JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
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las marcas con sus respectivas
imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Solicitud N° 2020-0007526.—Víctor Vargas
Valenzuela, casado, cédula de identidad
N° 103350794, en calidad de
apoderado especial de BASF Agricultural Solutions
Seed US LLC, con domicilio en
100 Park Avenue, Florham Park NJ, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: PERFIZO, como marca de fábrica y comercio
en clases: 1 y 31. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: químicos
usados en agricultura, horticultura y silvicultura, especialmente preparaciones para fortalecer las
plantas; preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en plantas, preparaciones
para regular el crecimiento de las plantas, preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, genes de semillas para producción agrícola; en clase 31: productos
agrícolas, hortícolas y forestales; semillas, granos y partes vegetativas de plantas. Fecha: 1° de octubre
de 2020. Presentada el 17 de setiembre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de octubre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común/o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021537687 ).
Solicitud Nº
2020-0007525.—Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Basf Agricultural Solutions Seed Us LLC con domicilio en 100
Park Avenue, Florfiam Park NJ, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: RIZEVO como marca de fábrica y
comercio en clases: 1 y 31. Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 1: Químicos usados en agricultura, horticultura y
silvicultura, especialmente preparaciones para fortalecer las plantas;
preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en plantas,
preparaciones para regular el crecimiento de las plantas, preparaciones
químicas para el tratamiento de semillas, genes de semillas para producción agrícola;
en clase 31: Productos agrícolas, hortícolas y forestales; semillas, granos y
partes vegetativas de plantas. Fecha: 1 de octubre de 2020. Presentada el: 17
de setiembre de 2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 1 de octubre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy
López Vindas, Registradora.—( IN2021537688 ).
Solicitud Nº
2020-0008975.—Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad N° 103350794, en calidad
de apoderado especial de Wyeth LLC con domicilio en 235 East 42nd
Street, Nueva York, Nueva York 10017, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clases:
5; 9 y 10. Internacionales. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones
farmacéuticas; cartuchos prellenados que contienen preparaciones farmacéuticas; en clase 9: Programas
y aplicaciones de computadoras
para dispositivos móviles; aplicaciones móviles en relación con inflamaciones, artritis y soriasis; en clase
10: Dispositivos de ayuda para auto inyectarse; dispositivos de inyecciones para fármacos; jeringas médicas; aparatos e instrumentos médicos. Prioridad: Fecha: 17 de noviembre de 2020. Presentada el: 3 de noviembre de
2020. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2021537690 ).
Solicitud N°
2020-0010914.—Marianella
Arias Chacón, Cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderado especial de
Disney Enterprises Inc., con domicilio en 500 South
Buena Vista Street, Burbank, California 91521, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: STAR FUN,
como marca de servicios en clases:
38 y 41 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 38: servicios
de teledifusión; servicios
de transmisión de televisión;
operación de redes de televisión
por cable; en clase 41: servicios de entretenimiento del tipo de programación televisiva y cinematográfica; servicios de entretenimiento del tipo de programas multimedia continuos en el ámbito de la comedia, el drama,
la acción, estilo de vida y realidad distribuidos a través de diversas plataformas a través de múltiples formas de medios de transmisión; proporcionar información de entretenimiento en línea en
los campos de la comedia,
el drama, la acción, estilo
de vida y realidad. Fecha: 6 de enero de 2021. Presentada el 30 de diciembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca
Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2021537704 ).
Solicitud No. 2021-0001513.—Carina Ceciliano Mora,
divorciada, cédula de identidad N° 114850076, en
calidad de apoderado especial de Comercializadora Kaaran
Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3102789206, con domicilio en Avenida Segunda, costado sur del Banco de Costa
Rica, Edificio La Libertad primer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: LA EMPANA OTA KAARAN
como nombre comercial. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento dedicado a la venta de
empanadas ubicado en San José, Avenida Segunda, costado sur del Banco de Costa Rica,
edificio la Libertad, primer piso. Reservas: de los colores: blanco y negro.
Fecha: 05 de marzo de 2021. Presentada el 18 de febrero de 2021. San José. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 05 de marzo de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés
Sancho Calvo, Registrador.—( IN2021537711 ).
Solicitud Nº
2021-0001330.—María
del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula
de identidad N° 106260794, en calidad de apoderada
especial de People 2.0 Global, LLC. con domicilio en 222 Valley Creek
Boulevard, Suite 100, Exton, Pennsylvania 19341,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: people2.0
como marca de servicios en clases 35 y 45 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios
de agencias de empleo; servicios de externalización de empleados, a saber, procesamiento
de nóminas, servicios de administración de empleados verificación de empleo; servicios de agencia de registro, a saber, procesamiento
de nóminas, servicios de administración de empleados, verificación de empleo; facturación y administración de cuentas en nombre
de contratistas independientes;
gestión laboral integral, a
saber, servicios empresariales
y de contratación de personal del tipo
de verificación de credenciales
de contratistas independientes
para terceros; suministro
de gestión de recursos humanos para terceros; Servicios completos de subcontratación de procesos comerciales y de parte administrativa (back-office) para empleados
y contratistas independientes,
a saber, mantenimiento de registros
financieros para seguros, gestión de riesgos, nómina, compensación y beneficios de trabajadores.; en clase 45: Administración
de informes gubernamentales,
a saber, consultoría sobre cumplimiento regulatorio en los campos de seguros, gestión de riesgos, nómina, compensación y beneficios de trabajadores; servicios de consultoría, a saber, revisión de
estándares y prácticas para
asegurar el cumplimiento de
las leyes y regulaciones de
empleados y contratistas independientes. Fecha: 15 de marzo de 2021. Presentada el: 12
de febrero de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2021537729 ).
Solicitud N°
2020-0006351.—Víctor Barboza Chavarría, casado una vez, cédula de
identidad N° 900990454, con domicilio en Residencial
Doña Flora casa N° 20, Paraíso, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Techos Barboza
como marca de servicios, en clase 35 y 37 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios
de venta de materiales de construcción; en clase 37: Servicios de instalación, servicios de instalación de teja asfáltica, servicios de construcción de techos. Fecha: 25 de febrero del 2021. Presentada el 13 de agosto del
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de febrero del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en la que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2021537739 ).
Solicitud N°
2021-0001719.—María
del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula
de identidad N° 106260794, en calidad de apoderada
especial de Consorcio Comex S.A. de C.V., con domicilio en Boulevard Manuel
Ávila Camacho N° 138 Penthouse
1 y 2, Colonia Reforma Social, Delegación Miguel Hidalgo, 11650 México, D.F., México, solicita la
inscripción de: FEEL THE POWDER, como marca de fábrica y comercio en clase:
2. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: pinturas, barnices,
lacas; conservantes contra la herrumbre y el deterioro de la madera;
colorantes; mordientes; resinas naturales crudas. Fecha: 03 de marzo de 2021.
Presentada el 24 de febrero de 2021. San José. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 03 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2021537745 ).
Solicitud Nº
2021-0000997.—Luis
Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad 4-0155-0803, en calidad de
apoderado especial de Fyteko Societe
Anonyme, con domicilio en Allée De La Recherche
4, 1070 Bruxelles, Bélgica, solicita la inscripción
de: NURSPRAY, como marca de fábrica y comercio en clase: 1.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: fertilizantes para la
agricultura, productos químicos para uso agrícola (excepto fungicidas,
herbicidas, insecticidas y parasiticidas), sustancias para cultivos
hidropónicos (agricultura), productos químicos destinados a la agricultura
(excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas), oligoelementos
de uso en agricultura, aditivos químicos de uso agrícola, preparaciones bacterianas
para uso en la agricultura, fertilizantes para la agricultura compuestos de
algas, polímeros que contienen líquido para uso agrícola, agentes químicos
tensoactivos para uso agrícola, sustancias para el crecimiento de las plantas
para uso en agricultura, sustancias nutrientes (fertilizantes) en forma líquida
para uso en la agricultura, productos químicos para uso agrícola, excepto
fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas, productos químicos para
uso biotecnológico (sector industrial), activadores biológicos, activadores
(productos químicos). Fecha: 9 de febrero de 2021. Presentada el: 3 de febrero
de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de febrero de 2021. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Grettel
Solís Fernández, Registradora.—( IN2021537750 ).
Solicitud Nº
2020-0003776.—Rodrigo
Muñoz Ripper, casado una vez, cédula de identidad 113100774, en calidad de
apoderado especial de Productos Alimenticios Bocadeli
S.A. DE C.V., con domicilio en Avenida Cerro Verde, San Salvador, El Salvador,
solicita la inscripción de: BocaDeli PAPAS SITAS CASERAS
¡NATURALMENTE IRRESISTIBLES!,
como marca de fábrica y comercio en clases:
29 y 30 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 29: Hojuelas
de papas, papas fritas, patatas fritas,
chips de papa, bocadillos variados
a base de papa no comprendidos en
otras clases; en clase 30: Bocadillo
a base de harina de papa. Fecha:
1 de marzo del 2021. Presentada
el: 28 de mayo del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de marzo del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2021537772 ).
Solicitud Nº 2020-0010593.—Gravin
Villegas Rodríguez, cédula de identidad 401640896, en calidad de apoderado
especial de Comisión Costarricense de Cooperación con la Unesco, cédula
jurídica 3007045431, con domicilio en San José, San José, Carmen, Barrio
Escalante, de Intensa, 25 m este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: RESERVA DE BIOSFERA SAVEGRE
como marca de comercio y servicios en clases
3, 18, 25, 26, 29, 30, 31, 32, 33, 40, 41, 42, 43 y 44 Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 3: productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales dentífricos no medicinales, productos de perfumería, aceites esenciales, preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; en clase
18: cuero y cuero de imitación, pieles de animales, artículos de equipaje y bolsas de transporte, paraguas y sombrillas, bastones, fustas, arneses y artículos de guarnicionería, collares, correas y ropa para animales; en clase
25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; en clase 26: encajes, cordones y bordados, así como cintas
y lazos de mercería, botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas, flores artificiales, adornos para el cabello, cabello postizo; en clase
29: carne, pescado, carne de ave
y carne de caza, extractos de carne, frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas,
secas y cocidas, jaleas, confituras, compotas, huevos, leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos, aceites y grasas para uso alimenticio; en clase 30: café, té, cacao y sucedáneos del café arroz, pastas alimenticias
y fideos tapioca y sagú harinas y preparaciones a base de
cereales pan, productos de pastelería y confitería chocolate
helados cremosos, sorbetes y otros helados azúcar, miel, jarabe de melaza levadura, polvos de hornear sal, productos
para sazonar, especias, hierbas en conserva
vinagre, salsas y otros condimentos hielo; en clase 31: productos
agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar granos y semillas en bruto
o sin procesar frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas plantas y flores naturales bulbos, plantones y semillas para plantar
animales vivos productos alimenticios y bebidas para animales malta; en clase
32: cervezas, bebidas sin alcohol, aguas minerales, bebidas a base de frutas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones sin alcohol para elaborar
bebidas; en clase 33: bebidas alcohólicas, excepto cervezas, preparaciones alcohólicas para elaborar bebidas; en clase 40: reciclaje
de residuos y desechos, purificación del aire y tratamiento del agua, servicios de impresión, conservación de alimentos y bebidas. ,en clase
41: Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales; en clase 42: servicios científicos y tecnológicos, así como servicios
de investigación y diseño conexos, servicios de análisis industrial, investigación
industrial y diseño industrial, control de calidad y servicios de autenticación, diseño y desarrollo de equipos informáticos y software; en clase 43: servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal; en clase 44: servicios médicos, servicios veterinarios, tratamientos de higiene y de belleza para
personas o animales, servicios
de agricultura, acuicultura,
horticultura y silvicultura.
Reservas: no se hace reserva de los vocablos “reserva de biosfera Savegre”. Fecha: 12 de marzo de 2021. Presentada el: 17
de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera
publicación de este edicto. 12 de marzo de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2021537787 ).
Solicitud Nº
2021-0002169.—Adriana
Patiño Zaparoli, soltera, cédula de identidad
114010866, con domicilio en Escazú, Guachipelín, del Restaurante TAJ MAHAL, 75
metros sur, tercera casa a la izquierda, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Lú CONCEPT STORE,
como marca de fábrica y comercio en clase(s):
25 y 35 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas
de vestir, calzado, artículos de sombrerería.; en clase 35: Publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales dedicados a la venta de prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería. Fecha: 15 de marzo del 2021. Presentada el: 9 de marzo del
2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021537813 ).
Solicitud Nº 2021-0002237.—Andrés Corrales Guzmán,
soltero, cédula de identidad 112450269, en calidad de apoderado especial de
Sara Isabelle Riklund, casada, con domicilio en San
José, Escazú, Guachipelín, 150 metros oeste del Colegio Blue Valley, Condominio
Ofibodegas Escazú, número 5, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Comercado
como marca de comercio en clases 9 y 35 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: desarrollo
de software para comercio electrónico;
en clase 35: gestión de negocio comercial, administración comercial, trabajos de oficina y especialmente la venta de abarrotes, artículos para el hogar y artículos de uso personal. Reservas: No se hacen reservas. Fecha: 18 de marzo de 2021. Presentada el: 9
de marzo de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2021537845 ).
Solicitud N°
2020-0007825.—Arnaldo
Bonilla Quesada, cédula de identidad N° 107580660, en
calidad de apoderado especial de Albert Sánchez Gamboa, cédula de
identidad N° 111630520, con domicilio en San
José, Curridabat, oficinas de Café Rey, detrás de los Condominios Hacienda
Vieja, 11801, Curridabat, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
NIBS,
como marca de fábrica y comercio en clase:
30 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente:
chocolate, chocolate en polvo,
bebidas a base de chocolate, unturas
de chocolate Reservas: del diseño,
los colores verde, amarillo, anaranjado y café Fecha: 8 de octubre de 2020. Presentada el 28 de setiembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 8 de octubre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2021537897 ).
Solicitud Nº
2021-0001389.—Rodolfo
Carboni Álvarez, divorciado, cédula de identidad N° 302630098, en calidad de apoderado generalísimo de Lisan
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-039877,
con domicilio en Barrio El Dorado en Zona Industrial de Curridabat, 500 metros
al oeste de Café Volio, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUCRALVET
como marca de fábrica en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Productos farmacéuticos y preparaciones para uso médico y veterinario,
así como suplementos alimenticios. Fecha: 18 de marzo de 2021. Presentada el 15
de febrero de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de
marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana
Bolaños Guido, Registradora.—( IN2021537909 )
Solicitud Nº
2021-0001759.—Débora
Mejías Guzmán, soltera, cédula de identidad 206840125, con domicilio en Aptos.
Casa Bella, frente a UNED, Sabanilla, Montes De Oca, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: BEIGE and bare,
como marca de servicios en clases 35 y 42 internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicio
publicitario y marketing prestado
por medio de blog.; en clase
42: Asesoramiento, consultoría
y diseño de: interiores, exteriores y arquitectura. Alojamiento de contenido digital en blog en línea.
Reservas: de los colores:
beige, blanco y negro. Fecha:
4 de marzo del 2021. Presentada
el: 24 de febrero del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de marzo del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2021537911 ).
Solicitud N° 2020-0006237.—José Ramón González Castro, soltero,
cédula de identidad N° 106410311, en calidad de apoderado
generalísimo de Hacienda Nambi Ltda., cédula jurídica
N° 3102010708, con domicilio en Montes de Oca, San
Pedro, Barrio Los Yoses, setenta y cinco metros al sur del AMPM edificio San
Ignacio, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Hacienda Nambi Ltda. como nombre comercial, en clase(s):
internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a actividades relacionadas a la crianza de ganado. Ubicado
en San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Los Yoses, 75 sur del AMPM,
edificio San Ignacio. Fecha: 13 de octubre del 2020. Presentada el: 11 de
agosto del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de
octubre del 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se
rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registrador(a).—( IN2021537974 ).
Solicitud N°
2021-0000506.—Ana
Daisy Aguilar Vásquez, casada una vez, cédula de residencia N°
12200538826, con domicilio en San Sebastián, Condominio Bambú, apartamento 404., Costa Rica,
solicita la inscripción de: OPTISALUD 20/20,
como nombre comercial en clase: 49 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a clínica de servicios de oftalmología y cirugía con ofrecimiento en venta de lentes médicos y solares, ubicado en San José, de la Clínica Bíblica 225 metros este sobre avenida
14 calle 5 y 7. Fecha: 8 de
marzo de 2021. Presentada
el: 20 de enero de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 8 de marzo de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2021538013 ).
Solicitud N°
2021-0001372.—Luis
Carlos Vargas Bolívar, divorciado una vez, cédula de identidad N°
109980603, con domicilio en Condominio Torres de Quintana, Aprt.
D2, contiguo a la estación de Bomberos Vázquez de Coronado, San José,
Costa Rica, 11101, San Isidro, Vázquez de Coronado, Costa Rica, solicita la inscripción de: DCROCKETS,
como marca de fábrica y comercio en clases:
16 y 35. Internacionales. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 16: cuadernos;
artículos de papelería; artículos escolares y de oficina; rompecabezas; en clase 35: servicios
de comercialización. Fecha:
5 de marzo de 2021. Presentada
el 14 de febrero de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2021538021 ).
Solicitud Nº
2021-0001016.—Alfredo
Jesús Montero Fonseca, cédula de identidad N° 108200643, con domicilio en
Costa Rica, solicita la inscripción de: del Cafetalillo
como marca de fábrica y comercio en clases:
30 y 31. Internacionales. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café tostado, sin tostar, en grano,
molido y en polvo. Bebidas, rellenos, confituras y chocolates con base de café; en clase 31: Frutas,
frutos, verduras, hortalizas y hierbas frescos. Fecha: 15 de marzo de 2021. Presentada el: 4 de febrero de
2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2021538035 ).
Solicitud Nº
2021-0001164.—Jacqueline
Rivera Angulo, cédula de identidad N° 901070650, en calidad de apoderado especial
de El Morro SCK S.A, cédula jurídica N° 3101802789,
con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, edificio Terraforte piso cuatro, exactamente de los cines de
Multiplaza Escazú ciento cincuenta metros al sur, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: SAMÚ CAFÉ ARTESANAL
como marca de fábrica y comercio en clase:
30. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café; café en grano; café molido; sucedáneos de café; bebidas frías y calientes hechas a base de café; café sin tostar;
todos los anteriores elaborados artesanalmente. Fecha: 10 de marzo de 2021. Presentada el: 8 de febrero de
2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021538055 ).
Solicitud N°
2021-0002025.—Sandra
Arias Jiménez, casada una vez, cédula de identidad 108180980 con domicilio en
Santo Domingo 300 metros este del Mas X Menos, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: MARAHLAGO BIENES RAICES
como marca de servicios en clase
36 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36:
Negocios Inmobiliarios, Servicios de Venta y Alquiler de Bienes Inmuebles.
Fecha: 16 de marzo de 2021. Presentada el: 4 de marzo de 2021. San José: Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 16 de
marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador.—( IN2021538056 ).
Solicitud Nº
2021-0001085.—Milena
Valverde Mora, cédula de identidad 111950436, en calidad de apoderada especial
de Empaques Belén S. A., cédula jurídica 3101135332, con domicilio en Costa Rica,
Alajuela, Alajuela, San Rafael de Alajuela, del inicio del Boulevar
de La Reforma, 300 metros al sur y 100 oeste, 40701, Heredia, Belén, Costa Rica, solicita la
inscripción de: belén
como marca de comercio en clase 8 Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 8: cuchillos desechables, tenedores desechables y cucharas desechables. Reservas: no existen reservas. Fecha: 11 de marzo de 2021. Presentada el: 5 de febrero de
2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021538062 ).
Solicitud N°
2021-0001176.—Jacqueline
Rivera Angulo, cédula de identidad N° 90107650, en
calidad de apoderada especial de El Morro SCK S. A., cédula jurídica N° 3101802789, con domicilio en San José, Escazú, San
Rafael, Guachipelín, Edificio Terraforte piso cuatro,
exactamente de los cines de Multiplaza Escazú, ciento cincuenta metros al sur,
Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SAMÚ CAFÉ
ARTESANAL
como nombre comercial. Para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento dedicado a la venta de
café; cafetería; café en grano; café molido; sucedáneos de café; bebidas frías
y calientes hechas a base de café; café sin tostar; todos los anteriores
elaborados artesanalmente. Ubicado en San José, Escazú, San Rafael,
Guachipilín, Edificio Terraforte piso cuatro, exactamente
de los cines de Multiplaza Escazú, ciento cincuenta metros al sur Costa Rica.
Fecha: 12 de marzo del 2021. Presentada el: 09 de febrero del 2021. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 12 de marzo del 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños
Guido, Registradora.—( IN2021538064 ).
Solicitud N°
2020-0005042.—Francisco
Núñez Calvo,
casado dos veces, cédula de identidad N° 203910378,
en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Pacamanía Núñez y Mora Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101727146, con domicilio en San
Rafael Arriba, Desamparados, frente Escuela de Tránsito, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Shiva’s ROPA AMERICANA USADA,
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a comercio de ropa americana usada y otras, ubicado en San José,
Desamparados, frente a
Escuela Transito. Fecha: 16
de setiembre de 2020. Presentada
el 1° de julio de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 16 de septiembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2021538091 ).
Solicitud Nº
2020-0006246.—Vanessa
Vaglio Umaña, divorciada tres veces, cédula de
identidad 107630061, en calidad de Apoderado Generalísimo de Ontempus Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101760586 con domicilio en
La Guácima,
del Auto Mercado Tres kilómetros al oeste, Condominio Villa Antica,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CARBSTEEL SYSTEM.
como marca de comercio en clase(s): 37 y 40. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 37: Servicios
de construcción, servicio
de reparación y servicios
de instalación y transformación
en acero y carbón; en clase
40: Tratamiento de materiales,
en acero u en carbón y transformaciones
Reservas: Se reservan los colores: blanco, negro y naranja Fecha: 11 de septiembre de 2020. Presentada
el: 11 de agosto de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de septiembre de 2020.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2021538093 ).
Solicitud Nº
2021-0002171.—Álvaro
E. Jiménez Rodríguez, divorciado, cédula de identidad 104470467, en calidad de
apoderado especial de La Misticanza S. A., cédula
jurídica 3101723137, con domicilio en Santa Ana, 100 norte de la Cruz Roja,
local 19 edificio B, Costa Rica, solicita la inscripción de: LIMO
como marca de servicios en clase: 35. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: supermercado físico, ventas de productos en línea,
de artículos para el hogar,
para uso personal, productos
tecnológicos, vegetales, línea blanca, alimentos
libres de gluten y orgánicos.
Fecha: 15 de marzo de 2021.
Presentada el: 9 de marzo
de 2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2021538097 ).
Solicitud N° 2021-0000123.—María Fernanda Vicente Garrón, soltera, cédula de identidad N°
109740646, en calidad de apoderada generalísima de Junoi
R & M Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101806274, con domicilio en 2 km. norte de Walmart Curridabat Condominio
Hacienda Imperial, casa 19 A La Unión Tres Ríos, Costa Rica, solicita la inscripción de: Watts Up,
como marca de servicios en clase 41. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: centro de entrenamiento especializado en ciclismo bajo techo. Reservas: de los colores; gris y negro. Fecha: 04 de febrero de 2021. Presentada el 08 de enero de
2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 04 de febrero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021538104 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
La señor(a)(ita)
Monserrat Alfaro Solano, Cédula de identidad
11490188, en calidad de Apoderado Especial de Socati
Technologies-Oregón, LLC., solicita
la Patente PCT denominada AISLAMIENTO
CONTINUO DE CANNABIDIOL Y CONVERSIÓN DE CANNABIDINOL A 8-TETRAHIDROCANNABINOL Y
9- TETRAHIDROCANNABINOL. En realizaciones
alternativas, se proporcionan
procesos que comprenden el aislamiento y purificación continuos de cannabinoides y una
mayor isomerización del cannabidiol purificado a Δ8 tetrahidro cannabinol (Δ8 THC) y Δ9 tetrahidro cannabinol (Δ9THC). En las realizaciones tentativas, se proporcionan procesos para convertir Δ8-THC en A9-THC. En realizaciones alternativas, se proporcionan procesos para la escala industrial de aislamiento
continuo y purificación de cannabinoides
y una mayor isomerización del cannabidiol purificado a delta Δ9-THC. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 31/352, A61K 9/48 y C07D 311/80; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Cho, Joon (US) y Tegen, Mark G.
(US). Prioridad: N° 62/639,608 del 07/03/2018 (US);
62/697,920 del 13/07/2018 (US); 62/697;926 del 13/07/2018 (US); 62/697,923 del
13/07/2018 (US) y 62/715,545 del 07/08/2018 (US) Publicación
Internacional: WO/2019/173582. La solicitud
correspondiente lleva el número 2020-0000417, y fue presentada a las 14:04:24 del 17 de septiembre
de 2020. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. San José, 2 de marzo
de 2021. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—Randall
Piedra Fallas.—( IN2021537862 ).
El señor Luis Diego Castro
Chavarría, cédula de identidad N° 106690228, en
calidad de apoderado especial de Pfizer Inc., solicita la Patente Nacional sin
prioridad denominada: MODULADORES DE STING (ESTIMULADOR DE GENES DE
INTERFERÓN) A BASE DE CICLOPENTANO. Compuestos de la fórmula general (I): o
una sal farmacéuticamente aceptable del mismo, procesos para la preparación de
estos compuestos, composiciones que contiene estos compuestos, y los usos de
estos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61P 35/00 y
C07H 19/213; cuyo(s) inventor(es) es(son) Maderna,
Andreas (US); Mcalpine, Indrawan
James (US); Rui, Eugene Yuanjin (US); Wythes, Martín James (US); Patman, Ryan (US); Jalaie, Mehran (US); Fensome,
Andrew (US) y Gajiwala, Ketan
S. (US). La solicitud correspondiente lleva el número 2020-0000615, y fue
presentada a las 13:58:01 del 11 de diciembre del 2020. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 10 de marzo del 2021.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—(
IN2021538143 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría,
cédula de identidad
N°
106690228, en calidad de apoderado especial de Incyte
Corporation, solicita la Patente PCT denominada SALES
DE UN INHIBIDOR DE FGFR. La presente invención hace referencia a formas de
sal del inhibidor de receptores del factor de crecimiento de fibroblastos (FGFR)
3-(2,6-difluoro-3,5-dimetoxifenil)-1-etil-8-(morfolin-4-ilmetil)-1,3,4,7-tetrahidro-2H-pirrolo[3’,2’:5,6]pirido[4,3-d]pirimidin-2-ona,
lo que incluye
métodos para su preparación donde el compuesto es útil en el tratamiento de enfermedades mediadas por
FGFR, tales como el cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/519, A61P 35/00 y
C07D 471/14; cuyo(s) inventor(es) es(son) Zhou, Jiacheng; (US); Jia, Zhongjiang (US) y Li, Qun; (US). Prioridad: N°
62/667,040 del 04/05/2018 (US). Publicación Internacional: WO/2019/213506. La
solicitud correspondiente lleva el número 2020-0591, y fue presentada a las
12:49:54 del 3 de diciembre de 2020. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José,
12 de marzo de 2021. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina
de Patentes.—Steven Calderón Acuña.—( IN2021538147 ).
El señor Luis Diego Castro
Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de Genmab A/S, solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS.
Anticuerpos que se unen a 5T4, que incluyen anticuerpos biespecíficos
que se unen a 5T4 y CD3. La invención provee además composiciones farmacéuticas
que comprenden los anticuerpos y el uso de los anticuerpos en procedimientos 5
terapéuticos y de diagnóstico, en particular en terapias contra el cáncer. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 47/48, C07K 16/10, C07K 16/28 y C07K 16/30; cuyos inventores son: Parren,
Paul (NL), Rademaker, Rik
(NL); Satijn, David (NL), Breij,
Esther, C, W, (NL)); De Goeij, Bart, E,C,G, (NL)); Kemper, Kristel (NL) Engelberts,
Patrick (NL); Verzijl, Dennis (NL); Horbach, Sjeng (NL) y Den Brink, Edward, N. (NL). Prioridad: Nº
18161293.8 del 12/03/2018 (EP) y Nº 18175347.6 del
31/05/2018 (EP). Publicación Internacional: WO/2019/175198. La solicitud
correspondiente lleva el número 2020-0000463, y fue presentada a las 14:38:22
del 7 de octubre de 2020. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional. San José, 19 de febrero de 2021.—Oficina de Patentes.—Giovanna Mora Mesén.—( IN2021538150 ).
El señor Luis Diego Castro
Chavarría, cédula de identidad N° 106690228, en
calidad de apoderado especial de Massachusetts Institute
Of Technology, solicita la
Patente PCT denominada: ANTICUERPOS QUE SE UNEN A LA PROTEÍNA DE ENVOLTURA
DEL VIRUS ZIKA Y USOS DE LOS MISMOS (Divisional
2019-0193). Se divulgan anticuerpos monoclonales aislados que se unen a la
proteína de la envoltura del virus Zika y composiciones y moléculas
relacionadas con anticuerpos. También se divulgan métodos terapéuticos y de
diagnóstico para usar los anticuerpos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 39/12, A61K 39/395 y A61P 31/12; cuyos
inventores son: Sasisekharan, Ram
(US); Chan, Kuan Rong (SG);
Watanabe, Satoru (SG); Vasudevan, Subhash,
G (SG); Ooi, Eng, Eong (SG)
y Tharakaraman, Kannan
(US). Prioridad: N° 62/408,020 del 13/10/2016 (US).
Publicación internacional: WO/2018/071822. La solicitud correspondiente lleva
el número 2021-0000094, y fue presentada a las 11:45:39 del 22 de febrero del
2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de febrero del 2021.—Oficina de
Patentes.—Giovanna Mora Mesén.—( IN2021538151 ).
El señor Luis Diego Castro
Chavarría, cédula de identidad N° 106690228, en
calidad de apoderado especial de Immatics Biotechnologies GMBH, solicita la Patente PCT denominada: INMUNOTERAÍA
CON PÉPTIDOS RESTRINGIDOS A B*07 Y UNA COMBINACIÓN DE PÉPTIDOS CONTRAL EL
CÁNCER Y MÉTODOS RELACIONADOS. La presente invención se refiere a péptidos,
proteínas, ácidos nucleicos y células destinados a la utilización en métodos inmunoterapéuticos. En particular la presente invención se
refiere a la inmunoterapia contra el cáncer. La presente invención se refiere
asimismo a epítopos peptídicos para linfocitos T asociados a tumores, solos o
en combinación con otros péptidos asociados a tumores que, por ejemplo, pueden
servir como principios activos farmacéuticos en composiciones vacunales
destinadas a estimular respuestas inmunitarias antitumorales, o a estimular ex
vivo linfocitos T que después serán transferidos a los pacientes. Los péptidos
unidos a moléculas del complejo mayor de histocompatibilidad (MHC), o los
péptidos como tales, también pueden ser dianas de anticuerpos, de receptores de
linfocitos T solubles, y de otras moléculas de unión. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 39/00, A61P 35/00 y C07K 14/47; cuyos
inventores son: Weinschenk, Toni (DE); Singh, Harpreet (DE); Fritsche, Jens
(DE); Kowalewski, Daniel (DE); Schuster, Heiko (DE); Schoor, Oliver (DE); Schimmack, Gisela (DE) y Römer, Michael (DE). Prioridad: N° 10 2018 118 550.2 del 31/07/2018 (DE), N° 10 2018 119 555.9 del 10/08/2018 (DE), N° 62/712,691 del 31/07/2018 (US) y N°
62/717,462 del 10/08/2018 (US). Publicación Internacional: WO/2020/025576. La
solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000054, y fue presentada a las
12:33:32 del 27 de enero de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 12 de
marzo de 2021.—Oficina de Patentes.—Giovanna Mora Mesén.—( IN2021538161 ).
El señor Luis Diego Castro
Chavarría, cédula de
identidad N° 106690228, en calidad de
apoderado especial de Monsanto Technology Llc, solicita la Patente PCT denominada: ELEMENTOS
REGULATORIOS DE PLANTAS Y SUS USOS (DIVISIONAL EXP. 2019-377). La invención
proporciona moléculas y construcciones de ADN recombinante, así como sus
secuencias de nucleótidos, útiles para modular la expresión génica en plantas.
La invención también proporciona plantas, células de plantas, partes de plantas
y semillas transgénicas que comprenden las moléculas de ADN recombinante unidas
operativamente a moléculas de ADN transcribibles
heterólogas, así como sus métodos de uso. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01H 5/10, C12N 15/11, C12N 15/29, C12N 15/79 y
C12N 15/82; cuyos inventores son: Davis, Ian, W. (US) y Shariff,
Aabid (US). Prioridad:
N° 62/448,019 del 19/01/2017 (US). Publicación
Internacional: WO2018/136594. La solicitud correspondiente lleva el número
2021-0000123, y fue presentada a las 12:44:38 del 3 de marzo de 2021. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de marzo de 2021.—Oficina de
Patentes.—Giovanna Mora Mesén.—( IN2021538175 ).
El señor Luis Diego Castro
Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de Apoderado Especial de Immatics Biotechnologies
GMBH, solicita la Patente PCT denominada NUEVOS PÉPTIDOS Y NUEVAS
COMBINACIONES DE PÉPTIDOS PARA EL USO EN LA INMUNOTERAPIA CONTRA EL CÁNCER DE
OVARIO Y OTROS TIPOS DE CÀNCER (Divisional Expediente Nº
2019-388). La presente invención se refiere a péptidos, proteínas, ácidos
nucleicos y células destinados a la utilización en métodos inmunoterapéuticos.
En particular, la presente invención se refiere a la inmunoterapia contra el
cáncer. La presente invención se refiere asimismo a epítopos peptídicos para
linfocitos T asociados a tumores, solos o en combinación con otros péptidos
asociados a tumores que, por ejemplo, pueden servir como principios activos
farmacéuticos en composiciones vacunales destinadas a estimular respuestas
inmunitarias antitumorales, o a estimular ex vivo linfocitos T que después
serán transferidos a los pacientes. Los péptidos unidos a moléculas del
complejo mayor de histocompatibilidad (MHC), o los péptidos como tales, también
pueden ser dianas de anticuerpos, de receptores de linfocitos T solubles, y de
otras moléculas de unión. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
39/00, C07K 14/47, C07K 14/705, C07K 7/06 y C07K 7/08; cuyos inventores son: Rammensee, Hans-Georg (DE); Schuster, Heiko
(DE); Peper, Janet (DE); Wagner, Philipp (DE) y Röhle, Kevin (DE). Prioridad: N°
10 2017 101 671.6 del 27/01/2017 (DE) y N° 62/451,255
del 27/01/2017 (US). Publicación Internacional: WO2018/138257. La solicitud
correspondiente lleva el número 2021-0000130, y fue presentada a las 11:06:15
del 5 de marzo de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 09 de marzo de
2021.—Oficina de Patentes.—Giovanna Mora Mesén.—( IN2021538184 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
ED-0082-2021.—Expediente 6571P.—Juan
Daniel Aragón Vargas, solicita concesión
de: 0,15 litros por segundo
del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo
NA-307, en finca de su propiedad en Garita,
Alajuela, Alajuela, para uso consumo
humano – doméstico y riego. Coordenadas: 220.600 /
502.800 hoja Naranjo. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de
2021.—Departamento de Información.—David
Chaves Zúñiga.—( IN2021537816 ).
ED-0164-2021.—Exp. N°
21380.—Iván Gustavo Céspedes
Vargas y Víctor Manuel Céspedes Herrera, solicita
concesión de: 0.18 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca del solicitante en Zapote (Alfaro Ruiz), Zarcero, Alajuela,
para uso agropecuario y riego. Coordenadas 245.854 / 488.209 hoja Quesada. 1.73
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
del solicitante en Zapote (Alfaro Ruiz), Zarcero, Alajuela, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 245.859 / 488.249 hoja Quesada. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 24 de marzo del
2021.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2021538413 ).
ED-0161-2021.—Exp. 6163.—Administradora de Predios del Atlántico Sociedad Anónima, solicita concesión de: 3.78 litros por segundo
del Río Aranjuez,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas, para
uso comercial-industrial. Coordenadas: 231.200 / 447.750, hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 24 de marzo del 2021.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano
Penado.—( IN2021538464 ).
ED-0160-2021. Exp. 21371.—Hugo Cesar, Shirley María del Carmen, José Enrique, Jorge Luis, Edgar
Antonio, Virginia del Carmen todos Zúñiga Zamora, Marjorie Zamora Jiménez, Ondina y Alcides Adalay Acuña Zamora solicitan concesión de: 0.05 litros por
segundo del Nacimiento Los Cubero, efectuando la captación en finca en Arenal,
Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas
276.914 / 444.150 hoja Arenal. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 24 de marzo de 2021.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano
Penado.—( IN2021538575 ).
ED-0167-2021.—Expediente Nº 21388.—James Spence, Thompson solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca del
solicitante en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo
humano-domestico. Coordenadas 129.883 / 565.070 hoja repunta. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 24 de marzo de
2021.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2021538618 ).
ED-0165-2021.—Expediente Nº 21381.—La Chineada de San Carlos Sociedad Anónima, solicita
concesión de: 162 litros por segundo de la Quebrada Pava, efectuando la
captación en finca del solicitante en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, para
uso agropecuario. Coordenadas 262.243 / 498.888 hoja Aguas Zarcas. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 24 de marzo de
2021.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2021538622 ).
ED-0168-2021.
Exp. 21389.—Gerardo Mora Mora,
solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre,
efectuando la captación en finca del solicitante en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San Jose, para uso
agropecuario y riego. Coordenadas 140.559 / 566.867 hoja Repunta. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 24 de marzo de
2021.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2021538694 ).
ED-0151-2021.—Exp. N°
11630.—Alfredo Chavarría y Compañía S.A., solicita concesión de: 1.5 litros por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Piedades Sur,
San Ramon, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero-riego y consumo
humano-doméstico. Coordenadas 235.300 / 476.500 hoja Miramar. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 22 de marzo del
2021.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2021538698 ).
ED-0163-2021.—Expediente
21377.—Belinda Sue Andrews, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Montaña Tigre
Sociedad Anónima en Savegre, Quepos, Puntarenas, para uso consumo humano –
doméstico. Coordenadas: 148.682 / 541.739 hoja Savegre. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo de 2021.—Departamento de
Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2021538754 ).
ED-0157-2021.—Expediente Nº 19283P.—3101772861 S.A, solicita concesión de: 2.5
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
AZ-104 en finca de su propiedad en Florencia, San Carlos, Alajuela, para uso
consumo humano servicios e industria fabricación de alcantarillas. Coordenadas
270.774 / 486.503 hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 22 de marzo de 2021.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2021538830 ).
PUBLICACIÓN DE UNA
VEZ
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 16
horas 10 minutos del
29 de septiembre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada J.R. Key Sociedad Anónima.—San José, 08 de
octubre del 2020.—Licda. Atalia Miranda Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2020009714.—( IN2020537146 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 08 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ramsos
Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de octubre del 2020.–Licda. María Carolina Morera Calvo, Notaria.—1
vez.—CE2020009715.—( IN2021537147 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 07 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada Iancarina
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08
de octubre del 2020.—Lic.
Douglas Mauricio Marín
Orozco, Notario.—1 vez.—CE2020009716.—( IN2021537148
).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 12
horas 00 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones y Afines Ampa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de octubre del 2020.—Lic.
Johanny Retana Madriz, Notario.—1
vez.—CE2020009717.—( IN2021537149 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 07 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada Distribution Group Alma Pura Sociedad Anónima.—San
José, 08 de octubre del 2020.—Lic.
Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2020009719.—(
IN2021537150 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 05 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Costa
Rica Bike Club Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de octubre del 2020.—Licda.
Emilia María Marín Diaz, Notaria.—1
vez.—CE2020009720.—( IN2021537151 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 18 de setiembre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada GMSI
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 08 de octubre del
2020.—Lic. Manuel Anrango
Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2020009721.—(
IN2021537152 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 40 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Casa
de Atlas CR Sociedad Anónima.—San José, 08 de octubre del
2020.—Lic. Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1
vez.—CE2020009722.—( IN2021537153 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 08 de octubre del 2020, se constituyó
la sociedad denominada Inversión El Faro FM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de octubre del
2020.—Lic. Pablo Enrique Guier
Acosta, Notario.—1 vez.—CE2020009723.—(
IN2021537154 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 10 minutos del 30 de setiembre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Racing
Fuels de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 08 de octubre del
2020.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2020009725.—( IN2021537155 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 07 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada MSL Torre Ocho
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08
de octubre del 2020.—Lic.
Roberto Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—CE2020009726.—(
IN2021537156 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 00 minutos del 07 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada: Nuestro Sueño Trenoweth Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 08 de octubre del
2020.—Lic. Juan Francisco Molinero
Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020009727.—(
IN2021537157 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 09
horas 00 minutos del 14 de septiembre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Quilog Sociedad Anónima
Sociedad Anónima.—San José, 08 de octubre del
2020.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1
vez.—CE2020009728.—( IN2021537158 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 07 de octubre
del 2020, se constituyó la sociedad
denominada Compañía
Administradora Mendiola Limitada.—San José, 08
de octubre del 2020.—Lic.
Manrique Quirós
Rohrmoser, Notario.—1 vez.—CE2020009730.—(
IN2021537159 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 20 de agosto
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Quality
Campbell Services Sociedad Anónima.—San José, 08 de octubre del
2020.—Licda. Atalia Miranda
Castillo, Notaria.—CE2020009731.—( IN2021537162 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Llantas y Baterías Express Sociedad Anónima.—San
José, 08 de octubre del 2020.—Lic.
Rafael Ángel Rodríguez Chaverri, Notario.—1 vez.—CE2020009732.—(
IN2021537163 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 01 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Los
Hermanos G S Sociedad Anónima.—San José, 08 de octubre del
2020.—Licda. Yendry Pamela Acuña Quirós, Notaria.—1
vez.—CE2020009733.—( IN2021537164 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 29 de setiembre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Marite de Guápiles Limitada.—San José, 08 de octubre del
2020.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1
vez.—CE2020009734.—( IN2021537165 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 07 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada: Muscle
Points Sociedad Anónima.—San José, 08 de octubre del
2020.—Licda. Silvia María González Castro,
Notaria.—1 vez.—CE2020009735.—(
IN2021537166 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 01 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada Corporación Familia Caballero
Campos Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del
2020.—Licda. Frineth María Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020009736.—( IN2021537167 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 07 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Retaggedluxe Sociedad Anónima.—San José, 09 de
octubre del 2020.—Licda. Kattya Elena Ramírez Sibaja, Notaria.—1 vez.—CE2020009738.—(
In2021537168 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 07 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Shaw
Designs Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1
vez.—CE2020009740.—( IN2021537169 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 07
horas 00 minutos del 09 de octubre
del 2020, se constituyó la sociedad
denominada Hermanos Campodónico
Arias Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09
de octubre del 2020.—Licda.
Josseline Andrea Agüero Maroto, Notaria.—1 vez.—CE2020009741.—( IN2021537170 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 15
horas 50 minutos del 21 de septiembre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Chin
Servicios Aduaneros Ji
& Va Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Licda. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—CE2020009742.—( IN2020537171 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Carmelot Holdings Sociedad Anónima.—San José, 09 de
octubre del 2020.—Lic.
Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—CE2020009743.—( IN2021537172 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Infapan
Sociedad Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2020.—Lic. José Fabio Vindas Esquivel, Notario.—1
vez.—CE2020009744.—( IN2021537173 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 24 de setiembre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Sueños de Val Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Lic. Alma Monterrey Rogers, Notario.—1 vez.—CE2020009745.—( IN2021537174 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Trapillo Sociedad Anónima.—San José, 09 de
octubre del 2020.—Lic.
Leonardo Diaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2020009746.—(
IN2021537175 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 11
horas 30 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Sandyman LLC Limitada.—San José, 09
de octubre del 2020.—Lic.
Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2020009747.—( IN2020537176 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos
del 09 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada Solart
Energy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de octubre del 2020.—Lic.
Juan Manuel Campos Ávila,
Notario.—1
vez.—CE2020009748.—( IN2021537177 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 09 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Harris
Adelante Servicios Has Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1
vez.—CE2020009750.—( IN2021537178 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 08 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada Nunciatura
Food Garden Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Lic. Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notario.—1
vez.—CE2020009751.—( IN2021537179 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 14
horas 00 minutos del 07 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Rojopalu Sociedad Anónima.—San José, 09 de
octubre del 2020.—Lic.
Jurgen Engelbert Kinderson Roldán, Notario.—1
vez.—CE2020009752.—( IN2020537180 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 02 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada: Mecannova Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 09 de
octubre del 2020.—Lic.
German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2020009753.—(
IN2021537181 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 09 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada Servicios
Educativos Promesas HLR
Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del
2020.—Licda. María del Rocío
Apuy Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020009755.—( IN2021537182 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 09
horas 00 minutos del 09 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Mengrun Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Lic. Enrique Carranza Echeverría,
Notario.—1
vez.—CE2020009756.—( IN2020537183 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Colonial and Pacific
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de Octubre del 2020.—Lic. David Andrés Ureña Borge, Notario.—1
vez.—CE2020009757.—( IN2021537184 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 20
horas 00 minutos del 30 de septiembre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Aires
Menaes Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del
2020.—Licda. Andrea María Alvarado Sandi, Notaria.—1 vez.—CE2020009759.—(
IN2021537185 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 10 de setiembre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada Hotel Awa del Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Licda. Daniela Murillo Segura, Notaria.—1 vez.—CE2020009760.—(
IN2021537186 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 30 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada A&M
Seguridad Privada Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09
de octubre del 2020.—Lic.
Douglas Ernesto Pasapera Beita,
Notario.—1
vez.—CE2020009761.—( IN2020537187 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 01 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora
y Distribuidora AELL Sociedad Anónima.—San José, 09 de
octubre del 2020.—Licda.
Vanessa Rojas Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020009762.—(
IN2021537188 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 06 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad
denominada Licores
Liberia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de octubre del 2020.—Lic.
José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2020009763.—( IN2021537189 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 08 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Cashapult
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2020.—Licda. Rosario
Araya Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2020009764.—( IN2021537190 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 09 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Blue
Palm Management Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Lic. José David Salazar Murillo, Notario.—1
vez.—CE2020009765.—( IN2021537191 )
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Palo
Alto Richardson Treinta y Cinco Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2020009768.—(
IN2021537192 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Bogantes Naidt
Sociedad Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2020.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1
vez.—CE2020009769.—( IN2021537193 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada: Pacific
Ocean Marine Group Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2020009770.—( IN2021537194 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 30 minutos del 29 de setiembre
del 2020, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora
de Embutidos El Pelón
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09
de octubre del 2020.—Licda.
Johanna Isabel Meneses Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2020009771.—(
IN2021537195 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Deinpro
Sociedad Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2020.—Lic. Luis Pablo Rojas Grijalba, Notario.—1
vez.—CE2020009772.—( IN2021537196 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 30 minutos del 07 de octubre
del 2020, se constituyó la sociedad
denominada Felade
Compliance Services Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del
2020.—Licda. Carolina Arguello Bogantes,
Notaria.—1 vez.—CE2020009773.—(
IN2021537197 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 01 de octubre
del 2020, se constituyó la sociedad
denominada Diez Dieciocho
Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del
2020.—–Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario.—1
vez.—CE2020009775.—( IN2021537198 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Bhinders
Costa Rica Limitada.—San
José, 09 de Octubre del 2020.–Licda. Carolina de los Ángeles Mendoza Álvarez,
Notario.—1 vez.—CE2020009777.—( IN2021537199 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 15 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Oasis
Fitness Center Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo,
Notario.—1
vez.—CE2020009779.—( IN2021537200 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 30 minutos del 06 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Zavadina Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Licda. Grace Patricia Zúñiga
Campos, Notaria.—1 vez.—CE2020009780.—(
IN2021537201 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 09 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Mallard
Johnson Hill LLC Limitada.—San José, 09 de octubre del
2020.—Lic. Mario Eduardo Recio
Recio, Notario.—1 vez.—CE2020009781.—(
IN2021537202 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 30 minutos del 09 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada General
Solutions CH&L Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del
2020.—Licda. Grace Patricia Zúñiga Campos, Notaria.—1 vez.—CE2020009782.—(
IN2021537203 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 52 minutos del 07 de octubre
del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Alwah Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 09 de octubre del 2020.—Licda.
María Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2020009784.—(
IN2021537204 ).
Por escritura
otorgada en esta notaría, a las diez horas del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad
Residencias de Golf, S. A., en donde se acordó aumentar el capital social y reformar
la cláusula quinta de su pacto constitutivo.—San José, diecinueve de marzo del dos mil veinte.—Lic. Federico José Vega
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2021537206 ).
Por escritura N° 146, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Autos Leo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y siete mil setecientos cincuenta, donde se modifica el pacto constitutivo.—Licda. Susan Ginneth Esquivel Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2021537209 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del diecinueve de marzo dos mil veintiuno, protocolicé acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad Raetka
Sociedad Anónima, mediante
la cual se disuelve dicha sociedad. Licenciado Merlin Leiva Madrigal,
Carné N° 15042.—Lic. Merlin Leiva Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2021537211 ).
Mediante escritura número
ciento noventa y dos de esta notaría, del día dieciocho de marzo del año dos mil veintiuno, se modificó la cláusula Quinta del Pacto Constitutivo de la sociedad Preventec Gestión de Riesgo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número 3-101-789707, aumentando
el capital social.—Lic.
Eladio Sánchez Guerrero, Notario.—1 vez.—( IN2021537218 ).
Por medio de escritura número
treinta y tres-ciento veinticuatro otorgada ante mi notaría a las diez horas del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, se protocolizó el acta
número dos de la sociedad Optimun Casa de Cambio S.
A., cédula jurídica N° 3-101-799892, en donde se acordó
modificar la cláusula Octava
de su pacto constitutivo relativa a su administración. Es todo.—San
José, a las once horas del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro,
Notario.—1
vez.—( IN2021537222 ).
El suscrito notario
Billy Latouche Ortiz, hace constar que en esta notaría, se protocolizó: Orgullo de Osa Sociedad
Anónima.
Es todo.—Firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las catorce
horas del día diecinueve de marzo
del dos mil veintiuno.—Lic.
Billy Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—( IN2021537227 ).
Por instrumento público
otorgado por mí a las doce horas del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, se protocolizó el Acta de Asamblea
General Ordinaria y Extraordinaria
de Socios de la sociedad Vistas
a la Colina Trescientos
Cuatro-Uno Sociedad Anónima, en la
que se acordó la reforma de
la cláusula del plazo social.—San José, diecinueve de marzo del dos mil veintiuno.—Lic. Fernando Alfaro
Chamberlain, Notario.—1 vez.—( IN2021537229 ).
Por escritura otorgada
ante los notarios Manfred Fischel
Robles y Fernando José Solano Rojas, en San José, a
08:00 horas del 19 de marzo del 2021, se disolvió la sociedad Burbar de Escazú S.A.—San
José, 19 de marzo 2021.—Lic. Fernando José Solano Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2021537231 ).
Por escritura número
22-16, otorgada ante los notarios
públicos Alberto Sáenz Roesch y Juan
Ignacio Davidovich Molina, a las 9:00 horas del 17 de marzo
del 2021, se protocolizó la asamblea
general de cuotistas de la sociedad
GK Corona del Cabo Lot Investments S.R.L., con cédula jurídica N° 3-102-786539, en la
que se reforma la cláusula
de la “Administración” del pacto
constitutivo.—Lic. Juan Ignacio Davidovich
Molina, Notario.—1 vez.—( IN2021537233 ).
El suscrito notario
hace constar que, por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del diecinueve de marzo del año dos mil veintiuno, se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad
denominada Totalsinergia
M&V Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos cuarenta y ocho mil ochocientos treinta y nueve, mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula séptima de los estatutos sociales referente a la junta directiva. Es todo.—San José, diecinueve de marzo del año dos mil veintiuno.—Lic. Roberto Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2021537242 ).
Por medio de escritura número
treinta y tres-ciento veinticinco otorgada ante mi notaría a las diez horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, se protocolizó el acta
número dos de la sociedad Optimun Performance Solutions S. A., cédula jurídica
N° 3-101-793497, en donde se acordó modificar las cláusulas primera y octava de su pacto constitutivo,
relativa a su nombre y administración. Es todo.—San
José, a las once horas treinta minutos
del diecinueve de marzo del
veintiuno.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2021537243 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20:50 horas del día 18 de marzo del 2021, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Ángel
Plateado de Occidente
Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-585963, mediante la cual
se acuerda la disolución de
la misma.—Cartago,
10 de marzo de 2021.—Licda.
Daniela María Ilama Núñez,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021537244 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, sesenta de las doce horas del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, visible al folio ciento
nueve frente del tomo nueve, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Bendz
Solís y Compañía Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-siete
tres tres dos siete seis, mediante la cual se modifica y se nombra la nueva junta directiva.—Grecia, a las trece
horas del diecinueve de marzo
del dos mil veintiuno.—Licda.
Olga Teresa Alvarado Rodríguez, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021537245 ).
Por escritura sesenta
y siete-uno otorgada en esta notaría,
el día veintiséis de febrero
del año dos mil veintiuno,
a las nueve horas y cero minutos,
se constituyó la sociedad denominada Corporación Techusa Sociedad Anónima. Presidente: Sean Thomas Shea.—Cartago,
dieciocho de marzo del dos
mil veintiuno.—Licda.
Mónica Molina Céspedes, Notaria.—1
vez.—( IN2021537249 ).
Mediante escritura número
115-4 de las, 16:00 del 10 de febrero del 2021, se protocolizó en el protocolo de la notaria
Marilyn Carvajal Pérez y en con notariado
con mi persona, acta de asamblea de socios en la que se acuerda disolver la sociedad Santa Cruz Real Estate Development Corporation
LLC Sociedad Anónima.—La Garita, Tamarindo, diez de marzo del dos mil veintiuno.—Licda. Ismene Arroyo
Marín. Carné
14341.—1 vez.—( IN2021537257 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del día 19 de marzo, 2021 se protocoliza acta
de asamblea de socios de la
sociedad Inversiones
B G Bastos Alfaro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-470916, por la cual
no existiendo activos ni pasivos se acuerda
la disolución de la sociedad.—Guanacaste, Tilarán.—Licda. Yalta Aragón G., Notaria.—1 vez.—( IN2021537258 ).
Por escritura otorgada
ante a mí a las 18:00 horas, del 18 de marzo, 2021, la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios acuerda disolver la sociedad Desarrollo
Diversificado Doscientos Cincuenta y Cinco Mil S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-080812, la cual al día de hoy no tiene activos ni pasivos.—San José, 18 de marzo, 2021.—Licda. Mireya
Padilla García, Notaria.—1 vez.—(
IN2021537350 ).
Por escritura
N° 183-1, visible al folio 115 frente y vuelto del tomo 1 del protocolo de la suscrita notaria,
otorgada a las 15:00 horas del 18 de marzo del 2021, se lleva a cabo acta de disolución de la sociedad: Consultora Framoca de PZ Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-700809.—Pérez Zeledón, 18 de marzo del 2021.—Licda. Aura Rebeca Menéndez
Soto, Notaria.—1 vez.—(
IN2021537355 ).
En esta notaría, a las
15:00 horas del 18 de marzo del 2021, escritura 128, se reformó la cláusula séptima de los estatutos de la compañía de Japa Alepa Sociedad de Responsabilidad Limitada, con
cédula jurídica 3-1012-769809.—San José, 18 de marzo del 2021.—Licda. Doris Monge Díaz, Notaria.—1
vez.—( IN2021537356 ).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las siete horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de
la sociedad denominada: Casa
Italia S. A., donde se acuerda
una reforma total del pacto
social de la compañía.—San José, veintidós de marzo de dos mil veintiuno.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva,
Notario.—1
vez.—( IN2021537357 ).