|
H-763959-1988
|
Frente a la casa de Ricardo Allen, Calle La Hoja, los Ángeles
|
Róger Andrés Madrigal
Valenciano
|
Los gastos y multas a cobrar a cada propietario
se desglosan a continuación:
Propietario:
|
Mario Enrique Torres Mora
|
Finca: 208364
|
|
Frente (m):
|
8,68
|
Recursos que se necesitan
|
Tiempo o cantidad
|
Costo unitario
|
Costo total
|
2 peones
|
16
|
¢1.501,05
|
¢24.016,80
|
|
Subtotal
|
¢24.016,80
|
Multa
|
¢73.641,12
|
Total a cobrar
|
¢97.657,92
|
Propietario:
|
Mario Enrique Torres Mora
|
Finca: 208365
|
|
Frente (m):
|
9,8
|
Recursos que se necesitan
|
Tiempo o cantidad
|
Costo unitario
|
Costo total
|
2 funcionarios operarios
|
16
|
¢1.501,05
|
¢24.016,80
|
|
Subtotal
|
¢24.016,80
|
Multa
|
¢83.143,20
|
Total a cobrar
|
¢107.160,00
|
Propietario:
|
Róger Andrés
Madrigal Valenciano
|
Finca: 121712
|
|
Frente (m):
|
19
|
Recursos que se necesitan
|
Tiempo o cantidad
|
Costo unitario
|
Costo total
|
2 funcionarios operarios
|
48
|
¢1.501,05
|
¢72.050,40
|
|
|
Subtotal
|
¢72.050,40
|
|
|
Multa
|
¢161.196,00
|
|
|
Total a cobrar
|
¢233.246,40
|
Heredia, 01 de abril
del 2016.—Floribeth Chaves
Ramírez, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN20160 ).
Por única vez, se cita y emplaza a los
causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro
Obligatorio de Vehículos Automotores, por muerte de:
Nombre
|
N° de Cédula
|
Sede
|
Adolfo Chacón Luna el día
|
502790422
|
Heredia
|
Alcides Gerardo Matamoros Castro
|
401051305
|
Heredia
|
Ana Lucía Boniche Alpízar
|
207160569
|
Alajuela
|
Andrés Enrique Alpízar Arias
|
110410573
|
San Ramón
|
Emilce Rodríguez Álvarez
|
202110396
|
Alajuela
|
Fernando Gerardo Parra Robles
|
114120170
|
Liberia
|
Jean Carlo Piña Vallejos
|
702310795
|
Limón
|
Jeudy Espinoza Rojas
|
112860183
|
Guápiles
|
José Facundo Medina Mendoza
|
503040498
|
Liberia
|
José Manuel Barquero Pérez
|
205660272
|
Ciudad Quesada
|
José Manuel Mendoza López
|
601920371
|
San Isidro
|
Kelmer Monge Corrales
|
603200578
|
San Isidro
|
Maykol Andrés Solís Porras
|
206080707
|
Ciudad Quesada
|
Ronald Sánchez Brenes
|
304370126
|
Cartago
|
William Alberto Zúñiga López
|
702200950
|
Guápiles
|
Yonathan Murillo Sánchez
|
604090901
|
Guadalupe
|
Para que dentro del término de nueve días hábiles, contados a partir
de la publicación de este aviso, se apersonen a la Sede señalada anteriormente,
en reclamo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren la indemnización
pasará a quien en derecho corresponda.—Róger Arias Agüero, Subjefe.—1 vez.—O. C. N°
18516.—Solicitud N°49240.—( IN2016021395 ).